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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: PINOS, ZAC. 2011

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Page 1: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

PINOS, ZAC.

2011

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................. 11

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 16

BANCOS ............................................................................................................................................................... 18

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 20

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 22

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 24

PROVEEDORES .................................................................................................................................................... 25

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 26

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 31

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 31

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 36

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 43

PROGRAMA DE DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS .................................................................................. 44

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 45

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 45

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 46

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 51

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 52

PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS ........................................................................ 56

FONDO III Y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES – INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRAS ............................................................................................................................................................................. 57

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 58

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 59

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 60

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 16

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

4

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

31

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

1

Solicitud de Aclaración

Subtotal 52

Acciones Preventivas

Recomendación2 -

Recomendación al Desempeño 36

Subtotal 36

TOTAL 88

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Pinos, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Revelación Suficiente: en virtud de que el ente auditado presenta saldo negativo en una cuenta de Bancos que altera la naturaleza de la misma, dando como resultado que la información presentada para dicha cuenta en su Estado Financiero no sea real.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios, Participaciones y Agua Potable y Alcantarillado por $96,868,944.24 con un alcance de revisión del 95.98%. Además de $101,593,670.39 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $27,673,656.00 de Otros Programas. Los resultados de estos dos resultados se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Observación AF-01 Derivado del análisis al rubro de Ingresos, se observó que los recibos oficiales de ingresos, expedidos por el ente auditado, adolecen de datos suficientes para determinar la base y correcto cálculo de la recaudación obtenida, tales como: concepto que se cobra, cantidad, cuota o tarifa, entre otros, para efecto de constatar lo descrito remitirse a los recibos oficiales de ingresos números 4597, 4598 y 4600 de fecha 8 de febrero de 2011, lo ya observado no otorga certeza jurídica al contribuyente por los pagos realizados.

AF-11/39-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que para el cobro de contribuciones efectúe el desglose detallado de los conceptos cobrados en los recibos de ingresos, a fin de verificar su correcto cobro con relación a la base, tasa, cantidad y costo unitario. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado AF-02, Observación AF-02 De la revisión efectuada al rubro de Ingresos referente al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles durante el periodo del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011, se verificó que el Departamento de Catastro Municipal informó operaciones por un importe de $59,308.08 y lo registrado por la Tesorería Municipal en la Cuenta Pública asciende a $69,681.93, observándose diferencia derivada de registros contables en monto superior a lo informado por

AF-11/39-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice conciliación periódica entre las áreas de Catastro y Tesorería Municipal a fin de

Solventa.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Catastro, es conveniente señalar que esta no representa daño a la Hacienda Pública pero si denota inadecuado Control Interno y falta de conciliación de los importes informados por las áreas involucradas.

que la información proporcionada por los mismos sea coincidente y corresponda a las operaciones reales de la Entidad Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/39-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Solventa.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Derivado de la revisión al Impuesto Predial, se observó que el municipio cuenta con contribuyentes morosos con relación a 3,376 predios urbanos y 3,622 predios rústicos.

AF-11/39-005 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, implementar las acciones necesarias que permitan abatir el rezago en el pago del Impuesto Predial, lo que se cita en beneficio del erario público municipal, implementando incluso, acciones de cobro coactivo en los casos que así lo ameriten. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-006 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Solventa.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

Resultado AF-04, Observación AF-04 Derivado de la revisión referente al Impuesto Predial y del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, se verificó que el Departamento de Catastro Municipal utiliza para el cobro de contribuciones el Sistema de Impuesto Predial para Zacatecas (SIP-ZAC), sin embargo se corroboró que este presenta varias deficiencias, tales como imprimir el número de folio de forma duplicada, o bien se omiten folios, esto sin afectar el control de recibos de éste departamento, ya que el consecutivo del folio impreso en los mismos es correcto, observándose por lo tanto la falta de acciones para resolver las irregularidades antes mencionadas, así como para la mejora y actualización de dicho sistema.

AF-11/39-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo acciones en coordinación con la Secretaría de Finanzas del Estado, para actualizar el Sistema de Impuesto Predial, con el objetivo de corregir los errores que se detectaron al imprimir los folios en forma electrónica, así como verificar que los folios emitidos por el citado sistema sea coincidente con el impreso en los mismos, con el propósito de reforzar el control interno en la recaudación y expedición de recibos derivados del cobro del Impuesto Predial e Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles. Lo anterior con fundamento en el artículo 74 fracción V, artículo 93 fracción IV, 96 fracciones VI y VIII y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia,

Solventa.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-05, Observación AF-05 Derivado de la revisión efectuada al rubro de Ingresos en relación a la renovación de licencias para la venta y consumo de bebidas alcohólicas realizadas durante el ejercicio 2011, se determinaron las siguientes observaciones:

1. De acuerdo al listado presentado por el ente fiscalizado se observan 7 licenciatarios a los cuales se les otorgaron descuentos que ascienden a $6,204.58 sobre el entero del Derecho cobrado. Lo anterior se detalla a continuación:

NO. DE

LICENCIAFECHA

NO. DE

RECIBO BENEFICIARIO CONCEPTO

IMPORTE

CAUSADO

IMPORTE

CONDONADO

651 01/02/2011 4273 Adriana Díaz de León Gil Renovación 2,321.87$ 498.12$

663 14/02/2011 5101 Samuel Aguiñaga Medina Alta 2,565.65 1,133.65

668 28/02/2011 5832 Jose Antonio Reyez Vazquez Renovación 2,484.39 660.54

707 12/07/2011 59810 Sergio Muñóz Gómez Renovación 2,565.65 1,288.63

672 15/03/2011 6570 Efrain Rodríguez Dávila Renovación 2,565.65 951.12

676 15/04/2011 8122 Ana Isabel Lozano Marin Alta 2,321.87 1,160.87

678 15/04/2011 8142 Antonio Leyva Torres Renovación 2,565.65 511.65

$ 17,390.73 $ 6,204.58 TOTAL

2. Derivado de la relación de licencias presentadas por el ente fiscalizado y su cotejo con los recibos de ingresos, se detectó la recaudación por concepto de 13 renovaciones y 1 transferencia de licencia de alcoholes, las cuales no fueron informadas en el listado proporcionado por el municipio.

AF-11/39-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo presentar información completa y veraz de conformidad con los requerimientos que realice esta Auditoría Superior del Estado, evitando la omisión de datos que impidan el adecuado desarrollo de las tareas de fiscalización, denotando además, falta de transparencia en su información. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y artículo 5 fracciones I, V y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Estado.

Resultado AF-06, Observación AF-06 Derivado de la revisión al rubro de Derechos, en específico a los expedientes de las licencias para la distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas, se detectó que el ente auditado expidió 27 nuevas licencias durante el ejercicio 2011, sin embargo se observó que ninguna cuenta con la anuencia emitida por la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas ni autorización del Cabildo, incumpliendo en lo establecido en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas en sus artículos 8, 9, 13, 14 y 22. Es conveniente mencionar que en el ejercicio 2010 se realizó una observación similar, emitiéndose una Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas identificada con el número AF-10/39-009, para el Presidente y Tesorero de la Administración Municipal 2007 - 2010, relativa a la expedición de 130 nuevas licencias sin contar con la autorización de Cabildo y anuencia de la Secretaria de Finanzas, observándose que el municipio reincide en el incumplimiento al citado ordenamiento legal por los funcionarios actuales. Es preciso señalar que la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, en su artículo 14 establece lo siguiente: "Para que la autoridad municipal pueda expedir licencias de funcionamiento se requiere la anuencia previa del Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría. Las licencias otorgadas sin dicho requerimiento serán nulas". Con base en lo anterior y derivado del incumplimiento de esa municipalidad, el Estado no ha recaudado con relación al ejercicio 2011, lo relativo a la expedición de 27 anuencias cuya emisión corresponde a la Secretaria de Finanzas del Estado de Zacatecas lo cual involucra un monto de $7,654.50 obtenido conforme a lo siguiente:

Salario vigente No. de cuotas

No. de anuencias no

cubiertas Total

56.70 x 5 x 27 $7,654.50

AF-11/39-012 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante los órganos competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente y Tesorera Municipales respectivamente, en virtud de expedir 27 licencias para la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas sin contar con las respectivas anuencias de la Secretaría de Finanzas ni autorización del H. Ayuntamiento. Lo anterior derivo en recursos no recaudados por el Estado por la cantidad de $7,654.50 lo que se cita con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 8, 9, 13, 14 y 22 de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas, infringiendo además lo establecido en el

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

artículo 5° fracción I de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/39-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar acciones orientadas a la verificación de los expedientes de licencias de bebidas alcohólicas, otorgadas en los ejercicios 2010 y 2011, los cuales deberán contener autorización de Cabildo y la anuencia expedida por parte de la Secretaría de Finanzas, en observancia de la Ley de la materia, y en su caso, llevar a cabo las gestiones conducentes para regularizar la situación legal de las mismas, ya que actualmente dichas licencias se encuentran afectadas de nulidad conforme a lo establecido en el Capítulo II de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado, así como al

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Honorable Ayuntamiento de Pinos Zacatecas.

se le dará seguimiento

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado AF-07, Observación AF-07 Como parte de la revisión al rubro de Ingresos, y en específico por concepto de Derechos sobre almacenamiento, distribución, venta y consumo de bebidas alcohólicas correspondiente al periodo 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, se llevó a cabo la comparación de los ingresos informados por el Departamento de Alcoholes, mismos que ascendieron a $1,122,021.93 y los registros contables reportaron un importe de $1,168,048.57, determinándose una diferencia informada de más por la Tesorería Municipal de $46,026.64, lo cual no representa un daño a la Hacienda Pública pero si denota falta de Control Interno y conciliación entre las áreas involucradas.

