norma oficial mexicana proteccion civil veracruz

21
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SEGOB-2011, SEÑALES Y AVISOS PARA PROTECCION CIVIL.- COLORES, FORMAS Y SIMBOLOS A UTILIZAR PREFACIO La Secretaría de Gobernación a través del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, reunió a los sectores interesados para participar en la revisión quinquenal de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar, a fin de ratificar los criterios para normalizar su diseño y elaboración, con el propósito de eliminar prácticas discrecionales en su aplicación y para facilitar su comprensión. La experiencia indica que la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana, contribuye a mejorar las condiciones de seguridad en instalaciones y sitios en los que, conforme a leyes, reglamentos y normatividad aplicable en materia de prevención de riesgos, debe implementarse un sistema de señalización sobre protección civil, en beneficio de la población que concurre o labora en ellos. Partiendo de la premisa de que esta regulación no genere obligaciones adicionales a los sujetos de su aplicación, se respeta el contenido de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002, Señales y avisos para protección civil.- Colores, formas y símbolos a utilizar. Así, de las señales actuales se modifican nueve, dos informativas, cinco informativas de emergencia, una de precaución y una de prohibición; y se adicionan cuatro, una informativa y tres de obligación, cuya implementación no representa costos extraordinarios. Por otra parte, se preserva el espíritu de que la presente Norma Oficial Mexicana sea congruente en sus contenidos, con los de la NOM-026-STPS-2008, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y se reitera que la implementación de las señales a utilizarse durante desastres, queda a cargo de las autoridades, dependencias y organismos que, conforme a la naturaleza de sus actividades, participen en su atención. Por último, se respeta la continuidad de que la evaluación de la conformidad de esta Norma, esté a cargo de la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General de Protección Civil. En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron representantes de las dependencias, organismos, instituciones y empresas que a continuación se indican: - Secretaría de Gobernación - Secretaría del Trabajo y Previsión Social - Secretaría de Educación Pública - Secretaría de Comunicaciones y Transportes - Secretaría de Turismo - Secretaría de Salud - Comisión Federal de Electricidad - Petróleos Mexicanos - Instituto Mexicano del Seguro Social - Universidad Nacional Autónoma de México

Upload: j-uriel-maz-san

Post on 11-Nov-2015

221 views

Category:

Documents


3 download

DESCRIPTION

normativa para la acreditacion de proteccion civil dentro de un inmueble, lineamientos, etc.

