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Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801 Director: Lic. Aarón Navas Alvarez Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130 Tomo CC A:202/3/001/02 Número de ejemplares impresos: 400 Toluca de Lerdo, Méx., lunes 20 de julio de 2015 No. 14 S U M A R I O: SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LOS CIUDADANOS CELIA CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO GRANAT Y DAN ACHAR COHEN, LA FUSIÓN DE LOS PREDIOS Y CONDOMINIO HORIZONTAL HABITACIONAL DE TIPO MEDIO DENOMINADO “ALBORADA II”, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MÉXICO. AVISOS JUDICIALES: 3316 y 3312. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3286, 3262, 3263, 3264, 3315, 3314, 3317, 3310, 3311, 3319, 3232, 3233, 3234, 3241, 3313, 3318, 3294 y 3319-BIS. SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO FE DE ERRATAS POR LA QUE SE AGREGAN DESPUÉS DE LA PÁGINA 19 LOS FORMATOS F1, F2 Y F3 A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL “PROGRAMA DESARROLLO AGRÍCOLA”, PUBLICADAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO No. 54, DE FECHA 25 DE MARZO DE 2015. FE DE ERRATAS A LOS LINEAMIENTOS Y MANUALES DE OPERACIÓN DEL “PROGRAMA PROYECTOS ESPECIALES PECUARIOS”, PUBLICADOS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO No. 63, DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2014. “2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y PavónSECCION PRIMERA PODER EJECUTIVO DEL ESTADO SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO CIUDADANOS CELIA CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO GRANAT Y DAN ACHAR COHEN. CALLE IGNACIO ALLENDE No. 738, BARRIO DE LA MAGDALENA, MUNICIPIO DE SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MEXICO. PRESENTE: Me refiero al formato único de solicitud con número de folio DRVT/RLL/093/2015, recibido en Lerma de Villada, por el que solicita a la Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, la autorización para llevar a cabo la Fusión de dos predios con una superficie de 2,520.00 M2 cada uno para un total de 5,040.00 M2. (CINCO MIL, CUARENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS), y el Condominio horizontal de tipo habitacional medio denominado "Alborada II", en el lote resultante de la Fusión de predios, para el desarrollo de 26 viviendas en una superficie de 5,040.00 M2. (CINCO MIL, CUARENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS), ubicado en la calle Ignacio Allende número 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco, Estado de México; al respecto comunico a usted lo siguiente: Que esta autoridad es competente para emitir la presente autorización, con fundamento en los artículos 8, 14 y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; con apoyo en lo dispuesto por los artículos 3, 15, 19 fracción

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Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México

REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801

Director: Lic. Aarón Navas Alvarez

Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130

Tomo CC A:202/3/001/02

Número de ejemplares impresos: 400

Toluca de Lerdo, Méx., lunes 20 de julio de 2015

No. 14

S U M A R I O:

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LOS CIUDADANOS CELIA

CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO

GRANAT Y DAN ACHAR COHEN, LA FUSIÓN DE LOS PREDIOS

Y CONDOMINIO HORIZONTAL HABITACIONAL DE TIPO

MEDIO DENOMINADO “ALBORADA II”, UBICADO EN EL

MUNICIPIO DE SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MÉXICO.

AVISOS JUDICIALES: 3316 y 3312.

AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3286, 3262, 3263, 3264,

3315, 3314, 3317, 3310, 3311, 3319, 3232, 3233, 3234, 3241, 3313,

3318, 3294 y 3319-BIS.

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

FE DE ERRATAS POR LA QUE SE AGREGAN DESPUÉS DE LA

PÁGINA 19 LOS FORMATOS F1, F2 Y F3 A LAS REGLAS DE

OPERACIÓN DEL “PROGRAMA DESARROLLO AGRÍCOLA”,

PUBLICADAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL

GOBIERNO No. 54, DE FECHA 25 DE MARZO DE 2015.

FE DE ERRATAS A LOS LINEAMIENTOS Y MANUALES DE

OPERACIÓN DEL “PROGRAMA PROYECTOS ESPECIALES

PECUARIOS”, PUBLICADOS EN EL PERIÓDICO OFICIAL

GACETA DEL GOBIERNO No. 63, DE FECHA 4 DE ABRIL DE 2014.

“2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón”

SECCION PRIMERA

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y METROPOLITANO

CIUDADANOS CELIA CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO GRANAT Y DAN ACHAR COHEN. CALLE IGNACIO ALLENDE No. 738, BARRIO DE LA MAGDALENA, MUNICIPIO DE SAN MATEO ATENCO, ESTADO DE MEXICO. PRESENTE: Me refiero al formato único de solicitud con número de folio DRVT/RLL/093/2015, recibido en Lerma de Villada, por el que solicita a la Dirección General de Operación Urbana dependiente de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, la autorización para llevar a cabo la Fusión de dos predios con una superficie de 2,520.00 M2 cada uno para un total de 5,040.00 M2. (CINCO MIL, CUARENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS), y el Condominio horizontal de tipo habitacional medio denominado "Alborada II", en el lote resultante de la Fusión de predios, para el desarrollo de 26 viviendas en una superficie de 5,040.00 M2. (CINCO MIL, CUARENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS), ubicado en la calle Ignacio Allende número 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco, Estado de México; al respecto comunico a usted lo siguiente: Que esta autoridad es competente para emitir la presente autorización, con fundamento en los artículos 8, 14 y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 78 y 143 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; con apoyo en lo dispuesto por los artículos 3, 15, 19 fracción

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VIII y 31 fracciones II y XIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 5.1, 5.3 fracciones XIII y XV, 5.5 fracción I, 5.6, 5.7, 5.9 fracción IV, 5.49, 5.50, 5.51 y 5.52 del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, 1, 2, 4, 6, 8, 9, 108, 110, 111, 112, 114, 115 y 116, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, 145 fracciones I y III del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y con fundamento en lo establecido por los artículos 1, 2, 3 fracción V, 13 fracciones II y III y 14 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, y considerando que es interés del Gobierno del Estado de México y del Honorable Ayuntamiento de San Mateo Atenco, apoyar la oferta de suelo para la generación de viviendas en la Entidad.

C O N S I D E R A N D O Que el Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XXIV, define a la Fusión de predios "a la unión de dos o más predios o lotes contiguos, con el fin de constituir una unidades de propiedad", con normas de uso y aprovechamiento del suelo, así como la imagen urbana de un predio o lote". Que el Código Administrativo del Estado de México en su artículo 5.3 fracción XIII, define al condominio como "la modalidad en la ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar u ordenar, como una unidad espacial integral, las áreas privativas y comunes, la obligación y normas de uso y aprovechamiento del suelo, la ubicación de edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura primaria en su caso; así como la imagen urbana de un predio o lote". Que el mismo ordenamiento legal, en su artículo 5.3 fracción XV, define al condominio horizontal como "la modalidad en la cual cada condómino es propietario exclusivo de un área privativa de terreno y en su caso, de la edificación que se construya en ella, a la vez que es copropietario de las áreas, edificios e instalaciones de uso general". Que la solicitud de Fusión y condominio horizontal que nos ocupa, la presenta el Contador Público Juan Manuel Gómez Balanzario, Representante Legal de los propietarios de los predios ciudadanos Celia Charabati Asse, Fredy Charabati Asse, Gabriel Acero Granat y Dan Achar Cohen, quien a su vez se identifica con la credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral en el año 2013, con el Folio de referencia No. 0000008868601. Que se acreditó la propiedad de los terrenos a desarrollar mediante los siguientes documentos: Escritura número veintidós mil novecientos siete (22,907), Volumen ochocientos veintisiete (827),

Folios treinta al treinta y dos (30 al 32), de fecha nueve de julio del año dos mil trece, que contiene el contrato de compraventa a favor de los adquirientes, otorgada ante la fe del Notario Público número 103 del Estado de México, Lic. Víctor Alfonso Varela Velasco e inscrita en la Oficina Registral de Lerma del Instituto de la Función Registral del Estado de México, bajo los siguientes asientos regístrales: Folio Real Electrónico número 00025133, de fecha doce de agosto de dos mil trece.

Escritura número veintidós mil novecientos ocho (22,908), Volumen ochocientos veintiocho (828),

Folios treinta y cinco al treinta y siete (35 al 37), de fecha nueve de julio del año dos mil trece, que contiene el contrato de compraventa a favor de los adquirientes, otorgada ante la fe del Notario Público número 103 del Estado de México, Lic. Víctor Alfonso Varela Velasco e inscrita en la Oficina Registral de Lerma del Instituto de la Función Registral del Estado de México, bajo los siguientes asientos regístrales: Folio Real Electrónico número 00024219, de fecha doce de agosto de dos mil trece.

Que el ciudadano Juan Manuel Gómez Balanzario, acredita su personalidad de Apoderado Legal de los propietarios, mediante la escritura número veintidós mil novecientos once (22,911), Volumen ochocientos veintiuno (821), Folios: sesenta y uno al sesenta y dos (61 al 62), de fecha nueve de julio de dos mil trece, otorgada ante la fe del Notario Público 103 del Estado de México, Lic. Víctor Alfonso Varela Velasco.

Que la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Honorable Ayuntamiento de San Mateo Atenco, expidió la autorización de las Licencias de Uso de Suelo, para los predios objeto del desarrollo, según las LICENCIAS Nos. 0479 y 0480 conforme las solicitudes Nos. 2056 y 2055, con fecha de expedición uno de julio de dos mil quince, con normas de fusión para uso habitacional, predios ubicados en zona de uso Habitacional Densidad 200 (H-200-A), así como las autorizaciones de Cambio de Frente Mínimo emitido mediante los

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oficios números SMA/DUYMA/0223/14 y SMA/DUYMA/0224/14, de fecha veintiocho de noviembre de dos mil catorce, lo que permite el desarrollo de la fusión de los predios y el Condominio horizontal con el número de lotes y usos pretendidos, con superficie mínima de 120.00 metros cuadrados con frente de 6.00 metros para cada área privativa.

Que la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Honorable Ayuntamiento de San Mateo Atenco, expidió las Constancias de Alineamiento y Número Oficial Nos. 0429 y 0428, de fecha dieciocho de septiembre de dos mil trece, en los expedientes 0457/2013 y 0458/2013, en los que se indican las medidas y colindancias de los predios, así como el paramento previsto al sur por la calle Ignacio Allende y la sección total de la calle pretendida con 12.00 metros a la que da frente el predio, estableciéndose una franja de restricción absoluta de construcción de 2.85 a 3.22 metros, para cumplimiento de la fusión de los predios y el lote resultante o fusionado, que cuentan con frente y acceso a la vía pública; también al norte se tiene previsto un futuro andador con sección total de 6.00 metros, señalándose una franja de restricción absoluta de construcción de 0.40 metros en ambos predios.

Que se presenta el plano del proyecto de la Fusión y el condominio horizontal que nos ocupa, el cual cumple con las medidas y superficie contenidas en las escrituras públicas referidas, la normatividad indicada en las autorizaciones de las Licencias de Uso del Suelo, las autorizaciones del Cambio de Frente Mínimo, las constancias de alineamiento, la información y características indicadas en la fracción V del artículo 108 y fracción I inciso C) del artículo 114 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Que se presentaron los Certificados de Libertad o Existencia de Gravámenes expedidos por la Oficina Registral de Lerma, dependiente del Instituto de la Función Registral del Estado de México, en los que se certifica que los predio descritos e inscritos con el Folio Real Electrónico 00025133 y el Folio Real Electrónico 00024219, de fecha ocho de julio de dos mil quince, no reportan gravámenes y/o limitantes.

Que la Secretaria de Desarrollo Urbano y Metropolitano a través de la Dirección General de Operación Urbana expidió la correspondiente Constancia de Viabilidad favorable para el proyecto del Condominio Horizontal denominado "Alborada II", para 26 viviendas de tipo medio en el terreno con superficie de 5,040.00 metros cuadrados, localizado en el Municipio de San Mateo Atenco, según oficio No. 224020000/1942/2015, de fecha nueve de julio del dos mil quince.

Que la Dirección General de Planeación Urbana emitió la opinión técnica para el proyecto del Condominio horizontal para 26 viviendas de tipo medio denominado "Alborada II", a la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano y Vivienda, Folio No. CV/SC/060/2014 en atención al turno No. DPUR/043/2015, de fecha veinticuatro de junio del dos mil quince.

Que el Vocal Ejecutivo de la Comisión de Agua del Estado de México, emitió la opinión técnica favorable para el proyecto del Condominio horizontal denominado "Alborada II", a la Comisión Estatal de Desarrollo Urbano y Vivienda, mediante el oficio No. 206B10000/FAC/069/2015, de fecha trece de mayo del dos mil quince, en la que se indican los antecedentes y las determinaciones que conllevan a que el organismo operador del municipio garantizará el abasto del agua potable, previo a que se acredite con el estudio relativo a la calidad del agua.

Que el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de San Mateo Atenco, a través del oficio No. OPDAPAS/SMA/DG/596/31/07/2014, de fecha cuatro de septiembre de dos mil catorce, emitió el dictamen de factibilidad de los servicios de agua potable y drenaje, para desarrollar el condominio horizontal para viviendas de tipo medio, denominado "Alborada II".

Que la Dirección General de Vialidad dependiente de la Secretaría de Comunicaciones del Gobierno del Estado de México, expidió su opinión técnica favorable para el desarrollo del condominio horizontal que se pretende 26 viviendas de tipo medio, en el predio ubicado en la calle Ignacio Allende No. 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco, a través de los oficios No. 21101A000/1188/2013, de fecha trece de mayo del dos mil trece y No. 21101A000/2540/2014, de fecha veintisiete de octubre de dos mil catorce, debiendo posteriormente solicitar el dictamen de incorporación e impacto vial, el cual quedará condicionado a cumplir con la normatividad, proyectos, obras de incorporación vial y el entero de la aportación por impacto vial.