AF-11/39-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal que en lo sucesivo realice conciliación periódica entre las áreas de Tesorería y Departamento de Alcoholes, a fin de que la información proporcionada por los mismos sea coincidente y corresponda a la realidad del Ente Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II, 96 fracciones I y VI, 151, 191 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Pinos, Zacatecas, fue por el orden de $217,126,379.26 los cuales se integraron por: $92,468,612.39 de Gasto Corriente, Deuda Pública, y Agua Potable y Alcantarillado, con un alcance de revisión de 30.13%, $3,289,283.99 de Obra Pública, $96,058,571.46 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $25,309,911.42 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5.- Programas Federales-Revisión Documental y 3.6.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-08, Observación AF-08 De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los funcionarios de primer nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el Decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas a los miembros del Ayuntamiento por un monto de $749,803.36, ya que de acuerdo a dicho Decreto los montos autorizados serían de $3,810,240.00, habiendo percibido un importe total de $4,560,043.36 por el periodo de abril a diciembre de 2011. El detalle de lo mencionado se presenta a continuación:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

PUESTO PERCEPCIONES

AGUINALDO / PRIMA VAC. Y OTRAS PRESTACIONES

TOTAL PERCIBIDO

PERCEPCIÓN SEGÚN CPELSZ ABRIL A DIC

DIFERENCIA

Gustavo Uribe Góngora

Presidente Municipal

Nómina 396,000.00

$512,293.36 $326,592.00 $185,701.36 Vía Participaciones

105,397.45 10,895.91

Estela Campos Rivera

Síndico Municipal

Nómina 267,750.00 267,750.00 217,728.00 50,022.00

Gabriel Aguilar Martínez

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

José Luis Canizalez Celestino

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Manuel Carranza Castañón

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Deisy Diana Contreras Silva

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

J. Guadalupe Cordero Rivera

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Bernardo Cruz Mendoza

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

María Isabel Gómez López

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Amelia Guevara Juárez

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Juan López Guerrero

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Consuelo López Moreno

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Juan López Torres

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Antonio Lozano Vargas

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

José Félix Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

AF-11/39-017 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones, por un monto de $749,803.36, relativo a percepciones pagadas de más a los integrantes del H. Ayuntamiento según lo señalado en el Decreto número 75 de las reformas de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en la modalidad de Responsables Directos por el monto improcedente recibido de manera personal el cual se detalla en el resultado que antecede. Asimismo a la Tesorera municipal por el monto total observado. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, 160 Tercero, Sexto y Séptimo transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

AF-11/39-018 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Ojeda Sánchez

Otilia Ortiz Venegas

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Ismael Pacheco Escojido

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Juana Ramírez López

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Cristina Ramírez Martínez

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

J. Marcos Reyes Montoya

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Juan Gerardo Sánchez Rocha

Regidor Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

Margarita Torres Hernández

Regidora Nómina 189,000.00 189,000.00 163,296.00 25,704.00

TOTALES $ 4,560,043.36

$ 3,810,240.00

$749,803.36

autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al municipio de Pinos, Zacatecas, por un monto de $512,293.36, correspondiente a las percepciones recibidas en el periodo de abril a diciembre de 2011 del C. Presidente Municipal, lo anterior a efecto de comprobar el cumplimiento de la presentación de la declaración anual correspondiente al ejercicio 2011, de conformidad al artículo 117 fracción III inciso e) de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

Resultado AF-09, Observación AF-09 Derivado de la inspección física del personal de la muestra seleccionada, se observó que 3 personas no fueron localizadas físicamente, relacionadas en la nómina correspondiente a la Secretaría de Gobierno Municipal, de las cuales el Prof. José Luis Rodríguez Alonso Oficial Mayor informa lo siguiente:

1. Juan Jesús Esquivel Rodríguez, quien estudia en la ciudad de Zacatecas, Zacatecas, y hermano del ex auxiliar jurídico de la Administración Municipal 2007-2010, quien tuvo un accidente de tránsito y falleció, para lo cual el Ayuntamiento decidió otorgarle al hermano una ayuda de $5,000.00 quincenalmente y que desconoce el plazo de la ayuda otorgada. El importe erogado en el ejercicio sujeto a revisión asciende a $120,000.00. No exhiben elementos probatorios de la autorización del H. Ayuntamiento.

Mariela Cárdenas Ibarra y Elvira Rodríguez Muñoz, química farmacobióloga y afanadora respectivamente, mismas que no son parte de los trabajadores del Ayuntamiento, es una ayuda al Centro de Salud y a la escuela primaria San Juan H., respectivamente. Sin embargo el ente auditado no exhibió actas de reunión de Cabildo en las que se hayan autorizados dichos apoyos, ni los plazos y condiciones de los mismos.

AF-11/39-019 Pliego de Observaciones Esta Auditoria Superior del Estado formulará pliego de observaciones a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y Bertha Alicia Cisneros Velázquez quienes se desempeñaron durante el periodo del 1ro. De enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente y Tesorera Municipal, respecto de las erogaciones realizadas por un total de $120,000.00 a favor del C. Juan Jesús Esquivel Rodríguez, hermano del ex auxiliar jurídico de la Administración Municipal 2007-2010, lo que se cita en virtud de que se informa por parte del Oficial Mayor de ese municipio, que corresponde a ayuda de $5,000.00 quincenales otorgada por el H.

No Solventa

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Ayuntamiento, lo anterior sin presentar Acta de Cabildo en la cual se haya autorizado el apoyo, así como plaza y condiciones de dicha ayuda. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/39-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, respecto a las ayudas y/o subsidios que sean destinados por concepto de remuneraciones a personas que desempeñan su actividad en Instituciones ajenas a la Presidencia Municipal, se realicen los convenios correspondientes con estas, en los cuales se deslinde al ente auditado de cualquier responsabilidad laboral, asimismo se cuente con las solicitudes de apoyo y copias de la identificación oficial de los beneficiarios, de manera que se soporte y justifique como tales y no como pagos directos por concepto de nómina, además se recomienda que los recursos otorgados por concepto de ayudas y/o subsidios sean entregados a los representantes de las

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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EGRESOS

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instituciones a efecto de que los mismos realicen el pago correspondiente, así como registrar dichas erogaciones atendiendo a su naturaleza y, por último, se recomienda actualizar las nóminas y plantillas de personal, considerando únicamente en dichos documentos aquellas personas que tengan relación laboral con el municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 92 fracción XV, 93 fracción IV, 96 fracción I, 170, 185 y 186 de la Ley Orgánica del municipio, 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/39-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Solventa.

Resultado AF-10, Observación AF-10 Al revisar el soporte documental del egreso correspondiente a la muestra seleccionada de la cuenta contable 2601.- Combustible, se verificó que se anexan pólizas de egresos, de cheque, facturas, notas de venta por cada uno de los consumos, sin embargo se observó que una parte de estas pólizas también anexan solicitudes de ayudas o apoyos de combustible a particulares, considerándose que estas últimas erogaciones deberían ser registradas en la cuenta contable 4101.- Ayudas de acuerdo a la naturaleza del gasto. Aunado a lo anterior se observó que la cuenta de Combustible,

AF-11/39-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, en lo sucesivo registrar correctamente en su contabilidad las erogaciones realizadas según el origen al que correspondan, asimismo verificar el monto presupuestado por concepto

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación

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EGRESOS

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presenta un desfase presupuestal de $635,118.20, ya que el ente auditado informó erogaciones al 31 de diciembre de 2011 por un monto total de $6,135,118.20, mientras que el importe presupuestado ascendía a $5,500,000.00.

de combustible y apegarse estrictamente al mismo, presentando a consideración del H. Ayuntamiento las modificaciones que sean conducentes dentro del mismo ejercicio fiscal, asimismo considerar datos estadísticos de ejercicios anteriores, cuando no se tenga otro referente para su presupuestación. Lo anterior con fundamento en los artículos 96 fracción II, 179, 186 y 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2011 un Superávit por el orden de $9,009,891.37 en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

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Resultado AF-11, Sin Observación El municipio muestra un saldo en Caja por $36,335.09 al 31 de diciembre de 2011 según su Estado de Posición Financiera, habiéndose verificado que corresponde a 2 fondos fijos, uno a nombre de persona Auxiliar de la Tesorería Municipal y otro del Sistema Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de la Comunidad de Pedregoso, Pinos, Zacatecas, por $20,000.00 y $16,335.09 respectivamente, de los cuales existen los pagarés correspondientes firmados por los responsables de dichos fondos fijos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

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Resultado AF-12, Observación AF-11 La cuenta de Bancos presentó un saldo por $11,216,468.16 al 31 de diciembre de 2011 según su Estado de Posición Financiera, integrado en 12 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose corroborado que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, los cheques son expedidos en orden cronológico y de manera consecutiva, además de firmar los cheques de manera mancomunada; cabe mencionar que se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave. Sin embargo al realizar el Inventario de chequeras se detectaron cheques firmados en blanco por el Profr. Gustavo Uribe Góngora, Presidente Municipal, correspondiente a la cuenta bancaria número 0171091700 denominada “Fondo IV 2010” de la institución bancaria BBVA Bancomer S.A. Aunado a lo anterior, se detectó que la cuenta 0185058805 Municipio de Pinos 3X1 2011 presenta un saldo negativo al 31 de diciembre de 2011 por un importe de $823,777.19.

