organizaciones reguladoras aeronáuticas

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REGULACIONES AERONAUTICAS Preparado por Victor Hugo de Arco

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Page 1: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

REGULACIONES AERONAUTICAS

Preparado por Victor Hugo de Arco

Page 2: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Menú de trabajo

Organizaciones reguladoras aereas

Libertades del aire

Cuadro comparativo de anexos de la oaci vs rac

Licenciamiento al personal

Page 3: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Organizaciones reguladorasaeronáuticas

Gubernamentales

• Oaci

• Uaeac

• Faa

No Gubernamentales

Easa

Ata

iata

Gama

Page 4: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

O.a.c.i

Reseña histórica

filosofia

Misión

Visión

Miembros

atrás

Page 5: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña histórica la icao es un organismo especializado de las Naciones

Unidas, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) fue creada en 1944 para promover el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo. Formula las normas y reglamentos necesarios para la protección, seguridad, eficiencia y regularidad, así como para la protección de la aviación el medio ambiente. La Organización sirve como foro para la cooperación en todos los campos de la aviación civil entre sus 191 Estados Miembros

Page 6: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Filosofía:

* Asegurar el progreso seguro y ordenadamente de la aviación civil internacional a través de el mundo;* Fomentar las destrezas de diseños de aeronaves y su operación para propósitos pacíficos;* Fomentar el desarrollo de aerovías, aeropuertos y facilidades de navegación aérea para la aviación civil internacional;* encontrar las necesidades de las personas de el mundo para asegurar, regular, el transporte aéreo eficaz y económico;* Asegurar que los derechos de los estados contratantes sean completamente respetados y que cada estado contratante tiene una equitativa oportunidad para operar las aerolíneas internacionales;* Evitar la discriminación entre los estados contratantes;* Promover la seguridad del vuelo en las navegaciones aéreas internacionales;* Promover generalmente el desarrollos de todos los aspectos aeronáuticos civiles internacionales.

Page 7: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

mision MISIÓN: En su condición de foro mundial para la

cooperación entre sus Estados miembros y la comunidad mundial de la aviación, la OACI establece normas y métodos recomendados para el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil

internacional; diseña procedi

Page 8: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

vision VISIÓN: Un sistema de transporte aéreo mundial que

funcione de manera permanente y uniforme con la máxima eficiencia, en condiciones óptimas de seguridad operacional, protección y sostenibilidad.

Page 9: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Miembros .

Page 10: Organizaciones reguladoras aeronáuticas
Page 11: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

u.a.e.c.

Reseña histórica .

Misión

Visión

Idiomas

atrás

Page 12: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica

En la Aeronáutica Civil trabajamos para garantizar el desarrollo ordenado de la aviación civil, de la industria aérea y la utilización segura del espacio aéreo colombiano, facilitando el transporte intermodal y contribuyendo al mejoramiento de la competitividad del país.

La administración del uso del espacio aéreocolombiano por parte de la aviación civil, lainfraestructura aeroportuaria y aeronáutica, y lacoordinación de sus relaciones con la aviacióndel estado.

La prestación de servicios aeroportuarios y deapoyo a la navegación aérea.

El ejercicio de control y vigilancia de la seguridadoperacional en el sector aeroespacial.

Page 13: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña histórica 2 El Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil fue reorganizado por el Decreto

No. 3140 de 1968, que crea la División de Entrenamiento, con la misión de formar pilotos, controladores de tráfico aéreo, mecánica de aviación, técnicos en mantenimiento de sistemas electrónicos, de ayudas de navegación, de radar y demás técnicos de aviación que se requiera.

En 1974 la División de Entrenamiento cambia su nombre por el de Centro de Adiestramiento Técnico Aeronáutico - CATA. En 1975 el Centro fue trasladado a la ciudad de Popayán con el nombre de Instituto Colombiano de Ciencias del Aire y del Espacio -INCCAE. En 1977, fue trasladado a la ciudad de Bogotá con el nombre actual de Centro de Estudios Aeronáuticos - CEA mediante el Decreto -Ley 2332 de 1977, como un ente dependiente de la Sub-jefatura del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, con las siguientes funciones:

Adelantar programas de instrucción y entrenamiento en materia técnico - aeronáutica, conforme a las políticas que al efecto se han establecido.

Promover y realizar programas de capacitación técnica para los servidores del sector aeronáutico.

· Evaluar el contenido de la capacitación técnica de los programas que requieren los servicios del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.

Page 14: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

mision En la Aeronáutica Civil trabajamos para garantizar el

desarrollo ordenado de la aviación civil, de la industria aérea y la utilización segura del espacio aéreo colombiano, facilitando el transporte intermodal y contribuyendo al mejoramiento de la competitividad del país.

Page 15: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

vision El Centro de Estudios de Ciencias Aeronáuticas se proyecta como

una Institución de Educación Superior de alta calidad Académica y Científica, en los niveles técnico, tecnológico, profesional y de postgrado, en el campo de la aeronavegación.

