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PERU Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias PLAN DE OPERACIONES SUTRAN "VIAJE SEGURO - FIESTAS PATRIAS 2012" "EVITEMOS LA EPIDEMIA DE LOS ACCIDENTES DE TRANSIT° — TODOS SOMOS SEGUR/DAD VIAL" I. MISION: La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, realizara Acciones de Control INOPINADAS en forma simultanea en las vias Nacionales y Terminales de las principales ciudades de las Regiones del Per0, a fin de minimizar los riesgos de accidentes de transit°, con motivo del fin de semana largo por FIESTAS PATRIAS, declarado dias no laborables. II. BASE LEGAL - Constitucion Politica del Estado. - Ley N° 27181: Ley General de Transporte y Transito. - Ley N° 29380 — Ley de Creaci6n de Ia Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancias. - D.S. N° 021 — 2010 — MTC: Aprueba el ROF de Ia SUTRAN. - D.S. N° 017-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de Administraci6n de Transporte. D.S. N° 016-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de Transito. - D.S. N° 025 — 2011 — MTC Obligacion de mantener encendidas las luces, las 24 horas del dia. - D.S. N° 021 — 2008: Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos peligrosos. - D.S. N°058-2003-MTC — Reglamento Nacional de Vehiculos III. AUTORIDAD COMPETENTE - Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga Mercancias. - Direccion de Supervision y FiscalizaciOn SUTRAN. IV. AUTORIDADES DE COORDINACION Y APOYO A NIVEL NACIONAL. Congreso de la RepCiblica - Ministerio Fiscales de Prevencion del Delito. - Ministerio de Salud - Ministerio de Trabajo - Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC - Defensoria del Pueblo. Presidente del Gobierno Regional Municipalidades Provinciales - Policia Nacional del Peri): Direcciones Territoriales Policiales, Direcci6n de Policia de Carreteras, Policia de Transito, Comisarias - Institute Nacional de Defensa de Ia Competencia y de Ia Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. - Superintendencia Nacional de Administraci6n Tributaria. 1

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PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

PLAN DE OPERACIONES SUTRAN "VIAJE SEGURO - FIESTAS PATRIAS 2012"

"EVITEMOS LA EPIDEMIA DE LOS ACCIDENTES DE TRANSIT° — TODOS SOMOS SEGUR/DAD VIAL"

I. MISION: La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias -SUTRAN, realizara Acciones de Control INOPINADAS en forma simultanea en las vias Nacionales y Terminales de las principales ciudades de las Regiones del Per0, a fin de minimizar los riesgos de accidentes de transit°, con motivo del fin de semana largo por FIESTAS PATRIAS, declarado dias no laborables.

II. BASE LEGAL - Constitucion Politica del Estado. - Ley N° 27181: Ley General de Transporte y Transito. - Ley N° 29380 — Ley de Creaci6n de Ia Superintendencia de Transporte de

Personas, Carga y Mercancias. - D.S. N° 021 — 2010 — MTC: Aprueba el ROF de Ia SUTRAN. - D.S. N° 017-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de

Administraci6n de Transporte. D.S. N° 016-2009- MTC. y modificatorias: Reglamento Nacional de Transito.

- D.S. N° 025 — 2011 — MTC Obligacion de mantener encendidas las luces, las 24 horas del dia.

- D.S. N° 021 — 2008: Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos peligrosos.

- D.S. N°058-2003-MTC — Reglamento Nacional de Vehiculos

III. AUTORIDAD COMPETENTE - Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga

Mercancias. - Direccion de Supervision y FiscalizaciOn SUTRAN.

IV. AUTORIDADES DE COORDINACION Y APOYO A NIVEL NACIONAL. Congreso de la RepCiblica

- Ministerio Fiscales de Prevencion del Delito. - Ministerio de Salud - Ministerio de Trabajo - Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES

Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC - Defensoria del Pueblo.

Presidente del Gobierno Regional Municipalidades Provinciales

- Policia Nacional del Peri): Direcciones Territoriales Policiales, Direcci6n de Policia de Carreteras, Policia de Transito, Comisarias

- Institute Nacional de Defensa de Ia Competencia y de Ia Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.

- Superintendencia Nacional de Administraci6n Tributaria.

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Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

V. VIGENCIA DEL PLAN: Del 09 al 31 de Julio 2012. Comprendera las Etapas de Difusi6n, Coordinaciones y Ejecuci6n del control operativo, de acuerdo al siguiente detalle:

1. ETAPA PREVIA DE COORDINACIONES Y CAPACITACION: La Sutran, mediante la Unidad de Imagen Institucional ha preparado el "Plan de mejoramiento de las acciones de Viaje Seguro para Ia promoci6n del turismo interno, a frames del empoderamiento de las autoridades nacionales, regionales y locales"

La segunda Etapa del mencionado plan, considera el I Encuentro Multisectorial para el desarrollo de Acciones Preventivas por la Seguridad Vial (capacitacion — mesa de trabajo), que se realizara en las siguientes regiones y fechas:

CAPACITACIONES EN REGIONES QUE SE INDICAN, PREVIAS A LOS OPERATIVOS POR FIESTAS PATRIAS, DEL 09 AL

13 JULIO 2012

ZONA LUNES 9 MARTES 10 MIERCOLES 11 JUEVES 12 VIERNES 13

SUR

AREQUIPA , , ,f. MOQUEGUA

■1i PUNO CUSCO

CENTRO

ICA .,

1 ,,) : AYACUCHO

. . " i? ' JUNIN -fi '

NORTE

LAMBAYEQUE CAJAMARCA

SAN MIGUEL DE

CAJAMARCA

q..,,lesa

Objetivo: Generar conciencia participativa sobre la tematica de accidentes de transit° con consecuencias fatales, entre las autoridades de la regi6n, a fin de involucrarlos de manera directa en la soluciOn de Ia problematica

PUblico Objetivo: se efectuara en dos dias con pUblicos objetivos diferentes, que son: 1er. Dia: Autoridades regionales y municipales (provincial y distrital), asi como la policia de transit° y carreteras, funcionarios de instituciones publicas (ministerios y organismos gubernamentales, entre otros). Al finalizar el evento se suscribira un ACTA DE ACUERDOS Y COMPROMISOS, que comprendera la participacion de las instituciones y las acciones a desarrollar en la Etapa de Control.

2do. Dia: Dirigidos a los empresarios de transporte y conductores, asi como a las organizaciones sociales y la sociedad civil (convocados por la autoridad municipal). Al finalizar el evento se suscribira un ACTA DE COMPROMISO CIVICO POR LA SEGURIDAD VIAL, que consignara el compromiso de las empresas

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de transporte, los conductores y las organizaciones de la sociedad civil, para colaborar con las acciones por la Seguridad Vial.

Expositores: capacitaci6n que debera contar con Ia presencia de los siguientes expositores:

1er Dia: Autoridades: Expositores: • SUTRAN — Accidentes de transit° con consecuencias fatales en carreteras. Realidad y Prevencion. • PNP — Transit° y Carreteras — Acciones de control en la red vial, acciones preventivas para conductores. • Defensoria del Pueblo. • Consejo Nacional de Seguridad Vial.

2do. Dia: Empresas de Transporte, conductores y sociedad civil: Expositores: • SUTRAN — Accidentes de transit° con consecuencias fatales en carreteras. Realidad y Prevencion. • PNP — Transit° y Carreteras — Acciones de control en la red vial, acciones preventivas para conductores. • Defensoria del Pueblo. • Gobierno Regional. • Municipalidad Provincial y Distrital. • Consejo Nacional de Seguridad Vial.

En las regiones que no han sido consideradas en el presente plan de capacitaci6n, se remitiran sendos oficios y las coordinaciones se realizaran via telefonica y correos electranicos.

2. ETAPA PREVENTIVA DE DIFUSION: Consta de 2 momentos: a) Primera Fase.- A realizarse desde el martes 17 al viernes 20 de Julio

2012:

PRIM PIITIVA DE DIFUSION MARTES

17 MIERCOLES

18 JUEVES

19 VIERNES

20

JULIO Med iante:

• Envio de notas de prensa sobre: - Principales faltas que comenten los conductores de transporte terrestre de personas y de carga, segOn Ia experiencia de operativos anteriores, a fin de que corrijan actitudes y conductas consideradas por Ia normatividad vigente como infracciones o incumplimientos. Se brindara informacian estadistica de principales faltas detectadas en cada Region.

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• Remisi6n a los Terminales y Agencias de Empresas de Transporte, de "Cartillas de Seguridad a Bordo" que contiene informaci6n importante y recomendaciones para un VIAJE SEGURO, para ser leido por cada pasajero y deberan ser colocadas en la parte posterior de cada asiento del bus,.

b) Segunda Fase.- Se realizara los dias 23, 24 Y 25 de Julio del 2012:

LUNES 23 I MARTES 24 I MIERCOLES 25

JULIO

Fase que estara a cargo del Coordinador en las Regiones asignadas, para las siguientes actividades:

- Coordinaciones con las autoridades regionales y locales, para la realizacion conjunta de campafias de difusi6n y compromiso de participacion en la etapa de control.

