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NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de febrero de 2002 AÑO XX - Nº 7920 Pág. 218311 SUMARIO FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR "AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL" DIARIO OFICIAL Director: HUGO GARAVITO AMÉZAGA http://www.editoraperu.com.pe PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA Res. Nº 012-2002-P/CR.- Declaran nulidad de oficio de diver- sos procesos de adjudicación de menor cuantía 218314 PODER EJECUTIVO P C M R.S. Nº 098-2002-PCM.- Designan Consejero del Presidente de la República en Asuntos Políticos y Portavoz de la Presiden- cia de la República 218314 ECONOMÍA Y FINANZAS R.S. Nº 072-2002-EF.- Autorizan suscripción de contrato res- pecto del Área Experimental asignada al Proyecto Especial Olmos Tinajones que se origine en el proceso de promoción de la inversión privada 218314 R.M. Nº 077-2002-EF/43.- Disponen contratación mediante proceso de adjudicación de menor cuantía de asistencia legal especializada al Estado peruano representado por la CONITE en proceso arbitral iniciado por EDEGEL S.A.A. 218315 R.M. Nº 078-2002-EF/15.- Modifican índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal correspondientes a dis- tritos de los departamentos de Loreto, Huánuco, Ayacucho, Huancavelica, Tacna, Madre de Dios y Arequipa 218316 R.M. Nº 079-2002-EF/15.- Modifican la R.M. Nº 025-98-EF/ 15 y disponen su aplicación mientras se revisan los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal 218317 EDUCACIÓN R.S. Nº 079-2002-ED.- Aceptan renuncia de Presidente Ejecu- tivo del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP 218318 R.S. Nº 080-2002-ED.- Designan Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP 218318 R.M. Nº 126-2002-ED.- Fijan plazo para presentar solici- tudes de creación y autorización de funcionamiento de Institutos Superiores Pedagógicos Públicos y Privados 218318 R.M. Nº 127-2002-ED.- Designan Presidenta y representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Patronato del Pala- cio de Gobierno 218319 ENERGÍA Y MINAS R.M. Nº 121-2002-EM/DM.- Autorizan al Secretario General del Ministerio a ausentarse del país 218319 R.D. Nº 060-2002-EM/DGM.- Asignan monto recaudado por con- cepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios y Antiguos Derechos Mineros correspondientes a enero de 2002 218319 MITINCI R.M. Nº 029-2002-ITINCI/DM.- Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo de la Sociedad Geográfi- ca de Lima 218324 R.VM. Nº 02-2002-MITINCI/VMINCI.- Suspenden medidas correctivas adoptadas mediante la R.VM. Nº 009-2001- MITINCI/VMINCI hasta culminar investigación antidumping iniciada por resolución de la Secretaría General de la CAN 218324 INTERIOR R.M. Nº 0226-2002-IN-1601.- Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos para establecer el contenido, formato y uso de la Tarjeta Andina de Migración (TAM)" 218324 JUSTICIA R.S. Nº 053-2002-JUS.- Designan Procuradora Pública Ad- junta Ad Hoc para que asuma defensa del Estado en acciones que correspondan al sometimiento a Régimen de Intervención de los Bancos Nuevo Mundo y NBK Bank 218326 PESQUERÍA R.D. Nº 062-2002-PE/DNEPP.- Relación de embarcaciones de mayor escala con permiso de pesca para extracción del re- curso anchoveta, seleccionadas para participar en el Crucero "Evaluación Hidroacústica de Recursos Pelágicos" 218327 R.D. Nº 063-2002-PE/DNEPP.- Relación de embarcaciones de mayor escala con permiso de pesca para la extracción de anchoveta, seleccionadas para participar en la Operación Eureka LVI 218328 RELACIONES EXTERIORES D.S. Nº 014-2002-RE.- Ratifican Acuerdo sobre Trabajo Re- munerado Para Familiares Dependientes de Funcionarios In- ternacionales, Administrativos y Técnicos suscrito con la Se- cretaría Ejecutiva del Organismo de Salud de la CAN 218329 D.S. Nº 015-2002-RE.- Ratifican "Acuerdo de Proyecto entre el Gobierno del Perú y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) relativo al seguimiento al VI Programa" 218330 R.S. Nº 066-2002-RE.- Nombran integrantes del Grupo de Tra- bajo Cancillería-Defensa sobre Minas Antipersonal 218336 R.S. Nº 067-2002-RE.- Nombran miembros del Grupo de Tra- bajo encargado de la elaboración de acuerdo migratorio con la República de Bolivia 218337 R.S. Nº 068-2002-RE.- Reconocen Cónsul Honorario de la República de El Salvador en la Provincia Constitucional del Callao, con jurisdicción en toda la provincia 218337

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  • NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002 AO XX - N 7920 Pg. 218311

    S U M A R I O

    FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMN BOLVAR

    "AO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIN NACIONAL"

    DIARIO OFICIAL

    Director: HUGO GARAVITO AMZAGA http://www.editoraperu.com.pe

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPBLICA

    Res. N 012-2002-P/CR.- Declaran nulidad de oficio de diver-sos procesos de adjudicacin de menor cuanta 218314

    PODER EJECUTIVO

    P C M

    R.S. N 098-2002-PCM.- Designan Consejero del Presidentede la Repblica en Asuntos Polticos y Portavoz de la Presiden-cia de la Repblica 218314

    ECONOMA Y FINANZAS

    R.S. N 072-2002-EF.- Autorizan suscripcin de contrato res-pecto del rea Experimental asignada al Proyecto EspecialOlmos Tinajones que se origine en el proceso de promocin dela inversin privada 218314R.M. N 077-2002-EF/43.- Disponen contratacin medianteproceso de adjudicacin de menor cuanta de asistencia legalespecializada al Estado peruano representado por la CONITEen proceso arbitral iniciado por EDEGEL S.A.A. 218315R.M. N 078-2002-EF/15.- Modifican ndices de distribucindel Fondo de Compensacin Municipal correspondientes a dis-tritos de los departamentos de Loreto, Hunuco, Ayacucho,Huancavelica, Tacna, Madre de Dios y Arequipa 218316R.M. N 079-2002-EF/15.- Modifican la R.M. N 025-98-EF/15 y disponen su aplicacin mientras se revisan los ndices dedistribucin del Fondo de Compensacin Municipal 218317

    EDUCACIN

    R.S. N 079-2002-ED.- Aceptan renuncia de Presidente Ejecu-tivo del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio yTelevisin del Per - IRTP 218318R.S. N 080-2002-ED.- Designan Presidente Ejecutivo delConsejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisindel Per - IRTP 218318R.M. N 126-2002-ED.- Fijan plazo para presentar solici-tudes de creacin y autorizacin de funcionamiento deInstitutos Superiores Pedaggicos Pblicos y Privados

    218318R.M. N 127-2002-ED.- Designan Presidenta y representantedel Ministerio ante el Consejo Directivo del Patronato del Pala-cio de Gobierno 218319

    ENERGA Y MINAS

    R.M. N 121-2002-EM/DM.- Autorizan al Secretario Generaldel Ministerio a ausentarse del pas 218319R.D. N 060-2002-EM/DGM.- Asignan monto recaudado por con-cepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios y AntiguosDerechos Mineros correspondientes a enero de 2002 218319

    MITINCI

    R.M. N 029-2002-ITINCI/DM.- Designan representante delMinisterio ante el Consejo Directivo de la Sociedad Geogrfi-ca de Lima 218324R.VM. N 02-2002-MITINCI/VMINCI.- Suspenden medidascorrectivas adoptadas mediante la R.VM. N 009-2001-MITINCI/VMINCI hasta culminar investigacin antidumpinginiciada por resolucin de la Secretara General de la CAN

    218324

    INTERIOR

    R.M. N 0226-2002-IN-1601.- Aprueban Directiva "Normas yProcedimientos para establecer el contenido, formato y uso dela Tarjeta Andina de Migracin (TAM)" 218324

    JUSTICIA

    R.S. N 053-2002-JUS.- Designan Procuradora Pblica Ad-junta Ad Hoc para que asuma defensa del Estado en accionesque correspondan al sometimiento a Rgimen de Intervencinde los Bancos Nuevo Mundo y NBK Bank 218326

    PESQUERA

    R.D. N 062-2002-PE/DNEPP.- Relacin de embarcacionesde mayor escala con permiso de pesca para extraccin del re-curso anchoveta, seleccionadas para participar en el Crucero"Evaluacin Hidroacstica de Recursos Pelgicos"

    218327R.D. N 063-2002-PE/DNEPP.- Relacin de embarcacionesde mayor escala con permiso de pesca para la extraccin deanchoveta, seleccionadas para participar en la Operacin EurekaLVI 218328

    RELACIONES EXTERIORES

    D.S. N 014-2002-RE.- Ratifican Acuerdo sobre Trabajo Re-munerado Para Familiares Dependientes de Funcionarios In-ternacionales, Administrativos y Tcnicos suscrito con la Se-cretara Ejecutiva del Organismo de Salud de la CAN

    218329D.S. N 015-2002-RE.- Ratifican "Acuerdo de Proyecto entreel Gobierno del Per y el Fondo de Poblacin de las NacionesUnidas (UNFPA) relativo al seguimiento al VI Programa"

    218330R.S. N 066-2002-RE.- Nombran integrantes del Grupo de Tra-bajo Cancillera-Defensa sobre Minas Antipersonal

    218336R.S. N 067-2002-RE.- Nombran miembros del Grupo de Tra-bajo encargado de la elaboracin de acuerdo migratorio con laRepblica de Bolivia 218337R.S. N 068-2002-RE.- Reconocen Cnsul Honorario dela Repblica de El Salvador en la Provincia Constitucionaldel Callao, con jurisdiccin en toda la provincia

    218337

  • Pg. 218312 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002

    R.S. N 069-2002-RE.- Reconocen Agente Consular Honora-rio de la Repblica Italiana en la ciudad de Iquitos con juris-diccin en los departamentos de Loreto, San Martn y Amazo-nas 218338R.S. N 070-2002-RE.- Reconocen al Cnsul de la Repblicade Bolivia en la ciudad de Arequipa con jurisdiccin en la lo-calidad 218338R.S. N 071-2002-RE.- Reconocen Cnsul de Bolivia en laciudad de Puerto Maldonado con jurisdiccin en la localidad

    218338R.S. N 072-2002-RE.- Reconocen al Cnsul General de Aus-tralia en Lima, con jurisdiccin en la Repblica del Per

    218339R.S. N 073-2002-RE.- Nombran Cnsul Honorario del Peren la ciudad de Oslo, Reino de Noruega, con jurisdiccin entodo el pas 218339R.S. N 074-2002-RE.- Modifican resolucin mediante la cualse nombr al Cnsul General Jefe de la Oficina Consular delPer en Quito, Repblica del Ecuador 218339R.S. N 075-2002-RE.- Dan por terminadas funciones del Cn-sul Honorario del Per en la ciudad de Concepcin, Repblicade Chile 218339R.S. N 076-2002-RE.- Dan por terminadas funciones del Cn-sul General del Per en Frankfurt, Repblica Federal de Ale-mania 218340R.S. N 077-2002-RE.- Designan miembros por parte del Perante la Comisin Binacional Peruano-Ecuatoriana sobre Me-didas de Confianza Mutua y de Seguridad 218340R.S. N 078-2002-RE.- Delegan facultades para suscribir Con-venio del Acuerdo Tcnico-Cientfico en el Campo Agroin-dustrial entre la Academia de Ciencias Agrcolas de la Federa-cin de Rusia y el Ministerio de Agricultura 218340R.M. N 0191-2002-RE.- Designan funcionario del INRENApara participar en evento sobre manejo de bosques secundariostropicales y restauracin de bosques y tierras forestales degra-dadas 218341R.M. N 0192-2002-RE.- Designan Agregada Cultural de laEmbajada del Per en la Repblica Francesa 218341R.M. N 0197-2002-RE.- Autorizan viaje del Director de Asiay Oceana a Filipinas para que participe en la "20 Reunin delGrupo de Trabajo de Transportes del Foro de Cooperacin Eco-nmica Asia Pacfico (APEC)" 218341

    SALUD

    R.M. N 387-2002-SA/DM.- Declaran nulo el proceso de se-leccin del Concurso Pblico N 0006-2001-MINSA "Contra-tacin del Servicio de Impresin" 218342

    TRABAJO Y PROMOCIN SOCIAL

    Fe de Erratas de la R.M. N 046-2002-TR 218342

    MTC

    R.M. N 119-2002-MTC/15.03.- Aprueban contrato de con-cesin con Bellsouth Per S.A. para prestar servicio portadorlocal en los departamentos de Arequipa, La Libertad,Lambayeque, Piura y Puno 218342R.M. N 120-2002-MTC/15.02.- Designan miembro del Con-sejo Consultivo de la Superintendencia Nacional de los Regis-tros Pblicos en representacin del Ministerio 218343R.VM. N 004-2002-MTC/15.04.- Encargan funciones de Di-rector Ejecutivo Adjunto del Proyecto Piloto Nuevo Pachactec

    218343R.VM. N 068-2002-MTC/15.03.- Otorgan a empresa autori-zacin y permiso de instalacin para operar estacin del servi-cio de radiodifusin comercial por televisin en UHF en eldepartamento de Puno 218343RR.VMs. Ns. 069 y 070-2002-MTC/15.03.- Otorgan a per-sonas naturales autorizacin y permiso de instalacin para ope-rar estaciones del servicio de radiodifusin comercial por televi-sin en UHF en el departamento de Puno 218344

