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PLAN 2016 SEGURO PARA EXPLOTACIONES DE FRUTOS SECOS CÓD. 310 AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.

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PLAN 2016

SEGURO PARA EXPLOTACIONES DE FRUTOS SECOS

CÓD. 310

AGRUPACIÓN ESPAÑOLA DE ENTIDADES ASEGURADORAS

DE LOS SEGUROS AGRARIOS COMBINADOS, S.A.

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ÍNDICE PÁGINA

Modificaciones Respecto a la Campaña Anterior ............................. 3

Aclaraciones sobre la tramitación de Seguros

Modificaciones en la Gestión con respecto al año anterior ........................ 9 Producciones Asegurables....................................................................... 11 Período de Suscripción ............................................................................ 11 Ámbito de Aplicación ................................................................................ 12 Aclaraciones en la contratación de la Producción ................................... 13 Resumen de Coberturas y Garantías ....................................................... 13 Parcelas Datos Fijos y Variables .............................................................. 14 Datos Variables por clase de cultivo .............................................. 17 Revisión de Rendimientos ............................................................. 20 Aclaraciones en la contratación de las Instalaciones

y Elementos Productivos de las Parcelas ............................................... 36 Cuadro de Precios ................................................................................... 40 Bonificaciones/Recargos .......................................................................... 52 Subvenciones ........................................................................................... 53 Recargos Tarifas ...................................................................................... 53 Forma de pago ......................................................................................... 54

Complementario ...................................................................................... 55

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 3 de 56 AGROSEGURO, S.A.

MODIFICACIONES RESPECTO A LA CAMPAÑA ANTERIOR

Las modificaciones respecto a la campaña anterior:

MÓDULO 1 Y 2: NUEVAS PLANTACIONES DE ALMENDRO EN REGADÍO

EN INTENSIVO

En las últimas campañas existe una demanda creciente en consumo mundial de

almendra, que ha provocado que las explotaciones de almendro estén

evolucionando hacia modelos más productivos, en regadío, con nuevas

variedades auto-compatibles, de floración tardía, y por tanto más seguras y con

más rentabilidad.

Dado que hay una importante proyección de nuevas plantaciones, ya efectiva en

algunas zonas productoras, se ha modificado el seguro para adaptarlo a las

necesidades de estas nuevas plantaciones diferenciando las condiciones de

aseguramiento y coberturas para las parcelas en intensivo de las tradicionales:

Definición plantación en intensivo: Parcelas de almendro con más de 500

árboles por ha, cultivadas con variedades de floración tardía auto-compatibles

(*) en riego por goteo que aporte la dotación de agua suficiente para cubrir las

necesidades hídricas de la producción asegurada en el cultivo.

(*) Antoñeta, Ayles, Belona, Constantí, Felisia, Genco, Guara, Lauranne, Mardía,

Marinada, Marta, Moncayo, Penta, Soleta, Tardona, Tuono, Vairo, Vialfas.

Rendimiento máximo asegurable:

Si el DNI esta en base de datos de Enesa, podrán asegurar con rendimiento

individualizado.

Si no están en base de datos podrán asegurar cada parcela según densidad de

plantación y edad, aplicándose la siguiente tabla:

Edad de la plantación (Años)

Tipo de

plantación

Sistema

de

Cultivo

Árboles/

ha 1 2 3 4 5 6 7-15 >15

Intensivo Regadío

> 500 y

≤1.200

No

Asegurable

No

Asegurable

800

Kg/ha

1.600

Kg/ha

2.400

Kg/ha

3.200

Kg/ha

4.000

Kg/ha

3.200

Kg/ha

> 1.200 No

Asegurable 800 Kg/ha

1.600

Kg/ha

2.800

Kg/ha 4.000 Kg/ha

3.200

Kg/ha

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 4 de 56 AGROSEGURO, S.A.

Cálculo de la indemnización: A estos efectos, en cada una de las comarcas se

consideran explotaciones diferentes para el cultivo de almendro las parcelas en

intensivo del resto de parcelas.

Tarifas: Este tipo de plantaciones se aplicaran una tarifa zonal según el ámbito

donde se ubique la plantación.

REVISIÓN DE LA BASE DE DATOS

Para este plan se ha revisado la base de datos de medidas asignadas

(rendimiento y nivel de riesgo individualizado) para los módulos 1 y 2 para el

cultivo de almendro. Se incluye en la serie de cada productor las cosechas 2014

y 2015. El resultado de la revisión supone un aumento del rendimiento del 4,4%

y una rebaja de tarifas del 3,2%.

Es importar recordar que aquellos DNIs que no estén incluidos en la base de

datos de este seguro y que así lo consideren, podrán solicitar una revisión de

rendimientos de su explotación personalizada según se establece el anexo IV de

las condiciones especiales de este seguro.

GARANTÍA A LA PLANTACIÓN

Para los cultivos de nogal, pistacho, algarrobo y avellano se amplia la garantía a

la plantación, garantizando las pérdidas de la cosecha siguiente en el caso de

riesgos de alta intensidad, con un límite máximo de daño del 60%.

PERIODO DE GARANTÍAS

Para el cultivo de avellano se alarga en 15 días el final de garantías para los

riesgos de pedrisco y viento huracanado estableciéndose a 1 de septiembre.

PRECIOS

Revisión para los cultivos de almendro y avellano al alza (entre un 25% y un

40% según cultivo y variedad).

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 5 de 56 AGROSEGURO, S.A.

CRITERIOS BÁSICOS EMPLEADOS PARA LA CREACIÓN DE LA BASE DE

DATOS DEL SEGURO DE RENDIMIENTO DE ALMENDRO

1. INFORMACIÓN DE PARTIDA: Se ha tomado como información para crear

la base de datos la siguiente:

DATOS APORTADOS POR LAS OPFHs:

- Datos de parcelas cultivadas y producciones obtenidas en las campañas

1992 a 2006 remitidas por las organizaciones de producciones de frutas

y hortalizas.

DATOS DE ASEGURAMIENTO:

- Seguro de Rendimientos de Almendro (Línea 103) y Complementario

(Línea 162): Cosechas 2000 a 2011.

- Tarifa general de pedrisco e incendio (Línea 87): Cosechas 1997 a 2007.

- Seguro combinado de frutos secos (Línea 25): Cosechas 2008 a 2011.

- Seguro con coberturas creciente para explotaciones de frutos secos

(Línea 310): Cosechas 2012 y 2015.

Con la información anterior se ha obtenido para cada productor los

siguientes datos principales:

- NIF/CIF del productor.

- Ámbito: Provincia, Comarca y término municipal.

- Superficie cultivada.

- Producción obtenida.

- Rendimiento expresado en kg de almendra cáscara/Ha.

2. SELECCIÓN DE DNIs INDIVIDUALIZABLES: Las explotaciones incluidas

expresamente en la base de datos son las siguientes:

a) Las que en la serie de las últimas cinco cosechas, han asegurado al

menos tres de ellas en el seguro combinado de almendro o en el Módulo

P para dicho cultivo, del seguro con coberturas crecientes para

explotaciones de frutos secos.

b) Las que en la serie de las últimas cinco cosechas, han asegurado al

menos una de ellas en el seguro de rendimientos de almendro o en los

módulos 1 o 2 del seguro con coberturas crecientes para explotaciones

de frutos secos.

