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ESPECIFICACIONES ELÉCTRICAS: ESPECIFICACIONES ELÉCTRICAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES GANADORES DE CONTRATOS DE SERVICIO O DE OBRA EN LAS REPARACIONES GENERALES Y PARCIALES DE PLANTAS DE PROCESÓ, TANQUES, CALDERAS, GENERADORES Y DIVERSAS ÁREAS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO

1. -Es obligatorio que todas las instalaciones eléctricas temporales que instalen los LICITANTES GANADORES sean, seguras y confiables durante el tiempo que dure la obra, y que cumplan con la

2. Norma Oficial NOM-001-SEDE-1997 (antes NOM-001-SEMP-1994), relativa a las instalaciones destinadas al suministro y uso de energía.

3. El LICITANTE GANADOR está obligado a tener, conocer, difundir y aplicar el Reglamento de Seguridad e Higiene de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, además de que sus instalaciones eléctricas provisionales estén plenamente identificadas y certificadas por EL RESIDENTE DE OBRA DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

4. Todos los equipos (motores, transformadores, maquinas de soldar, bombas de prueba, etc.). material eléctrico (reflectores, extensiones, tablillas con contactos, clavijas, centros de carga para alumbrado. tableros de distribución para maquinas de soldar, cintas de aislar, etc.), medición (megger, voltímetro, multímetro, amperímetro de gancho de corriente alterna y directa, etc.), herramienta y equipo de protección que se requiera para la ejecución de la obra deben de ser suministrados e instalados por el LICITANTE GANADOR.

5. EL SUPERVISOR DE OBRA DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL indicara únicamente al LICITANTE GANADOR el lugar en donde se tomara la alimentación en 480 volts para el suministro de energía eléctrica a sus equipos

PEMEX- REFINACIÓN no proporcionara equipo o material eléctrico alguno para la realización de la obra. 6. -El LICITANTE GANADOR debe proporcionar la energía eléctrica con generadores portátiles cuando no sea posible el servicio por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL o Comisión Federal de Electricidad, así como la instalación de maquinas de soldar del tipo de combustión interna. 7. -La alternativa de suministro de energía por Comisión Federal de Electricidad para servicio de fuerza y alumbrado a cargo de los LICITANTES GANADORES interesadas debe previamente en cada caso someterse a la autorización de la Gerencia de la Refinería para resolver lo conducente respecto al contrato con CFE. 8. -El LICITANTE GANADOR debe contemplar para la ejecución de su proyecto las necesidades de energía eléctrica e incluirlo en su propuesta de obra, así como consultar la disponibilidad, capacidad y niveles de energía que pueden ser proporcionados por la Refinería esta situación debe ser especificada en los anexos, alcances y cláusulas contractuales correspondientes. 9. -El LICITANTE GANADOR solicitara por escrito a la Refinería el suministro de energía eléctrica, indicando claramente los siguientes datos. Obra No. de contrato

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Localización Potencia Voltaje Corriente No. de fases Clasificación del área Tiempo del servicio El proyecto de instalación Diagrama unifilar detallado Nombre del responsable, el cual deberá ser especialista en el área eléctrica Lo anterior para su análisis y autorización. 10. -Una vez autorizado por la Refinería, la Superintendencia General de Mantenimiento a través del Ingeniero Especialista de Mantenimiento eléctrico del área y en Coordinación con la Superintendencia de Fuerza, indicaran al LICITANTE GANADOR el punto de suministro de energía eléctrica. 11. -El Supervisor de la obra deberá elaborar el permiso de trabajo, y libranza (IT-46000-647) si es necesario (analizada y autorizada), para la instalación y conexión eléctrica. 12. -El LICITANTE GANADOR presentara el proyecto de la instalación provisional que contemple, desde el punto de suministro de energía, hasta el punto más lejano de utilización en el área de trabajo, diagrama esquemático que muestre. Distribución de equipo y trayectoria de los circuitos. El proyecto debe cumplir con lo dispuesto en el articulo 305 (alambrado provisional) de la norma oficial mexicana NOM-001-SEDE-1997 13.-Una vez autorizado el proyecto por Refinería el LICITANTE GANADOR realizara la instalación eléctrica. 14. -EL LICITANTE GANADOR deberá nombrar un especialista de la rama eléctrica con autoridad y conocimiento para resolver problemas y tomar decisiones, con el que el supervisor de obra de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL se dirigirá cuando así se requiera. 15. -Todos los trabajadores electricistas que el LICITANTE GANADOR acredite, deberán conocer las instalaciones eléctricas del tipo industrial, reservándose PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL la facultad de señalar y pedir cambio de personal no idóneo o sin conocimiento de trabajos característicamente del área eléctrica; se incluye en el requisito herramienta y equipo de medición (voltímetro y megger) adecuada y en buen estado, zapatos dieléctricos, casco, guantes, etc. 16. -Concluida la instalación el LICITANTE GANADOR deberá solicitar al Supervisor Especialista de la Refinería, la revisión y certificación de la misma para su posterior conexión y energización. Nota: La instalación deberá estar rotulada y ser revisada diariamente para verificar que no se haya modificado de acuerdo al proyecto original. 17. -La Refinería queda exenta de cualquier responsabilidad en daños o retrasos, que pudieran provenir de fallas de la red o interrupciones del suministro eléctrico al LICITANTE GANADOR por tal motivo debe considerar en trabajos que por su importancia lo requiera (lleven la ruta critica de una reparación). La colocación, instalación y operación de un generador eléctrico para evitar dichas fallas o en caso de trabajos de Mantenimiento de plantas (libranzas eléctricas), dicho generador deberá ser capaz de soportar toda su carga eléctrica para no verse afectado con las interrupciones. 18. -El personal especializado de la Refinería realizara inspecciones periódicas, sin previo aviso, con el objeto de auditar condiciones en las instalaciones, cumplimiento de normas de seguridad y características de la carga conectada, si son detectadas anomalías deberán ser corregidas, inmediatamente, llevando un control escrito de la misma y el cual será firmado por personal de Refinería (Supervisor de obra) y el LICITANTE GANADOR.

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19. -El Supervisor de obra de la Compañía tiene la responsabilidad de verificar diariamente sus instalaciones antes y durante la jornada haciendo las correcciones pertinentes. 20. -Al termino de la obra el LICITANTE GANADOR dará aviso al Supervisor de obra de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL y esta a su vez al área correspondiente, para desconectar el suministro de energía, y retirara la instalación, dejando el área de trabajo totalmente limpia, anotándose cualquier detalle en la bitácora. 21.-El Supervisor de la obra deberá elaborar el permiso de trabajo, y libranza (IT-46000-647) si es necesario (analizada y autorizada), para la desconexión eléctrica EL LICITANTE GANADOR AL SOLICITAR CONEXIÓN DE UNA INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DEBERÁ CUMPLIR CON LO SIGUIENTE: A). -La instalación será de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SEDE-1997. B). -Los conductores en las instalaciones fijas o expuestas a daño deberán canalizarse por tubería conduit. C). -En instalaciones móviles (reflectores, maquinas de soldar), podrá usar cable de uso rudo aprobado, sin empalmes intermedios. D). -Las uniones en cables que alimenten equipo movible deberán ser con clavijas y receptáculos adecuados a la clasificación del área. E). -Todos los alojamientos metálicos de equipo eléctrico deberán aterrizarse para protección del personal. F). -Todas las lámparas deberán estar debidamente protegidas para evitar golpes accidentales o rotura, si alguna está incompleta o rota, deberá ser retirada. G). -La instalación eléctrica deberá contar con un tablero de distribución, un interruptor principal de entrada y con interruptores derivados de la capacidad adecuada. El tablero clase 1 división 1 o 2. Peligrosa. H). -Todos los receptáculos de 125 volts deberán ser del tipo aterrizado y alambrado con 3 conductores (línea, neutro y de puesta a tierra). I). -Cuando se detecte cualquier defecto en los cables, unidades de alumbrado, contactos, interruptores, centros de distribución para maquinas de soldar, motores, arrancadores y cualquier otro equipo eléctrico, se desenergizará inmediatamente, avisando al supervisor de obra por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL y este a su vez al responsable del LICITANTE GANADOR, para que se repare a la brevedad posible ya que de lo contrario, pone en peligro la seguridad del personal de la Compañía y de Refinería. J). -Cualquier reparación que sea necesaria deberá primeramente retirar la instalación y ser revisado fuera del área de trabajo. K). -La red de distribución de PEMEX en los sistemas eléctricos es de 480 volts trifásico, 60 hz. con neutro flotante, deberán extremarse las condiciones de los aislamientos de la red y conexiones a tierra de los equipos del LICITANTE GANADOR. Por tal motivo todo equipo de fuerza (maquina de soldar, bombas de prueba, motores, etc.) deberá invariablemente tener conexión a nivel de voltaje de 480 volts, trifásico, 60 hz. por ningún motivo o bajo ninguna excepción será suministrado este servicio en 220 volts trifásico o monofásico Para disponer de estos niveles de voltaje 220 V y 125 V es necesario que el LICITANTE GANADOR instale un transformador de estas características de voltaje primario 480 volts y secundario 220/127 volts.

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ANEXO DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO:

“D”

“Disposición final de sosas gastadas consistente en manejo, recolección, transporte, coprocesamiento y/o tratamiento térmico localizadas en la Refinería Francisco I. Madero de Ciudad Madero Tamps.”.

ANEXO “D”

PROGRAMA DEL SERVICIO

DESCRIPCION ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC

1

P

E

MANEJO, TRANSPORTE Y ENVIO DE SOSAS

GASTADAS LOCALIZADAS EN EL INTERIOR DE LA

REFINERIA FRANCISCO I. MADERO PARA SU

COPPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO CON

DISPOSICION FINAL A EMPRESAS AUTORIZADAS POR

LA SEMARNAT.

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ANEXO “SSPA” OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL

SE ANEXAN LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

1. POLÍTICA Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA PEMEX –SSPA.

2. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O PROVEEDORS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. ANEXO SSPA PRIMERA VERSION AGOSTO 2011

3. REGLAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL.

4. GUÍA TÉCNICA PARA EL CONTROL DE PROVEEDORS EN MATERIA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, CLAVE 800/16000/DCO/GT/010/10, REV. 1

5. CAPITULO XXIV DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

6. DG-SASIPA-SI-08200.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL PARA PROVEEDORS Y PROVEEDORES.

7. DG-GPASI-SI-8400.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD FISICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

8. DG-GPASI-SI-8401.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL

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1. POLÍTICA Y PRINCIPIOS DEL SISTEMA PEMEX –SSPA

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2. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O PROVEEDORS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS

MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. ANEXO SSPA PRIMERA VERSION AGOSTO 2011

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3.

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3. REGLAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION AMBIENTAL

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Con la finalidad de evitar accidentes e incidentes, así como incrementar el índice de actos seguros de la Refinería Francisco I. Madero, se anexan las siguientes reglas y medidas de CERO TOLERANCIA que deberán darse a conocer a todo el personal del PROVEEDOR. Estas reglas y medidas deberán aplicarse de manera permanente y sin excepciones durante toda la vigencia del Contrato, por lo que debe tener una adecuada divulgación de parte de la Residencia de Obra del contrato.

Todas las violaciones a lo descrito en este documento, serán reportadas por escrito a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental así como a la Superintendencia de Rehabilitaciones y Modificaciones de la Refinería Francisco I. Madero, para formar parte del expediente de comportamiento del PROVEEDOR dentro de la Refinería Madero, en materia de seguridad, salud ocupacional y protección ambiental.

Cualquier medida y regla de seguridad especifica no señalada para el desarrollo de esta Obra, se podrá agregar de inmediato. REGLAS DE SEGURIDAD QUE DEBERÁ CUMPLIR Y RESPETAR TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DURANTE EL DESARROLLO DEL CONTRATO CS-RMAD-___/__. 1. Todo el personal del PROVEEDOR que realice alguna actividad dentro de las instalaciones de PEMEX

TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con motivo de la ejecución de los trabajos objeto del presente contrato, estará obligado a cumplir las disposiciones en materia de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental señaladas en este anexo SSPA, sin perjuicio de las demás disposiciones legales que el PROVEEDOR esté obligado a cumplir, así como de aquellas que emita PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con posterioridad a la firma del presente Contrato.

2. El personal que labore en la ejecución del contrato No. CS-RMAD-___/__ esta obligado a evitar por

cualquier medio posible la ocurrencia de accidentes personales e industriales y debe ejecutar sus labores de acuerdo con los reglamentos y procedimientos de Petróleos Mexicanos y del centro de trabajo. Los accidentes son evitables y para ello el trabajador debe conocer el medio en que se desarrolle la actividad y poner toda su atención en lo que esta haciendo, tanto física como mentalmente.

3. Todo el personal del PROVEEDOR que vaya a ingresar a las Instalaciones de la Refinería Francisco I.

Madero debe asistir a las pláticas de capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental antes del inicio de los trabajos. Al término de esta capacitación se expedirá el Carnet de Seguridad que servirá como gafete de identificación. El carnet oficial deberá ser firmado y sellado por personal de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

4. Si el personal del PROVEEDOR no presenta este carnet no tendrá acceso a la Refinería. 5. Con fundamento en el “Convenio de Cooperación para la implementación del programa de

Capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental” celebrado el 25 de mayo de 2005, entre Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, con la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción (CMIC), la capacitación en materia de seguridad, salud y protección ambiental será impartida por el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción (ICIC) y deberá tomarse en las oficinas de la Delegación Tampico de la Cámara Mexicana de la Industrial Construcción, ubicadas en Prolongación de la Avenida Hidalgo, Colonia Nuevo Aeropuerto, Tampico, Tamaulipas, Teléfonos (01-833)-2-28-11-04 y 2-28-10-96, Fax (01-833) 2-28-11-05, Correo Electrónico [email protected].

6. La Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental será la única entidad encargada de

certificar las platicas de Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental y en caso de ser necesario colaborara con el ICIC para impartir esta capacitación.

7. El PROVEEDOR que pretenda acreditar la capacitación de su personal en materia de seguridad, salud y

protección ambiental, con un carnet de capacitación diferente al emitido por el ICIC de la Delegación

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Tampico de la CMIC, deberán presentar por escrito la solicitud de validación a la Unidad de Seguridad Industrial y protección Ambiental la cual determinará si es aceptada o no esta capacitación.

8. Los PROVEEDORS deben considerar todos los costos relacionados con la capacitación en materia

de seguridad, salud y protección ambiental de su personal al momento de elaborar sus propuestas técnico-económicas.

9. En el supuesto de que el PROVEEDOR no acredite fehacientemente y a satisfacción de PEMEX

TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, que su personal ha recibido capacitación en materia de los trabajos que va a realizar y en Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Protección Ambiental, éste no podrá ingresar a las instalaciones de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, por lo que cualquier atraso en el programa de ejecución de los trabajos derivado de este incumplimiento, no será motivo para diferir la fecha de inicio de los mismos o ampliar el plazo de ejecución del contrato.

10. El PROVEEDOR queda obligado a designar, antes del inicio de los trabajos y a mantener durante la

vigencia del contrato, un responsable de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental, mismo que deberá conocer el proyecto, las normas y procedimientos de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental establecidos por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL así como las disposiciones en esas materias contenidas en este Anexo SSPA.

11. El responsable de seguridad industrial, salud ocupacional y protección ambiental deberá presentar, previo

al inicio de los trabajos toda la documentación que acredite que ha recibido capacitación en las materias de seguridad relacionadas con los trabajos a ejecutar por parte de una empresa debidamente autorizada para ello. El Residente del Contrato en colaboración con la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental revisara esta documentación y no serán aceptados responsables de seguridad que no cumplan con lo establecido en este punto.

12. Todos los trabajadores que laboren en esta Obra, deberán traer consigo una identificación que demuestre su

relación con el PROVEEDOR y no deberán entrar a lugares ajenos a la Obra en ejecución.

13. El PROVEEDOR debe entregar relación de personal empleado tanto al Residente del Contrato como al

Departamento de Vigilancia de la Refinería Francisco I. Madero, previo al inicio de cada Jornada de trabajo. Deberá especificar el personal que ingresará a la Refinería, cumpliendo con su afiliación vigente al seguro social, además, portando su equipo de seguridad completo así como su carnet de seguridad e identificación personal.

14. Es obligatorio para todo el personal del PROVEEDOR que ingrese a las instalaciones de la

Refinería Francisco I. Madero usar el equipo de protección personal que comprende zapatos de piel para uso industrial antiderrapantes, ropa de algodón 100 % (camisa manga larga y pantalón color naranja con el emblema y/o distintivo del PROVEEDOR), casco con barboquejo, guantes, lentes de seguridad, protectores auditivos, y los que sean requeridos con motivo de las actividades a desarrollar.

15. Queda prohibido el uso de zapatos tenis, huaraches, gorras y prendas de vestir de nylon o fibras

sintéticas, lentes oscuros, cascos de metal no endurecido, camisetas de manga corta, guantes de fibra sintética, pantalones cortos.

16. La negativa franca de un trabajador a usar el equipo de seguridad personal, o a cumplir las medidas de

seguridad establecidas, será motivo suficiente para que le sea negada la autorización para realizar el trabajo y se solicite que se le apliquen las sanciones conducentes.

17. Todo trabajo a realizarse en las instalaciones de la Refinería tendrá que estar amparado mediante un

"PERMISO DE TRABAJO" que cumpla con lo establecido en el procedimiento SP-SASIPA-SI-02310.

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18. El "PERMISO DE TRABAJO" le será proporcionado al PROVEEDOR por el Residente de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, debidamente analizado y autorizado por personal de Operación, Mantenimiento y Seguridad.

19. Es necesario mantener limpia el área de trabajo; por lo que cualquier derrame producido por el

PROVEEDOR debe ser corregido inmediatamente por su personal; así como, colocar señalamiento de seguridad (cinta con descripción de “PRECAUCIÓN”), en las áreas donde se encuentre trabajando.

20. Es obligación del Residente del contrato en cuestión, que al ordenar o dirigir un trabajo, tenga

conocimiento del empleo apropiado y de las limitaciones del equipo de protección personal, así como el verificar que los trabajadores que lo lleguen a necesitar, conozcan el uso, limitaciones y aplicación de dicho equipo, mismo que deberán utilizar obligatoriamente cuando se requiera.

21. Al ordenar o dirigir un trabajo, el SUPERVISOR del PROVEEDOR deberá comprobar que todos los

trabajadores tengan claro entendimiento del mismo, las practicas de seguridad que deben respetar y de los riesgos a que estarán expuestos.

22. El personal del PROVEEDOR deberá respetar los avisos e instalaciones de seguridad de este centro de

trabajo. 23. El personal del PROVEEDOR deberá acatar las instrucciones que se dicten, para evitar accidentes y solicitar a

su SUPERVISOR el equipo de seguridad recomendado.

24. El personal del PROVEEDOR que tenga conocimiento de que están efectuando labores riesgosas sin acatar las instrucciones de seguridad, está obligado a dar aviso al Ingeniero de Seguridad Industrial de la Refinería Francisco I, Madero, a fin de que se suspenda la ejecución del trabajo hasta que se cumplan dichas instrucciones.

25. Los trabajadores deben cerciorarse de que la herramienta o maquina que van a operar, este en buenas

condiciones para evitar accidentes por esta causa. 26. Debido a que líquidos, gases y materiales flamables son comunes en las instalaciones de la Refinería

Francisco I. Madero, queda estrictamente prohibido fumar y/o encender fósforos o encendedores dentro de las instalaciones de la Refinería, independientemente de que existan o no letreros indicando la prohibición. Así mismo deberán abstenerse de ingresar estos artículos al interior de la Refinería. Para cumplir con esta disposición el personal de vigilancia revisara diariamente las mochilas de los trabajadores y vehículos. En caso de incumplimientos se solicitara al PROVEEDOR aplique las correspondientes sanciones a su personal .

27. El personal del PROVEEDOR deberá abstenerse de introducir a las instalaciones de la Refinería

(incluyendo los estacionamientos) bebidas alcohólicas o cualquier tipo de drogas legales e ilegales. En caso de incumplimientos se solicitara al PROVEEDOR aplique las correspondientes sanciones a su personal .

28. Sin excepción alguna, queda estrictamente prohibido a todo el personal del PROVEEDOR el uso de

teléfonos celulares en áreas de proceso y fuerza de la Refinería Francisco I. Madero. En caso de incumplimiento a esta disposición se procederá al decomiso del teléfono celular y se solicitará al PROVEEDOR aplique las respectivas medidas disciplinarias para evitar se repita el incumplimiento.

29. Sin excepción alguna, queda estrictamente prohibido a todo el personal del PROVEEDOR el uso de

audífonos y equipos de audio (walkman, etc.) en áreas de proceso y fuerza de la Refinería Francisco I. Madero. En caso de incumplimiento a esta disposición se procederá al decomiso del equipo y se solicitará al PROVEEDOR aplique las respectivas medidas disciplinarias para evitar se repita el incumplimiento.

30. El personal del PROVEEDOR no debe hacer fogatas para calentar alimentos.

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31. Sé prohíbe el ingreso y porte de armas de fuego y/o punzo cortantes en el interior de la Refinería y áreas de trabajo.

32. Queda estrictamente prohibido la introducción a las Instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero de

cámaras fotográficas o de video. Solo se podrán introducir con la autorización por escrito de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de esta Refinería.

33. Queda estrictamente prohibido que el trabajador al servicio del PROVEEDOR se presente a laborar en

estado de embriaguez o bajo los efectos de algún narcótico o droga enervante. 34. El personal del PROVEEDOR, deberá observar y conservar una buena conducta en el desempeño de sus

labores. Quedan absolutamente prohibidos el juego, las bromas y el retozo durante sus horas de servicio, así como portar armas de cualquier clase.

35. El personal del PROVEEDOR deberá utilizar las puertas correspondientes y autorizadas para la entrada y

salida a esta Refinería. 36. El personal del PROVEEDOR no debe entrar a otros lugares que no sean donde se lleven a cabo los

trabajos amparados por este contrato, transitando únicamente por los accesos designados de las áreas de proceso y no deberá cruzar por el interior de las plantas de proceso o patios de tanques.

37. El personal del PROVEEDOR no deberá tocar botones de arranque/paro, de equipo eléctrico, válvulas,

conexiones, líneas o equipo de proceso en el interior de las plantas, si estos no están considerados dentro de los alcances del Contrato.

38. El personal del PROVEEDOR no deberá pisar, pararse o apoyarse sobre equipos estáticos o dinámicos,

tuberías con aislamiento, cables y equipo eléctrico, instrumentos de control, arreglos de nipleria tales como manómetros, termómetros, piernas y cristales de nivel, termopozos, corrosómetros, sistemas de muestreo cerrado, purgas, venteos y niples en general. No utilizar como palanca o desvío los equipos.

39. Todo el personal que ejecute labores de altura fuera de pasillo o plataformas y en estructuras rack de

tuberías, deberá utilizar cinturón de seguridad tipo arnés aviador con cables guardavidas, con una longitud máxima de 1.5 m.

40. Al desmantelar estructura, tuberías, etc., el soldador debe cerciorarse de que se encuentren sujetas las

piezas que se van a desprender. 41. Durante la realización de maniobras que impliquen suspender piezas o equipos, los trabajadores no deben

colocarse debajo de las cargas. 42. El personal que opere grúas, winches y equipo motriz deberá ser personal calificado y que conozca

perfectamente el trabajo. 43. Las grúas, winches y equipo que se use, deberán ser de la capacidad suficiente para mover y/o levantar

las piezas de tubería o equipos en que se va a trabajar, así como estar en buen estado sus cables, amarres, poleas y equipo de mando.

44. Para cada trabajo de corte y soldadura se debe de cumplir con las recomendaciones de seguridad

indicadas en la solicitud de trabajo respectiva. 45. Solo con la autorización de la Unidad de Seguridad y Protección Ambiental de la Refinería se podrá

hacer uso de equipos de flama abierta o chispa. 46. En los trabajos de corte y soldadura, se debe tener personal de contraincendio con aptitud aprobada por la

Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental, así como con el equipo contraincendio necesario.

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47. Los cables que se utilicen para efectuar trabajos de soldadura, deberán ser de una sola pieza no

permitiéndose uniones intermedias que puedan producir chispas. 48. En caso de que sea necesario utilizar agua de la red de contraincendio para trabajos relacionados con

esta Obra, se deberá de tramitar el permiso correspondiente en la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

49. El agua de enfriamiento, de servicio y de contraincendio es dañina, por lo que queda estrictamente

prohibido su uso para aseo o consumo por parte del personal del PROVEEDOR. 50. El PROVEEDOR se compromete a mantener limpia y libre de obstáculos el área asignada a sus trabajos

en forma permanente. 51. Queda prohibido instalar en el área de proceso, alumbrado y contactos provisionales que no sean a

prueba de explosión, así como quitar tapas condulets, para las alimentaciones provisionales de alumbrado.

52. Los reflectores que utilice el PROVEEDOR deberán tener pantalla cerrada y su cable de conexión uso

rudo. 53. Los centros de control de motores, subestaciones eléctricas y áreas de transformadores eléctricas, quedan

estrictamente prohibida como área para descanso y de ejecución de labores ajenas, por lo que el ingreso a las mismas queda restringida solo al personal autorizado.

54. Para su observancia se anexa una copia del capitulo XXIV, del Reglamento de Seguridad e Higiene de

Petróleos Mexicanos, referente a obras y/o servicio.

REGLAS Y REQUISITOS PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMOTORES DE PROVEEDORS QUE INGRESEN A LAS DIVERSAS ÁREAS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO. 1. Los vehículos y/o maquinaria de combustión interna propiedad del PROVEEDOR, que ingresen al interior

de la Refinería “Francisco I. Madero”, deben encontrarse en buenas condiciones mecánicas (mofles en buen estado y con matachispas, frenos, sistema eléctrico bien aislado y en buenas condiciones, etc.), tener el pase correspondiente.

2. Deberá ser vehículo de trabajo (camioneta, grúa, camión, etc.). 3. Copia de la póliza vigente de seguro del vehículo. 4. En el caso de grúas y camiones de carga solo para modelos anteriores al año 2000, tendrán que tener un

comprobante avalado por un tercero (un taller especializado) donde conste de que el equipo se encuentre en buenas condiciones mecánicas.

5. En el caso de chofer de grúa este deberá de comprobar su capacidad y adiestramiento mediante un certificado acreditado por un tercero (centro de capacitación)

6. Ultimo comprobante de pago de seguro (firmado y sellado por la aseguradora). 7. Tarjeta de circulación vigente. 8. Licencia de manejo vigente del conductor. 9. Solicitud del pase elaborado en máquina. 10. El nombre y firma del área responsable (Residente o el que haga esta función por parte de PEMEX).

11. Las solicitudes no llevarán enmendaduras.

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12. Solo se autoriza máximo 2 conductores por cada unidad. 13. Uso obligatorio del cinturón de seguridad. 14. Tener cuidado en los cruces de vías 15. No descender del vehiculo dejando el motor encendido. 16. No transitar en áreas de proceso, mantenimiento, construcción, almacenes y redondeles de tanques, a

menos que lo autorice personal de la Refinería. Así mismo no debe circular fuera de las rutas principales. 17. Los vehículos del PROVEEDOR deberán estacionarse en lugares establecidos por la Unidad de Seguridad

Industrial y Protección Ambiental. Estos lugares serán difundidos por el personal de vigilancia. No se deben colocar vehículos, casetas o materiales de forma que impidan el libre acceso a los extinguidores, hidrantes, equipo de contraincendio, subestaciones eléctricas, registros de drenaje, la vía del tren y debajo de los racks de líneas. En caso de incumplimientos se procederá a retener el vehiculo y solicitar al PROVEEDOR aplique las medidas disciplinarias correspondientes al personal involucrado en el incumplimiento.

18. Queda prohibido transportar al personal en forma insegura (parados y/o sobre la orilla de las cajas de las

camionetas, arriba de grúas, en winches, etc.). En caso de incumplimientos a esta disposición se procederá a retener el vehiculo y solicitar al PROVEEDOR aplique a su personal las sanciones conducentes.

19. Al estacionarse en los lugares autorizados, hacerlo de reversa, para salir libremente. REGLAS Y MEDIDAS QUE DEBERÁ CUMPLIR Y RESPETAR TODO EL PERSONAL DEL PROVEEDOR DURANTE EL DESARROLLO EMERGENCIAS EN LAS INSTALACIONES DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO. En caso de presentarse alguna emergencia en las instalaciones de la Refinería Francisco I. Madero, el personal del PROVEEDOR deberá suspender sus actividades y seguir fielmente las instrucciones del personal de la Refinería encargado de las instalaciones, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación y refugios para casos de emergencias. Así mismo será responsabilidad del PROVEEDOR conocer y difundir a todo el personal a su cargo los Procedimientos e Instrucciones que a continuación se enlistan:

311-40900-PSIA-005 PLAN DE RESPUESTA A EMERGENCIAS.

311-45100-IT-005-001 ACTIVACIÓN DE ALARMAS EN CASO DE EMERGENCIAS.

311-45100-IT-005-03 ACTIVACIONES DEL PLAN DE RESPUESTA A EMERGENCIAS DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

311-45100-IT-005-04 DECLARACIÓN DE CESE DE LA EMERGENCIA.

311-45100-IT-005-05 ACTIVIDADES DE EVACUACIÓN EN CASO DE EMERGENCIA. Dependiendo de la naturaleza y alcances de la Obra, también deberán ser considerados dentro de la difusión al personal a cargo del PROVEEDOR, los siguientes Procedimientos para Emergencias:

311-45100-PSIA-007 PROCEDIMIENTO PARA LLUVIA INTENSA.

311-45100-PSIA-009 PROCEDIMIENTO PARA ENFRENTAR FENÓMENOS SOCIO-ORGANIZATIVOS.

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311-45100-PSIA-010 PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA POR FUGA, INCENDIO O EXPLOSIÓN DE HIDROCARBUROS EN PLANTAS DE PROCESO O ÁREAS DE ALMACENAMIENTO.

311-45100-PSIA-011 PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA ANTE EL IMPACTO DE UN HURACÁN EN LAS INSTALACIONES DE LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO.

La Residencia de Obra de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con apoyo de la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental colaboraran con el PROVEEDOR para que esta difusión se lleve a cabo, así mismo, estas dos áreas serán responsables de proporcionar al PROVEEDOR toda la documentación arriba señalada. PLAN DE SEGURIDAD PARA PROVEEDORS DURANTE LAS REPARACIONES DE PLANTAS I.- PROTOCOLO DE INICIO DE LA OBRA Se debe tener debidamente documentado en protocolo de inicio de la Obra con cada uno de los PROVEEDORS que participan en las reparaciones, donde conste que se llevo una verificación en sitio de aspectos de seguridad. Aspectos a evaluar durante le protocolo de inicio de la Obra: 1.- SUPERVISOR de Seguridad (Ingeniero) 2.- Equipo de seguridad del personal. 3.- Procedimientos de Trabajo. 4.- Equipo de contraincendio. 5.- Capacitación en seguridad. 6.- Protección contraincendio. 7.- Instalaciones eléctricas. 8.- Castilla de seguridad. 9.- Vehículos y maquinas de combustión interna. 10.- Grúas, winches, diferenciales, estrobo, etc. 11.- Equipo de monitoreo. 12.- Instalaciones del PROVEEDOR. 13.- Transporte de personal. 14.- Sanitarios y depósitos de basura. 15.- Orden y limpieza. 16.- Agua para su personal. Responsables de cumplimiento: 1.- Grupo técnico del sector 2.- Residente de Pemex. 3.- Representante del PROVEEDOR. II.- REUNIÓN INICIO DE JORNADA (RIJ) Diariamente se lleve a cabo la Reunión Inicio de Jornada (RIJ) en la que participa todo el personal del PROVEEDOR. Responsables de cumplimiento: 1.- Residente de Pemex. 2.- Representante del PROVEEDOR. Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA. III. AUDITORIAS EFECTIVAS

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Diariamente se deben llevar a cabo auditorias efectivas durante los tres turnos de trabajo con la finalidad de corregir actos inseguros a fin de evitar accidentes durante el desarrollo de las actividades. Nota: Los tres primeros días de actividades de reparación, el personal de USIPA establecerá el estándar de seguridad deseado. Responsables de cumplimiento: 1.- Residente de Pemex 2.- SUPERVISOR de Seguridad del PROVEEDOR. 3.- Ingenieros de las diferentes especialidades y mandos medios de Pemex. 4.- Personal del SSPA y de la USIPA. Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA. * Si requieren re-entrenamiento, lo proporcionara USIPA. IV.- PLÁTICAS DE SEGURIDAD. Se debe tener por parte de cada PROVEEDOR, un Programa de pláticas diarias de seguridad para ser impartido al personal durante el periodo que dure la reparación de la planta, esto con la finalidad de concienciar al personal en los aspectos relevantes de seguridad (5 minutos). Ejemplos: Plan de respuesta a emergencia, hojas de seguridad, riesgos de trabajo, procedimientos críticos, etc. Responsables de cumplimiento: 1.- SUPERVISOR de seguridad del PROVEEDOR. 2.- Residente de Pemex. * Nota: Se dará seguimiento al cumplimiento de esta actividad por parte de personal del SSPA y de la USIPA. V.- ANALISIS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO (AST) Se debe llevar a cabo en los trabajos de alto riesgo un analisis de seguridad en el trabajo (AST), con la finalidad de minimizar los riesgos inherentes al mismo y evitar accidentes e incidentes. Por ejemplo:

Juntas ciegas en líneas de desfogue.

Trabajos en altura.

Trabajos en interiores de torres, reactores, recipientes.

Libranzas eléctricas. Responsables de cumplimiento: 1.- SUPERVISOR del PROVEEDOR. 2.- Residente de Pemex. 3.- Ingeniero de Inspección Técnica y Seguridad de Pemex, responsable de la reparación. VI. PROCEDIMIENTOS CRÍTICOS Durante la vigencia del Contrato CS-RMAD-___/__, todo el personal a cargo del PROVEEDOR deberá dar un riguroso cumplimiento a la difusión, aplicación y verificación de los “Procedimientos Críticos” que a continuación se enlistan:

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SP-SASIPA-SI-02310 PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJOS EN INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LA SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

311- 42000-PSIA-012 PROCEDIMIENTO PARA LIBRANZAS DE CIRCUITOS Y EQUIPOS ELÉCTRICOS

300-40800-PSIA-045 REALIZACIÓN DE TRABAJOS EN ALTURA

300-40800-PSIA-046 INSTALACIÓN Y USO DE BARRERAS DE SEGURIDAD

300-40800-PSIA-047 TRABAJOS DE EXCAVACIÓN

300-40800-PSIA-048 TRABAJOS DE CORTE Y SOLDADURA

300-40800-PSIA-049 AUTORIZAR, SUPERVISAR Y EJECUTAR TRABAJOS EN FORMA SEGURA, EN ESPACIOS CONFINADOS

300-40800-PSIA-050 ETIQUETA, CANDADO, DESPEJE Y PRUEBA

300-40800-PSIA-051 APERTURA Y CIERRE DE BRIDAS Y CONEXIONES EN LÍNEAS Y EQUIPOS

300-40800-PSIA-052 ARMADO Y DESARMADO DE ANDAMIOS El PROVEEDOR deberá solicitar a la Superintendencia de Rehabilitaciones y Modificaciones así como a la Unidad de Seguridad Industrial y Protección Ambiental de la Refinería Francisco I. Madero, copias de “Procedimientos Críticos” que sean aplicables de acuerdo a la naturaleza de los trabajos amparados en el Contrato CS-RMAD-___/__. Cuando personal del PROVEEDOR sea encontrado incumpliendo alguna de las disposiciones contenidas en los Procedimientos arriba señalados, se procederá a suspender los trabajos por lo que cualquier atraso en el programa de ejecución de los trabajos derivado de este incumplimiento, no será motivo para diferir la fecha de inicio de los mismos o ampliar el plazo de ejecución del contrato. Así mismo se solicitará al PROVEEDOR sancione a su personal involucrado en el incumplimiento. REGLAS ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL NORMAS ECOLÓGICAS: NOM-001-SEMARNAT-1996: Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las

descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales. NOM-052-SEMARNAT-1993: Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de

los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente. NOM-085-SEMARNAT-1994: Contaminación atmosférica-Fuentes fijas- Para fuentes fijas que utilizan

combustibles fósiles sólidos, líquidos o gaseosos o cualquiera de sus combinaciones, , que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de humos, partículas suspendidas totales, bióxido de azufre y óxidos de nitrógeno y los requisitos y condiciones para la operación de los equipos de calentamiento indirecto por combustión, así como los niveles máximos permisibles de emisión de bióxido de azufre en los equipos de calentamiento directo por combustión.

Los daños a terceros causados por incumplimiento de estas normas son responsabilidad del PROVEEDOR, que deberá

remediarlos a su costo.

A continuación se presenta un conjunto de reglas y guías de acción que deben ser ampliamente conocidas, estudiadas,

divulgadas y aplicadas por el PROVEEDOR y sus empleados, cuando así lo requiera la naturaleza de la Obra a ejecutar:

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El equipo móvil, incluyendo maquinaria pesada, deberá operarse de tal manera que cause el mínimo deterioro a los

suelos, vegetación y cursos de agua en el sitio de la Obra. No se permite el uso, tránsito estacionamiento ni lavado de

equipo móvil en lechos de quebradas u otros sitios distintos al área de trabajo, a menos que sea estrictamente necesario

y con previa autorización de Petróleos Mexicanos o su delegado.

El aprovisionamiento de combustible y mantenimiento del equipo móvil y otra maquinaria incluyendo lavado, deberá

realizarse en forma tal que estas actividades no contaminen los suelos o las aguas y los desechos deberán ser retirados y

tratados. La ubicación de los patios para estas operaciones deberá ser aislada de cursos de agua.

El PROVEEDOR debe mantener el buen estado de funcionamiento toda su maquinaria con el fin de evitar escapes de

lubricantes o combustibles que puedan afectar los suelos, cursos de agua, aire y organismos, las motobombas y en

general los equipos para extracción de agua que deban ser instalados en la orilla de una corriente, estarán provistas de

bandejas que permitan retener las fugas de combustible y lubricante; por ningún motivo se descargaran aceites o

combustibles a un cuerpo de agua.

Los aceites y lubricantes usados y los residuos de limpieza y mantenimiento deberán ser retenidos en recipientes

herméticos y deberán recibir tratamiento y disposición final adecuada.

Si por alguna circunstancia han de efectuarse quemas solo deberán ser autorizadas por el jefe del área de ECOLOGÍA.

Todos los campamentos deberán estar provistos de las facilidades para la recolección, tratamiento y disposición de

aguas residuales, sistema que deberá contar con la autorización previa de Petróleos Mexicanos. Los deshechos sólidos

deberán ser dispuestos adecuadamente mediante incineración o relleno sanitario y cumpliendo con las normas

establecidas por la Secretaría de Salud.

El PROVEEDOR debe asegurarse que la destrucción o tala de vegetación sea la mínima necesaria para realizar el

trabajo.

Los residuos de tala y rosería no deben llegar a los cursos de agua. Estos deben ser apilados de tal forma que no causen

desequilibrios a las condiciones del área.

En las operaciones de movimiento de tierras el PROVEEDOR deberá tomar medidas de control sobre los desechos de

materiales con el fin de no causar derrumbes en áreas circundantes y contaminación de cursos de agua. Debe tenerse un

plan previo para disposición de desechos inertes y de almacenamiento en la capa vegetal con fines de posterior

restauración del paisaje.

Cuando las cuentas y cárcamos de un trabajo concluyan directamente a un río, deberán estar provistas de obras civiles

que permitan la decantación de sedimentos.

Los drenajes deben construirse siguiendo curvas de nivel hacia canales naturales protegidos en caso de no ser posible,

se deben de construir estructuras de disipación de energía.

Cuando exista la necesidad de desviar un curso natural de agua o se haya construido un paso temporal de un cuerpo de

agua y estos no se requieran en el futuro, el curso abandonado o el paso deberán ser restaurados por el PROVEEDOR a

sus condiciones originales.

El PROVEEDOR deberá instalar tuberías y/o mangueras de manera provisional dependiendo del caudal a manejar, en

los drenajes y en corrientes superficiales interrumpidos por la construcción de vías.

Las gravas o material de arrastre no deben ser removidas del lecho de los ríos, arroyos, playas, lagos o lagunas, excepto

en las zonas específicamente aprobadas como fuente de materiales por la entidad gubernamental competente y en tal

caso se debe evitar el deterioro del área al final de la utilización y ejecutar las obras necesarias para la recuperación del

área afectada.

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El PROVEEDOR deberá tomas las medidas necesarias par asegurar que cemento, limos, o concreto fresco, y en general

residuos sólidos, no tengan como receptor final el lecho de cursos de agua.

El material de excavaciones o apertura de accesos debe ser ampliado para utilizarse en restauración del paisaje cuando

las obras no sean permanentes.

El PROVEEDOR deberá presentar especial cuidado al mantenimiento de cercas y accesos, los cuales deberán de

permanecer cerrados en todo momento y exigir a su personal la observación de esta obligación.