AF-11/39-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, prescindir de la práctica de firmar cheques en blanco a fin de evitar posibles daños financieros al erario público municipal, asimismo abstenerse de girar cheques de las cuentas bancarias en las que no se tenga recursos suficientes para cubrirlos, además, en caso de que las cuentas de bancos reporten saldo contrario a su naturaleza, proceder a verificar, realizando las acciones conducentes para que estas presenten la situación financiera real del municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracción I, 191 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 181 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-025 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado AF-13, Observación AF-12 Derivado del análisis a las cuentas bancarias del municipio, se determinó que las cuentas bancarias números 0164447069 y 0165269296 denominadas Municipio de Pinos Fondo III 2009 y Microregiones y 3X1 2009, con saldos de $263,091.62 y $12,009.18 respectivamente, de la institución bancaria BBVA Bancomer S.A., no tuvieron movimiento durante el ejercicio sujeto a revisión.

AF-11/39-026 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal respecto de la existencia de cuentas bancarias de Programas Federales y otros Programas de ejercicios anteriores, llevar a cabo la aplicación de los recursos en los fines para los que fueron suministrados, procediendo posteriormente a la cancelación de las referidas cuentas. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción II y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-027 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Administrativas

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-14, Observación AF-13 El rubro de Deudores Diversos al 31 de diciembre de 2011 presentó un saldo de $2,321,266.99, según su Estado de Posición Financiera, el cual representa un decremento del 68.46% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, el cual se integra de $1,302,407.81 (56.11%) de Empleados de Base y $1,018,859.18 (43.89%) de Otros Deudores. Derivado del análisis realizado a este rubro, se determinaron las siguientes observaciones:

a) De los préstamos efectuados en el ejercicio 2011, se observó que el deudor 1105-01-0296 Fidel Reyes Rodríguez, no cuenta con pagaré o documento mercantil que ampare la obligación contraída con el municipio por un importe de $3,700.00.

b) Asimismo el ente auditado informa tres deudores que cuentan con pagaré que respalda su adeudo, sin embargo estos se encuentran vencidos al 31 de diciembre de 2011, no se omite mencionar que los adeudos en cita tiene su origen en el ejercicio fiscal 2011. El detalle se desglosa a continuación:

c) se desglosa a continuación:

d) Se determina existencia de préstamos otorgados en la Administración 2007-2010 cuyo pagaré soporte ya se encuentra vencido. Lo citado se detalla a continuación:

No. Cuenta

Nombre de Cuenta Fecha del

Pagaré Fecha de

Vencimiento Monto

Observado

1105-03-0098

CUAUHTEMOC DE JESUS HERNANDEZ URBINA 18/02/2011 18/12/2011

$ 70,000.00

1105-03-0099

PIOQUINTO ANTOPIA ESTRADA 28/02/2011 30/03/2011 1,000.00

1105-01-0349

GUADALUPE NAVARRO RANGEL 25/01/2011 30/04/2011 500.00

TOTAL $

71,500.00

No. Cuenta

Nombre de Cuenta Fecha del

Pagaré Fecha de

Vencimiento Monto

Observado

AF-11/39-028 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C. Bertha Alicia Cisneros Velázquez, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente y Tesorera Municipales respectivamente, por la cantidad de $75,200.00 relativa a: préstamo otorgado por el orden de $3,700.00 que no cuenta con pagaré o documento mercantil alguno que le permita efectuar su recuperación legal, así como lo relativo a 3 deudores por la cantidad total de $71,500.00 cuyo soporte corresponde a pagarés vencidos al cierre del ejercicio 2011, el detalle de los mismos se incluye en el resultado que antecede: en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/39-029 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, continuar con la recuperación de los deudores diversos informados, en el caso de corresponder a préstamos otorgados en la Administración Municipal anterior, con soporte mercantil vencido realizar las acciones conducentes para su recuperación, así como abstenerse de realizar préstamos personales, en el supuesto de corresponder a

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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Además se observó que el municipio continuó efectuando

préstamos personales, erogaciones no contempladas en el

Presupuesto de Egresos, ya que los recursos públicos tienen

fines específicos, por lo que no deben utilizarse en dicho

concepto.

1105-01-0288 JUAN SANCHEZ GARCIA 14/01/2009 30/01/2009

$ 4,600.00

1105-01-0159 JESUS SOTO IBARRA 29/11/2007 01/06/2008 24,801.00

TOTAL $

29,401.00

anticipos de sueldos a empleados, establecer lineamientos que permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal en que se otorgan, ya que los recursos financieros del municipio deben ser aplicados única y exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de Egresos. Lo anterior con apego a los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/39-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-15, Sin Observación El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $22,257,117.75, el cual incluye $7,108.48 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2010. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $915,235.93, de las cuales $184,275.77 (20.13%) se realizaron con Recursos Propios y $730,960.16 (79.87%) con Recursos Federales. Cabe mencionar que en el saldo del Activo Fijo al cierre del ejercicio 2011 no se considera $8,270.80 que corresponde a adquisiciones con Recursos Federales que no fueron incorporadas al Activo Fijo del municipio, situación que se plasma en el Resultado siguiente.

Resultado PF-01, Observación PF-01 En el ejercicio 2011, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $730,960.16, provenientes de la aplicación de recursos de Fondo III por $597,370.36 y $133,589.80 de Fondo IV, las cuales corresponden a mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación y vehículos y equipo terrestre; es conveniente señalar que las adquisiciones antes señaladas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de 1 impresora HP por la cantidad de $8,270.80 correspondiente a Fondo III.

PF-11/39-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio por la cantidad de $8,270.80, correspondiente a la adquisición con recursos del Fondo III de 1 impresora HP laser a color; asimismo sea considerada en el inventario conservando el vale de resguardo respectivo.

SOLVENTA. .

Resultado AF-16, Observación AF-14 Al realizar la revisión física del parque vehicular propiedad del municipio, se observó que existen varios bienes que se encuentran en mal estado en calidad de inservibles, para los cuales no se han realizado las acciones necesarias para llevar a cabo la baja correspondiente en el inventario del municipio.

AF-11/39-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, llevar a cabo las acciones correspondientes para efectuar baja en el inventario del municipio, respecto de los bienes que se encuentran en calidad de inservibles, contando con la autorización del H. Ayuntamiento y observando siempre la normatividad de la materia. Lo anterior de conformidad con los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-032 Solicitud de Solventa.

Page 24: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-17, Sin Observación El saldo de los pasivos del municipio de Pinos, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2011, fue por la cantidad de $7,537,790.73, el cual representa un decremento del 63.04% con relación al saldo al cierre del ejercicio anterior; mismo que se integra por Proveedores $5,838,834.04 (77.46%), Impuestos y Retenciones por Pagar $4,331.23 (0.06%) y Deuda Pública a Largo Plazo $1,694,625.46 (22.48%). La disminución observada en este rubro, se originó fundamentalmente por el desendeudamiento en obligaciones contraídas principalmente con Gobierno del Estado, Acreedores Diversos y Banobras.

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PROVEEDORES

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Resultado AF-18, Observación AF-15 El municipio presentó en su Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, saldo en la cuenta de Proveedores por $5,838,834.04, integrado por Proveedores de Gasto Corriente en un 62.97% y Proveedores de Obra Pública con un 37.03%, el saldo en cita se incrementó en un 85.22% respecto del saldo registrado al cierre del ejercicio anterior. Al revisar este rubro se observó adeudos que no tuvieron movimiento durante el ejercicio 2011 por la cantidad de $273,078.75.

AF-11/39-033 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar circularización de saldos del rubro de Proveedores, a fin de que se programe su pago y en caso de no acreditar su procedencia, proceder a depurar la cuenta previa autorización del H. Ayuntamiento, a fin de presentar la situación financiera real del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-034 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se examinó muestralmente los recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma. El municipio de Pinos, Zacatecas, realizó una modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2011, la cual fue aprobada el día 24 de noviembre de 2011 según consta en acta de Cabildo sin número. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011, el municipio recaudó y recibió 1.57% menos de lo presupuestado, observándose decrementos relevantes en las cuentas de Agua Potable y Alcantarillado y Otros Programas; asimismo existe un subejercicio en el presupuesto de Egresos del 5.49%, registrándose desfases presupuestales de orden relevante en las cuentas de Servicios Generales y Ayudas, Subsidios y Transferencias. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales no son de orden relevante.

Resultado AF-19, Observación AF-16 El municipio de Pinos, Zacatecas, no celebró las reuniones de Cabildo ordinarias de los meses de febrero, mayo, septiembre y diciembre de 2011, incumpliendo así con lo previsto en los artículos 41, 46 y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/39-035 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que establece “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegida, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes”. Por lo que se dará seguimiento en revisiones posteriores.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-036 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado AF-20, Observación AF-17 De la revisión llevada a cabo durante la visita de campo, se detectó que el ente auditado no tiene implementadas políticas internas respecto a la solicitud y suministro de refacciones y mantenimiento de vehículos, debido a que no cuenta con bitácoras que le permitan llevar un estricto control de estos rubros.

