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PLAN DE COMPATIBILIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LASARTE-ORIA Y DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN REFERIDO A LOS ÁMBITOS “A.33 TERESATEGI” DE LAS NN.SS. DE PLANEAMIENTO DE LASARTE-ORIA Y “AÑ.10 RECALDE (II)” Y SISTEMA GENERAL VIARIO DEL P.G.O.U. DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN BORRADOR Septiembre 2016

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PLAN DE COMPATIBILIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOSDE LASARTE-ORIA Y DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

REFERIDO A LOS ÁMBITOS “A.33 TERESATEGI” DE LASNN.SS. DE PLANEAMIENTO DE LASARTE-ORIA Y

“AÑ.10 RECALDE (II)” Y SISTEMA GENERAL VIARIODEL P.G.O.U. DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

BORRADOR

Septiembre 2016

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PLAN DE COMPATIBILIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LASARTE-ORIA Y DONOSTIA-SANSEBASTIÁN REFERIDO A LOS ÁMBITOS “A.33 TERESATEGI” DE LAS NN.SS. DE

PLANEAMIENTO DE LASARTE-ORIA Y “AÑ.10 RECALDE (II)” Y SISTEMA GENERAL VIARIODEL P.G.O.U. DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

ÍNDICE GENERAL

* Documento “A. Memoria informativa y justificativa”.

* Documento “B. Normas Urbanísticas Particulares”

* Documento “C. Documento económico”

* Documento “D. Planos”

* Documento “E. Documento ambiental”

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ÍNDICE

TOMO I.- ORDENACIÓN ESTRUCTURAL

DOCUMENTO “A. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA”

1.- Antecedentes, objeto del proyecto y tramitación2.- Estado actual de los ámbitos afectados3.- Determinaciones del planeamiento vigente objeto de modificación4.- Criterios y objetivos generales de ordenación urbanística5.- Soluciones generales de la ordenación Urbanística6.- Condiciones de actuación y ejecución de la ordenación urbanística.7.- Adecuación a la legislación urbanística vigente8.- Justificación de la conveniencia y oportunidad del plan

DOCUMENTO “B. NORMAS URBANÍSTICAS PARTICULARES”

1.- Norma Urbanística del “A.33 Teresategi”2.- Norma Urbanística del “AÑ.10 Rekalde (II)”

DOCUMENTO “C. DOCUMENTO ECONÓMICO”

DOCUMENTO “D. PLANOS”

DOCUMENTO “E. DOCUMENTO AMBIENTAL”

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PLANEAMIENTO DE LASARTE-ORIA Y “AÑ.10 RECALDE (II)” Y SISTEMA GENERAL VIARIODEL P.G.O.U. DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

DOCUMENTO “A. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA”

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Borrador 1 Memoria

DOCUMENTO “A. MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA”

1.- ANTECEDENTES, OBJETO DEL PROYECTO Y TRAMITACIÓN

Con fecha 8 de marzo de 2005 se aprobó, con carácter definitivo, la revisión de las Normas

Subsidiarias para el municipio de Lasarte-Oria, publicándose el texto refundido el 1 de abril

de 2005 (BOG nº 60).

En dicho documento se contenía, como uno de los ámbitos objeto de desarrollo el “A.33

TERESATEGI” en el que se plantea un “nuevo desarrollo industrial situado en la Zona de

Rekalde en cierta forma apoyado en el trazado del 2º cinturón a su paso por el municipio de

Lasarte-Oria”. Asimismo, la Norma, en la ficha urbanística del ámbito, establece la

necesidad de que el Plan Parcial resolviera adecuadamente el viario de acceso al ámbito.

En ese contexto y con fecha 19 de mayo de 2011 se aprobó definitivamente, por el pleno

del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, el Plan Parcial del ámbito A.33. Dicho plan venía a

ordenar la edificabilidad terciaria industrial, mediante el establecimiento de una gran

parcela industrial y cuatro parcelas terciarias, que daban soporte a otros tantos edificios en

altura que albergarían usos fundamentalmente terciarios.

El Plan Parcial, como paso previo al proceso de gestión del ámbito no tuvo continuidad,

debido al contexto de crisis económica que hizo que se produjera un parón en la promoción

privada. Así las cosas la propiedad mayoritaria del suelo inició un proceso de reflexión en

torno a la idoneidad de las previsiones de la Norma Subsidiarias respecto a la demanda real

que se está sustanciando en los suelos terciarios-industriales del entorno. Dicha reflexión ha

llevado a la conclusión de la necesidad de redefinir las variables del ámbito, entendiendo

que el producto terciario tal y como estaba concebido en la ordenación actual, en forma y

cantidad, debía ser modificado en busca de parcelas que sirvan de soporte a empresas de

tamaño medio o alto que posibilite dar respuesta a una oferta detectada en la zona.

Si bien es cierto que esta opción supone una pérdida sustancial de edificabilidad, no es

menos cierto que esta propuesta se adivina como la única que puede hacer que el ámbito

salga adelante, ya que se trata de adecuar la ordenación a una mercado real del

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Borrador 2 Memoria

producto inmobiliaria, además de que la ordenación que se plantea se hace más

adecuada a la zona en cuestión que soporta edificios terciarios en planta baja. Además

supone la formalización de unas edificabilidades de menor densidad a las actualmente

existentes, más acordes con lo existente.

Estas inquietudes fueron en su momento trasladadas al Ayuntamiento de Lasarte-Oria, quien,

con carácter general y como órgano decisor en relación a las alteraciones de su

planeamiento, vio adecuada la propuesta, siempre en la idea de mantener un suelo para

actividades económicas en el ámbito A.33 y que este se desarrollase siguiendo las pautas

recogidas en la normativa urbanística particular, con especial incidencia en la cuestión

viaria que actualmente viene recogida en dicha normativa.

“2El Plan Parcial a formular ordenará las siguientes actuaciones y dotaciones:

- Vial de acceso teniendo en cuenta las preexistencias y resolviendo

adecuadamente el acceso a la edificación que se plantea en la plataforma

superior.

-…………..el vial general del área deberá estar suficientemente dimensionado para

el uso previsto”.

De la lectura de dicha ficha urbanística se observa que ya desde las Normas Subsidiarias se

advertía la preocupación respecto a la idoneidad de la solución viaria que finalmente se

elija para resolver los accesos a la zona en cuestión, teniendo en cuenta además los

condicionantes y preexistencias del suelo ordenado en la zona de Rekalde, que hacen que

las propuestas viarias que se definan las tengan en cuenta, tratando, cuando menos, no solo

en no incidir negativamente sobre la situación viaria actual de la zona, si no si es posible,

mejorarla.

Así las cosas, el objeto del presente documento es la formulación de una propuesta de

ordenación que dé respuesta coherentemente a una redefinición de las edificabilidades y a

los accesos al ámbito de Teresategi, aprovechando para reordenar a su vez los tráficos del

polígono de Rekalde, entendiendo que el mantenimiento de la propuesta viaria que

concreta las Normas Subsidiarias de Lasarte es mejorable y reajustando los límites del ámbito

A.33 adecuándolos a las necesidades reales de la nueva ordenación planteada y sobre

todo, siguiendo las indicaciones de la ficha urbanística de dotar de unos accesos dignos al

ámbito de suelo urbanizable.

