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GSJ - 7360 Bogotá, D.C., Doctor, (NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL) (NOMBRE COMPAÑÍA DE SEGUROS Dirección Ciudad Asunto: Licitación Pública No. 003 de 2016
Contratación Seguro de Vida Grupo Deudores asociado a Créditos con Garantía Hipotecaria y a Contratos de Leasing Habitacional
Respetado (a) Doctor (a) Como es de su conocimiento, el Banco Caja Social declaró desierta la Licitación Pública 001-2016 al haberse configurado el supuesto previsto en el numeral 1.2.4.2. de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia, de lo cual se dio aviso mediante la página Web el pasado 28 de octubre. Por lo anterior, esta Entidad continúa interesada en recibir ofertas de las compañías de seguros legalmente constituidas para operar en Colombia, para la contratación de los seguros asociados a los créditos con garantía hipotecaria y a los contratos de leasing habitacional, razón por la cual, invita nuevamente a la compañía que Usted representa, para presentar postura relacionada con el seguro de Vida Grupo. El trámite en mención se realizará teniendo en cuenta las reglas contenidas en los Decretos 2555 de 2010 y 673 de 2014, la Circular Externa 029 de 2014 expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia y demás normas concordantes. En consecuencia, las compañías aseguradoras interesadas en participar en el proceso, deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes Requisitos de Admisibilidad: I. La Aseguradora proponente deberá ser una Aseguradora autorizada para explotar el ramo
de Vida Grupo y deberá acreditar su existencia y representación legal. Lo anterior mediante la presentación de los siguientes documentos:
a. Certificado de Existencia y Representación Legal de la Aseguradora, expedido por la
Superintendencia Financiera de Colombia, con no más de dos (2) meses de antelación a la fecha de cierre de la Invitación. En dicho certificado deberán constar los ramos que tiene autorizados la Aseguradora.
b. Certificado de Inscripción de Documentos expedido por la Cámara de Comercio del domicilio social, con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre de la Invitación.
II. La Aseguradora debe contar con una calificación de fortaleza financiera igual o superior a
“A” otorgada por una sociedad calificadora de riesgo vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Para la acreditación de este requisito, la Aseguradora deberá adjuntar el certificado de la firma calificadora.
De otra parte, la Aseguradora deberá acreditar y/o demostrar el cumplimiento de los siguientes Requisitos de Admisibilidad Adicionales: 1. Acreditar que el patrimonio técnico del año 2015 es suficiente para cumplir con el margen
de solvencia y el fondo de garantía exigido por la Superintendencia Financiera de Colombia. Es así como, dicho patrimonio técnico debe ser superior en un 10% al patrimonio adecuado. Dicha cifra deberá corresponder con la información que se encuentra publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia. Lo anterior se acreditará con el diligenciamiento del Anexo 1 de la presente Carta de Invitación.
2. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal y el actuario
de la Aseguradora, que las tarifas del ramo de vida que se presenten para el proceso de licitación, reúnen los Principios técnicos de Equidad y Suficiencia, y son el producto de la utilización de información estadística que cumpla con los Principios de Homogeneidad y Representatividad, de conformidad con lo establecido en los numerales 1.2.2.1 a 1.2.2.4 del Capítulo II del Título IV de la Parte II de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia.
3. Acreditar a través de certificación original suscrita por el revisor fiscal de la Aseguradora
que, con corte al 31 de diciembre de 2015, la entidad cuenta con un Índice Combinado inferior o igual al 110%.
4. Acreditar a través de certificación original suscrita por el revisor fiscal de la Aseguradora, que la entidad cuenta con un nivel de inversiones igual o superior al 100% frente al cálculo de las reservas técnicas con corte al 31 de diciembre de 2015 conforme al Anexo 2 de la presente Carta de Invitación. Dicha cifra deberá corresponder con la información del Balance de la Aseguradora.
5. Acreditar a través de certificación original suscrita por el revisor fiscal de la Aseguradora,
que al corte del 31 de diciembre de 2015 la entidad tuvo utilidades netas positivas. Dicha cifra deberá corresponder con la información publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia.
