petitoria_exencion del pago del transporte publico_vhsm_mayo 2015-2 pdf

45
“Exención del pago de la tarifa del Servicio de Transporte Público del Distrito Federal.” Para las personas integrantes de las instituciones de Seguridad Pública del D.F. 30 de mayo de Víctor Hugo Serrano Morales 30 de mayo de 2015

Upload: victorhugoserranomorales

Post on 05-Feb-2016

93 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Dirigida a personas integrantes de loas Instituciones de Seguridad Publica del Distrito Federal.

TRANSCRIPT

Page 1: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

“Exención del pago de la tarifa del Servicio de Transporte Público del Distrito Federal.” Para las personas integrantes de las instituciones de Seguridad Pública del D.F.

30 de

mayo

de

Víctor Hugo Serrano Morales

30 de mayo de 2015

Page 2: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

ÍNDICE DE CONTENIDO I. AUTOR

II. AGRADECIMIENTOS

III. ABREVIACIONES UTILIZADAS

IV. CITAS

V. AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; ORGANOS DE

LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA; ORGANIZACIONES NO

GUBERNAMENTALES.

VI. DERECHOS HUMANOS

VII. PARTICIPACION CIUDADANA

VIII. INTRODUCCION

IX. METODO

X. RESUMEN

XI. PROBLEMA

XII. DESARROLLO DEL TEMA

XIII. ENCUESTA

XIV. SALARIOS DE LOS INTEGRANTES DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD

PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

XV. DERECHOS EN LAS NORMAS INTERNACIONALES DE TRABAJO

XVI. OFICINA DE LA OIT PARA MÉXICO Y CUBA

XVII. ANTECEDENTES

XVIII. FUNDAMENTO LEGAL

XIX. CONCLUSIONES

XX. BIBLIOGRAFÍA

Page 3: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

I. Autor

Víctor Hugo Serrano Morales.

Persona con derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos y todos aquellos Derechos Humanos

establecidos en Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea

parte; Integrante de la Policía Auxiliar de la Secretaria de Seguridad Pública

del Distrito Federal, al digno mando del C. Primer Superintendente Edgar

Bautista Ángeles Director General de la H. Institución; Donde causo alta el día

22 de abril de 1996, con una antigüedad de 19 años, durante el correcto

ejercicio de mis funciones he obteniendo el reconocimiento a la Eficacia y

Eficiencia Policial en cinco ocasiones, posteriormente obtuve el ascenso al

grado inmediato superior de Policía Segundo, candidato a la medalla al

mérito policial en tres ocasiones.

Los cambios que acontecen en materia de Seguridad Publica con relación al

Nuevo Sistema Penal Acusatorio, provoco en mi reconocer al peor enemigo del

hombre -la ignorancia- surge entonces la necesidad de retomar mis estudios

profesionales decidiéndolo hacer en una de las mejores Instituciones de

Educación Superior La Universidad Del Valle De México Campus Coyoacan,

donde soy orgullosamente alumno propiamente de la Licenciatura en Derecho.

“Por siempre responsable de lo que se ha cultivado”

Motivándome de esta forma día con día, exaltando con ello los valores hasta

ahora aprendidos reforzando mi formación profesional, mi fin es servir mejor a

la sociedad de la que también formo parte, y que exige que sus policías estén

mejor preparados para enfrentar de manera eficiente y eficaz sus necesidades.

Con este trabajo No intento ir contra el sistema actual de las Instituciones

Policiales, sino en sentido opuesto, busco sumar esfuerzos en pro de sus

integrantes; Partiendo de un método que consiste de tres aspectos de análisis

El primero: Aborda a las personas integrantes de las Instituciones de

Seguridad Publica del D.F; Como un grupo social con necesidades de

prerrogativas;

El segunda: Se refiere al análisis de los Organos de la Administración

Pública del Distrito Federal que para este caso son los idóneos para

otorgarles estas prerrogativas;

El tercero: Es el análisis de la ley objetiva que para este caso en

concreto funda y motiva la petitium.

Page 4: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

El análisis que se desarrolla en estricto sentido, es de las personas integrantes

de las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal, se hace con

referencia a sus costumbres o derechos no escritos, practicas por el

consentimiento de los mismos miembros del grupo social aludido, por la

ausencia de prerrogativas no escritas, que se forman insensiblemente por el

uso de la repetición añeja de los mismos actos, que poco a poco van

adquiriendo carácter de obligatoriedad convirtiéndose en exigencias colectivas.

La costumbre (consuetudo, mores maiorum) es esencialmente no escrita,

aparece sin ser expresamente sancionada, no promulgada por ninguna

autoridad, y solo se convierte en derecho cuando ese uso ha sido practicado

durante un largo tiempo; las costumbres pueden llegar a redactare por escrito y

ser ordenadas.

El Derecho consuetudinario se define como el conjunto de normas jurídicas que

se practican constantemente en una sociedad sin haber sido sancionadas en

forma expresa, y que se consideran jurídicamente obligatorias.

De este concepto se desprenden los elementos que integran la naturaleza

intima de estas normas:

• La costumbre interpretativa (secundum legen); Es la que se forma de acuerdo

con la Ley, consiste en la observancia de sus preceptos o en su interpretación

si la Ley se presta a confunciones, en este caso no se trata de un derecho

consuetudinario, siendo que el legislador la ha previsto.

• Costumbre supletoria (preater legem); Surge en ausencia de la Ley

completando los vacíos del derecho escrito. Trata de la creación de nuevas

normas jurídicas que no se oponen a las existentes, pues la legislación no ha

regulado todavía la materia sobre cual versa la costumbre, Constituye el tipo

ideal de la formación jurídica consuetudinaria, esta complementa el derecho

escrito sin contradecirlo.

• La costumbre contraria a la Ley (contra legem) es la que aparece en

oposición a normas legales expresas que imponen una conducta diferente.

Esta costumbre surge después de sancionada la Ley, y en contra de ella; En

estos casos el derecho escrito no llega a introducirse en los usos sociales, y

por tanto no alcanza efectiva vigencia, o la pierde con posterioridad. La

caducidad de las leyes a causa de una costumbre contraria puede producirse:

1. Por la práctica que prescinde de la Ley y se actúa como si esta no

existiera.

2. Por la costumbre abrogatoria, que crea un uso o impone una conducta

diferente de la prescrita legislativamente.

Page 5: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

Caracteres de la costumbre:

Surge espontáneamente

Es de formación lenta

No tiene autor conocido

Suele ser incierta o imprecisa

Es particularista, las costumbres abarcan siempre una esfera cuyos

límites no son observadas generalmente por una clase o grupo social

determinado.

Por la tanto en este sentido de palabras entendemos que la sociedad

conformada por el colectivo de personas, que por vocación de servicio se

emplean como policías son susceptibles de derechos y obligaciones; Las

Policías están determinadas por circunstancias históricas concretas, por lo

tanto es aproximarse a ellas tomado en cuenta las características del contexto

que las crean y determinan, su organización social cultural, política y

económica que se crean en su entorno.

Por tanto se requisita petitoria para su admisión con los elementos esenciales

para su procedencia, y aprobación.

Page 6: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

II Agradecimientos.

Gracias

Al que todo lo ve y todo lo puede, si lo quieres conocer búscalo

A mis padres

Sr. Reyes Serrano Rosas por enseñarme a labrar la tierra,

Donde te encuentres algún día volveremos abrazarnos.

Sra. Concepción Morales Pedraza tus cuidados nunca me han faltado

Al C. Primer Inspector Director del Sector 58 de la P.A.D.F.

Lic Enrique Gutiérrez Pacheco

Por su apoyo y consideración

Al C. Sub Oficial Comandante de Destacamento 2 del sector 58 de la P.A.D.F

Rubén Ramírez Román Garcia

Por sus atenciones

A la Universidad del Valle de México

Por permitirme Formar parte de su comunidad estudiantil,

No los defraudare ¡Orgullosamente UVM!

