o qflfi) 2 i gobierno autÓnomo descentralizado...

4
i i i O Qflfi) 2 GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL ORDENANZA No. 006-2016 SECRETARÍA GENERAL T. ORDENANZA REFORMATORIA EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI I f V f Si i CONSIDERANDO: Que, el artículo 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) determina como atribuciones del Concejo Municipal entre otras las .siguientes: ; "[...] a) El ejercicio de la facultad normativa en ias materias de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; (...); g) Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con él de ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u observará la liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas; [...]"; Que, el artículo 255 ibídem, dispone: "[...] Reforma presupuestaria.- Una vez sancionado y aprobado el presupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos, suplementos y reducciones de créditos. Estas operaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en las siguientes secciones de este Código [...]"; ' Que, el artículo 256 del cuerpo legal mencionado, prescribe: "[...] Traspasos.- El ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, de oficio o previo informé de la persona responsable de la unidad financiera, o a pedido de este funcionario, podrá autorizar traspasos de créditos disponibles dentro de una misma área, programa o subprograma, siempre que en'el programa, subprograma o partida de que se tomen los fondos hayan disponibilidades suficientes, sea porque los respectivos gastos no se efectuaren en todo o en parte debido a causas imprevistas o porque se demuestre con el respectivo informe que existe excedente de disponibilidades.- Los traspasos de un área a otra deberán ser autorizados por el legislativo del gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo local, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera [. . .]"; Que, el artículo 259 de la norma citada establece: "[...] Otorgamiento.- Los suplementos de créditos se clasificarán en: créditos adicionales para servicios considerados en el presupuesto y créditos para nuevos servicios no considerados en el presupuesto, Los suplementos de créditos no podrán significar en ningún caso disminución de las partidas constantes en el presupuesto [...]"; Que, el artículo 260 del Código invocado, determina: "[...] Solicitud.- Los suplementos de crédito serán solicitados al legislativo del gobierno autónomo descentralizado por el ejecutivo en e\o semestre del ejercicio presupuestario, salvo situación de emergencia, previo informe de la persona responsable de la unidad financiera [...]"; Que, la Ordenanza Municipal No. 025-2015 dei Presupuesto para el Ejercicio Económico del año 2016, fue discutida por ei Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui en primer y segundo debate en Sesiones Extraordinarias de 08 y 10 de diciembre del 2015, respectivamente; y, sancionada por el señor Alcalde el 1 1 de diciembre del 2015; i I iti.,. (S> CIUDAD CONTIGO Dirección: Palacio Municipal -Gobierno Municipal de Rumlnahu Montúfar 251 y Espejo. Sancjolquf, Ecuciclor. Teléfono: (02) 2998 3OO www.ruminahui.gob.ee

Upload: others

Post on 05-Apr-2020

52 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

iii

O Qflfi) 2GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL

ORDENANZA No. 006-2016

SECRETARÍA GENERAL

T. ORDENANZAREFORMATORIA

EL CONCEJO MUNICIPALDEL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADOMUNICIPAL DE RUMIÑAHUI

I

fV

fSii

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 57 letra a) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización(COOTAD) determina como atribuciones del Concejo Municipal entre otras las .siguientes: ; "[...] a) Elejercicio de la facultad normativa en ias materias de competencia del gobierno autónomo descentralizadomunicipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; (...); g) Aprobar uobservar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardarconcordancia con el plan cantonal de desarrollo y con él de ordenamiento territorial; así como garantizaruna participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u observarála liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas; [...]";

Que, el artículo 255 ibídem, dispone: "[...] Reforma presupuestaria.- Una vez sancionado y aprobado elpresupuesto sólo podrá ser reformado por alguno de los siguientes medios: traspasos, suplementos yreducciones de créditos. Estas operaciones se efectuarán de conformidad con lo previsto en lassiguientes secciones de este Código [...]"; • '

