nº 4657 · 2012. 7. 12. · internacionales (i.s.ca.p.i), con sede en la universidad de calabria,...

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Viedma, 22 de Septiembre de 2008 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136 SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION Dirección de Boletín Oficial Tel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404 Laprida 212 - 8500 Viedma (Sumario en Pág. 18) Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANAL AÑO IL EDICION DE 18 PAGINAS Nº 4657 DECRETOS –— DECRETO Nº 765 Viedma, 15 de agosto de 2008.- Visto, el Expediente N° 011.692-CFP-2008, del Registro de la Secretaría General de la Gobernación, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente se suscribió un Convenio de Cooperación entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Secretario Gral. de la Gobernación, Don Francisco Javier González y el Instituto Superior Calabrés de Políticas Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), representado por su Presidente, el Sr. Salvatore LA PORTA; Que en tal sentido, las partes tienen la intención de favorecer, promover y desarrollar las relaciones culturales entre los dos (2) países a través de entes públicos y privados, encaminando una relación de colaboración fundada sobre el respeto recíproco y sobre el reconocimiento de las ventajas recíprocas, que permitan promover relaciones de paz, amistad e igualdad; Que las partes se obligan a perseguir intercambios culturales por las actividades de cooperación a través de programas de intercambios de administradores públicos y privados que pertenezcan a la formación y a la cooperación internacional; Que conforme lo requerido por la Fiscalía de Estado a fojas 17, las actividades relacionadas con la ejecución del Convenio de Cooperación, en las que aparezca in- teresado el Patrimonio de la Provincia, deberá implementarse mediante Protocolos Suplementarios y aprobados por Actos Administrativos; Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y de Asuntos Legislativos y Fiscalía de Estado mediante Vista N° 00688-08; Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) de la Constitución Provincial; Por ello: El Gobernador de la Provincia de Río Negro D E C R E T A: Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos el Convenio de Cooperación suscripto con fecha 23 de Abril de 2.008, entre la Provincia de Río Negro, representada por el Señor Secretario General de la Gobernación, Don Francisco Javier GONZALEZ y el Instituto Superior Calabrés de Políticas Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), representado por su Presidente, el Señor Salvatore LA PORTA, el que como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto.- Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.- Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.- SAIZ.- J. L. Rodríguez PROTOCOLO DE ACUERDO PREMISA La lógica inspiradora del Instituto Superior Calabrés de Políticas Internacionales (llamado en este papel I.S.Ca.P.I.) es la distribución de servicios de educación entre un network, regional e internacional, ya existente o en fase de desarrollo, con interés educativo y formativo para la promoción de la movilidad comunitaria e internacional y también de la imagen italiana, en par- ticular de la imagen de Calabria, en el mundo. En consideración, los intereses socio-culturales y la experiencia positiva de las relaciones ya existentes entre Argentina e Italia, vemos la posibilidad de hacer las relaciones más fuertes con atención a la cooperación internacional e intrauniversitaria con el diálogo entre culturas y pueblos, de promover la movilidad, el intercambio y la experiencia formativa entre Argentina e Italia a través de nuevas e innovadoras formas. Por lo que ha sido dicho antes Entre El Instituto Superior Calabrés de Políticas Internacionales (Italia), con sede en la Universidad de la Calabria- Arcavacata di Rende (Italia), representado por el Presidente, Dr. Salvatore La Porta Y La Provincia del Río Negro (Patagonia - Argentina), representada por Francisco Javier Gonzales Con la intención de favorecer, promover y desarrollar las relaciones culturales entre los dos países a través de entes públicos y privados, las partes concuerdan encaminar una relación de colaboración fundada sobre el respeto recíproco y sobre el reconocimiento de las ventajas recíprocas, que permitan promover relaciones de paz, amistad e igualdad; de intercambios socio-culturales, educativos y científicos, prácticas de formación en empresas o instituciones locales, con intercambios comerciales y representaciones artísticas, musicales, exposiciones, ferias, gemelajes y programas unificados con visitas e intercambios de administradores públicos y privados que pertenezcan a la cooperación internacional, con reglas establecidas para programas que puedan ser concordadas de vez en cuando. Por lo tanto, y por como indicado anteriormente Se concuerda y estipula En un primer momento de la relación, los sectores en los cuales se tienen que desarrollar las acciones comunes, comprenderán: I. Actividades de cooperación Las partes se obligan a perseguir intercambios culturales por las actividades de cooperación a través de programas de intercambios de administradores públicos y privados que pertenezcan a la formación y a la cooperación internacional con fecha anual. La colaboración y el intercambio de experiencias entre las partes se va a desarrollar en los siguientes ámbitos: Intercambios culturales para actividades de cooperación a través de programas de intercambio de administradores públicos y privados; Eventos para la promoción de una oferta de formación conectada a acciones que valorizan las características socio-culturales y de paisajes en las regiones de pertenencia (cursos de verano, cursos de invierno, prácticas, recorridos turístico-culturales etc.). Colaboración en la búsqueda, en el proyecto y en la realización de acciones de cooperación internacional; Colaboración en la búsqueda, en el proyecto y en la realización de acciones de intercambios y promociones en los sectores comerciales, de pequeña y mediana empresa en los sectores de alta tecnología e investigación, del turismo, del ambiente, de las energías alternativas, del trabajo artesanal y del sector agro-alimentario; Desarrollo de cursos de idioma y cultura local; Promoción, a nivel internacional, de la región local; II. Actividades de información Las partes se empeñan a distribuir servicios informativos necesarios para establecer y mantener los contactos también a través de acciones de promoción artisticas-culturales, musicales, exposiciones, actividades deportivas, prácticas formativas etc. Ofrecer a los huéspedes todas las informaciones necesarias y la asistencia para las visitas socio-culturales. Mejorar las relaciones con la Embajada y el Consulado de Argentina en Italia y de Italia en Argen- tina para poner el acento sobre la cultura de pertenencia. III. Duración y validez del acuerdo Este acuerdo tendrá una validez de tres años y se renovará automáticamente. El acuerdo será válido a partir de la fecha de firma con acuerdo de los consejos de administración de las dos partes. El texto de este acuerdo será escrito en Italiano y en Español y las dos versiones serán válidas de la misma manera. IV. Modificaciones eventuales y anulaciones Todas las modificaciones de este acuerdo o de eventuales protocolos añadidos, necesitarán la autorización escrita de las dos partes. Cada parte puede anular el acuerdo enviando comunicación de anulación por lo menos seis meses antes. Las dos partes, con conformidad a las leyes y a las reglas de los dos países, y, con referencia a la disponibilidad financiera propia, organizan y promueven programas y proyectos de intercambios entre I.S.Ca.P.I. y las Instituciones que participan en este acuerdo. Las firmas son el reconocimiento de las normas indicadas antes. El acuerdo está aceptado. Viedma 23 Abril 2008.- Provincia de Río Negro, Francisco Javier Gonzalez, Secretario General de la Sec. Gral. de la Gobernación.- I.S.Ce.P.I.-

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Page 1: Nº 4657 · 2012. 7. 12. · Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), ... a fojas 17, las actividades relacionadas con la

Viedma, 22 de Septiembre de 2008

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136

SECRETARIA GENERALDE LA GOBERNACION

Dirección de Boletín OficialTel. (02920) 422862 - 423512 Fax 02920-430404

Laprida 212 - 8500 Viedma

(Sumario en Pág. 18)

Precio Ejemplar del día: $ 2,00 PUBLICACION BISEMANALAÑO IL EDICION DE 18 PAGINAS

Nº 4657

DECRETOS–—

DECRETO Nº 765Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 011.692-CFP-2008, delRegistro de la Secretaría General de la Gobernación, y;

CONSIDERANDO:Que oportunamente se suscribió un Convenio de

Cooperación entre la Provincia de Río Negro, representadapor el Sr. Secretario Gral. de la Gobernación, Don FranciscoJavier González y el Instituto Superior Calabrés de PolíticasInternacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad deCalabria, Arcavacata di Rende (Italia), representado por suPresidente, el Sr. Salvatore LA PORTA;

Que en tal sentido, las partes tienen la intención defavorecer, promover y desarrollar las relaciones culturalesentre los dos (2) países a través de entes públicos yprivados, encaminando una relación de colaboraciónfundada sobre el respeto recíproco y sobre elreconocimiento de las ventajas recíprocas, que permitanpromover relaciones de paz, amistad e igualdad;

Que las partes se obligan a perseguir intercambiosculturales por las actividades de cooperación a travésde programas de intercambios de administradorespúblicos y privados que pertenezcan a la formación y ala cooperación internacional;

Que conforme lo requerido por la Fiscalía de Estadoa fojas 17, las actividades relacionadas con la ejecucióndel Convenio de Cooperación, en las que aparezca in-teresado el Patrimonio de la Provincia, deberáimplementarse mediante Protocolos Suplementarios yaprobados por Actos Administrativos;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos y Fiscalía de Estado medianteVista N° 00688-08;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos elConvenio de Cooperación suscripto con fecha 23 deAbril de 2.008, entre la Provincia de Río Negro,representada por el Señor Secretario General de laGobernación, Don Francisco Javier GONZALEZ y elInstituto Superior Calabrés de Políticas Internacionales(I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria,Arcavacata di Rende (Italia), representado por suPresidente, el Señor Salvatore LA PORTA, el que comoAnexo, forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón,dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez

PROTOCOLO DE ACUERDOPREMISA

La lógica inspiradora del Instituto Superior Calabrésde Políticas Internacionales (llamado en este papelI.S.Ca.P.I.) es la distribución de servicios de educaciónentre un network, regional e internacional, ya existenteo en fase de desarrollo, con interés educativo yformativo para la promoción de la movilidad comunitariae internacional y también de la imagen italiana, en par-ticular de la imagen de Calabria, en el mundo.

En consideración, los intereses socio-culturales yla experiencia positiva de las relaciones ya existentesentre Argentina e Italia, vemos la posibilidad de hacerlas relaciones más fuertes con atención a la cooperacióninternacional e intrauniversitaria con el diálogo entreculturas y pueblos, de promover la movilidad, elintercambio y la experiencia formativa entre Argentinae Italia a través de nuevas e innovadoras formas.

Por lo que ha sido dicho antesEntreEl Instituto Superior Calabrés de Políticas

Internacionales (Italia), con sede en la Universidad dela Calabria- Arcavacata di Rende (Italia), representadopor el Presidente, Dr. Salvatore La Porta Y

La Provincia del Río Negro (Patagonia - Argentina),representada por Francisco Javier Gonzales

Con la intención de favorecer, promover ydesarrollar las relaciones culturales entre los dos paísesa través de entes públicos y privados, las partesconcuerdan encaminar una relación de colaboraciónfundada sobre el respeto recíproco y sobre elreconocimiento de las ventajas recíprocas, que permitanpromover relaciones de paz, amistad e igualdad; deintercambios socio-culturales, educativos y científicos,prácticas de formación en empresas o institucioneslocales, con intercambios comerciales yrepresentaciones artísticas, musicales, exposiciones,ferias, gemelajes y programas unificados con visitas eintercambios de administradores públicos y privadosque pertenezcan a la cooperación internacional, conreglas establecidas para programas que puedan serconcordadas de vez en cuando.

Por lo tanto, y por como indicado anteriormenteSe concuerda y estipula

En un primer momento de la relación, los sectoresen los cuales se tienen que desarrollar las accionescomunes, comprenderán:

I. Actividades de cooperaciónLas partes se obligan a perseguir intercambios

culturales por las actividades de cooperación a travésde programas de intercambios de administradorespúblicos y privados que pertenezcan a la formación y ala cooperación internacional con fecha anual.

La colaboración y el intercambio de experienciasentre las partes se va a desarrollar en los siguientesámbitos:

• Intercambios culturales para actividades decooperación a través de programas de intercambiode administradores públicos y privados;

• Eventos para la promoción de una oferta deformación conectada a acciones que valorizanlas características socio-culturales y de paisajesen las regiones de pertenencia (cursos de verano,cursos de invierno, prácticas, recorridosturístico-culturales etc.).