TRANSCRIPT

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-003-SEGOB-2011, SEALES Y AVISOS PARAPROTECCION CIVIL.-COLORES, FORMAS Y SIMBOLOS A UTILIZARPREFACIOLa Secretara de Gobernacin a travs del Comit Consultivo Nacional de Normalizacin sobre ProteccinCivil y Prevencin de Desastres, reuni a los sectores interesados para participar en la revisin quinquenal dela Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002, Seales y avisos para proteccin civil.- Colores, formas ysmbolos a utilizar, a fin de ratificar los criterios para normalizar su diseo y elaboracin, con el propsito deeliminar prcticas discrecionales en su aplicacin y para facilitar su comprensin.La experiencia indica que la correcta aplicacin de esta Norma Oficial Mexicana, contribuye a mejorar lascondiciones de seguridad en instalaciones y sitios en los que, conforme a leyes, reglamentos y normatividadaplicable en materia de prevencin de riesgos, debe implementarse un sistema de sealizacin sobreproteccin civil, en beneficio de la poblacin que concurre o labora en ellos.Partiendo de la premisa de que esta regulacin no genere obligaciones adicionales a los sujetos de suaplicacin, se respeta el contenido de la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002, Seales y avisospara proteccin civil.- Colores, formas y smbolos a utilizar. As, de las seales actuales se modifican nueve,dos informativas, cinco informativas de emergencia, una de precaucin y una de prohibicin; y se adicionancuatro, una informativa y tres de obligacin, cuya implementacin no representa costos extraordinarios.Por otra parte, se preserva el espritu de que la presente Norma Oficial Mexicana sea congruente en suscontenidos, con los de la NOM-026-STPS-2008, Colores y seales de seguridad e higiene, e identificacinderiesgos por fluidos conducidos en tuberas, emitida por la Secretara del Trabajo yPrevisin Social;y sereitera que la implementacin de las seales a utilizarse durante desastres, queda a cargo de las autoridades,dependencias y organismos que, conforme a la naturaleza de sus actividades, participen en su atencin.Por ltimo, se respeta la continuidad de que la evaluacin de la conformidad de esta Norma, est a cargode la Secretara de Gobernacin a travs de la Direccin General de Proteccin Civil.En la elaboracin de la presente Norma Oficial Mexicana, participaron representantes de lasdependencias, organismos, instituciones y empresas que a continuacin se indican:-Secretara de Gobernacin-Secretara del Trabajo y Previsin Social-Secretara de Educacin Pblica-Secretara de Comunicaciones y Transportes-Secretara de Turismo-Secretara de Salud-Comisin Federal de Electricidad-Petrleos Mexicanos-Instituto Mexicano del Seguro Social-Universidad Nacional Autnoma de Mxico-Instituto Politcnico Nacional-Instituto Nacional de Antropologa e Historia-Direccin General de Proteccin Civil del Gobierno del Estado de Mxico-Cruz Roja Mexicana-Asociacin Nacional de Antiguos Scouts de Mxico, A.C.-Consultores Asociados, A.C.-Instituto Mexicano de Investigacin, Seguridad, Ecologa y Proteccin Civil, A.C.-Metra / Mtx Sistemas de Sealizacin S.A. de C.V.-Grupo Bretn y Asociados/Asociacin de Empresarios de Iztapalapa A.C.-Extin Flam, S.A. de C.V.INDICEINTRODUCCION1OBJETIVO2CAMPO DE APLICACION3REFERENCIAS4DEFINICIONES5CLASIFICACION6ESPECIFICACIONES7BIBLIOGRAFIA8CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALES9VIGILANCIA10PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LA CONFORMIDADTRANSITORIOSINTRODUCCIONEl objetivo del Sistema Nacional de Proteccin Civil es el de proteger a la persona y a la sociedadante la eventualidad de una emergencia o un desastre, provocado por agentes perturbadores deorigen natural o humano, a travs de acciones que reduzcan o eliminen la prdida de vidas humanas,la afectacin de la planta productiva, la destruccin de bienes materiales, el dao a la naturaleza y lainterrupcin de las funciones esenciales de la sociedad.Una de estas acciones es la implementacin de seales y avisos sobre proteccin civil, que permitana la poblacin identificar y advertir reas o condiciones que representen riesgo para su salud eintegridad fsica, as como ubicar equipos para la respuesta a emergencias, e instalaciones oservicios de atencin a la poblacin en caso de desastre.Para lograr lo anterior, es necesario normalizar las caractersticas de las seales y avisos que seaplican en el mbito de la proteccin civil, con el fin de que cumplan correctamente con la funcinpara la cual fueron creadas y de que la poblacin las identifique y comprenda.La presente norma complementa a la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-2008, Colores yseales de seguridad e higiene, e identificacin de riesgos por fluidos conducidos en tuberas,emitida por la Secretara del Trabajo y Previsin Social, en lo referente a las seales sobreproteccin civil no previstas en sta.1.OBJETIVOEspecificar y homologar las seales y avisos que en materia de proteccin civil, permitan a lapoblacin identificar y comprender los mensajes de informacin, precaucin, prohibiciny obligacin.2.CAMPO DE APLICACIONEsta Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los inmuebles,establecimientos y espacios de los sectores pblico, social y privado, en los que, conforme a leyes,reglamentos y normatividad aplicables en materia de prevencin de riesgos, deba implementarse unsistema de sealizacin sobre proteccin civil.3.REFERENCIASPara mejor interpretacin de la presente norma en cuanto a seales de seguridad e higiene nocontenidas en sta, debe consultarse la Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-2008, Colores yseales de seguridad e higiene, e identificacin de riesgos por fluidos conducidos en tuberas.4.DEFINICIONESPara efectos de esta norma se entiende por:4.1Agente Destructivo.