Se deberá verificar permanentemente la disposición adecuada de aguas residuales.

En áreas de campamentos se deben de mantener limpias las cunetas y drenajes naturales y artificiales de aguas lluvias.

El agua utilizada en los campamentos para consumo humano y preparación de alimentos debe ser agua potable.

El PROVEEDOR se obliga a contribuir a que el comportamiento de sus trabajadores sea ejemplar con la comunidad.

Al finalizar las actividades, las áreas de trabajo deben quedar en condiciones similares a las encontradas inicialmente.

Toda actividad de manejo de hidrocarburos deberá tener medidas preventivas y de control de derrames.

EN CASO DE EXISTIR ALGUNA DISCREPANCIA ENTRE LAS DISPOSICIONES DEL DOCUMENTO OBLIGACIONES DE

SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O PROVEEDORS QUE

REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

ANEXO SSPA PRIMERA VERSION AGOSTO 2011 Y CUALQUIER OTRO PUNTO DEL ANEXO “SSPA”, LAS DISPOSICIONES DEL DOCUMENTO ANTES CITADO PREDOMINAN SOBRE LAS DEMAS DISPOSICIONES DEL ANEXO “SSPA”

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4.- GUÍA TÉCNICA PARA EL CONTROL DE PROVEEDORS EN MATERIA DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL, CLAVE 800/16000/DCO/GT/010/10, REV. 1.

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5. CAPITULO XXIV DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS

CAPITULO XXIV OBRAS

XXIV. ARTICULO 1. Todos los prestadores de servicios que sean contratados por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, el contratante tenga establecidos en sus instalaciones o Centros de Trabajo.

XXIV. ARTICULO 2. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen. la obligación de informar y verificar que los prestadores de servicios que ha contratado, han entendido las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, tenga establecidos en las instalaciones o Centros de Trabajo en las cuales se va a desarrollar lo contratado.

XXIV. ARTICULO 3. Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de comunicar a los prestadores de servicios que contrate, las rutas y señalamientos para el tránsito seguro dentro de sus instalaciones o centros de trabajo, así como los puntos de reunión y salidas de emergencia. Al efecto, los prestadores de servicios tienen la obligación de cumplir con lo que el contratante les indique en este rubro.

XXIV. ARTICULO 4. El SUPERVISOR de las obras por la parte contratante, vigilará que la prestación del servicio contratado se realice conforme a las condiciones y especificaciones estipuladas en el contrato. En su caso, informará al responsable de la administración del contrato, los incumplimientos o desviaciones.

XXIV. ARTICULO 5. Para la realización de maniobras con maquinaria pesada o cuando se manejen materiales pesados o voluminosos, la persona encargada del trabajo debe efectuar una planeación de las mismas conforme los procedimientos o instructivos establecidos para tal fin e instruir en forma clara y precisa a los trabajadores que participen en las maniobras sobre las medidas de seguridad que deberán cumplirse durante su ejecución.

XXIV. ARTICULO 6. Queda prohibido al operador de montacargas o grúas móviles sobre orugas o neumáticos ejecutar maniobras sin el auxilio de un trabajador en tierra, que le ayude a dirigir sus operaciones conforme a las medidas de seguridad aplicables en este tipo de labores, tales como comunicación por radio o señales manuales, entre otras.

XXIV. ARTICULO 7. El ayudante operador debe verificar que la carga o lingada quedó firmemente amarrada y se aseguró correctamente antes de darle al operador la señal de izaje de la carga.

XXIV. ARTICULO 8. Queda prohibido a los trabajadores o Proveedors, viajar sobre, al lado o debajo de la carga que se va a mover por cualquier medio mecánico de transporte.

XXIV. ARTICULO 9. Cuando se lleven a cabo trabajos con grúas móviles, entre la parte más próxima del equipo y líneas conductoras de electricidad, deben existir como mínimo, las distancias que a continuación se indican:

TENSIÓN EN VOLTS DISTANCIA EN CM. 750 a 2,500 30

2,501 a 10,000 60 10,001 a 27,000 90 27,001 a 47,000 120 47,001 a 70,000 180

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TENSIÓN EN VOLTS DISTANCIA EN CM. 70,001 a 110,000 220 110,001 a 250,000 300 250,001 en adelante

300+1.25 cm por cada 1,000 volts en exceso

XXIV. ARTICULO 10. Si la grúa hace contacto

accidentalmente con un cable eléctrico, todo el personal de

apoyo en tierra debe mantenerse apartado del equipo. El operador permanecerá en la cabina hasta que reciba instrucciones para abandonarla, siempre y cuando haya sido previamente cortada la energía eléctrica y liberada la parte que hizo contacto con el cable eléctrico. Si por alguna circunstancia el operador tiene que abandonar el equipo, lo hará con los dispositivos de descenso dieléctricos (escalera, canastilla, etc.) que se tengan

'disponibles y nunca descenderá en forma que

pueda cerrar el circuito eléctrico al hacer contacto con el equipo y la tierra.

XXIV. ARTICULO 11. El trabajador que haga uso de cabos de manila, de fibras sintéticas o cables de acero, debe verificar que sean del calibre y material para su utilización segura de acuerdo al propósito para el cual se van a usar.

Al hacer los amarres debe asegurarse que estén bien hechos para evitar que éstos se corran o se

desbaraten. .

XXIV. ARTICULO 12. Todo trabajo de altura debe considerarse como trabajo potencialmente peligroso y como tal, debiendo autorizarse su ejecución requisitando el Permiso de Trabajo correspondiente, solicitud de trabajo o documento equivalente que obligue al análisis del riesgo.

XXIV. ARTICULO 13. La selección y aplicación de los procedimientos críticos para trabajos en altura debe hacerse de acuerdo a las condiciones particulares de cada caso, tomando como base un análisis del riesgo que efectuará el personal técnico del área donde se realizará el trabajo.

XXIV. ARTICULO 14. Se utilizará arnés y cable de vida para trabajos con pisos resbalosos, en escaleras fijas, plataformas sin barandal o en lugares similares donde se requiera reducir el riesgo de caída libre.

XIV. ARTICULO 15. Cuando se utilice el arnés, debe cuidarse que el anillo "D" del cable de vida, independientemente de la longitud del cable, se fije a un anclaje seguro, de tal manera que en caso de caída del trabajador, el arnés sólo tenga una trayectoria máxima de 50 cm.

XXIV. ARTICULO 16. Los trabajadores deben utilizar el arnés para trabajos en altura, cuando se estime una

posible caída libre mayor de 0.5 m y menor de 1.8 m.

Cuando la caída libre pueda ser mayor de 1.8 m, pero sin exceder 4.0 m, los cinturones de seguridad deben usarse con un amortiguador de choque conectado a la línea de sujeción.

XXIV. ARTICULO 17. Debe utilizarse arnés con suspensión en trabajos de altura cuando sea necesario sostener o soportar al operario colgando, mientras efectúa dicha labor (guindolas). También se utilizarán para rescate, especialmente de personas inconscientes. No son para caída libre.

XXIV. ARTICULO 18. Deben utilizarse cinturones de seguridad y bandolas para trabajos en líneas eléctricas de transmisión (linieros y montadores), y otros trabajos eléctricos, para prevenir caídas libres.

XXIV. ARTICULO 19. Cuando se utilicen guindolas suspendidas deben probarse, bajándolas hasta aproximadamente 50 cm., sobre el piso y cargándolas con 4 veces el peso que va a soportar.

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XXIV. ARTICULO 20. La plataforma de los andamios debe de tener una cenefa o rodapié alrededor para evitar que las herramientas o los materiales caigan en caso de desnivelarse.

XXIV. ARTICULO 21. Si por la naturaleza de la actividad se necesita realizar trabajos a diferentes niveles simultáneamente, es necesario instalar un techo de protección para evitar el riesgo de que los trabajadores que laboren en las partes bajas puedan ser alcanzados por objetos que caigan.

XXIV. ARTICULO 22. Cuando sea necesario instalar escaleras, pasillos o barandales provisionales, el SUPERVISOR y el encargado de la obra deben cumplir con las medidas de seguridad correspondientes.

XXIV. ARTICULO 23. Los responsables de supervisar la obra por parte del contratante y del PROVEEDOR, deben revisar periódicamente las instalaciones eléctricas provisionales, con objeto de mantenerlas en condiciones seguras.

XXIV. ARTICULO 24. Los responsables de supervisar la obra por parte del contratante y del PROVEEDOR deben instruir, en forma clara y precisa, al personal que tenga que ejecutar trabajos de construcción dentro de las áreas de proceso o en áreas contiguas, sobre los riesgos existentes, la forma en que debe ejecutarse el trabajo y las medidas de seguridad que deben adoptarse.

XXIV. ARTICULO 25. Cuando se ejecuten trabajos de soldadura o se utilice fuego durante la construcción de

obras nuevas en áreas anexas a instalaciones en operación, cercanas a drenajes purgas o recipientes que

conduzcan o contengan productos inflamables o explosivos, el personal técnico del área deberá realizar un

análisis de seguridad de los trabajos, así como tomar las medidas de seguridad establecidas en los Permisos

de Trabajo peligroso y conforme a los procedimientos o instructivos correspondientes.

XXIV. ARTICULO 26. En las excavaciones ya sea para cimentaciones, tuberías, equipos, instalaciones, entre otros, se debe hacer el estudio de mecánica de suelos conforme a los procedimientos o instructivos correspondientes y cumplir con las medidas de seguridad aplicables a estos tipos de trabajos (instalación de ademes, tabla-estacas, etc.).

Toda reforma, alteración, modificación o innovación a las instalaciones de cualquier tipo en el Centro de Trabajo, debe hacerse conforme a la administración del cambio.

XXIV. ARTICULO 27. Cuando no se tenga el estudio de mecánica de suelos, las excavaciones de más de un metro de profundidad, deben de hacerse conforme a las medidas de seguridad que se establezcan en los procedimientos o instructivos que aplican para este tipo de actividad, a fin de evitar derrumbes.

XXIV. ARTICULO 28. Las labores de excavación deben efectuarse sin riesgo, por lo que, en caso de existir construcciones colindantes, se deben revisar la cimentación y su estructura con los proyectos existentes, con el fin de protegerlas debidamente.

XXIV. ARTICULO 29. Si durante la excavación, cualquier trabajador observa que el terreno se encuentra contaminado con hidrocarburos o productos químicos, éste debe suspender la actividad referida y avisar inmediatamente a su SUPERVISOR o residente de obra.

XXIV. ARTICULO 30. Antes de colar columnas, trabes y losas de concreto, el SUPERVISOR o residente de obra, debe verificar qué la cimbra cumpla con las medidas de seguridad establecidas en los procedimientos o instructivos correspondientes.

XXIV. ARTICULO 31. El trabajador responsable de una excavación en sitios adyacentes a instalaciones en servicio, no debe iniciar su encomienda si tiene duda o no ha sido debidamente informado de los riesgos de la actividad a realizar. Al efecto, una vez informado, deberá cumplir las medidas de seguridad que se le indiquen.

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XXIV. ARTICULO 32. Toda conexión de un nuevo drenaje industrial a la red existente, debe efectuarse conforme a los procedimientos que se establezcan en el Centro de Trabajo y cumplir las medidas de seguridad correspondientes.

XXIV. ARTICULO 33. Todo trabajador que participe en la conexión de nuevos drenajes industriales con los existentes debe usar el quipo de protección personal adecuado y cumplir las medidas .de seguridad que se le indiquen, evitando provocar fuentes de ignición tales como chispas producidas con las herramientas de trabajo, instalaciones de

iluminación

inapropiadas, bombas

de achique accionadas por motor de combustión

interna, entre otras.

XXIV. ARTICULO 34. Al desconectar o conectar tuberías a circuitos, cuando exista protección catódica, se

debe evitar la formación de arcos eléctricos y tomar las precauciones necesarias para restituir di cha

protección. En esta actividad, los trabajadores deben cumplir estrictamente las medidas de seguridad que se

les indiquen.

XXIV. ARTICULO 35. En obras cercanas a vías de ferrocarril, deben observarse las disposiciones de la Ley

General de Vías de Comunicación. Tratándose de una vía ancha, no debe realizarse obra alguna a una

distancia menor de 2.60 metros del eje de la vía, a 1.80 metros si se trata de una vía angosta o a 1.5 metros

si es una vía de cambio (Decauville).

XXIV. ARTICULO 36. Las modificaciones a los drenajes que manejen productos inflamables o combustibles,

deben acompañarse de un estudio de riesgos previo y hacerse siempre con las características adecuadas

para el servicio respectivo.

XXIV. ARTICULO 37. En todos los casos, los trabajadores deberán tener siempre .puesto su casco para

protegerse de golpes de piedras, maderos o cualquier otro material de construcción, sobre todo cuando hay

trabajadores en las partes superiores, ya que puede caer cualquier material de construcción o bien cualquier

herramienta.

XXIV. ARTICULO 38. Cuando por necesidades de servicio sea necesario tender tuberías provisionales

sobre áreas transitadas, deben tomarse las siguientes precauciones: a) Proteger los tubos a ambos lados con placas de acero o con maderos.

b) Poner señalamiento a ambos lados mediante banderas en el día y luces o pintura reflectante durante

la noche.

c) Cuando se trate de excavaciones, se señalará con mojoneras blancas en el día y con luces o pintura

reflectante durante la noche. XXIV. ARTICULO 39. Toda obra nueva o que implique modificación, adecuación, remodelación o alteración, de cualquier tipo de instalación en el Centro de Trabajo, debe hacerse conforme a la administración del cambio adoptada por Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios.

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6. - REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCION AMBIENTAL PARA PROVEEDORS Y PROVEEDORES

1. Objetivo.

Establecer los requisitos y reglas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, que deben cumplir los proveedores y Proveedors que proporcionan obras, bienes o servicios en las instalaciones de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, con el propósito de prevenir la ocurrencia de incidentes que afecten la integridad de trabajadores, instalaciones, medio ambiente o terceros.

2. Alcance. 2.1. El presente reglamento define:

2.1.1. Las responsabilidades y obligaciones de los Proveedors y proveedores que proporcionan servicios de construcción, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento; así como, de suministro de bienes y servicios en las instalaciones del Organismo PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, contratados al amparo de la "Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas", y de la "Ley de Adquisiciones, SERVICIOS y Servicios del Sector Público" y sus Reglamentos, incluyendo los contratos que se instrumenten con dependencias o entidades.

2.2.2. Los requerimientos mínimos que se deben establecer como parte de las bases de Licitación en

materia de seguridad industrial, salud en el trabajo y protección ambiental, mismos que debe cumplir el

personal de compañías Proveedors y proveedores en el desarrollo de sus actividades objeto del

contrato; así como, los mecanismos de supervisión y control correspondientes.

2.2. El presente reglamento no incluye el traslado o transporte realizado. por Proveedors y proveedores cuando los materiales, equipos, maquinaria o herramientas son de su propiedad; es decir que, aunque vayan a ser transferidos a PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL esta acción no haya sido concretada.

3. Ámbito de aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente reglamento, son de aplicación general y observancia obligatoria en todos los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, en donde se realicen actividades por parte de Proveedors o de proveedores.

4. Actualizaciones.

4.1. El presente reglamento, se debe revisar cada cuatro años o antes si las propuestas de modificación lo ameritan.

4.2. Las sugerencias, observaciones o comentarios al presente documento normativo, se deben enviar oficialmente por escrito a la Gerencia de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, dependiente de la SASIPA, en la dirección siguiente:

Av. Marina Nacional No. 329, colonia Huasteca, C.P. 11311, México, D. F. Edificio "B-2", segundo piso.

5. Vigencia.

5.1. El presente Reglamento entrará en vigor a los sesenta días naturales contados a partir de su fecha de autorización por parte del Director General de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL y estará disponible para su consulta en la normateca electrónica de la SASIPA.

1

6. Definiciones.

6.1. Accidente: Suceso repentino, no deseado ni planeado. cuyas consecuencias son daños, lesiones, o enfermedades.

2

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6.2. Actos inseguros. Son /as acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras.

6.3 Análisis de seguridad del trabajo (AST). Es una metodología que nos permite realizar la planeación de cualquier actividad o tarea para que esta se realice con un enfoque de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. Consiste en analizar la actividad a realizar, paso a paso para identificar los riesgos y generar las acciones que nos permitan controlar, mitigar y/o eliminar el riesgo, definiendo los responsables de implementar las medidas de control señaladas.

6.4. Área contratante. Área designada por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con capacidad técnica-administrativa y jurídica para llevar a cabo los procesos de contratación en cualquiera de sus modalidades para la adjudicación de contratos de obra, servicios o adquisiciones requeridos por las áreas usuarias.

1 http://sasipa.ref.pemex.com

2 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice a.

3 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice b.

6.5. Área de riesgo. Área clasificada dentro de las instalaciones, que presenta o puede presentar condiciones peligrosas y que requiere la aplicación de medidas de prevención y control de los riesgos asociados al trabajar en dichas áreas. Entre otras, se incluyen de manera ilustrativa las siguientes:

6.5.1. Concentraciones de gases o vapores inflamables con posibilidad de incendio y/o explosión.

6.5.2. Excavaciones a más de 1.00 metro de profundidad, túneles o pozos.

6.5.3. Instalaciones y/o equipos que operan a altas presiones y/o temperaturas.

6.5.4. Instalaciones y/o equipos que se encuentren en reparación y que hayan contenido productos combustibles o inflamables.

6.5.5. Instalaciones y/o equipos en los que se manejen productos tóxicos o corrosivos.

6.5.6. Instalaciones y/o equipos que se consideren trabajos en altura a más de 1.80 metros de altura a

partir del nivel del piso terminado; cuando el piso lo constituya una plataforma, dicha altura se contará a

partir de la misma, siempre y cuando esta tenga barandales u otro medio de protección que evite que el

trabajador pueda caer fuera de la plataforma.

6.5.7. Instalación y/o equipos que operen con alta tensión eléctrica.

6.5.8. Operaciones a bordo de embarcaciones de Flota Mayor o Menor.

6.5.9. Procesamiento, almacén, manejo o uso de gases y líquidos combustibles o inflamables.

6.6. Área usuaria. Es el área de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con capacidad técnica que hará uso final de los servicios o bienes proporcionados por Proveedors o proveedores, conforme a lo pactado en el contrato específico.

6.7. Bases de Licitación. Documento que contiene los requerimientos técnicos, administrativos, SSPA y legales, expedidos por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios de conformidad con la convocatoria para su aplicación en el desarrollo y ejecución de las obras, servicios o adquisiciones, incluyendo todas sus modificaciones y aclaraciones emitidas por escrito por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 6.8. Bases de usuario. Documento que contiene las especificaciones técnicas y legales definidas por el área usuaria para el proyecto y que servirán de base para la elaboración de los diversos anexos técnicos y administrativos que integran las bases de Licitación.

6.9. Centro de trabajo.- Todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo.

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Este concepto es equivalente a: Centro Administrativo, Refinerías, Terminales de Almacenamiento y Reparto, Terminales Marítimas, Residencias de Operaciones Portuarias, Sectores de Ductos, Embarcaciones, Almacenes y Talleres Centrales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

6.10. Condición insegura. Circunstancia física peligrosa en el medio en que los trabajadores realizan sus labores (ambiente de trabajo), y se refiere al grado de inseguridad que pueden tener los locales, la maquinaria, los equipos y los puntos de operación.

5

6.11. Proveedor. Persona ajena al centro de trabajo que labora temporalmente en éste, involucrado directa o indirectamente con el proceso, y que por el motivo de su trabajo agrega un riesgo.

6

6.12. Contrato. Instrumento mediante el cual se formaliza desde el punto de vista legal el acuerdo técnico-comercial entre PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL y los Proveedors o proveedores, para la realización de los trabajos establecidos como alcance, en el citado documento.

6.13. Enfermedad de trabajo. Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo.

7

4 Secretaria del Trabajo y Previsión Social. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Artículo 2°,

subíndice II. 5 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999. Capítulo 4, subíndice b.

6 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 4, subíndice j.

7 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 3, subíndice h.

6.14. Espacio confinado. Es un lugar lo suficientemente amplio, configurado de tal manera que una persona puede desempeñar una determinada tarea en su interior, que tiene medios limitados o restringidos para su acceso o salida, que no esté diseñado para ser ocupado por una persona en forma continua y en el cual se realizan trabajos específicos ocasionalmente.

8

6.15. Incidente. Acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas.

9

6.16. Instalación.- Es el conjunto de estructuras, equipos de proceso, y otros, dispuestos para un proceso

productivo específico, como tuberías, circuitos eléctricos, accesorios, instrumentos, autos tanque, carros

tanque, hardware y software, entre otros, dispuestos en los centros de trabajo para el procesamiento,

almacenamiento, servicio principal (fuerza), carga/descarga, tratamiento, servicio transporte o distribución

de productos; así como, las bodegás, almacenes, talleres, laboratorios, clínicás y edificios administrativos,

entre otros, en los que se desarrollan actividades administrativas, de servicios y de apoyo.

6.17. Licitante. La persona que participe en cualquier procedimiento de Licitación pública o de invitación a cuando menos tres personas.

6.18. Máxima Autoridad del Centro de Trabajo. Gerente, Subgerente, Superintendente, Jefe, Residente o Encargado de un centro de trabajo.

6.19. Minuta de trabajo. Formato que debe tramitarse y llenarse obligatoriamente para autorizar la

realización de un trabajo de riesgo o potencialmente peligroso, ya sea que cuando el Grupo de Trabajo

del centro de trabajo considere que durante el desarrollo del trabajo pueden presentarse condiciones

desfavorables que afecten instalaciones vecinas, cuando la duración del trabajo requiera la autorización

de más de un permiso de trabajo, que por la naturaleza del trabajo se requieran mayores niveles de

supervisión o por que intervienen varias dependencias o especialidades.

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6.20. Permiso de trabajo. Formato que debe tramitarse y llenarse obligatoriamente para autorizar la realización de una actividad peligrosa o potencialmente peligrosa.

8 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998. Capítulo 4, subíndice f.

9 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Capítulo 3, subíndice i.

6.21. Protocolo de entrega y recepción. Procedimiento para auditar del inicio al término los trabajos o servicios motivo del contrato.

6.22. Proveedor. Cualquier persona que celebre contratos de adquisiciones SERVICIOS o servicios. Siendo cualquier persona ajena al centro de trabajo que labora temporalmente en éste, involucrado directa o indirectamente con el proceso, y que por el motivo de su trabajo agrega un riesgo.

6.23. Reglamento. Reglamento de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para Proveedors y Proveedores.

6.24. Residente de obra. Servidor público contratado por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los trabajos realizados por el Proveedor o proveedor, designado como responsable y representante directo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL ante el Proveedor o proveedor.

6.25. Salud en el trabajo. Actividad multidisciplinaria dirigida a proteger y promover la salud de los trabajadores mediante la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo, así como los factores o condiciones de riesgo que ponen en peligro su salud y seguridad.

6.26. Subdirección operativa. Equivale a la Subdirección de Producción, Subdirección de Distribución, Subdirección de Almacenamiento y Reparto.

6.27. Superintendente de construcción (del Proveedor) y el equivalente (del proveedor). Es la persona facultada por el Proveedor o proveedor para oír y recibir toda clase de notificaciones, relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal y también cuenta con facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento de un contrato.

6.28. Supervisor de Obra. Servidor público contratado por Pemex. Refinación con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los trabajos realizados por el Proveedor, quien es el auxilio técnico de la residencia de obra, o bien tercera persona que PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL contrate para ésta función y con las demás responsabilidades que en su caso, se pacten en el contrato de supervisión.

6.29. Supervisor. Servidor público contratado por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL con el conocimiento, experiencia, y habilidades necesarias para la supervisión, vigilancia, control y aceptación de los bienes o trabajos realizados por el proveedor.

6.30. Supervisor de Seguridad (del Proveedor o proveedor) Es el representante técnico designado por el Proveedor o proveedor para la realización y supervisión de las actividades relacionadas con la Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, estipuladas en los contratos celebrados con PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

6.31. Tratados. Los convenios regidos por el derecho internacional público, celebrados por escrito entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y uno o varios sujetos de Derecho Internacional Público, ya sea que para su aplicación requiera o no la celebración de acuerdos en materias específicas, cualquiera que sea su denominación, mediante los cuales los Estados Unidos Mexicanos asumen compromisos.

6.32. Trabajo con riesgo (trabajo peligroso). Es aquel que se realiza en un área clasificada como peligrosa o cerca de ella; o que durante su ejecución pueden presentar condiciones peligrosas que provoquen un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo.

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7. Símbolos, abreviaturas y acrónimos.

7.1. AE: Auditoria Efectiva.

7.2. ACR: Análisis Causa Raíz.

7.3. AST: Análisis de Seguridad del Trabajo.

7.4. DCO: Dirección Corporativa de Operaciones.

7.5. SSPA: Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

7.6. HDSS: Hoja de Datos de Seguridad de Sustancias.

7.7. PRE: Plan de Respuesta a Emergencias.

7.8. SASIPA: Subdirección de Auditoria en Seguridad Industrial Y Protección Ambiental.

8. Disposiciones generales.

8.1. El fundamento legal que sustenta la obligación de regular lo correspondiente a los aspectos de Seguridad, Salud y Protección Ambiental que deben observar los Proveedors y proveedores que realizan actividades en instalaciones de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, está contenido en la Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004, en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en la Guía Técnica 800/16000/DCO/GT/010/07, principalmente en los artículos siguientes: 8.1.1. En cada centro de trabajo se debe "Comunicar al Proveedor los riesgos a los que estará expuesto y los accidentes previos que hayan ocurrido en la actividad asignada, así como las reglas de seguridad generales y especificas del área donde va a realizar el trabajo". '° 8.1.2. En los centros de trabajo se debe "Contar con criterios para la contratación de servicios relacionados con el proceso y equipos críticos, en los cuales se debe revisar que el Proveedor cuenta con personal capacitado y adiestrado para desarrollar el trabajo".

11

8.1.3. "Se debe llevar un protocolo de seguridad para la recepción y entrega de trabajos de los Proveedors en el que se especifiquen las desviaciones y los cumplimientos relacionados con el trabajo y se debe conservar por un periodo de cinco años".

12

8.1.4. "El Proveedor informará al patrón el accidente mayor que se presente en e/ lugar de trabajo". '13

8.1.5. "Las disposiciones del Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, también son obligatorias para el personal de las compañías Proveedors, así como para los proveedores y visitantes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios".

14

10

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.1.

11

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.2. 12

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.3. 13

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 14, subíndice 14.3. 14

Petróleos Mexicanos. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Capítulo I, artículo 4.

8.1.6. "Todos los prestadores de servicios que sean contratados por Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, tienen la obligación de cumplir y hacer cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que, en materia de seguridad, salud y protección al medio ambiente, el contratante tenga establecidos en sus instalaciones o Centros de Trabajo".

15

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8.1.7. "Se debe dar capacitación y adiestramiento inicial y periódico a los trabajadores y Proveedors relacionados con la operación y mantenimiento de los equipos críticos, procesos y procedimientos, trabajos peligrosos e investigación de accidentes mayores y a quienes realicen auditorias internas."

16

8.18 "El Proveedor debe documentar que cada unos de los trabajadores ha recibido y entendido el entrenamiento requerido. Debe contar con registros para cada uno de los trabajadores, la fecha de entrenamiento y los medios utilizados para verificar que el trabajador entendió el entrenamiento.

""17

8.19 "La capacitación y el adiestramiento se debe proporcionar en función de un programa específico en el que, por lo menos, se indique: nombres de los trabajadores participantes, fechas de impartición y evaluación, en las cuales, a través de un reporte reflejarán los resultados del programa”

18

8.2. Siempre que en un centro de trabajo labore o ingrese personal Proveedor, se debe observar lo dispuesto en el presente reglamento.

8.3. La Subdirección, Gerencia, Subgerencia o Centro de Trabajo, conforme a los requerimientos de sus instalaciones y a su disponibilidad presupuestal, debe definir los trabajos o bienes que deben ser contratados para su ejecución por Contratistas o proveedores; para la cual, se hace necesario establecer los requerimientos técnicos, normas, especificaciones de ingeniería, de materiales, equipos, procedimientos, protocolos de pruebas, certificaciones o calificaciones de especialidad y competencia técnica del personal y los criterios técnicos para evaluar y calificar la experiencia y capacidad técnica del Proveedor o proveedor, a efecto de que satisfaga los requerimientos del área usuaria.

15 Petróleos Mexicanos. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Capítulo XXIV,

artículo 1. 16

Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.1.

17 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.2.

18 Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Capítulo 15, subíndice 15.3.

8.4. El área usuaria (técnica) debe proporcionar al área contratante todos los documentos técnicos y legales que cubran sus requerimientos, mismos que deben conformar las bases de usuario y de Licitación como parte integral de las obras, servicios o bienes a contratar y que en forma obligatoria deben cumplir los licitantes, con el propósito de seleccionar la propuesta mas conveniente a los intereses de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

Los requisitos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental deben describirse con toda claridad en estas bases.

En el aspecto ambiental, cuando se incluya el desarrollo de la ingeniería para obras nuevas, se debe considerar el estudio de riesgos y de impacto ambiental, a efecto de obtener previo a la ejecución de la obra la autorización de la SEMARNAT.

8.5. El área contratante de manera conjunta con el área usuaria, deben evaluar y calificar las propuestas técnico-económicas de los licitantes con la finalidad de seleccionar la mejor propuesta que satisfaga los requerimientos técnicos y mejores condiciones económicas favorables a PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, considerando los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental establecidos en las bases de Licitación.

8.6. Este reglamento debe formar parte integral del contrato, como anexo técnico. Debe indicar la obligatoriedad del Proveedor o proveedor para que cumplan y hagan cumplir las normas, reglamentos, procedimientos e instructivos que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL tenga establecido en sus instalaciones o centros de trabajo.

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8.7. La máxima autoridad del centro de trabajo y en forma directa el residente de obra o supervisor designado por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, debe vigilar el estricto cumplimiento de todo lo pactado en el contrato y en sus anexos como parte integrante del mismo.

8.8. Todas las actividades de los trabajos contratados deben realizarse de acuerdo a los procedimientos

específicos establecidos y/o a las prácticas seguras de trabajo que estén aprobadas.

8.9. Evaluar el desempeño del Proveedor o proveedor, en el cumplimiento de lo pactado en el contrato, tanto técnicamente como en los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.

8.10. El centro de trabajo debe evaluar previo al inicio de los trabajos, a los supervisores de seguridad del Proveedor o proveedor en los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. La evaluación debe ser realizada en forma conjunta por el residente de obra o supervisor del proveedor, área usuaria y representante de seguridad industrial.

8.11. Se debe establecer un programa conjunto entre el residente de obra o supervisor y el Proveedor o proveedor, para llevar a cabo reuniones técnicas y de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental para evaluar el desarrollo de los trabajos, acordando las medidas para corregir las desviaciones observadas.

9. De las medidas preventivas generales.

9.1. El Proveedor o proveedor debe observar las siguientes disposiciones generales.

9.1.1. Instruir a su personal acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad, salud en

el trabajo y protección ambiental dispuestos en este Reglamento.

9.1.2. Contar en el sitio como mínimo con un supervisor de seguridad, salud y protección ambiental hasta

por cada 50 trabajadores, durante el tiempo que duren los trabajos contratados y permanentemente; este

supervisor, debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones de este Reglamento, así como las normas,

procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo

y protección ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos.

Este supervisor no podrá ser designado también como supervisor técnico, ni atender actividades similares

en representación de otros Proveedors o proveedores.

9.1.3. Prohibir a todo su personal usar parrillas eléctricas, extensiones, radios, televisores y cualquier otro dispositivo eléctrico o electrónico, salvo autorización expresa y por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra.

9.1.4. Prohibir a todo su personal hacer fogatas o cualquier tipo de fuego, salvo autorización expresa y por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra.

9.1.5. Prohibir a todo su personal introducir y portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones del centro de trabajo, salvo autorización expresa de la máxima autoridad del centro de trabajo.

9.1.6. Prohibir a todo su personal fumar e introducir bebidas embriagantes o drogas en los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, así como entrar bajo el efecto de dichas sustancias.

9.1.7. Observar las disposiciones de orden y limpieza, con el objeto de mantener en óptimas condiciones el lugar de trabajo. Por consiguiente, se considerará como no terminados los trabajos hasta en tanto el Proveedor o proveedor entregue el lugar limpio de escombros, basura, contaminación, u otros, efectuando la disposición final de los residuos según ordenamientos federales, estatales o municipales. El tiempo y recursos que utilice en su cumplimiento no deben significar un cargo adicional a lo contratado.

9.1.8. Informar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, cuando observe condiciones inseguras dentro de las instalaciones o

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área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías u otros).

9.1.9. Cumplir con todas las disposiciones legales vigentes (Federales, Estatales, Municipales y los Tratados) que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental apliquen.

9.1.10. Cumplir con las disposiciones adicionales que el centro de trabajo especifique para la prevención y control de riesgos.

9.1.11. Prohibir a todo su personal introducir al centro de trabajo envases desechables, como bolsas de plástico, unicel, entre otros, que causen el taponamiento de los sistemas de drenaje.

9.1.12. Observar lo establecido en la edición vigente de la "Disposición administrativa para el uso de equipos de comunicación en centros de trabajo" (DG-SASIPA-SI-08405), respecto del uso de teléfonos celulares, radiolocalizadotes, radios portátiles, computadoras portátiles, asistentes digitales. (palm's), cámaras de video, cámaras de cine y cámaras fotográficas, entre otros aparatos eléctricos o electrónicos personales.

9.1.13. Instruir a todo su personal para que en caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, suspendan los trabajos y sigan estrictamente las instrucciones del personal de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación para cuando la emergencia lo indique.

9.1.14. Elaborar un plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados, mismo que debe ser entregado a la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL para su consideración en su PRE por el tiempo que dure la obra.

9.1.15. Queda prohibido tramitar la contratación de personal y efectuar pagos de salarios a su personal dentro del centro de trabajo.

9.1.16. Queda prohibido que el personal del Proveedor se traslade a pie desde el acceso hasta el área de trabajo, en los casos que ésto aplique.

10. De las reglas de seguridad.

10.1. De la capacitación y entrenamiento.

10.1.1. Comprobar a satisfacción de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, que su personal cuenta con los conocimientos y experiencia suficientes sobre la especialidad técnica; así como, sobre Seguridad Industrial, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental, para la ejecución de los trabajos contratados.

10.1.2. La capacitación en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental del personal

Proveedor, debe comprender entre otros sin ser limitativo los siguientes temas:

a) Trabajos con riesgo:

1. Entrada segura a espacios confinados. 2. Protección contraincendio. 3. Equipo de protección personal. 4. Prevención de-caídas. 5. Seguridad eléctrica. 6. Bloqueo de energía y materiales peligrosos. 7. Delimitación de áreas de riesgo (barricadas). 8. Apertura de líneas y equipos de proceso. 9. Corte y soldadura en áreas riesgosas y/o en líneas y recipientes que hayan contenido o contengan

productos inflamables. 10. Radiografiado.

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11. Transporte de sustancias químicas o materiales peligrosos. 12. Maniobras e izaje de equipos. 13. Manejo y almacenamiento de materiales y residuos peligrosos. 14. Trabajos en excavaciones. 15. Etiqueta, candado despeje y prueba. 16. Selección uso y armado de andamios. 17. Manejo, transporte y almacenamiento de cilindros con gases comprimidos.

b) Respuesta a emergencias y simulacros.

1. Plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo (PRE). 2. Protección contra incendio en áreas industriales (teoría y práctica). 3. Primeros auxilios, búsqueda y rescate. 4. Participar en pláticas y prácticas de contraincendio que el centro de trabajo realice. 5. Participar en simulacros que el centro de trabajo establezca.

c) Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental (SSPA).

1. Pláticas de inducción a la política de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental de Petróleos Mexicanos.

2. Pláticas de inducción al centro de trabajo. 3. Auditorias efectivas. 4. Administración de cambios (definitivos y temporales)- 5. Análisis de seguridad en el trabajo. 6. Procedimiento para el uso del permiso o minuta de trabajo 7. Medidas preventivas de salud en el trabajo. 8. Identificación de sustancias peligrosas en el centro de trabajo y su exposición durante el desarrollo

de los trabajos contratados. 9. Participar en las reuniones de inicio de jornada establecidas por el centro de trabajo. 10. Prácticas de trabajo seguras aplicables a las actividades a ejecutar. 11. Sistema de protección ambiental. 12. Sistemas de aseguramiento de calidad. 13. Administración de seguridad de los procesos.

10.1.3. Para los efectos de lo dispuesto en el numeral 10.1, el Proveedor debe contar con un registro por cada uno de sus trabajadores, en el que se anoten los cursos, pláticas y prácticas recibidas por el trabajador; así como, el nombre de la institución reconocida por la Autoridad' Federal en el Trabajo o por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL que impartió el curso y las fechas en las que se dieron dichos eventos. En ningún caso estos cursos deben exceder de 2 años.

10.1.4. El Proveedor o proveedor debe proporcionar a cada uno de sus trabajadores, una cartilla que contenga los datos generales del trabajador, el registro de los cursos recibidos, el nombre de la institución y/o del instructor que los impartió y la fecha de impartición. 10.2. De los vehículos.

10.2.1. El Proveedor debe proporcionar los documentos reglamentarios para obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor un pase debidamente autorizado para el ingreso de sus vehículos a las instalaciones de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL y comprobar que cuentan con un seguro de cobertura amplia. Los vehículos deben estar en condiciones normarles de integridad mecánica (frenos llantas, sistema eléctrico, escape, u otros). El pase debe ser expedido específicamente para cada vehículo y tendrá carácter de intransferible.

10.2.2. Adicionalmente a lo establecido en el presente documento normativo, el Proveedor debe observar lo dispuesto en la edición vigente del "Reglamento de Seguridad Física para las Instalaciones

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Industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL (DG-SASIPA-SI08400).

10.2.3. Los vehículos y máquinas con motor de combustión interna del Proveedor o proveedor, al momento de ingresar al centro de trabajo, deben contar con un dispositivo matachispas en el escape.

10.2.4. Queda prohibido estacionar vehículos fuera de las áreas permitidas; así corno, obstaculizar hidrantes, casetas contra incendio, cisternas o contenedores de agua contra incendio, tomas de' conexión de cámaras de espuma y subestaciones eléctricas, entre otros.

10.2.5. Las grúas que utilice el Proveedor, deben cumplir con las condiciones requeridas de seguridad, como son entre otras:

a) No transportar personal en el exterior de la cabina. b) Manejar cargas no mayor a su capacidad de diseño.

c) Que estén debidamente revisadas y mantenidas para su servicio, avalados por la documentación que lo compruebe.

d) Que cuenten con los certificados de pruebas de carga y funcionamiento.

e) Que el operador cuente con la licencia de operador de estos equipos, expedida por la autoridad competente.

10.2.6. En el caso de que el Proveedor o proveedor considere indispensable efectuar algún bloqueo de las calles para realizar un trabajo, debe solicitarlo con toda oportunidad a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para que tome las medidas pertinentes.

10.2.7. Cumplir con los señalamientos de sentido y velocidad máxima de circulación, establecidos por el centro de trabajo.

10.2.8. Portar en el vehículo los documentos reglamentarios de tránsito vigentes (tarjeta de circulación, permiso de carga, licencia del chofer, copia legible de la póliza de seguro del vehículo).

10.2.9. Los vehículos del Proveedor o proveedor que ingresen al centro de trabajo, deben estar plenamente identificados, considerando al menos la impresión de su razón social y logotipo en las puertas.

10.2.10. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas oscuros y reflejantes, en especial autotanques que transportan productos inflamables y combustibles.

10.3. Del acceso a las instalaciones.

10.3.1. El personal y vehículos de Proveedors y proveedores deben ingresar al centro de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL a través de las entradas oficiales; o bien, por los sitios que indique la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, con el propósito de que el departamento de vigilancia tenga control sobre el ingreso y salida de éstos.

10.3.2. Al solicitar la autorización de acceso al centro de trabajo el Proveedor o proveedor debe acreditar ante la máxima autoridad, residente de obra o supervisor, que su personal, supervisores y obreros cuentan con los conocimientos y experiencia suficiente sobre la especialidad técnica, y en Seguridad, Salud y Protección Ambiental.

10.3.3. Los Proveedors y proveedores, deben proporcionar a su personal el "pase de acceso" autorizado para que pueda ingresar al centro de trabajo; dicho pase, debe ser personal e intransferible y debe mostrarlo cuando se le solicite.

10.3.4. Los Proveedors y proveedores, deben proporcionar a su personal un gafete o credencial con fotografía, que contenga al menos la información siguiente; dicho gafete, debe portarlo el trabajador en forma obligatoria y visible durante el tiempo que permanezca en el centro de trabajo.

a) Nombre del trabajador.

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b) Número de registro ante el IMSS. c) Tipo de sangre. d) Información sobre alergias o enfermedades. e) Razón social del Proveedor o proveedor.