Que mediante el oficio No. SSG/DGPC/O-6975/2014 de fecha tres de noviembre del dos mil catorce, la Dirección General de Protección Civil de la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de

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México, expidió su opinión técnica favorable para la realización del proyecto de condominio horizontal de 26 viviendas de tipo medio, en el predio ubicado en la calle Ignacio Allende No. 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco. Que la Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, otorgó el respectivo dictamen en materia de impacto y riesgo ambiental, mediante el oficio No. 212130000/DGOIA/OF/2751/14, con el folio No. CV/SC/060/2014, de fecha veintiuno de octubre del dos mil catorce, en el predio ubicado en la calle Ignacio Allende No. 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco. Que la Comisión Federal de Electricidad a través de la Jefatura de Oficina de Atención a Solicitudes de la Zona de Distribución Tenango, mediante el oficio número DPL-453/2014, de fecha veinticuatro de junio de dos mil catorce, otorgó la factibilidad de dotación del servicio de energía eléctrica para el desarrollo del condominio, en el predio ubicado en la calle Ignacio Allende No. 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco.

Que el H. Ayuntamiento de San Mateo Atenco, a través de la Presidenta Municipal Constitucional, emitió su opinión favorable a través del oficio No. SMA/PM/1711/14, de fecha once de diciembre del dos mil catorce, para que se lleve a cabo el desarrollo del condominio horizontal de 26 viviendas de tipo medio, en el predio ubicado en la calle Ignacio Allende No. 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco.

Que la Dirección General de Operación Urbana a través del oficio No. 224020000/0577/2015, de fecha veinticinco de febrero del dos mil quince, manifestó a la empresa promotora que puede continuar con el trámite de autorización del proyecto de desarrollo que nos ocupa, considerando que de dicha empresa no se encontró registro alguno a su nombre o de su representada que cuente con alguna autorización urbana obtenida con anterioridad.

Que una vez realizado el estudio correspondiente de la documentación exhibida, tanto desde el punto de vista técnico como legal, se llegó a la conclusión de que se encuentran satisfechos los requisitos que señalan los artículos 108 y 114 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, para la autorización de la Fusión de predios y el Condominio horizontal de referencia y toda vez que cubrió el pago de los derechos correspondientes a su autorización por la cantidad de $ 2,123.51 (DOS MIL, CIENTO VEINTITRÉS PUNTO CINCUENTA Y UN PESOS M.N.) y de $ 26,629.20 (VEINTISÉIS MIL, SEISCIENTOS VEINTINUEVE PUNTO VEINTE PESOS M.N.), según recibos oficiales expedidos por el municipio de San Mateo Atenco, México, Nos. 304227 y 304228 de fecha: 15 DE JULIO 2015.

A C U E R D O

PRIMERO: Se autoriza a los ciudadanos CELIA CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO GRANAT Y DAN ACHAR COHEN, la Fusión de los dos predios ubicados en la calle Ignacio Allende sin número, con una superficie de 2,520.00 metros cuadrados cada uno, en uno solo con una superficie total de 5,040.00 metros cuadrados, según consta en el plano de fusión anexo, conforme al Plano Único de Fusión y Lotificación, el cual forma parte integrante de la presente autorización para los efectos legales y conforme a las características siguientes:

Predio o Lote Superficie en

M2. Restricciones

Superficie útil

Uso del suelo

LOTE 1 2,520.00 100.20 2,419.80 Habitacional

LOTE 2 2,520.00 105.75 2,414.25 Habitacional

LOTE U N I C O

5,040.00 205.95 4,834.05 Habitacional

SEGUNDO: Se autoriza a los ciudadanos CELIA CHARABATI ASSE, FREDY CHARABATI ASSE, GABRIEL ACERO GRANAT Y DAN ACHAR COHEN, el Condominio Horizontal de tipo habitacional medio denominado "Alborada II", en el resultante de la Fusión como una unidad espacial integral, para que en el terreno con superficie de 5,040.00 m2, (CINCO MIL, CUARENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS), ubicado en la calle Ignacio Allende número 738, Barrio de La Magdalena, Municipio de San Mateo Atenco, Estado de México, lleve

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a cabo su desarrollo para alojar 26 viviendas, conforme al Plano Único de Lotificación, el cual forma parte integrante de la presente autorización para los efectos legales y conforme a las características siguientes:

SUPERFICIE DE ÁREAS PRIVATIVAS 3,137.20 M2.

SUPERFICE DE VIA PRIVADA 1,288.78 M2.

SUPERFICIE DE CAJONES DE ESTACIONAMIENTO PARA VISITAS 81.06 M2.

SUPERFICIE DE ÁREAS VERDES Y RECREATIVAS DE USO COMÚN. 312.01 M2.

SUPERFICIE DE OTRAS ÁREAS DE USO COMÚN (VIGILANCIA Y DEPOSITO DE BASURA)

15.00 M2.

SUPERFICIE TOTAL DEL CONDOMINIO 4,834.05 M2

SUPERFICIE DE RESTRICCIÓN ABSOLUTA DE CONSTRUCCIÓN 205.95 M2.

SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO 5,040.00 M2

NUMERO DE ÁREAS PRIVATIVAS 26

NUMERO DE VIVIENDAS 26

NUMERO DE CAJONES DE ESTACIONAMIENTO PARA VISITAS: 7

CUADRO DE ÁREAS DE LA LOTIFICACION QUE SE AUTORIZA EN EL FUSIONADO DEL CONDOMINIO HORIZONTAL DE TIPO HABITACIONAL MEDIO

Área privativa Superficie (m2) Uso de Suelo y No. de Viviendas

1 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

2 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

3 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

4 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

5 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

6 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

7 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

8 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

9 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

10 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

11 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

12 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

13 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

14 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

15 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

16 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

17 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

18 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

19 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

20 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

21 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

22 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

23 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

24 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

25 120.15 Habitacional (1 Vivienda)

26 133.54 Habitacional (1 Vivienda)

T O T A L 3,137.20 26 Viviendas

TERCERO: Con fundamento en lo establecido en los artículos 5.38 fracción X incisos a), b), c), d), y e) del Código Administrativo del Estado de México; 42 fracción IV, 54, 58 y 59 fracción II; 112, 113 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, las áreas de donación, obras de urbanización y de equipamiento correspondientes al desarrollo serán:

I. AREAS DE DONACIÓN.

Deberán ceder al Municipio de San Mateo Atenco, Estado de México, un área equivalente a 390.00 m2, (TRESCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS), que le corresponden por Reglamento, destinada a equipamiento urbano. Esta obligación deberá cumplirse cubriendo el costo en efectivo de la misma, de acuerdo al valor económico que se determine a través del

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Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México, en un plazo no mayor a 90 días hábiles, contados a partir de la publicación del presente acuerdo en la Gaceta del Gobierno del Estado de México.

Asimismo, deberán cederle al Gobierno del Estado de México, un área de 130.00 m2 (CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS), que le corresponden por Reglamento. Esta obligación deberá cumplirse mediante el depósito del valor económico que se determine a través del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México, al Fideicomiso de Reserva Territorial para el Desarrollo del Equipamiento Urbano Regional, de conformidad con las disposiciones reglamentarias de éste y demás disposiciones jurídicas aplicables, por lo que se le otorga un plazo para el cumplimiento de ésta obligación de 90 días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo de autorización en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México.

II. OBRAS DE URBANIZACIÓN.

Deberán realizar las siguientes obras de urbanización al interior de cada desarrollo, conforme al artículo 112 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, debiendo considerar como corresponda, en los proyectos ejecutivos y su construcción, las previsiones correspondientes a las personas con discapacidad, conforme lo establecen los artículos 11.34 y 11.35 y las disposiciones correspondientes del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México; 61 fracción I inciso C) del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y 53 del Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Capacidades Diferentes:

A. Red de distribución de agua potable y los sistemas que se emplearán para el ahorro, reúso y tratamiento del agua. Instalar un medidor electrónico de consumo para determinar el volumen de suministro de agua por cada unidad privativa que se ubique en el desarrollo que se autoriza.

B. Red separada de drenaje pluvial y sanitario y los sistemas para su manejo y tratamiento, así como para la infiltración del agua pluvial al subsuelo, que sean aprobados por la autoridad competente respectiva.

C. Red de distribución de energía eléctrica.

D. Red de alumbrado público, debiéndose utilizar sistemas y elementos ahorradores de energía eléctrica.

E. Guarniciones y banquetas.

F. Pavimento en arroyo de calles y, en su caso, en estacionamientos y andadores.

G. Jardinería y forestación.

H. Sistema de nomenclatura para las vías privadas.

I. Señalamiento vial.

J. Se deberá delimitar físicamente el terreno objeto del condominio mediante bardas o con la propia edificación.

III. OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PRIMARIA.

SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y DESCARGA DE AGUAS NEGRAS Y PLUVIALES.- Deberán realizar los proyectos y las obras de infraestructura para el suministro de agua potable, drenaje y descarga de aguas negras y pluviales que sean necesarias para la adecuada dotación de los servicios al desarrollo, en base al dictamen de factibilidad de servicios expedido por el Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento de San Mateo Atenco, a través del oficio No. OPDAPAS/SMA/DG/596/31/07/2014, de fecha cuatro de septiembre de dos mil catorce, para desarrollar el condominio horizontal para viviendas de tipo medio, denominado "Alborada II", debiendo dar cumplimiento al convenio firmado por las partes involucradas en la autorización y a las (16) dieciséis condicionantes señaladas en el oficio referido, así como en lo que corresponda al oficio No. 206B10000/FAC/069/2015, de fecha veinticuatro de junio del dos mil quince, emitido por la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM).

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IV. VIALIDAD.- Deberán realizar las acciones y obras de infraestructura primaria necesarias para su adecuada incorporación a la estructura vial de la zona, que se deriven del respectivo dictamen que emita la Dirección General de Vialidad, señalada como obligación en el oficio No. 21101A000/2540/2014, de fecha veintisiete de octubre del dos mil catorce, expedido por la dependencia.

V. OBRAS DE EQUIPAMIENTO.

Para cumplir con lo previsto en los artículos 59 fracción II, 61 fracción II, 63, 113 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, deberán cubrir en efectivo ante la Tesorería Municipal de San Mateo Atenco, el costo del equipamiento urbano que en seguida se relaciona, salvo el equipamiento urbano básico, que deberán cumplir cubriendo el pago al Gobierno del Estado de México.

CONCEPTO CANTIDAD COSTO

Jardín de niños 0.104 de aula $67,373.23

Escuela secundaria. 0.416 de aula $252,564.45

Jardín vecinal 104.00 M2 $41,695.68

Zona deportiva 124.80 M2 $57,517.81

Juegos Infantiles 83.20 M2 $38,345.22

TOTAL

$457,496.39 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL, CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS, TREINTA Y NUEVE CENTAVOS, M.N.).

De igual forma, para cumplir con lo previsto en los artículos 59 fracción II, 60, 61 fracción II, 63, 113 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, deberán realizar el depósito de su valor económico al Fideicomiso de Reserva Territorial para el Desarrollo de Equipamiento Urbano Regional, de conformidad con las que establezcan las disposiciones Reglamentarias, respecto del siguiente equipamiento:

CONCEPTO CANTIDAD COSTO

EQUIPAMIENTO URBANO BÁSICO DE CARÁCTER REGIONAL

6.50 M2 DE CONSTRUCCIÓN

$39,595.67 (TREINTA Y NUEVE MIL, QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS, SESENTA Y SIETE CENTAVOS M.N.)

Su representada deberá iniciar las obras de urbanización e infraestructura que refiere el presente Acuerdo, en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la notificación del presente acuerdo de autorización, en los términos señalados en el presente Acuerdo de autorización.

De igual forma su representada deberá dar aviso de la terminación de las obras señaladas y hacer la entrega de las mismas, de conformidad con lo que prescriban el presente acuerdo y las disposiciones reglamentarias.

CUARTO: Deberán dar el debido cumplimiento a las condicionantes ambientales emitidas por la Secretaria del Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México, a través de la Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental, contenidas en el oficio No. 212130000/DGOIA/OF/2751/14, de fecha veintiuno de octubre de del dos mil catorce, lo cual obra agregado al expediente para los efectos legales a que haya lugar.

Asimismo, deberán dar cumplimiento a las acciones en materia de protección civil emitidas por la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Estado de México, a través de la Dirección General de Protección Civil, en el oficio No. SSC/DGPC/O-6975/2014, de fecha cuatro de noviembre del dos mil catorce, y demás acciones y medidas de seguridad derivadas del mismo, el cual obra igualmente agregado al expediente formado al desarrollo, para todos los efectos legales conducentes.

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QUINTO: Con base en lo establecido en el artículo 52 fracción XII del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se les fija un plazo de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de éste Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, para que presenten a la Dirección General de Operación Urbana la documentación y proyectos técnicos ejecutivos, memorias de cálculo y especificaciones técnicas, debidamente aprobadas por las autoridades competentes, de las obras de urbanización y de infraestructura establecidas en el presente acuerdo de autorización, los que se entregarán en copia fiel certificada a la administración del condominio, debiendo en igual plazo presentar los comprobantes de pago de los impuestos y derechos a que se refieren los puntos OCTAVO y DÉCIMO de éste Acuerdo, conforme lo establece la fracción XIV del artículo invocado.

Para iniciar la ejecución de las obras de urbanización, equipamiento e infraestructura, deberán obtener de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, por conducto de la Dirección General de Operación Urbana, la autorización correspondiente.

SEXTO: En términos de su solicitud, se acuerda favorablemente el plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de autorización del inicio de las obras de urbanización, para que terminen y entreguen a satisfacción de la Dirección General de Control Urbano, las obras de urbanización y de infraestructura, así como el pago de equipamiento, entrega del área de donación municipal y acciones de los respectivos dictámenes que se mencionan en éste Acuerdo, conforme lo dispone el artículo 52 fracción XII del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Concluidas las obras de urbanización al interior del condominio, deberán ser entregadas formalmente, mediante acta circunstanciada, por el titular de la autorización al comité de administración del condominio, así como, los proyectos técnicos ejecutivos, memorias de cálculo y especificaciones técnicas, debidamente aprobadas por las autoridades competentes, los que se entregarán en copia fiel certificada. De no constituirse el comité, se levantará el acta respectiva entre la autoridad municipal correspondiente y el desarrollador, quedando sin mayor trámite el mantenimiento de obras, bajo la responsabilidad de los habitantes del condominio.

