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Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 111 g. 38951 Martes, 12 de junio de 2012 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDAD DE BURGOS RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2012, del Rector de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación de los parámetros de ponderación en la Universidad de Burgos relativos a la nota de admisión para el curso 2013-14 según lo dispuesto en el R.D. 1892/2008 de 14 de noviembre. El Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos, en sesión celebrada el 27 de marzo de 2012, aprobó para el curso 2013-14 los parámetros de ponderación a los que hace referencia el artículo 14.3 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre. Dichos parámetros serán aplicados a las materias más idóneas para, de acuerdo con la finalidad de la prueba a la que se refiere el artículo 5 del mencionado Real Decreto, seguir con éxito las enseñanzas oficiales de Grado en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, en el que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas. El artículo 14.3 de dicho Real Decreto establece que las universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros de ponderación antes del inicio del curso correspondiente y por tal motivo el Rectorado ha resuelto ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de los parámetros de ponderación en la Universidad de Burgos relativos a la nota de admisión para el curso 2013-14 según lo dispuesto en el R.D. 1892/2008 de 14 de noviembre. Burgos, 1 de junio de 2012. El Rector, Fdo.: ALFONSO MURILLO VILLAR CV: BOCYL-D-12062012-10

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Boletín Oficial de Castilla y León

Núm. 111 Pág. 38951Martes, 12 de junio de 2012

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

C. OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE BURGOS

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2012, del Rector de la Universidad de Burgos, por la que se ordena la publicación de los parámetros de ponderación en la Universidad de Burgos relativos a la nota de admisión para el curso 2013-14 según lo dispuesto en el R.D. 1892/2008 de 14 de noviembre.

El Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos, en sesión celebrada el 27 de marzo de 2012, aprobó para el curso 2013-14 los parámetros de ponderación a los que hace referencia el artículo 14.3 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre. Dichos parámetros serán aplicados a las materias más idóneas para, de acuerdo con la finalidad de la prueba a la que se refiere el artículo 5 del mencionado Real Decreto, seguir con éxito las enseñanzas oficiales de Grado en las que se produzca un procedimiento de concurrencia competitiva, es decir, en el que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas.

El artículo 14.3 de dicho Real Decreto establece que las universidades deberán hacer públicos los valores de dichos parámetros de ponderación antes del inicio del curso correspondiente y por tal motivo el Rectorado ha resuelto ordenar la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de los parámetros de ponderación en la Universidad de Burgos relativos a la nota de admisión para el curso 2013-14 según lo dispuesto en el R.D. 1892/2008 de 14 de noviembre.

Burgos, 1 de junio de 2012.

El Rector, Fdo.: Alfonso Murillo VillAr

CV: BOCYL-D-12062012-10

Boletín Oficial de Castilla y LeónNúm. 111

http://bocyl.jcyl.es D.L.: BU 10-1979 - ISSN 1989-8959

Pág. 38952Martes, 12 de junio de 2012

PARÁMETROS DE PONDERACIÓN DE MATERIAS DE LA FASE ESPECÍFICA PARA EL CURSO 2013-2014 (Aprobados por Consejo de Gobierno de 27 de marzo de 2012

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ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES

DE GRADO

Materias de la fase específica

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Administración y Dirección de Empresas 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1

Finanzas y Contabilidad 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1

Turismo 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1 0.2 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1

Comunicación Audiovisual 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1

Ciencia Política y Gestión Pública 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Derecho 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Derecho y Admón. Y Dirección de Empresas 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1

Maestro de Educación Infantil 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Maestro de Educación Primaria 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Pedagogía 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Educación Social 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Relaciones Laborales y Recursos Humanos 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Arte

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Hum

anid

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Español: Lengua y Literatura 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Historia y Patrimonio 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1

Cie

ncia

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Química 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1

Cie

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Ciencia y Tecnología de los Alimentos 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2

Terapia Ocupacional 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1

Enfermería 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2

Inge

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Arq

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I. de Tecnologías de Caminos 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.1 0.1

I. Mecánica 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2

I. Electrónica Industrial y Automática 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2

I. de Organización Industrial 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.2

I. de Informática 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.2 0.1 0.2

I. de Obras Públicas en Construcciones Civiles 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.1 0.1

I. de Obras Públicas en Transportes y Serv. Urbanos 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.1 0.1

I. de Edificación 0.1 0.1 0.2 0.1 0.1 0.1 0.1 0.2 0.2 0.1 0.1

I. Agroalimentaria y del Medio Rural 0.2 0.2 0.2 0.1 0.1 0.2 0.1 0.2 0.2 0.2 0.2

CV: BOCYL-D-12062012-10