10.3.5. El personal Proveedor o proveedor debe respetar invariablemente el horario de labores establecido previamente con el personal del centro de trabajo.

10.3.6. El Proveedor o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para que su personal pueda acceder a las áreas industriales y de almacenamiento en operación o restringidas; esta autorización, será por escrito y mediante la supervisión estricta del personal responsable de la instalación.

10.4. Del equipo de protección personal.

10.4.1. El Proveedor o proveedor debe proporcionar el equipo de protección personal básico a su personal y vigilar su uso correcto. El equipo de protección personal básico es el descrito en la edición vigente de la "Disposición administrativa para el uso de ropa y equipo de protección por personal ajeno a PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL" (DG-SASIPA-SI-08402):

a) Overol 100% de algodón en color naranja con el logotipo o razón social de la compañía. b) Casco contra impactos en color naranja. c) Calzado industrial. d) Lentes de seguridad. e) Guantes de carnaza. f) Tapones auditivos.

10.4.2. El personal Proveedor y proveedores, por ningún motivo deben portar ropa sintética, incluyendo ropa interior.

10.4.3. El Proveedor o proveedor debe proporcionar el equipo de protección personal especializado, para prevenir los riesgos inherentes a las actividades a desarrollar y debe vigilar su uso correcto.

10.4.4. El equipo de seguridad debe seleccionarse observando lo dispuesto en la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2001, y se debe determinar mediante un análisis de riesgos efectuado por el propio Proveedor o proveedor.

10.4.5. El equipo de protección personal básico y especializado, debe cumplir con las especificaciones técnicas establecidas en las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales, Normas de Referencia u otras que establezca PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL en el contrato correspondiente, tales como las que se muestran en la tabla número 1.

TABLA 1. Especificaciones del equipo de protección personal.

EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL NORMA APLICABLE

Casco de seguridad Norma de Referencia NRF-058-PEMEX-2004

Lentes y goggles de seguridad Norma de Referencia NRF-007-PEMEX-2000

Ropa de trabajo Norma de Referencia NRF-006-PEMEX-2004

Guantes de carnaza Norma NMX-S-040-1987

Calzado de seguridad Norma de Referencia NRF-008-PEMEX-2001

Ropa de agua Norma de Referencia NRF-057-PEMEX-2006

Cinturones, bandolas y arneses Norma de Referencia NRF-024-PEMEX-2001

Respiradores Norma NOM-116-STPS-2001

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10.4.6. El Proveedor o proveedor, se debe asegurar que su personal utilice obligatoria y correctamente el equipo de protección respiratorio necesario para el acceso a recipientes, registros de drenaje y tanques de almacenamiento, entre otros espacios confinados.

10.4.7. El Proveedor o proveedor debe cumplir las disposiciones tendientes a proteger debidamente a su personal en aquellos trabajos que se efectúen en altura, para lo cual debe utilizar en forma segura y apropiada los andamios, barandales o escaleras, revisándolos para certificar sus apropiadas condiciones de armado o construcción; así como, supervisar que su personal utilice los cinturones de seguridad, arnés, cables de vida y dispositivos de desaceleración requeridos para asegurar su integridad física.

10.5. De las instalaciones del Proveedor o proveedor.

10.5.1. Acorde a las características, complejidad y magnitud de los trabajos, servicios o suministro de bienes, la máxima autoridad, residente de obra o supervisor asignará un área al Proveedor o proveedor que realizará actividades dentro de los límites de propiedad del centro de trabajo, para que este último construya sus oficinas, almacenes y servicios, entre otros. No debiendo ser utilizada como área de talleres.

10.5.2. Los criterios a considerar para la ubicación del área a que se refiere el apartado anterior, deben ser, al menos: la naturaleza de las actividades a realizar, la dirección y velocidad del viento, la distancia respecto de las instalaciones que se encuentran en operación, las características de las sustancias químicas que se manejan en las instalaciones cercanas y las características topográficas del sitio, entre otras.

10.5.3. El área asignada a Proveedors y proveedores, debe cumplir las disposiciones generales siguientes:

a) Debe estar debidamente cercada con los materiales definidos por el personal de seguridad del centro de trabajo.

b) Contar con el logotipo y razón social correspondiente.

c) Contar con servicios sanitarios tipo letrinas móviles, para el personal masculino y femenino en forma independiente, considerando un sanitario por cada diez trabajadores; éstos, deben mantenerse limpios y ordenados y contar con receptáculos para el manejo de desechos. Los desechos se deben retirar diariamente y su disposición final se realizará observando la legislación municipal.

d) Contar con los extintores suficientes y del tipo adecuado para cubrir las unidades de riesgo, de acuerdo a las características del sitio.

e) Disponer de un botiquín de primeros auxilios en el lugar de trabajo, con el fin de tratar lesiones leves que pudieran ocurrir a su personal, observando lo dispuesto en la "Guía de referencia botiquín de primeros auxilios" de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998.

f) Proporcionar agua purificada a sus trabajadores, suministrada por un proveedor autorizado por la Secretaría de Salud.

g) Proporcionar un lugar específico para que su personal tome sus alimentos.,

h) Instalar contenedores para basura debidamente identificados para desechos orgánicos e inorgánicos. La basura deberá ser retirada diariamente, con disposición final en los sitios indicados por la autoridad municipal.

10.6. Del permiso y minuta de trabajo.

10.6.1. Todos los trabajos con riesgo se deben planear y programar oportunamente.

10.6.2. Previo a la ejecución de un trabajo con riesgo, se debe realizar un análisis de seguridad en el trabajo para identificar los riesgos asociados a éste y tomar las medidas preventivas pertinentes, mismas que se deben plasmar en el permiso de trabajo y minuta de trabajo peligros, cuando aplique.

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10.6.3. El Proveedor o proveedor debe observar las recomendaciones técnicas, de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental que se establezcan en el análisis de seguridad del trabajo y en el permiso o minuta de trabajo correspondientes, obligándose a conocer y a cumplir con él o los procedimientos y reglamentos respectivos.

10.6.4. El Proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para realizar los trabajos de riesgo o potencialmente peligrosos.

10.6.5. Siempre que se realice un trabajo peligroso, se deben observar las disposiciones contenidas en la edición vigente del documento normativo que resulte aplicable, en función del tipo de instalación.

a) DG-SASIPA-SI-02310 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones industriales de la Subdirección de Producción de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL."

b) DG-SASIPA-SI-02311 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones de la Subdirección Comercial."

c) DG-SASIPA-SI-02312 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones de los sistemas de transportación por ducto."

d) DG-SASIPA-SI-02313 "Procedimiento para la autorización de trabajos en instalaciones portuarias de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL."

e) DG-SASIPA-SI-02314 "Procedimiento para el permiso de trabajo a bordo de embarcaciones en travesía."

10.6.6. Siempre que el personal de Proveedor o proveedor realicen alguna tarea crítica, además de lo dispuesto en el permiso de trabajo respectivo, debe observar lo dispuesto en los procedimientos críticos aplicables.

10.7. De la intervención en los equipos o instalaciones.

10.7.1. Queda estrictamente prohibido a todo su personal de Proveedors o proveedores, accionar, tocar, mover o manipular válvulas, conexiones, instrumentos y controles de las instalaciones industriales, sin autorización previa del personal responsable del área correspondiente en el centro de trabajo.

10.7.2. Queda estrictamente prohibido a todo su personal de Proveedors y proveedores, efectuar maniobras sujetándose o apoyándose de tuberías, soportes, válvulas o equipos.

10.7.3. El Proveedor o proveedor, debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para realizar cualquier intervención en líneas o equipos de proceso que estén o hayan estado en operación, acatando todas las recomendaciones y medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, establecidas.

10.7.4. El Proveedor o proveedor debe contar con la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, cuando los trabajos involucren la utilización del sistema de drenajes del centro de trabajo, previas pruebas que sean requeridas.

10.7.5. El Proveedor o proveedor debe obtener la autorización por escrito de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, para efectuar las conexiones que se requieran para hacer uso de agua, aire, electricidad, entre otras, de la propia instalación.

10.7.6. El Proveedor o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad en el trabajo, permiso o minuta de trabajo para realizar cualquier excavación con profundidad mayor a 1.00 m, la cual debe contar con los taludes o ademes necesarios para evitar derrumbes de las paredes de las mismas; así como, el uso de líneas de vida y con señalizaciones apropiadas para evitar accidentes al personal, como lo dispone la edición vigente de la "Guía de seguridad para realizar trabajos en excavaciones" (DG-SASIPA-SI-02511).

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10.8. De la protección contra incendio.

10.8.1. El Proveedor debe capacitar y dar a conocer a todo su personal, las características del área donde van a llevar a cabo sus trabajos, incluyendo los equipos de protección, seguridad y sistemas de detección, alarmas y protección contraincendio existentes en la instalación.

10.8.2. El Proveedor debe contar con equipo contra incendio portátil propio para proporcionar protección en los trabajos que así lo requieran, previo acuerdo y autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

10.8.3. Queda estrictamente prohibido:

a) Hacer uso de la red de agua de contra incendio para servicios diferentes a los autorizados por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

b) Fumar, encender fósforos o fuego abierto dentro de las instalaciones del centro de trabajo, independientemente de que existan o no señalamientos de seguridad o letreros que indiquen tal prohibición.

c) El uso de motores eléctricos, motores de combustión interna y cualquier otro aparato o equipo eléctrico que no cumplan con las especificaciones para uso en áreas clasificadas cuando estén en operación.

10.8.4. El equipo para la protección contra incendio que utilice el Proveedor o proveedor, debe cumplir como mínimo con los mismos requerimientos y especificaciones que el equipo contra incendio del centro de trabajo (mangueras, boquillas, lonas, extintores, equipos autónomos, espumas, bentonita, entre otros). Lo cual debe demostrar mediante certificados reconocidos o pruebas físicas en presencia de personal de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

10.8.5. El Proveedor o proveedor debe contar con personal capacitado en protección contraincendio, el cual debe ser evaluado y aceptado por el centro de trabajo, en cantidad suficiente para cubrir cuando menos con un contraincendio por cada frente de trabajo donde se requiera, conforme al análisis de seguridad en el trabajo y del permiso de trabajo de cada actividad.

10.9. De las instalaciones eléctricas.

10.9.1. El Proveedor o proveedor debe obtener la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, mediante la emisión del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, para intervenir equipos eléctricos (subestaciones, interruptores, alimentadores, líneas eléctricas, etc.), acatando todas las recomendaciones y medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental establecidas.

10.9.2.El Proveedor o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes, en materia de instalaciones eléctricas:

a) Asegurar que los cables de energía eléctrica que se utilicen estén en buen estado (empalmes y conexiones debidamente aislados) y no estar cerca de registros de drenajes o materiales inflamables o combustibles. En las áreas clasificadas se utilizarán cables de uso rudo y conexiones a prueba de explosión.

b) Asegurar que la conexión a tierra de equipos de soldar se realice a un pozo de tierras y ésta, por ningún motivo debe ser a estructuras o tuberías cercanas a los trabajos.

c) Emplear equipo eléctrico a prueba de explosión o a prueba de vapores de acuerdo a la clasificación del área.

d) Emplear unidades de alumbrado para reparaciones en plantas de proceso o áreas de riesgo; estas unidades de alumbrado, deben ser a prueba de explosión o a prueba de vapores dependiendo del tipo de atmósfera en que se encuentre en el área donde se efectúe las reparaciones, estará sujeta su definición por el residente de obra de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

e) Todas las extensiones que se utilicen en plantas de proceso o áreas de riesgo, que se requieran

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empalmar, deben ser con conectores a tope y con aislamiento del tipo termo contráctil.

f) Todas las extensiones que se utilicen para corriente de 127 volts deberán ser de 3 conductores, y para 220 volts y 440/480 volts deberán ser de 4 conductores y calibre no. 12 y 10 awg como mínimo.

g) Instalar un módulo de contactos en 127, 220 y 480 volts para sus reparaciones en plantas de proceso, estos módulos deben estar provistos de una barra de tierra para aterrizar sus equipos.

h) Todos los módulos de contactos deben ser conforme a la clasificación del área en donde se efectúen los trabajos y polarizados.

i) Todas las máquinas de soldar deben ser conectadas a un solo módulo de contactos, debidamente aterrizados y utilizando clavijas tipo conexión rápida de media vuelta o conectadas directamente a la salida de cada interruptor disponible en el módulo. Únicamente se debe conectar una sola máquina en cada interruptor. Se prohíbe empalmar cualquier otro dispositivo o equipo eléctrico en el punto de conexión de la maquina de soldar.

j) En caso que el Proveedor instale transformadores para reducir la tensión de 480 a 220/127 volts en plantas de proceso, éstos deben ser del tipo seco en gabinetes, estar debidamente aterrizados y satisfacer los requerimientos de acuerdo a la clasificación de áreas peligrosas.

k) Utilizar el cable del calibre apropiado y de características para uso rudo industrial, para trabajos en interior de recipientes y no deberá efectuarse ningún empate; en caso de requerirse, debe ser solo en el exterior de los mismos y éstos serán con conectores a tope con aislamiento del tipo termo contráctil, y autorizados por PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

l) Usar lámparas tipo industrial, a prueba de explosión o de vapores, con guarda metálica, según la clasificación del área; en espacios abiertos se podrán usar reflectores no mayor de 500 watts a prueba de polvos y vapores.

m) Los interruptores para fuerza y alumbrado temporales, se colocarán en un tablero metálico, techado y firmemente conectado a tierra mínimo con cable calibre 20, pintado y rotulado con el nombre del Proveedor, además debe tener anuncios que indiquen peligro, equipo eléctrico energizado y cinta amarilla delimitándolo, cumpliendo con la clasificación de área.

n) Todo el equipo y material eléctrico debe ser probado y aprobado de acuerdo a normas NOM-001-SEDE-2005 y NRF048-PEMEX-2007, y todas las aplicables en la materia por el personal del Proveedor y comprobado por personal de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

10.10. De la suspensión de trabajos.

10.10.1. El Proveedor o proveedor debe suspender los trabajos en los casos siguientes:

a) En caso de suscitarse una emergencia en el área de trabajo o en sus proximidades, acatando las instrucciones del responsable del área involucrada, debiendo conocer previamente las rutas de evacuación para los casos de desalojo, conforme al plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo.

b) Cuando por razones de seguridad el personal responsable del área o del centro de trabajo así lo instruya, asentando en la bitácora de obra lo conducente:

c) Cuando identifique alguna situación de riesgo que lo amerite, tales como la fuga, derrame o incendio de sustancias químicas peligrosas; en estos casos, debe notificarlo de inmediato al responsable de la instalación.

10.11. Del transporte y manejo de materiales peligrosos.

10.11.1. El Proveedor o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes en materia de transporte y manejo de materiales peligrosos.

a) Asegurar que los cilindros de oxigeno y acetileno utilizados para trabajos de corte y soldadura, por ningún motivo permanezcan en el interior de tanques y/o recipientes, debiendo mantenerse en posición vertical, con su capucha colocada y sujetos con cadena para evitar su caída; así como, que sean manejados según lo indican la propias recomendaciones del proveedor.

b) Efectuar las operaciones de carga y descarga de materiales peligrosos preferentemente durante el

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día con luz natural; de no ser así, se debe contar con una instalación fija de alumbrado a prueba de explosión, la cual debe proporcionar la visibilidad suficiente para realizar estas maniobras y contar con el permiso de trabajo correspondiente.

c) Asegurar que durante las maniobras de carga y descarga de materiales peligrosos el vehículo empleado permanezca con el motor apagado y asegurar sus llantas con cuñas de madera o plástico rígido que impidan su movimiento; así mismo, el chofer debe permanecer en el sitio.

d) Asegurar que los empaques, recipientes o contenedores de los materiales peligrosos estén etiquetados, asegurados y estibados para evitar caídas, golpes, roturas o desplazamientos durante su transportación.

e) Asegurar que el chofer cuente con la licencia para transportar materiales peligrosos y estar capacitado para atender una emergencia por fuga, derrame o incendio del material peligroso que transporta.

f) Los recipientes, contenedores y vehículos que transporten materiales peligrosos, deben cumplir lo dispuesto en las Normas Oficial Mexicana NOM-003-SCT-2000 y NOM-018STPS-2000.

10.12. De los servicios de rayos X y radiografiado con materiales radiactivos.

10.12.1. Siempre que se realicen trabajos que impliquen el manejo de fuentes radiactivas, el Proveedor o proveedor debe acatar las disposiciones siguientes: a) Asegurar que cuando se realicen servicios de radiografiado con rayos X o fuentes ionizantes, el área sea previamente delimitada, acordonada, señalizada y marcada con letreros, observando lo dispuesto en la normatividad expedida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas.

b) Asegurar que los materiales radiactivos estén debidamente clasificados y almacenados dentro de sus contenedores, garantizando un blindaje apropiado y que éstos sean manejados exclusivamente por personal experto, calificado y autorizado.

c) Asegurar que los trabajadores que manejan materiales radiactivos no estén expuestos a radiaciones en dosis mayores a las máximas permitidas.

d) Contar con la autorización correspondiente expedida por la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardas, cuando se transporten, almacenen o usen fuentes de radiación ionizante.

e) Queda estrictamente prohibido eliminar o cubrir las indicaciones que identifican a los materiales radiactivos o que informan acerca de la naturaleza, actividad y fecha de fabricación de dichos materiales.

f) Los lugares donde se almacenen ó manejen materiales emisores de radiaciones deben contar con manuales de seguridad radiológica.

10.13. De los Incidentes en las instalaciones

10.13.1. En materia de incidentes, el Proveedor o proveedor debe observar las disposiciones siguientes: a) Proporcionar los primeros auxilios y en su caso, trasladar a su(s) trabajador(es) lesionado(s) para su atención al centro medico designado por ésta.

b) Comunicar inmediatamente por escrito a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, respecto de los accidentes de trabajo ocurridos a su personal dentro de la instalación; así como, de los incidentes provocados por sus equipos o personal.

c) Participar en el análisis para determinar las causas raíz de los accidentes de trabajo e incidentes, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.

d) Asumir totalmente la responsabilidad de los accidentes, lesiones o daños que ocurran tanto a su personal, instalaciones o equipos, como al de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, cuando éstos se motiven o deriven como o a consecuencia de los trabajos contratados.

e) El Proveedor o proveedor es el único responsable de sus trabajadores y por lo tanto, de las lesiones o enfermedades que por motivo de su trabajo llegaran a ocurrir.

f) Cumplir con los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-021-STPS-1993 "Relativa a los requerimientos y características de los informes de los riesgos de trabajo que ocurran, para integrar las estadísticas".

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g) Cumplir los requerimientos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004 "Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo".

10.14. De la salud en el trabajo.

10.14.1. El Proveedor o proveedor debe observar las disposiciones siguientes en materia de salud en el trabajo.

a) Informar a todos sus trabajadores sobre los riesgos a los que estarán expuestos durante el desarrollo de los trabajos contratados.

b) Capacitar a todos sus trabajadores respecto de las medidas y programas preventivos de salud en el trabajo.

c) Establecer un programa de vigilancia para la salud de sus trabajadores con relación a la exposición de riesgos ambientales y de proceso en el área donde se ejecutan los trabajos contratados, dependiendo del tiempo (mayor a 3 meses continuos de trabajo) y naturaleza de los trabajos a desarrollar en las instalaciones.

d) Asegurar el cumplimiento de sus trabajadores a las acciones planeadas para la prevención de enfermedades y accidentes de trabajo, estableciendo medidas de control antes de alcanzar los valores máximos permisibles de exposición descritos en las normas oficiales mexicanas aplicables.

e) Proporcionar y vigilar el uso del equipo de protección personal específico para las características del agente y la exposición. Las características del equipo de protección personal deben cumplir con lo descrito en las normas oficiales mexicanas aplicables.

f) Asegurar que su personal este físicamente apto para desarrollar las actividades de los trabajos contratados, evidenciando lo anterior mediante la presentación de los certificados de exámenes médicos practicados por un médico titulado y certificado para expedir este tipo de certificados; los cuales, deberán tener una antigüedad no mayor a 30 días previos al inicio de los trabajos y estableciendo un mecanismo de controlo evaluación física diaria (como la reunión inicio de jornada).

g) Así mismo, poner especial cuidado en la aplicación de las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados de trabajo cuando se trate del trabajo de las mujeres de acuerdo a las disposiciones legales aplicables vigentes.

h) Presentar previo al inicio de los trabajos, en forma anual y obligatoria los resultados originales de los certificados de análisis de todos y cada uno de sus trabajadores relativo al consumo de drogas, mediante un análisis emitido y avalado por una compañía que cuente con respaldo de laboratorios certificados ante entidades oficiales reconocidas, el cual se hará a través del análisis sanguíneo para la detección del consumo de drogas, de los cinco grupos más comunes y sus derivados, como son: marihuana, ciclidinas, opiáceas, cocaína y anfetaminas o con algún método similar. Las muestras que arrojen resultados positivos serán verificadas mediante técnicas cuantitativas; los resultados deben entregarse a la máxima autoridad del centro de trabajo o al residente de obra para su aprobación.

i) El personal que refleje o de resultados positivos al consumo de drogas deberá ser rechazado por el propio Proveedor.

j) Cuando por las condiciones físicas del lugar o derivadas del trabajo se tengan condiciones térmicas elevadas o abatidas se debe cumplir con lo indicado en la NOM-015-STPS-1994 "Relativa a la exposición laboral de las condiciones térmicas elevadas o abatidas en los centros de trabajo".

k) Cuando por las condiciones físicas del lugar o derivadas del trabajo se tengan condiciones donde se genere ruido que por sus características, niveles y tiempo de exposición sean capaces de alterar la salud de los trabajadores, se debe cumplir con lo indicado en la NOM-011-STPS-2001 "Relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido".

l) Cuando por las condiciones derivadas del trabajo se tengan condiciones donde los trabajadores se expongan a presiones anormales, se debe cumplir con lo indicado en la NOM-014STPS-1993 "Relativa a las condiciones de seguridad e higiene para los trabajos que se desarrollen a presiones ambientales anormales".

m) También deberán cumplirse las normas oficiales mexicanas que apliquen según la naturaleza del trabajo y lo estipulado en el reglamento de seguridad e higiene de Petróleos Mexicanos y organismos

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subsidiarios ultima versión.

10.15. De la protección ambiental.

10.15.1. El Proveedor o proveedor, debe observar las siguientes disposiciones en materia de protección ambiental.

a) Queda estrictamente prohibido que su personal vierta o purgue al drenaje pluvial cualquier tipo de sustancias químicas, hidrocarburos o contaminantes. Cuando por las características de la actividad se haga necesario verter este tipo de contaminantes, éstos deberán disponerse en contenedores apropiados y herméticamente cerrados para su almacenamiento temporal y posteriormente su retiro y disposición final.

b) En caso de presentarse fugas o derrames* de productos o sustancias peligrosas, se deberá confinar el área involucrada para evitar cualquier probable contaminación al suelo, cuerpos de agua o drenajes pluviales, dando la disposición adecuada de los residuos generados en su control y limpieza.

c) Cuando por medidas de seguridad o situaciones de operación se haga necesario emitir desfogues o descargas de gases, humos, polvos o contaminantes a la atmósfera, éstos deberán apegarse a los niveles máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

d) Queda estrictamente prohibida la quema de cualquier residuo o sustancia derivada de los trabajos contratados.

e) Queda estrictamente prohibido descargar o verter directamente al suelo cualquier tipo de sustancia química, como solventes, aceites quemados o gastados, gasolinas, reactivos y en general cualquier sustancia que pueda generar contaminación al suelo y subsuelo.

f) Se deben mantener todas las áreas de trabajo limpias, depositando los residuos en contenedores específicos para tal fin.

g) El manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los materiales o residuos peligrosos considerados en la NOM052-ECOL-1993 que se generen o deriven como consecuencia de los trabajos contratados, es responsabilidad total del Proveedor o proveedor; para lo anterior, es necesario contar con los permisos, licencias y autorizaciones requeridas y emitidas por la autoridad competente.

h) Cuando por las condiciones propias de los trabajos contratados se origine la descarga de aguas residuales en: aguas y bienes nacionales o sistemas de alcantarillado urbano municipal, se deberá cumplir con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento; en la NOM-001SEMARNAT-1996 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales" y en la NOM-002SEMARNAT-1996 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal".

i) Cuando por las condiciones propias de los trabajos contratados las aguas residuales sean tratadas para su reuso en servicios al público, se deberá cumplir con lo establecido en la NOM-003-SEMARNAT-1997 "Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reusen en servicios al público".

j) Cuando en la ejecución de los trabajos contratados se realicen movimientos de tierra, se debe prevenir la emisión de polvos, mediante el riego de la superficie.

k) Los residuos peligrosos como botes y/o cubetas, brochas, estopas, trapos impregnados con pintura, deben ser colocados en tambores metálicos, plásticos y/o metálicos plásticos de 200 litros, ser tapados con cincho y tornillo y rotulados antes de ser ingresados al almacén temporal de residuos peligrosos del centro de trabajo, previo a su disposición final

l) Los contenedores con residuos peligrosos recuperados en los trabajos, deben permanecer tapados, rotulados y pesados, para evitar que sean mezclados con otros residuos o que se introduzca basura en su interior; éstos deben ser ingresados al almacén temporal de residuos peligrosos designado por el residente o supervisor de obra, previo a la disposición final. El transporte y manejo de los residuos peligrosos en el interior del centro de trabajo, es responsabilidad del Proveedor o proveedor.

m) En caso de existir afectación á suelo, equipos o edificaciones del centro de trabajo por mal control, manejo y/o transporte de los residuos peligrosos por parte del Proveedor o proveedor, éste debe efectuar

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la correspondiente limpieza y/o remediación de acuerdo a los lineamientos de la SEMARNAT.

n) Establecer y cumplir con un programa de orden y limpieza para que todos los residuos no peligrosos

generados por las actividades de los trabajos contratados, se retiren del centro de trabajo durante y al

término de los trabajos o servicios efectuados.

o) El retiro de residuos no peligrosos; así como, la disposición autorizada de los mismos en sitios autorizados por la autoridad municipal correspondiente, es responsabilidad del Proveedor o proveedor; En estos casos, debe entregar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, las constancias de la aceptación de los residuos no peligrosos por parte de la autoridad municipal correspondiente. Los costos que esto genere no deberán representar cargos adicionales al monto contratado.

p) Entre los residuos peligrosos, industriales y varios, se listan de manera ilustrativa, no limitativa en la tabla número 2, a los más comunes:

TABLA 2. Residuos peligrosos, industriales y varios, mas comunes.

RESIDUOS PELIGROSOS RESIDUOS INDUSTRIALES RESIDUOS VARIOS

Lodos aceitosos del fondo de tanques, de separadores agua aceite, mantenimiento

de equipo, etc.

Aluminio. Escombro y/o residuos de demolición.

Aceites gastados. Tubería admiralty. Ladrillo refractario de calentadores.

Parafinas. Tubería cupro-níquel. Tierra y despalme.

Solventes de limpieza. Tubería acero al carbón. Basura doméstica.

Baterías Ni-Cd. Tubería HK-40. Restos orgánicos vegetales.

Baterías plomo-ácido. Ferroso de 1'. Y 2a. Papel y cartón.

Residuos de laboratorio. Madera. Bolsas de plástico.

Catalizadores gastados. Plásticos. Vidrio y cristal limpio.

Escoria de calderas y/o calentadores

Llantas. Colcha o lana mineral libre de hidrocarburos.

Lana mineral y fibra de vidrio Impregnada con hidrocarburos.

Material recuperado Rejilla de torres de enfriamiento.

Asbesto no aglutinado. Material siniestrado. Lámina de asbesto (aglutinado).

Antracita o carbón activado agotado

Ferroso vehicular. Madera.

Bifenilos policlorados. Alúmina limpia.

Lámparas fluorescentes y de vapor de mercurio.

Resinas de intercambio.

Carlita.

Empaque de torres de enfriamiento.

10.16. Del supervisor de seguridad del Proveedor o proveedor.

10.16.1. El supervisor de seguridad del Proveedor o proveedor debe realizar las actividades siguientes:

a) Instruir, supervisar y verificar las acciones necesarias para que todo su personal cumpla con las disposiciones contenidas en este Reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e

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instructivos técnicos y los que en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos.

b) Participar en la investigación y análisis de las causas raíz de los incidentes o accidentes de trabajo en los que esté involucrado su personal.

c) Realizar los trabajos de acuerdo a los procedimientos específicos establecidos para cada actividad y las indicaciones del personal técnico encargado del área de trabajo.

d) Implementar un programa permanente de auditorias efectivas en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados y durante el plazo del contrato, entregando a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor el plan de acción para corregir las anomalías detectadas.

e) Permanecer durante toda la jornada de trabajo en el área donde se ejecutan los trabajos.

f) Actualizar la bitácora o registros en los aspectos de SSPA, en la que registren todos los eventos relevantes, incluyendo el manejo de sustancias y residuos peligrosos desde el inicio hasta el término de la obra o servicios.

g) Conocer el plan de respuesta a emergencias del centro de trabajo, así como el propio de la obra o servicios. En caso de ocurrir cualquier emergencia en el centro de trabajo, deben mantenerse informados de la evolución de la misma, a través del responsable del área para en caso necesario, proceder de acuerdo a lo establecido en el plan de respuesta a emergencias específico de la obra.

h) Instruir a su personal acerca del contenido y cumplimiento de las medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental dispuestos en este reglamento y del centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos.

i) Informar a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL cuando observe condiciones inseguras dentro de las instalaciones o área en la cual se encuentre laborando (fugas, derrames, averías, entre otros).

j) Asegurar el cumplimiento del plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados, por el tiempo que dure la obra.

10.17. Del soporte documental.

10.17.1. El Proveedor o proveedor debe contar con un expediente específico para hacer acopio de todo lo relativo a los trabajos contratados en aspectos de SSPA, integrándolo como mínimo con la información documental siguiente:

a) Bitácora o registro de SSPA.

b) Objetivos y metas generales y específicos de SSPA.

c) Organigrama con funciones y responsabilidades del personal que ejecuta los trabajos contratados.

d) Constancias del registro de alta y baja del personal ante el IMSS.

e) Programa de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.

f) Programa de capacitación y los registros de su impartición y de control personal (cartillas).

g) Solicitudes y permisos o minutas de trabajo, incluyendo el análisis de seguridad en el trabajo (AST).

h) Registros de dotación del equipo de protección personal a cada uno de sus trabajadores.

i) Relación de equipo contraincendio disponible en la instalación para protección contraincendio de los trabajos contratados.

j) Control de cilindros de gases comprimidos disponibles en la instalación para la ejecución de los trabajos contratados.

k) Pases de acceso a las instalaciones industriales, emitidos y autorizados por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de

. obra o supervisor, para: trabajadores, equipos, vehículos, maquinaria y

herramientas, incluyendo la póliza de seguro de cobertura amplia de los vehículos, pruebas y/o certificados aplicables.

l) Control de ingreso, almacenamiento temporal y salidas de materiales o residuos peligrosos; el registro específico debe ser en una bitácora.

m) Reportes de incidentes y accidentes que ocurran durante el desarrollo de los trabajos contratados,

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incluyendo la investigación y análisis de los mismos, recomendaciones resultantes y seguimiento hasta su cumplimiento.

n) Estadísticas e indicadores de accidentabilidad.

o) Programa y ejecución de auditorias efectivas y acciones realizadas para atender las desviaciones observadas.

p) Manual de procedimientos.

q) Auditorias internas/externas (evaluación) respecto del cumplimiento de SSPA contenidas en este Reglamento, incluyendo la atención a las desviaciones observadas.

r) Cartas compromiso suscritas con sus subProveedors.

11. Sanciones.

11.1. El incumplimiento o violación por parte del Proveedor o proveedor a las disposiciones contenidas en el presente reglamento; así como, en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos o servicios, podrán ser motivo para aplicarse las sanciones y/o causales de rescisión conforme al clausulado del contrato origen de los trabajos o servicios.

12. Obligaciones y responsabilidades.

12.1. Del Organismo PEMEX TRANSFORMACIÓN

INDUSTRIAL.

12.1.1. De la Subdirección de Auditoría en Seguridad Industrial y Protección Ambiental.

a) Mantener la vigencia y actualización del presente reglamento.

b) Difundir y comunicar el presente reglamento a todos los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

c) Evaluar en cualquier momento y a cualquier centro de trabajo, la correcta aplicación y vigilancia al cumplimiento de las disposiciones contenidas en este reglamento.

12.1.2. De las Subdirecciones Operativas de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

a) Promover y asegurar que este Reglamento se difunda, se comunique y se incorpore en todos los procedimientos para la contratación de obras, servicios o adquisiciones.

b) Establecer los mecanismos de control para su aplicación y cumplimiento en todos los centros de trabajo dé PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL de su jurisdicción.

12.1.3. De la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo.

a) Asegurar que este Reglamento se difunda, se comunique, se aplique e incorpore los procedimientos específicos para la contratación de obras, servicios o adquisiciones.

b) Establecer los mecanismos de control para su cumplimiento en forma consistente en su centro de trabajo.

c) Asegurar que el Proveedor o proveedor que han contratado, aplique las disposiciones establecidas en este Reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos en el centro de trabajo en el cual se va a desarrollar lo contratado.

d) Designar mediante un documento oficial, al servidor público con base a su experiencia, conocimiento y habilidades, como residente o supervisor de obra o servicios.

e) Informar en forma inmediata su subgerencia, gerencia, subdirección operativa, a la SASIPA y a la

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DCO, sobre la ocurrencia de algún incidente o accidente derivado de los trabajos contratados; así como, coordinar o participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su finiquito.

f) Evaluar periódicamente a Proveedors y proveedores en el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.

12.1.4. Del Residente de Obra.

a) Convocar a los responsables de las áreas involucradas del centro de trabajo, previo al inicio de la obra o servicio contratado, con la finalidad de notificarles los trabajos a ejecutar y establecer las medidas de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

b) Establecer un programa de reuniones conjuntas con las áreas involucradas del centro de trabajo, con el superintendente de construcción y con el supervisor de seguridad del Proveedor o proveedor, para establecer la coordinación necesaria en la ejecución de los trabajos, cumpliendo con los protocolos de inicio de obra o servicio y de entrega-recepción.

c) Verificar y obtener del Proveedor o proveedor, un registro del personal que intervendrá en el desarrollo del contrato, a efecto de que se gestione ante la máxima autoridad del centro de trabajo el pase para acceso de dicho personal.

d) Solicitar al Proveedor o proveedor previo al inicio y durante el desarrollo de los trabajos, presente los documentos que acrediten que sus trabajadores son aptos física y técnicamente para ejecutar los trabajos contratados, tales como: certificados médicos, capacitación de especialidad técnica, certificaciones cuando se requiera por la naturaleza de los trabajos a desarrollar y en aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental recibida.

e) En caso de que el personal propuesto por el Proveedor no cumpla con el perfil señalado en el párrafo anterior, no se le debe autorizar el pase de acceso a las instalaciones.

f) Asegurar el cumplimiento que todos los trabajadores del Proveedor o proveedor porten el equipo de protección personal básico, en buen estado y con la razón social de la compañía a la que pertenece, de acuerdo al documento DGSASIPA-SI-08402, y porten la credencial de identificación que los acredite como personal de la compañía contratada.

g) Supervisar que durante el desarrollo de los trabajos contratados se apliquen las disposiciones establecidas en este reglamento, así como las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental se tengan establecidos.

h) Asegurar que las herramientas y equipos utilizados por el Proveedor o proveedor, sean los apropiados para el tipo de trabajo a ejecutar y que éstos se encuentren en buen estado.

i) Coordinar con la máxima autoridad del centro de trabajo, previo al inicio de los trabajos, pláticas de inducción a la seguridad, salud en el trabajo, protección ambiental, áreas clasificadas como de riesgo, sistemas de detección, alarma y contra incendio, existentes en el centro de trabajo, a todo el personal del Proveedor o proveedor que participen en la ejecución de los trabajos.

j) Asegurar el apropiado manejo y disposición final de residuos peligrosos derivados de la ejecución de los trabajos contratados, aplicando la normatividad correspondiente vigente.

k) Gestionar y elaborar en forma conjunta con el supervisor, las áreas involucradas del centro de trabajo, superintendente de construcción y supervisor de seguridad del Proveedor o proveedor, el análisis de seguridad del trabajo AST, orden de mantenimiento, permiso o minuta de trabajo, previo a la ejecución de un trabajo.

l) Informar en forma inmediata a la máxima autoridad del centro de trabajo la ocurrencia de algún incidente o accidente; así como, realizar o participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.

m) Entregar al área usuaria o a la máxima autoridad del centro de trabajo mediante el establecimiento de un protocolo de entrega-recepción, la obra, servicio o bien contratado, incluyendo todos los documentos probatorios que avalen su cumplimiento de acuerdo a lo establecido en el contrato; así como, las pruebas especificas y de pre-arranque, para asegurar que éstos han sido concluidos satisfactoriamente..

n) Cumplir con el programa permanente de auditorias efectivas "AE" en todas las áreas donde el

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Proveedor o proveedor ejecute los trabajos contratados.

o) Definir con la máxima autoridad del centro de trabajo, responsables de áreas involucradas, supervisor, superintendente de construcción y supervisor de seguridad, los mecanismos de comunicación y su retroalimentación que se deben implementar tanto en los aspectos técnicos como de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental durante el desarrollo de los trabajos contratados.

p) Solicitar al Proveedor o proveedor el registro de los trabajadores que causen baja durante la ejecución de los trabajos contratados, con la finalidad de cancelar los pases de acceso emitidos.

q) Para evidenciar el cumplimiento de los puntos anteriores, deberá asentarlo en bitácora o registro que demuestre su cumplimiento o rechazo.

r) Evaluar el desempeño del Proveedor o proveedor en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, empleando el formato DG-SASIPA-SI-08200.F-01 (anexo 1), y hacerla del conocimiento del área contratos del centro de trabajo.

12.2. Del Proveedor o Proveedor.

12.2.1. Designar mediante un documento oficial, al superintendente de construcción y/o supervisor, responsable de desarrollo de los trabajos objeto y alcance del contrato incluyendo los aspectos de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental.

12.2.2. Proponer mediante un documento oficial, al supervisor de seguridad, responsable de la aplicación de los aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

12.2.3. En los casos de los contratos de bienes y servicios, propondrá un supervisor de seguridad obligadamente en aquellas actividades que involucren al proceso, equipo, la aplicación de procedimientos críticos y aquellas que pongan en riesgo a la instalación.

12.2.4. Demostrar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, la experiencia, conocimiento y habilidades, de su personal supervisor de seguridad y de especialidad técnica, obreros, para la ejecución de los trabajos objeto del contrato.

12.2.5 Informar en forma inmediata a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, la ocurrencia de algún incidente o accidente a sus trabajadores o las instalaciones, así como realizar y participar en su análisis para determinar las causas raíz que lo originaron, dando seguimiento a la atención de las =recomendaciones resultantes hasta su cumplimiento.

12.2.6. Solicitar y participar con la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, en la elaboración conjunta del análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, previo a la ejecución de un trabajo con riesgo o potencialmente peligroso.

12.2.7. Entregar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, el documento que avale su registro y alta de todos y cada uno de sus trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

12.2.8. Entregar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, un certificado médico de todos y cada uno de sus trabajadores, emitido por las áreas de salud reconocidas por la autoridad competente en el trabajo, en el que se demuestre que son aptos físicamente para el desarrollo de los trabajos contratados.

12.2.9. Contar en el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos y conforme al número de sus trabajadores, con botiquines dotados de materiales de curación y medicamentos para proporcionar los primeros auxilios, en apego a la guía de referencia de la NOM 005-STPS-1998.

12.2.10. Proporcionar a .todos sus trabajadores el equipo de protección personal básico (overol 100% de algodón en color naranja con el logotipo o razón social de la compañía, casco contra impactos en color

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naranja, zapato industrial, goggles, guantes de carnaza, tapones auditivos) y equipo de protección personal, acorde a las características y condiciones de cada actividad, necesario para la ejecución segura de los trabajos contratados; éstos, deben cumplir con las especificaciones señaladas en la normatividad correspondiente, por ningún motivo se debe utilizar ropa sintética, incluyendo la ropa interior.

12.2.11. Usar obligadamente maquinaria, equipo y herramientas que reúnan las condiciones de seguridad necesarias para el trabajo a ejecutar, por ningún motivo se debe utilizar maquinaria, equipos y herramientas provisionales, adaptadas o defectuosas para un trabajo específico.

12.2.12. Proporcionar a su personal, servicios de agua potable y sanitarios móviles, los cuales se instalarán en sitios determinados y de común acuerdo con la máxima autoridad del centro de trabajo ó residente de obra.

12.2.13. Presentar ante la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, el organigrama del personal que ejecutará los trabajos contratados, con sus funciones y responsabilidades; indicando claramente quien es el personal involucrado en los aspectos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental (supervisor de seguridad, personal de contra incendio, entre otros).

12.2.14. Proporcionar al residente de obra o supervisor al inicio y durante el desarrollo de los trabajos las hojas de seguridad de los insumos, materias primas o sustancias peligrosas que utilice para el cumplimiento de las actividades contratadas (HDSS).