La operación y mantenimiento de las vías privadas y de las obras de urbanización, así como de los servicios urbanos al interior del condominio correrá a cargo de los propios condóminos, a partir de la entrega de las obras.

SEPTIMO: Para garantizar la ejecución y entrega de las obras de urbanización y de equipamiento urbano, con fundamento en lo previsto por los artículos 5.38 fracción X inciso g) del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, 52 fracción XIV y 69 fracción I del Reglamento del Libro Quinto del citado ordenamiento, otorgará en un plazo no mayor de 90 días hábiles contados a partir de la publicación del presente acuerdo en el periódico oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, una fianza a favor del Gobierno del Estado de México por el 100% del valor de las obras por realizar a costo directo, cuyo monto estimado asciende a la cantidad de $ 1'750,043.25 (UN MILLÓN, SETECIENTOS CINCUENTA MIL, CUARENTA Y TRES PESOS, 25/100 M.N.).

Asimismo y en su caso, para garantizar la ejecución y entrega de las obras de infraestructura primaria, otorgarán en un plazo no mayor de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de aprobación por las autoridades competentes de los proyectos ejecutivos de vialidad, agua potable y alcantarillado, una fianza o garantía hipotecaria a favor de la correspondiente dependencia del Gobierno del Estado de México, por un monto igual al 100% del valor de las obras por realizar, conforme lo establecen los citados artículos 5.38 fracción X, inciso g) del Código Administrativo del Estado de México, 52 fracción XIV y 69 fracción I del Reglamento del Libro Quinto del Código invocado.

OCTAVO: De acuerdo a lo establecido por los artículos 5.38 fracción X inciso I) del Código Administrativo del Estado de México y 52 fracción XIII y 115 fracción IX de su Reglamento y con fundamento en el artículo 81 fracción I del Código Financiero del Estado de México y Municipios, pagarán al Gobierno del Estado de México la suma de $ 25,059.02 (VEINTICINCO MIL, CINCUENTA Y NUEVE PESOS, 02/100 M.N.), para cubrir los derechos de supervisión de las obras de urbanización al interior del desarrollo, a razón de 2% (DOS POR CIENTO) del presupuesto de

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dichas obras a costo directo, aprobado por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano a través de la Dirección General de Operación Urbana, cuyo costo directo estimado asciende a la cantidad de $ 1'252,951.19 (UN MILLÓN, DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL, NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS, 19/100 M.N.).

De igual forma y según el caso, pagarán el costo de supervisión de las obras de infraestructura primaria el cual será determinado por las autoridades correspondientes, ante quienes deberán acreditar dicho pago así como a esta dependencia.

NOVENO: Con fundamento en lo establecido por el artículo 3 fracción XL, inciso D) del Código Financiero del Estado de México y Municipios, las viviendas de tipo medio que se construyan en el desarrollo, serán las que al término de la construcción o adquisición un valor mayor a $ 542,615.00 pesos y menor o igual a $ 1'536,973.00 pesos, norma que igualmente deberá observarse por los adquirientes de las áreas privativas.

DÉCIMO: Con fundamento en lo previsto por el artículo 137 Bis fracciones I y II del Código Financiero del Estado de México y Municipios, pagarán al Municipio de San Mateo Atenco, por el control para el establecimiento el sistema de agua potable la cantidad de $19,606.09 (DIECINUEVE MIL, SEISCIENTOS SEIS PESOS, 09/100 M.N.), por el tipo habitacional medio y por el control para el establecimiento del sistema de alcantarillado pagarán la cantidad de $21,223.43 (VEINTIÚN MIL, DOSCIENTOS VEINTITRÉS PESOS, 43/100 M.N.), por el tipo habitacional medio.

Pagarán asimismo los derechos correspondientes por la conexión de la toma para el suministro de agua en bloque proporcionada por las autoridades estatales, municipales o sus descentralizadas en el momento de la contraprestación del servicio, en términos de la respectiva Ley. El importe se determinará en función del caudal especificado en el proyecto de la red de agua potable aprobado por la autoridad competente.

DÉCIMO PRIMERO: Al momento de efectuar la entrega de las obras de urbanización a la asociación del

condóminos, otorgarán a favor de éstos, una fianza por un monto igual al 20% del valor de las obras y por un periodo de 2 años, los cuales se contarán a partir de la fecha que consigne el acta de entrega total y definitiva de las obras, conforme lo establecen los artículos 5.38 fracción X inciso h) del Código Administrativo del Estado de México y 69 fracción II del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo.

Esta fianza se constituirá en base al valor que tengan dichas obras en el momento de su entrega, la cual se actualizará anualmente y será para garantizar que las obras se construyan sin defectos ni vicios ocultos. Si las obras a reparar excedieran el monto garantizado, corresponderá a su representada cubrir la diferencia.

No estarán obligados a cumplir con este señalamiento los titulares de la autorización de condominio, que cubran en efectivo el costo de las obras de equipamiento correspondiente.

DÉCIMO SEGUNDO: En caso de que soliciten prórroga para terminar y entregar las obras de infraestructura

primaria, de urbanización y de equipamiento del desarrollo, se sujetaran a una reevaluación de los montos de los costos de la fianza y los de supervisión señalados respectivamente en los puntos OCTAVO y DÉCIMO del presente Acuerdo, respecto de las obras por ejecutar en el periodo de vigencia de la prórroga, debiendo sujetarse a las reglas que al efecto establece el artículo 68 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. Dicha reevaluación será aprobada por la Dirección General de Operación Urbana.

DÉCIMO TERCERO: De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción XIII del Código Administrativo del Estado

de México y los artículos 66 y 115 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se le apercibe a los ciudadanos, de que deberá obtener de la Dirección General de Operación Urbana los permisos respectivos para iniciar la venta de áreas privativas, celebrar actos, convenios o contratos traslativos del dominio o promesa de los mismos, de cualquier parte o sección del desarrollo, así como, su promoción y publicidad, lo cual podrán

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solicitar una vez concluidas las obras de infraestructura primaria, de urbanización y en su caso de equipamiento urbano, o en su caso asegurar su ejecución mediante fianza o garantía hipotecaria o cubierto el pago sustitutivo del equipamiento urbano, permiso que se otorgará de manera proporcional al avance que presenten en su ejecución las obras establecidas en el presente Acuerdo de autorización, cada vez que dichas obras presenten un 25% del avance en su ejecución, debiendo acreditar la disponibilidad del servicio de agua potable. La protocolización de la autorización de venta de áreas privativas que realice el Notario Público respectivo, deberá dejar constancia de los datos de la autorización correspondiente.

La ocupación de las áreas privativas objeto de la enajenación autorizada, solo podrá efectuarse cuando estén ejecutadas y en servicio las obras de agua potable, drenaje y abastecimiento de energía eléctrica de la etapa o sección que se vaya a ocupar, además de que estén concluidos, en la parte proporcional que corresponda, los accesos viales y los equipamientos respectivos, conforme lo dispone el artículo 73 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

DÉCIMO CUARTO: Conforme a lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción XI incisos a) y b) del Código Administrativo

del Estado de México, serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Acuerdo de autorización, el titular de la autorización y el propietario del terreno, cuando sean personas distintas, así como sus causahabientes.

DÉCIMO QUINTO: Deberán insertar en los actos o contratos de traslado del dominio de las áreas privativas, así

como en la publicidad comercial del desarrollo, el tipo y fecha de su autorización y de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, de Acuerdo con lo previsto por el artículo 5.38 fracción XII del Código Administrativo del Estado de México y el artículo 66 fracción VI del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. Asimismo, agregarán a los contratos de referencia, copia del presente Acuerdo, del Plano Único de Lotificación y de la autorización de la Dirección General de Operación Urbana para las áreas privativas.

DÉCIMO SEXTO: Se prohíbe la propaganda engañosa que ofrezca condiciones, situaciones o bienes que no

estén contemplados en la autorización respectiva, y será de tal naturaleza, que permita una adecuada orientación al adquirente conforme lo establece el artículo 5.38 fracción XII del Código Administrativo del Estado de México, por lo que cualquier tipo de publicidad de oferta inmobiliaria del desarrollo, deberá ser previamente aprobada por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano por conducto de la Dirección General de Operación Urbana.

El diseño estructural de las edificaciones deberá ajustarse invariablemente a los lineamientos derivados del dictamen de la Dirección General de Protección Civil, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno del Estado de México, expedida con el oficio No. SSC/DGPC/O-6975/2014, de fecha tres de noviembre del dos mil catorce, así como del Estudio de Mecánica de suelos requerido, debiendo igualmente observarse en las licencias de construcción respectivas que emita el municipio de San Mateo Atenco.

DÉCIMO SÉPTIMO: Quedan obligados formalmente a respetar y cumplir todos y cada uno de los compromisos

establecidos en el presente Acuerdo, así como la lotificación consignada en el Plano Único de Lotificación, anexo a esta autorización.

Del mismo modo deberán mantener y conservar las obras de infraestructura primaria y de urbanización, así como prestar gratuitamente los servicios públicos de agua potable, drenaje, alumbrado público y recolección de basura del desarrollo, en los casos en que se haya autorizado la ocupación de las áreas privativas, hasta que dichas obras sean recibidas a entera satisfacción por la Secretaria de Desarrollo Urbano y Metropolitano a través de la Dirección General de Control Urbano y a la Asociación de Condóminos, de conformidad con lo establecido por el artículo 40 fracción V del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

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DÉCIMO OCTAVO: Para transferir o ceder los derechos del presente Acuerdo, será necesaria la autorización

expresa de la Secretaría de Desarrollo Urbano por conducto de la Dirección General de Operación Urbana, conforme lo establece el artículo 53 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Cualquier acto que implique el cambio de titularidad de los derechos derivados de éste Acuerdo, incluyendo adjudicaciones a favor de terceros sin la autorización correspondiente, así como el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en éste Acuerdo, traerá como consecuencia la aplicación de las medidas de seguridad y sanciones que correspondan, conforme a la legislación urbana vigente.

DÉCIMO NOVENO: Con fundamento en los artículos 5.38 fracción X inciso j) del Código Administrativo del Estado

de México y 52 fracción XVIII del Libro Quinto del Código en cita, deberán inscribir el presente Acuerdo y el Plano Único de Lotificación en la oficina registral que corresponda del Instituto de la Función Registral del Estado de México, protocolizados ante Notario Público, en un plazo no mayor de 90 días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de éste Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, debiendo hacerlo del conocimiento de la Dirección General de Operación Urbana, dentro del mismo plazo.

VIGÉSIMO: Deberán colocar una placa metálica de al menos 80 x 80 cm. en un múrete, en la cual se

consigne como mínimo la fecha de publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, del presente Acuerdo, así como el tipo del desarrollo autorizado, conforme lo dispone el artículo 52 fracción XIX del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. La ubicación del múrete será en el acceso al condominio, en lugar visible al público en general.

VIGÉSIMO PRIMERO: El presente Acuerdo de autorización no habilita a sus titulares a llevar a cabo alguno de los

actos para los cuales el Código Administrativo del Estado de México y el Reglamento del Libro Quinto de dicho ordenamiento exijan una autorización específica, conforme lo dispone el artículo 52 fracción XVI del Reglamento invocado.

VIGÉSIMO SEGUNDO: El presente Acuerdo de autorización del Desarrollo de tipo habitacional medio denominado

"Alborada II", ubicado en el municipio de San Mateo Atenco, Estado de México, surtirá sus efectos legales el día hábil siguiente al en que se publique en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México, debiendo su representada cubrir los derechos correspondientes a dicha publicación, en términos de lo dispuesto por el artículo 5.38 fracción X inciso i) del Código Administrativo del Estado de México y el artículo 51 párrafo segundo del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México. La Dirección General de Operación Urbana enviará copia del mismo y del Plano Único de Lotificación, a la Secretaria de Finanzas, así como al municipio de San Mateo Atenco, Estado de México.

VIGÉSIMO TERCERO: El presente Acuerdo de autorización del Desarrollo de tipo habitacional medio denominado

"Alborada II", ubicado en el municipio de San Mateo Atenco, Estado de México, tiene vigencia de un año, contado a partir de su publicación en la Gaceta del Gobierno del Estado de México y deja a salvo derechos de terceros.

Dado en la Ciudad de Toluca, Estado de México, a los 15 días del mes de JULIO del año dos mil quince.

A T E N T A M E N T E

LIC. VÍCTOR MIGUEL HERNÁNDEZ

DIRECTOR REGIONAL VALLE DE TOLUCA (RÚBRICA).

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A V I S O S J U D I C I A L E S

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE LERMA E D I C T O

En el expediente número 615/2015, LUIS ISAAC

HERNANDEZ GUERRERO albacea de la sucesión a bienes de JOSE LUIS HERNANDEZ NUÑEZ promueve en la vía de Procedimiento Judicial no Contencioso Diligencias de Información de Dominio, respecto del inmueble ubicado en Río Viejo número veintidós (22) de San Antonio El Llanito, en Ocoyoacac, Estado de México con las siguientes medidas y colindancias; al norte: 24.37 mts. colindando con calle Río Viejo; al sur: 22.93 mts. colindando con Deutsche Bank México S.A. Institución de Banca Múltiple División Fiduciaria; al oriente: 49.60 mts. colindando con Pablo Hernández García; al poniente: una línea de 11.71 mts. con H. Ayuntamiento de Ocoyoacac, México otra línea de 36.59 mts. con Deutsche Bank México S.A. Institución de Banca Múltiple División Fiduciaria con una superficie total aproximada de 1,145.53 metros cuadrados. La Juez Primero Civil de Primera Instancia de Lerma de Villada, México dio entrada a la presente solicitud y ordenó la expedición y la publicación de los edictos respectivos, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico de mayor circulación de esta localidad, haciéndoles saber a los que se crean con igualdad o mejor derecho, lo deduzcan en términos de Ley.