- Entrega al pUblico usuario y conductores de dipticos informativos sobre la campaila "SUTRAN Viaje Seguro, que se realizaran en los Terminales Terrestres, Puntos de Control, Peajes o lugares de mayor concentracion o transit° de vehiculos de Transporte Terrestre de Personas.

- Participacion con autoridades locales relacionadas con el control del transporte terrestre en la difusion, acciones preventivas e informativas, campanas de entrega de DNI, de salud, en cada region.

DIFUSION EN MEDIOS DE COMUNICACION MASIVOS: DifusiOn de los operativos de Viaje seguro mediante notas de prensa, entrevistas radiales y televisivos y enlace microondas en vivo a funcionarios de SUTRAN en Lima, asi como los designados en cada region, para dar a conocer la realizacion del Plan Operativo a nivel nacional, asi como las condiciones minimas de seguridad que deben respetar para culminar un viaje seguro.

ETAPA DE CONTROL Ejecucian de acciones de control en los Terminales y puntos de Control Fijos y Moviles, can la participacion de Inspectores de la SUTRAN, Inspectores Regionales, autoridades del Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo y Policia Nacional del Per0.

CONTROL

VIERNES 27 SABADO 28 DOMINGO 29 LUNES 30

JULIO

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VI. OBJETIVOS

- Reforzar las labores de supervisiOn y control en las vias Nacionales y en Terminales Terrestres, a fin de prevenir los accidentes de transit°.

Difundir entre el pUblico usuario el control de velocidad de las unidades vehiculares de servicio public° de transporte de personas, mediante el GPS y de Ia linea gratuita 0800-12345.

- Concientizar e involucrar a los pasajeros en el control de las empresas de transportes de pasajeros mediante el use efectivo del formulario Veedor (FOVE).

- Consolidar las coordinaciones con las autoridades comprometidas en Ia Supervision y FiscalizaciOn del Transporte de Personas, Carga y Mercancias, comprometiendo de igual manera a las Direcciones Regionales donde no se tenga presencia o no se destaque Inspectores SUTRAN, para que en forma coordinada realicen acciones de control con sus Inspectores Regionales.

- Comprometer a las autoridades a ejercer sus funciones y atribuciones, mediante la realizacion de acciones de control en forma conjunta con el Personal de Ia SUTRAN, para lograr que los servicios de Transporte de Pasajeros, Carga y Mercancias, desde ANTES, DURANTE y DESPUES, en las vias nacionales durante las festividades, se minimicen los accidentes de transit°, mediante una decidida participacion de las autoridades y de los pasajeros, asi como de los medios de comunicacian.

VII. AMBITO DE APLICACION: A NIVEL NACIONAL:

1. REGIONES DONDE LA SUTRAN NO TIENE PRESENCIA PERMANENTE, PERO VIAJAN INSPECTORES SUTRAN DESDE LIMA Y REGIONES CONTIGUAS, siendo estas las de mayor transit° de vehiculos de Transporte de Personas, Carga y Mercancias e incidencia de accidentes de transit°, viables de acuerdo a nuestra cobertura presupuestal.

2. REGIONES DONDE LA SUTRAN NO TIENE PRESENCIA PERMANENTE, SE COORDINAN CON LAS DIRECCIONES REGIONALES DE TRANSPORTE TERRESTRE, que cuentan con Inspectores Regionales que pueden realizar las acciones de control en las etapas previstas en el presente Plan.

3. REGIONES DONDE LA SUTRAN TIENE PRESENCIA CON INSPECTORES, realizando acciones de control en forma permanente y constante, mediante el control en Puntos Fijos, moviles y en Terminales Terrestres.

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FESTIVIDADES N°

REGIONES

FECHA ACTAS LEVANTADAS

DESDE HASTA VEH.

PASAJEROS VEH.

MERCANCIAS

DIA DE LA AMISTAD 18 08-feb 13-feb 20,590 15,415

SEMANA SANTA 18 04-abr 09-abr 19,906 11,721 DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO 18 27-abr 02-may 19,339 12,043

SAN PEDRO Y SAN PABLO 09 27-jun 02-jul 13,161 9,013

TOTAL 72,996 48,192 V B°

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VIII. ANTECEDENTES 1. En el alio 2010, la SUTRAN inicio sus acciones, organizando y ejecutando

operativos de control mOviles a nivel nacional, complementando los controles que se realizan en sus diferentes Regiones.

2. Estas acciones operativas han continuado en el alio 2011, habiendose programado y ejecutado los PLANES DE OPERACIONES SUTRAN "VIAJE SEGURO": SEMANA SANTA Y DIA DEL TRABAJO", FIESTAS PATRIAS, MACHU PICCHU, INTI RAYMI, SANTA ROSA, TODOS LOS SANTOS, INMACULADA CONCEPCION, NAVIDAD Y ANO NUEVO, continuando en el 2012 con los Operativos por "DIA DE LA AMISTAD", "SEMANA SANTA , DIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, SAN PEDRO Y SAN PABLO", con los siguientes resultados:

OPERATIVOS EN REGIONES A -N. 0 2012

*En el Operativo San Pedro y San Pablo solo se participo en regiones con presencia de Sutran.

OPERATIVOS EN REGIONES ANO 2011

FESTIVIDADES

N° REGIONE

S

FECHA ACTAS LEVANTADAS DES DE HASTA VEH. PASAJEROS VEH. MERCANCIAS

SEMANA SANTA 16 20- abr 26-abr 9251 9834

DIA DEL TRABAJO 14 27- abr 04-may 9831 10967

INTY RAYMI 3 04-jul 09-jul 155 404

FIESTAS PATRIAS 17 23-jul 03-ago 36639 23781

SANTA ROSA 9 26- ago 30-ago 15901 12897

TODOS LOS SANTOS 17 28- oct 02-nov 22220 14023

INMACULADA CONCEPCION 16 02- dic 08-dic 23147 17053

NAVIDAD 18 22- dic 27-dic 25320 15168

ANC) NUEVO 18 29- dic 02-ene 17583 9878

7,--..-... TOTAL 160,047 114,005

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N° FESTIVIDADES

N° REGION

ES

FECHAS ACTAS LEVANTADAS

DESDE HASTA

VEH. PASAJ EROS VEH. MERCANCIAS

1 SEMANA SANTA 8 30-Mar 05-Abr 3844 2771

2 POST SEMANA SANTA 4 14-Abr 19-Abr 1332 1592

3 DIA DE LA MADRE 4 06-May 10-May 1078 1248

4 FINES DE MAYO 2 27-May 31-May 715 678

5 FIESTAS PATRIAS 6 26-Jul 02-Ago 4314 1649

6 DIA DE TODOS LOS SANTOS 12 29-Oct 02-Nov 2152 1210

7 INMACULADA CONCEPCION 8 07-Dic 14-Dic 828 988

8 NAVIDAD 14 22-Dic 28 DICEIMBRE 686 838

9 A6.10 NUEVO 14 29-Dic 31-Dic 542 918

TOTAL

15,491 11,892

FUENTE: Unidad de SUTRA

Registro y Estadistica N

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OPERATIVOS EN REGIONES MO 2010

IX. SITUACION 1. Los dies 28 y 29 de Julio se celebra el aniversario Patrio y segun Decreto Supremo N°

099-2011-PCM declare como feriado no laborable el 27 de Julio 2012, por lo tanto a nivel nacional se preve el incremento de Ia demanda de servicio de transporte de personas aumentando el transit° de buses de pasajeros al interior del pals, utilizando las vies nacionales y como consecuencia de ello se agudiza la presencia de transporte informal.

2. El use del transporte informal en sus diferentes modalidades asi como los incumplimientos e infracciones cometidas por las empresas y conductores autorizados, conlleva al riesgo de accidentes de transit° y la comision de ilicitos penales (asaltos a buses de pasajeros), debido a que las unidades vehiculares circulan con conductores que no tienen el conocimiento de Ia ruta, carecen de licencia de conducir vigente o de otra categoria, no cuentan con Certificados de InspecciOn Tecnica vigente, por lo tanto no tienen las condiciones minimas de seguridad. Asimismo, los vehiculos al no tener instalados el sistema GPS conforme lo establece la normatividad vigente (D.S. N° 017-

a tie .4.. 2009-MTC) son conducidos a velocidad mayor a la establecida o prudente y razonable para las condiciones de Ia via y circunstancias del momento.