12.2.15. Obligar a que todo su personal que participe en el desarrollo de los trabajos contratados, asista a los cursos de inducción o capacitación que en materia de SSPA, imparta el centro de trabajo.

12.2.16. Establecer una política, objetivos, metas, programa de capacitación, actividades y auditorias de SSPA.

12.2.17. Llevar estadísticas de seguridad e accidentabilidad que llegasen a ocurrir por motivo de los trabajos contratados, debiendo entregar mensualmente los dos primeros índices y el de IAS semanalmente a la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor, el informe resultante, entre otros:

a) Índice de frecuencia (IF). b) Índice de gravedad (IG). c) Índice de actos seguros (IAS), el cual no debe ser menor al estándar establecido en el centro de trabajo.

12.2.18. Entregar previo al inicio y durante el desarrollo de los trabajos, los procedimientos específicos para el desarrollo de las actividades que requieran de una especialidad técnica o complejidad y en áreas o trabajos de riesgo, que incluyan los aspectos de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental.

12.2.19. Cumplir y hacer cumplir durante el desarrollo de los trabajos contratados, que todo su personal obligadamente aplique las disposiciones establecidas en este reglamento; así como, las normas, procedimientos, lineamientos e instructivos técnicos y los que en materia de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental, se tengan establecidos por el centro de trabajo donde se ejecutan los trabajos y los que en casos específicos y particulares resulten del análisis de seguridad del trabajo y sean necesarios para preservar la integridad física del personal, medio ambiente e instalaciones.

12.2.20. Para los casos en que proceda que el Proveedor o proveedor subcontrate alguno de los trabajos o servicios objeto del contrato, deberá presentar Cartas Compromiso suscritas con sus SubProveedors, sobre el desempeño en aspectos de SSPA avaladas por la máxima autoridad del centro de trabajo, residente de obra o supervisor.

13. Referencias bibliográficas. 13.1. Ley Federal del Trabajo. Honorable Congreso de la Unión, 17 de enero de 2006.

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13.2. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y su Reglamento. Honorable Congreso de la Unión, 04 de enero de 1999.

13.3. Ley de Adquisiciones, SERVICIOS y Servicios del Sector Público y su Reglamento. Honorable Congreso de la Unión, 02 de SEPTIEMBRE de 2008

13.4. Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento. Honorable Congreso de la Unión, 16 de mayo de 2008.

13.5. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. 13.6. Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

13.7. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 1997.

13.8. Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, diciembre de 1999.

13.9. Norma Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, diciembre de 1999.

13.10. Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, enero de 2005.

13.11. Norma Oficial Mexicana NOM-028-STPS-2004. Secretaría del Trabajo y Previsión Social, enero de 2005.

13.12. Normas Oficiales Mexicanas emitidas por las Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales. 13.13. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Petróleos Mexicanos, 2006.

Anexos.

1. Formato DG-SASIPA-SI-08200.F-01 "Evaluación de la aplicación del "Reglamento de seguridad, salud y protección ambiental para Proveedors".

ANEXO 1

FORMATO: DGSASIPA-SI-08200.F-01

SUBDIRECCIÓN: GERENCIA:

SUBGERENCIA: CENTRO DE TRABAJO:

EVALUACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD Y PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA PROVEEDORS

FECHA DE EVALUACIÓN:

EVALUADOR (nombre y firma)

No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN

OBSERVACIONES

PONDERADO REAL

1 ¿Se encuentra vigente?

2 ¿Esta disponible para consulta en la Normateca de la SASIPA?

De las Subdirecciones Operativas

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN

OBSERVACIONES

PONDERADO REAL

3 ¿Ha emitido instrucciones para su aplicación e incorporación en los procedimientos de contratación de obras, servicios o adquisiciones?

4 ¿Ha emitido instrucciones para su aplicación y cumplimiento obligatorio en los centros de trabajo?

De la Máxima Autoridad del Centro de Trabajo, Residente de Obra o Supervisor

5 ¿Ha establecido mecanismos de control para su aplicación y cumplimiento obligatorio en el centro de trabajo?

6 ¿Designa oficialmente al residente o supervisor de la obra, servicio o recepción de bienes?

7 ¿Ha establecido mecanismos de control para la notificación, análisis e investigación de incidentes de Proveedors y proveedores?

8 ¿Participa en el AST y Permiso/Minuta de Trabajo?

9 ¿Cuenta con un programa de reuniones conjuntas Áreas involucradas-Proveedor/Proveedor, para la coordinación de los trabajos y aspectos de SSPA?

10 ¿Cuenta con el registro de todos los trabajadores del Proveedor o proveedor que intervienen en los trabajos contratados?

11 ¿Cuenta con los documentos probatorios de aptitud de los trabajadores que intervienen en los trabajos contratados (capacitación, calificación, certificación técnica, médica y de Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental?

12 ¿Cuenta y aplica un protocolo de inicio de obra o de servicio, y de entrega-recepción de las instalaciones clasificadas como de riesgo a intervenir?

13 ¿Verifica que todos los trabajadores del Proveedor o proveedor, utilicen su equipo de protección personal básico y específico acorde al trabajo a desarrollar?

14 ¿Verifica que el equipo, maquinaria y herramienta utilizados por el Proveedor o proveedor, están en buenas condiciones y son acordes a trabajo a desarrollar?

15 ¿Verifica que el equipo, maquinaria y herramienta utilizados por el Proveedor o proveedor, están en buenas condiciones y son acordes al trabajo a desarrollar?

16 ¿Cuenta y aplica un programa de auditorias efectivas en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados?

17 ¿Cuenta y aplica un programa de auditorias para evaluar el cumplimiento a las disposiciones de este Reglamento por parte de los trabajadores del Proveedor o proveedor?

18 ¿Coordina con la máxima autoridad del centro de trabajo el programa de pláticas de inducción a la seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental para los trabajadores del Proveedor o proveedor?

19 ¿Solicita y participa en el AST y Permiso/Minuta de Trabajo?

20 ¿Notifica y participa en el análisis e investigación de incidentes del Proveedor o proveedor?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN

OBSERVACIONES

PONDERADO REAL

21 ¿Designa al Superintendente de Construcción o Supervisor y propone al supervisor de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental para los trabajos contratados con PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL?

22 ¿Ha entregado los documentos probatorios de aptitud (capacitación, calificación, certificación técnica, médica y de Seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental) de sus supervisores y trabajadores que participan en los trabajos contratados?

23 ¿Ha establecido un mecanismo para notificar al Residente de obra, o máxima autoridad del centro de trabajo, la ocurrencia de incidentes derivados de los trabajos contratados?

24 ¿Solicita y obtiene previo a la ejecución de un trabajo con riesgo o potencialmente peligroso, el permiso o minuta de trabajo?

25 ¿Proporciona y asegura que todos sus trabajadores usen el equipo de protección personal básico, en color distintivo naranja, casco y overol 100% Algodón, incluyendo la ropa interior?

26 ¿Vigila que todos sus trabajadores porten su gafete de identificación?

27 ¿Proporciona y vigila que todos sus trabajadores usen su equipo de protección personal de acuerdo al trabajo que desarrollan?

28 ¿Proporciona y vigila que sus trabajadores usen el equipo, maquinaria y herramienta adecuada acorde al trabajo que desarrollan?

29 ¿Vigila que sus vehículos porten su pase de acceso, tarjeta de circulación, permiso de carga, licencia de chofer, póliza de seguro?

30 ¿Vigila que sus trabajadores no usen dentro de las instalaciones del centro de trabajo: teléfono celular, o equipos de radio comunicación que no sean intrínsicamente seguros?

31 ¿Vigila que sus trabajadores no usen sin la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo o residente de obra dentro de las instalaciones del centro de trabajo: cámaras fotográficas, de cine o video?

32 ¿Vigila que sus trabajadores no fumen o consuman bebidas embriagantes o drogas dentro de las instalaciones del centro de trabajo?

33 ¿Se tiene un supervisor de seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental por cada 50 trabajadores?

34 ¿Tiene establecido un mecanismo o programa para mantener el orden y limpieza en todas las áreas donde se ejecutan los trabajos contratados?

35 ¿Cuenta con botiquín(es) de primeros auxilios?

36 ¿Vigila el cumplimiento de las instrucciones o recomendaciones plasmadas en el análisis de seguridad del trabajo, permiso o minuta de trabajo, durante todo el tiempo en que se ejecutan los trabajos con riesgo?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN

OBSERVACIONES

PONDERADO REAL

37 ¿Obtiene la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo, para interconectarse a servicios de agua, aire, electricidad, entre otros?

38 ¿Cuenta con registros de todo su personal respecto a la capacitación, inducción y pláticas, relativas a la seguridad, salud en el trabajo y protección ambiental?

39 ¿Cuenta con personal y equipo portátil contra incendio para protección en trabajos que así lo requieran?

40 ¿Suspende sus trabajos al presentarse situaciones de emergencia?

41 ¿Delimita sus áreas al realizar trabajos de riesgo como: entrada a espacios confinados, trabajos en altura, radiografiado, excavaciones, etc.?

42 ¿Cuenta y aplica un programa de vigilancia para la salud de sus trabajadores con relación a la exposición de riesgos ambientales?

43 ¿Cuenta con registros de todo su personal respecto a la información y conocimiento de los riesgos existentes en el centro de trabajo y los que están expuestos en el desarrollo de los trabajos contratados, como de las "HDSS"?

44 ¿Vigila que sus trabajadores no viertan al drenaje pluvial cualquier tipo se sustancias químicas, hidrocarburos o contaminantes?

45 ¿Cuenta con un plan de respuesta a emergencias específico y de acuerdo a los riesgos propios de los trabajos contratados?

46 ¿Cuenta con un mecanismo de control o evaluación física diaria (listas de asistencia de reunión inicio de jornada)?

47 ¿Tiene establecido un procedimiento específico para el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos?

48 ¿Cuenta con contenedores apropiados, herméticamente cerrados y rotulados para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos y posteriormente su retiro y disposición final?

49 ¿Se mantienen todas las áreas de trabajo limpias, depositando los residuos en contenedores específicos para tal fin?

50 ¿Cuentan con los permisos, licencias y autorizaciones requeridas y emitidas por la autoridad competente para el manejo, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos peligrosos y no peligrosos?

51 ¿Se mantiene actualizada la Bitácora en los aspectos de SSPA, en la que registren todos los eventos relevantes, incluyendo el manejo de sustancias y residuos desde el inicio hasta el término de la obra o servicios?

52 ¿Cuentan con un archivo específico para hacer acopio de todo lo relativo a SSPA?

53 ¿Cuenta con objetivos y metas de SSPA?

54 ¿Cuenta con un programa de actividades de SSPA?

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No. DEL DOCUMENTO PUNTUACIÓN

OBSERVACIONES

PONDERADO REAL

55 ¿Cuenta con un manual de procedimientos para el desarrollo delos trabajos contratados, incluyendo aspectos de Seguridad, Salud y Protección Ambiental?

CALIFICACIÓN:

OBSERVACIONES:

7.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD FISICA PARA LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL

1. Objetivos.

1.1. Establecer los lineamientos generales, requisitos mínimos y actividades básicas en materia de seguridad física, con el propósito de salvaguardar al personal y a las instalaciones de los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, de afectaciones derivadas de agentes perturbadores de origen socio-organizativo.

1.2. Contribuir al desarrollo de una cultura de seguridad física, entre el personal que labora en los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

2. Alcance.

2.1. El presente Reglamento Cubre fundamentalmente los aspectos relativos a los accesos y vigilancia de los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, así como los planes y procedimientos que deben existir para los casos en que se presenten situaciones anormales que afecten o puedan afectar la seguridad física del personal y las instalaciones.

Este Reglamento no aplica para edificios de oficinas administrativas que se encuentren localizados fuera de los límites de los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, así como tampoco para la flota petrolera.

2.2. Este Reglamento cancela y substituye a los siguientes documentos normativos:

2.2.1. Norma E 1 -1 (NO.03.0.03): "Acceso de personas a instalaciones de Petróleos Mexicanos."

2.2.2. Norma E II -1 (NO.03.0.04): "Tránsito interior de vehículos en instalaciones industriales, administrativas y de servicio en Petróleos Mexicanos".

3. Ámbito de aplicación.

Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, son de aplicación general y obligatoria para todos los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

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4. Clasificación de los centros de trabajo.

Para establecer los requerimientos mínimos en materia de seguridad física de las instalaciones, debe llevarse a cabo una evaluación de cada centro de trabajo con el propósito de que, en base a su importancia estratégica en el ámbito de la economía nacional, sean clasificados dentro de los siguientes tres niveles de prioridad :

"AAA" Aquellos centros de trabajo en donde la afectación o interrupción de su proceso normal de operación, implica riesgos de desestabilización directa y/o inmediata para la seguridad de la Nación (Nivel Nacional).

"AA" Aquellos centros de trabajo en donde la interrupción de su proceso normal de operación, no obstante que afecte a extensas e importantes zonas geográficas del País, no representa un riesgo directo y/o inmediato de desestabilización para la Nación (Nivel Regional).

"A" Aquellos centros de trabajo en donde la afectación o interrupción de su proceso normal de operación, repercute únicamente en perímetros geográficos y núcleos poblacionales reducidos, sin que con ello se atente de manera directa y/o inmediata contra la estabilidad de la Nación (Nivel Local):

En base a estos niveles de prioridad, a cada centro de trabajo deben asignarse los requerimientos mínimos a que se hace alusión en las diferentes disposiciones de este Reglamento, los cuales serán aplicados de la siguiente manera:

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5.- Accesos.

5.1. Cada uno de los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL debe contar como mínimo con dos salidas, tanto de personal como de vehículos: una para servicio normal y otra para servicio de emergencia. 5.2. En general, los accesos de los centros de trabajo deben contar con las instalaciones y facilidades que permitan al personal de vigilancia, cumplir de manera adecuada con sus funciones. 5.3. De manera permanente, los accesos deberán contar con buena iluminación natural y/o artificial, así como con sistemas confiables de comunicación y alarma para solicitar apoyo en caso necesario. 5.4. Debe contarse con una entrada/salida exclusiva para el personal de la propia empresa, así como con otra específica para personal ajeno a la Institución. 5.5. Los accesos de personas y vehículos, deben contar con barreras físicas que disuadan u obstruyan el ingreso no autorizado al centro de trabajo.

6. Control de accesos.

Debe contarse en los centros de trabajo, con los procedimientos e instructivos relativos al control de accesos para personas y vehículos que se señalan a continuación:

6.1. Procedimiento que incluya el control de accesos de entrada y salida para:

6.1.1. Empleados.

6.1.2. Proveedores.

6.1.3. Proveedors.

6.1.4. Visitas.

6.1.5. Prensa.

6.1.6. Autotanques y carrotanques.

6.1.7. Casos de emergencia mayor.

6.2. Procedimiento que incluya el control de accesos de entrada y salida en áreas restringidas, para el personal y vehículos enlistados en el inciso 6.1. anterior.

6.3. Instructivos para:

6.3.1. Permitir el acceso y de cómo proceder en casos de emergencia.

6.3.2. El registro del personal ajeno a la empresa que entra y sale del centro de trabajo.

6.3.3. El control electrónico y registro para entrada y salida de personal por medio de la credencial de "SIIU".

6.3.4. La revisión física con arco detector de metales.

6.3.5. Revisión de equipo y materiales.

6.3.6. Revisión de vehículos al entrar y salir del centro de trabajo.

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6.3.7. Revisión del personal al entrar y salir del centro de trabajo.

6.3.8. Control y registro de vehículos que entran y salen del centro de trabajo.

6.3.9. Control del listado de vehículos y personas cuyo acceso está restringido al centro de trabajo.

6.3.10. Permitir la entrada y salida del personal del centro de trabajo con la credencial del "SIIU" o con la credencial que le proporcione el centro de trabajo.

6.4. El control de accesos debe apoyarse en los medios y equipamientos adecuados para asegurar el propósito de los mismos, de acuerdo con los requerimientos particulares del centro de trabajo.

6.5. Independientemente de los lineamientos establecidos en los procedimientos e instructivos internos que al respecto se elaboren en los centros de trabajo, deben incorporarse a estos últimos las medidas adicionales de carácter obligatorio enlistadas a continuación:

6.5.1. Para el personal de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL que labora en el centro de trabajo.

6.5.1.a. El acceso de personal de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL que labora en el propio centro de trabajo, debe llevarse a cabo por las puertas específicamente destinadas a ellos, quedando prohibido el ingreso por los accesos destinados a vehículos automotores o a carrotanques.

6.5.1.b. Para tener acceso al centro de trabajo y durante todo el tiempo de permanencia en su interior, los trabajadores de la empresa deben portar en todo momento y en un lugar visible, su credencial de identificación del Servicio Médico (SIIU) o la que le proporcione el centro de trabajo. Queda prohibido estrictamente el acceso de trabajadores en vehículos particulares o de la empresa, que no cuenten con un "pase" debidamente autorizado por la máxima autoridad del centro de trabajo.

6.5.1.c. Es obligación de todos los trabajadores, acatar las órdenes, instrucciones e indicaciones que se dicten en materia de seguridad para evitar accidentes, así como conocer y aplicar las disposiciones contenidas en el Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.

6.5.1.d. Es requisito indispensable para ingresar a los centros de trabajo, el que los trabajadores porten la ropa y zapatos de trabajo que contractualmente les proporciona la empresa.

6.5.1.e. El trabajador que por cualquier motivo tenga que salir del centro de trabajo durante su jornada laboral, debe contar con un "pase

" de salida debidamente autorizado por su jefe inmediato y/o la

persona responsable que se indique en el procedimiento establecido localmente.

6.5.1.f. Queda estrictamente prohibido portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones de la empresa. En el caso de personal de Protección y Seguridad que portan armas para el cumplimiento de sus funciones, éstos deben llevarlas enfundadas y con el seguro puesto; no se permite llevarlas en las manos o fuera de su funda.

6.5.1.g. Los trabajadores deben acatar los lineamientos contenidos en el inciso 6.5.2.d. y únicamente podrán ser contravenidos cuando la naturaleza y particularidades de sus actividades asignadas lo requieran.

6.5.2. Para el personal de Petróleos Mexicanos ajeno al centro de trabajo.

Para el ingreso de trabajadores de Petróleos Mexicanos que no pertenezcan al centro de trabajo, además de los lineamientos mencionados en los incisos del 6.5.1.a al 6.5.1.d anteriores, deben ser aplicables los siguientes:

6.5.2.a. Para accesar a las instalaciones deben sujetarse al procedimiento establecido localmente por

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el propio centro de trabajo.

6.5.2.b. Está estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones industriales, a trabajadores que vistan cualquier prenda hecha de nylon, polyester o de otra fibra sintética que genere electricidad estática.

6.5.2.c. Para ingresar a los centros de trabajo, es indispensable que los trabajadores porten ropa 100 % de algodón y zapatos de trabajo de seguridad.

6.5.2.d. Los trabajadores que transiten a pie en el interior del centro de trabajo, tienen la obligación de acatar las disposiciones y señalamientos peatonales, así como caminar exclusivamente por las banquetas, andadores o caminos de acceso construidos para tal efecto. No debe transitarse por áreas restringidas, entre los equipos, bajo la soportería y líneas aéreas, por calles cerradas debido a trabajos de mantenimiento o por simulacros, junto a fosas o trampas abiertas, por áreas delimitadas temporalmente por fugas de producto o trabajos especiales, o por pisos resbalosos debido a encharcamientos de agua o aceite. De igual manera, está prohibido brincar o caminar sobre las tuberías o diques de contención, escalar terraplenes o saltar sobre fosas, trincheras o zanjas.

6.5.2.e. Está prohibido el acceso a las áreas consideradas como riesgosas, a menos que el motivo de su visita lo amerite, en cuyo caso, el responsable de esa área les debe impartir las recomendaciones de seguridad pertinentes y verificar que se les proporcione e instruya sobre el uso del equipo de protección personal apropiado.

6.5.2.f Está estrictamente prohibido intervenir en maniobras, abrir o cerrar válvulas, operar instrumentos, accionar interruptores, operar máquinas y en general, efectuar cualquier operación de equipos o instalaciones.

6.5.2.g. Está estrictamente prohibido el uso de cámaras fotográficas, de cine o de vídeo, excepto cuando se cuente con la autorización de la máxima autoridad del centro de trabajo. En este caso, el uso de flashes y reflectores debe limitarse a lugares específicamente autorizados para ello.

6.5.2.h. Durante la realización de simulacros dentro del centro de trabajo, los trabajadores que no pertenezcan al centro de trabajo deben mantenerse alejados del lugar para evitar la ocurrencia de accidentes.

6.5.2.i. En caso de que llegara a presentarse una emergencia real en las instalaciones, se deberán atender las indicaciones de las personas a las que visitan, o a los encargados del control de la emergencia.

6.5.2.j. Está estrictamente prohibido el acceso a las áreas de operación durante la ocurrencia de emergencias.

6.5.2.k. Está estrictamente prohibido portar armas de cualquier tipo dentro de las instalaciones de la empresa.

6.5.3. Para el personal visitante ajeno a Petróleos Mexicanos.

En el caso de visitantes al centro de trabajo que no pertenezcan al Organismo PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, deberán aplicarse los lineamientos establecidos en el documento normativo DG-GPASI-SI-8401: "Reglamento de Seguridad para Visitantes a las Instalaciones Industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL".

6.5.4. Para el personal de compañías Proveedors.

Además de los conceptos señalados en el inciso 6.5.2 de este Reglamento, para tener acceso a los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, el personal de compañías

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Proveedors debe cumplir con los lineamientos establecidos en el documento normativo DGGPASI-SI-8200 Rev.3: "Reglamento de Seguridad para Proveedors", (el cual previamente debe proporcionarse antes de darles la orden de inicio de sus actividades), así como con los lineamientos adicionales siguientes:

6.5.4.a. Al momento del acceso y durante todo el tiempo que permanezcan en el interior de las instalaciones, el personal de las compañías Proveedors debe portar en un lugar visible el gafete o credencial de identificación que les sea proporcionado localmente por el centro de trabajo.

6.5.4.b. Las compañías Proveedors están obligadas a dar aviso. por escrito a las autoridades locales del centro de trabajo, cuando efectúen la baja o alta de sus trabajadores, con el propósito de tramitar o cancelar el "pase" correspondiente del trabajador.

6.5.4.c. Por ningún motivo, debe permitirse la entrada a personal Proveedor que porten tenis, huaraches, ropa de polyester, botas vaqueras y ropa deportiva.

6.5.5. Para el acceso de personas a las áreas restringidas.

6.5.5.a. En todos los casos, el acceso de personas a las áreas clasificadas como "restringidas", tales como cuartos de control, laboratorios, subestaciones eléctricas, áreas de proceso y en general aquellas que representen un riesgo para el personal, debe ser autorizado por el responsable de dicha instalación.

6.5.5.b. Está estrictamente prohibida la entrada a menores de edad a las áreas restringidas; su acceso a otras áreas debe ser justificado y debidamente autorizado por la máxima autoridad del centro de trabajo.

6.5.5.c. Para poder tener acceso a las áreas restringidas, debe contarse con el equipo de protección personal apropiado y con el conocimiento pleno para su uso.

6.5.6. Para el acceso de vehículos a los centros de trabajo.

6.5.6.a. Para el acceso de vehículos conducidos por personal de la empresa, es indispensable que se cuente con un "pase" de entrada autorizado por la Autoridad Máxima del centro de trabajo. Este "pase" deberá ser expedido específicamente para un vehículo en particular y tendrá carácter de intransferible.

6.5.6.b. Adicionalmente al "pase" del vehículo, el empleado deberá mostrar y portar la credencial del servicio médico (SIIU) que lo acredita como empleado, o la que le proporcione el centro de trabajo.

6.5.6.c. Los conductores de vehículos particulares o subcontratados por la empresa que demanden acceso y salida constantes del centro de trabajo, deben identificarse para tramitar el permiso correspondiente, tanto para la persona como para el vehículo.

6.5.6.d. Tanto los conductores de vehículos particulares como de la empresa que cuenten con autorización para el acceso con vehículo al interior de las instalaciones, deben contar con ropa de algodón del tipo industrial, así como con calzado de trabajo sin clavos.

6.5.6.e. No se permitirá acceso a vehículos que no cumplan con las condiciones de seguridad reglamentarias o que se observen en malas condiciones mecánicas, las cuales representen riesgos para las instalaciones del centro de trabajo.

6.5.6.f. No se permitirá el acceso a vehículos que no cuenten con póliza de seguro contra daños a terceros o de cobertura amplia.

6.5.6.g. Para accesar al interior de los centros de trabajo, todos los vehículos deberán contar con un extintor en condiciones de uso inmediato.

6.5.6.h: Para el acceso de vehículos pesados, con exceso de dimensiones o cuya carga represente un

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riesgo para las instalaciones de los centros de trabajo, invariablemente debe contarse con la autorización correspondiente.

6.5.6.i. Por las características de su escape, queda estrictamente prohibida la entrada de motocicletas al interior de las instalaciones.

6.5.6.j. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas obscuros y reflejantes, en especial autotanques que transportan productos inflamables y combustibles.

6.5.6.k. Está prohibido el acceso de vehículos con personal que excedan el cupo de pasajeros máximo permitido para los mismos.

6.5.6.l. Los conductores de vehículos están obligados a respetar el sentido de flujo de circulación y a no sobrepasar la velocidad máxima permitida de 20 km/hr. en el interior de las instalaciones, así como tomar precauciones en los cruces de calles.

6.5.6.m. Está prohibido el uso de la bocina o claxon cuando se transite en el interior de las instalaciones.

6.5.6.n. Los conductores tienen la obligación de detener la marcha de su vehículo en el interior de las instalaciones, para ceder el paso a peatones o a vehículos de emergencia.

6.5.6.o. Está prohibido que los vehículos transiten sobre áreas restringidas y/o delimitadas con marcas sobre el pavimento.

6.5.6.p. Está prohibido efectuar operaciones de carga y descarga en lugares diferentes a los especificados para estos propósitos.

6.5.6.q. En áreas de circulación, no deben efectuarse reparaciones a vehículos, sino desplazarlos a las áreas de mantenimiento correspondientes.

6.5.6.r. Se debe evitar en lo posible, utilizar un vehículo para empujar a otro, así como pasar corriente de un vehículo a otro que tenga problemas de arranque.

6.5.6.s. Por ningún motivo debe permitirse el estacionamiento de vehículos en áreas restringidas (frente a hidrantes, monitores, cajas portamangueras, válvulas, áreas médicas, etc.).

6.5.6.t. Los choferes de vehículos están obligados a respetar los señalamientos de seguridad preventivos y restrictivos de las instalaciones.

6.5.6.u. Durante la ocurrencia de emergencias, los operadores de los vehículos deben dirigirse hacia el exterior del centro de trabajo, circulando con extrema precaución. En paso de no poder hacerlo, deben abandonar el vehículo dejándolo apagado, con las llaves puestas y con el freno de estacionamiento accionado.

6.5.6.v. Está estrictamente prohibido a los conductores de vehículos, efectuar competencias de cualquier índole en las áreas de circulación de los centros de trabajo.

6.5.6.w. Dentro de las instalaciones, está prohibido que un vehículo rebase a otro cuando éste se encuentre en movimiento.

6.5.6.x. No se debe permitir el acceso a vehículos cuyo conductor se encuentre en estado de embriaguez, o bajo el influjo de alguna droga o enervante.

6.5.6.y. La negativa franca o acción de intransigencia por parte del conductor de algún vehículo, para obedecer las disposiciones mandatorias de este Reglamento, será motivo de sanción por parte de la

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Autoridad Máxima del centro de trabajo.

7. Vigilancia perimetral.

7.1. Los centros de trabajo deben contar con un procedimiento escrito para realizar la vigilancia perimetral interior y/o exterior de sus instalaciones, el cual incluya la secuencia de acciones que 'deben tomarse en casos de observar anomalías o problemas.

7.2. Debe existir un procedimiento para el control de rondines del personal de vigilancia, a través de relojes checadores instalados en sitios estratégicos del centro de trabajo.

7.3. Diariamente, el encargado de vigilancia de cada turno de trabajo debe registrar en una bitácora, una relación pormenorizada de las actividades realizadas por el personal de vigilancia, así como de los acontecimientos que se susciten y que sean materia de sus funciones. De ello, debe rendirse un informe diario a la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

7.4. Cada centro de trabajo, de acuerdo a sus necesidades, debe elaborar un estudio para localizar de manera estratégica sus casetas de vigilancia.

7.5. Los Departamentos dé Vigilancia de cada centro de trabajo, deben contar con un programa de rotación de trabajadores, que garantice la permanencia de personal en cada una de las casetas destinadas a este servicio.

7.6. La vigilancia perimetral debe organizarse y coordinarse con personal y recursos físicos y técnicos para cumplir con la responsabilidad asignada, de acuerdo con las características específicas de las instalaciones.

8. Límite perimetral.

8.1. Debe existir una valla perimetral con una altura mínima de 3.0 m., construida de mampostería o de tela ciclón reforzada con alambre de púas.

8.2. Deben existir los señalamientos preventivos y restrictivos que se consideren necesarios para el control de accesos.

8.3. Deben existir en la totalidad del límite perimetral, barreras físicas que disuadan u obstaculicen el ingreso a las instalaciones. La selección de los diversos tipos de barreras, así como sus posibilidades de combinación, es una función de los requerimientos del centro de trabajo.

9. Alumbrado.

9.1. Debe efectuarse un estudio para instalar, en caso de requerirse, un sistema de alumbrado para cada una de las siguientes áreas :

9.1.1. En todo el perímetro del centro de-trabajo. 9.1.2. Hacia el exterior del centro de trabajo. 9.1.3. Hacia el interior del centro de trabajo. 9.1.4. En los accesos y salidas del centro de trabajo. 9.1.5. En las áreas clasificadas como "restringidas". 9.1.6. En las áreas clasificadas como “comunes”

10. Áreas restringidas

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10.1. Debe efectuarse un análisis de las instalaciones con el propósito de identificar cuáles de sus áreas de trabajo, deben considerarse como "restringidas" tanto para personal de la empresa, como para Proveedors y visitantes.

10.2. Debe contarse con un procedimiento escrito, en donde se establezcan las condiciones para que tanto personal de la empresa, como Proveedors y visitantes, puedan tener acceso de manera segura a las áreas consideradas - como "restringidas".

10.3. Todas las áreas restringidas deben contar con letreros, en donde se especifiquen claramente las condiciones establecidas para su acceso.

10.4. El Departamento de Vigilancia debe montar los operativos necesarios que garanticen la cobertura de las áreas restringidas, sobre todo en los casos en que en las instalaciones del centro de trabajo, se encuentre laborando personal Proveedor o existan visitantes.

10.5. Debe efectuarse un análisis para determinar en cuáles de las áreas de trabajo consideradas como "restringidas", es necesaria la instalación de dispositivos electrónicos de vigilancia y de control de accesos.

11. Planes de emergencia internos.

11.1. Independientemente del Plan Interno para el Combate de Emergencias Mayores por incendio o explosión, todos los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL deben contar con un Plan Interno de Seguridad Física que considere las acciones que deben tomarse para cada uno de los siguientes rubros:

11.1.1. Por asalto.

11.1.2. Por sabotaje.

11.1.3. Por manifestaciones.

11.1.4. Por bloqueo de instalaciones.

11.1.5. Por bloqueo de accesos.

11.1.6. Por amenaza de la existencia de artefactos explosivos.

11.1.7. Por fenómenos naturales.

11.2. Para una mejor aplicación de los planes internos de emergencia, todos los centros de trabajo deben contar con :

11.2.1. Una clara identificación y señalización de las rutas establecidas para la evacuación del centro de trabajo.

11.2.2. La identificación de áreas para concentrar al personal evacuado.

11.2.3. Carteles que contengan las instrucciones básicas para ser aplicadas en casos de emergencia.

12. Planes de emergencia externos.

12.1. Los centros de trabajo industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL deben contar con un análisis de riesgos para cada una de sus instalaciones, que incluyan resultados de estudios en donde se hayan aplicado modelos de dispersión de nubes tóxicas o de productos inflamables.

12.2. Deben elaborarse procedimientos de alarma general a la población, para casos de emergencias mayores que se susciten en el interior de las instalaciones y cuyas consecuencias puedan rebasar los límites del centro de trabajo.

12.3. Deben existir procedimientos por escrito que contengan las acciones para el combate de emergencias, los cuales involucren a las Autoridades Federales, Estatales y/o Municipales, así como a las Fuerzas Armadas, empresas cercanas y demás organizaciones previstas por el Sistema Nacional

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de Protección Civil.

12.4. En todos los casos, los centros de trabajo deben contar con programas de prevención de accidentes, que cumplan con lo descrito en la "Guía para la Elaboración de los Programas de Prevención de Accidentes", que para el caso desarrolló el Comité de Análisis y Aprobación de los Programas para la Prevención de Accidentes. (COAAPPA).

13. Comunicaciones.

13.1. Los centros de trabajo deben contar con un procedimiento escrito para activar el sistema local de comunicación, en caso de presentarse condiciones anormales que lo ameriten. En este procedimiento deben incorporarse :

13.1.1. Un directorio telefónico actualizado para casos de emergencia, que debe incluir a las Fuerzas Armadas.

13.1.2. Un directorio actualizado de la red telefónica en casetas de vigilancia.

13.1.3. El sistema de comunicación al personal de vigilancia. 13.1.4. El sistema de comunicación en vehículos de vigilancia.

13.2. Las comunicaciones internas y hacia el exterior, deben asegurarse mediante la diversificación o redundancia de equipos de intercomunicación, de acuerdo con las condiciones específicas del centro de trabajo.

14. Simulacros.

14.1. Anualmente, cada uno de los centros de trabajo deben realizar cuando menos un simulacro de emergencia para cada uno de los siguientes casos, los cuales involucren tanto a personal del Departamento Local de Vigilancia, como a los elementos del Resguardo Militar:

14.1.1. Por asalto.

14.1.2. Por sabotaje.

14.1.3. Por manifestaciones.

14.1.4. Por bloqueo de las instalaciones.

14.1.5. Por bloqueo de accesos.

14.1.6. Por amenaza de la existencia de artefactos explosivos.

14.2. Debe tenerse un control del cumplimiento para cada uno de los programas de simulacros establecidos.

14.3. De igual manera, debe establecerse un control y registro de los análisis de cada uno de los simulacros efectuados.

15. Información Vital.

15.1. Debe elaborarse un análisis, para identificar la información del centro de trabajo que deba ser clasificada como vital.

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15.2. Los centros de trabajo tienen la obligación de elaborar un procedimiento por escrito, para el manejo y control de la información clasificada como vital.

15.3. Las áreas destinadas a concentrar la información vital del centro de trabajo, deben reunir las características adecuadas y estar debidamente identificadas.

15.4. Debe existir una designación por escrito, de las personas seleccionadas que puedan tener acceso a la información vital del centro de trabajo.

16. Entorno de las instalaciones.

16.1. Los centros de trabajo deben efectuar un estudio de las áreas externas ubicadas en el perímetro de las instalaciones, con el propósito de localizar puntos vulnerables que puedan poner en riesgo la seguridad física de las instalaciones.

16.2. Derivado del estudio a que se refiere el inciso anterior, debe contarse con un procedimiento por escrito que contenga las acciones que deban llevarse a cabo, para mantener vigiladas las áreas externas. En este procedimiento debe estar prevista la participación activa de las Fuerzas Armadas.

16.3. En coordinación con las Fuerzas Armadas, debe establecerse un control sobre las actividades de vigilancia en el entorno de las instalaciones, así como registrar en una bitácora los acontecimientos que se presenten en las áreas de referencia.

17. Espacio aéreo.

17.1. Cada centro de trabajo debe contar con un procedimiento escrito, para establecer las comunicaciones de alerta que se requieran en caso de invasión de su espacio aéreo.

18. Derechos de vía.

18.1. Las instalaciones deben contar con un procedimiento escrito, en el que se establezcan las acciones que deberán llevarse a cabo en coordinación con las Fuerzas Armadas, para la vigilancia aérea y terrestre de los derechos de vía de los ductos de transporte de su jurisdicción.

18.2. Deben establecerse controles de los recorridos aéreos y terrestres de vigilancia de los derechos de vía.

18.3. Los encargados de la vigilancia aérea y terrestre de los ductos de transporte, deben registrar en bitácoras la relación pormenorizada de las actividades realizadas por su personal, así como de los hallazgos detectados durante los recorridos. De todo ello, debe rendirse un informe a la Autoridad Máxima del centro de trabajo.

19. Capacitación y entrenamiento.

19.1. Cada centro de trabajo, debe llevar a cabo un diagnóstico de las necesidades de seguridad física de sus instalaciones, que incluya desde requerimientos de capacitación y entrenamiento, hasta la dotación de equipo y armamento para que el personal de vigilancia cumpla adecuadamente con sus funciones.

19.2. Debe elaborarse un programa para cubrir las necesidades de acuerdo a los resultados del diagnóstico a que se hace referencia en el inciso anterior.

19.3. En cada centro de trabajo deben existir programas que comprendan los siguientes conceptos:

19.3.1. La capacitación en temas específicos, relativos a las funciones del personal del Departamento de Vigilancia.

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19.3.2. El entrenamiento del personal de Vigilancia en el uso y manejo de armas, así como en defensa personal.

19.3.3. La capacitación y entrenamiento del personal de Vigilancia en el uso adecuado de equipos y sistemas de seguridad física, tales como arcos y bastones detectores, radios, sistemas electrónicos de detección de intrusos, etc.

19.3.4. La evaluación y calificación periódica del personal que porta armas.

19.3.5. La inspección de armamento y de equipos físicos y mecánicos de seguridad física, tales como sistemas de comunicación, iluminación, bardas, torres, etc.

19.3.6. La reparación de anomalías detectadas durante las inspecciones.

19.3.7. El mantenimiento preventivo del equipo y sistemas para la seguridad física.

19.4. Los centros de trabajo deben contar con un documento en el que se definan los requerimientos de los "perfiles de puestos" para el personal de Vigilancia, de acuerdo a sus necesidades particulares.

20. Responsabilidades.

20.1. Todos los centros de trabajo de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL deben contar con un Plan Interno de Seguridad Física, que considere en forma integral las acciones y actividades que deben llevarse a cabo en base a sus necesidades particulares. La autoridad máxima de cada centro de trabajo, es la responsable de la elaboración de este documento.

20.2. El incumplimiento de las disposiciones establecidas en este Reglamento, será sancionado en los términos que marcan los procedimientos administrativos existentes. En caso de reincidencia, las sanciones se aplicarán en los términos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, en el Contrato Colectivo de Trabajo en Vigor y en las Normas de Trato del Personal de Confianza, así como en la jurisprudencia aplicable.

21. Referencias.

21.1. Requerimientos Mínimos de Seguridad Física en Instalaciones de Petróleos Mexicanos, emitido por el Comité Institucional de Seguridad Física de Instalaciones de Petróleos Mexicanos.- Enero 24 de 1996.

21.2. Norma PXR-SC-NSI-13 de Seguridad Industrial: "Acceso de Personas y Vehículos a Instalaciones de la Subdirección Comercial de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL".- Mayo de 1997.

21.3. Documento Normativo DG-GPASI-SI-8200: "Reglamento de Seguridad para Proveedors".- Rev. 3 de abril de 1997.

21.4. Documento Normativo DG-GPASI-SI-8401: "Reglamento de Seguridad para Visitantes a las Instalaciones Industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL".- Rev. 1; diciembre de 1997.

21.5. Norma E 1-1 (NO.03.0.03): "Acceso de personas a las instalaciones de Petróleos Mexicanos".

21.6. Norma E 11-1 (NO.03.0.04): "Tránsito interior de vehículos en instalaciones industriales, administrativas y de servicio en Petróleos Mexicanos".

21.7. Reglamento de Seguridad e Higiene de Petróleos Mexicanos.- 1984. £

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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8.- REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA VISITANTES A LAS INSTALACIONES INDUSTRIALES DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL

1. Objetivo.

Regular el acceso y estancia de visitantes a los centros de trabajo, con el fin de preservar su integridad física y la de las instalaciones industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL

2. Alcance.

2.1. Este documento establece los lineamientos mínimos de seguridad que deben cumplir los visitantes, al ingresar y durante su estancia en las instalaciones industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

2.2. Este Reglamento no aplica en el caso de Proveedors que realizan trabajos dentro de las instalaciones industriales, los cuales se rigen por el Reglamento de Seguridad DG-GPASI-SI-8200.

3. Ámbito de aplicación.

Los requerimientos mínimos establecidos en este Reglamento son de aplicación general y obligatoria en las instalaciones industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL.

4. Ingreso al Centro de Trabajo.

Los visitantes deben cumplir con las disposiciones y controles de acceso siguientes:

4.1. Está restringido el uso de vehículos dentro de las instalaciones.

4.2. Se debe hacer uso de los estacionamientos que el centro de trabajo asigne a los visitantes.

4.3. El acceso y salida de los visitantes del Centro de Trabajo se debe efectuar a través de las puertas y durante los horarios establecidos para ello. Su permanencia dentro del mismo debe quedar registrada.