Que, el artículo 256 del cuerpo legal mencionado, prescribe: "[...] Traspasos.- El ejecutivo del gobiernoautónomo descentralizado, de oficio o previo informé de la persona responsable de la unidad financiera, oa pedido de este funcionario, podrá autorizar traspasos de créditos disponibles dentro de una mismaárea, programa o subprograma, siempre que en'el programa, subprograma o partida de que se tomen losfondos hayan disponibilidades suficientes, sea porque los respectivos gastos no se efectuaren en todo oen parte debido a causas imprevistas o porque se demuestre con el respectivo informe que existeexcedente de disponibilidades.- Los traspasos de un área a otra deberán ser autorizados por el legislativodel gobierno autónomo descentralizado, a petición del ejecutivo local, previo informe de la personaresponsable de la unidad financiera [. . .]";

Que, el artículo 259 de la norma citada establece: "[...] Otorgamiento.- Los suplementos de créditos seclasificarán en: créditos adicionales para servicios considerados en el presupuesto y créditos para nuevosservicios no considerados en el presupuesto, Los suplementos de créditos no podrán significar en ningúncaso disminución de las partidas constantes en el presupuesto [...]";

Que, el artículo 260 del Código invocado, determina: "[...] Solicitud.- Los suplementos de crédito seránsolicitados al legislativo del gobierno autónomo descentralizado por el ejecutivo en e\o semestredel ejercicio presupuestario, salvo situación de emergencia, previo informe de la persona responsable dela unidad financiera [...]";

Que, la Ordenanza Municipal No. 025-2015 dei Presupuesto para el Ejercicio Económico del año 2016, fuediscutida por ei Legislativo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui en primer ysegundo debate en Sesiones Extraordinarias de 08 y 10 de diciembre del 2015, respectivamente; y,sancionada por el señor Alcalde el 1 1 de diciembre del 201 5;

iIiti.,.

(S> C I U D A D C O N T I G O

Dirección: Palacio Municipal -Gobierno Municipal de RumlnahuMontúfar 251 y Espejo. Sancjolquf, Ecuciclor.

Teléfono: (02) 2998 3OOwww.ruminahui.gob.ee

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL

SECRETARÍA GENERAL

ORDENANZA N<M)OS-26l6

Que, en el artículo 7 de 'la Ordenanza citada, inherente a las reformas al presupuesto dispone que éstas seexpedirán conforme al tenor de lo dispuesto en los artículos 255 y 262 del COOTAD y que la DirecciónFinanciera, será la Unidad Administrativa responsable de preparar los proyectos de reformaspresupuestarias, en coordinación con la Unidad de Presupuesto y la Dirección de Planificación, parasometer a consideración del Alcalde y posterior aprobación del Concejo Municipal las reformasnecesarias del Presupuesto para el Ejercicio Económico del año 2016; - .

Que, el Arq. Jorge Sosa-Hidalgo, Funcionario Directivo de Planificación, mediante oficio Nro: GADMUR-DP-'2016-1572" de 08 de julio del 2016, remite el Informe Técnico relacionado con la Primera Reforma• Presupuestaria del año 2016, en el cual en su parte fundamental expresa que, con los justificativos que

se adjunta, según los requerimientos de las direcciones del GADMUR, pone en consideración del señorAlcalde y del Concejo Municipal, el informe técnico de la Primera Reforma Presupuestaria del año 2016;

Que, a través del oficio No. DIRFIN-GADMUR-197 de 21 de julio del 2016, el Lie. Renán Nieto Vilíavicencio,Funcionario Directivo Financiero del GADMUR, informa sobre la,yiabilídad financiera de la PrimeraReforma al Presupuesto del año 2016;

Que, el Procurador Síndico luego del análisis del marco regulatorio antes descrito, así como de los informestécnicos contenidos en los oficios Nros. GADMUR-DP-2016-1572y DIRFIN-GADMUR-197, de 08 y 21 dejulio del 2016, respectivamente, suscritos por el Arq. Jorge. Sosa-Hidalgo, Funcionario Directivo dePlanificación y, Ledo. Renán Nieto Villavicencio, Funcionario Directivo Financiero, en su orden, de los quese desprende su pertinencia y viabilidad técnica y financiera de la primera reforma presupuestaria, emiteinforme jurídico favorable para que, se ponga en conocimiento de la comisión correspondiente, quienluego de su análisis, emitirá su recomendación al Concejo Municipal para aprobación; y,