    R.D. N 060-2002-MTC/15.18.- Otorgan a Transmartin'sE.I.R.L. permiso para operar servicio pblico de transporte tu-rstico en el departamento de Lima 218346

    PODER JUDICIAL

    Res. Adm. N 048-2002-P/PJ.- Constituyen Comisin Espe-cial de Procesos Administrativos Disciplinarios para el ao 2002

    218346Res. Adm. N 049-2002-P-PJ.- Autorizan a procurador inter-poner acciones legales contra contratistas que ejecutaron la obra"Mdulo Bsico de Justicia de Chulucanas" por presentar de-fectos y vicios ocultos 218347Res. Adm. N 051-2002-P-PJ.- Autorizan a procurador iniciaracciones legales contra persona natural por haber incurrido enpresuntos ilcitos penales 218347

    ORGANISMOS AUTNOMOS

    CONTRALORA GENERAL

    Res. N 028-2002-CG.- Otorgan condecoracin "Orden alMrito del Control" en la Clase de Gran Contralor a personanatural 218348

    J N E

    Res. N 065-2002-JNE.- Declaran que regidora del Concejo Pro-vincial de Tahuaman contina en ejercicio del cargo 218348RR. Ns. 066 y 068-2002-JNE.- Convocan a candidatas noproclamadas para que asuman cargos de regidoras de los Conce-jos Distritales de Jazn y La Capilla 218349Res. N 067-2002-JNE.- Declaran que regidora del ConcejoDistrital de Ancahuasi contina desempeando el cargo 218350

    MINISTERIO PBLICO

    RR. Ns. 316 y 317-2002-MP-FN.- Encargan el Despacho dela Fiscala de la Nacin a magistrados de fiscalas supremaspenales 218350Res. N 319-2002-MP-FN.- Nombran fiscal adjunta provin-cial provisional del Distrito Judicial de Lima en el Despachode la Sexta Fiscala Provincial de Familia de Lima 218351Res. N 320-2002-MP-FN.- Dan por concluido nombramientodel fiscal adjunto provincial provisional de la Fiscala Provin-cial Mixta de Corongo 218351

    SBS

    Res. N 160-2002-SBS.- Autorizan al Banco Wiese Sudamerisla apertura de oficina especial en el distrito de Miraflores, pro-vincia de Lima 218351Res. N 164-2002-SBS.- Autorizan al Banco del Trabajo laapertura de agencia en el distrito de San Miguel, provincia deLima 218351

    ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

    CONASEV

    Res. N 014-2002-EF/94.11.- Disponen inscripcin del fondomutuo de inversin en valores denominado Interfondo SolesFMIV en el Registro Pblico del Mercado de Valores 218352

    INDECOPI

    Res. N 0013-2002/INDECOPI-CRT.- Aprueban Normas Tcni-cas Peruanas sobre agregados en hormign, EDI mensaje de situa-cin bancaria y EDI mensaje de cancelacin financiera 218352

  • Pg. 218313NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002

    REQUISITOS PARA PUBLICACIN DE TUPA

    Se comunica al Congreso de la Repblica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autnomos,Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en laseparata de Normas Legales, debern tener en cuenta lo siguiente:

    1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una lnea por celda, sin justificar.

    2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco das de anticipacin a la fecha de serpublicados.

    LA DIRECCIN

    DIARIO OFICIAL

    OSINERG

    Res. N 0424-2002-OS/CD.- Postergan fechas de inicio sea-ladas en anexos de la norma "Procedimientos para Fijacin dePrecios Regulados" 218353Res. N 028-2002-OS/GG.- Sancionan con multa a HidrandinaS.A. 218354

    OSIPTEL

    Res. N 007-2002-CD/OSIPTEL.- Fijan el valor del Factor deControl para el ajuste de tarifas de los servicios de categora Iprestados por Telefnica del Per S.A.A. 218355Res. N 077-2002-GG/OSIPTEL.- Aprueban acuerdo deinterconexin de redes de servicios portador de larga distanciay telefona mvil entre Full Line y Bellsouth Per, utilizandotransporte conmutado local de Telefnica 218357

    SUNARP

    Res. N 072-2002-SUNARP/SN.- Crean Comisin para estu-dio y formulacin de propuestas de descentralizacin de losregistros jurdicos que actualmente funcionan slo en la Ofici-na Registral de Lima y Callao 218357

    SUNAT

    Res. N 023-2002/SUNAT.- Aprueban Conograma de entregade informacin que deben proporcionar determinadas entida-des del Sector Pblico sobre adquisiciones de bienes o servi-cios en el ao 2002 218358

    GOBIERNOS LOCALES

    MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS

    R.A. N 052-2002.- Aprueban cambio de uso de aportesreglamentarios provenientes de proceso de habilitacin urbana

    218358

    MUNICIPALIDAD DELURIGANCHO - CHOSICA

    Ordenanza N 029/CDL-CH.- Aprueban Texto nico deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad

    218359

    MUNICIPALIDAD DEPUEBLO LIBRE

    Ordenanza N 76-MPL.- Disponen aplicar valores arancela-rios del ao 2001 en el clculo del impuesto predial para terre-nos y edificaciones de conformidad con el D.S. N 012-2002-EF 218359Ordenanza N 77-MPL.- Establecen monto mnimo a pagarpor concepto de Impuesto Predial en el ejercicio fiscal 2002

    218360Ordenanza N 78-MPL.- Establecen Tarifa Social de ArbitriosMunicipales para el ejercicio fiscal 2002 218360Ordenanza N 79-MPL.- Aprueban Rgimen Tributario de losArbitrios Municipales 218361Ordenanza N 80-MPL.- Establecen Cronograma de pagos2002 del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pblica,Parques y Jardines y Serenazgo 218362Ordenanza N 81-MPL.- Fijan montos por emisin mecani-zada de actualizacin de valores, determinacin de tributos yotros, correspondientes al pago del Impuesto Predial y Arbi-trios 218363

    MUNICIPALIDAD DEL RMAC

    Acuerdo N 008-2002-MDR.- Exoneran de proceso de selec-cin la contratacin de servicios de asesora legal en materiapenal 218364

    MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

    D.A. N 001-2002-MSI.- Establecen que Cdigo Catastral escdigo oficial nico relacionador entre bases de informacinexistentes en dependencias de la Municipalidad respecto a uni-dades inmobiliarias del distrito 218364R.A. N 061-2002-ALC/MSI.- Imponen sancin de destitu-cin a servidora de la Municipalidad 218365

    MUNICIPALIDADPROVINCIAL DEL CALLAO

    Ordenanza N 000001.- Otorgan beneficio de regularizacinpara el pago de deudas tributarias y administrativas

    218365Anexos de Ordenanza N 002-2002.- Anexos de Ordenanzaque estableci rgimen de los arbitrios de limpieza pblica,parques y jardines y seguridad ciudadana en el Cercado delCallao 218366

  • Pg. 218314 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002

    PODER LEGISLATIVO

    CONGRESO DE LA REPBLICA

    Declaran nulidad de oficio de diversosprocesos de adjudicacin de menorcuanta

    RESOLUCIN N 012-2002-P/CR

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el Informe N 009-2002-AJ/CR/04 la Ofi-cina de Asesora Jurdica seala la necesidad de declararla nulidad de los procesos de Adjudicacin de Menor Cuan-ta Ns. 1058-2001-C/CR, 1064-2001-C/CR, 1065-2001-C/CR, 1066-2001-C/CR y 1067-2001-C/CR, debido a que elComit Especial Permanente al momento de evaluar laspropuestas tcnicas aplic, va interpretacin, criterios deevaluacin distintos a los establecidos en las bases, origi-nando la modificacin de las mismas, en disconformidadcon lo dispuesto en el ltimo prrafo del Artculo 25 delTexto nico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado;

    Que la Oficiala Mayor tambin ha opinado sobre la ne-cesidad de declarar la nulidad de los procesos referidossegn el Informe N 001-2002-OM/CR del 25 de febrero de2002;

    Que la Mesa Directiva en su Sesin del 25 de febrero delos corrientes, mediante el Acuerdo N 330-2001-2002/ME-SA-CR, ha recomendado al Presidente del Congreso, decla-rar la nulidad de los referidos procesos de adquisiciones;

    Que es necesario declarar la nulidad de oficio de losprocesos mencionados, retrotrayndolos al momento ante-rior a la evaluacin tcnica, de conformidad con lo dispues-to en el Artculo 57 del Texto nico Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artcu-los 26 y 49 de su Reglamento;

    De conformidad con lo dispuesto en el Artculo 32 delTexto nico Ordenado del Reglamento del Congreso de laRepblica;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Declarar la nulidad de oficio de losprocesos de Adjudicacin de Menor Cuanta N 1058-2001-C/CR, N 1064-2001-C/CR, N 1065-2001-C/CR, N 1066-2001-C/CR y N 1067-2001-C/CR, retrotrayndolos al mo-mento anterior a la evaluacin tcnica.

    Artculo Segundo.- El Comit Especial Permanentedeber elaborar nuevamente la evaluacin de los procesosde seleccin mencionados en el Artculo Primero de la pre-sente resolucin, con arreglo a las bases correspondientesa cada proceso.

    Regstrese, comunquese, publquese y archvese.

    CARLOS FERREROPresidente del Congreso de la Repblica

    4034

    PODER EJECUTIVO

    P C M

    Designan Consejero del Presidente de laRepblica en Asuntos Polticos y Porta-voz de la Presidencia de la Repblica

    RESOLUCIN SUPREMAN 098-2002-PCM

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo con el inciso 5) del Artculo 5 y elArtculo 12 del Decreto Legislativo N 560, Ley del Poder

    Ejecutivo, el Presidente de la Repblica designa a sus Ase-sores;

    Que, el Artculo 13 del Reglamento de Organizacin yFunciones del Despacho Presidencial, aprobado medianteDecreto Supremo N 007-2002-PCM, establece que losConsejeros son designados por el Presidente de la Rep-blica mediante Resolucin Suprema, refrendada por el Pre-sidente del Consejo de Ministros;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 560, Leydel Poder Ejecutivo, y el Decreto Supremo N 007-2002-PCM, Reglamento de Organizacin y Funciones del Des-pacho Presidencial; y,

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar al seor CARLOS URRUTIABOLOA como Consejero del Presidente de la Repblicaen Asuntos Polticos y Portavoz de la Presidencia de laRepblica.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    Rbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la Repblica

    ROBERTO DAINO ZAPATAPresidente del Consejo de Ministros

    4033

    ECONOMA Y FINANZAS

    Autorizan suscripcin de contrato res-pecto del rea Experimental asignadaal Proyecto Especial Olmos Tinajonesque se origine en el proceso de pro-mocin de la inversin privada

    RESOLUCIN SUPREMAN 072-2002-EF

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 467-97-PCMde fecha 18 de setiembre de 1997, se ratific el Acuerdode la Comisin de Promocin de la Inversin Privada -COPRI, conforme al cual se incluy el proceso de promo-cin de la inversin privada que se refiere el Decreto Le-gislativo N 674, a las tierras con su respectivo derechode uso de agua correspondientes al rea asignada al Pro-yecto Especial Olmos Tinajones (rea Experimental) delINADE de titularidad del Estado y se encarg al ComitEspecial nombrado mediante Resolucin Suprema N485-96-PCM, la ejecucin del proceso respectivo, fun-ciones que han sido asumidas por el Comit Especial dePromocin de la Inversin Privada en Activos, Empresasy Proyectos del Estado designado mediante ResolucinSuprema N 444-2001-EF;

    Que, con Resolucin Suprema N 026-99-PE de fe-cha 26 de febrero de 1999, se ratific el Acuerdo de laComisin de Promocin de la Inversin Privada - CO-PRI, conforme al cual se aprueba el Plan de Promocinde la Inversin Privada a ser ejecutado en las tierrasque corresponden al rea Experimental de 1,200 hec-treas asignada al Proyecto Especial Olmos Tinajones,siendo la modalidad aplicable a dicho proceso la men-cionada en el literal a) del Artculo 2 del Decreto Legis-lativo N 674;

    Que, resulta necesario autorizar al Director Ejecutivodel Proyecto Especial Olmos Tinajones, a suscribir el con-trato respecto del rea Experimental asignada a dichoproyecto, que se origine dentro del proceso de promo-cin de la inversin privada que se refiere el DecretoLegislativo N 674;

    De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-lativo N 560, Ley del Poder Ejecutivo;

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar al Director Ejecutivo del Pro-yecto Especial Olmos Tinajones, a suscribir el contrato

  • Pg. 218315NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002respecto del rea Experimental asignada a dicho pro-yecto, que se origine dentro del proceso de promocinde la inversin privada, a que se refiere el Decreto Le-gislativo N 674.

    Artculo 2.- La presente Resolucin Suprema ser re-frendada por el Ministro de Economa y Finanzas y por elMinistro de la Presidencia.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    Rbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la Repblica

    PEDRO PABLO KUCZYNSKIMinistro de Economa y Finanzas

    CARLOS BRUCEMinistro de la Presidencia

    4015

    Disponen contratacin medianteproceso de adjudicacin de menorcuanta de asistencia legal especializadaal Estado peruano representado por laCONITE en proceso arbitral iniciado porEDEGEL S.A.A.