4.4. El visitante debe cumplir con el sistema de control de acceso y salida que se tenga establecido en el Centro de Trabajo, incluyendo la recepción y devolución del gafete de control correspondiente.

4.5. Todos los visitantes deben estar sujetos a revisión por parte del personal de control de acceso y vigilancia.

4.6. Sólo se permitirán cámaras fotográficas o de video con la autorización correspondiente. El uso de "flashes" y/o reflectores debe limitarse a los lugares específicamente permitidos.

4.7. Queda prohibido introducir armas de fuego, con excepción del personal militar o de vigilancia autorizado.

4.8. Queda prohibido introducir bebidas alcohólicas y/o drogas al Centro de Trabajo así como a sus estacionamientos. Así mismo no se permitirá la entrada a las personas que se encuentren bajo los efectos de alcohol o drogas.

4.9. Está prohibido el ingreso de menores de edad sin previa autorización.

4.10. Está prohibida la entrada a vendedores o promotores de productos o servicios ajenos a las actividades propias de la industria.

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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5. Permanencia dentro del Centro de Trabajo.

Una vez autorizado el acceso al centro de trabajo, el visitante debe acatar las medidas de seguridad siguientes: 5.1. El visitante asumirá la responsabilidad derivada de su estancia, liberando al centro de trabajo de cualquier responsabilidad.

5.2. Queda estrictamente prohibido el acceso a las instalaciones industriales a visitantes que vistan cualquier prenda fabricada con nylon, polyester u otra fibra sintética que genere electricidad estática.

5.3. Queda prohibido el uso de zapatos tenis, calzado casual y calzado con clavos o con elementos Metálicos externos, en el interior de las instalaciones industriales. 5.4. Es obligatorio el uso del casco de seguridad en las instalaciones industriales.

5.5. En caso de no contar con lo indicado en los puntos 5.2, 5.3 y 5.4, los visitantes deben solicitarlo a la oficina de recepción ó al personal responsable de seguridad.

5.6. Los visitantes deben portar en forma visible el gafete que les fué proporcionado, mientras permanezcan en el interior del centro de trabajo.

5.7. En todo momento los visitantes deberán estar acompañados por personal del centro de trabajo, desde su ingreso y durante el tiempo que permanezcan en el interior de las instalaciones industriales. Cuando la visita se lleve a cabo en grupo, el responsable del mismo debe instruir a los integrantes sobre la prohibición de que cualquiera de ellos se aparte del mismo.

5.8. Los visitantes que transiten a pie por el centro de trabajo tienen la obligación de acatar las disposiciones y señalamientos peatonales, así como caminar exclusivamente por las banquetas, andadores o caminos de acceso construidos para tal efecto. No debe transitarse por áreas restringidas ni trasladarse en el área de carga de vehículos.

5.9. Es obligación de los visitantes acatar las órdenes, indicaciones e instrucciones que les dicte el personal del centro de trabajo, sobre todo en lo relativo a medidas de seguridad.

5.10. Queda estrictamente prohibido a los visitantes intervenir en maniobras, abrir o cerrar válvulas, operar instrumentos, accionar interruptores, operar máquinas y en general, efectuar cualquier operación de equipos, accesorios o instalaciones.

5.11. Queda prohibido a los visitantes deambular por calles, andadores, pasillos, oficinas, instalaciones y áreas en general, que no sean motivo específico de su visita.

5.12. El visitante debe tirar la basura en los depósitos destinados para ello.

5.13. El comportamiento en general del visitante en el interior de la instalación debe ser de respeto y disciplina, evitando bromas y actitudes que pongan en peligro la integridad de personas o instalaciones.

5.14. Queda prohibido el acceso de visitantes a las áreas consideradas como riesgosas, a menos que el motivo de su visita lo amerite, en cuyo caso, el responsable de ésa área debe indicarle las recomendaciones de seguridad pertinentes y verificar que se les proporcione e instruya sobre el uso del equipo de protección personal apropiado.

5.15. Durante la realización de simulacros dentro del centro de trabajo, los visitantes deben mantenerse alejados del lugar para evitar la ocurrencia de accidentes.

5.16. En caso de que durante la visita se llevara a cabo una práctica o simulacro de evacuación, o si se

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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presentara una emergencia real en las instalaciones, los visitantes deberán atender las indicaciones de las personas a las que visitan, o las de los encargados del control de la emergencia.

5.17. Queda estrictamente prohibido el acceso de visitantes, a las áreas de operación durante la ocurrencia de emergencias.

5.18. Queda terminantemente prohibido fumar o encender fósforos en el interior de las instalaciones industriales, independientemente de que existan o no letreros indicando su prohibición.

6. Tránsito de vehículos dentro del Centro de Trabajo.

Si es indispensable el uso de vehículos dentro de las instalaciones, se debe cumplir con lo siguiente:

6.1. El vehículo deberá contar con un "pase" de entrada debidamente autorizado por la autoridad máxima del centro de trabajo. Este "pase" deberá ser expedido para un vehículo en particular y tendrá carácter de intransferible.

6.2. En ningún caso deberá permitirse el acceso a vehículos que no cuenten con póliza de seguro contra daños a terceros o con cobertura amplia.

6.3. No debe permitirse el acceso a vehículos que no cumplan con las condiciones de seguridad reglamentarias o que se observen en malas condiciones mecánicas, que representen riesgos para las instalaciones del centro de trabajo.

6.4. Como parte de las rutinas del control de accesos, deberán revisarse todos y cada uno de los vehículos que entren y salgan del centro de trabajo. Para accesar al interior de los centros de trabajo, todos los vehículos deberán contar cuando menos con un extintor en condiciones de uso inmediato.

6.5. Queda prohibido el uso de la bocina o claxon de los vehículos que transitan en el interior de las instalaciones.

6.6. Los conductores de vehículos están obligados a respetar el sentido del flujo de circulación y a no sobrepasar la velocidad máxima permitida de 20 km/hr. en el interior de las instalaciones, así como tomar precauciones en los cruces de calles.

6.7. El uso del cinturón de seguridad en el vehículo es obligatorio.

6.8. Los choferes de vehículos están obligados a respetar los señalamientos preventivos y restrictivos de las instalaciones.

6.9. No está permitido el estacionamiento de vehículos frente a instalaciones contraincendio, subestaciones eléctricas, debajo de tendidos de tuberías aéreas, ní frente a vehículos de emergencia.

6.10. Queda prohibido que los vehículos transiten sobre áreas restringidas y/o delimitadas con marcas sobre el pavimento.

6.11. Queda prohibido el acceso de vehículos con cristales o parabrisas obscuros y reflejantes, así como de vehículos que excedan la capacidad máxima de pasajeros permitida para los mismos.

6.12. Para el acceso de vehículos pesados con exceso de dimensiones, o cuya carga represente un riesgo para las instalaciones de los centros de trabajo, invariablemente debe contarse con un "permiso de trabajo".

6.13. Todos los conductores tienen la obligación de detener la marcha de su vehículo en el interior de las

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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instalaciones, para ceder el paso a peatones o a vehículos de emergencia.

6.14. Durante emergencias, los operadores de los vehículos deben tratar de dirigirse hacia el exterior del centro de trabajo, extremando precauciones según las circunstancias. En caso de no poder hacerlo, deben abandonar el vehículo dejándolo apagado, con el freno de mano accionado y con las llaves puestas.

6.15. Está prohibido rebasar vehículos cuando éstos se encuentren en movimiento.

6.16. Queda prohibido efectuar operaciones de carga y descarga en lugares diferentes a los especificados para estos propósitos.

6.17. En áreas de circulación no deben efectuarse reparaciones a vehículos, sino desplazarlos a las áreas de mantenimiento correspondientes, jalados por una grúa o empujados por personas.

6.18. Se debe evitar en lo posible la utilización de un vehículo para empujar otro, así como pasar corriente de un vehículo a otro.

6.19. Por las características de su escape, queda prohibida la entrada de motocicletas al interior de las instalaciones.

6.20. Queda estrictamente prohibido a los conductores de vehículos, efectuar competencias de cualquier índole en las áreas de circulación del centro de trabajo.

6.21. Deben cumplirse además las disposiciones particulares establecidas por el centro de trabajo relativas al tránsito vehicular.

7. Responsabilidades.

7.1. Todos los visitantes a las instalaciones industriales de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL están obligados a cumplir con lo establecido en éste Reglamento, así como con los requisitos específicos que dicten las áreas operativas.

7.2. Corresponde a la máxima autoridad del Centro de Trabajo, disponer los mecanismos necesarios para que las medidas preventivas aquí señaladas, sean debidamente observadas.

7.3. Los trabajadores del Centro de Trabajo deben reportar a los departamentos de Seguridad o Vigilancia, las desviaciones cometidas por personas ajenas, en las instalaciones del organismo.

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ANEXO 1

CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

DOCUMENTO No.

DOCUMENTO ENTREGO

SI NO

DA-1 Copia fotostática del Manifiesto de interés en participar

DA-3 Formato de información para Acreditar la existencia y personalidad del licitante.

DA-4 Manifiesto no encontrarse en algún supuesto Art. 76 F-VI LPM y Art. 12 DGC

DA-5 Manifestación de facultades para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, en caso de no ser el Representante Legal quien asista

DA-6 Formato para la manifestación de integración de micro, pequeñas y medianas empresas.

DA-7 Mecanismo de aclaración de aspectos relacionados con el contenido de las propuestas

RB Registro Basico de Proveedores

Sobre Técnico

Propuesta Técnica

DT-1 Convenio privado tratándose de propuestas conjuntas.

DT-2 Curriculum del personal propuesto

DT-3 Documentación para la acreditación de la experiencia.

DT-4 Equipo que proporcionará el proveedor

DT-5 Materiales e insumos que proporcionará el proveedor

DT-6 Programa calendarizado de ejecución general de los servicios

DT-7 Propuesta técnica

DT-7A Propuesta tecnica (sin montos)

DT-8 Subcontratación

DT-9 Declaración de Grado de Integración Nacional del Servicio

Sobre Económico

Propuesta Económica

Anexo “C” Desglose de Insumos por Partida, sin importes.

DE-1 Desglose de Insumos por Partida, con importes.

Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la propuesta, por lo que, su contenido

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cualitativo con respecto a lo solicitado en las Bases será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.

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SECCION III

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DOCUMENTO DA-1

MANIFIESTO DE INTERES EN PARTICIPAR

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha________________________________

Petróleos Mexicanos Direccion Operativa de Procura y Abastecimiento Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero P r e s e n t e Concurso Abierto Nacional N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016 Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.. De conformidad con lo establecido en las bases en cita, por este medio manifiesto mi interés en participar en el presente concurso, solicitando se considere a mi representada inscrita en el mismo, para lo cual manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Datos del participante:

Nombre o razón social:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal:

Correo electrónico:

Teléfono:

Nombre del representante legal, en caso de contar con éste:

Protesto lo necesario Recibe

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

Nombre, fecha y firma de quien recibe y sello de registro

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DOCUMENTO DA-2

FORMATO PARA FORMULAR PREGUNTAS

Concurso Abierto Nacional No.: CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016 Junta de Aclaraciones de Bases Fecha: _________________________________________

Consecutivo Referencia Clasificación Pregunta

Pregunta Anexo de la Pregunta

No. de consecutivo de la pregunta

Anexo Técnico y/o Sección de las Bases correspondiente, y punto de la misma

Técnica/Administrativa En caso de anexos a las preguntas se anota en este cuadro el nombre del archivo electrónico respectivo y en la pregunta se hace referencia al mismo como sigue: “Ver anexo XXX.xxx“, dicho archivo se deberá enviar adjunto al formato de preguntas y respuestas (Opcional)

Protesto lo necesario

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

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DOCUMENTO DA-3

FORMATO QUE CONTIENE LA INFORMACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD DEL PARTICIPANTE (PERSONA FÍSICA O MORAL)

Ciudad ____________, a ______ de _____________ de ______. Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero P r e s e n t e

Concurso Abierto Nacional: N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016

Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS..

De conformidad con lo establecido en las bases de concurso en cita, por este medio manifiesto bajo protesta de decir verdad que los datos aquí plasmados son ciertos, han sido debidamente verificados, y cuento con las facultades suficientes para suscribir la propuesta para el presente Concurso, a nombre y representación de: (Persona Física o Moral).

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio.-

Calle y Número:

Colonia: Delegación o Municipio:

Código Postal: Entidad Federativa:

Teléfonos: Fax:

Correo electrónico:

Datos de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:

Relación de Socios:

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )

Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional):

Datos de las Reformas o modificaciones al acta constitutiva:

Relación de Socios:

Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s )

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Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Nombre y domicilio del apoderado o representante:

Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:

Protesto lo necesario

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

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DOCUMENTO DA-4

MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN ALGÚN SUPUESTO DE LOS ARTÍCULOS 76 FRACCIÓN VI DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS, 12 DE LAS DGC Y 8 FRACCIÓN XX DE LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS [Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha_____________________ Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero. P r e s e n t e

Concurso Abierto Nacional: N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016

Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.. De conformidad con lo establecido en las bases de concurso en cita, por este medio manifiesto bajo protesta de decir verdad que en nombre del participante persona física o moral, a quien represento, no se encuentra en algún supuesto de los artículos 76 fraccion VI de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las DGC. Nota: (Si el participante es persona física sin representante legal, deberá incluir la siguiente manifestación): Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal deResponsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir verdad que no desempeño un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Nota: (Si el participante es persona física con representante legal, deberá incluir la siguiente manifestación): Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir verdad que (nombre del participante persona física), a quien represento, no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público. Nota: (Si el participante es persona moral, deberá incluir la siguiente manifestación): Asimismo, para efectos de lo señalado en el artículo 8, fracción XX, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, manifiesto bajo protesta de decir verdad que las personas que forman parte de (nombre del participante persona moral), a quien represento, no desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Protesto lo necesario

[Nombre del participante] [Nombre y firma de la persona física o representante legal]

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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DOCUMENTO DA-5

MANIFESTACIÓN DE FACULTADES PARA INTERVENIR EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha_____________________ Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero. P r e s e n t e

Concurso Abierto Nacional: N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016

Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS. (Nombre de la persona que asista al acto), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que cuento con

facultades suficientes para comprometerme, con autorización de la representada para intervenir en el acto de

presentación y apertura de propuestas del concurso citado al rubro.

Atentamente,

____________________________________ (Nombre y firma del Representante legal)

Protesto lo necesario.

__________________________________________________________________________ (Nombre y firma de la persona que asiste al acto de presentacion y apertura de propuestas)

Nota: Este formato deberá requisitarse en caso de que LA PERSONA QUE ASISTA al acto de presentación y apertura de propuestas, NO SEA EL REPRESENTANTE LEGAL que suscribe la propuesta.

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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DA-6

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE INTEGRACIÓN DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

(Únicamente aplica a licitantes nacionales clasificados como MIPYMES). __________de __________ de ______________ (1)

Petroleos Mexicanos (2) .

____________________ P R E S E N T E

Me refiero al procedimiento (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa, (5) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.

Al respecto manifiesto, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con (7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10) atendiendo a lo siguiente:

Estratificación

Tamaño (10)

Sector (6)

Rango de número de trabajadores

(7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp)

(9)

Tope máximo combinado*

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio Desde 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicio Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana

Comercio Desde 31 hasta 100 Desde $100.01 Hasta $250

235 Servicio Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 Desde $100.01

Hasta $250 250

*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) (7) (8) El numero de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8) (10) El tamaño de la empresa se determinara a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente formula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores)

X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Maximo Combinado de su categoría.

Asimismo, manifiesto, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: (11) ; del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): (12) .

ATENTAMENTE

(13)

INSTRUCTIVO NUMERO DESCRIPCION

1 Señalar la fecha de suscripción del documento

2 Anotar el nombre del área contratante

3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública

4 Indicar el numero respectivo del procedimiento

5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa

6 Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicio)

7 Anotar el numero de trabajadores de planta inscritos en el IMSS

8 En su caso, anotar el numero de personas subcontratadas

9 Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp); conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales

10 Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la formula anotada al pie del cuadro de estratificación

11 Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante

12 Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante (s) de los bienes que integran la oferta.

13 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

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Anexo “DA-7” Mecanismo de aclaración de aspectos relacionados con el contenido de las propuestas

El área Convocante podrá solicitar por escrito a los participantes la aclaración o corrección de los aspectos que hayan sido identificados susceptibles de aclararse o con el contenido de sus propuestas, incluyendo aquellas que requiera el Administrador del Proyecto. En su caso, la Convocante enviará la solicitud de aclaración y/o corrección al correo electrónico que el participante haya señalado en el documento DA-1, y se considerará como notificación oficial, quedando bajo la responsabilidad de éste el consultar con oportunidad su correo electrónico para atender las aclaraciones y/o correcciones requeridas por la convocante; de igual manera se difundirá en el Portal de Internet de la DOPA: http://www.pemex.com/procura/procedimientos-de-contratacion/concursosabiertos/Paginas/default.aspx Se podrán corregir o aclarar aquellos documentos que formen parte integrante de su proposición y que debido a la forma en que se presenten se requiera información adicional para su adecuado entendimiento y evaluación. Podrá corregirse la omisión en la presentación de documentación requerida siempre y cuando no se modifiquen los términos y condiciones esenciales de la propuesta, tales como precio, plazo, especificaciones y alcance. Solamente se permitirá a los participantes la aclaración y tres aspectos del contenido de la propuesta. La omisión de un documento que no modifique términos esenciales de la propuesta en los términos previamente señalados, será considerada como un aspecto en lo individual para los aspectos antes señalados. Los participantes darán respuestas por escrito dentro del plazo de 02 (dos) días hábiles siguientes al envío de la solicitud de aclaración, debiendo dichas respuestas versar estrictamente sobre la aclaración o corrección solicitada, las aclaraciones o correcciones que haga el participante no podrán modificar los términos y condiciones esenciales de la propuesta, tales como precio, plazo, especificaciones y alcance, transcurrido dicho plazo, el participante perderá su derecho a realizarlas, procediendo la convocante a calificar al participante o evaluar su propuesta, según corresponda, con la documentación recibido originalmente. Con las aclaraciones y/o correcciones entregadas por el participante, la Convocante procederá a valorarlas, sin que su entrega implique por sí misma el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Convocante

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SECCION III

DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA

Página 195 de 285

DOCUMENTO RB

REGISTRO BÁSICO DE PROVEEDORES

http://www.pemex.com/procura/relacion-con-proveedores/registro-de-proveedores/Paginas/default.aspx Asimismo le proporcionamos los datos de contacto del área a la cual podrá solicitar su cuenta de acceso al sistema de Registro y Evaluación de Proveedores y Prestador de Servicios.

Tel: (55)19442500. Ext. 57634 ó 54363 Resto de la República: 01 800 22825246 Correo electrónico: [email protected] Horario de atención 9:00 a 18:00 horas

SE ADJUNTA EL ARCHIVO RB SOLICITUD DE REGISTRO BÁSICO DE PROVEEDORES.PDF A LAS PRESENTES BASES DE CONCURSO.

RB SOLICITUD DE REGISTRO BÁSICO DE PROVEEDORES.pdf

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-1

CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

INSTRUCTIVO Para participar en esta Concurso, dos o más interesados podrán presentar una Propuesta Conjunta,el convenio contendrá lo siguiente: a) Se indicará la forma en que pretendan organizarse las personas que presenten la propuesta,pero no será necesario

constituir una persona jurídica distinta de dichas personas; b) b) Se establecerán las actividades a que se obliga cada una de las personas participantes, asimismo, deberá señalarse a

la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. c) c) Los integrantes de la propuesta conjunta quedarán obligados en forma solidaria respecto de la totalidad de las

obligaciones derivadas del contrato correspondiente;

d) Señalar expresamente la empresa que fungirá como líder del consorcio que presente una proposición conjunta. e) El participante deberá adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como líder en la

ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos.

A manera de ejemplo, para cumplir con lo establecido en este inciso e), el participante podrá optar por las siguientes alternativas:

1. En el mismo CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS manifestar las cláusulas correspondientes a:

(I) La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato

(de manera enunciativa, mas no limitativa, podrá referirse a: I.- Quién presentará las estimaciones; II.- Quién presentará las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.-Jurisdicción, etc.).

(II) La forma en que se resolverán las controversias entre los participantes (pudiendo ser mediante la

jurisdicción de los ribunales mexicanos, arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes); y

(III) La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los mismos en caso de incumplimiento

del CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS y/o del contrato por parte de los propios participantes.

O bien,

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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2. Adicional al CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS ,adjuntar convenio privado, o instrumento similar reconocido por las leyes, celebradoentre los integrantes del consorcio, en donde se señale de manera expresa lo siguiente:

(I) La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato

(de manera enunciativa, mas no limitativa,podrá referirse a: I.- Quien presentara las estimaciones; II.- Quien presentara las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.- Jurisdicción, etc).

(II) La forma en que se resolverán las controversias entre los participantes (pudiendo ser mediante la jurisdicción de los tribunales mexicanos, arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes); y

(III) La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los mismos en caso de incumplimiento

del CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS y/o del contrato por parte de los propios participantes.

DICHO CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS O EL INSTRUMENTO LEGAL QUE SE PRESENTE DEBERÁ(N) ESTAR SUSCRITO(S) POR LOS REPRESENTANTES LEGALES DE CADA UNO DE LOS INTEGRANTES DEL CONSORCIO, QUE CUENTEN FACULTADES PARA LA CELEBRACIÓN DE DICHO(S) ACTO(S). Para cumplir con la presentación del presente DOCUMENTO DA-5, el participante presentará un escrito libre, en papel con membrete de la empresa líder, que contenga los datos antes mencionados. A manera solamente de ejemplo se anexa modelo de CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. A elección del participante, se podrán incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS las estipulaciones relativas al control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los integrantes del consorcio y los acuerdos de indemnización entre los mismos, o bien presentar el o los instrumentos que contengan dichas estipulaciones por separado.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-1

EJEMPLO DE CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS

CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE CELEBRAN (Nombre o razón social de los integrantes del Consorcio), REPRESENTADAS POR (Nombre del Representante Legal por cada una de las personas que integran el Consorcio) RESPECTIVAMENTE, EN SUS CARÁCTERES DE REPRESENTANTE LEGAL DE LAS MISMAS, EN RELACIÓN CON EL CONCURSO ABIERTO NACIONAL No. CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016, referente a: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I.

MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.., AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

I. Declara ______________________ (DECLARACIÓN PARA PERSONAS MORALES).

I.1.- Que acredita la existencia de la empresa con el testimonio de la Escritura Pública Número. ____________, volumen Número. ________, de fecha ___ de _____ de ______, inscrita en forma definitiva en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de _____________, bajo el acta número ____________, tomo número_____________ volumen número ___________,de fecha __________, otorgada ante la Fe del Notario Público Número._____ de la Ciudad de ________., Lic. __________. (Si fuera el caso): Que a la fecha se han celebrado las siguientes reformas y modificaciones al acta constitutiva inicial de la empresa: ________________________________________________________________________ I.2.- Que el(la) Señor(a) _________, acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha Sociedad, mediante el testimonio de la Escritura Pública Número______ de fecha _____ de _______ de ______ otorgada ante la fe del Notario Público Número. ______, de la Ciudad de _________., Lic. ______________. I.3.- Que su domicilio fiscal se encuentra ubicado en:________________________ número _______,Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de (INCLUIR ESTA MISMA INFORMACIÓN POR CADA UNA DE LAS PERSONAS MORALES QUE PARTICIPEN EN EL CONSORCIO). I. Declara (Nombre de la persona física integrante del Consorcio) (DECLARACIÓN PARA PERSONAS FÍSICAS).

I.1.- Que acredita la existencia y nacionalidad mediante (Nombre del Documento). I.2.- Que el Señor (En su caso, Nombre del Representante Legal), acredita su personalidad y facultades como Representante Legal de dicha persona, mediante ______________.

I.3.- Que su domicilio fiscal se encuentra ubicado en (Calle) número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de ________, ______________.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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(INCLUIR ESTA MISMA INFORMACIÓN POR CADA UNA DE LAS PERSONAS FISICAS QUE FORMAN PARTE DEL CONSORCIO) II. las partes declaran:

II.1.- Que celebran el presente convenio, en virtud de que han presentado una proposición conjunta en el concurso abierto Nacional. II.2.- Las partes de este CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, nos comprometemos y

obligamos a ejecutar en forma conjunta el objeto del concurso, en caso de que nuestra proposición conjunta, presentada en el concurso resulte con adjudicación favorable.

Al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETO. Las partes convienen en agruparse en un Consorcio con el objeto de prestar los servicios objeto del Concurso Abierto Nacional No. CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016, referente al: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.., en caso de que la proposición conjunta presentada en dicho concurso, resulte con adjudicación favorable. SEGUNDA.- LIDER DEL CONSORCIO. Las partes convienen en que la persona que actuará como LÍDER DEL CONSORCIO, en la ejecución del contrato será (Nombre o razón social del Líder del Consorcio), cuyo representante legal es (Nombre del Representante Legal del Líder del Consorcio), quien asume la responsabilidad de coordinar la ejecución de las actividades objeto del contrato y, por tanto, será la única interlocutora del Consorcio con Petróleos Mexicanos. [NOTA: El siguiente párrafo aplica en caso de que todos los miembros del consorcio formen parte de un mismo grupo empresarial o corporativo]. Las partes manifiestan, que todos los miembros que integran el presente Convenio Privado para la prestación de los servicios, forman parte de un mismo grupo (empresarial o corporativo) y acreditan su relación corporativa con la documentación presentada para acreditar los requisitos del numeral _____ del documento_______, y/o con el instrumento que se acompaña en copia simple al presente Convenio, debidamente identificado como ________. (en caso de que aplique). TERCERA.- ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGA CADA UNA DE LAS PARTES. Las actividades a que se obliga cada una de las partes en este convenio, en caso de resultar su propuesta conjunta adjudicada en el concurso, son las siguientes: I. (Nombre o razón social del integrante del Consorcio) se obliga a: (Describir a detalle las actividades a que se obliga el integrante del Consorcio, no incluir porcentajes de participación) II. (Nombre o razón social del integrante del Consorcio) se obliga a: (Describir a detalle las actividades a que se obliga el integrante del Consorcio, no incluir porcentajes de participación)

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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CUARTA.- DOMICILIO COMUN. Las partes señalan como su domicilio común para oír y recibir notificaciones, en relación con la ejecución del contrato que en su caso se formalice, el ubicado en (Calle) número _______, Colonia __________, Código Postal ________, en la ciudad de (Ciudad), (Estado). Nota: Se deberá designar un domicilio en la República Mexicana. QUINTA.-OBLIGACIÓN CONJUNTA Y SOLIDARIA Las partes, se obligan en forma conjunta y solidaria entre si y ante Petróleos Mexicanos, respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato que, en su caso, se formalice como producto del concurso. Nota: En caso de que el Consorcio opte por incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS (este documento) las estipulaciones relativas a la regulación del control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos, se deberán incluir las siguientes cláusulas: NOTA:En éstas cláusulas se describirán: el control del consorcio, la forma en que se resolverán las

controversias y los acuerdos de indemnización entre los participantes, lo cual a manera de ejemplo se presentan a continuación:

SEXTA.- CONTROL DEL CONSORCIO La forma en que se ejercerá el control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato (de manera enunciativa, mas no limitativa, podrá referirse a: I.- Quien presentara las estimaciones; II.- Quien presentara las facturas; III- Consejo; IV.- Toma de decisiones con respecto al contrato; V.- Jurisdicción, etc). SEPTIMA.- RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LAS PARTES La resolución de controversias que pudieran suscitarse en el presente Convenio, será sometido en primer lugar en común acuerdo entre las partes que integren el Consorcio, en caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio, los derechos de las partes quedarán a salvo para ejercerse en la vía legal que a su derecho convenga, sujetándose a los jueces y tribunales competentes de ______________, por lo que renuncian a cualquier otra jurisdicción que pudiere corresponderle con razón de su fuero o domicilio. Ó Arbitraje y/o cualquier otro mecanismo de solución de controversias que determinen los participantes. OCTAVA.- ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS PARTICIPANTES DEL CONSORCIO Las empresas integrantes del Consorcio acuerdan que las pérdidas o ganancias derivadas de la ejecución del contrato derivado del concurso, será proporcional a sus aportaciones financieras efectivamente aportadas y la indemnización que llegare a resultar de la actividad o negligencia de una o de las contratantes será en el porcentaje del daño ocasionado. Ó

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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La forma y términos en que los participantes se indemnizarán entre los mismos en caso de incumplimiento del CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS y/o del contrato por parte de los propios participantes. El presente CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS, se firma por las partes en ___ ejemplares originales, en la Ciudad de ________________, a los _____ días del mes de ________________ de _________________.

[nombre de cada persona] [nombre de cada persona] [representante legal de cada persona] [representante legal de cada persona]

NOTA: A elección del participante, se podrán incluir en el CONVENIO PRIVADO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS las cláusulas que a manera de ejemplo se establecieron, relativas al: control del consorcio por quien actúe como líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos, o bien presentar por separado, el o los instrumentos que contengan dichas cláusulas.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-2

CURRICULUM DEL PERSONAL PROPUESTO

Currículum de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección, administración y ejecución de los servicios, los que deberán tener experiencia en servicios con características técnicas y magnitud similares.

DOCUMENTO DT-3

EXPERIENCIA DEL PARTICIPANTE

En este formato, el participante proporcionará documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en servicios similares, con la identificación de los servicios realizados por el participante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción del servicio, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso. En este formato, el participante identificará los servicios realizados por él, que acrediten la experiencia y la capacidad técnica requerida, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de los servicios, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso.

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DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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FORMATO DT-3

IDENTIFICACIÓN DE LOS SERVICIO REALIZADOS POR EL PARTICIPANTE, QUE ACREDITEN LA EXPERIENCIA Y LA CAPACIDAD TÉCNICA REQUERIDA, EN LOS QUE SEA COMPROBABLE SU PARTICIPACIÓN

IMPORTES (INDICAR MONEDA) FECHA DE SERVICIOS REALIZADOS POR (PARTICIPANTE)

CONTRATANTE

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

TOTAL EJERCIDO POR

EJERCER INICIO TÉRMINACIÓN

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-4

EQUIPO QUE PROPORCIONARÁ EL PROVEEDOR

INVITACIÓN N°: SERVICIO:

FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:

FORMATO

DT-4

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVCIOS

RAZÓN SOCIAL DEL P FIRMA DEL PROVEEDOR HOJA __ DE __

RELACIÓN DE EQUIPO QUE PROPORCIONARÁ EL PROVEEDOR PARA LLEVAR A CABO LOS SERVICIOS (SIN MONTOS).

N° CONSECUTIVO

EQUIPO MARCA MODELO USOS

ACTUALES CAPACIDAD

TIPO Y POTENCIA DEL

MOTOR

PROPIO ARRENDADO CON OPCIÓN A

COMPRA ARRENDADO SIN OPCIÓN A

COMPRA

UBICACIÓN

FECHA EN QUE SE DISPONDRÁ EN EL SITIO DE LOS SERVICIOS

OTRAS ESPECIFICACIONES

En caso de maquinaria o equipo arrendado con o sin opción a compra deberá presentar carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad en el caso de que resulte ganador. En la columna “Otras Especificaciones” se anotarán las características de la maquinaria o equipo necesarias para cumplir con las especificaciones generales y particulares de construcción, así como las normas de seguridad estipuladas en las bases.

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DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-5

MATERIALES E INSUMOS QUE PROPORCIONARÁ EL PROVEEDOR

CLAVE DESCRIPCIÓN

MARCA Y

MODELO

PROVEEDOR UNIDAD CANTIDAD ORIGEN

EMPRESA:

NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:

FIRMA:

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-6

PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS

PROGRAMA DE LA EJECUCIÓN GENERAL DE LOS SERVCIOS CALENDARIZADO Y CUANTIFICADO

MENSUAL (SIN MONTOS)

INVITACIÓN N°: SERVICIO:

FECHA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: FORMATO

DT-6

PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS

RAZÓN SOCIAL DEL PROVEEDOR

FIRMA DEL PROVEEDOR

HOJA __ DE __

PARTIDA SUB PARTIDA

CONCEPTO DE SERVICIOS

UNIDAD CANTIDAD MES

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

NOTAS: En la programación se indicarán por MES las actividades de los SERVICIOS por realizar. El participante adecuará el número de columnas de MESES que se requiera de acuerdo al plazo de ejecución ANEXAR EL CÁLCULO DE LA RUTA CRITICA DE LOS SERVICIOS EN ESTE ANEXO.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-7

PROPUESTA TÉCNICA

PLAZO DE EJECUCIÓN: LUGAR DE EJECUCIÓN: CONDICIONES DE EJECUCIÓN: a. Especificar en forma detallada la secuencia de ejecución del servicio, indicando el equipo con que la realizará, especificación de los materiales y

equipos que proporcionará, los cuales deberán coincidir con las especificaciones establecidas en la Sección II Sección II Informaicón Técnica del Proyecto.

b. Garantizar por escrito la realización del servicio (en tiempo y calidad). c. Enlistar los conceptos de las normas o especificaciones que utilizará, alcances y conceptos de seguridad que aplicará durante la realización del

servicio y alguna notación adicional que crea conveniente. NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ___________________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-7A

PROPUESTA TECNICA (SIN MONTOS)

(A CADA SERVICIO DEL CATALOGO DE PARTIDAS LE CORRESPONDERÁ UN DESGLOSE DE INSUMOS POR CONCEPTO)

DESGLOSE DE INSUMOS POR PARTIDA (SIN IMPORTES)

No. DE PARTIDA (o subpartida): _____________ UNIDAD: ___________ CANTIDAD: _____________ DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO:

MATERIALES

DESCRIPCIÓN UNIDAD

MANO DE OBRA

DESCRIPCIÓN UNIDAD

RENDIMIENTO

MAQUINARIA Y/O EQUIPO

DESCRIPCIÓN UNIDAD

RENDIMIENTO

NOMBRE DEL LICITANTE: __ (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL) __ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________ FIRMA: ________________________ CARGO: _______________________

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-8

SUBCONTRATACIÓN

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha_____________________ Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero. P r e s e n t e

Concurso Abierto Nacional: N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016

Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.. [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL] en mi carácter de representante legal de [NOMBRE DEL LICITANTE], manifiesto lo siguiente: Que las partes de los servicios que subcontrataré de acuerdo a lo indicado en las bases de licitación son: _____________________________________

(*) Nombre, Denominación o Razón Social del Subcontratista Trabajos que Realizará

(*) NOTA: Se deberá anexar a este formato el currículum y documentación que demuestre fehacientemente la experiencia y capacidad técnica y económica del (los) subcontratista(s) propuestos, en los servicios que realizará(n). Además deberá incluir carta emitida por cada uno de éstos en la que manifiesten que aceptan la realización de los servicios en caso de que la proposición del licitante sea la ganadora. Fechado a los ______ días del mes de ______________ de _____.

Protesto lo necesario

__________________________ [NOMBRE DEL LICITANTE]

[Nombre del representante legal debidamente facultado, o Representante Común en el caso de una propuesta conjuntas]

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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DOCUMENTO DT-9

CONTENIDO NACIONAL

[Preferentemente en papel con membrete del participante]

Lugar y fecha_____________________ Petróleos Mexicanos Coordinación de Procura y Abastecimiento para Transformación Industrial Gerencia de Contrataciones para Producción, Comercialización y Confiabilidad Subgerencia de Contratos en Producción Área de Contratación Obra Pública Madero. P r e s e n t e

Concurso Abierto Nacional: N° CAS-GCPCC-SCEP-N-115-2016

Objeto: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.. Mediante el presente, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que en caso de que me sea adjudicado el Contrato correspondiente al concurso el Contenido de los Servicios a ejecutar será de __(2)__%, medido de acuerdo a lo indicado en Determinación y Declaración del Grado de Integración Nacional del Anexo CN de estas bases. Los Bienes Nacionales que se suministrarán como parte del alcance de los Sericios son los siguientes:

Marca de identificación

(Tag) (3) Descripción (4) Fabricante (5) Costo Directo (6)

Atentamente

_______________(7)_______________

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(1) Número de Licitación

(2) Porcentaje de Contenido Nacional

(3) Número de identificación del Bien.

(4) Descripción del Bien.

(5) Nombre o razón social del Fabricante del Bien

(6) Costo directo del Bien

(7) Nombre y firma del representante legal del Licitante.

ANEXO CN

CONTENIDO NACIONAL

Anexo CN. Cálculo y declaración del Contenido Nacional en Servicios y Arrendamientos.

[ESTE ANEXO NO APLICA PARA AQUELLOS SERVICIOS O ARRENDAMIENTOS QUE TENGAN RELACIÓN CON ASIGNACIONES Y CONTRATOS PARA LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS, Y PARA LOS PERMISOS EN LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS]

[ESTE ANEXO SÓLO SE DEBERÁ INCLUIR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN EN LOS QUE SÍ SE SOLICITE UN PORCENTAJE DE CONTENIDO NACIONAL]

1. Definiciones.

1.1. Bienes: maquinaria, equipos y materiales (diferentes a los de la construcción) de instalación permanente que se

suministran e instalan como parte de los alcances del contrato.

1.2. Bienes Nacionales: los Bienes de Fabricación Nacional y cuyo Contenido Nacional es igual o mayor a 65% (sesenta

y cinco por ciento).

1.3. Distribuidor del Bien: la persona física o moral que se encarga de la venta de los bienes del fabricante, en una zona

determinada.

1.4. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación

Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo.

1.5. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el Proveedor a

(PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD

CONTRATANTE].

1.6. Contenido Nacional de los Bienes: el grado específico de contenido nacional de los Bienes, calculado de acuerdo

con lo establecido en el apartado 3.1 de este Anexo.

1.7. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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1.8. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero que no están

físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y

equipos relacionados con la producción de un bien, tales como:

1.8.1. Combustibles y energía.

1.8.2. Herramientas, troqueles y moldes.

1.8.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.

1.8.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios.

1.8.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.

1.8.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.

1.8.7. Catalizadores y solventes, y

1.8.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente.

1.9. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.

1.10. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como:

1.10.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extranjeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios.

1.10.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien.

1.10.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.

1.10.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.

1.10.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.

1.10.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición.

1.10.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.

1.10.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.

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1.10.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.

1.11. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas,

partes o componentes que integran el bien suministrado a (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA

SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE].

1.12. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE]

1.13. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.

1.14. Verificación documental: comparación cualitativa entre el valor ofertado de contenido nacional y el valor realmente alcanzado durante la ejecución del servicio o arrendamiento.

2. Ámbito de aplicación.

2.1. El ámbito de aplicación del presente Anexo comprende, entre otros, los siguientes tipos de servicios y arrendamientos:

2.1.1. Servicio de mantenimiento y conservación de áreas verdes

2.1.2. Servicio de impermeabilización de inmuebles

2.1.3. Servicios de fotocopiado e impresión

2.1.4. Servicio de mensajería y paquetería

2.1.5. Servicios médicos subrogados y de laboratorios clínicos

2.1.6. Servicio de suministro, lavado y/o planchado de ropa hospitalaria

2.1.7. Servicios de hotelería y alimentación

2.1.8. Arrendamiento de equipo médico

2.1.9. Y todos aquellos servicios o arrendamientos que no estén relacionados con actividades de exploración y extracción de hidrocarburos en campos terrestres o marinos, ni con el resto de las actividades de la cadena de valor del sector hidrocarburos: refinación, procesamiento de gas natural, transporte, comercialización, entre otros

2.2. En procedimientos internacionales que se celebren bajo la cobertura de los tratados de libre comercio, se deberá respetar lo dispuesto en éstos.

3. Cálculo del Contenido Nacional.

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3.1. Cálculo del Contenido Nacional en Bienes.

3.1.1. El Contenido Nacional de los Bienes estará dado por la siguiente fórmula:

CNB = (1 - (VIB / VTB)) * 100

Donde:

CNB es el Contenido Nacional del Bien, en porcentaje.

VTB es el valor del Bien, indicado en la orden de compra correspondiente.

VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del Bien, incluyendo Insumos, y corresponde a la suma de:

a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al Bien. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:

i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del Insumo hasta el punto de importación.

ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.

b) El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al Bien suministrado. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.

3.1.2. Los Bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Contenido Nacional igual a 0% (cero por ciento).

3.1.3. La compra de Bienes a Distribuidores nacionales no significa que los mismos deban ser considerados de origen nacional.

3.1.4. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional.

3.1.5. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.

3.1.6. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales.

3.1.7. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de Bienes en territorio nacional, se considerarán 100% nacionales.

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3.1.8. Si en la elaboración del Bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados.

3.1.9. Los accesorios, las partes de repuesto y las herramientas entregados con el Bien no se tomarán en cuenta para efectos de la determinación del Contenido Nacional.

4. Requerimiento del contenido nacional del servicio o arrendamiento.

4.1. El servicio o arrendamiento objeto del contrato deberá contar con un contenido nacional de al menos ____% (_____ por ciento). [INDICAR CON NÚMERO Y LETRA EL PORCENTAJE MÍNIMO REQUERIDO].

