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NIIF en la Práctica 2020-2021 NIC 36 Deterioro de activos Incluyendo orientación sobre el impacto de COVID-19

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NIIF en la Práctica 2020-2021

NIC 36 Deterioro de activos Incluyendo orientación sobre el impacto de COVID-19

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 2

INTRODUCCIÓN NIC 36 Deterioro de activos establece requisitos para el deterioro que abarcan una serie de activos (y grupos de activos, llamados "unidades generadoras de efectivo" o UGE). Varios activos están excluidos de su ámbito de aplicación (por ejemplo, instrumentos financieros e inventarios) y, por lo tanto, la NIC 36 es predominantemente aplicable a la propiedad, planta y equipo, los activos intangibles y la plusvalía (goodwill). No obstante, debe señalarse que todos los elementos excluidos efectivamente tienen sus propias pruebas de deterioro equivalentes dentro de las normas pertinentes. Para determinados activos, las pruebas de deterioro deben llevarse a cabo anualmente, independientemente de si se han identificado indicadores de deterioro. Estos activos incluyen:

• Plusvalía (goodwill)

• Activos intangibles con una vida indefinida

• Activos intangibles aún no disponibles para su uso (es decir, «trabajo en curso»)

Para otros activos o unidades generadoras de efectivo, en circunstancias en las que se identifican indicadores de deterioro, es necesario realizar una prueba formal de deterioro. La prueba de deterioro compara el importe en libros del activo o (UGE) con su valor recuperable. El valor recuperable es el mayor de los importes calculados bajo el valor razonable menos el costo de disposición y su valor en uso. La precisión de una prueba de deterioro se verá afectada por el alcance y la subjetividad de las estimaciones, y los juicios con respecto a los datos y parámetros que se utilizan para determinar el monto recuperable. Por lo tanto, la aplicación de los requisitos (a veces complejos) de la NIC 36 debe tenerse en cuenta cuidadosamente. Si bien los requisitos de la NIC 36 no han cambiado significativamente en varios años, el virus por coronavirus ('coronavirus' de

2019 ('coronavirus') o 'COVID-19' ha tenido un impacto significativo en muchas entidades, lo que hace más importante la correcta aplicación de la NIC 36. La edición 2020/2021 de esta publicación se ha actualizado para abordar las necesidades actuales de

información financiera, incluida la Sección 9.8 – Consideraciones especiales - COVID-19.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 3

TABLA DE CONTENIDO

Introducción 5 1. Alcance 5

1.1. Activos y UGE dentro del ámbito de la NIC 36 Deterioro de activos 5

1.2. Exclusiones de alcance 5

2. Unidades generadoras de plusvalía (goodwill) y efectivo – una introducción 6

2.1. Plusvalía (goodwill) - introducción 6

2.2. Unidades generadoras de efectivo - introducción 7

2.3. Reasignación de plusvalía (goodwill) entre UGE – circunstancias limitadas 8 3. Indicadores / Periodicidad de las pruebas de deterioro 12

3.1. Prueba de deterioro obligatorio 12

3.2. Periodicidad de las pruebas de deterioro 12

3.3. Identificación de indicadores de deterioro 13

4. Pruebas de deterioro 16

4.1. Importe en libros 16

4.1.1. Activos directamente atribuibles 17

4.1.2. Asignación de plusvalía (goodwill) a las UGE 17

4.1.3. Activos corporativos 18

4.1.4. Pasivos atribuibles 20

4.1.5. Capital de trabajo neto 21

4.2. Valor recuperable 23

4.3. Valor razonable menos costos de disposición 24

4.4. Valor en uso 26

4.4.1. Flujos de efectivo futuros estimados 28

4.4.2. Tasa de descuento 38

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 4 5. Reconocimiento de deterioro 45

6. Reversión del deterioro 48

7. Revelaciones 50

7.1. Supuestos utilizados 50

7.2. Análisis de sensibilidad 50

7.3. Revelaciones por UGE 51

8. UGE con intereses minoritarios 52

9. Otras consideraciones prácticas 56

9.1. Deterioro de activos (disposición de grupos) mantenidos para la venta de acuerdo con la NIIF 5 56

9.2. Costos de préstamo capitalizados en activos calificados 56

9.3. Las UGE que contienen plantas y equipos que ya no están en uso 56

9.4. Estados financieros intermedios 56

9.5. Reconocimiento de la plusvalía (goodwill) - estados financieros separados 57

9.6. Pérdidas por deterioro de operaciones extranjeras - estados financieros separados 58

9.7. Deterioro del capital contabilizado de los inversionistas 58

9.8. Consideraciones especiales – COVID-19 61

10 definiciones 69

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 5

1. ALCANCE 1.1. Activos y UGE dentro del ámbito de la NIC 36

Deterioro de activos • Los activos y las unidades generadoras de efectivo (UGE)

incluidos en el ámbito de aplicación de la NIC 36 son: • Propiedad, planta y equipo (NIC 16) • Activos intangibles (NIC 38) • Unidades generadoras de efectivo (UGE), incluidas

aquellas a las que se ha asignado la plusvalía (goodwill) derivado de una combinación de negocios (NIIF 3)

• Inmuebles de inversión medidos al costo (NIC 40) • Activos de derecho de uso contabilizados mediante el

modelo del costo (NIIF 16) • - En los Intereses de un inversor en las

siguientes entidades para las que la entidad registra (contabiliza) su participación de acuerdo con el método de participación previsto en la NIC 28(2011): – Asociadas (NIC 28(2011))

– Negocios conjuntos (NIIF 11)

• Los costos para obtener o cumplir un contrato (NIIF 15),

después de que se hayan aplicado los requisitos de deterioro de la NIIF 15.101-103

• Activos biológicos a costo menos amortización y

deterioro (NIC 41.30-33) • - El interés de un inversionista en las siguientes

entidades en sus estados financieros separados (a menos que la entidad haya optado por medirlas de conformidad con la NIIF 9, o la NIC 39 si no se ha adoptado la NIIF 9):

– Subsidiarias (NIIF 10)

– Asociadas (NIC 28(2011))

– Negocios conjuntos (NIIF 11)

1.2. Exclusiones de alcance Activos excluidos del ámbito de aplicación de la NIC 36 Deterioro de activos son (NIC 36.2): • Inventarios (IAS 2) • Activos contractuales (NIIF 15) • Activos fiscales diferidos y corrientes (NIC 12) • Activos derivados de los beneficios a los empleados (NIC 19) • Activos financieros (NIIF 9, o NIC 39 si no se ha adoptado la

NIIF 9, en cuyo caso se aplican diferentes categorías de clasificación de activos financieros)

• Propiedades de inversión medidos a valor razonable (IAS 40)

• Activos biológicos a valor razonable menos costos de venta (NIC 41) • Contratos de seguro (NIIF 4 o NIIF 17) • Activos no corrientes o grupos para disposición clasificados como mantenidos para la venta (NIIF 5).

BDO comment

Todos los elementos excluidos del alcance de la NIC 36 están cubiertos por otras NIIF que contienen requisitos equivalentes a las evaluaciones por deterioro de alguna forma. Por ejemplo, la NIC 2 Inventarios requiere que los inventarios se midan después del reconocimiento inicial al menor entre “el costo y valor neto realizable'. Por lo tanto, no es necesario comprobar el deterioro de los inventarios de conformidad con la NIC 36, ya que la capacidad de recuperación de estos activos ya se ha determinado mediante los requisitos de medición posterior en la NIC 2.

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2. UNIDADES GENERADORAS DE PLUSVALÍA (GOODWILL) Y EFECTIVO – UNA INTRODUCCIÓN

2.1. Plusvalía (goodwill) - introducción Muchas de las complejidades con respecto a las pruebas de deterioro en la práctica se relacionan con la plusvalía (goodwill). Los aspectos clave de la plusvalía (goodwill) son:

• En la fecha de una combinación de negocios, se requiere

que la plusvalía (goodwill) se asigne a las unidades generadoras de efectivo apropiadas (UGE) (las UGE asociadas a la adquirida, y también a las UGE existentes de la adquirente que se espera que se beneficien de las sinergias de la combinación de negocios)

• Tras el reconocimiento inicial: • La plusvalía (goodwill) sólo se reconoce a partir de una

combinación de negocios (contabilizada de acuerdo con la NIIF 3 Combinaciones de negocios)

• Cuando una combinación de negocios se realiza mediante la adquisición de una participación controladora en otra entidad (normalmente la compra del capital social de la adquirida), la plusvalía (goodwill) sólo se reconoce y se presenta en los estados financieros consolidados de la adquirente

• Cuando una combinación de negocios no se realiza

mediante la adquisición de una participación controladora en otra entidad, en lugar de ser a través de la compra de algunas o todas las actividades comerciales y activos netos de la adquirida, la plusvalía (goodwill) se reconoce y se presenta tanto en los estados financieros separados y consolidados de la adquirente (si el adquirente tiene filiales y, además, está obligado a (o elige) preparar estados financieros separados)

- La plusvalía (goodwill) puede reasignarse entre las UGE sólo en circunstancias muy limitadas

- La plusvalía (goodwill) se somete a pruebas de deterioro anual

- Si el deterioro se identifica en una UGE a la que se ha asignado a la plusvalía (goodwill), el deterioro siempre se atribuye primero al valor en libros de la plusvalía (goodwill) antes de que se reduzcan los importes en libros de cualquier otro activo.

• El deterioro de la plusvalía (goodwill) nunca ser reversado • Una vez que el valor en libros de la plusvalía (goodwill) se

ha reducido a cero, cualquier deterioro adicional de la UGE se asigna a los demás activos de la UGE (dentro del ámbito de aplicación de la NIC 36 Deterioro de activos) a prorrata del del importe en libros de cada activo en la UGE o grupo de UGE.

El siguiente diagrama ilustra el "ciclo de vida de la plusvalía (goodwill)”:

Figure 1: ‘Goodwill life-cycle’

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Comentario de BDO

En la práctica, incluso en esta fase inicial, pueden surgir errores que tengan un efecto directo en la cantidad de plusvalía (goodwill) que se reconoce y en las pruebas de deterioro posteriores. Algunos de estos se resumen en la siguiente tabla:

Errores comunes en la práctica

1. La plusvalía (goodwill) se reconoce a partir de una transacción que no es una combinación de negocios.

2. La plusvalía (goodwill) se reconoce en los estados financieros separados/individuales de una entidad cuando la combinación de negocios se realiza mediante la adquisición de una participación controladora en otra entidad.

3. La contabilidad de la combinación de negocios (NIIF 3) no se aplica correctamente, lo que hace que la cantidad de plusvalía (goodwill) calculada sea sobreestimada o subestimada, incluyendo:

• No todos los activos y pasivos que se están

identificando (por ejemplo, no teniendo en cuenta el umbral de reconocimiento más bajo para los intangibles y no reconocimiento de los importes de los pasivos contingentes)

• Valores de activos identificables netos que no se

miden como lo exige la NIIF 3 (a valor razonable – con ciertas excepciones limitadas), lo que puede dar lugar a que el valor inicial en libros de la plusvalía (goodwill) sea reconocido erróneamente, ya que la plusvalía (goodwill) es un valor residual

• El efecto resultante de lo anterior (activos

identificables derivados de una combinación de negocios) con respecto al cálculo de activos/pasivos fiscales diferidos.

• Esto se aplica en particular a los activos intangibles,

tales como las relaciones con los clientes, que se reconocen de conformidad con la NIIF 3, que no son normalmente deducibles de impuestos y, por lo tanto, tienen una base impositiva de cero

• calcular la plusvalía (goodwill) antes de determinar

los saldos de impuestos diferidos (la plusvalía (goodwill) representa el valor residual absoluto en una combinación de negocios)

• falta en actualización de las participaciones

anteriormente mantenidas (en el caso de una adquisición escalonada) y cálculo incorrecto de participaciones no controladoras

• contabilización posterior incorrecta para las consideraciones contingentes (tomar cambios en el importe en libros de la contraprestación contingente de la plusvalía (goodwill) en lugar de ganancias o pérdidas).

4. Asignación de plusvalía (goodwill) a las UGE sin las sinergias derivadas de la combinación de negocios.

5. La no asignación de plusvalía (goodwill) a las UGE

que tengan sinergias derivadas de la combinación de negocios.

2.2. Unidades generadoras de efectivo - introducción Una unidad generadora de efectivo es definida por la NIC 36.6 como: '... el grupo de activos identificable más pequeño que genera entradas de efectivo que son en gran medida independientes de las entradas de efectivo de otros activos o grupos de activos.’ La composición y la naturaleza de las UGE varían de una entidad a otra, y se determina en gran medida por factores específicos de la entidad. En la práctica, las UGE podrían representar: • Una entidad completa (entidades principales o subsidiarias dentro de un grupo). • Departamentos o unidades de negocio dentro de una entidad. • Líneas de producción dentro de un departamento, o dentro de una entidad. • Grupos de artículos de propiedad, planta y equipo dentro de

una línea de producción, dentro de un departamento o dentro de una entidad.

Plusvalía (goodwill) que es asignable a las UGE individuales A los efectos de la asignación de la plusvalía (goodwill), las

UGE a las que se asignará la plusvalía (goodwill) deben (NIC

36.80): a) Representar el nivel más bajo dentro de la entidad en la que se monitorea la plusvalía (goodwill) con fines de gestión interna, y b) No puede ser más grande que un segmento operativo, tal

como se define en el párrafo 5 de la NIIF 8 Segmentos Operativos antes de la agregación.

Esto significa que la plusvalía (goodwill) se asigna por separado a las UGE que no son mayores que los segmentos operativos individuales antes de que cualquier segmento operativo se considere para su agregación las revelaciones de segmentos (dicha agregación está permitida por la NIIF 8.12).

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Es importante señalar que, aunque una entidad puede estar fuera del ámbito de aplicación de la NIIF 8 (por ejemplo, porque no cotiza en un mercado público), las referencias a los segmentos operativos definidos en la NIIF 8.5 siguen aplicándose a los efectos de la aplicación de la NIC 36. Plusvalía (goodwill) que no es asignable a las UGE individuales La plusvalía (goodwill) también puede referirse a múltiples UGE, y asignarse no solo a a las UGE individuales, sino también a grupos de UGE. Por lo tanto, si bien la plusvalía (goodwill) se refiere a determinadas UGE, el valor en libros de la plusvalía (goodwill) no se asigna (es decir, se divide) a esas UGE para determinar su valor en libros (NIC 36.81). El efecto práctico de esto es que el valor en libros de las UGE (que excluyen la plusvalía (goodwill) en este caso) se someterá a una prueba de deterioro en primer lugar, y se reconocerá cualquier pérdida por deterioro para esa unidad o unidades (NIC 36.98). Posteriormente, se prueba el grupo de UGE y el importe en libros de la plusvalía (goodwill) se incluye en ese grupo de UGE. Por lo tanto, en los casos en que la plusvalía (goodwill) no se asigne a las UGE individuales, el valor en libros de las UGE excluyendo la plusvalía (goodwill) se verá afectado primero antes de la plusvalía (goodwill), que es el orden opuesto en comparación con las UGE a las que se ha asignado la plusvalía

(goodwill).

Comentario de BDO

La identificación de las UGE de una entidad o grupo no está vinculada a la estructura jurídica y con frecuencia será diferente. Aunque es posible que las UGE que se requieran para ser identificadas con fines contables sean similares a la estructura legal de una entidad o grupo (por ejemplo, un grupo con cuatro filiales, cada una de las cuales está determinada para representar una UGE), esto a menudo no será el caso. Con el propósito de identificar si las UGE se han identificado en un nivel en el que ninguna es mayor que un segmento operativo, la NIIF 8.5 define un segmento operativo como un componente de una entidad: • Que participa en actividades comerciales que generan

ingresos e incurren en gastos (incluidas las actividades comerciales con otros componentes dentro de la misma entidad).

• Cuyos resultados operativos son revisados regularmente por el líder tomador de decisiones operativas (CODM por sus siglas en inglés Chief Operating Decision Maker)) sobre los recursos que se asignan al segmento y evaluar su desempeño.

• para los que se dispone de información financiera confidencial.

Nota: el CODM no tiene que ser una sola persona. El CODM podría representar a un grupo de personas (como el Consejo de Administración de una empresa o los Administradores de una organización benéfica).

En la mayoría de los casos, siempre que la UGE represente el nivel más bajo dentro de la entidad en la que se supervisa la plusvalía (goodwill) con fines de gestión interna (NIC 36.80(a)), deben cumplirse los tres requisitos establecidos anteriormente. En la práctica, la excesiva agregación (agrupación) de las UGE en la medida en que los grupos son más grandes que los segmentos operativos de una entidad es un error común cometido por las entidades. Ejemplo: Una entidad matriz considera que una filial determinada

representa una única UGE. Sin embargo, la entidad matriz no

ha tenido en cuenta que la filial tiene tres departamentos/unidades de negocio independientes y

distintas para los que se presenta información financiera

desagregada en los informes de gestión interno que el CODM proporciona y revisa.

Por lo tanto, la entidad matriz se equivoca en su análisis que la filial representa una única UGE, ya que de hecho su filial tiene

(al menos) tres UGE, siendo las tres dependencias/unidades

de negocio separadas y distintas. En la práctica, cuando una entidad matriz determina inicialmente que una filial representa una única UGE, la entidad matriz debe asegurarse de que esta conclusión sea coherente con los informes de gestión internos que se presentan al CODM. 2.3. Reasignación de plusvalía (goodwill) entre UGE – circunstancias limitadas La NIC 36 permite la reasignación de la plusvalía (goodwill) entre las UGE después de su reconocimiento inicial y asignación a las UGE en sólo tres circunstancias limitadas, como se establece a continuación. (i) La asignación de plusvalía (goodwill) no se ha finalizado en la fecha de presentación. La NIC 36 anticipa circunstancias en las que una entidad finaliza una combinación de negocios poco antes de su fecha de presentación de informes y no ha finalizado las asignaciones contables y a la plusvalía (goodwill) (debido a limitaciones prácticas) antes de que se requiera autorizar sus estados financieros. Para hacer frente a esta situación, la NIC 36.84 permite a una entidad finalizar su distribución de plusvalía (goodwill) a más tardar al final del período anual que comience después de la fecha de adquisición, y se revelará el importe no asignado de la plusvalía (goodwill) calculado provisionalmente en el período actual.

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(ii) Una operación con plusvalía (goodwill) atribuible dentro de un UGE se elimina La NIC 36.86 requiere que una entidad incluya una parte de la plusvalía (goodwill) de una UGE en el importe en libros de una operación que se haya eliminado (dispuesto / vendido) al calcular la ganancia/pérdida a la venta. Dicha asignación se realiza sobre la base de los valores relativos de la operación eliminada) y de la parte de la UGE retenida, a menos que algún otro método refleje mejor la plusvalía (goodwill) asociada con la operación eliminada.

Comentario de BDO La NIC 36 no define ni amplía sobre valores relativos. En la práctica, se toma en el sentido que una técnica de valoración debe aplicarse de manera consistente a todos los UGE, y por lo tanto se utiliza como medida a menudo el valor razonable o valor recuperable. El siguiente ejemplo toma el valor recuperable de las UGE antiguas y nuevas como aproximación a sus valores relativos.

Ejemplo

Asuma que una operación dentro de un UGE se elimina para la UE10m, y el valor recuperable de la UGE que permanece después de la disposición se valora en UE30m. Por lo tanto, la entidad ha eliminado el 25% del valor recuperable de la UGE. Por lo tanto, el 25 % de la plusvalía (goodwill) dentro de la UGE tendría que asignarse al importe en libros de la operación eliminada (suponiendo que no otro método refleja mejor la plusvalía (goodwill) asociada con la operación eliminada). Esta proporción de plusvalía (goodwill) se daría de baja e incluiría en la determinación de la ganancia o pérdida de la eliminación de esta operación. (iii) La entidad reorganiza su estructura Puede haber casos en los que una entidad reorganice su estructura de tal manera que se modifique la composición de las UGE a las que se ha asignado previamente la plusvalía (goodwill). La NIC 36.87 requiere que una entidad que emprende tal reestructuración distribuya la plusvalía (goodwill) sobre la base de valores relativos (a menos que se pueda demostrar que otro método refleja mejor la plusvalía (goodwill) asociado con las unidades reorganizadas).

Ejemplo

Supongamos que una entidad está estructurada de la siguiente manera:

Cada UGE representa una operación que produce y vende un producto específico. Supongamos que la entidad reorganiza sus tres UGE existentes (A, B y C) en tres nuevas UGE (D, E y F). Las nuevas UGE representan componentes de una nueva estructura integrada verticalmente (por ejemplo, UGE D lleva a cabo todas las actividades de fabricación de los productos), que la entidad considera más eficiente y rentable. La siguiente tabla establece el efecto en la asignación de valor recuperable de la entidad por UGE. Es decir, muestra cómo se han asignado los valores recuperables de cada una de las UGE antiguas en función de los activos y pasivos que se han reestructurado en las nuevas UGE.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 10

La reasignación de la UE6.0m de plusvalía (goodwill) se calcularía de la siguiente manera (determinada sobre una asignación basada en los valores relativos de los valores recuperables de las UGE nuevas y antiguas) La fórmula para dividir la plusvalía (goodwill) asignada a una antigua UGE entre cada una de las tres nuevas UGE se detalla a continuación

GWCGU New

= GWCGU Old

x [ RAAllocated to CGU New

/ RACGU Old

]

GW = Goodwill RA = Recoverable Amount

New CGUs

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 11

Common errors in practice

1.Existe una reasignación de la plusvalía (goodwill) por razones distintas de las tres circunstancias permitidas expuestas anteriormente (por ejemplo, reorganizaciones de la estructura jurídica sin sustancia económica).

