convenio especifico para estadias profesionales que

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Página 1de6 Que está de acuerdo en celebrar el presente convenio con el fin de apoyar a los estudiantes de "LA UNIVERSIDAD" para su superación y experiencia, a través de la realización de Prácticas Profesionales y/o Estadías. 1.5 Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del referido Decreto de Creación, tiene por objeto impartir la educación de carácter tecnológico, para \ formar Técnicos Superiores Universitarios, así como Planes y Programas de e Licenciatura, aptos en la aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de los problemas con un sentido de innovación, al incorporar los avances científicos y tecnológicos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y social de la región, del Estado y del País, así como promover la cultura Regional, Estatal, Nacional y Universal. 1.4 1.3 Que el Rector ARQ. ALEJANDRO MOJICA SALGADO, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento en términos de lo dispuesto en el artículo 18 fracciones 1 y IX del Decreto de Creación, las cuales no le han sido revocadas ni en forma alguna limitada o modificadas, hecho que se acredita con el nombramiento de fecha 01 de marzo del 2018, expedido por el Dr. Cuitláhuac Anda Mendoza por instrucción del Dr. Guillermo Legorreta Martínez, Subsecretario de Educación Media Superior y Superior. 1.2 Que es miembro del Subsistema Nacional de Universidades Tecnológicas y que por lo tanto adopta su modelo educativo, según lo preceptuado en el artículo 2 del referido Decreto de Creación. 1.1 Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto de Creación de dicha Universidad, publicado en la "Gaceta de Gobierno" del Estado de México, el 29 de agosto de 1997, modificado mediante decreto del Ejecutivo Estatal, publicado en la "Gaceta del Gobierno" del Estado en fecha 15 de febrero de 2011. l. DE: "LA UNIVERSIDAD": DECLARACIONES CONVENIO ESPECIFICO PARA ESTADIAS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNIVERSIDAD" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL RECTOR EL ARQ. ALEJANDRO MOJICA SALGADO, Y POR LA OTRA HOTELES RODAVENTO S.A DE C.V A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA EMPRESA" REPRESENTADA POR REGINO GILBERTO SERRANO HERNANDEZ EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL AMBOS PLENAMENTE AUTORIZADOS PARA COMPROMETERSE EN EL PRESENTE CONVENIO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES: 1. 1' \ V .. ' \\ ' ) {}

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Page 1: CONVENIO ESPECIFICO PARA ESTADIAS PROFESIONALES QUE

Página 1de6

Que está de acuerdo en celebrar el presente convenio con el fin de apoyar a los estudiantes de "LA UNIVERSIDAD" para su superación y experiencia, a través de la realización de Prácticas Profesionales y/o Estadías.

1.5

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del referido Decreto de Creación, tiene por objeto impartir la educación de carácter tecnológico, para \ formar Técnicos Superiores Universitarios, así como Planes y Programas de e Licenciatura, aptos en la aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de los problemas con un sentido de innovación, al incorporar los avances científicos y tecnológicos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y social de la región, del Estado y del País, así como promover la cultura Regional, Estatal, Nacional y Universal.

1.4

1.3 Que el Rector ARQ. ALEJANDRO MOJICA SALGADO, cuenta con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento en términos de lo dispuesto en el artículo 18 fracciones 1 y IX del Decreto de Creación, las cuales no le han sido revocadas ni en forma alguna limitada o modificadas, hecho que se acredita con el nombramiento de fecha 01 de marzo del 2018, expedido por el Dr. Cuitláhuac Anda Mendoza por instrucción del Dr. Guillermo Legorreta Martínez, Subsecretario de Educación Media Superior y Superior.

1.2 Que es miembro del Subsistema Nacional de Universidades Tecnológicas y que por lo tanto adopta su modelo educativo, según lo preceptuado en el artículo 2 del referido Decreto de Creación.