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Borrador 3 Memoria

Como quiera que la nueva propuesta que se contiene en este documento afecta al

municipio de Donostia- San Sebastián, aunque residualmente, se ha entendido necesaria la

formalización de la misma a través de un Plan de Compatibilización que dé respuesta a los

objetivos planteadas y que se engloban en el contexto de la ordenación estructural,

aprovechando además para concretar la ordenación pormenorizada del ámbito en

cuestión.

La tramitación, al tratarse de un Plan de Compatibilización con carácter estructural, es la

propia de un documento de Plan General con ordenación pormenorizada con las

particularidades recogidas en el punto 7 de esta Memoria.

2. ESTADO ACTUAL DE LOS ÁMBITOS AFECTADOS

El presente Plan de Compatibilización afecta, tal y como se ha señalado en el apartado

precedente al ámbito “A.33 Teresategi”” de las Normas Subsidiarias de Lasarte-Oria, así

como, mínimamente, al ámbito “AÑ.10 Recalde (II)” del P.G.O.U de Donostia-San Sebastián

y al Sistema General Viario de la N-1 de este último municipio.

- A.I.U. “A.33 Teresategi” -

Situación, límites, topografía.

Los límites del ámbito de actuación son, al Norte, zona de actividades económicas de

Rekalde, consolidadas expresamente en el planeamiento; Sur, carretera segundo cinturón

de Donostia-San Sebastián; Oeste, la misma carretera y edificación Iru-bide en Rekalde; y

Este, límite municipal y en parte, edificación Inchausti, también en Rekalde.

El ámbito lo conforma la ladera Norte que desciende desde el segundo cinturón a la zona

de los pabellones de Rekalde, en su zona trasera.

Actualmente se ve afectada por la existencia de la carretera del segundo cinturón en su

zona Sur y Oeste; mientras que en la zona baja y en contacto con los pabellones existentes,

el monte se encuentra con las traseras de las edificaciones, con una serie de muros en

encuentros de urbanizaciones que resuelven sus desniveles individualmente, conformando

todo ello una sucesión rampas de acceso y resolución de aparcamientos, incluyendo

edificaciones anejas; esta trasera puede considerarse de alguna manera caótica y en

muchos puntos, profundamente degradada; Rekalde es una zona que no ha tenido un

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Borrador 4 Memoria

planteamiento unitario en cuanto a urbanización de superficie; y recién ahora, con la

ejecución de las obras a llevar a cabo en la N-1, podrá mejorar sus accesos generales.

Al ámbito se accede peatonalmente por diversos puntos, puesto que el uso al que ha

estado destinada esta ladera es de pastos, albergando cierta vegetación.

El desnivel existente entre el segundo cinturón -cota 85/86- y los viales de acceso

planteados, con un inicio en la cota 57 entre los pabellones Iru-bide e Inchausti y de la cota

50 en el lateral de Coca-Cola, es de al menos 35 metros en la zona más desfavorable;

presentando una bajada desde la zona alta hacia el Noreste, llegando a un punto bajo

nuevamente a cota 50. La superficie total del ámbito “A.33 Teresategi” es de 33.424 m²

según el Plan Parcial aprobado en desarrollo del ámbito y de 31.096 m² según las NN.SS. de

Lasrate-Oria.

Usos e infraestructuras existentes

El ámbito no cuenta con ningún tipo de servicios urbanos en su territorio, existiendo

únicamente líneas de distribución de energía eléctrica aéreas.

Las condiciones en cuanto a las infraestructuras se han visto mejoradas y/o afectadas en el

entorno, por los proyectos recientemente ejecutados: colector general de saneamiento,

mejora de las condiciones de la regata Añorga que discurre bajo los pabellones y diversas

modificaciones en cuanto a la red eléctrica, derivadas de la ejecución del segundo

cinturón de Donostia-San Sebastián.

Existe también una recogida de aguas menor que discurre por el ámbito de este a oeste y

que en parte va soterrado. Su dimensión e importancia son mínimas.

Estructura de la propiedad del suelo

Nº parcela Propietario Superficiem² % ámbito

1.a Copropietarios Av. Rekalde nº 1 274,97 0,851.b Copropietarios Av. Rekalde nº 2 275,03 0,852 Illarra-Errekalde, S.L. 1.774,23 5,503 Illarra-Errekalde, S.L. 20.388,71 63,234 Ana M. Arregui Amilibia y otros 8.963,80 27,805 Copropietarios Av. Rekalde nº 3 169,81 0,546 Copropietarios Av. Rekalde nº 4 161,90 0,507 Copropietarios Av. Rekalde nº 5 236,50 0,73

TOTAL ÁMBITO 32.244,95 100,00

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Borrador 5 Memoria

- A.U. “AÑ.10 Recalde (II)” -

Situación, límites, topografía

Ámbito de forma longitudinal situado a la orilla de la carretera N-1, entre el cruce de

Recade y el Segundo Cinturón. Tiene una superficie total aproximada de 68.195 m2 de los

que 24.053 m2 pertenecen al término municipal de Donostia y el resto al de Lasarte-Oria,

debido a que el ámbito se encuentra sobre el límite municipal entre los dos municipios, que

lo divide administrativamente en dos partes, división que se produce incluso en edificaciones

existentes.

Se trata de un suelo urbano en el que se encuentran los edificios ya construidos y están o

bien en funcionamiento, o bien vacíos. Su topografía es la propia de un suelo de estas

características en las que se ha producido un proceso de urbanización, si bien las traseras de

los edificios presentan una topografía irregular propia de su encuentro con el ámbito de

Teresategi.

Usos e infraestructuras existentes

El ámbito cuenta con los servicios e infraestructuras propias de un suelo que tiene la

urbanización hecha. Las afecciones que se producen sobre este ámbito son dobles, directa

e indirecta. La relación directa se circunscribe a la utilización del vial lateral de la fábrica de

Coca-Cola, que se trata de un viario asfaltado en el que no constan infraestructuras que lo

atraviesen salvo en su encuentro con la N-1 que encontramos las infraestructuras que dan

servicio a los pabellones.

La relación indirecta se produce a nivel de ordenar y racionalizar los tráficos del polígono

Recalde, y por ahí sí que consta con los servicios de infraestructuras necesarios y los usos que

se pueden ver afectados son los rodados y de aparcamiento que se reponen y mejorar

respecto a los existentes, fundamentalmente con la ampliación del sistema general,

mediante la creación de una nueva acera, además de proponer la reordenación de los

tráficos de entradas y salidas, así como la racionalización de los aparcamientos, todo ello

apoyado en una nueva señalización horizontal.