6. Acreditar, a través de certificación original suscrita por el representante legal de la
Aseguradora, la amplia trayectoria y experiencia en su actividad como compañía de seguros en Colombia, en especial en la explotación del ramo Vida Grupo y certificar que actualmente tiene programas de seguros similares al que es objeto de la presente
Invitación, con al menos un (1) establecimiento de crédito vigilado por la Superintendencia Financiera de Colombia que posea al 31 de diciembre de 2015 activos totales superiores a DIEZ BILLONES DE PESOS M/Cte. (10.000.000.000.000).
7. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal, que la
Aseguradora tiene oficinas y/o puntos de servicios, por lo menos, en las siguientes ciudades: Bogotá, Medellín, Cali, Pereira, Barranquilla, Bucaramanga, Neiva, Manizales, Villavicencio, Montería, Pasto y Pereira, las cuales cuenten con capacidad para recibir y dar trámite a las reclamaciones presentadas.
8. Acreditar a través de certificación original suscrita por representante legal, la existencia
de un modelo de atención, recepción de reclamaciones y pago de siniestros de tipo masivo en caso de catástrofe. El modelo debe contemplar políticas, normas, procedimientos puntos de contacto, indicadores de gestión, tiempos de respuesta de por lo menos cinco (5) días calendario para la adecuada atención, plan de continuidad y de contingencia.
9. Acreditar a través de certificación original suscrita por el represente legal, que la
Aseguradora cuenta con un canal de atención 24 horas, disponible a nivel nacional e internacional para orientar, recibir, canalizar y dar solución adecuada y en línea a los clientes del Banco. Este canal de atención podrá ser la red, un call center, Internet o un contáctenos.
10. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal, que la
Aseguradora cuenta con por lo menos un (1) reasegurador que respalde la operación, el cual debe estar inscrito en el Registro de Reaseguradores y Corredores del Exterior (REACOEX).
11. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal de la
Aseguradora, la existencia e idoneidad de una red médica (propia o no), en términos de calidad de los clientes que vaya a atender, así como el cumplimiento de la cobertura, como mínimo en las ciudades donde el Banco tenga presencia. Para lo anterior se incluye el Anexo 3.
12. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal, que la
Aseguradora cuenta con un modelo para la adecuada atención a los Clientes en el proceso de realización de exámenes médicos u otros, para la evaluación del riesgo, así como la respuesta del análisis del estado del riesgo asegurable. En caso de ser necesario, deberá incluirse el procedimiento que deberá surtirse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a aquel en que el Cliente se practique los exámenes médicos ordenados por la Aseguradora, y acogerse a lo previsto en el numeral 4.21. del Pliego1.
1 “4.21. Requisitos de Asegurabilidad Atendiendo los criterios de una adecuada evaluación del riesgo, es posible aceptar Requisitos de Asegurabilidad en función del saldo insoluto de la obligación y la edad del solicitante. Para la aplicación de estos Requisitos de Asegurabilidad, la Adjudicataria se acoge al proceso de crédito que tiene establecido el Banco, el cual consta en el modelo operativo que será entregado dentro de la información necesaria para la presentación de la Postura, y deberá, independientemente de los exámenes que requiera realizar, manifestar por escrito la aceptación o rechazo
13. Acreditar a través de certificación original suscrita por el representante legal, que la
Aseguradora cuenta con una relación de créditos con establecimientos bancarios colombianos y otras obligaciones financieras sobre Total Activo en donde el indicador sea menor o igual a 0,62%.