Liderará el desarrollo científico y tecnológico de este sector mediante la generación y transferencia de conocimientos y el desarrollo de habilidades y destrezas que le permitan proyectarse a través de la formación y capacitación del talento humano en los campos de interés para la aeronavegación nacional y regional.

El CEA tendrá una vocación universal y humanista, vinculándose al desarrollo económico, social y cultural del país.

Page 16: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idiomas Ingles

Español

Frances

Mandarin

Page 17: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedes sede principal se encuentra en bogota en el Auditorio

Rafael Valdez Tavera con capacidad para 200 personas.

13 Salones de clases.

12 Laboratorios de última tecnología.

Page 18: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Faa Reseña histórica

Misión

Visión

Idiomas

Sede

Atrás

Page 19: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica Historia:

Fue fundada en Estados Unidos en 1926 el 20 de mayo,para administrar el tráfico aéreo. En 1940 se dividió en2 agencias, pero en 1958 sus funciones fueron reunidasnuevamente.

Page 20: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

mision Nuestra misión permanente es proporcionar la más

segura y más eficiente sistema aeroespacial en el mundo.

Page 21: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

vision Nos esforzamos para alcanzar el siguiente nivel de

seguridad, eficiencia, responsabilidad medioambiental y el liderazgo mundial. Somos responsables ante el público estadounidense y nuestros grupos de interés.

Page 22: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idiomas Ingles

Frances

Mandarin

Ruso

Page 23: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedes washington d.c

Page 24: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

e.a.s.a Reseña histórica

Misión-Visión

miembros

Idiomas

Sede

atras

Page 25: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica El transporte aereo es uno de los metodos mas seguros

de desplazamiento, a la vez que uno de los que estan experimentando un auge mas acelerado. Ello explica la decision de la Union Europea a favor de una iniciativa común orientada a mantener la seguridad y la sostenibilidad del transporte aereo, que alíe el crecimiento y la mejora de la seguridad. Esta iniciativa es la denominada Agencia Europea de Seguridad Aerea.

La Agencia promueve los niveles comunes mas elevados de seguridad y de proteccion del medio ambiente en la aviacion civil en Europa y en el mundo. Constituye la piedra angular de un nuevo sistema normativo que instaura un mercado único europeo en el sector aeronautico.

Una de los hitos de la Agencia fue la certificacion, en diciembre de 2006, del Airbus A380, el mayor avion de pasajeros del mundo.

Page 26: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mision-vision su vision consiste en lograr que los ciudadanos

europeos disfruten del sistema de aviacion mas seguro y respetuoso con el medio ambiente del mundo

Page 27: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idiomas maneja 24 idiomas y el principal es el ingles.

Ruso

Frances

Portugues

Español

Mandarin

Italiano

Arabe

Page 28: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedes

IATA tiene 61 oficinas en 59 Países.

* Oficina Central: Montreal Canadá.

* Oficina Administrativa: Geneva, Switzerland

* Oficinas Regionales en Amman, Beijing, Brussels, Johannesburg,

Madrid, Miami, Moscow, Singapur, Washington

Page 29: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

iata Reseña histórica

Misión-Visión

miembros

Idiomas

Sede

atrás

Page 30: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica IATA (International Air Transport Association) fue

fundada en La Habana, Cuba, en abril de 1945. Es el primer vehículo para entre las aerolíneas de cooperación en la promoción de servicios de transporte aéreo seguro, confiable, seguro y económico - para el beneficio de los consumidores del mundo. La industria internacional del transporte aéreo regular es ahora más de 100 veces más grande de lo que era en 1945.

Page 31: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mision-vision la misión de IATA es representar, liderar y servir a la

industria de las aerolíneas .

Page 32: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

miembrosMiembros o Estados Contratantes

* Miembros de la IATA: Son 230 Aerolíneas, 118 países.* Los vuelos por los miembros de la IATA representa el 93% de el trafico internacional programado en el mundo (Kilómetros Por Asiento Disponible)* Total Carga por los miembros del IATA -- 44 millones de toneladas en 2009, de el cual 30 millones de toneladas fueron internacionales.* Total pasajeros por los miembros del IATA en el 2010 (Programado) -- 1.8 billones, el cual 750 millones fueron internacionales. .

Page 33: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idiomas

Ingles

Español

Ruso

Aleman

Mandarin

frances

Page 34: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedes asia y el pacifico

africa

China

europa,

america latina

oriente medio

africa del norte

america del norte

rusia y la cei.