“Por siempre responsable de lo que se ha cultivado”

A mi compañero y Hermano

Julio Cesar Alvarado Brito

Tu apoyo siempre será importante

Asociación Civil

Ciudadanos Unidos Por Una Causa En Común

Por su preocupación por la dignificación de los Policías

Page 7: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

III. ABREVIACIONES UTILIZADAS

(GDF) Gobierno del Distrito Federal

(SSPDF) Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal

(PADF) Policía Auxiliar del Distrito Federal

(PBI) Policía Bancaria Industrial del Distrito Federal

(SMDF) Secretaria de Movilidad del Distrito Federal

(STCM) Sistema de Transporte Colectivo Metro

(MB) Metro Bus

(RTPDF) Ruta de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal

(TEDF) Transportes Eléctricos del Distrito Federal

(DHTSJDF) Derechos Humanos Tribunal Superior de Justicia del

Distrito Federal

(CNDH) Comisión Nacional de los Derechos Humanos

(CDHDF) Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

(OIT) Organización Internacional del Trabajo

(SPE) Servicios Públicos de Emergencia

(INEGI) Instituto Nacional de Geografía y Estadística

(LOAPDF) Ley Orgánica de la Administración Publica del Distrito

Federal.

(CPEUM) Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos

(LSPDF) Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal

(LOSSPDF) Ley Orgánica de la Secretaria de Seguridad Pública del

Distrito Federal.

(LMDF) Ley de Movilidad del Distrito Federal

(PDCLSPDF) Proyecto de decreto que expide la Ley de Seguridad

Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta

Parlamentaria del Palacio Legislativo de San Lázaro el día

29 de abril de 2015. Número 4264- VII. Anexo VIII.

(TIC) Tecnologías de Información y Comunicación.

Page 8: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

IV. CITAS.

“Si amas a la sabiduría y nunca la abandonas, ella te cuidara y te protegerá.”

Proverbios 4:6.

“Necesitamos subirles los sueldos, darles prestaciones, seguros y que haya una carrera policial, que sean licenciados y que tengamos servicio profesional de carrera”

Lic. Miguel Angel Mancera Jefe de Gobierno del Distrito Federal. “Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las características del servicio que realizan, así como de las demás prestaciones que por ley se establezcan en su beneficio.”

Comisión Nacional de Los Derechos Humanos México. Principales Deberes y Derechos De Los Policías.

“El aumento del salario en el país es un tema de ética y responsabilidad por los que menos tienen.”

Lic. Miguel Angel Mancera Jefe DEL Gobierno del Distrito Federal ; continuará la lucha por dignificar el salario.

“Nuestros salarios mínimos son los más bajos de América Latina y que es posible un alza inmediata a 82.86 para cuando menos alcanzar la canasta básica sin provocar inflación”

Lic. Miguel Angel Mancera Jefe del Gobierno del Distrito Federal. “No solamente hay que hablarlo en la televisión, no solamente hay que hablarlo en los spots, hay que hablarlo en la realidad, hay que discutirlo y hay que demostrar que se tiene voluntad política para que esto sea una realidad de nuestro país”

Lic. Miguel Angel Mancera Jefe del Gobierno del Distrito Federal. “Creo fervientemente en el trabajo del policía, es un quehacer muy noble que inclusive está en la aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la sociedad, este es un valor que hay que exaltar mucho, no todos lo hacen, esta nación de servicio es una vocación que debemos reconocer como ciudadanos”

Lic. Hiram Almeida Estrada, Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal

“Dame los hechos y te daré el derecho.” (DA MIHI FACTUM DABO TIBI JUS)

Principio general de Derecho

“(La dignidad) No consiste en nuestros honores sino en el reconocimiento de merecer lo que tenemos”

Aristóteles

Page 9: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

V. AUTORIDADES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL;

ORGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA; Y

ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES.

C. Jefe de Gobierno del Distrito Federal

Lic. Miguel Angel Mancera

C. Presidente de la Comisión de Seguridad Pública De La

ASAMBLE LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL, VI LEGISLATURA

Lic Diputado Santiago Taboada Cortina

C. Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal

Lic. Hiram Almeida Estrada

C. Director General de la Policía Auxiliar del Distrito Federal

Primer Superintendente Edgar Bautista Ángeles

C. Director General de la Policía Bancaria E Industrial del Distrito Federal

Primer Superintendente Lic. José Joel Pichardo Nepomuceno

C. Secretario de Movilidad del Distrito Federal

Lic. Rufino H León Tovar

C. Ombudsperson de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Doctora Perla Gómez Gallardo

C. Director General del Sistema de Transporte Colectivo Metro del

Distrito Federal

Ing. Joel Ortega Cuevas

C. Director General del Servicio de Transportes Eléctricos del

Distrito Federal

Eduardo Venadero Medinilla

C. Director General Metro Bus del Distrito Federal

Guillermo Calderón Aguilera

Page 10: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

VI. COMISION DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO

FEDERAL.

Se solicita su observancia para que en el ámbito de su competencia se

formulen programas de protección de los Derechos Humanos para las

personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública Del Distrito

Federal, proponer la formulación de proyectos, y posibles modificaciones a las

disposiciones legislativas y reglamentarias para impulsar el cumplimiento de los

tratados, convenciones, acuerdos internacionales signados y ratificados por

México en materia de derechos humanos en coordinación con las

dependencias de la Administración Publica del Distrito Federal.

Page 11: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

VII. PARTICIPACION CIUDADANA

Causa En Común A.C.

En este proyecto se les propone como segmento importante de consulta,

análisis, para emitir opiniones y sugerencias ente expuesta petitoria de

prerrogativa para las personas que son Integrantes de las Instituciones de

Seguridad Pública del Distrito Federal.

Su labor busca que los policías sean profesionales, que tengan buenas

condiciones de trabajo, que sean premiados por sus buenas acciones y

castigados de manera justa cuando cometen alguna falta.

En estricto sentido de palabras aspira a la consolidación de una policía que

inspire respeto, orgullo y confianza.

CIUDADANOS ┼ POLICIAS = EXITO

Page 12: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

VIII. INTRODUCCIÓN.

Petitoria de exención de pago de la tarifa del servicio de Transporte Público del

Distrito Federal, que para este caso en concreto el sector específico al que

propone como beneficiado de este derecho positivo es el sector de conformado

por los integrantes de las instituciones de Seguridad Pública del Distrito

Federal.

Por lo tanto es importante dar repuesta objetiva a las siguientes premisas en

estricto sensu:

a) ¿Cuál es la prerrogativa que se pretende para las personas integrantes

de las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal?

b) ¿Qué es Derecho consuetudinario?

c) ¿Qué se entiende por persona?

d) ¿Cuáles son las Prácticas por el consentimiento de los miembros de las

Instituciones de Seguridad Publica?

e) ¿Quiénes son los involucrados en este problema?

f) ¿El Titular de la Administración Publica del Gobierno del Distrito Federal

quién es?

g) ¿Quiénes son los integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública

del Distrito Federal?

h) ¿Cuáles son las Instituciones Policiales del Distrito federal?

i) ¿A quiénes se les considera integrante de las Instituciones de Seguridad

Pública del Distrito Federal?

j) ¿Cómo se rige su actuación?

k) ¿Cuáles son sus obligaciones?

l) ¿Qué son los Derechos Humanos?

m) ¿Cuáles son los derechos de los miembros de los cuerpos de seguridad

pública?

n) ¿Qué Instituciones Policiales se proponen para la exención del pago de

la tarifa del Transporte Publico?

o) ¿Qué Órgano de la Administración Pública del Distrito Federal se

encarga de aplicar y evaluar la política de movilidad en la Ciudad?

p) ¿Quién presta el servicio público de transporte de pasajeros?

q) ¿Cuáles son los Organos del Gobierno, que integran el Sistema de

Transporte Público de Pasajeros?

r) ¿A propuesta de que Autoridad el Jefe de Gobierno podrá autorizar las

exenciones de pago de la tarifa, que se aplica de manera general,

abstracta e impersonal a sectores específicos de la población?

s) ¿Qué atribuciones tiene el Jefe de Gobierno en materia de movilidad?