Edictos que se expiden el día tres de junio del año dos mil

quince.-Doy fe.-Fecha de acuerdo que ordena la publicación de los edictos: veinticuatro de junio del año dos mil quince.-Secretario de Acuerdos, Lic. Martha María Dolores Hernández González.-Rúbrica.

3316.-20 y 23 julio.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO TIANGUISTENCO

E D I C T O

A LOS INTERESADOS.

EL C. JAVIER ALONSO GARDUÑO, promueve ante el Juzgado Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Tenango del Valle con residencia en Santiago Tianguistenco Estado de México, bajo el expediente número 663/2015, Procedimiento Judicial no Contencioso sobre Información de Dominio, respecto de un terreno de labor, que se encuentra ubicado en paraje El Zacamol, calle El Arenal sin número, Colonia Libertad en el Municipio de Atizapán, Estado de México.

H E C H O S:

Bajo protesta de decir verdad, desde hace más de cinco años mantengo en posesión en concepto de propietario, en forma pacífica, pública, continua, de buena fe e ininterrumpidamente, un terreno de labor, adquirido por medio de contrato privado de donación que celebre en fecha veinte 20 de noviembre del año dos mil diez 2010, con mi señora madre YOLANDA ALONSO GARDUÑO; inmueble ubicado en paraje El Zacamol, calle El Arenal sin número, Colonia Libertad en el Municipio de Atizapán, Estado de México; el cual tiene las siguientes medidas y colindancias y superficie total: al norte: 77.40 metros colinda con calle El Arenal; al sur: 77.75 metros colinda con Rodolfo Juárez Ruíz; al oriente: 50.75 metros colinda con Luis Torres Galindo; al poniente: 51.55 metros colinda con Juan Santana Alonso y Margarito Rodolfo Juárez Alonso; superficie total: 3960 tres mil novecientos sesenta metros cuadrados.

Para su publicación por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado y en un periódico de mayor circulación que se edita en esta Ciudad de Toluca, México.-Doy fe.-Dado en Santiago Tianguistenco, Estado de México, a los seis días del mes de julio del año dos mil quince.-La Secretario de Acuerdos, Lic. Ana Lidia Ortiz González.-Rúbrica.

3312.-20 y 23 julio.

A V I S O S A D M I N I S T R A T I V O S Y G E N E R A L E S

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE OTUMBA E D I C T O S

Expediente 118358/38/2015, JAVIER GUTIERREZ

GARCIA, promueve inmatriculación administrativa de un predio denominado “San Bartolo” ubicado en límites de San Bartolo Bajo, Municipio de Axapusco y Distrito de Otumba, México, con las siguientes medidas y colindancias: Con una superficie de 529.00 metros cuadrados: AL NORTE: 52.90 metros con Francisco López Elizalde; AL SUR: 52.90 metros con Feliciano López; AL ORIENTE: 10.00 metros con Aurora Hernández B.; AL PONIENTE: 10.00 metros con calle Priv. Simón Bolívar.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-Otumba, Méx., a 09 de julio del 2015.-Registrador de la Propiedad y del Comercio de este Distrito de Otumba México, Lic. Juan Manuel Avila Escorcia.-Rúbrica.

3286.-15, 20 y 23 julio.

Expediente No. 113373/26/2015, LORENZO MARTINEZ

ORTIZ, del predio denominado “Tlacpacorral” ubicado en términos de la población de San Martín de las Pirámides, Municipio del mismo nombre y Distrito de Otumba, México, con las siguientes medidas y colindancias: Con una Sup. de 5,239.00 metros cuadrados: AL NORTE: en 31.00 metros colinda con camino vecinal; AL SUR: 31.00 metros colinda con camino vecinal; AL ORIENTE: 169.00 metros colinda con Isabel Martínez; AL PONIENTE: 169.00 metros con José Martínez Ramos.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-Otumba, Méx., a 07 de mayo del 2015.-Registrador de la Propiedad y del Comercio de este Distrito de Otumba México, Lic. Juan Manuel Avila Escorcia.-Rúbrica.

3286.-15, 20 y 23 julio.

Expediente 118585/39/2015, JOSE CONTRERAS

VARGAS, promueve inmatriculación administrativa de un predio sin denominación”, ubicado en camino Tule del Barrio de San Antonio, Municipio de Axapusco y Distrito de Otumba, Méx., con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 34.00 metros con camino Tule; AL SUR: 28.80 metros con Juan Fernando Barragán; AL ORIENTE: 25.00 metros con Mauro Velázquez Ortega; AL PONIENTE: 3.00 metros con Mauro Velázquez Ortega; con una superficie de 411.00 metros cuadrados.

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20 de julio de 2015 Página 13

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-Otumba, Méx., a 09 de julio del 2015.-Registrador de la Propiedad y del Comercio de este Distrito de Otumba México, Lic. Juan Manuel Avila Escorcia.-Rúbrica.

3286.-15, 20 y 23 julio.

Expediente 101799/74/2014, BASILIA ANGELINA ROJAS, promueve inmatriculación administrativa de un predio denominado “Xolalpa” ubicado en calle Unión S/N en el pueblo de Santo Domingo Ajoloapan, Municipio de Tecámac, y Distrito de Otumba, México, con las siguientes medidas y colindancias: con una superficie de 453.50 mts.2: AL NORTE: 10.00 metros linda con Melitón González; AL SUR: 10.00 metros linda con Calle; AL ORIENTE: 45.00 metros linda con Porfirio González; AL PONIENTE: 45.70 metros linda con Merced González Lechuga.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-Otumba, Méx., a 02 de julio del 2015.-Registrador de la Propiedad y del Comercio de este Distrito de Otumba México, Lic. Juan Manuel Avila Escorcia.-Rúbrica.

3286.-15, 20 y 23 julio.

Expediente 100490/64/2014, HERMINIA RUIZ RUIZ, promueve inmatriculación administrativa de un predio denominado “Huehuexaxtla” ubicado en el Pueblo de Santo Domingo Ajoloapan, Municipio de Tecámac y Distrito de Otumba, México, con las siguientes m y colindancias con superficie de 400.00 m2.: AL NORTE: 20.00 metros colinda con calle Arboleda; AL SUR: 20.00 metros colinda con Filomeno Reséndiz Guerrero; AL ORIENTE: 20.00 metros colinda con Carlos Espinoza Sandoval y Filomeno Resendiza; AL PONIENTE: 20.00 metros colinda con el Ing. Joaquín Bermejo Aquino.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su

publicación en GACETA DEL GOBIERNO y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días. Haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlo.-Otumba, Méx., a 02 de julio del 2015.-C. Registrador de la Propiedad y del Comercio de este Distrito de Otumba México, Lic. Juan Manuel Avila Escorcia.-Rúbrica.

3286.-15, 20 y 23 julio.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO DE TEXCOCO

E D I C T O S

Exp. 54/2014, DAVID ERNESTO PICHARDO REYES, promueve Inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado "CASTORCO” Ubicado en EL POBLADO DE OCOPULCO, MUNICIPIO DE CHIAUTLA, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 12.00 METROS CON JESUS ANTONIO PICHARDO REYES; AL SUR: 12.00 METROS CON GERARDO AYALA MONDRAGON; AL ORIENTE: 12.50 METROS CON PASCUAL RAMOS ROJAS; AL PONIENTE 10.00 METROS CON JORGE VALENTIN PICHARDO REYES; AL PONIENTE: 2.50 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO; SUPERFICIE:150.00 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho,

comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

Exp. 56/2014, JORGE VALENTIN PICHARDO REYES,

promueve inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado “CASTORCO” Ubicado en EL POBLADO DE OCOPULCO, Municipio DE CHIAUTLA, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 12.00 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO; AL SUR: 12.00 METROS CON GERARDO AYALA MONDRAGON; AL ORIENTE: 10.00 METROS CON DAVID ERNESTO PICHARDO REYES; AL PONIENTE 10.00 METROS CON GABRIELA PICHARDO REYES; SUPERFICIE: 120.00 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA

DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho, comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

Exp. 53/2014, GABRIELA PICHARDO REYES, promueve

Inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado “CASTORCO” Ubicado en EL POBLADO DE OCOPULCO, Municipio DE CHIAUTLA, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 12.00 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO; AL SUR: 12.00 METROS CON ROSA MARIA AYALA MONDRAGON Y GERARDO AYALA MONDRAGON; AL ORIENTE: 10.00 METROS CON JORGE VALENTIN PICHARDO REYES; AL PONIENTE: 10.00 METROS CON MARIA GUADALUPE PICHARDO REYES; SUPERFICIE: 120.00 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA

DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho, comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

Exp. 51/2014, ADRIANA PICHARDO REYES, promueve

Inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado “CASTORCO” Ubicado en EL POBLADO DE OCOPULCO, Municipio DE CHIAUTLA, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 12.00 METROS CON CALLEJON; AL SUR: 12.00 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO; AL ORIENTE: 10.00 METROS CON JESUS ANTONIO PICHARDO REYES; AL PONIENTE 10.00 METROS CON JUAN ALEJANDRO PICHARDO REYES; SUPERFICIE: 120.00 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA

DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho, comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

Exp. 52/2014, JESUS ANTONIO PICHARDO REYES,

promueve Inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado “CASTORCO” Ubicado en EL POBLADO DE

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Página 14 20 de julio de 2015

OCOPULCO, Municipio DE CHIAUTLA, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 12.00 METROS CON MARTHA PICHARDO PINALES; AL SUR: 12.00 METROS CON DAVID ERNESTO PICHARDO REYES; AL ORIENTE: 12.50 METROS CON RIGOBERTO RAMOS SALAS Y PASCUAL RAMOS ROJAS; AL PONIENTE: 10.00 METROS CON ADRIANA PICHARDO PINALES; AL PONIENTE 2.50 METROS CON SERVIDUMBRE DE PASO; SUPERFICIE: 150.00 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA

DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho, comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

Exp. 50/2014, JUAN JAVIER MERAZ MADRID, promueve

Inmatriculación Administrativa, sobre el inmueble denominado “ZACAMOLPA” Ubicado en EL BARRIO DE SAN VICENTE, TERCERA DEMARCACION, Municipio De Tepetlaoxtoc de Hidalgo, Distrito de Texcoco, Estado de México, mide y linda: AL NORTE: 11.50 METROS CON IRENE MERAZ GARCIA; AL SUR: 11.50 METROS CON CALLE CERRADA; AL ORIENTE: 16.15 METROS CON JOSE GILBERTO MERAZ MADRID; AL PONIENTE: 16.10 METROS CON CALLE ZACAMOLPAN; SUPERFICIE: 185.45 M2.

El C. Registrador, dio entrada a la promoción en GACETA

DEL GOBIERNO y Periódico de mayor circulación, por tres veces de tres días. Haciéndose saber a quienes se creen con derecho, comparezcan a deducirlo.- Texcoco, México a 25 de Agosto del 2014.- C. REGISTRADOR, LIC. OCTAVIO SALCEDO BRISEÑO.- RÚBRICA.

3262.- 10, 15 y 20 julio.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE JILOTEPEC E D I C T O S

EXP. 10767/15/2014, C. GUADALUPE GUERRERO

DORANTES, PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: HILGUERRIILAS, ACULCO, ESTADO DE MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: EN SEIS LINEAS, 28.80, 160.86, 66.15, 32.34, 56.75 Y 7.00 MTS. CON CAMINO, AL SUR: TERMINA EN PUNTA, AL ORIENTE: 245.61 MTS. CON EJIDO DE SANTA ANA, AL PONIENTE: EN DOS LINEAS 163.29 Y 59.90 MTS. CON CARRETERA BAÑE-SANTA ANA MATLAVAT. SUPERFICIE APROXIMADA DE 21,187.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN JILOTEPEC, MEX., A 23 DE 06 DEL 2015.-REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO JUDICIAL DE JILOTEPEC, MEX., M. EN D. GUADALUPE JAQUELINE BAZA MERLOS.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

EXP. 10796/1/2015, CLARA GARCIA DEL RIO,

PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: COSCOMATE DEL PROGRESO, MUNICIPIO DE JILOTEPEC, DISTRITO DE JILOTEPEC, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 53.40 METROS CON

SEÑOR VICENTE GARCIA DEL RIO, AL SUR: 54.50 METROS CON SEÑOR VICENTE GARCIA DEL RIO, AL ORIENTE: 16.30 METROS CON SEÑOR VICENTE GARCIA ALCANTARA, AL PONIENTE: 16.30 METROS CON CAMINO DE TERRACERIA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 879.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN JILOTEPEC, MEX., A 18 DE MAYO DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE JILOTEPEC, MEXICO, M. EN D. GUADALUPE JAQUELINE BAZA MERLOS.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE IXTLAHUACA E D I C T O S

EXP. 9507/13/2015, ALICIA RAMIREZ, PROMUEVE

INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: “LAS PEÑITAS” EL TUNAL, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 21.00 METROS Y COLINDA CON MA. PATRICIA VICENTE GONZALEZ Y REYNA SEGUNDO GONZALEZ, AL SUR: 22.35 METROS Y COLINDA CON JUANA YAÑEZ LOPEZ, AL ORIENTE: 10.12 METROS Y COLINDA CON CAMINO O PRIVADA SIN NOMBRE, AL PONIENTE: 10.12 METROS Y COLINDA CON FRANCISCO AGUILAR CRUZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 218.45 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 29 DE MAYO DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