En ejercicio de las atribuciones legales otorgadas por los artículos 7 y 57 delCódigo Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización,

EXPIDE LA:

ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMAA LA ORDENANZA DEL PRESUPUESJO

PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2016

Artículo 1.- Apruébese la Primera Reforma al Presupuesto para el Ejercicio Económico del año 2016 y,refórmese el artículo 1 de la Ordenanza No. 025-2015, Ordenanza del Presupuesto para elEjercicio Económico del año 2016, incorporando los suplementos, traspasos y reducciones decrédito que se anexan a la presente Ordenanza:

TEXTO DE LA ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERAREFORMA A LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTO

PARA EL EJERCICIO FINANCIERODEL AÑO 2016

ANEXO: 356 HOJAS

C I U D A D C O N T I G O

........mil i1TJ5T

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPALORDENANZA No. 006-2016

SECRETARIA GENERAL

Artículo 2.- La presente Ordenanza Reformatoria entrará en vigencia a partir de la fecha de su sanción por partedel señor Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui.

Dado y firmado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipaldel Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Rumiñahui,

a los nueve días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.

Dra. Maríaí Eugenia Chávez Ga

MECHG/MPSE09 AGOSTO 2016

TRAMITE DE DISCUSIÓN Y APROBACIÓNPOR PARTE DEL CONCEJÓ MÜNIGÍPÁL

Sangolquí, 09 de agosto del 2016.- La infrascrita Secretaria General del Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de Rumiñahui, certifica que la ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LAORDENANZA DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2016, fuediscutida y aprobada en primer debate en la Sesión Ordinaria del 08 de agosto del 2016 (Resolución No. 2016-08-109), y en segundo debate en la Sesión Extraordinaria del 09 de agosto del 2016 (Resolución No. 2016-08-111).LOCERTIFICO.-

1

Dra. María Eugenia^Jhavez Gar

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRADMUNICIPAL Di

SECRETARÍA GENERAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE RUMIÑAHUL-Sangc/quí, 09 de agosto del 2016.- De conformidad con la razón que antecede y en cumplimiento a lo dispuestoen el inciso cuarto del Artículo 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía yDescentralización, remítase al señor Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Rumiñahui,

Rum!ñaY\uí

FGOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO N/IUNICIPAL

SECRETARÍA GErsJERAU

. -. ORDENANZA No. 006-20Í6

la ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DELPRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2016, para la sanción respectiva;

Dra. María Eugqma Cnavez GarcíWEfiÁL*

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZAD*MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI

ALCALDÍA DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI.- Sangolquí,09 de agosto del 2016 del 2016.- De conformidad con la Disposición contenida en el cuarto inciso (del artículo322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, habiéndose observado eltrámite legal y estando de acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador, SANCIONO laORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LA ORDENANZA DEL PRESUPUESTOPARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2016. Además, dispongo la promulgación y publicación, deacuerdo al -artículo 324 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

-ALCALDE- .GOBIERNO AUTéÍJOMO DESCENTf

MUNICIPAL DE RUMIÑAHUI

Proveyó y firmó el señor ingeniero Héctor Jácome Mantilla, Alcalde del Gobierno Autónomo DescentralizadoMunicipal de Rumiñahui, la ORDENANZA QUE CONTIENE LA PRIMERA REFORMA A LAORDENANZA DEL PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2016, Sangolquí,09 de agosto del 2016.-LO CERTIFICO.- ' • ' • ' . ' . • .

¡a Chav&arc tÍAGENERAL-

OMCfDESCE

MECHG/MPSE

09 AGOSTO 2016

C I U D A D C O N T I G O