Page 13: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

IX. METODO

Investigación de la norma objetiva vigente;

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de la Administración Pública del Distrito Federal

Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal

Ley de Movilidad para el Distrito Federal

y demás aplicables a la pretensión.

Consulta de los Portales electrónicos;

Gobierno del Distrito Federal

Secretaria de Movilidad del Distrito Federal

Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal

Policía Auxiliar del Distrito Federal

Policía Bancaria E Industrial del Distrito Federal

Comisión Nacional de los Derechos Humanos

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal

Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Organización Internacional del Trabajo

Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Causa En Común A.C.

Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de

México

Sistema de Transporte Colectivo Metro

Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal

Azteca Noticias,

Excélsior en línea, El Universal mx.

Organización Internacional de Trabajo

Tecnologías de Información y Comunicación:

Computadora

IPad

Internet,

Redes Sociales; (Facebook) se crea un el grupo social nombrado

“Gratuidad; Pase Cortesía en el STC Metro Para Personal De La

SSPDF” el 04 de mayo de 2015.

Software; (Survey Monkey) se crea la encuesta titulada “Exención de

pago en el transporte público para integrantes de las Instituciones de

Seguridad Pública del DF” el 10 de mayo de 2015.

Page 14: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

30

de

ma

yo

de

20

15

X. RESUMEN.

El análisis de la colectividad conformada por las personas integrantes de

Seguridad Pública del Distrito Federal, se hace con referencia a sus

costumbres y derechos no escritos, practicas por el consentimiento de los

mismos miembros del grupo social mencionado por la ausencia de

prerrogativas no escritas, que se forman insensiblemente por el uso de la

repetición añeja de los mismo actos, que poco a poco van adquiriendo

carácter de obligatoriedad convirtiéndose en exigencias colectivas.

Se identifica para este el caso en concreto; A las personas integrantes de

las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal; A las

instituciones Policiales del Distrito Federal; A los Organos de la

Administración Publica que prestan el Servicio de Transporte Público de

Pasajeros en el Distrito Federal; Al titular de la Administración Pública del

Distrito Federal; A la Dependencia de la Administración Publica que para

este efecto es la encargada de planear, diseñar, aplicar y evaluar la política

de movilidad en la Ciudad de México Distrito Federal; A la Ley Objetiva

aplicable para el caso en estricto sentido; A la autoridad de la Secretaria de

Movilidad que propone al Jefe de Gobierno autorice las exenciones del

pago de tarifa.

Se invoca esta prerrogativa como un derecho positivo de la naturaleza

humana, de adaptación a las circunstancias y necesidades de movilidad; A

su reconocimiento histórico; A la instauración de justicia para este sector de

la sociedad tanto tiempo olvidado; A exalta su valor; A su aptitud de poner

en riesgo su vida en pro de la sociedad.

Por lo cual se ofrece juzgar esta petitoria con relación a sus circunstancias

sociales, laborales, a sus salarios, y por las condiciones del medio social en

que se desenvuelven.

A las posibilidades de la acción positiva del derecho positivo; A la

preocupación de consolidar su perfección utópica, que el derecho positivo

procura como una aproximación creciente a la justicia.

En apoyo a su economía; A su desarrollo social, familiar; Ampliándose su

poder adquisitivo, reactivándose de esta forma la economía en su entorno

social de cada uno de las personas miembros de este sector de la sociedad.

Que en el Derecho consuetudinario se define como el conjunto de normas

jurídicas que se practican constantemente en una sociedad sin haber sido

sancionadas en forma expresa, y que se consideran jurídicamente

obligatorias

Page 15: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Las Prácticas y los Consentimientos en esta colectividad conformada por

las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del

Distrito Federal, son referencia de sus costumbres o derechos no escritos.

La costumbre (consuetudo, mores maiorum) es esencialmente no escrita,

aparece sin ser expresamente sancionada, no promulgada por ninguna

autoridad, y solo se convierte en derecho cuando ese uso ha sido

practicado durante un largo tiempo; las costumbres pueden llegar a

redactare por escrito y ser ordenadas.

De la prerrogativa que se apela como un derecho positivo se desprende la

naturaleza íntima humana aplicable de adaptación a las circunstancias y

necesidades de movilidad, para los integrantes de las Instituciones de

Seguridad Publica; El reconocimiento histórico de la excepción del pago de

tarifa que se aplican de manera general, abstracta e impersonal a sectores

específicos de la población significaría mejorar los incentivos positivamente

acompañado de una actitud positiva, criticándose como una verdadera

voluntad de cambios; Su instauración seria como forma de justicia para este

sector de la sociedad tanto tiempo olvidado; Como reconocimiento a su

valor que no hay que dejar de exaltar; A la aptitud de poner en riesgo su

vida en pro de la sociedad.

“Policía”

Proviene del latín (politia): organización política, administración, que a su vez

proviene del griego (politeia): perteneciente al gobierno de la ciudad. Aun

cuando por la voz “policía”

Page 16: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XI. PROBLEMA.

Prácticas y Consentimientos de la colectividad conformada por las personas

integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito Federal, con

referencia a sus costumbres o derechos no escritos.

a) Escenario 1:

En los accesos de Transporte Publico por lo regular siempre nos

encontraremos con una persona miembro de las instituciones de Seguridad

Pública del Distrito Federal que para este caso llamaremos A; tiene como

primordial actividad vigilar que el usuario no ingrese sin antes pagar su pasaje

unitario, toda vez que el lugar de ubicación de A siempre será el torniquete o

acceso destinado para este menester; Enseguida de entre los usuarios aparece

uno que para este caso llamaremos B, quien se perfila hacia donde se ubica

A, al llegar B hasta donde se ubica A, le muestra una identificación que lo

acredita como miembro de una de las Instituciones de Seguridad Publica del

DF; Por lo cual A le permite el acceso a B, por la sencilla razón de ser

compañero. En este caso vemos que A actuó por empatía con B, pero la

pregunta que surge es ¿será correcto el proceder de A?

b) Escenario 2:

Se encuentra A en el mismo acceso de Servicio de Transporte Publico; De

entre los usuarios se acerca B, compañero de las Instituciones de Seguridad

Publica, propiamente uniformado por lo cual se entiende que está en día de

labores, y por lo tanto A sin mediar palabra le permite el acceso; En este caso

en concreto la pregunta sería; Si B al presentarse uniformado tiene acceso

gratuito el servicio de transporte colectivo ¿Por qué no permitirle que utilice el

servicio de Transporte en su dias de descanso? Después de un día de servicio

a la colectividad del Distrito Federal como reconocimiento a su valor.

c) Escenario 3:

Continua A en el mismo acceso del Servicio de Transporte Publico; esta vez se

acerca B y le muestra una identificación que lo acredita como miembro de una

de las Instituciones de Seguridad Publica, A le comenta a B que solo policías

uniformados pueden ingresar gratis, pidiendo a B pague su importe unitario, de

lo contrario no podrá hacer uso del servicio, B al oír lo dicho por A, de manera

inesperada se molesta y arremete con palabras no muy agradables para A; la

cuestión seria, ¿existe razón legal, para que B exija este derecho?. Las

prácticas y costumbres, por la falta de derechos no escritos terminan como

derechos consuetudinarios.

Estas prácticas son constantes, que sin haber sido sancionadas en forma

expresa, se consideran jurídicamente obligatorias, además de que son

generadoras de pérdidas cuantificables a los Organos del Servicio de

Page 17: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Transporte Publico; Costumbres y Actividades que son motivo de su estudio

positivo para su integración al Estado de Derecho, y la Jurisprudencia.

Su instauración Histórica sería una forma de justicia para este sector de la

sociedad tanto tiempo olvidado; Como reconocimiento a su valor que no hay

que dejar de exaltar; La aptitud de poner en riesgo su vida en pro de la

sociedad, criticándose como una verdadera voluntad de cambios.