Page 35: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Ata

Reseña histórica

Misión-Visión

miembros

Idiomas

Sede

atras

Page 36: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica

ATA es la Asociación de Transporte Aéreo de América (Air Transport Association of America) Fundada por un grupo de 14 compañías aéreas reunión en Chicago en 1936, A4A fue el primero y sigue siendo la organización del comercio sólo de los principales aerolíneas EE.UU.. Consejo de Administración está compuesto por la Junta de Directores A4A del liderazgo ejecutivo de la aerolíneas líderes en EE.UU

Page 37: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mision-vision Airlines para América (A4A) aboga por la fuerza de

Estados Unidos las compañías aéreas como los modelos de seguridad, servicio al cliente y la responsabilidad ambiental, y como la red indispensable que impulsa la economía de nuestro país y la competitividad global.

Page 38: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Miembros Miembros o Estados Contratantes

Miembros:La Asociación de Transporte Aérea (ATA) es solo la organización comercial única de las principales compañías Aéreas de EEUU. Nosotros recientemente nos hemos expandido para incluir miembros de compañías relacionadas con aerolíneas. Promocionando la Industria de aerolíneas de U.S.

Miembros de Aerolíneas ATAMiembros de Aerolíneas AsociadaSocios IndustrialesMiembros Industriales.

Los Miembros del ATA y los afiliados aporta al transporte aéreo mas del 90% de las Aerolíneas de Pasajeros y Carga en EU.

Page 39: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idiomas Ingles

Español

Mandarin

Arabe

Frances

Italiano

Page 40: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedes pensilvania

Washington dc.

Page 41: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

gama Reseña histórica

Misión-Visión

Idiomas

Sede

atras

Page 42: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Reseña historica La Aviación General Manufacturers Association

(GAMA) celebró su reunión de organización formal, el 2 de enero de 1970 en Washington, DC. Fundada por la Asociación de la Industria Aeroespacial de los Estados Unidos de utilidades de Aviones Consejo

GAMA es la voz de los principales fabricantes de aviación general en todo el mundo. GAMA aboga por cambios que beneficien a la industria y ofrece a sus miembros una voz fuerte ante los legisladores, reguladores y encargados de adoptar decisiones en los EE.UU. y el extranjero.

Page 43: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mision-vision Desde sus comienzos en 1970, la Asociación

General de Fabricantes de Aviones (GAMA) se ha dedicado a un solo objetivo primordial: fomentar y promover el bienestar general, la seguridad, los intereses y las actividades de la aviación general.

Page 44: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

idomas Ingles

Español

Frances

Italiano

Page 45: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

sedesSedes

- Sede Principal:

Con sede en Washington, DC.

Con oficinas adicionales en Bruselas, Bélgica.

Page 46: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Primera libertad

Llamada Libertad de Sobrevuelo, determina el derecho de una aeronave del Estado "A" a volar sobre el territorio de otro Estado "B" sin aterrizar.

Page 47: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Segunda libertad

Denominada Libertad de Escala Técnica, otorga a una aeronave del Estado "A" el derecho de aterrizar en el territorio del Estado "B" otro estado por razones técnicas (no comerciales) tales como repostar combustible, mantenimiento, emergencias, etc.

Page 48: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

TERCERA LIBERTAD

Otorga a una aeronave del Estado "A" el derecho de desembarcar (por remuneración) en el Estado "B" pasajeros, correo y carga tomados en el territorio del Estado "A". Es denominada Libertad de Transporte al Exterior.

Page 49: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

CUARTA LIBERTAD

Define el derecho de una aeronave del Estado "A" para embarcar pasajeros, correo y carga en el Estado "B", y que tengan como destino el Estado "A". Es llamada también Libertad de Transporte al Interior.

Page 50: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

QUINTA LIBERTAD

La quinta libertad o Libertad de Transporte Externo Consecutivo, otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" a embarcar pasajeros, correo y carga en el Estado "B" y transportarlos hasta otro Estado "C", con tal y la última parte del vuelo sea una continuación del vuelo inicial "A"-"B".

Page 51: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

SEXTA LIBERTAD

La Libertad de Transporte Externo-Interno o 6ta. libertad otorga el derecho a una aeronave del Estado "A" para que transporte tráfico comercial entre otros dos Estados "B" y "C", siempre y cuando haga escala en su propio territorio.

Page 52: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

SEPTIMA LIBERTAD

Embarcar pasajeros, correo y carga y desembarcarlos sin que la ruta respectiva incluya una escala en el Estado al que pertenece la línea aérea.

Page 53: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

OCTAVA LIBERTAD

La llamada Libertad de Transporte Externo da el derecho a una aeronave del Estado "A" para que efectúe transporte comercial, enteramente fuera de su territorio, entre dos Estados "B" y "C".

Page 54: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

NOVENA LIBERTAD

también llamada de “cabotaje autónomo”, es el derecho que se acuerda a un Estado para que sus líneas aéreas puedan realizar transporte de cabotaje (interno) en otro Estado.