- Fenmeno de carcter geolgico, hidrometeorolgico, qumico-tecnolgico, sanitario-ecolgico y socio-organizativo que puede producir riesgo, emergencia odesastre. Tambin se les denomina fenmenos perturbadores.4.2Autoridad.- Direccin General de Proteccin Civil de la Secretara de Gobernacin.4.3Aviso.- Combinacin de una frase, un color de seguridad y uno de contraste en un rectngulopara apoyar la comprensin del mensaje de una seal de proteccin civil.4.4Centro de Acopio.- Lugar en donde se reciben, clasifican, seleccionan, empacan y asignandonativos en especie para su distribucin.4.5Centro de Distribucin.- Lugar de donde parte la ayuda en especie para la poblacindamnificada.4.6Centro de Localizacin.- Lugar donde se recibe y proporciona informacin acerca de personasextraviadas en una emergencia o desaparecidas durante un desastre.4.7Centro de Triage.- Espacio asignado en el sitio de una emergencia, donde se reciben yclasifican a las vctimas de acuerdo a sus lesiones y probabilidades de sobrevivencia.4.8Cinta Delimitadora.- Banda de uso exclusivo para el acordonamiento de zonas de accesorestringido por la presencia de un riesgo o emergencia.4.9Color de Contraste.- Aquel que se utiliza para resaltar el color de seguridad.4.10Color de Seguridad.- Color de uso especial y restringido, cuya finalidad es indicar la presenciade peligro, proporcionar informacin, o bien, prohibir o indicar una accina seguir.4.11Desastre.- Estado en el que la poblacin de una o ms entidades federativas, sufre severosdaos por el impacto de una calamidad devastadora, sea de origen natural o antropognico,enfrentando la prdida de sus miembros, infraestructura o entorno, de tal manera que laestructura social se desajusta y se impide el cumplimiento de las actividades esenciales de lasociedad, afectando el funcionamiento de los sistemas de subsistencia.4.12Emergencia.- Situacin anormal que puede causar un dao a la sociedad y propiciar un riesgoexcesivo para la seguridad e integridad de la poblacin en general.4.13Evacuacin.- Medida precautoria a cargo de autoridades competentes para resguardar demanera temporal a la poblacin, ante la amenaza o presencia de un riesgo, emergenciaodesastre.4.14Evaluacin de la Conformidad.- Determinacin del grado de cumplimiento con laNormaOficial.4.15Ley.- Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.4.16Norma Oficial.- Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB-2011. Seales y Avisos paraProteccin Civil.- Colores, formas y smbolos a utilizar.4.17Prevencin.- Conjunto de acciones y mecanismos tendientes a reducir riesgos, as comoevitar o disminuir los efectos del impacto destructivo de los fenmenos perturbadoressobre lavida y bienes de la poblacin, la planta productiva, los servicios pblicos y elmedio ambiente.4.18Procedimiento para la Evaluacin de la Conformidad.- Metodologa establecida porlaSecretara para realizar la evaluacin de la conformidad con la Norma Oficial.4.19Proteccin Civil.- Conjunto de disposiciones, medidas y acciones destinadas a la prevencin,auxilio y recuperacin de la poblacin ante la eventualidad de un desastre.4.20Puesto de Mando.- Organo operativo integrado por las personas de mayor jerarqua omiembros autorizados por sus instituciones, para la toma de decisiones coordinadas en laatencin de una emergencia o un desastre.4.21Reglamento.- Reglamento de la Ley Federal sobre Metrologa y Normalizacin.4.22Refugio Temporal.- Lugar fsico habilitado para brindar alojamiento y resguardo a personasevacuadas y atender de manera temporal sus necesidades bsicas ante la amenaza uocurrencia de una emergencia o desastre.4.23Riesgo.- Probabilidad de que se produzca un dao, originado por un fenmeno perturbador.4.24Secretara.- Secretara de Gobernacin.4.25Seal de Proteccin Civil.- Conjunto de elementos en los que se combina una formageomtrica, un color de seguridad, un color de contraste y un smbolo, con el propsito de quela poblacin identifique los mensajes de informacin, precaucin, prohibicin y obligacin.4.26Smbolo.- Es un elemento grfico para proporcionar informacin de manera concisa.4.27Sistema Nacional de Proteccin Civil.- Es un conjunto orgnico y articulado de estructuras,relaciones funcionales, mtodos y procedimientos que establecen las dependencias yentidades del sector pblico entre s, con las organizaciones de los diversos gruposvoluntarios, sociales, privados y con las autoridades de los estados, el Distrito Federal ymunicipios, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la proteccin de la poblacincontra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre.4.28Verificacin o Verificar.- Constatacin ocular y comprobacin mediante muestreo, medicin,pruebas de laboratorio, o examen de documentos que se realizan para evaluar la conformidaden un momento determinado.4.29Vulnerabilidad.- Grado de susceptibilidad con la que un sistema afectable puede cambiar suestado normal a uno de desastre, por el impacto de un agente perturbador.4.30Zona de Menor Riesgo.-Sitio dentro de una instalacin, cuyas condiciones de seguridadpermiten a las personas refugiarse de manera provisional ante la amenaza u ocurrencia de unfenmeno perturbador.5.CLASIFICACIONLas seales de proteccin civil se clasifican de acuerdo al tipo de mensaje que proporcionan,conforme a lo siguiente:5.1Seales informativas.Son aquellas que facilitan a la poblacin, la identificacin de condiciones seguras.