El Banco hará entrega del Pliego de Condiciones el día viernes 04 de noviembre de 2016 en la Carrera 7 No. 77–65 Piso 9 de Bogotá D.C., desde las 9:00am hasta las 4:00pm, en la Coordinación de Seguros y Contratación; previa entrega, ese mismo día, de los documentos a que refieren los numerales I y II: de la presente comunicación y la entrega del Acuerdo de Confidencialidad Anexo 4, debidamente suscrito por un representante legal de la Entidad que se encuentre inscrito en el certificado de existencia y representación legal de la aseguradora, expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Agradecemos su valiosa participación,
DIEGO FERNANDO PRIETO RIVERA Presidente
del seguro al Banco, a más tardar cinco (5) días hábiles después de que el cliente se practique los exámenes médicos ordenados. La aplicación de las extra primas se realizará de la siguiente forma:
a. Se acepta la aplicación de extra primas por salud, las cuales en ningún caso podrán superar el 100% del valor de la prima. En caso de que el riesgo se considere con una sobre mortalidad superior, no será asegurable y no tendrá cobertura.
b. La Aseguradora no aplicará extra primas de riesgo por ocupación o actividad. c. La prima se calculará para cada asegurado, atendiendo su género y edad.
La Adjudicataria aceptará acoger los procesos y tiempos definidos por el Banco para su proceso de otorgamiento de crédito.”
ANEXO 1
CÁLCULO DE LOS MÁRGENES DE SOLVENCIA Y FONDO DE GARANTÍAS, A DICIEMBRE 31 DE 2015, SEGÚN LOS PARÁMETROS ESTABLECIDOS POR LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA, TANTO EN
FUNCIÓN DE PRIMAS COMO DE SINIESTROS
PATRIMONIO TÉCNICO
MARGEN DE SOLVENCIA
(A DICIEMBRE DE 2015)
(EN MILLONES DE PESOS)
A. Capital Primario $_________________
B. Capital Secundario $_________________
C. Patrimonio Técnico (A.+B.) $_________________
D. Patrimonio Adecuado $_________________
E. Excedente de Patrimonio Técnico
en función del Patrimonio Adecuado (C.-D.) $_________________
____________________________________
NOMBRE /FIRMA REVISORÍA FISCAL
ANEXO 2
RELACIÓN
INVERSIONES / RESERVAS TÉCNICAS =>100%
CUENTA CUIF 13. Inversiones
CUENTA CUIF 26. Reservas Técnicas de Seguros y Capitalización
*CUIF Entidades Aseguradoras 2015: Superintendencia Financiera
ANEXO 3
RED DE OFICINAS DEL BANCO CAJA SOCIAL
OFICINA REGIONAL ZONA CIUDAD
Las Aguas Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Plaza de Bolívar Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Avenida 26 Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Ricaurte Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Decima con 16 Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Centro Internacional Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Carrera Decima Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Parque Nacional Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Tequendama Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Paloquemao Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Carrera Séptima Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Avenida Diecinueve Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
San Martín Bogotá Norte Bogotá Centro BOGOTÁ DC.
Chapinero Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Siete de Agosto Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Castellana Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Galerías Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Avenida Chile Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Antiguo Country Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Calle 53 Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Marly Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Chico Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Carrera 11 Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Alcázares Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Centro Andino Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Quinta Camacho Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Nogal Bogotá Norte Chapinero BOGOTÁ DC.
Plaza Quirigua Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Santa Helenita Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Niza Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Rincón de Suba Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Plaza Imperial Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
La Gaitana Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Av. Ciudad de Cali Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Centro Comercial Niza Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Puente Largo Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Las Ferias Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Quirigua Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Tabora Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Centro Suba Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Calle 80 Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Colina Campestre Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Portal de La 80 Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
Titán Bogotá Norte
Bogotá
Noroccidental BOGOTÁ DC.
San Cristobal Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Prado Veraniego Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Santa Bárbara Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Toberín Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Unicentro Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Contador Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Toberín Parque Industrial Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Cedritos Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Calle 100 Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Pepe Sierra Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Teleport Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Chía Bogotá Norte Bogotá Nororiental CHIA
Cajicá Bogotá Norte Bogotá Nororiental CAJICA
Santafé Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
CedroPoint Bogotá Norte Bogotá Nororiental BOGOTÁ DC.
Venecia Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Trinidad Galán Calle 3ª Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Tejar Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Ciudad Montes Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Primavera Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Santa Isabel Cll 2 Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Puente Aranda Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Zona Industrial Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Venecia Av. 68 Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Santa Isabel Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Pastranita Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Trinidad Galán Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Avenida Primero de
Mayo Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Plaza de las Américas Bogotá Sur
Bogotá Eje
Industrial BOGOTÁ DC.