Page 55: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

LICENCIAMIENTO AL PERSONAL

Oaci

Requisitos

EDAD

CONOCIMIENTO a b c

EXPERIENCIA

HABILITACIONES

ATRIBUCIONES

Page 56: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

OACI CPITULO 4

LICENCIAS Y HABILITACIONES PARA EL PERSONALQUE NO

PERTENEZCA A LA TRIPULACIÓN DE VUELO

4.1.1 Antes de que se expida al solicitante una licencia o habilitación de personal que

no pertenece a la tripulación de vuelo, éste cumplirá con los requisitos pertinentes en

materia de edad, conocimientos, experiencia y, si corresponde, aptitud psicofísica y

pericia, especificados para dicha licencia o habilitación.

4.1.2El solicitante de una licencia o habilitación de personal que no pertenece a la

tripulación de vuelo demostrará, del modo que determine la autoridad otorgadora

de licencias, que cumple con los requisitos en materia de conocimientos y pericia

especificados para dicha licencia o habilitación.

Page 57: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Edad

El solicitante tendrá como mínimo 18 años de edad.

Page 58: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Conocimientos

Habrá demostrado un nivel de conocimientos que corresponda a las atribuciones

que hayan de concederse y a las responsabilidades del titular de una licencia de

mantenimiento de aeronaves, al menos en los siguientes temas:

Page 59: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mecánica de aeronaves

c) características y aplicaciones de los materiales deconstrucción de aeronaves,

incluyendo los principios deconstrucción y funcionamiento de las estructuras de

aeronave; técnicas de abrochamiento; sistemas moto-propulsores y sus sistemas

conexos; fuentes de energía mecánica, hidráulica, eléctrica y electrónica; instrumento

de a bordo y sistemas de presentación visual; sistemas de mando de aeronaves;

sistemas de navegación y comunicaciones de a bordo;

Page 60: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Derecho aeronáutico y requisitos de aeronavegabilidad

a) las normas y reglamentos relativos al titular de una licencia de mantenimiento

de aeronaves, incluyendo los requisitos aplicables de aeronavegabilidad que rigen

la certificación y el mantenimiento de la aeronavegabilidad de las aeronaves y el organismo de mantenimiento de aeronaves del explotador y sus

procedimientos.

Ciencias naturales y conocimientos generales sobre aeronaves

b) matemáticas básicas; unidades de medida, principios fundamentales y teoría física y

química aplicables al mantenimiento de aeronaves;

Page 61: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mantenimiento de aeronaves

d) tareas requeridas para asegurar el mantenimiento de la aeronavegabilidad de una aeronave, incluyendo los métodos y procedimientos para efectuar la

revisión general, reparación, inspección, sustitución, modificación o rectificación de

defectos de las estructuras, componentes y sistemas de aeronave, de conformidad con

los métodos prescritos en los manuales de mantenimiento pertinentes y en las

normas de aeronavegabilidad aplicables; y Actuación humana

e) actuación humana correspondiente al mantenimiento de aeronaves.

Page 62: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Experiencia

Habrá tenido la experiencia siguiente en cuanto a inspección, servicio y mantenimiento de aeronaves o de sus componentes:

a) para el otorgamiento de una licencia con atribuciones para las aeronaves en su totalidad, como mínimo:

1) cuatro años; o bien

2) dos años cuando el solicitante haya completado satisfactoriamente un curso de instrucción reconocido; y

b) Para el otorgamiento de una licencia con atribuciones limitadas de conformidad con 4.2.2.2 a) 2) o 3), un período que le permita alcanzar un grado de competencia equivalente al expuesto en 4.2.2.2 a) 1), siempre que no sea inferior a:1) dos años; o bien2) el período que el Estado considere necesario para proporcionar un grado equivalente de experiencia práctica a los solicitantes que hayan completado satisfactoriamente un curso de instrucción reconocido.

Page 63: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Atribuciones del titular de la licencia condiciones que deben

observarse para ejercerlas

4.2.2.1Con sujeción al cumplimiento de los requisitos estipulados en 4.2.2.2 y 4.2.2.3, las atribuciones del titular de una licencia de mantenimiento de aeronaves serán certificar la aeronavegabilidad de la aeronave o partes de la misma después de que se haya llevado a cabo una reparación o modificación autorizada, o la instalación de un sistema moto propulsor, accesorio, instrumento o parte del equipo, y firmar un visto bueno de mantenimiento después de efectuadas la inspección, las operaciones de mantenimiento o de servicio corriente.

