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.r: ··,e·· ~ ~ UG-VIGCYP-DGC-076-E . .- ----- ,-,---,-~ __J .p·- -· , \ ~- .. >~·~· CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIO't iJNTERl~STITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL (ECUADÓRf-Y MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR. ···:; ;;t 1--- ¡., ,..,.-f : ! .,.t""" } --~qJ COMPARECIENTES.- Comparecen a la celebración del presente convenio por una parte. la UNIVERSIDAD DI( GUA YAQlllL, y quien suscribe el presente convenio el señor Roberto Passailaigue Baquerizo, Ph.D. en su calidad de Rector-Presidente de la CIFI-UG: a quien en adelante se llamará ··LA llNIVF:RSIDAD": y por otra parte, el señor Luis .Iavier Gutiérrez Enríquez, Msc., en nombre y representación de la MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR, de la que es Representante Legal. y para ef ectos de este instrumento se denominará como '·MISIÓN ALIANZA DE NORlJEGA EN ECUADOR"', las partes libre y voluntariamente acuerdan suscribir el presente convenio al tenor de las siguientes cláusulas. PRIMERA: ANTECEDENTES.- a) "LA UNIVERSIDAD" es una institución pública de educación superior. sin fines de lucro: genera. di f unde y preserva conocimientos científicos. tecnológicos. humanísticos y saberes culturales de for ma cr itica. creativa y para la innovación social, a través de las f unciones de f ormación. investigación y vinculación con la sociedad. f ortaleciendo prof esional y éticamente el talento de la nación y la promoción del buen vivir, en el marco de la sustentabilidad. la justicia y la paz. Además. tiene como visión ser una institución de Educación Superior con liderazgo prospectivo nacional e internacional en el campo de sus dominios científicos. tecnológicos y humanísticos; comprometida con la democracia cognitiva. el diálogo de saberes. el desarrollo sustentable y la innovación social. h) FI artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador estipula que: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la f ormación académica y prof esional con visión científica y humanista: la investigación científica y tecnológica: la innovación. promoción. desarrollo y difusión de los saberes y las culturas: la construcción de soluciones para los problemas del país. en relación con los ob jetivos del régimen de desarrollo". El artículo 8 de ia Ley Orgánica de Educación Superior dispone que: "La educación superior tendrá los siguientes fines: a) Aportar al .desar rollo del pensamiento universal. al despliegue de la producción científica. de las artes y de la cultura y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas; [ ... J t) Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico. tecnológico y pedagógico que coadyuven al me joramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable nacional en armonía con los derechos de la naturaleza constitucionalmente reconocidos. priorizando el bienestar animal". LI artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación Superior sala que: "El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica. administrativa, financiera y or gánica. acorde con los principios establecidos en la Constitución de la Repúhlica. En el ejercicio de autonomía responsable, las universidades y escuelas politécnicas mantendrún relaciones de reciprocidad y cooperación entre ellas y de estas con el Estado y la sociedad: además observarán los principios de justicia, equidad. solidaridad. participación ciudadana. responsabilidad social y rendición de cuentas". l f/ r / I Página 1 de 10

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UG-VIGCYP-DGC-076-E . .------,-,---,-~__J .p·--· , \~- .. >~·~·

CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACIO'tiJNTERl~STITUCIONAL ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL (ECUADÓRf-Y MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR.

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COMPARECIENTES.-

Comparecen a la celebración del presente convenio por una parte. la UNIVERSIDAD DI( GUA YAQlllL, y quien suscribe el presente convenio el señor Roberto Passailaigue Baquerizo, Ph.D. en su calidad de Rector-Presidente de la CIFI-UG: a quien en adelante se llamará ··LA llNIVF:RSIDAD": y por otra parte, el señor Luis .Iavier Gutiérrez Enríquez, Msc., en nombre y representación de la MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR, de la que es Representante Legal. y para efectos de este instrumento se denominará como '·MISIÓN ALIANZA DE NORlJEGA EN ECUADOR"', las partes libre y voluntariamente acuerdan suscribir el presente convenio al tenor de las siguientes cláusulas.