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3. RENDIMIENTO ANUAL DE CADA EXPLOTACIÓN: Se corresponderá con

los datos aportados por las correspondientes OPFHs y por los datos del

Seguro. En aquellos años que haya coexistencia de datos se tomará como

dato de estudio el dato de aseguramiento, considerando como rendimiento

anual, el obtenido en el seguro si no hay siniestro o el rendimiento final

obtenido si hubiera tenido siniestro.

4. CÁLCULO DEL RENDIMIENTO MEDIO DE CADA EXPLOTACIÓN: El

cálculo del rendimiento medio, para las explotaciones incluidas de forma

expresa en la Base de Datos de almendro, se ha obtenido mediante media

aritmética de los rendimientos obtenidos en las cosechas aseguradas en la

serie comprendida entre las cosechas 2006 a 2015, ambas incluidas. Para

las explotaciones en intensivo se asignará un rendimiento diferenciado de

las tradicionales.

En el caso de que en la serie anterior se hayan contratado menos de tres

cosechas, el rendimiento medio asignado será el que figuraba para esas

explotaciones en la Base de Datos del Plan de Seguros Agrarios

Combinados para el ejercicio 2014.

Los rendimientos así calculados, han sido objeto de corrección cuando entre

las cosechas 2006 a 2015, solamente se dispone de dos años de

aseguramiento y además en ambas cosechas ha existido indemnización por

resto de riesgos.

5. CÁLCULO DEL RIESGO:

Riesgo (%) = (Pérdidas Anuales > 0) / (Nº Años de Serie * Rendimiento Medio)

Donde: Pérdidas Anuales = (Rendimiento Medio * Garantizado) – Rendimiento Anual

El nivel de riesgo se calculará para las plantaciones tradicionales ya que para las de intensivo se aplicaran un tarifa por ámbito.

6. ASIGNACIÓN FINAL DE RENDIMIENTO Y NIVEL DE RIESGO: Una vez

calculados los rendimientos medios obtenidos por productor, se han

agrupado en los siguientes estratos, para configurar los rendimientos

máximos asegurables:

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 7 de 56 AGROSEGURO, S.A.

ESTRATOS RENDIMIENTO MÁXIMO ASEGURABLEKg/Ha

< 125 100

125 y < 175 150

175 y < 225 200

225 y < 275 250

275 y < 325 300

325 y < 375 350

375 y < 425 400

425 y < 475 450

475 y < 550 500

550 y < 650 600

650 y < 750 700

750 y < 850 800

850 y < 950 900

950 y < 1.050 1.000

1.050 y < 1.150 1.100

1.150 y < 1.250 1.200

1.250 y < 1.350 1.300

1.350 y < 1.450 1.400

1.450 y < 1.550 1.500

1.550 y < 1.650 1.600

1.650 y < 1.750 1.700

1.750 y < 1.850 1.800

1.850 y < 1.950 1.900

1.950 y < 2.050 2.000

2.050 y < 2.150 2.100

2.150 y < 2.250 2.200

2.250 y < 2.350 2.300

2.350 y < 2.450 2.400

2.450 y < 2.550 2.500

2.550 y < 2.650 2.600

2.650 y < 2.750 2.700

2.750 y < 2.850 2.800

2.850 y < 2.950 2.900

2.950 y < 3.050 3.000

3.050 y < 3.250 3.150

3.250 y < 3.450 3.350

3.450 y < 3.750 3.600

3.750 y < 4.050 3.900

4.050 y < 4.550 4.300

4.550 y < 5.050 4.800

5.050 y < 5.550 5.300

5.550 y < 6.050 5.800

6.050 y < 6.550 6.300

6.550 y < 7.050 6.800

7.050 y < 7.550 7.300

7.550 y < 8.050 7.800

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 8 de 56 AGROSEGURO, S.A.

El nivel de riesgo se le asignará a cada DNI según los siguientes estratos:

ESTRATO DE RIESGO NIVELES DE RIESGO

0,00 % – 3,00 % 1

3,01 % – 4,00 % 2

4,01 % – 5,00 % 3

5,01 % – 9,00 % 4

9,01 % – 13,00 % 5

13,01 % – 17,00 % 6

17,01 % – 21,00 % 7

No obstante a lo anterior para aquellas explotaciones a las que se les haya

efectuado una revisión del rendimiento máximo asegurable en el último plan o

con posterioridad a la elaboración de la base de datos se tendrá en cuenta como

rendimiento máximo asegurable y nivel de riesgo el que se les haya asignado

después de realizar dicha revisión.

Los DNIs que son no individualizables y no entran en el proceso de cálculo

anterior por no tener serie requerida de aseguramiento, podrán asegurar en las

siguientes condiciones:

Plantaciones tradicionales:

Rendimiento máximo: 100 Kg/ha

Nivel de riesgo garantizado del 70%: 7

Nivel de riesgo garantizado del 60%: 6

Nivel de riesgo garantizado del 50%: 5

Plantaciones intensivo:

Rendimiento máximo: Según tabla establecida en el Anexo III de las condiciones

especiales de este seguro.

La tarifa será en función del garantizado y el ámbito donde se ubique la

explotación.

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ACLARACIONES SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SEGUROS

MODIFICACIONES EN LA GESTIÓN CON RESPECTO AL AÑO ANTERIOR

Rendimientos Almendro módulos 1 y 2

Se han diferenciado las condiciones de aseguramiento y coberturas para las

parcelas en intensivo de las tradicionales:

Plantación en intensivo: Parcelas de almendro con más de 500 árboles por ha,

cultivadas con variedades de floración tardía auto-compatibles (*) en riego por

goteo que aporte la dotación de agua suficiente para cubrir las necesidades

hídricas de la producción asegurada en el cultivo.

(*) Variedades: Antoñeta, Ayles, Belona, Constantí, Felisia, Genco, Guara,

Lauranne, Mardía, Marinada, Marta, Moncayo, Penta, Soleta, Tardona, Tuono,

Vairo, Vialfas.

Plantación Tradicional: El resto de parcelas que no cumplen para ser

intensivas.

Tipo de Plantación

Se incluye el factor diferenciador de Tipo de Plantación para los rendimientos del cultivo de Almendro en los Módulos 1 y 2 y los valores válidos son:

039 DENSIDAD MENOR 500 ARB/HA 040 DENSIDAD ENTRE 500 Y 1.200 ARB/HA (Intensivas) 011 DENSIDAD MAYOR 1.200 ARB/HA (Intensivas)

Revisión de la Base de Datos del Almendro

Para este plan se ha revisado la base de datos de medidas asignadas

(rendimiento y nivel de riesgo individualizado) para los módulos 1 y 2 para el

cultivo de almendro.

Período de suscripción

Se amplía la fecha final de suscripción para los cultivos de NOGAL y PISTACHO

en los Módulos 1, 2 y P.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 10 de 56 AGROSEGURO, S.A.

Variedades

Se da de alta una nueva variedad para el cultivo de Almendro (cód. 002),

denominada VIALFAS (cód. 046).

Precios

Se han revisado los precios máximos de aseguramiento en los cultivos de

Avellano y Almendro.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 11 de 56 AGROSEGURO, S.A.

PRODUCCIONES ASEGURABLES

Son asegurables en esta Línea de Seguro las explotaciones dedicadas al cultivo de:

CULTIVOS

001 ALGARROBO 004 NOGAL

002 ALMENDRO 005 PISTACHO

003 AVELLANO

PERIODO DE SUSCRIPCIÓN

Existen diferentes fechas de contratación dependiendo del módulo elegido.