• Colaboración en la búsqueda, en el proyecto yen la realización de acciones de cooperacióninternacional;

• Colaboración en la búsqueda, en el proyecto yen la realización de acciones de intercambios ypromociones en los sectores comerciales, depequeña y mediana empresa en los sectores dealta tecnología e investigación, del turismo, delambiente, de las energías alternativas, del trabajoartesanal y del sector agro-alimentario;

• Desarrollo de cursos de idioma y cultura local;• Promoción, a nivel internacional, de la región

local;

II. Actividades de informaciónLas partes se empeñan a distribuir servicios

informativos necesarios para establecer y mantener loscontactos también a través de acciones de promociónartisticas-culturales, musicales, exposiciones,actividades deportivas, prácticas formativas etc.

Ofrecer a los huéspedes todas las informacionesnecesarias y la asistencia para las visitas socio-culturales.

Mejorar las relaciones con la Embajada y elConsulado de Argentina en Italia y de Italia en Argen-tina para poner el acento sobre la cultura de pertenencia.

III. Duración y validez del acuerdoEste acuerdo tendrá una validez de tres años y se

renovará automáticamente.El acuerdo será válido a partir de la fecha de firma

con acuerdo de los consejos de administración de lasdos partes.

El texto de este acuerdo será escrito en Italiano yen Español y las dos versiones serán válidas de lamisma manera.

IV. Modificaciones eventuales y anulacionesTodas las modificaciones de este acuerdo o de

eventuales protocolos añadidos, necesitarán laautorización escrita de las dos partes.

Cada parte puede anular el acuerdo enviandocomunicación de anulación por lo menos seis mesesantes.

Las dos partes, con conformidad a las leyes y a lasreglas de los dos países, y, con referencia a ladisponibilidad financiera propia, organizan y promuevenprogramas y proyectos de intercambios entre I.S.Ca.P.I.y las Instituciones que participan en este acuerdo.

Las firmas son el reconocimiento de las normasindicadas antes. El acuerdo está aceptado.

Viedma 23 Abril 2008.-Provincia de Río Negro, Francisco Javier Gonzalez,

Secretario General de la Sec. Gral. de la Gobernación.-I.S.Ce.P.I.-

Page 2: Nº 4657 · 2012. 7. 12. · Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), ... a fojas 17, las actividades relacionadas con la

2Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

PROTOCOLO DE COLABORACIÓNInherente a la promoción de

“CURSOS DE LENGUA ITALIANA”Entre el Instituto Calabrés de Políticas

Internacionales (I.S.Ca.P.L), representado por supresidente dr. Salvatore La Porta,

El Consulado General de Italia en Bahía Blancarepresentando por ..................... y

La Provincia de Río Negro representada por Fran-cisco Javier Gonzales

Se firma este protocolo de colaboración dirigido afavorecer la difusión de la lengua y la cultura italiana yde la lengua española y la cultura local.

Considerando:´ Que la Universidad de la Calabria y el “Centro

Lingüístico di Ateneo”, son socios fundadoresde I.S.Ca.P.I;

´ Que ISCaPI organiza cursos de español queprevén la participación de los estudiantes en uncurso de idioma y cultura local a lo largo de unmes en “inmersión total”;

´ Que la Provincia de Río Negro e I.S.Ca.P.I: estáninteresados en el desarrollo de la difusión de lasrespectivas culturas y de la lengua italiana yespañola;

Se conviene y se estipula lo siguiente:I. L’IS.Ca.P.I. y la Provincia de Rio Negro se

comprometen a organizar congresos para laprofundización de lengua Italiana y Española;

II. La Provincia de Río Negro e I.S.Ca.P.I. secomprometen para el año 2008/2009 a poner en marchaun programa piloto de estudio lingüístico, centrado enel intercambio recíproco de los estudiantes inscritosen sus respectivos cursos.

En particular:a. I.S.Ca.P.I. se compromete a ofrecer 15 (quince)

becas de estudio para funcionarios públicos dela Provincia de Río Negro para la participaciónde un curso de un mes, de lengua italiana yaprendizaje del ordenamiento público yadministrativo italiano y europeo.

b. La Provincia de Río Negro se compromete aofrecer 15 (quince) becas de estudio para laparticipación en un curso de un mes, de lenguaespañola y aprendizaje del ordenamiento públicoy administrativo local.

c. Las becas de estudio comprenden a totalcobertura de los gastos de inscripción, docencia,tasas mensuales y hospedaje de los participantesde los cursos.

d. La elección de los estudiantes será efectuadasegún criterios de mérito e ingresos y es confiadaa las Partes.

e. Los estudiantes excedentes al número de becasdisponible cada año podrán participar en el cursocon modalidad que serán definidas tras acuerdoentre las Partes.

f. Ambas organizaciones garantizan a losestudiantes un servicio de acompañamientodesde y hacia el aeropuerto o estación deferrocarril local de llegada y pertenencia.

g. Al final del curso las partes expedirán a losestudiantes una adecuada certificación de laparticipación a los mismos; I.S.Ca.P.I. expediráuna posterior certificación de calidad, entregadapor el Centro Lingüístico del Ateneo de laUniversidad de Calabria;

III. El Consulado General de Italia en Bahía Blanca,que tiene la tarea de control, intervendrá evaluandolos títulos del docente, la validez científica de laenseñanza y los exámenes finales, del cursopreparatorio de italiano eventualmente organizado porla Provincia de Río Negro

IV. El presente protocolo tiene validez a partir de lafecha de su firma por un año y se renovaráautomáticamente.

V. Los acuerdos que deriven de éste, se entenderáncomo parte integrante del mismo.

VI. Las Partes son responsables de acuerdo a lalegislación vigente de los dos Países.

VII. La falta de cumplimiento de las obligacionesprevistas en el protocolo será causa de disolución delmismo, a excepción de circunstancias que objeti-vamente lo impidan y que sean reconocidas de comúnacuerdo.

VIII. Las Partes, nombran como responsables delpresente acuerdo:

• Por la Provincia de Río Negro Dr. ArmandoGentili, Subsecretario de Cultura.

• Por el I.S.Ca.P.I.: dott. Raffaele Arena, Direc-tor Administrativo I.S.Ca.P.I.;

Las siguientes firmas son interpretadas comoreconocimiento y ratificación de los términos delacuerdo arriba estipulado.

Viedma, Río Negro, 23 aprile 2008.Presidente I.S.G.P.I.La Provincia de Río Negro

—oOo—

DECRETO Nº 766Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 011.372-CFP-2.008, delRegistro de la Secretaría General de la Gobernación, y;

CONSIDERANDO:Que oportunamente se suscribió un Convenio

Marco de colaboración recíproca entre el Instituto Pro-vincial de Administración Pública (IPAP), representadopor el Vocal Gubernamental del Directorio IngenieroCarlos Alberto OLIVA, el Instituto Provincial del Segurode Salud (IPROSS), representado por su Presidente Dr.Alcides PINAZO y el Ministerio de Salud de la Provin-cia de Río Negro, representado por el Secretario deSalud Dr. Daniel CHIOSO;

Que en tal sentido, las partes se comprometena colaborar en el diseño, formulación e implementa-ción de actividades de capacitación con la finali-dad de reforzar las competencias de los agentes públi-cos;

Que las partes acuerdan la realización de lasJornadas Provinciales de Formación Continua enCuidados Paliativos destinadas a doscientos (200)agentes vinculados a la salud;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 26Vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio Marco suscripto con fecha 09 de Abril de2.008, entre Instituto Provincial de AdministraciónPública (IPAP), representado por el VocalGubernamental del Directorio Ingeniero Carlos AlbertoOLIVA, el Instituto Provincial del Seguro de Salud(IPROSS), representado por su Presidente Dr. AlcidesPINAZO y el Ministerio de Salud de la Provincia deRío Negro, representado por el Secretario de Salud Dr.Daniel CHIOSO, el que como Anexo, forma parteintegrante del presente Decreto.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado porlos Señores Ministros de Gobierno y de Salud.-

Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón,dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez.- C. L. Uria.-———

CONVENIO MARCOEn la ciudad de Viedma, a los 9 días del mes de Abril

de 2008, entre el Instituto Provincial de AdministraciónPública, representado por el vocal Gubernamental delDirectorio, Ing. Carlos Alberto Oliva, con domicilio le-gal en Colón 275 de la ciudad de Viedma, en adelante

“El IPAP”; el Instituto Provincial del Seguro de la Salud,representado por su Presidente, Dr. Alcides PINAZO,con domicilio legal en calle Roca 250 de la ciudad deViedma, en adelante “el IPROSS”, y el Ministerio deSalud, representado por su Secretario de Estado deSalud, Dr. Daniel Chiosso con domicilio legal en calleLaprida 240 de la ciudad de Viedma, en adelante “elMinisterio”, acuerdan celebrar el presente conveniomarco de colaboración recíproca, sujeto a las siguientescláusulas:

Artículo 1º.- Los organismos se comprometen acolaborar en el diseño, formulación e implementaciónde actividades de capacitación con la finalidad dereforzar las competencias de los agentes públicos queprestan servicios en los mismos.

Artículo 2º.- El IPAP, el IPROSS y el Ministerioacuerdan la realización de las Jornadas Provinciales deFormación Continua en Cuidados Paliativos destinadasa profesionales de la salud, entre ellos médicos,enfermeros, asistentes sociales, psicólogos,kinesiólogos y agentes de salud en general.

Artículo 3°.- Las Jornadas Provinciales deFormación Continua en Cuidados Paliativos se dividiránen siete encuentros de dos días cada uno, con unacarga horaria total de 128 hs reloj presenciales adesarrollarse en la ciudad de Viedma. El cupo será de200 agentes vinculados a la salud.

Artículo 4°.- Los objetivos que persigue el Programade Capacitación denominado Primeras JornadasProvinciales de Formación Continua en CuidadosPaliativos serán:

- Formación de unidades complejas en lasdistintas localidades

- Consolidación de las unidades funcionales- Organización de redes asistenciales regionales

teniendo en cuenta como referencia a lasunidades complejas

Artículo 5°.- “El IPAP” se compromete a:- Supervisar, evaluar y acreditar académicamente

el Programa de Capacitación denominadoPrimeras Jornadas Provinciales de FormaciónContinua en Cuidados Paliativos.

- Financiar los gastos de alojamiento y comida delos capacitados, salón social donde sedesarrollarán los encuentros, equipo de imagen,sonido, material de librería, impresión decuadernillos y gastos de los docentes, quedemanden dicho Programa de Capacitación.

Artículo 6º.- “El Ministerio” se compromete a:- Participar de la selección de los docentes que

tendrán a su cargo la realización de los cursos;- Participar en la selección de los capacitandos;- Financiar el traslado de los capacitandos que

residan en el interior de la Provincia.Artículo 7º.- “El IPROSS”, por su parte, se

compromete a:- Participar de la selección de los docentes que

tendrán a su cargo la realización de los cursos;- Participar en la selección de los capacitandos;- Organizar las actividades académicas, supervisar

y coordinar los encuentros.- Colaborar en el financiamiento del traslado de

los capacitandos que residan en el interior de laProvincia.

Artículo 8º.- Ante cualquier divergencia, laspartes se sujetan a la Jurisdicción de los TribunalesOrdinarios de Viedma, renunciando expresamente acualquier otro fuero o jurisdicción. Asimismo, laspartes dejan expresamente constituidos susdomicilios ya indicados en este convenio, dondeserán válidas todas las notificaciones de carácterjudicial o extrajudicial que en virtud del mismo debancursarse.

En prueba de conformidad y previa lectura yratificación, se firman Tres (3) ejemplares de un mismotenor y a un solo efecto en la Ciudad de Viedma, Capi-tal de la Provincia de Río Negro, a los 9 días del mes deAbril del año dos mil ocho.