NOTA (*):La flecha direccional podr omitirse cuando la seal se encuentre en la proximidaddel elemento sealizado.5.2Seales informativas de emergencia.Son las que indican a la poblacin la localizacin de equipos e instalaciones para su uso enuna emergencia.

NOTA (*).-En estas seales se permite opcionalmente: adicionar la silueta de una flamacontigua y la silueta de una flecha direccional, y en su caso omitir esta ltima cuandola seal se encuentre en la proximidad del elemento sealizado.5.3Seales informativas para emergencia o desastre.Son aquellas cuya implementacin est a cargo de las autoridades competentes en elmomento de una emergencia o desastre, que permiten a la poblacin localizar instalaciones yservicios dispuestos para su apoyo.

5.4Seales de precaucin.Son las que advierten a la poblacin sobre la existencia y naturaleza de un riesgo.b

5.5Seales prohibitivas o restrictivas.Son las que prohben y limitan una accin susceptible de provocar un riesgo.

5.6Seales de obligacin.Son las que imponen al observador,la ejecucin de una accin determinada, a partir del lugaren donde se encuentra la seal y en el momento de visualizarla.

6.ESPECIFICACIONES6.1Disposiciones generales.Las seales deben ser de fcil comprensin para el observador, y para que cumplan supropsito, se debe evitar su uso excesivo.Los smbolos que establece la presente norma oficial para las seales de proteccin civildeben cumplir con las caractersticas y contenido de imagen que especifica el punto 5Clasificacin, permitiendoen su caso utilizar el aviso que ah se indica.Los smbolos deben ser de trazo relleno para evitar confusiones en su diseo.Cuando las necesidades particulares del sitio o instalacin a sealizar lo ameriten, se permiteel uso de letreros luminosos, fotoluminiscentes o de caractersticas especficas, que permitanmejorar su visibilidad bajo condiciones adversas de iluminacin, adicionados en todo caso conel smbolo y en su caso aviso que corresponda, de los definidos en el punto 5 Clasificacin.6.2Disposicin de colores.Colores de seguridad.- Su aplicacin en las seales ser conforme a la tabla 1Tabla 1Colores de Seguridad y su significadoCOLOR DE SEGURIDADSIGNIFICADO

ROJOAltoProhibicinIdentifica equipo contra incendio

AMARILLOPrecaucinRiesgo

VERDECondicin SeguraPrimeros Auxilios

AZULObligacin

Colores de contraste.- Su aplicacin en las seales ser conforme a la tabla 2Tabla 2Asignacin de color de contraste, segn color de seguridadCOLOR DE SEGURIDADCOLOR DE CONTRASTE

ROJOBlanco

AMARILLONegro

Magenta

VERDEBlanco

AZULBlanco

NOTA.-En el caso de las seales fotoluminiscentes, se permite usar como color de contraste, elamarillo verdoso en lugar del blanco.Para las seales informativas, de precaucin y de obligacin, el color de seguridad debecubrir cuando menos el 50% de la superficie total de la seal aplicado en el fondo y el colordel smbolo debe ser el de contraste.Para las seales de prohibicin el color de fondo debe ser blanco, la banda transversal y labanda circular deben ser de color rojo de seguridad, el smbolo debe colocarse centrado en elfondo y no debe obstruir la barra transversal, el color rojo de seguridad debe cubrir por lomenos el 35% de la superficie total de la seal. El color del smbolo debe ser negro.6.3Formas geomtricas.- Su aplicacin en las seales ser conforme a la tabla 3.