Estructura de la propiedad del suelo

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Borrador 6 Memoria

Nº parcela Propietario Superficiem²

1.a ALPEX 274,971.b DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA 275,03

TOTAL ÁMBITO AFECTADO 550,00

3.- DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO VIGENTE OBJETO DE MODIFICACIÓN

El alcance de las determinaciones del planeamiento vigentes son variadas según afecten al

ámbito A.33, al AÑ.10 o al Sistema General Viario. Así, y mientras respecto al primero, el

ámbito Teresategi, situado en Lasarte-Oria, las determinaciones objeto de alteración tienen

carácter estructural, por afectar a cuestiones de edificabilidad y clasificación del suelo, en

lo referente al ámbito de Recalde (II) ubicado en el municipio de Donostia-San Sebastián, se

modifican las determinaciones del vial lateral de la fábrica de Coca-Cola, con lo que la

Normativa Urbanística Particular para todo el ámbito no se altera en cuestiones sustanciales,

produciéndose unas afecciones en el referido vial a nivel de ordenación pormenorizada y

gestión concretadas en la formalización de un acceso viario que dé servicio al A.33. El resto

de afecciones son sobre el Sistema General Viario, al definir una acera, y de racionalización

de los accesos del frente del polígono, que se realizan aprovechando la definición de este

documento.

A continuación se adjunta la Normativa Urbanística Particular de ambos ámbitos.

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Borrador 7 Memoria

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Borrador 8 Memoria

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Borrador 9 Memoria

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Borrador 10 Memoria

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Borrador 11 Memoria

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Borrador 12 Memoria

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Borrador 13 Memoria

4.- CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

Los objetivos del presente Plan de Compatibilización pasan por formular una propuesta que,

en primer término ordene una gran parcela terciaria o industrial, dejando abiertas ambas

posibilidades, más un aprovechamiento complementario donde se materialice el

porcentaje de cesión obligatoria del Ayuntamiento, todo ello en Lasarte-Oria, además de

dotarle al ámbito de un nuevo y mejorado viario de acceso principal al planteado en las

Normas Subsidiarias. Se aprovecha para abordar una racionalización de los actuales

accesos a las empresas existentes, ya que la incidencia directa de la propuesta de

ordenación actual solo afecta al lateral de la empresa del edificio de Coca-Cola, por lo que

en principio no debería ir más allá el documento. Aún así se ha entendido oportuno por

indicación de las Administraciones afectadas mejorar la vialidad de todo el frente referido,

propuesta que se contiene, a nivel de ordenación en este documento, y que será abordada

en su momento.

Por lo tanto y atendiendo a lo manifestado los criterios de actuación son los siguientes:

-. Redefinición de las edificabilidades y ocupación propuestos en las Normas

Subsidiarias actuales y en el vigente Plan Parcial a partir de la propuesta de una única

parcela terciaria o industrial predominante, que albergue un superficie comercial de

entidad y dos parcelas terciarias en altura que permita la implantación de usos de

menor categoría así como la cesión al Ayuntamiento de Lasarte-Oria de su porcentaje

de cesión obligatoria.

-. Configuración y mejora, en coherencia con los objetivos de la normativa urbanística

particular, de los accesos viarios al ámbito, manteniendo los propuestos en el

documento vigente de Plan Parcial y dotando de un segundo acceso que complete

dicho objetivo de consecución de unos accesos adecuados al ámbito.

-. Reordenación del frente de la zona del polígono de Recalde en cuanto a la

racionalización de las entradas, salidas y aparcamientos del frente de las empresas

actualmente implantadas desde una propuesta integral de éstas, que incluya nueva

señalización y una nueva acera en el sistema general que posibilite el tránsito peatonal

desde la parada del autobús hasta el tanatorio, teniendo en cuenta las prexistencias

existentes.

-. Cumplimiento de los estándares urbanísticos recogidos en la normativa urbanística

vigente.

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Borrador 14 Memoria

5.- SOLUCIONES GENERALES DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA.

Al tratarse de una propuesta cuyo objetivo es la creación de una gran plataforma que

albergue una parcela de actividades económicas, en su modalidad terciaria, en el ámbito

“A.33 Teresategi”, las cuestiones más significativas de la misma son aquellas relacionadas

con la vialidad, la cota de implantación de la parcela y la relación de la urbanización

prevista con el segundo cinturón, además de la formalización de las cesiones, bien de

estándares, bien de la edificabilidad correspondiente a las plusvalías adjudicadas a la

Administración.

5.1.- Ordenación urbanística del Ámbito. Alternativas y solución definitiva

Durante el proceso de elaboración de las propuestas de ordenación se han venido

barajando varias alternativas a la ordenación del Ámbito. Todas ellas en el contexto de los

objetivos y criterios de las Normas Subsidiarias de configurar un sector de actividad

económica.

Alternativa 1.- Sería la de dejar la ordenación tal cual la plantea las Normas Subsidiarias

actualmente. Características de la misma: mucha edificabilidad para poco territorio, en

consecuencia gran densidad. Mucho uso terciario en altura, que se trata de un uso con

poca salida y sobre el cual hay excedente en la zona.

Alternativa 2.- Cambio de uso radical a un residencial mixto combinado con usos terciarios e

industriales. No se considera como una zona adecuada para la implantación de usos

residenciales ya que carece de servicios básicos para las viviendas. La compatibilización de

usos puede ser una buena idea pero hay una gran incertidumbre sobre cómo llevar a cabo

dicha propuesta, ya que debieran ser vinculados. Se mantendría la edificabilidad actual.

Esta idea ya se contempló en el diagnóstico que al efecto realizó el Ayuntamiento de

Lasarte-Oria en 2013: “Se puede llegar a plantear una modificación en los usos que propicie

una mixtura en los mismos, reordenando la actuación de tal manera que se habiliten

parcelas para usos de oficinas que estén vinculadas a pequeños apartamentos y garajes,

para poder compatibilizar el trabajo con residencia”.

La zona, alejada del municipio y en consecuencia de los servicios, dificulta esta opción,

cuya viabilidad, por la escasa demanda del terciario en altura, no parece la más adecuada

en estos momentos.

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Borrador 15 Memoria

Alternativa 3.- La que se propone en el presente documento. Creación de una parcela que

albergue un uso terciario para una única empresa. Resolviendo el tema del aparcamiento,

que va en sótano, se entiende como la más idónea. Rebaja considerable de la

edificabilidad, y en consecuencia se da una menor densidad. Complemento de los usos

terciarios ya existentes en Rekalde como remate entre el polígono y el segundo cinturón. En

esta propuesta se ordena una pequeña parcela residual que complemente la parcela

grande. El problema del aparcamiento quedaría resuelto con una planta bajo rasante

destinada a ello, condición imprescindible para poder albergar un uso de este t ipo.

En relación a la propuesta concreta de ordenación elegida la misma se concreta en la

formalización de una parcela de unos 13.500 m2 en la que se pretende la implantación de

una superficie terciaria (dejando la posibilidad de que pueda ser también industrial)

concretada en una edificación de planta baja, con un aparcamiento en sótano bajo parte

del edificio propuesto que garantice una adecuada dotación de aparcamientos.

Como ya se ha dicho el ámbito tiene dos accesos; el propuesto por el Plan Parcial vigente

en el lateral de Muebles Inchausti, que tendrá un papel complementario y un nuevo acceso

más localizado entre Coca-Cola y el tanatorio. Se trata de un viario que arranca en la cota

46 y que entra en el ámbito con una pendiente máxima del 12% y va rodeando éste

dejando en la zona central localizada la parcela mencionada, resolviéndose el acceso

peatonal desde la trasera del edificio Águila, por medio de unas rampas que cumplan la Ley

20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad y e lDecreto que la

desarrolla. Al este del ámbito se localizan otras dos parcelas terciarias, cuyo acceso se

produce desde este mismo vial. La edificación planteada respeta las distancias necesarias

desde el segundo cinturón, tratándose de separarse lo más posible de cara a minorar las

afecciones que genra éste.