4.2. El Contenido Nacional del Servicio o Arrendamiento se medirá de acuerdo con la siguiente fórmula:

CN = (VTBN / VTC) * 100

VTBN = (∑ 𝑛𝑖=1VBNi )

VBNi = CDNi * ( 1 + %I / 100)

Donde:

CN es el contenido nacional del servicio o arrendamiento a ejecutar, en porcentaje.

VTBN es el valor total de los Bienes Nacionales.

VTC es el valor total del servicio o arrendamiento ofertado y, en su caso, pactado originalmente en el contrato.

n es el número de Bienes Nacionales.

VBNi es el precio de venta a (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE] del Bien Nacional i, ofertado, y en su caso, pactado originalmente en el contrato.

CDNi es el costo directo del Bien Nacional i, indicado en la cotización del proveedor.

%I es el porcentaje de sobrecosto (integrado por indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) ofertado y, en su caso, pactado originalmente en el contrato. En caso de que en la proposición se incluyan diferentes porcentajes de sobrecosto, a cada Bien Nacional se le aplicará su porcentaje correspondiente.

4.3. Se consideran Bienes Nacionales los Bienes de Fabricación Nacional y cuyo Contenido Nacional es igual o mayor a 65% (sesenta y cinco por ciento).

4.4. Las excepciones al apartado anterior se detallan en la Tabla 1 de este Anexo.

4.5. Para el cálculo del contenido nacional del servicio o arrendamiento no se considerarán los conceptos listados en la Tabla 2.

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4.6. Cuando la proposición se presente en más de una moneda, el cálculo de Contenido Nacional del servicio o arrendamiento se realizará en moneda nacional, utilizando para convertir el monto cotizado en moneda extranjera a moneda nacional, el tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana, publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación en la fecha de __________________________ [INDICAR LA OPCIÓN QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN:

CONCURSO ABIERTO INTERNACIONAL: PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.

INVITACIÓN RESTRINGIDA: PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA EN EL PORTAL DE INTERNET

ADJUDICACIÓN DIRECTA: SOLICITUD DE COTIZACIÓN]

4.7. Los Participantes deberán incluir en sus proposiciones la siguiente información, para acreditar el contenido nacional ofertado del servicio o arrendamiento:

4.7.1. Escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad, el contenido nacional que se compromete a cumplir en la ejecución del servicio o arrendamiento, incluyendo un listado de los Bienes Nacionales ofertados, indicando para cada uno de éstos: identificador (tag), descripción, nombre o razón social del fabricante y costo directo (indicado en la cotización del proveedor). Esta información se entregará utilizando el Formato 1 incluido en este Anexo.

4.7.2. [INCLUIR ESTE APARTADO SÓLO CUANDO EL MONTO A CONTRATAR SEA MAYOR A 200 (DOSCIENTOS) MILLONES DE PESOS]Para cada uno de los Bienes Nacionales ofertados, incluidos en el listado referido en el apartado 4.7.1, se incluirá la cotización del proveedor del Bien Nacional.

4.7.3. [INCLUIR ESTE APARTADO Y EL FORMATO 2 SÓLO CUANDO EL MONTO A CONTRATAR SEA MAYOR A 200 (DOSCIENTOS) MILLONES DE PESOS]Para cada uno de los Bienes Nacionales ofertados,

incluidos en el listado referido en el apartado 4.7.1, se entregará un escrito mediante el cual el Fabricante o Distribuidor del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, que el Bien Nacional que suministrará, contará con un Contenido Nacional, calculado de acuerdo con la fórmula incluida en el apartado 3.1 de este Anexo, de al menos el 65% (sesenta y cinco por ciento), (o el valor correspondiente para las excepciones incluidas en la Tabla 1). Esta manifestación será entregada utilizando el Formato 2 incluido en este Anexo. Esta manifestación podrá entregarse por lote de Bienes Nacionales.

5. Declaración del Contenido Nacional durante la ejecución del servicio o arrendamiento.

5.1. Declaración del Contenido Nacional de los Bienes.

5.1.1. Para los Bienes Nacionales que se suministren como parte del alcance del contrato, y sólo aquellos con los cuales se acreditará el cumplimiento del contenido nacional, el Proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual, el Fabricante o Distribuidor del Bien manifieste bajo protesta de decir verdad, el Contenido Nacional del Bien Nacional suministrado, calculado de acuerdo con la fórmula establecida en el apartado 3.1.1 de este Anexo. El escrito deberá elaborarse utilizando el Formato 3 incluido en el presente Anexo.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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La manifestación referida en este apartado podrá entregarse por lote siempre y cuando los Bienes que integran el lote sean del mismo tipo y cuenten con el mismo Contenido Nacional, debiéndose indicar la cantidad de los Bienes incluidos en el lote.

5.1.2. La manifestación del Contenido Nacional a la que hace referencia el punto 5.1.1 (Formato 3), deberá entregarse para todos y cada uno de los Bienes Nacionales acompañando a las estimaciones o facturas que amparen sus pagos correspondientes.

No se declarará el Contenido Nacional de los Bienes que no estén incluidos en el listado referido en el apartado 4.7.1 de este Anexo, a menos que sean Bienes que el Proveedor considere para acreditar el cumplimiento del contenido nacional al término de la vigencia del servicio o arrendamiento.

6. Verificación del contenido nacional del servicio o arrendamiento.

6.1. Al término de la vigencia del servicio o arrendamiento, el Proveedor deberá entregar a (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL

NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE] la declaración del contenido nacional real del servicio calculado de acuerdo con el apartado 4.2 de este Anexo. Esta declaración deberá incluir la descripción y el valor de los Bienes Nacionales con los que acredita el contenido nacional real del servicio y la elaborará utilizando el Formato 4 de este Anexo.

6.1.1. (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE] verificará documentalmente que el contenido nacional real declarado por el Proveedor al término del servicio o arrendamiento de acuerdo con el apartado 4.2, resulte igual o mayor que el contenido nacional que el Proveedor se comprometió a cumplir en su proposición en los términos del apartado 4.7.1 de este Anexo.

Para acreditar el cumplimiento del contenido nacional del servicio o arrendamiento comprometido por el Proveedor, podrán considerarse Bienes Nacionales diferentes a los que se ofertaron de acuerdo con lo establecido en el apartado 4.7.1 de este Anexo.

6.1.2. En caso de que el contenido nacional real del servicio o arrendamiento sea menor al contenido nacional comprometido por el Proveedor en términos del apartado 4.7.1 de este Anexo, el Proveedor se hará acreedor a una penalización en los términos del apartado 7 de este Anexo.

7. Penalización.

7.1. La penalización por incumplimiento en el contenido nacional del servicio o arrendamiento se aplicará de acuerdo con la siguiente fórmula:

ICN = (XX%)/100 * VTC * ((CNOF – CNR) / 100)

[INDICAR CON NÚMERO EL PORCENTAJE DE PENALIZACIÓN]

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Donde:

ICN es el monto de la penalización por incumplimiento en el contenido nacional ofertado por el Proveedor en su proposición.

XX% es el porcentaje de penalización.

VTC es el valor total del servicio o arrendamiento, pactado originalmente en el contrato.

CNOF es el porcentaje de contenido nacional ofertado por el Proveedor en su proposición, de acuerdo con lo establecido en el apartado 4.7.1 de este Anexo.

CNR es el porcentaje de contenido nacional real del servicio o arrendamiento ejecutado al amparo del contrato, declarado por el Proveedor utilizando el Formato 4 de este Anexo.

Si el contrato está acordado en dos monedas, la penalización deberá calcularse para cada una de ellas, considerando para el término VTC el monto en la moneda que le corresponda.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Tabla 1.

Descripción del Bien CN Equipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Intercambiadores de calor y aeroenfriadores con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso

30%

Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.

Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles), ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles.

30%

Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas telecomunicaciones)

Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.

35%

Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.

Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas, sirenas, timbres. 30%

Subsector: Manufacturas eléctricas.

Conductores eléctricos de aluminio. 20%

Subsector:

Placas radiográficas. 40%

Tractores agrícolas. 30%

Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a 0.500 pulgadas.

20%

Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24 pulgadas. 20%

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Tabla 2.

Lista de insumos que no deberán considerarse en el cálculo del contenido nacional del servicio o arrendamiento, de acuerdo con el apartado 3.5. Este listado es enunciativo más no limitativo.

Materiales de construcción:

Grava, arena, tierra, arcilla, piedra, tepetate, concreto, cemento, mortero, hormigón, yeso, cal, curacreto, pegazulejo, varilla,alambrón, alambre recocido, malla electrosoldada, castillo prefabricado, acero de refuerzo y misceláneo, placa de acero, lámina de acero, solera, clavos, pijas, tachuelas, taquetes, madera, chaflán, barrote, polín, triplay, tablaroca, bambú, vidrio, ladrillos, tabiques, baldosas, blocks, azulejos, tabicón, mosaico, adoquín, adobe, mármol, tejas, plafón, cemento refractario, acrílico, entre otros.

Consumibles:

Agua, gases (acetileno, argón, oxígeno, nitrógeno, gas butano, etc.), soldadura, solventes, grasas, aceites, solución desincrustante, solución neutralizadora, desengrasante, refrigerante, anticongelante, lubricantes, combustibles, aditivos, silicón, estopa, fieltro, trapo, entre otros

Otros conceptos:

Acero estructural, excepto el utilizado en la construcción de plataformas marinas (subestructura, superestructura, pilotes y conductores)

Pintura, barniz, esmalte, recubrimiento anticorrosivo, aislamientos térmicos, impermeabilizantes, asfalto, sellador, adhesivos, pegamento, papel, cartón, placas radiográficas, entre otros

Mano de servicio

Equipos, maquinaria y herramientas de construcción de uso temporal

Partes de repuesto o refacciones, incluso las entregadas con los Bienes

Bienes de procedencia extranjera

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Formato 1. Carta compromiso para garantizar Contenido Nacional en el contrato

[ESTE FORMATO LO DEBERÁN LLENAR TODOS LOS PARTICIPANTES E INCLUIRLO EN SU PROPOSICIÓN]

___de __________ de____ (1)

Por medio del presente manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que en caso de que me sea adjudicado el contrato correspondiente al procedimiento de ___(2)___ número ___(3)___, relativo a “___________________(4)_______________________”, el contenido nacional del servicio (o arrendamiento) a ejecutar será de al menos ___(5)__%, medido de acuerdo con lo indicado en el apartado 4.1 del “Anexo CN. Cálculo y declaración del Contenido Nacional en Servicios y Arrendamientos”. Los Bienes Nacionales que se suministrarán como parte del alcance del servicio (o arrendamiento), y con los cuales se garantiza el cumplimiento del contenido nacional ofertado, son los siguientes:

Tag (6) Descripción (7)

Fabricante (8)

Costo Directo (9) Valor del bien (10) Valor del Bien (11) Moneda

nacional Moneda

extranjera Moneda nacional

Moneda extranjera

VTBN (12)

% I (13) (14)

Monto total de la proposición (15)

Contenido nacional ofertado (16)

Asimismo, me comprometo a poner a disposición de (PETRÓLEOS MEXICANOS o EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA) [INDICAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE] toda la información que en su momento requiera para llevar a cabo la verificación documental del contenido nacional declarado.

Atentamente

_______________(17)_______________

(1) Fecha de suscripción de la manifestación.

(2) Tipo de procedimiento de contratación.

(3) Número de procedimiento de contratación.

(4) Objeto de la contratación.

(5) Contenido nacional ofertado.

(6) Número de identificación del Bien Nacional (si aplica).

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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(7) Descripción del Bien Nacional. No se deberán incluir los conceptos listados en la Tabla 2 de este Anexo.

(8) Nombre o razón social del Fabricante del Bien Nacional.

(9) Costo directo del Bien Nacional indicado en la cotización del Fabricante del Bien. Indicar en la columna que corresponda de acuerdo con la moneda en que esté cotizado el Bien.

(10) Valor del Bien Nacional, es igual al Costo Directo x (1 + %I / 100), ver apartado 4.2 de este Anexo. Considerar el porcentaje de sobrecosto que le corresponda de acuerdo con el tipo de moneda en que esté cotizado el Bien Nacional.

(11) Valor del Bien Nacional, expresado en una sola moneda de acuerdo con lo indicado en el apartado 4.6 de este Anexo.

(12) Sumatoria del Valor de los Bienes Nacionales ofertados.

(13) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda nacional.

(14) %I, es el porcentaje de sobrecosto (indirectos, financiamiento, gastos adicionales y utilidad) aplicable a los Bienes Nacionales cotizados en moneda extranjera.

(15) Monto total ofertado, expresado una sola moneda de acuerdo a lo indicado en el ver apartado 4.6 de este Anexo.

(16) Contenido nacional ofertado en porcentaje, es el resultado de dividir el monto total de los Bienes Nacionales ofertados (12) entre el monto total de la proposición (15), multiplicado por 100.

(17) Nombre y firma del representante legal de la Compañía Participante o del representante común en el caso de proposiciones

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Formato 2. Carta Compromiso del Fabricante o Distribuidor de Bienes Nacionales

[En papel membretado del Fabricante o Distribuidor del Bien]

[INCLUIR ESTE FORMATO SÓLO CUANDO EL MONTO A CONTRATAR SEA MAYOR A 200 (DOSCIENTOS) MILLONES DE PESOS]

___de __________ de____ (1)

Por medio de la presente me comprometo a que en caso de que la compañía ________(2)________ resulte ganadora en el procedimiento de ___(3)___ número ___(4)___, relativo a “___________________(5)_______________________”, la compañía _________(6)_________ suministrará el(los) bien(es) ______________(7)___________con un Contenido Nacional igual o superior al ___(8)___%.

Asimismo, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que la totalidad de los bienes que suministraré a la compañía ______(2)_______en los términos del presente escrito, y que integran el contenido nacional requerido, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos.

Atentamente

_______________(9)_______________

(1) Lugar y fecha de suscripción del documento.

(2) Nombre o razón social de la Compañía Participante.

(3) Tipo de procedimiento de contratación

(4) Número de procedimiento de contratación

(5) Objeto de la contratación

(6) Nombre o razón social del Fabricante o Distribuidor del Bien.

(7) Identificador (tag) y descripción del Bien o lote de Bienes. (8) Contenido Nacional requerido para acreditar Bienes Nacionales, de acuerdo con lo que se indica en los apartados 4.7.2 y 4.7.3 este Anexo

(9) Nombre y firma del representante legal del Fabricante o Distribuidor del Bien.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Formato 3. Declaración del Contenido Nacional de Bienes Nacionales

[En papel membretado del Fabricante o Distribuidor del Bien]

___de __________ de____ (1)

Me refiero al contrato No. _____(2)_____ que fue adjudicado a la empresa ____________(3)____________.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 5.1.1 del “Anexo CN. Cálculo y declaración del Contenido Nacional en Servicio o Arrendamientos”, el que suscribe ____________(4)____________, RFC ______(5)__________, manifiesta BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los Bienes que hemos suministrado a la empresa ____________(3)____________ cuentan con el Contenido Nacional (CN) indicado en la siguiente tabla:

Cantidad Unidad Tag

Descripción del Bien

CN Marca Fabricante

(6) (7) (8) (9) (10) (11) (12)

De igual forma me comprometo a aceptar una verificación del Contenido Nacional de los Bienes Nacionales suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física en la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes.

Atentamente

_______________(13)_______________

(1) Lugar y fecha de suscripción del documento.

(2) Número de contrato.

(3) Nombre o razón social del Proveedor del servicio.

(4) Nombre o razón social del Fabricante o Distribuidor del Bien Nacional.

(5) Registro Federal de Contribuyentes del Fabricante o Distribuidor del Bien Nacional.

(6) Cantidad suministrada del Bien Nacional.

(7) Unidad de medida del Bien Nacional suministrado.

(8) Identificador (tag) del Bien Nacional suministrado (si aplica).

(9) Descripción del Bien Nacional suministrado.

(10) Contenido Nacional del Bien suministrado calculado de acuerdo con el punto 3.1.1 de este Anexo.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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(11) Marca del Bien Nacional suministrado.

(12) Nombre o razón social del Fabricante del Bien Nacional suministrado.

(13) Nombre y firma del representante legal del Fabricante o Distribuidor del Bien Nacional.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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Formato 4. Declaración del contenido nacional real del servicio o arrendamiento

___de __________ de____ (1)

Por medio del presente manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD el contenido nacional real del servicio ejecutado mediante el contrato No. ____(2)____.

El contenido nacional fue calculado de acuerdo con lo indicado en el apartado 6.1 del “Anexo CN. Cálculo y declaración del Contenido Nacional en Servicios y Arrendamientos”. Los Bienes Nacionales con los que acredito dicha declaración y que fueron suministrados como parte del alcance del servicio (o arrendamiento ) son los siguientes:

Tag (3) Descripción (4) Fabricante (5)

Valor del bien Nacional (6) Valor del Bien (7) Moneda nacional Moneda extranjera

Valor Total de los Bienes Nacionales (VTBN) (8)

Monto total del Contrato (VTC) (9)

Contenido nacional real (CN) (10)

Por otra parte, manifiesto mi consentimiento de que la información anterior sólo podrá utilizarse para fines del cálculo del contenido nacional del servicio, sin que esto implique que la misma se utilice con el propósito de obtener precios de referencia diversos a los pactados en el contrato, de acuerdo con el esquema de remuneración estipulado.

Atentamente

_______________(11)_______________

(1) Fecha de suscripción de la manifestación.

(2) Número de contrato.

(3) Número de identificación del Bien Nacional (si aplica).

(4) Descripción del Bien Nacional.

(5) Nombre o razón social del Fabricante del Bien Nacional.

(6) Valor del Bien Nacional, pactado originalmente en el contrato. Indicar el valor del bien en la columna que corresponda, de acuerdo con el tipo de moneda en que esté cotizado.

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SECCION IV

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER TÉCNICO

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(7) Valor del Bien Nacional expresado en una sola moneda. Si se tienen dos monedas, los valores expresados en moneda extranjera deberán convertirse a moneda nacional utilizando el tipo de cambio que aplique de acuerdo con lo indicado en el apartado 4.6 de este Anexo.

(8) Sumatoria del Valor de los Bienes Nacionales suministrados.

(9) Valor total del servicio, pactado originalmente en el contrato.

(10) Contenido nacional real en porcentaje, es el resultado de dividir el monto total de los Bienes Nacionales (8) entre el monto total del contrato (9), multiplicado por 100.

(11) Nombre y firma del Gerente de Proyecto o su equivalente del Proveedor del servicio.

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SECCION V

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER ECONÓMICO

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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CATÁLOGO DE CONCEPTOS

PROPUESTA ECONÓMICA

No. Posición

Cantidad Unidad

de Medida

Descripción de los Servicios (incluir las especificaciones técnicas y el licitante

podrá incluir los anexos que se requieran, adjunto a este documento)

Plazo de Entrega Precio Unitario

sin I.V.A. ($) Importe Total sin I.V.A. ($)

Sub -Total $

Condiciones de entrega: Lugar de entrega:

Monto total de la propuesta sin I.V.A. $ Vigencia de la propuesta: La presente propuesta permanecerá vigente hasta la formalización del contrato correspondiente.

NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: __________________________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________ FECHA: _____________________

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SECCION V

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER ECONÓMICO

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA

FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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ANEXO C

PART. DESCRIPCION UNIDAD PRECIO

UNITARIO

MONTO MINIMO

$1,000,000,.00

MONTO MAXIMO

$3,000,000,.00

1

MANEJO, TRANSPORTE Y ENVIO DE SOSAS GASTADAS LOCALIZADAS EN

EL INTERIOR DE LA REFINERIA FRANCISCO I. MADERO PARA SU

COPPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO CON DISPOSICION

FINAL A EMPRESAS AUTORIZADAS POR LA SEMARNAT.

TON

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SECCION V

DOCUMENTACIÓN DE CARÁCTER ECONÓMICO

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA

FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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DOCUMENTO DE-1

ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS

ESTE FORMATO DEBERÁ DE PRESENTARLO DENTRO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA (A CADA SERVICIO DEL CATALOGO DE PARTIDAS LE CORRESPONDERÁ UN DESGLOSE DE INSUMOS POR CONCEPTO)

DESGLOSE DE INSUMOS POR PARTIDA (CON IMPORTES)

No. DE PARTIDA: _____________ UNIDAD: ___________ CANTIDAD: _____________ DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO:

MATERIALES

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD COSTO UNITARIO

IMPORTE

MANO DE OBRA

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD SALARIO IMPORTE

RENDIMIENTO

MAQUINARIA Y/O EQUIPO

DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD COSTO HORARIO

IMPORTE

RENDIMIENTO

SUMA DE LOS COSTOS DIRECTO DE LA PARTIDA: $

CARGOS DE COSTOS DISTINTOS A LOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DIRECTO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO: $

COSTO TOTAL DE LA PARTIDA: $

NOMBRE DEL LICITANTE: __ (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL) __ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL: ______________________ FIRMA: ________________________ CARGO: _______________________

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

Página 231 de 285

DOCUMENTO D-1

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN LEGAL/ADMINISTRATIVA

Documento requerido Criterio de evaluación:

1. DA-3.-Formato que contiene la Información de la existencia legal y personalidad del participante (Persona Física o Moral) / (Incluye copia de Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal / para propuestas conjuntas incluye copia de identificación Oficial vigente, con fotografía de los Representantes legales del Consorcio, asi como del representante común).

Presentarlo en original firmado por el representante legal de la empresa.

Presentación de la copia de Identificación oficial vigente con fotografía del Representante Legal.

En los casos de Consorcios deberá presentar la copia de identificación Oficial vigente, con fotografía de los Representantes legales del Consorcio, asi como del representante común.

(CUANDO APLIQUE)El participante sea de Nacionalidad Mexicana o de algunos de los países con los que méxico tenga celebrado un tratado de libre comercio que contenga un titulo o capitulo de compras de Sector Público.

(CUANDO APLIQUE)El participante sea de Nacionalidad Mexicana.

En el caso de Consorcios presentar el Formato en forma individual por cada una de las personas que formen parte del mismo, y que cumplan con los requisitos y criterios antes señalados.

2. DA-4.-Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en algún supuesto de los artículos 12 de las DGC y 8 fracción XX de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

Verificar que el participante no esté inhabilitado en alguno de los supuestos señalados en el Artículo 12 de las DGC.

Presentarlo en original firmado por el representante legal de la empresa.

En caso de propuestas conjuntas se revisara que se incluya la documentación de cada uno de los integrantes del grupo que conforman el consorcio.

3. Registro Básico o Extendido Anexar el comprobante de registro que emite la

Herramienta Integral de Información de Proveedores.

4. DA-6.- Registro de Micro y Medianas Empresas. Se revisará que integre el Documento manifestando el tipo de Empresa.

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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DOCUMENTO D-2

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN FINANCIERA

Se considerará la totalidad de 10 puntos requerido para la evaluación del aspecto Financiero de acuerdo a los siguientes criterios

Contar con un capital contable de $ 300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.), lo cual deberá acreditarse cualquiera de las siguients 2 (dos) opciones:

-Declaración ante la S.H. y C.P., del ejercicio fiscal inmediato anterior al actual, acompañando copia del acuse de recibo, ó -Estados financieros auditados, solo para este efecto, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior al actual o a un período subsecuente a este, debiendo anexar: a) Copia simple de la cédula profesional del contador. b) Copia simple del registro del contador otorgado por la S.H. y C.P.

Ó

Para el caso de proveedores de nueva creación el criterio de evaluación para asignarle los 10 puntos, debera presentar los más actualizados a la fecha de presentación de propuestas

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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DOCUMENTO D-3

REQUISITOS TÉCNICOS Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PUNTUALES SOBRE LA BASE DE PRECIOS UNITARIOS

En general para la evaluación técnica de las propuestas se considerarán, los siguientes aspectos:

La evaluación de la propuesta se calificara con un resultado total de 100 puntos los cuales se distribuyen como a continuación se indica:

50 puntos para el aspecto técnico (D-3).

10 puntos para el aspecto comercial y financiero (D-1 y D-2)

40 puntos para el aspecto económico (D-4).

Se verificará que cada documento contenga toda la información solicitada por la convocante, así como que su propuesta no presente tachaduras o enmendaduras y no esté condicionada. Se verificará que los Servicios propuestos cumplan con lo solicitado en la Sección II Información Técnica del Proyecto, y en su caso, con la versión final de las bases del concurso. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan, así como con la presentación de los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica, en su caso traducción simple al español. La evaluación se hará por la totalidad de la solicitud de pedido. Los siguientes aspectos a evaluar aplican para las contrataciones de servicio. A) Documentos que integran la propuesta técnica: Los participantes en su propuesta técnica incluirán los documentos que

se enlistan a continuación:

DT-1 Convenio privado de participación conjunta, referido en el en el numeral 8.1 de las Bases de Licitación. DT-2 Currículum de cada uno de los profesionales técnicos que serán responsables de la dirección,

administración y ejecución de los servicios, los que deberán tener experiencia en servicios con características técnicas y magnitud similares.

DT-3 Documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en servicios similares, con la identificación de los servicios realizados por el licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de los servicios, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso.

DT-4 Relación de EQUIPO con su descripción, que proporcionará el proveedor para llevar a cabo los servicios (SIN

MONTOS).

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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DT-5 Relación de MATERIALES e INSUMOS con su descripción, que proporcionará el proveedor para llevar a cabo los servicios (SIN MONTOS).

DT-6 Programa Calendarizado de ejecución del Servicio, de acuerdo al Anexo “D” de estas Bases, calendarizado y cuantificado por mes (SIN MONTOS).

DT-7 Elaborar Propuesta Técnica, considerando los requisitos establecidos en donde deberá detallar

claramente las especificaciones técnicas de los Servicios que propone conforme a lo solicitado en la Sección II Informaicón Técnica del Proyecto, indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, así mismo deberá manifestar el plazo y lugar de ejecución de servicios.

DT-7A Elaborar Propuesta Técnica SIN MONTOS en la cual se indique la partida, cantidad, unidad, alcance y

descripción de los conceptos.

DT-8 Manifestación escrita en la que señale las partes de los servicios que subcontratará, acompañada de la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontratarán.

DT-9 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, en la que señalará el porcentaje de contenido

nacional que cumplirá, el que deberá ser como mínimo el requerido en las bases de concurso, incluyendo un listado de los Bienes Nacionales ofertados.

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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B) Revisión documental de los anexos que integran la propuesta técnica de los participantes:

Documento que integra la propuesta técnica

Revisión documental

DT-1 En caso de presentar propuesta Conjunta, se revisará que cumpla con lo

solicitado en el Numeral 8.4 y lo manifestado en el Documento DT-1.

DT-2

Se revisará que los profesionales técnicos que se encargarán de la

dirección de los servicios, cuenten con la experiencia y capacidad necesaria

para llevar la adecuada administración de los trabajos

DT-3

En los aspectos referentes a la experiencia y capacidad técnica que deban

cumplir los licitantes, se deberán considerar, entre otros, el grado

académico de preparación profesional, la experiencia laboral específica en

servicios similares y la capacidad técnica de las personas físicas que

estarán relacionados con la ejecución de los servicios

DT-4

Se revisará que la relación de insumos presentados cumpla con lo

solicitado en el Anexo “E-A”. Que los licitantes cuenten con la maquinaria y

equipo adecuado, suficiente y necesario, para desarrollar los servicios que

se convocan.

DT-5

Se revisará que la relación de insumos presentados cumpla con lo

solicitado en el Anexo “M”. Que los licitantes cuenten con los materiales

adecuado, suficiente y necesario, para desarrollar los servicios que se

convocan.

DT-6

Se revisará que el programa de ejecución presentado cumpla con el tiempo

requerido para la ejecución de los servicios de conformidad con el Anexo

“D”.

DT-7

Se revisará que el Documento de la Propuesta Técnica presentada cumpla

con todas la escpecificaciones y requerimientos solicitados en el Sección II

Información Técnica del Proyecto y que sea congruente con las

características, complejidad y magnitud de los servicios requeridos. Que el

procedimiento constructivo descrito sea aceptable porque demuestra que el

licitante conoce los servicios a realizar y que tiene la capacidad y la

experiencia para ejecutarlos satisfactoriamente; dicho procedimiento debe

ser acorde con el programa de ejecución considerado en su proposición

DT-7A Se revisará que el Documento cumpla con cantidades, unidad y descripción

según lo solicitado en el Anexo “I”.

DT-8 Se revisará que el Documento cumpla con lo solicitado en el Numeral 8.3 y

en el Anexo “SC”.

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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Documento que integra la propuesta técnica

Revisión documental

DT-9 Se revisará que el Documento cumpla con lo solicitado en el Numeral 22 y

en el Anexo “CN”.

C) Criterios para determinar la aceptabilidad de la propuesta técnica de los participantes:

1. Que la propuesta presentada por el participante sean aceptables: es decir, que cumpla con todos los requisitos de evaluación.

2. Se considerará(n) un incumplimiento o causa de desechamiento, lo siguiente:

Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases.

Una vez llevada a cabo la revisión de las propuestas técnicas y de conformidad con los requisitos y criterios establecidos en este documento, se procederá a emitir el resultado de la evaluación técnica de acuerdo a lo siguiente:

Aquellas propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que CUMPLEN TECNICAMENTE.

Aquellas propuestas que incumplan alguno de los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que NO CUMPLEN TECNICAMENTE.

Para la asignación de los puntos a las propuestas que CUMPLEN TECNICAMENTE requeridos para la evaluación del aspecto técnico será de acuerdo a los siguientes Criterios

PUNTOS REQUERIMIENTO PUNTOS

1

Presentar la autorización vigente de la SEMARNAT, como empresa prestadora de servicios para instalar y operar sistemas de reciclaje, destrucción térmica o coprocesamiento, almacenamiento, tratamiento térmico, y disposición final de sosas gastadas.

10

2

Permiso ó autorización vigente de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), Secretaria de Comunicaciones y Transporte (SCT) para transportar las sosas por el tiempo que dure la prestación de los servicios por cada una de las empresas que van a realizar el transporte lo anterior con el fin de dar cumplimiento a los artículos 5° y 50 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.

7.5

3 Tratamiento térmico y/o coprocesamiento para la disposición final de las sosas gastadas en empresas autorizadas por la SEMARNAT.

7.5

4 No debera de tener reportes ni denuncias ante la autoridad ambiental y autoridades municipales y federales de mal manejo de residuos peligrosos

7.5

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5

Presentar procedimiento con descripción detallada de las actividades a realizar del manejo de las sosas gastadas considerando el lugar donde se realizará el coprocesamiento y/o tratamiento térmico de acuerdo con la autorización correspondiente de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales. El procedimiento deberá demostrar que tiene capacidad de procesamiento y técnica para manejar las toneladas gastadas generadas durante la vigencia del contrato y no se aceptara realizar ninguna de las actividades mencionadas in situ.

5

6

Comprobar con documentación que acredite su capacidad técnica en la presentación de servicios para el manejo de sosas gastadas, mediante la entrega de currículo de la empresa así como del personal calificado participante en la empresa en la ejecución de los servicios a través de por lo menos un contrato de esta naturaleza celebrado durante los últimos cinco años.

5

7

Para el desarrollo de los trabajos el licitante realizará o podrá subcontratar única y exclusivamente los servicios de Transporte Especializados que cuente con autorización de la Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y la Secretaria de Comunicaciones y Transporte (SCT).

5

8

Programa para la atención de contingencias, para cada línea transportista, así como para la instalación donde se dará el manejo de las sosas gastadas, que contenga la descripción detallada de las acciones, medidas, equipos, instrumentos o materiales con que se cuenta para controlar contingencias ambientales para casos de incidentes o accidentes (fugas, derrames, explosiones o incendios), en el desarrollo de las actividades efectuadas en el manejo de las sosas gastadas. Lo anterior es con el fin de dar cumplimiento al artículo 9 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, artículo 52 y 57 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, así como la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCT-2008.

2.5

Total 50 puntos

Para estos subrubros se asignará el máximo de puntuación o unidades porcentuales, al licitante que acredite mayor número de años de experiencia y presente el mayor número de contratos o documentos que cubran los supuestos antes señalados. A partir de este máximo asignado, se efectuará un reparto proporcional de puntuación o unidades porcentuales entre el resto de los licitantes, en razón de los años de experiencia y del número de contratos o documentos presentados respecto de la especialidad. En caso de que dos o más licitantes acrediten el mismo número de años de experiencia y presenten el mismo número de contratos o documentos para la especialidad, se dará la misma puntuación o unidades porcentuales a los licitantes que se encuentren en este supuesto.

Nota: En caso de no presentar el mínimo de contratos requerido, no se asignará puntuación o unidades porcentuales.

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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DOCUMENTO D-4

REQUISITOS Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN EN PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PUNTUALES SOBRE LA

BASE DE PRECIOS UNITARIOS

Una vez aplicado el Método Binario en las proposiciones, la convocante llevará a cabo la evaluación económica la cual consistirá en hacer la revisión documental del llenado de los documentos que integran las propuestas económicas; así como también determinar la aceptabilidad económica o no de las mismas, de conformidad con los requisitos y criterios señalados en los incisos A, B y C de este Documento D-4. La convocante efectuará la evaluación económica de aquellas propuestas que cumplieron con los requisitos Administrativos/legales, Técnicos establecidos en las bases del concurso abierto nacional y cuyas propuestas económicas ordenadas de menor a mayor por su importe total verificado sean las tres más bajas; en caso de que ninguna de las tres cumplan con los requisitos y criterios económicos, se continuará con la siguiente propuesta económica más baja y así sucesivamente.

Se verificará que cada documento contenga toda la información solicitada por la convocante, así como que su propuesta no presente tachaduras o enmendaduras y no esté condicionada.

Los siguientes aspectos a evaluar aplican para las contrataciones de servicio.

A) Documentos que integran la propuesta económica: Los participantes en su propuesta económica incluirán los

documentos que se enlistan a continuación:

1. Anexo C, Catálogo de conceptos

2. DE-1, Análisis de precios unitarios

B) Revisión documental de los anexos que integran la propuesta económica de los participantes:

Documento que integra la propuesta económica

Revisión documental

Anexo C

Catálogo de conceptos

Se revisará que en todos los conceptos que integran el Anexo C, se

establezca su descripción, unidad, cantidad, precio unitario sin IVA, e

importe correspondiente.

Que dichos precios unitarios sean coincidentes con los asentados en el

documento DE-1

En caso de existir diferencias entre los precios establecidos en el Anexo C y

los establecidos en el Anexo DE-1, prevalecerá lo establecido en el anexo

DE-1.

En caso de que el Anexo C de las propuestas se presente un error

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Documento que integra la propuesta económica

Revisión documental

aritmético, la convocante procederá a su rectificación para determinar el

importe correspondiente de la(s) propuestas, sin modificar los precios

unitarios.

En caso de que existan diferencias entre las cantidades o unidades de

medida indicadas por el participante en el Anexo C, con respecto a las

indicadas en el Anexo “I” de la última versión de las bases, la Convocante

considerará las establecidas en el Anexo “I” de la última versión de las

bases, y se realizarán las correcciones correspondientes para determinar el

importe correcto de las propuestas.

En caso de presentarse alguno de los supuestos descritos anteriormente, el

importe corregido resultante, será el que se considerará para el análisis

comparativo de las propuestas.

En el caso de procesos de contratación en los que se pueda cotizar en más

de una moneda, la comparación de los importes de las propuestas en la

evaluación económica se realizará considerando un solo tipo de moneda,

utilizando el tipo de cambio que el Banco de México publique en su página

de Internet http://www.banxico.org.mx/portal-mercado-cambiario/index.html

del día del Acto de presentación y apertura de propuestas.

DE-1

Análisis de precios unitarios

Se revisará que el análisis, cálculo e integración de los precios unitarios por

unidad de servicio determinado, guarde congruencia con el alcance y la

unidad de medida del concepto (OPCIONAL) y con el Anexo “C”; debiendo

considerar los costos vigentes de los materiales, recursos humanos y

demás insumos necesarios en el momento y en la zona donde se llevarán a

cabo el servicio sin considerar el impuesto al valor agregado; todo ello de

conformidad con las especificaciones generales y particulares y normas de

calidad de las presentes bases.

Que el desglose de los precios unitarios esté estructurado con costo directo

y el sobrecosto.

C) Criterios para determinar la aceptabilidad de la propuesta económica de los participantes:

3. Que los precios propuestos por el participante sean aceptables: es decir, que sean acordes con las condiciones vigentes en el mercado nacional o internacional, por el importe total de la propuesta.

4. Se considerará(n) un incumplimiento o causa de desechamiento, lo siguiente:

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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Si el importe de la propuesta se encuentra fuera del rango establecido por la convocante, ya sea a la baja en 10% que conlleve(n) o pueda(n) poner en riesgo la ejecución de los servicios, o a la alta en 10% que conlleve(n) a que la propuesta total pueda resultar no aceptable económicamente para la convocante.

Una vez llevada a cabo la revisión de las propuestas económicas y de conformidad con los requisitos y criterios establecidos en este documento, se procederá a emitir el resultado de la evaluación económica de acuerdo a lo siguiente:

Aquellas propuestas que cumplan con los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que CUMPLEN ECONÓMICAMENTE.

Aquellas propuestas que incumplan alguno de los requisitos establecidos en los incisos A, B y C de este documento, serán dictaminadas como propuestas que NO CUMPLEN ECONÓMICAMENTE.

Criterio relativo al precio. La propuesta solvente cuyo precio o monto sea el más bajo, o la de menor valor presente, tendrá una ponderación de:

40 puntos

En estos términos, la ponderación que se le asigna al criterio precio corresponde en todos los casos a 40 puntos, para lo cual, a efecto de determinar la ponderación del criterio precio a las demás propuestas solventes, se atenderá a la siguiente fórmula:

PAj = 40 * (PSPMB/PPj) Para toda j = 1, 2,…..,n Donde: PA = Puntos a asignar a la propuesta “j” PSPMB = Propuesta Solvente cuyo Precio es el más bajo, o la de menor valor presente. PP = Precio de la Propuesta “j” El subíndice “j” representa a las demás propuestas determinadas como solventes como resultado de la

evaluación.

Para determinar la propuesta de menor valor presente, se podrán considerar los gastos de inversión, de operación, de mantenimiento y de consumo entre otros, así como el valor de rescate de las obras de que se trate. Cuando se incluya el valor presente, en las bases de los procedimientos de contratación se indicarán de manera expresa, cuando menos el horizonte a considerar, la tasa de descuento y la forma en que el licitante incluirá en su propuesta los gastos y el valor de rescate ya mencionados. Las dependencias y entidades, podrán optar por utilizar el método de valor presente cuando la obra o servicios relacionados con las mismas se encuentren asociados a la producción de bienes y servicios en los que sea posible cuantificar los ingresos y egresos que se producirán en un determinado tiempo

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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DOCUMENTO D-5

CRITERIO DE ADJUDICACIÓN Y DESEMPATE

Una vez hecha la evaluación de las propuestas, la adjudicación del contrato se hará por la totalidad de las posiciones al participante cuya proposición resultó solvente presentando el: 1. Precio mas bajo. En caso de existir empate entre dos o más propuestas solventes, se procederá a su desempate conforme a lo siguiente: 1.- Pequeñas y Medianas Empresas (Concursos Nacionales)

Si derivado de la evaluación se obtuviera un empate entre dos o más propuestas, el contrato se adjudicará al participante que haya manifestado pertenecer al Sector de las pequeñas y medianas empresas conforme al Documento DA-6.

2.- Cualquier tipo de concurso, o en caso de persistir el empate posterior al Punto 1.

Mediante un sorteo manual por insaculación que realizará la convocante previo o durante el acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna transparente los boletos con el nombre de cada participante empatado, de la cual se extraerá en primer lugar el boleto del participante ganador y, posteriormente, los demás boletos de los participantes que resultaron empatados, con lo que se determinaran los subsecuentes lugares que ocuparán tales posiciones.

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ANEXO K

INFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS DEL GOBIERNO FEDERAL

CADENAS PRODUCTIVAS

Nota: Quedan exceptuadas de la incorporación al Programa Cadenas Productivas, entre otros, las Cuentas por Pagar relacionadas con:

Pagos a LICITANTEes residentes en el extranjero que no cuenten con establecimiento permanente en el territorio nacional;

Derechos de cobro cedidos por los LICITANTEes con la conformidad de PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL a través de otros esquemas;

Derechos de cobro de LICITANTEes afectados por una resolución de autoridad judicial o administrativa competente. DOF 28 abril 2008.

¿Cadenas Productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los LICITANTES afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica. ¿Afiliarse? Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea LICITANTE de una ó más Dependencias ó Entidades de la Administración Pública Federal. Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema de Cadenas Productivas que corre en internet. A través de Cadenas Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad ó cumplir con sus compromisos. Cadenas Productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico o Obtener liquidez para realizar más negocios o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo o Agilizar y reducir los costos de cobranza o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.com o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 y

01800 NAFINSA (62 34 672)

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita

Recibir información

Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal

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Características descuento ó factoraje electrónico:

Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)

Descuento aplicable a tasas preferenciales

Sin garantías, ni otros costos ó comisiones adicionales

Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 hrs, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia

DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 hrs. Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 – Col Guadalupe Inn – 01020, México, D.F.

AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS El licitante, con base en la información que se indica en el anexo, podrá obtener una cita para su afiliación preferentemente en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 50.89.61.07 o al 01.800.nafinsa, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación.

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México D.F. a ___ de ___ de 20__

LICITANTEes de (Petróleos Mexicanos) P r e s e n t e

Nacional Financiera S.N.C. es una banca de desarrollo dedicada al fomento de las pequeñas y medianas empresas y al desarrollo del Mercado Financiero. Actualmente realiza su labor basándose en el uso de la más alta tecnología, lo cual le ha permitido ofrecer servicios empaquetados, como lo es el Programa de Cadenas Productivas.

Petróleos Mexicanos, es una de las entidades incorporadas a con la finalidad de dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia a los pagos, así como apoyar a que los LICITANTEes consigan los siguientes beneficios:

Acceder a liquidez en forma inmediata, basada en el descuento electrónico de sus documentos por cobrar con Petróleos Mexicanos (no hay evaluación crediticia).

Financiamiento oportuno. Recibe pago el día que opera en Cadenas Productivas.

Realizar las transacciones desde su oficina en un sistema amigable y sencillo.

Tasa de interés competitiva.

Sin garantías.

Mejor administración de sus flujos efectivo.

Creación de historial crediticio.

Capacitación y Asistencia Técnica sin costo.

Con el programa de Cadenas Productivas, NAFIN ofrece y administra toda una infraestructura tecnológica para garantizar la operación del esquema, permitiendo que los diversos participantes interactúen con la máxima seguridad en todo el proceso de la operación.

La documentación necesaria para el alta en el programa es:

Convenio Pyme (Emite Nafin) Convenio IF (Emite Nafin) Copia de la Identificación Oficial del Representante Legal Copia del RFC Copia del Alta de Hacienda R-1 o R-2 con la dirección fiscal actual Copia del Comprobante de Domicilio (con no mas de 3 meses de vigencia) Copia de Estado de Cuenta (cuenta donde se depositaran los recursos con no mas de 3 meses de vigencia) Copia simple del Acta Constitutiva y Reformas

• Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles) • Incluir todas las reformas a la sociedad

Copia simple del Acta de poderes de dominio • Debe corresponder al (los) representante(s) legal(es) o administrador(es) único(s) • Con el sello de Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio (folios legibles)

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Por lo anterior se les hace una cordial invitación a afiliarse a dicho programa y de esta forma poder acceder, en caso de así requerirlo, a los beneficios anteriormente mencionados.

En apoyo a lo anterior un representante de NAFIN se encuentra a sus órdenes para aclarar cualquier duda al respecto y/o llevar a cabo el proceso de afiliación. Favor de ponerse en contacto con el Lic. Ricardo Olivares Medina

([email protected]) al teléfono 5325-6219. ATENTAMENTE

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LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN

AL PROGRAMA DE CADENAS PRODUCTIVAS

1.- Carta Requerimiento de Afiliación.

Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa).

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)

Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,

Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Completa y legible en todas las hojas.

4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.

Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.

Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

5.- Comprobante de domicilio Fiscal

Vigencia no mayor a 2 meses

Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)

Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio

Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)

La firma deberá coincidir con la del convenio

7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones

Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)

En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)

9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos

Sucursal, plaza, CLABE interbancaria

Vigencia no mayor a 2 meses

Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

A) Contrato de descuento automático Cadenas Productivas

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

2 convenios con firmas originales

B) Contratos Originales de cada Intermediario Financiero.

Firmado por el representante legal con poderes de dominio.

(** Únicamente, para personas Morales)

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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Usted podrá contactarse con la Promotoria que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-89-61-07; ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:

Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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Estimado LICITANTE del Gobierno Federal:

Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.

Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva Cadena(s) a la que desea afiliarse: * * Número(s) de LICITANTE (opcional): * Datos generales de la empresa. Razón Social: Fecha de alta SHCP: R.F.C.: Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad: Teléfono (incluir clave LADA ): Fax (incluir clave LADA ): e-mail: Nacionalidad: Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura:

Datos del Registro Público de Comercio Fecha de Inscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio : Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Publico: No. de Notaria: Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral): (Acta de poderes y/o acta constitutiva) No. de la Escritura: Fecha de la Escritura: Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )

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SECCION VII

REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción: Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio: Fecha del folio : Libro: Partida: Fojas: Nombre del Notario Público: No. de Notaría: Entidad del Corredor ó Notario: Delegación o municipio del corredor ó Notario:

Datos del representante legal con actos de administración o dominio: Nombre: Estado civil: Fecha de nacimiento: R.F.C.: Fecha de alta SHCP: Teléfono: Fax (incluir clave LADA ): e-mail: Nacionalidad: Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3 extranjeros ( ) No. de la identificación(si es IFE poner el No. que esta en la parte donde esta su firma): Domicilio Fiscal: Calle: No.: C.P.: Colonia: Ciudad:

Datos del banco donde se depositarán recursos: Moneda: pesos ( X ) dólares ( ) Nombre del banco: No. de cuenta (11 digitos): Plaza: No. de sucursal: CLABE bancaria:(18 digitos): Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Organo colegiado ( )

Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves: Nombre: Puesto: Teléfono (incluir clave LADA ):

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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Fax: e-mail:

Actividad empresarial: Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado: Actividad ó giro: Empleos a generar: Principales productos: Ventas (último ejercicio) anuales: Netas exportación: Activo total (aprox.): Capital contable (aprox.) Requiere Financiamiento SI NO

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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GARANTÍAS

MODELO DE TEXTOS DE GARANTÍAS FORMATO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY Garantía de cumplimiento El participante, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a “PEMEX TRANSFORMACION INDUSTRIAL”, previo a la firma del contrato, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de Fianza que se constituirá por el 10 % (diez por ciento) del importe máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, y a favor de “PEMEX TRANSFORMACION INDUSTRIAL”. Garantía de Calidad de los Servicios La calidad de los servicios o la reparación o reposición de los mismos derivado de defectos o vicios ocultos. El proveedor a fin de garantizar la calidad de los servicios contratados, deberá presentar, previo a la firma del contrato, la garantía consistente en: Póliza de fianza por el equivalente al 10% (diez por ciento) del importe del contrato que garantice contra defectos y vicios ocultos durante 12 meses posteriores a la recepción de conformidad de los servicio objeto del contrato, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Finanzas. Los formatos de las fianzas se encuentran en las siguiente liga: http://sar.dcf.pemex.com/grs/ posicionarse en los textos de garantías de aplicar.

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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DOCUMENTO DI-1

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.

Conforme a lo establecido en las bases de la invitación, el participante que resulte adjudicado, deberá

entregar, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Determinación de asignación y previo a la fecha de formalización del contrato, la documentación siguiente:

Para el caso de personas físicas, original o copia certificada para su cotejo y copia simple del acta de nacimiento o carta de naturalización; para el caso de personas morales, original o copia certificada para su cotejo y copia simple del acta constitutiva de la sociedad, y en su caso las reformas y modificaciones deberán estar inscritas en el Registro Público de Comercio correspondiente.

Original o copia certificada para su cotejo y copia simple del poder notarial del representante para actos de administración o para suscribir contratos, el cual deberá estar inscrito en el Registro Público de Comercio correspondiente (salvo que el participante sea persona física y vaya a ser formalizado por la misma).

Para el caso de participantes extranjeros, los documentos con los que acredite su legal existencia y personalidad jurídica deberán contar con la legalización o apostillado correspondiente de la autoridad competente del país de origen que se trate, misma que deberá presentarse acompañada de una traducción simple al español.

Para el caso de consorcios, la documentación de las actas y de los poderes notariales deberán ser presentados por cada una de las empresas que participen conjuntamente.

Original y copia simple de ambos lados para su cotejo de la identificación oficial vigente con fotografía de la(s) persona(s) que firmará(n) el contrato.

Original del Manifiesto bajo protesta de decir verdad que cuentan o establecerán esquemas en materia de integridad y ética corporativa encaminados a prevenir y detectar actos u operaciones que puedan constituir prácticas de corrupción, y que afecten o puedan afectar a la Empresa Productiva, mismos que mantendrán vigentes durante la ejecución de los contratos.

Cédula(s) del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada una de las empresas.

Documento emitido por el participante, en el cual manifieste o no su aceptación de retención en lo relativo a la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción.

Garantías de cumplimiento que correspondan, las cuales deberá entregar a la Convocante OPCIONAL previo a la formalización del contrato OPCIONAL a más tardar 10 días posteriores a la formalización del mismo.

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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En caso de invitaciones nacionales, las pequeñas y medianas empresas deberá presentar original del documento expedido por la Secretaría de Economía, que la acredite como PYME.

OPCIONAL Original del Anexo “G-1” denominado “Cédula sobre el país de origen de los Bienes y/o Servicios”, debidamente llenado y firmado por el representante legal, conteniendo la firma de validación del Módulo de Financiamiento correspondiente.

OPCIONAL Manifestación bajo protesta de decir verdad, relativa al cumplimiento de la Ley General de Población y su Reglamento.

Acreditamiento Bancario: Documento que contenga los siguientes datos bancarios para efecto de pago: nombre del banco, domicilio, número de cuenta, nombre del cuenta-habiente, CLABE de la cuenta, plaza, sucursal y la conformidad del banco a través de un sello y firma, ambos en originales, indicando que el beneficiario es el mismo a quien se le adjudicó el contrato, cuyos documentos se

presentan incluidos en las bases de la invitación. NOTA: En español si el pago será en pesos

mexicanos, y en inglés, si el pago será en dólar de los Estados Unidos de América.

Registro Básico: Comprobante del registro vigente.

OPCIONAL: Con base en los criterios definidos por la Subdirección de Desarrollo y Relación con Proveedores y PRESTADOR DE SERVICIOs. Registro Extendido: Comprobante del registro vigente.

Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que informa el estado de sus obligaciones fiscales así como el de sus correspondientes subPRESTADOR DE SERVICIOs indicados en su propuesta.

Para el caso de participantes extranjeros, no obligados a solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes, deberán presentar bajo protesta de decir verdad escrito libre en hoja membretada del participante de ser residente en el extranjero, y por consiguiente sujeto no obligado.

Documento vigente expedido por el Instituto Mexicano de Seguridad Social (IMSS) en el que informa el estado de sus obligaciones seguridad social así como el de sus correspondientes subPRESTADOR DE SERVICIOs indicados en su propuesta.

OPCIONAL Entre otros.

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REQUISITOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN

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CATÁLOGO MAESTRO DE ACREEDORES DE EMPRESA PRODUCTIVA SUBSIDIARIA

Aplica para casos en los que el participante ganador no tenga registro en el Catálogo Maestro de Acreedores de la Empresa Productiva Subsidiaria.

SOLICITUD DE REGISTRO EN EL CATÁLOGO MAESTRO DE ACREEDORES

El participante ganador que no se encuentre registrado en el Catálogo Maestro de Acreedores de la Convocante deberá proporcionar los datos bancarios para efecto de pago: nombre del banco, domicilio, número de cuenta, nombre del cuentahabiente, CLABE de la cuenta, plaza y sucursal, indicando que el beneficiario es el mismo a quien se le adjudicó el contrato. La información que se proporcione debe ser actualizada.

Para facilitar la presentación de la referida información, el participante podrá iniciar a la brevedad los trámites correspondientes para obtener el “Formato de solicitud de Registro de Acreedores” adjunto, a efectos de que esté dado de alta como acreedor en el sistema de la Convocante y de esa forma agilizar los trámites al momento de la formalización del Contrato y pago.

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SECCION VII

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA/INFORMATIVA

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Solicitud de registro en el catálogo maestro de acreedores

Nombre ó Razón Social:

Registro Federal de Contribuyentes:

Domicilio Fiscal: (Calle, Número exterior e interior):

Colonia: Código Postal:

Delegación, Ciudad y Estado:

Teléfono (s): Fax:

Nombre del Representante Legal: R.F.C.:

Correo Electrónico del Representante:

Registro otorgado porla DOPA(En Caso de contar con éste): TIPO:

Industria ( ) Comercio ( ) Servicios ( ) Número de empleados: __________

Clasificación de la empresa:

Giro de la empresa:

Pequeña: ( ) PRESTADOR DE SERVICIO: ( )

Mediana: ( ) Proveedor: ( )

Grande: ( ) Cámara o Asociación donde está inscrito: ___________________________________________________

Datos bancarios

Institución Bancaria: No. de Cuenta:

Sucursal: No. de Referencia:

Plaza (No. y Ciudad): Clabe:

Nombre y Firma del Responsable que envía los Datos:

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SECCION VII

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA/INFORMATIVA

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Coordinación de Ventanilla Única

ACREDITAMIENTO BANCARIO

Por este conducto autorizo a Petróleos Mexicanos a efectuarme las transferencias por los pagos que me correspondan, por la entrega Servicios que realice al mismo.

Número de Acreedor:

Nombre o Razón Social:

Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.):

Nombre del Representante Legal:

E-mail:

Domicilio Fiscal:

Ciudad:

Estado:

País:

Código Postal:

Teléfono:

Institución Bancaria:

Número Cuenta Bancaria:

Moneda:

Clave Bancaria Estandarizada (CLABE):

Swift Code:

Plaza y Sucursal:

Anexar los siguientes requisitos: Persona Moral Copia del Acta Constitutiva Copia del Poder Notarial Copia identificación oficial del Representante Legal Copia del Formato de “Inscripción en el R.F.C.”

Persona Física:

Copia de solicitud de inscripción ante el SAT (Formato R-1) en el caso de Persona Física.

Copia de identificación oficial

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SECCION IX

MODELO DE CONTRATO

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El Modelo de Contrato que aplicará para este Concurso Abierto Nacional de SERVICIO, EL PRESENTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SE CELEBRA A LOS [__] DÍAS DEL MES D E [__] DE 20[__] (LA “FECHA DE SUSCRIPCIÓN”) ENTRE (NOMBRE DE [PEMEX/EPS], EN ADELANTE [PEMEX/EPS], REPRESENTADA POR EL [__________________________________], EN SU CARÁCTER DE [_______________________], Y (NOMBRE DEL PROVEEDOR), EN ADELANTE EL “PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR EL [___________________], EN SU CARÁCTER DE [REPRESENTANTE LEGAL/APODERADO], (en adelante el “Contrato”)AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S 1. [PEMEX/EPS] declara a través de su (representante/apoderado) que: TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado, de propiedad exclusiva del Gobierno Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que goza de autonomía técnica, operativa y de gestión, y tiene como fin el desarrollo de actividades empresariales, económicas, industriales y comerciales en términos de su objeto, generando valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano. Tiene por objeto el llevar a cabo, en términos de la legislación aplicable, la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, así como su recolección, venta y comercialización, para cuyo cumplimiento puede celebrar toda clase de actos jurídicos, entre otros, convenios, contratos, alianzas y asociaciones, con personas físicas o morales de los sectores público, privado o social, nacional o internacional, en términos de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014. TRATÁNDOSE DE PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto exclusivo la exploración y extracción del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, en el territorio nacional, en la zona económica exclusiva del país y en el extranjero, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Exploración y Producción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 890 extraordinaria, celebrada el 22 de mayo de 2015, mediante acuerdo número CA-094/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el

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SECCION IX

MODELO DE CONTRATO

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29 de mayo de 2015, la adecuación al Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 901 extraordinaria, celebrada el día 13 de noviembre de 2015 mediante acuerdo número CA-224/2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2015, y la adecuación al Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en Sesión 907 Ordinaria, celebrada el día 27 de abril de 2016, mediante acuerdo número CA032/2016, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2016. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIX, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto principal las actividades de refinación, transformación, procesamiento, importación, exportación, comercialización, expendio al público, elaboración y venta de hidrocarburos, petrolíferos, gas natural y petroquímicos, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Transformación Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 899 extraordinaria, celebrada el 24 de septiembre de 2015, mediante acuerdo número CA-185/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de octubre de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIII, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX ETILENO A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto, entre otros, la producción, distribución y comercialización de derivados del metano, etano y del propileno, por cuenta propia o de terceros, y prestar servicios a terceros relacionados con las actividades vinculadas a su objeto, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Etileno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 895 ordinaria, celebrada el 29 de

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MODELO DE CONTRATO

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julio de 2015, mediante acuerdo número CA-142/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIII, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX FERTILIZANTES A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto, entre otros, la producción, distribución y comercialización de amoniaco, fertilizantes y sus derivados, así como la prestación de servicios relacionados, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Fertilizantes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 895 ordinaria, celebrada el 29 de julio de 2015, mediante acuerdo número CA-141/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIII, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX LOGÍSTICA A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto, entre otros, prestar el servicio de transporte y almacenamiento de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos y otros servicios relacionados, a Petróleos Mexicanos, empresas productivas subsidiarias, empresas filiales y terceros, mediante estrategias de movimiento por ducto y por medios marítimos y terrestres; así como la venta de capacidad para su guarda y manejo, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Logística, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 899 extraordinaria, celebrada el 24 de septiembre de 2015, mediante acuerdo número CA-186/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de octubre de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o

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SECCION IX

MODELO DE CONTRATO

DESCRIPCIÓN: DISPOSICIÓN FINAL DE SOSAS GASTADAS CONSISTENTE EN MANEJO, RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, COPROCESAMIENTO Y/O TRATAMIENTO TÉRMICO LOCALIZADAS EN LA REFINERÍA FRANCISCO I. MADERO DE CIUDAD MADERO TAMPS.

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morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XII, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto, entre otros, proveer servicios de perforación, terminación y reparación de pozos, así como la ejecución de los servicios a pozos, y prestar servicios a terceros relacionados con las actividades vinculadas a su objeto, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Perforación y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 895 ordinaria, celebrada el 29 de julio de 2015, mediante acuerdo número CA-143/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de julio de 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XIII, de su Acuerdo de Creación. TRATÁNDOSE DE PEMEX COGENERACIÓN Y SERVICIOS A. PEMEX declara, a través de su [representante/apoderado], que: I. Es una empresa productiva del Estado subsidiaria de Petróleos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como finalidad generar valor económico y rentabilidad para el Estado Mexicano y tiene por objeto, entre otros, la generación, suministro y comercialización de energía eléctrica y térmica, incluyendo, de forma no limitativa, la producida en centrales eléctricas y de cogeneración; así como la provisión de servicios técnicos y de administración asociados a dichas actividades, para Petróleos Mexicanos, empresas productivas subsidiarias, empresas filiales y terceros, por sí misma o a través de empresas en las que participe de manera directa o indirecta, en términos del artículo 2 del Acuerdo de Creación de la Empresa Productiva del Estado Subsidiaria de Petróleos Mexicanos, denominada Pemex Cogeneración y Servicios, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015 y de la Declaratoria de entrada en vigor de dicho Acuerdo de Creación, aprobada por el Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos en sesión 890 extraordinaria, celebrada el 22 de mayo de 2015, mediante acuerdo número CA-95/2015 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo 2015. Para el cumplimiento de su objeto puede celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos o cualquier acto jurídico permitido por la legislación mercantil y común de

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conformidad con los artículos 7 y 60 de la Ley de Petróleos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 2014, y 2, fracción XII, de su Acuerdo de Creación.

OPCIONES SEGÚN QUIEN FIRME POR PARTE DE LA DIRECCIÓN CORPORATIVA DE PROCURA Y

ABASTECIMIENTO (DOPA) [TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR DE LA DOPA] II. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director Corporativo de Procura y Abastecimiento de Petróleos Mexicanos, en términos de los artículos 14, fracciones V y VIII, y 146, fracción XII del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015, y mediante el testimonio de la escritura pública número [___________], de fecha [___________], otorgada ante la fe del Notario Público [___________] de[ _____________], Licenciado [______________]; mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. [TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE LA DOPA] II. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de [________] de Petróleos Mexicanos, en términos de los artículo 15, fracciones IV y V, 146, fracción XII y INCLUIR EL

ARTÍCULO Y FRACCIÓN CORRESPONDIENTE A LA SUBDIRECCIÓN DE QUE SE TRATE] del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015, y mediante el testimonio de la Escritura Pública número [______], de fecha [_________________], otorgada ante la fe del Notario Público [_________] de [________________], Licenciado [___________________]; mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. [TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE GERENTES DE LA DOPA.] II. Acredita su personalidad y facultades en términos de los Artículo 17, fracciones III y IV, 146, fracción XII y INCLUIR EL ARTÍCULO Y FRACCIÓN CORRESPONDIENTE A LA GERENCIA DE QUE SE TRATE del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2015, y mediante el testimonio de la Escritura Pública número [_______________], de fecha [__________________], otorgada ante la fe del Notario Público [____________] de [________________], Licenciado [_______________]; mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SERVIDORES PÚBLICOS DISTINTOS A LOS ANTERIORES. II. Acredita su personalidad y facultades mediante el testimonio de la Escritura Pública No. [_________], de fecha [____________], otorgada ante la fe del Notario Público [____________] de [______________], Licenciado [_________________], así como en términos del Artículo 146, fracción XII del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos; mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna.

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III. Para la celebración del Contrato ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

IV. Ha previsto los recursos para llevar a cabo las obligaciones objeto del Contrato, según consta en la Solicitud de Pedido [_______], con cargo al Centro Gestor [_______], Posición Financiera [_______] y Clave del Proyecto [_______].[INCLUIR CUANDO APLIQUE] Asimismo, cuenta con la autorización plurianual, según oficio [_______], de fecha [___] de [_____] de 20[___].

V. El Contrato se adjudicó mediante el procedimiento de [_______], con fundamento en los artículos [_______] de la Ley de Petróleos Mexicanos y 11 fracción [_______] de las Disposiciones Generales de Contratación para Petróleos Mexicanos y sus Empresas Productivas Subsidiarias.

VI. Su domicilio para efectos del Contrato es [Ubicación en oficinas] y su clave de Registro Federal de Contribuyentes es [_______].

VII. Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dádiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien. VIII. Durante la entrega de los Bienes objeto del presente contrato verificará permanentemente que el PROVEEDOR o sus subcontratistas a través de sus trabajadores, cumpla las obligaciones en materia de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental. DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN

NECESARIAS. B. El PROVEEDOR declara a través de su [apoderado/representante legal] que: I. Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública [Número de la escritura], de fecha [Fecha de la escritura], otorgada ante la fe del Notario Público [No. del notario], de [Localidad], Licenciado [Nombre del notario], cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de [Lugar, folio mercantil o partida y fecha].

EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE

LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN LA SOCIEDAD, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO

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EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS

REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS. ___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en la sociedad), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO: Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación EJEMPLO: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato.

II. PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL APODERADO DE UNA PERSONA MORAL

DE NACIONALIDAD MEXICANA, Cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura) de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO DEBERÁ ESTAR PROTOCOLIZADO ANTE FEDATARIO

PÚBLICO NACIONAL: Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en ____________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura) de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE. Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.)

III. Su domicilio para efectos del Contrato es [Ubicación en oficinas] y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.

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IV. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones técnicas y económicas para obligarse al cumplimiento del objeto del presente contrato y cuenta con la experiencia necesaria para la eficiente ejecución del mismo.

V. Previo al procedimiento de contratación y a la celebración del presente instrumento ha acreditado el estado de sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social. VI. TRATÁNDOSE DE PERSONAS FÍSICAS] Ha entregado el escrito en el que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que: i) no se encuentra inhabilitado para ejercer el comercio o su profesión; ii) no ejerce un empleo, cargo o comisión en el servicio público; iii) no se encuentra de manera directa o indirecta, por si o por interpósita persona, inhabilitada administrativamente conforme a las leyes aplicables; y iv) ni él, socios, empleados, subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios, Filiales, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, decretado por resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, o bien por resolución firme de autoridad competente en el extranjero tratándose de delitos análogos a los señalados; y tratándose de delitos relacionados con la Delincuencia Organizada no obstante de que estos no se hayan cometido en contra de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios, Filiales, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. [TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES] Ha entregado el escrito en el que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que: i) los socios o accionistas no bursátiles, considerados en los documentos constitutivos, estatutos y en general, en los documentos corporativos de las mismas, no se encuentren inhabilitados para ejercer un empleo, cargo o comisión en el servicio público; ii) no se encuentra de manera directa o indirecta, por si o por interpósita persona, inhabilitada administrativamente conforme a las leyes aplicables; y iii) ni él, socios, empleados, subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios, Filiales, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, decretado por resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional, o bien por resolución firme de autoridad competente en el extranjero tratándose de delitos análogos a los señalados; y tratándose de delitos relacionados con la Delincuencia Organizada no obstante de que estos no se hayan cometido en contra de Petróleos Mexicanos, sus Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios, Filiales, dependencias o entidades de la Administración Pública Federal. VII. Cuenta con los medios propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y en caso de que conforme a los términos del

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Contrato exista subcontratación, se asegurará que el Subcontratista también cumpla con dicho requisito en términos de lo dispuesto por el artículo 15-B de la Ley Federal del Trabajo. VIII. Cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones laborales con sus trabajadores y, en su caso, de los de sus subcontratistas, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia e incluso con posterioridad en caso de que de dicha ejecución derive cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral.

IX. El objeto del presente acuerdo de voluntades, será realizado por personal especializado que se encuentra subordinado al PROVEEDOR o a sus subcontratistas. X. Ni él ni sus directores, funcionarios o empleados clave en relación con el presente contrato en los últimos diez años han:

(a)sido condenados por delitos relacionados con sobornos, corrupción o lavado de dinero; o (b)sido o son objeto de alguna investigación, indagatoria o procedimiento de investigación por parte de cualquier autoridad gubernamental, administrativa o regulatoria con respecto a cualquier infracción o supuesta infracción que implique soborno, corrupción o lavado de dinero.

XI. Reconoce el carácter, personalidad y facultades con las que los representantes de PEMEX actuaron durante el procedimiento de contratación del cual deriva el Contrato, por lo que no se reserva derecho ni acción legal alguna de cualquier naturaleza, sea civil, mercantil, penal, administrativa o cualquiera otra, exigible o ejercible, en contra de PEMEX por tales aspectos. XII. TRATÁNDOSE DE CONSORCIO. Conformaron un consorcio y celebraron un convenio privado de fecha __________________, mismo que forma parte integrante de este contrato como anexo “[señalar número de anexo]”, en el que constan las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato, las empresas adjudicatarias del presente instrumento han designado como representante común a [nombre de la empresa]. 3. PEMEX y el Proveedor declaran, a través de sus [representantes/apoderados], que: I. Tienen una política de cero tolerancia hacia el soborno y la corrupción; de contar con sistemas, empleados, proveedores y filiales sujetos de control anticorrupción, y expresan que en el

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procedimiento de contratación, sus actos previos, en la celebración del presente Contrato y que durante la ejecución del Contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula denominada “Compromiso contra la Corrupción”. II. Celebran el presente instrumento en términos de los Artículos 80 segundo párrafo de la Ley de Petróleos Mexicanos, 78 del Código de Comercio, 1793 del Código Civil Federal, y demás aplicables. III. Reconocen que la RESCISIÓN, podrá determinarse por las personas facultadas para ello en el Estatuto Orgánico de XXXXX, por cuanto hace a [PEMEX/EPS]y/o, por el administrador o equivalente, en términos de lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para el caso del PROVEEDOR. En consecuencia, en consideración de las promesas mutuas y cláusulas establecidas en este contrato [PEMEX/EPS] y el PROVEEDOR, con la intención de ser legalmente vinculados, aceptan lo siguiente: C L Á U S U L A S 1.- EL CONTRATO Integridad del contrato. Los Anexos del presente se incorporan al Contrato y forman parte integral del mismo y este contrato incluirá todos sus Anexos, según fueran modificados conforme a los términos establecidos en el siguiente, y se listan de la siguiente manera: Anexo “____”.- Especificaciones y Condiciones de la ejecución de servicios Anexo “____”.- Propuesta Económica Anexo “____”.- Programa de Ejecución Anexo “____”.- Texto de la(s) garantía(s) [CUANDO APLIQUE INCORPORAR LOS SIGUIENTES] Anexo “____”.- Convenio Privado de Propuesta Conjunta del Consorcio Anexo “____”.- Mecanismo de Ajuste a de Precios Anexo “____”.- Amortización del Anticipo Anexo “____”.- Documentación requerida para las Fuentes de Financiamiento [ Anexo “____”.-Formatos de contenido nacional de acuerdo a lo difundido por la Subdirección de

Desarrollo y Relación con Proveedores y Contratistas Anexo “PACMA”.- Programa de Apoyo a la Comunidad y al Medio Ambiente Anexo “SSPA”.- Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y

Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios Anexo “____”.- Documentación requerida para las Fuentes de Financiamiento

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DEPENDIENDO DEL ALCANCE DEL CONTRATO SE PODRÁN INCORPORAR OTROS ANEXOS En caso de discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos, prevalecerá lo pactado en este contrato. 2.- INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Las partes acuerdan que, en caso de conflicto o discrepancia entre los términos y condiciones de este Contrato y sus Anexos, se estará a la intención de las partes y a la literalidad de las cláusulas, considerando la integridad del Contrato. 3.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la ejecución de los servicios consistentes en: (Indicar de manera precisa los servicios), (en adelante “servicios”), por parte del PROVEEDOR a [PEMEX/EPS], de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en el contrato y sus anexos. PARA EL CASO DE QUE LAS OBLIGACIONES OBJETO DEL CONTRATO NO SEAN DIVISIBLES, APLICAR EL

SIGUIENTE PÁRRAFO. Las obligaciones que se convienen en el objeto de este contrato no son divisibles toda vez que por las características de los servicios materia del mismo, no pueden ser utilizados de manera incompleta, por lo que la garantía se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA CUANDO EL OBJETO DEL CONTRATO SEA DIVISIBLE. Las obligaciones que se convienen en el objeto de este contrato son divisibles toda vez que por las características de los servicios materia del mismo, pueden ser utilizados de manera incompleta. EN CASO DE CONSORCIO ESPECIFICAR AQUÍ LOS SERVICIOS QUE EJECUTARÁ CADA PROVEEDOR. 4.- ÓRDENES DE SERVICIOS [ESTA CLÁUSULA SOLO APLICA PARA CONTRATOS ABIERTOS] El objeto del presente contrato se ejecutará a través “órdenes de servicio” (para efectos de este contrato “ORDEN u ÓRDENES”), de acuerdo con el formato establecido en el anexo “____”, mismas que deberán contener la referencia a este Contrato. Las ÓRDENES serán emitidas por [PEMEX/EPS] exclusivamente a través del Área de Procura y Abastecimiento a solicitud del representante designado por el Administrador del Proyecto, y serán transmitidas por medios electrónicos que aseguren su recepción, en congruencia con lo establecido en la cláusula denominada: “Condiciones de pago y facturación” de éste Contrato.

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[PEMEX/EPS] sólo podrá emitir ÓRDENES cuando las mismas puedan ser ejecutadas dentro del plazo de ejecución originalmente pactado o modificado mediante el convenio correspondiente y se cuente con la suficiencia presupuestal respectiva. Las Partes se obligan a llevar el control del saldo correspondiente a las ÓRDENES, cuya suma no podrá rebasar el monto máximo establecido en este contrato o modificado mediante el convenio respectivo, por lo que, [PEMEX/EPS] se abstendrá de emitir ÓRDENES y el PROVEEDOR de ejecutarlas, cuando con motivo de la ejecución de los alcances previstos en dicha ORDEN, se rebase el monto máximo pactado o modificado mediante convenio. El PROVEEDOR solo podrá ejecutar los servicios objeto del presente contrato que le hayan sido requeridos mediante la ORDEN correspondiente, en el entendido, de que si el PROVEEDOR llegase a prestar los servicios sin que medie requerimiento alguno, el PROVEEDOR reconoce que no tendrá derecho a retribución alguna, ya que de ser el caso, éstos servicios se considerarán inexistentes para todos los efectos legales de éste Contrato. Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, dicha variación deberá ser tramitada por el representante designado por el Administrador del Proyecto, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar los términos y condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato, en el entendido que de no cumplir con lo anterior, no será reconocido, por lo que el PROVEEDOR no tendrá derecho a retribución alguna respecto de la variación. Una vez que la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la vía en que sea transmitida, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual empezará a computarse el plazo de ejecución de los servicios. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo para la ejecución de los servicios empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión, según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por [PEMEX/EPS]. 5.-PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS Las partes convienen que el plazo para el presente contrato comenzará a partir de la fecha de su formalización y concluye a los (número) días naturales/semanas/meses/años, de conformidad con el anexo “__”. La ejecución de los servicios será en [señalar el lugar o lugares, domicilio, teléfono y correo electrónico] a la atención de _____________________, en días hábiles de lunes a viernes y en el siguiente horario: ______.

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EL PÁRRAFO SIGUIENTE ESTARÁ SUJETO A ADECUACIÓN, EN RAZÓN DE QUE SI EL ÁREA REQUIRENTE DE LOS

SERVICIOS MANIFIESTA SU POSIBILIDAD PARA RECIBIR LOS SERVICIOS EN EL DÍA INHÁBIL QUE CORRESPONDA El PROVEEDOR deberá ejecutar los servicios objeto de este contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de recepción se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penas convencionales, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el PROVEEDOR no ejecuta los servicios en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penas convencionales. Los servicios amparados en este contrato deberán ejecutarse por (partida/posición/orden) completa. 6.- RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS El PROVEEDOR comunicará a [PEMEX/EPS], por escrito o mediante registro que se haga en el sistema de control que se haya determinado para el seguimiento del contrato, la terminación de los servicios, indicando que se concluyeron en concordancia con las especificaciones del presente contrato y sus anexos. Dentro de los (días) siguiente a la fecha de recepción de la comunicación referida, la persona designada por el Administrador del Proyecto verificará que los servicios se encuentre concluidos y ejecutados, y se procederá a la recepción de los mismos conforme al anexo “_” 7.- RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable de la ejecución de los servicios amparados en este contrato, conforme al anexo “_”. En caso de que el PROVEEDOR no haya ejecutado los servicios de acuerdo con lo estipulado en el contrato, o bien, conforme a las instrucciones dadas por escrito por parte de [PEMEX/EPS], en estos casos, [PEMEX/EPS] podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos servicios que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes, por lo que el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición, sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, y sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su ejecución. Si el PROVEEDOR ejecuta servicios por mayor valor de lo indicado, sin que para tales efectos se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de los servicios excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello.

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El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con las autorizaciones requeridas por las dependencias o entidades gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato. El PROVEEDOR deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal; asimismo, el PROVEEDOR, deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de [PEMEX/EPS] para la ejecución de los servicios. El PROVEEDOR se obliga a entregar toda la información y documentación que al efecto le requiera [PEMEX/EPS] respecto del presente contrato, misma que podrá entregarse por [PEMEX/EPS] a sus órganos fiscalizadores o autoridades competentes, que así se lo soliciten. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento. 8.- RESPONSABILIDAD DE [PEMEX/EPS] [PEMEX/EPS] se obliga a cumplir con: I. Sus obligaciones de pago; II. Poner a disposición del PROVEEDOR, en la fecha pactada, el sitio donde deban

desarrollarse los servicios; y III. Contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a cargo de [PEMEX/EPS].

[CUANDO APLIQUE] 9.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES Cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de EMPRESA ´PRODUCTIVA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a lo establecido en el anexo “ANEXO DE SSPA”. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que el límite de responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, será hasta el monto de la obligación incumplida, sin perjuicio de la aplicación de las penas convencionales establecidas en el presente instrumento. Los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra o a terceros derivado por su actuar ilícito, negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin

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actuar ilícitamente, negligentemente, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. 10.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES [PEMEX/EPS], a través de su representante, quien será el [incorporar el nombre del representante designado por el Administrador del Proyecto], dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la ejecución de los servicios en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, éste ordene. El citado representante deberá mantener informado de forma permanente al Administrador del Proyecto. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, las partes podrán recíprocamente solicitar el cambio de cualquiera de los representantes y se obligan a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes. 11.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Las comunicaciones relacionadas con este contrato, deberán ser entregadas:

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Comunicaciones a [PEMEX/EPS] al representante designado por el Administrador del Proyecto en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico). Comunicaciones al PROVEEDOR: (Indicar domicilio y correo electrónico). Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. 12.- RELACIONES LABORALES El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución de los servicios objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores, los de sus subcontratistas y los de sus vendedores y, en su caso, de los beneficiarios de cualquiera de éstos, incluyendo la obligación de afiliación y pago de cuotas obrero patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social de todo el personal y de los empleados que ocupe o llegare a ocupar para la ejecución de los servicios objeto de este contrato. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, que él y sus subcontratistas disponen de los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus trabajadores o los de sus subcontratistas, beneficiarios o causahabientes y, [PEMEX/EPS]. Por lo anterior, el PROVEEDOR acepta que [PEMEX/EPS] deducirá de los pagos a los que tenga derecho el PROVEEDOR, el monto de cualquier requerimiento de pago derivado de laudo firme ordenado por las Juntas Locales o Federales de Conciliación y Arbitraje, con motivo de los juicios laborales instaurados en contra de [PEMEX/EPS] por cualquiera de las personas antes mencionadas del PROVEEDOR o sus respectivos vendedores y/o subcontratistas. Sin menoscabo de lo anterior, en caso de cualquier reclamación, demanda o contingencia laboral, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de los funcionarios o trabajadores, incluyendo sus beneficiarios o causahabientes, tanto del PROVEEDOR como de sus vendedores y/o subcontratistas, que pueda afectar los intereses de [PEMEX/EPS] o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación, demanda o contingencia laboral, obligándose también a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o

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cualquiera de sus Organismos Subsidiarios en cuanto así se lo solicite por escrito, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal contingencia laboral. 13.- CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL Si el PROVEEDOR pretende realizar movimientos corporativos que impliquen un cambio de control durante la ejecución del presente Contrato, podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del mismo, con la autorización previa y por escrito de [PEMEX/EPS]. El PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del contrato, preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir con las obligaciones del contrato, solicitando la sustitución de las garantías originalmente otorgadas, debiéndose formalizar el correspondiente convenio modificatorio. Si el PROVEEDOR pretende realizar cesiones o transferencias entre empresas del mismo grupo corporativo o distintas a éste que impliquen un cambio de control durante la ejecución del presente Contrato, deberá obtener el consentimiento previo de [PEMEX/EPS]. Para efectos de lo anterior, “control” del PROVEEDOR significa el poder para dirigir o cambiar, directa o indirectamente, la gestión o políticas de administración del PROVEEDOR, bien sea mediante la tenencia de acciones o de otros valores con derecho de voto o a través de cualquier otro medio. Para el caso de cesiones o transferencias de acciones, partes sociales o intereses entre empresas del mismo grupo corporativo del PROVEEDOR, así como de operaciones por ventas en mercado de valores, que no impliquen un cambio de control el PROVEEDOR deberá informar a [PEMEX/EPS] en un plazo no mayor de 30 (treinta) días naturales contados a partir de que ocurra dicho evento, la forma y términos de tales cesiones. 14.- CESIÓN DE DERECHOS DE COBRO El PROVEEDOR podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento previo y por escrito de [PEMEX/EPS]. El PROVEEDOR sólo podrá ceder parcialmente sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y [PEMEX/EPS] otorgará su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo.

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Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. 15.- SUBCONTRATACIÓN [CUANDO NO APLIQUE LA SUBCONTRATACIÓN INCORPORAR LO SIGUIENTE] En el presente contrato no aplica la subcontratación. [CUANDO APLIQUE LA SUBCONTRATACIÓN INCORPORAR LO SIGUIENTE] Las partes convienen que el PROVEEDOR no podrá subcontratar la dirección y control del contrato. El PROVEEDOR subcontratará las actividades siguientes:

1. … 2. … 3. …

Dicha subcontratación no implicará una transferencia de derechos u obligaciones por lo que el PROVEEDOR será el único responsable frente a [PEMEX/EPS] respecto de las obligaciones contraídas en el presente contrato. El PROVEEDOR se obliga a verificar durante la ejecución del presente contrato, que sus subcontratistas cumplan con sus obligaciones en materia fiscal, laboral, seguridad social, materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, confidencialidad y compromiso contra la corrupción, en términos de las cláusulas correspondientes del presente instrumento. 16.- SUPERVISIÓN Y VERIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS [PEMEX/EPS] directamente o a través de [SEÑALAR EL NOMBRE DE LA PERSONA DESIGNADA POR EL

ADMINISTRADOR DEL PROYECTO] dentro de un plazo de (número de días) días naturales/horas, realizará la supervisión de los servicios objeto de este contrato, y revisará en todo tiempo que los mismos sean realizados en la forma convenida. El PROVEEDOR acepta que la persona designada para la supervisión de los servicios objeto de este contrato, le dará las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con los servicios, así como la aprobación de los mismos ejecutados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice [PEMEX/EPS] no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato, así como de responder por

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deficiencias en la calidad de los servicios,[EN CASO DE QUE NO APLIQUE LA GARANTÍA DE CALIDAD DE

LOS SERVICIOS] una vez concluido estos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. A la recepción de los servicios, el responsable de la misma emitirá su anuencia por escrito señalando que los servicios fueron realizados de conformidad con lo acordado en este contrato y sus anexos, para que se dé inicio a los trámites para la cancelación parcial o total de la garantía de cumplimiento del contrato. La verificación en la recepción de los servicios para comprobar el cumplimiento de las obligaciones en términos de este contrato y sus anexos, será de conformidad con los indicadores y criterios de recepción siguientes: EL ÁREA DE PROCURA Y EL ADMINISTRADOR DE PROYECTO DETERMINARAN LOS MISMOS

1. … 2. … 3. …

17.- FINIQUITO DEL CONTRATO Las partes acuerdan que, recibidos físicamente los servicios, [PEMEX/EPS] y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del contrato, plazo que podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes; en dicho finiquito se asentará la extinción de los derechos y obligaciones de las mismas en relación al contrato, debiéndose expresar que las partes se otorgan el más amplio recibo que en derecho proceda. Se podrán incluir en dicho instrumento los ajustes, revisiones, modificaciones y reconocimientos a que haya lugar. Para la celebración del finiquito, el PROVEEDOR deberá presentar escrito mediante el cual acredite que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y de seguridad social durante la ejecución del presente contrato y que no tiene adeudos con sus subcontratistas. De ser el caso, [PEMEX/EPS] solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía. En caso de que alguna de las partes no comparezca al finiquito, la otra parte procederá a realizarlo de manera unilateral y, quedaran a salvo los derechos que por ley les asistan.