Page 18: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XII. DESARROLLO DEL PROBLEMA

a) ¿Cuál es la prerrogativa que se pretende para las personas

integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito

Federal?

La exención del pago de la tarifa del Servicio de Transporte Público del Distrito

Federal

b) ¿Qué es Derecho consuetudinario?

La costumbre o derecho no escrito

c) ¿Qué es Derecho Natural y Derecho Positivo?

Conjunto de normas ideales, justas y externas, reguladoras de la conducta

humana.

d) ¿Qué se entiende por persona?

Su interpretación conforme y principio pro persona supone que, cuando existan

distintas interpretaciones posibles de una norma jurídica, se deberá elegir

aquella que más proteja al titular de un derecho humano; Cuando en un caso

en concreto se puedan aplicar dos o más normas jurídicas, el intérprete debe

elegir aquellas que igualmente proteja de mejor manera a los titulares de un

derecho humano.

Persona: Todo ser susceptible de tener derechos y obligaciones

e) ¿Cuáles son las prácticas, del consentimiento de los miembros de

las Instituciones de Seguridad Publica?

Actos de costumbre, que esencialmente no se encuentran escritos, que surgen

sin ser expresamente sancionados que para este caso en concreto versa de la

necesidad de la exención de la tarifa que se aplica de manera general,

abstracta e impersonal a sectores específicos de la población; Que pueden ser

sujetas de estudio y formar parte del Estado de Derecho en la colectividad.

f) ¿Quiénes son los involucrados en este problema?

1) Personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del

Distrito Federal.

2) Derechos Humanos

3) Organos del Transporte Público, de la Administración Publica del Distrito

Federal.

4) Secretaria de Movilidad del Distrito Federal

5) Poder Ejecutivo del Distrito Federal; Jefe de Gobierno.

Page 19: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

g) ¿El Titular de la Administración Publica del Gobierno del Distrito

Federal quién es?

El Jefe de Gobierno

h) ¿Cuáles son las Instituciones Policiales del Distrito federal?

(LSPDF)

ARTICULO 5°.- La Policía del Distrito Federal estará integrada por. I.- La Policía Preventiva. Con todas las unidades y agrupamientos que prevea su reglamento. y II.- La Policía Complementaria, que estará integrada por la Policía Auxiliar, la Bancaria e Industrial y las demás que determine el reglamento correspondiente.

(PDCLSPDF)

Artículo 5. Las instituciones Policiales del Distrito Federal serán:

I.- En la Secretaria,

a) La Policía Preventiva, con todas las Unidades Administrativas que

prevea su reglamento;

b) La Policía de Tránsito y Movilidad, con todas las Unidades

Administrativas que prevea su reglamento, y

c) La Policía Complementaria, integrada por la Policía Auxiliar y la

Policía Bancaria e Industrial

i) ¿A quiénes se les considera integrante de las Instituciones de

Seguridad Pública del Distrito Federal?

(LSPDF)

ARTICULO 9°.- Se consideran como elementos de los Cuerpos de Seguridad

Pública, aquellos a quienes se les atribuya ese carácter mediante

nombramiento o instrumento jurídico equivalente, por autoridad competente del

Departamento o de la Procuraduría, según sea el caso. Dichos elementos se

consideraran trabajadores de confianza.

Las relaciones de trabajo de los elementos de los cuerpos de Seguridad

Pública se regirán por su propia ley, de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

No formaran parte de los Cuerpos de Seguridad Pública aquellas personas que

desempeñen funciones de carácter estrictamente administrativo o ajeno a la

Seguridad Pública aun cuando laboren en las dependencias encargadas de

prestar dicho servicio

(PDCLSPDF)

Artículo 7. Se consideran integrantes de las instituciones de Seguridad Publica

a quienes se atribuya ese carácter mediante nombramiento o instrumento

jurídico equivalente, emitido por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal o por

los titulares de las instituciones de Seguridad Publica, según sea el caso.

Page 20: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

j) ¿Cuáles son los derechos de los miembros de los cuerpos de

seguridad pública?

(LSPDF)

ARTICULO 40.- Sin perjuicio de lo previsto en los ordenamientos de carácter

laboral y de seguridad social respectiva, los elementos de los Cuerpos de

Seguridad Pública, tendrán los siguientes derechos:

I.- Percibir un salario digno y remunerador acorde con las características del servicio, el cual tienda a satisfacer las necesidades esenciales de un jefe de familia en el orden material, social, cultural y recreativo: II.- Gozar de un trato digno y decoroso por parte de sus superiores jerárquicos: III.- Recibir el respeto y la atención de la comunidad a la que sirven; IV.- Contar con la capacitación y adiestramiento necesarios para ser un policía de carrera; V.- Recibir tanto el equipo como el uniforme reglamentarios sin costo alguno; VI.- Participar en los concursos de promoción o someterse a evaluación curricular para ascender a la jerarquía inmediata superior; VII.- Ser sujeto de condecoraciones, estímulos y recompensas cuando su conducta y desempeño así lo ameriten; VIII.- Tener jornadas de trabajo acordes con las necesidades del servicio así como disfrutar de prestaciones tales como aguinaldo, vacaciones, licencias o descanso semanal; IX.- Ser asesorados y defendidos jurídicamente por el Departamento o la Procuraduría, según sea el caso, en forma gratuita, en el supuesto en que, por motivos del servicio y a instancia de un particular, sean sujetos a algún procedimiento que tenga por objeto fincarles responsabilidad penal o civil; X.- Recibir oportuna atención médica, sin costo alguno para el elemento policial, cuando sean lesionados en cumplimiento de su deber; en casos de extrema urgencia o gravedad, deberán ser atendidos en la institución médica pública o privada más cercana al lugar donde se produjeron los hechos; XI.- Ser recluidos en áreas especiales para policías en los casos en que sean sujetos a prisión preventiva, y XII.- En caso de maternidad gozar de las prestaciones laborales establecidas en el artículo 123 Constitucional para ese supuesto.

(DCLSPDF)

Artículo 20. Los integrantes de las instituciones de Seguridad Publica tendrán,

sin perjuicio a los contenidos en otros ordenamientos jurídicos, los derechos

siguientes:

I. Percibir una remuneración digna acorde con la calidad y riesgo de las

funciones desempeñadas en el servicio, sin mayor deducción a la

establecida en las leyes;

II. Gozar de trato digno, decoroso y libre de toda discriminación por

parte de sus superiores jerárquicos, homólogos y subalternos, y tener

acceso a oportunidades culturales, deportivas, académicas y sociales

para desarrollar sus potencialidades.

Page 21: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

III. Recibir en igualdad de condiciones con sus homólogos las

oportunidades de la profesionalización las que se refiere esta ley,

necesarias para el adecuado ejercicio de sus funciones;

IV. Recibir el equipo y el uniforme reglamentario sin costo alguno,

acordes a las funciones signadas;

V. Participar en igualdad de condiciones con sus homólogos en los

concursos de promoción y someterse a evaluación curricular para

ascender al grado o la jerarquía inmediata superior.

VI. Ser sujeto de condecoraciones, estímulos y recompensas en los

términos de esta ley;

VII. Recibir atención legal gratuita por la institución de seguridad pública

de la que forme parte, cuando se trate de actos derivados del

servicio;

VIII. Recibir atención médica gratuita y oportuna cuando sean lesionaos

en cumplimiento de su deber. En caso de extremas urgencias o

gravedad, deberán ser atendidos en la institución médica pública o

privada más cercana al lugar de los hechos.

IX. Que solicite el benéfico de su reclusión en áreas específicas, cuando

sea posible y en los casos en que sea sujeto a prisión preventiva; y

X. Los integrantes de las Instituciones de Seguridad Publica acode a lo

señalado en el artículo 123 apartada B , fracción XIII, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus leyes

reglamentarias y la Ley General, contaran con las condiciones

laborales y prestaciones de seguridad social que se establecen en

los lineamientos respectivos.

k) ¿Cuáles son los principios de actuación de los cuerpos de

Seguridad Pública del Distrito Federal?

