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Incumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – ley 27806. Incumplimiento de las obligaciones de organización y funcionamiento. Existe desconocimiento del marco normativo que regula el derecho de acceso a la información pública, así como de los fines de publicidad y transparencia que persigue el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Información - Ley N° 27806. Como consecuencia inmediata de tal carencia, la forma de conducirse de algunos funcionarios públicos se aparta del cumplimiento de las obligaciones previstas en la mencionada norma. Esto pertenece al tema de las políticas públicas que debe adoptar el estado para hacer efectivo el cumplimiento del Derecho al Acceso de Información Pública.

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JUDICIALES.

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Incumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacin Pblica ley 27806.

Incumplimiento de las obligaciones de organizacin y funcionamiento.Existe desconocimiento del marco normativo que regula el derecho de acceso a la informacin pblica, as como de los fines de publicidad y transparencia que persigue el Texto nico Ordenado de la Ley de Transparencia y acceso a la Informacin - Ley N 27806. Como consecuencia inmediata de tal carencia, la forma de conducirse de algunos funcionarios pblicos se aparta del cumplimiento de las obligaciones previstas en la mencionada norma. Esto pertenece al tema de las polticas pblicas que debe adoptar el estado para hacer efectivo el cumplimiento del Derecho al Acceso de Informacin Pblica.Subsisten entidades de la administracin pblica que no han incorporado en su normativa, organizacin y funcionamiento la lgica de la transparencia y publicidad prevista por el TUO de la Ley N 27806. En esa medida, han omitido cumplir con las obligaciones previstas en dicha normativa, tales como establecer procedimientos rpidos y poco formales que permitan el acceso oportuno a la informacin, as como organizar la informacin de forma tal que se facilite el acceso e incluso lo permita en forma directa e inmediata en horas de oficina.Omisin de respuesta o negativa a entregar informacinLas administraciones pblicas omiten dar respuesta a las solicitudes o se niegan a entregar informacin. As, en algunos supuestos, las entidades simplemente omiten responder los pedidos de informacin que les formulan las personas, ante cualquier requerimiento de los administrados. Esta omisin de respuesta se ha verificado incluso cuando el pedido de informacin es realizado por la Defensora del Pueblo en virtud del deber de colaboracin que tienen con esta institucin todas las entidades pblicas En otros casos, las administraciones pblicas se niegan a entregar la informacin solicitada, sin aducir ninguna justificacin constitucional o legalmente vlida.El funcionario pblico responsable de dar informacin que de modo arbitrario obstruya el acceso del solicitante a la informacin requerida, o la suministre en forma incompleta u obstaculice de cualquier modo el cumplimiento de esta Ley, se encontrar incurso en los alcances del Artculo 4 de la presente Ley.El Artculo 4 de la Ley 27806, establece que todas las entidades de la Administracin Pblica quedan obligadas a cumplir lo estipulado en la presente norma.Los funcionarios o servidores pblicos que incumplieran con las disposiciones a que se refiere esta Ley sern sancionados por la comisin de una falta grave, pudiendo ser incluso denunciados penalmente por la comisin de delito de Abuso de Autoridad a que hace referencia el Artculo 377 del Cdigo Penal.El cumplimiento de esta disposicin no podr dar lugar a represalias contra los funcionarios responsables de entregar la informacin solicitada.