Estrada Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Quinta Paredes Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Salitre Plaza 2 Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
La Soledad Park Way Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Calle 51 Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Pablo VI Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Modelia Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Centro Nariño Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Terminal de Transporte Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Metrópolis Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Avenida El Dorado Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Salitre Plaza 1 Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Alamos Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Hayuelos Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Centro Empresarial Calle
26 Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Can Bogotá Sur Bogotá Occidental BOGOTÁ DC.
Kennedy Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Bosa Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Bosa La Grande
(Extensión Bosa) Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Casablanca Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Fontibón Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Patio Bonito Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Facatativá Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental FACATATIVA
Soacha Autop Sur Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental SOACHA
Corabastos Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Kennedy Plaza Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Soacha Parque Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental SOACHA
Mercurio Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental SOACHA
Unisur (Ext. de Mercurio) Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental SOACHA
Bosa Centro Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Parque Fontibón Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Madrid Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental MADRID
Funza Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental Funza
Ciudad Verde Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental SOACHA
Mosquera Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental MOSQUERA
Bosa Porvenir Bogotá Sur
Bogotá
Suroccidental BOGOTÁ DC.
Villa Javier Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Veinte de Julio Cra 5 Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Centro Mayor Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
La Victoria Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Restrepo Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Quiroga Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Av. Caracas Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Tunjuelito Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
San Francisco Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Santa Librada Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Altavista Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Ciudad Tunal Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Restrepo Valvanera Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Veinte de Julio Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Ingles Bogotá Sur Bogotá Suroriental BOGOTÁ DC.
Barranquilla Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Alto Prado Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Metrocentro Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Principal Barranquilla Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Prado Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Calle 72 Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Soledad Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Boulevard 58 Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Calle 84 Norte Barranquilla BARRANQUILLA
Portal del Prado Norte Barranquilla BARRANQUILLA
La Matuna Norte Costa CARTAGENA
Cr 3a Santa Marta Norte Costa SANTA MARTA
San Andres Norte Costa SAN ANDRES
Santa Lucia Norte Costa CARTAGENA
Santa Marta Norte Costa SANTA MARTA
Ronda Real Norte Costa CARTAGENA
Cartagena Norte Costa CARTAGENA