Page 3: Nº 4657 · 2012. 7. 12. · Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), ... a fojas 17, las actividades relacionadas con la

3Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

DECRETO Nº 767Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 012.255-DGA-2008, delRegistro de la Secretaría General de la Gobernación, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo, se tramita la ratificación del

Convenio “Censo Nacional Agropecuario 2.008” quefuera celebrado el 30 de Junio de 2.008, firmado entre elInstituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) yla Dirección General de Estadística y Censos de la Pro-vincia de Río Negro, que tendrá como finalidad darcumplimiento al Programa de Estadística 2.008;

Que el INDEC se compromete a financiar elconvenio citado por la suma total de PESOSCUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILSETENTA Y TRES ($ 448.073,00);

Que la firma del citado convenio, atento la materiaen cuestión, importa el ejercicio de una exclusivacompetencia del Poder Ejecutivo Provincial;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos y Fiscalía de Estado, a fojas 14vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio “Censo Nacional Agropecuario 2.008”celebrado entre el Instituto Nacional de Estadística yCensos (INDEC) y la Dirección General de Estadísticay Censos de la Provincia de Río Negro, firmado confecha 30 de Junio de 2.008, que tiene como finalidaddar cumplimiento al Programa de Estadística 2.008, quecomo anexo forma parte integrante del presenteDecreto.-

Art. 2°.- Dése conocimiento del presente Decreto ala Legislatura Provincial, en virtud de lo normado en elArtículo 181°, Inciso 14) de la Constitución Provin-cial.-

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.

SAIZ.- J. L. Rodríguez———

Entre el INSTITUTO NACIONAL DEESTADÍSTICA Y CENSOS, en su carácter de organismoque dirige el Sistema Estadístico Nacional, según lasdisposiciones de la Ley N° 17.622 y su DecretoReglamentario N° 3110/70, en adelante denominado “ELINDEC” representado en este acto por su DirectoraLic. Ana María EDWIN, con domicilio legal en Av. JulioA. Roca N° 609, CIUDAD DE BUENOS AIRES, poruna parte, y por la otra la DIRECCIÓN GENERAL DEESTADÍSTICA Y CENSOS de la Provincia de RÍO NE-GRO, en adelante denominada “LA DIRECCIÓN”,representada en este acto por su Directora Lic. StellaMaris TORRES, con domicilio legal en Calle GobernadorGallardo N° 106, Piso 1°, VIEDMA, convienen encelebrar, conforme a las disposiciones de la Ley yDecreto citados y “ad-referéndum” del Señor Secretariode Política Económica, el presente Convenio con lasmutuas obligaciones que surgen de las siguientescláusulas:

PRIMERA: OBJETO: El presente Convenio tienepor objeto establecer una cooperación técnica entrelas partes firmantes a los efectos de desarrollar lasactividades necesarias para la realización de lasdiferentes etapas del Censo Nacional Agropecuariodel año 2008.

SEGUNDA: Las partes garantizan el estrictocumplimiento, por parte de todas las personas queparticipen de las actividades motivo del presenteConvenio, de las normas sobre “secreto estadístico” y

“confidencialidad de la información”, de conformidadcon las disposiciones de la Ley N° 17622 y laDisposición INDEC N° 176/99.

TERCERA: FUNCIONES Y OBLIGACIONES DELAS PARTES: Para el logro de los objetivos enunciadosen la cláusula PRIMERA, cada uno de los organismosintervinientes se ajustará a las funciones y obligacionesque se detallan en esta cláusula:

1) “LA DIRECCIÓN” se compromete a:a) Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias

correspondientes a los fondos destinados al pre-sente Convenio, las erogaciones emergentesincluidos los gastos de movilidad y seguros,relativos al personal técnico que por razones deorganización y trabajo deban trasladarse paraefectuar tareas de campo.

b) Proveer los materiales, muebles y útiles de oficinay afectar los vehículosnecesarios para el normal desarrollo de las tareas.

c) Pagar toda otra erogación que surja comoconsecuencia de la tarea estadística que decomún acuerdo desarrollan ambos organismosy que no han sido explicitadas precedentemen-te.

“LA DIRECCIÓN” se compromete durante la etapaprecensal a:

a) Proveer la cartografía censal.b) Realizar la segmentación.c) Seleccionar al personal de la estructura censal,

de acuerdo a los perfilesestablecidos por “EL INDEC”, conforme a laestructura determinada para la provincia.

d) Organizar los cursos de capacitación, con laeventual colaboración de terceras institu-ciones del sector agropecuario que partici-pen del Censo, para Supervisores y Censis-tas, de acuerdo a las pautas fijadas por “ELINDEC”.

e) Realizar la distribución del material para lacapacitación según el cronograma previsto.

f) Organizar el operativo de campo.

“LA DIRECCIÓN” se compromete durante la etapacensal a:

a) Realizar el operativo dentro de las fechasprevistas.

b) Supervisar todas las etapas del operativo.c) Informar semanalmente a “EL INDEC” el estado

de avance del operativo.d) Asignar la correcta distribución del material du-

rante el relevamiento.e) Asegurar la calidad de los datos.f) Asegurar la cobertura territorial del censo en su

provincia.g) Realizar el ingreso de datos de las planillas

resumen del Supervisor y de superficie nocensada.

“LA DIRECCIÓN” se compromete durante la etapapostcensal a:

a) Recibir y controlar la calidad de cuestionarios yplanillas.

b) Realizar el ingreso de datos de cuestionarios yverificar el ingreso de planillas.

c) Acondicionar y enviar el material del operativo,cuestionarios, planilla, cartografía y materialsobrante a “EL INDEC”.

d) Elaborar el informe final del operativo.

2) “EL INDEC” se compromete a:a) Financiar con cargo a su presupuesto, de acuerdo

al artículo 7° incisos a) y b) y al artículo 8° de laLey N° 17622, los gastos que demande elcumplimiento del presente Convenio hasta unmonto de PESOS CUATROCIENTOSCUARENTA Y OCHO MIL SETENTA Y TRES($448.073.-), importe que será abonado dentrode los TREINTA (30) días de la aprobación delpresente.

b) Prestar asesoramiento a “LA DIRECCIÓN” enlas distintas etapas del trabajo, facilitando paraello y cuando sea necesario la concurrencia derepresentantes de su equipo técnico.

c) Impartir normas metodológicas para cada una delas actividades mediante documentos y/ocomunicados.

d) Supervisar, evaluar y auditar el funcionamientode las distintas etapas de las actividades.

e) Capacitar a los técnicos de “LA DIRECCIÓN”,que se desempeñen como responsables de lasactividades.

f) Diseñar e imprimir los cuestionarios, manuales ymateriales necesarios para la capacitación delpersonal.

g) Efectuar la capacitación de Coordinadores y Jefesde Supervisores conjuntamente con “LADIRECCIÓN” y con la eventual colaboración deterceras entidades del sector agropecuario.

h) Definir la metodología de capacitación deSupervisores y Censistas.

i) Asistir técnicamente a “LA DIRECCIÓN”.j) Diseñar el sistema de ingreso, procesamiento,

consistencia y manuales de instrucción.k) Supervisar el cumplimiento del cronograma

censal establecido.

CUARTA: “LA DIRECCIÓN” se compromete arealizar las contrataciones de personas y/o todos losactos administrativos necesarios para dar cumplimientoa las obligaciones establecidas en este Convenio y/oConvenios Ampliatorios relacionados que se firmen.Para el cumplimiento de tal compromiso, “LADIRECCIÓN” podrá optar por concretar acuerdos conUniversidades u organismos nacionales o provincialescon los que celebre o tenga celebrado Acuerdos deCooperación Técnica. Los acuerdos mencionadosprecedentemente deberán precisar los recursos y sufinanciación, los perfiles y obligaciones de los recursoshumanos a contratar, incluida las normas sobre“secreto estadístico” y “confidencialidad de lainformación”, con ajuste a la cláusula SEGUNDA. Estacircunstancia, con la copia del Convenio que se cele-bre, será comunicada a “EL INDEC”.

QUINTA: “EL INDEC” podrá auditar la gestióntécnica correspondiente al presente convenio, para locual “LA DIRECCIÓN” se compromete a colaborar y afacilitar toda la documentación y otros elementosnecesarios.

SEXTA: “EL INDEC” podrá auditar la gestiónadministrativa correspondiente al presente Convenioy a los fondos que en consecuencia remite “EL INDEC”,para lo cual “LA DIRECCIÓN” se compromete acolaborar y a facilitar toda la documentación y otroselementos necesarios, conforme lo normado por elartículo 4° del Decreto N° 3110/70. A tal efecto “LADIRECCIÓN” deberá:

a) Presentar una copia de la certificación del ingresode los fondos dentro de los TREINTA (30) díasde recibida la transferencia respectiva.

b) Efectuar rendiciones de cuentas conforme lonormado por el artículo 4° del Decreto N°3110/70 y una rendición final sobre el total delos montos pagados, dentro del término deTREINTA (30) días de haber finalizado lasactividades establecidas en el Convenio,como así también elaborar un informedetallando las tareas cumplidas con dichosfondos al tiempo de culminar las distintasetapas previstas (precensal, censal ypostcensal) con el correspondiente extractobancario de la cuenta, de acuerdo al períodoque se rinde.

c) Asimismo, adjuntará los comprobantes exigidospor la Ley de Administración Financiera y de losSistemas de Control del Sector Público Nacionaly su Decreto Reglamentario, conforme con loexpresado por el artículo 4° del Decreto N° 3110/70.

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4Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

SÉPTIMA: En razón de la finalidad estadística delos fondos que “EL INDEC” remite a “LADIRECCIÓN”, y dado el carácter de fondos nacionalescon afectación predeterminada, en caso de existir unexcedente entre los fondos girados por “EL INDEC”y la correspondiente rendición de cuentas presentadapor “LA DIRECCIÓN”, conforme lo establecido en elartículo 3° inciso f) del Decreto 3110/70, “EL INDEC”,por sí o a solicitud de aquella, tendrá derecho si así loconsidera, a reasignar el sobrante de dichos fondos,a la realización de las tareas que “EL INDEC”establezca, relacionadas con el presente Convenio,las que serán comunicadas a “LA DIRECCIÓN” pornota y podrá dar origen a la firma de ConveniosAmpliatorios.

OCTAVA: “LA DIRECCIÓN” se compromete arealizar las tramitaciones necesarias para gestionar ladisponibilidad de los fondos remitidos por “EL INDEC”.Dichos fondos no podrán ser utilizados con otrodestino que no sean para cubrir los gastos incurridosen el cumplimiento del objeto del presente Convenio.Caso contrario los fondos no utilizados deberán serdevueltos, de acuerdo a un informe detallado ydocumentado de las tareas cumplidas.

NOVENA: De producirse acontecimientosimprevisibles o de fuerza mayor que impidieran odemoraran el cumplimiento del presente Convenio, laparte que lo alegare deberá probar tal extremofehacientemente. Superada la emergencia ymanteniéndose la necesidad de cumplir el fin públicoperseguido, las partes podrán reformular el Convenioen lo que se refiere al tema en cuestión, manteniendo lavigencia de las demás cláusulas.

DÉCIMA: Si el fin público inicialmente previstopierde vigencia y desaparece la necesidad de sucumplimiento, las partes podrán rescindir el Convenio,liquidándose las acreencias que resultaren.

DECIMOPRIMERA: Para un mejor entendimientoy una más eficiente realización de las tareas técnicasque este convenio prevé, las comunicaciones ycontactos se realizarán por “LA DIRECCIÓN” a travésde su Directora y por “EL INDEC” a través de laCoordinación del Censo Nacional Agropecuario.

DECIMOSEGUNDA: En caso de inconvenientesen el cumplimiento, por alguna de las partes, de losaspectos que integran el presente Convenio, se de-berá proceder a comunicar tal contingencia a la otraparte, a fin de subsanar, los mismos con el objeto decontinuar el curso de acción pertinente. Para el caso deno poder corregir los citados inconvenientes, y sinperjuicio de las responsabilidades administrativas deexistir, las partes tendrán derecho a:

a) “EL INDEC”, en caso de incumplimiento por partede “LA DIRECCIÓN”, a cesar con la colaboracióny demás obligaciones que asumiera en el pre-sente Convenio.

b) “LA DIRECCIÓN”, en cambio, podrá interrumpirlas tareas y el cumplimiento de los trabajosasignados e implementados por el presenteConvenio, cuando no se cumpla por “EL INDEC”en tiempo y forma adecuados, con lasobligaciones asumidas.

DECIMOTERCERA: Las partes podrán acordar larealización de subprogramas vinculados con el pre-sente Convenio a través de la celebración deConvenios Ampliatorios y/o Actas Complementa-rias.