2.Una parte de la plusvalía (goodwill) de una UGE no está incluida en el importe en libros de una operación que se ha eliminado.

3.Tras una reorganización, una entidad no reasigna correctamente su plusvalía (goodwill):

• No se utiliza una base adecuada (no basada en

valores relativos)

• La plusvalía (goodwill) se asigna a las UGE nuevas que no tienen ninguna sinergia derivada de la combinación de negocios original

• La plusvalía (goodwill) no se asigna a las UGE recién creadas que tienen sinergias derivadas de la combinación de negocios original.

4.La plusvalía (goodwill) se reasigna sobre una base específica cuando este enfoque no puede justificarse.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 12

3. INDICADORES / PERIODICIDAD DE LAS PRUEBAS DE DETERIORO

3.1. Prueba de deterioro obligatorio Los siguientes activos deben ser evaluados anualmente para detectar deterioros (NIC 36 Deterioro de activos párrafo 10): • Plusvalía (goodwill) (unidad generadora de efectivo (UGE) o

grupo de UGE al que se ha asignado la plusvalía (goodwill) – ver sección 2).

• Activos intangibles con una vida útil indefinida. • Activos intangibles aún no disponibles para su uso. Esto significa que estos activos se prueban para detectar deterioro cada año, independientemente de si hay indicios de deterioro. Con respecto a las dos categorías de activos intangibles mencionadas anteriormente, la NIC 36.11 señala que se requiere una prueba anual, ya que existe una mayor incertidumbre con respecto a la capacidad de estos activos para generar suficientes beneficios económicos futuros para recuperar sus importes en libros. 3.2. Periodicidad de las pruebas de deterioro El momento de las pruebas de deterioro de la plusvalía (goodwill) y de las dos clases de activos intangibles no tiene por qué ser al final del ejercicio. Esto permite que las pruebas de deterioro se lleven a cabo en una época diferente del año considerando los recursos internos disponibles. Sin embargo, una entidad también está obligada a revisar la plusvalía (goodwill) por deterioro y llevar a cabo una prueba adicional de deterioro en la fecha de su informe (incluso si ya realizó una prueba anual de deterioro durante el período), cuando exista algún indicador de deterioro en la fecha de dicho informe (NIC 36.9). Por lo tanto, podría exigirse a una entidad que prepara estados financieros intermedios a realizar múltiples pruebas de deterioro dentro del mismo período anual si existen indicadores de deterioro a las diferentes fechas de presentación de informes.

• Plusvalía (goodwill) (es decir, la unidad generadora de efectivo (UGE) a la que se ha asignado la plusvalía (goodwill)).

• Activos intangibles con una vida útil indefinida.

• Activos intangibles aún no disponibles para su uso. Periodicidad de la prueba de deterioro: Debe ser probado anualmente, y también en cualquier fecha de reporte cuando los indicadores de deterioro están presentes. La prueba anual obligatoria de deterioro puede ser en cualquier momento durante un período anual, siempre que la prueba se realice en la misma época del año. No hay ningún requisito para que una entidad realice la prueba a todos los activos al mismo tiempo (incluidos los UGE individuales). Los activos de esta categoría que se reconozcan inicialmente durante el período anual actual deberán someterse a pruebas de deterioro antes o al final del período anual actual. Si se prueba el deterioro antes del final del período del reporte, se requiere una prueba adicional si hay indicadores de deterioro en la fecha del reporte.

• Todos los demás activos no financieros (dentro del ámbito de aplicación de la NIC 36)

Tiempo de la prueba de deterioro: Se requiere que se le realice una prueba de deterioro en cualquier fecha de reporte cuando los indicadores de deterioro estén presentes. Figura 2: Diferencias en el momento de las pruebas de deterioro

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 13 Errores comunes en la práctica BDO Comment

1. Las pruebas de deterioro no se llevan a cabo cuando lo requiere la NIC 36:

• Plusvalía (goodwill), activos intangibles con una

vida útil indefinida y activos intangibles aún no disponibles para su uso (anualmente al mismo tiempo todos los años).

• Todos los activos, incluido la plusvalía (goodwill) y

los intangibles identificados anteriormente (en cualquier fecha de reporte en la que exista un indicador de deterioro).

2. No considerar la existencia de indicadores de

deterioro de la plusvalía (goodwill) en la fecha de reporte cuando ya se ha llevado a cabo una prueba anual de deterioro durante el período que abarca el informe.

3. No realizar una prueba de deterioro en la fecha de

reporte para la plusvalía (goodwill), activos intangibles con una vida útil indefinida, o activos intangibles aún no disponibles o uso, que fueron reconocidos por primera vez durante el período anual actual.

3.3. Identificación de indicadores de deterioro La NIC 36 requiere que una entidad tenga en cuenta los siguientes indicadores internos y externos al evaluar si existen indicadores de deterioro: (i) Indicadores externos Los indicadores externos de deterioro incluyen (NIC 36.12(a)-(d)): • Una disminución significativa y más que inesperada en el

valor de mercado de la entidad (o UGE) • Un efecto adverso en el entorno tecnológico, de mercado,

económico o jurídico en el que opera la entidad, tales como:

– Aumentos de los gravámenes – La entrada de un competidor importante en el mercado – Un cambio en la demanda del consumidor al que la entidad no puede responder.

• Aumentos de las tasas de interés, cambios en los tipos

de cambio y/o los precios de las materias primas. • El importe en libros de los activos netos de la entidad es

superior a su capitalización de mercado.

Los indicadores externos deben basarse en las condiciones que existían al final del período del reporte, o de lo contrario resultan en eventos no ajustados después del período del reporte (NIC 10.3). Por ejemplo, si la planta de fabricación de una entidad fue destruida por un huracán 15 días después del final de un período de reporte, entonces los activos pertinentes (por ejemplo, bienes, plantas y equipos, etc.) no se ven afectados por los daños causados por el huracán, ya que su destrucción no se refiere a las condiciones al final del período que abarca el informe. La entidad proporcionaría revelaciones según lo requerido por la NIC 10. En algunos casos, puede ser difícil determinar si un indicador de deterioro que se conoce después del final de un período de presentación de informes se refiere a las condiciones que existían al final del período del reporte. En general, cuanto más corto sea el período de tiempo entre el final del período del reporte y el que se conozca el indicador de deterioro, mayor será la probabilidad de que el indicador se relacione con las condiciones que existían al final del período del reporte. Por ejemplo, considere una entidad que había capitalizado activos intangibles generados internamente significativamente relacionados con tecnología desarrollada. El producto relacionado con la tecnología se lanzó un mes después del final del período del reporte, con resultados significativamente por debajo de las previsiones junto con reacciones negativas de los analistas y la prensa. A pesar del lanzamiento del producto después del fin del año y de los propios resultados deficientes que se producen después del final del período del reporte, dado el corto período de tiempo (es decir, un mes), es probable que los indicadores de deterioro sean indicativos de las condiciones presentes al final del período del reporte. Es decir, es probable que el activo intangible capitalizado no fuera capaz de generar flujos de efectivo suficientes al final del período. Por lo tanto, sería necesario realizar una prueba de deterioro de los activos intangibles capitalizados. Para más información sobre la interacción entre la NIC 36 y la NIC 10 en el contexto de COVID-19, véase la sección 9.8 de esta publicación.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 14

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) ha señalado previamente en un informe público que es escéptico cuando una entidad afirma que ha determinado que no existe deterioro cuando su valor bursátil es inferior al importe en libros de sus instrumentos de capital cotizados en bolsa. El valor bursátil de una entidad representa una fuerte prueba externa del valor que los participantes en el mercado colocan sobre una entidad y, por lo tanto, de su valor razonable. Por consiguiente, una entidad tendría que ser capaz de afirmar que su valor en uso excede su valor razonable para evitar registrar un deterioro. (ii) Indicadores internos Los indicadores internos de deterioro incluyen (NIC 36.12(e)-(g) y 14): • Evidencia de obsolescencia o daño físico • Cambios en la forma en que se utiliza un activo o se espera

que se utilice, como: – Un activo que se vuelve inactivo

– Planes para descontinuar r o reestructurar la operación

a la que pertenece un activo

– Planes para dar de baja a un activo antes de la fecha previamente esperada

– Una reevaluación de la vida económica útil de un

activo de vida útil definida en lugar de indefinida. • Evidencia de informes internos de que el rendimiento

económico de un activo es, o será, peor de lo esperado, como: – Los flujos de efectivo para adquirir el activo, o las

necesidades de efectivo siguientes para operarlo o mantenerlo, son significativamente más altos que los presupuestados inicialmente.

– Los flujos de efectivo netos o ganancias o pérdidas

operativas actuales derivadas del activo son significativamente peores que las presupuestadas.

– Hay una disminución significativa de los flujos netos de

efectivo presupuestados o del beneficio operativo que se espera que genere el activo.

– Se esperan pérdidas operativas o salidas netas de efectivo

para el activo, cuando los importes del período actual se agregan con importes presupuestados para el futuro.

• Un aumento en el costo del capital (tenga en cuenta que

esto también puede ser causado por factores externos) • Cambios en el modelo de negocio de la entidad y/o planes

para reestructurar/interrumpir las operaciones • Suspensión o aplazamientos de inversiones de capital

previamente comprometidas.

(iii) Indicadores de dividendos recibidos de una filial, negocio conjunto o asociada (en lo que respecta a la “inversión”) Existe un indicador de deterioro cuando un inversor reconoce un dividendo de su participación y hay pruebas disponibles de que cualquiera de las dos (NIC 36.12(h)): El importe en libros de la participada en los estados financieros separados del inversor excede el importe en libros en los estados financieros consolidados de los activos netos de la participada, incluida la plusvalía (goodwill) asociada, o El dividendo de la empresa participad supera los ingresos globales totales de la participada en el período en que se declara el dividendo.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 15

(iv) Materialidad y cálculos anteriores La NIC 36.15 hace hincapié en que el concepto de materialidad también se aplica a las pruebas de deterioro de activos que sólo están sujetos a pruebas de deterioro cuando surgen indicadores. Por ejemplo, si los cálculos anteriores muestran que el valor recuperable de un activo es significativamente mayor que su importe en libros (comúnmente denominado 'headroom'), la entidad no necesita volver a estimar el valor recuperable del activo si no se han producido eventos que eliminen esa diferencia. Sin embargo, esto no se aplica a los activos enumerados en la sección 3.1. arriba, ya que están obligados a ser examinados para detectar el deterioro anualmente, independientemente de si existen indicadores de deterioro: • Plusvalía (goodwill) (es decir, la unidad generadora de

efectivo (UGE) o el grupo de UGE a las que se ha asignado la plusvalía (goodwill)– ver sección 2).

• Activos intangibles con una vida útil indefinida. • Activos intangibles aún no disponibles para su uso. Cabe señalar también que, al llevar a cabo la prueba de deterioro del período actual para una UGE (o grupo de UGE) que contiene la plusvalía (goodwill), la NIC 36,99 permite el uso del valor recuperable que se determinó en el cálculo detallado más reciente en el período anterior, si, y sólo si, se cumplen todos los criterios siguientes:

i. No ha habido ningún cambio significativo en los activos y

pasivos que componen la UGE desde el cálculo más reciente del valor recuperable.

ii. El cálculo más reciente del valor recuperable dio lugar

a un importe que excedió el importe en libros del activo por un margen sustancial.

iii. La probabilidad de que la determinación actual del valor

recuperable sea menor que el importe en libros actual de la unidad (después de considerar todos los hechos, circunstancias y eventos desde el más reciente cálculo del valor recuperable) es remota.

(v) Eventos después de la fecha de presentación del reporte contable Las entidades también deben evaluar si los acontecimientos posteriores a su fecha de presentación de reportes proporcionan algún indicador que las UGE (activos) pueden haberse visto afectadas en la fecha del reporte.

Errores comunes en la práctica

1. Evaluación incorrecta de los indicadores internos y externos del deterioro (es decir, no identificar indicadores cuando en realidad están presentes).

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 16

4. PRUEBAS DE DETERIORO La prueba de deterioro requerida por la NIC 36 Deterioro de activos compara el importe en libros de un activo (o unidad generadora de efectivo (UGE)) (ver sección 4.1) con su valor recuperable (ver sección 4.2). El valor recuperable de un activo (o UGE) se determina como el mayor entre: • El valor razonable menos los costos de disposición (ver

sección 4.3) del activo (o UGE) • El valor en uso (ver sección 4.4) del activo (o UGE). Se reconoce un deterioro cuando el valor recuperable de un activo (UGE) es inferior al importe en libros del activo (UGE). No es necesario realizar ningún ajuste cuando el valor recuperable calculado es superior al importe en libros del activo (o de la UGE), a menos que se haya reconocido una pérdida por deterioro en períodos anteriores y existan indicios que la pérdida por deterioro puede dejar de existir o puede haber disminuido y se cumplen los requisitos para revertir o revertir parcialmente el deterioro (véase la sección 6).

4.1. Importe en libros La NIC 36.6 define el importe en libros de un activo o UGE como: '... el importe al que se reconoce un activo tras deducir

cualquier depreciación acumulada (amortización) y pérdidas

por deterioro acumuladas en el mismo.’ La identificación del importe en libros para un activo individual (es decir, un elemento de propiedad, planta y equipo) suele ser sencilla. Sin embargo, la NIC 36 requiere que un artículo evaluado para el deterioro debe generar entradas de efectivo que son en gran medida independientes de otros activos. Para muchos activos individuales, es poco probable que esto sea el caso (por ejemplo, una sola pieza de maquinaria en una fábrica no generaría entradas de efectivo que son independientes de los flujos de efectivo de otros activos en el negocio). del activo (o UGE). Por lo tanto, en la mayoría de los casos, la NIC 36 exige que los activos individuales (incluido la plusvalía (goodwill) se agrupen en unidades generadoras de efectivo (UGE). Las UGE se definen como: «el grupo de activos identificable más pequeño que genera

entradas de efectivo que son en gran medida independientes

de las entradas de efectivo de otros activos o grupos de

activos». En consecuencia, la determinación del importe en libros de una UGE requiere la consideración de más factores de los que se aplicarían a un activo individual. La NIC 36,75 exige que el importe en libros de una UGE se determine sobre la base de la determinación del valor recuperable

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 17 La figura 4 a continuación ilustra cómo se calcula el importe en libros de una UGE (cada uno de los elementos se discute con más detalle a continuación):

4.1.1. Activos directamente atribuibles Los activos se asignan a una UGE si: • Pueden atribuirse directamente a la UGE, o • Pueden asignarse a la UGE sobre una base razonable y

coherente. En la práctica, no siempre se trata de un proceso sencillo para ítems como la plusvalía (goodwill) y los activos corporativos (consulte 4.1.2. y 4.1.3.). Es aceptable incluir flujos de efectivo que resulten de activos excluidos de la NIC 36 si estos activos forman parte del capital de trabajo (ver sección 4.1.5). Sin embargo, otros activos financieros están excluidos del ámbito de aplicación de la NIC 36 y el deterioro se trata de conformidad con los requisitos de la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Algunos ejemplos de tales saldos son: • Créditos intercompañías. • Anticipos realizados a partes relacionadas (y o a terceros). • Inversiones medidas a costo amortizado o valor razonable a

través de otros resultados integrales (como inversiones en bonos del estado (públicos o de gobierno) o corporativos no mantenidos para la negociación).

Errores comunes en la práctica

1. Asignación incorrecta de activos directamente atribuibles a una UGE: Activos omitidos. Activos asignados sobre una base irrazonable y/o inconsistente. Los activos incluidos y que producen flujos de efectivo en gran medida de forma independiente de la UGE y que no tienen ninguna razón práctica para ser asignados a la UGE.

4.1.2. Asignación de la plusvalía (goodwill) a las UGE La NIC 36 exige que la plusvalía (goodwill) se asigne al nivel más bajo en el que se monitorea internamente. Una UGE tampoco debe ser mayor que un segmento operativo1 antes de aplicar criterios de agregación (según se define en la NIIF 8 Segmentos operativos). Esto vincula con el requisito de la NIIF 8 de que los segmentos operativos se identifican sobre la base de la información financiera proporcionada internamente al Jefe de Decisiones Operativas (CODM). Esto significa que la plusvalía (goodwill) se asigna por separado a segmentos operativos individuales (UGE) antes de que los segmentos operativos se agreguen juntos en segmentos reportables (dicha agregación está permitida por la NIIF 8.12). Es importante señalar que, aunque una entidad pueda estar fuera del ámbito de aplicación de la NIIF 8, todavía es necesario aplicar y remitirse a la NIIF 8 a los efectos de las pruebas de deterioro que deben llevarse a cabo de conformidad con la NIC 36. (i) Plusvalía (goodwill) determinado sobre la participación proporcional de los activos netos La NIIF 3 Combinaciones de negocios permite dos métodos para determinar el valor en libros inicial del interés no controlador, que afecta al valor en libros inicial de la plusvalía (goodwill): • Valor razonable (incluida cualquier plusvalía (goodwill)

atribuible a intereses no controladores) • El exceso de la contraprestación de compra sobre la parte

proporcional de los activos netos del inversor.

Una entidad que opte por determinar el valor en libros inicial de la plusvalía (goodwill) como el exceso de contraprestación de compra sobre la parte proporcional de los activos netos del inversor debe incrementar el valor de la plusvalía (goodwill) para reflejar el 100% de la participada (lo que significa que la plusvalía (goodwill) atribuible a intereses no controladores está incluida en el importe en libros). Esto es lógico, ya que da como resultado que el 100% de las entradas netas de efectivo se comparan con el 100% de los activos netos en cada UGE.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 18

(ii) Plusvalía (goodwill) no asignada La plusvalía (goodwill) debe asignarse inicialmente a las unidades generadoras de efectivo apropiadas, a menos que no sea práctico hacerlo al final del período del reporte durante el cual se haya celebrado una adquisición que dio lugar a la plusvalía (goodwill) (véase la sección 2.3). Cuando la plusvalía (goodwill) se refiere a una UGE, pero no se ha asignado a esa UGE, la UGE se somete a pruebas de deterioro siempre que exista un indicador de deterioro (NIC 36.88).

Errores comunes en la práctica

1. Asignación inexacta de plusvalía (goodwill) a las UGE tras una combinación de negocios

• La plusvalía (goodwill) puede asignarse a las UGE

de forma arbitraria o no puede atribuirse en absoluto a las UGE.

2. Determinación incorrecta de las UGE y/o

segmentos operativos de una entidad:

• En la práctica, se requiere atención para garantizar que las UGE de una entidad no sean demasiado grandes (es decir, que estén adecuadamente desagregadas y no sean mayores que los segmentos operativos identificados a los efectos de la presentación de informes internos).

4.1.3. Activos corporativos Los activos corporativos son (NIC 36.6): ‘'... activos distintos de la plusvalía (goodwill) que contribuyen a los flujos de efectivo futuros tanto de la unidad generadora de efectivo objeto de examen como de otras unidades generadoras de efectivo.’ En la práctica, los activos corporativos normalmente comprenden los activos de una entidad que no generan por sí mismos entradas de efectivo independientes, sino que actúan para "apoyar" las otras UGE de la entidad (que representan activos que generan entradas de efectivo independientes). No existe una orientación específica que establezca qué activos corporativos se incluyen y excluyen, ya que la naturaleza y la forma de los activos corporativos difieren entre entidades en función de una serie de factores, incluida la propia estructura de una entidad. Ejemplos comunes incluirían muchos activos que se verían

como activos "grupo" o "divisiones", tales como: • El edificio que alberga la sede de una entidad o división. • Infraestructura de TI. • Centros de investigación.

Los activos corporativos se asignan normalmente a las UGE sobre una base razonable y coherente para efectos de las pruebas de deterioro (NIC 36.102(a)).

Comentario de BDO

Por lo general, la asignación basada en los valores relativos de las UGE puede considerarse razonable y coherente. Sin embargo, cuando existen diferencias significativas en la vida útil restante de las UGE, puede ser necesario incorporar algún tipo de "ponderación" para asegurar que la asignación refleje de mejor manera la realidad de las operaciones de la entidad.

Ejemplo

• La Entidad A opera desde una única sede centralizada • El importe en libros de la única sede centralizada es de

1.000 UE • La Entidad A ha identificado que tiene 2 UGE (X e Y, como se

establece a continuación):

Debido a que hay una diferencia significativa en el resto de la vida operativa de UGEX y UGEY, la entidad incorpora «ponderación» en función de los importes relativos. Uso de UGEX como la ponderación de referencia de 1.0, las ponderaciones serían las siguientes:

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 19 La asignación del activo corporativo UE1.000 se determinaría a continuación sobre la base del importe relativo ponderado de la siguiente manera

En circunstancias en las que una entidad determina que la asignación de activos corporativos no puede realizarse de forma razonable y coherente, los activos corporativos quedan excluidos del importe en libros de un UGE. Sin embargo, en tales casos, la entidad es requerida a (NIC 36.102(b)): 1. Realizar pruebas de deterioro a todas las UGE sin

asignación de activos corporativos y reconocer cualquier deterioro

2. Agregar las UGE al nivel más bajo en el que se pueden asignar los activos corporativos y asigne activos corporativos a ese nivel

3. Probar el grupo agregado (o grupos) de UGE, en su conjunto, para detectar deterioros y, si existe deterioro, asigne la pérdida por deterioro prorrateada a todos los activos del grupo agregado de la UGE (incluidos los activos corporativos).

