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SISTEMA DE GESTION INTEGRAL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Código: PL-03-001 Versión: 01 SOGAMOSO DICIEMBRE DE 2017

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SISTEMA DE GESTION INTEGRAL

PLAN DE TRABAJO ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Código: PL-03-001 Versión: 01

SOGAMOSO DICIEMBRE DE 2017

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CONTROL DE CAMBIOS

Versión FECHA

Descripción del Cambio Solicito mes año

01 12 2017 Creación del documento Oficina de Seguridad y Salud en el Trabajo

Elaborado por: Juan Carlos Acosta Moreno

Revisado por: Niní Johanna Soto Pedraza

Aprobado Por: Hugo Jairo Pérez Peña

Profesional de SST Directora de Recursos Humanos Gerente

Fecha: Diciembre de 2018 Fecha: Diciembre de 2018 Fecha: Diciembre de 2018

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JUSTIFICACIÓN El Trabajo es una actividad que el individuo desarrolla para satisfacer sus necesidades básicas y obtener unas condiciones de vida acordes con su dignidad humana y poder realizarse como persona, tanto física como intelectual y socialmente.

Para trabajar con eficiencia es necesario estar en buenas condiciones de salud, pero desafortunadamente en muchas ocasiones, el trabajo contribuye a deteriorar la salud del individuo, debido a las condiciones inadecuadas en que se realiza; si se mejoran las condiciones de trabajo, se preservan las condiciones de salud lo que conlleva al bienestar del trabajador y a un aumento de producción a nivel empresarial.

El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo: es responsabilidad de todos y cada uno de las partes interesadas, quienes con su compromiso de autocuidado en salud y el firme apoyo de la compañía posibilitan la prevención del riesgo laboral, es decir impedir la ocurrencia del accidente de trabajo, la exposición a peligros y riesgos y al desarrollo de la enfermedad Laboral. De igual manera, contribuyen al control total de pérdidas no solamente en la salud del trabajador sino sobre el medio ambiente y los activos de la compañía, sean éstos materiales, equipos e instalaciones.

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., implementa el Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo con la finalidad de controlar los riesgos que puedan alterar la salud de sus trabajadores y el proceso productivo de conformidad con su responsabilidad moral y legal sobre las condiciones de trabajo y salud de sus trabajadores como motor del desarrollo económico y social.

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo está basado en el ciclo PHVA (Planear, hacer, Verificar y Actuar) y consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. Los recursos destinados al El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo de la Compañía tendrán el carácter de inversión básica, tendientes a asegurar el bienestar integral de todos los trabajadores, en relación con su trabajo, y a proteger a la Compañía contra pérdidas.

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CONTENIDO

1. OBJETIVO GENERAL ..................................................................................................................................... 4 2. ALCANCE ........................................................................................................................................................ 4 3. NORMATIVIDAD ............................................................................................................................................. 4 4. DEFINICIONES ............................................................................................................................................... 4 5. RESPONSABLES ............................................................................................................................................ 8 6. VIGENCIA DEL PLAN ..................................................................................................................................... 8 7. CONSIDERACIONES ...................................................................................................................................... 8 8. CONTENIDO DEL PLAN ................................................................................................................................. 9

8.1. POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE SST ...................................................................................................... 9 8.1.1. POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL ............................................................................. 9 8.1.2. POLÍTICA DEL NO CONSUMO DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO ................................................ 9 8.1.3. POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL ......................................................................................................... 10 8.2. OBJETIVOS DE SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL ......................................................................... 12 8.3. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE SST .......................................................................... 13 8.3.1. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN .................................................................................................. 13 8.3.2. OBLIGACIONES DE LAS ARL ............................................................................................................. 14 8.3.3. RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES ........................................................................... 14 8.3.4. RESPONSABILIDADES DEL PROFESIONAL DE SST ....................................................................... 15 8.3.5. RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL DE APOYO DE SST ......................................................... 16 8.3.6. COORDINADOR DE ALTURAS ........................................................................................................... 16 8.4. RECURSOS .......................................................................................................................................... 16 8.4.1. RECURSOS FINANCIEROS ................................................................................................................ 17 8.4.2. RECURSOS DE PERSONAL ............................................................................................................... 17 8.4.3. RECURSOS TÉCNICOS ...................................................................................................................... 18 8.5. REQUISITOS LEGALES DE SST Y OTROS ........................................................................................ 19 8.6. CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO .......................................................... 19 8.7. CONTROL Y CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS .......................................................................... 19 8.8. COMUNICACIÓN ................................................................................................................................. 20 8.8.1. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO .................................................. 20 8.8.2. COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL ............................................................................................... 21 8.8.3. COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL ........................................................................................................... 21 8.9. EVALUACIÓN INICIAL DE SISTEMA DE GESTIÓN DE SST ............................................................. 21 8.10. INDICADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST........................................................................ 21 8.11. GESTIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS DE SST .................................................................................. 22 8.11.1. EVALUACIONES MÉDICAS LABORALES ........................................................................................... 22 8.11.2. PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST ................................................................... 23 8.11.3. PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST ............................................................................ 23 8.11.4. PROTOCOLO DE SEGURIDAD QUÍMICA ........................................................................................... 23 8.11.5. DOCUMENTOS Y METODOLOGIAS A DESARROLLAR E IMPLEMENTAR PARA EL CONTROL DE LOS RIESGOS: ................................................................................................................................................. 23 8.12. PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS .......................................... 23 8.12.1. ANÁLISIS DE VULNERABILIDAD ........................................................................................................ 24 8.12.2. BRIGADA DE EMERGENCIAS ............................................................................................................ 24 8.12.3. SIMULACROS ...................................................................................................................................... 24 8.13. GESTIÓN DEL CAMBIO ....................................................................................................................... 24 8.14. ADQUISICIONES O COMPRAS ........................................................................................................... 24 8.15. CONTRATACIÓN ................................................................................................................................. 25 8.16. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST ........................................... 25 8.17. REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN ................................................................................................ 25 8.18. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES ..................... 25 8.19. ACCIONES PREVENTIVAS, CORRECTIVAS Y DE MEJORA CONTINUA ......................................... 26

9. ANEXOS Y REGISTROS............................................................................................................................... 26

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1. OBJETIVO GENERAL Desarrollar actividades encaminadas a planificar, implementar, mantener, evaluar y mejorar continuamente un Sistema de Gestión de seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST en la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., con el fin de fomentar y mantener altos niveles de bienestar físico, mental y social de nuestros trabajadores; implementar medidas preventivas y controles operativos que contribuyan a la disminución de las enfermedades laborales y accidentes de trabajo; y cumplir con la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

2. ALCANCE

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo aplica a todas las actividades, centros de trabajo y los todos sus trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo contratistas y subcontratistas de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P. 3. NORMATIVIDAD

Ley 9 de 1979: Establece la obligación de contar con un Programa de Salud

Ocupacional en los lugares de trabajo. Resolución 2400 de 1979: Por la cual se establecen disposiciones sobre

vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. Decreto 614 de 1984: determina las bases de la administración de Salud

Ocupacional en el país. Resolución 1016 de 1989: Reglamenta la organización, funcionamiento y forma

de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores del país.