DECIMOCUARTA: VIGENCIA. Este Convenioentrará en vigencia a partir de su ratificación por el Sr.Secretario de Política Económica del Ministerio deEconomía y Producción de la Nación, y regirá hasta laconclusión de la totalidad de las obligaciones previstasen el mismo.

DECIMOQUINTA: PRÓRROGA. El presenteConvenio podrá prorrogarse en caso de ser necesario,de común acuerdo entre las partes. La misma seefectuará previa rendición de cuentas por parte de “LADIRECCIÓN”.

DECIMOSEXTA: Dichas prórrogas tendránlugar en caso de no haber finalizado las correspon-dientes actividades objeto del presente Convenioy/o los Convenios Ampliatorios firmados opor-tunamente, o bien cuando se amplíe el objeto de losmismos.

DECIMOSÉPTIMA: Toda cuestión que se suscitarey no estuviere contemplada en el presente Convenio,por cuanto sus especificaciones son enunciativas yno taxativas, serán resueltas de común acuerdo entrelas partes, conforme a las pautas de cumplimiento delfin público perseguido, en el marco de la Ley N° 17622y su reglamentación.

DECIMOCTAVA: Las partes declaran tenercompetencia legal y la pertinente facultad para celebrary firmar el presente Convenio en virtud de lasrespectivas disposiciones legales y administrativas querigen el funcionamiento de los organismos querepresentan.

En prueba de conformidad se firman DOS (2)ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la Ciudadde Buenos Aires, a los 30 días del mes de Junio del año2008.

—oOo—

DECRETO Nº 768Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 11977- SLT- 2007, delRegistro de la Secretaría General de la Gobernación, y;

CONSIDERANDO:Que oportunamente se suscribió entre el Gobierno

de la Provincia de Río Negro y el Consejo Federal deInversiones (CFI), un convenio para la puesta en marchadel Programa de Fortalecimiento a Pequeños yMedianos Productores Frutícolas de la Provincia deRío Negro;

Que el mismo tiene por objetivo brindarasesoramiento legal y técnico a los productores, en loconcerniente a la primer venta de fruta;

Que en tal sentido, el Consejo Federal deInversiones se compromete a asignar la suma de PE-SOS SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL ($665.000) a fin de cubrir las contrataciones necesariaspara la coordinación del Programa, las verificacionestécnicas y gastos del mismos y la Provincia de RíoNegro se compromete a aportar el equipamiento y soft-ware necesario para la operación del Programa;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 10vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos elConvenio “Programa de Fortalecimiento a Pequeños yMedianos Productores Frutícolas de la Provincia deRío Negro”, suscripto con fecha 28 de Mayo de 2008,entre el Gobierno de la Provincia de Río Negrorepresentada en este acto por el Señor GobernadorDoctor Miguel Angel SAIZ, y el Consejo Federal deInversiones (CFI) representado en este acto por el SeñorSecretario General Ingeniero Agrimensor Juan JoséCIACERA, que como Anexo, forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- Desígnase representante por la Provinciade Río Negro ante el Consejo Federal de Inversiones,en el Marco convenio ratificado en el Artículo 1° delpresente Decreto, en carácter de representante titularal Señor Secretario General de la Gobernación y encarácter de representante Alterno al Señor Secretariode Fruticultura.-

Art. 3°.- Dése conocimiento a la Legislatura Pro-vincial en virtud de lo normado por el Artículo 181ºInciso 14) de la Constitución provincial.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese,tómese razón, dése al Boletín Oficiál y archívese.

SAIZ.- J. L. Rodríguez———

CONVENIOPROVINCIA DE RIO NEGRO - CONSEJO FEDERAL DE

INVERSIONES“ PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO A PEQUEÑOSY MEDIANOS PRODUCTORES FRUTICOLAS DE LA

PROVINCIA DE RIO NEGRO”

En la ciudad de Viedma, a los 28 días del mes demayo del año dos mil ocho, entre el GOBIERNO DE LAPROVINCIA DE RIO NEGRO, en adelante “PROVIN-CIA”, representada en este acto por el SeñorGobernador de la Provincia, Dr. Miguel Angel SAIZ, yel CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES, en adelante“CFI”, representado por el Secretario General Ing JuanJosé CIACERA, y

CONSIDERANDO:Que la Provincia ha resuelto poner en marcha un

Programa de Fortalecimiento a Pequeños y MedianosProductores Frutícolas rionegrinos,

Que el objetivo principal será brindar un serviciode asesoramiento legal y técnico al productor en loconcerniente a la primera venta de fruta;

Que los objetivos particulares serán:• Aportar asesoramiento legal en la realización del

contrato de compra-venta de fruta y su poste-rior cumplimiento.

• Brindar asistencia técnica a los productores enlas plantas de empaque, mediante seguimiento ycontrol de la clasificación de la fruta.

• Formar, capacitar y entrenar a los pequeños ymedianos productores con el fin de mejorar en lanegociación de su fruta

Que a través de la aplicación de estas acciones, segenerarán condiciones de transparencia que haránsustentable y equitativo el proceso comercial de lasfrutas.

Que en dicho marco, la Provincia ha solicitadoal CFI cooperación técnica con el fin de viabilizar lapuesta en marcha del Programa y su posterior opera-ción.

Que en este sentido, el CFI ha venido colaborandodesde hace largo tiempo con la actividad frutícolarionegrina a través de la aplicación de diferentesherramientas tanto de índole técnico como financiero.

Por lo expuesto, las partes Acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: Poner en marcha el “PROGRAMA DEFORTALECIMIENTO A PEQUEÑOS Y MEDIANOSPRODUCTORES FRUTICOLAS DE LA PROVINCIADE RIO NEGRO”, sustentado en los objetivos yadescriptos.

SEGUNDO: El CFI se compromete a asignar la sumade hasta Seiscientos Sesenta y Cinco Mil Pesos ($665.000.-) con el fin de cubrir las contrataciones que serequieran para la coordinación del Programa, elasesoramiento legal y la realización de las verificacionestécnicas, junto con los gastos emergentes que surjancomo necesidades en concepto de movilidad, pasajes,viáticos, gastos de correo y comunicacionestelefónicas.

TERCERO: Los recursos que aportará el CFIpermitirán la puesta en marcha del Programa y suoperación durante el término de seis (6) meses, a contardesde el momento en que se instrumenten lascorrespondientes contrataciones.

CUARTO: Los fondos mencionados en el ArtículoSegundo, serán erogados de acuerdo con las normasdel CFI, conforme a los planes de trabajo, cronogramasy planes de pago que se acuerden por ActasComplementarias.

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5Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

QUINTO: Por su parte, la Provincia se comprometea aportar el Equipamiento y Software necesario para laoperación del Programa como así también los insumosde papelería, computación y útiles de escritorio.

SEXTO: Para la ejecución del presente Convenio,las partes designan los siguientes Representantes:

• Por la Provincia de Río Negro: RepresentanteTitular, el Sr. Secretario General de la Gobernación,Dn. Francisco GONZALEZ y RepresentanteAlterno, el Sr. Secretario de Fruticultura, Ing. Agr.Carlos COLAVITA

• Por el Consejo Federal de Inversiones:Representante Titular, el Sr. Director de RecursosFinancieros, Ing. Ramiro OTERO y RepresentanteAlterno el Sr. Jefe del Area Sistemas ProductivosRegionales, Ing. Agr. Oscar GONZALEZARZAC.

De plena conformidad, las partes suscriben dos (2)ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en ellugar y fecha indicados en el encabezamiento del pre-sente Convenio.

—oOo—

DECRETO Nº 769Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 21.392-SCA-CPFP-04, delregistro del Ministerio de Coordinación, y;

CONSIDERANDO:Que por el mismo se tramitó, aprobó y renovó el

Convenio de afectación transitoria de personal,respecto del Lic. Alberto HEREDIA (D.N.I. N°11.521.557), agente de la Planta Permanente de laSecretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión del Estado,dependiente de la Secretaría General de la Gobernación,para prestar funciones en Viviendas Rionegrinas S.E.,cuyo vencimiento operó el 31 de Marzo de 2008;

Que a fojas 48 del expediente citado en el Visto, eltitular de Viviendas Rionegrina S.E., Dr. Vicente JoséPILI solicita la renovación del Convenio de afectacióntransitoria de personal, desde el día 1° de Abril de 2008hasta el 31 de Diciembre de 2008 inclusive;

Que a fojas 49 la Secretaría Ejecutiva del ConsejoProvincial de la Función Pública y Reconversión delEstado presta conformidad a la renovación del Conveniode afectación transitoria de personal, atento a que por lanaturaleza de las funciones cumplidas por el agente, nose afectaría la normal prestación de servicios;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Asesoría Legal de AsuntosNotariales y Jurídicos de Viviendas Rionegrinas S.E.,el Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado y la Fiscalía de Estado a fojas58 vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratificar la renovación del Conveniode afectación transitoria de personal, suscripto entrela Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión del Estado,dependiente de la Secretaría General de la Gobernacióny Viviendas Rionegrinas S.E., el cual forma parteintegrante del presente Decreto, respecto del Lic.Alberto HEREDIA (D.N.I. N° 11.521.557), agente dePlanta Permanente de la Secretaría Ejecutiva del ConsejoProvincial de la Función Pública y Reconversión delEstado, para prestar funciones en ViviendasRionegrinas S.E., desde el 1° de Abril de 2008 hasta el31 de Diciembre de 2008 inclusive.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón,dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez

CONVENIOEntre la Secretaría General de la Gobernación,

representada en este acto por el Sr. Secretario Ejecutivodel Consejo Provincial de la Función Pública yReconversión del Estado Ing. Carlos Alberto OLIVApor una parte, y Viviendas Rionegrinas S.E.,representada en este acto por su Presidente Dr. VicenteJosé PILI por la otra, convienen celebrar sujeto a lascláusulas y condiciones que a continuación sedetallan, el siguiente “convenio de afectacióntransitoria de personal”:

CLÁUSULA PRIMERA: Ambas partes acuerdansuscribir el presente convenio de afectación transitoriade funciones respecto del agente Lic. Alberto HEREDIA(D.N.I. N° 11.521.557) quien tiene situación de revistaen la Planta Permanente del Consejo Provincial de laFunción Pública y Reconversión del Estadodependiente de la Secretaría General de la Gobernación,para que el mismo preste funciones en ViviendasRionegrinas S.E., en las condiciones que se especificanen el presente.

CLAUSULA SEGUNDA: La presente afectacióntransitoria se efectúa por desde el 1° de Abril de 2008hasta el 31 de Diciembre de 2008 inclusive, pudiendodicho plazo ser prorrogado por acuerdo expreso departes.

CLAUSULA TERCERA: El agente Lic. AlbertoHEREDIA, quien manifiesta su total conformidadmediante signatura al pie con la totalidad de cláusulasdel presente convenio y con las obligaciones yderechos que el mismo le genera, prestará funcionesen Viviendas Rionegrinas S.E., en un todo de acuerdoa las instrucciones y funciones que le seanencomendadas por el Sr. Presidente de la empresa oquien éste designe, sin dejar de observar sus deberesy obligaciones contemplados en las Leyes N° 1844,3487, 3052 y demás normas en vigencia que le resultarenaplicables durante su afectación transitoria de servi-cios.

CLÁUSULA CUARTA: Las partes y el Lic.HEREDIA reconocen expresamente que el presenteconvenio y su ejecución no generarán relación dedependencia alguna del agente afectado para conViviendas Rionegrinas S.E., manteniendo el mismo susituación de empleo con la Secretaría General de laGobernación.

CLÁUSULA QUINTA: Viviendas Rionegrinas S.E.se compromete, previo al vencimiento del plazo del pre-sente, a otorgar al agente todo el período de licenciaque hubiera devengado durante su desempeño en laempresa de conformidad a la Ley N° 3487 de modo talque no le quedaren licencias pendientes de goce a sureintegro a prestar funciones en la AdministraciónPública Provincial.