MÓDULOS 1 y 2

CULTIVO

FECHA DE INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DIA DE PAGO

ALMENDRO

01/09/2016 30/11/2016 01/12/2016

NOGAL Y PISTACHO

01/03/2017 15/06/2017 16/06/2017

RESTO DE CULTIVOS

01/03/2017 15/05/2017 16/05/2017

MÓDULO P

CULTIVO

FECHA DE INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DIA DE PAGO

NOGAL Y PISTACHO

01/03/2017 15/06/2017 16/06/2017

RESTO DE CULTIVOS

01/03/2017 15/05/2017 16/05/2017

Si se hace una declaración de seguro de Almendro en los módulos 1 ó 2, no se podrá asegurar el Almendro en el módulo P. Si se tuviesen explotaciones de Algarrobo, Avellano, Nogal y Pistacho, se asegurarán todos estos cultivos en una única póliza en los Módulos 1 y 2, no siendo posible hacer otras de forma individual de estos mismos cultivos en el Módulo P. Por el contrario si se asegurasen en el Modulo P deberán ir cada uno en una Declaración de Seguro.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 12 de 56 AGROSEGURO, S.A.

ALMENDRO: PERIODO DE MODIFICACIONES DE LA DECLARACIÓN DE SEGURO

Se admitirán modificaciones en la Declaración de Seguro con fecha límite 15 de febrero para el cultivo de Almendro en los Módulos 1 y 2, siempre que las mismas se deban a causas justificadas, no afecten de forma significativa al contenido de la Declaración de Seguro y que a la recepción en Agroseguro las parcelas afectadas por dichas modificaciones no hayan tenido siniestro causado por los riesgos cubiertos.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

TODOS LOS MÓDULOS

Península, Baleares y Canarias

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 13 de 56 AGROSEGURO, S.A.

ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE LAS PRODUCCIONES

RESUMEN DE COBERTURAS Y GARANTÍAS

MÓDULOS

Existen 3 Módulos (Principales) 1, 2 y P. Para el Módulo elegido, el asegurado deberá elegir las mismas coberturas para todas las parcelas de la explotación. Hay dos Módulos Complementarios: Módulos C1 y C2 que desarrollaremos en el apartado correspondiente de esta Norma.

MÓDULOS 1 Y 2:

Serán asegurables las explotaciones de Avellano, Almendro, Algarrobo, Pistacho y Nogal cuyo Titular del Seguro presente a su nombre la Solicitud Única de Ayudas de la Unión Europea. GARANTIZADO ALMENDRO

En estos módulos para el cultivo de Almendro se podrá elegir el Garantizado, que es el porcentaje de cobertura que supone el límite máximo a indemnizar en caso de siniestro, a nivel de póliza (cabecera).

MÓDULO P: Serán asegurables todas las explotaciones dedicadas al cultivo de Avellano, Almendro, Algarrobo, Pistacho y Nogal. Para este Módulo no existen datos variables elegibles en coberturas.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 14 de 56 AGROSEGURO, S.A.

PARCELA DATOS FIJOS Y VARIABLES

CONCEPTO E IDENTIFICACIÓN DE PARCELA EN EL SEGURO

La parcela, a efectos del seguro, es la superficie total de un mismo cultivo y

variedad incluida en un recinto SIGPAC.

Si la superficie continua del mismo cultivo y variedad, abarca varios recintos de la misma parcela SIGPAC, todos aquello recintos de superficie inferior a 0,10 ha. se podrán agregar al recinto limítrofe, conformando una única parcela a efectos del seguro, que será identificada con el recinto de mayor superficie.

Se debe consignar en cada parcela la identificación del SIGPAC. El incumplimiento de esta obligación conllevará la penalización indicada en la Condición Especial 19ª. A efectos de realizar la contratación, la identificación SIGPAC se indicará en la Declaración de Seguro tal y como exponemos a continuación, incluyendo las cinco posiciones del recinto (cinco últimas posiciones de la identificación). Ejemplo:

PROV. MUNICIPIO AGREGADO ZONA POLÍGONO PARCELA RECINTO

47 025 000 00 010 00057 00001

Para una mejor localización de la parcela, de forma opcional, se puede indicar en la póliza el nombre de la misma. Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

Esquema de criterios parcelas distintas:

CULTIVO VARIEDAD TIPO

CAPITAL SIGPAC

X X X X

(con recinto)

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 15 de 56 AGROSEGURO, S.A.

PRODUCCIÓN

MÓDULOS 1 y 2:

ALMENDRO El asegurado fijará en cada una de las parcelas que componen su explotación, expresado en Kg. de almendra en cáscara, debiéndose ajustar al rendimiento obtenido en los años anteriores, aplicando además las siguientes consideraciones según grupos de parcelas, que comunicamos mediante la correspondiente tabla para su contratación.

a) Para las parcelas en intensivo

Productores incluidos en la base de datos

El rendimiento resultante de considerar la producción total y la superficie

total (sin incluir los plantones e instalaciones), deberá estar comprendido

entre el rendimiento máximo y mínimo asignado por el Ministerio de

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Productores no incluidos en la base de datos

Para los productores que no tengan asignado rendimiento para este tipo de

plantaciones, en la base de datos del Ministerio de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente, podrán asegurar sin superar los

rendimientos establecidos en el anexo III de las Condiciones Especiales.

b) Para el resto de parcelas

Productores incluidos en la base de datos

El rendimiento resultante de considerar la producción total y la superficie

total (sin incluir los plantones e instalaciones), deberá estar comprendido

entre el rendimiento máximo y mínimo asignado por el Ministerio de

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Productores no incluidos en la base de datos

El rendimiento resultante de considerar la producción total y la superficie

total (sin incluir los plantones e instalaciones), deberá estar comprendido

entre el rendimiento máximo y mínimo asignado por el Ministerio de

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

c) Para todas las parcelas

Además de lo establecido en los apartados anteriores, para cada una de

las parcelas, no se podrá superar los rendimientos que se indican en el

anexo III de las Condiciones Especiales. La producción no asegurada en

las parcelas afectadas por esta limitación, no se podrá incrementar en el

aseguramiento del resto de parcelas.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 16 de 56 AGROSEGURO, S.A.

Aquellos asegurados, cuyos rendimientos hayan sido fijados a consecuencia

de una revisión de rendimiento en este plan o en el plan anterior (según lo

previsto en el anexo IV), no estarán sujetos a la limitación especificada en el

párrafo anterior, salvo en las parcelas que se hayan plantado con

posterioridad a la revisión de la base de datos o revisión de rendimiento.

Cuando se asegure el tipo de capital Plantones se indicará el número de plantones de la parcela. RESTO DE CULTIVOS ASEGURABLES Es de libre fijación por el asegurado, debiéndose ajustar a las esperanzas reales de producción. En plantaciones en plena producción, se deberá considerar la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminarán los de mejor y peor resultado. Cuando se asegure el tipo de capital Plantones se indicará el número de plantones de la parcela.

MÓDULO P: Es de libre fijación por el asegurado, debiéndose ajustar a las esperanzas reales de producción. En plantaciones en plena producción, se deberá considerar la media de los rendimientos obtenidos en los años anteriores, de cuyo cómputo se eliminarán los de mejor y peor resultado. Cuando se asegure el tipo de capital Plantones se indicará el número de plantones de la parcela.

PRECIOS El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los precios máximos, ni ser inferior a los establecidos por ENESA.