    RESOLUCIN MINISTERIALN 077-2002-EF/43

    Lima, 26 de febrero del 2002

    Vistos, los Informes Ns. 008-2002-EF/15.02 y 249-2002-EF/60 de la Comisin Nacional de Inversiones y Tecnolo-gas Extranjeras - CONITE, y de la Oficina General de Ase-sora Jurdica, respectivamente, que sustentan la configu-racin del supuesto de servicios personalsimos previstoen el inciso h) del Artculo 19 del Texto nico Ordenado dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-

  • Pg. 218316 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002bado por Decreto Supremo N 012-2001-PCM, as como laconsiguiente exoneracin del Concurso Pblico para la con-tratacin de los servicios profesionales del doctor Fernan-do Vidal Ramrez, la misma que deber ser realizada me-diante el proceso de seleccin de Adjudicacin de MenorCuanta;

    CONSIDERANDO:

    Que, con fecha 28 de noviembre de 1995 la ComisinNacional de Inversiones y Tecnologas Extranjeras - CONI-TE, en representacin del Estado peruano, suscribi con laEmpresa de Generacin Elctrica de Lima S.A. (EDEGEL),un Convenio de Estabilidad Jurdica al amparo de los De-cretos Legislativos Ns. 662 y 757 y su Reglamento apro-bado por el Decreto Supremo N 162-92-EF;

    Que, actualmente CONITE en representacin del Esta-do peruano y la empresa EDEGEL S.A.A. han sometido aun Tribunal Arbitral una controversia surgida respecto a laaplicacin, interpretacin y cumplimiento del Convenio deEstabilidad Jurdica suscrito entre ambas partes;

    Que, es indispensable la contratacin de un profesionalque brinde asesoramiento legal especializado al Estadoperuano, representado por CONITE, dentro del procesoarbitral que se ha iniciado;

    Que, segn el inciso h) del Artculo 19 del Texto nicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PCM,estn exoneradas de los procesos de Licitacin Pblica,Concurso Pblico o Adjudicacin Directa, segn sea el caso,las adquisiciones y contrataciones que se realicen paraservicios personalsimos, de acuerdo a lo que establezcael Reglamento;

    Que, el Artculo 111 del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo N 013-2001-PCM, seala que, los servi-cios personalsimos son los contratos de locacin se servi-cios celebrados con personas naturales o jurdicas cuandopara dicha contratacin se haya tenido en cuenta y comorequisito esencial la persona del locador, ya sea por suscaractersticas inherentes, particulares o especiales o porsu determinada calidad, profesin, ciencia, arte u oficio;

    Que, de acuerdo, de la evaluacin de las caractersticasdel locador, el doctor Fernando Vidal Ramrez es un juristaaltamente especializado, siendo por tanto viable su contra-tacin como servicios personalsimos;

    Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la OficinaGeneral de Administracin, mediante Oficio N 335-2002-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presu-puestaria para efectuar la mencionada contratacin;

    Que, asimismo, el Artculo 20 del Texto nico Orde-nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do establece que las adquisiciones y contrataciones exo-neradas del proceso de Licitacin Pblica, Concurso Pbli-co o Adjudicacin Directa, se realizarn mediante el proce-dimiento de Adjudicacin de Menor Cuanta y se aprobarnmediante Resolucin del Titular del Pliego;

    De conformidad con el Decreto Legislativo N 560 -Leydel Poder Ejecutivo, y el Texto nico Ordenado de la Ley deAdquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo N 012-2001-PCM y su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo N 013-2001-PCM;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Declarar la contratacin del doctor Fernan-do Vidal Ramrez como servicios personalsimos, de con-formidad con el inciso h) del Artculo 19 del Texto nicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PCM.

    Artculo 2.- Exonerar al Ministerio de Economa y Fi-nanzas del proceso de Concurso Pblico para la contrata-cin del doctor Fernando Vidal Ramrez, para que brindeasistencia legal especializada al Estado peruano, represen-tado por la Comisin Nacional de Inversiones y Tecnolo-gas Extranjeras - CONITE, en el proceso arbitral iniciadopor la Empresa EDEGEL S.A.A., desde la etapa de contes-tacin de la demanda y por el tiempo que dure el mencio-nado proceso disponiendo que sta se efecte mediante elproceso de seleccin de Adjudicacin de Menor Cuanta.

    Artculo 3.- La contratacin a la que se refiere los art-culos precedentes ser realizada por la Oficina General deAdministracin del Ministerio de Economa y Finanzas, concargo al presupuesto del Pliego 009 Ministerio de Econo-ma y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2002.

    El valor referencial de dicha contratacin es de US$ 60000,00 (Sesenta Mil y 00/100 Dlares de los Estados Uni-dos de Amrica), ms un honorario de resultado de US$ 20000,00 (Veinte Mil y 00/100 Dlares de los Estados Unidos

    de Amrica), para el caso que el laudo sea favorable alEstado.

    Artculo 4.- La presente Resolucin Ministerial ascomo los Informes Ns. 008-2002-EF/15.02 y 249-2002-EF/60 de la Comisin Nacional de Inversiones y TecnologasExtranjeras - CONITE y de la Oficina General de AsesoraJurdica, respectivamente, sern de conocimiento de laContralora General de la Repblica dentro de los diez (10)das naturales siguientes a la fecha de aprobacin de lapresente Resolucin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economa y Finanzas

    3971

    Modifican ndices de distribucin delFondo de Compensacin Municipal co-rrespondientes a distritos de los depar-tamentos de Loreto, Hunuco, Ayacu-cho, Huancavelica, Tacna, Madre deDios y Arequipa

    RESOLUCIN MINISTERIALN 078-2002-EF/15

    Lima, 26 de febrero del 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Ley N 27195 se crea en el departamen-to de Loreto, provincia de Maynas, el distrito de Beln y eldistrito de San Juan Bautista;

    Que, mediante Ley N 27236 se crea en el departamen-to de Arequipa, provincia de Caylloma, el distrito de Majes;

    Que, mediante Ley N 27258 se crea en el departamen-to de Hunuco, provincia de Hunuco, el distrito de PillcoMarca;

    Que, mediante Ley N 27284 se crea en el departamen-to de Huancavelica, provincia de Huancavelica, el distritode Ascencin;

    Que, mediante Ley N 27285 se crea en el departamen-to de Madre de Dios, provincia de Man, el distrito de Hue-petuhe;

    Que, mediante Ley N 27414 se crea en el departamentode Hunuco, provincia de Yarowilca, el distrito de Choras;

    Que, mediante Ley N 27346 se crea en el departamentode Ayacucho, provincia de Huanta, el distrito de Llochegua;

    Que, mediante Ley N 27281 se crea en el departamen-to de Ayacucho, provincia de Huamanga, el distrito de Je-ss Nazareno;

    Que, mediante Ley N 27415 se crea en el departamen-to de Tacna, provincia de Tacna, el distrito de Coronel Gre-gorio Albarracn Lanchipa;

    Que, mediante la Ley N 27555, se autoriz al Ministeriode Economa y Finanzas a la reasignacin y aplicacin de losrecursos del Fondo de Compensacin Municipal - FONCO-MUN, a los nuevos distritos creados o por crearse a nivel na-cional, estableciendo que dicha reasignacin implica la modi-ficacin de los ndices de distribucin y transferencia de losmontos que correspondan a cada circunscripcin resultante;

    Que, mediante Decreto de Urgencia N 138-2001 se es-tablece que en un plazo de 90 das de publicada la Ley N27555, mediante Decreto Supremo refrendado por el Mi-nistro de Economa y Finanzas, se dictarn las normas quepermitan la reasignacin, as como la aprobacin de losndices de distribucin de los recursos asignados en el ejer-cicio 2001 por concepto de Fondo de Compensacin Muni-cipal -FONCOMUN-, que les correspondan a los nuevosdistritos creados, sobre la base de la informacin oficial queproporcione el INEI y otras dependencias responsables;

    Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N031-2002-EF - Reglamento de la Ley N 27555, es necesariomodificar los ndices de distribucin del Fondo de Compensa-cin Municipal, a fin de incluir a los distritos recientementecreados mediante las leyes antes mencionadas; para lo cualse cuenta con la informacin necesaria remitida por el Institu-to Nacional de Estadstica e Informtica - INEI;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Modifcanse los ndices de distribucindel Fondo de Compensacin Municipal aprobados me-

  • Pg. 218317NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002diante Resolucin Ministerial N 065-2001-EF-15, co-rrespondientes a los distritos de Iquitos, en el departa-mento de Loreto, al de Hunuco, en el departamento deHunuco; al de Ayacucho, en el departamento de Aya-cucho; al de Huancavelica, en el departamento de Huan-cavelica; al de Sivia, en el departamento de Ayacucho;al de Chavinillo, en el departamento de Hunuco; al deTacna, en el departamento de Tacna; a los de Madre deDios y Man; en el departamento de Madre de Dios; y alos de Lluta, Santa Isabel de Siguas y San Juan de Si-guas, en el departamento de Arequipa; a fin de incorpo-rar en la distribucin, a los distritos creados de Beln,San Juan Bautista, en el departamento de Loreto; PillcoMarca, en el departamento de Hunuco; Jess Nazare-no, en el departamento de Ayacucho; Ascensin, en eldepartamento de Huancavelica; Llochegua, en el depar-tamento de Ayacucho; Choras, en el departamento deHunuco; Huepetuhe, en el departamento de Madre deDios; Coronel Gregorio Albarracn Lanchipa, en el de-partamento de Tacna; y, Majes en el departamento deArequipa.

    DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO NDICE

    AREQUIPAAREQUIPA

    SAN JUAN DE SIGUAS 0.00004430

    SANTA ISABEL DE SIGUAS 0.00006269CAYLLOMA

    LLUTA 0.00009922

    MAJES 0.00064588

    AYACUCHOHUAMANGA

    AYACUCHO 0.00373667

    JESS NAZARENO 0.00070493HUANTA

    LLOCHEGUA 0.00057454

    SIVIA 0.00075436

    HUANCAVELICAHUANCAVELICA

    ASCENSIN 0.00091249

    HUANCAVELICA 0.00265991

    HUNUCOHUNUCO

    HUNUCO 0.00271363

    PILLCO MARCA 0.00147557YAROWILCA

    CHAVINILLO 0.00039176

    CHORAS 0.00076514

    LORETOMAYNAS

    BELN 0.00239927

    IQUITOS 0.00628057

    SAN JUAN BAUTISTA 0.00388956

    MADRE DE DIOSMANU

    HUEPETUHE 0.00047140

    MADRE DE DIOS 0.00066123

    MANU 0.00024477

    TACNATACNA

    CRNEL. GREGORIOALBARRACN L. 0.00052361

    TACNA 0.00428559

    Artculo 2.- Para la distribucin mensual del Fondo deCompensacin Municipal se tomar en cuenta los ndicesmodificados por esta Resolucin Ministerial, el monto re-caudado por dicho Fondo el mes inmediato anterior y laasignacin mnima mensual de acuerdo a lo establecido enla Ley N 27082; as como lo aprobado en la Ley N 27298ampliada por Decreto de Urgencia N 066-2000 y segn lodispuesto en el Artculo 3 del Decreto Supremo N 090-2000-EF.

    Artculo 3.- Los indicados ndices reajustados, se-rn de aplicacin a partir de las transferencias que poreste recurso se efectuaron en los meses de diciembre2001 y enero 2002, que corresponden a lo recaudado en

    los meses de noviembre y diciembre del 2001 respecti-vamente.

    Regstrese y publquese.

    PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economa y Finanzas

    3972

    Modifican la R.M. N 025-98-EF/15 ydisponen su aplicacin mientras se re-visan los ndices de distribucin delFondo de Compensacin Municipal

    RESOLUCIN MINISTERIALN 079-2002-EF/15

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el Artculo 88 del Decreto Legislativo N776, Ley de Tributacin Municipal, se establece que los n-dices de Distribucin del Fondo de Compensacin Munici-pal -FONCOMUN- sern determinados anualmente por elMinisterio de Economa y Finanzas, mediante ResolucinMinisterial;

    Que, mediante el Artculo 3 de la Ley N 27573, se haaprobado para el Ao Fiscal 2002 el monto de los recursoscorrespondientes a las Municipalidades Provinciales y Distri-tales por concepto del FONCOMUN ascendente a S/. 1 340000 000, que incluye, para aquellas que corresponda, el mon-to de la Asignacin Adicional Mensual Directa dispuesta por laLey N 27298 y normas complementarias y reglamentarias;

    Que, la Ley N 27616, modifica, en su Artculo 1, el Art-culo 89 de la Ley de Tributacin Municipal, estableciendo quelos recursos mensuales que perciban las municipalidades porconcepto del Fondo de Compensacin Municipal no podrnser inferiores al monto equivalente a ocho (8) Unidades Impo-sitivas Tributarias vigentes a la fecha de aprobacin de la Leyde Presupuesto del Sector Pblico de cada ao;

    Que, en vista de la promulgacin de la Ley Marco de Mo-dernizacin de la Gestin del Estado, aprobada por Ley N27658, que declara al Estado en proceso de modernizacin, elMinisterio de Economa y Finanzas realizar una revisin delos procedimientos y criterios para la elaboracin de los ndicesde Distribucin del Fondo de Compensacin Municipal;

    Que, asimismo, a fin de simplificar procedimientos quepermitan la entrega oportuna de los recursos que corres-pondan mensualmente a las diversas municipalidades porconcepto del FONCOMUN, resulta conveniente modificarla Resolucin Ministerial N 025-98-EF/15;

    De conformidad a lo establecido por los Artculos 88 y89 del Decreto Legislativo N 776;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- En tanto se lleva a cabo el proceso de re-visin de los ndices de Distribucin del Fondo de Compen-sacin Municipal -FONCOMUN-, para efecto de la distribu-cin a cada municipalidad del pas de dicho fondo, corres-pondiente al Ao Fiscal 2002, ser de aplicacin lo dispuestoen la Resolucin Ministerial N 025-98-EF/15 y la Resolu-cin Ministerial N 078-2002-EF/15.