Decreto Ley 1295 de 1994: El cual determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.

Ley 1562 de 2012: Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional.

Decreto 1072 de 2015: Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Resolución 0312 de 2019: Por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleados o contratantes.

Resolución 132 de 2017 de la Gerencia: Por medio de la cual se modifica y actualiza el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso s.a. E.S.P.

R-03-039 Matriz Gestión de Requisitos Legales de SST.

4. DEFINICIONES

Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable.

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Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), para lograr mejoras en el desempeño de la organización en la seguridad y la salud en el trabajo de forma coherente con su política.

Acción preventiva: Acción para eliminar o mitigar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable.

Actividad no rutinaria: Actividad que no forma parte, de la operación normal de la organización o actividad que la organización ha determinado como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución.

Actividad rutinaria: Actividad que forma parte de la operación normal de la organización, se ha planificado y es estandarizable.

Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa.

Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medíos de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales.

Autorreporte (sic) de condiciones de trabajo y salud: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo.

Centro de trabajo: Se entiende por Centro de Trabajo a toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada.

Ciclo PHVA: Procedimiento lógico y por etapas que permite el mejoramiento continuo a través de los siguientes pasos: Planificar: Se debe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, encontrando qué cosas se están haciendo incorrectamente o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar esos problemas. Hacer: Implementación de las medidas planificadas. Verificar: Revisar que los procedimientos y acciones implementados están consiguiendo los resultados deseados. Actuar: Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores.

Competencia laboral en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): Conjunto de conocimientos, habilidades y destrezas requeridas por un trabajador en su puesto de trabajo, para cumplir con los requerimientos de seguridad y salud en el trabajo.

Condiciones de salud: El conjunto de variables objetivas y de Autorreporte (sic) de condiciones fisiológicas, psicológicas y socioculturales que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora.

Condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores quedan específicamente incluidos en esta definición, entre otros: a) Las características generales de los locales, instalaciones, máquinas, equipos, herramientas, materias primas, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; b) Los agentes físicos, químicos y

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biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores y; d) La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos o biomecánicos y psicosociales.

COPASST: Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Descripción sociodemográfica: Perfil sociodemográfico de la población trabajadora, que incluye la descripción de las características sociales y demográficas de un grupo de trabajadores, tales como: grado de escolaridad, ingresos, lugar de residencia, composición familiar, estrato socioeconómico, estado civil, raza, ocupación, área de trabajo, edad, sexo y turno de trabajo.

EPP: Elementos de Protección Personal.

Efectividad: Logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con la máxima eficacia y la máxima eficiencia.

Eficacia: Es la capacidad de alcanzar el efecto que espera o se desea tras la realización de una acción.

Eficiencia: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados.

Emergencia: Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud.

Evaluación del riesgo: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción.

Evento Catastrófico: Acontecimiento imprevisto y no deseado que altera significativamente el funcionamiento normal de la empresa, implica daños masivos al personal que labora en instalaciones, parálisis total de las actividades de la empresa o una parte de ella y que afecta a la cadena productiva, o genera destrucción parcial o total de una instalación.

Identificación del peligro: Proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de este.

Indicadores de estructura: Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo.

Indicadores de proceso: Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación del SG-SST.

Indicadores de resultado: Medidas verificables de los cambios alcanzados en el periodo definido, teniendo como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del programa o del sistema de gestión.

Matriz legal: Es la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-

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SST, el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables.

Mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para lograr mejoras en el desempeño en este campo, de forma coherente con la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización.

No conformidad: No cumplimiento de un requisito. Puede ser una desviación de estándares, prácticas, procedimientos de trabajo, requisitos normativos aplicables, entre otros,

Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones.

Política de seguridad y salud en el trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización.

PVE: Programa de Vigilancia Epidemiológica.

Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas.

Rendición de cuentas: Mecanismo por medio del cual las personas e instituciones informan sobre su desempeño.

Revisión proactiva: Es el compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la toma de decisiones para generar mejoras en el SG-SST.

Revisión reactiva: Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad.

Requisito Normativo: Requisito de seguridad y salud en el trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la organización.

Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por estos.

Seguridad y Salud en el Trabajo – SST: La Seguridad y Salud en el Trabajo - SST es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST: El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST, consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.

SST: Seguridad y Salud en el Trabajo.

SPA: Sustancias Psicoactivas.

Valoración del riesgo: Consiste en emitir un juicio sobre la tolerancia o no del riesgo estimado.

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Vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiológica de la salud en el trabajo: Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación, ejecución y evaluación de los programas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Dicha vigilancia comprende tanto la vigilancia de la salud de los trabajadores como la del medio ambiente de trabajo.

PARÁGRAFO 1: En aplicación de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1562 de 2012, para todos los efectos se entenderá como seguridad y salud en el trabajo todo lo que antes de la entrada en vigencia de dicha ley hacía referencia al término salud ocupacional. PARÁGRAFO 2: Conforme al parágrafo anterior se entenderá el Comité Paritario de Salud Ocupacional como Comité Paritario en Seguridad y Salud en el Trabajo y el Vigía en Salud Ocupacional como Vigía en Seguridad y Salud en el Trabajo, quienes tendrán las funciones establecidas en la normatividad vigente. 5. RESPONSABLES

El Responsable de la actualización y desarrollo del presente Plan es la Gerencia, en apoyo y coordinación del Profesional de SST y de los Responsables de las diferentes Direcciones o Áreas. 6. VIGENCIA DEL PLAN

Enero de 2019 a Diciembre de 2019 7. CONSIDERACIONES

El presente documento debe ser revisado, modificado y aprobado anualmente y/o conforme a los cambios internos o externos, evaluación de Estándares Mínimos de Seguridad y Salud en el Trabajo, los planes de acción o de mejora, entre otros pertinentes.

Conforme al artículo 2.2.4.6.8, numeral 3, del Decreto 1072 de 2015, la Rendición de Cuentas al interior de la compañía, se realiza mediante la publicación del Informe Final del Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo del año en curso, en la página WEB de la Compañía.

El cronograma de actividades del presente plan se encuentran plasmadas en el formato R-03-091 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. (Ver ANEXO 5)

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8. CONTENIDO DEL PLAN

8.1. POLÍTICAS Y OBJETIVOS DE SST

8.1.1. POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL1

COSERVICIOS S.A. E.S.P., está comprometida con prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo y alumbrado público eficientemente. Promoviendo un ambiente de trabajo seguro libre de accidentes y enfermedades laborales, cumpliendo los requisitos legales que la empresa deba suscribir, asegurando el mejoramiento continuo de sus procesos y la satisfacción de sus partes interesadas.