(LSPDF)

ARTICULO 16.- El servicio a la comunidad y la disciplina, así como el respeto a los derechos humanos y a la legalidad, son principios normativos que los Cuerpos le Seguridad Pública deben observar invariablemente en su actuación. ARTÍCULO 17.- Los elementos de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, independientemente de las obligaciones que establecen la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y otras leyes especiales, deberán: I.- Actuar dentro del orden jurídico, respetando en todo momento la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes que de ella emanen. II.- Servir con fidelidad y honor a la sociedad. III.- Respetar y proteger los Derechos Humanos, IV.- Actuar con la decisión necesaria y sin demora en la protección de las personas y de sus bienes; V.- No discriminar en el cumplimiento de sus funciones a persona alguna en razón de su raza, religión, sexo, condición social, preferencia sexual, ideología política o por algún otro motivo;

Page 22: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

VI.- Desempeñar con honradez, responsabilidad y veracidad el servicio encomendado, debiendo abstenerse de todo acto de corrupción, así como de hacer uso de sus atribuciones para lucrar; VII.- Observar un trato respetuoso en sus relaciones con las personas, a quienes procuraran auxiliar y proteger en todo momento, debiendo abstenerse de todo acto de prepotencia y de limitar injustificadamente las acciones o manifestaciones que, en ejercicio de sus derechos constitucionales y con carácter pacífico, realice la ciudadanía; VIII.- Prestar el auxilio que les sea posible a quienes estén amenazados de un peligro personal, y en su caso, solicitar los servicios médicos de urgencia cuando dichas personas se encuentren heridas o gravemente enfermas, así como dar aviso a sus familiares o conocidos de tal circunstancia; IX.- Usar el equipo a su cargo con el debido cuidado y prudencia en el cumplimiento de su deber, así como conservarlo; X.- Recurrir a medios no violentos antes de emplear la fuerza y las armas; XI.- Velar por la vida e integridad física y proteger los bienes de las personas detenidas o que se encuentren bajo su custodia; XII.- No infligir ni tolerar actos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes a aquellas personas que se encuentren bajo su custodia, aun cuando se trate de cumplir con la orden de un superior o se argumenten circunstancias especiales como amenaza a la seguridad Pública, urgencia de las investigaciones o cualquier otra En el caso de tener conocimiento de tales actos, deberán denunciarlos inmediatamente ante la autoridad competente; XIII.- Obedecer las órdenes de sus superiores jerárquicos y cumplir con todas las obligaciones que tengan a su cargo, siempre y cuando la ejecución de estas o el cumplimiento de aquellas no signifique la comisión de un delito; XIV.- Observar un trato digno y decoroso hacia los elementos policiales que se encuentren bajo su mando con estricto apego y respeto a los derechos humanos y a las normas disciplinarias aplicables; XV.- Guardar la reserva y confidencialidad necesaria respecto de las órdenes que reciban y la información que obtengan en razón del desempeño de sus funciones, salvo que la ley les imponga actuar de otra manera. Lo anterior, sin perjuicio de informar al titular de la dependencia el contenido de aquellas órdenes sobre las cuales tengan presunción fundada de ilegalidad; XVI.- Asistir a los cursos de formación policial, a fin de adquirir los conocimientos teóricos y prácticos que conlleven a su profesionalización; XVII.- Observar las normas de disciplinas y orden que establezcan las disposiciones reglamentarias y administrativas Internas de cada uno de los Cuerpos de Seguridad Pública, y XVIII.- Actuar coordinadamente con otras corporaciones, así como brindarles, en su caso, el apoyo que legalmente proceda.

Page 23: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

(PDCLSPDF)

Artículo 18. La actuación de los integrantes de las instituciones de Seguridad

Publica se regirá por la disciplina de cuerpo y los principios constitucionales de

legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los

derechos humanos; fomentando el servicio a la comunidad, la disciplina y la

participación ciudadana.

Artículo 19. Las instituciones de Seguridad Publica, sin perjuicio a lo dispuesto

en la Ley General; observaran las obligaciones siguientes:

I. Actuar dentro del orden jurídico que establece la Constitución Política

de los Estados Unidos Mexicanos, así como los Derechos Humanos

reconocidos en esta y en los tratados Internacionales de los que el

Estado Mexicano sea parte.

II. Elaborar programas encaminados a proteger los de los niños, niñas y

adolescentes, atendiendo en todo momento el principio del interés

superior de la niños, asegurando a aquellos el cuidado que sea

necesario para su deber;

III. Emitir los lineamientos y procedimientos, ingreso, profesionalización

en las etapas de formación inicial y continua, que comprende la

actualización, promoción, especialización, formación docente y alta

dirección; así como la permanencia, evaluación reconocimiento,

certificación, y el registro en la base de datos de los servidores

públicos de las Instituciones de Seguridad Publica y la separación o

baja del servicio.

IV. Ejecutar los sistemas disciplinarios, así como el régimen de

estímulos de estímulos en el ámbito de su competencia;

V. Fortalecer los sistemas de seguridad social de los servidores

públicos, sus familias y dependientes, e instrumentar los

complementarios a estos con la calidad de propiciar un sentido de

permanencia de los integrantes;

VI. Llevar a cabo programas tendente a la creación de políticas que de

manera coordinada con los límites de seguridad pública, faciliten la

participación ciudadana e instituciones académicas, con la finalidad

de prevenir el delito a través de mecanismos eficaces;

VII. Actuar coordinadamente con otras Instituciones de Seguridad

Publica, así como otorga el apoyo que legalmente proceda;

VIII. Unificar criterios para la organización, operación y modernización

tecnológica de las Instituciones de Seguridad Publica;

IX. Establecer y controlar el registro de antecedentes de personal y

criminalisticos;

X. Implementar mecanismos de evaluación en la aplicación de los

Fondos de Ayuda Federal, y

XI. Promover que los recursos económicos que disponga la

administración del Gobierno del Distrito Federal, se admiten con

Page 24: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

eficacia, trasparencia y honradez, con el propósito de alcanzar los

objetivos predeterminados.

l) ¿Qué son los Derechos Humanos?

(DHTSJDF)

“Los Derechos Humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos,

sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional

o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los

mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son

interrelacionados, interdependientes e indivisibles”

m) ¿Cuáles son los Derechos Humanos de los Policías Del Distrito

Federal?

(CNDH)

“DERECHOS DE LOS POLICÍAS”

Percibir un salario digno, justo y remunerador acorde con las características del

servicio que realizan, así como de las demás prestaciones que por ley se

establezcan en su beneficio.

Los Derechos Humanos de los Policías son todos los reconocidos en la

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados

Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las

garantías para su protección.

n) ¿Qué Instituciones Policiales se proponen para la exención del

pago de la tarifa del Transporte Publico?

Policía Preventiva del Distrito Federal

Policía Bancario E Industrial del Distrito Federal

Policía Auxiliar del Distrito Federal

o) ¿Qué Órgano de la Administración Pública del Distrito Federal se

encarga de aplicar y evaluar la política de movilidad en la Ciudad?

(LMDF)

Artículo 10.- Corresponde al Jefe de Gobierno, en su calidad de titular de la

Administración Pública , en los términos señalados por el artículo 122 de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Estatuto de

Gobierno y de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal

la aplicación de la presente Ley a través de

I. La Secretaría;

La Secretaría será la encargada de planear, diseñar, aplicar y evaluar la

política de movilidad en la Ciudad, así como de realizar las acciones necesarias

para lograr el objeto de esta Ley.

Page 25: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

p) ¿Quién presta el servicio público de transporte de pasajeros?

(LDMDF)

Artículo 78. La prestación del servicio público de transporte de pasajeros

proporcionado directamente por la Administración Pública…

q) ¿Cuáles son los Organos del Gobierno, que integran el Sistema de

Transporte Público de Pasajeros?