4.2.2.2Las atribuciones del titular de una licencia de mantenimiento de aeronaves, especificadas en 4.2.2.1, se ejercerán solamente:

a) respecto a

1) Aquellas aeronaves que figuren en su licencia en su totalidad, ya sea específicamente o por categorías generales;

Page 64: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

atribuciones 2) aquellas células y sistemas moto propulsores e instalaciones de a bordo o

componentes que figuren en su licencia, ya sea específicamente o por categorías

generales;

3) los sistemas o componentes de aviónica de a bordo que figuren en su licencia, ya sea

específicamente o por categorías generales;

b) a condición de que el titular de la licencia conozca bien toda la información

pertinente referente al mantenimiento y aeronavegabilidad de la aeronave particular

la cual firma un visto bueno de mantenimiento, o de la célula, sistema moto propulsor,

instalación o componente de aeronave y sistema o componente de aviónica de a bordo,

respecto a los cuales certifica que están en condiciones de aeronavegabilidad;

c) a condición de que, dentro de los 24 meses precedentes, el titular de la licencia haya

adquirido experiencia en la inspección, servicio o mantenimiento de una aeronave o sus

componentes de conformidad con las atribuciones que otorga la licencia, por lo menos

durante seis meses, o bien haya demostrado a la autoridad otorgadora de licencias que

ha cumplido con lo dispuesto para el otorgamiento de una licencia con las atribuciones

delcaso.4.2.2.3El Estado contratante prescribirá el alcance de las atribuciones del

titular de la licencia en función de la complejidad de las tareas a las que se refiera la

certificación.

Page 65: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

RAC:LICENCIAMIENTO AL PRESONAL

(T.L.H)

EDAD

CONOCIMIENTO a b c

EXPERIENCIA

HABILITACIONES

ATRIBUCIONES

CONOCIMIENTO PARA MANTENER

Page 66: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

EDAD:

El aspirante a cualquier licencia de personal aeronáutico acreditará una edad mínima de dieciocho

(18) años. Se exceptúa de lo anterior a los pilotos de planeador, quienes acreditarán diez y seis

(16) años; los pilotos alumnos quienes acreditarán diecisiete (17) años; los pilotos de transporte

de línea avión o helicóptero, técnicos especialistas e ingenieros especialistas aeronáuticos,

despachadores, instructores de tierra o vuelo e inspectores en todas sus modalidades, quienes

acreditarán veintiún (21) años de edad. En los casos en que se requiera autorización de una

entidad o establecimiento aeronáutico (empresa aérea, taller aeronáutico o empresa de servicios

aeroportuarios, etc.) para desarrollar funciones propias del personal aeronáutico en calidad de

alumno, ayudante, asistente u observador, el aspirante a dicha autorización acreditará al menos

17 años de edad.

El aspirante a una licencia de personal de mantenimiento u operaciones de vuelo acreditará una

edad mínima de:

- 18 años para técnicos de línea.

- 21 años para técnicos especialistas e ingenieros especialistas aeronáuticos y despachadores.

Page 67: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

CONOCIMIENTOS:

Conforme al entrenamiento recibido, para obtener la respectiva licencia, el solicitante habrá

demostrado un nivel de conocimientos apropiado a las atribuciones que la licencia de Técnico

de Línea Helicóptero confiere al titular, sin detrimento de los conocimientos específicamente

exigibles para cada habilitación, como mínimo en los siguientes temas:

a. Regulaciones aeronáuticas.

b. Normas de seguridad aérea, y nociones sobre investigación y, prevención de accidentes de

aviación.

c. Aerodinámica; peso y balance; funcionamiento de los distintos sistemas de control

de vuelo; reglaje de comandos; clasificación de rotores.

d. Principios básicos de electricidad y funcionamiento del sistema eléctrico; baterías y

accesorios eléctricos, generadores y sistemas de control de vuelo; análisis y corrección de

Page 68: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

fallas.

e. Principios de hidráulica; sistemas de amortiguación; ajustes y pruebas.

f. Instrumentos del motor y del helicóptero; principios de funcionamiento, remoción e

instalación; análisis y corrección de fallas.

g. Láminas y estructuras; materiales empleados; especificaciones técnicas de los

materiales; tratamientos térmicos; remaches y sistemas de remachado;

reparaciones de estructuras y revestimientos metálicos.

h. Sistemas del rotor principal; partes componentes y funcionamiento; remoción,

desarme, inspección, ajustes, reparaciones, ensamblaje, instalación y

comprobación de funcionamiento.

i. Reparaciones menores, alineamiento, reglaje y compensación de palas; vibraciones

de media y baja frecuencia; verticales y laterales; análisis, corrección y

comprobación.

j. Mástil y barra estabilizadora, partes componentes y funcionamiento; remoción,

desarme, inspección, ajustes, reparación, ensamblaje, instalación y comprobación de

funcionamiento; graduación del sistema de amortiguación de controles y amortiguadores

(Damper).

Page 69: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

k. Sistema de transmisión, sus partes componentes y funcionamiento; remoción y

desarme, inspección, reparación y ajustes, ensamblaje de subconjuntos; instalación

y comprobación de funcionamiento; sistema de embrague (Clutch); mecanismo de

autorrotación.

l. Rotor de cola; partes componentes y funcionamiento; remoción, desarme, inspección,

reparación, ajustes de ángulos y ensamblaje; determinación de los límites de daños en las

palas; instalación y comprobación de funcionamiento; ajustes de la transmisión de cola;

vibraciones de alta frecuencia; análisis, corrección y comprobación.

m. Plato de control; desmontaje, revisión, reparación, ajustes, inspección y comprobación

de funcionamiento.

n. Conocimientos sobre pruebas no destructivas.