Bocagrande Norte Costa CARTAGENA
Cerete Norte Costa CERETE
Valledupar Norte Costa VALLEDUPAR
Monteria Norte Costa MONTERIA
La Catedral Norte Eje Cafetero MANIZALES
Parque Caldas Norte Eje Cafetero MANIZALES
Chinchiná Norte Eje Cafetero CHINCHINA
Cll 19 Pereira Norte Eje Cafetero PEREIRA
Armenia Plaza Norte Eje Cafetero ARMENIA
Avenida 30 de Agosto Norte Eje Cafetero PEREIRA
La Virginia Norte Eje Cafetero LA VIRGINIA
Calle 21 Armenia Norte Eje Cafetero ARMENIA
Avenida Circunvalar Norte Eje Cafetero PEREIRA
Pereira Norte Eje Cafetero PEREIRA
Avenida Santander Norte Eje Cafetero MANIZALES
Manizales Parque Bolívar Norte Eje Cafetero MANIZALES
Cuba Norte Eje Cafetero PEREIRA
Parque Berrío Norte Antioquia Norte MEDELLIN
San Ignacio Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Avenida Oriental Norte Antioquia Norte MEDELLIN
América Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Castilla Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Bello Norte Antioquia Norte BELLO
Centro Coltejer Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Sucre (Ext. de Coltejer) Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Bello Parque Norte Antioquia Norte BELLO
Alpujarra Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Apartado Norte Antioquia Norte APARTADO
Manrique Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Los Sauces Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Florida Norte Antioquia Norte MEDELLIN
Puerta del Norte Norte Antioquia Norte BELLO
Envigado Norte Antioquia Sur ENVIGADO
Belén Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Rionegro Norte Antioquia Sur RIONEGRO
Itagüí Norte Antioquia Sur ITAGUI
Itagüí Cll 50 Norte Antioquia Sur ITAGUI
Carrera 70 Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Los Molinos Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Poblado Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Central Mayorista Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Envigado Cr 43 Norte Antioquia Sur ENVIGADO
Tesoro Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Unicentro Medellín Norte Antioquia Sur MEDELLIN
San Diego Norte Antioquia Sur MEDELLIN
Sabaneta Norte Antioquia Sur SABANETA
La Triada Norte Oriente BUCARAMANGA
Asturias Norte Oriente BUCARAMANGA
Cll. 7a Barrancabermeja Norte Oriente BARRANCABERMEJA
Ocaña Norte Oriente OCAÑA
Av. Cuarta Cúcuta Norte Oriente CUCUTA
Calle 52 Bucaramanga Norte Oriente BUCARAMANGA
Bucaramanga principal Norte Oriente BUCARAMANGA
Cabecera del llano Norte Oriente BUCARAMANGA
San Gil Norte Oriente SAN GIL
Barrancabermeja Norte Oriente BARRANCABERMEJA
Piedecuesta Norte Oriente BUCARAMANGA
Cañaveral Norte Oriente FLORIDABLANCA
Carrera 33 Norte Oriente BUCARAMANGA
Calle 10 Cúcuta Norte Oriente CUCUTA
Arauca Norte Oriente ARAUCA
Avenida Cero Norte Oriente CUCUTA
Unicentro Cúcuta Norte Oriente CUCUTA
Zipaquirá Sur Andina ZIPAQUIRA
Avenida 40 Sur Andina VILLAVICENCIO
Plazoleta Centauros
Villavicencio Sur Andina VILLAVICENCIO
Florencia Sur Andina FLORENCIA
Parque de la Villa
Sogamoso Sur Andina SOGAMOSO
Tunja Sur Andina TUNJA
Parque Libertadores
Duitama Sur Andina DUITAMA
Villavicencio Sur Andina VILLAVICENCIO
Yopal Sur Andina YOPAL
Granada Sur Andina GRANADA
Acacias Sur Andina ACACIAS
Sogamoso Sur Andina SOGAMOSO
Chiquinquirá Sur Andina CHIQUINQUIRA
Duitama Sur Andina DUITAMA
Avenida Norte Tunja Sur Andina TUNJA
Alfonso Lopez Sur Cali Norte CALI
Belalcázar Sur Cali Norte CALI
Buga Sur Cali Norte BUGA
Palmira Sur Cali Norte PALMIRA
Avenida Estación Sur Cali Norte CALI
Calle Novena Sur Cali Norte CALI
Cr 27 Palmira Sur Cali Norte PALMIRA
Chipichape Sur Cali Norte CALI
Cr 13 Buga Sur Cali Norte BUGA
Calima Sur Cali Norte CALI
Único Cali Sur Cali Norte CALI
La Ermita Sur Cali Sur CALI
Troncal Sur Cali Sur CALI
Roosevelt Sur Cali Sur CALI
La Luna Sur Cali Sur CALI
La Casona Sur Cali Sur CALI
Cll 11 Plaza Caicedo Sur Cali Sur CALI
Avenida Colombia Sur Cali Sur CALI
Floresta Sur Cali Sur CALI
Unicentro Cali Sur Cali Sur CALI
La Independencia Sur Cali Sur CALI
Cosmocentro Sur Cali Sur CALI
Espinal Sur Central ESPINAL
Calle 12 Sur Central IBAGUE
Girardot 2 Sur Central GIRARDOT
Neiva Sur Central NEIVA
Garzón Sur Central GARZON
Av Las Palmas
Fusagasugá Sur Central FUSAGASUGA
