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PIE 2015 PLAN INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN ESCUELA DE ARTE DE GRAL. MADARIAGA y SEDES. (Resolución 4043/09 y disposición 107/10)

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PIE 2015

PLAN INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

ESCUELA DE ARTE DE GRAL. MADARIAGA y SEDES. (Resolución 4043/09 y disposición 107/10)

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PIE – Escuela de Arte, General Madariaga – Año 2015

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Mmmmmmmmmmm Disposición 107/10 Res. Prov. 4043/09

ÍNDICE

I

II

III

a.

b.

c.

d.

1. 2. 3.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

1.

2. 3. 4.

5.

6.

7. 8. 9.

10.

INGRESO Matriculación y Re matriculación…………………………………………………………………………………………………................. EQUIVALENCIAS…………………………………………………………………………………………………………………………………………… PASES…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… CURSADO DE MATERIAS Inscripción y Re inscripción………………………………………………………………………………………………………………………….. Alumnos vocacionales, oyentes, regulares y libres………………………………………………………………………………………. Asistencia……………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Evaluaciones: Parciales – Recuperatorios – Finales.……………………………………………………………………………………… Calificación……………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Modalidades de Evaluación………………………………………………………………………………………………………………………….. Criterios de evaluación: generales y particulares de cada espacio………………………………………………………………… PROMOCIÓN DE MATERIAS Generalidades……………………………………………………………………………………………………………………………………………….. RÉGIMEN PRESENCIAL……………………………………………………………………………………………………………………………………

Examen Final ……………………………………………………………………………………………………………………………………………. Promoción Directa.……………………………………………………………………………………………………………………………………. Práctica Docente………………………………………………………………………………………………………………………………………..

RÉGIMEN LIBRE…………………………………………………………………………………………………………………………………………….. Condiciones Generales……………………………………………………………………………………………………………………………….

RÉGIMEN SEMI PRESENCIAL.…………………………………………………………………………………………………………………………. Condiciones Generales……………………………………………………………………………………………………………………………….

RÉGIMEN de EQUIVALENCIAS……………………………………………………………………………………………………………………….. Generalidades…………………………………………………………………………………………………………………………………………….. Solicitud………………………………………………………………………………………………………………………………………………………. Tratamiento de las equivalencias…………………………………………………………………………………………………………….. Acreditación de Equivalencias Parciales……………………………………………………………………………………………………

Pág. 3 3 3

4 4 5 6 6 7 7

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I INGRESO

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Matriculación al 1er año1 y los siguientes.

1 Se hace referencia al 1er año de cada tramo

pedagógico (foba-profesorado-tecnicatura)

Re-matriculación

Para la Matriculación en el 1er año: Acreditación de los siguientes requisitos específicos según el tramo al que ingrese:

FOBA TECNICATURA PROFESORADO Re-matriculación: Para los alumnos que hayan perdido su regularidad.

2 Equivalencia

El alumno que aspire a la solicitud de equivalencias deberá inscribirse al espacio curricular que espera solicitar, cursarlo hasta llegado el dictamen de la misma y se recomienda comunicar al profesor los fundamentos de su solicitud.

Serán solicitadas desde mediados de abril y hasta el término del mes de mayo según las pautas a detallarse en “promoción de materias” (pág. 11)

Solo será recepcionada para la gestión de equivalencias documentación que reúnan los siguientes requisitos: 1. Que no hayan transcurrido más de 5 años desde la fecha de su acreditación final. 2. Solo serán considerados excepcionalmente los que traigan título docente, caso para el cual es

favorable la acreditación del actual ejercicio de la profesión. 3. Que acrediten igual o mayor carga horaria que la unidad curricular solicitada por equivalencia. 4. Que la documentación cuente con la debida autenticación de la institución oferente.

Importante: Cada uno de los espacios curriculares aportados, para la solicitud de equivalencias, será considerado para la aprobación de una única unidad curricular.

3 Pases

Se recomienda la acreditación final de la cursada en la institución de origen. De no poder contar con esta posibilidad y para conservar la aprobación de la cursada en cuestión, deberá constar fehacientemente su acreditación en el legajo aportado por la institución de origen.