-f;ke 3. La SUTRAN como una de las Instituciones tutelares de derechos fundamentales en el area de Transportes terrestre, al Fiscalizar y Supervisar que las Empresas de Transporte cumplan con la reglamentaciOn de la materia, a fin de evitar accidentes de transit° o siniestros que pongan en peligro la vide de las personas, tiene en cuenta que el principal objetivo del Estado en materia de transporte y transit° terrestre, es la seguridad de las personas, tal como lo establece la Ley N° 27181 - Ley General de Transporte y Transit° Terrestre, concordante con lo dispuesto por la ConstituciOn Politica del Estado de 1993: Articulo Defensa de Ia persona humana

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PERU

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La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el Fin Supremo de Ia sociedad y del Estado. Articulo 65° Proteccion al consumidor El estado defiende el interes de los consumidores y usuarios. Asimismo vela, en particular, por Ia salud y la seguridad de la poblaciOn. Ley N° 27181 Articulo 3° Del objetivo de Ia accion estatal La accion estatal en materia de transporte y transito terrestre se orienta a Ia satisfacci6n de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud. Articulo 4° De Ia competencia y rol del estado 4.3 El estado procura la protecciOn de los intereses de los usuarios, el cuidado de Ia salud y seguridad de las personas y el resguardo del medio ambiente.

4. En las Regiones, donde la SUTRAN no tiene presencia con Inspectores propios, los transportistas inciden en incumplimientos e infracciones a Ia normatividad vigente, incluyendo Ia conduccion de vehiculos de transporte de personas con choferes en estado etilico, conductores no inscritos en nomina, exceso de pasajeros, transporte de personas en vehiculos de carga o mercancias, neumaticos desgastados, exceso de horas de conducciOn, conductores con licencias de conducir de categories no correspondiente al tipo de vehiculo o servicio que realiza, entre otros, conforme a la informaciOn obtenida en el ultimo operativo del Dia Internacional del Trabajo, donde se detectaron mayormente los siguientes incumplimientos e infracciones:

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OPERATIVO SAN PEDRO Y SAN PABLO 2012 del 27JUN2012 DESCRIPCION

INCUMPLIMIENTO - C 2C -31.6 ACTUALIZARSE, ANUALMENTE MED1ANTE LOS CURSOS DE CAPACITACION ESTABLECIDOS POR LA AUTORIDAD COMPETENTE. LAS CARACTERISTICAS DEL

EXAMEN MEDICO DE COMPROBAC ION DE APTITUD PSICO FISICA ESTABLECIDA EN EL NUMERAL ANTERIOR.

CANT

142

al 02JUL2012

1420%

BOTIQU N EQUIPAD 0 PARA BRINDAR PRMEROS AUXILJO S. 141 1410%

UTILIZARVEHICULOS QUE NO CUENTEN CON EXTINTORES DE FUEGO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL REG LAMEN TO.

134 1340%

UTILIZARVEHICULOS EN LOS QUE LOS NEUMATICOS NO CUMPLEN LO DISPUESTO POR EL RNV (APUCABLE SOLO PAR A VEHICULOS DE LA CATEGORIA "0').

49 490%

PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS, DE MERCAN CAS 0 MKTO, SIN CONTAR CON AUTORIZACION OTORGADA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE.

31 aro%

UTILIZARVEHICULOS EN LOS CUE LAS LAMINAS RETRO RREFLECTIVAS NO CUMPLAN LO DISPUESTO POR EL RNV.

31 310%

NO LUMPUR CON LLENAR LA INFORMACION NECESARA EN LA HOJA DE RUTA 0 EL MANIFIESTO DE USUARIOS ODE PASAJEROS, CUANDO CORRESPONDA, CONFORMEA LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE REG LAMENTE Y NORMAS COMPLEMENTARIAS.

33 300%

INCUMPLIMIENTO - C.4c -NO VENDER BOLETOS DE VAJE PARA MENORES DE EDAD QUE NO SEAN IDENTIFICADOS CON SU DO CUMENTO NACIONAL DE DENTIDAD 0 PARTIDA DE NACMIENTO Y QUE NO CUENTEN CON AUTORIZACION DE VINE DE SER EL CASO, CUANDO CORRESPONDA

25 280%

INCUMPLIMIENTO LEVE - C.4C -41.22 VERF ICAR QUE SUS CONDUCTORES RECBAN LA CAPACITACION ESTABLECIDA EN EL PRESENTE REGIAMENT 0 Y EN LAS NORMAS ESP ECIALES DE LAMATERA.

X 260%

20.1.10 QUE CUENTEN CON UN SIS1EMA DE CONTROL Y MONITOREO INALAMBRICO QUE TRANSMITA A LA AUTORIDAD EN FORMA PE RMANE NTE LA INFORMACION DELVEHICULO EN RUTA LAS CARACTERISTICASTECNICAS Y FUNCIONALIDADES SON ESTABLECIDASMEDLANTE RESO LUCKS N DIRECTORAL

23 230%

42.1.4 UTILIZAR EN LA PRESTACION DEL SERVICIO, ONICANENTE RUTAS AUTORIZADAS. 23 230%

UTILIZARVEHICULOS QUE NO CUENTEN CON BOTIQU N EQUIPAD 0 PARA BRINDAR PRMEROS AUXILIOS.

a) 200%

INCUMPLIMIENTO GRAVE - C.4B - 41.1.3.1 SE ENCUENTREN HABILITADOS

(41.1.3 PRESTAR SERVICIO CON VEHICULOS QUE) 17 1.70%

1.2 - B - NO EXHBIR EN C ADA VEHICULO HABLITADO AL SE RVICIO DE TRANSPORTE INTERPROVNCIAL REGULAR DE PERSONAS, LA RAZON SOCIAL Y EL NOMBRE COMERCIAL SI LO TINIFRA INCUMPLIMIENTO LEVE - C.1C -41.3.4.2 COMO MINIMO UN NEUMATICO DE REPUESTO, DE LAS

M15MAS CAFtACTERISTICAS Q UE LOS QUE SE EMPLEA EN ELVEHICULO, QUE SE ENCUENTRE EN OPTIMO FSTADO DE FIJNCDNAMIFNTO

18 1.80%

INCUMPLIMIENTO - C.4b -PRESTAR SERVICIOS DE TRANSPORTE CON VEHICULOS QUE SE

ENCUENTREN HABIUTADOS 16 1.60%

INCUMPLIMIENTO MUY GRAVE - C.1A - 20.1.12 QUE CUENTEN CON UN INDICADOR SONORO INTERMITENTE DISPUESTO EN LA ZONA TRASERA DEL VEHICULO, EL CUAL SE ACTIVARA EN FORMA SIMULTANEA CON EL ACOPLAMENTO DE LA MARCHA AT RAS.

15 1.50%

UTILIZAR C ONDUCTO RES CUYALICENCA DE CONDUCIR NO CO RRESP °NOE ALA CLASE Y CATEGORIA REQUERDA POR LAS CARACTERISTICAS DEL VEHICULOY DEL SERVICIO A PRESTAR.

15 1.50%

ALGUNAS DE LAS LUCES EXIGIDAS POR EL RNV NO FUNCIONE 14 1.40%

1.30% INCUMPLIMIENTO GRAVE - C.4B - 41.1.32 HAYAN APROBADO LA INSPECCION TECNICA VEHICULAR. CUANDO CORRESPONDA

(41.1.3 PRESTAR SERVICIO DE TRANSPORTE CON VEHICULOS QUE)

13

10 400%

INCUMPLIMIENTO GRAVE - C.4B - 41.2.7 VERIFICAR QUE NO SE EXCEDA DE LAS JORNADAS MAXMAS DE CONDUCC ION ESTABLECIDAS POR ESTE REGLAMENTO, CUANDO CORRESPONDA.

UTILIZARVEHICULOS EN LOS QUE SE TRANSPORTE US UARIO S QUE EXCEDAN EL NUMERO DE ASIENTOS INDICADO POR EL FABRICANTE DEL VEHICULO, CON EXCEPCION DEL TRANSPORTE PROVN CAL REGULAR DE PERSONAS QUE SE REALICE EN VEHICULOS DISENADOS PARA EL TRANSPORTE DE USUARIQS De PIE

INCUMPLIMIENTO - C2 -NO CUENTA CON EL CERTIFICADO DE CAPACITAC ION VIGENTE 10 1.00%

INCUMPLIMIENTO GRAVE - CAB - 27.3 TODOS LOS VEHiOULOS HABLITADOS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS DE TRANSPORTE, DEBERAN SER SOMETIDOS P ERIODICAMENTE A UNA ITV, DE ACU ERDO A LO QUE DISPONE LA NORMATIVIDAD DE LA MATE RIA.

10 1.00%

OT RAS 9 090%

TOTAL 9 aso%

164 15.40%

998 109.00%

9

PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

INTERVENCION A VEHICULOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS FALTAS FRECUENTES.