Este planteamiento supone la determinación de una edificabilidad de unos 17.600 m2 de

techo sobre rasante de los cuales unos 12.200 m2 corresponden a la parcela grande y el

resto se formalizan en las dos parcelas terciarias pequeñas que se entiende son adecuado

complemento a la propuesta principal.

Los estándares se concretan al lado sur del ámbito y entre la parcela grande y las

pequeñas, mientras que los aparcamientos se materializarán en su mayor parte en las

plantas bajo rasante de la parcelas privadas.

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Borrador 16 Memoria

En cuanto a la urbanización gran parte de los muros resultantes en la formalización del viario

se imputarán a la parcela privada, habida cuenta de la necesidad de que los mismos se

hagan en la construcción del sótano. Se aprovecha para dejar resuelto, desde el punto de

vista de acabados de urbanización las traseras de los edificios del polígono Rekalde, ya que

aunque a cota diferente, actualmente están resueltas de mala manera.

En la ordenación pormenorizada se concretan datos de superficies, estándares, etc.

correspondientes a la propuesta.

Finalmente hay que señalar que existe un pequeño curso de agua o regatilla que se

desviará en su parte más baja para sacarla a cielo abierto y permitir la definición de las

parcelas terciarias de menores dimensiones. Se adjunta consulta de URA que se realizó a

partir de la consulta al visor de geoeuskadi. Las dimensiones de la misma son poco

relevantes, lo que permite su intervención en este sentido.

5.2-.Viario. Alternativas y solución definitiva

Atendiendo al mandato de la normativa urbanística particular del “A.33 Teresategi”, una de

las cuestiones en las que debe detenerse la ordenación es en la formalización de los

accesos viarios al ámbito. Así las cosas se han barajado varias alternativas en relación a este

punto.

Alternativa 1.

Mantenimiento de los accesos propuestos en el Plan Parcial vigente. El viario actual se

resuelve en el documento de planeamiento de Lasarte-Oria, a través del viario paralelo a

muebles Inchausti, actualmente existente. Desde ahí, el Plan Parcial, resuelve los accesos al

ámbito, tanto de entrada como de salida. En nuestra opinión dicho acceso, siendo válido,

es mejorable para resolver tráficos resultantes de un desarrollo de actividades económicas

como el propuesto e incluso con el volumen actualmente aprobado en el Plan Parcial

actual. La alternativa inicial sería, en definitiva, la de mantener el viario del actual Plan

Parcial, sin proponer más actuaciones.

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Borrador 17 Memoria

Alternativa 2.

La segunda de las alternativas que se ha barajado ha sido la de complementar el viario

propuesto por el planeamiento vigente con algún otro viario de acceso al ámbito que

mejore las condiciones de implantación propuestas, en un contexto de viabilidad

económica de dichas propuestas. Habiéndose estudiado algunas variantes para un

segundo acceso complementario, se ha considerado que una solución razonable y

adecuada es la del acceso por el viario actualmente existente en el lateral de la fábrica de

Coca-Cola, ya que se trata de un espacio que permite dimensionar un vial de doble sentido

y con acceso directo desde el polígono Rekalde, actualmente ya existente y urbanizado.

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Borrador 18 Memoria

Alternativa 3.

La alternativa 3, asumida finalmente, desde el punto de vista de la ordenación implica la

asunción de la alternativa 2, esto es la formalización de un nuevo acceso, vinculado al A.33

por el lateral de la fábrica de Coca-Cola, pero con la novedad de actuar

complementariamente en el frente del polígono Rekalde, a partir de una racionalización de

las entradas y salidas a los distintos pabellones, habida cuenta que la situación actual es

mejorable. En ese contexto se pretende aprovechar este documento para reordenar los

accesos y los tráficos en dicho frente, de tal manera que además de darle un nuevo acceso

al ámbito de Teresategi se acomete una actuación viaria, ajena al sector pero necesaria,

todo ello en el marco de completar el proyecto de boulevarización que ha emprendido el

Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián en la carretera N-1 a su paso por Rekalde y

Añorga.

Actualmente existen ambos accesos, que se realizan desde el polígono de Rekalde, sin

embargo, la conexión entre el polígono y la carretera GI-2132 es absolutamente caótica, ya

que existen hasta seis puntos de incorporación.

La propuesta consiste en aprovechar el espacio adyacente a la carretera GI-2132, que se

encuentra cebreado en gran parte del mismo, con el fin de crear un vial de servicio, que

permita un acceso ordenado, sencillo y directo al polígono, reduciendo el número de

puntos de entrada y salida.

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Borrador 19 Memoria

La propuesta es relativamente sencilla de implementar, y afecta básicamente a la

señalización horizontal del vial. También implicaría la creación y acondicionamiento de

algunas aceras, que servirían para ordenar el tráfico peatonal y delimitar los espacios.

Esta solución ha sido presentada a los técnicos del Departamento de Infraestructuras Viarias

de la Diputación Foral de Gipuzkoa y cuenta con su aprobación verbal.

A- Acceso 1 a la parcela (ENTRE FUNERARIA Y NORBEGA).

Este acceso tiene actualmente una anchura de 7,00 m y se encuentra delimitado a la

derecha por un parterre ajardinado, que lo separa del vial existente junto al tanatorio, que

se encuentra a diferente nivel. La propuesta consiste en dejar ambos viales al mismo nivel,

separándolos por una zona cebreada, de tal forma que los viales quedan visualmente

delimitados, pero la zona cebreada sea pisable por un vehículo en caso de necesidad. La

anchura del vial permite realizar la entrada y salida a la parcela.

La conexión con el vial de servicio es suficientemente espaciosa para permitir las maniobras

de entrada y salida de los camiones, tal y como se ha confirmado en las simulaciones

realizadas con el programa de movimiento de camiones Autoturn.

B- Acceso 2 a la parcela (ENTRE MUEBLES INCHAUSTI Y EDIFICIO IRUBIDE).

Este acceso tiene también una anchura total de 7,00 m (carriles de 3,50 m). En la propuesta

se reordena la conexión con el vial del polígono y el vial de servicio, ya que actualmente

existe un espacio diáfano, pero que no se encuentra ordenado con marcas viales. Se

realizarían algunas actuaciones adicionales para facilitar los giros de entrada y salida de

camiones.

C- Acceso de vehículos procedentes de Donostia-San Sebastián.

Los vehículos procedentes de Donostia-San Sebastián pueden llegar desde el oeste (desde

la variante de Donostia-San Sebastián a través de la rotonda de Belartza) o desde el Este

(procedentes de la Avenida de Tolosa por Añorga, a través de la GI-2132).

Los vehículos que acceden por el Oeste tienen una entrada directa al acceso 2 o acceden

al acceso 1 a través del vial de servicio. La salida en ambos casos se realiza a través del vial

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Borrador 20 Memoria

de servicio, que conecta con la GI-2132 junto a la rotonda situada al este del polígono.