La NIC 36 señala que los activos corporativos no pueden ser probados individualmente para deterioro, porque no generan flujos de efectivo separados y por lo tanto sus importes recuperables individuales no pueden ser determinados a menos que la administración haya decidido deshacerse del activo. En este caso, el valor razonable puede estimarse menos los costos de disposición para los activos corporativos.

Esperamos que sólo en casos raros no sea posible asignar activos corporativos sobre una base razonable y coherente, y existe un obstáculo relativamente alto para las entidades que hacen tales afirmaciones. En la práctica, una asignación basada en los valores relativos (recuperables) (ponderados) suele ser un enfoque sencillo. Una entidad todavía debe evaluar los activos corporativos (dentro del ámbito de aplicación de la NIC 36) individualmente para los indicadores de deterioro, especialmente si son individualmente materiales. En los casos en que existan indicadores de deterioro, se requeriría una prueba de deterioro individual de conformidad con la NIC 36 o las NIIF aplicables si se aplica fuera de la NIC 36. Cuando una entidad asigna activos corporativos a una UGE, debe asegurarse de que el flujo de efectivo futuro estimado relacionado con esos activos corporativos se utilice para determinar el valor en uso de la UGE (consulte la sección 4.4.1.).

Errores comunes en la práctica

1. Asignación incorrecta de activos corporativos a una UGE:

• Activos corporativos omitidos • Activos corporativos asignados sobre una base irrazonable y/o inconsistente • Activos corporativos no asignados a las UGE por la entidad sobre la base que:

– Los activos corporativos en sí no están deteriorados de forma individual

– La asignación no puede hacerse sobre una base razonable y coherente, cuando en realidad puede hacerse.

2. Los activos corporativos que la entidad no ha asignado correctamente a las UGE individuales (es decir, porque esto no

se puede hacer de manera razonable y coherente) no se asignan posteriormente a un nivel de UGE agregada y se prueban por deterioro.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 20

4.1.4. Pasivos atribuibles Los pasivos son solamente incluidos en el importe en libros de una UGE cuando el valor recuperable de una UGE no puede determinarse sin tener en cuenta el pasivo. En la práctica, esto sería el caso si, por ejemplo, un posible comprador de una UGE estuviera obligado a asumir la responsabilidad. Este puede ser el caso en ciertas circunstancias a ítems incluyendo cuentas por pagar, pensiones, arrendamientos y otras provisiones.

Comentario BDO

Es importante señalar que los pasivos relacionados con las actividades de financiación de la UGE (es decir, la deuda con intereses) son Excluidos del importe en libros de la UGE. Esto se debe a que los flujos de efectivo de tales actividades (es decir, los intereses) se excluyen específicamente de los cálculos de valor en uso (esto se debe a que el efecto de las actividades de financiación se incluye para determinar la tasa de descuento - consulte la sección 4.4.1. para su análisis más detallado). Cuando los pasivos se atribuyen al importe en libros de una UGE, la entidad debe ajustar los flujos de efectivo de estos pasivos para determinar el valor en uso de la UGE (por ejemplo, la inclusión de salidas de efectivo de acreedores que posteriormente se han liquidado). Esto da lugar a un menor importe neto recuperable de activos que se prueban por deterioro en relación con los (menores) flujos de efectivo netos relacionados con esos activos netos (es decir, debido a las salidas de efectivo asociadas con la liquidación del pasivo asignado). Debido a discusiones de cómo afectan al cálculo del deterioro los pasivos de arrendamiento de activos relacionados y de UGE (es decir, activos de derecho a uso y UGE que contienen activos de derecho de uso), véanse las secciones 4.1.4(ii) y 4.4.1(i) abajo. (i) Pasivos por impuestos diferidos Los pasivos significativos por impuestos diferidos pueden reconocerse en activos intangibles identificables por separado (y otros activos, como las propiedades de inversión) en una combinación de negocios. En consecuencia, estos pasivos por impuestos diferidos aumentan el importe de la plusvalía (goodwill) reconocida (es decir, reducen los activos netos identificables asumidos). Los requisitos generales de la NIC 36 exigen que las pruebas de deterioro se lleven a cabo antes de impuestos (es decir, excluyendo los efectos fiscales). Sin embargo, si se excluyera el pasivo por impuesto diferido sobre los activos individuales dentro de una UGE, habría (matemáticamente) un deterioro inmediato de la plusvalía (goodwill) asignada a esa UGE, ya que el importe en libros de la UGE aumenta inmediatamente.

En consecuencia, en la práctica, los pasivos por impuestos diferidos a menudo se incluyen en el importe en libros de la UGE relacionada, lo que significa que no hay de forma inmediata una pérdida por deterioro. (ii) Arrendamientos Las UGE pueden incluir activos con derecho a uso que surgen de arrendamientos dentro del alcance de la NIIF 16. En el caso de determinar el valor razonable de dicha UGE menos los costos de disposición, en muchos casos será necesario incluir el importe en libros del pasivo por arrendamiento. Esto se debe a que muchos arrendamientos requerirían que, tras la disposición de una UGE que contenga un contrato de arrendamiento, el adquirente de la UGE adquirirá el arrendamiento, que incluye el activo reconocido del derecho a uso y el pasivo por arrendamiento. Para realizar una comparación adecuada entre el importe en libros de la UGE y su valor recuperable, el importe en libros del pasivo se deduce para determinar tanto el valor en uso de la UGE como su importe en libros. Para determinar el valor en uso de un UGE que contenga los derechos de uso de los activos (ROU por sus siglas en inglés, Right Of Use): • Los pagos de arrendamiento incluidos en el

reconocimiento del pasivo por arrendamiento (por ejemplo, los pagos de arrendamiento fijos) se excluyen en el cálculo del valor en uso de la UGE, sin embargo, el pasivo de arrendamiento reconocido se deduce del valor en uso y el importe en libros de la UGE. Esto se debe a que el valor recuperable es el mayor de valor razonable menos los costos de disposición y valor en uso. Si el valor en libros del pasivo por arrendamiento se incluye en la determinación del valor razonable menos los costos de disposición, deberá deducirse del mismo modo del valor en uso y el importe en libros de la UGE. Consulte la sección 4.4.1(i) para ver un ejemplo trabajado de esto.

• Los pagos de arrendamiento que se excluyen del reconocimiento del pasivo de arrendamiento (por ejemplo, los pagos de arrendamiento variable no basados en un índice o tasa, como los pagos de arrendamiento que dependen de los ingresos derivados del uso del activo arrendado) se incluyen en el cálculo del valor en uso de la UGE, pero no se consideran al determinar el importe en libros de la UGE. Ello se debe a que dichos pagos no se reconocen en el importe en libros del activo del derecho a uso o del pasivo por arrendamiento, como exigen los requisitos de medición de la NIIF 16.

Para más información sobre la interacción entre la NIC 36 y la NIIF 16, véase la sección 4.4.1(i) para un ejemplo trabajado para determinar el valor en uso de una UGE que contiene arrendamientos reconocidos en el ámbito de la NIIF 16. Este ejemplo también proporciona orientación sobre cómo se deben incluir los flujos de efectivo en el cálculo de valor en uso, incluida la forma en que se tratan los arrendamientos que vencen.

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(iii) Provisiones por restauración Las disposiciones resultantes de una obligación legal o contractual de restaurar, rehabilitar o «hacer el bien», que sean directamente atribuibles a una UGE, deben incluirse en el importe en libros de la UGE. Esto se debe a que la eliminación de la UGE requeriría que el comprador asume la responsabilidad. Algunos ejemplos de tales disposiciones son: • Los costos de restauración ambiental que deben pagarse o

incurrirse durante y/o al finalizar las actividades emprendidas por la UGE (por ejemplo, en la industria minera, es un requisito legal común que una entidad pague una tasa o incurra a su propio costo en cantidades relacionadas con la restauración ambiental del sitio de la mina).

• Gravámenes de edificios en ruinas (dilapidados). • Disposiciones de "hacer el bien" a los edificios (u otros

activos) mantenidos bajo arrendamiento.

Comentario BDO

Los flujos de efectivo relacionados con estos saldos son igualmente relevantes para determinar el valor recuperable bajo el método del valor razonable menos los costos de disposición y el valor en uso (véase la sección 4.3 y 4.4 respectivamente). Al igual que el 4.1.4 ii) relativo a los arrendamientos, el valor en libros de las provisiones de restauración reconocidas debe tenerse en cuenta para determinar el valor recuperable de la UGE. Consulte 4.4.1(h) para ver un ejemplo sobre esto.

(iv) Pasivos de pensiones (activos) Las entidades deben considerar si los pasivos (activos) de pensiones tendrían que atribuirse al importe en libros de una UGE, con los flujos de efectivo futuros estimados asociados que se incluyen en el cálculo para determinar el valor recuperable de la UGE.

Comentario BDO

Existen dificultades prácticas cuando los pasivos (activos) de pensiones se asignan a una UGE. En particular, existen diferencias (a menudo significativas) entre: • La base de medición de un pasivo (activo) de pensiones • Flujos de caja relacionados con el pasivo (activo) de pensión.

Como resultado, a menudo es difícil distinguir los flujos de efectivo relacionados con cada UGE, y por lo tanto las entidades que asignan pasivos (activos) de pensiones al importe en libros de una UGE tendrían que idear una asignación sólida y razonable de los flujos de efectivo futuros estimados de los pasivos (activos) de las pensiones en la determinación del valor recuperable de la UGE, que se aplicarán de manera consistente de un período a otro.

Errores comunes en la práctica

1. Asignación incorrecta de pasivos a una UGE:

• Pasivos omitidos incluso cuando un posible comprador de una UGE estaría obligado a asumir el pasivo (tenga en cuenta que estos pueden incluir artículos que están técnicamente fuera del ámbito de aplicación de la NIC 36, como las obligaciones de beneficios para los empleados)

• Pasivos incluidos a pesar de que un potencial

comprador de una UGE no estaría obligado a asumir el pasivo

• Aplicación inconsistente con relación a los saldos

de arrendamiento incluido/excluido en el importe en libros de la UGE y el tratamiento de los pagos de arrendamiento asociados incluidos/excluidos en las proyecciones futuras de flujo de efectivo estimadas.

4.1.5. Capital de trabajo neto Las entidades tienen la opción de incluir o excluir saldos de capital de trabajo de los importes en libros de una UGE, siempre que exista una aplicación coherente a la inclusión o exclusión de flujos de efectivo de partidas de capital de trabajo para determinar el valor recuperable de la UGE (véase la sección 4.4.1.(f)).

Comentario BDO

(i) Descuento Las posiciones de capital de trabajo se liquidan generalmente a corto plazo y, por lo tanto, es poco probable que el descuento tenga un efecto significativo en sus importes en libros. Sin embargo, si alguna de las partidas de capital de trabajo de la entidad no debe liquidarse a corto plazo y el efecto del descuento es importante, entonces esto tendría que incluirse.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 22 (ii) Ítems de capital de trabajo fuera del ámbito de aplicación de la NIC 36 La NIC 36 abarca una serie de partidas que pueden incluirse dentro del saldo de capital de trabajo de una entidad (como inventarios). Sin embargo, a los efectos de determinar el importe en libros de la UGE y los flujos de efectivo correspondientes, puede ser apropiado incluir dichas partidas (dentro del alcance). Esto se relaciona a la forma en que se determina el valor recuperable de la UGE. Siempre que la entidad sea consistente al incluir o excluir el capital de trabajo neto, el resultado de la prueba de deterioro será el mismo.

Ejemplo

La Entidad A tiene una única UGE con un valor en libros de 350.000 UE, excluyendo un pasivo neto de capital de trabajo de UE (2.800). Los flujos de efectivo antes de impuestos (excluidos los flujos de capital de trabajo neto) y los saldos de capital de trabajo durante el período presupuestado de 5 años se presentan en la tabla siguiente:

(i) Cálculo al inicio del capital de trabajo Excluidos del valor en libros de la UGE

Page 23: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 23 (ii) Cálculo al inicio del capital de trabajo Excluidos del valor en libros de la UGE

Nota: Hay una diferencia no significativa de (menos del 1%) diferencia de UE254 entre el excedente calculado en i) y ii) arriba. Esto se debe al efecto de la fecha y el descuento de los flujos de efectivo. 4.2. Valor recuperable La NIC 36.6 define el valor recuperable de un activo o UGE como: ‘... el mayor entre su valor razonable, menos los costos de disposición y su valor en uso.’

Recoverable Amount

Higher of either…

Fair value less costs of disposal Value in use

(4.3) (4.4) Figure 5: Illustration of the determination of an asset’s (or CGU’s) recoverable amount La NIC 36 no requiere calcularse ambos valores, valor razonable menos los costos de disposición y el valor en uso. Basta con calcular sólo uno de los importes anteriores (es decir, o bien el valor razonable menos los costos de disposición o el valor en uso) siempre que dicho importe sea mayor que el importe en libros.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 24

En la práctica, no siempre se dispone de información adecuada para que una entidad mida de forma fiable el valor razonable menos los costos de disposición. En estos casos, se requeriría que una entidad determinara el valor recuperable de un activo (UGE) calculando su valor en uso (que en la gran mayoría de los casos requerirá que se siga un enfoque de flujo de efectivo descontado). 4.3. Valor razonable menos costos de disposición El valor razonable se determina de acuerdo con los requisitos de la NIIF 13. De manera frecuente, la definición de valor razonable en la NIC 36 señala: ‘El valor razonable es el precio que se recibiría para vender un

activo o se pagaría para transferir un pasivo en una transacción

ordenada entre participantes en el mercado en la fecha de medición. (Véase NIIF 13 Valoración del valor razonable.)’

Podría parecer que una entidad obtendría un valor presente más alto a través de flujos de efectivo descontados (DCF por sus siglas en inglés, Discounted Cash Flows) bajo el enfoque de valor razonable menos los costos de disposición, que a través (de lo más tradicional) del valor en uso donde la NIC 36 incluye muchas restricciones sobre qué flujos de efectivo deben incluirse (véase la sección 4.4.). Sin embargo, la preparación de un DCF usando el valor razonable menos los costos de disposición contienen una serie de requisitos propios específicos que deben ser considerados, incluyendo: • El valor recuperable determinado debe ser una estimación

fiable del importe en el que la entidad podría vender el activo (UGE) a un tercero

• Un DCF sólo debe utilizarse cuando esto refleja una técnica de valoración que es común a la industria/jurisdicción en la que se opera el activo (UGE)

• La entidad debe ser capaz de demostrar que el DCF incorpora plenamente todos los factores de mercado pertinentes que serían considerados por los participantes en el mercado en la valoración del activo (UGE). Esto incluye tanto el tipo como la cantidad de entradas de efectivo y salidas respectivas.

La NIIF 13 contiene una serie de conceptos clave que las entidades deberán tener en cuenta. En resumen, estos incluyen:

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Errores comunes en la práctica

1. Errores en la aplicación de la NIIF 13 en

la determinación del valor razonable, tales como:

• Determinar incorrectamente el mayor y mejor

uso del activo (UGE) • Determinar incorrectamente el mercado

principal o más ventajoso • Utilizar incorrectamente el mercado principal o

más ventajoso para determinar el valor razonable, lo que resulta en la inclusión o exclusión inapropiada de los costos de transporte

• Utilizando una técnica de valoración que utiliza entradas no observables que son significativas para la medición (Nivel 3 en la jerarquía) cuando hay entradas observables disponibles (Nivel 1 o 2 en la jerarquía). Por ejemplo, utilizando un modelo de flujo de efectivo descontado cuando hay precios cotizados disponibles.

(i) Costos de disposición y costos de venta Tanto los «costos de disposición» como los «costos de venta» tienen la misma definición, siendo: '... costos incrementales directamente atribuibles a la enajenación de un activo o unidad generadora de efectivo, excluyendo los costos financieros y los gastos del impuesto sobre la renta.’ Algunos ejemplos son: • Costos legales • Impuestos de timbre (y cargos similares) • Costos de retiro del activo • Costos incrementales directos para poner un activo

en condiciones para su venta. Sin embargo, las indemnizaciones por despidos y los costos asociados con la reducción o reestructuración de una empresa tras la enajenación de un activo no son costos incrementales directos para la enajenación del activo.

Comentario BDO

A los efectos de una prueba de deterioro realizada de conformidad con la NIC 36 que implica la determinación del valor razonable menos el costo de disposición, los requisitos de medición para el valor razonable se establecen en la NIIF 13. Sin embargo, los requisitos de revelación se abordan en la NIC 36.

4.4. Valor en uso El valor en uso se define en la NIC 36.6 como: '... es el valor presente de los flujos futuros de efectivo

estimados que se espera obtener de

un activo o unidad generadora de efectivo.’ El valor en uso se determina mediante el cálculo del valor de los flujos de efectivo futuros descontados de un activo (UGE) (más comúnmente denominado flujo de caja descontado, o DCF por sus siglas en inglés Discounted Cash Flow). En un nivel alto, los DCF utilizados para un cálculo de valor en uso incorporan: • Una estimación de los flujos de efectivo futuros esperados • Expectativas sobre posibles variaciones de los flujos de

efectivo mencionados arriba • El valor del dinero en el tiempo (es decir, la tasa de

descuento) • Incertidumbre inherente al precio del activo • Otros factores relevantes que los participantes en el

mercado reflejarían en la fijación de precios de los flujos de efectivo futuros (como la iliquidez).

Los principios generales de los cálculos del DCF se establecen en la NIIF 13 Medición del valor razonable. Sin embargo, en la práctica, los cálculos del DCF son más complejos de lo que sugiere la orientación de la NIIF 13. (i) Consideraciones básicas de un DCF Un flujo de caja descontado se divide comúnmente en dos períodos distintos: 1.Período de proyección: • El período por el cual los flujos de efectivo son estimados

por una entidad (proyecciones específicas de la entidad) • Cada período dentro del período de proyección se

descuenta a la tasa de descuento. • En virtud de la NIC 36, el período máximo de proyección

específico de la entidad es de 5 años, a menos que se pueda justificar un período más largo.

2.Período final: • El período más allá del período de proyección • El valor final es una estimación del valor actual de todos los

flujos de efectivo en el período final, al finalizar del período de proyección, en función del flujo de caja final en el período de proyección.

Por ejemplo, supongamos que una entidad tiene un período de proyección de 5 años, la fórmula para determinar el valor del final (TV por sus siglas en inglés, Terminal Value) al final del año 5 es:

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 27

TV5 = ( Cash Flow5 x (1 + g*)

)

(WACC - g*)

Flujo de caja5 • el flujo de caja previsto en el año 5

g* - la tasa de crecimiento estimada a largo plazo

WACC - Costo promedio ponderado del capital (véase 4.4.2 más abajo) • El valor final (TV5) se descuenta desde el final del período de proyección al tipo de descuento aplicable.

PRESENT VALUE CGU Cash Flows

As at Year 0 (Today)

Figure 6: Illustration of the mechanics of a discounted cash flow (DCF) calculation Suposiciones y juicios Las entidades están obligadas a realizar suposiciones y juicios con respecto a: • Flujos de efectivo futuros estimados (4.4.1) • Tasa(s) de descuento (4.4.2). Dentro de cada uno de ellos, hay una serie de parámetros adicionales para los cuales se deben hacer suposiciones y juicios adicionales. Este es particularmente el caso de la tasa de descuento (que se analiza a continuación). Debido a que las estimaciones de los flujos de efectivo futuros y la determinación de las tasas de descuento a menudo

requieren estimaciones, juicios y suposiciones significativas, son vulnerables a posibles errores equivocaciones.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 28

4.4.1. Flujos de efectivo futuros estimados A un nivel alto, la NIC 36 requiere que los flujos de efectivo del valor en uso en un DCF incluyan: • Sólo entradas de efectivo del continuo uso. • Sólo las salidas de efectivo que son necesarias para

generar las entradas de efectivo y pueden atribuirse directamente, o asignarse de manera razonable y consistente (como honorarios de administrativos, salarios de ejecutivos, etc.), incluidas las salidas de efectivo para preparar el activo para su uso.

• Flujos de efectivos netos al momento de su disposición. Los flujos de efectivo futuros estimados deben basarse en supuestos subyacentes debidamente detallados, que incluyen cambios en el capital de trabajo y los gastos de capital. Los gastos generales relacionados con el servicio diario del activo, así como los gastos generales futuros, sólo se incluyen en la medida en que puedan atribuirse directamente o asignarse de forma razonable y coherente.