(LDMDF)

Artículo 78.-…estará a cargo de los siguientes organismos, que serán parte del

Sistema Integrado de Transporte Público:

I. El Sistema de Transporte Colectivo “Metro”, Organismo Público

descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya planeación,

organización, crecimiento y desarrollo se regirá por su decreto de creación y

por las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, forma parte del

Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal; la red pública de transporte

de pasajeros deberá ser planeada como alimentador de este sistema;

II. El Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal, Organismo Público

descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, en su

planeación, crecimiento y desarrollo se ajustará a su instrumento de creación y

por las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, forma parte del

Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal

III. La Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal, Organismo Público

Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, en su

planeación, crecimiento y desarrollo se ajustará a su instrumento de creación y

por las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, forma parte del

Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal; será un alimentador de los

sistemas masivos de transporte;

IV. El Sistema de Corredores de Transporte Público de Pasajeros del Distrito

Federal “Metrobús”, Organismo Público Descentralizado de la Administración

Pública del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría que cuenta con

personalidad jurídica y patrimonio propios además de autonomía técnica y

administrativa en su planeación, crecimiento y desarrollo se ajustará a su

instrumento de creación y por las disposiciones jurídicas y administrativas

aplicables, forma parte del Programa Integral de Movilidad del Distrito Federal.

V. Adicionalmente, aquellos establecidos o los que decrete el Jefe de Gobierno

para satisfacer las necesidades de traslado de la población.

r) ¿A propuesta de que Autoridad el Jefe de Gobierno podrá autorizar

las exenciones de pago de la tarifa, que se aplica de manera general, abstracta e impersonal a sectores específicos de la población?

(LDMDF) Artículo 167.-…el Jefe de Gobierno a propuesta de la Secretaría, podrá

autorizar el establecimiento de tarifas especiales, promociónales, o

Page 26: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

preferenciales, así como exenciones del pago de tarifa, que se aplicaran de

manera general, abstracta e impersonal a sectores específicos de la población.

s) ¿Qué atribuciones tiene el Jefe de Gobierno en materia de

movilidad?

(LMDF)

Artículo 11. Son atribuciones del Jefe de Gobierno en materia de movilidad, las siguientes: VII. Determinar las tarifas de transporte público de pasajeros en todas sus modalidades, a propuesta de la Secretaría;

Page 27: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XII. ENCUESTA

“Exención de pago en el transporte público para integrantes de

las Instituciones de Seguridad Pública del DF”

P1 ¿Eres elemento activo de la Secretaria de Seguridad Pública?

Respondido: 97

Omitido: 1

Opciones de respuesta

Si 98,97%

No 1,03%

P2 Su adscripción ¿Cuál es?

Respondido: 97

Omitido: 3

Opciones de respuesta

PP 19,59%

PA 71,13%

PBI 9,28%

P3 ¿Por qué demandan los policías la gratuidad del transporte público?

Respondido: 100

Omitido: 0

Opciones de respuesta

Porque mi salario no me alcanza 86,00%

Me es indiferente 1,00%

Respuestas Otro especifique 13,00%

P4 En general, ¿qué tan importante diría que es el servicio de transporte

público en su vida diaria?

Respondido: 99

Omitido: 1

Opciones de respuesta

Extremadamente importante 64,65%

Muy importante 35,35%

Poco importante 0,00% 0

Nada importante 0,00% 0

Page 28: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

P5 ¿Es suficiente el salario del policía para cubrir sus necesidades primarias?

Respondido: 98

Omitido: 2

Opciones de respuesta Respuestas

Si 14,29%

No 85,71%

P6 si le dieran el derecho de exentar su pago en el servicio público ¿Se

reflejaría positivamente esta prerrogativa en su economía básica?

Respondido: 96

Omitido: 4

Opciones de respuesta Respuestas

Si 93,75%

No 5,21%

Me es indiferente 1,04% 0

P7 ¿A cuánto haciende su gasto diario en trasporte público del D.F.?

Respondido: 98

Omitido: 2

Opciones de respuesta Respuestas

$ 20 pesos 18,37%

$ 30 pesos 43,88%

Mas 26,92%

P8 En su opinión, ¿Cuál sería la cantidad que se ahorraría quincenalmente, si

exenta el pago en el transporte público del D.F.?

Respondieron: 95

Omitidos: 5

Opciones de respuesta Respuestas

$ 250 pesos 54,76%

$ 350 pesos 36,84%

Mas 8,42%

P9 ¿En qué gastaría ese dinero?

Respondido: 52

Omitido: 2

Opciones de respuesta Respuestas

Gasto familiar 56,12%

Estudios 9,18%

Alimentos 34,69%

Page 29: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

P 10 En particular ¿Cómo afectaría en su estado emocional este derecho?

Respondido: 98

Omitido: 2

Opciones de respuesta Respuestas

Sería un aliciente por mis presiones en mis gastos

67,35%

Lo recibiría con mucho gusto 30,61%

Indistinto 1,89%

NOTA; Se muestran los resultados de las primeras cien respuestas recibidas a

nuestra encuesta, que se encuentra abierta recibiendo más información de las

personas integrantes de las Instituciones de Seguridad Pública del Distrito

Federal.

En el siguiente enlace web; https://es.surveymonkey.com/r/YHDYQMP

Las nuevas tecnologías representan primeramente, un escaparate de

oportunidades, que correctamente aplicadas nos permiten obtener información

en muy poco tiempo y a un bajo costo; Su denominación es simplemente otro

sinónimo para la palabra herramienta.

Debemos destacar que la tecnología, no solo es lo que conduce el progreso

humano, en realidad se diseñan para permitirnos plasmar los ideales que

llevamos en la mente.

Page 30: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XIII. SALARIOS DE LOS INTEGRANTES DE LA SECRETARIA DE

SEGURIDAD PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

“Censo Nacional de Gobierno de Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2014”

Realizados por el Instituto Nacional De Estadística Y Geografía (INEGI) Donde se obtuvo información del Distrito Federal, para este caso en concreto.

(Sueldos de Policía Preventiva)

FUENTE: INEGI. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2013

Total; 38,513; 4%

De $ 1 a 5,000

33; 3%

De $ 5,001 a $ 10,000 8,833; 1%

De $ 10,001 a $ 15,000 23,313; 2%

De $ 15,001 a $ 20,000 5,51; 1%

Más de $ 20,000;874; 89%

Tipo de corporación Policía preventiva

Consulta de Personal Por: Entidad Según: Rango de ingresos

Total Sin paga

De 1 a 5,000 pesos

De 5,001 a 10,000 pesos

De 10,001 a 15,000 pesos

De 15,001 a 20,000 pesos

Más de 20,000 pesos

Distrito Federal 38,513 0 33 8,883 23,213 5,51 874

Page 31: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Censo Nacional de Gobierno de Seguridad Pública y Sistema

Penitenciario Estatales 2014.

(Sueldos de Policias Complementarias) Policia Bancaria e Industrial, Policia

Auxiliar.

Total Sin paga

De 1 a 5,000 pesos

De 5,001 a 10,000 pesos

De 10,001 a 15,000 pesos

De 15,001 a 20,000 pesos

Más de 20,000 pesos

Distrito Federal 45,04 1,05 605 26,941 12,622 2,329 1,493

FUENTE: INEGI. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2013

Total ; 45,04; 7%

sin paga ; 1,05; 0%

De $ 1 a $ 5,000 605; 87%

De $ 5,001 a $ 10,000 26,941; 4%

De $ 10,001 a $ 15,000 12,622; 2%

De $ 15,001 a $ 20,0002,329; 0%

Más de $ 20,000 1,493; 0%

Tipo de corporación : Policía Complementaria Auxiliar, Bancaria Industrial

Consulta de Personal Por: Entidad Según: Rango de ingresos

Page 32: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

“Exe

nci

ón

del

pag

o d

e la

tar

ifa

del

Ser

vici

o d

e T

ran

spo

rte

bli

co d

el D

istr

ito

Fed

eral

.” |

30

de

may

o d

e 2

01

5

Cuestionario a Policías ¿Qué piensa la policía? 2014

Realizado Causa en Común. A.C.