CLÁUSULA SEXTA: Durante la vigencia delpresente convenio, Viviendas Rionegrinas S.E. asumetodas las obligaciones de pago de sueldos, cargassociales, asignaciones familiares, seguro y cual-quier otro gasto que corresponda conforme a lanormativa legal vigente por la prestación de servi-cios del agente afectado, declarando exento a laSecretaría General de la Gobernación del deber defiscalización de cumplimiento de dichas obligacio-nes.

CLÁUSULA SÉPTIMA: Cualquiera de las partespodrá rescindir el presente convenio sin necesidad deexpresión de causa alguna con un preaviso de treinta(30) días, notificando tal decisión a la contraria y alagente afectado.

CLAUSULA OCTAVA: Viviendas Rionegrinas S.E.no podrá abonar al agente afectado una retribucióninferior a la que corresponde según la escala salarialvigente en el Poder Ejecutivo Provincial a su situaciónde revista, pero podrá asignarle a través de su Directoriouna retribución equivalente a la que perciba el per-sonal de su planta por idéntica función, con más lascargas correspondientes. Asimismo, el agente afectadoreconoce expresamente que la ejecución del presenteconvenio no le generará derecho alguno en el futuro a

reclamar ser mantenido en un nivel de remuneraciónque pudiere alcanzar durante su afectación transitoriade funciones. Ante cualquier eventual beneficio que elagente pudiere reclamar al Poder Ejecutivo Provin-cial, se interpretará que la remuneración percibidapor el mismo es la correspondiente a su situación derevista.

CLAUSULA NOVENA: Ambas partes secomprometen a rescindir el presente contrato dentrode los treinta (30) días de haber sido notificadafehacientemente cualquiera de ellas por el agente, desu voluntad de volver a prestar funciones en laAdministración Pública Provincial.

CLÁUSULA DECIMA: Ante cualquier divergenciaque pudiera surgir por aplicación del presenteconvenio, las partes se someten a los TribunalesOrdinarios de la Provincia de Río Negro con asiento enla ciudad de Viedma.

CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA: El presenteconvenio será homologado ante las autoridades de laSecretaría de Trabajo de la Provincia.

En prueba de conformidad, en la ciudad de Viedma,Capital de la Provincia de Río Negro, a los nueve díasdel mes de junio de 2008, se firman cuatro ejemplaresde un mismo tenor y a un solo efecto.

—oOo—

DECRETO Nº 770Viedma, 15 de agosto de 2008.-

Visto, el Expediente N° 011.931-SLT-2008, delRegistro de la Secretaría General de la Gobernación, y;

CONSIDERANDO:Que oportunamente se suscribió un Convenio de

Adhesión al Programa Solidario de Reducción yMantenimiento de Precios, entre la Provincia de RíoNegro representada por el Secretario de Gobierno,Señor Robin Leandro DEL RIO y el SupermercadoMaxicom S.A. de la localidad de Choele Choel,representado por su Directivo, Señor Gustavo DanielLLORENTE;

Que la finalidad del mismo es coadyuvar a conte-ner los efectos del actual proceso de inflación queafecta a la economía nacional, especialmente en loreferido a los productos de la canasta familiar y deprimera necesidad que se encuentran en permanentealza;

Que con la finalidad de lograr dicho beneficio, elSupermercado Maxicom Sociedad Anónima secompromete a retrotraer a los precios vigentes al 31 demarzo del corriente año a un conjunto de productos,siendo de aplicación en todas las sucursaleshabilitadas en el territorio provincial;

Que han tomado debida intervención losOrganismos de Control, Secretaría Legal, Técnica y deAsuntos Legislativos y Fiscalía de Estado a fojas 14vuelta;

Que el presente Decreto se dicta en uso de lasfacultades conferidas por el Artículo 181° Inciso 1) dela Constitución Provincial;

Por ello:El Gobernador

de la Provincia de Río NegroD E C R E T A:

Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos elConvenio de Adhesión al Programa Solidario deReducción y Mantenimiento de Precios, suscripto eldía 26 de mayo de 2008 entre la Provincia de Río Negro,representada por el Secretario de Gobierno, SeñorRobin Leandro DEL RIO (D.N.I. N° 13.982.605) y elSupermercado Maxicom Sociedad Anónima de lalocalidad de Choele Choel, representado por suDirectivo, Sr. Gustavo Daniel LLORENTE (D.N.I. N°13.425.676) el que como Anexo forma parte integrantedel presente Decreto.-

Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por elSeñor Ministro de Gobierno.-

Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón,dar al Boletín Oficial y archivar.-

SAIZ.- J. L. Rodríguez

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6Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

CONVENIO DE ADHESIONEntre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA

DE RIO NEGRO, representado por el señor Secretariode Gobierno, don Robin Leandro DEL RIO, (D.N.I. N°13.982.605) en adelante “el Gobierno de Río Negro”,con domicilio legal en calle Laprida N° 212 de la ciudadde Viedma, Provincia de Río Negro, por una parte, yMAXICOM SA, representada en este acto por suDirectivo Sr. Gustavo Llorente (D.N.I. N° 13.425.676,con domicilio social en calle Rivadavia 511, de lalocalidad de Choele Choel en adelante “MAXICOM”,por la otra, acuerdan celebrar el presente Convenio deAdhesión al Programa Solidario de Reducción yMantenimiento de Precios, sujeto a los siguientesCláusulas:

Primera: El presente Convenio tiene por objetocoadyuvar a contener los efectos del actual procesode inflación que afecta a la economía nacional,especialmente en lo referido productos de la canastafamiliar y de primera necesidad que se encuentran enpermanente alza y tornan costosa su adquisición paralas personas de menores ingresos.

Segunda: Con la finalidad de lograr este beneficiopara los habitantes de la Provincia de Río Negro,“MAXICOM” se compromete a retrotraer a los preciosvigentes al 31 de marzo de 2008 a un conjunto deproductos detallados en el Anexo I que se adjunta aeste Convenio, y que será de aplicación en todas sussucursales habilitadas en el territorio provincial.

Tercera: Es intención de “MAXICOM” y de susproveedores mantener la vigencia de ese listado y delos precios referenciales por el término de sesenta (60)días contados a partir de la fecha.

Cuarta: El compromiso asumido por “MAXICOM”estará condicionado por: a) El abastecimiento a sussupermercados de los productos incluidos en el AnexoI y supeditado a las cantidades que le entreguen susproveedores; b) Si como consecuencia de lasmodificaciones en las relaciones comerciales entre“MAXICOM” y sus proveedores resultara imposiblemantener algunas referencias incluidas en el Anexo I,la entidad asume el compromiso de reemplazarlas porotras u otros de calidad equivalente y bajo las mismascondiciones, informando periódicamente “al Gobiernode Río Negro” de los cambios producidos en dichoAnexo.

Quinta: Si durante el período de vigencia del pre-sente Convenio surgieran condiciones en la economíao razones de fuerza mayor, que hicieran inviable elcumplimiento del mismo por parte de “MAXICOM”,ésta lo notificará fehacientemente “al Gobierno de RíoNegro” indicando expresamente las causas que tornansu cumplimiento materialmente imposible, quedandoen tal caso liberada del compromiso asumido por elpresente.

En prueba de conformidad, las partes suscriben dosejemplares de este Convenio, de un mismo tenor y a unsolo efecto, en la ciudad de Choele Choel, Provincia deRío Negro, a los 26 días del mes de Mayo de 2008.

—oOo—

RESOLUCIONES–—

PROCURACIÓN GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO

Resolución Nº 225 /08Viedma, 04 de septiembre de 2008.-

Visto: El expediente Nº 0154/08, de la ProcuraciónGeneral, mediante el cual se tramita la cobertura de doce(12) cargos Técnicos Profesionales destinados a lasOficinas de Atención a la Víctima del Delito, y;

CONSIDERANDOQue la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 4199

en el Art. 43 establece como Órganos Auxiliares delMtrio. Público a las Oficinas de Atención a la Víctimadel Delito.

Que conforme el art. 44 de la citada ley, se ha dictadola Resolución nº 210/08/PG que determina su estructura.

Que la Administración General ha certificado laexistencia de las partidas presupuestarias previstas enla ley 4244, en el Programa de Ministerios Públicos.

Encontrándose vacantes los cargos aludidos,corresponde disponer el llamado a concurso deantecedentes y oposición de acuerdo a las condicionesestablecidas en el ANEXO I - TÍTULO TERCERO -Capítulo Segundo, del REGLAMENTO DESUPERINTENDENCIA DEL MINISTERIO PÚBLICODE LA PCIA. DE RÍO NEGRO.-

Por ello, y en uso de las facultades prescriptas porel artículo 215 de la Constitución Provincial y LeyOrgánica del Ministerio Público Nº 4199, Art. 10;

La Sra. Procuradora General del Poder Judicialde la Provincia de Río Negro

RESUELVE:Art. 1º) Disponer el llamado a concurso de oposición

y antecedentes para la cobertura de Cuatro (04) cargosde Psicólogo, Cuatro (4) de Asistente Social y Cuatro(4) de Psicopedagogo, para las Oficinas de Atención ala Víctima del Delito, con asiento de funciones en Viedma,General Roca, San Carlos de Bariloche y Cipolletti, enlos términos de la Res.210/08/PG.

Art. 2º) Los requisitos para el cargo de TécnicosProfesionales son:

a) poseer título profesional habilitante;b) contar con un mínimo de tres años de antigüedad

en el ejercicio de la profesión o antigüedad comoagente del Poder Judicial.

Art: 3º) Plazo- lugar- datos a consignar: Establecer quelas inscripciones serán recibidas hasta el día 02 de octubrede 2008 en la sede de la Secretaría de Superintendencia dela Procuración General, sita en Colón 385 - 2do. Piso de laciudad de Viedma - Río Negro, personalmente o por CorreoPostal (R8500FDG) y ante las Gerencias Administrativasde las restantes circunscripciones quienes receptarán ycertificarán la documentación para su posterior remisión ala Procuración General.

Los postulantes deberán acompañar, junto a susolicitud de inscripción:

a) Original o copia certificada de toda ladocumentación que acredite identidad, domicilio,título y antecedentes que invoquen.

b) Certificado de aptitud física y examenpsicodiagnóstico expedido por profesionalesmatriculados en la Provincia.

c) Certificado de antecedentes expedido porautoridad competente.

d) Certificación del Titular del Organismo decualquiera de los Poderes del Estado relativo asu desenvolvimiento laboral en el caso de que elpostulante se desempeñe o hubiere desempe-ñado en ellos.

e) Certificación de domicilio y constitución dedomicilio a los fines de receptar notificaciones ycitaciones.

f) Declaración jurada de no hallarse incurso enalguna de las causales de incompatibilidadprevistas por los arts. 19 de la Ley 3550 y 25 de laLey 4199.

g) No estar comprendido en el inc. a) del art. 2do.Ley 3475.

Las solicitudes que no se ajusten a lo dispuestoprecedentemente no serán tenidas en cuenta y no daránlugar a tramitaciones suplementarias.

BASES GENERALES:1) Los postulantes deberán presentar en Secretaría

de Superintendencia de la Procuración General o en lasGerencias Administrativas, dentro de los diez (10) díasposteriores a la fecha de cierre de inscripción, un trabajoen el que expliciten su comprensión sobre las misionesy funciones del cargo que concursan, su compromisoprofesional con las problemáticas del área, su visiónpersonal y profesional. Deberá tener una extensiónmínima de 8 páginas y máxima de 15 (en tamaño DIN A-4 y numerados) y se presentarán escritos por una solacara, con un máximo de 30 líneas por página, con letratipo Times New Roman tamaño 12; 3) Participar de un

coloquio ante la Mesa Examinadora conformada por: ElFiscal General o su Subrogante Legal, un miembro de lasFiscalías de la Circunscripción en la que se desempeñaráel cargo a cubrir y un miembro perteneciente al ámbitoacadémico o profesional. En el coloquio en fecha ytemario a determinar oportunamente, se plantearán yresolverán situaciones concretas y se evaluará elconocimiento teórico, el criterio y la destreza profesional;4) La Sra. Procuradora General se reserva el derecho deuna entrevista personal.

Art. 4º) Hacer saber a los concursantes que son deaplicación los arts. 43 inc. a), 44 de la Ley 4199 y 64 a 70del Reglamento General de Superintendencia delMinisterio Público.