ñ. Equipo del taller; empleo de herramientas comunes y especiales; equipos de prueba.

o. Consulta de directivas de aeronavegabilidad, manuales y boletines técnicos; y

demás información técnica: cuadros de tolerancias; interpretación de planos y

gráficos.

p. Características de construcción de los motores; nomenclatura, especificaciones

técnicas y materiales empleados en la construcción; funcionamiento; fórmulas para cálculos de

Page 70: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

q. Sistemas de lubricación y refrigeración, sus componentes y funcionamiento; análisis y

corrección de fallas. r. Sistemas de ignición; partes componentes y

funcionamiento; ajustes e instalaciones; análisis y

corrección de fallas. s. Instrumentos de planta motriz; principios

de funcionamiento; remoción e instalación de instrumentos, análisis y corrección de fallas. t. Fundamentos de electricidad; sistemas

eléctricos de la planta motriz, generadores; baterías

y accesorios eléctricos; y demás componentes, funcionamiento; operación prueba y ajustes,

instalaciones; sistemas de control; análisis y corrección de fallas.

u. Procedimientos para prendida, calentamiento y prueba en tierra de motores y sus

componentes; controles del motor; graduaciones, sistemas de extinción de incendio; análisis y

corrección de fallas en la operación de motores; remoción e instalación.

v. Reparaciones menores; cambio de partes; ajustes y pruebas.

w. Motores convencionales, cálculo de potencia, y funcionamiento de los sistemas de ignición,

lubricación y refrigeración, carburación, inyección y combustible, análisis y corrección de fallas.

x. Principios de funcionamiento del motor de turbina; características de construcción; sus

partes componentes; combustibles y sistemas de combustible empleados; sistema de control

de combustible los sistemas de ignición, lubricación y refrigeración, carburación, inyección y

combustible;

y. Factores humanos en aviación; actuación y limitaciones humanas correspondientes al técnico de

línea helicópteros, relaciones humanas.

z. Idioma español y tener conocimientos de ingles técnico, apropiados a las atribuciones de

Page 71: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

EXPERIENCIA:

Para obtener la licencia, el solicitante habrá adquirido experiencia práctica inicial por un período

de seis (6) meses conforme al numeral anterior y se habrá desempeñado durante dieciocho

(18) meses como técnico ayudante, de conformidad con el numeral 2.4.1.4 en labores de

mantenimiento de línea en aviones, al servicio de un taller o empresa autorizada para esta

actividad, bajo la supervisión de un técnico licenciado, lo cual deberá acreditarse mediante la

presentación de una certificación expedida por dicho establecimiento, en la que consten las fechas

de iniciación y culminación de dichas labores.

Page 72: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

HABILITACIONES:

La licencia de Técnico de Línea Helicóptero (TLH), comprenderá las siguientes habilitaciones:

a. Helicópteros con motores convencionales o de turbina, con peso hasta 2.730 kilogramos de

P.B.M.O. b. Helicópteros con motores convencionales o de

turbina, con peso superior a 2.730 kilogramos de P.B.M.O. por tipo y modelo. Helicópteros con P.B.M.O. hasta 2.730 kilogramos

:Esta habilitación se concederá por clase de aeronave. Para obtenerla, el solicitante debe

acreditar los requisitos antes mencionados, mediante certificación del Centro de Instrucción, en

donde consten los cursos recibidos, la intensidad horaria, la experiencia como ayudante y

las notas de las evaluaciones, de acuerdo con lo establecido en 2.1.3.1.2. y 2.1.3.1.4. en relación con

las materias previstas en 2.4.5.1. La habilitación comprenderá cualquier helicóptero

de hasta 2.730 Kg, para lo cual se tendrá en cuenta que el titular deberá haber recibido y

aprobado satisfactoriamente el curso correspondiente a cada helicóptero y/o motor

respectivo ante escuela aprobada, taller o empresa, debidamente autorizado para tal efecto, remitiendo

copia del correspondiente certificado a la División de Licencias de la Unidad Administrativa

Especial de Aeronáutica Civil.

Conforme a lo anterior, ningún técnico podrá ejecutar trabajo alguno sobre equipos respecto

de los cuales no acredite el curso respectivo aprobado y/o repaso, dentro de los dos (2) años

inmediatamente anteriores, según se requiera.