Nota: Conforme al artículo 2.2.4.6.6 numeral 5, La Política de SGI debe ser revisada como mínima una (1) vez al año y de requerirse, actualizada acorde con los cambios tanto en materia de SST, como en la Compañía. 8.1.2. POLÍTICA DEL NO CONSUMO DE ALCOHOL, DROGAS Y TABACO2

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., consciente tanto de la necesidad de promover un ambiente de trabajo seguro y sano, de preservar y conservar el bienestar de nuestras partes interesadas, como del cumplimiento de las normas o legislación nacional aplicable, ha decidido crear, implementar y publicar su política del no consumo de alcohol, drogas y tabaco, así mismo, se compromete a implementar y mantener programas para prevenir el consumo y/o evitar que se efectúen labores bajo los efectos de psicoactivos como: alcohol, drogas ilícitas, tabaco y somníferos. Con estos programas mejoraremos la calidad de vida, la seguridad y la productividad de nuestros trabajadores dependientes e independientes y crearemos cultura de prevención en salud, por esta razón, es responsabilidad de todos los trabajadores darle cumplimiento a esta política y vigilar que las personas a su cargo cumplan con la misma. En el desarrollo e implementación de esta política, reconocemos a las personas como seres humanos sociales, creativos, conscientes de sus actos y con capacidad de cambio, es por tanto que se estipulan los siguientes parámetros o lineamientos:

Se prohíbe el porte y/o consumo de bebidas embriagantes dentro y fuera de las

instalaciones de la compañía en horarios laborales.

No es permitido laborar bajo los efectos del alcohol.

Los trabajadores dependientes, independientes, contratistas o subcontratistas de la

compañía están obligados a participar de pruebas de alcoholemia para verificar el

cumplimiento de esta política, siempre que la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso

S. A. E. S. P. Lo considere conveniente. (el no acceder a la prueba se considerará como

indicio de sospecha y se tomarán las medidas reglamentarias y disciplinarias del caso).

1 Aprobada por medio de Comité de Calidad en noviembre de 2018.

2 Aprobada mediante PR-03-002 PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO.

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Está prohibido dentro y fuera de las instalaciones de la compañía en horario laboral, el

porte y/o consumo de drogas alucinógenas o cualquier otra sustancia prohibida por la

legislación colombiana.

No se permite el consumo de tabaco o cigarrillo dentro y fuera de las instalaciones de la

compañía en horario laboral.

Es obligación de los trabajadores dependientes, independientes, contratistas o

subcontratistas participar en las actividades de los programas desarrollados e

implementados para prevenir el consumo y/o evitar que se efectúen labores bajo los efectos

de sustancias psicoactivas.

El incumplimiento de esta política, así como la oposición a las inspecciones o tomas de muestra se considera falta grave y en consecuencia la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P. Puede tomar las medidas disciplinarias o las que sean del caso, teniendo en cuenta los procedimientos internos y la legislación vigente; así mismo, la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P. Exigirá el cumplimiento de la misma a sus contratistas y visitantes en caso de requerirse.

RECUERDE QUE EL INTERÉS GENERAL PRIMA SOBRE EL PARTICULAR.

8.1.3. POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL

Para COSERVICIOS S.A. E.S.P. es primordial lograr que las actividades se ejecuten continuamente de forma segura realizando un trabajo multidisciplinario para prevenir accidentes viales que generen consecuencias negativas para la integridad de las personas, animales, equipos y el medio ambiente. Para esto se cuenta con: la prevención de los riesgos derivados del comportamiento de los conductores mediante programas de manejo defensivo para todo el personal que opere vehículos y dispositivos de monitoreo vehicular.

Los pasajeros y conductores deben portar su cinturón de seguridad y obedecer a buen

comportamiento antes, durante y después del recorrido.

Es prioridad el cumplimiento de las leyes y regulaciones nacionales y locales emanadas

por el ministerio de transporte y demás autoridades competentes.

El desarrollo de programas de inspecciones y mantenimientos oportunos a vehículos

antes de la movilización.

Los vehículos deben tener el equipo de carretera completo y un sistema de alarma que

indique marcha o reversa.

Las velocidades máximas permisibles para los vehículos serán:

- Carretera nacional (vías pavimentada) – 80 km/h - Carretera municipal (vías sin pavimentar) – 30 km/h

Así mismo, está prohibido para el personal que conduzca un vehículo de la Compañía: 1. Conducir en estado de embriaguez como también consumir bebidas alcohólicas durante un traslado vehicular, o estar bajo la influencia de sustancias psicoactivas que alteren el desempeño de sus labores. 2. Está prohibido el uso de medios de distracción como el celular, el uso de dispositivos "manos libres" durante actividades de conducción.

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3. Se prohíbe el transporte de personal en cargadores, platones de las camionetas, estribos de vehículos, encima de cabinas, encima de materiales o en vehículos que transporten sustancias o materiales tóxicos, combustibles o inflamables. 4. Se prohíbe el transporte de personal ajeno a la compañía en los vehículos recolectores. 5. Parquear cualquier tipo de vehículo en donde exista la restricción para hacer1o o en donde las normas de seguridad industrial así lo establezcan por medio de avisos de prohibición. 6. Conducir vehículos cuyo estado mecánico ofrezca peligro o cuyos dispositivos de seguridad presenten deficiencias. Para evitar estos casos el asesor de salud ocupacional de la empresa o el jefe de transporte o quien haga sus veces podrá solicitar una revisión mecánica general en cualquier momento y lugar, dar las instrucciones pertinentes de acuerdo con las fallas encontradas, e inmovilizar el vehículo si su estado de funcionamiento no ofrece seguridad para sus ocupantes o trabajadores. La empresa dispondrá los recursos que sean necesarios para apoyar, estimular y reconocer el buen desempeño de sus colaboradores así como dispondrá de medidas disciplinarias ante la desobediencia de la presente política.

OTRAS POLÍTICAS VIALES

En Coservicios S.A. ESP respetamos, valoramos y cuidamos como el patrimonio más

valioso la integridad del ser humano, por eso nuestras actividades no solo van enfocadas a

preservar la salud y la vida de nuestros trabajadores sino de la comunidad en general

realizando cada uno de nuestros procesos misionales con altos estándares de calidad.

La Empresa COSERVICIOS S.A. ESP acata y respeta la legislación colombiana en

especial en materia de seguridad vial, generando conciencia sobre la importancia de una

adecuada conducción con vehículos en óptimas condiciones, con conductores capacitados,

entrenados y psicológicamente dispuestos para las jornadas de trabajo y haciendo selección

de vías adecuadas para cumplir las labores programadas.

Se mantiene un estricto control a las prohibiciones sobre el consumo de alcohol, tabaco

y/o sustancias psicoactivas, las cuales serán motivo de sanción y/o despido al personal que

se encuentre en posesión o consumo de este tipo de sustancias en los sitios de trabajo de la

empresa.

Se establece la obligatoriedad del uso del cinturón de seguridad por parte del personal

que conduce o va como copiloto autorizado en vehículos propios o al servicio Coservicios

S.A. ESP, los cuales debe ser puestos de manera adecuada antes de iniciar el vehículo la

marcha.

Se prohíbe el uso de equipos móviles u otro tipo de artefactos electrónicos que afecten la

conducción. los sistemas de GPS que la empresa posee mantendrán activos las 24 horas y

su programación está a cargo de la compañía.