Desde esa rotonda se pueden tomar todas las direcciones.

Los vehículos que acceden desde el Este (procedentes de la Avenida de Tolosa por Añorga)

realizan un sencillo cambio de sentido y acceden a la parcela de la misma manera que en

el caso anterior.

D- Acceso de vehículos procedentes de la N-1 y AP-8.

Los vehículos procedentes de Irún / Donostia por la N-1 y desde Bilbao por la AP-8, acceden

al vial de servicio a través de la rotonda de Belartza, tal y como se ha expuesto en el

apartado anterior. Los vehículos procedentes del interior de la provincia a través de la N-I

(Villabona, Tolosa, Beasain) tienen una entrada directa al Polígono de Rekalde por el Oeste

o pueden acceder al vial de servicio, que les permite el acceso a la parcela de forma

sencilla.

F- Acceso de vehículos procedente de Usurbil, Orio... (N-634).

Los vehículos procedentes de Usurbil, Orio o Zarautz a través de la N-634 acceden

directamente al vial de servicio desde el Oeste. Las entradas por el acceso 1 y 2 son

directas. La salida se realiza por el vial de servicio, conectando con la rotonda de la zona

Este, que permite realizar el cambio de sentido para conectar con la N-634 en la rotonda de

Belartza.

G- Acceso de vehículos procedente de Hernani.

Los vehículos procedentes de Hernani llegan desde el Este y deben hacer el cambio de

sentido en el Oeste, al igual que lo hacen los vehículos procedentes de Donostia-San

Sebastián por Añorga, con el fin de acceder al vial de servicio. Es un cambio de sentido

sencillo que les conecta directamente con el vial de servicio y permite el acceso a la

parcela. La salida, al igual que todos los casos se realiza a través del vial de servicio, que

conecta con la carretera GI-2132 junto a la rotonda en la zona Este.

6.- CONDICIONES DE ACTUACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA

A los efectos de ejecutar la propuesta se confirma la delimitación del Ámbito en el municipio

de Lasarte-Oria, con los ajustes correspondientes en su delimitación, propios de las

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Borrador 21 Memoria

necesidades de la nueva ordenación, como una actuación integrada A.I.33.1, incluyendo

en ella todos aquellos terrenos incluidos dentro del municipio de Lasarte-Oria, esto es el suelo

clasificado como urbanizable más el nuevo vial de acceso que , en el contexto del Plan

Parcial actualmente vigente, daba servicio al mismo.

El resto del viario definido que coincide con el lateral de la parcela de Coca-Cola, viene a

complementar al anterior en el término municipal de Lasarte-Oria definido en el vigente Plan

Parcial. Este vial está en parte en el municipio de Donostia-San Sebastián y su clasificación

actualmente es la de suelo urbano, debiéndose configurar como un sistema local adscrito a

la actuación integrada A.I.33.1, de tal forma que su obtención y urbanización se hará a

costa de dicha actuación.

Por su parte las actuaciones que se realicen sobre el frente del polígono Rekalde,

corresponderán, en cuanto a la realización de las obras de mejora necesarias, esto es a su

financiación, al ámbito del Sector, pero la disponibilidad de los terrenos será resuelta por las

Administraciones correspondientes, bien Diputación, bien Ayuntamientos afectados, a la

vista de que son actuaciones que exceden claramente del Ámbito A.33.

7.- ADECUACIÓN A LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA VIGENTE

En la propuesta de ordenación se cumplen con los estándares exigidos por la legislación

vigente que son:

6.1 Decreto 123/2012 de 3 de julio, de estándares urbanísticos

Estándar de edificabilidad mínima

El punto 2 del artículo 3.– “Cumplimiento de los estándares de edificabilidad máxima y

mínima” establece lo siguiente:

En el supuesto de áreas o sectores con uso predominantemente industrial, terciario o de

actividades económicas, el cumplimiento del estándar previsto en el artículo 77.5 de la

Ley 2/2006 podrá ser acreditado mediante la relación existente entre la suma de la

superficie de las parcelas privativas respecto a la superficie total del área o del sector

A su vez el punto 3 del mismo artículo establece que:

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Borrador 22 Memoria

En los supuestos previstos en los dos párrafos anteriores de este artículo, para el cálculo

de las superficies se podrán deducir las superficies de suelo incluidas en el área o sector

y que no puedan ser objeto de edificación por aplicación de la normativa sectorial

Así tenemos que la superficie total del sector, restadas las zonas de protección del segundo

cinturón y la regata aflorada al este del ámbito asciende a 24.145 m2, mientras que la suma

de las superficies de las parcelas privativas asciende a 14.995 m2, lo que supone el 62,10% de

la superficie del sector, muy por encima del 30 % establecido como mínimo.

Estándares destinados a sistemas locales

Los estándares referidos a dotaciones locales vienen establecidos en el artículo 9.–

“Estándares de dotaciones locales en suelo urbanizable” y se concretan de la siguiente

manera:

Para vegetación:

Plantación o conservación de 1 árbol por cada incremento de 100 metros cuadrados de

construcción en suelo industrial o terciario.

Lo que en el caso que nos ocupa viene a ser:

17.616 m2(t) s.r. / 100 m2(t) = 177 unidades.

Estándar que se cumplirá en la zona de protección del segundo cinturón al sur del ámbito,

zona que tiene una superficie de 6.419 m2, lo que daría un ratio de 36,27 m2 de superficie

para cada árbol (6.419 m2 / 177), superficie más que suficiente para garantizar dicho

estándar.

Para dotaciones públicas de sistemas locales:

El decreto establece una cuantía no inferior al 12% de la superficie total del sector,

deducidos los terrenos destinados a dotaciones públicas de la red de sistemas generales,

destinándose la mitad de dicha reserva a zonas verdes.

La superficie total del sector asciende a 33.082 m2, por lo el 12% viene a ser 3.970 m2. La zona

verde que se habilita aprovechando gran parte de la zona de protección del segundo

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Borrador 23 Memoria

cinturón alcanza una superficie de 6.419 m2, por lo que, únicamente con dicha zona verde

se garantiza el cumplimiento de dicho estándar.

6.2 Plan Territorial Sectorial de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de

Equipamientos Comerciales de la Comunidad Autónoma del País Vasco

El Plan Territorial Sectorial establece unos ratios genéricos de obligado cumplimiento para el

desarrollo de los nuevos sectores de suelo urbanizable para actividades económicas. Dichos

ratios vienen a ser los siguientes:

Aprovechamiento edificatorio máximo de un sector:

Un máximo del 65 % para la superficie total de ocupación en planta y un máximo del 95 %

para la superficie total de techo edificable, respecto a la superficie neta del conjunto de las

plataformas útiles sensiblemente horizontales del sector, configuradas como parcelas

edificables, elementos de la red viaria, o zonas dotacionales en el planeamiento parcial del

sector.

En el caso que nos ocupa las plataformas útiles sensiblemente horizontales del sector suman

una superficie de 21.598 m2 y son las configuradas por los dos viales de acceso, los

aparcamientos públicos al aire libre y las tres parcelas edificables.