AF-11/39-037 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar medidas de control interno para el suministro de refacciones y mantenimiento de vehículos, elaborando bitácoras por cada vehículo oficial con el objeto optimizar y transparentar los recursos erogados por los conceptos antes mencionados. Lo

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 28: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/39-038 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Solventa.

Resultado AF-21, Observación AF-18 De la revisión efectuada al expediente del Presupuesto de Egresos presentado por el municipio de Pinos Zacatecas, se detectó que no contiene el Tabulador desglosado de las remuneraciones que deberán percibir los servidores públicos de dicho municipio, de conformidad con los preceptos establecidos en el Decreto número 75 publicado en Periódico Oficial el 11 de diciembre de 2010, que contiene las Reformas y Adiciones a Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

AF-11/39-039 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, elaborar e implementar un Tabulador de Sueldos y Salarios en donde se señalen las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, así mismo someterlo ante el H. Ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la Constitución Política de Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 65 fracción XII, 119 fracción III y 160 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-040 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los

Solventa.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-22, Observación AF-19 Derivado de la revisión practicada al rubro 1000.-Servicios Personales, se llevó a cabo la comparación entre la nómina de personal correspondiente a la segunda quincena del mes de diciembre de 2011 y la Cédula de Autodeterminación de Cuotas Obrero-Patronales del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del mismo mes, observándose que el municipio cuenta con 164 trabajadores que no están afiliados a este sistema de seguridad social. También se detectó que existen 3 personas que se encuentran afiliados al IMSS y no se encuentran en las nóminas del municipio.

AF-11/39-041 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, afiliar ante algún régimen de seguridad social a todos sus trabajadores, así mismo dar de baja a las personas que no tienen relación laboral con el municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 170 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-042 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en

el ámbito de su competencia, realice acciones

de verificación tendientes al cumplimiento de

los aspectos recomendados en el punto que

antecede, e informe de los resultados

obtenidos a esta Auditoría Superior del

Estado.

Solventa.

Resultado AF-23, Observación AF-20 De la revisión efectuada al capítulo 1000.- Sueldos Administrativos, se observó que el municipio no efectuó el cálculo, retención y entero del Impuesto Sobre la Renta relativo a Sueldos, Salarios y Otros Conceptos Asimilables, así como del Subsidio para el Empleo, de tal manera que no se presentan las declaraciones informativas a que se encuentra obligado.

AF-11/39-043 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar el cálculo, retención y entero del Impuesto Sobre la Renta correspondiente a Sueldos, Salarios y Otros Conceptos Asimilables, así como del Subsidio para el Empleo, tal como lo marcan los artículos 102, 113 y 118 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, así mismo cumplir con la obligación de presentar las declaraciones informativas respecto del ya citado impuesto, incumpliendo con las obligaciones inherentes a su cargo señaladas en los artículos 93 fracción IV y 96 fracciones I y XI de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa.

AF-11/39-044 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento

Solventa.

Page 30: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-24, Observación AF-21 Derivado de la revisión practicada a la Secretaría de Gobierno Municipal, se verificó que el Organigrama presentado muestra incongruencias en la jerarquización de los puestos, se observa entre otros, que la Secretaría de Gobierno, Oficialía Mayor, Tesorería, Registro Civil, Obras Públicas, Contraloría Municipal, Desarrollo Agropecuario, Desarrollo Económico, Unidad de Enlace, Asesoría Jurídica, Juzgado Comunitario, Instituto Municipal de Cultura e Inspección de Policía, tienen la misma jerarquía y todos dependen de la Sindicatura; así mismo, Inspección de Alcoholes depende de la Secretaría de Gobierno y ningún Departamento de Tesorería.

AF-11/39-045 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar acciones orientadas a corregir el Organigrama de conformidad con la estructura organizacional que actualmente tiene el municipio, así como someterlo a la autorización del Cabildo. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 147 fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado AF-25, Observación AF-22 Derivado de la revisión al Control Interno y de la visita de campo realizada al ente fiscalizado, se observó que no tienen implementados controles internos para el cómputo de los días laborados por los trabajadores, que permitan corroborar la asistencia de los mismos, y ser fuente de información para el cumplimiento de las obligaciones laborales.

AF-11/39-047 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar controles adecuados para el correcto conteo de los días laborados por lo trabajadores, con el fin de contar con información fidedigna para efecto del cumplimiento de las obligaciones laborales. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio así como en los artículos 7 y 17 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/39-048 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento

Solventa.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-26, Observación AF-23 Derivado del análisis efectuado a la muestra seleccionada de egresos, particularmente la 3701.- Viáticos, se detectó que el ente auditado no tiene implementadas políticas internas respecto al suministro de viáticos, ya que no cuenta con Pliego de Comisión ni con un tabulador de viáticos en el que se señalen tarifas pernoctables y no pernoctables, de acuerdo a los lugares donde deberá realizarse la comisión, tampoco se tienen implementadas reglas para su comprobación.

AF-11/39-049 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal implementar medidas de control y políticas o reglamentos para el rubro de Viáticos, tales como un tabulador aprobado por el H. Ayuntamiento, el cual señale las cuotas autorizadas para las comisiones a diferentes lugares: en el municipio, en el estado, fuera del estado, en el extranjero, además de las cuotas pernoctables y no pernoctables, considerando el Pliego de Comisión y los lineamientos específicos para el otorgamiento y comprobación de los mismos. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

AF-11/39-050 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 ascendió a $69´964,590.00 y fue distribuido de la siguiente manera: $66’466,360.00 que representa el 95.00% para Infraestructura Básica de Obras, $2´098,938.00 para Gastos Indirectos que representa el 3.00% y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional por $1´399,292.00. Al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 93.48% y revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el año 2011 se recibió un monto de $30,484.00 derivado de Rendimientos del ejercicio anterior, los cuales a la fecha de revisión fueron aplicados en la adquisición de un transformador para Agua Potable, herrería para Escuela Primaria y Mejoramiento a Viviendas. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 El Consejo de Desarrollo Municipal aprobó la aplicación de recursos del Fondo III, por un monto de $1´543,726.82 para la realización de cuatro obras improcedentes, las cuales fueron ejercidas al 31 de diciembre de 2011 por la misma cantidad, observando que dicha aprobación y ejecución infringe lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, al no corresponder a Infraestructura Básica de Servicios que beneficien directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema. Dichas obras se listan a continuación:

No. de Obra Descripción Localidad Monto Aprobado/Ejercido

1139079

APORTACIÓN A CONVENIO CON GOBIERNO DEL ESTADO Y SEDESOL PARA EL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE USOS MÚLTIPLES EN BARRIO LOS ARQUITOS.

PINOS $ 837,870.00

1139081

REHABILITACIÓN O MANTENIMIENTO DE RED ELÉCTRICA EN LA UNIDAD DEPORTIVA.

PINOS 33,250.00

1139098

APORTACIÓN A CONVENIO CON GOBIERNO DEL ESTADO Y SEDESOL PARA EL PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO EN PINOS.

PINOS 546,676.00

1139001DI

ACONDICIONAMIENTO DE ESPACIOS FÍSICOS (PRIVADO PRESIDENCIAL)

PINOS 125,930.82

TOTAL $ 1,543,726.82

PF-11/39-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C.P. Herminio Briones Oliva, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, por haber ejercido recursos en obras improcedentes por un monto de $1,543,726.82, las cuales no corresponden a Infraestructura Básica de Servicios que beneficien directamente a sectores de la población que se encuentran en condiciones de rezago social y pobreza extrema, incumpliendo lo establecido en los artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, así como las obligaciones inherentes a su cargo, previstas en la Ley Orgánica del Municipio y el artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado PF-03, Observación PF-03 PF-11/39-003 Recomendación No solventa, en virtud

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

De los recursos del Fondo III ejercicio 2011, el Consejo de Desarrollo Municipal aprobó inicialmente un importe de $260,000.00 para la ejecución de la obra "Rehabilitación o mantenimiento de red eléctrica en la comunidad Cerro de Dolores", sin embargo el municipio anexa como soporte documental facturas de distintos proveedores señalando dentro de la descripción de conceptos la adquisición de implementos procesadores de leche, los cuales fueron entregados a los beneficiarios de la comunidad, ejerciéndose al 31 de diciembre de 2011 el importe aprobado, presentando la documentación comprobatoria correspondiente. De lo anterior, se observa que la ejecución de dicha obra difiere de la inicialmente programada, sin que el municipio presente acta del Consejo de Desarrollo Municipal por el cambio realizado, lo que contribuye a un inadecuado control programático y presupuestal en el manejo de los recursos de dicho Fondo.