Comentario BDO

En la práctica, puede ser difícil determinar qué tipos de gastos generales deben asignarse entre las UGE y cuál debe ser la base de esa asignación. Una entidad puede tener ciertas funciones administrativas centralizadas que benefician a muchas UGE dentro de un grupo. Por ejemplo, un minorista con costos de TI y nómina centralizados que son integrales para que las ubicaciones de las tiendas individuales operen. Dichos costos deben asignarse de manera sistemática y racional a las UGE que requieran esos servicios para funcionar. Las entidades pueden asignar una estimación de estos cargos a través de "cargos de gestión" internos con el fin de reflejar los costos de estos servicios en sus informes de gestión interna. Estos cargos pueden constituir una base adecuada para la asignación de flujos de efectivo en un cálculo del valor en uso, sin embargo, la metodología para estos cargos debe evaluarse con respecto a los requisitos de la NIC 36. Por ejemplo, ¿los cargos contienen flujos de efectivo no permitidos?, ¿excluyen los flujos de efectivo requeridos?, es razonable la base para la asignación a las UGE?, etc. Además, las entidades deben considerar si determinados pagos basados en acciones dentro del ámbito de la NIIF 2 deben incluirse en el cálculo del valor en uso. Por ejemplo, parte del paquete de remuneración de los empleados clave puede incluir operaciones de pago basadas en acciones. Dichos costos pueden formar parte de los costos imputables para las funciones centralizadas que deben atribuirse a las UGE. A nuestro juicio, los pagos basados en acciones liquidadas en efectivo siempre deben incluirse en estos cálculos si se refieren a los costos (por ejemplo, la remuneración de los empleados) que son asignados a las UGE. Esto se debe a que esos pagos basados en acciones darán lugar a una salida de efectivo en el futuro y, por lo tanto, son

claramente "flujos de efectivo" que pueden necesitar ser asignados. Es menos claro si los pagos basados en acciones liquidados en instrumentos de patrimonio (acciones) deben incluirse en los cálculos de valor en uso. La definición de «valor en uso» es «el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se espera que se deriven de un activo o de una UGE», por lo tanto, una lectura literal de la definición puede excluir los pagos basados en acciones liquidadas en instrumentos de patrimonio, ya que nunca darán lugar a una salida de efectivo. En lugar de que la entidad incurra en salidas de efectivo, los accionistas asumirán en última instancia los costos mediante una dilución de su participación. Una opinión alternativa es que (de conformidad con el principio de la NIIF 2 Pago basado en acciones) los pagos basados en acciones a través de instrumentos de patrimonio representan un costo para la entidad que los emite, de modo que su exclusión de un cálculo de valor en uso puede contener un deterioro que de otro modo se registraría. Otra opinión, que podría considerarse que refleja los flujos de efectivo y los supuestos económicos de los acuerdos, es que los pagos basados en acciones liquidados en instrumentos de capital deben excluirse del cálculo del valor en uso, con su efecto, en cambio, aumentando de esta manera la tasa de descuento, en la medida en que los accionistas de capital requerirían un mejor resultado para compensar la dilución de sus participaciones. Las siguientes subsecciones examinan más detalladamente los supuestos y juicios con respecto a los flujos de efectivo futuros estimados, incluidos:

a) La base (sobre presupuestos) b) Los flujos de efectivo no permitidos específicamente c) Tasa de crecimiento (g*) d) Períodos cubiertos e) Condición actual f) Movimiento en capital de trabajo neto g) Activos corporativos h) Provisiones por restauración (consulte la sección

4.1.4(iii) para un mayor detalle) i) Arrendamientos j) Precios de transferencia internos.

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a) Base (sobre presupuestos) Los flujos de efectivo utilizados en un cálculo de valor en uso deben basarse en presupuestos aprobados formalmente por la dirección. Sin embargo, algunos ajustes podrían ser necesarios para cumplir con los requisitos de la NIC 36, por ejemplo, los ajustes que se realizan para presentar los valores antes de impuestos. Un principio general de la NIC 36 es que los flujos de efectivo se basan en supuestos razonables y soportables que representan la mejor estimación de la administración sobre los flujos de efectivo futuros. Sin embargo, cuando una entidad tiene un historial de no alcanzar presupuestos preparados para fines de gestión interna, puede ser necesario un trabajo adicional para determinar si los presupuestos más recientes representan previsiones realistas de flujos de efectivo futuros. b) Flujos de efectivo específicamente prohibidos Hay una serie de flujos de efectivo que están específicamente prohibidos por la NIC 36 de ser incluidos en los cálculos de valor en uso. Estos incluyen flujos de efectivo relacionados con: • Una futura reestructuración a la que una

entidad aún no está comprometida • Mejorar o aumentar el rendimiento del activo • Actividades de financiación1 • Ingresos o pagos del impuesto sobre la renta • Partidas que no son en efectivo (como la

depreciación y la amortización). 1 Los flujos de efectivo relacionados con las actividades de financiación son excluidos porque los costos de endeudamiento se reflejan en la tasa de descuento que se utiliza para descontar flujos de efectivo futuros que se determina sobre la base de cómo una entidad típica en un sector empresarial se financia con deuda y capital. No es una tasa que refleje la propia estructura de financiación de una entidad. Por lo tanto, incluir los flujos de efectivo de las actividades de financiación contaría el doble de su efecto sobre el valor actual de los flujos de efectivo futuros. La financiación de los flujos de efectivo puede surgir comúnmente de arrendamientos en el ámbito de aplicación de la NIIF 16. Consulte la sección (i) a continuación, para ver un ejemplo de cómo se incorporan los flujos de efectivo de arrendamiento en los cálculos de valor en uso. Además, los flujos de efectivo de actividades como la entrada o el pago de fondos prestados no se incluyen en un DCF, ya que no están relacionados con la capacidad de la UGE para generar flujos de efectivo futuros.

Comentario BDO En la práctica, puede ser difícil distinguir entre los flujos de efectivo relacionados con futuras reestructuraciones no comprometidas (que son flujos de efectivo prohibidos (no permitidas) – véase más arriba) y mejoras de eficiencia (véase e) a continuación). Por regla general, si una entidad no está permitida para reconocer los costos de conformidad con la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes, los flujos de efectivo deben excluirse de los cálculos de valor en uso. c) Tasa de crecimiento Período de proyección Se permite a las entidades aplicar tasas de crecimiento diferentes/específicas a cada año durante el período de proyección (véase d) a continuación). Al igual que todos los juicios y supuestos utilizados en el DCF, estas tasas deben ser razonables y compatibles. Período final La tasa de crecimiento utilizada para calcular el valor final en el período final (g*) se denomina 'tasa de crecimiento a largo plazo'. Esta tasa no debe exceder la tasa de crecimiento promedio a largo plazo para los productos, industrias o países (o países) en los que opera la entidad, o para el mercado en el que se utiliza el activo (a menos que se pueda justificar una tasa más alta). La tasa de crecimiento a largo plazo utilizada debe evaluarse individualmente para cada UGE y reflejar las diversas consideraciones y riesgos mencionados anteriormente. En la práctica, la tasa de crecimiento a largo plazo debe ser constante o estar disminuyendo. Dependiendo de las circunstancias, también sería posible utilizar una tasa de crecimiento que sea cero o negativa. d) Períodos cubiertos Como se mencionó anteriormente, no se permite que el período de proyección para las proyecciones de flujo de efectivo específicos de la entidad supere los cinco años, a menos que se pueda justificar un período más largo. Esto se basa en la premisa de que si, por ejemplo, una entidad obtiene rendimientos por encima de la media, otras entrarán en el mercado e impulsarán los retornos a la media del sector.

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Sin embargo, una entidad puede ser capaz de justificar un período de proyección más largo si participa en un proyecto de vida limitada (como una mina con un período de proyección de 7 años de operaciones antes de que sea abandonada). Una entidad está obligada a revelar: • El período durante el cual la administración ha proyectado

flujos de efectivo en el período de proyección. • Por qué ha utilizado un período de proyección superior de

cinco años, si lo considera apropiado hacerlo. e) Estado actual Los flujos de efectivo futuros se proyectan sobre la base de un activo (o UGE) en su estado actual en la fecha de reporte. Las salidas de efectivo que son necesarias para mantener un activo (o UGE) en su estado actual (por ejemplo, los costos diarios de servicio, mantenimiento o reparación) se incluyen en las proyecciones de flujo de efectivo. No se incluyen las futuras reducciones previstas de las salidas de efectivo relacionadas con una futura reestructuración (como los ahorros de costos relacionados con una reducción del número de empleados) a las que aún no se ha comprometido una entidad. También se excluyen específicamente las salidas de efectivo que resultarán de las inversiones para mejorar el rendimiento de un activo, así como el aumento de las entradas como consecuencia de las mejoras. Sin embargo, el ahorro de costos de las mejoras de eficiencia se puede incluir en las proyecciones de flujo de efectivo. Se requiere juicio para distinguir entre un programa de

reestructuración y una mejora de la eficiencia. Por lo general, las mejoras en la eficiencia se implementarán de forma continua y no cambian significativamente el modelo de negocio de una entidad, mientras que los programas de reestructuración darán lugar a cambios más significativos en un momento determinado. El ahorro de costos y otros beneficios como resultado de un programa de reestructuración se reflejan en la proyección de flujo de efectivo sólo si se compromete una entidad (basada en los requisitos de la NIC 37) a una futura reestructuración en su fecha de presentación de informes. f) Movimientos en el capital neto de trabajo Como se explica en la sección 4.1.5., los movimientos del capital de trabajo neto se incluyen en los flujos de efectivo futuros estimados de la UGE si el saldo neto de capital de trabajo se ha incluido en el importe en libros de la UGE.

Comentaría BDO En la práctica, muchas entidades (por simplicidad) asumen que los cambios en el capital de trabajo serán insignificantes

año tras año.

Sin embargo, puede haber casos en los que, hechos, circunstancias y /o suposiciones específicas puedan dar lugar

a cambios en el capital de trabajo neto que deban tenerse en

cuenta en los flujos de efectivo futuros estimados de una UGE.

Cuando una entidad estima aumentos de los ingresos y/o el

costo de los bienes vendidos, se espera que fluyan de manera coherente a los importes en libros de las partidas de capital

de trabajo asociadas, por ejemplo: • Un aumento o disminución de las ventas afectará al importe

en libros de los créditos comerciales al final del período • Un aumento o disminución en el costo de las

ventas/mercancías vendidas afectará a la cantidad en libros de los acreedores comerciales y del inventario al final del período.

El efecto acumulado de estos puede afectar al capital de trabajo neto. g) Activos Corporativos Cuando una entidad asigna activos corporativos a una UGE (consulte la sección 4.1.3.), debe asegurarse de que las salidas de efectivo futuras estimadas relacionadas con esos activos corporativos se utilicen para determinar el valor en uso de la UGE. Si los activos corporativos se han prorrateado en varias UGE sobre una base razonable y consistente, las salidas de efectivo futuras estimadas de los activos corporativos deben ser prorrateadas. h) Provisiones por restauración Se refieren a disposiciones que resultan de una obligación legal o contractual de restaurar, rehabilitar o "hacer bien" determinados activos o sitios – véase la sección 4.1.4(iii) para más detalles. Dependiendo de las condiciones legales o contractuales específicas atribuidas a estas provisiones, el valor se reconocerá a través del tiempo, a medida que el daño se produce (más común) o se reconocerá en un único período tan pronto como se presente el primer signo de daño (menos común).

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Si los valores se han incluido en el importe en libros de la UGE (es decir, cumplen los criterios de reconocimiento de la NIC 37), los flujos de efectivo (salida) asociados a estos saldos no se incluyen en los flujos de efectivo futuros estimados de la UGE a efectos del cálculo del valor en uso, porque ya se ha reconocido un pasivo.

Ejemplo – determinar el valor en libros y el valor recuperable para una UGE que contiene una provisión por restauración

Una empresa posee y opera una mina. La compañía está obligada a remediar el sitio de la mina una vez que complete sus operaciones mineras. Se ha reconocido una provisión relacionada al costo de la restauración a medida que se desarrollaba la mina, y el costo se incluyó en el importe en libros de la mina, depreciado a lo largo de su vida útil. El valor en libros de la provisión es UE500 y se mide de acuerdo con la NIC 37. Al final de su período, la empresa está realizando una prueba de deterioro para la mina, con la mina en su conjunto representando a un UGE. El valor de carga de la mina es de 1.000 UE. Un comprador de la mina estaría obligado a asumir la provisión de restauración. La Compañía realiza la prueba de deterioro comparando: • El valor en libros de la UGE: UE500 (VALOR en libros de 1.000

UE – valor de transporte UE500 de la provisión de restauración); y

• El valor recuperable, siendo la mayor de:

– Valor razonable menos costos de disposición: UE800, basado en una estimación del precio que la empresa podría obtener vendiendo la mina, que incluiría la transferencia de la obligación de restauración.

– Valor en uso: UE700, calculado como los flujos de

efectivo que se generarán operando la mina, excluyendo los flujos de efectivo de la restauración (1.200 UE) menos el valor en libros de la provisión de restauración reconocida (UE500).

A pesar de que los flujos de efectivo relativos a la provisión de restauración están excluidos de los flujos de efectivo de la operación de la mina en el cálculo del valor en uso (1.200 UE), el valor en libros de la provisión de restauración reconocida se deduce para llegar al valor en uso. Esto es necesario porque el valor recuperable es el mayor del valor razonable menos los costos de disposición y valor en uso. Dado que el valor razonable menos los costos de disposición contemplan la transferencia de la provisión de restauración en una venta, debe realizarse un ajuste igual al cálculo del valor en el uso para comparar significativamente el valor en libros de la UGE y su valor recuperable. Es decir, la provisión de restauración debe tenerse en cuenta tanto en el valor razonable menos los costos de eliminación como en el valor en uso. Como el valor recuperable (UE800) es mayor que el valor en libros del UGE (UE500), no se registra ningún deterioro.

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i) Arrendamientos Los cálculos de valor en uso pueden haber incluido arrendamientos "en el balance" antes de la fecha de entrada en vigor de la NIIF 16, ya que los arrendamientos financieros pueden haberse asignado a las UGE. La NIIF 16 fue efectiva de forma obligatoria para los períodos anuales de presentación de reportes que comenzaron a partir del 1 de enero de 2019 y dieron lugar a que se reconocieran significativamente más arrendamientos en el estado de situación financiera como activos con derecho a uso («activos con ROU, por sus siglas en inglés Right Of Use ») y pasivos asociados a los arrendamientos. Este aumento de los arrendamientos "en el balance" pone en evidencia una serie de áreas en las que interactúan la NIC 36 y la NIIF 16. En el siguiente ejemplo se ilustran estos conceptos. Para demostrar las diferencias de los valores en uso que pueden surgir después de la adopción de la NIIF 16, este ejemplo demuestra cómo el valor en uso se determinaría tanto en una base de la NIC 17 (arrendamientos operativos «fuera de balance») como bajo NIIF 16 («en el balance» sujeto a determinadas exclusiones).

Ejemplo: cálculo del valor en uso para un UGE que contiene activos con derecho a uso (IAS 17 frente a la NIIF 16)

Hechos comunes La Entidad A es un minorista con 100 tiendas que venden bienes de consumo. Se determina que cada tienda es una UGE, ya que cada una genera entradas de efectivo que son en gran parte independientes de las entradas de efectivo de otros activos o grupos de activos. Al cierre del año 31 de diciembre de 20x0, la Entidad A determina que todas sus tiendas tienen indicadores de deterioro, ya que las ventas han ido disminuyendo constantemente. Como tal, la Entidad A debe determinar el importe en libros de la UGE para cada tienda y sus respectivas cantidades recuperables, tomando el mayor entre el valor razonable de cada tienda menos los costos de disposición y valor en uso. En este ejemplo se considera el cálculo de estos importes para una de las tiendas de la entidad A, Store Z. En estos ejemplos, se supone que el deterioro imputable a los activos individuales dentro de la UGE no se reduce debido al "piso" establecido por la NIC 36.105. Para más detalle de este “piso”, véase la Sección 5. Los activos asignados a la Tienda Z (excluidos los importes relacionados a los arrendamientos) a 31 de diciembre de 20x0 son los siguientes:

La tienda Z tiene un contrato de arrendamiento de la ubicación comercial que utiliza para operar. A 31 de diciembre de 20x0, el contrato de arrendamiento tiene 2 años restantes, después de lo cual la Entidad A tendrá que celebrar un nuevo contrato de arrendamiento con el arrendador (u obtener el uso de una tienda de reemplazo), ya que el contrato de arrendamiento no tiene opciones de renovación. De acuerdo con los términos del contrato de arrendamiento existente, durante los próximos 2 años, la Entidad A deberá realizar pagos de arrendamiento de 100 UE al año más el 5% de las ventas que se realicen en la Tienda Z. Todos los pagos se realizan al final de cada año. A 31 de diciembre de 20x0, la Entidad A estima que las ventas de las tiendas y el pago del 5% que deberá realizar al arrendador sean los siguientes:

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 33 Cálculo del valor en uso – NIC 17 En virtud de la NIC 17, el arrendamiento de la tienda se clasifica como un arrendamiento operativo y, por lo tanto, no se reconoce en el estado de situación financiera. Por lo tanto, los pagos de arrendamiento se incluyen en el cálculo del valor en uso como salidas de efectivo. Como el plazo de arrendamiento restante actual es de dos años, la Entidad A ha hecho una estimación de los pagos de arrendamiento en virtud de un contrato de arrendamiento recién negociado en los años 3-5 del cálculo del valor en uso. El cálculo del valor en uso es el siguiente, suponiendo una tasa de descuento del 6% y utilizando cinco años de flujos de efectivo:

(i) En los años 3 a 5, la Entidad A ha incluido estimaciones de los costos de arrendamiento en virtud de un nuevo contrato de

arrendamiento, ya que el contrato de arrendamiento actual termina al final del año 2. Estos pagos se basan en suposiciones sobre qué tipos de mercado serán en el futuro, tanto para el componente fijo como para el porcentaje de ventas debidas al arrendador. En este caso, se supone que los pagos de arrendamiento son UE110, UE112 y UE114 de los años 3 a 5 respectivamente, y se espera que el porcentaje de ventas debidas al arrendador aumente del 5% al 6%.

El valor en libros del UGE es UE 725, señalado anteriormente. Suponiendo que el valor razonable menos los costos de disposición sean igual o inferior al valor en uso, un gasto por deterioro de UE436.84 (UE725 – UE288.16) se reconocería como el valor en libros de la UGE excede su valor recuperable. El gasto por deterioro se asignaría primero a la plusvalía (goodwill) y, a continuación, proporcionalmente a todos los demás activos de la UGE, con sujeción a los requisitos de deterioro de la NIC 36 (véase la sección 5).

Page 34: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 34 Cálculo del valor en uso – NIIF 16 En la NIIF 16, el valor en libros de la UGE y el cálculo del valor en uso difieren. Esto se debe a que el activo de arrendamiento de tienda se reconoce en el balance en virtud de la NIIF 16. A efectos del cálculo del valor en uso, la UGE de la tienda Z es la siguiente:

(ii)El valor en libros del activo con ROU se basa en el reconocimiento inicial del arrendamiento tres años antes (es decir, el 1 de enero de 20x8) utilizando los pagos de arrendamiento fijo de UE100 por año, descontados utilizando la tasa de préstamo incremental del arrendatario del 7%. Esto dio lugar a un pasivo de arrendamiento inicial y un activo con ROU de UE410.02. El valor en libros del activo con ROU a 31 de diciembre

de 20x0 es UE164.01 (UE410.02 – (UE410.02 / 5 * 3)) y el valor en libros del pasivo de arrendamiento a 31 de diciembre de 20x0 es UE180.80. El cálculo del valor en uso es el siguiente, suponiendo una tasa de descuento del 6% y utilizando cinco años de flujos de efectivo. Para obtener explicaciones sobre el cálculo, incluidas las explicaciones de dónde difiere del cálculo de la NIC 17, véanse las notas al pie de página aplicables.

Page 35: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 35 (iii) En los años 1 y 2, no se incluye en el cálculo del valor en uso ninguna salida de efectivo relacionada con el pago de

arrendamiento UE100 que la Entidad A está obligada a realizar al arrendador. Como se explica en la sección 4.1.4(ii), los flujos de efectivo que se reconocen en el valor en libros del pasivo de arrendamiento quedan excluidos del cálculo del valor en uso. Esto se debe a que esos flujos de efectivo se refieren a financiación.

(iv) En los años 3 - 5, se incluye la misma estimación de los pagos futuros de arrendamiento en virtud de un nuevo contrato de

arrendamiento que los del cálculo de la NIC 17. Estos pagos se basan en suposiciones sobre tasas de mercado futuras, similares al ejemplo de la NIC 17. A pesar de que este cálculo del valor en uso se realiza sobre una base de NIIF 16, el plazo de arrendamiento del activo con ROU que se incluye en el valor en libros de la UGE (2 años) no es el mismo que la estimación del flujo de caja (5 años). A nuestro juicio, se requiere una estimación de los pagos de arrendamiento que se extienden más allá del plazo de arrendamiento (según se determina en la NIIF 16), ya que dichos flujos de efectivo no se refieren a un activo ya reconocido e incluido en el importe en libros de la UGE y son necesarios para que la UGE opere en su estado actual (es decir, se requiere un arrendamiento de espacio comercial para todos los demás activos de la UGE para poder generar flujos de efectivo).

(v) A diferencia de los pagos de arrendamiento fijo, los pagos de arrendamiento variable basados en las ventas de Store Z se

incluyen en el cálculo del valor en uso en la NIC 17 y la NIIF 16. Esto se debe a que estos pagos están excluidos de la determinación del derecho de uso del activo con ROU (por su sigla en inglés de Right Of Use) y del pasivo de arrendamiento en libros (véase la Sección 4.1.4(ii)).