Aquellos que se ingresaran adeudando la acreditación final de una o más unidades curriculares conservarán la validez de las mismas pero adecuandose a las condiciones fijadas en el Programa de la Asignatura y Plan Institucional de Evaluación de la Institución receptora.

Los Espacios de Definición Institucional deberán ser cursados y aprobados en la institución receptora o solicitar su aprobación por equivalencia.

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II CURSADO DE MATERIAS

1 Inscripción - Reinscripción

La inscripción en las materias debe hacerse al cierre o comienzo de cada ciclo lectivo y no podrá exceder

el mes de mayo. Solo podrán inscribirse, pasado el inicio del ciclo lectivo, alumnos que adeudando la acreditación de trayectorias específicas y excepcionales, obtuvieran la acreditación de la misma en mesa de examen extraordinaria de mayo abierta específicamente a tal fin, o casos de equivalencias que requieran especial tratamiento.

La inscripción a cada espacio curricular deberá hacerse siempre respetando la correlatividad de los planes de estudio. - Para inscribirse en materias de Segundo año deberá tenerse aprobada la cursado de las materias correlativas

de Primero - Para inscribirse en las materias de Tercer año, se deberá tener aprobado el cursado de las materias correlativas

de Segundo y acreditadas las correspondientes correlativas de Primero - Para inscribirse en materias de Cuarto Año se deberá tener aprobado el cursado de las materias correlativas

de Tercero y acreditadas las correspondientes correlativas de Segundo y Primero.

- Para inscribirse en Práctica Docente I deberá tenerse aprobada la FOBA completa. En el caso del Profesorado de Música no podrá adeudarse bajo ninguna circunstancia la acreditación de Instrumento Armónico, Lenguaje Musical II y Práctica Coral.

- Para inscribirse en Práctica Docente II, III y IV se debe tener aprobado el año anterior completo.

La reinscripción No es automática. Será renovada anualmente sin excepción y deberá hacerse como la inscripción, al cierre o comienzo de cada ciclo lectivo sin excepción.

2

Condición de los Alumnos

(tipos)

Re

gula

res

Requisitos para conservar la condición de regularidad: 1. Acreditar al menos 1 (una) unidad curricular (materia) por año calendario. 2. Renovar su inscripción como estudiante anualmente. 3. Cumplir con el porcentaje de asistencia reglamentario de las cursadas según el régimen de cursada

adoptado Pasado el % de inasistencia admitido en la asignatura cursada como regular automáticamente el alumno

pasa a la condición de “libre” pudiendo pedir su reincorporación en los términos detallados en el apartado “asistencia”.

Interrumpiendo la regularidad de las cursadas no habiendo cursado ninguna materia en el año el alumno pierde su condición en la carrera debiendo Re-matricularse

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Condición de los Alumnos

(tipos) Li

bre

s

Alumno que sin cursar la asignatura se inscribe para rendirla ante comisión evaluadora por los 3 turnos de examen del año en curso.

Requisitos para la inscripción: 1. Plazo para la inscripción hasta el 31 de abril de cada ciclo lectivo el estudiante 2. Podrá optarse por esta modalidad solo en 3 (tres) de las unidades curriculares habilitadas para la

modalidad de cursada libre. Límite que podrá ser superado por un mismo estudiante cuando se inscriba en unidades curriculares que deba recursar, siempre en el marco de las unidades curriculares habilitadas para esta modalidad.

3. Con las correlatividades de la asignatura acreditadas al momento de la inscripción. Detalles: Ir a Régimen de Cursada Libre, pág. 10.

Vo

caci

on

ale

s Son los alumnos que cumplen con los requisitos de ingreso al nivel en cuanto a su titulación, y son autorizados a inscribirse en espacios curriculares, seminarios o cursos especiales sin compromiso de cursar carreras completas.

No tienen el compromiso de acreditar el espacio curricular elegido aunque si optaran por ello obtendrán la certificación correspondiente.

Tiempo para la inscripción: igual que los alumnos regulares.

Oye

nte

s

Alumno regular de la carrera que solicita cursar en esta condición una unidad curricular de la misma. Para poder asistir a la clase bajo esta condición el alumno deberá ser inscripto formalmente. Tiempo para la inscripción: igual que los alumnos regulares.