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PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

INTERVENCION A VEHICULOS DE TRANSPORTE DE CARGA Y MERCANCIAS

FALTAS FRECUENTES OPERATIVO SAN PEDRO Y SAN PABLO 2012 (del 27JUN2012 al 02JUL2012

DESOR POION CANT %

UTLIZAR VEHICULOS QUE NO CUENTEN CON BOTIQUIN EQU PAD 0 PARA BRINDAR PR MEROS AUXILIOS. 92 8.90%

N CUMPL MIENTO - C.4c - EL TRANSPORTISTADEBERA VERFICAR QUE SUS CONDUCTORS RECIBAN LA CAPACITACI ON ESTABLECIDA EN EL PRESENTE REGLAMENTO Y EN LAS NORMAS ESPECIAL ES DE LA MATERIA

64

— 63

6.20%

0TLIZAR VEHICU LOS QUE NO CUENTEN CON EXT IN TORES DE FUEGO DE CONFORMDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO. 6.10%

4.10% PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS, DE IVERCANCIAS 0 MIXTO, SIN CONTAR CON AUTOR 'ZACK* OTORGADA POR LAAUTORIDAD COMPETENTE.

42

31.6 ACT UAL IZARSE, ANUALMENTE MEDIANTE LOS CURSOS DECAPACITACION ESTABLECIDOS POR LA AUTOR DAD COMPETENTE

37 3.80A

UTLIZAR VEHICU LOS QUE CORRES'ONDAN ALAS CATEGORIAS "M" 0"N" CON NEUMATIC OS QUE NO CUMPLEN LO DISPUESTO POR EL RNV.

37 160%

42.1 5.5. PROGRAMADECAPPOITACION Y EN TRENAMEN TO PERMANENTE PARA LAS TAR EAS A DESEMPENAR, EVALUAC ION DE DESTREZAS Y COMPETEN CIAS EN LA C ON DUCC ION, CONOCIMEN TO DEL VEHICULO Y LA TEC NOLOGA QU E C ON11ENE, SOL UCION DE PR OBL EMAS

34 3.30%

N CUMPL MI ENTO MUY GRAVE - CAA -20.1.10 QUE CUENTEN CON UN SISTEMA DE CONTROL Y MON [TORE° NALAMBRICO QUETRANSMITA A LA AUTORIDAD EN FORMA PERMANENTE LA INFOR MACK* DEL VEH IC ULO EN RUTA. LAS CARACTERISTICAS TECNICAS Y FUNCIONAUDADES SON ESTABL EC DAS

33 3.20%

UTLIZAR VEHICULOS EN LOS QUE LAS LAMINAS RE1R OR REFLECTIVAS NO CUMPLPN LO DISPUESTO POR EL RN V 33 3.20%

N CUMPLIMI ENT° - C.1b - NO CONTAR CON C ITV 31 3.00%

S2 C. NO CONTAR CON BOT1QUIN EQUIPADO PARA BRINDAR FR IMER OS AUXILIOS. 31 3.00%

27.3 TODOS LOS VEHICULOS HABILITADOS PARA LA PRESTACION DE SERVC OS DE TRANSPORTE, DEBERAN SER SOMETI DOS PERIODICAMENTE A U NA ITV, DE ACU ERDO A LO QUE DISPONE LA NORMATIVDAD DE LA MATERIA.

27 2.60%

N CUMPL IMIENTO - C 2 - NO CUEN TA CON EL CERT! F C PD 0 DE CAPAC ITACION MGENTE 24 2.30%

NCUMPLIMIENTO - C .4 - VERIF C AR CU E SUS COND UCTORES RECI BA LA CAPACITASCION ESTABLEC DA EN EL PRESENTE REGLAMENTO Y EN LAS NORMAS ESPECIALES DE LA MATERIA.

24 2.30%

N CUMPLMIENTO LE \E - C.4C- 42.1.22 NO VENDER BO LETOS DE VIAJE PARA MENORES DE EDAD QUE NO SEAN DENTFICADOS CON SU DOCUMENTO NACIONAL DE ID ENTDAD 0 PARTDADE NACIMENTOY QUE NO CUENTEN CON AUTOR EACH:5N DE VLAJE DE SER EL CASO, CUPN DO CORRESPONDA.

22 2.10%

IN CUMPL IMIENTO - C.1 - NO CUENTE CON INDICADOR SONORO INTERMITENTE EN LA ZONATRASERA D EL VEHICULO

19 1.80°A;

NO CUMPLIR CON LL ENAR LA NFORMAC ION NEC ESAR IA EN LA HOJA DE RUTA 0 EL MANI Fl ESTO DE USUPR OS 0 DE PASAJER OS, CUANDO CORRESPONDA, C ON FORME A LO ESTABLECIDO EN EL PRESENT E REGLAMENTE Y NORMAS CONPL EMENTARIAS

19 1.80%

20.1.12 QUE CUENTEN CON UN INDICADOR SONORO INTERMITENTE DISPUESTO EN LAZONA TRASERA DEL VEHICULO, EL CUAL SE ACTIVARA EN FORMA SIMULTAN EA C ON EL ACOPLAMIENTO DELA MARC HA ATRAS.

18 1.70%

BOTIQU IN EQ UIPADO PARA BR N DAR PRIMEROS AU XL IOS 18 1.70%

UTLIZAR CONDUCTORES CUYA LICENC LA DE CO ND UCI R NO CORRESPONDE A LA CLASE YCATEGORIA REQ UERI DA POR LAS CARACTERISTICAS DEL VEH C ULO Y D EL SERVICIO A PR ESTAR.

17

16

14

12

1.. 60 56

UTLIZAR VEHICU LOS EN LOS QUE LOS N EU MA11COS NO CUMPLEN LO DISPUESTO POR EL RNV (APLI CABLE SOLO PARA VEHICULOS DE LA CATEGORIA "O'L

1.60%

41.3.42 COMO MNIMO UN NEUMATC 0 GE REPUESTO, DE LAS MISMAS CARACTERIST1CAS QUE LOS CUE SE EMPLEA R4 EL VEHICULO, CUE SE ENCUENTRE EN OPTMO ESTADO DE FUNCIONAMIENTO

140%

UTLIZAR VEHICU LOS EN LOS QUE ALGUNA DE LAS LUC ES EXIGDAS POR EL RNV NO FUNCIONE. 1.20%

41.1.32 HAYAN APROBADO LA INSPECCION TEC NICA VEFI IC ULAR, CUANDO CORRESPONDA. 11 1.10%

N CUMPL MI EliTO LEW - C.4 C- 421.9.2 LA PROHIBIC ION DERIVADA DE LA LEY N° 28950 Y SU REGLAMENTO DE VENDER BO LETOS, A NEN ORES QUE NO SE I DENTIFIQUEN CON SU DOCUNENTO NACIONAL DE I DENTIDAD 0 PARTIDA D E NACIMENTO Y QUE NO PORTEN SU AUTO RIZACION DE VIAJE

11 1.10%

NCUMPLIMIENTO MUY GRAVE - C. 1A -19.2.3 CUYA CAR ROCERIA NO HAYA SIDO OBJETO DE ALTERACIONES 0 MCOFICACIONES DES11NADASA I NCRENENTAR EL N OMER° DE USUARIOS QUE PUEDEN SER TRANSPORTADOS, DE ACUER DO A LO N DICADO POR EL FABRICANTE; Y QUETRATANDOSE DE VE

11 1. ID%

IN CUMPL MIENTO GRAVE - C.4B -41.1.3.1 SE EN CUEN 1R EN HABILITAD OS

(41.1.3 PR ESTAR SERVICIO CON VEHICU LOS CUE) 9 0.90%

REALIZAR LA CONDUCCION DEUN VEHICULO DE TRANSPORTE C ON L IC ENCIA DE CONDU CIR, CUE NO

CORRESPOND AA LA CLASE Y CATEGO RIA REQU ERI DA POR LA NATURALEZAY CARACTERISTICAS DEL SERVICIO.

S2 A. EXTINTOR ES DE FUEGO DE CONFOFtMIDAD CON LO ESTABL ECD 0 EN EL REGLAMENTO 9 0.90%

OTRAS 9 0.90%

TOTAL 2 45 23.70%

103 2 100.00%

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PERU

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5. De igual manera, durante las acciones de control realizadas en anteriores oportunidades, se ha constatado tambien el incumplimiento de horarios, de respeto de los pasajes vendidos o incumplimiento de condiciones del servicio que ofrecen los administrados, en perjuicio del public° usuario, Ia existencia de mayores asientos a los que indica Ia Tarjeta de Propiedad, no se cumple Ia disposicion reglamentaria de que cads nino mayor a 5 anos deba ocupar un asiento, lo que pueden ser aprovechados por elementos at margen de Ia ley para cometer delitos de trafico de personas, por lo que tambien es necesario convocar at Institute Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual INDECOPI, a fin de que en cumplimiento de las funciones asignadas supervise el cumplimiento de las normas generates sobre proteccion at consumidor, en materia de transit° y transporte terrestre, exigiendo una calidad del servicio.

6. Que la problematica del Transporte en las vias nacionales, no solo se producen y originan en estas, sino que es una consecuencia de diversos factores desde el inicio del viaje, esto es desde los Terminates terrestres autorizados. En las principales ciudades se forman terminates Terrestres informales o no autorizados, utilizandose las vias locales o de zonas urbanas como paraderos de vehiculos informales, cuyas acciones de control corresponden a las Municipalidades Provinciales.