(vi) Este cálculo supone una tasa de descuento que no cambia con respecto al cálculo de deterioro preparado en virtud de la NIC

17. Para discutir cómo puede ser necesario ajustar esta tasa en los períodos iniciales posteriores a la adopción de la NIIF 16, véase la discusión sobre la "calibración de la tasa de descuento" a continuación.

El valor en libros de la UGE y el valor en uso se determinan sin tener en cuenta el pasivo reconocido por el arrendamiento. Como se exige, en el párrafo 78 de la NIC 36, el valor en libros de dicho pasivo se deduce al determinar el valor en uso de la UGE y su valor en libros después de que se haya realizado el cálculo del valor en uso. Esto se hace porque el importe recuperable es el mayor del valor razonable menos los costos de disposición y el valor en uso. Dado que el valor razonable menos los costos de enajenación considerarían el pasivo transferido, debe efectuarse un ajuste similar al valor en libros de la UGE y a su valor en uso. Por lo tanto, el valor en libros de la UGE y el valor en uso son los siguientes:

La deducción del valor en libros del pasivo por arrendamiento tanto del valor en libros de la UGE como del importe recuperable no afecta al importe del deterioro en el presente asunto, sin embargo, lo exige el apartado 78 de la NIC 36. La deducción del valor en libros del pasivo de arrendamiento después de determinar el valor en uso es necesaria porque la entidad debe determinar si la cifra ajustada (UE290.69) es mayor o menor que el valor razonable menos los costos de enajenación, ya que el importe recuperable es el mayor de estos dos importes. En este ejemplo, se supone que el valor en uso es mayor y, por lo tanto, es el importe recuperable.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 36 Comparación de deterioro en virtud de la NIC 17 y la NIIF 16 El valor en libros de la UGE difiere entre la NIIF 16 y la NIC 17 porque, en virtud de la NIIF 16, incluye el valor en libros del activo con ROU (UE164.01) y se reduce por el importe reconocido del pasivo de arrendamiento (UE180.80). La diferencia entre estas cantidades es UE16.79 (UE164.01 – UE180.80). Como se calculó anteriormente, los importes recuperables difieren a pesar de que la economía subyacente es idéntica. Lógicamente, una diferencia de deterioro no debería existir dependiendo de si una entidad está aplicando la NIIF 16 o la NIC 17. La razón de la diferencia en el cargo por deterioro en la NIIF 16 es porque la tasa de descuento utilizada para medir el arrendamiento es del 7%, mientras que la tasa de descuento utilizada en el cálculo del valor en uso es del 6%, que es idéntica a la tasa utilizada en el cálculo de la NIC 17. Tenga en cuenta que, en muchos casos, la tasa de descuento utilizada en un cálculo de valor en uso será mayor que la tasa de descuento utilizada para medir un activo con ROU. Esto se debe a que los arrendamientos suelen ser empréstitos garantizados, lo que resulta en un descuento menor. Dado que la NIIF 16 ha dado lugar a un cambio en la composición de la estructura financiera de las entidades informantes, cabe esperar movimientos en las tasas de descuento observables utilizadas en los cálculos del valor en el uso. A pesar de que no se ha producido ningún cambio subyacente en los términos de las transacciones de arrendamiento financiero tras la adopción de la NIIF 16, los tipos de descuento observables no podrán ajustarse inmediatamente para tener en cuenta las diferencias que se derivan de la adopción de la NIIF 16. Esperamos que la necesidad de ajustar las tasas de descuento (como se muestra a continuación) se reduzca con el tiempo a medida que se actualicen las tarifas observables. Ajuste de la tasa de descuento Como se muestra en el ejemplo anterior, es posible que las entidades deban considerar si el tipo de descuento debe ser "ajustado" para garantizar que no se incluya ninguna diferencia en el cargo por deterioro (o inversamente, el margen) después de la adopción de la NIIF 16, ya que la adopción de la NIIF 16 no debe dar lugar a un cambio de deterioro. Esto puede lograrse ajustando la tasa de descuento utilizada en el cálculo del valor en uso a cualquier valor necesario para que el deterioro o el margen sean iguales a lo que se calcularía sobre la base de la NIC 17: Comparación revisada del cálculo del valor en uso en la NIIF 16 y la NIC 17: 1452.17 – 180.80 (valor en libros de la responsabilidad por arrendamiento)

En este ejemplo, el 7,915% es el tipo de descuento «ajustado» necesario para dar lugar a que la diferencia en el valor en libros de la UGE y el importe recuperable en virtud de la NIIF 16 y la NIC 17 sean iguales.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) j) Precios de transferencia interna Las entradas de efectivo para algunas UGE pueden verse afectadas por los precios internos de transferencia. Sin embargo, la determinación del importe recuperable de una UGE (activos) es una evaluación “externa". Esto significa que, a los efectos de su prueba de deterioro, se requiere que una entidad utilice la mejor estimación de la administración de los flujos de efectivo futuros estimados que podrían lograrse en las transacciones en condiciones de mercado (es decir, con participantes en el mercado externo), en lugar de los importes utilizados para cualquier propósito de precios de transferencia interno específicos de la UGE. Esto es coherente con el importe recuperable que se determina desde la perspectiva de un participante general del mercado, y no desde una perspectiva específica de la entidad.

Errores comunes en la práctica

1. No basar los flujos de efectivo en los presupuestos aprobados por la administración.

2. Basar los flujos de efectivo en los presupuestos

aprobados por la administración que históricamente no han sido una representación exacta de los resultados reales (lo que significa que los presupuestos actuales no representan la mejor estimación de los flujos de efectivo futuros).

3. Usar un período de proyección específico

de entidad de más de 5 años sin ninguna justificación razonable.

4. No basar los flujos de efectivo en el uso continuo.

5. Utilizar tasas de crecimiento demasiado

optimistas, o tasas de crecimiento que sean incompatibles con la tasa de crecimiento promedio a largo plazo relacionada con los productos, industrias o países (o países) en los que opera la entidad, o para el mercado en el que se utiliza el activo (en ausencia de cualquier justificación razonable).

6. No vincular las salidas de efectivo futuras

esperadas con las que serían necesarias para generar las entradas de efectivo esperadas. Por ejemplo, esto podría ser proyectar el crecimiento de los ingresos, sin aumento correspondiente en el gasto y la inversión de capital.

7. Suposiciones incoherentes con respecto a las

entradas y salidas de efectivo que están vinculadas. Por ejemplo, normalmente se esperaría que las salidas de efectivo relacionadas con el costo de las ventas se moverían en línea con las entradas de efectivo de las ventas.

37

8. Estimación excesiva de los flujos netos de

efectivo en la disposición de un activo. 9. Incluyendo flujos de efectivo que no reflejan el

activo (UGE) en su estado actual en la fecha de la prueba de deterioro.

10. Incluyendo cualquiera de los flujos de efectivo no

permitidos en la NIC 36 (véase b) arriba) 11. Suposiciones de ingresos optimistas. 12. Suposiciones de gastos subestimados. 13. La agregación de flujos de efectivo a un nivel

demasiado alto al aplicar tendencias de crecimiento. No todos los flujos de efectivo responderán de la misma manera al crecimiento proyectado - algunos pueden aumentar, disminuir o mantenerse constantes (por ejemplo, el costo de ventas, los beneficios de los empleados y los gastos generales.).

14. Suposiciones simplistas y/o inconsistentes relacionadas con los gastos de capital. En la práctica, muchas entidades simplemente asumen que el nivel de gastos de capital es igual (y compensa) el importe de la depreciación y/o amortización durante cada período. Sin embargo, esto puede no ser consistente con el crecimiento previsto u otros factores. También es necesario garantizar que las salidas de efectivo de gastos de capital se concilien con los importes notificados en los presupuestos aprobados por la administración. 15. Suposiciones simplistas y/o inconsistentes relacionadas con cambios en el capital de trabajo. En la práctica, muchas entidades simplemente asumen que el cambio en el capital de trabajo será nulo (o insignificante). Sin embargo, esto puede no ser consistente con las tasas de crecimiento previstas. 16. Valor final sobreestimado (o subestimado) como

resultado de:

Un flujo de caja estimado en el último año del período de proyección Inclusión de entradas de efectivo únicas (salidas) relacionadas con la venta (compra) de gastos de capital.

El efecto de no excluir estos flujos de efectivo únicos del año de proyección final es que el cálculo del valor final asumirá que la entrada de efectivo (salida) de la venta (compra) se producirá cada año.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 38

17.Uso de los importes de precios de transferencia interna en lugar de la mejor estimación de la administración de los flujos de efectivo futuros estimados que podrían lograrse en una transacción de condiciones de mercado.

18.Incluir flujos de efectivo que surgen de la

financiación en los cálculos de valor en uso (por ejemplo, pagos de arrendamiento que se incluyen en el valor en libros de los pasivos de arrendamiento).

19.Excluyendo las salidas de efectivo de los activos de

sustitución con respecto a los activos arrendados cuando el plazo de arrendamiento finalice durante el período de proyección de flujo de efectivo.

20.Sin tener en cuenta si la tasa de descuento

considera adecuadamente los arrendamientos incluidos en el valor en libros de las UGE.

4.4.2. Tasa de descuento Aunque los flujos de efectivo futuros estimados (véase más arriba) son específicos de la entidad, la tasa de descuento no lo es. En cambio, la tasa de descuento refleja el rendimiento que los participantes en el mercado esperarían del activo (UGE) en función de sus riesgos específicos y el valor temporal del dinero. Sin embargo, debe haber coherencia entre los supuestos utilizados para determinar los flujos de efectivo futuros estimados (arriba) y la tasa de descuento. Por ejemplo, si se incluye una tasa de crecimiento agresiva en los flujos de efectivo, la tasa de descuento debe ajustarse para reflejar el riesgo de no lograr dicho crecimiento. La tasa de descuento generalmente no es observable en el mercado, lo que significa que es necesario utilizar un modelo o fórmula. Uno de los modelos más comunes que se utiliza en la práctica es el costo promedio ponderado del capital (CPPC o WACC por sus siglas en inglés). Costo medio ponderado del capital (CPPC o WACC por sus siglas en inglés) Por lo general, una entidad se financia con una mezcla de deuda y capital: • Los instrumentos en poder de los financiadores de

deudas (bancos, instituciones financieras, titulares de obligaciones, pasivos de arrendamiento, etc.) generalmente se aseguran contra los activos de la entidad y tienen flujos de pago contractuales de intereses y capital.

• Los accionistas de capital no tienen flujos de pago contractuales, y sólo tienen derecho a distribuciones discrecionales y una parte proporcional de los activos netos de la entidad una vez que se han liquidado todos los pasivos (los dividendos no son pagos contractuales, sino que son distribuciones a discreción de la entidad).

Por lo tanto, los accionistas están expuestos a un mayor riesgo que los financiadores de deuda y, por lo tanto, exigen una mayor tasa de rentabilidad de su inversión. El CPPC de una entidad representa el rendimiento mínimo que se debe obtener de su base de activos para satisfacer tanto a sus financiadores de deuda como a sus accionistas de capital. A efectos de la NIC 36, la tasa se 'pondera' y se basa en los niveles típicos de deuda y capital del mercado de la entidad. Esto puede diferir del propio saldo de la deuda y la financiación de capital de una entidad, y está diseñado para garantizar que las pruebas de deterioro se lleven a cabo de manera coherente desde una perspectiva de participante en el mercado, en lugar de la perspectiva específica de la entidad. CPPC • cd x ( D / ( D + P ) ) ] + [ cp x ( P / ( D + P ) ) ] cd • Costo de la deuda Cp • Costo del Patrimonio D – Deuda P – Valor de Mercado de Patrimonio Costo del capital (cp) Mientras que el costo de la deuda (cd) es generalmente observable (o fácilmente determinable) del mercado, esto no suele ser el caso del costo del patrimonio (cp). Esto se debe a que la tasa de rentabilidad exigida por los accionistas de capital varía significativamente entre las diferentes empresas, industrias y jurisdicciones. Por lo tanto, un modelo generalmente debe utilizarse para determinar el costo del patrimonio (cp). En la práctica, estos modelos determinan el costo del patrimonio (cp) basado en la interacción de múltiples parámetros. Uno de los modelos más comunes utilizados en la práctica para determinar el costo del patrimonio (cp) es el Modelo de precios de activos de capital (CAPM), por lo que el costo de patrimonio se calcula de la siguiente manera. Cp = rF + [ � x rP ] + rC + rs + rUn Cp = Costo de patrimonio RF= Tasa libre de riesgo β = Entidad beta RP = Prima de riesgo de patrimonio Rc = Prima de riesgo para el país Rs = Prima de tamaño RUn = Prima de riesgo específica de la empresa

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 39 En la práctica, los parámetros anteriores no suelen estar disponibles o son fácilmente determinables para las entidades pequeñas y medianas (PYME). Por lo tanto, las PYME normalmente necesitan colaborar con expertos en valoración para determinar su costo dee). Los parámetros y otras consideraciones utilizadas en la aplicación de CPPC, CAPM y DCF en general se describen con más detalle a continuación, incluyendo: (a) Tasa libre de riesgo (rf) (b) Beta (β) (c) Primas de riesgo específicas de capital, país, tamaño y empresa (d) Costo de la deuda (Cp) (e) Estructura de patrimonio (deuda (D) y patrimonio (P)) (f) Otras consideraciones

(a) Tasa libre de riesgo (rf) Por lo general, esta tasa se puede observar a partir de bonos gubernamentales a largo plazo emitidos en la jurisdicción del activo (UGE). Las entidades con UGE que operan en jurisdicciones con un mercado profundo de bonos corporativos de alta calidad también pueden utilizar estas tasas como su tasa libre de riesgo (Rf). En todos los casos, una entidad está obligada a utilizar una tarifa libre de riesgo que se aplica a la jurisdicción en la que opera. Esto se debe a que las tasas de los bonos del gobierno (y las tasas de los bonos corporativos) difieren entre jurisdicciones (por ejemplo, debido a las diferentes expectativas sobre la inflación futura y otras presiones del mercado). Además, el plazo (vencimiento) de la tasa libre de riesgo utilizada debe coincidir con el plazo de los flujos de efectivo futuros estimados. Por lo tanto, en la práctica, cuando una entidad estima sus flujos de efectivo para un período infinito (que es el enfoque seguido cuando el DCF incorpora un valor final), se debe utilizar un bono con un vencimiento a largo plazo (al menos 10 años). Cuando proceda, la tasa libre de riesgo (rF) utilizado para calcular el costo del patrimonio (cp) y el costo de la deuda (cD) debe ser coherente.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 40 (b) Beta (β) La beta mide el riesgo sistemático en términos de magnitud y dirección de los movimientos en el precio de las acciones de una

entidad en comparación con los movimientos en el mercado en su conjunto. Un resumen de esto se ilustra en la siguiente

tabla: Figura 7: Tabla que ilustra los significados de varias betas (�) valores y ejemplos comunes Hay una distinción entre una beta apalancada y una beta no verificada: • Beta apalancada (�L) incluye los efectos financieros del apalancamiento (es decir, cuando una entidad se financia tanto

con deuda como con capital) cuando esto puede observarse desde los mercados • Beta no verificada (�u) no incluye apalancamiento. (es decir, representa la versión beta para una entidad que no tiene

financiación de deuda y, en su lugar, está totalmente financiada por los accionistas de capital). Una entidad debe aplicar una beta apalancada (�L) sobre la base de los niveles típicos de deuda y capital del mercado de una entidad equivalente en el mismo sector industrial si se dispone de este factor.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 41

Sin embargo, en muchos casos, una entidad puede estar compuesta por numerosas UGE. En tales casos, cuando la entidad tiene acceso a una beta no verificada a nivel de entidad (�u), la entidad deberá, en función del nivel en el que se evalúe el deterioro: • Aplicar apalancamiento a la beta sin interrupciones del

mercado a nivel de entidad. • Aplicar apalancamiento a la beta no verificada del mercado

en función de los niveles típicos de deuda y capital del mercado para cada UGE individual (es decir, aplicar betas apalancadas a nivel UGE separadas a cada UGE).

(c) Primas de riesgo específicas de capital, país, tamaño y empresa La prima de riesgo de capital cuantifica la prima de riesgo de capital esperada para los instrumentos de capital de la entidad. La prima de riesgo del país es la rentabilidad adicional o prima exigida por un inversionista para compensarlos por el mayor riesgo asociado con la inversión en un país extranjero. La prima de tamaño refleja el hecho de que, en algunos casos, el tamaño de la entidad o UGE en el momento de la prueba de deterioro puede afectar a la tasa de descuento. La prima de riesgo específica de la empresa refleja los riesgos inherentes a la consecución de los flujos de efectivo discrecionales previstos de la entidad. (d) Costo de la deuda (CD) Aunque algunas entidades tienen instrumentos de deuda que se negocian en un mercado (como obligaciones), la mayoría de las entidades no lo hacen. En la práctica, un método común para determinar el costo de la deuda (cD) es utilizar la tasa libre de riesgo (rF) de la jurisdicción en la que opera la entidad (o algunas de sus UGE) y, a continuación, ajustar para tener en cuenta la prima de riesgo de mercado que se aplicaría a una entidad o UGE similares. Además, una entidad también podría utilizar la tasa de endeudamiento que se aplicaba a un préstamo que se había sacado recientemente con un tercero al alcance de la mano como representante del costo actual de la deuda (cD). Sin embargo, no sería apropiado utilizar una tasa de endeudamiento (o un diferencial de crédito) para los empréstitos que no se habían sacado recientemente. Esto se debe a que, durante el período transcurrido desde que se habían sacado esos empréstitos, podría haber habido cambios en: • El mercado global del crédito • La calidad crediticia de la entidad. Uno o ambos de los anteriores podrían significar que la entidad pagaría una tasa de interés diferente por la misma cantidad de empréstitos, si se concreta un nuevo acuerdo en la fecha de

la prueba de deterioro (la entidad podría estar sujeta a una tasa de préstamo mayor o inferior). El requisito de determinar una tasa de préstamo actual se aplica en todos los casos, incluso cuando la entidad no tiene necesidad de financiamiento adicional y/o no tiene necesidad de pagar ninguno de los préstamos existentes dentro de la previsión y el período terminal. (e) Estructura de capital (deuda y patrimonio) El CPPC se calcula sobre la base de las proporciones de la deuda (D) y el patrimonio (P) a la estructura global de capital (D + P). • La «ponderación» aplicada al costo de la deuda (cD) es

igual a [ D / ( D + P ) ] • La «ponderación» aplicada al costo del patrimonio (cp)

es igual a [ P / ( D + P ) ] La NIC 36 aclara que la tasa de descuento utilizada en un cálculo de valor en uso debe ser independiente de la estructura de patrimonio real de la entidad. Cuando CPPC se utiliza como sustituto de la tasa de descuento, este requisito se extiende a los importes de la deuda (D) y del patrimonio (P) utilizados para calcular las «ponderaciones». En consecuencia, los importes y ponderaciones de la deuda (D) y del patrimonio (P) deben basarse en los de un grupo de entidades iguales que reflejen la estructura de capital que un inversor aplicaría al invertir en la entidad o UGE (es decir, la «estructura de capital de mercado»). Este requisito se basa en el hecho de que los flujos de efectivo futuros generados por una entidad o UGE no se ven afectados por la forma en que se financia una entidad o UGE (es decir, si se financian con deuda o capital, o una mezcla diversa de los dos). Para ilustrar, supongamos que una UGE fue financiada en su totalidad por capital. Si las CPPC se determinaron sobre la estructura de patrimonio específica de la entidad (en lugar de la estructura de capital de mercado), la entidad: • Tendría una tasa de descuento más alta (CPPC) que una

empresa idéntica con una estructura de patrimonio

diferente (una «entidad apalancada comparable»),

debido a que se pone más peso en el mayor costo de

patrimonio (cp) exigidos por los accionistas.

• Calcularía un importe recuperable más baja en

comparación con una entidad apalancada comparable

debido al uso de una tasa de descuento más alta (CPPC).

• Estaría sujeta a deterioro en un punto anterior que una

UGE para una entidad apalancada comparable.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 42

Comentario BDO

Tras la adopción de la NIIF 16, el importe de los activos y pasivos reconocidos en el estado de situación financiera de una entidad difiere, lo que puede afectar a la CPPC calculada, ya que la estructura de patrimonio de una entidad cambiará. El efecto de las tasas de descuento en los cálculos de valor en el uso posteriores a la adopción de la NIIF 16 se examina en la Sección 4.4.1(i), incluido un ejemplo trabajado. (f) Otras consideraciones Hay una serie de otras consideraciones que una entidad debe tener en cuenta al determinar la tasa de descuento que se aplicará en un DCF:

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 43

Factor to consider

Errores comunes en la práctica

Zonas generales

1. 1. Evaluación incorrecta de cualquiera de los parámetros anteriores (para obtener más detalles, consulte a continuación).

2. No aplicar tasas de descuento separadas a las UGE individuales, donde las UGE están expuestas a diferentes

mercados, industrias, jurisdicciones, productos, monedas, tipos de interés, etc.

3. No contabilizar los flujos de efectivo generados o incurridos en divisas extranjeras de forma adecuada:

• No aplicar tasas de descuento separadas a los flujos de efectivo derivados en divisas extranjeras • No traducir los flujos de efectivo en moneda extranjera con descuento a la tasa spot en la fecha de la prueba

de deterioro.