Se recomienda al Ente Fiscalizado, que cuando se realicen modificaciones respecto de las obras inicialmente aprobadas con recursos del Fondo III, se exhiba el acta del Consejo de Desarrollo Municipal que autorice las modificaciones realizadas, detallando los nombres de las obras y/o acciones, ubicación e importes de cada una de éstas, de manera que se lleve un control adecuado en la planeación, programación y presupuestación de los recursos del Fondo ya citado.

de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

PF-11/39-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Derivado del análisis al flujo de efectivo realizado a la cuenta bancaria número 0180802379 de la institución BBVA Bancomer, S.A., denominada Fondo III 2011 y con base en el auxiliar de Bancos del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), se detectaron erogaciones por el orden total de $403,005.00, sin presentar pólizas cheque ni el soporte documental correspondiente que permita corroborar el destino y aplicación de los recursos erogados. El detalle de lo anterior, se lista a continuación:

FECHA NO. CHEQUE IMPORTE

04/10/2011 383 $ 7,769.42

04/10/2011 384 7,769.42

04/10/2011 385 7,769.42

04/10/2011 386 7,769.42

04/10/2011 387 7,769.42

04/10/2011 388 7,769.42

04/10/2011 389 7,769.42

04/10/2011 390 7,769.42

PF-11/39-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $403,005.00, relativo al importe de los cheques expedidos de la cuenta bancaria número 0180802379 de la institución BBVA Bancomer, S.A., detallados en el Resultado que antecede, de los cuales el municipio no exhibió las pólizas cheque ni el soporte documental respectivo que justifique su aplicación en obras y/o acciones autorizadas del Fondo III. Dicho pliego emitido a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora, Bertha Alicia Cisneros Velázquez y C.P. Herminio Briones Oliva, quienes se desempeñaron durante el período del 1º de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente y Tesorera Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero y Directos los demás funcionarios, con fundamento en los artículos 74 fracción III y V, 93 fracción IV, 96

Se solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

04/10/2011 391 7,769.42

04/10/2011 392 7,769.42

04/10/2011 393 7,769.42

04/10/2011 394 7,769.42

04/10/2011 395 7,769.42

04/10/2011 396 7,769.42

04/10/2011 397 7,769.42

04/10/2011 398 7,769.42

04/10/2011 399 7,769.42

04/10/2011 402 7,769.42

13/12/2011 492 7,769.42

13/12/2011 493 7,769.42

13/12/2011 494 7,769.42

13/12/2011 495 7,769.42

13/12/2011 496 7,769.42

13/12/2011 497 7,769.42

13/12/2011 498 7,769.41

13/12/2011 499 7,769.41

13/12/2011 500 7,769.41

13/12/2011 501 7,769.41

13/12/2011 502 7,769.41

13/12/2011 503 7,769.41

13/12/2011 504 7,769.41

13/12/2011 505 7,769.41

13/12/2011 506 7,769.41

13/12/2011 507 7,769.41

13/12/2011 508 7,769.41

13/12/2011 509 7,769.41

20/12/2011 554 123,306.00

TOTAL $ 403,005.00

fracción I y XV, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal, 7 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Funcionarios Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-05, Observación PF-05 De los recursos aprobados en Fondo III, se realizaron erogaciones dentro de los rubros de Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional correspondientes al suministro de combustible, mantenimiento y refacciones para vehículos, de lo cual se detectó que los servicios y reparaciones se realizan a los vehículos particulares de los funcionarios municipales, en virtud de que algunos vehículos oficiales se encuentran descompuestos y fuera de servicio y por tanto no son suficientes para realizar las actividades propias del municipio; sin embargo dichas acciones son improcedentes al existir afectación al postulado básico de Contabilidad Gubernamental del Ente y no transparentan la aplicación de los recursos, motivo por el cual el municipio deberá tomar las acciones necesarias y ajustarse a los medios de transporte con los que cuenta cada una de las áreas del Ayuntamiento.

PF-11/39-006 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que con relación al suministro de combustible, mantenimiento y refacciones para vehículos de particulares de funcionarios municipales utilizados en actividades propias del municipio, se evite este tipo de acciones, ajustándose a los medios de transporte con los que cuentan cada una de las áreas del Ayuntamiento, debiendo programar el mantenimiento y reparación de los ya existentes ó en su caso, adquirir vehículos nuevos y/o seminuevos, con el fin de llevar a cabo una correcta aplicación de los recursos en vehículos propios del municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

PF-11/39-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-06, Observación PF-06 De los recursos del Fondo III, se realizaron erogaciones por concepto de combustible, de los cuales se exhibió el soporte documental respectivo, sin embargo se omitió presentar las bitácoras de consumo que contengan: características de los vehículos y/o maquinaria oficial en que se utilizó, cantidad, kilometraje de inicio y final de cada salida, lugar y motivo de la comisión y firma de las personas a quienes están asignados y autorizados por los funcionarios municipales responsables.

PF-11/39-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo, y en lo que se refiere a las erogaciones por concepto de combustible efectuadas con recursos del Fondo III, se cuente con un control interno adecuado integrando las bitácoras de consumo, las cuales deben ser requisitadas en su totalidad, conteniendo: características de los vehículos y/o maquinaria oficial en que se utilizó, cantidad, kilometraje al inicio y al final de cada salida, lugar y motivo de la comisión, además de estar firmadas por quien solicita y por el funcionario municipal que autoriza el suministro del mismo. Lo anterior con el fin de transparentar el ejercicio de los recursos y uso del combustible en actividades propias del municipio.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

PF-11/39-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado PF-07, Observación PF-07

Derivado del análisis al Informe de Avance

Físico Financiero de recursos del Fondo III al 31

de diciembre de 2011, el municipio aprobó la

realización de 91 obras, de las cuales se

encontraron 14 sin iniciar y 77 en proceso,

incumpliendo con las metas y objetivos del

ejercicio fiscal para el cual fueron autorizados, lo

que denota un inadecuado control programático y

presupuestal, afectando por lo tanto a los

beneficiarios de las obras conforme a lo señalado

en la Ley de Coordinación Fiscal, Ley del

Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y

Presupuesto de Egresos Federal, Estatal y

Municipal.

PF-11/39-010 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que en lo referente a la programación, presupuestación y aplicación de los Recursos Federales del Fondo III, se establezca un sistema de control que permita el cumplimiento de metas y objetivos de las obras a ejecutar dentro del ejercicio fiscal para el cual fueron autorizadas, conforme a lo señalado en la Ley de Coordinación Fiscal, Ley del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y Presupuesto de Egresos Federal y Municipal.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-11/39-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Responsabilidades Administrativas

Resultado PF-08, Observación PF-08

De los recursos aprobados en Fondo III se

programaron obras para “Rehabilitación y

mejoramiento a la Vivienda”, presentando el

municipio los expedientes unitarios con la

documentación técnica, social y financiera, sin

embargo no exhibe estudios socioeconómicos de

los beneficiados con dicho programa que

determinen la selección de los mismos, dando

prioridad a la satisfacción de las necesidades

básicas de las personas con escasos recursos.

PF-11/39-012 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que para la aprobación y ejecución de programas de Mejoramiento de Vivienda en beneficio de personas de bajos recursos, además de presentar los expedientes unitarios con la documentación técnica, social y financiera, se realicen los estudios socioeconómicos correspondientes para otorgar dichos apoyos, dando certeza de la condición social y necesidades básicas de las personas beneficiadas y demostrando la correcta aplicación de los recursos del Fondo III.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

PF-11/39-013 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-09, Observación PF-09 Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III ejercicio fiscal 2011, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los diferentes rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-11/39-014 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma de decisiones.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $30´445,678.00, se destinaron conforme a lo siguiente: $18´298,108.00 para Obligaciones Financieras que representa el 60.10%, $919,488.00 para Seguridad Pública que representa el 3.02%, $11´168,082.00 para Infraestructura Social Básica de Obras y Acciones representando el 36.68% y el 0.20% restante para Adquisiciones por $60,000.00. Al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 85.02% y revisados documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2011 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $12,074.00. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-10, Observación PF-10 De la acción número 1139001 “Pago de pasivos”, el municipio realizó adquisiciones con recursos del Fondo IV, de las cuales se exhibe el expediente unitario con la totalidad del soporte documental, sin embargo no se exhibió copia de los vales de resguardo de los bienes adquiridos, debidamente validados por los funcionarios municipales y las personas responsables de los mismos. Cabe mencionar que dichas adquisiciones se verificaron físicamente al servicio de las actividades propias del municipio.

PF-11/39-015 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en lo sucesivo, tratándose de adquisiciones con Recursos Federales del Fondo IV, se elaboren los vales de resguardo de las mismas, en los que se indiquen las características del bien, incluyendo entre otras: marca, modelo, número de serie, área de adscripción, características, nombre y firma del responsable anexando copia de identificación oficial del mismo, nombre y firma del funcionario que autoriza, así como reporte fotográfico, incluyendo al Síndico como responsable de los Activos Fijos y del Contralor Municipal para su validación, integrando copia del mismo al expediente unitario y conservar el original en los archivos de los inventarios, a fin de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-11/39-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal actual, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados de su actuación a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Page 38: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-11, Observación PF-11 De la acción número 1139001 denominada “Pago de pasivos”, el municipio realizó erogación por el orden de $237,281.00 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A. mediante el cheque número 04 de fecha 16/03/2011 por el citado importe a favor del proveedor J. Socorro Mata Bocanegra, exhibiendo dentro del soporte documental las facturas números 871 y 872 de fechas 30/12/2010 y 11/01/2011 por la cantidades de $127,637.92 y $26,750.00 respectivamente, totalizando $154,387.92, por concepto de suministro de abarrotes varios, de las cuales no se presenta evidencia documental que justifique el destino y aplicación de los recursos erogados.

