nuevas reglas para el cumplimiento de obligaciones fiscales

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Nuevas reglas para el cumplimiento de obligaciones fiscales Publicado en EL EMPRESARIO (http://www.elempresario.com.mx) Nuevas reglas para el cumplimiento de obligaciones fiscales Escrito por Colegio de Cont... el 03 Jul 2018 A partir del 1º de enero de 2017, se establecieron nuevos requisitos en nuestra legislación fiscal para considerar las erogaciones efectuadas por concepto de subcontratación como deducciones autorizadas para ISR y el correspondiente IVA como acreditable. El uso del “Aplicativo Informático en materia de Subcontratación”, el cual es un sistema desarrollado por el SAT con el propósito de facilitar a los contribuyentes que realizan este tipo de operaciones el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se difirió hasta el mes de enero de este año. Nótese que el incumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación implica que el gasto realizado no pueda ser considerado como deducción y el IVA trasladado y efectivamente pagado no pueda ser acreditado por el contratante. El 25 de mayo de 2018, se publicó en la página de Internet del SAT el proyecto de la segunda resolución de modificaciones a las de carácter general en las que ahora se establecen plazos específicos diferentes para el cumplimiento de dichas obligaciones, a saber: 1. A partir del último día del mes de septiembre de 2018, el contratante debe consultar la información autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral de los meses de enero a agosto de 2018. 2. A más tardar el 30 de septiembre de 2018, se deberá generar por parte del contratante el aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, cuando ya no se vayan a contratar servicios de subcontratación con determinado proveedor durante 2018. 3. El mismo aplicativo informático y las fechas de cumplimiento podrán ser aplicables para casos de prestación de servicios distintos a la subcontratación, como es el caso de la intermediación, suministro de personal y prestación de servicios exclusivos (insourcing). El cumplimiento de las obligaciones de subcontratación implica un incremento considerable en la carga administrativa de las empresas y un elevado riesgo de que el SAT rechace la deducción y acreditamiento de erogaciones indispensables para los contribuyentes. Por ende, es necesario en todos los casos de prestación de los servicios de referencia, se haga un diagnóstico de cumplimiento y, en su caso, se adopten las medidas necesarias de regularización y control correspondientes. Por supuesto, es altamente recomendable que la evaluación correspondiente se haga de un adecuado asesoramiento de expertos en la materia, particularmente considerando que estamos en el tiempo oportuno para hacerlo. El autor, Óscar Manuel Chávez Noguez, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México [email protected] [1] | ¿Quiénes somos? | Aviso de privacidad | Contáctanos | URL del envío: http://www.elempresario.com.mx/declaraciones/nuevas-reglas-cumplimiento-obligaciones-fiscales-m ateria-subcontratacion © 2011 EL EMPRESARIO All Rights Reserved. Derechos Reservados. Página 1 de un total de 2.

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Nuevas reglas para el cumplimiento de obligaciones fiscalesPublicado en EL EMPRESARIO (http://www.elempresario.com.mx)

Nuevas reglas para el cumplimiento de obligacionesfiscales Escrito por Colegio de Cont... el 03 Jul 2018

A partir del 1º de enero de 2017, se establecieron nuevos requisitos en nuestra legislación fiscalpara considerar las erogaciones efectuadas por concepto de subcontratación como deduccionesautorizadas para ISR y el correspondiente IVA como acreditable.

El uso del “Aplicativo Informático en materia de Subcontratación”, el cual es un sistemadesarrollado por el SAT con el propósito de facilitar a los contribuyentes que realizan este tipo deoperaciones el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se difirió hasta el mes de enero de esteaño.

Nótese que el incumplimiento de las obligaciones en materia de subcontratación implica que el gasto realizado no pueda ser considerado como deducción y el IVA trasladado yefectivamente pagado no pueda ser acreditado por el contratante.

El 25 de mayo de 2018, se publicó en la página de Internet del SAT el proyecto de la segundaresolución de modificaciones a las de carácter general en las que ahora se establecen plazosespecíficos diferentes para el cumplimiento de dichas obligaciones, a saber:

1. A partir del último día del mes de septiembre de 2018, el contratante debe consultar lainformación autorizada por el contratista por actividades de subcontratación laboral de losmeses de enero a agosto de 2018.

2. A más tardar el 30 de septiembre de 2018, se deberá generar por parte del contratante elaviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio de 2017, cuando ya no se vayan acontratar servicios de subcontratación con determinado proveedor durante 2018.

3. El mismo aplicativo informático y las fechas de cumplimiento podrán ser aplicables paracasos de prestación de servicios distintos a la subcontratación, como es el caso de laintermediación, suministro de personal y prestación de servicios exclusivos (insourcing).

El cumplimiento de las obligaciones de subcontratación implica un incremento considerable en lacarga administrativa de las empresas y un elevado riesgo de que el SAT rechace la deducción yacreditamiento de erogaciones indispensables para los contribuyentes.

Por ende, es necesario en todos los casos de prestación de los servicios de referencia, se haga undiagnóstico de cumplimiento y, en su caso, se adopten las medidas necesarias de regularizacióny control correspondientes.

Por supuesto, es altamente recomendable que la evaluación correspondiente se haga de unadecuado asesoramiento de expertos en la materia, particularmente considerando que estamos enel tiempo oportuno para hacerlo.

El autor, Óscar Manuel Chávez Noguez, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio deContadores Públicos de México [email protected] [1] | ¿Quiénes somos? | Aviso de privacidad | Contáctanos | URL del envío: http://www.elempresario.com.mx/declaraciones/nuevas-reglas-cumplimiento-obligaciones-fiscales-materia-subcontratacion

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