3 de cada 10 policías entrevistados percibe $6,000 o menos al mes, por su

labor Como policía

Fuente; Resultados del Cuestionario a Policías ¿Qué piensa la policía? 2014

De $3,001 a $6,000 28.4%

De $6,001 a $9,000 26.6%

De $9,001 a

$12,000 22.0%

De $12,001 a $15,000 9.5%

De $15,001 a $18,000 3.5%

Más de $18,000 2.1% Ns/Nc 1.6% Menos de $3,000 5.0%

Page 33: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XIV. DERECHOS EN LAS NORMAS INTERNACIONALES DE TRABAJO.

Las normas Internacionales de Trabajo protegen derechos específicos, como

los derechos laborales y de seguridad social, Por ello se encuentran

directamente relacionados con la situación de los policías. En general se puede

señalar que los derechos de los policías y militares y sus familiares se

encuentran protegidos por tratados internacionales de derechos humanos y por

normas internacionales de trabajo.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es la agencia de la

Organización de las Naciones Unidas (ONU), que convoca a Gobiernos,

empleadores y trabajadores de sus Estados miembros, con el propósito de

emprender acciones con juntas destinadas a promover el trabajo decente en el

mundo, elaborando normas de trabajo.

Entre los convenios Internacionales de la (OIT) se puede mencionar de forma

general el Convenio 102 sobre Seguridad Social norma mínima aprobada por

México que establece cuales son las prestaciones previsionales básicas, como

la asistencia médica, las prestaciones monetarias por enfermedad,

prestaciones en caso de acciones de invalides, prestaciones de sobrevivientes,

entre otras.

El convenio 159 del 22 de junio de 1983 sobre la readaptación profesional y el

empleo de personas invalidas, aprobado por México en el cual como su propio

nombre lo indica se establecen las políticas que deben desarrollarse para

lograr la readaptación en el empleo de las personas con discapacidad, como

medidas positivas para logar la igualdad de oportunidades

En el caso específico de los policías y miembros de la fuerza armadas la (OIT)

los comprende en los (SPE) Servicios Públicos de Emergencia, los servicios

públicos de emergencias han de ocuparse de situaciones excepcionales que se

producen en la sociedad y su ponen una amenaza para la vida y por lo tanto

los trabajadores de estos servicios deben hacer frente a acontecimientos y

circunstancias que se salen de la rutina diaria.

La (OIT) ha señalado que contrario a lo que se piensa en el caso de los policías

entendidos como trabajadores de los (SPE) tiene precarias condiciones

laborales y de seguridad social, esto les ocasiona más estrés que los peligros

que afrontan en el trabajo además enfrentan sueldos insuficientes, opciones de

promoción profesional limitadas, exceso de trámites administrativos, la falta de

apoyo.

Page 34: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XV. OFICINA DE LA OIT PARA MÉXICO Y CUBA

La Oficina de la OIT brinda asistencia técnica a sus mandantes en México y

Cuba: los gobiernos, organizaciones de empleadores y organizaciones de

trabajadores. Las áreas de acción prioritarias de la OIT en México para 2014-

2015 son:

El impulso a la creación y formalización de empleo, particularmente para

jóvenes, mujeres y otros grupos con desventajas de entrar al mercado

de trabajo en condiciones de igualdad.

La promoción y construcción de la seguridad social y de pisos de

protección social.

Instrumentar políticas y programas de productividad laboral, capacitación

y diálogo social, para promover el trabajo decente y recuperación

salarial.

El fomento de generación de empleo en el ámbito local, mediante

proyectos productivos, esquemas innovadoras de microfinanciamiento y

cooperativas.

La promoción de una economía verde generadora de empleos verdes y

trabajo decente.

Prevención y erradicación del trabajo infantil.

Fomento de capacidades de la administración e inspección del trabajo.

Fortalecimiento institucional y de capacidades de organizaciones de

empleadores.

Fortalecimiento institucional y de capacidades de organizaciones de

trabajadores.

Eficiencia, eficacia y transparencia de la legislación y justicia laboral, en

la aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo.

En Cuba, la Oficina brinda asistencia técnica para la aplicación de

programas de productividad, capacitación y desarrollo de recursos

humanos en la industria azucarera. Además fomenta la capacidad

preventiva de la Inspección del Trabajo en sectores de alto riesgo de

accidentes (agricultura, construcción, sector eléctrico, riesgos químicos).

Page 35: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XVI. ANTECEDENTES.

ANEXO I:

Tarjeta inteligente de pase de cortesía

Otorgada por la C. Ing. Florencia Serranía Soto; Fungió como Directora

General STC Metro de febrero de 2004 a diciembre de 2006 su gestión duro (2

años 11 meses).

Nota; El original de esta tarjeta inteligente versa en poder del titular del derecho, para

efectos de la pretensión.

Page 36: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

ANEXO II.

Recibo de pago

Page 37: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

ANEXO III.

Hojas de firmas de las personas integrantes de las Instituciones de Seguridad

Pública del Distrito Federal.

Nombre Firma

Page 38: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XVII. FUNDAMENTO LEGAL.

(CPEUM) Constitución Política delos Estados Unidos Mexicanos texto

vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dia 05 de

febrero de 1857.

(LSPDF) Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal texto vigente,

publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de julio de 1993.

(LMDF) Ley de Movilidad del Distrito Federal texto vigente, publicada en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal el dia 14 de julio de 2014.

Y las demás que para este efecto sean aplicables.

Page 39: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XVIII. CONCLUSION.

Obtenemos como resultado de nuestro análisis que las personas integrantes de

las Instituciones de Seguridad Publica, son un grupo social con necesidades de

prerrogativas, y susceptibles de derechos y obligaciones, que por la falta de un

salario digno y sustancioso ejercen un derecho consuetudinario de Costumbre

supletoria PREATER LEGEM de prácticas con el consentimiento de los

mismos miembros del grupo social para el uso de derechos no escritos, como

es el del servicio de transporte de pasajeros público, de igual forma obtenemos

que en el articulado de la norma objetiva vigente a la fecha es aplicable este

derecho; Por lo tanto susceptible de su estudio, para su legislación positiva y

formar parte del Estado de Derecho y Jurisprudencia, que garantice el ejercicio

pleno de este derecho natural de la persona; Como reconocimiento al valor de

cada una de estas personas integrantes de las Instituciones de Seguridad

Pública del Distrito Federal; Que no hay que dejar de exaltar, esa aptitud de

poner en riesgo su vida en pro de la sociedad; Por lo tanto en estricto sentido

ESTRICTU SENZU es aplicable el principio general de derecho Dame los

hechos y te daré el derecho DA MIHI FACTUM DABO TIBI JUS.