PF-11/39-017 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $154,387.92 a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C.P. Herminio Briones Oliva quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero citado y Directo el segundo funcionario, relativo a la expedición del cheque número 04 de fecha 16/03/2011 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A. a favor del proveedor J. Socorro Mata Bocanegra, por un importe de $237,281.00, por la adquisición de abarrotes varios, soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento legal en los artículos 17 fracción XIV, 7 segundo párrafo y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; artículo 74 fracción III, V y XII y 97 de la Ley Orgánica del Municipio, 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Zacatecas y artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal.

No Solventa

Resultado PF-12, Observación PF-12 De la acción número 1139001 denominada “Pago de pasivos”, el municipio realizó erogación por el

PF-11/39-018 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado

No Solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

orden de $40,800.00 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A. mediante el cheque número 07 de fecha 16/03/2011 por el citado importe a favor del proveedor de servicios Autotransportes Unidos del Centro S.A. de C.V. exhibiendo como soporte documental las facturas números 1101, 1102 y 1103 todas de fechas 11/01/2011 por las cantidades de $23,000.00, $13,000.00 y $4,800.00 respectivamente, totalizando $40,800.00, por concepto de viajes a diferentes puntos de la República, de las cuales no se presenta evidencia documental que justifique la aplicación de los recursos erogados.

formulará Pliego de Observaciones por un monto de $40,800.00 a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C.P. Herminio Briones Oliva quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero citado y Directo el segundo funcionario, relativo a la expedición del cheque número 07 de fecha 16/03/2011 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A. a favor del proveedor de servicios Autotransportes Unidos del Centro S.A. de C.V., por el importe mencionado, por viajes a diferentes puntos de la República, soportados financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen la aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento legal en los artículos 17 fracción XIV, 7 segundo párrafo y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; artículo 74 fracción III, V y XII y 97 de la Ley Orgánica del Municipio, 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Zacatecas y artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resultado PF-13, Observación PF-13 De la acción número 1139001 denominada “Pago de pasivos”, el municipio realizó la erogación por el orden de $140,033.00 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A.

PF-11/39-019 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de

No Solventa

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

según cheque número 19 de fecha 16/03/2011 por el citado importe a favor del proveedor Juan Nicolás Fernández Pérez exhibiendo como soporte documental las facturas números 4374, 4465 y 4488 de fechas 21/10, 18/11 y 30/11/2010 por las cantidades de $59,520.03, $40,623.75 y $39,890.00, totalizando un monto de $140,033.78, por concepto de suministro de artículos de línea blanca y mueblería, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio.

$140,033.00 a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C.P. Herminio Briones Oliva quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 01 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero citado y Directo el segundo funcionario, relativo a la expedición del cheque número 19 de fecha 16/03/2011 de la cuenta bancaria número 0180803197 del Banco BBVA Bancomer, S.A. a favor del proveedor Juan Nicolás Fernández Pérez, por el importe citado, soportado financieramente, sin embargo no se presentan elementos probatorios que justifiquen el destino y aplicación de los recursos erogados en actividades propias del municipio. Lo anterior con fundamento legal en los artículos 17 fracción XIV, 7 segundo párrafo y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; artículo 74 fracción III, V y XII y 97 de la Ley Orgánica del Municipio, 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Zacatecas y artículos 33 y 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resultado PF-14, Observación PF-14 De la acción número 1139001 “Pago de pasivos”, el municipio expidió de la cuenta bancaria del Fondo IV número 0180803197 de BBVA Bancomer, S.A., el cheque número 21 de fecha 16/03/2011 a favor del proveedor Arturo Abel Quiñonez Amezquita por un monto de $32,514.00, soportado documentalmente con las facturas números 4466 y 4486 de fechas 05/01/2011 y 04/02/2011 por $19,279.20 y $4,500.00 respectivamente,

PF-11/39-020 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $23,779.20, relativo a 3 radios marca Kenwood, modelos TK-2170 (dos) y un TK-2102G cuyo costo fue de $19,279.20 y $4,500.00 respectivamente,

Se solventa

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totalizando un importe de $23,779.20 expedidas por el citado proveedor en las que se incluyen: 2 radios marca Kenwood modelo TK-2170 y 1 radio marca Kenwood modelo TK-2102G, de los cuales falta anexar vales de resguardo en los que se indique entre otros: área de adscripción, características, nombre y firma del responsable anexando copia de identificación oficial del mismo, nombre y firma del funcionario que autoriza, así como reporte fotográfico de los mismos. De lo anterior el municipio presenta oficio número 184/2012 suscrito por el Oficial Mayor, informando lo siguiente: ….."que el resguardo de los bienes citados no se ha elaborado".... Además, se anexa oficio número 063/2012 de fecha 16/02/2012 firmado por el C. Rigoberto Reyes Briones, Director de Seguridad Pública, el cual manifiesta que a la fecha de tomar el cargo de la citada Dirección no se encontraron 3 radios marca Kenwood, modelos TK-2170 (dos) y un TK-2102G. De lo manifestado por el municipio y en específico por el Director de Seguridad Pública demuestra la inexistencia de los radios antes citados.

mismos que por manifestación del municipio no existen físicamente, adquiridos mediante el cheque número 21 de fecha 16/03/2011 de la cuenta bancaria de Fondo IV número 0180803197 de BBVA Bancomer, S.A. por el importe de $32,514.00 a favor del proveedor Arturo Abel Quiñonez Amezquita y soportado documentalmente con las facturas números 4466 y 4486 de fechas 05/01/2011 y 04/02/2011 por $19,279.20 y $4,500.00 respectivamente, totalizando un importe de $23,779.20, en las que se incluyen los bienes antes descritos. Dicho pliego emitido a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora, Esthela Campos Rivera y C.P. Herminio Briones Oliva quienes se desempeñaron como Presidente y Síndica Municipales y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, durante el periodo del 1º de enero al 31 de diciembre de 2011, en la modalidad de Responsables Subsidiario el primero y Directos los demás funcionarios, con fundamento en los artículos 74 fracción III, X y XXIV, 78 y 185 fracción V, 97 y 155, 156 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, 7, 39 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 49 fracción II de la Ley de Coordinación Fiscal y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-15, Observación PF-15 De los recursos del Fondo IV, se aprobó la obra número 1139036 denominada “Aportación para la construcción de calles, adquisición de 400 toneladas de cemento (programa peso por peso, convenio con

PF-11/39-021 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de

No Solventa

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SECOP), cobertura Municipal”, para la cual se realizaron erogaciones por $390,000.00, soportados con las pólizas de los cheques números 84, 85, 86 y 87 de fechas 05, 06, 07 y 08 de octubre de 2011 de la cuenta bancaria de Fondo IV número 0180803197 de BBVA Bancomer, S.A., por $97,500.00 cada uno totalizando $390,000.00, soportados con los recibos oficiales números 6388043, 6388044, 6388045 y 6388046 todos de fecha 06/10/2011 por $97,500.00 cada uno, totalizando $390,000.00, además se anexa convenio de colaboración entre GODEZAC (Obras Públicas) y el Ayuntamiento número 064-2011 el cual señala una estructura financiera de $390,000.00 por cada una de las partes, lo que involucra un monto de $780,000.00, relativo a 400 toneladas, fechado el 22/08/2011. Sin embargo, no anexan programa de obras a realizar, en el que conste las metas y cantidad de cemento programado en cada una de las obras, con nombre y firma de funcionarios municipales que autorizan, incluyendo al Contralor Municipal para su validación, así como documentación técnica y social de las obras realizadas, que incluya: reporte fotográfico, generadores de obra de trabajos realizados, metas alcanzadas y actas de entrega recepción que demuestren documentalmente la ejecución y término de las obras programadas con la aplicación del cemento. Aunado a lo anterior, no presenta recibos y/o vales por la entrega del cemento, con nombre y firma de los responsables de las obras que lo recibieron y funcionarios que autorizan.

$390,000.00 relativo a erogaciones de la cuenta bancaria de Fondo IV número 0180803197 de BBVA Bancomer, S.A., por concepto de adquisición de 200 toneladas de cemento, es conveniente señalar que en virtud de que las mismas fueron adquiridas mediante el Programa Peso x Peso, para efectos de solventación deberán exhibir el programa de obras a realizar con 400 toneladas de cemento, en dicho programa deberán constar las metas y cantidad de cemento programado en cada una de las obras, con nombre y firma de funcionarios municipales que autorizan, incluyendo al Contralor Municipal para su validación, así como documentación técnica de las obras realizadas, que incluya: reporte fotográfico, generadores de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas y acta de entrega recepción que demuestre documentalmente la ejecución y término de las obras programadas con la aplicación del cemento. Aunado a lo anterior, deberán presentar los recibos y/o vales por la entrega del cemento, con nombre y firma de los responsables de las obras que lo recibieron y funcionarios que autorizan. Dicho pliego emitido a los CC. Profr. Gustavo Uribe Góngora y C.P. Herminio Briones Oliva quienes se desempeñaron como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 en su carácter de Responsables Subsidiario el primero citado y Directo el

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segundo mencionado. Lo anterior con fundamento en los artículos 17 fracción XIV, 7 segundo párrafo y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 74 fracción III, V y XII, 93 fracción IV, 96 fracción I, 97, 99 fracción VI, 179, 182 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 119 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

Resultado PF-16, Observación PF-16 Al cotejar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV ejercicio fiscal 2011, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los diferentes rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-11/39-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma de decisiones.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa 3x1 para Migrantes se revisaron recursos por un monto total de $7´244,236.23 correspondiente a la muestra de dos obras, mismas que fueron aprobadas en los rubros de Agua Potable y Alcantarillado. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar

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PROGRAMA DE DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Del Programa Desarrollo de Zonas Prioritarias se revisaron recursos por un monto total de $2´817,091.14 correspondiente a la muestra de cuatro obras, mismas que fueron aprobadas en los rubros de Alcantarillado y Electrificación. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para la ejecución del Programa Municipal de Obras periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, se asignó un monto de $4,200,000.00; al 31 de diciembre se ejerció un monto de $3'361,365.55, presentando subejercicio del 19.96%, así mismo según el informe al 31 de diciembre de 2011 presentado por el municipio, las 13 obras programadas se terminaron, por lo que existe cumplimiento en la programación y ejecución del Programa Municipal de Obras.