7. El analisis de las estadisticas de accidentes de transit° en las vias nacionales, ha arrojado un preocupante incremento de siniestros vehiculares en los meses de enero a mayo 2012, en las siguientes Regiones, Cajamarca,lambayeque,Junin,Lima ,Ancash, Cuzco y Arequipa segOn las siguientes cifras:

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PERU

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CANTIDAD DE ACCIDENTES

FALLECIDOS

HERIDOS

REGIONES 2010 2011

Valac. '1'6 Variac. Vain. Varisc. Variac, Variac. Variac. % Variac. % 2012 2011 vs 2012 vs 2012 vs 2010 2011 2012 2011 vs 2012 vs 2012 vs 2010 2011 2012 2011 vs 2012 vs 2012 vs

2010 2011 2010 2014 2011 2010 2010 2011. 2010

LA BAYEQUE

20NA LA LIBERTAD

15

36

mi Km 16 -

IBM 111111111 . 11. 111311111111111111111211 55 58 8 5 14

-55 MOE 54 Eill 6 78 175 106 61 -39 -66 1,100TE pIURA Ea 12 11111011111111111111111MINE111 14 5 Mina -64 180 49 19 58

in -39

AJAMARCA M se. mg

3 11111151111110/11113011111 MOM

I IMMO

0 23 0 MO

1111 MIIINIMMI

0® 0 -100

1 - 99 49 -83

11131111111Maln

1

-100 ECM

-100

MAZONAS SAN MARTIN

3 111 l'IllUll 100 -100

36 38

3 5

33 3 113111

0 =13111111111111111 LORETO 1111111111

0 0

0 -100 0 100 -100 MIMI 0 0 -100 -100 0 0 0 0 MIDI 0 Nira -100 -100

Total 1 54 64 55 -24% -14% 85 46 • % -11% linalairtallEMIKETIIIral -49%

100 6 -32 28 -13 32 35 49 IMMIIIMMinliIIMINI 353 287 417 -19 45 18

NCA SH Nommil 14 36 1111311111 10 Mal1111.11PWAHRANU

15 WIN MN 96 135 285 41 Ma 197

23 ism 20 233 EMEIBBIMIIIIIIEI

-28 78 UANUCO 13 El 1,200

2001A • A SCO 5 6 150 20 1 2 100 100 11 6 28 -45 367 155 CENTRO • YAC LIC HO 6 11111111111111113 -82 -67 1311E11111111111 200 -92 -75 57 110 4 93 1111:3111 93

CAYALI 11111111.1111111110111 -60 -67 Ell 2 2 100 0 100 18 6 - -72 UANCAVEL1C 7 111

2 1131 513 1111111111 12 1 MEE 95 47 12

1 17 031 -98

Sub Total 2 Eagaingumm 14% immerj 92 104 IMEMEEEM -9% 830 "658 972 11:321111=11 -16 -11

17%

-26 38 36 4-7F 17 25 16 47 -36 219 183 163 REOUIPA -.. .37714

UNO 20 28 27 40 35 22 11 22 -50 100 0 69 125 50 81 -36 16 A 20 17 18 -15

6 -10 10 12 20 20 67 100 77 43 29 -44 -33 -62

LI SCO 13 3 11 -77 267 -15 37 2 10 -95 400 -73 123 40 91 -67 128 -26

ZOI4A • Q UEGUA 2 6 8 200 33 300 0 1 6 100 500 100 5 11 33 120 200 560 SUB . pu Rimpc a 9 3 13 -67 -63 2 0 -71 -100 -100 77 40 21 -48 -48 -73

ACNA 6 9 2 50 -78 -67 1 8 0 700 -100 -100 9 21 5 133 -76 -44

DRE DE 10 S 0 2 0 100 -100 0 C 2 0 100 -100 0 0 6 0 100 -100 0

Sub Total 3 107 - 110 116 3% 5% 8% 94 63 74 -33% 17% -21% 579 467 422 -19% -10% -27%

r Total 382 331 350 -13% 6% I 41% I2931201 [ 219 -31% 9% F-25% 1,8431,362 1,617] -26% 19% -12%

PARTICIPACION DE LAS AUTORIDADES Las lnstituciones que se indican a continuaci6n, tienen asignadas dentro de sus funciones relacionadas con el Transporte y Transit° Terrestre, las mismas que son establecidas mediante sus respectivas Leyes Organicas y Manuales de Organizacion y Funciones:

8. Bajo este contexto, es necesario que la SUTRAN refuerce sus acciones de control en las Regiones donde tiene presencia con Inspectores propios y en las Regiones donde se ha detectado mayor incidencia de siniestralidad vehicular, teniendo en cuenta el incremento de flujo vehicular por el fin de semana largo, desde el miercoles 25 al 30 de Julio 2012.

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Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

POLICIA NACIONAL DEL PERU

FUNCIONES BASE LEGAL PARTICIPACION

Finalidad fundamental de la Policia Nacional del Peru es garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta protecci6n y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio p6blico y privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. Garantizar y controlar la libre circulaciOn vehicular y peatonal en la via publica y en las carreteras, asegurar el transporte automotor y ferroviario, investigar y denunciar los accidentes de transit°, asi como Ilevar los registros del parque automotor con fines policiales, en coordinacion con la autoridad competente.

Ley Organica de

Ia PNP — Ley N°

27238 en su Articulo 3°

Apoyo en las acciones de control en

Terminales, Puntos Fijos y

Operativos moviles.

MINISTERIO PUBLICO Articulo 1.- FunciOn El Ministerio P6blico es el organismo autOnomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses p6blicos, la representaciOn de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interes social, asi como para velar por la moral publica; la persecuciOn del delito y la reparaci6n civil. Tambien velars por la prevenciOn del delito dentro de las limitaciones que resultan de la presente ley y por la independencia de los 6rganos judiciales y la rectaadministraciOn de justicia y las dernas que le sefialan la ConstituciOn Politica del Peril y el ordenamiento juridico de la Nacion.

Articulo 6.-Solicitud de informaciOn a otras entidades

Cuando fuere necesario para el eficaz ejercicio de las acciones y recursos que competen al Ministerio Public°, el Fiscal de la NaciOn podra dirigirse solicitando, por escrito, a los Presidentes de las Camaras Legislativas y de la ComisiOn Permanente del Congreso, de la Corte Suprema y de las Cortes Superiores de Justicia, a los Ministros de Estado y, en general, a los organismos poblicos autOnomos, personas juridicas de derecho pOblico interno, empresas publicas y cualesquiera otras entidades del Estado, las informaciones y documentos que fueren menester. Las solicitudes serk atendidas, salvo que se trate de actos no comprendidos en la segunda parte del articulo 87 de la ConstituciOn y que, con su exhibiciOn, pudiere afectarse la seguridad nacional, a juicio del organismo de mayor jerarquia de la correspondiente estructura administrativa.

Ley Organica

del Ministerio Public° -Decreto

Legislativo N° 052

Participacion en las acciones de

control en Terminates,

Puntos Fijos y Operativos

moviles, en forma conjunta con el Personal de Ia

SUTRAN y Policia Nacional del Peri).

DEFENSORIA DEL PUEBLO Ley Orgkica de Participacion de

Articulo 1°.-FUNCIONES: A la Defensoria del Pueblo cuyo titular es el Defensor del Pueblo le la acuerdo a sus corresponde defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la DEFENSORI funciones en las comunidad; y supervisar el cumplimiento de los deberes de la administraciOn publica y la A DEL Inspecciones en prestacion de los servicios pOblicos. PUEBLO - los Terminates

Ley N° Terrestres 26520

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MUNICIPALIDADES PROVINCIALES

Funciones especificas compartidas de las municipalidades provinciales: 2.1. Ejecutar directamente o concesionar la ejecucion de las obras de infraestructura urbana o rural de caracter multidistrital que sean indispensables para la producciOn, el comercio, el transporte y la comunicaciOn de la provincia, tales como corredores viales, vies troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinacion con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, seg& sea el caso; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional. Articulo 81°.- TRANSIT°, VIALIDAD Y TRANSPORTE PUBLIC° 1.- Funciones especificas exclusivas de las municipalidades provinciales: 1.1. Normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial. Acciones de 1.2. Normar y regular el servicio paha) de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicciOn, de conformidad con las !eyes y reglamentos nacionales sobre la materia.