6.4Ubicacin.Las seales se colocarn de acuerdo a un anlisis de las condiciones y caractersticas del sitio oinstalacin a sealizar, considerando lo siguiente:Las seales informativas se deben colocar en el lugar donde se necesiten, permitiendo que elobservador tenga tiempo suficiente para captar y comprender el mensaje.Las seales de precaucin se deben colocar donde exista un riesgo, para advertir de su presencia alobservador y le permita con tiempo suficiente captar y comprender el mensaje sin exponer su salud eintegridad fsica.Las seales prohibitivas o restrictivas se deben colocar en el punto donde exista la limitante, con elpropsito de evitar la ejecucin de un acto inseguro.Las seales de obligacin se deben colocar en el lugar donde sea exigible realizar la accin que lamisma seal indica.6.5Dimensin.6.5.1De las seales.La dimensin de las seales objeto de esta norma debe ser tal, que el rea superficial (S)y la distanciamxima de observacin (L) cumplan con la siguiente relacin:donde:Ses la superficie de la seal en metros cuadrados;Les la distancia mxima de observacin en metros;>es el smbolo algebraico de mayor o igual que.Nota:Para convertir el valor de la superficie de la seal a centmetros cuadrados,multiplquese el cociente por 10 000, o aplquese directamente la expresin algebraica:S5 x L2.Esta relacin slo se aplica para distancias (L) mayores de 5 metros. Para distancias(L) de 5 metros y menores, la superficie de las seales ser como mnimo de 125 cm2.La tabla 4 que a continuacin se muestra, proporciona ejemplos de dimensionamientoque cumplen con la frmula.Tabla 4Ejemplo de dimensiones mnimas de lasseales para proteccin civilDISTANCIA DEVISUALIZACION(L)( metros)SUPERFICIEMINIMA[SL2/ 2000](cm2)DIMENSION MINIMA SEGUN FORMA GEOMETRICA DE LA SEAL

CUADRADO(por lado)(cm)CIRCULO(dimetro)(cm)TRIANGULO(por lado)(cm)RECTANGULO(base 2 : altura 1)(cm)