Cll 7 Neiva Sur Central NEIVA
Quirinal Sur Central NEIVA
Ibagué Sur Central IBAGUE
Avenida Quinta Sur Central IBAGUE
Cr 3 La Dorada Sur Central LA DORADA
Honda Sur Central HONDA
La Mesa Sur Central LA MESA
Melgar Sur Central MELGAR
Fusagasugá Sur Central FUSAGASUGA
Mariquita Sur Central MARIQUITA
El Jordán Sur Central IBAGUE
Cr 25 Pasto Sur Occidente PASTO
Popayán Sur Occidente POPAYAN
La Esmeralda (Ext. de
Popayán) Sur Occidente POPAYAN
Plaza Boyacá Tuluá Sur Occidente TULUA
Tuquerres Sur Occidente TUQUERRES
Buenaventura Sur Occidente BUENAVENTURA
Calle Sarmiento Tuluá Sur Occidente TULUA
Cartago Sur Occidente CARTAGO
Ipiales Sur Occidente IPIALES
Calle 20 Pasto Sur Occidente PASTO
Anexo 4
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD SUSCRITO ENTRE
BANCO CAJA SOCIAL S.A. Y ASEGURADORA PROPONENTE Entre los suscritos a saber, MYRIAM CRISTINA ACELAS GARCÍA, mujer, mayor de edad, vecina de Bogotá, D.C., identificada como aparece al pie de su firma, en su calidad de Representante Legal de BANCO CAJA SOCIAL S.A, establecimiento de crédito legalmente constituido, con personería jurídica reconocida mediante Resolución No. 7 del 14 de febrero de 1931, proferida por el Ministerio de Gobierno, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, D.C., todo lo cual consta en el certificado de personería jurídica y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera y quien para los efectos del presente acuerdo se denominará el BANCO y, por la otra, quien suscribe este documento, y se identifica al pie de su firma con su correspondiente número de cédula de ciudadanía, actuando en calidad de Representante Legal de LA ASEGURADORA PROPONENTE, quien para los efectos de este acuerdo se denominará, LA ASEGURADORA, hemos celebrado el presente acuerdo de confidencialidad, el cual se regirá por las cláusulas que a continuación se establecen: PRIMERA. Definiciones. Para los efectos de este acuerdo, las Partes acuerdan las siguientes definiciones:
1.1 “Información Confidencial” significa toda información, oral, escrita o en medio magnético o electrónico, relacionada, directa o indirectamente con planes de negocios y de desarrollo, información técnica y financiera, planes de productos y servicios, información de presupuestos, informes de mercadeo, análisis y proyecciones, especificaciones, proyecciones para el desarrollo de productos y servicios, información confidencial recibida de terceras partes, tarificación y precio de productos y servicios, diseños, dibujos, software, datos, secretos industriales, componentes de propiedad intelectual, know how y otras informaciones de negocios o técnica, información sobre el recurso humano, contenida en manuales de operación, o cualquier otro medio, y toda aquella información distinguida como “Confidencial”, en conjunto con cualquier otra información que, en el curso normal de los negocios sería considerada como confidencial.
1.2 “Secretos Industriales” significa: a) La información con potencial o que directamente pueda obtenerse un beneficio económico derivado de la condición de no ser pública y generalmente conocida, y de no poder ser obtenible por terceros que podrían derivar un beneficio económico por su revelación y/o uso; y (b) La información lograda bajo las negociaciones y que bajo condiciones comerciales razonables adopten el carácter de confidencial.
1.3 “Medios de Información” cualquier tipo de encuesta, búsqueda, investigación, dato,
informe, base de datos, manual, contrato, Convenio, instrucción, memorando interno, propuesta comercial, balance, estado financiero, comunicación interna o externa, o cualquier tipo de reseña, dictamen contenido en un medio físico o electrónico, papel, disquetes, disco duro, en cintas, entre otros, y en general, cualquier elemento que
contenga información sobre EL BANCO, sus actividades, sus clientes o las actividades desarrolladas por estos.
1.4 “Manipulación” la operación, manejo o maniobra tendiente a utilizar la información. La
manipulación no permitida incluye no sólo la reproducción (copia, fotocopia, grabado, etc.) de la mencionada información, sino también la comunicación hablada o escrita de la misma a terceros ajenos a EL BANCO, o cualquier forma de revelación de la Información Privilegiada.