Establecemos tiempos máximos para las jornadas de trabajo así como también de reposo

y descanso para prevenir la fatiga mediante esquemas de seguimiento sobre el

cumplimiento de los tiempos de reposo y pausas activas a los conductores que realicen

actividad en recorridos largos.

Sin excepción todos los conductores de COSERVICIOS S.A. ESP, contratistas,

subcontratistas y grupos de interés, deben cumplir con los límites de velocidad establecidos

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en la normatividad vigente (código nacional de tránsito) y la señalada en las diferentes vías

así como también al interior de las instalaciones de la empresa.

Con el fin de minimizar los riesgos de accidentalidad del personal y de los usuarios de la

vía, durante la ejecución de las actividades de instalación y mantenimiento de la

señalización se tiene en cuenta lo sugerido en las normas vigentes para la seguridad

industrial y el manejo provisional del tránsito, así como las condiciones particulares de la

actividad a realizar y del lugar.

Nuestra política vial está integrada a las demás políticas de la compañía y es revisada

una vez al año para verificar su vigencia o adaptabilidad a las necesidades de la

organización.

8.2. OBJETIVOS DE SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL3

A. está comprometida con prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado, aseo y alumbrado público eficientemente. 1. Prestar los servicios públicos de Acueducto, Alcantarillado, Aseo y Alumbrado con eficiencia. 2. Captar, potabilizar y distribuir agua con los estándares de calidad, continuidad y cobertura. 3. Recolectar, transportar y disponer los residuos sólidos domiciliarios. 4. Mantener una red de alumbrado público moderna y funcional. 5. Recolectar, transportar, tratar y disponer las aguas residuales. B. Promoviendo un ambiente de trabajo seguro, libre de accidentes y enfermedades laborales 6. Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer e implementar los respectivos controles, protegiendo la seguridad y salud de los trabajadores, contratistas, visitantes y demás partes interesadas. 7. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, contratistas, visitantes y demás partes interesadas. C. cumplimiento de los requisitos legales que la empresa deba suscribir, 8. Cumplir con la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales y la operación en la prestación del servicio. D. asegurando el mejoramiento continuo de sus procesos, y la satisfacción de sus partes interesadas. 9. Responder oportuna y efectivamente las inquietudes de las partes interesadas. 10. Garantizar el mejoramiento continuo del sistema de gestión de la calidad y Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa. 11. Generar acciones de mejora para aumentar los niveles de satisfacción del cliente interno y externo teniendo como referencia sus necesidades y expectativas.

Nota: Conforme al artículo 2.2.4.6.18, numeral 6, del Decreto 1072 de 2015, los anteriores objetivos deben ser revisados y evaluados periódicamente, mínimo una (1) vez al año y actualizados de ser necesario.

3 Aprobados por medio de Comité de Calidad en noviembre de 2018.

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8.3. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE SST

8.3.1. OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN4

Dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST en la compañía, la Dirección tendrá entre otras, las siguientes obligaciones: 1. Definir, firmar y divulgar la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo a través

de documento escrito, el Gerente debe suscribir la política de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Compañía, la cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de seguridad y salud en el trabajo.

2. Debe asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en Seguridad y Salud en el Trabajo SST a todos los niveles de la organización, incluida la Dirección.

3. A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. Esta rendición de cuentas se podrá hacer a través de medios escritos, electrónicos, verbales o los que sean considerados por los responsables. La rendición se hará como mínimo anualmente y deberá quedar documentada.

4. Debe definir y asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la seguridad y salud en el trabajo en la Compañía, el Comité Paritario o Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo según corresponda, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones.

5. Debe garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo, en armonía con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales de que trata el artículo 14 de la Ley 1562 de 2012.

6. Debe adoptar disposiciones efectivas para desarrollar las medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores y/o contratistas, en los equipos e instalaciones.

7. Debe diseñar y desarrollar un Plan de Trabajo Anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, el cual debe identificar claramente metas, responsabilidades, recursos y cronograma de actividades, en concordancia con los estándares mínimos del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales.

4 Conforme al artículo 2.2.4.6.8, numeral 6, del Decreto 1072 de 2015

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8. Debe implementar y desarrollar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales, así como de promoción de la salud en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, de conformidad con la normatividad vigente.

9. Debe asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, en la ejecución de la política y también que estos últimos funcionen y cuenten con el tiempo y demás recursos necesarios, acorde con la normatividad vigente que les es aplicable.

10. Debe informar a los trabajadores y/o contratistas y a sus representantes ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, sobre el desarrollo de todas las etapas del Sistema de Gestión de Seguridad de la Salud en el Trabajo SG-SST e igualmente, debe evaluar las recomendaciones emanadas de estos para el mejoramiento del Sistema de Gestión de SST.

11. Garantizar la capacitación de los trabajadores en los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo de acuerdo con las características de la Compañía, la identificación de peligros, la evaluación y valoración de riesgos relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a las situaciones de emergencia, dentro de la jornada laboral de los trabajadores directos o en el desarrollo de la prestación del servicio de los contratistas.

12. Debe garantizar la disponibilidad de personal responsable de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, cuyo perfil deberá ser acorde con lo establecido con la normatividad vigente y los estándares mínimos que para tal efecto determine el Ministerio del Trabajo quienes deberán, entre otras:

a. Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación;

b. Informar a la Dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y;

c. Promover la participación de todos los miembros de la Compañía en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

13. Se debe involucrar los aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la Compañía.

8.3.2. OBLIGACIONES DE LAS ARL5

Las Administradoras de Riesgos Laborales - ARL, dentro de las obligaciones que le confiere la normatividad vigente en el Sistema General de Riesgos Laborales, capacitarán al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo – COPASST, en los aspectos relativos al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y prestarán asesoría y asistencia técnica a la Compañía y trabajadores afiliados, en la implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. 8.3.3. RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES6

5 Conforme al artículo 2.2.4.6.9, numeral 6, del Decreto 1072 de 2015.

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Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán entre otras, las siguientes responsabilidades: 1. Procurar el cuidado integral de su salud. 2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. 3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la

Seguridad y Salud en el Trabajo de la Compañía. 4. Informar oportunamente al Jefe Inmediato acerca de los peligros y riesgos

latentes en su sitio de trabajo. 5. Participar en las actividades de Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo

definido en el Plan de Capacitación de la Compañía. 6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema de Gestión de

la Seguridad y Salud en el Trabajo. 8.3.4. RESPONSABILIDADES DEL PROFESIONAL DE SST

El responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, tendrá entre otras, las siguientes responsabilidades:

1. Planear, organizar, dirigir, desarrollar y aplicar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y como mínimo una (1) vez al año, realizar su evaluación.

2. Informar a la Dirección sobre el funcionamiento y los resultados del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

3. Promover la participación de todos los miembros de la Compañía en la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

4. Gestionar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de vigilancia epidemiológica y la aplicación de estándares, procedimientos y Políticas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo.

5. Crear y aplicar el Programa de Capacitación Periódica de SST dirigido a buscar el conocimiento, la identificación y la concientización del riesgo por parte de los trabajadores, enfocándolos a la prevención de los riesgos propios de las labores.