Zonas específicas relacionadas con el uso de CPPC

4. Uso de entradas con características incompatibles con el período (previsión o terminal) para el que se incluyen:

• Por ejemplo, determinar el costo de la deuda (cD) a corto plazo (es decir, 1 año) cuando el período de proyección sea de 5 años.

5.Basando el costo de la deuda (cD) sobre una tasa atribuible a los empréstitos adquiridos por la entidad que no fueran:

• Recibido recientemente • A condiciones de mercado.

6. Determinar las ponderaciones de la deuda (D) y el patrimonio (P) en los coeficientes específicos de deuda y capital de

la entidad, en lugar de en las de un grupo de entidades pares que reflejan la estructura de capital de mercado externo que un inversionista aplicaría al invertir en la UGE.

7. Usar la fórmula CPPC después de impuestos en lugar de la fórmula antes de impuestos y no realizar los ajustes

apropiados – véase más arriba. La NIC 36 exige específicamente que los flujos de efectivo sean antes de impuestos y, por lo tanto, por coherencia, la tasa de descuento debe excluir el efecto fiscal.

Zonas específicas relacionadas con el uso del CAPM para determinar el costo del capital (re)

8.Determinación incorrecta de la tasa libre de riesgo (rF):

• Uso de una tasa de bonos corporativos cuando no hay un mercado profundo de alta calidad • Uso de una tasa de una jurisdicción fuera de la jurisdicción del activo o UGE • Abastecer la tasa libre de riesgo (rF) de instrumentos que no tienen una madurez a largo plazo.

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IFRS In Practice: IAS 36 Impairment of assets (2020/2021) 44

9. Determinación incorrecta de la prima de riesgo de mercado (MRP):

• Usar un MRP que no se base en una perspectiva a largo plazo • Dependencia excesiva de un MRP hacia atrás • Uso de MRP desde fuera de la jurisdicción del activo o UGE.

10.Determinación incorrecta de la entidad beta (β):

• Simplemente suponiendo que el valor se mueve en la misma dirección y en la misma magnitud que el mercado global (β = 1)

• No usar una beta apalancada (βL) sobre la base de los niveles típicos de deuda y capital del mercado de la entidad (UGE)

• Aplicar una beta apalancada a nivel de entidad (βL) a todas las UGE dentro de la entidad.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 45

5. RECONOCER UN DETERIORO Si el importe recuperable de un activo (UGE) es inferior a su importe en libros, el activo (UGE) se ve deteriorado (consulte figura 3). A continuación, se requiere que el importe en libros del activo (UGE) se reduzca a su importe recuperable. Una pérdida por deterioro se reconoce en el beneficio o la pérdida, excepto cuando el activo relacionado se lleva a su importe revalorizado, en cuyo caso la pérdida por deterioro se reconoce en otros ingresos integrales en la medida en que la pérdida por deterioro no exceda el superávit de revalorización de ese activo. Plusvalía asignada a las UGE Para activos individuales, la asignación del deterioro será sencilla. Cuando el deterioro se refiera a una UGE (o a un grupo de UGE), la NIC 36 Deterioro de activos El párrafo 104 exige que cualquier pérdida por deterioro se tome primero para reducir el monto de plusvalía en libros asignado a la UGE, con cualquier deterioro restante asignado a todos los demás activos deteriorables dentro de la UGE (que están dentro del ámbito de aplicación de la NIC 36) sobre la base de sus valores relativos. Esta asignación a todos los demás activos no debe dar lugar posteriormente a que el importe en libros de estos activos sea inferior al superior de (NIC 36.105): a) Valor razonable menos costos de disposición (si se puede

medir) b) Valor en uso (si es determinable), y c) Cero. Los requisitos de la NIC 36.105 se denominan a veces «piso», cuando los importes en libros de determinados activos no se reducen por debajo de su valor razonable individual menos los costos de disposición, a pesar de que se someten a pruebas de deterioro como parte de una UGE o grupo de UGE. En el caso de los activos individuales, si el importe estimado para una pérdida por deterioro es mayor que el importe en libros del activo relacionado, sólo se reconoce un pasivo por el exceso si así lo requiere otra NIIF. En el caso de las UGE, una vez aplicados los requisitos de las NIC 36.104 y 105, las entidades solo están obligadas a reconocer cualquier cantidad restante de pérdida por deterioro si así lo requiere otra NIIF.

Comentario BDO La asignación de pérdidas por deterioro atribuibles a una UGE (o a un grupo de UGE si la plusvalía no se puede asignar individualmente a las UGE) que sean superiores al importe en libros de la plusvalía puede verse afectada por la medida en que el valor razonable menos los costos de disposición y el valor en uso pueden medirse para activos individuales. Propiedad, planta y equipo Para ciertos ítems de planta y equipo, es posible que una entidad no pueda medir el valor razonable de un activo individual menos los costos de enajenación o determinar el valor del activo en uso. En otros, en particular para los equipos especializados, el valor razonable menos los costos de disposición pueden ser bajos o insignificantes. Por lo tanto, las pérdidas por deterioro excesivo, después de perjudicar la plusvalía en su totalidad, se asignarían sobre una base de valor relativo. Sin embargo, para ciertos bienes, la información para medir un valor razonable de los activos menos los costos de enajenación estarán fácilmente disponibles en la mayoría de los casos. Por ejemplo, una UGE puede contener la sede de una entidad (ya que la oficina central no genera flujos de efectivo identificables por separado). En la mayoría de los casos, el valor de mercado (que se aproxima al valor razonable menos el costo de disposición) estaría fácilmente disponible. Por lo tanto, si la casa matriz se midió de acuerdo con el modelo de revalorización bajo la NIC 16 Propiedad, Planta y Equipo, porque su valor en libros (valor de mercado) debe aproximar el valor razonable menos el costo de venta, y no debe haber un valor nominal de deterioro asignado a la casa matriz. Sin embargo, si la sede central se mide de acuerdo con el modelo de costos de la NIC 16, el valor de mercado no se reflejará en el importe

en libros depreciado de la sede central. Por lo tanto: • si el valor de mercado era mayor que el valor en libros,

no se asignaría ningún deterioro

• Si el valor de mercado fuera inferior al importe en

libros, el deterioro se asignaría de conformidad con los

apartados 104 y 105 arriba.

Page 46: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 46 Activos de derecho de uso Determinar el valor razonable menos los costos de enajenación de un activo de derecho de uso a efectos de determinar el «piso» para el importe del deterioro que se le asignará cuando se incluye en el valor en libros de una UGE puede ser complejo. Como se ha señalado anteriormente, el valor razonable menos los costos de disposición de determinados bienes, instalaciones y equipos puede ser mensurable en determinadas situaciones. Para ciertos activos de derecho de uso, esto puede ser más difícil. En otros casos, cuando los activos con derecho de uso no generan entradas de efectivo en gran medida independientes de otros activos, en cambio, formando parte de una unidad generadora de efectivo, el valor razonable del activo del derecho de uso sobre una base independiente puede ser relativamente pequeño. Si un arrendatario puede entrar en un subarriendo, el valor razonable del activo del derecho de uso puede ser estimado por referencia a los flujos de efectivo que pueden generarse a través del subarriendo. UGE a las que no se ha asignado plusvalía Como se explica en la sección 2.2, la plusvalía puede estar relacionado con varias UGE, pero puede no ser imputable al valor de carga de cada una de esas UGE. En este caso, el «orden» del reconocimiento de la pérdida por deterioro se modifica con respecto a lo anterior. Si una UGE se somete a pruebas de deterioro y la plusvalía está incluido en su valor en libros, entonces la plusvalía siempre se ve afectada primero. Si el valor en libros de una UGE no contiene plusvalía (es decir, no se asigna a la UGE), pero forma parte de un grupo de UGE que contienen la plusvalía, una entidad reconoce primero cualquier deterioro de esa UGE antes de probar el deterioro del grupo de unidades al que se asigna la plusvalía (IAS 36.98).

Ejemplo – reconocimiento de deterioro para un grupo de UGE a las que se refiere la plusvalía, pero no se ha asignado

XYZ Company es adquirida en una combinación de negocios por ABC Company. ABC determina que XYZ consta de tres UGE, y

aunque la plusvalía se reconoce en la combinación de negocios, no puede asignarse a las UGE individuales de forma no arbitraria.

Por lo tanto, la plusvalía no está asignada, sin embargo, se relaciona con las UGE X, Y y Z. Al final del período, ABC determina que existen indicadores de deterioro para las tres UGE, por lo tanto, se requiere una prueba de deterioro. ABC determina que el valor en uso es superior al valor razonable menos los costos de disposición para todas las UGE, por lo tanto, el valor en uso representa el importe recuperable para todas las UGE. El importe en libros de las UGE, la plusvalía y los importes recuperables son: G

Dado que los importes en libros de las UGE X y Z excedieron su importe recuperable (es decir, su valor en uso), los importes en libros de las UGE se reducen primero. Tras el reconocimiento de este deterioro, los importes en libros de todas las UGE ahora son recuperables. Sin embargo, parte de la plusvalía relacionada con esas UGE pero no asignadas a sus valores en libros no es recuperable, ya que la pérdida por deterioro CU130 reconocida (CU70 + CU60) es menor que la diferencia total entre el valor en libros de todas las UGE y la plusvalía relacionada con esas UGE (CU 735 – CU480 - CU255). Por consiguiente, debe reconocerse un deterioro adicional.

Page 47: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 47 El deterioro adicional (CU255 – CU130 - CU125) reduce el valor de carga de la plusvalía a CU50 (CU175 – CU125). Después de registrar todos los cargos por deterioro, los importes en libros y el valor en uso son iguales en total:

Errores comunes en la práctica

1. La asignación de deterioro a activos antes de que el importe en libros de la plusvalía se haya reducido a cero, excepto en

determinadas circunstancias en las que la plusvalía sólo puede asignarse a un grupo de UGE (véase 2 abajo).

2. Cuando hay pruebas objetivas de deterioro y plusvalía sólo pueden asignarse a un grupo de UGE, no probar las UGE individuales para detectar deterioros excluyendo la plusvalía y registrando cualquier deterioro antes de agregar las UGE con fines de deterioro de la plusvalía.

3. La asignación de deterioro a otros activos que toman su valor en libros por debajo de su valor razonable medible

menos los costos de enajenación (o valor determinante en uso).

4. Incluyendo los flujos de efectivo en la medición del valor razonable menos los costos de enajenación de un activo de derecho de uso sin tener en cuenta todas las salidas de efectivo aplicables (por ejemplo, los pagos de arrendamiento variable no basados en un índice o tasa).

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 48

6. REVERTIR UN DETERIORO Cuando los activos (UGE), distintos de la plusvalía, se hayan visto perjudicados en períodos anteriores, la NIC 36 Deterioro de activos requiere que una entidad evalúe al final de cada período de presentación de informes si hay indicadores de que una pérdida por deterioro anterior se ha reducido (estos indicadores son los mismos que los indicadores que se describen en la sección 3.2). Si es así, la entidad está obligada a estimar el importe recuperable de ese activo (UGE), como se detalla en las secciones anteriores. Un deterioro anterior (que no sea la plusvalía) también se invierte si una entidad cambia las estimaciones utilizadas para determinar el importe recuperable de un activo (UGE), y esto da como resultado que el importe recuperable supere el importe en libros. Sin embargo, un deterioro anterior no se invierte únicamente debido al desenredado del descuento utilizado para determinar el importe recuperable. Esto se ilustra en el ejemplo siguiente.

Ejemplo: reversión del deterioro y reversión de la tasa de descuento Se compra un activo por CU140. Tiene una vida útil de 7 años, y se amortiza en línea recta. Al final del año 1, tiene un valor en libros de CU120 (CU140 – (CU140 / 7)). Al final del año 1, existen indicadores de deterioro y se realiza una prueba de deterioro. El importe recuperable se determina como valor en uso utilizando una tasa de descuento del 8%. Los flujos de caja nominales y descontados son los siguientes (redondeados):

Los flujos de efectivo descontados de CU92 son inferiores al valor en libros de CU120, por lo tanto, un deterioro CU28 se registra al final del año 1. El nuevo valor en libros de CU92 se utiliza para la amortización posterior. Al final del año 2, el valor en libros del activo es CU76 (CU92 – (CU92 / 6 años restante vida útil)). Las estimaciones de flujo de efectivo utilizadas en la prueba de deterioro se producen según lo previsto, por lo tanto, el valor en uso al final del año 2 es igual al valor en uso al final del año 1, más el reverso del descuento menos los flujos de efectivo recogidos en el año 2 (CU19). Por lo tanto, el importe recuperable al final del año 2 es CU79 (CU92 + (CU92 * 8%) – CU19). A pesar del importe recuperable que supera el valor en libros al final del año 2, esto no es un indicador de una reversión del deterioro y no se debe registrar ninguna reversión. El importe recuperable sólo supera el valor en libros debido al reverso de la tasa de descuento en los flujos de efectivo utilizados en el cálculo de deterioro. No ha habido ningún cambio en los flujos de efectivo estimados que se utilizaron para determinar que el activo se vio afectado al final del año 1, por lo tanto, no existen indicadores de una reversión del deterioro, y no se puede registrar dicha reversión. La NIC 36.116 prohíbe la reversión en situaciones en las que se produzca un aumento del importe recuperable únicamente debido a la reversión del descuento en los flujos de efectivo en el cálculo del deterioro. También debe señalarse que incluso si se puede registrar una reversión del deterioro, el importe de la reversión se limita al importe que lleva el activo (UGE) al importe en libros actual que se habría determinado (neto de amortización o depreciación) si no se hubiera reconocido ninguna pérdida por deterioro del activo (UGE) en años anteriores. En consecuencia, existe un límite decreciente en la cantidad de inversión potencial de deterioro para activos amortizables. Como excepción al enfoque general de permitir la reversión de las deficiencias, los importes asignados contra el importe en libros de la plusvalía nunca se invierten. Esto se debe a la dificultad práctica de determinar si el aumento del valor resulta de la eliminación de la razón del deterioro original, o si el aumento se debe en cambio a la plusvalía generada internamente (que las NIIF no permiten ser reconocidos como un activo).

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 49

Ejemplo – límite en la inversión

Al final del período actual: • Un activo (registrado a costo) tiene un importe en libros

de CU100 y una vida útil restante de 10 años. • La amortización se registra en línea recta con un valor

residual de cero (es decir, cargo por amortización anual de CU10)

• El activo se ve afectado por un importe recuperable de

CU60. Al final del período siguiente: • La entidad ha cobrado la depreciación para el año de CU6

(es decir, CU60 / 10 años), lo que resulta en un importe en libros de CU54 (es decir, CU60 – CU6)

• La entidad identifica que hay indicadores que el deterioro ha revertido, y determina que el importe recuperable es CU110.

El tratamiento resultante sería: • Debido a que el valor en libros del activo habría sido CU90 si

el deterioro nunca se hubiera registrado (es decir, CU100 – CU10), la entidad aumenta el importe en libros del activo a CU90 (es decir, la inversión de deterioro es CU36, no CU56).

La NIC 36 no especifica la forma en que debe registrarse la reversión, incluida la forma en que la reversión del deterioro debe afectar a la cantidad de amortización acumulada. Específicamente, la amortización acumulada debe ser: • El saldo que habría existido si el deterioro no hubiera sido

reservado previamente (es decir, un ajuste de "ponerse al día" para deshacer el efecto del deterioro anterior); O

• Sin cambios con respecto al importe calculado inmediatamente antes de la reversión del deterioro (es decir, el importe acumulado de amortización registrado en el beneficio o la pérdida).

Generalmente, el deterioro de los activos se incluye en una línea separada en las notas de los estados financieros que concilian el saldo de activos (por ejemplo, propiedad, planta y equipo, activos intangibles, etc.) de un período a otro. Este importe se presenta por separado de la amortización acumulada, ya que no representa la «asignación sistemática del importe amortizable de un activo a lo largo de su vida útil» (definición de depreciación y amortización, NIC 16.6). Como tal, la reversión de un deterioro registrado previamente no afecta generalmente a la amortización acumulada (es decir, no es necesario un ajuste de alcance). Cualquier reversión del deterioro se reconoce en el beneficio

o la pérdida (a menos que el activo se lleve a un importe

revalorizado de acuerdo con otra NIIF). La reversión de una

pérdida por deterioro de un activo revalorizado se considera

un aumento de la revalorización de acuerdo con esa otra

NIIF.

La reversión de una pérdida por deterioro de una unidad

generadora de efectivo se asigna a los activos deteriorables

de la unidad, excepto a la plusvalía, en función de sus valores

relativos.

Errores comunes en la práctica

1. Determinación incorrecta de que hay indicadores de una reversión del deterioro, cuando no existen tales indicadores.

2. Revertir un deterioro previo de la cantidad

en libros de la plusvalía.

3. Revertir un deterioro a un importe que da como resultado que el importe en libros del activo (UGE) sea mayor que el importe en libros que habría existido si el deterioro nunca hubiera sido reconocido.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 50

7. REVELACIÓN NIC 36 Deterioro de activos requiere revelaciones extensas para el deterioro, independientemente de si se ha reconocido un deterioro. 7.1. Suposiciones utilizadas Cuando el importe recuperable de una UGE se basa en su valor en uso, la dirección debe ejercer un juicio considerable. La NIC 36.134 requiere revelaciones detalladas sobre las estimaciones utilizadas para medir el importe recuperable de unidades generadoras de efectivo (UGE) a las que se han asignado una plusvalía significativa o activos intangibles con vida indefinida. El objetivo de los requisitos es ayudar a los usuarios a entender el enfoque seguido por la administración. Además de los requisitos específicos de revelación de la NIC 36, las NIC 1.122 y 125 requieren que una entidad revele juicios y estimaciones significativos hechos en la preparación de los estados financieros. Tales juicios y estimaciones pueden incluir elementos no requeridos específicamente por la NIC 36. En el pasado, los reguladores han hecho hincapié en que en los estados financieros deberían proporcionarse revelaciones cuantitativas más detalladas en lugar de agregadas, prestando especial atención a: • Suposiciones clave utilizadas • Períodos durante los cuales se pronostican los

flujos de efectivo • Tasas de crecimiento • Tarifas de descuento aplicadas • Consistencia de esas suposiciones con experiencia

pasada.

Errores comunes en la práctica

1. No identificar (y por lo tanto no revelar) todos los supuestos clave.

2. Revelar suposiciones que no son supuestos clave (es decir, revelación excesiva).

3. Sobre la agregación de supuestos clave.

Por ejemplo, la tasa de descuento (es decir, CPPC) se compone de varios parámetros con suposiciones asociadas (y bastante separadas).

Por lo tanto, puede ser posible que la determinación de una tasa de descuento pueda requerir que se revelen múltiples supuestos clave asociados (en lugar de una sola suposición global de clave).

4. No revelación de los elementos específicamente requeridos (arriba) para cada UGE.

5. Revelación de una(s) tasa(s) de descuento

después de impuestos (en lugar de la(s) tasa(s) de descuento antes de impuestos requerida(s))

7.2. Análisis de sensibilidad La NIC 36 exige que se divulga la sensibilidad de las cantidades recuperables a cambios razonablemente posibles en los supuestos clave cuando esos cambios harían que se reconozca un deterioro. En el entorno económico actual, estas revelaciones pueden ser particularmente pertinentes. Por lo tanto, puede ser apropiado incluir análisis de sensibilidad relacionados con supuestos clave utilizados, que pueden incluir: • Tasas de crecimiento • Tasa de descuento • Parámetros dentro de la tasa de descuento • Margen operativo y su impacto en los ingresos o el

volumen de ventas. Es importante que las entidades presenten el efecto de un cambio razonablemente posible en los supuestos clave. Por ejemplo, un análisis que muestre los efectos de un aumento o disminución de la tasa de descuento de 25 puntos básicos no sería apropiado si la experiencia pasada para los tipos de interés indicara que un cambio razonablemente posible en los tipos de interés era +/- 100 puntos básicos

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 51

Errores comunes en la práctica

un cambio razonablemente posible en las tasas de interés fue +/- 100 puntos básicos.

1. No identificar (y por lo tanto revelar un

análisis de sensibilidad para) todos los cambios razonablemente posibles en los supuestos clave.

2. No presentar un cambio razonablemente posible

en el análisis de sensibilidad, incluyendo:

• Estimaciones por encima o por debajo de los

límites superior o inferior del análisis.

• Suponiendo que el valor absoluto de los límites

superior e inferior es el mismo.

Por ejemplo, un cambio razonablemente posible en el costo de la deuda (cD) puede ser un aumento de 100 puntos básicos (límite superior), pero sólo una disminución de 25 puntos básicos (límite inferior).