PRIMERA: ANTECEDENTES.-

a) "LA UNIVERSIDAD" es una institución pública de educación superior. sin fines de lucro: genera. di funde y preserva conocimientos científicos. tecnológicos. humanísticos y saberes culturales de forma critica. creativa y para la innovación social, a través de las funciones de formación. investigación y vinculación con la sociedad. fortaleciendo profesional y éticamente el talento de la nación y la promoción del buen vivir, en el marco de la sustentabilidad. la justicia y la paz. Además. tiene como visión ser una institución de Educación Superior con liderazgo prospectivo nacional e internacional en el campo de sus dominios científicos. tecnológicos y humanísticos; comprometida con la democracia cognitiva. el diálogo de saberes. el desarrollo sustentable y la innovación social.

h) FI artículo 350 de la Constitución de la República del Ecuador estipula que: "El sistema de educación superior tiene como finalidad la formación académica y profesional con visión científica y humanista: la investigación científica y tecnológica: la innovación. promoción. desarrollo y difusión de los saberes y las culturas: la construcción de soluciones para los problemas del país. en relación con los objetivos del régimen de desarrollo". El artículo 8 de ia Ley Orgánica de Educación Superior dispone que: "La educación superior tendrá los siguientes fines: a) Aportar al .desarrollo del pensamiento universal. al despliegue de la producción científica. de las artes y de la cultura y a la promoción de las transferencias e innovaciones tecnológicas; [ ... J t) Fomentar y ejecutar programas de investigación de carácter científico. tecnológico y pedagógico que coadyuven al mejoramiento y protección del ambiente y promuevan el desarrollo sustentable nacional en armonía con los derechos de la naturaleza constitucionalmente reconocidos. priorizando el bienestar animal". LI artículo 17 de la Ley Orgánica de Educación Superior señala que: "El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica. administrativa, financiera y orgánica. acorde con los principios establecidos en la Constitución de la Repúhlica. En el ejercicio de autonomía responsable, las universidades y escuelas politécnicas mantendrún relaciones de reciprocidad y cooperación entre ellas y de estas con el Estado y la sociedad: además observarán los principios de justicia, equidad. solidaridad. participación ciudadana. responsabilidad social y rendición de cuentas". lf/ r / I

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\;.~ \ .. "\ .. . . ,·. ·•. ./ '· - . . ,· e) Su representación legal recaeen el Dr. Roberto Passailaigue Baquerizo, PhD .. en calidad de

Rector Presidente de la CIFI-UG, conforme lo dispone la Resolución RPC-SE-08-No.037- 2018 del Pleno del Consejo de Educación Superior que resolvió: -- ... Artículo 2.- Disponer la

· inmediata intervención integral de la Universidad de Guayaquil, por haberse configurado la causal establecida en los artículos 169, literal e}, 199, literal e), de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y artículo 45 del Reglamento de Creación, Intervención y