    Artculo 2.- Djese sin efecto el segundo prrafo delArtculo 1 de la Resolucin Ministerial N 025-98-EF/15.

    Artculo 3.- Modifquese el Artculo 2 de la Resolu-cin Ministerial N 025-98-EF/15, por el texto siguiente

    "Artculo 2.- Para la distribucin del Fondo de Com-pensacin Municipal de acuerdo a lo indicado en el artculoanterior se seguir el siguiente procedimiento:

    a) El Banco de la Nacin centralizar la recaudacin de lostributos que conforman el Fondo de Compensacin Municipalen una cuenta especial denominada "Fondo de CompensacinMunicipal", con indicacin del tipo de impuesto que establece elArtculo 1 del Decreto Supremo N 06-94-EF e informar den-tro de los primeros cinco (5) das de vencimiento de cada mesa la Direccin Nacional del Presupuesto Pblico del Ministeriode Economa y Finanzas, el monto recaudado el mes anteriorpor dicho Fondo para su distribucin.

    b) La citada Direccin Nacional deber calcular el mon-to a distribuir a cada municipalidad, de acuerdo a lo indica-do en el Artculo 1 de la presente Resolucin Ministerial y

  • Pg. 218318 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002dems normas correspondientes y comunicar al Bancode la Nacin a fin de que ste disponga el abono de losimportes correspondientes a cada municipalidad en la cuen-ta corriente de cada una de ellas, con cargo al Fondo deCompensacin Municipal.

    c) El Banco de la Nacin informar a cada municipali-dad acerca del abono efectuado por este Fondo".

    Artculo 4.- Dentro del contexto de la Ley Marco de Mo-dernizacin de la Gestin del Estado, encrguese al Vicemi-nisterio de Economa del Ministerio de Economa y Finanzasla tarea de actualizacin de los ndices de Distribucin delFondo de Compensacin Municipal, la misma que deber serefectuada en concordancia con lo establecido en el DecretoLegislativo N 776 - Ley de Tributacin Municipal, en la Reso-lucin Ministerial N 025-98-EF/15 y la Resolucin MinisterialN 078-2002-EF/15; as como lo aprobado en la Ley N 27298y normas complementarias y reglamentarias.

    Artculo 5.- El Viceministerio de Economa del Ministeriode Economa y Finanzas es el encargado de la elaboracin delos ndices de Distribucin del Fondo de Compensacin Muni-cipal, de conformidad con lo dispuesto por el Artculo 88 delDecreto Legislativo N 776 - Ley de Tributacin Municipal.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economa y Finanzas

    3973

    EDUCACIN

    Aceptan renuncia de Presidente Ejecuti-vo del Consejo Directivo del InstitutoNacional de Radio y Televisin del Per- IRTP

    RESOLUCIN SUPREMAN 079-2002-ED

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 227-2001-ED,de fecha 21 de agosto del 2001, se design al seor CarlosURRUTIA BOLOA, como Presidente Ejecutivo del Conse-jo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisin delPer - IRTP, cargo considerado de confianza;

    Que, el mencionado funcionario ha presentado su re-nuncia al cargo referido en el considerando precedente;

    De conformidad con la Ley N 27594, el Decreto Legis-lativo N 560, el Decreto Ley N 25515, el Decreto Ley N25762, modificado por Ley N 26510; y,

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- ACEPTAR a partir de la fecha de lapresente Resolucin, la renuncia presentada por el seorCarlos URRUTIA BOLOA, como Presidente Ejecutivo delConsejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televi-sin del Per - IRTP, cargo considerado de confianza, dn-dosele las gracias por los servicios prestados.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    Rbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la Repblica

    NICOLS LYNCH GAMEROMinistro de Educacin

    4028

    Designan Presidente Ejecutivo del Con-sejo Directivo del Instituto Nacional deRadio y Televisin del Per - IRTP

    RESOLUCIN SUPREMAN 080-2002-ED

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, se encuentra vacante el cargo de Presidente Ejecuti-vo del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Tele-visin del Per - IRTP, cargo considerado de confianza, por loque es necesario proceder a la designacin correspondiente;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27594, elDecreto Legislativo N 560, en el Decreto Ley N 25515, enel Decreto Ley N 25762, modificado por Ley N 26510; y,

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- DESIGNAR a partir de la fecha de lapresente Resolucin, al seor Eduardo Guillermo BRUCEMONTES DE OCA, como Presidente Ejecutivo del ConsejoDirectivo del Instituto Nacional de Radio y Televisin del Per- IRTP, cargo considerado de confianza.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    Rbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la Repblica

    NICOLS LYNCH GAMEROMinistro de Educacin

    4029

    Fijan plazo para presentar solicitudesde creacin y autorizacin de funcio-namiento de Institutos Superiores Pe-daggicos Pblicos y Privados

    RESOLUCIN MINISTERIALN 126-2002-ED

    Lima, 26 de febrero de 2002

    Visto, el Informe N 007-2002-UFOD/DINFOCAD y losantecedentes que se acompaan;

    CONSIDERANDO:

    Que, es atribucin del Ministerio de Educacin, de acuerdocon su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado porel Decreto Supremo N 002-96-ED, formular, supervisar y eva-luar la poltica general del Gobierno en materia de educacin,cultura, deporte y recreacin; as como elaborar las normas dealcance nacional que regulen dichas actividades;

    Que, dentro de las orientaciones polticas de la forma-cin docente establecidas en el Reglamento General de losInstitutos Superiores Pedaggicos y Escuelas Superioresde Formacin Docente Pblicos y Privados, aprobado porel Decreto Supremo N 023-2001-ED, se establece comoobjetivos de la poltica educativa nacional avanzar hacia lacalidad, equidad y eficiencia de la educacin en el Per;

    Que, para el fin propuesto en el considerando precedenteel citado Reglamento ha establecido, entre otros lineamientosde poltica educativa, que es misin del Ministerio de Educa-cin, revalorar la carrera docente desarrollando las polticas ycondiciones que garanticen la calidad de su desempeo ymejoren su calidad de vida, debiendo para dicho fin, entreotros, racionalizar la oferta de formacin docente de acuerdoa los requerimientos del sistema educativo;

    Que, atendiendo al fin sealado en la parte in fine del con-siderando que antecede se debe ordenar el ingreso de lassolicitudes de creacin y autorizacin de funcionamiento delos Institutos Superiores Pedaggicos Pblicos y Privados, ascomo de oferta o autorizacin de funcionamiento de las res-pectivas carreras y especialidades, por lo que resulta necesa-rio dictar las medidas pertinentes para dicho propsito;

    De conformidad con la Ley N 23384, el Decreto Ley N25762, modificado por la Ley N 26510, y los Decretos Su-premos Ns. 051-95-ED, 002-96-ED y 023-2001-ED;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Fijar el perodo comprendido entre el 1 yel 31 de agosto del 2002, como plazo para la presentacinde las solicitudes de creacin y autorizacin de funciona-miento de los Institutos Superiores Pedaggicos Pblicos yPrivados, as como de oferta o autorizacin de funciona-miento de las respectivas carreras y especialidades.

    Artculo 2.- Las solicitudes a que se refiere la presenteResolucin Ministerial que a la fecha se encuentren en trmite

  • Pg. 218319NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002y cuenten con la respectiva evaluacin de la Direccin Nacionalde Formacin y Capacitacin Docente continuarn su trmitehasta su culminacin, debiendo devolverse a los interesadoslas que no hayan sido objeto de la citada evaluacin para suadecuacin al plazo establecido en el Artculo Primero.

    Regstrese y comunquese.

    NICOLS LYNCH GAMEROMinistro de Educacin

    3989

    Designan Presidenta y representante delMinisterio ante el Consejo Directivo delPatronato del Palacio de Gobierno

    RESOLUCIN MINISTERIALN 127-2002-ED

    Lima, 26 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 010-2002-PCM, seconstituy el Patronato del Palacio de Gobierno, con el ob-jeto de coadyuvar, en la restauracin integral del Palacio deGobierno y en su adecuado mantenimiento;

    Que, el referido Patronato, cuenta con un Consejo Directivoque se encuentra conformado, entre otros, por un representan-te del Ministerio de Educacin, quien lo presidir, por lo que esnecesario proceder a la designacin correspondiente;

    De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N25762, modificado por Ley N 26510 y los Decretos Supre-mos Ns. 51-95-ED, 002-96-ED y 010-2002-PCM;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar a partir de la fecha de la pre-sente Resolucin a la seora Leonor CISNEROS VELAR-DE, como Presidenta y representante del Ministerio de Edu-cacin ante el Consejo Directivo del Patronato del Palaciode Gobierno.

    Regstrese y comunquese.

    NICOLS LYNCH GAMEROMinistro de Educacin

    3990

    ENERGA Y MINAS

    Autorizan al Secretario General del Mi-nisterio a ausentarse del pas

    RESOLUCIN MINISTERIALN 121-2002-EM/DM

    Lima, 25 de febrero de 2002

    CONSIDERANDO:

    Que, por motivos de ndole personal, el Dr. RichardMartin Tirado, Secretario General del Ministerio de Energay Minas, debe ausentarse del pas del 28 de febrero al 3 demarzo de 2002;

    De conformidad con lo establecido en el Decreto Supre-mo N 048-2001-PCM, modificado por el Decreto SupremoN 053-2001-PCM y la Ley N 27619;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje del Dr. Richard MartinTirado, Secretario General del Ministerio de Energa y Mi-nas, del 28 de febrero al 3 de marzo de 2002.

    Artculo 2.- La presente Resolucin Ministerial no irro-gar gastos al Tesoro Pblico.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JAIME QUIJANDRA SALMNMinistro de Energa y Minas

    3900

    Asignan monto recaudado por concep-to de Derecho de Vigencia de NuevosPetitorios y Antiguos Derechos Mineroscorrespondientes a enero de 2002

    RESOLUCIN DIRECTORALN 060-2002-EM/DGM

    Lima, 22 de febrero de 2002

    Visto, el Oficio N 144-02-INACC/J del Instituto Nacio-nal de Concesiones y Catastro Minero, de fecha 18 de fe-brero del 2002;

    CONSIDERANDO:

    Que, de acuerdo a lo dispuesto en el tercer prrafo del Art-culo 92 del Reglamento de Diversos Ttulos de la Ley Generalde Minera, aprobado por Decreto Supremo N 03-94-EM, mo-dificado por el Artculo 5 del Decreto Supremo N 052-99-EM,la Direccin General de Minera debe asignar los montos que lecorrespondan por concepto de derecho de vigencia y penali-dad, a las Instituciones Pblicas Descentralizadas y Organis-mos a los que se refiere el Artculo 57 de la Ley;

    Que, el Artculo 57 del Texto nico Ordenado de la LeyGeneral de Minera, aprobado por Decreto Supremo N 014-92-EM, modificado por la Ley N 27341, Decreto de UrgenciaN 003-2001 y Decreto Legislativo N 913, establece la formade distribucin de los ingresos que se obtengan por conceptode derecho de vigencia, as como de la penalidad;

    Que, el Instituto Nacional de Concesiones y CatastroMinero, determina los ingresos percibidos por derecho devigencia y penalidad hasta el mes anterior, de acuerdo conel Artculo 92 del Decreto Supremo N 03-94-EM, modifi-cado por Decreto Supremo N 052-99-EM;

    Que, por Oficio N 144-02-INACC/J de fecha 18 de febrerodel 2002, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Mine-ro, informa a la Direccin General de Minera, que durante elmes de enero del 2002, el monto total a distribuir es de US$381,668.86 (Trescientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Sesentay Ocho y 86/100 Dlares Norteamericanos) y S/. 2,755.02 (DosMil Setecientos Cincuenta y Cinco y 02/100 Nuevos Soles) efec-tundose las siguientes deducciones que ascienden a US$17,272.68 (Diecisiete Mil Doscientos Setenta y Dos y 68/100Dlares Norteamericanos) y S/. 551.00 (Quinientos Cincuentay Uno y 00/100 Nuevos Soles), resultando un importe neto adistribuir de US$ 364,396.18 (Trescientos Sesenta y Cuatro MilTrescientos Noventa y Seis y 18/100 Dlares Norteamerica-nos) y S/. 2,204.02 (Dos Mil Doscientos Cuatro y 02/100 Nue-vos Soles), respectivamente;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Asignar el monto recaudado por conceptode Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios Mineros ascomo de Antiguos Derechos Mineros correspondiente almes de enero del 2002, de la siguiente manera:

    Entidades Total a Distribuir Menos Neto a DistribuirDeducciones

    US$ S/. US$ S/. US$ S/.

    Gob. Loc. Provincial 76,453.77 1,102.01 3,853.88 0.00 72,599.89 1,102.01

    Gob. Loc. Distrital 76,453.77 1,102.01 4,169.76 0.00 72,284.01 1,102.01

    Extrema Pobreza 133,374.10 0.00 1,596.84 0.00 131,777.26 0.00

    INGEMMET 38,154.89 220.40 3,628.60 220.40 34,526.29 0.00

    INACC 38,154.89 220.40 2,209.30 220.40 35,945.59 0.00

    MEM 19,077.44 110.20 1,814.30 110.20 17,263.14 0.00

    TOTAL 381,668.86 2,755.02 17,272.68 551.00 364,396.18 2,204.02

    Artculo 2.- Publquese la presente Resolucin en elDiario Oficial El Peruano.