Este es el escenario probable en el que las tasas de interés

están en mínimos históricos, y por lo tanto se esperaría

razonablemente que no caerían mucho más bajo. 7.3. Revelaciones por UGE Las revelaciones discutidas en las secciones 7.1 y 7.2, así como otra información como el valor en libros de la plusvalía y/o activos intangibles con vida útil indefinida o el monto recuperable asignado a cada UGE, deben presentarse en las notas de cada UGE a las que se haya asignado una proporción significativa de la plusvalía total de la entidad. No se permite la omisión de estas revelaciones por razones de confidencialidad. Las entidades también están obligadas a revelar los acontecimientos y circunstancias que llevaron al reconocimiento de un deterioro por separado para cada UGE a la que se ha asignado la plusvalía.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 52

8. UGE CON INTERESES MINORITARIOS Apéndice C de la NIC 36 Deterioro de activos proporciona orientación para probar las unidades generadoras de efectivo (UGE) para el deterioro cuando una UGE contiene tanto la plusvalía como el interés minoritario (NCI). NCI representa el capital de una subsidiaria que no es directa o indirectamente atribuible a la matriz y surge cuando una matriz no posee el 100% de las participaciones de capital en la subsidiaria. NIIF 3 Combinaciones de negocios proporciona una selección de métodos para medir NCI, para cada combinación de negocios individual. Esta opción permite el reconocimiento de la plusvalía sólo para la participación de la matriz (mayoría) (parte proporcional de los activos netos), o para toda la entidad, incluido la plusvalía atribuible al NCI (valor razonable). La tabla siguiente muestra esta diferencia cuando una entidad está comprando un negocio que posteriormente se tratará como una sola UGE. Figura 8 – Métodos de medición de NCI en la NIIF 3

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 53 Además de la diferencia en el NCI calculado y la plusvalía, la forma en que se asigna cualquier pérdida por deterioro contra el valor en libros de la UGE difiere. Esto se resume en la siguiente tabla.

Method NCI share of goodwill

is included in goodwill calculated

Figura 9 – Impacto en el deterioro posterior de una UGE dependiendo del método utilizado para medir cualquier NCI

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 54

Ejemplo – NCI calculado utilizando la participación proporcional del método de activos netos

El uso de las mismas cantidades que en Figura 9 arriba, como en la fecha de adquisición • Valor razonable de la consideración = 1.500 UE

• Activos netos = 1.000 UE

• NCI - 20% = 200 UE

• Plusvalía = 700 UE Ahora supongamos como en la fecha de notificación:

• Activos netos (exc. plusvalía) =1.200 UE

• • Importe recuperable =1.300 UE Cálculos (i) Plusvalía atribuible a NCI

= UE175 (ver arriba)

Por lo tanto, el nocional total de la plusvalía es igual a UE875 [UE700 + UE175] (ii) Valor en libros ajustada a nocional de UGE (a efectos de pruebas de deterioro)

= UE1,200 + UE700 + UE175

= UE2,075 (iii) Pérdida por deterioro (basado en el importe en libros ajustado nocionalmente por UGE y el importe

recuperable)

= UE1,300 – UE2,075

= (UE775) (iv) Asignación de pérdida por deterioro y valor en libros de la plusvalía

(v) Importes reconocidos en los estados financieros consolidados de la matriz Estado de situación financiera

Activos netos UE1,200

Plusvalía UE 80

Estado de ingresos integrales

Gastos por deterioro UE 620 Nota: El monto en libros y la pérdida por deterioro asociada atribuible a la participación de la plusvalía del NCI no se reconocen en los estados financieros de la controlante.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 55

Ejemplo – NCI calculado utilizando el método de valor razonable

El uso de las mismas cantidades que en Figura 9 arriba, como en la fecha de adquisición • Consideraciones de Valor razonable = UE 1,500

• Activos netos = UE 1,000

• NCI - 20% = UE375 [incluyendo UE175 de la plusvalía atribuida]

• Plusvalía = UE 875

Ahora supongamos como en la fecha de reporte:

• Activos netos (exc. plusvalía) = UE 1,200

• Importe recuperable = UE 1,300 Cálculos Nota: Debido a que la plusvalía atribuible al NCI se ha incluido en su fecha de adquisición el valor razonable, no es necesario calcular un importe en libros nocional para la plusvalía del NCI y la UGE. (i) Valor en libros de UGE

= UE1,200 + UE875

= UE2,075 (ii) Pérdida por deterioro (basada en el importe en libros de UGE y el importe recuperable)

= UE1,300 – UE2,075

= (UE775) (iii) Valor en libros de la plusvalía

= UE875 – UE775

= UE100 (iv) Importes reconocidos en los estados financieros consolidados de la matriz

Estado de situación financiera

Activos netos UE 200

Plusvalía UE 100

Estado de ingresos integrales

Gastos por deterioro UE 775

Acciones de NCI UE (155) [es decir, UE775 x 20%]

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9. Otras consideraciones prácticas 9.1. Deterioro de activos (grupos de disposición)

mantenidos para la venta de acuerdo con la NIIF 5

Activos mantenidos para la venta de acuerdo con los criterios de la NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta están fuera del ámbito de la NIC 36 Deterioro de activos (NIC 36.2(i)). Sin embargo, la NIIF 5 exige que, inmediatamente antes de la clasificación de los activos (grupos de disposición) mantenidos para la venta, los activos (grupos de disposición) deberán medirse de conformidad con otras NIIF aplicables. Como resultado, y los activos dentro del ámbito de aplicación de la NIC 36 tendrían que ser evaluados y/o probados para detectar deterioro o reversión de deterioro. Cuando se identifica un deterioro, se reconocería una pérdida por deterioro (o viceversa por una reversión del deterioro cuando corresponda). Este enfoque garantiza que las pérdidas por deterioro sean reconocidas y presentadas a los usuarios de los estados financieros como parte de los resultados de las operaciones, en lugar de ser reconocidas y presentadas como una pérdida de valor razonable en la eliminación cuando se venden los activos (grupos de disposición). 9.2. Costos de préstamo capitalizados en

activos calificados Las entidades están obligadas a capitalizar los costos de endeudamiento en activos calificados de conformidad con la NIC 23 Costos de préstamo. Un activo calificado es un activo que necesariamente toma un período sustancial de tiempo para prepararse para su uso o venta previsto (IAS 23.5). A efectos de las pruebas de deterioro, el valor en libros de los activos calificados no se ajusta para eliminar los costos de endeudamiento capitalizados. Sin embargo, como se discutió anteriormente en la sección 4.1.4., los flujos de efectivo de la deuda con Excluidos de los cálculos de valor en uso, ya que el efecto de las actividades de financiación se incorpora para determinar el tipo de descuento. La cuestión que se plantea entonces es si una entidad debe seguir capitalizando los costos de endeudamiento como una adición al valor en libros de un activo calificado deteriorado. Ni la NIC 23 ni la NIC 36 abordan este problema. Sin embargo, no parece haber ninguna base para que una entidad no continúe con la capitalización de los costos de endeudamiento a un activo calificado deteriorado. Por consiguiente, los costos de endeudamiento deben seguir capitalizados, reconociendo, según proceda, un cargo adicional por deterioro.

9.3. Las UGE que contienen planta y equipo que ya

no está en uso Es poco probable que las entradas de efectivo para muchos artículos de planta y equipo sean identificables sobre una base de artículo individual y, por lo tanto, el importe en libros de dichos activos normalmente se agrega a una unidad generadora de efectivo (UGE) y se evalúa por deterioro sobre esa base. Sin embargo, cuando los artículos de planta y equipo ya no están en uso (es decir, obsoletos y/o abandonados), ya no generan entradas de efectivo ni contribuyen a las entradas de efectivo de la UGE. Por consiguiente, dichos activos deben excluirse del importe en libros de la UGE y, a menos que pueda apoyarse otro importe mediante una evaluación del valor razonable menos los costos de enajenación, dichos activos deben verse totalmente deteriorados. Esto es independientemente de si el importe recuperable de la UGE puede soportar el monto total en libros de la planta y equipo obsoleto y/o abandonado. 9.4. Estados financieros intermedios IFRIC 10 Informes financieros intermedios y deterioro exige que cuando una entidad haya reconocido el deterioro del importe en libros de la plusvalía en sus estados financieros intermedios, no se permita que el deterioro se revierta en sus estados financieros intermedios o anuales subsiguientes en caso de que los cambios en los hechos y circunstancias de que el importe recuperable de la UGE sea superior a su importe en libros a partir de su período intermedio o anual posterior. Por lo tanto, una entidad reconocerá en sus estados financieros intermedios o anuales cualquier deterioro de la plusvalía que se haya reconocido en una fecha de presentación de informes intermedios anteriores. Por consiguiente, podría producirse una diferencia de enfoque para dos entidades idénticas, una de las cuales prepara estados financieros provisionales y la otra prepara sólo estados financieros anuales. Esto se produciría si el importe recuperable de la plusvalía se hubiera recuperado de tal manera que apoyara plenamente el importe en libros del no deterioro al final del ejercicio, con la entidad que informó que anualmente realizaba su prueba anual de deterioro en ese momento.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 57

9.5. Reconocimiento de la plusvalía - estados

financieros separados La plusvalía suele ser el resultado de una combinación de negocios que implica la adquisición de (una participación controladora en) los instrumentos de capital de la adquirente (es decir, el capital social de la adquirente). En estos casos, la plusvalía relativa a la combinación de negocios sólo se reconoce en los estados financieros consolidados del adquirente, y no en sus estados financieros

separados. Por lo tanto, la plusvalía probaría el deterioro en los estados financieros consolidados. Sin embargo, si una combinación de negocios no implica la adquisición de una entidad separada (es decir, es una compra de activos netos y comerciales), la plusvalía se reconocerá tanto en los estados financieros separados como consolidados de la entidad.

Figura 10 – Reconocimiento de la plusvalía en estados financieros separados y consolidados

Page 58: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 58 9.6. Pérdidas por deterioro de operaciones extranjeras Cualquier pérdida por deterioro se calcula sobre la base de los importes en libros en los estados financieros separados antes de que se incluyan en los estados financieros del inversor. Por ejemplo, si un inversionista tiene una moneda funcional y de presentación de X y una subsidiaria con una moneda funcional de Y, esa subsidiaria registra cualquier deterioro antes de que sea consolidado por el inversionista. A pesar de que el deterioro da lugar a una reducción de los activos netos de una operación extranjera, ninguna parte de las diferencias cambiarias relativas a esa operación extranjera reconocidas en otros ingresos integrales puede ser reclasificada del capital a beneficio o pérdida. Esto se debe a que los requisitos de la NIC 21.48 sólo se aplican a la eliminación o eliminación parcial de una operación extranjera, y el deterioro no da lugar a la eliminación o eliminación parcial de la operación extranjera. 9.7. Deterioro del capital contabilizado de los inversionistas En octubre de 2017, la NIC 28 Inversiones en Asociados y Empresas Conjuntas se modificó para aclarar la contabilidad de los intereses a largo plazo en asociados y empresas conjuntas. Estas enmiendas aclaran que las entidades aplican la NIIF 9 a los intereses a largo plazo en una empresa asociada o conjunta a la que no se aplica el método de capital tales como los intereses a largo plazo que, en esencia, forman parte de la inversión neta de la entidad en una empresa asociada o conjunta. Tales partidas pueden incluir acciones de preferencia y créditos o préstamos a largo plazo, pero no incluyen créditos comerciales, cuentas por pagar o cuales sean créditos a largo plazo para los que existan garantías adecuadas, como préstamos garantizados. En este contexto, se hace una distinción entre las inversiones que se contabilizan utilizando el método del patrimonio (al que se aplica una parte de los activos netos en el partícipe) y la contabilidad de los intereses a largo plazo (a los que se puede aplicar una parte de los beneficios o pérdidas). Esto es relevante para la NIC 36, ya que establece el orden en que una entidad aplica los requisitos de la NIC 28, NIIF 9 y NIC 36. El árbol de decisión que figura a continuación puede utilizarse para determinar si un instrumento está comprendido en el ámbito de aplicación de la NIC 28 o la NIIF 9. El método de patrimonio establecido en la NIC 28 se aplica a los instrumentos que otorgan al titular el derecho a la participación de los activos netos del partícipe, por ejemplo, los instrumentos de capital o aquellos instrumentos con derechos de voto potenciales que, en la actualidad, dan acceso a los rendimientos asociados a un interés de propiedad. Una vez que cada componente ha sido identificado como capital contable o un interés a largo plazo, se debe seguir el enfoque establecido en el siguiente diagrama: 1 IAS 28.14A

2 IAS 28.38

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 59 Es importante señalar que, aunque las pérdidas pueden aplicarse a intereses a largo plazo, como las acciones preferentes y los créditos a largo plazo o los préstamos que, en esencia, forman parte de la inversión neta de la entidad en una empresa asociada o conjunta, esto no es la aplicación del método de capital porque se trata de una asignación de pérdidas, y no de todos los cambios en los activos netos:

Step 1: Determine if the interest is in the scope of IAS 28 or IFRS 9

Step 2: Apply IFRS 9 ECL model to the long-term interest

Step 3: Apply the equity method to equity interests

Step 4: Allocate any remaining losses to the long-term interest

Step 5: Apply IAS 28 impairment indicators to the net investment and, if there is objective evidence of impairment, apply IAS 36

Page 60: NIIF en la Práctica 2020-2021 - BDO

NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 60 Esto se ilustra con los dos ejemplos siguientes:

Ejemplo A

La Entidad A tiene una participación del 30% en la Entidad B. A 31 de diciembre de 20X1 la participación en el capital social es de UE15.000. La Entidad A también proporcionó un préstamo a largo plazo de UE5.000 a la Entidad B el 1 de octubre del 31 de 20X1. La Entidad B generó UE10,000 en pérdidas durante 20X1. Supongamos que se debe reconocer una pérdida de crédito esperada de UE1.000 si la Entidad A aplica el modelo IFRS 9 ECL (por su sigla en inglés) al préstamo a largo plazo. La Entidad A también señala que, aunque la Entidad B ha generado pérdidas durante el período del reporte y no hay pruebas objetivas de deterioro. En primer lugar, la Entidad A determina si la participación está en el ámbito de aplicación de la NIC 28 o la NIIF 9: • La participación patrimonial de UE15.000 está en

el ámbito de la NIC 28, y • El préstamo a largo plazo de UE5.000 a la Entidad

B está en el ámbito de la NIIF 9. En segundo lugar, la Entidad A aplica el modelo de NIIF 9 de ECL (por su sigla en inglés) al préstamo a largo plazo que determina que se debe reconocer una pérdida de crédito esperada de UE1.000 dejando un saldo neto de préstamos a largo plazo de UE4.000. En tercer lugar, la Entidad A aplica el método de patrimonio a la participación en el capital de UE15,000 asignando las pérdidas de UE3,000 (UE10,000 x 30%) a la participación patrimonial dejando un saldo de UE12.000. El cuarto paso no da lugar a ningún ajuste al interés a largo plazo, porque la Entidad A no tiene pérdidas mayores que el importe del capital contable. Por último, la Entidad A aplica los indicadores de deterioro de la NIC 28 a la inversión neta en la Entidad B. La inversión neta a 31 de diciembre de 20X1 es el total del patrimonio y la participación a largo plazo en la Entidad B de UE16.000 (UE12.000 de participación patrimonial más préstamo a largo plazo de 4.000 UE). La Entidad A señala que, aunque la Entidad B ha generado pérdidas durante el período del reporte, no hay pruebas objetivas de deterioro. El saldo final de la inversión neta en la Entidad B a 31 de diciembre de 20X1 es de UE16.000.

Los mismos hechos que el ejemplo 1A anterior excepto que la entidad B generó UE40,000 de pérdidas durante 20x1 y está experimentando dificultades financieras significativas. Las pérdidas crediticias esperadas de UE4.500 se reconocerían si la Entidad A aplica el modelo DE NIIF 9 ECL (por su sigla en inglés) al préstamo a largo plazo. La Entidad A determina que hay pruebas objetivas de deterioro de conformidad con las NIC 28.40 y 41A-C. En primer lugar, la Entidad A determina si los intereses están en el ámbito de aplicación de la NIC 28 o la NIIF 9: • La participación patrimonial de UE15.000 está en el

ámbito de la NIC 28, y • El préstamo a largo plazo de UE5.000 a la Entidad B

está en el ámbito de la NIIF 9. En segundo lugar, la Entidad A aplica el modelo de NIIF 9 ECL (por su sigla en inglés) al préstamo a largo plazo que determina que una pérdida de crédito esperada de UE4.500 debe ser reconocida dejando un saldo neto de préstamos a largo plazo de UE500. En tercer lugar, la Entidad A aplica el método de patrimonio a la participación en el capital UE15,000 mediante la asignación de UE12,000 (UE40,000 x 30%) de las pérdidas a la participación patrimonial que da como resultado que el componente de capital contabilizado alcance UE3.000. No hay pérdidas adicionales para asignar en el cuarto paso. Por último, la Entidad A aplica los indicadores de deterioro de la NIC 28 a la inversión neta en la Entidad B. La inversión neta a 31 de diciembre de 20X1 es el total de los intereses de capital y a largo plazo en la Entidad B de UE3.500. La Entidad A señala que hay pruebas objetivas de deterioro de su inversión neta en la Entidad B, ya que la Entidad B está experimentando dificultades financieras significativas. El importe recuperable de la inversión neta se determina que es UE600, por lo tanto, se registra un deterioro de UE2,900. Este deterioro se asigna al componente de cuenta de capital, porque se sitúa por detrás del préstamo a largo plazo.

Ejemplo B

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 61

Comentario BDO

El valor en libros de la participación en patrimonio registrada incluye cualquier plusvalía. Sin embargo, a los efectos de las pruebas por deterioro de conformidad con la NIC 36, el importe en libros de la participación en patrimonio registrada se trata como un único activo (es decir, cualquier plusvalía relacionada con el capital contable invertido no se prueba para detectar deterioro por separado) y cualquier deterioro cobrado es capaz de revertirse en su totalidad. De conformidad con los requisitos de la NIC 36 aplicables a otros activos, la reversión de un deterioro registrado previamente sólo se registra cuando hay una indicación de que una pérdida por deterioro reconocida en períodos anteriores ya no existe o puede haber disminuido. Dicho de otra manera, debe haber cambios en los supuestos y estimaciones que se han producido desde que el deterioro se registró originalmente para que se revirtiera. De lo contrario, el deterioro podría revertirse únicamente debido a la disminución del valor en libros del beneficiario contabilizado debido a la aplicación del método de patrimonio. 9.8. Consideraciones especiales – COVID-19 CUANDO LAS IMPLICACIONES DE DETERIORO DE COVID-19 DEBEN SER RECONOCIDAS Determinar cuándo los efectos de COVID-19 deben reflejarse en los cálculos de deterioro de conformidad con la NIC 36 dependerá de: • El final del período de los estados financieros (es

decir, la fecha del balance); Y • El sector y la geografía en el que opera la entidad. Los efectos de COVID-19 son generalmente un evento posterior "no ajustado" a 31 de diciembre de 2019. El 30 de enero de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud declaró que el COVID-19 era una emergencia sanitaria mundial, lo que generalmente desencadenó el reconocimiento de los amplios efectos económicos del brote en los estados financieros. Sin embargo, el 30 de enero de 2020 no debe considerarse una «regla» para cuando las entidades deben empezar a reconocer los efectos del brote, ni debe considerarse como un punto en el que deben reconocerse todos los efectos de COVID-19. El momento y la gravedad de los efectos han variado entre diferentes entidades y jurisdicciones. Por ejemplo, un fabricante con un fin de año del 31 de diciembre de 2019 que importa cantidades significativas de inventario de la región de Wuhan de China podría haber

experimentado perturbaciones derivadas del brote antes del 30 de enero de 2020 (porque hubo efectos significativos a finales de 2019), y por lo tanto esta incertidumbre se habría considerado como al 31 de diciembre de 2019 fin de año en la aplicación de varias políticas contables por parte de la entidad , incluido el deterioro. Esto se debe a que, sobre la base de la información conocida a 31 de diciembre de 2019, uno de los escenarios razonablemente posibles puede haber sido efectos significativos de COVID-19. Además, los efectos del brote han evolucionado y cambiado día a día, de tal manera que puede ser difícil en un sentido práctico para las entidades "cortar" la información que es pertinente en un período determinado. Si bien no es apropiado utilizar retrospectiva, será apropiado evaluar si los diversos escenarios que se utilizan a los efectos de la NIC 36 en cada fecha de presentación de informes incorporan todos los supuestos razonables y justificables en esa fecha sobre el rango de condiciones económicas que se prevé que existen en el futuro. La NIC 10.22(g) utiliza el ejemplo de "cambios anormalmente grandes después del período de presentación de informes en los precios de los activos o los tipos de cambio" como ejemplo de una situación que normalmente es un evento no ajustado (es decir, no reflejado en los estados financieros finales del período). Esto se basa en la suposición de que los cambios significativos en el valor suelen ser una indicación de los eventos que se producen en ese momento. Esto puede ser difícil de determinar en relación con los efectos de COVID-19, ya que los efectos del brote se han desarrollado y continúan desarrollándose muy rápidamente.