Control dentro

1.3. Normar, regular, organizar y mantener los sistemas de serialized& y semaforos y regular de su

el transit° urbano de peatones y vehiculos. jurisdiccion en 1.4. Normar y regular el transporte pLiblico y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, asi como regular el transporte de carga e identificar las vies y rutas establecidas para tal objeto.

materia de

Transporte,

1.5. Promover la construcciOn de terminal terrestre y regular su funcionamiento. Transito y 1.6. Normar, regular y controlar la circulaci& de vehiculos menores motorizados o no servicios motorizados, tales como taxis, mototaxis, triciclos, y otros de similar naturaleza. Ley 1.7. Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestaciOn del servicio piblico de transporte Organica de autorizados de

provincial de personas en su jurisdiccion. Municipalid acuerdo a sus 1.8. Otorgar certificado de compatibilidad de uso, licencia de construcciOn, certificado de ades - LEY

No 27972 funciones. conformidad de obra, licencia de funcionamiento y certificado de habilitacion tecnica a los terminales terrestres y estaciones de ruta del servicio de transporte provincial de personas de su competencia, segOn corresponda.

Asimismo,

fiscalizacion y 1.9. Supervisar el servicio public° de transporte urbano de su jurisdiccion, mediante la supervision, detecciOn de infracciones, imposiciOn de sanciones y ejecucion de ellas por incumplimiento de las normas o disposiciones que regulan dicho servicio, con el apoyo de la

sancion del

correcto uso de Policia Nacional asignada al control de transit°. 1.10. Instalar, mantener y renovar los sistemas de serialized& de transit° en su jurisdicciOn, de conformidad con el reglamento nacional respectivo.

las vias,

paraderos y

Terminales 2. Funciones especificas compartidas de las municipalidades provinciales: terrestres. 2.1. Controlar, con el apoyo de la Policia Nacional, el cumplimiento de las normas de transit° y las de transporte colectivo; sin perjuicio de las funciones sectoriales de nivel nacional que se deriven de esta competencia compartida, conforme a la Ley de Bases de la DescentralizaciOn. 2.2. Organizer la serialized& y nomenclature de vias, en coordinaciOn con las municipalidades

istritales.

2.3. Ejercer la fund& de supervisiOn del servicio public() de transporte provincial de su kompetencia, contando con el apoyo de la Policia Nacional asignada al control del transit°. 2.4. Instalar, mantener y renovar los sistemas de serializaciOn de transit° en su jurisdiccion y establecer la nomenclature de vias, en coordinaciOn con las municipalidades distritales.

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GOBIERNOS REGIONALES Articulo 9.- Competencias constitucionales, los gobiernos regionales son competentes para: g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agriculture, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley. Articulo 56.- Funciones en materia de transportes a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la regi6n, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales.

b) Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversion privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte. f) Supervisar y fiscalizar la gestion de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional.

g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestaci6n de servicios de transporte interprovincial dentro del ambito regional en coordinaciOn con los gobiernos locales. h) Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente.

Ley Organica de Gobiernos Regionales

- LEY N° 27867

Participacion en

las Acciones de

Control en los

Terminales

terrestres, Operativos

=Wiles, en

conjunto y por

separado,

supervisando

las Empresas y

vehiculos bajo

su jurisdiccion.

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MINISTERIO DE SALUD

La Ley del Ministerio de Salud, establece en su Articulo, 1 Objetivo de la Ley.

La presente Ley comprende el ambito, competencia, finalidad y organizacion del Ministerio de Salud, as( como la de sus organismos ptiblicos descentralizados y organos desconcertados.

Articulo 2.- De la naturaleza del Ministerio de Salud.

S.-) La promociOn de la defensa de los derechos del ciudadano en salud.

Asimismo, Ia Defensoria de Ia Salud v Transparencia, es el organ° responsable de Ia proteccion v

Le 27657 — y "Ley del

Mi nisterio de Salud".

CAMPANAS DE SALUD, EN

TERMINALES TERRESTRES, DIRIGIDOS AL

PUBLICO USUARIO Y

CONDUCTORS DE VEHICULOS. FORMACION DE

BRIGADAS DE PERSONAL DE

LA SALUD, PARA

ATENCION DE EMERGENCIAS

EN LUGARES DE ACCIDENTES 0 CENTROS DE

SALUD.

defensa de los derechos en salud, depende de la Alta Direccion v tiene a su cargo las siguientes

funciones generales: (Pagina Web www.minsa.gob.pe)

Promover la defensa de los derechos, deberes y responsabilidades en salud.

Promover una cultura de etica, la transparencia en la gesti6n administrativa del Ministerio de Salud, el derecho de acceso a la informaciOn pUblica y la vigilancia ciudadana de los actos propios de funci6n de los servidores y funcionarios.

Proponer normas para la protecci6n del derecho a la salud de la persona humana, de la familia y de la comunidad, u otras materias vinculadas con la defensoria de la salud, transparencia y acceso a la informaci6n ptiblica.

Proponer la creacion, regular y evaluar el funcionamiento de las Defensorias de Salud en los organos y organismos que mantienen dependencia tecnica y funcional del Ministerio de Salud a nivel nacional.

Evaluar el cumplimiento de las normas relativas a la transparencia y acceso a la informaci6n publica. Intervenir de oficio o a solicitud de parte en los hechos o actos que vulneren o pudieran vulnerar el derecho a la salud de las personas, la familia y la comunidad.

Intervenir de oficio o a solicitud de parte en los hechos o actos que atenten contra la etica y transparencia en la gestiOn administrativa del Ministerio de Salud.

Coordinar las mejoras en la atenciOn de salud por los 6rganos y organismos que mantienen dependencia tecnica y funcional del Ministerio de Salud a nivel nacional.

Proveer informacion y consejeria en salud a traves de INFOSALUD, para fortalecer el ejercicio y proteccion del derecho a la salud y de acceso a la informaci6n.

MINISTERIO DE LA MUJER Y DESARROLLO SOCIAL Difusion en los

1.- Formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica en el area de Mujer y Terminales

Desarrollo Social.

3.- Fiscalizar y Supervisar el cumplimiento del marco normativo relacionado con su ambito de

Ley 27793, Ley de

Terrestres, respecto al use de

los DNI de los

competencia. Organizacio

n y Funciones

menores de edad, que los menores

no viajen sin del acompatiamiento o

Ministerio autorizaciOn de

El Mimdes desarrolla programas que estan dirigidos al respeto de los derechos de la mujer y de Ia Mujer sus Padres, que

del desarrollo social. y Desarrollo los mayores de Social. CINCO (05) ANOS

DE EDAD, viajen ocupando un

asiento.

PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

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PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

MINISTERIO DE TRABAJO

ConstituciO n politica del Perti.

Articulo 25°. La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como maxim°. En caso de jornadas acumulativas o atipicas, el promedio de horas trabajadas en el period° correspondiente no puede superar dicho maxim°. Los trabajadores tienen derecho a descanso semanal y anual remunerados. Su disfrute y su compensaci6n se regulan por ley o por convenio.

D.S.017- 2009-MTC.- articulo 41 inciso 42.2/ El conductor no exceda la jornada maximas de conducciOn establecidas por este reglamento.

TiTULO I DEL SISTEMA DE INSPECCION DEL TRABAJO Articulo 1.- Objeto y definiciones:

Inspeccion del Trabajo, es el servicio pOblico encargado de vigilar el cumplimiento de las normas de orden socio laboral y de la seguridad social, de exigir las responsabilidades administrativas que procedan, orientar y asesorar tecnicamente en dichas materias, todo ello de conformidad con el Convenio N° 81 de la Organizacion Internacional del Trabajo.

Articulo 3.- Funciones de Ia Inspeccion del Trabajo: 1. De vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legates, reglamentarias, convencionales y Condiciones contractuales, en el orden socio laboral, ya se refieran al regimen de comOn aplicaciOn o a los regimenes especiales: contractuales. a.1) Derechos fundamentales en el trabajo.

2.1 Informer y orientar a empresas y trabajadores a fin de promover el cumplimiento de las normas, de preferencia en el sector de las Micro y Pequenas Empresas asi como en la economia informal o no estructurada.

2.2 Informer a las autoridades competentes del Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo y de los Gobiernos Regionales sobre los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ocurridos.

2.3 Informer, orientar y colaborar con otros Organos del Sector PUblico respecto a la aplicacien del Ordenamiento Juridico Socio laboral.

2.4 Emitir los informes que soliciten los 6rganos judiciales competentes, en el ambito de las funciones y competencies de la Inspeccion del Trabajo.

2.5 Colaboracion institucional, de conformidad con los terminos establecidos por los Convenios que sean suscritos por el Ministerio de Trabajo y Promoci6n del Empleo con otras Instituciones.

Articulo 4.- Ambito de actuation de Ia Inspeccion del Trabajo:

En el desarrollo de la funci6n inspectiva, la actuation de la Inspeccion del Trabajo se extiende a todos los sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas socio laborales, ya sean personas naturales o juridicas, publicas o privadas, y se ejerce en:

1. Las empresas, los centros de trabajo y, en general, los lugares en que se ejecute la prestacian laboral, aun cuando el empleador sea del Sector Pablico o de empresas pertenecientes al ambito de la actividad empresarial del Estado, siempre y cuando esten sujetos al regimen laboral de la actividad privada. 2. Los vehiculos y los medios de transporte en general, en los que se preste trabajo, incluidos

buques de la marina mercante y pesquera cualquiera sea su bandera; los aviones y onaves civiles, asi como las instalaciones y explotaciones auxiliares o complementarias en a, para el servicio de aquellos.