    Regstrese y comunquese.

    IGOR GONZLEZ DEL CASTILLODirector General de Minera

    ANEXO N 3

    GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DEVIGENCIA DE MINAS

    De conformidad con el Art. 92 del D.S. N 03-94-EM, Reglamento delTexto Unico Ordenado de la Ley General de Minera, el Art. 1 del D.U. N

  • Pg. 218320 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002036-95 y el D.L. N 913, se cumple con distribuir la recaudacin del Pago porDerecho de Vigencia durante el mes de Enero del 2002 a las siguientes Muni-cipalidades Provinciales:

    DPTO. / PROV. S/. U.S. $

    AMAZONASCONDORCANQUI 0.00 80.00

    ANCASHAIJA 0.00 73.01BOLOGNESI 0.00 153.18CARHUAZ 0.00 100.00CASMA 0.00 38.71CORONGO 0.00 120.00HUARI 0.00 40.00HUARMEY 0.00 60.00PALLASCA 0.00 931.40RECUAY 0.00 46.99SANTA 0.00 182.09SIHUAS 0.00 120.00

    APURMACABANCAY 0.00 20.00ANDAHUAYLAS 0.00 160.00ANTABAMBA 0.00 220.00COTABAMBAS 0.00 24,204.41

    AREQUIPAAREQUIPA 0.00 200.00CAMAN 0.00 20.00CARAVEL 0.00 155.00ISLAY 0.00 80.00LA UNIN 0.00 60.00

    AYACUCHOHUAMANGA 0.00 80.00HUANCA SANCOS 0.00 1,300.00HUANTA 0.00 400.00LA MAR 0.00 120.00LUCANAS 0.00 246.78SUCRE 0.00 16.55VCTOR FAJARDO 0.00 43.45

    CAJAMARCACAJABAMBA 0.00 60.00CAJAMARCA 0.00 19.37

    CALLAO(LIMA)CALLAO 0.00 60.00

    CUSCOANTA 0.00 60.00CHUMBIVILCAS 0.00 3,813.88CUSCO 0.00 48.00LA CONVENCIN 0.00 940.00QUISPICANCHI 0.00 800.00URUBAMBA 0.00 20.00

    HUANCAVELICACASTROVIRREYNA 0.00 300.00CHURCAMPA 0.00 240.00HUAYTAR 0.00 1,120.00TAYACAJA 0.00 616.61

    HUNUCOHUNUCO 0.00 20.00PUERTO INCA 0.00 120.00

    ICACHINCHA 0.00 40.00ICA 0.00 260.00NASCA 0.00 1,097.42PALPA 0.00 35.81

    JUNNCONCEPCIN 0.00 576.88HUANCAYO 0.00 103.15JAUJA 0.00 1,771.13SATIPO 0.00 26.63TARMA 0.00 320.00YAULI 0.00 180.00

    LA LIBERTADASCOPE 0.00 40.00CHEPN 0.00 60.00GRAN CHIM 0.00 880.63OTUZCO 0.00 40.00SNCHEZ CARRIN 0.00 159.02TRUJILLO 0.00 132.47VIR 0.00 860.00

    LAMBAYEQUEFERREAFE 0.00 60.00

    DPTO. / PROV. S/. U.S. $

    LIMACANTA 0.00 436.66CAETE 0.00 801.00HUARAL 0.00 3.34LIMA 1,102.01 469.20OYN 0.00 20.00YAUYOS 0.00 5,235.13

    LORETOMAYNAS 0.00 120.00

    MADRE DE DIOSMANU 0.00 6,114.29TAMBOPATA 0.00 1,178.91

    MOQUEGUAGENERAL SNCHEZ CERRO 0.00 87.27MARISCAL NIETO 0.00 3,135.29

    PASCODANIEL ALCIDES CARRIN 0.00 720.00OXAPAMPA 0.00 103.42PASCO 0.00 536.78

    PIURAAYABACA 0.00 180.00PIURA 0.00 197.78SULLANA 0.00 22.23

    PUNOCARABAYA 0.00 1,160.00EL COLLAO 0.00 124.56LAMPA 0.00 105.30PUNO 0.00 20.00SAN ROMN 0.00 97.30SANDIA 0.00 220.00

    TACNAJORGE BASADRE 0.00 112.86TACNA 0.00 2,604.00TARATA 0.00 4,562.00

    UCAYALICORONEL PORTILLO 0.00 80.00

    1,102.01 72,599.89

    ANEXO N 4

    GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DEVIGENCIA DE MINAS

    De conformidad con el Art. 92 del D.S. N 03-94-EM, Reglamento del Texto nicoOrdenado de la Ley General de Minera, el Art. 1 del D.U. N 036-95 y el D.L.N 913, se cumple con distribuir la recaudacin del Pago por Derecho de Vigen-cia durante el mes de enero del 2002 a las siguientes Municipalidades Distritales,montos que incluyen la distribucin a los distritos de Extrema Pobreza:

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    AMAZONAS/BAGUAARAMANGO 0.00 23.33IMAZA 0.00 23.33LA PECA 0.00 23.33

    AMAZONAS/CONDORCANQUIEL CENEPA 0.00 80.00NIEVA 0.00 23.33

    AMAZONAS/UTCUBAMBABAGUA GRANDE 0.00 23.33CAJARURO 0.00 23.33

    ANCASH/AIJAAIJA 0.00 72.53SUCCHA 0.00 0.48

    ANCASH/BOLOGNESIHUALLANCA 0.00 153.18

    ANCASH/CARHUAZCARHUAZ 0.00 34.04MARCAR 0.00 65.97

    ANCASH/CASMACASMA 0.00 38.71

    ANCASH/CORONGOCUSCA 0.00 120.00

  • Pg. 218321NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    ANCASH/HUARAZHUARAZ 0.00 1,088.13INDEPENDENCIA 0.00 1,088.13

    ANCASH/HUARISAN MARCOS 0.00 40.00

    ANCASH/HUARMEYHUARMEY 0.00 60.00

    ANCASH/PALLASCALLAPO 0.00 63.07PAMPAS 0.00 360.00SANTA ROSA 0.00 395.53TAUCA 0.00 112.80

    ANCASH/RECUAYCTAC 0.00 46.59TICAPAMPA 0.00 0.40

    ANCASH/SANTACCERES DEL PER 0.00 160.00CHIMBOTE 0.00 1,088.13MORO 0.00 22.09

    ANCASH/SIHUASCASHAPAMPA 0.00 91.36SAN JUAN 0.00 28.64

    APURMAC/ABANCAYABANCAY 0.00 8,036.76CURAHUASI 0.00 7,969.05

    APURMAC/ANDAHUAYLASANDAHUAYLAS 0.00 8,016.76ANDARAPA 0.00 40.00HUANCARAMA 0.00 116.76PACOBAMBA 0.00 3.24PACUCHA 0.00 7,969.05SAN JERNIMO 0.00 7,969.05TALAVERA 0.00 7,969.05

    APURMAC/ANTABAMBASABAINO 0.00 220.00

    APURMAC/COTABAMBASCHALLHUAHUACHO 0.00 6,223.74COYLLURQUI 0.00 2,063.48HAQUIRA 0.00 3,758.56MARA 0.00 7,640.24TAMBOBAMBA 0.00 4,518.38

    APURMAC/GRAUCURASCO 0.00 81.43

    AREQUIPA/AREQUIPAPAUCARPATA 0.00 931.71VTOR 0.00 7.10YURA 0.00 192.90

    AREQUIPA/CAMANOCOA 0.00 20.00

    AREQUIPA/CARAVELATICO 0.00 60.00BELLA UNIN 0.00 95.00

    AREQUIPA/CAYLLOMACALLALLI 0.00 17.41

    AREQUIPA/ISLAYCOCACHACRA 0.00 80.00

    AREQUIPA/LA UNINPUYCA 0.00 60.00

    AYACUCHO/HUAMANGAAYACUCHO 0.00 799.47PACAYCASA 0.00 39.16

    AYACUCHO/HUAMANGAQUINUA 0.00 40.84

    AYACUCHO/HUANCA SANCOSSANTIAGO DE LUCANAMARCA 0.00 1,300.00

    AYACUCHO/HUANTAHUANTA 0.00 239.78LURICOCHA 0.00 160.22SIVIA 0.00 781.97

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    AYACUCHO/LA MARANCO 0.00 781.97SAN MIGUEL 0.00 781.97SANTA ROSA 0.00 120.00TAMBO 0.00 781.97

    AYACUCHO/LUCANASOCAA 0.00 126.78PUQUIO 0.00 60.00

    AYACUCHO/SUCREQUEROBAMBA 0.00 16.55

    AYACUCHO/VCTOR FAJARDOCANARIA 0.00 43.45

    CAJAMARCA/CAJABAMBACACHACHI 0.00 66.95CAJABAMBA 0.00 6.95

    CAJAMARCA/CAJAMARCACAJAMARCA 0.00 6.95COSPN 0.00 19.37ENCAADA 0.00 6.95LOS BAOS DEL INCA 0.00 6.95

    CAJAMARCA/CHOTACHOTA 0.00 6.95TACABAMBA 0.00 6.95

    CAJAMARCA/CUTERVOCUTERVO 0.00 6.95QUEROCOTILLO 0.00 6.95

    CAJAMARCA/HUALGAYOCBAMBAMARCA 0.00 6.95HUALGAYOC 0.00 6.95

    CAJAMARCA/JANBELLAVISTA 0.00 6.95COLASAY 0.00 6.95HUABAL 0.00 6.95JAN 0.00 6.95SANTA ROSA 0.00 6.95

    CAJAMARCA/SAN IGNACIOHUARANGO 0.00 6.95LA COIPA 0.00 6.95SAN IGNACIO 0.00 6.95SAN JOS DE LOURDES 0.00 6.95

    CALLAO(LIMA)/CALLAOCALLAO 0.00 52.50VENTANILLA 0.00 112.50

    CUSCO/ANTACACHIMAYO 0.00 60.00

    CUSCO/CHUMBIVILCASCAPACMARCA 0.00 1,254.37LLUSCO 0.00 43.47QUIOTA 0.00 2,516.04SANTO TOMS 0.00 2,485.81

    CUSCO/CUSCOSAN JERNIMO 0.00 2.42SAN SEBASTIN 0.00 45.58

    CUSCO/LA CONVENCINECHARATE 0.00 2,965.82MARANURA 0.00 315.67PICHARI 0.00 2,485.82QUIMBIRI 0.00 2,485.82SANTA ANA 0.00 144.33

    CUSCO/QUISPICANCHICAMANTI 0.00 800.00

    CUSCO/URUBAMBAOLLANTAYTAMBO 0.00 20.00

    HUANCAVELICA/ACOBAMBAPAUCAR 0.00 418.86

    HUANCAVELICA/ANGARESLIRCAY 0.00 418.86

    HUANCAVELICA/CASTROVIRREYNAMOLLEPAMPA 0.00 49.31TICRAPO 0.00 250.69

  • Pg. 218322 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    HUANCAVELICA/CHURCAMPAANCO 0.00 418.86CHURCAMPA 0.00 133.92LA MERCED 0.00 106.08

    HUANCAVELICA/HUANCAVELICAACORIA 0.00 418.86ASCENSIN 0.00 458.23HUANCAVELICA 0.00 458.23YAULI 0.00 418.86

    HUANCAVELICA/HUAYTARAQUERCO 0.00 117.85SANTIAGO DE CHOCORVOS 0.00 1,002.15

    HUANCAVELICA/TAYACAJACOLCABAMBA 0.00 725.57DANIEL HERNNDEZ 0.00 418.86SALCABAMBA 0.00 96.38SAN MARCOS DE ROCCHAC 0.00 40.00SURCUBAMBA 0.00 116.91TINTAY PUNCU 0.00 56.61

    HUNUCO/AMBOHUACAR 0.00 13.61SAN RAFAEL 0.00 13.61

    HUNUCO/HUAMALESLLATA 0.00 13.61

    HUNUCO/HUNUCOAMARILIS 0.00 13.61CHINCHAO 0.00 33.61CHURUBAMBA 0.00 13.61HUNUCO 0.00 13.61MARGOS 0.00 13.61PILLCO MARCA 0.00 13.61SANTA MARA DEL VALLE 0.00 13.61

    HUNUCO/LEONCIO PRADOJOS CRESPO Y CASTILLO 0.00 13.61MARIANO DAMASO BERAN 0.00 13.61RUPA-RUPA 0.00 13.61

    HUNUCO/MARAONHUACRACHUCO 0.00 13.61

    HUNUCO/PACHITEACHAGLLA 0.00 13.61PANAO 0.00 13.61UMARI 0.00 13.61

    HUNUCO/PUERTO INCAPUERTO INCA 0.00 13.61YUYAPICHIS 0.00 120.00

    ICA/CHINCHACHINCHA ALTA 0.00 516.53GROCIO PRADO 0.00 37.20PUEBLO NUEVO 0.00 499.03SUNAMPE 0.00 1.57TAMBO DE MORA 0.00 1.23