Suspensión ele Universidades y Escuelas Politécnicas.[ ... ]. Artículo 3.- Designar de conformidad con el artículo 197 de la Ley Orgánica de Educación Superior, 4 7 del Reglamento de Creación, Intervención y Suspensión de Universidades y Escuelas Politécnicas y en cumplimiento de los procedimientos establecidos en el Consejo de Educación Superior. como miembros de la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional para la Universidad de Guayaquil, al doctor Roberto Manuel Passailaigue Baquerizo, en calidad de Presidente; [ ... ]. Artículo 4.- Autorizar a la Comisión Interventora y de Fortalecimiento f nstitucional para la Universidad de Guayaquil suspender temporalmente las funciones de las autoridades de In Universidad de Guayaquil. En tal virtud. la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional para la Universidad asumirá las funciones del Honorable Consejo Universitario y su Presidente las funciones del Rector de la institución de educación superior y la representación legal, judicial y extrajudicial". La aprobación de la ampliación del plazo de la intervención en primer debate se estableció. conforme lo dispone la Resolución RPC-S0-01-No.002-2019 del Pleno del Consejo de Educación Superior que resolvió: "Artículo 1.- Aprobar en primer debate la ampliación de la intervención integral de la Universidad de Guayaquil por existir la concurrencia de los hechos que configuran las causales de intervención determinadas en el artículo 199 literales a) y b) de la Ley Orgánica de Educación Superior y mantenerse la causal establecida en el I itera! e) del mismo artículo de conformidad con lo establecido en el informe de la Comisión de Investigación f ... ] y el informe sobre el proceso de intervención iniciado por el CES a la Universidad de Guayaquil aprobado por el Consejo de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior [ ... ]" Y la disposición de la ampliación de la intervención se estableció, conforme lo dispone la Resolución RPC-SE-01-No.OO 1-2019 del Pleno del Consejo de Educación Superior que resolvió: "Artículo 1.- Disponer la ampliación de la intervención integral ele la Universidad de Guayaquil por existir la concurrencia de hechos que configuran las causales de intervención determinadas en el artículo 199 literales a) y b) de la Ley Orgánica de Educación Superior y mantenerse la causal establecida en el literal e} del mismo artículo f ... J.

Que. el artículo 2 de la Resolución ibídem, indica que "el plazo de la media dispuesta será de veinticuatro (24) meses. Contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución Que, el artículo 3 de la Resolución antes citada, ratifica en sus funciones a los miembros de la Comisión Interventora y de Fortalecimiento Institucional para la Universidad de Guayaquil. designados mediante resolución RPC-SE-08-No.037-2018, de 15 de octubre de 2018.

d) Misión Alianza de Noruega en Ecuador (MAN-E), es una organización de carácter no gubernamental de desarrollo, extranjera, con bases cristiana diaconales, regida por las leyes de

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Noruega. cuya existencia legal se encuentra 1\icri';,'útida en el Ecuador. donde ha venido trabajando desde el año de 1994 en zonas empohreddas"'éf; la ciudad de Guayaquil como una organización diaconal que acompaña a las comunidades vulnerables en la identificación de las causas de su problemática, la gestión de procesos para la garantía de sus derechos y la ejecución de acciones destinadas a consolidar una vida digna en lo individual y en lo comunitario. Su trabajo está alineado a las políticas de desarrollo del Ecuador y al Plan Nacional de Desarrollo del Ecuador y su accionar está respaldado por el Convenio Básico de Funcionamiento suscrito con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Lcuador.

SEGUNDA: OB.JETO.- El presente convenio específico tiene por objeto permitir la cooperación intcrinstitucional, entre la UNIVERSIDAD y MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA FN ECUADOR. con la finalidad de ejecutar el proyecto de Cooperación para el Desarrollo y 1 mprendimicnto denominado "Laforntacion y gestión de líderes comunitarios-y su impacto en lu práctica recreativa delfútbol durante el tiempo libre de los niños y adolescentes de la Comunidad 1\ln111e Sinai en Guavaquil", que tiene como objetivo general incorporar a la práctica del fútbol durante el tiempo libre de los niños y adolescentes a través de la gestión de los líderes comunitarios en "Monte Sinaí" en 'Guayaquil. Lo que permitirá ofrecer espacio para la implementación de actividades deportivas e investigativas de alto impacto.

TERCERA: E.JECUCIÓN. - El proyecto se lo desarrollará mediante:

• La colaboración de estudiantes, docentes y autoridades de la Facultad de Educación Física. Deportes y Recreación. mediante actividades de Coordinación de Internacionalización y Movilidad Académica de --LA UNIVERSIDAD"".

• La participación activa de los representantes de '·MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR".