1.1 Que es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de México, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad por lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto de Creación de dicha Universidad, publicado en la "Gaceta de Gobierno" del Estado de México, el 29 de agosto de 1997, modificado mediante decreto del Ejecutivo Estatal, publicado en la "Gaceta del Gobierno" del Estado en fecha 15 de febrero de 2011.

l. DE: "LA UNIVERSIDAD":

DECLARACIONES

CONVENIO ESPECIFICO PARA ESTADIAS PROFESIONALES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNIVERSIDAD" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL RECTOR EL ARQ. ALEJANDRO MOJICA SALGADO, Y POR LA OTRA HOTELES RODAVENTO S.A DE C.V A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA EMPRESA" REPRESENTADA POR REGINO GILBERTO SERRANO HERNANDEZ EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL AMBOS PLENAMENTE AUTORIZADOS PARA COMPROMETERSE EN EL PRESENTE CONVENIO, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

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1.- Ingeniería en Mecatrónica 11.- Ingeniería en Tecnologías de la Información y Comunicación 111.- Ingeniería Financiera y Fiscal IV.- Ingeniería en Gestión de Proyectos

A nivel Licenciatura las siguientes Carreras:

CLÁUSULAS \

PRIMERA.- El objeto del presente convenio consiste en la colaboración mutua entre la~ partes, para establecer las bases y mecanismos operativos a fin de intercambia~ experiencias en el campo académico, cultural y laboral, para conocer los procesos d producción, mantenimiento, administración o comercialización, para la formación de los estudiantes de "LA UNIVERSIDAD" que les permita consolidar su perfil profesional dentro del Programa de Prácticas Profesionales y/o Estadías. ·

Expuesto lo anterior, las partes están de acuerdo en celebrar el presente Instrumento bajo las siguientes:

Que es su voluntad signar el presente convenio, con el propósito de fortalecer el ámbito académico, así como participar en la formación de los estudiantes de "LA UNIVERSIDAD" a efecto de que en su momento coadyuven en la solución de problemas reales de "LA EMPRESA" y contribuyan al desarrollo tecnológico de la misma.

111.- AMBAS PARTES DECLARAN.

11.3 Que tiene su domicilio establecido en Carretera Valle de Bravo - Los Saucos km 3.5, en Valle de Bravo, Estado de México, C P 51200

11.2 Que Regino Gilberto Serrano Hernández cuenta con las facultades amplias y necesarias para representar y suscribir el presente convenio como Gerente General con facultades de representante legal de la empresa, cuya personalidad se encuentra acreditada en el instrumento notarial número 9934, Volumen 144 ordinario, de fecha 28 de junio de 2017, pasada ante la fe del Notario Público número 162, Lic. Pablo Raúl l.ibien Abraham, del Estado de México.

11.1 Que es una empresa dedicada a Servicios de hospedaje, restaurante bar, spa y actividades de aventura constituida por el documento legal: Acta Constitutiva

11. Declara "LA EMPRESA" por conducto de su Representante Legal y bajo protesta de decir verdad:

1.6 Que señala como domicilio, el ubicado en la CARR. TEJUPILCO-AMATEPEC KM 12 SN. LOCALIDAD DE SAN MIGUEL IXTAPAN, TEJUPILCO ESTADO DE MÉXICO, C.P. 51426

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El personal seleccionado por "LA EMPRESA" para la realización del presente convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con esta para realizar su Estadía Profesional, por ende asumirán su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán considerados \ patrones solidarios o sustitutos. . . ~

SEXTA.- La empresa tendrá la obligación de dar a conocer y aplicar las medidas de seguridad e higiene implantadas en la misma, para que los estudiantes aceptados e estadía acaten dichas medidas, y evitar cualquier tipo de accidente dentro de la empresa.

QUINTA.- La aceptación de los estudiantes de "LA UNIVERSIDAD" por parte de "LA EMPRESA" no implica bajo ningún concepto la contratación de los mismos ni la remuneración por los servicios que presten, quedando el concepto de apoyo económico y contratación futura a criterio de "LA EMPRESA".