Helicópteros con P.B.M.O. superior a 2.730 kilogramos: Esta habilitación se concederá por tipo

y modelo de aeronave. Para obtenerla por primera vez, el solicitante además de acreditar los

requisitos antes mencionados demostrará haber realizado un curso ante el fabricante o escuela de

entrenamiento aeronáutico debidamente aprobada en relación con cada helicóptero y su planta

motriz mediante certificación del Centro de Instrucción, en donde consten los cursos recibidos,

la intensidad horaria, la experiencia como ayudante y las notas de las evaluaciones, de acuerdo

con lo establecido en 2.1.3.1.2. y 2.1.3.1.4. en relación con las materias previstas en 2.4.5.1. y la

aeronave (s) materia de habilitación. Para habilitaciones posteriores, el solicitante acreditará en

relación con cada helicóptero y su planta motriz un curso ante el fabricante o ante un Centro de

Instrucción Aeronáutica debidamente aprobado y presentará examen teórico ante la UAEAC o

ante el Centro de Instrucción que haya impartido el curso conforme se autorice, sobre el equipo a

adicionar.

Page 73: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

ATRIBUCIONES:

revisar y autorizar para servicios con su firma los trabajos periódicos, cambio de partes, ajustes,

reparaciones menores, comprobación de funcionamiento en helicópteros, y sus plantas

motrices y pruebas en tierra relacionadas con los sistemas de los mismos; y comprobaciones de

funcionamiento en helicópteros, de la clase o tipo y modelo que correspondan a las habilitaciones

en su licencia. Si el aspirante acredita requisitos de conocimientos y experiencia únicamente

en relación con helicópteros y no con plantas motrices, o únicamente en relación con plantas

motrices y no con helicópteros, la correspondiente licencia se expedirá limitando sus atribuciones

a helicópteros o plantas motrices únicamente, según corresponda y así se indicará en la misma.

Page 74: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

CONOCIMIENTOS PARA MANTENER:

Sin perjuicio del entrenamiento teórico conducente a los conocimientos descritos en el numeral anterior de conocimientos (a-z) y de las demostraciones prácticas que sean programadas sobre partes o sistemas de las aeronaves y sus plantas motrices, o sobre el uso de la herramienta y equipos, los alumnos de Técnico de Línea Helicóptero recibirán en el centro de instrucción aeronáutica correspondiente, un entrenamiento práctico orientado al mantenimiento en la línea, el cual incluirá las labores propias de esta actividad en instalaciones reales o aparentes, que asemejen el ambiente y las condiciones apropiadas a las mismas, empleando para ello una o más aeronaves (helicópteros) cualesquiera (en desuso o no), partes de éstas y las herramientas básicas que sean indispensables para el tipo de entrenamiento y/o trabajo en cuestión, así como la documentación técnica y manuales correspondientes, reales o asimilados. Los conocimientos, habilidades y experiencia adquiridos en esta fase, constituirán parte de la experiencia requerida para la adquisición de la respectiva licencia.

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Organizaciones reguladoras Oaci

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Faa

acc

Page 76: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

LICENCIAMIENTO AL PRESONAL(T.L.H)

acc

requisitos EDAD

CONOCIMIENTO a b

EXPERIENCIA

HABILITACIONES

ATRIBUCIONES

Page 77: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

requisitos Capítulo D: Licencia de Mecánico de mantenimiento

de aeronaves 65.400 Requisitos generales

para la obtención de licencia (a) Para optar a una licencia de mecánico de mantenimiento de

aeronaves y las habilitaciones asociadas, el solicitante debe:

Page 78: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

edad Tener una edad mínima de dieciocho (18) años de

edad;

Page 79: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Conocimientos Requisitos de conocimientos

El solicitante debe demostrar a la AAC

mediante un examen teórico un nivel de

conocimientos que corresponda a la

licencia y habilitaciones a la cual postula, al

menos en los siguientes temas:

(a) Derecho aeronáutico y requisitos de

aeronavegabilidad

Conocimiento general de los temas

relacionados a aeronavegabilidad y el

mantenimiento de aeronaves,

Convenio de Aviación Civil

Internacional y su Anexos,

reglamentos de aeronavegabilidad de

la AAC y legislación aeronáutica.

Page 80: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

(b) Ciencias naturales y conocimientos

generales sobre aeronaves

Matemáticas básicas; unidades de

medida, principios fundamentales y

teoría física y química aplicables al

mantenimiento de aeronaves.

(c) Mecánica de aeronaves

Características y aplicaciones de los

materiales de construcción de aeronaves, incluyendo los principios de

construcción y funcionamiento de las

estructuras de aeronave; técnicas de

pegado; sistemas motopropulsores y

sus sistemas conexos; fuentes de

energía mecánica, hidráulica, eléctrica

y electrónica: instrumento de a bordo y

sistemas de presentación visual;

Page 81: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Mantenimiento de aeronaves

Tareas requeridas para asegurar el

mantenimiento de la aeronavegabilidad de una aeronave, incluyendo

los métodos y procedimientos para

efectuar la revisión general, reparación, inspección, sustitución, modificación o rectificación de

defectos de

las estructuras, componentes y sistemas de aeronave, de conformidad con

los métodos prescritos en los

manuales de mantenimiento

pertinentes y en las normas de

aeronavegabilidad aplicables; y

(e) Actuación humana

Actuación humana correspondiente a

las obligaciones del titular de una

licencia de mantenimiento de

aeronaves.