EXP. 9508/14/2015, ALICIA RAMIREZ, PROMUEVE

INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: “LAS PEÑITAS” EL TUNAL, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: EN DOS LINEAS LA PRIMERA DE 2.30 MTS. CON CAMINO AL POZO DEL TUNAL, Y LA SEGUNDA DE 10.30 MTS. CON CALLE JESUS GOMEZ NAVA, AL SUR: 11.85 MTS. CON MA. PATRICIA VICENTE GONZALEZ, AL ORIENTE: 4.40 MTS. CON CAMINO O PRIVADA SIN NOMBRE, AL PONIENTE: 8.57 MTS. CON REYNA SEGUNDO GONZALEZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 81.95 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 29 DE MAYO DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

Page 15: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

20 de julio de 2015 Página 15

EXP. 9509/15/2015, MA. PATRICIA VICENTE GONZALEZ, PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: “LAS PEÑITAS” EL TUNAL, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 11.85 MTS. Y COLINDA CON NATALIA VICENTE GONZALEZ, AL SUR: 12.50 MTS. CON ALICIA RAMIREZ, AL ORIENTE: 6.00 MTS. COLINDA CON CAMINO O PRIVADA SIN NOMBRE, AL PONIENTE: 6.14 MTS. Y COLINDA CON REYNA SEGUNDO GONZALEZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 73.65 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 29 DE MAYO DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

EXP. 9510/16/2015, MA. DEL ROCIO RAMON REYES, PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: SAN JERONIMO MAVATI, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 66.00 MTS. COLINDA CON ROQUE LOPEZ RAMON, AL SUR: 71.00 MTS. COLINDA CON CAMINO, AL ORIENTE: 46.00 MTS. COLINDA CON CAMINO, AL PONIENTE: 41.00 MTS. COLINDA CON JESUS RAMON LOPEZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 2,972.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 29 DE MAYO DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

EXP. 9199/08/2015, MA. ISABEL FLORES CASTULO, PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: BARRIO LA HUERTA PALMILLAS, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 37.40 MTS. CON CAMINO, AL SUR: 39.60 MTS. CON RESTRICCION DE LA BARRANCA, AL ORIENTE: EN TRES LINEAS LA PRIMERA DE 57.60 MTS. LA SEGUNDA DE 11.50 MTS. Y LA TERCERA DE 83.00 MTS. TODAS CON COLINDANCIA A CAMINO, AL PONIENTE: EN UNA SOLA LINEA RECTA: 15.49 MTS. CON RAUL TAPIA GARCIA; 24.90 MTS. CON J. ASUNCION TAPIA GARCIA; 47.90 MTS. CON JOSE LUIS MONTOYA GARCIA; 37.40 MTS. CON ALFREDO GARCIA GONZALEZ Y 34.70 MTS. CON ISAURO GARCIA GONZALEZ. SUPERFICIE APROXIMADA DE 6,034.68 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 15 DE ABRIL DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

EXP. 9285/10/2015, C. GILBERTO LOPEZ RODRIGUEZ, PROMUEVE INMATRICULACION ADMINISTRATIVA SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN: “CACHI”, BARRIO LA HUERTA PALMILLAS, MUNICIPIO DE SAN FELIPE DEL PROGRESO, DISTRITO DE IXTLAHUACA, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 57.90 MTS. COLINDA CON CAMINO, AL SUR: EN TRES LINEAS UNA DE 26.50 MTS. CON DERECHO DE VIA DE LA CARRETERA SAN FELIPE DEL PROGRESO-IXTLAHUACA; LA SEGUNDA DE 16.00 MTS. CON CAMINO, Y UNA TERCERA DE 28.00 MTS. CON NESTOR CRISOSTOMO SANCHEZ, AL ORIENTE: EN DOS LINEAS UNA DE 40.57 MTS. COLINDA CON NESTOR CRISOSTOMO SANCHEZ, Y UNA SEGUNDA DE 19.15 MTS. COLINDA CON CAMINO, AL PONIENTE: 47.00 MTS. CON CAMINO. SUPERFICIE APROXIMADA DE 2,542.61 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS. HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-EN IXTLAHUACA, MEX., A 27 DE ABRIL DEL 2015.-INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO JUDICIAL DE IXTLAHUACA, MEXICO, LIC. SARA EMBRIZ DIAZ.-RÚBRICA.

3263.-10, 15 y 20 julio.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DISTRITO DE TENANCINGO E D I C T O S

EXP. NO. 17609/15, CLEMENTINA ZAMORA CASTILLO,

PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE COMERCIO ESQ. JUAN ALDAMA S/N, BARRIO SAN JUAN, MALINALCO, ESTADO DE MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 21.10 METROS Y COLINDA CON LA C. CARLOTA MARIA DEL SOCORRO ZAMORA HIDALGO Y LA C. LOURDES ZAMORA HIDALGO, AL SUR: 21.65 METROS Y COLINDA CON CALLE JUAN ALDAMA, AL ORIENTE: 9.50 METROS Y COLINDA CON EL C. MANUEL LARA VAZQUEZ, AL PONIENTE: 7.50 METROS Y COLINDA CON CALLE COMERCIO. SUPERFICIE APROXIMADA DE 181.06 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 30 DE JUNIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17668/2015, VICTOR MANCIO TORRES,

PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE FRANCISCO I. MADERO S/N, SAN NICOLAS, MALINALCO, MEXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 24.00 METROS CON CALLE FRANCISCO I. MADERO, AL SUR: 25.30 METROS CON EL C. MIGUEL LOPEZ BERNAL, AL ORIENTE: 22.25 METROS CON CALLE ADOLFO LOPEZ MATEOS, AL PONIENTE: 22.60 METROS CON LA C. GABINA ALMANZA TOTOTZIN. SUPERFICIE APROXIMADA DE 550.89 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN,

Page 16: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

Página 16 20 de julio de 2015

POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 03 DE JULIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17611/15, DARIO ACOSTA CARBAJAL, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN SANTIAGO OXTOTITLAN, VILLA GUERRERO, MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 13.83 MTS. Y COLINDA CON LILIANA ACOSTA CARBAJAL, AL SUR: 14.17 MTS. Y COLINDA CON JAQUELINE ACOSTA CARBAJAL, AL ORIENTE: 6.57 MTS. Y COLINDA CON ENTRADA, AL PONIENTE: 6.75 MTS. Y COLINDA CON CALLE VICTORIA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 93.22 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 30 DE JUNIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17612/15, MAXIMO LÓPEZ MILLAN, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE RAYON NUM. 6 VILLA GUERRERO, MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 1.00 MTS. COLINDA CON AURELIO MAYA PEDROZA, AL SUR: 13.00 MTS. COLINDA CON CALLE RAYON, AL ORIENTE: 42.00 MTS. COLINDA CON GERTRUDIS AGUILAR FUENTES, AL PONIENTE: 42.00 MTS, COLINDA CON VICTOR HUMBERTO RODRIGUEZ GALLEGOS. SUPERFICIE APROXIMADA DE 294.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 30 DE JUNIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17610/15, MARISA VILLEGAS GUADARRAMA, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA COMUNIDAD DE SANTIAGO OXTOTITLAN, MUNICIPIO DE VILLA GUERRERO, MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 9.05 MTS. COLINDA CON PAULINA VILLEGAS GUADARRAMA, AL SUR: 10.50 MTS. COLINDA CON LILIANA ESTRADA GONZALEZ, AL ORIENTE: 5.20 MTS. COLINDA CON MARIO VILLEGAS GONZALEZ, AL PONIENTE: 12.70 MTS. COLINDA CON CALLE VECINAL DE 4.20 MTS. DE AMPLITUD. SUPERFICIE APROXIMADA DE 80.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 30

DE JUNIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17669/2015, DULCE MA. DEL SOCORRO COTERO GARCÍA, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN CALLE MELCHOR OCAMPO NÚM. 32, VILLA GUERRERO, ESTADO DE MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: EN 2 LINEAS, 1ª 9.91 MTS. 2ª 6.30 MTS. COLINDA CON ENTRADA PRIVADA Y MARCO ANTONIO COTERO GARCÍA, AL SUR: 16.20 MTS. COLINDA CON CALLE MELCHOR OCAMPO, AL ORIENTE: EN 2 LINEAS, 1ª 25.13 MTS. 2ª 12.70 MTS. COLINDA CON MARCO ANTONIO COTERO GARCÍA Y HÉCTOR MANUEL COTERO GARCÍA, AL PONIENTE: 37.45 MTS. COLINDA CON DULCE MA. DEL SOCORRO COTERO GARCÍA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 452.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 03 DE JULIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17667/2015, MA. VIRGINIA GUADARRAMA ESTRADA, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN MATAMOROS S/N DE ESTA CABECERA MUNICIPAL DE VILLA GUERRERO, MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 8.74 MTS. CON PROP. DE MA. DEL SOCORRO NAVA GONZÁLEZ, AL SUR: 8.75 MTS. CON CERRADA DE LA CALLE MATAMOROS, AL ORIENTE: 13.61 MTS. CON JOSE ALBERTO AYALA GUADARRAMA, AL PONIENTE: 13.24 MTS. CON HECTOR GUADARRAMA ESTRADA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 117.60 M2.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 03 DE JULIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 17683/2015, MARIA DE LA PAZ JIMÉNEZ MARIS, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE DEL PANTEÓN DE TENANCINGO, ESTADO DE MÉXICO, DISTRITO DE TENANCINGO, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 16.90 MTS. Y COLINDA CON GERMAN ALCÁNTARA REYES, AL SUR: 18.00 MTS. Y COLINDA CON HILDA HERLINDA VASQUEZ VASQUEZ, AL ORIENTE: 7.40 MTS. Y COLINDA CON PIEDAD RICO, AL PONIENTE: 7.30 MTS. Y COLINDA CON LA CALLE DEL PANTEÓN. SUPERFICIE APROXIMADA DE 128.00 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-TENANCINGO, MEXICO, A 03 DE JULIO DE 2015.-EL C. REGISTRADOR, LIC. RAUNEL CERVANTES OROZCO.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

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20 de julio de 2015 Página 17

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO DE SULTEPEC

E D I C T O S EXP. NO. 4348/36/2015, ODILÓN MATIAS VICENTE,

PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN MEXTEPEC, SULTEPEC, MÉXICO, DISTRITO DE SULTEPEC, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 121.65 METROS Y COLINDA CON EL SR. JOSE MILLAN JUAN, AL SUR: 50 METROS Y COLINDA CON LA SRA. ESTER FRANCISCO CRUZ, AL ORIENTE: 146.50 METROS Y COLINDA CON LA CARRETERA, AL PONIENTE: 51 METROS Y COLINDA CON EL SR. RICARDO MARTÍNEZ GARCÍA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 8,474.72 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-SULTEPEC, MEXICO, A 29 DE JUNIO DE 2015.-LA C. REGISTRADORA, LIC. MARBELLA SOLIS DE LA SANCHA.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 4349/37/2015, ALVARO ANTONIO AMBROSIO, PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE DENOMINADO LA CHIRIMOLLA, UBICADO EN MEXTEPEC, SULTEPEC, MEXICO, DISTRITO DE SULTEPEC, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: MIDE 165 METROS Y COLINDA CON RIO DE BARRANCA A BARRANCA, AL SUR: MIDE 246 METROS Y COLINDA CON LA CARRETERA Y UNA BARDA DE PIEDRA, AL ORIENTE: MIDE 260.50 METROS Y COLINDA CON BARRANCA Y CON EL SEÑOR LIBORIO GOMEZ, AL PONIENTE: MIDE 218 METROS Y COLINDA CON UNA BARDA DE PIEDRA A LA ESQUINA DE LA PEÑA Y CON TERRENO DE ALFONSO GARCIA. SUPERFICIE APROXIMADA DE 49,114 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO, COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-SULTEPEC, MEXICO, A 29 DE JUNIO DE 2015.-LA C. REGISTRADORA, LIC. MARBELLA SOLIS DE LA SANCHA.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

EXP. NO. 4350/38/2015, ODILÓN MATIAS VICENTE,

PROMUEVE INMATRICULACIÓN ADMINISTRATIVA, SOBRE EL INMUEBLE UBICADO EN MEXTEPEC, SULTEPEC, MÉXICO, DISTRITO DE SULTEPEC, MEXICO, MIDE Y LINDA: AL NORTE: 56 METROS Y COLINDA CON ANGELICA MATIAS VICENTE Y ARTURO MATIAS CRUZ, AL SUR: 63 METROS Y COLINDA CON EVELIA VICENTE MATIAS, AL ORIENTE: 76 METROS Y COLINDA CON LA CARRETERA, AL PONIENTE: 37 METROS Y COLINDA CON EL CAMINO ANDABLE. SUPERFICIE APROXIMADA DE 3,361.75 METROS CUADRADOS.

EL C. REGISTRADOR DIO ENTRADA A LA

PROMOCION Y ORDENO SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, POR TRES VECES, DE TRES EN TRES DIAS, HACIENDOSE SABER A QUIENES SE CREAN CON DERECHO,

COMPAREZCAN A DEDUCIRLO.-SULTEPEC, MEXICO, A 29 DE JUNIO DE 2015.-LA C. REGISTRADORA, LIC. MARBELLA SOLIS DE LA SANCHA.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE

E D I C T O LA C. ERNESTINA VARGAS MATEOS, promueve

inmatriculación administrativa EN EL EXPEDIENTE: 35023/30/2015, sobre un inmueble ubicado en Calle Vicente Villada s/n, Tercer Barrio perteneciente a esta Cabecera Municipal de Joquicingo de León Guzmán, Municipio de Joquicingo, Estado de México, DISTRITO JUDICIAL DE TENANGO DEL VALLE, ESTADO DE MEXICO, el cual mide y linda: NORTE: 6.81 COLINDA CON EL C. JUAN URBINA, SUR: 6.05 COLINDA CON LA C. SANTA MATEOS RICO, 1.28 COLINDA CON PASO DE SERVICIO, ORIENTE: 7.62 COLINDA CON LA C. MARTHA MATEOS RICO, PONIENTE: 7.56 COLINDA CON EL C. DANIEL URBINA. CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 54.00 M2 (CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS).