La superficie total de ocupación en planta de las edificaciones propuestas alcanza una

superficie de 13.554 m2, lo que supone un 62,76 % de las plataformas útiles sensiblemente

horizontales del sector, por debajo del 65 % establecido como máximo.

A su vez la superficie total de techo edificable sobre rasante propuesta es de 17.616 m2, lo

que viene a ser el 81,56 % de las plataformas útiles sensiblemente horizontales del sector, por

debajo del 95 % establecido como máximo.

Dotación mínima de edificación para servicios de interés público y social

Un mínimo del 3 % de la superficie total de techo edificable se destinará a equipamiento

dotacional de servicios a las empresas (oficinas, hostelería, empresas auxiliares, servicios

comunes, etc...), con titularidad pública o privada.

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Borrador 24 Memoria

La propuesta establece dos parcelas destinadas a usos terciarios como oficinas y hostelería,

las cuales suman una superficie de techo sobre rasante de 5.412 m2(t), edificabilidad que

supone el 30,72 % de la superficie de edificabilidad sobre rasante total del sector,

cumpliéndose holgadamente el ratio mínimo establecido del 3 %.

Dotación Mínima de Aparcamiento:

1 plaza por cada 100 m2 de techo edificado, disponiéndose como mínimo el 20 % de las

plazas en la red viaria de acceso público.

La superficie de techo edificable sobre rasante propuesta es de 17.616 m2 por lo que el ratio

de aparcamientos mínimo establecido por el PTS es de 177 unidades, de las cuales el 20 %

(36 plazas) ha de ubicarse en la red viaria de acceso público.

La propuesta plantea 10.854 m2(t) bajo rasante destinada a aparcamientos, lo que con un

ratio de 30 m2(t) por plaza de aparcamiento, da un resultado de 362 plazas de

aparcamiento (10.854 m2(t) / 30), muy por encima de las 177 plazas necesarias para el

cumplimiento del ratio mínimo.

Además de las plazas contempladas en las plantas bajo rasante de las parcelas propuestas,

la ordenación contempla 46 plazas de aparcamiento públicas al norte de la parcela

edificable principal, lo que supone un 25,99 % de las plazas establecidas como mínimas por

el PTS (177 plazas), por encima del 20 % (36 plazas) exigido en la red viaria de acceso

público.

8.- JUSTIFICACIÓN DE LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA REDACCIÓN DEL PLAN

La elección de la figura del “Plan de Compatibilización” se justifica por el hecho de que la

referida modificación del Sector y sus terrenos asociados afecta, además de a suelos

incluidos en el término municipal de Lasarte-Oria, a otros ubicados en municipios ajenos a

éste. Si la incorporación de suelos ajenos al Sector, se produjese sobre el término municipal

de Lasarte-Oria, bastaría con bien con la redacción de una modificación puntual de las

Normas Subsidiarias, actualmente vigentes, con el fin de incluirlos en la propuesta de

ordenación.

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Borrador 25 Memoria

Sin embargo la propuesta se localiza dentro de los términos municipales de Donostia-San

Sebastián y Lasarte-Oria lo que implica, a juicio del Ayuntamiento de Lasarte-Oria, impulsor

del presente documento, la necesidad, al amparo de la Ley 2/2006, de redactar y tramitar

un “Plan de Compatibilización”.

En este sentido el artículo 63 de la referida Ley 2/2006 concreta:

1.- Cuando las características y necesidades del desarrollo urbano en las zonas limítrofes

de varios términos municipales hagan necesario coordinar la ordenación estructural de

los planes generales afectados, y en defecto de un instrumento de ordenación territorial

que lo realice, los ayuntamientos afectados podrán acordar la elaboración de un plan

de compatibilización. En defecto de tal acuerdo, cualquiera de los municipios

afectados podrá solicitar del órgano competente del territorio histórico un informe

vinculante al respecto.

Hay que tener en cuenta que se afecta estructuralmente al ámbito de Lasarte-Oria, pues se

alteran las edificabilidades, y se retocan suelos clasificados actualmente como urbanos. En

Donostia-San Sebastián, se afecta al sistema general, pues se implementa su superficie con

aceras, se define el sistema local de acceso al ámbito Teresategi parcialmente,

adscribiéndolo al ámbito “A.33 Teresategi” y se establecen para uno y otro condiciones de

urbanización básicas. Todo ello hace que sea necesario la formalización de un documento

de este tipo (artículos 53.1.f y 53.2.d de la referida Ley 2/2006).

En este caso se pretende, a partir de las reuniones previas que se produzcan entre los

Ayuntamientos afectados la formalización de un acuerdo que lleve, en términos de

consenso, a la aplicación del mencionado artículo 63.

Para ello deberá haber por parte de los Ayuntamientos afectados una declaración expresa

en este sentido, que se incorporará como parte del presente documento. En defecto de

acuerdo el Ayuntamiento de Lasarte-Oria solicitará, en aplicación del artículo 63 informe a

la Diputación Foral de Gipuzkoa.

Con respecto a las afecciones concretas que la propuesta tiene sobre los municipios

afectados son las siguientes:

Donostia: Se afecta un Suelo Urbano de aproximadamente 300 m², calificado en sus actual

PGOU como suelo urbano, en el sentido de modificarle la ordenación pormenorizada de la

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Borrador 26 Memoria

parte de vial y su dominio que pasa a ser público. Complementariamente se produce su

adscripción al ámbito “A.33 Teresategi” de Lasarte-Oria y en consecuencia tendrá una

participación en el mismo. Además se produce una reordenación del frente de los

pabellones de Rekalde, dotándoles de una nueva acera y mejora de accesos y tráfico.

Lasarte: Se mantiene lo clasificado y calificado en las Normas Subsidiarias actualmente

aprobadas -31.096 m2-, con los ajustes propios que se realizan en el ámbito de suelos que

quedan fuera por ser innecesarios o bien la incorporación de los necesarios para facilitar y

posibilitar la ordenación.

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PLAN DE COMPATIBILIZACIÓN DE LOS MUNICIPIOS DE LASARTE-ORIA Y DONOSTIA-SANSEBASTIÁN REFERIDO A LOS ÁMBITOS “A.33 TERESATEGI” DE LAS NN.SS. DE

PLANEAMIENTO DE LASARTE-ORIA Y “AÑ.10 RECALDE (II)” Y SISTEMA GENERAL VIARIODEL P.G.O.U. DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN

DOCUMENTO “B. NORMAS URBANÍSTICAS PARTICULARES”

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Borrador 1 Memoria

DOCUMENTO ”B. NORMAS URBANÍSTICAS PARTICULARES”

1. DETERMINACIONES DEL PLANEAMIENTO VIGENTE OBJETO DE MODIFICACIÓN

El presente Plan se refiere a los terrenos situados en el ámbito “A.33 Teresategi”, así como

una pequeña franja de terrenos correspondientes al ámbito “AÑ.10 Rekalde (II)” del P.G.O.U

de Donostia-San Sebastián y la reordenación de los viarios internos de circulación, así como

la configuración de una acera en el frente del polígono desde la parada de autobús en

frente del apeadero hasta el tanatorio.