Todos los precios son en €/Kg., excepto para el Tipo de Capital 001 (Plantones) que son €/unidad.

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SUPERFICIE

Se debe indicar la superficie en hectáreas y áreas de cada parcela.

Será la superficie realmente cultivada en la parcela. En cualquier caso, no se tendrán en cuenta para la determinación de la superficie, las zonas improductivas. Si durante la vigencia de la póliza el tomador o asegurado detectase algún error en la superficie reflejada en la declaración de seguro comunicará a Agroseguro dicha circunstancia para su subsanación sin ningún tipo de penalización.

DATOS VARIABLES POR CLASES DE CULTIVO

Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las producciones, va a estar estructurada en las distintas Clases de Cultivo existentes, por lo que los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de estas clases: 1º.- Almendro 1a.- Almendro – Módulos 1 y 2 1b.- Almendro – Módulo P 2º.- Algarrobo, Avellano, Pistacho y Nogal – Módulos 1 y 2 3º.- Algarrobo – Módulo P 4º.- Avellano – Módulo P 5º.- Nogal – Módulo P 6º.- Pistacho – Módulo P Si se formaliza una Declaración de Seguro de Almendro en los Módulos 1 y 2 no es posible hacer otra de Almendro del Módulo P. Igualmente si se formaliza una Declaración de Seguro de Algarrobo, Avellano, Pistacho y Nogal en los Módulos 1 y 2 no es posible hacer otras de forma individual de estos mismos cultivos en el Módulo P.

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1º - ALMENDRO (Cultivo 002)

1a - Almendro - Módulos 1 y 2

GARANTIZADO

En estos módulos se podrá elegir el porcentaje de cobertura que supone el límite máximo a indemnizar en caso de siniestro, a nivel de póliza (cabecera). Siendo único para toda la póliza.

001 70% 002 60% 003 50%

Para cada garantizado elegido, el asegurado tiene asignado un nivel de riesgo individualizado, correspondiente a la tasa a aplicar en el seguro.

(Anexo I de las Condiciones Especiales)

Esta información se distribuirá a través de la correspondiente tabla de condicionado y se podrá consultar en la web de Agroseguro en Productos/ Consulta de bonificaciones/recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados.

PARA AMBOS MÓDULOS: Parcelas Tradicionales: Si no tienen rendimiento individualizado se debe aplicar un rendimiento de 100 Kg/Ha. y el nivel de riesgo por garantizado es: Garantizado 70% - Nivel de Riesgo 7 Garantizado 60% - Nivel de Riesgo 6 Garantizado 50% - Nivel de Riesgo 5

En la tabla del condicionado que enviamos, habrá NIF/CIF en blanco para aquellos asegurados que no tengan rendimiento individualizado.

Parcelas Intensivas: Si no tienen rendimiento individualizado se debe aplicar el rendimiento según se establece en el Anexo III de las Condiciones Especiales y el nivel de riesgo para los tres garantizados es:

Garantizado 70% - Nivel de Riesgo 900 Garantizado 60% - Nivel de Riesgo 900 Garantizado 50% - Nivel de Riesgo 900

TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 19 de 56 AGROSEGURO, S.A.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR

Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

TIPO DE PLANTACIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se indicará el Tipo de Plantación y los valores válidos son:

039 DENSIDAD MENOR 500 ARB/HA 040 DENSIDAD ENTRE 500 Y 1.200 ARB/HA (Intensivas) 011 DENSIDAD MAYOR 1.200 ARB/HA (Intensivas)

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

Para este cultivo en estos Módulos, se podrá solicitar la Revisión de Rendimientos

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 20 de 56 AGROSEGURO, S.A.

SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA BASE DE DATOS POR CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN PARA EL CULTIVO

ALMENDRO (Código 002) EN LOS MÓDULOS 1 Y 2 Aquellos agricultores que consideren que los rendimientos asignados no se ajustan a la realidad productiva de su explotación por cambio de titular, podrán solicitar la revisión de la base de datos.

Solamente se podrá solicitar esta revisión cuando al menos se incorpore el 50% de la superficie de Almendro de otra explotación y dicha superficie represente al menos el 20% de la superficie asegurada en la Declaración de Seguro del solicitante.

No obstante, cuando el cambio de titularidad sea consecuencia de una sucesión hereditaria, se podrá solicitar dicha revisión, cuando afecte a un único heredero o, en caso de afectar a más de uno, la superficie heredada por cada uno de ellos sea la misma, o la diferencia entre dichas superficies no supere un 10%

Procedimiento y plazos de solicitud.

Procediendo de la siguiente forma según fecha de recepción de la solicitud:

- Solicitudes recibidas durante el periodo de suscripción del seguro.

Para ello deberá:

1. Formalizar la declaración de seguro a nombre del titular con el rendimiento asignado, que figura en la base de datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

2. Cursar la solicitud a AGROSEGURO, en su domicilio social C/ Gobelas, 23 – 28023 Madrid, en el impreso establecido al efecto, y en el que se deberán consignar el nombre o la razón social del solicitante, su NIF o CIF, su <domicilio, el código postal y el teléfono.

Estas solicitudes serán estudiadas para el seguro de contratación del mismo Plan.

- Solicitudes recibidas después del final de suscripción del seguro.

Se debe cursar solicitud a AGROSEGURO, en su domicilio social C/ Gobelas 23, 28023 Madrid, en el impreso establecido al efecto, y en el que se deberán consignar el nombre o la razón social del solicitante, su NIF o CIF, su domicilio, el código postal y el teléfono

Estas solicitudes serán estudiadas para el seguro de contratación del Plan siguiente.

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DOCUMENTACIÓN

Únicamente se atenderán aquellas solicitudes que al menos vayan acompañadas de la siguiente documentación:

- Copia del NIF/CIF del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación.

- Copia de la declaración de seguro formalizada por el nuevo titular de la explotación. Si la solicitud se realiza fuera del periodo de suscripción se aportará documento con la relación de la totalidad de parcelas que componen la explotación del titular de la explotación indicando para cada una de ellas referencia SIGPAC, superficie, variedad, sistema de cultivo (secano/regadío), número de árboles y edad.

- Copia de la última Solicitud Única de ayuda de la Unión Europea efectuada por el antiguo/s titular/es de la explotación antes de haber efectuado el cambio de titularidad y la última efectuada por el nuevo titular.

Si el nuevo titular de la explotación no hubiera realizado la Solicitud Única por haber efectuado la transmisión con posterioridad a la presentación de la Solicitud de Ayudas, la transmisión se justificará mediante la presentación del correspondiente documento (escritura pública o contrato privado) junto con copia de la liquidación del impuesto correspondiente, que demuestre fehacientemente la transmisión.

- Certificado de la/s OPFH/s que refleje la serie de datos del antiguo titular del seguro correspondiente a la superficie y producción de cada cosecha desde la fecha de incorporación a la OPFH, del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación, y la serie de datos correspondiente a la superficie cultivada y producción entregada, de las seis últimas cosechas ambas incluidas o desde la fecha de incorporación.

- En aquellos casos que se haya cambiado de titularidad la explotación como consecuencia de una sucesión hereditaria a más de un heredero, deberá justificarse aportando alguno de los siguientes documentos:

• Copia del testamento o declaración de herederos, • Escritura de aceptación y de participación hereditaria.

Además se podrá adjuntar cualquier otra documentación que se considere

oportuna.

- Solicitudes recibidas durante el periodo de suscripción del seguro.