    ICA/ICAICA 0.00 656.53OCUCAJE 0.00 80.00PARCONA 0.00 516.53YAUCA DEL ROSARIO 0.00 40.00

    ICA/NASCAEL INGENIO 0.00 117.42VISTA ALEGRE 0.00 523.74

    ICA/PALPALLIPATA 0.00 75.81

    ICA/PISCOPISCO 0.00 516.53

    JUNN/CHANCHAMAYOPEREN 0.00 579.01PICHANAQUI 0.00 579.01

    JUNN/CONCEPCINCHAMBARA 0.00 240.00COMAS 0.00 287.28SAN JOS DE QUERO 0.00 40.00SANTA ROSA DE OCOPA 0.00 9.60

    JUNN/HUANCAYOCHILCA 0.00 579.01EL TAMBO 0.00 579.01

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    HUANCAYO 0.00 579.01INGENIO 0.00 34.40QUICHUAY 0.00 68.75

    JUNN/JAUJAAPATA 0.00 111.13CANCHAYLLO 0.00 40.00PACCHA 0.00 986.07SINCOS 0.00 633.93

    JUNN/SATIPOPAMPA HERMOSA 0.00 23.24PANGOA 0.00 582.40RO NEGRO 0.00 579.01RO TAMBO 0.00 579.01SATIPO 0.00 579.01

    JUNN/TARMAHUASAHUASI 0.00 8.19PALCA 0.00 192.57SAN PEDRO DE CAJAS 0.00 80.00TAPO 0.00 39.24

    JUNN/YAULILA OROYA 0.00 180.00

    LA LIBERTAD/ASCOPECHICAMA 0.00 40.00

    LA LIBERTAD/CHEPNCHEPN 0.00 361.24

    LA LIBERTAD/GRAN CHIMCASCAS 0.00 880.63

    LA LIBERTAD/JULCNJULCN 0.00 272.61

    LA LIBERTAD/OTUZCOAGALLPAMPA 0.00 40.00OTUZCO 0.00 272.61USQUIL 0.00 272.61

    LA LIBERTAD/PACASMAYOGUADALUPE 0.00 272.61

    LA LIBERTAD/PATAZPAS 0.00 80.00

    LA LIBERTAD/SNCHEZ CARRINCHUGAY 0.00 272.61HUAMACHUCO 0.00 343.75MARCABAL 0.00 272.61SARN 0.00 40.00SARTIMBAMBA 0.00 272.61

    LA LIBERTAD/SANTIAGO DE CHUCOSANTIAGO DE CHUCO 0.00 272.61

    LA LIBERTAD/TRUJILLOEL PORVENIR 0.00 272.61LA ESPERANZA 0.00 272.61LAREDO 0.00 301.24POROTO 0.00 80.00SIMBAL 0.00 60.00TRUJILLO 0.00 301.24

    LA LIBERTAD/VIRGUADALUPITO 0.00 120.00VIR 0.00 1,041.23

    LAMBAYEQUE/CHICLAYOCHICLAYO 0.00 11.67JOS LEONARDO ORTIZ 0.00 11.67LA VICTORIA 0.00 11.67MONSEF 0.00 11.67

    LAMBAYEQUE/FERREAFEMANUEL ANTONIO MESONES MURO 0.00 60.00

    LAMBAYEQUE/LAMBAYEQUELAMBAYEQUE 0.00 11.67MRROPE 0.00 11.67MOTUPE 0.00 11.67OLMOS 0.00 11.67TCUME 0.00 11.67

    LIMA/CANTAHUAMANTANGA 0.00 436.66

    LIMA/CAETEQUILMAN 0.00 621.00ZIGA 0.00 180.00

  • Pg. 218323NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    LIMA/HUARALAUCALLAMA 0.00 3.34

    LIMA/HUAROCHIRMATUCANA 0.00 0.92RICARDO PALMA 0.00 49.50SAN DAMIN 0.00 40.00SAN MATEO 0.00 243.88SANTA EULALIA 0.00 10.50

    LIMA/LIMAANCN 0.00 80.00ATE 0.00 727.81CARABAYLLO 0.00 727.81CHORRILLOS 0.00 727.81CIENEGUILLA 501.72 1.20COMAS 0.00 727.81EL AGUSTINO 0.00 727.81LIMA 0.00 727.81LOS OLIVOS 0.00 727.81LURIGANCHO 0.00 787.81PACHACMAC 600.29 0.00PUENTE PIEDRA 0.00 727.81RMAC 0.00 727.81SAN BARTOLO 0.00 53.19SAN JUAN DE LURIGANCHO 0.00 727.81SAN JUAN DE MIRAFLORES 0.00 727.81SAN MARTN DE PORRES 0.00 727.81SANTA ANITA 0.00 727.81SANTA MARA DEL MAR 0.00 106.81VILLA EL SALVADOR 0.00 727.81VILLA MARA DEL TRIUNFO 0.00 787.81

    LIMA/OYNOYN 0.00 20.00

    LIMA/YAUYOSALIS 0.00 927.09CATAHUASI 0.00 6.42LARAOS 0.00 3,640.27TOMAS 0.00 547.77TUPE 0.00 113.58

    LORETO/ALTO AMAZONASBALSAPUERTO 0.00 23.33PASTAZA 0.00 23.33YURIMAGUAS 0.00 23.33

    LORETO/LORETONAUTA 0.00 23.33

    LORETO/MAYNASALTO NANAY 0.00 120.00BELN 0.00 23.33IQUITOS 0.00 23.33PUNCHANA 0.00 23.33SAN JUAN BAUTISTA 0.00 23.33

    LORETO/REQUENAREQUENA 0.00 23.33

    MADRE DE DIOS/MANUHUEPETUHE 0.00 5,284.92MADRE DE DIOS 0.00 789.35

    MADRE DE DIOS/TAMBOPATAINAMBARI 0.00 632.99LABERINTO 0.00 411.45LAS PIEDRAS 0.00 15.10TAMBOPATA 0.00 12,797.40

    MOQUEGUA/GENERAL SANCHEZ CERROICHUA 0.00 60.00

    MOQUEGUA/ILOILO 0.00 2,819.75

    MOQUEGUA/MARISCAL NIETOCARUMAS 0.00 475.42

    MOQUEGUA/MARISCAL NIETOMOQUEGUA 0.00 5,446.88SAN CRISTBAL 0.00 32.73

    PASCO/DANIEL ALCIDES CARRIONCHACAYAN 0.00 147.36SANTA ANA DE TUSI 0.00 512.64VILCABAMBA 0.00 60.00

    PASCO/OXAPAMPAPOZUZO 0.00 103.42PUERTO BERMDEZ 0.00 2,380.33

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    PASCO/PASCOHUACHN 0.00 60.00HUAYLLAY 0.00 40.20PAUCARTAMBO 0.00 120.00TICLACAYAN 0.00 316.58

    PIURA/AYABACAAYABACA 0.00 50.00FRAS 0.00 50.00PACAIPAMPA 0.00 50.00PAIMAS 0.00 60.00SUYO 0.00 120.00

    PIURA/HUANCABAMBAHUARMACA 0.00 50.00

    PIURA/MORROPONCHULUCANAS 0.00 50.00

    PIURA/PIURACASTILLA 0.00 50.00CATACAOS 0.00 50.00LA ARENA 0.00 210.00LA UNIN 0.00 50.00LAS LOMAS 0.00 50.00PIURA 0.00 87.78TAMBO GRANDE 0.00 50.00

    PIURA/SULLANAMIGUEL CHECA 0.00 22.22SULLANA 0.00 50.00

    PIURA/TALARAPARIAS 0.00 50.00

    PUNO/AZNGAROARAPA 0.00 131.42ASILLO 0.00 131.42AZNGARO 0.00 131.42CHUPA 0.00 131.42POTONI 0.00 131.42SAMAN 0.00 131.42

    PUNO/CARABAYAAYAPATA 0.00 869.20COASA 0.00 180.00SAN GABN 0.00 110.81

    PUNO/CHUCUITOJULI 0.00 131.42POMATA 0.00 131.42ZEPITA 0.00 131.42

    PUNO/EL COLLAOILAVE 0.00 131.42PILCUYO 0.00 131.42SANTA ROSA 0.00 124.58

    PUNO/HUANCANHUANCAN 0.00 131.42TARACO 0.00 131.42

    PUNO/LAMPACALAPUJA 0.00 42.70

    PUNO/MELGARAYAVIRI 0.00 131.42NUOA 0.00 131.42

    PUNO/MOHOMOHO 0.00 131.42

    PUNO/PUNOACORA 0.00 131.42CAPACHICA 0.00 151.42PUNO 0.00 131.42

    PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINAPUTINA 0.00 131.42

    PUNO/SAN ROMNJULIACA 0.00 228.71

    PUNO/SANDIAALTO INAMBARI 0.00 80.00CUYOCUYO 0.00 60.00LIMBANI 0.00 17.78PHARA 0.00 62.22SAN JUAN DEL ORO 0.00 131.42

    PUNO/YUNGUYOYUNGUYO 0.00 131.42

  • Pg. 218324 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002

    DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $

    TACNA/JORGE BASADREILABAYA 0.00 112.86

    TACNA/TACNACORONEL GREGORIO ALBARRACN LA 0.00 12,738.00PACHIA 0.00 84.00PALCA 0.00 780.00SAMA 0.00 1,740.00

    TACNA/TARATACHUCATAMANI 0.00 2,494.33ESTIQUE 0.00 125.40ESTIQUE PAMPA 0.00 275.04TARATA 0.00 876.86TARUCACHI 0.00 659.68TICACO 0.00 130.69

    UCAYALI/ATALAYARAYMONDI 0.00 23.33

    UCAYALI/CORONEL PORTILLOCALLARIA 0.00 23.33CAMPOVERDE 0.00 51.97

    UCAYALI/CORONEL PORTILLOIPARIA 0.00 23.33MASISEA 0.00 23.33NUEVA REQUENA 0.00 51.36YARINACOCHA 0.00 23.33

    1,102.01 204,061.27

    3899

    MITINCI

    Designan representante del Ministerioante el Consejo Directivo de la SociedadGeogrfica de Lima

    RESOLUCIN MINISTERIALN 029-2002-ITINCI/DM

    Lima, 23 de enero de 2002

    Visto, el Oficio N 306-ME-SGL-P, del Presidente y del Secre-tario del Consejo Directivo de la Sociedad Geogrfica de Lima,

    CONSIDERANDO:

    Que, segn el Artculo 8 del Estatuto de la SociedadGeogrfica de Lima, aprobado por Decreto Supremo N 004-88-ED, son miembros natos de su Consejo Directivo lospersoneros de diversos Ministerios, entre los que se en-cuentra el Ministerio de Industria, Turismo, Integracin yNegociaciones Comerciales Internacionales;

    Que, el Gral. FAP (r) Oscar Piccone Ocampo, designa-do para ejercer tal representacin, ha formulado renunciamediante Oficio de fecha 10 de octubre de 2001;

    Que, por tanto, es necesario designar un nuevo represen-tante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracin y Negocia-ciones Comerciales Internacionales, ante el referido Consejo;

    De conformidad con el Decreto Ley N 25831 - Ley Or-gnica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracin yNegociaciones Comerciales Internacionales, y el DecretoSupremo N 004-88-ED;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el se-or Gral. FAP (r) Oscar Piccone Ocampo, como repre-sentante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracin yNegociaciones Comerciales Internacionales, ante el Con-sejo Directivo de la Sociedad Geogrfica de Lima, dndo-sele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar al seor Luis Miguel Costa Vigo,como representante del Ministerio de Industria, Turismo,Integracin y Negociaciones Comerciales Internacionales,ante el Consejo Directivo de la Sociedad Geogrfica de Lima.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    RAL DIEZ CANSECO TERRYPrimer Vicepresidente de la Repblica yMinistro de Industria, Turismo, Integraciny Negociaciones Comerciales Internacionales

    3939

    Suspenden medidas correctivas adopta-das mediante la R.VM. N 009-2001-MI-TINCI/VMINCI hasta culminar investiga-cin antidumping iniciada por resolucinde la Secretara General de la CAN

    RESOLUCIN VICEMINISTERIALN 02-2002-MITINCI/VMINCI

    Lima, 25 de febrero de 2002

    VISTOS:

    La Resolucin N 559 de la Secretara General de laComunidad Andina, el Decreto Supremo N 016-2001-ITIN-CI y el Expediente N 18463;

    CONSIDERANDO:

    Que, al amparo del Artculo 109 del Acuerdo de Cartage-na, se emite la Resolucin Viceministerial N 009-2001-MITIN-CI/VMINCI, autorizando aplicar derechos correctivos provisio-nales ad valorem FOB de un 12% sobre las importaciones deperfiles, barras y tubos de aluminio aleados y sin alear, produc-tos comprendidos en las subpartidas arancelarias7604.21.00.00, 7604.29.20.00, 7608.20.00.00, originarios y pro-cedentes de Bolivia, Colombia, Ecuador y Venezuela;

    Que, mediante Resolucin N 559 la Secretara Gene-ral de la Comunidad Andina resuelve en su Artculo 1 sus-pender el procedimiento establecido en el Artculo 109 delAcuerdo de Cartagena, iniciado mediante el Expediente N18463, en tanto se adelanta la investigacin antidumpingabierta mediante la Resolucin N 534 de la SecretaraGeneral de la Comunidad Andina;

    Que, asimismo dicha Resolucin resuelve en su Artcu-lo 2 suspender las medidas correctivas adoptadas mediantela Resolucin Viceministerial N 009-2001-MITINCI/VMIN-CI, sobre las importaciones de perfiles, barras y tubos dealuminio aleados y sin alear, originarios de los Pases Miem-bros de la Comunidad Andina;

    Que, el Artculo 5 del Tratado de Creacin del Tribunalde Justicia de la Comunidad Andina seala que los PasesMiembros estn obligados a adoptar las medidas que seannecesarias para asegurar el cumplimiento de las normasque conforman el ordenamiento jurdico del Acuerdo deCartagena, y se comprometen asimismo, a no adoptar niemplear medida alguna que sea contraria a dichas normaso que de algn modo obstaculice su aplicacin;

    De conformidad con los Artculos 44 y 55 de la Cons-titucin Poltica del Per de 1993, el Decreto Ley N 25831:Ley Orgnica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra-cin y Negociaciones Comerciales Internacionales, el De-creto Supremo N 016-2001-ITINCI; y, la Resolucin N 559de la Secretara General de la CAN;

    RESUELVE:

    Artculo 1.- Suspndase la aplicacin de las medidascorrectivas, adoptadas mediante la Resolucin Vicemi-nisterial N 009-2001-MITINCI/VMINCI, hasta que la Se-cretara General culmine la investigacin antidumping abier-ta mediante la Resolucin N 534.