• La cooperación participativa y fortalecimiento de la comunidad en acciones emprendidas expuestas en el proyecto.

• L1 cumplimiento efectivo del cronograma de actividades contemplado en el proyecto.

··-~ CUARTA: PLAN DE ACCIÓN.-Los planes de acción para el desarrollo del presente convenio son:

a) Fase inicial Diagnosticar el estado que presenta la práctica de actividades tísico-deportivas y recreativas en los niños y adolescentes. la existencia de líderes comunitarios y las condiciones estructurales y materiales para la práctica masiva del fútbol en la Comunidad Monte Sinaí en Guayaqui 1. Elaborar un programa de capacitación y preparación de lideres comunitarios para la práctica del fútbol recreativo durante el tiempo libre de los niños y adolescentes.

b) Fase de implementación: Implementar un programa de capacitación para promocionar la importancia de la práctica ele actividades deportivas y en especial del fútbol. además de las consecuencias nocivas del consumo de sustancias nocivas a la salud. ¡; ! Página 3 de 10

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Implementar un sistema de acciones para la preparación, práctica y realización de competencias de fútbol en la comunidadcor-grupos de edades en las categorías 9- 1 O: 11- J 2: 13-14y 15-16años. Incorporar de manera masiva a toda la comunidad en los programas y acciones del proyecto en la Comunidad Monte Sinaí.

e) Fase final: Valorar el avance del proyecto en sus diferentes fases de desarrollo para realizar los ajustes necesarios con todos los involucrados. Evaluar el alcance, impacto y objetivos propuestos en el proyecto al término del mismo.

QUINTA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES.-

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.. LA UNIVERSIDAD DE GUA Y AQUIL'' se obliga a:

a) Diagnosticar el estado que presenta la práctica de actividades físico-deportivas y recreativas en los niños y adolescentes, así como para la práctica del fútbol en la comunidad Monte Sinaí, en lo concerniente a los siguientes indicadores: .-·

a. Existencia de líderes comunitarios; b. Condiciones para la práctica del fútbol en la comunidad Monte Sinaí: c. Condiciones estructurales y materiales para la práctica masiva del fútbol en la

Comunidad Monte Sinaí en Guayaquil. b) Elaborar un programa de capacitación y preparación para los líderes comunitarios sobre la

práctica del fútbol recreativo durante el tiempo libre de los niños y adolescentes. e) Implementar un programa de capacitación para promocionar: la importancia de la práctica

de actividades deportivas y en especial del fútbol; y, las consecuencias del consumo de sustancias nocivas a la salud.

el) Implementar un sistema de acciones para la preparación, práctica y realización de competencias de fútbol en la comunidad por grupos de edades en las categorías 9- 1 O: 11- 12; 13-14 y 15-i6 años.

e) Promocionar los programas y acciones del proyecto para involucrar de manera masiva a toda la comunidad de Monte Sinaí.

"'LA MISIÓN ALIANZA DE NORlJEGA EN ECUADOR" se compromete a:

a) Facilitar el acceso y colaborar conjuntamente para el desarrollo de proyectos de vinculación con la colectividad y de investigación, que acordaren las partes.

b) Participar en las reuniones de coordinación, planificación de las actividades y proyectos conjuntos que se haya acordado con la Universidad de Guayaquil.

e) Permitir el acceso · de los estudiantes de la Universidad de Guayaquil, que lucran seleccionados, a las instalaciones de Mision Alianza, para que los mismos desarrollen sus actividades correspondientes, de acuerdo a la normativa interna.

d) Garantizar en el diseño, ejecución de actividades y proyectos el enfoque de diaconia, derechos y el desarrollo humano.

e) Contribuir con la dotación de: apoyo logístico, equipos e indumentarias deportivas para la niñez, materiales de oficina, adecuaciones para canchas deportivas, movilización (Mision Alianza- Monte Sinaí). refrigerios para la ejecución del proyecto, en el marco de los acuerdos alcanzados entre ambas organizaciones adjuntos en el convenio específico.