AGROSEGURO remitirá a ENESA la propuesta de revisión en un plazo de 50 días

desde el final de período de suscripción.

La resolución de la solicitud, se comunicará por el Ministerio de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente a Agroseguro, en un plazo no superior a 70 días

contados a partir de la finalización del período de suscripción.

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AGROSEGURO, comunicará al asegurado, al tomador y Entidad, la resolución de la

solicitud, procediéndose de la forma siguiente:

1. Si la solicitud es atendida favorablemente, AGROSEGURO procederá a la

actualización de la declaración de seguro con el nuevo rendimiento y a la

regularización del correspondiente recibo de prima, salvo renuncia expresa del

asegurado recibida en AGROSEGURO en el plazo de 20 días desde la

comunicación de la resolución.

2. Si la solicitud es rechazada, tendrá validez la declaración de seguro formalizada

inicialmente, salvo renuncia expresa del asegurado recibida en

AGROSEGURO en el plazo de 20 días desde la comunicación de la

resolución.

- Solicitudes recibidas después del final de suscripción del seguro.

Agroseguro remitirá a ENESA la propuesta de revisión en un plazo de 50 días

desde el inicio del período de suscripción del Plan siguiente.

La resolución de la solicitud, se comunicará por el Ministerio de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente a Agroseguro, en un plazo no superior a 70 días

contados a partir del inicio del período de suscripción del Plan siguiente.

Agroseguro comunicará por escrito al asegurado el resultado de la revisión

efectuada.

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SOLICITUD DE REVISIÓN DE LA BASE DE DATOS POR CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EXPLOTACIÓN

El agricultor, conforme a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y en las Condiciones Especiales del seguro, solicita el aseguramiento de la explotación descrita en la declaración de seguro de referencia, por haber sucedido a su anterior titular, el cual figura incluido en la Base de Datos de Explotaciones Asegurables del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, conforme acredita con los datos y documentación que adjunta.

LINEA 310 CULTIVO 002 ALMENDRO PLAN: _____ MÓDULO ____ GARANTIZADO_________ REF. COLECTIVO: _____________ REF. APLICACIÓN/INDIVIDUAL:________________

DATOS DEL ANTIGUO TITULAR:

Nombre y apellidos (o razón social): _________________________________________ __________________________________________ CIF/NIF ____________________ Domicilio __________________________ nº ______ Población __________________ Provincia ___________________________________ CP___________ Tfno. ________

DATOS DEL NUEVO TITULAR:

Nombre y apellidos (o razón social): __________________________________________ ________________________________________________ CIF/NIF _______________ Domicilio __________________________ nº ______ Población ___________________ Provincia ___________________________________ CP___________ Tfno. _________

MOTIVO DEL CAMBIO (Descripción): _______________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA (OBLIGATORIA): - Copia del NIF/CIF del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación. - Copia de la declaración de seguro formalizada por el titular de la explotación. En el caso de solicitud fuera del

periodo de suscripción, se aportará documento con la relación de la totalidad de parcelas que componen la explotación del titular de la explotación indicando para cada una de ellas referencia SIGPAC, superficie, variedad, sistema de cultivo (secano/regadío), número de árboles y edad (*).

- Copia de la última Solicitud Única de ayuda de la Unión Europea efectuada por el antiguo/s titular/es de la explotación, antes de haber efectuado el cambio de titularidad, y la última efectuada por el nuevo titular.

- Certificado de la/s OPFH/s que refleje la serie de datos del antiguo titular del seguro correspondiente a la superficie y producción de cada cosecha desde la fecha de incorporación a la OPFH, del antiguo/s titular/es y del nuevo titular de la explotación, y la serie de datos correspondiente a la superficie cultivada y producción entregada de las 6 últimas cosechas, o desde la fecha de incorporación a la misma.

- En aquellos casos que se haya cambiado de titularidad la explotación como consecuencia de una sucesión hereditaria a más de un heredero, deberá justificarse aportando copia del testamento o declaración de herederos, o escritura de aceptación y de participación hereditaria.

Si en los casos de cambio de titularidad, el nuevo titular de la explotación no hubiera realizado la Solicitud Única por haber

efectuado la transmisión con posterioridad a la presentación de la solicitud de ayudas, la transmisión se justificará mediante la presentación del correspondiente documento (escritura pública o contrato privado, por el que se haya liquidado el impuesto correspondiente), que demuestre fehacientemente la transmisión.

En ________________________________ a _____ de _______________________ de _________

Firma del solicitante: Firma del antiguo titular:

NOTA: En caso de que la Solicitud no incluya toda la documentación exigida, la solicitud será desestimada Se podrá enviar por email a las direcciones de correo: [email protected] o [email protected]

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AGROSEGURO, S.A. < Pág.: 24 >

(*) RELACION DE PARCELAS QUE COMPONEN LA EXPLOTACIÓN DEL TITULAR:

En ________________________________ a _____ de _______________________ de _________

DNI TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN

Firma del solicitante: Firma del antiguo titular:

ParcelasReferencia

SIGPACVariedad

Sistema de cultivo

(SECANO/REGADIO)

Superficie

(has)

Número de

árbolesEdad

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 25 de 56 AGROSEGURO, S.A.

SOLICITUD DE REVISIÓN DE RENDIMIENTOS PARA EL CULTIVO ALMENDRO (Código 002) EN LOS MÓDULOS 1 Y 2

Los agricultores que consideren que los rendimientos asignados por el Ministerio de

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no se ajustan a la realidad productiva de su

explotación, a consecuencia de una modificación significativa en la estructura

productiva de la explotación (reconversión varietal, transformación en regadío u otras

causas), cultivar variedades de floración tardía (variedad Soleta y otras de floración

igual o posterior a esta) o explotaciones ubicadas en el litoral mediterráneo, podrán

solicitar una revisión de dichos rendimientos.

Procediendo de la siguiente forma según fecha de recepción de la solicitud:

- Solicitudes recibidas durante el periodo de suscripción del seguro.

Para ello deberá:

1. Formalizar la declaración de seguro a nombre del titular con el rendimiento asignado, que figura en la base de datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

2. Cursar la solicitud a AGROSEGURO, en su domicilio social C/ Gobelas, 23 – 28023 Madrid, en el impreso establecido al efecto y en el que se deberán consignar el nombre o la razón social del solicitante, su NIF o CIF, su domicilio, el código postal y el teléfono.

Estas solicitudes serán estudiadas para el seguro de contratación del mismo Plan.

- Solicitudes recibidas después del final de suscripción del seguro.

Se debe cursar solicitud a AGROSEGURO, en su domicilio social C/ Gobelas 23, 28023 Madrid, en el impreso establecido al efecto, y en el que se deberán consignar el nombre o la razón social del solicitante, su NIF o CIF, su domicilio, el código postal y el teléfono

DOCUMENTACIÓN

Únicamente se atenderán aquellas solicitudes que vayan acompañadas de al menos la siguiente documentación:

– Copia del NIF/CIF del titular de la explotación.

– Copia de la declaración de seguro formalizada por el titular de la explotación. Si la solicitud se realiza fuera del periodo de suscripción se aportará documento con la relación de la totalidad de parcelas que componen la explotación del titular de la explotación indicando para cada una de ellas referencia SIGPAC, superficie, variedad, sistema de cultivo (secano/regadío), número de árboles y edad.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 26 de 56 AGROSEGURO, S.A.