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Ejemplo – efecto de COVID-19 en el período 2020 que termina los estados financieros

Un minorista con fin de año el 29 de febrero de 2020 habría tenido que considerar los efectos del COVID-19 en sus cálculos de deterioro en virtud de la NIC 36 aplicables a sus activos, incluidos los activos, la propiedad, la planta y equipo, y los activos del derecho de uso. Sin embargo, si los niveles de gobierno adoptaran medidas en marzo de 2020 que afectaran las operaciones de la entidad (por ejemplo, cierres forzosos), la dirección tendría que considerar si esas acciones estaban relacionadas con las condiciones que existían al final del período del reporte y, por lo tanto, si afectaran a los cálculos de deterioro a 29 de febrero de 2020. Para ilustrar la línea de tiempo:

Utilizando la información disponible al 29 de febrero de 2020, la dirección puede haber incluido la posibilidad de la acción gubernamental en sus cálculos de deterioro en virtud de la NIC 36. La recepción de la confirmación de uno de los escenarios que había previsto que se produzcan puede requerir un ajuste al cálculo del deterioro del 29 de febrero de 2020 si la dirección llega a la conclusión de que el acontecimiento que se produce después del final del período es simplemente una confirmación de las condiciones presentes al final del período. Sin embargo, se requiere atención. El hecho de que un gobierno haya tomado medidas después de una fecha de presentación de informes no significa que las previsiones de la fecha de presentación de informes deban ajustarse para reflejar que esa acción es un 100 % probable, porque ello incorporaría una retrospectiva que no está permitida. En lugar de ello, si un gobierno toma medidas poco después de que finalice el período, sería conveniente considerar si la posibilidad de que esa acción se llevara a cabo se incluyera en las previsiones con una ponderación de probabilidad adecuada, sobre la base de todas las pruebas disponibles en la fecha del informe. Si bien los flujos de efectivo futuros utilizados en los cálculos de deterioro de conformidad con la NIC 36 se basan en presupuestos y previsiones preparadas por la administración, la NIC 36.38 reconoce que las entidades también deben considerar si la información refleja supuestos razonables y soportables y la mejor estimación del conjunto de condiciones económicas que existirán a lo largo de la vida restante de los activos. En circunstancias en las que los efectos del brote se están desarrollando rápidamente, es posible que sea necesario ajustar significativamente un presupuesto aprobado por la dirección algún tiempo antes

de la fecha de presentación de informes antes de que se complete la preparación de los estados financieros. Además, cuando (como es el caso en todo el mundo en la fecha de publicación de esta edición de En la práctica) hay una incertidumbre significativa sobre los acontecimientos futuros y efectos adversos potencialmente muy significativos en las entidades, es probable que sea necesario que los flujos de efectivo se basen en una serie de escenarios ponderados por probabilidad, incluido un importante inconveniente adverso. Ejemplos de información obtenida después del fin del período que, en general, No se refleja en las estimaciones realizadas en los estados financieros si la información se conoce antes de que se publiquen los estados financieros: • Anuncio de asistencia gubernamental y/o alivios

tributarios que no se habían cometido previamente; • Movimientos en las tasas de interés de mercado que

afectarían la tasa de descuento utilizada en los cálculos de deterioro.

En su lugar, se requerirán revelaciones detalladas y transparentes de eventos posteriores al balance no ajustados que pueden tener un efecto significativo en la entidad de notificación. El momento en que finaliza el período de una entidad y el desarrollo de las consecuencias del brote pueden tener efectos significativos en los informes financieros de una entidad de un período a otro. Esto remarca la importancia de la revelación de las estimaciones y supuestos clave utilizados en la preparación de los estados financieros durante los períodos más afectados por COVID-19

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Ejemplo – información obtenida después del final del período

La Entidad Z opera en la industria turística y tiene una fecha de reporte del 30 de junio de 2020. Las operaciones de la Entidad Z se han visto significativamente afectadas por COVID-19 y sus cálculos de deterioro de acuerdo con la NIC 36 se ven significativamente afectados por el tiempo que las restricciones de viaje y los "bloqueos" impuestos por el gobierno siguen vigentes. A 30 de junio de 2020, Entity Z ha ponderado la probabilidad de cuatro escenarios en sus cálculos de valor en uso: • Caso positivo: las restricciones se levantan 4 semanas después de fin de año • Caso base: las restricciones se levantan 6 semanas después de fin de año • Caso negativo: las restricciones se levantan 10 semanas después de fin de año • En el peor de los casos: las restricciones se levantan 16 semanas después de fin de año A continuación, se muestran dos escenarios distintos que se producen antes de que La Entidad Z complete sus estados financieros:

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 64 CUANDO HACER LA PRUEBA DE DETERIORO La NIC 36 requiere que los activos dentro de su ámbito de aplicación se someten a pruebas de deterioro cuando existan indicadores de deterioro al final de un período de reporte (NIC 36.9). Muchos de los indicadores de deterioro observados en la NIC 36.12(a)-(h) pueden existir debido a los efectos de COVID-19, incluyendo disminuciones en los valores de activos cotizados, interrupciones operativas en las cadenas de

suministro y disminuciones en los ingresos y la rentabilidad. Muchas entidades tendrán que realizar cálculos de deterioro de acuerdo con la NIC 36, y estos cálculos pueden necesitar ser significativamente más detallados de lo que se han preparado en fines anteriores del período (por ejemplo, la inclusión de múltiples escenarios ponderados por probabilidad).

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La NIC 36 requiere que la plusvalía, los activos intangibles con vida útil indefinida y los activos intangibles aún no disponibles para su uso (por ejemplo, los costos de investigación capitalizados de activos intangibles incompletos) se prueben al menos anualmente para detectar deterioro y al final de cada fecha de presentación de informes si existe algún indicio de deterioro (NIC 36.9-10). En consecuencia, las entidades que preparan estados financieros provisionales pueden necesitar preparar cálculos de deterioro de estos activos con mayor regularidad, ya que los indicadores de deterioro pueden existir en varias fechas de presentación de informes a pesar de que ya se ha llevado a cabo el requisito mínimo (es decir, una prueba anual). Por ejemplo, una entidad con un fin de año del 31 de diciembre de 2020 puede haber probado su plusvalía y activos intangibles de vida indefinida para deterioro a 31 de diciembre de 2020. A pesar de esto, la entidad puede necesitar probar los mismos activos para detectar el deterioro de nuevo antes del 31 de diciembre de 2021 (la siguiente fecha obligatoria de prueba), porque pueden existir indicadores de deterioro en una fecha de presentación de informes provisional. Como resultado de COVID-19, se espera que casi todas las entidades que preparen estados financieros provisionales deban realizar una prueba de deterioro en la próxima fecha de presentación de informes en 2020 (ya sea el 31 de marzo para quienes reportan trimestral o el 30 de junio para las entidades que sólo emiten estados financieros intermedios de medio año). Las entidades también pueden estar obligadas a preparar cálculos de deterioro después de que las entidades hayan comenzado a recuperarse de los efectos de COVID-19. Los cargos por deterioro de la mayoría de los activos distintos de la plusvalía se invierten en períodos posteriores si existen indicios de que el deterioro anterior puede haberse reducido o eliminado. Esto puede ocurrir si los flujos de efectivo reales son más positivos que lo que se incluyó originalmente en un modelo de deterioro, incluida la recuperación de valores de activos, se resuelve la incertidumbre relativa a los efectos de COVID-19 y las entidades pueden reanudar sus operaciones a sus niveles pre COVID-19. NIVEL EN EL QUE SE REALIZA LA PRUEBA DE

DETERIORO Y AGRUPACIÓN DE ACTIVOS Los activos se prueban para detectar deterioros a nivel de activos individuales (por ejemplo, un único elemento de propiedad, planta y equipo) a menos que el activo no genere entradas de efectivo que sean en gran medida independientes de las de otros activos o grupos de activos. En términos generales, muchos activos tendrán que agruparse en unidades generadoras de efectivo (UGE) con el fin de realizar pruebas de deterioro. En algunos casos, la plusvalía no se puede asignar a las UGE individuales y, en su lugar, se asigna a un grupo de UGE. En tales casos, si existen indicadores de deterioro, las UGE individuales (excluyendo la plusvalía) se prueban primero y se registra cualquier deterioro. Los importes deteriorados en libros se agregan y se utilizan a los efectos de la prueba de deterioro de la plusvalía. Los efectos del COVID-19 han surgido poco después del primer período anual en el que las entidades notificaron resultados de conformidad con la NIIF 16, Arrendamientos. La NIIF 16 dio lugar a que se incluyeron significativamente más activos en el ámbito de aplicación de la NIC 36, ya que

muchos arrendamientos que antes se contabilizaban como arrendamientos operativos fuera de balance ahora se reconocen como activos de derecho de uso (activos de ROU por su sigla en inglés). Las entidades deben asegurarse de que se tienen en cuenta los efectos recientes de la NIIF 16, incluidas las pruebas de deterioro de los activos de ROU (por su sigla en inglés de Right Of Use) y la agrupación adecuada de los activos de ROU. La NIIF 16 también puede dar lugar al reconocimiento de más activos corporativos (activos que contribuyen a los flujos de efectivo de muchas UGE, por ejemplo, una sede corporativa arrendada), que también deben asignarse adecuadamente a las UGE. Consulte la sección 4.4.1(i) para ver un ejemplo de cómo la adopción de la NIIF 16 puede afectar a muchos cálculos de deterioro. DETERMINAR EL IMPORTE RECUPERABLE Para medir el deterioro, el importe recuperable de un activo o UGE se compara con el valor en libros del activo (o del UGE). El importe recuperable es la mayor de: • Valor razonable menos costos de disposición (FVLCOD sigla

en inglés de Fair Value less costs of disposal); y • Valor en uso (VIU sigla en inglés para Value in Use). El importe recuperable es una prueba "mayor que" y se aplica independientemente de cómo la administración tenga la intención de utilizar un activo. Por ejemplo, si el valor en libros de una UGE es superior a su VIU y la dirección no tiene ninguna intención realista de deshacerse de la UGE, si su FVLCOD es superior a su valor en libros, la UGE no se ve afectada. Por lo tanto, este enfoque impide que la administración haga disposiciones para futuras pérdidas operativas. Los cálculos de VIU siempre requerirán que se utilice una tasa de descuento y, si FVLCOD se estima utilizando un modelo de flujo de caja con descuento (en lo que se aplicará a ambas consideraciones de tipo de descuento, entonces se aplicarán consideraciones de tasa de descuento a ambos. En relación con las tasas de descuento y los modelos DCF (sigla para Discounted Cash Flow) utilizados en la NIC 36, deben tenerse en cuenta los siguientes puntos en relación con los tipos de descuento y los modelos DCF utilizados en la NIC 36: • Las tasas de descuento no son específicas de la entidad;

reflejan la evaluación actual del mercado del valor del dinero en el tiempo y los riesgos específicos de los activos (NIC 36.55). La tasa está destinada a ser representativa de lo que los inversores del mercado requerirían al elegir una inversión igualmente arriesgada, lo que resulta en el uso de una tasa que se estima sobre la base de la tasa implícita en las transacciones de mercado actuales para activos similares, o del costo promedio ponderado del capital de una

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entidad cotizada que tiene un activo único (o cartera de activos) similar en términos de potencial de servicio y riesgo al activo (o UGE) objeto de examen (IAS 36.56); Y

• Las tasas de descuento no reflejan los riesgos para los que los flujos de efectivo futuros ya se han ajustado o, de lo contrario, los

riesgos se 'cuentan doblemente' (NIC 36,56, A15, A18). Esto puede ser especialmente importante tener en cuenta dada la creciente incertidumbre en las proyecciones de flujo de efectivo afectadas por COVID-19. Sin embargo, una tasa de descuento adecuada en un cálculo de VIU con múltiples escenarios todavía puede aumentar en comparación con cálculos de deterioro anteriores, ya que los inversores del mercado pueden requerir mayores rendimientos para aceptar riesgos que no son totalmente específicos de la entidad (por ejemplo, riesgos relacionados con un sector industrial en particular).

Además, las entidades pueden haber utilizado previamente una proyección única y mejor estimada de flujo de efectivo en sus modelos dcF. Tal enfoque puede haber sido apropiado cuando la variabilidad en los flujos de efectivo futuros era baja o los riesgos inherentes a los flujos de efectivo podrían capturarse adecuadamente en la tasa de descuento utilizada. Dado el alto nivel de incertidumbre que crea COVID-19, las entidades pueden tener en cuenta varios escenarios en un modelo DCF, cada uno de los cuales tiene una probabilidad ponderada. Por ejemplo, considere una entidad que opera una serie de restaurantes, algunos de los cuales son restaurantes tradicionales de "sentarse", mientras que otros se centran en la entrega. Dependiendo de la duración del cese obligatorio de las operaciones por parte de los gobiernos y de la perdurable precaución de los consumidores de visitar restaurantes en el futuro, tendrá que pronosticar múltiples escenarios en sus modelos de DCF. A continuación, se muestra una ilustración de esto: *Se aplica una tasa de descuento única a cada escenario por probabilidad ponderada, ya que la tasa refleja el riesgo específico de los activos desde una perspectiva de mercado donde los flujos de efectivo no se han ajustado (es decir, no incluir los riesgos abordados por la probabilidad ponderando múltiples escenarios). La aplicación de una tasa de descuento diferente a cada escenario daría lugar a un "doble conteo" de los

riesgos, ya que se reflejarían en los flujos de efectivo y la tasa de descuento.

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NIIF En la práctica: NIC 36 Deterioro de activos (2020/2021) 67 En muchos casos, los modelos de DCF se verán significativamente afectados por los supuestos subyacentes al tiempo que tomará para que los ingresos y las actividades operativas, recuperarse de los efectos del COVID-19. Esto se puede ilustrar por el tiempo que tarda la "forma en V" de la interrupción operativa en comenzar a recuperarse. La cantidad de incertidumbre en este supuesto dependerá significativamente de la jurisdicción o jurisdicciones en las que opera una entidad y del plazo previsto para que los efectos de COVID-19 comiencen a disminuir. Para ilustrar: Determinar el número de escenarios a incluir, sus ponderaciones relativas, los supuestos clave y la tasa de descuento única utilizada en todos los escenarios requerirá un juicio significativo.

IMPORTE RECUPERABLE: VALOR RAZONABLE MENOS COSTOS DE DISPOSICIÓN (FVLCOD por sus siglas en inglés) El "valor razonable" se define en la NIIF 13, Medición del valor razonable como «El precio que se recibiría para vender un activo o se pagaría para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado en la fecha de medición.» Dependiendo del fin del período de una entidad, el precio que recibiría en ese momento específico puede ser significativamente inferior a los precios o estimaciones de precios que puede haber recibido en fechas anteriores debido a las implicaciones de COVID-19 en los precios globales de los activos, la disponibilidad de capital y los apetitos de riesgo de los participantes en el mercado. Estas disminuciones de valor en un momento dado pueden parecer una "venta de emergencia" que requiere un ajuste en la estimación del valor razonable. Sin embargo, aparte de en casos extremos, tales disminuciones de valor no serían atribuibles a factores que se ajustarían para (por ejemplo, una falta de información actual, disminuciones en el comercio). Las disminuciones significativas de los precios en un momento dado son una consecuencia de la medición del

valor razonable, que es una cantidad actual al final del período. Del mismo modo, el hecho de que haya habido una reducción significativa de los volúmenes de negociación de un activo determinado que cotiza en un mercado público no significa que sea apropiado ignorar el precio cotizado en «nivel 1». Como se señaló en la sección anterior, muchas estimaciones de FVLCOD pueden llevarse a cabo utilizando un modelo DCF. En estos casos, es probable que el modelo utilizado incorpore insumos significativos no observables (por ejemplo, previsiones financieras elaboradas con los propios datos de la entidad – NIIF 13.B36(e)), que requieren revelaciones específicas (NIIF 13.91-99).

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IMPORTE RECUPERABLE: VALOR EN USO (VIU) Mientras que FVLCOD no es una medida específica de la entidad, la UEU es específica de la entidad en la medida en que los flujos de efectivo incluidos en el modelo reflejan los flujos de efectivo previstos que se derivarán del activo/UGE. Esto refleja las intenciones de la administración (por ejemplo, cómo espera desplegar el activo o UGE para generar flujos de efectivo). Los efectos de COVID-19 pueden afectar significativamente a los modelos de DCF utilizados, como se señaló en las secciones anteriores, sin embargo, se deben considerar varios puntos en los cálculos de la VIU: • El efecto esperado y la resistencia de las interrupciones

operativas (es decir, la pendiente y la gravedad de la "curva V" como se señaló anteriormente), que se verán afectados por la jurisdicción y el sector en el que opera la entidad. Tenga en cuenta que la "curva V" anterior se ha utilizado con fines ilustrativos; dependiendo de la información disponible en una fecha de presentación de informes, y de las previsiones económicas y de otro tipo en ese momento, la curva puede ser diferente, como la "U" (desaceleración prolongada) o «W» (incorporando un segundo bloqueo);

• La disponibilidad de los recursos necesarios para "aumentar" las operaciones una vez que la entidad espera poder aumentar (o reanudar) las operaciones (por ejemplo, empleados, materias primas, etc.);

• La tasa de supervivencia de los competidores; • La demanda de sus bienes y servicios durante y después de

los efectos más graves del brote (por ejemplo, una empresa de suministro médico frente a un operador turístico); Y

• Los cálculos de VIU se basan en activos fijos en su estado actual. Es decir, las futuras reestructuraciones a las que la entidad aún no está comprometida o no se podrán considerar mejoras en los activos (NIC 36.44). Por lo tanto, si una entidad está considerando una revisión significativa de sus operaciones para redistribuir activos dado el brote, estas entradas y salidas de efectivo no pueden ser consideradas a menos que una entidad se comprometa a tal reestructuración (por ejemplo, el plan ha comenzado a implementarse y las principales características se han anunciado a los afectados).

REVERSIONES DE DETERIORO E INTERACCIÓN CON NIC 34 Y CINIIF 10 Como se explica en la sección 9.4, para las entidades que preparan estados financieros provisionales de conformidad con la NIC 34, deben señalarse varios puntos específicos. NIC 34, Informes financieros intermedios requiere que se apliquen las mismas políticas contables en los estados financieros intermedios que los estados financieros anuales, y

la frecuencia de los informes de una entidad no debe afectar a la medición de los resultados en un estado financiero anual o intermedio. Por ejemplo, el deterioro registrado en relación con la propiedad, la planta y el equipo en un estado financiero intermedio puede revertirse en los estados financieros intermedios o anuales subsiguientes, ya que la NIC 36 permite dicha reversión. Sin embargo, hay una excepción porque CINIIF 10, Informes financieros intermedios y deterioro requiere que no se produzca tal reversión para la plusvalía, ya que la NIC 36 no permite que se revierta un deterioro registrado contra el valor de la plusvalía. Si existen indicadores de deterioro para las UGE que contienen plusvalía, entonces la plusvalía tendrá que ser probada para detectar deterioros en una fecha intermedia de notificación, incluso si eso no se alinea con el ciclo de pruebas anuales para la plusvalía. Esto se debe a que la NIC 36.9 requiere que se lleve a cabo una prueba de deterioro al final de cualquier período de reporte si hay alguna indicación de que un activo puede verse afectado. Para una UGE que contiene plusvalía, cualquier deterioro se asigna primero a la plusvalía y luego prorrateado a otros activos en función de sus importes en libros. Además, si la plusvalía debiera haberse visto afectada en un estado financiero intermedio (por ejemplo, un estado financiero semestral o trimestral) debido a la interacción mencionada anteriormente entre la NIC 34, la NIC 36 y la CINIIF 10, esto afectará los próximos estados financieros anuales. Es decir, si la plusvalía no se hubiera visto afectado en un estado financiero provisional, pero debería haberlo sido, ese deterioro debería reflejarse en los próximos estados financieros anuales, incluso si la plusvalía no se hubiera visto afectado si la prueba de deterioro se hubiera realizado al final del período anual de presentación de informes (por ejemplo, si las condiciones hubieran mejorado para el período de fin de año). Esto se debe a que la IFRIC 10 aclara que los requisitos de la NIC 36 (es decir, «perjudicar la plusvalía y nunca revertir») anulan el requisito general de la NIC 34 de que la frecuencia de los informes de una entidad no debería afectar a la medición de sus resultados anuales (NIC 34.28). Para cualquier activo cuyos valores en libros se registren de acuerdo con el deterioro según lo requerido por la NIC 36, el deterioro puede revertirse en períodos posteriores bajo ciertas condiciones, excepto para la plusvalía. La reversión del deterioro de activos se discute en la sección 6 de esta publicación.

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10. DEFINICIONES Definiciones de varios términos dentro de la NIC 36 Deterioro de activos. Valor en libros

El importe al que se reconoce un activo después de deducir cualquier depreciación acumulada (amortización) y pérdidas por deterioro acumuladas en el mismo.

Unidad generadora de efectivo

El grupo de activos identificable más pequeño que genera entradas de efectivo que son en gran parte independientes de las entradas de efectivo de otros activos o grupos de activos.

Activos corporativos

Activos distintos de la plusvalía que contribuye a los flujos de efectivo futuros tanto de la unidad generadora de efectivo objeto de revisión como de otras unidades generadoras de efectivo.

Costos de disposición

Costos incrementales directamente atribuibles a la enajenación de un activo o unidad generadora de efectivo, excluyendo los costos financieros y los gastos del impuesto sobre la renta.

Cantidad amortizable El costo de un activo u otro importe sustituido por el costo en los estados financieros, menos su valor residual.

Depreciación (amortización)

La asignación sistemática del importe depreciable de un activo a lo largo de su vida útil.

Valor razonable

El precio que se recibiría para vender un activo o se pagaría para transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado en la fecha de medición. (Véase NIIF 13 Medición del valor razonable.)

Pérdida por deterioro

El importe por el que el importe en libros de un activo o de una unidad generadora de efectivo supera su importe recuperable.

Importe recuperable

Cuanto mayor sea el valor razonable, menos los costos de disposición y el valor en uso.

Vida útil

cualquiera de los dos: a) El período de tiempo durante el cual se espera que la entidad utilice un activo; O b) El número de unidades de producción o similares que la entidad espera obtener del

activo.

Valor en uso

El valor actual de los flujos de efectivo futuros que se espera que se deriven de un activo o unidad generadora de efectivo.

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