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***** SECRETARI,A DE F] NANZAS GOßIERNO D[ L,A RT PTJ BT"ICA DT H ON DUR¡.-S CIRCULAR No DGIP-003 -2OL7 GABINETES SECTORIATES, SECRETARIOS DE ESTADO CooRD¡NADORES / DTRECTORES (ASl DE PROGRAMAS Y PROYECTOS, ADM¡NTSTRADORES (AS) DE PROYECTOS Su Despacho Estimados Señores: En cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. PCM-07L-20L4 mediante el cual se aprobaron tos lineamientos del Centro Nacional de lnformacion del Sector Social (CENISS), la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), define las medidas de control Presupuestario para el cumplimiento del registro de la información en el Centro Nacional de información delsector Social (CENISS). 1. La Secretaría de Coordinación General de Gobierno, certificará si el programa o proyecto está alineado a tas prioridades de Gobierno y la información registrada en el Centro Nacionat de lnformación del Sector Social (CEN¡SS), a fin de cumplir con el Decreto del PCM O7L-2OL4. Certificación que será remitida a la Secretaría de Finanzas, con copia a la institución responsable del programa/proyecto y al Centro Nacional de Información del Sector Social (CENISS). 2. Todos los Programas y Proyectos de las Instituciones Públicas que formen parte del sector social que se financien, ya sea con fuentes nacionales y/o externas, tendrán la obligatoriedad de registrar y mantener actualizada la información física y financiera de los mismos en el Sistema Nacional de lnversión Pública de Honduras (SNIPH), asimismo, en el Registro de la Oferta lnstitucional (RO¡) y en el Registro Único de Participantes (RUP), El incumplimiento a esta disposición dará lugar a que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, a través de la Dirección General de tnversiones Públicas, proceda a la inhabilitación del Código BIP asignado en el SNIPH y el congelamiento de los fondos asignados a los programas a través de las Dirección General de Presupuesto (DGP) 3. Todas las instituciones Públicas, del Sector Social que ejecuten programas y proyectos, deberán formular sus Planes Operativos Anuales (POA) y contar con la Disponibilidad presupuestarias para su oportuna ejecución, con el propósito de no afectar la entrega de los bienes y servicios a los beneficiarios, de lo contrario la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procederá a realizar las reasignaciones presupuestarias. AVENIDA CERVÂñTE gAReJo EL )AzM¡ñ- CENTRo HtsToRtCa TEGUC|CALPA TE¿FFoNos + 504 2222'8449 14/ww-5¡FIÑ'Go8'HN TECUCTAAaPÁ. HONOUR/iS' CgNl'RO ^¡qãRtCÁ

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Page 1: No DGIP-003 - CENISS · SECRETARI,A DE F] NANZAS GOßIERNO D[ L,A RT PTJ BT"ICA DT H ON DUR¡.-S CIRCULAR No DGIP-003 -2OL7 GABINETES SECTORIATES, SECRETARIOS DE ESTADO CooRD¡NADORES

*****SECRETARI,A DE F] NANZAS

GOßIERNO D[ L,A

RT PTJ BT"ICA DT H ON DUR¡.-S

CIRCULAR No DGIP-003 -2OL7

GABINETES SECTORIATES, SECRETARIOS DE ESTADO

CooRD¡NADORES / DTRECTORES (ASl DE PROGRAMAS Y PROYECTOS,

ADM¡NTSTRADORES (AS) DE PROYECTOS

Su Despacho

Estimados Señores:

En cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. PCM-07L-20L4 mediante el cual se aprobaron

tos lineamientos del Centro Nacional de lnformacion del Sector Social (CENISS), la

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), define las medidas de control

Presupuestario para el cumplimiento del registro de la información en el Centro Nacional

de información delsector Social (CENISS).

1. La Secretaría de Coordinación General de Gobierno, certificará si el programa o

proyecto está alineado a tas prioridades de Gobierno y la información registrada en

el Centro Nacionat de lnformación del Sector Social (CEN¡SS), a fin de cumplir con el

Decreto del PCM O7L-2OL4. Certificación que será remitida a la Secretaría de

Finanzas, con copia a la institución responsable del programa/proyecto y al Centro

Nacional de Información del Sector Social (CENISS).