En relación al ámbito A.33 se modifica su normativa Urbanística Particular, mientras que de la

franja de terrenos incluidos en el “AÑ.10 Rekalde (II)” se alteran su ordenación

pormenorizada y sus condiciones de ejecución y dominio, como más adelante veremos.

Las vigentes determinaciones serán modificadas a partir de las determinaciones contenidas

en el presente documento, que modifican las condiciones estructurales en el caso de los

terrenos de Lasarte-Oria y pormenorizadas en el caso de Donostia-San Sebastián.

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Borrador 2 Memoria

NORMATIVA URBANÍSTICA DE LASARTE-ORIA1

A.I.U. “A.33.TERESATEGI”

Superficie: 33.0822 m²

I. CRITERIOS Y OBJETIVOS DE ORDENACIÓN

— Nuevo desarrollo industrial y/o terciario situado en la Zona de Rekalde en cierta formaapoyado en el trazado del 2.º Cinturón a su paso por el municipio de Lasarte-Oria.

— La ordenación prevista en la denominada A.33 en contacto con el Área consolidada deRekalde, se plantea como un remate y una colmatación de esta última. El 2.º Cinturón prevéen esta zona unos muros de contención de considerable altura, para resolver su propiaestructura. De esta forma se plantea un edificio en forma triangular con un uso industrial y/oterciario, que forme como una fachada continua de cierre apoyado en el nuevo vial queservirá a este nuevo edificio y permitirá a los existentes en Rekalde una remodelación yadaptación de sus fachadas traseras, actualmente conteniendo elementos degradantes yen un estado bastante descuidado. Se ordenará un aprovechamiento residual al noreste delámbito en una o como máximo dos parcelas terciarias complementarias.

II. RÉGIMEN URBANÍSTICO GENERAL

1. Calificación global.*Zona B: Zonas de uso industrial: Superficie: 33.082 m².*Zona B: Zonas de usos industriales: 31.096 m².

A) Condiciones de edificación:a) Aprovechamiento edificatorio Zonal (Dato de carácter informativo): 28.470 m²(t) (17.616

m2(t) s.r. y 10.854 m2(t) b.r.).b) Edificabilidad Zonal (Dato de carácter informativo): 0,85 m²(t)/m².

c) Condiciones del aprovechamiento edificatorio:*Parcelas «b) usos industriales»: 28.470 m²(t).d) Parámetros de la edificación:*Perfil de edificación: IV/I.*Altura de edificación.Parcelas «b) Usos industriales»: 18,00 m/ a fijar en P.P.El perfil y la altura de edificación que se indican son parámetros que podrán ser modificados por elPlan Parcial, disponiendo partes de la edificación con más altura o la disposición de algún elementosingular. Estos parámetros se estudiarán y fijarán dependiendo de las rasantes definitivas, puesto que seapoya en el vial inferior –Zona de Rekalde– aproximadamente en la cota 50,00 m y en el vial superior ala cota 65,00 m aproximadamente.

B) Condiciones de uso:Área con un uso industrial o terciario, de acuerdo a las determinaciones generales que se establecenen las Normas Generales.2. Régimen Jurídico de Desarrollo y Ejecución.

1 Se reflejan en negrita las determinaciones añadidas y/o modificadas con respecto a las establecidas en lanormativa vigente.2 Superficie del ámbito objeto del Plan de Compatibilización ubicada en el municipio de Lasasrte-Oria, la totalidaddel ámbito objeto del Plan de Compatibilización mide una superficie de 33.354 m2.

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Borrador 3 Memoria

*Clasificación del suelo: Suelo Urbanizable (con zonificación pormenorizada).*Régimen de desarrollo y ejecución del planeamiento: Directa*Régimen de asignación del aprovechamiento urbanístico: La totalidad del Área de IntervenciónUrbanística A.33 constituye un área de reparto independiente –«AR.4- A.33»– con una superficie de31.096 m².Aprovechamiento tipo: 0,9422 m²(t)(B)/m².*Programa de actuación: El plazo para la formulación y aprobación definitiva del Plan Parcial será deseis (6) años contados a partir de la aprobación definitiva del presente proyecto, debiendo contarpreviamente con el Proyecto de Ejecución del 2.º Cinturón, cuya disposición será imprescindible parala formulación del proyecto de Plan Parcial necesario.

III. ORDENACION PORMENORIZADALas condiciones de zonificación pormenorizada, así como las particulares de edificación, dominio yuso, las relativas a las obras de urbanización e infraestructuras de servicios urbanos y las de carácterjurídico de gestión urbanística y ejecución serán las definidas en el presente Plan de Compatibilización.que defina el citado Plan Parcial a redactar.

El Plan Parcial a formular ordenará las siguientes actuaciones y dotaciones:—Vial de acceso teniendo en cuenta las preexistencias y resolviendo adecuadamente el acceso a laedificación que se plantea en la plataforma superior.—El diseño de la Zona industrial y/o terciaria deberá ser cuidado y homogéneo, admitiéndose queparte de las edificaciones previstas puedan ser ordenadas de forma singular llegando a alcanzar enparte el perfil máximo indicado. El viario general del área deberá estar suficientemente dimensionadopara el uso previsto.

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Plan de Compatibilización de los municipios de Lasarte-Oria y Donostia-San Sebastián referido a los ámbitos “A.33 Teresategi” de lasNNSS de Lasarte-Oria y “AÑ.10 Recalde (II)” y sistema general viario del PGOU de Donostia-San Sebastián

Borrador 4 Memoria

A.U. "AÑ.10 RECALDE (II)" (Añorga)

I.- SUPERFICIE Y DELIMITACIÓN

Ámbito de forma longitudinal situado a la orilla de la carretera N-l, entre el cruce de Recalde y elSegundo Cinturón. Tiene una superficie total aproximada de 68.195 m2 de los que 24.053 m2

pertenecen al Término Municipal de Donostia, y el resto al de Lasarte-Oria.

Y es que el Ámbito se encuentra sobre el límite municipal entre los dos municipios, que lo divideadministrativamente en dos partes, división que se produce incluso en edificaciones existentes.

II.- CRITERIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE ORDENACIÓN

Consolidación del desarrollo edificatorio existente (con las salvedades que se exponen más adelante),y de las condiciones de edificación y uso determinadas por el Plan General de 1995 para el Ámbito,provenientes en parte de la "Ampliación de las Ordenanzas reguladoras del Plan Parcial del Área deRecalde", redactada en noviembre de 1987 y aprobada definitivamente por la Diputación Foral.

En cualquier caso, y dado que el Ámbito Urbanístico contiene también, como se ha dicho, terrenospertenecientes al Municipio de Lasarte-Oria, la aplicación de las previsiones planteadas en estasNormas Particulares será efectiva en tanto en cuanto sea corroborada por el planeamiento urbanísticodel citado Municipio.

III.- RÉGIMEN URBANÍSTICO ESTRUCTURAL

1.- Calificación global

1.1.-Zona "B.20 /AÑ.10 - Uso Terciario".............................................................................. (Superficie 22.740 m2)

A.- Condiciones generales de edificación:

a) Edificabilidad urbanística

Sobre rasante, la edificabilidad urbanística normativa es la resultante de la formaactual de las edificaciones existentes en el Ámbito.