6. Coordinar las inspecciones operativas de seguridad industrial realizando los respectivos seguimientos y gestionando acciones correctivas y preventivas a los hallazgos.

7. Atender y gestionar pro activamente los hallazgos productos de auditorías e inspecciones.

8. Apoyar la gestión y participación del COPASST. 9. Actuar oportunamente, sobre todos aquellos incumplimientos y contravenciones

a los Procedimientos de Seguridad Industrial o incumplimientos a la normativa legal vigente, por parte de cualquiera de los niveles jerárquicos y operativos de la estructura organizacional de la compañía, que se encuentran asignados al contrato o compra simplificada.

6 Conforme al artículo 2.2.4.6.10, numeral 6, del Decreto 1072 de 2015.

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10. Velar por la Salud y buenas prácticas en Seguridad Industrial por parte de todos los trabajadores de la compañía.

11. Realizar seguimiento a los Indicadores de Seguridad y Salud en el Trabajo y participar e implementar los Planes de Acción para el mejoramiento de los mismos.

8.3.5. RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL DE APOYO DE SST

El Personal de Apoyo de SST, tendrá entre otras, las siguientes responsabilidades: 1. Apoyar al Profesional de Seguridad y Salud en el Trabajo, si aplica, en la

Gestión de supervisión en actividades. 2. Participar activamente en el apoyo de implementación de los programas de

capacitación periódica dirigido a buscar el conocimiento, la identificación y la concientización del riesgo por parte de los trabajadores, enfocándolos a la prevención de los riesgos propios de las labores.

3. Realizar las inspecciones operativas de seguridad industrial, haciendo los respectivos seguimientos y gestionando acciones correctivas y preventivas a los hallazgos.

4. Apoyar en la gestión de los hallazgos productos de auditorías e inspecciones operativas.

5. Apoyar la gestión del COPASST. 6. Informar sobre todos aquellos incumplimientos y contravenciones a los

procedimientos de seguridad industrial o incumplimientos a la normativa legal vigente, por parte de cualquiera de los niveles jerárquicos y operativos de la estructura organizacional de la compañía, asociados al contrato.

7. Velar por la salud y buenas prácticas en seguridad industrial por parte de todos los trabajadores de la compañía, asociados al contrato.

8. Realizar seguimiento a los indicadores de Seguridad y Salud en el Trabajo y participar e implementar los planes de acción para el mejoramiento de los mismos.

8.3.6. COORDINADOR DE ALTURAS

1. Identificar peligros en el sitio en donde se realizan trabajos en alturas y adoptar

las medidas correctivas y preventivas necesarias.

2. Apoyar la elaboración de procedimientos para el trabajo seguro en alturas.

3. Aplicar los procedimientos de trabajo seguro en alturas de la compañía.

4. Inspeccionar periódicamente el sistema de acceso para trabajo en alturas y sus

componentes.

5. Inspeccionar pre operacionalmente los elementos de protección personal

especializados de trabajo seguro e alturas.

6. Avalar la selección y uso específicos de cada sistema de acceso para trabajo en

alturas, y de los sistemas de prevención y protección contra caídas aplicables.

7. Verificar la instalación de los sistemas de protección contra caídas.

8.4. RECURSOS

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8.4.1. RECURSOS FINANCIEROS

Los recursos financieros asignados para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo y también, para que los responsables de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la Compañía, el COPASST, la Brigada de Emergencias, el Comité de Convivencia Laboral y otros pertinentes de SST, puedan cumplir de manera satisfactoria con sus funciones, están contemplados en los siguientes rubros presupuestales:

RUBRO DENOMINACIÓN 2102011808 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/AC/Gen)

2102021808 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Alc/Gen)

2102031808 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Ase/Gen)

2102041708 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Alu/Gen)

2202012109 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Acu/Gen)

2202021909 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Alc/Gen)

2202032009 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Ase/Gen)

2202041908 Salud ocupacional y seguridad industrial-(Adm/Alu/Gen)

210101011107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Adm/Acu/Fto)

210101021107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Adm/Alc/Fto)

210101031107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Adm/Ase/Fto)

210101041107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Adm/Alu/Fto)

220101011107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Ope/Acu/Gop)

220101021107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Ope/Alc/Gop)

220101031107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Ope/Ase/Gop)

220101041107 Elementos de Seguridad Industrial Nomina Convencional-(Ope/Alu/Gop)

Asimismo, la Compañía asigna recursos financieros para el mantenimiento general de vehículos, instalaciones, maquinas, maquinaria, equipo y otros con relevancia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 8.4.2. RECURSOS DE PERSONAL

Los recursos de personal necesarios para el diseño, implementación, revisión evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo, están designados de la siguiente forma: 8.4.2.1. PROFESIONAL DE SST CARGO: Profesional de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales. PROFESIÓN Y NIVEL DE ESTUDIOS: Ingeniero Industrial con postgrado en Sistemas Integrados de Gestión QHSE y licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo, acorde a la normatividad vigente. CAPACITACIÓN:

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- Curso Virtual de Cincuenta (50) horas del Sistema de Gestión de Seguridad y

Salud en el Trabajo, certificado por Colmena Seguros. - Auditor Interno de Sistemas de Gestión Integrados ISO9001:2015, ISO

14001:2015 y OHSAS 18001:2007. - Auditor Interno en SG-SST: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST - DECRETO

1072 DE 2015 (LIBRO 2 - PARTE 2- TÍTULO 4 -CAPITULO 6). - Trabajo Seguro en Espacios Confinados.

EXPERIENCIA TOTAL SST: Cuatro (4) años, ejerciendo en cargos de supervisión y/o coordinación en Seguridad y Salud en el Trabajo. 8.4.2.2. PERSONAL DE APOYO DE SST CARGO: Apoyo de Seguridad y Salud en el Trabajo PROFESIÓN Y NIVEL DE ESTUDIOS: Tecnólogo en Salud Ocupacional, con licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo N°362-2011, acorde a la normatividad vigente. CAPACITACIÓN:

- Curso Virtual de Cincuenta (50) horas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, certificado por SENA.

- Coordinador de trabajo seguro en alturas, certificado por el SENA. - Auditor Interno en SG-SST: SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SST - DECRETO

1072 DE 2015 (LIBRO 2 - PARTE 2- TÍTULO 4 -CAPITULO 6). EXPERIENCIA TOTAL SST: Siete (7) años, ejerciendo en cargos de inspección y supervisión en Seguridad y Salud en el Trabajo.

8.4.2.3. COORDINADOR DE ALTURAS

TRES (3) PERSONAS PARA TODAS LAS ÁREAS, distribuidas así:

- Una (1) en el área de Alumbrado Público. - Una (1) en el área de Acueducto y Alcantarillado. - Una (1) en la Oficina de SST para diversas funciones.

8.4.3. RECURSOS TÉCNICOS

- Un (1) portátil HP. - Dos (2) computadores completos, distribuidos así: o En la unidad de servicios integrales de aseo para el personal de apoyo de

SST asignado a esa área. o En el edificio administrativo tercer Piso, asignado para el Personal de

Apoyo de SST asignado al área de acueducto y alcantarillado.