La C. Registradora, dio entrada a la promoción y ordenó

su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces, de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derecho, comparezcan a deducirlos.-TENANGO DEL VALLE, MEXICO, A 18 DE JUNIO DE 2015.-REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TENANGO DEL VALLE, M. EN D. CLAUDIA GONZALEZ JIMENEZ.-RÚBRICA.

3264.-10, 15 y 20 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 77 DEL ESTADO DE MEXICO OTUMBA, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por escritura número 13,300 de fecha 13 de julio de 2015, los señores MARCIANO, MARCELINA, DOMINGA, JAVIER y CELESTINO de apellidos SÁNCHEZ ESPEJEL, en su carácter de descendientes, iniciaron y radicaron en la Notaría a mi cargo la Sucesión Intestamentaria a Bienes de la señora MARÍA JOSEFINA ESPEJEL, quien acostumbraba a utilizar también los nombres de JOSEFINA ESPEJEL VELÁZQUEZ y JOSEFINA ESPEJEL, y manifestando que no tienen conocimiento de que exista alguna otra persona con derecho de heredar en el mismo grado o en uno preferente al de ellos mismos.

Lo que doy a conocer en cumplimiento del Artículo 70 del

Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, para su publicación dos veces de 7 en 7 días.

Otumba, Estado de México, a 13 de julio de 2015. LIC. LUZ MARÍA FRANCO ORTIZ.-RÚBRICA. NOTARIA INTERINA DE LA NOTARÍA 77 DEL ESTADO DE MÉXICO.

3315.-20 y 29 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 77 DEL ESTADO DE MEXICO OTUMBA, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por escritura número 13,301 de fecha 13 de julio de 2015, los señores MARCIANO, MARCELINA, DOMINGA, JAVIER y CELESTINO de apellidos SÁNCHEZ ESPEJEL, en su carácter de descendientes, iniciaron y radicaron en la Notaría a mi cargo la Sucesión Intestamentaria a Bienes del señor SANTIAGO

Page 18: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

Página 18 20 de julio de 2015

SÁNCHEZ JUÁREZ, y manifestando que no tienen conocimiento de que exista alguna otra persona con derecho de heredar en el mismo grado o en uno preferente al de ellos mismos.

Lo que doy a conocer en cumplimiento del Artículo 70 del

Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, para su publicación dos veces de 7 en 7 días.

Otumba, Estado de México, a 13 de julio de 2015. LIC. LUZ MARÍA FRANCO ORTIZ.-RÚBRICA. NOTARIA INTERINA DE LA NOTARÍA 77 DEL ESTADO DE MÉXICO.

3314.-20 y 29 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 28 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Cd., Nezahualcóyotl, Méx., a 03 de Julio de 2015.

Licenciado Alfonso Flores Macedo, Notario Público

número veintiocho del Estado de México, con residencia en esta Ciudad, hago constar que mediante escritura “77,546”, volumen “1616”, de fecha “01 de Julio de 2015”, se radicó en la Notaría a mi cargo la sucesión a bienes del señor PINO ENRÍQUEZ BALDERRAMA, a solicitud de la señora FLOR ERIKA ENRÍQUEZ VARGAS como descendiente directa del de cujus, en su carácter de posible heredera, en la cual manifiesta su consentimiento para que se tramite notarialmente y se tenga por radicada ante el suscrito Notario, de acuerdo al título cuarto, capítulo primero, sección segunda de la Ley del Notariado del Estado de México y su Reglamento, por lo que dejan radicada en esta Notaría a mi cargo dicha sucesión y manifiesta que no tiene conocimiento de la existencia de otra persona con igual o mejor derecho a heredar que ella acreditando la muerte del señor PINO ENRÍQUEZ BALDERRAMA, con su acta de defunción y el entroncamiento con el de cujus con sus respectivas actas de matrimonio y nacimiento.

Para su publicación dos veces de siete en siete días

hábiles en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. A T E N T A M E N T E LIC. ALFONSO FLORES MACEDO.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO No. VEINTIOCHO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3317.-20 y 29 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 42 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

JULIO 7’ 2015.

Que por escritura número TREINTA Y CUATRO MIL

NOVECIENTOS DIECISIETE, volumen OCHOCIENTOS VEINTISIETE, de fecha DOS de JULIO del año DOS MIL QUINCE, otorgada en el protocolo a mi cargo, se RADICÓ la Sucesión Intestamentaria a bienes de la señora CECILIA RAMOS BLANCO quién también acostumbró utilizar el nombre de CECILIA RAMOS DE REYES, que otorgan los señores JESÚS REYES VÁSQUEZ quién también acostumbra utilizar el nombre de JESÚS REYES VÁZQUEZ y ANA MARÍA REYES RAMOS, en su carácter de presuntos herederos, manifiesto bajo protesta de decir verdad no tener conocimiento que además de ellos, existan otras personas con derecho a heredar y expresa su voluntad para tramitar Notarialmente la Sucesión Intestamentaría de referencia.

A T E N T A M E N T E . LICENCIADO FERNANDO TRUEBA BUENFIL.-

RÚBRICA. NOTARIO PUBLICO NUMERO CUARENTA Y DOS DEL ESTADO DE MEXICO. Para su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del

Estado de México. PARA SU PUBLICACION DE 7 EN 7 DIAS HABILES.

3310.- 20 y 29 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 28 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Cd., Nezahualcóyotl, Méx., a 01 de Julio de 2015.

Licenciado Alfonso Flores Macedo, notario público número veintiocho del Estado de México, con residencia en esta ciudad, hago constar que mediante escritura “76415”, volumen “1595”, de fecha “17 de Octubre de 2014”, se radicó en la Notaría a mi cargo la sucesión a bienes de la señora MARÍA ELENA REYES GUZMÁN, a solicitud del señor ISMAEL POSADAS REYES como descendiente directo de la de cujus, en su carácter de posible heredero, en la cual manifiesta su consentimiento para que se tramite notarialmente y se tenga por radicada ante el suscrito notario, de acuerdo al título cuarto, capítulo primero, sección segunda de la Ley del Notariado del Estado de México y su reglamento, por lo que deja radicada en esta Notaría a mi cargo dicha sucesión y manifiesta que no tiene conocimiento de la existencia de otra persona con igual o mejor derecho a heredar que él acreditando la muerte de la señora MARÍA ELENA REYES GUZMÁN, con su acta de defunción y el entroncamiento con la de cujus con sus respectivas actas de matrimonio y nacimiento.

Para su publicación dos veces de siete en siete días

hábiles en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO”. A T E N T A M E N T E LIC. ALFONSO FLORES MACEDO.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO No. VEINTIOCHO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3311.- 20 y 29 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 22 DEL ESTADO DE MEXICO ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Para los efectos del artículo 127 de la Ley del Notariado del Estado de México, del artículo 70 del Reglamento de la propia Ley y artículo 4.77 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México; hago saber que mediante escritura No. 55,934, volumen 1106, de fecha 04 de Mayo de 2015, los señores JULIA RIVERA VELEZ, JORGE ALBERTO RENTERIA RIVERA y JULIA RENTERIA RIVERA, dieron inicio a la Sucesión Intestamentaria a bienes del señor JORGE RENTERIA HERNANDEZ también conocido como JORGE RENTERIA, presentando copia certificada del ACTA DE DEFUNCIÓN donde consta que falleció el 29 de Mayo de 1998.

Ecatepec de Morelos, Edo. Méx, a 10 de Julio de 2015. LICENCIADO CARLOS OTERO RODRÍGUEZ.-

RÚBRICA. NOTARIO NUMERO 22 DEL ESTADO DE MÉXICO.

3319.- 20 y 29 julio.

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20 de julio de 2015 Página 19

NOTARIA PUBLICA NUMERO 164 DEL ESTADO DE MEXICO TLALNEPANTLA, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Por Instrumento Público número once mil ochocientos setenta y tres, de fecha dos de julio de dos mil quince, otorgado en el protocolo a mi cargo, se hizo constar la RADICACION DE LA SUCESION INTESTAMENTARIA a bienes de la señora Rosa Correa Yáñez (también conocida como Rosa María Correa Yáñez, Rosa María Correa, María Correa y Rosa María Correa De Ruiz), que otorgaron en términos de lo dispuesto por el artículo 127 de la Ley del Notariado del Estado de México y los artículos 68 y 69 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, como presuntos herederos, Rosa Guadalupe Ruiz Correa, Alma Elizabeth Ruiz Correa y Ramón Hugo Ruiz Correa, como sus descendientes directos, y la Sucesión Intestamentaria del señor Ramón Ruiz Cassab, quien fuera su cónyuge supérstite, representada en este acto por su Albacea, la señorita Alma Elizabeth Ruíz Correa, quienes acreditaron su entroncamiento con la de cujus e hicieron constar el fallecimiento de ésta con las actas respectivas, que quedaron descritas y relacionadas en el instrumento de mérito; manifestando bajo protesta de decir verdad, que no tienen conocimiento de que exista otra persona con igual o mejor derecho a heredar, por lo que en términos del artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México, procedo a hacer las publicaciones de ley.

Tlalnepantla de Baz, Estado de México, a 2 de julio de 2015.

LIC. JAIME VÁZQUEZ CASTILLO.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO 164 DEL ESTADO DE MÉXICO. Para hacer dos publicaciones de 7 en 7 días, en la “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México

y en un periódico de circulación nacional.

3232.- 9 y 20 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 105 DEL ESTADO DE MEXICO NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura número 53,172, volumen 1,712, de fecha 26 de junio de 2015, otorgada ante la fe del suscrito Notario, el señor JOSÉ PADRÓN URQUIZA (también conocido como JOSÉ JERÓNIMO PADRÓN URQUIZA), en su carácter de HEREDERO UNIVERSAL y el señor JULIÁN JOSÉ PADRON NAVARRETE (también conocido como JULIAN PADRON NAVARRETE), en su carácter de ALBACEA, en la Sucesión Testamentaria a bienes de la señora MARGARITA NAVARRETE BALLESTEROS, R A D I C A R O N ante mí, en términos de lo previsto en los artículos 4.29, 4.77 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México; artículos 6.184 y 6.189 del Código Civil para el Estado de México y de los artículos 123 y 124 de la Ley del Notariado del Estado de México, la SUCESIÓN TESTAMENTARIA a bienes de la de cujus.

Naucalpan de Juárez, Méx., 3 de julio de 2015.

LIC. CONRADO ZUCKERMANN PONCE.- RÚBRICA. NOTARIO 105 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN, MÉX.

3233.- 9 y 20 julio.

Page 20: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

Página 20 20 de julio de 2015

NOTARIA PUBLICA NUMERO 105 DEL ESTADO DE MEXICO NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO

A V I S O N O T A R I A L

Por Escritura número 53,214, volumen 1,714, de fecha 30 de junio de 2015, otorgada ante la fe del suscrito Notario, el señor FLAVIO GUILLERMO CRUZ SERRANO por su propio derecho y en representación de la señora CLAUDIA VERÓNICA CRUZ SERRANO en su carácter de HEREDEROS UNIVERSALES y el señor FLAVIO GUILLERMO CRUZ SERRANO, también en su carácter de ALBACEA, en la Sucesión Testamentaria a bienes de la señora ERNESTINA SERRANO RANGEL, R A D I C Ó ante mí, en términos de lo previsto en los artículos 4.29, 4.77 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de México; artículos 6.184, 6.189 y 6.190 del Código Civil para el Estado de México y de los artículos 123 y 124 de la Ley del Notariado del Estado de México, la SUCESIÓN TESTAMENTARIA a bienes de la de cujus.

Naucalpan de Juárez, Méx., 3 de julio de 2015. LIC. CONRADO ZUCKERMANN PONCE.- RÚBRICA. NOTARIO 105 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN NAUCALPAN, MÉX.

3234.- 9 y 20 julio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 28 DEL ESTADO DE MEXICO

NEZAHUALCOYOTL, MEXICO A V I S O N O T A R I A L

Cd., Nezahualcóyotl, Méx., a 23 de Marzo de 2015.

Licenciado Alfonso Flores Macedo, notario público número veintiocho del Estado de México, con

residencia en esta ciudad, hago constar que mediante escritura “76450”, volumen “1600”, de fecha “23 de Octubre de 2014”, se radicó en la Notaría a mi cargo la sucesión a bienes de la señora EVA MAGDALENO MORALES a solicitud de los señores DARIO GARCÍA OLIVOS y JOSÉ MARÍA GARCÍA MAGDALENO por si y en representación de los señores GLORIA, LUIS, CONSUELO, DARIO, EVA Y HORTENSIA Todos de Apellidos GARCÍA MAGDALENO, el primero como cónyuge supérstite y los segundos como descendientes directos de la de cujus, en su carácter de posibles herederos, en la cual manifiestan su consentimiento para que se tramite notarialmente y se tenga por radicada ante el suscrito notario, de acuerdo al título cuarto, capítulo primero, sección segunda de la Ley del Notariado del Estado de México y su reglamento, por lo que dejan radicada en esta Notaría a mi cargo dicha sucesión y manifiestan que no tienen conocimiento de la existencia de otra persona con igual o mejor derecho a heredar que ellos acreditando la muerte de la señora EVA MAGDALENO MORALES, con su acta de defunción y el entroncamiento con el de cujus con sus respectivas actas de matrimonio y nacimiento.

Para su publicación dos veces de siete en siete días hábiles en el Periódico Oficial “Gaceta del

Gobierno”. A T E N T A M E N T E LIC. ALFONSO FLORES MACEDO.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO No. VEINTIOCHO DEL ESTADO DE MÉXICO.

3241.- 9 y 20 julio.