SEGUNDA. LA ASEGURADORA reconoce y acepta que la información relativa a EL BANCO, bien sea de índole jurídico, comercial, financiero, administrativo, operativo o tecnológico, a la que LA ASEGURADORA tenga acceso, es información que pertenece en su totalidad, tanto en su forma como en su contenido a EL BANCO. TERCERA. LA ASEGURADORA reconoce y acepta que la información relativa a los clientes de EL BANCO, contenida en la base de datos, a la que tenga acceso, es de propiedad de EL BANCO y no podrá ser revelada, o ser utilizada por ningún medio, salvo para efectos de la propuesta que será presentada por LA ASEGURADORA a EL BANCO, en caso de tener lugar, o de autorización expresa y escrita emitida por EL BANCO. CUARTA. LA ASEGURADORA conoce y acepta que el acceso y manipulación de la información relativa a EL BANCO o a los clientes de EL BANCO, sólo le serán permitidos para la presentación de la propuesta que ésta realice dentro del proceso de SELECCIÓN DE COMPAÑÍA DE SEGUROS PARA VIDA GRUPO DEUDORES ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS Y CONTRATOS DE LEASING HABITACIONAL 2016, pero nunca para ser revelada, o que se utilice de manera personal o para beneficio de terceros, con o sin fines de lucro, no autorizados previamente y por escrito por parte de EL BANCO según corresponda. QUINTA. LA ASEGURADORA designará a los funcionarios que tendrán acceso a la información, tanto en el campo técnico como en el comercial y de manejo de la información. LA ASEGURADORA manifiesta que los funcionarios designados han firmado con LA ASEGURADORA un convenio de confidencialidad por medio del cual se comprometen a manejar de manera ética, profesional, prudente y diligente la información de sus clientes. SEXTA. LA ASEGURADORA no seleccionada devolverá la totalidad de la información entregada por parte de EL BANCO, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del presente acuerdo y entregará una certificación escrita del borrado de la misma en sus bases de datos. SÉPTIMA. EL BANCO adquiere las mismas obligaciones que LA ASEGURADORA en lo que se refiere a la Información Privilegiada y Secretos Industriales de LA ASEGURADORA que llegue a conocer.
OCTAVA. Cualquier violación a este acuerdo facultará a la parte afectada para ejercer las acciones a que hay lugar y por parte de EL BANCO a exigirle a LA ASEGURADORA el pago de los perjuicios derivados de dicha violación. En consecuencia, las partes se obligan a adoptar todas las medidas o precauciones que resulten necesarias o convenientes para garantizar la reserva de dicha información, las cuales en ningún caso serán menores de aquellas adoptadas por cada una de las partes para mantener su propia información en reserva. NOVENA: Las obligaciones que se derivan del presente Acuerdo estarán vigentes mientras EL BANCO suministre a LA ASEGURADORA la Información Confidencial de que trata el presente Acuerdo, y subsistirán por un término de cinco (5) años a partir de la suscripción del presente acuerdo y/o del contrato que llegue a ser celebrado entre las partes. DÉCIMA. Las partes podrán revelar la información confidencial cuando ésta sea requerida por orden de autoridad competente, siempre y cuando la parte que revela notifique a la otra parte tal orden, siempre que ello sea legalmente posible. DÉCIMA PRIMERA. Las partes cooperarán entre sí para recuperar la posesión de la información confidencial que haya sido revelada de manera no autorizada y evitarán que el futuro se haga uso o revelaciones no autorizadas de la misma. DÉCIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES DE LA ASEGURADORA: En virtud del presente Acuerdo de Confidencialidad, LA ASEGURADORA se obliga a:
a. Utilizar adecuadamente la Información Confidencial, es decir, única y exclusivamente para los fines del presente Proceso de Selección. El uso indebido o la revelación de la Información Confidencial serán considerados como competencia desleal y dará lugar a las sanciones legales respectivas.
b. Guardar absoluta reserva sobre la Información Confidencial en los términos del presente Acuerdo, la cual deberá mantenerse así no resulte favorecida en la adjudicación del Proceso de Selección y, en consecuencia, abstenerse de divulgar, publicar, comunicar, suministrar, utilizar, proveer y/o revelar la información confidencial a la que ha tenido acceso.