BASEALTURA

5125,011,212,617,018.29,1

10500,022,425,234,036.618,3

151 125,033,537,851,054.827,4

202 000,044,750,568,073.036,5

253 125,055,963,185,091.245,6

304 500,067,175,7101,9109.654,8

356 125,078,388,3118,9127.863,9

408 000,089,4100,9135,9146.073,0

4510 125,0100,6113,5152,9164.482,2

5012 500,0111,8126,2169,9182.691,3

6.5.2De las caractersticas de los avisos.Los avisos que complementen las seales de proteccin civil constituyen slo unrefuerzo al mensaje que la seal proporciona, son de uso opcional, y en su caso debencumplir lo siguiente:a)Estar fuera de los lmites de la seal y situados en la parte de abajo;b)Utilizar las frases que la norma establece;c)Tener forma de rectngulo, cuya altura no debe ser mayor al 50% de la altura dela seal y su base no debe exceder al ancho de la misma, yd)Ser de los mismos colores de seguridad y de contraste que correspondaa laseal.Unicamente las seales de informacin se pueden complementar con avisos dentro desus lmites, debiendo cumplir con lo siguiente:a)Utilizar las frases que la norma establece;b)No deben dominar sobre los smbolos, para lo cual se limita la altura mxima dela frase a la tercera parte de la altura del smbolo;c)Ser de los mismos colores de seguridad y de contraste que corresponda a laseal, yd)Situarse en la parte inferior del smbolo y slo cuando el uso de la flechadireccional no lo permita, el aviso deber situarse en la parte superior delsmbolo.Para el aviso de proteccin civil de Cinta Delimitadora (Banda de Zona Restringida) seatender a lo dispuesto en el numeral 5.7 de la presente norma.6.6Iluminacin.En condiciones normales, en la superficie de la seal debe existir una intensidad deiluminacin de 50 luxes (50 lx) como mnimo.Las seales informativas de ruta de evacuacin, zona de resguardo, salida de emergencia yescalera de emergencia; as como las seales informativas de emergencia destinadas aubicarse en interiores, deben permitir ser observables bajo cualquier condicin.6.7Materiales.La naturaleza y calidad de los materiales para fabricar seales deben:a)Ser inofensivas para la salud y la integridad fsica de las personas;b)Garantizar la correcta apreciacin de la seal para el cumplimiento de su finalidad;c)Permitir su consistencia rgida, excepto para la banda de zona de riesgo, la cual debeser de material flexible y resistente, yd)Garantizar su mantenimiento preventivo y correctivo de color, forma y acabado inclusoen condiciones a la intemperie.7.BIBLIOGRAFIA7.1Aicher Otl y Krampen Martin, Sistemas de Signos en la Comunicacin visual, EditorialGustavo Gill,S.A., Primera Edicin, Barcelona, Espaa 1981.7.2Ass. Naz., Geologi Italiani, Italia 1983.7.3Building Research Establishment (BRE), Seales fotoluminiscentes y rutas de escape IP 17/89, Septiembre 1989.7.4DIN 67610: "Langnachleuchtende Leuchtpigmente", 1974.7.5Dreyfuss, Henry, Symbol Sourcebook, Editorial McGraw-Hill Company, USA 1972.7.6Gonzlez Torres Luis Ignacio, Factores Ergonmicos en el Diseo Grfico, Tomos II y III,Universidad Autnoma Metropolitana, Mxico 1996.7.7l'Institut National de Recherche et de Scurit, Signalisation de Scurit.(www.inrs.fr).7.8ISO 3864,"Safety colours and Safety signs", 1984.7.9ISO 6309, "Fire protection - Safety Signs", 1987.7.10ISO/7010,"Graphycal symbols - Safety colours and safety signs Safety signs used inworkplaces and public areas", 2003.7.11Manual de Psicologa de la Percepcin Visual.7.12Manuel de Sauvetage Deblaiement, France - Selection 1987.7.13McCormick Ernest J., Ergonoma, Factores Humanos en Ingeniera y Diseo, Gustavo Gill,S.A., Sptima Edicin, Espaa 1992.7.14National Fire protection Association, Fire Protection Handbook, USA 1976.7.15NFX 08-003, Couleurs et Signaux de Securit, Dic. 1994.7.16Ordine dei Geologi, Manuale di Protezione Civile, Lions International 1981.7.17Organizacin Mundial de la Salud / Organizacin Panamericana de la Salud, Proyecto SUMA.7.18School of Arquitecture, Safety in the Built Environmet, Edit.Jonathan D. Sime, London - NewYork 1988.7.19Secretara de Comunicaciones y Transportes, NOM-004-SCT-2000, Identificacin deUnidades destinadas al transportes de sustancias, materiales y residuos peligrosos,Mxico2000.7.20Secretara de Gobernacin, Bases para el establecimiento del Sistema Nacional deProteccin Civil, Mxico 1986.7.21Secretara de Gobernacin, NOM-003-SEGOB/2002,Seales y avisos para proteccin civil.