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SEXTA: DERECHOS DE PROPIEDAD INTELEC'FUAL- Las ... partes estipulan que gozarán cada uno de los derechos que les otorgan las normas en mat~~Ta-de propiedad intelectual respecto del desarrollo de actividades de investigación. diagnóstico e intervención en comunidades especificas. debiendo siempre otorgar el reconocimiento correspondiente a quienes hayan in ten en ido en la ejecución de las diferentes gestiones que se emprendan.

Todos los beneficiarios se acogerán a los reglamentos y demás normativas internacionales. nacionales e institucionales relativas a la propiedad intelectual vigentes en cada una de instituciones al momento de la creación de artículos científicos. trabajos de titulación y tesis doctorales. Los descubrimientos e invenciones, las mejoras en los procedimientos. así como [os trabajos y resultados que se logren alcanzar dentro de la vigencia del presente convenio; así como lo correspondiente a la titularidad de los derechos de propiedad intelectual que pudieran llegar a derivarse de la ejecución del convenio, se regirán de conformidad a lo establecido en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos. Creatividad e Innovación.

En los trabajos creados constará que los mismos se originan con ocasión del presente convenio. otorgándole reconocimiento a las partes intervinientes de éste. En aquellas actividades en las que sea posible la obtención de resultados o creaciones de importancia económica. ambas partes realizarán las debidas previsiones respecto a la propiedad de los resultados que se obtengan. así como de su protección. debiendo suscribir para esto un acuerdo específico de propiedad intelectual y de comercialización de intangibles. que seguirá las disposiciones establecidas en el presente Ct\11\'C1110.

En caso de que exista conflicto o duda normativa ante una situación determinada derivada de las actividades reguladas por el presente acuerdo, se aplicará la norma que más favorezca a los autores. creadores o inventores.

SÉPTI.MA: DE LA COORDINACIÓN.- Las partes designarán a miembros de su personal que en calidad ele coordinador se encargará de la supervisión y control del presente convenio. quienes tendrán la responsabilidad de gestionar los trámites que sean necesarios para velar por el fiel cumplimiento del presente instrumento. sin perjuicio de las siguientes obligaciones:

a) Velar por la correcta ejecución del convenio. b) Realizar el seguimiento. coordinación, control y evaluación del presente instrumento. e) Resolver las discrepancias que puedan surgir en su cumplimiento entre las partes. d ) Informar a las instancias directivas jerárquicas superiores sobre la ejecución del convenio. e) Resguardar los intereses institucionales respecto de la ejecución, calidad y finalización

satisfactoria ele las actividades originadas por el instrumento. f) Presentar informes de gestión. así corno el informe final sobre las actividades y procesos

realizados para el correcto cumplimiento del presente instrumento. g) Respetar las políticas de protección de derechos humanos de MISIÓN ALIANZA h) Informe para prórroga o ampliación de plazo debidamente motivado. i) Emitir informe. con el respectivo sustento técnico. para proponer a la máxima autoridad el

realizar modificaciones o solicitar la terminación del presente convenio. según el caso. Todo lo indicado sin perjuicio. de otro tipo de responsabilidad. competencia o atribución que la designación en sí genere durante la ejecución del presente convenio. Las partes podrán cambiar sus delegados para la coordinación, para lo cual bastará cursar entre sí la respectiva comunicación. sin que sea necesario la modificación del texto del presente convenio. (;¡ fl'( Página 5 de 10

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\ . 7.1 Los coordinadores del presente conveníéson:

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Por parte de la MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA-EN ECUADOR se designa a: Nombre y apellidos: Soc. Javier Gutiérrez Enríquez

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.. Cargo: Representante legal. Institución: Misión Alianza de Noruega en Ecuador Teléfono: :+593 4 3085555 Correo electrónico: [email protected] Dirección domiciliaria: Km 25 Vía Perimetral. Coop. El Fortín.