– Copia de la Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea, de la última campaña efectuada por el titular de la explotación.

– Certificación de la OPFH a nombre del titular del seguro, que refleje su fecha de incorporación a la misma y la serie de datos correspondiente a la superficie cultivada y producción entregada de las seis últimas cosechas, ambas incluidas o desde la fecha de incorporación.

En los casos de modificación significativa de la estructura productiva, además se deberá aportar una declaración justificativa de los cambios realizados en la explotación que acredite la modificación del rendimiento asignado.

Cuando la modificación de la estructura consista en una transformación en regadío, además deberá justificarse con la presentación de alguno de los documentos que se relacionan a continuación:

– Inscripción como regadío en el Catastro de Rústica de la/s parcela/s transformadas o al menos de la solicitud para su calificación como tal.

– Copia de la concesión de agua para riego o de la solicitud de dicha concesión, expedida por la Confederación Hidrográfica competente o solicitada ante la misma.

– Copia de la declaración de superficie de almendro incluida en la Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea, donde figuren las de regadío.

– Copia del proyecto de transformación en regadío de la explotación.

– Copia de las facturas que demuestren que se ha realizado la transformación en regadío.

Además se podrá adjuntar cualquier otra documentación que se considere

oportuna.

Resolución y Comunicación de las Solicitudes:

- Solicitudes recibidas durante el periodo de suscripción del seguro.

AGROSEGURO remitirá a ENESA la propuesta de revisión en un plazo de 50 días

desde el final de período de suscripción.

La resolución de la solicitud, se comunicará por el Ministerio de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente a Agroseguro, en un plazo no superior a 70 días

contados a partir de la finalización del período de suscripción.

AGROSEGURO, comunicará al asegurado, al tomador y Entidad, la resolución de la

solicitud, procediéndose de la forma siguiente:

1. Si la solicitud es atendida favorablemente, AGROSEGURO procederá a la

actualización de la declaración de seguro con el nuevo rendimiento y a la

regularización del correspondiente recibo de prima, salvo renuncia expresa del

asegurado recibida en AGROSEGURO en el plazo de 20 días desde la

comunicación de la resolución.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 27 de 56 AGROSEGURO, S.A.

2. Si la solicitud es rechazada, tendrá validez la declaración de seguro formalizada

inicialmente, salvo renuncia expresa del asegurado recibida en

AGROSEGURO en el plazo de 20 días desde la comunicación de la

resolución.

- Solicitudes recibidas después del final de suscripción del seguro.

Agroseguro remitirá a ENESA la propuesta de revisión en un plazo de 50 días

desde el inicio del período de suscripción del Plan siguiente.

La resolución de la solicitud, se comunicará por el Ministerio de Agricultura,

Alimentación y Medio Ambiente a Agroseguro, en un plazo no superior a 70 días

contados a partir del inicio del período de suscripción del Plan siguiente.

Agroseguro comunicará por escrito al asegurado el resultado de la revisión

efectuada.

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SOLICITUD DE REVISIÓN DE RENDIMIENTOS EN EL CULTIVO DE ALMENDRO

LÍNEA 310 CÓDIGO CULTIVO: 002 ALMENDRO PLAN:__________

MÓDULO ____ GARANTIZADO_________ REF. COLECTIVO: _____________________ REF. APLICACIÓN/INDIVIDUAL:________________

Datos del Asegurado: Nombre y Apellidos: ________________________________________ DNI/CIF ____________________________ Calle ______________________________________ nº ______________ Población ______________________________________ Provincia ________________ Código Postal___________ Teléfono ____________ Término Municipal______________

Causas por la que se solicita la revisión:

Modificación significativa en la estructura productiva de la explotación (reconversión varietal, transformación en regadío u otras causas)

Explotaciones con más del 80% de la superficie situada en T. M. a menos de 400m. sobre el nivel del mar

Explotaciones con más del 40% de la superficie con variedades de floración tardía (variedad Soleta y otras de floración igual o posterior a esta)

Rendimiento asignado a su explotación: ____________________ Kgr./ha. Rendimiento que solicita para su explotación: ____________________ Kgr./ha.

Cosecha (Año)

Superficie Total (Has) Superficie Regadío (Has) Producción Entregada (Kg)

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

OBLIGATORIA: Para todos los productores:

Copia del NIF/CIF del titular de la explotación.

Copia de la declaración de seguro formalizada por el titular de la explotación. En el caso de solicitud fuera del periodo de suscripción, se aportará documento con la relación de la totalidad de parcelas que componen la explotación del titular de la explotación indicando para cada una de ellas referencia SIGPAC, superficie, variedad, sistema de cultivo (secano/regadío), número de árboles y edad (*).

Copia de la Solicitud Única de ayudas de la Unión Europea, de la última campaña efectuada por el titular de la explotación.

Certificación de la OPFH a nombre del titular del seguro, que refleje su fecha de incorporación a la misma y la serie de datos correspondiente a la superficie cultivada y producción entregada de las 6 últimas cosechas, ambas incluidas o desde la fecha de incorporación a la misma.

Por transformación en regadío, además deberá justificarse con la presentación de alguno de los documentos que se relacionan a continuación:

Inscripción como regadío en el Catastro de Rústica de la/s parcela/s transformada/s o al menos de la solicitud para su calificación como tal.

Copia de la concesión de agua para riego o de la solicitud de dicha concesión, expedida por la Confederación Hidrográfica competente o solicitada ante la misma.

Copia de las declaración de superficie de almendro incluida en la solicitud única de ayudas de la Unión Europea, donde figuren las parcelas de regadío.

Copia del proyecto de transformación en regadío de la explotación.

Copia de las facturas que demuestren que se ha realizado la transformación en regadío.

RECOMENDADA: Cualquier otra documentación que se considere oportuna para justificar la revisión solicitada

Fecha: ____ de ______________________________ de _________ Firma Asegurado:

AGROSEGURO podrá realizar visitas a la explotación, en caso de que las considere necesarias para la revisión del rendimiento asignado en la base de datos.

Se podrá enviar por email a las direcciones de correo: [email protected] o [email protected]

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 29 de 56 AGROSEGURO, S.A.

(*) RELACION DE PARCELAS QUE COMPONEN LA EXPLOTACIÓN DEL TITULAR

En ________________________________ a _____ de _______________________ de _____

DNI TITULAR DE LA EXPLOTACIÓN

Firma del solicitante: Firma del antiguo titular:

ParcelasReferencia

SIGPACVariedad

Sistema de cultivo

(SECANO/REGADIO)

Superficie

(has)

Número de

árbolesEdad

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 30 de 56 AGROSEGURO, S.A.

1b - Almendro - Módulo P TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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2ª - ALGARROBO (Cultivo 001), AVELLANO (Cultivo 003), NOGAL (Cultivo 004) Y PISTACHO (Cultivo 005)

MÓDULOS 1 Y 2 TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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3ª - ALGARROBO (Cultivo 001) MÓDULO P TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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4ª – AVELLANO (Cultivo 003) MÓDULO P TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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5ª - NOGAL (Cultivo 004) MÓDULO P TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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6ª - PISTACHO (Cultivo 005) MÓDULO P TIPO DE CAPITAL

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN 001 PLANTONES

Si se tiene en una misma parcela árboles en producción y plantones, siempre que sean del mismo cultivo/variedad, se asegurarán en una única parcela, indicando el tipo de capital correspondiente.