-Colores, formas y smbolos a utilizar, Mxico 2003.7.22Secretara del Trabajo y Previsin Social, NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales,instalaciones y reas en los centros de trabajo-Condiciones de Seguridad, Mxico 2008.7.23Secretara del Trabajo y Previsin Social, NOM-002-STPS-2000, Condiciones de Seguridad,prevencin, proteccin y combate de incendios en los centros de trabajo, Mxico 2000.7.24Secretara del Trabajo y Previsin Social, NOM-018-STPS-2000, Sistema para laidentificacin y comunicacin de peligros y riesgos por sustancias qumicas peligrosas en loscentros de trabajo, Mxico 2000.8.CONCORDANCIA CON NORMAS INTERNACIONALESEsta norma oficial tiene concordancia total con el captulo 6 de la norma internacional ISO 6309referente al uso de colores; y en un 70% respecto al uso de smbolos y de formas geomtricas.Tambin concuerda en lo general con la norma internacional ISO 7010 en cuanto al uso de formasgeomtricas y colores; y en un 50% con las seales contenidas en ambas normas, cuya relacinaproximada es de 15 de 30.9.VIGILANCIALa Secretara de Gobernacin por conducto de la Direccin General de Proteccin Civil, es laautoridad competente para vigilar el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana, quien sereserva el derecho de autorizar terceros acreditados para realizar la evaluacin de la conformidad.10.PROCEDIMIENTO DE EVALUACION DE LA CONFORMIDAD10.1Disposiciones generales.a)El presente Procedimiento de Evaluacin de la Conformidad complementa el punto 9 dela norma oficial;b)La Evaluacin de la Conformidad de la norma oficial se har mediante su verificacin ensitios e instalaciones en los que conforme a leyes, reglamentos y normatividad vigenteque resulte aplicable, sea exigible un sistema de sealizacin sobreproteccin civil;c)La evaluacin de la conformidad se podr atender a peticin de parte o de oficio. Enambos casos, no debe existir relacin o subordinacin alguna entre las partesevaluadora y evaluada, a fin de no generar un conflicto de intereses. Cuando laevaluacin de la conformidad sea de oficio, se dar aviso previo al dueo oadministrador del sitio o instalacin a evaluar;d)La Evaluacin de la Conformidad de la norma oficial se debe realizar mediante unrecorrido por el sitio o instalacin que se evala, considerando los trminos de suscaptulos 5 y 6, as como los criterios que establece el punto 10.2, ye)El seguimiento de la Evaluacin de la Conformidad lo podr realizar en cualquiermomento la Autoridad.10.2Aspectos tcnicos a verificar.10.2.1Para evaluar la conformidad de los puntos 5.1; 5.2; 5.3; 5.4; 5.5; 5.6; 5.7 y 6.1 de lanorma oficial, se debe comprobar de manera fsica y visual que el color, forma,smbolo, dimensiones y en su caso aviso de las seales instaladas, cumplan con loque se establece para cada uno de estos aspectos.10.2.2Para evaluar la conformidad del punto 6.2, referente a disposicin de colores,sedebe comprobar de manera fsica y visual que los colores de seguridad y decontraste de las seales instaladas, estn conforme a los contenidos de las tablas 1y 2 de la norma oficial.10.2.3Para evaluar el punto 6.3, referente a la asignacin de formas geomtricas, se debecomprobar de manera fsica y visual, que la forma de las seales instaladas seasocie a su finalidad, como lo establece la tabla 3 de la norma oficial.10.2.4Para evaluar los puntos 6.4 y 6.6, referentes a la ubicacin e iluminacin de lasseales, se debe comprobar mediante inspeccin fsica y visual, que las sealesinstaladas no estn obstruidas, que sean fcilmente observables, y que de maneraoportuna permitan:-Ubicar equipos, instalaciones o servicios de emergencia.-Advertir la presencia de un riesgo.-Acatar una accin exigible.-Evitar la realizacin de acto inseguro.10.2.5Para el punto 6.5, referente a dimensin, se debe comprobar de manera fsica yvisual que el tamao de las seales instaladas les permita ser visibles desde sudistancia mxima de visualizacin; y que los avisos que en su caso se utilicen en lasseales, cumplan con lo dispuesto en el punto 6.5.2.TRANSITORIOSPRIMERO.-Con fundamento en el artculo 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrologa yNormalizacin, la presente Norma Oficial Mexicana entrar en vigor a los 90 dasnaturales posteriores a lafecha de su publicacin en el Diario Oficial de la Federacin.SEGUNDO.-Durante el plazo sealado en el artculo anterior, los sujetos de aplicacin de la presenteNorma Oficial, realizarn las adaptaciones necesarias a su sistema de sealizacin en materia de proteccincivil para observar las disposiciones de la misma.TERCERO.-Con la entrada en vigor de la presente Norma Oficial, se derogan la Norma Oficial MexicanaNOM-003-SEGOB/2002.- Seales y avisos para proteccin civil.- Colores, formas y smbolos a utilizar,publicada en el Diario Oficial de la Federacin el 17 de septiembre de 2003 y el Procedimiento de Evaluacinde la Conformidad para la Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002.- Seales y avisos para proteccincivil.- Colores, formas y smbolos a utilizar, publicado en el Diario Oficial de la Federacin el 5 de octubrede2004.Dado en la Ciudad de Mxico, Distrito Federal,a los veintinueve das del mes de noviembre de dos milonce.-La Directora General de Proteccin Civil y Presidenta del Comit Consultivo Nacional de Normalizacinsobre Proteccin Civil y Prevencin de Desastres,Ana Luca Hill Mayoral.- Rbrica.