Resultado OP- 01, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 17 (diecisiete) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-02, Observación OP -01. Para la obra "Ampliación de red eléctrica, La Cruz"; se aprobó del Fondo III un monto de $1'171,620.00, para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 37 postes de concreto12-750, 17 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 7 transformadores auto protegido de 15 KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, lo anterior en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva, así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por $117,162.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 152, 153, 426, 463 y 529 de fechas 12 de julio, 12 de julio, 9 de noviembre, 1 de diciembre y 20 de diciembre todos del año 2011, por los importes de $351,486.00, $369,060.30, $123,020.10, $164,026.80 y $164,026.80, totalizando la cantidad de $1'171,620.00, amparada con las facturas números 19, 26, 25, 51 y 78 de fechas 1 de julio, 1 de julio, 28 de octubre, 24 de noviembre y 21 de diciembre todas del año 2011, por cada uno de los montos ya referidos de ELYCA S.A de C.V.

OP-11/39-001 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $117,162.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red eléctrica, La Cruz" realizada mediante el Fondo III, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Se solventa

Resultado OP-03, Observación OP -02.

Para la obra "Ampliación de red eléctrica, Pedregoso"; se aprobó del Fondo III un monto de $1'108,620.00, para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 35 postes de concreto12-750, 15 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 4 transformadores auto protegido de 15

OP-11/39-002 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron

Se solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de $110,862.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 91, 154, 427, 464 y 530 de fechas 1 de junio, 12 de julio, 9 de noviembre, 1 y 20 de diciembre todos del año 2011, por los importes de $332,586.00, $349,215.30, $116,405.10, $155,206.81 y $155,206.79, totalizando la cantidad de $1'108,620.00, amparada con las facturas números 4 Q, 20 Q, 20, 46 y 73 de fechas 31 de mayo, 1 de julio, 28 de octubre, 24 de noviembre y 21 de diciembre todas del año 2011, por los importes ya referidos de ELYCA S.A. de C.V.

como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $110,862.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red eléctrica, Pedregoso" realizada mediante el Fondo III, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Resultado OP-04, Observación OP -03. Para la obra "Ampliación de red eléctrica, La Vaquita"; se aprobó del Fondo III un monto de $1'108,620.00, para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 35 postes de concreto12-750, 19 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 6 transformadores auto protegido de 15 KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de

OP-11/39-003 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel

Se solventa

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

$110,862.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 92, 155, 428, 465 y 531 de fecha 1 de junio, 12 de julio, 9 de noviembre, 1 y 20 de diciembre todos del año 2011, por los importes de $332,586.00, $349,215.30, $116,405.10, $155,206.81 y $155,206.79, totalizando la cantidad de $1'108,620.00, amparada con las facturas 3 Q, 21 Q, 21, 47 y 7, de fechas 31 de mayo, 1 de julio, 28 de octubre, 24 de noviembre y 21 de diciembre todas del año 2011, por los importes ya referidos de ELYCA S.A de C.V.

Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $110,862.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red eléctrica, La Vaquita" realizada mediante el Fondo III, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Resultado OP-05, Observación OP -04 Para la obra "Ampliación de red eléctrica, Estancia de Guadalupe"; se aprobó del Fondo III un monto de $819,000.00, para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 26 postes de concreto12-750, 14 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 3 transformadores auto protegido de 15 KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de $82,100.00 Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 93, 156, 429, 466 y 532 de fechas 1 de junio, 12 de julio, 9 de noviembre, 1 y 20 de diciembre todas del año 2011, por los importes de $245,700.00, $257,985.00, $85,995.00, $114,660.00 y $114,860.00 totalizando la cantidad de $819,200.00, amparada con las facturas 6 Q, 22 Q, 22, 48 y 75 de

OP-11/39-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $82,100.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red eléctrica, Estancia de Guadalupe" realizada mediante el

Se solventa

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

fechas 31 de mayo, 1 de julio, 28 de octubre, 24 de noviembre y 21 de diciembre todas del año 2011, por los importes ya referidos de ELYCA S.A. de C.V.

Fondo III, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Resultado OP-06, Observación OP -05 Para la obra "Ampliación de red eléctrica, Ahijaderos"; se aprobó del Fondo III un monto de $1,234,620.00 para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 38 postes de concreto12-750, 19 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 6 transformadores auto protegido de 15 KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de $128,970.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 192, 310, 436, 474 Y 561 de fecha 15 de julio, 13 de septiembre, 9 de octubre, 2 y 30 de diciembre todas del año 2011, por los importes de $370,386.00, $386,151.30, $128,717.10, $171,622.80 y $177,742.80 totalizando la cantidad de $1'234,620.00, amparada con las facturas 33 Q, 7, 31, 57 y 85 de fecha 22 de julio, 6 de septiembre, 28 de octubre, 24 de noviembre y 21 de diciembre todas de año 2011, por los importes ya referidos de ELYCA S.A de C.V.

OP-11/39-005 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $128,970.00, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red eléctrica, Ahijaderos" realizada mediante el Fondo III, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y

Se solventa

Page 51: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

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demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Page 52: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-07, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-08, Observación OP -06 Para la obra "Construcción de sistema, línea de conducción y red de distribución de agua potable, Refugio de Los Ortiz", se aprobó en el Programa 3x1 para Migrantes un monto de $3'870,312.00, para instalación electromecánica, caseta de cloración, depósito de mampostería, línea de conducción y línea de distribución. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva, así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de $41,760.00. Derivado de la revisión documental se constató la liberación parcial del recurso mediante las pólizas de los cheques números 44 y 51 de fechas 4 de octubre de 2011 y 10 de noviembre de 2011 por los importes de $559,180.00 y $847,594.48, totalizando la cantidad de 1'406,774.48, amparada con las facturas 1829 y 1830 de fechas 29 de septiembre de 2011 y 12 de octubre de 2011 por los importes ya referidos de J. Artemio Uribe Villanueva. Así mismo se liberó mediante pólizas de los cheques números 43 y 50 de fecha 4 de octubre de 2011 y 10 de noviembre de 2011 por los importes de $601,913.00 y 912,655.00 por un monto total de $1'514,568.00, amparado con las facturas 1827 y 1831 de fechas 29 de septiembre de 2011 y 12 de octubre de 2011, por los importes ya referidos de J. Artemio Uribe Villanueva. Con base en lo anterior existen recursos aún no liberados por la cantidad de $948,969.52. Así mismo derivado de la revisión documental se detectó que la obra incumplió con la normatividad aplicable respecto a la adjudicación misma que fue asignada mediante invitación a cuando menos tres contratistas; incumpliendo con el Presupuestos de Egresos de la Federación ejercicio fiscal 2011 y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ya que con base en el monto aprobado, la obra debió adjudicarse por Licitación Pública.

OP-11/39-006 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora; Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones; así mismo Director de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 por haber adjudicado mediante invitación a tres personas, la obra denominada "Construcción de sistema, línea de conducción y red de distribución de agua potable, Refugio De Los Ortiz", realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, siendo que por el monto aprobado de $3'870,312.00 debió haberse adjudicado por Licitación Pública; al no existir justificación del no cumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Públicos Relacionadas con las Mismas, proceso que fue omitido por los servidores públicos del municipio de Pinos quienes son los responsables directos de licitar, evaluar, analizar, presupuestar, vigilar, y autorizar todos y cada uno de los procesos que involucran la realización de este tipo de obras, aún y cuando el Ente Fiscalizado cuenta con el personal capacitado para realizar todas y cada una de las actividades relativas a la licitación y vigilancia de este tipo de obras, con fundamento en lo establecido en el Anexo No. 17 del Presupuesto de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Page 54: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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Egresos de la Federación para el ejercicio 2010 y por haber incumplido las obligaciones inherentes a su cargo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 fracciones I y XXII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-11/39-007 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realice las acciones que considere necesarias para que la obra "Construcción de sistema, línea de conducción y red de distribución de agua potable, Refugio De Los Ortiz", realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, sea puesta en operación y cumpla con el fin para lo cual fue creada, presentando a esta Entidad Fiscalizadora acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal en la que manifieste que la obra está operando y el oficio de contratación ante la Comisión Federal de Electricidad como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-11/39-008 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