Quién coordinará las actividades de responsabilidad de MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR

• Por parte de la UNIVERSIDAD DE GUA Y AQUIL se designa a:

Nombre y apellidos: Ledo. Manuel Gutiérrez Cruz, PhD. Cargo: Gestor de Acreditación. (Director del Proyecto). Facultad/Centro de Investigación: Facultad de Educación Física, Deportes y Recreación. Teléfono:+593 998180576 Correo electrónico: [email protected] Dirección domiciliaria: Ciudadela Quis Quis, Manzana 66. Villa 16, Apto 3. Guayaquil.

Quién coordinará las actividades de responsabilidad de "la UNIVERSIDAD".

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OCTAVA: DE LA LEGISLACIÓN APLICABLE.- En el desarrollo de los programas de trabajo, ambas partes se comprometen a respetar la normatividad vigente y aplicable de cada una de las mismas.

NOVENA: VIGENCIA DEL CONVENIO.- El presente convenio entrará en vigor a partir de la suscripción de las partes. y tendrá validez hasta el 27 de octubre de 2020. fecha en la cual se cumple el periodo de duración del proyecto desde su aprobación.

En el caso de que el Director del proyecto solicite una extensión para la culminación del mismo. la lecha tope de la extensión será la nueva lecha de vigencia del presente convenio.

La aceptación de la extensión por parte de las autoridades competentes de ··LA UNIVERSIDAl)·­ será presentada ante la Coordinación de ·'MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR". para su conocimiento y gestión correspondiente.

l .as partes no tendrán responsabilidad por daños y perjuicios ocasionados por causas de fuerza mayor o caso fortuito. que pudieran impedir la continuación del presente convenio. Una vez superados dichos eventos se podrán reanudar las actividades en la forma y términos que determinen las partes.

El presente convenio, podrá ser renovado o modificado por voluntad de las partes, apegándose a la normatividad aplicable, y a través de los instrumentos jurídicos correspondientes. obligándose las partes a las nuevas estipulaciones. a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA: DEL FINANCIAMIENTO.- Los recursos utilizados para la ejecución del proyecto ··La formación y gestión de líderes comunitarios y su impacto en la práctica recreativa del fútbol

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durante el tiempo libre de los niños y adolescentes de 11~Q)lnunidad Monte Sinaí en Guayaquil", . -- ' ' proviene:

Por parte de la Universidad de Guayaquil:

Rl:CURSO HlJMANO

ITEMS BIEN/ ESPECIFICACIONES CANTIDAD

SERVICIO {horas)

1 Director 4 hísem/24 meses 384 1 Docentes 4 Docentes colaboradores: 4 h/sem x

24 meses 1536 ------- e--- - --------- ·--

2 Estudiantes 12 estudiantes 4 h/sernana í 16 3072 semanas x sern. / 4 semestres TOT;\L 4992

Por parte de MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR: Los recursos materiales se utilizarán para el desarrollo de todas las actividades administrativas. investigativas. diagnósticas e intervención. hasta concluir el proyecto. En el mismo se han establecido TRES SECTORES. a continuación se describe la ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA UN SECTOR. por lo que estos rubros se triplican en la dimensión total del proyecto. la asignación se detalla de la siguiente manera:

RL:ClJRSOS DEPORTIVOS PARA UN SECTOR.

ITEMS B.IEN/

SERVICIO CANTIDAD ESPECIFICACIÓN

BALONES 120 ----j~131Uí::G0S DE CONOS· 4 --i==-1--- 1 --3 ·--:llJEGOS DE DISCOS 4 ~- Cl~ONOMETROS 4 -------·

9 4

5 SILVATOS

E ú ESCALERAS -1 7 __ M.A_LLA DE ARCOS 2 8 CUADERNOS 20 ---···---- ------- ----------- 9 ESFEROS 20 ·-¡O ---C:AMISETAS -------,O--(-j-----1---------------- .. -

------ ----- ---- ~---------< ____ I_I__ _l~,:\NTALONETAS 106 __ --------------- .. -- ...