2. Todos los Programas y Proyectos de las Instituciones Públicas que formen parte del

sector social que se financien, ya sea con fuentes nacionales y/o externas,

tendrán la obligatoriedad de registrar y mantener actualizada la información física y

financiera de los mismos en el Sistema Nacional de lnversión Pública de Honduras

(SNIPH), asimismo, en el Registro de la Oferta lnstitucional (RO¡) y en el Registro

Único de Participantes (RUP), El incumplimiento a esta disposición dará lugar a que

la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, a través de la Dirección

General de tnversiones Públicas, proceda a la inhabilitación del Código BIP

asignado en el SNIPH y el congelamiento de los fondos asignados a los programas a

través de las Dirección General de Presupuesto (DGP)

3. Todas las instituciones Públicas, del Sector Social que ejecuten programas y

proyectos, deberán formular sus Planes Operativos Anuales (POA) y contar con la

Disponibilidad presupuestarias para su oportuna ejecución, con el propósito de no

afectar la entrega de los bienes y servicios a los beneficiarios, de lo contrario la

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, procederá a realizar las

reasignaciones presupuestarias.

AVENIDA CERVÂñTE gAReJo EL )AzM¡ñ- CENTRo HtsToRtCa TEGUC|CALPA TE¿FFoNos + 504 2222'8449 14/ww-5¡FIÑ'Go8'HNTECUCTAAaPÁ. HONOUR/iS' CgNl'RO

^¡qãRtCÁ

Page 2: No DGIP-003 - CENISS · SECRETARI,A DE F] NANZAS GOßIERNO D[ L,A RT PTJ BT"ICA DT H ON DUR¡.-S CIRCULAR No DGIP-003 -2OL7 GABINETES SECTORIATES, SECRETARIOS DE ESTADO CooRD¡NADORES

*****SECRET¡\,RIA DE FI NANZAS

COBIERNO DT L,{REPÚBLICA DE HONDURAS

4. Toda información registrada en el Sistema Nacional de lnversión Pública SNIPH, el

Registro Único de Participantes (RUP) y en el Registro de la Oferta lnstitucional

(ROl), debe estar homologada, con el fin de establecer análisis de medición de

indicadores de pobreza y así identificar y priorizar las zonas más afectadas del país

para la entrega de los beneficios. El incumplimiento de esta medida por parte de

los programas y proyectos que presenten información diferente en los sistemas,

generará una alerta y deberán realizar nuevamente la revisión y el registro de dicha

información hasta solucionar las discrepancias, en un plazo no mayor a 10 días

hábiles.

5. El Centro Nacional de información del Sector Social (CENISS), informará

mensualmente a la SEFIN sobre el registro de la Ejecución física y financiera en ROI

y RUp detallando por zona geográfica la cantidad de beneficios programados como

entregados por los programas o proyectos, conforme a la categoría programática

relacionada con elfinanciamiento de los beneficios.

6. Todas las instituciones Públicas del Sector Social que ejecuten a través de

programas y proyectos de Inversión Pública, ingresados en el Registro de la

Oferta tnstitucional (ROl) y en el Registro Único de Participantes (RUP), deberán

actualizar en las ptataformas ROI y RUP, todos los datos correspondientes a más

tardar el 5 de cada mes, conteniendo la ejecución del mes anterior, de forma tal

que CENISS le presente lnformes Trimestrales a la Secretaría de Estado en el

Despacho de Finanzas, con los avances en la ejecución física y financiera sobre el

número de participantes y zonas geográficas intervenidas en cada uno de los

programas y proyectos. El incumplimiento de esta medida dará lugar a que la SEFIN

a través de la DGIP y DGP elabore un dictamen técnico según Decreto Ejecutivo No

pCM-071-2014, el cual será enviado a las autoridades correspondientes.

Tegucigalpa, M.D.C.7 de2OL7

ROCíO

Subsecretaria e Crédito e lnversión Pública

/4vgNrD cEÂv,{Nl-ËS BARRTA EL )AZM,N. CFNTRO HTSTORICA TEGUCIçALPA TEIËFONOs + 504 2222'8449 W\1ll',i¿S¡F',N'GOB',HN. TEGUCTGALPÂ,

'{ONDUR¡S, CËNTRO AMÈR'g{