Resultado OP-09, Observación OP-07 Para la obra "Construcción de alcantarillado, La Lobeña" se aprobó en el Programa 3x1 para Migrantes un monto de $3'985,040.00, destinado a 5,000.00 ml de tubería de PVC de 10" y 82 pozos de visita. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró en proceso, se observó el suministro y colocación de 4,844.45 ml de tubería de PVC de 10" y la construcción de 80

OP-11/39-009 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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pozos de visita con un avance físico del 95%, faltando por suministrar y colocar 164.00 ml de tubería de 10" de colector por un importe de $42,687.56 el cual se conectará a la fosa propuesta y 2 pozos de visita por un importe de $14,891.70, mismos que ascienden a la cantidad de $57,579.26. Es conveniente señalar que la obra no cuenta con planta de tratamiento y/o fosa séptica. Derivado de la revisión documental se constató la liberación parcial del recurso mediante las pólizas de los cheques números 38, 49 y 68 de fechas 26 de septiembre, 10 de noviembre, y 5 de diciembre todos del año 2011, por los importes de $478,205.00, $358,112.93 y $553,527.38, sumando un total de $1’389,845.31, amparado con las facturas 529, 538 y 542 de fechas 22 de septiembre, 17 de octubre, y 22 de noviembre todas del año 2011 por cada uno de los importes ya referidos, de Bonaterra Construcciones S.A. de C.V. Así mismo se liberó mediante pólizas de los cheques números 37, 48 y 67 de fechas 26 de septiembre, 10 de noviembre, y 2 de diciembre todas del año 2011, por los importes de: $717,307.00, $513,939.28 y $754,501.94 sumando un total de 1’985,748.22, amparado con las facturas números 151, 118 y 132 de fechas 20 de septiembre, 24 de octubre, y 21 de noviembre todas del año 2011 por cada uno de los importes ya referidos, de Urbanizaciones Zapotlanejo S.A. de C.V. Con base en lo anterior existen recursos aún no liberados por la cantidad de $609,446.47. Así mismo derivado de la revisión documental se detectó que la obra incumplió con la normatividad aplicable respecto a la adjudicación ya que fue asignada mediante invitación a cuando menos tres contratistas; incumpliendo con el Presupuesto de Egresos de la Federación ejercicio fiscal 2011 y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ya que con base en el monto aprobado, la obra debió adjudicarse por Licitación Pública.

Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora; Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones; así mismo Director de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011; por haber adjudicado mediante invitación a tres personas, la obra denominada "Construcción de alcantarillado, La Lobeña", realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, siendo que por el monto aprobado de $$3'985,040.00 debió haberse adjudicado por Licitación Pública; al no existir justificación del no cumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Públicos Relacionadas con las Mismas, proceso que fue omitido por los servidores públicos del municipio de Pinos quienes son los responsables directos de licitar, evaluar, analizar, presupuestar, vigilar, y autorizar todos y cada uno de los procesos que involucran la realización de este tipo de obras, aún y cuando el Ente Fiscalizado cuenta con el personal capacitado para realizar todas y cada una de las actividades relativas a la licitación y vigilancia de este tipo de obras, con fundamento en lo establecido en el Anexo No. 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2010 y por haber incumplido las obligaciones inherentes a su cargo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 fracciones I y XXII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

OP-11/39-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal realice las acciones que considere necesarias ante las instancias correspondientes para la programación y construcción de una planta tratadora de aguas negras que cumpla con las

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la

Page 56: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

especificaciones correspondientes y/o fosa séptica, a fin de que la obra “Construcción de alcantarilladlo, La Lobeña", realizada mediante el Programa 3x1 para Migrantes, pueda ser puesta en operación y cumpla con el fin para el cual fue creada, así mismo realizar las acciones conducentes para que la obra en cita sea concluida presentando a esta Entidad de Fiscalización acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal manifestando que la obra se encuentra en operación, lo anterior con fundamento en los artículos 120 y 121 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas; artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio; y 49 párrafo cuarto de la Ley de Coordinación Fiscal.

recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-11/39-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada

Page 57: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP-10, Observación OP- 08 Para la obra "Ampliación de red electrificación, La Esmeralda"; se aprobó un monto del Ramo 20: Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias de $558,069.40, para ampliación de red eléctrica consistente en la colocación de 19 postes de concreto12-750, 8 lámparas suburbanas de vapor de mercurio, 3 transformadores auto protegido de 15 KVA y accesorios. Durante la revisión física realizada el día 1 de marzo de 2012, la obra se encontró terminada y sin operar, en virtud de que no se realizó ante la Comisión Federal de Electricidad el trámite de la libranza respectiva así como el pago de los derechos de alumbrado público; conceptos contemplados en el presupuesto contratado por un importe de $55,606.90. Derivado de la revisión documental se constató la liberación total del recurso mediante las pólizas de los cheques números 67, 86, 107, 112 y 114 de fechas 15 de julio, 13 de septiembre, 10 de noviembre, 5 y 30 de diciembre todas del año 2011, por los importes de $167,421.00, $174,891.60, $58,297.20, $77,729.60 y $79,730.00, por un monto total de $558,069.40, amparado con las facturas 44 Q, 17, 40, 66 y 93 de fechas 22 de julio, 6 de septiembre, 28 de octubre, 24 de noviembre, y 21 de diciembre todas del año 2011, por cada uno de los importes ya referidos de ELYCA S.A de C.V.

OP-11/39-012 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daños y perjuicios al erario público municipal de Pinos, Zac., a quienes se desempeñaron como: Presidente Municipal, C. Profr. Gustavo Uribe Góngora (subsidiario); Director de Desarrollo Económico y Social, L.C. Herminio Briones (directo); así mismo Directores de Obras Públicas, el C. Francisco Guardado Molina periodo del 1 de enero al 19 de octubre de 2011 (directo) y Profr. Ezequiel Palacios Rivera periodo del 20 de octubre al 31 de diciembre de 2011 (directo) y el contratista de la obra ELYCA S.A. de C.V. (solidario) ; por la cantidad de $55,606.90, por conceptos pagados no ejecutados en la obra denominada "Ampliación de red electrificación, La Esmeralda" realizada mediante Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, consistentes en la energización de la línea eléctrica, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo el oficio de contratación del servicio ante la Comisión Federal de Electricidad, acta de sitio en la cual intervenga el Contralor, memoria fotográfica y demás documentación que sea necesaria como constancia de que se ha dado cumplimiento.

Se solventa

Page 58: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

FONDO III Y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES – INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-11, Observación OP-09 Derivado de la revisión documental de las obras que constituyeron la muestra de auditoría, se detectó en los expedientes unitarios falta de integración de documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, fundamentalmente en: fianzas de anticipo, cumplimiento y vicios ocultos, bitácora, y acta de entrega recepción.

OP-11/39-013 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado en lo sucesivo, tome las medidas que sean pertinentes para llevar a cabo la adecuada integración de los expedientes unitarios de las obras conteniendo toda la documentación que se debe generar en las diferentes fases de ejecución de las mismas, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior, artículos, 30 fracción IV, 85 fracción I y II y 116 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado Zacatecas y artículo 7, 18 fracción II, 26, 23 fracción III, 62, 65, 86 fracciones V y XI, 88 fracción IV, de su Reglamento, artículos, 21 fracciones XI y XIV, 34 fracción II, 52 fracción II, 48 fracciones I y II, 64 fracción I y 66 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (Federal), y artículo 113 fracción IX, de su Reglamento, artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

OP-11/39-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-12, Observación OP -10 Se observa que en cuanto a Relleno Sanitario, el municipio cumple en un 42.1% de mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura, así pues la verificación física de nuestro examen revela que no existe un Relleno Sanitario como tal, sólo cuentan con un tiradero (basurero), ubicado a 1.5 km del área urbana ocupando un área de 2.5 hectáreas aproximadamente, además no cuentan con estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la protección del medio ambiente y dentro de los cuales incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y subterránea, asimismo la flora y la fauna. Evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con cerca perimetral, carece de caseta de vigilancia y manuales de operación, no se tiene control en el acceso del personal, vehículos y/o materiales acarreados por particulares, por lo que el tiradero de los desechos se efectúa en una misma zona, sin realizar las separaciones como lo marca la normatividad.

OP-11/39-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los desechos provenientes del servicio de recolección de basura; realizando los estudios topográficos y geotécnicos así como implementar manuales de operación y control mejorando el control de residuos dañinos, de igual forma mejorar su infraestructura mediante caseta de vigilancia, báscula y servicios de agua potable, electricidad y drenaje; lo anterior para dar cumplimiento a la normatividad aplicable en esta materia y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-13, Observación OP-11 El objetivo es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen no fue practicado ya que el municipio no cuenta con un Rastro Municipal.

OP-11/39-016 Recomendación. Se recomienda a la Administración Municipal actual, analizar la viabilidad de la construcción de un Rastro Municipal que proporcione a la ciudadanía confiabilidad en el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Page 61: PINOS, ZAC. 2011El municipio de Pinos, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $226,136,270.63 los cuales se encuentran conformados de Ingresos Propios,

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

PINOS, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 60 de 61

Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2011 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

16 9 7 FRR 7

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

4 - - - 4

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

31 10 21 FRA 21

Solicitud De Aclaración.

- - - - -

Preventivas

Recomendación 36 3 36 REC 33

TOTAL 87 22 64 65