CUARTA.- Las partes de común acuerdo propondrán un proyecto que llevarán a cabo los estudiantes durante su estadía profesional dentro de la empresa, el cual desarrollarán y

,,-....,, supervisaran, conjuntamente con el asesor empresarial y académico, mismos que evaluaran <r: - los avances de dicho proyecto.

TERCERA.- La permanencia de los estudiantes en "LA EMPRESA" será por un periodo de 12 a 15 semanas, ya que durante éste estarán cubriendo el último cuatrimestre de su carrera, de acuerdo al plan de estudios de la misma, con la salvedad que la empresa pueda ofrecer algún plan de empleo, la o el estudiante quedará sujeto a las políticas a de la empresa en calidad de empleado.

SEGUNDA.- Las estadías profesionales se llevarán a cabo bajo un proyecto determinado por las partes y con la supervisión de un asesor empresarial designado por "LA EMPRESA" y un asesor académico designado por "LA UNIVERSIDAD", los cuales determinaran la correcta evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje, para ello, el asesor académico deberá realizar seguimiento a la o el estudiante dentro de la empresa, en las que se verificarán los avances del proyecto de estadía.

1.- Técnico Superior Universitario en Administración y Evaluación de Proyectos 11.- Técnico Superior Universitario en Contaduría 111.- Técnico Superior Universitario en Mecatrónica IV.- Técnico Superior Universitario en Tecnología de Alimentos V.- Técnico Superior Universitario en Tecnologías de la Información y Comunicación VI.- Técnico Superior Universitario en Lengua Inglesa. VII. Técnico Superior Universitario en Enfermería.

A nivel de Técnicos Superiores Universitarios, las siguientes:

V.- Ingeniería en Procesos Alimentarios VI.- Licenciatura en Lengua Inglesa. VII. Licenciatura en Enfermería.

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b) Se obliga a disponer de todos sus conocimientos, experiencia profesional, recursos humanos y materiales con los que cuenta, al servicio de los estudiantes, con el obje de otorgar las facilidades necesarias para el desarrollo del proyecto de estadía.

OCTAVA.- Son obligaciones de "LA EMPRESA" respecto de las estadías profesionales, las siguientes:

a) Seleccionar a los candidatos propuestos por "LA UNIVERSIDAD", que cubran el\ \ perfil requerido por "LA EMPRESA". ~

j) Guardar la confidencialidad y privacidad necesaria de "LA EMPRESA" en el desarrollo de sus negocios, para lo cual informará siempre que sea posible, con anticipación, respecto de cualquier clase de acceso que deba tener a las oficinas o espacios asignados a los estudiantes, a fin de llevar a cabo pruebas, reparaciones u otros trabajos que no sean de inspección rutinaria, limpieza y mantenimiento.

i) Realizar las modificaciones en los reportes técnicos y memorias que elabore el estudiante bajo las indicaciones del asesor empresarial designado, con la finalidad de guardar el secreto industrial.

h) Dar seguimiento y apoyo técnico para la realización de las actlvtdades que desarrolla el estudiante dentro de las instalaciones de "LA EMPRESA".

g) Designar un asesor académico para dar seguimiento a los proyectos asignados a los estudiantes.

f) Cumplir con calidad y tiempo con las actividades señaladas en el proyecto de estadía.

e) Participar en la elaboración y desarrollo de los programas de trabajo.

d) Sujetarse a las normas y políticas definidas por la empresa.

c) Proporcionar a los estudiantes que realicen su estadía profesional mediante seguro facultativo contratado con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y un seguro de vida.

b) Supervisar y sancionar, en caso, de que los estudiantes no asistan de manera puntual desde el inicio de las estadías y durante el periodo de duración de la misma.

a) Promover y supervisar la selección de candidatos para realizar estadías profesionales en las instalaciones de "LA EMPRESA".