    Artculo 2.- El Ministerio de Industria, Turismo, Inte-gracin y Negociaciones Comerciales Internacionales, co-municar a las autoridades correspondientes las disposi-ciones que fueran pertinentes para la aplicacin de la pre-sente Resolucin, as como las precisiones que fueran ne-cesarias sobre sus alcances.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECOViceministro de Integracin y NegociacionesComerciales Internacionales

    3961

    INTERIOR

    Aprueban Directiva "Normas y Procedi-mientos para establecer el contenido,formato y uso de la Tarjeta Andina deMigracin (TAM)"

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0226-2002-IN-1601

    Lima, 21 de febrero del 2002

  • Pg. 218325NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002Visto, el Oficio N 054-2002-IN-1601 de la Direccin Ge-

    neral de Migraciones y Naturalizacin que propone la apro-bacin de la Directiva sobre NORMAS Y PROCEDIMIEN-TOS PARA ESTABLECER EL CONTENIDO, FORMATO YUSO DE LA TARJETA ANDINA DE MIGRACION (TAM).

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Decisin N 397 del 16 de setiembre de1996 la Comisin del Acuerdo de Cartagena cre la TarjetaAndina de Migracin (TAM), debiendo el Estado Peruano dis-poner las acciones pertinentes para su distribucin en el territo-rio nacional, conforme a las normas internas o comunitariasvigentes;

    Que, con Resolucin Ministerial N 1339-96-IN-01030703000 del 31 de diciembre de 1996, se aprob laDirectiva N 009-96-IN-01030703000 Normas y procedi-mientos para crear y establecer el Reglamento del Conte-nido y Formato de la Tarjeta Andina de Migracin (TAM),

    Que, a travs de la Resolucin N 527 publicada en laGaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena el 12 de julio del2001, la Secretara General de la Comunidad Andina hamodificado el contenido y formato de la Tarjeta Andina deMigracin (TAM), por lo que es necesario aprobar el actoadministrativo que modifique el contenido y caractersticasestablecidas en la directiva sealada en el prrafo anterior;

    Que, el Tratado de Creacin del Tribunal de Justicia dela Comunidad Andina establece en su Artculo 3 que lasdecisiones del Consejo Andino de Ministros de RelacionesExteriores o de la Comisin y las Resoluciones de la Se-cretara General sern directamente aplicables en los Pa-ses Miembros a partir de la fecha de su publicacin en laGaceta Oficial del Acuerdo;

    Estando a lo propuesto por la Direccin General de Mi-graciones y Naturalizacin, lo opinado por la Oficina Secto-rial de Planificacin y la Oficina General de Asesora Jurdi-ca del Ministerio del Interior; y,

    De conformidad a lo establecido en el Artculo 5 del De-creto Legislativo N 370 Ley Orgnica del Ministerio del Inte-rior, lo sealado en el Reglamento de Organizacin y Funcio-nes del Ministerio del Interior, modificado mediante Resolu-cin Ministerial N 0829-95-IN-010305000000 del 4 de juliode 1995 y el Manual de Organizacin y Funciones de la Direc-cin General de Migraciones y Naturalizacin aprobado porResolucin Directoral N 065-97-IN-050103010100.

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la Directiva N 001-2002-IN-1601NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA ESTABLECER ELCONTENIDO, FORMATO Y USO DE LA TARJETA ANDINADE MIGRACION (TAM), la misma que consta de: I- Aspec-tos Generales; II- Base Legal; III- Disposiciones Genera-les; IV- Disposiciones Especficas; V- Disposiciones Com-plementarias, VI- Disposicin Final y (01) Anexo que es parteintegrante de la Directiva.

    Artculo 2.- Autorizar a la Direccin General de Migra-ciones y Naturalizacin (DIGEMIN) y a la Oficina Generalde Administracin (OGA), para que procedan a realizar lasacciones pertinentes para disponer la impresin y distribu-cin de la Tarjeta Andina de Migracin (TAM) conforme a losealado en la Directiva aprobada en el artculo anterior.

    Artculo 3.- Dejar sin efecto la Resolucin MinisterialN 1339-96-IN-01030703000 y la Directiva N 009-96-IN-01030703000 a partir de la publicacin de la presente Re-solucin.

    Regstrese, comunquese, publquese y archvese.

    FERNANDO ROSPIGLIOSI C.Ministro del Interior

    DIRECTIVA N 001-2002-IN-1601

    NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARAESTABLECER EL CONTENIDO, FORMATO Y USODE LA TARJETA ANDINA DE MIGRACIN (TAM)

    I.- ASPECTOS GENERALES:

    A.- OBJETODictar las normas y procedimientos para la implemen-

    tacin, impresin, distribucin y uso de la Tarjeta Andina deMigracin (TAM).

    B.- FINALIDAD1. Oficializar el uso de la TAM de conformidad a la Deci-

    sin N 503 encaminada a facilitar el trnsito de personasdentro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN).

    2. Uniformizar criterios para la implementacin, impre-sin, distribucin y llenado de la Tarjeta Andina de Migra-cin (TAM), identificando las unidades responsables.

    C.- ALCANCEAl Personal de la Direccin General de Migraciones y

    Naturalizacin del Ministerio del Interior.

    D.- VIGENCIALa presente Directiva entrar en vigencia a partir del

    da siguiente de su publicacin.

    II.- BASE LEGAL:

    - Constitucin Poltica del Estado.- Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo

    General.- Decreto Legislativo N 703 Ley de Extranjera.- Decisin N 503 Reconocimiento de Documento Na-

    cional de Identificacin del 22.JUN.2001.- Decisin N 397 Tarjeta Andina de Migracin (TAM)

    del 16 de setiembre de 1996 de la Comisin del Acuerdode Cartagena.

    - Resolucin N 527 "Modificacin del Contenido y For-mato de la Tarjeta Andina de Migracin" (TAM).

    - Decreto Supremo N 002-2000-IN (TUPA de la DIGE-MIN).

    - Resolucin Ministerial N 1339-96-IN/01030703000 del31.DIC.96

    - Directiva N 009-96-IN-01030703000.

    III.- DISPOSICIONES GENERALES:

    A.- A partir del da siguiente de la publicacin de la pre-sente directiva la Tarjeta Andina de Migracin (TAM), seconstituir en el nico documento de control migratorio yestadstico de uso obligatorio para el ingreso y salida depersonas del territorio de los pases miembros de la Comu-nidad Andina: BOLIVIA, ECUADOR, COLOMBIA VENEZUE-LA y PER ya sea por sus propios medios o utilizando cual-quier forma de transporte.

    B.- La Direccin de Control Migratorio es la responsablede disear e impulsar la impresin de la Tarjeta Andina deMigracin y la Unidad Administrativa es la responsable degestionar la impresin y distribucin de la misma en el terri-torio nacional, conforme a los acuerdos, normas naciona-les o comunitarias vigentes.

    C.- El diseo de conformidad a las disposiciones vigen-tes ser asumido por la DIGEMIN. El contenido y formatode la Tarjeta Andina de Migracin (TAM), rene las siguien-tes caractersticas especiales:

    1. Es desglosable en dos partes. La primera de 150 x110 mm. que quedar, en poder de la autoridad migratoriaque ejerce el control migratorio; la segunda de 86 x 110mm. que quedar en poder del migrante que registra suingreso al Per.

    2. Estar numerada secuencialmente en dgitos arbi-gos, anteponindose, en caso de ser asumida la impresinpor una empresa transportadora, un cdigo hasta un mxi-mo de tres caracteres.

    3. El papel para la impresin no ser menor a 80 gra-mos en color blanco con caractersticas y diseos tipogrfi-cos en forma temporal, de color negro.

    4. La Tarjeta Andina de Migracin (TAM) tendr una dimen-sin de 236 milmetros de largo por 110 milmetros de ancho.

    En la parte superior llevar impreso DIRECCION GE-NERAL DE MIGRACIONES Y NATURALIZACION, debajode la cual y en forma escalonada la frase TARJETA ANDI-NA DE MIGRACIN / ANDEAN INMIGRATION CARDRESOLUCION 527-CAN y debajo de ella el logotipo delAcuerdo de Cartagena. En la parte superior izquierda elEscudo Nacional del Per y debajo de ella la palabra PER.En la parte lateral superior derecha el Nmero secuencialde Tarjeta precedido por las siglas internacionales estable-cidas en la forma que aparece en el grfico que se anexa.

    En la parte inferior desglosable figurar el mismo diagra-ma y caractersticas sealadas para la parte superior de laTAM y en la parte inferior izquierda habr un espacio desti-nado para la impresin del SELLO DE ENTRADA y a laderecha otro para el SELLO DE SALIDA.

    5.- La Tarjeta Andina de Migracin adems de las ca-ractersticas sustantivas precedentes, contendr la siguienteinformacin.

    En la parte superior desglosable 236x110 mm. se soli-cita la informacin relativa a la identificacin del migranteque entra o sale del territorio nacional el mismo que per-manecer en poder de la autoridad de migracin que ejer-ce el control:

  • Pg. 218326 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 20021. APELLIDO (S)2. NOMBRES3. PAS DE NACIMIENTO4. NACIONALIDAD5. PAS DE RESIDENCIA6. PAS DE PROCEDENCIA7. TIPO DE DOCUMENTO:

    - PASAPORTE- CDULA o DOCUMENTO NACIONAL DE

    IDENTIDAD- SALVOCONDUCTO- OTROS

    8. NMERO DE DOCUMENTO9. FECHA DE NACIMIENTO10. SEXO11. ESTADO CIVIL12. OCUPACIN O PROFESIN13. TIPO DE ALOJAMIENTO

    - PARTICULAR- HOTEL- HOSTAL

    14. MEDIO DE TRANSPORTE:- AREO- TERRESTRE- MARTIMO- FLUVIAL

    15. COMPAA DE TRANSPORTE UTLIZADO16. MOTIVO PRINCIPAL DE VIAJE

    - VACACIONES/RECREACIN /OCIO- VISITAS A FAMILIARES Y AMIGOS- NEGOCIOS Y MOTIVOS PROFESIONALES- TRATAMIENTO DE SALUD- TRABAJO- OTROS

    17. INFORMACIN PARA USO OFICIAL- PERUANO- OFICIAL/DIPLOMTICO- TRIPULANTETIPO DE VISA- TEMPORAL- RESIDENTE

    En la parte inferior se solicita una sntesis de la informa-cin personal del migrante el mismo que permanecer enpoder del viajero:

    1. APELLIDO (S)2. NOMBRES3. FECHA DE NACIMIENTO4. NACIONALIDAD5. TIPO DE DOCUMENTO

    - PASAPORTE- CDULA o DOCUMENTO NACIONAL DE

    IDENTIDAD- SALVOCONDUCTO- OTROS

    6. N DOCUMENTO7. MONTO GASTADO DURANTE SU ESTADA US$

    En el reverso de la TAM, la parte inferior ser divididaen tres (3) columnas; en la primera se har referencia a laDecisin 397 que crea la TAM y la Resolucin 527 que lamodifica. Asimismo se agregar una nota instruyendo a losextranjeros de su permanencia y la entrega de la mismatarjeta a la autoridad migratoria.

    En la segunda y tercera columnas se habilitar las ano-taciones correspondientes para la prorroga de permanen-cia segn el modelo adjunto a la presente directiva.

    6.- La Tarjeta Andina de Migracin ser descrita en losidiomas castellano e ingls y ser impresa de acuerdo alformato que se anexa y que forma parte de la presentedirectiva.

    IV.- DISPOSICIONES ESPECFICAS:

    A.- La Direccin de Control Migratorio de la Direccin Ge-neral de Migraciones y Naturalizacin es la responsable de cum-plir y hacer cumplir las normas de la presente Directiva a lasdiferentes unidades orgnicas y rganos desconcentrados dela Direccin General de Migraciones y Naturalizacin. En basea coordinaciones y acuerdos formales conciliar procedimien-tos relativos a facilitar el control migratorio seguro, ejecutivo ycorts; con organismos del sector u otros sectores del Gobier-no Central; Ministerios de: Transportes, Comunicaciones, Vi-vienda y Construccin; Relaciones Exteriores; Industria y Turis-mo, Integracin y Negociaciones Comerciales Internacionales;Polica Nacional del Per.