12 POLINES 90 ~-- --- ---·-·-'" 13 CHALECOS 90 -- ZAPATOS 90 -----··-·---,

·--------

1-. .,__

Logística para UN SECTOR:

BIEN/ ITE

SERVICIO CANTIDAD ESPECIFICACIÓN MS

MOVILIZACION (IDA Y 1 RETORNO MONTE SINAÍ -

MISIÚN ALIANZA NORUEGA) 64 --- ·-

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'

t-2- REFRIGERIO~;-, - -- . ¡_plest. + 1,, doc.) x 64 = 1

--j--:-;::~~-;::::-:~~-,-,-~··'-_;---~ , .J:20 - 3

ACONDICIONAMIENTO-DE_..-- CANCHA

1

Agua, Jugos. dulccJ.· _ REPARACION Y

MANTENIMIENTO

READECUACIÓN DE OFICINA EN UNIVERSIDAD

BIEN/ ITEMS CANTIDAD ESPECIFICACIÓN

SERVICIO

1 PINTURA 2 >--

2 LLAVÍN 2 3 BOMBILLA 2 -- 4 ANAQUEL 1

5 ESCRITORIO 1 --

6 COMPUTADOR TODO EN UNO 1

7 IMPRESORA MULTIFUNCIÓN 5 8 TINTA NEGRA 5 9 TINTA YELLOW EPSON L5 75 5 10 TINTA MAGENTA EPSON L5 75 5

-- 11 TINTA CY AN EPSON L5 75 1

-- --

-·-.

MATERIAL DE OFICINA

BIEN/ ITEMS CANTIDAD ESPECIFICACIÓN

SERVICIO

1 GRAPADORA 1 2 PERFORADORA 1

-- --~--~--~ 3 PAQUETE DE VINCHAS 100

4 SOBRES MANILA 100 .__ --- 5 RESMA DE PAPEL A 4 20

~----·- L__._.

UNDÉCIMA: DE LA RELACIÓN LABORAL.- El personal de cada una de las partes que sea designado para la realización conjunta de cualquier acción con motivo de la ejecución del presente convenio, continuará en forma absoluta bajo la dirección y dependencia de la parte con la cual tiene establecida su relación laboral o lo haya contratado, por lo que no existirá relación alguna para con la otra parte.

En ningún caso podrá considerárseles patrones sustitutos y por lo tanto, cada una de las instituciones es responsable de sus obligaciones laborales de su personal, sin que ninguna adquiera obligaciones respecto del personal designado por la otra, para la ejecución del presente convenio.

Ninguna de las partes adquiere relación laboral de ningún tipo, ni dependencia respecto dél personal que colaborará en la ejecución o aplicación de este convenio: ni de los beneficiarios del mismo.

, DUODÉCIMA: DOMICILIO INSTITUCIONAL.- Para todos los efectos previstos en este convenio, las comunicaciones deberán ser enviadas por escrito bastando en cada caso, que el

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remitente tenga la correspondiente constancia de que su 'oo,rimnicación ly1/sido recibida en la dirección señalada por la otra parte. ·

Para estos electos las partes fijan las siguientes direcciones. como su domicilio:

La MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR: Dirección. ciudad. país: Fortín. km. 25 Vía Perimetral, continuo al Mali del Fortín - Guayaquil. l.cuador. Teléfono: (+593-4) 308 5555, 308 5204 Correo electrónico: [email protected]

La llNIVF,RSIDAD DE GUA Y AQUIL:

Dirección ciudad. país: Cella. Universitaria "Salvador Allende". Av. Delta s/n y Av. Kenncdy - Guayaquil. lcuador. Teléfono: ( 593-4) 2296580 - 2287072 - 2391002. ( 'orreo electrónico: clcnirítlul-'..eclu.ec DitCIMA TERCERA: ·DLOCUMENTOS HABILITANTES.- Forman parte integrante del presente instrumento los documentos que acreditan la calidad de los comparecientes:

• Copia de cédula de ciudadanía y certificado de votación del representante legal de MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECUADOR.