3 Asistencia

Los alumnos no podrán tener una asistencia menor al 70%, salvo el caso puntual de los alumnos inscriptos según la excepcionalidad del párrafo anterior. Porcentaje que será calculado sobre el total de clases efectivamente dictadas. Pasado el 20% de inasistencia el alumno pierde su condición de alumno regular por lo que deberá solicitar su reincorporación justificando debidamente al menos el 10% de sus inasistencias tras lo cual solicitará al equipo directivo en conjunción con el docente y el CAI que contemple el otorgamiento del 10% adicional.

La inasistencia se registra por clase, indistintamente a la cantidad de módulos que la comprendan. La tolerancia para entrar a clase será de 30 minutos, partir dicho margen será facultad del profesor la

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posibilidad de otorgar “media falta” si la metodología de la clase lo permite. La falta entera se registrará superada la inasistencia al 50% de la clase, independientemente de cuántos módulos la conformen.

Importante: La extensión de justificaciones de inasistencias NO incluye los días de examen/parcial y NO es aplicable a la práctica docente

4 Evaluaciones Parciales y

Recuperatorios.

Evaluaciones Finales

Cumplir al menos con 2 (dos) instancias evaluativas por cuatrimestre, las que constarán de producciones específicas presenciales, individuales y/o grupales, previamente socializadas con los alumnos y según la propuesta de cátedra.

Serán aprobadas con nota 4 o más, que equivaldrán al 60% de los saberes implicados en cada instancia. El alumno que desapruebe o se ausente al parcial tendrá opción a una única instancia de recuperatorio por cuatrimestre.

El examen recuperatorio será individual, único e integrador. El mismo tendrá lugar en las fechas establecidas por calendario.

Tras los pertinentes recuperatorios, el alumno que resultare desaprobados en ambos cuatrimestres deberá recursar la unidad curricular completa.

La nota de cierre de la cursada será el promedio de las notas finales de cada cuatrimestre.

Ir a pág. 8 “Promoción de Materias, Generalidades”

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Calificación

La evaluación se realizará por cada unidad curricular que conforma la estructura curricular de cada plan de estudios. Se utilizará el sistema de calificación decimal de 1 (uno) a 10 (diez) puntos. En esta Institución la calificación de 4 puntos es equivalente al 60 % y por tanto la progresión de la escala se adjunta en la “Tabla de Evaluación Institucional”

“Tabla de Calificación Institucional”

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6 Modalidades de Evaluación

La modalidad de evaluación podrá revestir carácter de muestra, audición, concierto, exposición. Las prácticas docentes y/o profesionalizantes también serán adoptadas como modalidades de

evaluación.

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Criterios de evaluación

Los Criterios de evaluación particulares de cada espacio constan en el Proyecto de Cátedra y/o

Programa respectivo. Los que siguen son los Criterios de evaluación generales a todos los espacios:

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III PROMOCIÓN DE MATERIAS

1. Generalidades

La promoción de las asignaturas cursadas podrá ser directa o con examen final. Los períodos de exámenes finales serán determinados por la institución quién distribuirá 5 llamados

en 3 turnos anuales. Estos serán: 1er turno noviembre/diciembre – 2do turno febrero/marzo – 3er turno julio/agosto.

La calificación empleada será una escala numérica de 1 (uno) a 10 (diez) puntos ajustada conforme siempre a la Tabla de Calificación Institucional (pág. 6)

La nota de aprobación será de 4 (cuatro) o más puntos sin centésimos.

Requisitos de inscripción a las comisiones evaluadoras: 1. Contar, a la fecha de la inscripción, con las correlativas acreditadas. 2. Solo se inscribirá para la acreditación de cada espacio en solo un llamado por turno

Sobre la aprobación de las cursadas y la validez de los acuerdos pedagógicos para la evaluación final 1. La aprobación de la cursada de la unidad curricular será válida por 5 años sin excepción posible. 2. El acuerdo pedagógico docente-alumno, respecto de la evaluación final de la cursada, será válido

hasta el turno marzo/abril inmediato posterior y no podrá exceder bajo ninguna circunstancia al consecutivo turno julio/agosto. Pasado este último plazo la acreditación de la misma se hará bajo la condición de “asignatura previa”.