"LA UNIVERSIDAD" respecto de las estadías SÉPTIMA.- Son obligaciones de profesionales, las siguientes:

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Cuando alguna de las partes quisiera darlo por terminado anticipadamente, deberá hacerlo del conocimiento de la otra, por escrito y con sesenta días de anticipación, antes de qu finalicen los proyectos pactados. ·

DÉCIMA SEGUNDA.- Las partes convienen que cuando se realice un trabajo de investigación o proyecto tecnológico dentro del programa de estadías y que dé como resultado un bien o el desarrollo de tecnología novedosa, la propiedad de las patentes, registro, marcas, avisos y nombres comerciales y demás derechos, corresponderán nominalmente a "LA EMPRESA", quien acordará con "LA UNIVERSIDAD" un porcentaje del fruto de su comercialización.

DÉCIMA TERCERA.- El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá unaÍ l duración por tiempo indeterminado. ~

DÉCIMA PRIMERA.- En caso de existir duda sobre si determinada información es considerada como secreto comercial, deberá ser tratada como confidencial.

DÉCIMA.- Las partes se obligan a guardar absoluta confidencialidad y en consecuencia a no divulgar ni revelar datos, especificaciones técnicas, secretos, métodos, fórmulas, operaciones y planes de negocios, marcas, avisos comerciales y en general todo tipo de información o mecanismo relacionado con la tecnología e información a la cual tendrá acceso y que en su caso le sea revelada por la otra y que por su naturaleza se considere confidencial, por lo que se obligan a mantener dicha confidencialidad durante la vigencia del presente convenio y de manera indefinida una vez concluido ·

NOVENA.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la ejecución de este convenio, a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como a los términos, lineamientos, procedimientos y requisitos que establecen en este instrumento.

f) Que los estudiantes realicen actividades relacionadas con su perfil profesional y en apoyo a proyecto acordado.

e) Procurar una coordinación estrecha entre el asesor académico y el asesor empresarial para obtener un mejor resultado de los proyectos a desarrollar.

d) Asignar un asesor empresarial con el perfil profesional adecuado, y que guiará al futuro T.S.U. o Ingeniero en el conocimiento de la organización, operación y proceso de la Empresa en el campo de la especialidad del estudiante.

c) Proponer los proyectos que de acuerdo con sus necesidades puedan ser realizados por parte de los estudiantes.

Page 6: CONVENIO ESPECIFICO PARA ESTADIAS PROFESIONALES QUE

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ARGEL PÉREZ

DIRECTOR D VINCULACIÓN DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL

SUR DEL ESTADO DE MÉXICO.

PEDRO AL

POR "LA EMP.RESA" POR "LA UNIVERSIDAD"

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TESTIGOS

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SALGADO , · . - ··- · _ _,..:: REPRESENTANTE LEGAL DE HOTELES .(..-· 4.~ RECTOR DE LA UNIVERSIDAD (. ~" RODAVENTO S.A DE C.V TECNOLÓGICA DEL SUR'B~~ •. >--"

ESTADO DE MÉXICO.

Leído el presente convenio, y enteradas las partes de su contenido, conformes con el mismo y sus alcances legales, firman el presente convenio por duplicado al margen y al calce en la Ex Hacienda de San Miguel lxtapan, kilómetro 12 de la Carretera Tejupilco - Amatepec, Tejupilco de Hidalgo, Estado de México, a 2 de mayo del 2018.

DÉCIMA CUARTA.- El presente convenio y los acuerdos operativos de que éste instrumento se deriven, son producto de la buena fe de dos instituciones comprometidas con la sociedad a la que prestan sus servicios, por lo que en caso de discrepancia en la ejecución de este convenio, realizarán todas las acciones posibles para su debido cumplimiento, además convienen que cualquier conflicto que llegara a presentarse lo resolverán de común acuerdo.