Art. 5º) Ordenar a través de la Secretaría deSuperintendencia de la Procuración General lapublicación por tres (3) días consecutivos en el BoletínOficial de la Provincia de Río Negro y en dos (2) diariosde circulación regional.-

Art. 6º) Dar intervención a la Administración Ge-neral.

Art. 7º) Regístrese, publíquese, tómese razón.Dra. Liliana Laura Piccinini, Procuradora General

Poder Judicial.—oOo—

Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda

Obras y Servicios PúblicosDIRECCION GENERAL DE RENTAS

Resolución N° 806/08Viedma, 12 de setiembre de 2008.-

Visto, el art. 45 del Código Fiscal (Ley I N° 2686); yCONSIDERANDO:Que el mencionado artículo establece que “Con el

fin de asegurar la verificación de las declaracionesjuradas o el exacto cumplimiento de sus obligacionesfiscales y sus deberes formales, la Dirección podrá: ...2.-Enviar inspecciones a los lugares y establecimientosdonde se realicen los actos u operaciones, se prestenlos servicios, se obtengan los beneficios o mejoras o seejerzan las actividades sujetas a obligaciones fiscales, alos lugares en que se llevan libros u obren otrosantecedentes vinculados con dichos actos, operaciones,servicios, beneficios, mejoras o actividades y a los bienesque constituyen materia imponible.”;

Que asimismo la mencionada norma establece que:“En todos los casos de ejercicio de facultades deverificación y fiscalización los funcionarios que lasejerciten deberán extender constancia escrita de losresultados, así como de la existencia e individualizaciónde los elementos exhibidos. Estas constancias escritaspodrán ser firmadas también por los contribuyentes yresponsables interesados.”

Que resulta necesario aprobar un formulario queposibilite la verificación de los pequeñoscontribuyentes, de manera acotada a los últimosperíodos fiscales y haciendo hincapié en unprocedimiento ágil y dinámico;

Que en función de ello es necesario aprobar el Actade Verificación que como Anexo I forma parte de lapresente resolución y que podrá aplicarse en lasverificaciones que realice el cuerpo de fiscalizadores;

Que la mencionada Acta de Verificación será iden-tificada como Formulario N° 517 “ACTA DEVERIFICACION PARCIAL” de la Dirección General deRentas de la Provincia de Río Negro;

Por ello:El Subsecretario de Ingresos

Públicos a/c de la Dirección General de RentasRESUELVE:

Artículo 1 °.- Aprobar el Formulario N° 517 de“ACTA DE VERIFICACION PARCIAL” que comoAnexo I forma parte de la presente Resolución.-

Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquesea la Dirección de Fiscalización Externa, publíquese enel Boletín Oficial, cumplido archívese.-

Cr. José Luis Giorgis, Subsecretario de IngresosPúblicos a/c de la Dirección General de Rentas.-

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7Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

Provincia de Río NegroMinisterio de Hacienda

Obras y Servicios PúblicosResolución N° 1295/08

Viedma, 04 de setiembre de 2008.-Visto, la Ley E N° 1.274, el Decreto N° 939/78 y el expediente N° 72.322-SDE-

2005 del registro del Ministerio de Producción, por el que tramita la petición derenovación de los beneficios establecidos por la Ley E N° 1.274 efectuada por lafirma “FRIDEVI S.A.F.I.C.”, y;

CONSIDERANDO:Que la peticionante ha presentado ante este Ministerio un Proyecto Global de

Crecimiento de su Planta Industrial ubicada en la Ruta Provincial N° 1, Km. 3,5 deViedma;

Que dicho proyecto comprendía un “Plan Director” dirigido a orientar laproducción al mercado exterior y una inversión alternativa para el caso de cambiarlas condiciones sanitarias, circunstancia que generaría una limitación al proyectoexportador;

Que por Resolución N° 644 de fecha 29 de abril de 2.005 de este Ministerio deHacienda, Obras y Servicios Públicos se declaró a la peticionaria comprendida enlos alcances del artículo 2° inciso a) de la Ley E N° 1.274 en relación al mencionadoproyecto, otorgándosele el beneficio de desgravación del setenta y cinco porciento (75%) de los impuestos sobre los ingresos brutos, automotores einmobiliario;

Que la renovación de los beneficios fiscales comprendidos en el marco dela Ley E N° 1.274 esta sujeta a un doble orden de condiciones: 1.- la verificacióndel cumplimiento de los planes que sirvieron de base a la concesión de la fran-quicia; y 2.- la limitación al plazo que establece el artículo 3° de la Ley E N°1.274;

Que el cumplimiento del programa de inversión que ha servido de basea la concesión de los beneficios ha sido fiscalizado a fs. 154 por la Direc-ción de Industria, Comercio y Servicio dependiente del Ministerio de Produc-ción;

Que la peticionaria ha efectuado desde el mes de abril de 2.005 al mes de marzode 2.008 una inversión de Pesos DIEZ MILLONES SIETE MIL DOSCIENTOSNOVENTA Y TRES ($10.007.293), con la incorporación de setenta y seis (76)trabajadores (conforme documentación glosada a fs. 159/223 de autos);

Que por su parte la desgravación dispuesta por Resolución MHOySP N° 644/05 fue concedida por el término de tres (3) años desde la firma del actoadministrativo de concesión, por lo que perdió vigencia a partir del 29 de abril delcorriente año;

Que llenado el recaudo de legalidad, resta analizar la magnitud y el impacto quela renovación de los beneficios a otorgar provocaría en la recaudación de losdistintos impuestos que administra la Dirección General de Rentas;

Que a fs. 226/227 la Dirección de Planeamiento de la Dirección General deRentas efectuó la estimación del costo fiscal de la medida por el período de un (1)año;

Teniendo en cuenta los ingresos declarados por el mismo contribuyente paralos anticipos 01/2007 a 12/2007, el costo fiscal anual para el Impuesto sobre losIngresos Brutos es de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MILVEINTIUNO CON 39/100 ($ 753.021,39), para el impuesto automotor de PESOSTRECE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 63/100 ($ 13.247,63) y parael impuesto inmobiliario de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA CON88/100 ($ 5.780,88);

Que dadas las particularidades del proyecto, como asimismo las cifraspresupuestadas en las proyecciones y lo aconsejado por la Dirección General deRentas, corresponde hacer lugar a la petición, y prorrogar los beneficios fiscalesotorgados a la firma FRIDEVI S.A.F.I.C. mediante Resolución N° 644/05 de esteMinisterio;

Que dicha prórroga se concede por el período comprendido entre el 29 de abrilde 2.008 y el 31 diciembre del año 2.009;

Que han tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministeriode Hacienda, Obras y Servicios Públicos a fs. 238 y Fiscalía de Estado a fs. 239vuelta;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 16de la Ley K N° 4.002;

Por ello:El Ministro de Hacienda, Obras y

Servicios PúblicosRESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar los beneficios fiscales otorgados a FRIDEVI S.A.F.I.C.(CUIT 30-60226033-6) por Resolución N° 644/05 de este Ministerio de Hacienda;Obras y Servicios Públicos en las mismas condiciones, desde el 29 de abril de2.008 al 31 de diciembre de 2.009.-

Artículo 2°.- Regístrese, publíquese, comuníquese a los interesados, remítansecopia al Ministerio de Producción y a la Dirección General de Rentas, cumplido,archívese.-

Pablo Federico Verani, Ministro de Hacienda, Obras y Servicios Públicos.-Alicia Baldizzone, Directora Gral. de Administración, Ministerio de Hacienda, Obrasy Servicios Públicos.-

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8Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAPROVINCIA DE RIO NEGRO

Resolución N° 451/08Viedma, 11 de setiembre de 2008.-

Visto, El Expte. N° SS-08-0036; la propuesta del Juezdel S.T.J. Delegado de la 3ra. Circunscripción Judicialen cuanto a la cumplimentación en esa jurisdicción dela Resolución N° 926/2007 y la tramitación de laADMINISTRACION GENERAL por intermedio delAREA RECURSOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:Que por Resolución N° 427/08-STJ se dispuso

ampliar los términos de la Resolución N° 306/08-STJque convoca a concurso interno abierto, en el ámbitode la IIIa. Circunscripción Judicial.-

Que surge la necesidad de contemplar porexcepción en dicha convocatoria un cargo de OficialMayor y otro de Oficial Auxiliar con destino a la Casade Justicia de El Bolsón.-

Que por lo tanto corresponde proceder al dictadodel acto administrativo pertinente lo que así seresuelve.-

Por ello:El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia

RESUELVE1°) INCLUIR en los términos de la Resolución N°

427/08-STJ que amplia la convocatoria a concursointerno dispuesta por Resolución N° 306/08-STJ, un(1) cargo de Oficial Mayor y un (1) cargo de OficialAuxiliar, con destino a la Casa de Justicia de El Bolsón,en el ámbito de la Tercera Circunscripción Judicial.-

2º) Regístrese, comuníquese, tómese razón yarchívese.-

Alberto Balladini, Presidente S.T.J..- Víctor SoderoNievas, Juez S.T.J.- Ante mí: Horacio Daniel Mión,Administrador General S.T.J.-

—oOo—

Provincia de Río NegroDIRECCION GENERAL DE RENTAS

Resolución N° 234/08Agente: Juan Ramos.Localidad: Sierra Colorada.Período: 13-08-08 al 15-08-08.Motivo: Hacerse cargo Oficina de dicha localidad.-

—–—Resolución N° 236/08

Agente: Cristina Peter.Localidad: Viedma.Período: 14-08-08 al 15-08-08.Motivo: Concurrir Jornada Taller C.O.F..-

—–—

Resolución N° 238/08Agente: Edgardo Marastoni.Localidad: Capital Federal.Período: 19-08-08 al 21-08-08.Motivo: Asistir reunión Comisión Arbitral.-

—–—

Resolución N° 240/08Agente: Fabricio Agnoli.Localidad: Sierra Colorada.Período: 20-08-08 al 22-08-08.Motivo: Hacerse cargo oficina de dicha localidad.-

—–—

Resolución N° 243/08Agente: Angelica Huaiquipán.Localidad: Choele Choel y Lamarque.Período: 21-08-08 al 22-08-08.Motivo: Cargar datos y pagos de contribuyentes

en el sistema.-—–—

Resolución N° 241/08Agente: Hernán Lamas.Localidad: Chimpay.Período: 21-08-08 al 2-08-08.Motivo: Trasladar al Agte. Gabriel Pardal.

Resolución N° 242/08Agente: Gabriel Pardal.Localidad: Chimpay.Período: 21-08-08 al 22-08-08.Motivo: Realizar conexión de red informática.

—–—Resolución N° 702/08

Agente: Paula Cambarieri y Gustavo Moscheta.Localidad: Capital Federal.Período: 20-08-08 al 24-08-08.Motivo: Asistir seminario.

—–—Resolución N° 705/08

Agente: Rafael Albornoz.Localidad: Allen.Período: 24-08-08 al 25-08-08.Motivo: Asistir a reuniones con Directivos de

Secretaría de Friticultura.—–—

Resolución N° 249/08Agente: Hernán Lamas.Localidad: Allen.Período: 27-08-08.Motivo: Trasladar Sr. Subsecretario Ing. Público

Cr. José L. Giorgis.—–—

Resolución N° 719/08Agente: Dalma Martín.Localidad: Capital Federal.Período: 27-08-08 al 30-08-08.Motivo: Participar Primer Módulo del Programa de

Formación en Liderazgo.-—–—

Resolución N° 720/08Agente: Rafael Albornoz.Localidad: Capital Federal.Período: 27-08-08 al 31-08-08.Motivo: Participar primer módulo del Programa de

Formación en Liderazgo.—–—

Resolución N° 721/08Agente: Dolly Castro.Localidad: Capital Federal.Período: 27-08-08 al 01-09-08.Motivo: Participar primer módulo de Programa de

Formación en Liderazgo.—–—

Resolución N° 251/08Agente: Luciana Valentini.Localidad: Sierra Colorada.Período: 27-08-08 al 29-08-08.Motivo: Hacerse cargo Oficina de dicha localidad.-

—–—

Resolución N° 256/08Agente: María D. Crespo.Localidad: Capital Federal.Período: 02-09-08 al 04-09-08.Motivo: Asistir curso capacitación.