Bajo rasante, la edificabilidad urbanística máxima autorizada en el conjunto de lazona global es la asociada a la totalidad de las construcciones de carácterlucrativo autorizadas bajo rasante en la misma, de conformidad con los criteriosestablecidos con carácter general y a ese respecto en el documento "2.1 NormasUrbanísticas Generales" de este Plan General (artículo 30).

b) Parámetros reguladores de la forma de la edificación. Perfil y altura de edificación:

* Sobre rasante:En parcelas "a.30", se consolidan el perfil y la altura de edificación de lasedificaciones existentesParcelas "b.20":

Perfil de edificación: .............................. IIAltura de edificación .............................. 10,00 mSe consolidan el perfil y altura de edificación de las construccionesexistentes que no cumplen con los anteriores parámetros.

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Borrador 5 Memoria

* Bajo rasante: con carácter general, se autoriza la construcción de cuatro plantas (4)bajo rasante. Complementariamente, se consolida y/o autoriza la construcción deun número de plantas superior al citado en la medida en que o bien así esté previstoen el planeamiento urbanístico vigente con anterioridad a la entrada en vigor deeste Plan General y que éste consolida, o bien resulte necesario para la ejecuciónde la edificabilidad autorizada bajo rasante.

B.- Condiciones generales de uso:

Las condiciones generales de uso son las propias de la zona global de tipología "B.20",establecidas en este Plan General.

1.2.- Zona "E.10 / AÑ.10 - Sistema General Viario" ............................................................ (Superficie 1.313 m2)

El régimen de edificación y uso es el establecido con carácter general para las zonas globales detipología "E.10 Sistema general viario" en las Normas Urbanísticas Generales de este Plan General.

2.- Clasificación urbanística.

Todos los terrenos pertenecientes al Ámbito se clasifican como suelo urbano.

3.- Régimen de determinación de la ordenación pormenorizada.

La ordenación pormenorizada del ámbito se determina en el presente Plan de Compatibilización en elque recoge la actualmente existente en el PGOU con las modificaciones producidas en el vial deacceso al A.33 Teresategi que pasará a ser un e.10.

IV.- RÉGIMEN URBANÍSTICO PORMENORIZADO

1.- Calificación pormenorizada.

A.- Condiciones de delimitación de la zonificación pormenorizada, y de determinación de lastipologías de subzonas pormenorizadas ordenadas.

Dichas condiciones son las definidas en el plano "3. Zonificación pormenorizada" de estaNorma Particular.

B.- Edificabilidad física de las parcelas ordenadas.

* Sobre rasante:La edificabilidad es la que resulta de la altura y el número de plantas de las edificacionesexistentes en dichas parcelas, que se consolidan.

Bajo rasante:La edificabilidad física autorizada bajo rasante en cada una de las parcelas y espaciosresultantes de la ordenación pormenorizada es la asociada a las construcciones de esanaturaleza autorizadas en los mismos, de conformidad con los criterios generalesestablecidos a ese respecto en el documento "2.1 Normas Urbanísticas Generales" deeste Plan General (artículo 30).

C- Condiciones reguladoras de la forma de la edificación de las parcelas. Altura y número deplantas de la edificación.

Sobre rasante:

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Borrador 6 Memoria

Se consolida la forma (altura y número de plantas) de la edificación existente sobrerasante en las parcelas ordenadas.

Bajo rasante:El número máximo de plantas autorizado bajo rasante en cada parcela y espacioresultante de la ordenación pormenorizada es el asociado a la edificabilidad autorizadaen cada caso, de conformidad con los criterios establecidos con carácter general a eserespecto en el documento "2.1 Normas Urbanísticas Generales" de este Plan General(artículo 30).

D.- Condiciones particulares de edificación, dominio y uso de las subzonas pormenorizadasordenadas.(parcelas "b.20).

Condiciones de edificación:En el gráfico "1. Condiciones de edificación" incluido en estas Normas Particulares sedefine la línea envolvente máxima que delimita el suelo susceptible de ser ocupado porla edificación (parcela edificable). El acceso a plantas de sótano no podrá realizarsedesde el frente de las edificaciones a la carretera N-l.

Condiciones de uso:Se consolidan los usos industriales de servicio público (crematorio, etc.) preexistentes enel ámbito.El suelo excluido de la envolvente máxima de edificación definida, se dedicaráexclusivamente al acceso estacionamiento y maniobra de vehículos, no pudiendo serocupado por construcción alguna ni dedicado al almacenamiento o depósito deningún producto.

2.- Categorización del suelo urbano.

Los terrenos pertenecientes al presente Ámbito Urbanístico tienen la condición de suelo urbanoconsolidado, salvo los que, por incremento de la edificabilidad ponderada, deban ser consideradoscomo suelo urbano no consolidado.

El suelo incluido en los viarios necesarios para el acceso al ámbito A.33 Teresategi se consideraráadscrito a efectos de su obtención y urbanización al Sector Teresategi coincidente con la ActuaciónIntegrada A.A.I.33 Teresategi de Lasarte-Oria.

V.- CONDICIONANTES SUPERPUESTOS A LA ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Se estará a este respecto a lo establecido en los documentos "1.2 Informe de Sostenibilidad Ambiental"y "2.1 Normas Urbanísticas Generales" de este Plan General.

En ese contexto, se han de tener en cuenta, entre otras, las condiciones asociadas a su integración enlas correspondientes áreas acústicas previstas en este Plan General.

VI.- CONDICIONES DE CATALOGACIÓN DE EDIFICACIONES Y/O ELEMENTOS SINGULARES

Está integrado en el Grado III del Catálogo del presente Plan General el edificio de Coca Cola, situadoen Avda. de Recalde, 55.

La previsión anterior tiene su origen en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Construido de laciudad actualmente en tramitación (aprobación inicial: 3 de julio de 2009). A ese respecto deberáestarse a lo que resulte de la aprobación definitiva de ese Plan Especial.

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Borrador 7 Memoria

En lo referente a otro tipo de bienes de interés (naturales, ...) deberá estarse a lo que resulte delplaneamiento especial a promover en la materia.

VIL- RÉGIMEN ESPECIFICO DE EJECUCIÓN

1.- Régimen jurídico-urbanístico de ejecución.

En lo referente a los coeficientes de ponderación de usos y a su aplicación se estará a lo establecidoal respecto en el documento “2.1 Normas Urbanísticas Generales” de este Plan

La reurbanización del viario lateral de Coca-Cola, en la zona de Donostia-San Sebatián se obtendrápor adscripción al Sector A.33 “Teresategi” de Lasarte-Oria, pudiendo obtenerse en el contexto delproyecto de reparcelación o conforme al artículo 188 de la Ley 2/2006, de Suelo y Urbanismo.

VIII.- MEDIDAS DE CARÁCTER AMBIENTAL

Serán de aplicación las medidas protectoras, correctoras y compensatorias expuestas en eldocumento "1.2 Informe de Sostenibilidad Ambiental" de este Plan, así como las que determinen lasOrdenanzas municipales a promover en su desarrollo.

IX.- GRÁFICOS

Condiciones de edificación

Septiembre de 2016

Fdo: Gaizka Perosterena Fdo: Olatz Mercader