Page 82: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Experiencia El solicitante debe demostrar a la AAC

tener experiencia práctica, de un

mínimo de dos (2) años en

mantenimiento de aeronaves o

componentes de aeronave para el

otorgamiento de una licencia, de

acuerdo con la habilitación solicitada.

Page 83: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Habilitaciones (a) Las siguientes habilitaciones serán

permitidas bajo este capitulo:

(1) Célula

(2) Sistema motopropulsor

(3) Aviónica

(b) Las habilitaciones a otorgar serán

anotadas en la licencia del titular.

65.430 Atribuciones del titular

de una licencia de

mecánico de manteni-

miento de aeronaves

(a) Un mecánico de mantenimiento de

aeronaves titular de una licencia puede

realizar o supervisar el mantenimiento

de una aeronave o componente de

aeronave, y realizar inspecciones en

proceso de acuerdo con sus

habilitaciones.

Page 84: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Atribuciones adquirir experiencia de seis

meses

trabajando bajo la supervisión de

un poseedor de licencia en pleno

uso de sus atribuciones u OMA

LAR 145.

(b) De no cumplir con los párrafos 65.435

(a)(2) o 65.435 (a)(3), la AAC

determinará un método alterno de

cumplimiento.

rido por la AAC.

(c) Un mecánico de mantenimiento de

aeronaves no puede ejercer las atribuciones de su licencia, a menos que entienda las instrucciones del fabricante y los datos de mantenimiento para la tarea

específica que le concierne. 65.440 Presentación de la licencia Toda persona titular de una licencia

de mecánico de mantenimiento de

aeronave debe presentar su licencia,

convalidación o documento apropiado, cuando sea

reque-

Page 85: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Licenciamiento al personal de tlhfar

Requisitos :

Edad

Conocimento

Experiencia

Conocimiento para mantener

Page 86: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

edad Para ser elegible para un certificado de mecánico debe tener por

lo menos 18 años de edad, (2) ser capaz de leer , escribir, hablar y entender el idioma ingles , o en caso de un solicitante que no cumpla con este requisito y que se emplea fuera de los EE.UU. tiene su certificado de aprobación “valido solamente fuera de los EE.UU. (3) haber aprobado todas las pruebas prescrita dentro del periodo de 24 meses y (4) cumplir con las secciones de esta subparte que se aplican n la calificación que busca (b) un mecánico certificado que solicita una habilitación adicional debe cumplir con los requisitos de 65.77 en un plazo de 24 meses pasar las pruebas prescita para la calificación adicional solicitada.

Page 87: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Conocimientos Cada solicitante de un certificado de mecánico o calificación que después de reunirse con los requisitos de experiencias aplicables de 65.77 pasar una prueba escrita que abarca la construcción y el mantenimiento de la aeronave apropiada a la calificación que busca los reglamentos en esta subparte y de aplicación de disposiciones de la parte 4.34.91.de este capitulo los principios básicos que cubre tu instalación y el mantenimiento de hélice se incluye en la prueba de motor (b) el solicitante debe aprobar

cada sección de la prueba antes de solicitar la pruebas 0rales y

practicas prescritas por 65.74

Page 88: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Experiencia Cada solicitante de certificado de mecánico o calificación debe

presentar ya sea un certificado de graduación o certificado de finalización de un certificado de escuela técnico de la certificación cated mantenimiento o pruebas documentales, a satifasion del administrador (a) por lo menos 18 meses de experiencia practica con los procedimientos, practicas, materiales, herramientas equipos generalmente utilizado en la construcción, mantenimiento o alteración de estructuras, o plantas de energía correspondiente a la habilitación solicitada. (B) por lo menos 30 meses de experiencia, practica al mismo tiempo la realización de las funciones correspondiente al tanto del fuselaje y clasificaciones de grupo moto propulsor

Page 89: Organizaciones reguladoras aeronáuticas

Conocimientos para mantener Un mecánico certificado no podrá ejercer los privilegios de su

certificado y la calificación al menos que, dentro de los últimos 24 meses (a) el administrador a encontrado que es capaz de hacer ese trabajo, o (b) por lo menos durante 6 meses (1) se desempeñe como mecánico en su virtud de su certificado y clasificación (2) supervisión técnica mecánica de otros, (3) supervisado en calidad de ejecutivo , el mantenimiento o alteración de la aeronave (4) ha dedicado a cualquier combinaciónde párrafo (b)(1) (2) o (3) de esta seccion