LEY N° 28806 —

LEY GENERA

L DE INSPECC ION DEL TRABAJ

O.

Inspecciones en

los Terminales

terrestres,

sobre el

cumplimiento

de la jornada

de las OCHO

(08) horas del

trabajador, asi

como Ia

exigencias del

cumplimiento

de las normas

legales,

reglamentarias,

convencionales

y condiciones

contractuales

de Ia relation

Empresas de

Transporte

trabajadores.

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REGISTRO NACIONAL DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL — RENIEC

Articulo7.- Son funciones del Registro Nac onal de Identificacien y Estado Civil: Campanas en los Terminales

Terrestre, para la LEY identificacion de los

ORGANICA DE LA

ciudadanos, en especial de los

I.-) Colaborar con el ejercicio de las funciones de las autoridades policiales y judiciales RENIEC N° menores de edad, a pertinentes pars Is identificacien de las personas, dejando a salvo la establecido en el incise 26497 fin de que sus siguiente y en los incises 1), 5) y 6) del Articulo 2 de la ConstituciOn Politica del Peru; Padres procedan a

la Obtencion de sus DNI.

PERU Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

Articulo 5.- Facultades inspectivas:

En el desarrollo de las funciones de inspeccien, los inspectores del trabajo que ester" debidamente acreditados, estan investidos de autoridad y facultados para:

1. Entrar libremente a cualquier hora del dia o de la noche, y sin previo aviso, en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspecciOn y a permanecer en el mismo. Si el centro laboral sometido a inspecciOn coincidiese con el domicilio de la persona fisica afectada, deberan obtener su expreso consentimiento o, en su defecto, la oportuna autorizaci6n judicial. Al efectuar una visits de inspecci6n, deberan comunicar su presencia al sujeto inspeccionado o a su representante, asi como al trabajador, al representante de los trabajadores o de la organized& sindical, a menos que consideren que dicha comunicacion pueda perjudicar la eficacia de sus funciones, identificandose con la credencial que a tales efectos se expida.

2. Hacerse acompatier en las visitas de inspeccion por los trabajadores, sus representantes, por los peritos y tecnicos o aquellos designados oficialmente, que estime necesario para el mejor desarrollo de la funciOn inspectora.

3. Proceder a practicar cualquier diligencia de investigacion, examen o prueba que considere necesario para comprobar que las disposiciones legales se observan correctamente y, en particular, para:

3.1 Requerir informaci6n, solo o ante testigos, al sujeto inspeccionado o al personal de la empresa sobre cualquier asunto relativo a la aplicacion de las disposiciones legales, asi como a exigir la identificaci6n, o raz6n de su presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado

LEY N° 29571

CODIGO DE

PROTEC CION Y

DEFENS A DEL

CONSU MIDOR:

DECRETO LEY N° 25868

- LEY DE ORGANIZACI

ON Y FUNCIONES

DE INDECOPI

INDECOPI Articulo 2.- El INDECOPI es el organismo encargado de la aplicacion de las normas legales destinadas a proteger: a) El mercado de las practices monopOlicas que resulten controlistas y restrictivas de la competencia en la produccion y comercializacion de bienes y en la prestacion de servicios, asi como de las practices que generan competencia desleal, y de aquellas que afectan a los a9entes del mercado y a los consumidores;

Articulo I.- Contenido

El presente C6digo establece las normas de protecci6n y defensa de los consumidores, instituyendo como un principio rector de la politica social y econ6mica del Estado la protecciOn de los derechos de los consumidores, dentro del marco del articulo 65° de la ConstituciOn Politica del Peru y en un regimen de economia social de mercado, establecido en el Capitulo I del Titulo III, Del Regimen Econ6mico, de la ConstituciOn Politica del Peru.

Articulo II.- Finalidad

El presente Codigo tiene la finalidad de que los consumidores accedan a productos y servicios id6neos y que gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protecci6n, reduciendo la asimetria informative, corrigiendo, previniendo o eliminando las conductas y practices que afecten sus legitimos intereses. En el regimen de economia social de mercado establecido por la ConstituciOn, la protecciOn se interpreta en el sentido mss favorable al consumidor, de acuerdo a lo establecido en el presente Codigo.

17

En

cumplimiento

de de las

funciones

asignadas

supervise el

cumplimiento

de las normas

generales sobre

proteccion al

consumidor, en

materia de

Transit° y transporte

Terrestre, exigiendo

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

De acuerdo a la Ley General de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, esta tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima y puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional.

(Articulo 3° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado Ley de

mediante D.S. 115-2002-PCM publicado el 28-10-02) creaci6n, Ley N° 24829 y a

su Ley

2.- Finalidad.- General aprobada por

La Superintendencia Nacional de Administraci6n Tributaria con las facultades y Decreto Campaiias de prerrogativas que le son propias en su calidad de administraciOn tributaria y aduanera, bene por finalidad:

Legislative N° 501.

Reglamento difusion de las

de Funciones de Organizaci6n acuerdo a su

Administrar y controlar el trafico internacional de mercancias dentro del territorio y Funciones

aduanero y recaudar los tributos aplicables conforme a ley. Facilitar las actividades econ6micas de comercio exterior, asi como inspeccionar el

de la SUNAT, aprobado

mediante D.S.

COM petencia.

trafico internacional de personas y medios de transporte y desarrollar las acciones 115-2002-

necesarias para prevenir y reprimir la comisiOn de delitos aduaneros PCM publicado el

Sancionar a quienes contravengan las disposiciones legales y administrativas de caracter tributario y aduanero, con arreglo a Ley.

28-10-02)

Ejercer las demas funciones que sean compatibles con la finalidad de la Superintendencia Nacional de AdministraciOn Tributaria.

Derechos de los consumidores Articulo 1°.- Derechos de los consumidores 1.1 En los terminos establecidos por el presente COdigo, los consumidores tienen los siguientes derechos:

a. Derecho a una protecci6n eficaz respecto de los productos y servicios que, en condiciones normales o previsibles, representen riesgo o peligro para la vida, salud e integridad fisica.

c. Derecho a la protecciOn de sus intereses econ6micos y en particular contra las clausulas abusivas, metodos comerciales coercitivos, cualquier otra practica analoga e informacion interesadamente equivoca sobre los productos o servicios.

Articulo 25°.- Deber general de seguridad

Los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de use normal o previsible, riesgo injustificado o no advertido para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes.

Articulo 57°.- Practicas abusivas

Tambien son metodos abusivos todas aquellas otras practicas que, aprovechandose de la situaciOn de desventaja del consumidor resultante de las circunstancias particulares de la relaciOn de consumo, le impongan condiciones excesivamente onerosas o que no resulten previsibles al momento de contratar.

calidad del

servicio:

verificar en los

terminates

terrestres que

las Empresas de

Transporte

respeten los

horarios de

salida, respeto

de los pasajes

vendidos y las

condiciones del

servicio

ofrecidos por

los

administrados.

PERU

Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias

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XI. DESARROLLO DEL PLAN El presente Plan de Operaciones se realizara en fases, acondicionandose las coordinaciones antes, durante y despues de las acciones de control: A. FASE DE COORDINACIONES PREVIAS

1 FormulaciOn de Oficios para las autoridades de coordinaci6n y apoyo: (a) Congreso de Ia Republica (b) Ministerio POIDlico: Fiscales de Prevencion del Delito. (c) Ministerio de Salud (d) Ministerio de Trabajo (e) Ministerio de Ia Mujer y Desarrollo Social — MIMDES (f) Registro Nacional de IdentificaciOn y Estado Civil — RENIEC (g) Defensoria del Pueblo. (h) Presidente del Gobierno Regional (i) Municipalidades Provinciales (j) Policia Nacional del Peru: Direcciones Territoriales Policiales (k) Direccion de Policia de Carreteras, Policia de Transito, Comisarias (I) Instituto Nacional de Defensa de Ia Competencia y de la Proteccion de

la Propiedad Intelectual - INDECOPI. (m)Superintendencia Nacional de Administraci6n Tributaria.

2. Entrega de los Oficios para las autoridades regionales, mediante Ia comisian de Inspectores de las Regiones contiguas, a efectos de lograr Ia recepciOn y respuesta de las autoridades convocadas con Ia debida oportunidad y contar con el cargo de recepcion cuya copia se le brindara al Inspector Coordinador.

3. Coordinar con los Gobiernos Regionales Ia participaciOn de Inspectores para la realizacion de labores conjuntas, donde logremos presencia con Inspectores SUTRAN y en las Regiones donde no tengamos presencia realicen acciones de control con sus Inspectores Regionales, comunicando los resultados a Ia SUTRAN.