c. Dar a la Información Confidencial los mismos cuidados que tiene para prevenir el uso no autorizado, diseminación o publicación y para la protección de su propia información confidencial, adoptando oportuna y diligentemente todas las medidas necesarias y razonables tendientes a garantizar la reserva de la Información Confidencial.
d. Suministrar la Información Confidencial sólo a aquellos administradores o colaboradores que efectivamente requieran conocerla y con quienes, en consecuencia, sea estrictamente necesario compartirla. En consecuencia, LA ASEGURADORA deberá adoptar en forma diligente todas las medidas que se requieran para verificar que dichas personas cumplirán con las obligaciones derivadas del presente Acuerdo.
e. Manejar adecuadamente la Información Confidencial, lo cual comprende el deber de abstenerse de entregar o realizar para sí o para terceros, copias, arreglos, reproducciones, adaptaciones o cualquier otra clase de ajuste, actualización o modificación de la Información Confidencial.
f. Informar inmediatamente a EL BANCO cuando tenga conocimiento de la pérdida, divulgación, reproducción o uso no autorizado o indebido de la Información Confidencial y adoptar diligentemente las medidas a que haya lugar con el fin de evitar un perjuicio en virtud de tales situaciones.
g. Informar inmediatamente a EL BANCO, siempre que ello sea legalmente posible, sobre las solicitudes de autoridades competentes relativas al suministro de la Información Confidencial, de tal forma que EL BANCO pueda conforme al marco legal, adelantar las acciones que considere pertinentes tendientes a la protección de la Información Confidencial, y prestar la colaboración que se requiera para el efecto.
h. Devolver la Información Confidencial de conformidad con lo establecido en la Cláusula Sexta del presente Acuerdo.
i. Abstenerse de divulgar o utilizar la Información Confidencial para fines distintos a los establecidos en este Acuerdo.
DÉCIMA TERCERA- INCUMPLIMIENTO: Las Partes declaran conocer y aceptar que el incumplimiento de lo estipulado en este Acuerdo por parte de una de ellas facultará a la Parte cumplida para dar por terminado el mismo, así como para ejercer cualquier acción o derecho que le corresponda en virtud del presente Acuerdo o la ley. DÉCIMA CUARTA.- RESPONSABILIDAD E INDEMNIDAD: Las Partes se obligan a mantenerse indemnes mutuamente, por cualquier situación o hecho que se derive de la utilización indebida que alguna de ellas de a la información suministrada o por reclamaciones de terceros, por lo que cada una de las Partes responderá por los perjuicios que ocasione a la otra Parte por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Acuerdo. En virtud de lo anterior, la Parte incumplida se obliga a asumir la defensa de la otra y las costas de la misma, incluidos los honorarios de abogados, así como las indemnizaciones a las que hubiera lugar. Presentada una reclamación judicial o extrajudicial, la Parte afectada notificará a la otra a más tardar dentro de los cinco (5) días comunes siguientes contados a partir de la reclamación, quien asumirá de inmediato la defensa. Lo anterior con la claridad de que la Parte afectada podrá asumir directamente la defensa respectiva, así como reservarse
el derecho a participar activamente en la definición de la estrategia de defensa, caso lo cual de todas formas el costo de la defensa deberá ser pagado por la otra Parte. Dado en Bogotá, D.C., el __________________ de 2016, en dos (2) ejemplares de un mismo tenor literal y valor probatorio. EL BANCO LA ASEGURADOR Firma__________________________ Firma___________________________________ Razón Social: Banco Caja Social S.A. Razón Social: ____________________________ ________________________________________ NIT: 860.007335-4 NIT: ____________________________________ Dirección: Carrera 7 No. 77-65. Dirección: _______________________________ Ciudad: Bogotá D.C. Ciudad: _________________________________ Nombre representante legal Nombre Representante Legal: MYRIAM CRISTINA ACELAS GARCÍA _______________________________________ C.C. No. 39.759.485 de Fontibón C.C.____________________________________
Correo Electrónico Para Notificaciones: _______________________________________