3. La acreditación de la asignatura en condición de “previa” se hará de modo integrador y sobre todo el programa de la asignatura cursada el cual tendrá una validez de 2 (dos) años. Bajo ningún término estas condiciones podrán conservarse transcurrido el 6to turno de examen.

4. A partir del 7 turno de examen la acreditación final de la asignatura seguirá las mismas pautas que rigen para el examen libre.

a. RÉGIMEN PRESENCIAL

2. Con examen Final

Pasarán a esta instancia de acreditación quienes reúnan los siguientes requisitos:

1. Aprobación de la cursada de la unidad curricular 2. Cumplimentación del 80% de asistencia. 3. Acreditación de los espacios correlativos según los Diseños Curriculares en vigencia.

Aprobación de un examen final ante comisión evaluadora presidida por el profesor de la unidad curricular e integrada por un profesor más, preferentemente de la especialidad.

La nota de aprobación será de 4 puntos o más, siempre según la Tabla de Calificación Institucional.

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3. Promoción Directa

Serán requisitos para acceder a la acreditación sin examen final:

1. Tratarse de un espacio curricular de los aquí enumerados o aquellos cuyo profesor proponga al equipo de conducción, quien tras evaluar su viabilidad en el marco de los acuerdos y normativa vigente, lo elevará al CAI para su aprobación.

2. Tener aprobado, al momento de la inscripción a la cursada, el examen final de las correlativas del espacio a promocionar. De involucrarse más de 2 asignaturas, podrá cursar bajo esta condición solo adeudando una de ellas y bajo la condición de ser aprobada en el turno julio/agosto.

3. Alcanzar 7 puntos en el cierre de la cursada, obtenido del promedio de las notas cuatrimestrales. 4. Cumplimentación del 80% de asistencia.

Quienes no alcanzaren los 7 puntos para promocionar el espacio pasarán automáticamente al régimen de promoción con examen final.

Serán Asignaturas de Promoción Directa: Talleres de Iniciación Musical 1 y 2 Talleres de Iniciación Instrumental 1 y 2 Los módulos impares de cada uno de los 3 niveles de la formación básica en música, no así los números pares que requerirán de evaluación integradora final ante comisión evaluadora.

Los profesores podrán formular esta modalidad, mediante fundamentación expresa de lo superador de esta propuesta, en el proyecto de cátedra.

El equipo de conducción evaluará la viabilidad del mismo en términos de los acuerdos trazados y las normas vigentes. Reunidos los requisitos previos será elevado al CAI para su aprobación.

Plazo de recepción del proyecto con la propuesta expresa: últimos días del mes de abril.

4. Práctica Docente

Será criterio de evaluación la asistencia al trabajo de campo la cual deberá ser del 100%. La promoción de la Práctica Docente será con examen final. La instancia de examen final constará de la presentación de 12 prácticas aprobadas con el mínimo

de 7 puntos y una reflexión oral sobre las mismas. Es importante recordar que esta instancia se ajustará a los criterios generales de evaluación.

Para el caso del alumno que habiendo aprobado la cursada por promediar los 4 puntos en el cierre de la misma, pero que no haya reunido las 12 prácticas con sus 7 puntos mínimos, extenderá la realización de sus prácticas al año siguiente hasta cumplimentar el total de las requeridas.

Para cursar práctica docente III y IV será requisito cursar en paralelo la didáctica específica del nivel o tener la cursada aprobada.

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b. RÉGIMEN DE CURSADA LIBRE

5. Condiciones Generales

Podrán presentarse en los 3 turnos de examen correspondientes al ciclo lectivo en el cual fueran

inscriptos como estudiantes libres. Se presentarán a rendir según la propuesta pedagógica vigente en el año de su inscripción. Esta evaluación contará indefectiblemente con instancia escrita que será adjuntada

posteriormente al legajo del alumno y una oral cuyo informe se anexará al anterior. Se deberá aprobar la instancia escrita para pasar a la oral. Se deberá aprobar el oral para promediar las calificaciones y cerrar la instancia. La calificación resultará del promedio del escrito y oral aprobados. La aprobación se obtendrá alcanzando el promedio mínimo de 4 puntos, según las circunstancias

enunciadas precedentemente, y siempre de conformidad con la Tabla de Calificación Institucional. En el caso de ser apropiadas al espacio en cuestión otro tipo de modalidad se sumará a la escrita y

oral o se adecuarán a formar parte de las mismas. Importante:

La condición de alumno libre no incluye seguimiento, tutoría o aporte bibliográfico por parte del docente.