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18.- MODIFICACIONES AL CONTRATO Las partes podrán modificar el contrato mediante convenio por escrito formalizado por las personas facultadas para ello, y acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a [PEMEX/EPS], el endoso, ampliación o renovación a las garantías otorgadas para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. Cuando derivado de la negociación de una Orden de Cambio, se justifique la necesidad de una modificación al presente contrato, se deberá de realizar en términos de esta cláusula. 19.- FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable ante la otra por causa que derive de fuerza mayor. Se entiende por causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación de las partes, tales como los que a continuación se señalan de manera enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del PROVEEDOR o su(s) subcontratista(s), actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa no obstante ser del dominio público deberá acreditarse documentalmente por la parte que la padezca y comunicar a la otra parte dentro de un plazo de (número de días) días hábiles contados a partir de que se presente el evento que la motivó a través de un oficio con acuse de recibo. En caso de que la parte afectada no dé aviso en el término a que se refiere este párrafo, acepta que no podrá reclamar fuerza mayor. El PROVEEDOR podrá solicitar la modificación al plazo o fecha establecida para la ejecución de los servicios, por fuerza mayor que ocurran de manera previa o hasta la fecha pactada. Para estos efectos cuando el PROVEEDOR por causa de fuerza mayor no pueda cumplir con sus obligaciones en la fecha convenida, deberá solicitar por escrito a [PEMEX/EPS] una prórroga al plazo pactado, sin que dicha prórroga implique una ampliación al plazo original, acompañando los documentos que sirvan de soporte a su solicitud, en la inteligencia de que si la prórroga solicitada se concede y no se cumple, se aplicará la pena convencional correspondiente en términos de la cláusula denominada Penas Convencionales.

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Cuando se determine justificada la fuerza mayor, se celebrará entre las partes, a más tardar dentro de los (número de días) días naturales siguientes a que se dé el evento de fuerza mayor, un convenio modificatorio de prórroga al plazo respectivo sin la aplicación de penas convencionales, debiendo el PROVEEDOR actualizar las garantías correspondientes. No se considera fuerza mayor, cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del PROVEEDOR o su(s) subcontratista(s), o bien, aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la cláusula denominada Penas Convencionales. 20.- MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO [PEMEX/EPS] pagará al PROVEEDOR por los servicios objeto del presente contrato la cantidad de $(número, letra y moneda) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA). DEPENDIENDO DEL TIPO DE CONTRATACIÓN SE DEBERÁ INCLUIR ALGUNA DE LAS SIGUIENTES OPCIONES: OPCIÓN 1: CUANDO EXISTA AJUSTE EN EL MONTO El monto del presente contrato será ajustado conforme a lo establecido en la presente cláusula de ajuste de precios. OPCIÓN 2: CUANDO NO EXISTA AJUSTE EN EL MONTO El monto del presente contrato será fijo desde su inicio hasta la conclusión del mismo. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE ABARQUEN MÁS DE UN EJERCICIO FISCAL, SE DEBERÁ DESGLOSAR EL

MONTO PARA CADA EJERCICIO

AÑO MONTO

EL SIGUIENTE APARTADO APLICA CUANDO SE TRATE DE CONTRATOS ABIERTOS El monto mínimo del presente contrato es de $(número, letra y moneda) y un monto máximo de $(número, letra y moneda) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA). CUANDO SE ESTABLEZCA MONTO MÍNIMO Y MÁXIMO POR ORDEN El monto del presente contrato se ejercerá a través de ÓRDENES, cada una con un monto mínimo de $(número) (letra) y un monto máximo de $(número, letra y moneda) más el Impuesto al Valor Agregado (IVA). DEPENDIENDO DEL TIPO DE CONTRATACIÓN SE DEBERÁ INCLUIR ALGUNA DE LAS SIGUIENTES OPCIONES:

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OPCIÓN 1: CUANDO EXISTA AJUSTE EN EL MONTO El monto del presente contrato será ajustado conforme a lo establecido en la presente cláusula de ajuste de precios. OPCIÓN 2: CUANDO NO EXISTA AJUSTE EN EL MONTO El monto del presente contrato será fijo desde su inicio hasta la conclusión del mismo. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE ABARQUEN MÁS DE UN EJERCICIO FISCAL, SE DEBERÁN DESGLOSAR LOS

MONTOS O CANTIDADES PARA CADA UNO DE LOS EJERCICIOS CORRESPONDIENTES.

AÑO MONTO O CANTIDAD MÍNIMA

MONTO O CANTIDAD MÁXIMA

APLICA PARA TODOS LOS SUPUESTOS La(s) referencia(s) (MXP, USD ó Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario del anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América, dólares canadienses, libra esterlina, etc.) 21.- AJUSTE A LOS PRECIOS OPCIÓN 1: El presente contrato no estará sujeto a ajuste de precios. OPCIÓN 2: ÚNICAMENTE PROCEDERÁ EL AJUSTE DE PRECIOS CUANDO EL CONTRATO SEA MAYOR A UN AÑO EN CASO JUSTIFICADO SE PODRÁ CONSIDERAR EL ESTABLECIMIENTO DE UN MECANISMO DE AJUSTE EN

CONTRATOS CON PLAZO MENOR AL SEÑALADO Los precios del presente contrato se revisarán y ajustarán conforme a lo señalado en el Anexo _________, el PROVEEDOR deberá entregar a [PEMEX/EPS], la modificación proporcional de la garantía originalmente otorgada para el cumplimiento del contrato, misma que deberá amparar los ajustes que le sean otorgados. EL ESTABLECIMIENTO DEL MECANISMO Y PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE PRECIOS CORRESPONDE AL ÁREA

DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA POLÍTICA II.12 DE LAS POLÍTICAS Y

LINEAMIENTOS PARA PROCURA Y ABASTECIMIENTO OPCIÓN 3: El presente contrato no estará sujeto a ajuste de precios durante el año posterior a la firma del mismo; con posterioridad a dicho plazo los precios se ajustarán conforme a lo señalado en el Anexo _________, PROVEEDOR deberá entregar a [PEMEX/EPS], la modificación proporcional

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de la garantía originalmente otorgada para el cumplimiento del contrato, misma que deberá amparar los ajustes que le sean otorgados. EL ESTABLECIMIENTO DEL MECANISMO Y PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE PRECIOS CORRESPONDE AL ÁREA

DE PROCURA Y ABASTECIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA POLÍTICA II.12 DE LAS POLÍTICA Y LINEAMIENTOS

PARA PROCURA Y ABASTECIMIENTO 22.- CONDICIONES DE PAGO Y FACTURACIÓN El(La) INSERTAR EL NOMBRE DEL ÁREA QUE SERÁ RESPONSABLE DE AUTORIZAR LA PROCEDENCIA DEL PAGO] será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la ejecución de los servicios en términos del contrato, la que podrá estar sustentada en la constancia que acredite la recepción de los servicios. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. El PROVEEDOR, al momento de facturar, deberá hacer referencia a este contrato y a los servicios ejecutados de acuerdo a la (partida/posición) correspondiente y al precio unitario de los mismos. El PROVEEDOR emitirá facturación electrónica y efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda electrónica de [PEMEX/EPS], mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única ubicada en _______________. [PEMEX/EPS] pagará al PROVEEDOR el monto de los servicios ejecutados y aceptados a los _________ días naturales contados a partir de la fecha de aceptación de los servicios y recepción de la factura correspondiente. El pago al PROVEEDOR se efectuará a través de depósito bancario en la cuenta que para tal efecto designe previa presentación de la factura correspondiente. En caso de que las facturas entregadas por el PROVEEDOR para su pago, presenten errores o deficiencias, [PEMEX/EPS] dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al PROVEEDOR las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el PROVEEDOR presente las

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correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura correspondiente, reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, éste tendrá ______ días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. CUANDO APLIQUE PRONTO PAGO El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los servicios hayan sido ejecutados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con dos días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de [PEMEX/EPS] bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en [PEMEX/EPS]. TRATÁNDOSE DE PRONTO PAGO PARA COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. TRATÁNDOSE DE PRONTO PAGO PARA COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL

SIGUIENTE PÁRRAFO: Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos)

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días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA

NACIONAL SE UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS: Las obligaciones de pago denominadas en dólares de los Estados Unidos de América para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que el Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN

CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD, O NUEVA SOCIEDAD EN CASO DE PERSONAS

MORALES, O SI NO SE CELEBRA UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN. [Nombre de la empresa adjudicataria en propuesta conjunta] será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INTERNACIONAL EN EL

QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO

DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZARÁ EL SIGUIENTE PÁRRAFO: Los pagos se efectuarán en [moneda extranjera], mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS

CONTRATISTAS HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE

ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL

DE LA FEDERACIÓN: [Indicar la denominación o razón social de las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores], sin perjuicio del instrumento señalado en la declaración 2.12 del presente contrato, en términos del contrato de asociación en participación celebrado y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, señalan que [denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.], será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que [[PEMEX/EPS]] no será responsable por la forma en que [denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.], distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato. 23.- ANTICIPO

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OPCIÓN 1: [PEMEX/EPS] otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el __ % (porcentaje con letra) del monto total del Contrato, que representa un importe de: $ _____________(cantidad con letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El anticipo será otorgado dentro de los ________ días hábiles siguientes a la fecha de formalización del contrato, previa entrega de la factura electrónica que ampare el monto del anticipo, y de la garantía por el importe total del mismo. El PROVEEDOR se obliga a demostrar la forma y los conceptos en los que se aplicará el anticipo otorgado. El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura y la correspondiente garantía no dará lugar a la reprogramación del plazo; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a [PEMEX/EPS], diferirá en igual plazo el programa de ejecución del contrato. [PEMEX/EPS] deducirá proporcionalmente de cada uno de los pagos que le haga al PROVEEDOR, conforme al anexo ____, el importe del anticipo otorgado. OPCIÓN 2: [PEMEX/EPS] otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje del anticipo con número y letra) % del monto de los servicios correspondientes a (etapa/partida/posición), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo) más el Impuesto al Valor Agregado. El anticipo será otorgado dentro de los ________ días hábiles siguientes al inicio de la (etapa/partida/posición). El PROVEEDOR deberá entregar la factura electrónica que ampare el monto del anticipo, y la garantía por el importe total de los anticipos. El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura y la correspondiente garantía no dará lugar a la reprogramación del plazo; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a [PEMEX/EPS], diferirá en igual plazo el programa de ejecución del contrato. [PEMEX/EPS] deducirá proporcionalmente de cada uno de los pagos que le haga al PROVEEDOR, conforme al anexo ____, el importe del anticipo otorgado. 24.- PAGOS EN EXCESO En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes (establecer

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porcentaje de interés1), Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en

cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya detectado el pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de [PEMEX/EPS], en el entendido que no se generarán dichos interese si las cantidades son cubiertas en la factura inmediata posterior a cuando se detectó el pago. [PEMEX/EPS] podrá deducir dichas cantidades de los pagos subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago a [PEMEX/EPS]. 25.- GARANTÍAS 25.1 GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO OPCIÓN 1: SE TRATE DE FIANZA El PROVEEDOR, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, entregó a [PEMEX/EPS] previo a la firma del contrato, póliza de fianza por el __% (cantidad en letra por ciento) del monto del contrato expedida por institución afianzadora autorizada, a favor de [PEMEX/EPS], con los términos y alcances establecidos en el anexo ______, denominado Garantías. OPCIÓN 2: El PROVEEDOR, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, entregó [PEMEX/EPS] previo a la firma del presente contrato, Carta de Crédito Stand-by por el __% (cantidad en letra por ciento) del monto del contrato expedida o confirmada por institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, a favor de [PEMEX/EPS], con los términos y alcances establecidos en el anexo ______, denominado Garantías. OPCIÓN 3: DEBE CONTAR CON PREVIA OPINIÓN DEL ÁREA DE RIESGOS El PROVEEDOR, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, entregó a [PEMEX/EPS] previo a la firma del presente contrato, Cheque Certificado o de Caja por el __% (cantidad en letra por ciento) del monto del contrato expedida o confirmada por institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, a favor de [PEMEX/EPS], con los términos y alcances establecidos en el anexo ______, denominado Garantías. TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER OPCIÓN. En caso de modificaciones al presente contrato, el PROVEEDOR se obliga a entregar a [PEMEX/EPS] [a) a más tardar en la fecha de formalización del convenio modificatorio respectivo, b)

285 1 El interés legal conforme al artículo 2395 Código Civil Federal es del 9% anual

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o dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su formalización], el [endoso/documento modificatorio] a la garantía otorgada originalmente. En el caso de que el PROVEEDOR no cumpla con dicha entrega, [PEMEX/EPS] podrá iniciar el procedimiento de Rescisión del contrato. [Tratándose de póliza de fianza se deberá incluir lo siguiente:] El documento modificatorio deberá contener la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada por el PROVEEDOR. 25.2 EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO [PEMEX/EPS] exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de [PEMEX/EPS] de reclamar por la vía judicial los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.

25.3 GARANTÍA DE ANTICIPO

La garantía de anticipo deberá emitirse conforme a lo señalado en el anexo denominado [Garantías]. 25.4 GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Recibidos los servicios, o terminado anticipadamente el contrato, el PROVEEDOR quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en los mismos o, de los vicios ocultos, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. Dicha obligación se garantizará durante un plazo de __ (__) meses contados a partir de la fecha de la recepción física de los servicios; la correspondiente garantía se liberará vencido el plazo antes descrito, siempre que durante ese periodo no haya surgido una responsabilidad a cargo del PROVEEDOR. OPCIÓN A) Previamente a la recepción de los servicios, el PROVEEDOR, deberá constituir póliza de fianza por el equivalente al __% (cantidad con letra por ciento) del monto total ejercido de los servicios, misma que deberá ser emitida por institución afianzadora autorizada, en términos del anexo ____. OPCIÓN B) Previamente a la recepción de los servicios, el PROVEEDOR, deberá presentar Carta de Crédito Stand-by por el equivalente al __% (cantidad con letra por ciento) del monto total ejercido de los servicios, misma que deberá ser confirmada o emitida por institución bancaria autorizada para operar en México, y deberá emitirse en estricto apego al formato presentado en el anexo ______.

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La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de _________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de: ______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstas. 26.- OBLIGACIONES FISCALES OPCIÓN 1 PARA PROVEEDORES NACIONALES Cada una de las partes será responsable del pago de todas y cada una de las contribuciones, impuestos y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente Contrato. OPCIÓN2 CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato. OPCIÓN 3CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE

TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO DEBERÁN ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS

FISCALES: Las partes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuesto Sobre la Renta.

El PROVEEDOR ha entregado a [PEMEX/EPS] el certificado de residencia para efectos fiscales, mismo que deberá estar vigente durante todo el contrato. APLICA EN TODOS LAS OPCIONES ANTERIORES El PROVEEDOR deberá defender, indemnizar y mantener a salvo a [PEMEX/EPS] respecto de cualquier reclamación, pérdida, perjuicio o gasto (incluyendo gastos legales) derivados del incumplimiento del PROVEEDOR de sus obligaciones fiscales en relación con el presente contrato, así como de cualquier interés, multa, actualización o sanción sobre los mismos que pudieran ser determinados por cualquier autoridad competente. Si [PEMEX/EPS] recibe un requerimiento de autoridad competente solicitando el pago de contribuciones o impuestos de los tipos referidos en esta cláusula y/o de intereses, actualizaciones o penalizaciones sobre los mismos, respecto del PROVEEDOR, [PEMEX/EPS]

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deberá comunicarlo de inmediato al PROVEEDOR, a efecto de que lleve a cabo cualquier acción legal o promover los recursos que procedieren en contra de dicho requerimiento. Si en última instancia [PEMEX/EPS] es apercibida para realizar cualquier pago, podrá recuperar del PROVEEDOR los montos, gastos (incluyendo gastos legales) y costos en que hubiere incurrido, derivado de lo dispuesto en el presente párrafo. Las partes acuerdan que [PEMEX/EPS] podrá deducir los importes antes descritos de cualquier pago que le adeudare al PROVEEDOR. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE EJECUCIÓN DE SERVICIOS DE IMPORTACIÓN El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los servicios, por lo que no procederá incremento en los precios pactados. 27.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. Si con motivo de la ejecución de este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad intelectual de un tercero, en el que se vea involucrada [PEMEX/EPS], el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo de cualquier acción que se interponga en su contra o en contra de sus Empresas Productivas Subsidiarias u Organismos Subsidiarios; en tal supuesto, [PEMEX/EPS] lo comunicará al PROVEEDOR, obligándose este último a rembolsar o indemnizar de cualquier gasto o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice [PEMEX/EPS] en relación con el asunto. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. El PROVEEDOR se compromete a informar a [PEMEX/EPS] respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de [PEMEX/EPS] de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. Los derechos de propiedad intelectual que pudieran surgir con motivo de la ejecución del contrato, corresponderán a las partes en términos de su participación, otorgando en todo momento el reconocimiento moral a las personas que hayan intervenido en la realización o generación de algún derecho de propiedad intelectual que se encuentre regulado por las leyes en la materia. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración

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remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de [PEMEX/EPS] de los derechos de propiedad intelectual o industrial generados. 28.- PENAS CONVENCIONALES SE PODRÁN ESTABLECER OTRAS PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS DE LAS OBLIGACIONES

DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO Las partes acuerdan que [PEMEX/EPS] aplicará al PROVEEDOR por causas que le sean imputables a este último, las siguientes penas convencionales:

I. ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS Las partes acuerdan que en caso de que el PROVEEDOR, no ejecute los servicios en el plazo convenido en este contrato, [PEMEX/EPS] le aplicará una pena convencional por una cantidad de (número y letra) en (moneda). Adicionalmente a la pena antes descrita, las partes acuerdan que [PEMEX/EPS] le aplicará al PROVEEDOR una pena convencional por cada día de atraso a partir del día siguiente a la fecha pactada para la ejecución de los servicios consistente en un (porcentaje de pena convencional con número y letra) % del importe de los servicios no ejecución conforme al programa descrito en el anexo____. ESTA PENALIZACIÓN SUSTITUIRÁ A LA ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS

II. POR ATRASO EN EL CUMPLIMIENTO DE LA ORDEN

En caso de que el PROVEEDOR no ejecute los servicios en el plazo establecido en cada orden expedida por [PEMEX/EPS], [PEMEX/EPS], le aplicará como pena convencional por cada día natural/hora de atraso de los servicios, una cantidad equivalente al (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % del monto total de los servicios pendientes de ejecutar. La aplicación de penas convencionales no causará un cambio en la fecha establecida en la Orden para la ejecución de los servicios, ni tampoco liberará al PROVEEDOR de su obligación de mejorar su proceso para lograr cumplir con cualquier plazo o corregir la falla que lo impida. Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la ejecución de los servicios establecida en cada orden, se calcularán, a partir del día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la ejecución de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio.

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III. INCUMPLIMIENTO A LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS SERVICIOS En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con las características requeridas para los servicios señaladas en la orden/ el anexo “_” del presente contrato, [PEMEX/EPS] le aplicará una pena convencional del (Porcentaje de pena convencional con número y letra) % del monto total de los servicios pendientes de ejecutar. La aplicación de esta pena convencional, no obliga a [PEMEX/EPS] a aceptar los servicios ejecutados por el PROVEEDOR sin cumplir las especificaciones requeridas. Lo anterior sin perjuicio de que [PEMEX/EPS] exija al PROVEEDOR a ejecutar nuevamente los servicios en estricto cumplimiento a los alcances contractuales y sin que ello signifique tener derecho a prorrogar la fecha de terminación o ampliar el plazo de ejecución de los servicios.

IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS AL CONTENIDO NACIONAL Si como resultado de la verificación documental del porcentaje de contenido nacional establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional” se determina que el porcentaje real de los servicios es menor al porcentaje que el PROVEEDOR se comprometió en su propuesta, en los términos del anexo _______ de este contrato, el Administrador del Proyecto le aplicará una pena convencional (Porcentaje de pena convencional con número y letra)%.

V. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”

En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del anexo “SSPA” del presente contrato, [PEMEX/EPS] aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.

El monto de las penalizaciones no podrá exceder del monto de la garantía de cumplimiento o de la orden de surtimiento. No dará lugar a la aplicación de penas convencionales, el período en el cual se presente un evento de fuerza mayor, dentro del plazo establecido, o cuando el PROVEEDOR se encuentre

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ejecutando servicios con atraso, así como por cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR, ya que en tal situación, de común acuerdo, se harán las modificaciones que procedan. El PROVEEDOR acepta, que [PEMEX/EPS] aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:

- Las facturas que se generen por la ejecución del presente contrato. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que

tenga celebrado con [PEMEX/EPS]. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - A través de la Garantía de Cumplimiento del presente contrato.

29.- CONTENIDO NACIONAL EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN CONTENIDO NACIONAL, SE

DEBERÁ INCLUIR EL PÁRRAFO SIGUIENTE: El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún porcentaje de contenido nacional, de

conformidad con lo establecido en el anexo __(HACER REFERENCIA AL ANEXO QUE

CONTENGA LOS FORMATOS DE CONTENIDO NACIONAL QUE FORMEN PARTE DE LAS BASES DE

CONTRATACIÓN DE ACUERDO A LO DIFUNDIDO POR LA SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO Y

RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS). EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN CONTENIDO NACIONAL, SE

DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIOR POR LOS SIGUIENTES: El PROVEEDOR está obligado a cumplir con el (señalar porcentaje de contenido nacional), de conformidad con lo establecido en el anexo __,(HACER REFERENCIA AL ANEXO QUE CONTENGA LOS

FORMATOS DE CONTENIDO NACIONAL QUE FORMEN PARTE DE LAS BASES DE CONTRATACIÓN DE ACUERDO A

LO DIFUNDIDO POR LA SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO Y RELACIÓN CON PROVEEDORES Y CONTRATISTAS), al momento de la inspección, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Contenido Nacional de los servicios ejecutados. Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó servicios nacionales en los

términos del anexo _____.(HACER REFERENCIA AL ANEXO QUE CONTENGA LOS FORMATOS DE

CONTENIDO NACIONAL QUE FORMEN PARTE DE LAS BASES DE CONTRATACIÓN DE ACUERDO A LO

DIFUNDIDO POR LA SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO Y RELACIÓN CON PROVEEDORES Y

CONTRATISTAS). [PEMEX/EPS] verificará documentalmente durante el plazo de ejecución de los servicios objeto

del contrato, de manera directa, o a través de terceros, que el contenido nacional real

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de los servicios prestados sea igual o mayor que el contenido nacional declarado por el PROVEEDOR.

El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penas Convencionales” del presente contrato y podrá ser causal de Rescisión de este acuerdo de voluntades. 30.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario. 31.- PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN Las partes deberán considerar y mantener como confidencial la información relacionada con la ejecución de este contrato, y no podrán usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte. Las partes acuerdan que dicha información será revelada a sus empleados, en su totalidad o parcialmente, únicamente en la medida que necesiten conocerla y solo cuando dichos empleados se encuentren relacionados con la ejecución del objeto de este contrato. Igualmente las partes acuerdan no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier persona que no esté relacionada al contrato, incluyendo sin limitar a la prensa, entidades comerciales o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de la otra parte. Las partes acuerdan que las obligaciones contenidas en esta Cláusula serán extensivas al personal de cada una de ellas, y que el incumplimiento de dichas obligaciones por parte del referido personal, será responsabilidad de la parte cuyo personal haya incumplido. Las partes deberán tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo sin limitar, el establecimiento de procedimientos y la suscripción de contratos o convenios, para asegurar la confidencialidad de dicha información, la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar las consecuencias derivadas del incumplimiento. Las partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, jurídica, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el contrato. No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del

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contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas, siempre que la parte requerida comunique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de 5 (cinco) años contados a partir de la fecha de terminación del contrato. 32.- SUSPENSIÓN Las partes convienen que podrán suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, por causas imputables a [PEMEX/EPS] el presente contrato se podrá suspender por las siguientes causas:

i. Atraso en la entrega del(los) anticipo(s);[CUANDO APLIQUE] ii. Atraso por parte de [PEMEX/EPS], en la aprobación de dibujos, planos y especificaciones

del proveedor; [APLICA CUANDO SE TARTAE DE SERVICIOS SUJETOS A PLANOS DE FABRICACIÓN] iii. Se presenten causas de fuerza mayor, en este caso, únicamente se pagarán aquellos

servicios que hubieren sido efectivamente prestados; iv. Atraso imputable a [PEMEX/EPS] en la disponibilidad de las áreas para la ejecución de los

servicios;[CUANDO APLIQUE] v. Atraso de [PEMEX/EPS] en el cumplimiento del plazo para realizar la inspección de los

servicios, siempre y cuando el PROVEEDOR los hubiese puesto a disposición; y vi. Cuando existan causas justificadas que impidan la ejecución del contrato.

CONFORME A LA NATURALEZA DE LOS SERVICIOS SE PODRÁN DETERMINAR OTRAS CAUSALES Al presentarse cualquier causa de las antes mencionadas que obligue a suspender la ejecución de los servicios, [PEMEX/EPS] deberá comunicar por escrito al PROVEEDOR tal situación dentro de un plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados a partir de que se presente el evento que la motivó. Si la suspensión obedece a fuerza mayor, el mismo deberá acreditarse en términos de lo previsto en la cláusula denominada Fuerza Mayor. A partir de la comunicación que dé por terminada la suspensión, el convenio modificatorio para la formalización de la prórroga deberá suscribirse a más tardar dentro de los ____ días naturales siguientes a dicha comunicación, la nueva fecha de terminación prorrogada no modificará el plazo original pactado, y deberá actualizarse la garantía correspondiente.

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En caso de [PEMEX/EPS] determine reanudar la ejecución de los servicios, previa solicitud del PROVEEDOR, [PEMEX/EPS] procederá a rembolsar, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido durante el periodo que duro la suspensión, en el entendido de que dicho pago será procedente cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobado, se relacionen directamente con el contrato y se soliciten dentro del plazo de 30 (treinta) días naturales contados a partir de la fecha de terminación de la suspensión. Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término de 45 (cuarenta y cinco) días naturales. Cuando concluido el plazo de suspensión, se determine no reanudar la ejecución de los servicios, deberá llevarse a cabo la terminación anticipada del contrato de conformidad con la cláusula denominada Terminación Anticipada. 33.- TERMINACIÓN ANTICIPADA Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes circunstancias:

i. Por fuerza mayor; ii. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;

iii. Cuando el contrato no resulte rentable o conveniente para [PEMEX/EPS]; iv. Cuando existan causas justificadas que impidan la ejecución del contrato; y v. Por resolución judicial o administrativa que declare la nulidad de los actos que dieron

origen al contrato. Al presentarse cualquier causa de las antes mencionadas que obligue a terminar anticipadamente el presente contrato, [PEMEX/EPS] entregará el oficio con que comunique la terminación anticipada del contrato, tal oficio deberá entregarse en un plazo de (letra y número de días) días hábiles. De ser el caso, el PROVEEDOR se abstendrá de ejecutar los servicios faltantes, cancelará las órdenes o pedidos emitidos con cualquier subcontratista, y hará todos los esfuerzos posibles para minimizar los gastos de cancelación y otros gastos no relacionados con la terminación. En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma, en los términos de la cláusula denominada " Finiquito". [PEMEX/EPS] podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. [PEMEX/EPS]

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hará constar en el finiquito, la recepción de los servicios que haya ejecutado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, [PEMEX/EPS] procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 34.- RESCISIÓN 34.1 TERMINACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR [PEMEX/EPS] tendrá derecho a rescindir de pleno derecho el Contrato, previo aviso al Proveedor, ante cualquiera de los siguientes eventos: 1. Si no entrega la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato; 2. Durante la ejecución del presente contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u

operativas que hubiera acreditado para la adjudicación del contrato; 3. Cuando se agote el monto límite de aplicación de penas convencionales; 4. Si antes del vencimiento del plazo(s) para la ejecución de los servicios manifiesta por escrito

su imposibilidad para la ejecución de los mismos; 5. No ejecute de los servicios en el (los) plazo(s) establecido(s); 6. Se niegue a reponer los servicios que EMPRESEA PRODUCTIVA hubiere considerado como

rechazados o discrepantes; 7. Si los servicios no cumplen con las especificaciones y calidades pactadas en el contrato; 8. Suspenda injustificadamente la ejecución de los servicios o incumpla con los programas de

ejecución que se hubieren pactado en este contrato; 9. Sea declarado, mediante sentencia firme en concurso mercantil o en quiebra o resulte incapaz

de pagar sus deudas al vencimiento de las mismas, o solicite o acepte la imposición de un administrador, liquidador o síndico respecto a sus propiedades o sus ingresos, o inicie cualquier procedimiento bajo cualquier legislación para el reajuste o diferimiento de sus obligaciones o de cualquier parte de las mismas, o solicite la quiebra, reorganización, suspensión de pagos, disolución o liquidación o realice o permita una cesión general o un arreglo con o para el beneficio de sus acreedores;

10. Sea declarado en quiebra o cualquier otra figura análoga; 11. Ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses de las personas morales que sean

proveedores, contratistas o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición;[CUANDO APLIQUE]

12. Ceda o transfiera de cualquier forma las obligaciones y derechos del contrato;

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SECCION IX

MODELO DE CONTRATO

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13. Transfiera los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con el consentimiento de [PEMEX/EPS];

14. Cambie su nacionalidad por otra en el caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad, o si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; [CUANDO APLIQUE]

15. Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;

16. Incumpla con el porcentaje de Contenido Nacional en términos de la Cláusula denominada Contenido Nacional[CUANDO APLIQUE]

17. Se ubique en alguno de los supuestos de la cláusula denominada Compromiso Contra la Corrupción;

18. Cuando incumpla las obligaciones contenidas en el anexo “SSPA” de este contrato, que se consideren en el mismo como causal de Rescisión; y

19. En general, por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato y sus anexos o a las leyes y reglamentos aplicables.

En el caso de los eventos señalados en los numerales [causales que sean subsanables dependiendo la naturaleza y complejidad del proyecto], el incumplimiento podrá ser subsanado por el Proveedor dentro de los 5 (cinco) días naturales siguientes a que éste hubiera recibido la comunicación correspondiente de [PEMEX/EPS], pudiéndose acordar un periodo de gracia superior atendiendo las características del evento de que se trate, lo cual deberá constar por escrito por representantes facultados de [PEMEX/EPS] y del PROVEEDOR, si dicho incumplimiento no pudiera ser subsanado dentro del período de 5 (cinco) días naturales, una vez agotado el plazo para subsanar el incumplimiento y este no sea subsanado [PEMEX/EPS] tendrá el derecho de rescindir de pleno derecho el Contrato. En el caso de los numerales no referidos en el párrafo anterior, [PEMEX/EPS] tendrá el derecho de rescindir de pleno derecho el Contrato. La Rescisión de pleno derecho por un Evento de Incumplimiento del Proveedor será válida desde la fecha en que el Proveedor reciba el aviso de Rescisión de pleno derecho que establezca el Evento de Incumplimiento del Proveedor aplicable. Desde la fecha de la Rescisión de pleno derecho del Contrato por parte de [PEMEX/EPS] conforme a esta Cláusula 34.1 y el aviso correspondiente, el Proveedor no podrá realizar acción alguna para subsanar el Evento de Incumplimiento del Proveedor, conforme a lo establecido en el numeral 34.4 del presente instrumento. 34.2 TERMINACIÓN POR INCUMPLIMIENTO DE [PEMEX/EPS] El PROVEEDOR tendrá derecho a rescindir de pleno derecho el Contrato, dando previa comunicación a [PEMEX/EPS] de su intención de rescindir de pleno derecho del Contrato.

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Los incumplimientos atribuibles a PEMEX por los que el PROVEEDOR puede rescindir de pleno derecho el Contrato, son los:

34.2.1 Incumplimiento en las obligaciones de pago por más de 30 (treinta) días naturales posteriores a la fecha en que haga exigible la obligación de pago, siempre que en dicha comunicación enviada por escrito a [PEMEX/EPS] el Proveedor haya indicado: (i) que dicho pago no se realizó; y (ii) el importe de dicho pago; y

34.2.2 Por causas imputables a [PEMEX/EPS, no ponga a disposición del PROVEEDOR, en la fecha pactada, el sitio donde deban desarrollarse los servicios; y

34.2.3 Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a cargo de [PEMEX/EPS]; [CUANDO APLIQUE]

34.3 DEFINICIÓN DE RESCISIÓN Para efectos del presente contrato se entenderá como la facultad de las partes para resolver de pleno derecho el presente Contrato, de conformidad con la cláusula [34] del presente instrumento. 34.4 PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN Para efectos de la Rescisión, cualquiera de las partes podrá comunicar por escrito a la otra las razones que tuviere para la Rescisión de pleno derecho del Contrato. La cual surtirá efectos al día hábil siguiente al de su notificación. La resolución de pleno derecho del Contrato, para los efectos del Artículo 376 del Código de Comercio, no liberará a cualquiera de las partes del cumplimiento de cualquier obligación del presente Contrato. Asimismo, en su caso, PEMEX, tendrá el derecho de hacer efectiva cualquier garantía a su favor, con independencia de lo pactado en la presente cláusula. Ante la ocurrencia de un evento de incumplimiento del PROVEEDOR, PEMEX podrá, descontar de los montos que le adeudase al PROVEEDOR por las obligaciones cumplidas antes de la fecha del aviso de Rescisión correspondiente, cualquier monto a favor de PEMEX, incluyendo las Penas Convencionales adeudadas a PEMEX, con independencia de cualquier otro derecho respecto del Contrato. En el caso de Rescisión de este Contrato como resultado de un evento de Incumplimiento del PROVEEDOR, todas las garantías presentadas por el PROVEEDOR continuarán en vigor hasta la satisfacción total de todas las obligaciones del PROVEEDOR por virtud del presente contrato. 35.- COMPROMISO CONTRA LA CORRUPCIÓN

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Las partes manifiestan que durante las negociaciones y para la celebración del presente contrato se han conducido con apego a las disposiciones contenidas en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2012 y en las reglas de conducta para combatir la extorsión y el soborno publicadas por la Cámara de Comercio Internacional, y aceptan que están obligadas a la observancia de las mismas durante toda la vigencia del contrato. Las partes aceptan expresamente que la violación a la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas o a las reglas de conducta para combatir la extorsión y el soborno publicadas por la Cámara de Comercio Internacional implica una causal de Rescisión en términos de la cláusula denominada Rescisión. 36.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, y por la Legislación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo y que genere controversia entre las partes, éstas, no sin antes intentar resolverlo de mutuo acuerdo, se someten a la aplicación de las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales competentes con residencia en la Ciudad de México, por lo tanto, las partes renuncian a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. 37.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LAS PARTES En caso de que exista alguna controversia entre las Partes, cualquiera de éstas podrá solicitar que se tomen las medidas necesarias para que se reúnan los representantes de cada Parte a efecto de intentar resolver la controversia dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la comunicación que solicite el inicio de tal procedimiento de solución de controversias. Si las personas designadas por las Partes no pueden alcanzar un acuerdo satisfactorio para las mismas, o si cualquiera de las Partes se rehúsa a seguir el procedimiento de solución de controversias, la disputa será resuelta de conformidad a lo señalado en la cláusula denominada “LEY APLICABLE Y JURISIDICCIÓN”. Lo dispuesto en el párrafo anterior no resultará aplicable en caso de Terminación por incumplimiento de cualquiera de las Partes, en el entendido de que dicha terminación de las obligaciones establecidas al amparo del presente Contrato es de pleno derecho. 38.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL

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El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. 39.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 40.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA ESTA CLÁUSULA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS CUANDO SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO El PROVEEDOR y los miembros de la sociedad de propósito específico asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante [PEMEX/EPS]. EN CASO DE QUE NO HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO Las personas que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante [PEMEX/EPS]. DESIGNACIÓN DE COMPAÑÍA LÍDER El PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR decida cambiar a la compañía líder, deberán comunicar por escrito al Administrador del Proyecto, su intención de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía líder para opinión de [PEMEX/EPS]. 41.- PROGRAMA DE APOYO A LA COMUNIDAD Y AL MEDIO AMBIENTE (PACMA) EN CONTRATOS EN LOS NO SE UBIQUEN DE INICIO EN LOS SUPUESTOS DEL PACMA En caso de que las partes acuerden la ampliación del monto del presente contrato y con dicha ampliación se ubique en los supuestos de aplicación del Programa de Apoyo a la Comunidad y al Medio Ambiente, el cual forma parte del presente contrato como Anexo PACMA, el (Proveedor) se

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obliga a cumplimiento de las disposiciones, términos y alcances previstos en el Anexo PACMA que forma parte integrante del presente contrato. La aportación que le corresponda en términos del citado Anexo será destinado a programas, obras y/o acciones que contribuyan a obtener la Licencia Social para Operar, aplicándose preferentemente en el área de influencia de los (servicios) o donde (PEMEX) lo determine y que contribuyan al desarrollo humano y a la sustentabilidad ambiental de las comunidades que se encuentren dentro de dicha área. Los ajustes por incumplimiento de los Indicadores Clave de Desempeño que medirán el cumplimiento de las Cédulas asignadas, se calcularán conforme a lo establecido en el Anexo PACMA. El incumplimiento de seis o más veces el mismo ICD durante el plazo del presente contrato será causal de Rescisión. EN CONTRATOS EN LOS QUE DE ORIGEN SE UBIQUEN EN LOS SUPUESTOS DEL PACMA El (Proveedor o Contratista) se obliga a cumplimiento de las disposiciones, términos y alcances previstos en el Anexo PACMA que forma parte integrante del presente contrato. La aportación que le corresponda en términos del citado Anexo será destinado a programas, obras y/o acciones que contribuyan a obtener la Licencia Social para Operar, aplicándose preferentemente en el área de influencia de los (servicios/ trabajos) o en donde PEMEX lo determine y que contribuyan al desarrollo humano y a la sustentabilidad ambiental de las comunidades que se encuentren dentro de dicha área. Los ajustes por incumplimiento de los Indicadores Clave de Desempeño que medirán el cumplimiento de las cedulas asignadas, se calcularán conforme a lo establecido en el Anexo PACMA. En caso de que las partes acuerden ampliaciones al monto del contrato, el Proveedor yo Contratista se obliga a aportar el porcentaje que corresponda en términos del Anexo PACMA respecto del monto ampliado. CAUSALES ADICIONALES DE LA CLÁUSULA DE RESCISIÓN ESTABLECIDA El incumplimiento de seis o más veces en el mismo ICD durante el plazo del presente contrato será causal de Rescisión. 42.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO

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ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN

Y PRODUCCIÓN, PEMEX TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL, PEMEX FERTILIZANTES PEMEX ETILENO, PEMEX

LOGÍSTICA, PEMEX PERFORACIÓN Y SERVICIOS Y PEMEX COGENERACIÓN Y SERVICIOS CUYO MONTO TOTAL

(LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA

SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*. * EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO

MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL

UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ

UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA

EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE

EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE

PROPOSICIONES El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula. La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que [PEMEX/EPS] podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de [PEMEX/EPS], inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de [PEMEX/EPS] la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta

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cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):

a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o

b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la

documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s).

[PEMEX/EPS] no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. [PEMEX/EPS] podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que [PEMEX/EPS] le indique oportunamente. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato y sus anexos, lo firman en [NÚMERO DE EJEMPLARES].

POR [PEMEX/EPS] (Apoderado de la Dirección Corporativa

de Procura y Abastecimiento)

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POR PROVEEDOR

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REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE

LA DIRECCIÓN JURÍDICA DE PETRÓLEOS MEXICANOS

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