Page 40: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

XIX. BIBLIOGRAFÍA.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 07-07-2014. Documento disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm Consultado en mayo 2015 Consultado mayo 2015 Constitución Política De Los Estados Unidos de México de 5 de febrero de 1917. Editorial `Porrúa 173ª edición actualizada 1ª reimpresión. Miguel Carbonell Prologo Notas y Actualizaciones 2014. Consultado abril 2015 Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos de 5 de febrero de 1917. Con jurisprudencia. Miguel Carbonell. Edgar S. Caballero González. Tirant lo Blanch. México D.F. 2014. Consultado mayo 2015. Los principales tratados internacionales de Derechos Humanos http://www.ohchr.org/Documents/Publications/CoreTreatiessp.pdf Consultado mayo 2015. Diccionario Jurídico Elementa. Guillermo Cabanellas de Torres. Edición 2016. Archivo PDF. Consultado mayo 2015. Tratado Teórico Practico de los Recursos Administrativos. Libro. Gonzalo Armenta Hernández. Octava Edición. Editorial Porrúa 2009. Consultado mayo 2015. Derechos Administrativo. Libro. Andrés Serra Rojas. Vigésima Quinta Edición. Editorial Porrúa 2004. Consultado mayo 2015. De La Protesta A LA Participación Ciudadana. Libro. Ulrich Richter Morales. Primera Edición 2014. Consultado mayo 2015 Lexicología jurista. Carlos I. Muñoz Rocha. Oxxford University Press. Junio 20014. Consultado mayo 2015 Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal. Consultado abril 2015. Archivo PDF. Consultado mayo 2015 Ley de Movilidad para el Distrito Federal Consultada mayo 2015. Archivo PDF. Consultado mayo 2015

Gobierno del Distrito Federal http://df.gob.mx/ Consultado abril 2015 VI LEGISLATUTA DE LA ASAMBLE LEGILATIVA DEL DISTRITO FEDERAL Comisión de Seguridad Pública http://www.aldf.gob.mx/comision-seguridad-publica-725-1.html Consultado abril 2015 Consultada mayo 2015

Page 41: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Secretaria de Seguridad Pública del Distrito Federal http://www.ssp.df.gob.mx/Pages/Ini.aspx Consultado mayo 2015. Policía Auxiliar del Distrito Federal http://pa.df.gob.mx/ Consultado abril 2015. Policía Bancaria E Industrial del Distrito Federal http://www.policiabancaria.df.gob.mx/ Consultado abril 2015. Tribunal Superior de Justicia Derechos Humanos (TSJDF) http://www.derechoshumanosdf.gob.mx/es/DOCDH/Definicion Consultado Abril 2015. Instituto Nacional De Estadística Y Geografía. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2014 http://www.inegi.org.mx/est/lista_cubos/consulta.aspx?p=gob&c=15 Consultado mayo 2015. Causa en Común A.C. http://causaencomun.org.mx/ Consultado abril 2015 Ciudadanos por una Causa en Común A.C. ¿Qué piensa la policía 2014? Resultados del Cuestionario a Policías http://causaencomun.org.mx/wp-content/uploads/2015/03/Encuesta-Qu%C3%A9-piensa-la-Polic%C3%ADa-2014.pdf Consultado abril 2015 Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM http://www.juridicas.unam.mx/ http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/9/default.htm?s Consultada abril 2015 Persona Jurídica o sujeto de derecho http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/25/dtr/dtr12.pdf Consultado mayo 2015 Principio pro persona http://www2.scjn.gob.mx/red/coordinacion/archivos_Principio%20pro%20persona.pdf Consultado mayo 2015 La grande división del derecho http://juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/facdermx/cont/242/art/art1.pdf Consultado mayo 2015. LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LOS MEXICANOS, 2A. ED. Fix Fierro, Héctor http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/libro.htm?l=2195 Consultado mayo 2015.

Page 42: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 07-07-2014. Documento disponible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm Consultado en mayo 2015 Consultado mayo 2015. Comisión Nacional de Derechos Humanos México http://www.cndh.org.mx/ Consultado mayo 2015. Principales derechos y deberes del policía. Comisión Nacional De Los Derechos Humanos. http://www.cndh.org.mx/sites/all/fuentes/documentos/cartillas/15%20cartilla%20derechos%20deberes%20polic%C3%ADas.pdf Consultado mayo 2015. Unidad para la defensa de los Derechos Humanos http://www.derechoshumanos.gob.mx/es/Derechos_Humanos/home http://www.derechoshumanos.gob.mx/es/Derechos_Humanos/Contacto Consultado mayo 2015. Comisión de los Derechos Humanos del Distrito Federal http://cdhdfbeta.cdhdf.org.mx/ Consultado mayo 2015. Oficina de la OIT para México y Cuba http://www.ilo.org/mexico/lang--es/index.htm Consultado mayo 2015. Secretaria de Movilidad del Distrito Federal http://www.semovi.df.gob.mx/ Consultado mayo 2015. Sistema de Transporte Colectivo Metro http://www.stc.df.gob.mx/ Consultado mayo 2015. Servicio de Transportes Eléctricos del distrito Federal http://www.ste.df.gob.mx/ Consultado mayo 2015. Metro Bus http://www.metrobus.df.gob.mx/index2.html Consultado mayo 2015 RTP http://www.rtp.gob.mx/indexB.html Consultado mayo 2015. Excélsior en línea. Fuente Arturo Páramo. 07 de diciembre de 2013. “Mancera reconoce labor de policías capitalinos”. http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2013/12/07/932398 Consultado mayo de 2015 Azteca Noticias. Fuente Selene Flores. 01 de mayo de 2015. “Mancera continuará la lucha por dignificar el salario” http://www.aztecanoticias.com.mx/notas/mexico/219897/mancera-continuara-la-lucha-por-dignificar-el-salario Consultado mayo de 2015

Page 43: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

El universal mx. Metrópoli. Fuente Joel Ruiz. Viernes 19 de septiembre 2014. “Los policías también tiene derechos humanos” http://www.eluniversal.com.mx/ciudad-metropoli/2014/los-policias-tambien-tienen-derechos-humanos-almeida-1062996.html Consultado enero 2015. Organización Internacional del Trabajo; Ratificaciones de México http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:11200:0::NO::P11200_COUNTRY_ID:102764 Consultado mayo 2015. PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR DENUNCIAS; EN VIRTUD DE TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS. http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet7Rev.1sp.pdf Consultado mayo 2015. TRATADOS, ACUERDOS Y OTRAS DISPOSICIONES INTERNACIONALES PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN A PARTIR DE 2002 Último Acuerdo publicado el 27 de mayo de 2010 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/compila/tratados.htm Consultado mayo 2015. Tratados y declaraciones sobre Derechos Humanos http://www.ordenjuridico.gob.mx/derechos_humanos.phpConsultado mayo 2015. Borde Jurídico http://www.ordenjuridico.gob.mx/index.php Consultado mayo 2015. Ámbito Local http://www.ordenjuridico.gob.mx/estatal.php?liberado=no&edo=9 Consultado mayo 2015 Organización Internacional del Trabajo; Ratificaciones de México http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:11200:0::NO::P11200_COUNTRY_ID:102764 Consultado mayo de 2015

PROCEDIMIENTOS PARA PRESENTAR DENUNCIAS; EN VIRTUD DE TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS. http://www.ohchr.org/Documents/Publications/FactSheet7Rev.1sp.pdf Consultado mayo 2015. TRATADOS, ACUERDOS Y OTRAS DISPOSICIONES INTERNACIONALES PUBLICADOS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN A PARTIR DE 2002 Último Acuerdo publicado el 27 de mayo de 2010 http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/compila/tratados.htm Consultado mayo 2015.

Page 44: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

Tratados y declaraciones sobre Derechos Humanos http://www.ordenjuridico.gob.mx/derechos_humanos.php Consultado mayo 2015. http://www.ordenjuridico.gob.mx/estatal.php?liberado=no&edo=9 Consultado mayo 2015.

Page 45: Petitoria_exencion Del Pago Del Transporte Publico_vhsm_mayo 2015-2 PDF

VHSM

30

de

ma

yo

de

20

15

“De la prerrogativa que se apela como un derecho

positivo se desprende la naturaleza íntima humana

aplicable de adaptación a las circunstancias y necesidades

de movilidad, para los integrantes de las Instituciones de

Seguridad Publica; El reconocimiento histórico de la

excepción del pago de tarifa que se aplican de manera

general, abstracta e impersonal a sectores específicos de

la población significaría mejorar los incentivos

positivamente acompañado de una actitud positiva,

criticándose como una verdadera voluntad de cambios; Su

instauración seria como forma de justicia para este sector

de la sociedad tanto tiempo olvidado; Como

reconocimiento a su valor que no hay que dejar de

exaltar; A la aptitud de poner en riesgo su vida en pro de

la sociedad”.

Mi misión es servir, mi meta profesionalizarme

hasta alcanzar el ÉXITO.

Víctor Hugo Serrano Morales