Se recomienda presentarse ante el docente a comienzos de año para hacerle saber de las intenciones de rendir libre el espacio.

Las únicas unidades curriculares imposibilitadas para esta modalidad son los Talleres, Edis, Prácticas Docentes y Prácticas Profesionalizantes. Atención: que la asignatura adopte al “taller” como opción metodológica no implica que su espacio curricular así lo sea. Son talleres los espacios especialmente así denominados en los planes de estudio.

c. RÉGIMEN DE CURSADA SEMIPRESENCIAL

6.

Condiciones Generales

Los profesores podrán formular esta modalidad, mediante fundamentación expresa de lo superador de esta propuesta, en el proyecto de cátedra.

El equipo de conducción evaluará la viabilidad del mismo en términos de las normas vigentes y de reunir los requisitos elevará al CAI para su aprobación.

Requisito excluyente para el profesor: Manejo de aulas virtuales. Plazo de recepción del proyecto con la propuesta expresa: últimos días del mes de abril.

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Son excluidas de esta modalidad la Práctica Docente, los Talleres, los EDIs, las Prácticas Profesionalizantes.

La modalidad de acreditación será Examen Final ante Comisión Evaluadora, con instancias escrita y oral. Siendo requisito la aprobación de la primera para pasar a la segunda.

d. RÉGIMEN DE EQUIVALENCIAS

7. Generalidades

Leer Ingreso, equivalencias: pág. 3

8. Solicitud Desde mediados de abril y hasta el término del mes de mayo.

El aspirante deberá reunir, sin excepción, la siguiente documentación debidamente autenticada por la autoridad oferente:

1. Certificado analítico o Constancia Parcial de Estudios (Libreta o Boletín no valen como constancia) 2. Programa de las Asignaturas ofrecidas en el cual conste: carga horaria, contenidos, objetivos y

bibliografía.

Obtenida la documentación anterior el alumno solicitará a la preceptora un turno con la Jefatura de Área, igual que si necesitara ser asesorado al respecto. En ambos casos deberá presentarse con la documentación arriba enumerada.

Para iniciar la solicitud de equivalencias el alumno deberá asistir a la entrevista con su documentación, fotocopias, un folio oficio, la hoja de datos personales y los formularios correspondientes.

El trámite no podrá iniciarse hasta no contar con toda la documentación requerida.

Se recuerda al alumno que : 1. Deberá cursar la Unidad Curricular cuya aprobación solicita por equivalencia, hasta tanto se le

confirme fehacientemente que se le otorgó lo solicitado. 2. La equivalencia total no es posible en el caso de asignaturas aprobadas más de 5 años atrás del de

la solicitud.

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9. Tratamiento de las

Equivalencias Las equivalencias serán tratadas por un tribunal de profesores de la especialidad salvo el caso de las

unidades curriculares alcanzadas por normativa específica que le otorgue “equivalencia automática parcial o total”

El dictamen será entregado a lo largo del mes de junio. La solicitud podrá ser:

1. Equivalencia Total 2. Equivalencia Parcial 3. Equivalencia Denegada

Si el dictamen resultara “Equivalencia Parcial” deberá acreditarse ante Comisión Evaluadora el Trayecto de compensación de saberes que el tribunal determine.

10. Acreditación de Equivalencias

Parciales A tal fin el alumno recibirá al momento de la notificación los contenidos y el trayecto de actualización

propuesto para la acreditación. Su acreditación tendrá lugar antes del fin del ciclo lectivo. La fecha podrá ser a partir de los 30 días de notificación del dictamen. Las fechas de acreditación preferentemente coincidirá con la de los llamados a examen, por las

comisiones evaluadoras. En caso de desaprobar o ausentarse a la instancia de acreditación de la Equivalencia Parcial se fijará

una nueva fecha dentro de los 30 días de la 1ra. De volver a resultar desaprobado o ausente la equivalencia resultará denegada cerrándose las

actuaciones en el correspondiente libro de equivalencias.