—–—Resolución N° 255/08

Agente: Juan Ramos.Localidad: Sierra Colorada.Período: 03-09-08 al 05-09-08.Motivo: Hacerse cargo oficina de dicha localidad.Arnoldo F. Sánchez Ayala, Director de Recursos

Dirección General de Rentas.—oOo—

Provincia de Río NegroMinisterio de Gobierno

INSPECCIÓN GENERALDE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución Nº 949Viedma, 12 de Septiembre del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5550-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada: “Asociación Civil Clubde Leones de Balneario El Cóndor”, solicita laconcesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º) Segunda Parte del Código Civil;

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827,demás reglamentaciones vigentes y que su estatutosocial se ajusta a los preceptos legales en vigor.

Que a fojas 31 y 32 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase para funcionar como per-sona jurídica a la Asociación Civil denominada:“Asociación Civil Club de Leones de Balneario ElCóndor”, constituida y con domicilio en Viedma,Departamento Adolfo Alsina de esta Provincia, el día 8de Diciembre de 2007, y apruébase su estatuto socialobrante de foja veinte vuelta (20 Vta.) a veintitrés vuelta(23 Vta.) del expediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número Dosmil cuatrocientos veintinueve (Nº 2.429).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—

Resolución Nº 954Viedma, 16 de Septiembre del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5594-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada “Asociación Civil deTitulares de Taxi de General Roca”, registrada en esteOrganismo bajo el Nº 2063, solicita declarar eficazasamblea y la modificación introducida al Estatuto So-cial; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Ordinaria que trató dicha

reforma se realizó con fecha 13 de junio de 2.008; hacumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827 ydemás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 22 y 23 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 13 de Junio de 2.008 y la reforma del artículo 10ºdel Estatuto Social de la Asociación Civil denominada“Asociación Civil de Titulares de Taxi de General Roca”,con domicilio en General Roca, Departamento del mismonombre de esta Provincia, en la forma de foja trece (13)del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 955

Viedma, 16 de Septiembre del 2008.Visto, el Expte. Nº 5499-IGPJ-2008, mediante el cual

la asociación civil denominada: “Asociación CivilCooperadora Policial de la Unidad Tercera”, solicita laconcesión de la personería jurídica; y

CONSIDERANDO:Que los fines que se propone dicha institución se

hallan comprendidos en la disposición del Art. 33, Inc.1º) Segunda Parte del Código Civil;

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9Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

Que en la constitución de la recurrente se hancumplido los requisitos exigidos por la Ley Nº 3.827,demás reglamentaciones vigentes y que su estatutosocial se ajusta a los preceptos legales en vigor.

Que a fojas 28 y 29 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personería de esteOrganismo en los cuales consta que estaría encondiciones de ser aprobada la documentaciónpresentada y que no hay objeciones jurídicas paraobtener la personería.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como per-sona jurídica a la Asociación Civil denominada:“Asociación Civil Cooperadora Policial de la UnidadTercera”, constituida y con domicilio en General Roca,Departamento del mismo nombre de esta Provincia, eldía 19 de Octubre de 2004, y apruébase su estatutosocial obrante de foja seis (6) a catorce (14) delexpediente aludido.

Art. 2º - Inscríbese, a la misma bajo el número Dosmil cuatrocientos veintiocho (Nº 2.428).

Art. 3º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 956

Viedma, 16 de Septiembre del 2008.Visto, el Expte. Nº 5608-IGPJ-2008, mediante el cual

la asociación civil denominada “Asociación Germanosde la Comarca”, registrada en este Organismo bajo elNº 1939, solicita declarar eficaz asamblea y lamodificación introducida al Estatuto Social y a losreglamentos internos de sede social y biblioteca; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Ordinaria que trató dicha

reforma se realizó con fecha 16 de Agosto de 2.008; hacumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827 ydemás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 47 y 48 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 16 de Agosto de 2.008 y la reforma del artículo 1º,derogación del artículo 59, del Estatuto Social;aprobación de los nuevos reglamentos internos de sedesocial y biblioteca de la Asociación Civil denominada“Asociación Germanos de la Comarca”, con domicilioen Viedma, Departamento Adolfo Alsina de esta Pro-vincia, en la forma de foja veintinueve (29) a treinta (30)del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—

Resolución Nº 957Viedma, 16 de Septiembre del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5609-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada “Liga Independientede Fútbol”, registrada en este Organismo bajo el Nº1090, solicita declarar eficaz asamblea y la modificaciónintroducida al reglamento interno; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Ordinaria que trató dicha

reforma se realizó con fecha 31 de Marzo de 2.008; hacumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº 3827 ydemás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 37 y 38 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Ordinaria defecha 31 de Marzo de 2.008 y la reforma del artículo 27,41 y 43 del reglamento interno de la Asociación Civildenominada “Liga Independiente de Fútbol”, condomicilio en Luis Beltrán, Departamento Avellanedade esta Provincia, en la forma de foja veinte (20) aveintiuno (21) del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 958

Viedma, 16 de Septiembre del 2008.Visto, el Expte. Nº 5610-IGPJ-2008, mediante el cual

la asociación civil denominada “Colegio Tecnológicodel Sur”, registrada en este Organismo bajo el Nº 1563,solicita declarar eficaz asamblea y la modificaciónintroducida al estatuto social; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Extraordinaria que trató

dicha reforma se realizó con fecha 12 de Julio de 2.008;ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley Nº3827 y demás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 27 y 28 obran informes de los Departamentosde Asesoría Legal y Personería respectivamente, dondeconsta que estaría en condiciones de dictarse resolucióndeclarando eficaz la misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Extraordinaria defecha 12 de Julio de 2.008 y la reforma del artículo 8º,del estatuto social de la Asociación Civil denominada“Colegio Tecnológico del Sur”, con domicilio en SanCarlos de Bariloche, Departamento Bariloche de estaProvincia, en la forma de foja dieciséis (16) delexpediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—Resolución Nº 959

Viedma, 16 de Septiembre del 2008.Visto, el Expte. Nº 5579-IGPJ-2008, mediante el cual la

asociación civil denominada “Asociación EmpresariaHotelera Gastronómica Bariloche”, registrada en esteOrganismo bajo el Nº 53, solicita declarar eficaz asambleay la modificación introducida al estatuto social; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Extraordinaria que trató

dicha reforma se realizó con fecha 17 de Noviembre de2.007; ha cumplido con los requisitos exigidos por LeyNº 3827 y demás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 60 y 61 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Extraordinaria defecha 17 de Diciembre de 2.007 y la reforma de los

artículos 30 y 54 del Estatuto Social de la AsociaciónCivil denominada: “Asociación Empresaria HoteleraGastronómica Bariloche”, con domicilio en San Carlosde Bariloche, Departamento Bariloche de esta Provin-cia, en la forma de foja dieciocho (18) a diecinueve (19)del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—–—

Resolución Nº 960Viedma, 16 de Septiembre del 2008.

Visto, el Expte. Nº 5577-IGPJ-2008, mediante el cualla asociación civil denominada “Asociación AldeaInfantil”, registrada en este Organismo bajo el Nº 977,solicita declarar eficaz asamblea y la modificaciónintroducida al estatuto social; y

CONSIDERANDO:Que la Asamblea General Extraordinaria que trató

dicha reforma se realizó con fecha 26 de Febrero de2.008; ha cumplido con los requisitos exigidos por LeyNº 3827 y demás Reglamentaciones vigentes.

Que a fojas 55 y 56 obran informes de losDepartamentos de Asesoría Legal y Personeríarespectivamente, donde consta que estaría encondiciones de dictarse resolución declarando eficazla misma.

Por ello,La Inspección General de

Personas JurídicasRESUELVE:

Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectosadministrativos, la Asamblea General Extraordinaria defecha 26 de Febrero de 2.008 y la reforma de los artículos15 y 33 del Estatuto Social de la Asociación Civildenominada “Asociación Aldea Infantil”, con domicilioen San Carlos de Bariloche, Departamento Barilochede esta Provincia, en la forma de foja diecinueve (19) aveintidós (22) del expediente aludido.

Art. 2º - Regístrese, comuníquese, tómese razón,publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Per-sonas Jurídicas.

—oOo—

LICITACIONES–––

Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD– Aviso de Llamado a Licitación –

La Dirección Nacional de Vialidad llama a LicitaciónPública Nacional la siguiente Obra:

Licitación Pública Nacional Nº 10/08Obra: Ruta Nacional N° 151 – Km. 28,95 - Provincia

de Río Negro – Localidad Barda del Medio Rotonda enAcceso a Dique Balleter.

Tipo de Obra: Construcción de una rotonda deltipo Ovalo. El paquete estructural en el óvalo cen-tral estará compuesto por: Carpeta de concretoasfáltico en 0,05 m. de espesor, base de concretoasfáltico en 0,08 m. de espesor, base granular en 0,20m. de espesor, sub-base granular en 0,20 m. deespesor; las banquinas serán de suelo común en unancho de 3,00m.; señalamiento horizontal, bandaóptica sonora, baranda metálica cincada para defensae iluminación

Presupuesto Oficial: Pesos Cuatro MillonesCuatrocientos Cincuenta Mil ($ 4.450.000,00) al mes deJunio de 2008.

Valor del Pliego: Pesos Dos Mil ($ 2.000,00)Fecha de Venta de Pliegos: A partir del 19 de Agosto

de 2008.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 26

de Setiembre de 2008 a partir de las 11,00 Hs.

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10Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

Lugar de Apertura: Av. Julio A. Roca 734/38 –(1067) - Capital Federal – Planta Baja (Salón de Actos)- D.N.V.

Lugar de Venta y Consulta del Pliego: SubgerenciaServicios de Apoyo – Av. Julio A. Roca 734/8 – (1067)Capital Federal - 3er. Piso – D.N.V.

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Ministerio de Planificación Federal,Inversión Pública y ServiciosSecretaría de Obras Públicas

DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDADLicitación Pública Nacional Nº 49/08

La Dirección Nacional de Vialidad llama a LicitaciónPública Nacional, la siguente obra.

Obra: Ex Ruta Nacional Nº 22 - Puente s/Río Colo-rado, límite provincias de La Pampa y Río Negro.

Tramo: La Adela - Río Colorado.Tipo de Obra: Retiro de tablero de puente existente,

construcción de nuevo tablero de puente, readecuaciónde accesos y obras complementarias.

Presupuesto Oficial: Pesos cinco millones cien mil($ 5.100.000,00) al mes de junio de 2008.

Valor del Pliego: Pesos dos mil ($ 2.000,00).Fecha de Venta de Pliegos: A partir del 8 de

septiembre de 2008.Fecha de Apertura de Ofertas: Se realizará el día 8

de octubre de 2008 a las 11 horas.Plazo de Obra: Doce (12) meses.Lugar de Apertura: Avda. Julio A. Roca 734/38 -

(1067) - Capital Federal - Planta baja (Salón de Actos) -DNV.

Lugar de Venta y Consulta del Pliego: SubgerenciaServicios de Apoyo - Avda.Julio A. Roca 734/8 - (1067)Capital Federal - 3er. piso - DNV.

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Provincia de Río NegroSUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Administración GeneralLicitación Pública Nº 10/08

Objeto: Adquisición de estanterías metálicasdestinadas a dependencias del Poder Judicial conasiento en las cuatro Circunscripciones Judiciales dela Provincia de Río Negro (Renglones declaradosdesiertos en la Licitación Pública Nº 08/07).

Lugar de Apertura: Departamento Compras ySuministros de la Administración General del PoderJudicial - Laprida 292 - Viedma (Río Negro).

Fecha de Apertura: 30 de septiembre de 2008 - Hora11.

Retiro de Pliegos y Consultas: En el DepartamentoCompras y Suministros de la Administración Generaldel Poder Judicial, sito en calle Laprida 292, de la ciudadde Viedma, Provincia de Río Negro, Tel-Fax 02920-44100,Int. 1214, en horario administrativo.