4. La SUTRAN cuenta con la siguiente cantidad de Inspectores a nivel Nacional:

REGION ES

CANTIDAD DE INSPECTORES SUTRAN A NIVEL NACIONAL

LIMA 125 PIURA 21

LAMBAYEQUE 22

LA LIBERTAD 18 ICA 24 JUNIN 30 AREQUIPA 37 TACNA 17 CUSCO 11 PUNO 8

TOTAL 313

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Del total de inspectores SUTRAN de servicio en LIMA y Regiones se designaran a los Inspectores que por su conocimiento de la zona de operaciOn, experiencia y aplicaciOn de Ia normatividad vigente califiquen para realizar la labor de Fiscalizacion en otras Regiones, para que viajen a Regiones a reforzar los servicios y trabajar en forma conjunta con las autoridades e Inspectores de los Gobiernos Regionales, de acuerdo al si uiente detalle:

CANTIDAD DE INSPECTORES "FIESTAS PATRIAS 2012"

REGION OPERATIVO

HUARAZ

HUANUCO

PROCEDENCIA

LIMA

4

4

REGIONES

1 ICA AYACUCHO 3

HUANCAVELICA 3 1 JUNIN

MOQUEGUA 2 2 TACNA/AREQUIPA

PUNO*

APURIMAC

2

3 1 AREQUIPA

CHIMBOTE 4

4

5 34

PASCO

TOTAL 29

*En Puno Ia SUTRAN actualmente realiza fiscalizacion del servicio de transporte de personas en el Terminal Terrestre de Puno, con 08 Inspectores; por lo tanto, se reforzaran los servicios con dos (02) Coordinadores que viajaran de Lima.

5. En las Regiones donde la SUTRAN no tiene presencia, ni se comisionara personal, se remitiran sendos oficios sobre el presente Plan de Operaciones a fin de que las Autoridades Regionales de Transportes lo adecuen a su realidad y efectilen las acciones de control, en coordinaciOn con las autoridades del Ministerio PCiblico y la PNP.

6. Coordinar con la Oficina General de Administracion de Ia SUTRAN, para Ia asignacion de los pasajes y viaticos correspondientes del personal que viaje.

7. Los Centro de Control y Monitoreo de las Base Lima, Sur y Norte se encargaran de proporcionar informaci6n correspondiente a la vigencia de autorizacion de los vehiculos, documentacion, conductores de las empresas autorizadas; las 24 horas del dia, mientras duren las, de acuerdo al detalle siguiente:

BASE NORTE: Piura, Lambayeque, La Libertad, Junin, Ancash (Huaraz y Chimbote) BASE SUR: Arequipa, Tacna, Moquegua, Puno, Ica, Apurimac, Cusco. BASE LIMA: Regiones Lima, Huanuco, Pasco, Huancavelica, Ayacucho.

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8. Elaborar carpetas que seran entregados a cada Coordinador responsable del grupo, conteniendo los cargos de los Oficios remitidos a las autoridades, incluyendo adernas el Directorio telefonico de los funcionarios de Ia SUTRAN, autoridades del Ministerio Publico, Ministerio de Salud, Ministerio de Trabajo, Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Defensoria del Pueblo, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil — RENIEC, Direcciones Regionales de Transporte y Comunicaciones, Municipalidades Provinciales, Institute Nacional de Defensa de la Competencia y de la ProtecciOn de la Propiedad Intelectual — INDECOPI, Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y Policia Nacional del Peru en sus servicios de Policia de Carreteras, Transito y Comisarias.

9. Se proveera de equipos de comunicaci6n RPM y BBE a cada uno de los Coordinadores responsables de los grupos que se desplacen a las Regiones consideradas en el presente Plan de Operaciones.

10. Se capacitara al personal designado, reforzandose los conceptos de la mision, operaciones, objetivos, procedimientos, Ilenados de Actas, Protocolo de Intervencion y la normatividad de Transporte y Transito vigente.

11. Entrega a los Inspectores involucrados en el presente Plan, de las prendas, material, documentaciOn y plantillas estandarizadas para la remisiOn de los respectivos Infornnes.

12. En las Regiones donde Ia SUTRAN cuente con personal de Inspectores permanente, se establecera un rol de actividades, intensificandose las acciones de control mOviles, las mismas que se realizaran en forma diaria, reforzandose los servicios en Terminales, en las fechas establecidas en el presente Plan.

13. EjecuciOn de la respectiva Directiva sobre Ia devolucion de licencias de conducir retenidas durante las acciones de control en las Regiones donde la SUTRAN no tenga oficinas de atenci6n al administrado.

B. FASE DE EJECUCION DE LAS ACCIONES OPERATIVAS

1. Monitoreo y verificaciOn de la salida y Ilegada al lugar de destino de los grupos operativos, en el plazo establecido.

2. Presentacion de los equipos de trabajo y coordinacion con las autoridades de las Regiones consideradas en el presente Plan.

3. Inicio de las Coordinaciones, difusiOn y ejecuciOn de las Acciones de Control en los lugares y horarios establecidos para cada Regi6n, comunicando toda contingencia que se presente durante el desarrollo de estas, a fin de que Ia Superintendencia de las instrucciones o realice las modificaciones correspondientes.

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4. Las operaciones de Fiscalizacion y control en las Regiones donde la SUTRAN tiene presencia con Inspectores, se realizaran, en los Terminales Terrestres, Puntos de Control Fijos y acciones de control moviles, convocandose tambien la participaci6n y apoyo de las autoridades en cada lugar, segun sus funciones y jurisdiccion.

5. En las Regiones donde la SUTRAN no tenga presencia, los controles se realizaran en Terminales y mediante operativos moviles, los mismos que seran establecidos con antelacion, previa coordinaciOn con las autoridades de Transportes de Ia Region, Fiscalia y Policia Nacional del Peru; asimismo, se tendra en cuenta las estadisticas y experiencias recogidas en los operativos realizados el ano 2010, 2011 y 2012.

6. Los Coordinadores mantendran comunicacion permanente, via telefono desde el inicio, ejecucion y termino de las acciones de control, comunicando las novedades y resultados del mismo.

7. En los casos que se detecten o presenten situaciones excepcionales, intervenciones que trasciendan, deben ser comunicadas de inmediato a Ia Superintendente, Funcionario responsable, Prensa y base para las comunicaciones a la ciudadania en general.

Adicionalmente, todos los coordinadores responsables de cada grupo de trabajo remitiran Ia informacion diaria via correo a la Superintendente, funcionarios y Asesores de la SUTRAN, utilizando para ello los formatos que se indican en el anexo del presente.

9. El Area de Regiones de la SUTRAN, realizara la consolidaciOn diaria de las comunicaciones y resultados emitidos por los responsables de los grupos operativos.

10. Las operaciones tambien deben considerar Ia Inspeccion y verificaciOn de denuncias remitidas por autoridades, usuarios y pUblico en general de Ia problematica del Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias en los lugares elegidos para Ia ejecucion de las acciones de control, para lo cual se les entregara copia de los expedientes, de cuya inspecciOn y resolucion formularan sus respectivos informes para ser entregados al area correspond iente.

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C. FASE POSTERIOR A LA EJECUCION DE LAS ACCIONES OPERATIVAS.

1. Seguimiento y verificaciOn del retorno de los grupos operativos a los lugares de procedencia.

2. Informe del Coordinador de Grupo, conteniendo el consolidado de la informacion general, resultados, novedades, situaciOn del transporte, apoyo de las autoridades, respecto a las acciones de control realizadas en las Regiones o ciudades designadas.

3. SustentaciOn ante Ia Superintendente, Asesores y Funcionarios de la SUTRAN del Informe presentado.

4. Recopilacion y consolidacion de un Informe integral a nivel nacional de los resultados de las acciones de control realizadas segtlin el presente Plan.

5. RendiciOn de cuentas de los pasajes y viaticos recibidos, en el caso de los Inspectores de Procedencia de Regiones, seran realizadas por los Coordinadores de Grupo, previa constancia firmada por cads uno de los Inspectores integrantes del Grupo.

6. FormulaciOn y emisiOn de oficios a los niveles superiores de las autoridades comprometidas, con los resultados de las acciones de control, asi como la publicaciOn en Ia pagina Web de la SUTRAN.

XII LOGISTICA, PERSONAL Y COSTO - La Logistica para las Etapas consideradas en el presente Plan, seran las

asignadas al Personal de las Regiones SUTRAN.

- El costo de las acciones de control m:wiles, estan establecidas en el cronograma de operativos que forma parte del presente plan, en cuadro adjunto.

XIII. DISTRIBUCION Superintendente Secretaria General SUTRAN Direcci6n de Supervision y Fiscalizacion

0/1,, ireccion de EvaluaciOn y Sanciones Sub Direcci6n de FiscalizaciOn de Servicios de Transporte Sub Direccion de Procedimientos de Transporte, Transito y Servicios Complementarios Sub Direcci6n de Fiscalizacion de Transito. Area de Imagen Institucional Oficina General de Adnninistracion Oficina De Presupuesto y PlanificaciOn Base SUTRAN Centro de Control y Monitoreo SUTRAN.

Lima,

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