SISTEMA DE CULTIVO

Se indicará el Sistema de Cultivo, a nivel de parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación:

001.- SECANO 002.- REGADÍO

SISTEMA DE PRODUCCIÓN

En cada parcela, para el Tipo de Capital 000 Producción/Plantación, se ha de indicar el Sistema de Producción obligatoriamente, dado que el precio depende de este factor:

001.- ECOLÓGICO 002.- TRADICIONAL

Para el Tipo de Capital 001 Plantones, se indicará obligatoriamente:

000.- SIN VALOR EN FACTOR Será obligatorio indicar si es ecológico o tradicional, dado que los precios dependen de este dato.

NÚMERO DE UNIDADES

Se debe indicar el número de árboles o plantones cultivados en cada parcela asegurada, independientemente del módulo que se asegure.

EDAD DE LA PLANTACIÓN

Se indicará en cada parcela la edad de la plantación, que es el número de brotaciones de primavera desde la fecha de plantación en la parcela hasta la recolección de la cosecha asegurada.

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ACLARACIONES EN LA CONTRATACIÓN DE INSTALACIONES Y ELEMENTOS PRODUCTIVOS DE

LAS PARCELAS

En el momento de formalizar la Declaración de Seguro, el asegurado que tenga elementos productivos en la parcela puede asegurar la garantía a las instalaciones. Si opta por ello, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo que reúnan las condiciones para ser aseguradas, de la siguiente forma: En caso de tener instalaciones, para poder contratar esta garantía

necesariamente se deben incluir en la póliza las parcelas con sus capitales de Producción (000 Producción/Plantación y 001 Plantones).

Todos los tipos de capital que hay en una parcela, se aseguran en una única

parcela de la declaración de seguro, con distintos tipos de capital, excepto los cabezales que se aseguran en parcelas diferentes.

A efectos del seguro, según Condiciones Especiales:

Las bombas y motores en las Instalaciones, serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.

DATOS FIJOS Y VARIABLES DE LAS PARCELAS

CULTIVO Y VARIEDAD

Se ha de indicar el código del cultivo y variedad de la parcela. En el caso que una instalación englobe más de una parcela agrícola con distintos cultivos, se consignará el que ocupe mayor extensión.

SIGPAC

En el caso que las instalaciones engloben más de una parcela agrícola, con distintos SIGPAC, se indicará en la póliza el de mayor extensión del mismo cultivo/variedad.

PRODUCCIÓN

Se consignará obligatoriamente cero o no enviarán el dato.

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PRECIOS

El precio es de libre elección por parte del Asegurado, sin poder sobrepasar los límites que establece ENESA.

Los precios son €/hectárea.

DATOS VARIABLES POR TIPO DE CAPITAL

Esta Norma de Contratación, para establecer con mayor claridad y facilitar la contratación de las instalaciones, va a estar estructurada en los Tipos de Capitales existentes y de los datos variables y sus valores posibles, se desarrollan en función de éstos.

Se consideran los siguientes tipos de capitales: 1) Tipo de capital 113 Cabezal de Riego (Ha) 2) Tipo de capital 114 Red de Riego (Ha)

Si se opta por el aseguramiento de cualquiera de estos capitales, se deberán

asegurar todas las instalaciones del mismo tipo (capital)

La contratación se realizará según especificamos a continuación:

- Los tipos de capital 113 Cabezal de Riego (Ha) y 114 Red de Riego (Ha) , se deberán incluir en la declaración de seguro de forma independiente, es decir en una única parcela (si se dispusiera de más de un cabezal de riego, cada uno de ellos se asegurará en parcelas distintas).

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1 - TIPO DE CAPITAL 113. CABEZAL DE RIEGO El Tipo de Capital 113 es asegurable si su propiedad es del asegurado. No son asegurables los mancomunados. TIPO DE INSTALACIÓN

En este tipo de capital deberán indicar el siguiente dato:

000 SIN VALOR EN FACTOR

SUPERFICIE Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, este campo obligatoriamente tiene que venir cumplimentado y debe recoger la superficie susceptible de riego por este cabezal. Se debe indicar la medida del mismo en hectáreas.

EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital, las instalaciones que superen la siguiente edad: TIPO DE CAPITAL 113 CABEZAL DE RIEGO (Ha): 20 años.*

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*)Bombas y motores serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.

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2 – TIPO DE CAPITAL 114. RED DE RIEGO TIPO DE INSTALACIÓN

Para el Tipo de Capital 114 Red de Riego existen distintos tipos de instalaciones:

011 LOCALIZADO 012 ASPERSIÓN TRADICIONAL

SUPERFICIE Para este Tipo de Capital, el precio viene determinado por €/ha. Por tanto, obligatoriamente se indicará la superficie de la parcela que incluye la instalación, medida en hectáreas. EDAD DE LA ESTRUCTURA

Se ha de indicar los años transcurridos desde la fecha de construcción o desde la última reforma. Se entiende por reforma, a la sustitución de los elementos constitutivos de la estructura por un importe mínimo del 70% del valor de la misma, siempre que se realice en un máximo de tres años consecutivos. A excepción de aquellas Instalaciones que hayan remitido certificación emitida por un técnico independiente y visado por el colegio profesional correspondiente, no serán asegurables, según el tipo de capital y tipo de instalación, las instalaciones que superen las siguientes edades: TIPO DE CAPITAL 114 RED DE RIEGO (Ha):

TIPO DE INSTALACIÓN 011 RIEGO LOCALIZADO: 20 años.* TIPO DE INSTALACIÓN 012 ASPERSIÓN TRADICIONAL: 20 años.*

Si se ha asegurado alguna instalación que supere estas edades, Agroseguro solicitará al tomador o asegurado dicho certificado dando un plazo de 15 días para su recepción. Si no se recibe en dicho plazo, Agroseguro procederá a excluir las instalaciones de la Declaración de Seguro, devolviendo la prima integra de las mismas. (*)Bombas y motores serán asegurables únicamente hasta 10 años de edad.

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PRECIOS

ALGARROBO, ALMENDRO,

AVELLANO, NOGAL Y

PISTACHO

TODOS LOS MÓDULOS

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL:

000 PRODUCCIÓN/PLANTACIÓN

001 PLANTONES

SISTEMA DE PRODUCCIÓN:

000 SIN VALOR EN FACTOR

001 ECOLÓGICO

002 TRADICIONAL

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

001 ALGARROBO 000 Todas

0 1 0,2000 0,3000

0 2 0,1600 0,2500

1 0 4,0000* 6,0000*

002 ALMENDRO

014 Antoñeta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

001 Atocha

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

015 Ayles

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

016 Belona

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

033 Blanquerna

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

034 Carreró

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

035 Colorada

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

017 Constantí

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

002 Cristomorto

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

003 Desmayo largueta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 1,0900 1,6500

1 0 4,0000* 6,0000*

036 Desmayo Rojo

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

037 Doble Fina

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

018 Felisia

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

004 Ferraduel

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

005 Ferragnes

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

019 Fragiulio

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

020 Francolí

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

038 Garrigues

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

021 Genco

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

022 Glorieta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

006 Guara

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

023 Lauranne

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

007 Marcona

0 1 1,4200 2,1500

0 2 1,0900 1,6500

1 0 4,0000* 6,0000*

024 Mardía

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

025 Marinada

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

026 Marta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

027 Masbovera

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

008 Moncayo

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

039 Nonpareil

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

040 Pajarera

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

028 Penta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

041 Peraleja

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

009 Planeta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

042 Ramillete

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

045 Resto de Variedades

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

043 Rumbeta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

029 Soleta

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

030 Tardona

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

031 Tarraco

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

010 Texas

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

011 Tuono

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

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Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

002 ALMENDRO

032 Vairo

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

044 Verd

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

046 Vialfas

0 1 1,4200 2,1500

0 2 0,9500 1,4500

1 0 4,0000* 6,0000*

003 AVELLANO

001 Artellet

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

002 Castanyera

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

003 Culpla

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

004 Gironell

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 48 de 56 AGROSEGURO, S.A.

Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

003 AVELLANO

005 Gironenca

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

006 Grifoll

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

007 Morell

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

008 Negreta

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,4500 2,2000

1 0 4,0000* 6,0000*

009 Pauetet

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

010 Ribet

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

011 Rosset

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 49 de 56 AGROSEGURO, S.A.

Cultivo Variedad Tipo

Capital

Cód. Sistema de Producción

Precio Mínimo

Precio Máximo

003 AVELLANO

012 Trenet

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

000 Resto de Variedades

0 1 1,6500 2,5000

0 2 1,3200 2,0000

1 0 4,0000* 6,0000*

004 NOGAL 000 Todas

0 1 2,5500 3,8500

0 2 2,3000 3,5000

1 0 4,0000* 6,0000*

005 PISTACHO 000 Todas

0 1 2,9000 4,4000

0 2 2,6500 4,0000

1 0 6,0000* 10,0000*

Variedades Tempranas y Media Estación Variedades Tardías

* €/unidad

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 50 de 56 AGROSEGURO, S.A.

PRECIOS DE LAS

INSTALACIONES Y DE LOS

ELEMENTOS PRODUCTIVOS

CÓDIGOS DE FACTORES:

TIPO DE CAPITAL:

113 CABEZAL DE RIEGO (Ha)

114 RED DE RIEGO (Ha)

TIPO DE INSTALACIONES 000 SIN VALOR EN FACTOR

011 LOCALIZADO

012 ASPERSIÓN TRADICIONAL

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CULTIVO: TODOS LOS CULTIVOS

Variedad

Tipo Capital

Tipo

Instalaciones

Precio Mínimo

€/ha

Precio Máximo

€/ha

TODAS LAS VARIEDADES

113 000 1.000 12.000

114 011 1.800 2.800

114 012 2.100 2.900

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 52 de 56 AGROSEGURO, S.A.

BONIFICACIONES

BONIFICACIONES/RECARGOS AL ASEGURADO

Los asegurados que contraten el módulo 1 ó 2, se aplicarán una bonificación en la prima del seguro principal, con los requisitos que se establecen a continuación.

− Número de años contratados en el periodo de las 10 últimas campañas.

− Contratación del seguro en la última campaña.

− Declaración de siniestro en la última campaña.

− I / Prr: suma de las indemnizaciones con respecto a la suma de las primas de

riesgo recargada netas de reaseguro del Consorcio, del total de riesgos y

módulos de aseguramiento, en el periodo de las 10 últimas campañas. Para

calcular este ratio, se confeccionará el histórico contando 10 campañas,

comenzando desde la penúltima campaña hacia atrás.

En las declaraciones de seguro suscritas por las entidades asociativas, se

traspasará el resultado histórico de los socios a la entidad asociativa.

En los casos en que exista un cambio de titularidad de la explotación, se asignará el

histórico de la explotación al nuevo titular.

Condición Especial 14ª.

En la página Web de Agroseguro, (Atención al Cliente/Consulta de Rendimientos, índices y otras medidas/Bonificaciones, recargos, rendimientos y otras medidas para Asegurados), se puede consultar la medida asignada en los dos últimos planes por el N.I.F. del asegurado.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 53 de 56 AGROSEGURO, S.A.

SUBVENCIONES

SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro en usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones” que incluyen:

Subvenciones CC.AA.

Subvenciones ENESA.

RECARGOS TARIFAS

RECARGO Y REASEGURO DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso usuarios registrados en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Recargo y Reaseguro del Consorcio” que incluyen:

Cuadro Reaseguro Tradicional.

Cuadro Reaseguro Creciente.

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Seguro para Explotaciones de Frutos Secos Página 54 de 56 AGROSEGURO, S.A.

PAGO

El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:

A) Al contado El pago se realizará por el tomador del seguro, en el plazo de suscripción establecido por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, mediante ingreso directo o transferencia bancaria a favor de la cuenta de Agroseguro Agrícola, abierta en la entidad de crédito que, por parte de Agroseguro, se establezca en el momento de la contratación. B) Fraccionada Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos:

- El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 1.500 €.

- El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.

El pago de la prima única se realizará en dos fracciones: Primera fracción: se corresponderá al menos con el 10% del importe del coste del seguro a cargo del tomador, más el total de la cuantía que corresponda por el fraccionamiento y el aval, que serán abonados en el mismo momento de la suscripción del seguro, siendo de aplicación todo lo especificado para el pago al contado.

Si el aval afianzado no alcanzara el total de la segunda fracción, el exceso por encima del importe avalado se descontará de la segunda fracción y deberá ser abonado en la primera fracción, de forma que en este caso no se entenderá abonada la primera fracción ni tendrá efecto el pago, si el total recibido de la primera fracción no contiene las sumas de las cuantías señaladas en el párrafo anterior y el exceso por encima del importe avalado.

Segunda fracción: no podrá superar el 90% del importe del coste del seguro a cargo del tomador. Dicho importe, será pagado mediante recibo domiciliado en la cuenta corriente del asegurado, señalada en la declaración de seguro y se pasará a cobro en el plazo elegido por el asegurado a los 3, 6, 9 ó 12 meses. En esta misma cuenta se realizarán los pagos por indemnizaciones de los siniestros.

Ver Condición Especial 15ª

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COMPLEMENTARIO

Este Seguro Complementario únicamente será asegurable para el cultivo de Almendro.

Independientemente del Módulo que se contrate, el complementario únicamente supondrá un incremento de Kg. en las parcelas con Tipo de Capital Producción/Plantación, que tengan unas esperanzas reales de producción superiores a las declaradas, para los daños en cantidad en la producción ocasionados por los siguientes riesgos cubiertos:

MÓDULO C1 – COMPLEMENTARIO MÓDULO 1 CULTIVO: 002 ALMENDRO

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

MÓDULO C2 – COMPLEMENTARIO MÓDULO 2 CULTIVO: 002 ALMENDRO

Pedrisco

Riesgos Excepcionales

PERIODO DE SUSCRIPCIÓN

MÓDULOS C1 Y C2

CULTIVO

FECHA DE

INICIO

FECHA FINAL

ÚLTIMO DIA DE

PAGO

ALMENDRO 01/03/2017 15/05/2017 16/05/2017

ÁMBITO Península, Baleares y Canarias

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SUBVENCIONES

SUBVENCIONES DE ENESA Y DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS Se encontrarán en la página Web de Agroseguro en acceso identificado en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Manual de Subvenciones” que incluyen:

Subvenciones CC.AA.

Subvenciones ENESA.

RECARGOS TARIFAS

RECARGO Y REASEGURO DEL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS

Se encontrarán en la página Web de Agroseguro, en acceso identificado en el apartado Normas, Subvenciones y Recargos, en el punto denominado “Recargo y Reaseguro del Consorcio” que incluyen:

Cuadro Reaseguro Tradicional.

Cuadro Reaseguro Creciente.