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- Pantalla Samsung. - Dos (2) escritorios. - Cuatro (4) sillas. - Equipo de oficina básico. - Dos proyectores Video Beam. - Motocicleta marca Yamaha BWIS 125. - 3 (tres) alcoholímetros: 2 Breath Tester y 1 Mercury. - 1 (uno) Medidor de atmosferas o gases altair 4X. - Sistema De Monitoreo Satelital IN-TRACKING (Programa GPS para

vehículos). - 2 equipos Autocontenidos ubicados en planta Chacón.

8.5. REQUISITOS LEGALES DE SST Y OTROS

Mediante P-03-012 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE REQUISITOS LEGALES SST, se establece la metodología o mecanismo más efectivo para identificar, actualizar y evaluar el cumplimiento de los requisitos legales relacionados con Seguridad y Salud en el Trabajo emanados de la legislación o normatividad nacional vigente u otros que adopte voluntariamente la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P. Quedando plasmados dichos requisitos legales aplicables a la compañía en el formato R-03-039 MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES DE SST, la cual se actualiza y evalúa en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables a la compañía.

8.6. CAPACITACIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO7

Por medio de los documentos PR-03-002 PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST y PR-05-001 PROGRAMA DE GESTIÓN DE LA CAPACITACIÓN, se definen los requisitos de conocimiento y práctica en Seguridad y Salud en el Trabajo necesarios para los trabajadores de la Compañía, asimismo, en el Programa de Gestión de la Capacitación, se adoptan y mantienen disposiciones para que los trabajadores cumplan en todos los aspectos de la ejecución de sus deberes u obligaciones, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Dichos Programas enmarcan el objetivo de proporcionar conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo y son extensivos a todos los niveles de la compañía, incluyendo a trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión. 8.7. CONTROL Y CONSERVACIÓN DE DOCUMENTOS8

7 Conforme a los artículos 2.2.4.6.11, del Decreto 1072 de 2015

8 Conforme a los artículos 2.2.4.6.12 y 2.2.4.6.13, del Decreto 1072 de 2015.

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Siguiendo las metodologías I-03-001 ELABORACION INFORMACIÓN DOCUMENTADA, P-03-005 CONTROL DE INFORMACION DOCUMENTADA, P-03-007 CONTROL DE REGISTROS y M-06-002 MANUAL PARA LA ORGANIZACIÓN, CONTROL Y MANEJO DEL ARCHIVO, en las cuales se dictan las disposiciones y lineamientos para el adecuada elaboración, revisión, aprobación, difusión, distribución, actualización, conservación y disposición de los documentos y registros que soportan el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, estas metodologías aseguran, entre otros, que los documentos y registros sean controlados, garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, protegidos contra daño, deterioro o pérdida. 8.8. COMUNICACIÓN9

A través de las actividades conjuntas del PR-03-002 PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST, se facilita la comunicación de los trabajadores con la Oficina de SST o los Directores o Jefes de cada área, dicho programa, establece en su metodología, la forma de cómo llevar a cabo actividades como: Charlas de cinco minutos, divulgación de lecciones aprendidas, actividades de Capacitación de SST, jornadas lúdicas y talleres, entre otros; así mismo, se pone a disposición de los trabajadores el formato R-03-037 AUTOREPORTE DE CONDICIONES DE SALUD Y DE TRABAJO, para la gestión de todo tipo de condiciones o actos inseguros en el lugar de trabajo o en el desarrollo de actividades. Igualmente el documento I-01-001 INSTRUCTIVO DE COMUNICACIONES, establece las directrices y canales para la comunicación con partes interesadas. 8.8.1. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Organismo integrador y puente para divulgar las actividades de seguridad y salud en el trabajo al interior de las empresas, está conformado por la Resolución 133 del 25 de septiembre de 2017 expedida por la Gerencia de la Compañía. El COPASST, entre otras, contribuye al análisis de la causalidad de los riesgos laborales; practica visitas periódicas a los centros de trabajo e inspecciona los ambientes, máquinas, equipos y operaciones realizadas por los trabajadores en cada área o sección, con el propósito de identificar los peligros y riesgos y proponer alternativas de control; investiga condiciones de riesgo y contingencias ATEL y; ejerce seguimiento al desarrollo de las actividades del Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. De igual manera vigila el desarrollo de las actividades dirigidas al ambiente y al trabajador que debe realizar la entidad de acuerdo con los peligros y riesgos prioritarios. VIGENCIA DEL COMITÉ: 29 de septiembre de 2017 al 28 de septiembre de 2019.

9 Conforme a los artículos 2.2.4.6.14, 2.2.4.6.16, parágrafo 3 y 2.2.4.6.28, numeral 2, del Decreto

1072 de 2015

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8.8.2. COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL Organismo asesor conformado mediante Resolución 158 del 17 de noviembre de 2017 expedida por la Gerencia de la Compañía, cuya principal función es la de establecer estrategias de conciliación entre las partes cuando exista una queja; de igual forma el promover actividades preventivas para proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afecten su salud en los lugares de trabajo. VIGENCIA DEL COMITÉ: 18 de noviembre de 2017 al 17 de noviembre de 2019. 8.8.3. COMITÉ DE SEGURIDAD VIAL

Organismo asesor conformado mediante Resolución 224 del 30 de diciembre de 2016, expedida por la Gerencia de la Compañía, cuya principal función es la de establecer estrategias y actividades preventivas para proteger a los trabajadores contra los riesgos viales derivados del manejo y operación del parque automotor de la Compañía. VIGENCIA DEL COMITÉ: desde el 30 de diciembre de 2016. 8.9. EVALUACIÓN INICIAL DE SISTEMA DE GESTIÓN DE SST

La Evaluación Inicial se realiza mediante formato R-03-076 EVALUACIÓN INICIAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, con el fin de identificar las prioridades en Seguridad y Salud en el Trabajo y para establecer el Plan de Trabajo Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta evaluación se realiza en conjunto con el Profesional de Seguridad y Salud en el trabajo, un miembro del COPASST y el Responsable del área de Auditoria de Control Interno de la Compañía, dicha autoevaluación está fundamentada en el artículo 2.2.4.6.16 del Decreto 1072 de 2015, artículos 1 y 4 de la Resolución 4502 de 2012 y los Resolución 0312 de 2019, por la cual se definen los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST La Evaluación Inicial del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo vigente y sus respectivos resultados se encuentran en el Anexo 1 del presente documento. 8.10. INDICADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST

Los indicadores del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo se realizan conforme a lo establecido en los artículos 2.2.4.6.19, 2.2.4.6.20, 2.2.4.6.21, 2.2.4.6.22 del Decreto 1072 de 2015 y el artículo 15 de la Resolución 0312 de 2019. Los Indicadores vigentes del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, se encuentran relacionados en el Anexo 2 del presente documento.