Page 21: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

20 de julio de 2015 Página 21

“2015, AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSE MARIA MORELOS Y PAVON”

OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC

E D I C T O

LA C. MARIA LAURA GUARNEROS ROMERO, solicito ante la Oficina Registral de Ecatepec, en términos del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de México y 93 de su Reglamento, LA REPOSICION de la partida 1537 VOL. 1005, Libro 1°, Sección I, fecha de inscripción 15 de octubre de 1990, mediante tramite de folio: 713.- Referente a la INSCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO NÚMERO 0951624-1, DE FECHA 13 DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA, OTORGADA POR EL INFONAVIT.- OPERACIÓN: COMPRAVENTA: VENDEDOR: INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES, (INFONAVIT), DEBIDAMENTE REPRESENTADO: COMPRADOR: LA SEÑORA MARIA LAURA GUARNEROS ROMERO.- Respecto del siguiente inmueble: ubicado en el PREDIO DENOMINADO “EL POTRERO LA LAGUNA”, EN LA POBLACION DE SAN LORENZO TETLIXTAC, MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZABAL.- Respecto del lote 01, Departamento 504, del edificio 3, Manzana G, consta de 3 recamaras, estancia, comedor, cocina, baño y patio de servicio.-Con las siguientes medidas y linderos: AL SE: 2.025 MTS. CON FACHADA POSTERIOR DEL EDIFICIO A VACÍO AL ÁREA COMÚN DEL RÉGIMEN Y EN 7.00 MTS. CON FACHADA POSTERIOR DEL EDIFICIO VACÍO AL ÁREA COMÚN DE LA UNIDAD CONDOMINAL.-AL SW: 5.91 MTS. CON FACHADA LATERAL DEL EDIFICIO A VACÍO AL ÁREA COMÚN DE LA UNIDAD CONDOMINAL Y EN E.745 MTS. CON FACHADA LATERAL DEL EDIFICIO AL AREA COMÚN DEL RÉGIMEN.-AL NW: 1.87 MTS. CON VACÍO AL ÁREA COMÚN DEL RÉGIMEN EN 5.90 MTS. CON DEPARTAMENTO 502 DEL EDIFICIO Y EN 1.75 MTS. CON AREA COMÚN DEL RÉGIMEN-CUBO DE ESCALERAS.-AL NE: 2.745 MTS. CON ÁREA COMÚN DEL RÉGIMEN CUBO DE ESCALERAS EN 1.77 MTS. CON DEPARTAMENTO 503 DEL EDIFICIO Y EN 4.14 MTS. CON VACÍO AL ÁREA COMÚN DEL RÉGIMEN.-ABAJO CON DEPARTAMENTO 404.-ARRIBA: AZOTEA.-FACTOR INDIVISO AL RÉGIMEN: 5.00%.-FACTOR INDIVISO A LA UNIDAD CONDOMINAL: 1.6695%.- Y en atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que nos ocupa, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en el periódico de mayor circulación en el Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México.-Por tres veces de tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México.-01 DE JULIO DEL 2015. A T E N T A M E N T E

LIC. XOCHITL RAMIREZ AYALA REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC (RÚBRICA).

3313.-20, 23 y 28 julio.

Page 22: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

Página 22 20 de julio de 2015

NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, A 13 DE JULIO DE 2015.

NO. OFICIO 227B13212/975/2015

ASUNTO. PUBLICACIONES

A QUIEN CORRESPONDA. PRESENTE:

E D I C T O :

POR ESTE MEDIO Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, SE DICTA ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA AL PROMOVENTE MARIA DE LOURDES ALVAREZ DE VAZQUEZ, PARA QUE REALICE LAS PUBLICACIONES A COSTA DEL INTERESADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, EN VIRTUD DEL ACTA CIRCUNSTANCIADA FORMULADA DE FECHA 13 DE JULIO DE 2015, CON MOTIVO DE LA REPOSICIÓN DE PARTIDA 99 VOLUMEN 94 LIBRO PRIMERO SECCIÓN PRIMERA DE FECHA 23 DE NOVIEMBRE DE 1967, Y QUE SE REFIERE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: LOTE 14, MANZANA TRES DEL FRACCIONAMIENTO RINCÓN DEL BOSQUE, EN EL PUEBLO DE SANTA MARÍA NATIVITAS, MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, ESTADO DE MÉXICO, QUE CONSTA DE LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS: CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS. AL ESTE. EN VEINTICINCO METROS CUARENTA Y NUEVE CENTÍMETROS CON CALLE DE EMILIANO ZAPATA, AL SUR, EN DIEZ METROS SEIS CENTÍMETROS CON LOTE DE TERRENO NÚMERO QUINCE, AL OESTE, EN VEINTICINCO METROS CINCUENTA Y DOS CENTÍMETROS CON LOTE DE TERRENO TRECE Y, AL NORTE, EN DIEZ METROS, CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS, CON HACIENDA DE SOLÍS. SUPERFICIE DE: 254.56 METROS CUADRADOS. LO ANTERIOR TIENE SUSTENTO LEGAL EN LOS ARTÍCULOS 92, 94 Y 95 DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, QUE A LA LETRA DICE: “ARTICULO 95.- UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR EL REGISTRADOR DICTARA UN ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENE LA PUBLICACIÓN A COSTA DEL INTERESADO DE UN EDICTO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN EL LUGAR QUE CORRESPONDA A LA OFICINA REGISTRAL, POR TRES VECES DE TRES DÍAS CADA UNO. LO QUE HAGO DEL CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE HAYA LUGAR.

ATENTAMENTE

LA C. REGISTRADORA DEL INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL

DEL ESTADO DE MEXICO ADSCRITA A LOS MUNICIPIOS DE NAUCALPAN Y HUIXQUILUCAN.

LIC. MIRNA BEATRIZ LOPEZ CASTAÑEDA.

(RÚBRICA).

3318.-20, 23 y 28 julio.

Page 23: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

20 de julio de 2015 Página 23

E D I C T O Se informa al público en general y a los alumnos egresados de la Escuela de Candidatos, Gobernantes y Servidores Públicos, que está en proceso de Baja/Liquidación, por lo que ha abierto la Convocatoria para Concluir los Trámites de Titulación de nuestros alumnos, de los campus Ecatepec y Toluca, misma que concluirá el 14 de Agosto de 2015, por lo que usted deberá acudir a las oficinas del ICADEP, Filial Estado de México, A.C., ubicadas en Artículo 123, No. 209, Col. Guadalupe, Toluca, Estado de México, con la Lic. Marycarmen Jiménez Carbajal, Directora Académica, del mismo. Presentando la siguiente documentación: Acta de Nacimiento Certificada, Certificado Original de la Carrera cursada, Constancia de Servicio Social liberada, 4 Fotografías tamaño infantil b/n en papel mate delgado, con retoque y vestimenta formal clara, 4 Fotografías tamaño óvalo de 7 por 5, con las mismas características de las anteriores y pago de derechos (que se realizará en las mismas instalaciones). Si es el caso de que usted no desee continuar con el proceso de titulación, se le solicita lo manifieste mediante oficio dirigido a la persona referida con anterioridad, en el plazo del 16 Julio al 14 de Agosto de 2015, eximiendo a nuestra Institución de cualquier responsabilidad futura. Así mismo de no hacerlo, se dará por hecho que renuncia a lo que su derecho le otorgue. A partir del 16 de Julio y como fecha límite el 14 de Agosto de 2015, usted podrá realizar cualquier trámite referido a su titulación o situación académica, vencida esta fecha la Escuela no realizará ningún trámite vinculado con la misma, quedando en igual situación, la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de México; por lo que lo relacionado quedará sin efecto ante ambas instituciones. Cualquier información requerida al respecto se le proporcionará en los teléfonos (01 722) 2 37 79 38 y 2 37 79 39 en horarios de oficina.

A T E N T A M E N T E

MTRO. JORGE ÁLVAREZ COLÍN DIRECTOR GENERAL

(RÚBRICA).

3294.-16, 17 y 20 julio.

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Página 24 20 de julio de 2015

“2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN”

FE DE ERRATAS

Secretaría De Desarrollo Agropecuario Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario del Estado de México (FIDAGRO) Reglas de Operación 2015 Dirección General de Agricultura Programa Desarrollo Agrícola Gaceta del Gobierno del Estado de México, No. 54 Fecha de publicación, 25 de marzo de 2015 Página 8

DICE DEBE DECIR

7.1.1 REQUISITOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN Para participar en el Programa, los productores deberán cubrir los siguientes requisitos de carácter general:

Requisitar personalmente el formato de solicitud del componente elegido, ante la Delegación Regional de la SEDAGRO que corresponda, de acuerdo a la ubicación de la superficie para la que solicita el apoyo.

Presentar copia simple de identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, cartilla militar, pasaporte, licencia de manejo, credencial del INSEN, cédula profesional, entre otras).

Copia simple de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Acreditar ser productor agropecuario del Estado de México, mediante constancia emitida por alguna autoridad municipal, ejidal o comunal, con fecha de expedición no mayor a 6 meses, para el caso de apoyos de agricultura orgánica señalar que se dedican a esta actividad.

Acreditar la legal propiedad o posesión de la superficie a apoyar, mediante copia de documentos oficiales, tales como: títulos de propiedad, escrituras públicas, comprobante emitido por la SAGARPA del apoyo PROAGRO Productivo, certificados parcelarios, contratos de arrendamiento (avalados con firma y sellos de las autoridades correspondientes, comunal o municipal, anexando preferentemente, copia legible de cualquiera de los documentos anteriores, que soporte la legal posesión del arrendatario), entre otros. En todos los casos, la documentación deberá estar a nombre del solicitante e identificada la superficie cultivable en cada uno de los predios.

7.1.1 REQUISITOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN Para participar en el Programa, los productores deberán cubrir los siguientes requisitos de carácter general:

Requisitar personalmente el formato de solicitud del componente elegido, ante la Delegación Regional de la SEDAGRO que corresponda, de acuerdo a la ubicación de la superficie para la que solicita el apoyo.

Presentar copia simple de identificación oficial vigente con fotografía (credencial de elector, cartilla militar, pasaporte, licencia de manejo, credencial del INSEN, cédula profesional, entre otras).

Copia simple de la Clave Única de Registro de Población (CURP).

Acreditar ser productor agropecuario del Estado de México, mediante constancia emitida por alguna autoridad municipal, ejidal o comunal, con fecha de expedición no mayor a 6 meses, para el caso de apoyos de agricultura orgánica señalar que se dedican a esta actividad.

Acreditar la legal propiedad o posesión de la superficie a apoyar, mediante copia de documentos oficiales, tales como: títulos de propiedad, escrituras públicas, comprobante emitido por la SAGARPA del apoyo PROAGRO Productivo, certificados parcelarios, contratos de arrendamiento (avalados con firma y sellos de las autoridades correspondientes, comunal o municipal, anexando preferentemente, copia legible de cualquiera de los documentos anteriores, que soporte la legal posesión del arrendatario), entre otros. En todos los casos, la documentación deberá estar a nombre del solicitante e identificada la superficie cultivable en cada uno de los predios.

En el caso específico del componente Fomento a la agricultura orgánica en el concepto asistencia técnica los requisitos son los siguientes y aplican únicamente para el representante del grupo:

Requisitar el formato de solicitud (F1), por el representante de grupo ante la Delegación Regional de la SEDAGRO que corresponda, de acuerdo a la ubicación de la superficie para la que solicita la asistencia técnica.

Copia Identificación Oficial. Copia CURP.

Página 11

DICE DEBE DECIR 7.1.1 REQUISITOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN Componente Insumos Agrícolas (plástico), Fomento a la Producción Frutícola y Hortícola, Fomento a la Agricultura Protegida, Estratégico de Impulso a la Floricultura, Fomento a la Agricultura Orgánica: a) Solicitud Única de Inscripción (Formato F1). b) Convenio de Entrega posterior de bienes (Formato F2). c) Acta de Entrega-Recepción (Formato F3).

7.1.1 REQUISITOS Y CRITERIOS DE SELECCIÓN Componente Insumos Agrícolas (plástico), Fomento a la Producción Frutícola y Hortícola, Fomento a la Agricultura Protegida, Estratégico de Impulso a la Floricultura, Fomento a la Agricultura Orgánica: a) Solicitud Única de Inscripción (Formato F1). b) Convenio de Entrega posterior de bienes (Formato F2). c) Acta de Entrega-Recepción (Formato F3). Para el componente Fomento a la agricultura orgánica en el concepto asistencia técnica únicamente aplica el Formato F1.

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20 de julio de 2015 Página 25

Después de la página 19 insertar los siguientes formatos

1

Técnico

Nacionalidad: Mexicana Otra

(ANVERSO)

Primer Apellido (Paterno)

D D A A A A Mujer

Segundo Apellido (Materno)

Nombre(s)

Folio de Identificación Oficial:

¿Cuál?

Calle

Calle (continuación) Número Exterior Número Interior

Código Postal Entre calle

Y Calle

Otra Referencia del Domicilio

Teléfono Fijo Colonia

Tel. Celular o Fax Localidad

Municipio

Entidad Federativa o Estado

AñodeRealización: Otro

32688

FO-DGTG-FURTipo6

DOMICILIO

Colonia

Localidad

Municipio

EntidadFederativaoEstado

Entidad Federativa de Nacimiento:

Continúa en el Reverso

DATOS DEL BENEFICIARIO

Sexo: Hombre

Grado de Estudios: Secundaria Primaria Bachillerato o equivalente

Licenciatura

Tipo Identificación Oficial:

M M

Continúa al Reverso

Estado Civil: Soltero Casado Viudo Divorciado Amasiato (U. Libre) separado Concubinato

NÚMERO NOMBRE

CLAVE DE ORGANISMO

NOMBRE

Instrucciones.- Se debe llenar en original, con letra de molde, con tinta negra de bolígrafo y utilizando letras mayúsculas. Rellene una opción u opciones según corresponda. Es indispensable proporcionar la información solicitada en las secciones: “Datos del Beneficiario” y “Domicilio”. Es obligatorio entregar fotocopia de: identificación oficial con fotografía IFE, CURP y constancia de domicilio.