• Acuerdo de aprobación del estatuto de, "MISIÓN ALIANZA DE NORUEGA EN ECLIADOR"

• Registro Único de Contribuyentes de las partes. • Proyecto ele Cooperación fiara el Desarrollo y Emprendimiento denominado "lufonnacion y

gcstián de lideres comunitarios y su impacto en la práctica recreativa del fútbo! durante el tiempo libre ele los niños y adolescentes de la Comunidad Monte Sinai en Guayaquil",

• Informe de Pertinencia y Relevancia del Consejo ele Facultad ele "'LA UNIVERSIDAD" • Acta de reunión de aprobación del convenio del Consejo Consultivo de Internacionalización y

Mov i I idad Académ ica. • Resolución RPC-SE-08-No.037-2018 en el que consta la designación efe presidente de la CIFI-UG

por parte del CES. ~·

DÉCIMA CUARTA: CONTROVERSIAS.- En caso de suscitarse divergencias o controversias respecto del cumplimiento de las obligaciones pactadas. las partes procurarán resolverlas directamente y de común acuerdo.

De no existir dicho acuerdo. se someterá la controversia al proceso de mediación como sistema alternativo de solución de controversias · reconocido constitucionalmente. para lo cual las partes estipulan acudir al Centro de Mediación de la 'Procuraduría General del Estado.

1 :1 proceso ele mediación estará sujeto a la Ley de Arbitraje y Mediación y al Reglamento de Funcionamiento del Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado. de acuerdo a lo determinado al artículo 11 de la Codificación a la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado. En caso de suscribirse actas de acuerdo total o parcial, las mismas tendrán efecto de cosa juzgada sobre los asuntos acordados y su ejecución será del mismo modo que las sentencias de última instancia.

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asumidos por quién ir'lit;;_ié, la. acción.vLa mediación será de índole '·"----. . Los costos y gastos serán

confidencial.

DÉCIMA QUINTA: DE LA TERMINACIÓN.- El presente convenio termina por las siguientes causales:

• Por terminación de la vigencia del convenio: • Por cumplimiento del objeto • Si las partes estipularen no renovarlo: • Por mutuo acuerdo, notificándolo debidamente con treinta (30) días de antelación; y. • Por terminación unilateral, en caso de incumplimiento comprobado y manifiesto de las

estipulaciones establecidas en el convenio.

Dicha terminación no dará derecho a ninguna de las partes para pedir pagos. ni compensaciones o indemnización de daños y perjuicios. de ninguna índole legal, previa a la terminación del Convenio.

Si bien este convenio específico es de carácter voluntario. al momento de asumir. comunicar y comenzar a ejecutar una acción; toma un carácter de obligatoria hasta su cumplimiento. precautelando siempre por el cuidado y el buen nombre de los comparecientes.

DÉCIMA SEXTA: ACEPTACIÓN.- Los comparecientes se ratifican en todas y cada una de las cláusulas y declaraciones contenidas en el presente convenio. por lo cual. en prueba de su aceptación a los términos del presente instrumento, lo suscriben en cinco (5) ejemplares de igual contenido y valor legal, en la ciudad de Guayaquil a to2_

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8/11/2019 Correo: JHONNY EDUARDO DELATORRE ESCALANTE - Outlook

<~ Responder a todos v @ Eliminar 0 No deseado Bloquear

Resolución

JHONNY EDUARDO DELATORRE ESCALANTE Vie 08/11/2019 13:50 JHONNY EDUARDO DELATORRE ESCALANTE ~

https:floutlook.office.com/mail/deeplink?version=2019102702.17&popoutv2=1 1/1