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8.11. GESTIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS DE SST10 La Gestión de Peligros y Riesgos de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Compañía de Servicios Públicos de SOGAMOSO S. A. E. S. P., se enmarca en el documento P-03-011 PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS DE SST; la metodología más apropiada para identificar los peligros y realizar evaluación, valoración y priorización de los riesgos en cada puesto de trabajo, proceso o actividad de la compañía, lo anterior con el fin de plantear medidas de prevención y controles para, entre otros: Prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales, promover ambientes de trabajo seguro y mejorar las condiciones de salud y de trabajo de los trabajadores. La Gestión de los Peligros y Riesgos es revisada y actualizada cada vez que se presenta un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico, cuando se generen cambios internos (introducción de nuevos procesos, cambio en los métodos de trabajo, cambios en instalaciones, entre otros) o externos (cambios en la legislación, evolución del conocimiento en seguridad y salud en el trabajo, entre otros). También, de ser necesario, cuando se efectúen las inspecciones planeadas o solicitadas y cuando se realicen Análisis de Riesgo por Operación ARO para actividades de alto riesgo, se revisará nuevamente la valoración de los riesgos y se realizarán los ajustes pertinentes a que haya lugar. En el caso que no se presenten las circunstancias anteriores, dicha actualización se realizará cada año. 8.11.1. EVALUACIONES MÉDICAS LABORALES11

El documento P-03-008 PROCEDIMIENTO DE EVALACIONES MÉDICAS LABORALES Establece la metodología o mecanismo más efectivo para la realización de las evaluaciones médicas laborales y la administración y contenido de las historias clínicas laborales en la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P., dando cumplimiento a la legislación nacional vigente. Así mismo, anualmente en la realización de los exámenes médicos laborales periódicos, se actualiza el informe de condiciones de salud de la población trabajadora el cual se encuentra en el anexo 3 del presente documento.

8.11.1.1. GESTIÓN DE RECOMENDACIONES MÉDICAS LABORALES

Mediante metodología compilada en el documento I-03-004 INSTRUCTIVO PARA LA GESTIÓN DE RECOMENDACIONES MÉDICAS LABORALES Y PARA LA CALIFICACIÓN DE ORIGEN DE ENFERMEDAD Y PÉRDIDA DE CAPACIDAD LABORAL, se acompaña el trámite de calificación de origen de presunta enfermedad laboral y calificación de pérdida de capacidad laboral para enfermedad común, enfermedad laboral y accidente de trabajo, así mismo, se gestiona la comunicación, implementación y seguimiento a las recomendaciones médicas laborales emitidas

10

Conforme a los artículos 2.2.4.6.15, 2.2.4.6.23 y 2.2.4.6.24 del Decreto 1072 de 2015 11

Conforme a los artículos 2.2.4.6.24, parágrafo 3, del Decreto 1072 de 2015

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por EPS, ARL o IPS Prestadora de Servicios de Salud según la calificación de origen para los trabajadores de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P.

8.11.2. PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., implementa el PR-03-001 PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST, el cual enmarca la metodología que permita la detección, valoración, prevención, y corrección de los Peligros y Riesgos de SST o causa de los incidentes y accidentes de trabajo o enfermedades laborales, para evitar que estos se materialicen.

8.11.3. PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST

La Compañía desarrolla el documento PR-03-002 PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST, el cual establece los lineamientos para el diseño, documentación, desarrollo y evaluación de estrategias que garanticen el fortalecimiento de la cultura del autocuidado, dichas estrategias están dirigidas a la adopción de hábitos y estilos de vida saludable, la prevención en el consumo de sustancias psicoactivas y la toma de conciencia integral de la Seguridad y Salud en el Trabajo en los trabajadores de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P. 8.11.4. PROTOCOLO DE SEGURIDAD QUÍMICA

El documento PROTOCOLO DE SEGURIDAD QUÍMICA, Establece los lineamientos fundamentales de trabajo seguro en las áreas de trabajo de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., como laboratorios, talleres, almacén u otros sitios donde se manipulen sustancias químicas o combustibles, garantizando el bienestar y la integridad tanto del trabajador como del medio ambiente. 8.11.5. DOCUMENTOS Y METODOLOGIAS A DESARROLLAR E

IMPLEMENTAR PARA EL CONTROL DE LOS RIESGOS: - PROGRAMA DE GESTIÓN DE DOTACIÓN Y EPP. - PROGRAMA DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS. - PROCEDIMIENTO DE TRABAJO SEGURO EN EXCAVACIONES. - PVE DEL RIESGO BIOMECÁNICO. - PROGRAMA DE CONSERVACIÓN VISUAL, AUDITIVA Y BIOLÓGICA.

8.12. PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., desarrolla y ejecuta el PL-03-002 PLAN DE EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS que alineado con el PR-03-001 PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST, dan cumplimiento al Artículo 2.2.4.6.25 del Decreto 1072 de 2015.

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8.12.1. ANÁLISIS DE VULNERABILIDAD

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., implementa el PR-03-001 PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST, el cual contiene el formato R-03-058 ANÁLISIS DE VULNERABILIDAD, que alineado con el PL-03-002 PLAN DE EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS, se realiza y documenta la metodología para el análisis de probabilidad y la gravedad de cada centro de trabajo.

8.12.2. BRIGADA DE EMERGENCIAS Está constituida por un grupo de trabajadores voluntarios organizados, con conocimiento, entrenamiento y práctica, que apoyan el Plan de Emergencias y Contingencias, a través de la prevención y control de la situaciones de riesgo que puedan generar una emergencia dentro de las instalaciones de la compañía, buscando salvaguardar el bienestar de todos los trabajadores y partes interesadas. El Comité Operativo de Emergencias (COE) y la Brigada de emergencias vigente se encuentran relacionados en el anexo 4 del presente documento. 8.12.3. SIMULACROS

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., implementa el PR-03-001 PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS DE SST, el cual contiene el formato R-03-059 LISTA DE CHEQUEO PARA EVALUACIÓN DE SIMULACROS, que alineado con el Plan de Emergencias y Contingencias, establece la periodicidad de los simulacros de emergencias a ejecutar en todos los centros de trabajo.

8.13. GESTIÓN DEL CAMBIO

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., implementa el P-03-014 PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DEL CAMBIO, el cual establece la metodología más adecuada, para que de forma planificada, se pueda evaluar y controlar el impacto sobre la Seguridad y Salud en el Trabajo que puedan generar cambios internos o externos de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P. 8.14. ADQUISICIONES O COMPRAS12

Mediante los documentos P-09-004 PARA COMPRAS, I-03-005 ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS y P-09-008 SELECCIÓN MANEJO Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD CON PROVEEDORES, la compañía establece una metodología con el fin de garantizar que se identifiquen y evalúen en las especificaciones relativas a las compras o adquisiciones de productos y servicios, las disposiciones relacionadas

12

Conforme al artículo 2.2.4.6.27 del Decreto 1072 de 2015

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con el cumplimiento del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST por parte de la compañía. Así mismo establece en el R-03-029 MATRIZ DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, donde se identificación y establecen las especificaciones nacionales o internacionales de cumplimiento en la compra o adquisición de EPP.