INSTRUCCIONES DE LLENADO

FOLIO

SOLICITUD ÚNICA DE INSCRIPCIÓN F1

D D M M A A A A

Maestría Ninguno Doctorado

Preescolar

Sin especificar

INAPAM IFE

RFC Acta Nacimiento Licencia de Manejo IMSS Cartilla SMN

ISSSTE INSEN Pasaporte Otro

Clave Única de Registro de Población: (C.U.R.P)

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

2 0 7

COMPONENTE:

FECHA de Alta Actualización

SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO DIRECCION GENERAL DE AGRICULTURA

DIRECCION DE AGRICULTURA

Fecha de Nacimiento

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Página 26 20 de julio de 2015

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20 de julio de 2015 Página 27

Formato F2

COMPONENTE:________________________________________________________

Formato F-2

CONVENIO DE ENTREGA POSTERIOR DE BIENES

SIENDO LAS _____ HRS. DEL DIA _____ DE _____________DEL AÑO_______, SE REUNIERON EN

LA COMUNIDAD DE_______________________________________________________________,

MUNICIPIO DE _________________________________, POR UNA PARTE EL

C._______________________________ Y EL C.___________________________________ CON

RAZÓN SOCIAL ___________________________, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES

DENOMINARA “EL PRODUCTOR” Y “EL PROVEEDOR” RESPECTIVAMENTE, A EFECTO DE

SUSCRIBIR LA PRESENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES:

DECLARA “EL PRODUCTOR”:

QUE TIENE SU DOMICILIO EN LA CALLE _________________________________No. _________,

DE LA COMUNIDAD DE ___________________________, MUNICIPIO DE

_________________________.

QUE PRESENTÓ SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE APOYO ECONÓMICO A

PRODUCTORES PARA____________________________________________________________,

CON NÚMERO DE FOLIO _______________, MISMA QUE RESULTÓ AUTORIZADA CON UN

MONTO DE SUBSIDIO DE: $______________________, EN UNA SUPERFICIE DE:

______________________.

QUE SELECCIONÓ VOLUNTARIAMENTE A “EL PROVEEDOR”, A QUIEN LE HA CUBIERTO LA

TOTALIDAD DE SU APORTACIÓN, LO CUAL ACREDITA MEDIANTE FICHA BANCARIA O UN

RECIBO RESPECTIVO, POR UN MONTO DE $_____________________, SE ADJUNTA LA

PRESENTE PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE.

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Página 28 20 de julio de 2015

DECLARA “EL PROVEEDOR”

QUE TIENE SU DOMICILIO EN LA CALLE __________________________________No.

_________, DE LA COMUNIDAD DE __________________________________________________,

MUNICIPIO DE ______________________________, BAJO LA RAZÓN SOCIAL

_______________________________, CON RFC NÚMERO ____________________ Y TEL. No.

______________________.

QUE TIENE LA CAPACIDAD TÉCNICA Y ECONÓMICA PARA .CUMPLIR LA CONCLUSIÓN DEL

EJERCICIO RESPECTIVO EN TIEMPO Y FORMA, Y QUE CONOCE LOS LINEAMIENTOS DE

OPERACIÓN DEL COMPONENTE Y CUENTA CON EL PERSONAL SUFICIENTE Y CAPACITADO,

ACEPTA QUE SE APLIQUEN LAS PENALIDADES Y/O SANCIONES QUE CORRESPONDAN EN

CASO DE INCUMPLIMIENTO.

DECLARAN AMBAS PARTES:

QUE POR LO ANTERIOR, ESTÁN DE ACUERDO EN SUSCRIBIR LA PRESENTE CARTA

COMPROMISO,LA CUAL ESTÁ LIBRE DE DOLO O MALA FE, CON EL FIN DE DAR

CUMPLIMIENTO A LA ENTREGA DE LOS BIENES AUTORIZADOS Y SOMETERSE AL TENOR DE

LAS SIGUIENTES

CLÁUSULAS

PRIMERA.- EL OBJETO DE LA PRESENTE ES EL ESTABLECIMIENTO DEL COMPROMISO FORMAL

POR PARTE DE “EL PROVEEDOR”, DEL EJERCICIO Y ENTREGA TOTAL SEÑALADO, A MÁS

TARDAR EL ________ DE ___________________ DE _______________, CUMPLIENDO CON LAS

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS AUTORIZADAS, FECHA EN QUE SE LEVANTARÁ EL ACTA DE

ENTREGA-RECEPCIÓN Y ANTE LA PRESENCIA TESTIMONIAL DEL REPRESENTANTE DE LA

SECRETARIA DEDESARROLLO AGROPECUARIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO,

ESTANDO DE ACUERDO DE QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, O DEFECTOS IMPUTABLES AL

PROVEEDOR, EL PRODUCTOR HARÁ EL RECLAMO DIRECTAMENTE AL PROVEEDOR POR ÉL

SELECCIONADO, CON INDEPENDENCIA LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

HARÁ EFECTIVA LA GARANTÍA A TRAVÉS DE LA UNIDAD JURÍDICA, INDEPENDIENTEMENTE DE

LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y/O PENALES EN QUE PUDIESE INCURRIR Y BOLETINARLO

PARA QUEDAR CON ELLO IMPOSIBILITADO PARA PARTICIPAR EN LO SUBSIGUIENTE COMO

PROVEEDOR DEL SECTOR GUBERNAMENTAL.

SEGUNDA.- POR LO ANTES SEÑALADO, AMBAS PARTES, CON LA ENTREGA DEL ORIGINAL DE LA

PRESENTE CARTA, SOLICITAN, A LA DELEGACIÓN REGIONAL DE LA SECRETARIA DE

DESARROLLO AGROPECUARIO, QUIEN PARTICIPA EN ESTE ACTO COMO TESTIGO PRESENCIAL,

QUE SE REALICEN LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS RESPECTIVOS PARA EL PAGO

ANTICIPADO DEL 100% DEL SUBSIDIO ACOMPAÑADO CON LA FIANZA CORRESPONDIENTE.

PARA LO CUAL,

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20 de julio de 2015 Página 29

“EL PROVEEDOR” HACE ENTREGA DE COPIA AL CARBÓN DE LA FACTURA No. _________, CON

LAS ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES DEL PROYECTO, ASÍ COMO COPIA DE LA CLABE

BANCARIA ESTANDARIZADA No. ________________________________________________ O

ESTADO DE CUENTA ACTUALIZADO No.

___________________________________________________________________, DEL

BANCO__________________________________, SUCURSAL __________________________.

TERCERA.- AMBAS PARTES ACEPTAN QUE EL ORIGINAL DEL PRESENTE CONVENIO Y LA

DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE, SEAN REMITIDOS A LA DIRECCIÓN GENERAL DE

AGRICULTURA DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO, CON EL FIN DE

SUSTENTAR EL TRÁMITE DEL PAGO ANTICIPADO SOLICITADO.

ENTERADAS LAS PARTES, LO FIRMAN DE CONFORMIDAD AL MARGEN Y AL CALCE.

“EL PRODUCTOR” “EL PROVEEDOR”

(NOMBRE Y FIRMA) (NOMBRE Y FIRMA DEL PROPIETARIO O

REPRESENTE LEGAL)

POR LA SEDAGRO

TESTIGO PRESENCIAL

Vo. Bo.

(NOMBRE Y FIRMA DEL DELEGADO REGIONAL)

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Página 30 20 de julio de 2015

Formato F3

SECRETARIA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

DIRECCIÓN GENERAL DE AGRICULTURA

Formato F-3

COMPONENTE:________________________________________________________

__

ACTA ENTREGA - RECEPCIÓN

Siendo las __________ horas, del día __________ de ___________________ de __________, reunidos

en el domicilio ___________________________________ de la localidad _____________________

Municipio de _______________________________________ Estado de México; para hacer constar que

el proyecto ____________________________________________ con numero de solicitud

_______________, con numero de factura ________________________________ del ejercicio

presupuestal _______________, ha sido concluido y el beneficiario recibió su apoyo correspondiente.

Productor

Proveedor

De conformidad con la Normatividad vigente

Se comprobó que

a) El proveedor entregó de acuerdo a los lineamientos los siguientes bienes:

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

______________________________________________________________________________________________

____________

b) El C. ________________________________________ en representación de la SEDAGRO,

verificó que tales bienes corresponden a las especificaciones señaladas con la factura No.

_____________________

Page 31: Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y …legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/... · certifica que los predio descritos e inscritos con el

20 de julio de 2015 Página 31

El beneficiario se responsabiliza de conservar los bienes recibidos durante el periodo de vigencia del

proyecto así mismo, es responsable de mantener en producción los bienes objeto del apoyo.

A la firma de este documento, se le reitera al beneficiario que el proveedor es responsable de garantizar

la buena calidad del bien objeto del apoyo y que en su caso, se sujetará a las disposiciones y códigos que

rigen en la materia. No habiendo otro asunto que tratar, se da por terminada la presente acta,

firmando como constancia las personas que en ella intervinieron a las __________ horas del día de su

inicio.

Nombre y Firma

PRODUCTOR

RESPONSABLE DEL BIEN RECIBIDO

PROVEEDOR QUE ENTREGA EL BIEN

Y SELLO DE LA EMPRESA

DELEGACIÓN REGIONAL

RESPONSABLE DE LEVANTAR EL ACTA

SUBDELEGADO

Vo. Bo.

DELEGADO

_______________________________________________

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Página 32 20 de julio de 2015

“2015. AÑO DEL BICENTENARIO LUCTUOSO DE JOSÉ MARÍA MORELOS Y PAVÓN”

FE DE ERRATAS

Secretaría De Desarrollo Agropecuario Fideicomiso para el Desarrollo Agropecuario del Estado de México (FIDAGRO) Lineamientos y Manual de Operación 2014 Dirección General Pecuaria Programa Proyectos Especiales Pecuarios Gaceta del Gobierno No. 63, de fecha 4 de abril de 2014

PAG. 3 DICE

En el apartado 4.1.1. Tipo:

a) Fábricas de Huevo: (128 hembras de 4 semanas de edad producidas y criadas en el Estado de México por cuestión de control sanitario, así como las jaulas necesarias para su producción y apoyo con asistencia técnica).

b) Fábricas de Pavo: (Pavos para engorda conformados de 10 hasta 200 pavos de sexo indistinto de 4 semanas de edad y asistencia técnica).

DEBE DECIR EN LA FE DE ERRATAS:

En el apartado 4.1.1. Tipo:

a) Fábricas de Huevo: (128 hembras de mínimo 4 semanas de edad producidas y criadas en el Estado de México por cuestión de control sanitario, así como el equipo básico para su producción y apoyo con asistencia técnica).

b) Fábricas de Pavo: Pavos para engorda conformados de 5 hasta 200 pavos de sexo indistinto de mínimo 4 semanas de edad y asistencia técnica solo para las unidades de producción que concentren en explotación más de 100 pavos con apoyo del programa.

En el apartado 4.1.2. MONTOS DE APOYO:

a) Fábricas de Huevo: El apoyo gubernamental será del 90% del valor de la Fábrica o hasta $15,300.00. El productor deberá aportar la diferencia del valor de la Fábrica y comprometerse a recibir la asistencia técnica.

PAG 4 b) Fábricas de Pavo: el apoyo gubernamental será del

90% del valor de la Fábrica hasta $17,100.00. el productor deberá aportar la diferencia del valor de la fábrica comprometerse a recibir la asistencia técnica.

En el apartado 4.1.2. MONTOS DE APOYO:

a) Fábricas de Huevo: El apoyo gubernamental será hasta del 90% o hasta $15,300.00. El productor deberá aportar la diferencia del valor de la Fábrica.

b) Fábricas de Pavo: el apoyo gubernamental será del 90% del valor de la Fábrica hasta $17,100.00. el productor deberá aportar la diferencia del valor de la fábrica.

PAG. 5 DICE

En la tabla del apartado 4.4 METAS FÍSICAS Y DE BENEFICIARIOS.

Concepto: Apoyo a Productores para la Puesta en Marcha de Fábricas de Huevo

ESTIMADO A ALCANZAR DURANTE EL EJERCICIO: 401 BENEFICIARIOS: 401

Concepto: Apoyo a Productores para la Puesta en Marcha de Fábricas de Pavo

PAG. 5 DICE

ESTIMADO A ALCANZAR DURANTE EL EJERCICIO: 56 BENEFICIARIOS: 56

DEBE DECIR EN LA FE DE ERRATAS:

En la tabla del apartado 4.4 METAS FÍSICAS Y DE BENEFICIARIOS. En la tabla debe decir:

Concepto: Apoyo a Productores para la Puesta en Marcha de Fábricas de Huevo

METAS FÍSICAS: alrededor de 570 BENEFICIARIOS: alrededor de 570

Concepto: Apoyo a Productores para la Puesta en Marcha de Fábricas de Pavo

DEBE DECIR EN LA FE DE ERRATAS

ESTIMADO A ALCANZAR DURANTE EL EJERCICIO: alrededor de 86 BENEFICIARIOS: alrededor de 86

NOTA: Las metas de los componentes pueden variar acorde al monto de apoyo.

El presente documento, se fundamenta en las Reglas de Operación del Programa de Acciones para el Desarrollo, publicadas el día 6 de mayo de 2014 en la Gaceta del Gobierno No. 81, en el apartado VI. Lineamientos Generales, párrafo 22, el cual establece: “ Con la finalidad de asegurar la aplicación eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, de los programas sociales sujetos a los con cargo a recursos del Programa de Acciones para el Desarrollo, las Dependencias y Unidades Ejecutoras, deberán publicar dentro de los 30 días hábiles posteriores a la publicación del Decreto de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal que corresponda los lineamientos y/o manuales según sea el caso y enviar una copia de la publicación en la Gaceta del Gobierno a la Dirección General de Inversión de la Secretaría de Finanzas”

Lic. Federico Ruiz Sánchez Jefe de la Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación

(Rúbrica)

L. I. Gabriel Benítez Villaverde Subdirector de Programación y Evaluación

(Rúbrica) 3319-BIS.-20 julio.