    B.- La Tarjeta Andina de Migracin, ser impresa obligato-riamente por la empresa o compaa de transporte internacio-

    nal que opere en el Per, previa coordinacin con la Direccinde Control Migratorio de la Direccin General de Migraciones yNaturalizacin del Ministerio del Interior; y el Director de la Di-reccin General de Migraciones cuando lo requiera.

    La impresin conlleva la obligacin ineludible de cum-plir con el contenido y formato establecido; bajo responsa-bilidad.

    La Direccin General de Migraciones y Naturalizacinasumir la confeccin de la Tarjeta Andina de Migracin(TAM) utilizando como cdigo las siglas PE y ser propor-cionada en forma gratuita a aquellas personas que ingre-san o salen del pas en forma particular, utilizando sus pro-pios medios.

    C.- La Direccin de Control Migratorio de la Direccin Ge-neral de Migraciones y Naturalizacin del Ministerio del Inte-rior, asignar a cada empresa o compaa de transportes uncdigo de identificacin, cuando sta no cuente con uno. Di-cho cdigo estar conformado por dos (2) o tres (3) letras deacuerdo a la codificacin de la compaa de transportes.

    D.- En cada operacin de transporte Internacional depasajeros, antes de entrar o salir del pas, la tripulacin opersonal encargado distribuir la Tarjeta Andina de Migra-cin a cada uno de los pasajeros, para llenar la informacinsolicitada en la TAM.

    E.- La autoridad de migraciones, sellar la Tarjeta Andi-na de Migracin en el espacio correspondiente, entregan-do al pasajero la parte desglosable que lo corresponda,quedando en su poder el resto del formato original, de don-de ingresarn los datos en el sistema interconectado de laDireccin General de Migraciones y Naturalizacin.

    V.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:

    A.- El uso de la Tarjeta Andina de Migracin (TAM) no ex-cluye la presentacin del pasaporte, documento nacional deIdentidad o visa previstos en las normas positivas nacionaleso comunitarias, y convenios bilaterales vigentes.

    B.- La Tarjeta Andina de Migracin (TAM) sustituye a lasanteriores tarjetas de control migratorio y estadstico, utili-zadas en los procedimientos de control migratorio de laDIGEMIN.

    C.- La DIGEMIN a travs de la Unidad de Informticaadecuar el software del Sistema Informtico para el pro-cesamiento de la informacin correspondiente; por lo queproceder a la modernizacin del equipamiento informti-co a fin de simplificar los procedimientos y/o tiempos deespera de entrada y salida del pas para garantizar el con-trol migratorio de los ciudadanos de los pases miembrosde la CAN.

    VI.- DISPOSICION FINAL:

    La Direccin de Control Migratorio y la Unidad Adminis-trativa de la DIGEMIN, dispondrn las acciones pertinentesa efectos de impartir la Instruccin y capacitacin necesa-ria al personal que ejerce la funcin de control migratorio,as como de dotar en el ms breve plazo de los formatos dela TAM, para la inmediata ejecucin de los acuerdos regio-nales sobre la materia y el uso de dicho documento.

    Lima, 21 de febrero de 2002

    RAFAEL GARCA MELGARDirector General de Migracionesy Naturalizacin

    3880

    JUSTICIA

    Designan Procuradora Pblica AdjuntaAd Hoc para que asuma defensa del Es-tado en acciones que correspondan alsometimiento a Rgimen de Interven-cin de los Bancos Nuevo Mundo y NBKBank

    RESOLUCIN SUPREMAN 053-2002-JUS

    Lima, 26 de febrero de 2002

    Visto, el Oficio N 3255-2002, de fecha 11 de febrero de2002, de la Superintendente de Banca y Seguros;

  • Pg. 218327NORMAS LEGALESLima, mircoles 27 de febrero de 2002CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 258-2001-JUS, de fecha 25 de junio de 2001, se design a la doc-tora Mercedes Carlina Vlez Guevara como Procurado-ra Adjunta Ad Hoc para que asuma la representacin ydefensa de los derechos e intereses del Estado, en lasacciones legales que correspondan al sometimiento aRgimen de Intervencin de los Bancos Nuevo Mundo yNBK Bank;

    Que, mediante oficio de visto se comunica que la citadaprofesional ha formulado renuncia al cargo que vena des-empeando; asimismo, se solicita la designacin de la doc-tora Ana Mara Caldern Boy en el referido cargo, por loque resulta necesario expedir la correspondiente resolu-cin administrativa;

    De conformidad con lo dispuesto en el Artculo 47de la Constitucin Poltica del Per, en la Ley N 27594,en los Decretos Leyes Ns. 17537 y 25993, y en elReglamento para la Designacin de Procuradores P-blicos, aprobado por Decreto Supremo N 002-2001-JUS; y,

    Estando a lo acordado;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renunciaformulada por la doctora MERCEDES CARLINA VLEZGUEVARA, como Procuradora Pblica Adjunta Ad Hoc, aque se refiere la Resolucin Suprema N 258-2001-JUS,dndosele las gracias por los servicios prestados.

    Artculo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la doctoraANA MARA CALDERN BOY, como Procuradora PblicaAdjunta Ad Hoc, para que asuma la representacin y de-fensa de los derechos e intereses del Estado, en las accio-nes legales a que se refiere la parte considerativa.

    Artculo 3.- La presente Resolucin Suprema ser re-frendada por el Ministro de Justicia.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    Rbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la Repblica

    FERNANDO OLIVERA VEGAMinistro de Justicia

    4032

    PESQUERA

    Relacin de embarcaciones de mayorescala con permiso de pesca para ex-traccin del recurso anchoveta, selec-cionadas para participar en el Crucero"Evaluacin Hidroacstica de RecursosPelgicos"

    RESOLUCIN DIRECTORALN 062-2002-PE/DNEPP

    Lima, 26 de febrero del 2002

    CONSIDERANDO:

    Que mediante Resolucin Ministerial N 070-2002-PE del 15 de febrero del 2002, se autoriz al Institutodel Mar del Per - IMARPE la ejecucin del Crucero0202-03 Evaluacin Hidroacstica de Recursos Pel-gicos a desarrollarse a lo largo del litoral peruano apartir del 20 de febrero del 2002 y por un perodo detreinta (30) das, a bordo del BIC Jos Olaya Balandra,BIC SNP-2 y la L/P IMARPE VI, y con la participacinde cuatro (4) embarcaciones pesqueras de mayor es-cala con permiso de pesca para la extraccin del recur-so anchoveta debidamente equipadas;

    Que en el Artculo 2 de la precitada resolucin, se en-carg al IMARPE la seleccin de las embarcaciones pes-queras que participarn en la ejecucin del Crucero 0202-03, debiendo comunicar a la Direccin Nacional de Extrac-cin y Procesamiento Pesquero del Ministerio de Pesque-ra la relacin de embarcaciones seleccionadas; a fin deautorizar mediante Resolucin Directoral las operacionesde pesca correspondiente, conforme lo seala el Artculo3 de la citada resolucin;

    Que el IMARPE mediante Oficio N DE-100-050-2002-PE/IMP del 22 de febrero del 2002, alcanz la re-lacin de embarcaciones pesqueras que fueron selec-cionadas segn zona de operacin mediante sorteo rea-lizado en fecha 21 de febrero del presente ao, para

    participar conjuntamente con el BIC Jos Olaya Balan-dra, BIC SNP-2 y la L/P IMARPE VI en la ejecucin delCrucero 0202-03, y cuya actividad extractiva se efec-tuar con fines de investigacin en el rea martimacomprendida desde Puerto Pizarro (Tumbes) hasta Mo-rro Sama (Tacna) conforme al Plan de Operacin dise-ado para este fin por dicha Institucin;

    De conformidad con las disposiciones contenidas en laLey General de Pesca, Decreto Ley N 25977, su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE yla Resolucin Ministerial N 070-2002-PE;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Publicar la relacin de embarcacionespesqueras de mayor escala con permiso de pesca parala extraccin del recurso anchoveta que se encuentranseleccionadas para participar en el Crucero 0202-03 Eva-luacin Hidroacstica de Recursos Pelgicos a ser eje-cutado por el Instituto del Mar del Per - IMARPE confor-me al Plan de Operacin diseado para su ejecucin, elmismo que en Anexo I forma parte integrante de la pre-sente Resolucin.

    Artculo 2.- Las embarcaciones pesqueras selec-cionadas para la ejecucin del Crucero 0202-03, se en-cuentran autorizadas a desarrollar operaciones de pes-ca segn zonas, tal como se indica en el Anexo I de lapresente resolucin y durante el perodo comprendidoentre el 23 de febrero y 12 de marzo del 2002, debiendoasimismo dar cumplimiento a las directivas que dicte elIMARPE.

    Artculo 3.- Publicar como Anexo II la relacin deembarcaciones pesqueras de mayor escala con permi-so de pesca para la extraccin de anchoveta, que fue-ron seleccionadas en calidad de suplentes para partici-par en el Crucero 0202-03, las cuales slo podrn ope-rar en la zona designada siempre que las embarcacio-nes pesqueras autorizadas no puedan operar por difi-cultades tcnicas.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JAIME LUIS HERBOZO FERNNDEZDirector Nacional de Extraccin yProcesamiento Pesquero

    Anexo I

    RELACIN DE EMBARCACIONES PESQUERAS SELECCIONADAS PARA PARTICIPAREN EL CRUCERO 0202-03

    N EMBARCACIN MATRCULA CAP. BOD. ZONA TAMAO DE ARMADOR PESQUERA m3 MALLA PESQUERO

    1 BAMAR II CE-16661-PM 607.54 I PESQUERA HAYDUK S.A.

    2 OLMOS II CE-10850-PM 444.46 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    3 SIPAN CE-11080-PM 442.52 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    4 MICHELA CO-16853-PM 301.60 V PESQUERA DIAMANTE S.A.

  • Pg. 218328 NORMAS LEGALES Lima, mircoles 27 de febrero de 2002Anexo II

    RELACIN DE EMBARCACIONES PESQUERAS SELECCIONADAS EN CALIDAD DE SUPLENTESPARA PARTICIPAR EN EL CRUCERO 0202-03

    N EMBARCACIN MATRCULA CAP. BOD. ZONA TAMAO DE ARMADOR PESQUERA m3 MALLA PESQUERO

    1 SALKANTAY HO-10722-PM 420.00 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    2 TALARA 6 CE-2477-PM 341.00 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    3 GUILLERMO CO-17299-PM 473.13 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    4 DON ABRAHAM CO-15233-PM 868.27 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    5 DOA BEILA CO-12974-PM 427.39 II a IV GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A.

    6 RAFAELLA CO-19014-PM 309.15 V PESQUERA DIAMANTE S.A.

    ZONA : I = Paita a PimentelII a IV = Pimentel a CallaoV = Callao a Pisco

    3980

    tividad extractiva que efecten tales embarcaciones sercon fines de investigacin en el rea martima comprendi-da entre los puertos de Paita, Chicama, Chimbote, Huacho,Callao y Pisco, actividad que se encuentra enmarcada enla actividad del Monitoreo Cientfico de Recursos Pelgicosde competencia y funcin del IMARPE;

    De conformidad con las disposiciones contenidas en laLey General de Pesca, Decreto Ley N 25977, su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE yla Resolucin Ministerial N 070-2002-PE;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Publicar la relacin de embarcaciones pes-queras de mayor escala con permiso de pesca para la ex-traccin del recurso anchoveta que se encuentran selec-cionadas para participar en la Operacin Eureka LVI, a serejecutado por el Instituto del Mar del Per IMARPE con-forme al Plan de Operacin diseado para su ejecucin, elmismo que en Anexo I forma parte integrante de la presen-te Resolucin.

    Artculo 2.- Las embarcaciones pesqueras seleccio-nadas para la ejecucin de la Operacin Eureka LVI, seencuentran autorizadas a desarrollar operaciones de pes-ca segn perfiles de operacin, tal como se indica en elAnexo I de la presente resolucin y durante el perodo com-prendido entre el 28 de febrero y 2 de marzo del 2002, de-biendo asimismo dar cumplimiento a las directivas que dic-te el IMARPE.

    Artculo 3.- Publicar como Anexo II la relacin de em-barcaciones pesqueras de mayor escala con permiso depesca para la extraccin de anchoveta, que fueron selec-cionadas en calidad de suplentes para participar en la Ope-racin Eureka LVI, las cuales slo podrn operar en el perfildesignado siempre que las embarcaciones pesqueras au-torizadas no puedan operar por dificultades tcnicas.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JAIME LUIS HERBOZO FERNNDEZDirector Nacional de Extraccin yProcesamiento Pesquero

    Relacin de embarcaciones de mayorescala con permiso de pesca para la ex-traccin de anchoveta seleccionadaspara participar en la Operacin EurekaLVI

    RESOLUCIN DIRECTORALN 063-2002-PE/DNEPP

    Lima, 26 de febrero del 2002

    CONSIDERANDO:

    Que mediante Resolucin Ministerial N 070-2002-PEdel 15 de febrero del 2002, se autoriz al Instituto del Mardel Per IMARPE la ejecucin de la Operacin EurekaLVI a desarrollarse a lo largo del litoral peruano desde el 28de febrero al 2 de marzo del 2002, y con la participacin detreinta y siete (37) embarcaciones pesqueras de mayor es-cala con permiso de pesca para la extraccin del recursoanchoveta debidamente equipadas;

    Que en el Artculo 2 de la precitada resolucin, se en-carg al IMA