8.15. CONTRATACIÓN13

La compañía diseña e implementa el instructivo I-03-005 ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS, en el cual se asegura que todas las modalidades de contratación, se ejecuten bajo las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo establecidas por la legislación vigente y/o normas o lineamientos de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P., de forma que se garantice que los trabajos contratados se desarrollen de manera segura, mediante la implementación de controles operativos, la mejora continua y la aplicación de las directrices mínimas descritas en el instructivo. 8.16. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SST

Conforme a los artículos 2.2.4.6.29 y 2.2.4.6.30 del Decreto 1072 de 2015 se implementa la metodología P-03-002 PROCEDIMIENTO DE AUDITORIAS INTERNAS, en la cual se planifica la auditoria de cumplimiento con la participación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. 8.17. REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN

La Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S.A. E.S.P., conforme al artículo 2.2.4.6.31 del Decreto 1072 de 2015, implementa y desarrolla la metodología P- 03-001 PROCEDIMIENTO REVISION POR LA DIRECCION, en la cual se definen los lineamientos para adelantar la revisión de los Sistemas de Gestión, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su funcionamiento; lo anterior para, entre otros, garantizar la conveniencia, adecuación y eficacia continua de los Sistemas de Gestión de la Compañía. 8.18. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES

LABORALES El reporte de accidentes de trabajo y la investigación de las causas de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, en la compañía, se adelanta acorde al documento P-03-009 PROCEDIMIENTO DE REPORTE E INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES / ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES, asimismo, este documento se implementa de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.4.6.32 del Decreto 1072 de 2015 y la Resolución número 1401 de 2007 expedida por el entonces Ministerio de la

13

Conforme al artículo 2.2.4.6.28 del Decreto 1072 de 2015

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Protección Social, hoy Ministerio del Trabajo, y las disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. 8.19. ACCIONES PREVENTIVAS, CORRECTIVAS Y DE MEJORA CONTINUA

La Compañía implementa las metodologías P-03-003 ACCIONES CORRECTIVAS y P-03-015 ACCIONES PREVENTIVAS, en las cuales se identifica, analiza y elimina las causas de las no conformidades reales/potenciales, en todos los procesos o actividades de la Compañía de Servicios Públicos de Sogamoso S. A. E. S. P. 9. ANEXOS Y REGISTROS

- M-06-002 MANUAL PARA LA ORGANIZACIÓN, CONTROL Y MANEJO DEL ARCHIVO

- PL-03-002 PLAN DE EMERGENCIAS Y CONTINGENCIAS. - PR-05-001 PROGRAMA DE GESTIÓN DE LA CAPACITACIÓN - PR-03-002 PROGRAMA DE GESTIÓN DE CULTURA DE SST - P-03-001 PROCEDIMIENTO REVISION POR LA DIRECCION - P-03-002 PROCEDIMIENTO DE AUDITORIAS INTERNAS

- P-03-003 ACCIONES CORRECTIVAS - P-03-005 CONTROL DE INFORMACION DOCUMENTADA - P-03-007 CONTROL DE REGISTROS - P-03-008 PROCEDIMIENTO DE EVALACIONES MÉDICAS LABORALES - P-03-009 PROCEDIMIENTO DE REPORTE E INVESTIGACIÓN DE

INCIDENTES ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES - P-03-010 PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y

FUNCIONAMIENTO DEL COPASST Y EL COCOLA - P-03-011 PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE PELIGROS Y RIESGOS

DE SST - P-03-012 PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN DE REQUISITOS LEGALES SST - P-03-014 PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DEL CAMBIO - P-03-015 ACCIONES PREVENTIVAS - P-09-004 PARA COMPRAS - P-09-008 SELECCIÓN MANEJO Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD CON

PROVEEDORES - I-01-001 INSTRUCTIVO DE COMUNICACIONES

- I-03-005 ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PARA CONTRATISTAS

- R-03-037 AUTOREPORTE DE CONDICIONES DE SALUD Y DE TRABAJO

- R-03-029 MATRIZ DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

- R-03-076 EVALUACIÓN INICIAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

- R-03-091 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

- R-05-015 REGISTRO DE ASISTENCIA - PROTOCOLO DE SEGURIDAD QUÍMICA

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ANEXO 1. EVALUACIÓN INICIAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO

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ANEXO 2. MATRIZ GENERAL DE INDICADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN

EL TRABAJO

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ANEXO 3. INFORME DE CONDICIONES DE SALUD DE LA POBLACIÓN TRABAJADORA

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ANEXO 4. ESTRUCTURA COE Y BRIGADAS DE EMERGENCIAS POR CENTRO DE TRABAJO

14

ROL NOMBRE No CONTACTO

COORDINADOR DE EMERGENCIAS

ACOSTA MORENO JUAN CARLOS 314 289 7208

LIDER DE BRIGADA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA CHACÓN

14

Conformado mediante R-03-015 acta de reuniones N°1 del 25 de octubre de 2016.

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DE EMERGENCIAS ESTEFANIA GUEVARA VEGA 300 863 77 14

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

ACOSTA MIGUEL ÁNGEL 313 281 3112

SERV. INTE. DE ASEO Y ALUMBRADO PÚBLICO

ALVARADO LUIS ALFONSO 311 200 4372

ADMINISTRATIVO

RINCÓN ETNA ROCIO 321 372 8927

BRIGADISTAS

ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO

ALARCON BARRERA JUAN 313 361 4400

ROJAS PEREZ RAFAEL ANTONIO 311 244 9134

RINCON ALARCON GUSTAVO 311 480 5820

GUEVARA VEGA ESTEFANIA 300 863 7714

CALA PULIDO XIMENA 310 479 6308

MELO MESA JOHAN MAURICIO 314 430 0050

MELO ZEA JORGE 311 457 8337

SANCHEZ CARLOS MAURICIO 313 343 9052

SERV. INTE. DE ASEO Y ALUMBRADO PÚBLICO

CARREÑO RINCON JORGE ARTURO 320 902 4506

DE LA HOZ SARMIENTO HECTOR 310 580 7388

CHINOME MATEUS JORGE ARTURO 313 354 7202

PÉREZ ADRIÁN ALONSO 314 202 5464

LOZANO HUGO ARMANDO 320 326 6325

PRECIADO PATIÑO BENJAMIN 311 818 1953

ALVARADO WILLIAM ALONSO 320 921 3602

MURILLO JAIRO ANDRÉS 310 215 6001

CÁRDENAS MARIO 313 534 8130

CALIXTO NOSSA ALBA LUCIA 313 859 5773

PÉREZ PATIÑO JAIME 312 536 2076

PÉREZ WILSON ENRIQUE --

ADMINISTRATIVO

GONZALEZ ALARCON MARIA 311 886 9008

FONSECA MOLINA YURY AMANDA 315 447 7215

ORTEGA BORDA ZULMA JULIETH 322 905 9768

JORGE LUIS BONILLA 322 482 2673

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ANEXO 5. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PLAN DE TRABAJO ANUAL DE SEGURIDAD Y

SALUD EN EL TRABAJO