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Presidencia de la NaciónSecretaría de Turismo y Deporte

ADMINISTRACIÓNDE PARQUES NACIONALES

Ley 22.351Licitación Privada Nº 02/2008

Expte. Nº 000381/08Objeto: Obra “Construcción Centro Forestal Isla

Victoria”.Fecha de Apertura: 30 de septiembre de 2008 a las

11 horas.Lugar: En el Departamento de Administración del

Parque Nacional Nahuel Huapi, sito en San Martín 24 de laciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro.

Consultas y Venta de Pliegos: En la Oficina Técnicay el Departamento de Administración del ParqueNacional Nahuel Huapi, sito en calle San Martín 24 dela ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de RíoNegro - Tel. 02944-423366.-

E-mail: [email protected] del Pliego: Sin cargo.

CONCURSO–––

PODER JUDICIALde la PROVINCIA de RÍO NEGRO

Ministerio PúblicoProcuración General

AVISO DE LLAMADO A CONCURSO

Res. 225/08/PGLa Procuración General de la Provincia de Río Ne-

gro llama a concurso de oposición y antecedentes parala cobertura de Cuatro (04) cargos de PSICÓLOGO,Cuatro (4) de ASISTENTE SOCIAL y Cuatro (4) dePSICOPEDAGOGO, para las Oficinas de Atención a laVíctima del Delito, con asiento de funciones en Viedma,General Roca, San Carlos de Bariloche y Cipolletti, enlos términos de la Res.210/08/PG.

Requisitos:Poseer título profesional habilitante y contar con un

mínimo de tres años de antigüedad en el ejercicio de laprofesión o antigüedad como agente del Poder Judicial.

Plazo- lugar- datos a consignar:Las inscripciones serán recibidas hasta el día 02

de octubre de 2008 en la sede de la Secretaría deSuperintendencia de la Procuración General, sita enColón 385 - 2do. Piso de la ciudad de Viedma - R. N.,personalmente o por Correo Postal (R8500FDG) y antelas Gerencias Administrativas de las restantescircunscripciones.

Los postulantes deberán acompañar, junto a susolicitud de inscripción: a) Original o copia cer-tificada de toda la documentación que acredite identidad,domicilio, título y antecedentes que invoquen.; b)Certificado de aptitud física y examen psicodiagnósticoexpedido por profesionales matriculados en la Provin-cia; c) Certificado de antecedentes expedido porautoridad competente; d) Certificación del Titular delOrganismo de cualquiera de los Poderes del Estadorelativo a su desenvolvimiento laboral en el caso de queel postulante se desempeñe o hubiere desempeñado enellos; e) Certificación de domicilio y constitución dedomicilio a los fines de receptar notificaciones ycitaciones; f) Declaración jurada de no hallarse incursoen alguna de las causales de incompatibilidad previstaspor los arts. 19 de la Ley 3550 y 25 de la Ley 4199; g) Noestar comprendido en el inc. a) del art. 2do. Ley 3475.

Las solicitudes que no se ajusten a lo dispuestoprecedentemente no serán tenidas en cuenta y no daránlugar a tramitaciones suplementarias.

Bases Generales:1) Los postulantes deberán presentar en Secretaría de

Superintendencia de la Procuración General o en lasGerencias Administrativas, dentro de los diez (10) díasposteriores a la fecha de cierre de inscripción, un trabajoen el que expliciten su comprensión sobre las misiones yfunciones del cargo que concursan, su compromisoprofesional con las problemáticas del área, su visión per-sonal y profesional. Deberá tener una extensión mínimade 8 páginas y máxima de 15 (en tamaño DIN A-4 ynumerados) y se presentarán escritos por una sola cara,con un máximo de 30 líneas por página, con letra tipoTimes New Roman tamaño 12; 3) Participar de un coloquioante la Mesa Examinadora conformada por: El Fiscal Ge-neral o su Subrogante Legal, un miembro de las Fiscalíasde la Circunscripción en la que se desempeñará el cargo acubrir y un miembro perteneciente al ámbito académico oprofesional. En el coloquio en fecha y temario a determinaroportunamente, se plantearán y resolverán situacionesconcretas y se evaluará el conocimiento teórico, el criterioy la destreza profesional; 4) La Sra. Procuradora Generalse reserva el derecho de una entrevista personal.

Hacer saber a los concursantes que son deaplicación los arts. 43 inc. a), 44 de la Ley 4199 y 64 a 70del Reglamento General de Superintendencia delMinisterio Público.

Demás informes: Colón 385 Viedma o 02920 - 425101.Secretaría de Superintendencia, 09 de septiembre

de 2008.Enrique Carlos Minetti, Procuración General.

CONCURSO PRIVADO–—

Provincia de Río NegroSecretaría de Turismo

ADMINISTRACION DEPARQUES NACIONALES

Ley Nº 22.351 - Pliego de Bases y Condiciones -

Concurso Privado Nº 03/2008Trámite Interno Nº 514/2008

Objeto: Adquisición de Psicrómetros, Termómetrosy Anemómetros destinados a los ICE de los ParquesNacionales.

Fecha de Apertura: El día 03 de Setiembre de 2008 alas 11,00 horas.

Lugar de Apertura: En la sede de la Coordinaciónde Lucha Contra Incendios Forestales (C.L.I.F.), sitoen Bote Modesta Victoria Nº 3350 Area Varadero ParqueNacional Nahuel Huapí, San Carlos de Bariloche, Pro-vincia de Río Negro, Tel. 2944/430-476.

Consulta y Venta de Pliegos: Por Internet(www.argentinacompra.gov.ar), ingresando al accesodirecto “Contrataciones Vigentes” ó personalmente enla sede de la Coordinación de Lucha Contra IncendiosForestales (C.L.I.F.), sito en Bote Modesta Victoria Nº3350 Area Varadero Parque Nacional Nahuel Huapí,San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, Tel.02944/430-476.

Valor del Pliego: Sin cargo.—oOo—

EDICTOS DE MENSURA–—

Comunico a linderos y/o interesados que el día 27/09/2008 a las 10,00 hs., iniciaré, partiendo del esquineroNor-Este, la mensura de las tierras fiscales en ParteLote 41 Colonia El Cuy, ocupadas por Julia RosalíaRoldán (Expte. Adm. Nº 66599/02 de la DTyC).Autorización de Mensura Nº 73-2008. Agrimensor JorgeH. Osacar, Mat. Prof. Nº A-849-1 - Tucumán 513, 2ºPiso, Of. Nº 215. General Roca, Río Negro.

—oOo—

Se comunica a los ocupantes de tierras fiscalesubicadas en Lote 12, Sección IV, que el día 10 deOctubre de 2.008, a las 7,30 hs., iniciaré los trabajos demensura y deslinde de la fracción fiscal ubicada enparte de la legua c-Lote 12 partiendo del vértice Norestede la parcela. Ocupante: Raúl Alejandro Huircal, Expte.Adm. Nº 105.862/60, Aut. Mensura Nº 02/08, Inst. Esp.Mensura Nº 17/08. Firmado: Agrim. Jorge R. Castaldi,DGCeIT Nº 441, CPIA y T Nº A-1701-2, Fleming 2224 -Gral. Roca, Río Negro.

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NOMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS

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Provincia de Río NegroINSTITUTO DE PLANIFICACION Y

PROMOCION DE LA VIVIENDAPlan: 250 Viviendas Grupo B.Localidad: General Roca.

Adjudicatarios de Un DormitorioNahuelán, Mario Javier .............DNI. 27.349.185Orellana, Mariela Fernanda .......DNI. 30.514.753

Se informa que a partir de la presente publicación,queda abierto el período de Impugnaciones durantediez días corrido. Quien considere necesario impugnar,lo harán por nota y duplicado dirigido al Interventordel I.P.P.V., Invocando la causal que motiva dichaimpugnación con aclaración de Apellido y Nombre -Número de Documento y Domicilio.-

María Enriqueta Mansilla Control HabitacionalIPPV.

Page 11: Nº 4657 · 2012. 7. 12. · Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), ... a fojas 17, las actividades relacionadas con la

11Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

Plan: 30 Viviendas.Localidad: Mainqué

Garrido González, Oscar Rubén .DNI. 93.371.421Briones, Aurora del Carmen ......DNI. 17.672.977

Se informa que a partir de la presente publicación,queda abierto el período de Impugnaciones durantediez días corrido. Quien considere necesario impugnar,lo harán por nota y duplicado dirigido al Interventordel I.P.P.V., Invocando la causal que motiva dichaimpugnación con aclaración de Apellido y Nombre -Número de Documento y Domicilio.-

María Enriqueta Mansilla Control HabitacionalIPPV.

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EDICTOS–––

Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nro. 3 a mi cargo,notifica a Darío Hugo Briones de lo ordenado en losautos caratulados: “Briones Darío Hugo s/Amenazas yDesobediencia Judicial” (Expte. Nº 41665/08), cuya partepertinente se transcribe y dice: Viedma, 1º de septiembrede 2008.- Resuelvo: I) Dictar el sobreseimento total en lapresente causa, a favor de Darío Hugo Briones, ya filiado,en orden al hecho que se le endilgaba en la presente porlas consideraciones expuestas y por aplicación del Art.306 Inc. 1º, 1º supuesto del C.P.P. - II) Declarar que elpresente proceso no afecta el buen nombre y honor delque hubiere gozado el imputado.- III)....Regístrese,protocolícese y notifíquese.- (Fdo. Dr. Carlos Reussi,Juez).- Santiago Brugo, Secretario.-

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 a mi cargo,notifica a de lo ordenado en los autos caratulados:“Larena Claudio Fabián s/Lesiones y Hurto” (Expte.Nº 41586/08), cuya parte pertinente se transcribe y dice:Viedma, 3 de setiembre de 2008 Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deClaudio Fabián Larena, ya filiado, en orden al hechoque se le endilgaba en la presente por lasconsideraciones expuestas y por aplicación del art. 306inc. 1° del C.P.P..- II) Declarar que el presente procesono afecta el buen nombre y honor del que hubieregozado el imputado.- Regístrese, protocolícese ynotifíquese.- Fdo. Dr. Carlos Reussi-Juez-).- GuillermoBustamante, Secretario.

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 a mi cargo,notifica a Sergio Manuel Fuentes de lo ordenado enlos autos caratulados: “Araya Alicia Ruth y Otros(DAM. Chañapi Cintia Ayelén) s/Hurto “Expte. Nº41062/08, cuya parte pertinente se transcribe y dice:“Viedma, 25 de junio de 2008.... Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deCindy Yanet Faundes, Sergio Fuentes, Ruth AliciaAraya, y Javier Alberto Araya, ya filiados, en orden alhecho que se les endilgaba en la presente por lasconsideraciones expuestas y por aplicación del art. 306inc. 1° supuesto del C.P.P..- II) Declarar que el presenteproceso no afecta el buen nombre y honor del quehubieren gozado los imputados.- Regístrese,protocolícese y notifíquese.- “Fdo. Carlos Reussi -Juez.- Guillermo Bustamante, Secretario.

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,

notifica a Gustavo Jancovich de lo ordenado en losautos caratulados: “Jancovich Gustavo s/Estafa“Expte. Nº 41590/08-DAN, cuya parte pertinente setranscribe y dice: “Viedma, 4 de Septiembre de 2008....Autos y Vistos:.... Resuelvo: I) Dictar el sobreseimientototal en la presente causa, en favor de GustavoJancovich, ya filiado, en orden al hecho que se leendilgaba en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 2° del C.P.P..-II) Declarar que el presente proceso no afecta el buennombre y honor del que hubieren gozado el imputado.-Fdo. Carlos Reussi - Juez.- Santiago Brugo, Secretario.

—oOo—

El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil Nº 3 de Viedma,cita, llama y emplaza por el término de treinta (30) díasa herederos acreedores de María Inés Gerhold, a quese presenten a hacer valer sus derechos en autos:“Gerhold María Inés s/Sucesión” (Expte. Nº 0459/08).Publíquese por tres (3) días. Fdo.: Alejandro J. E.Moldes, Juez. Secretaría, 27 de Agosto de 2.008.–AnaCarolina Scoccia, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial yMinería Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial,Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Ana CarolinaScoccia, cita, llama y emplaza por el término de treinta(30) días a todos los que se consideren con derecho alos bienes dejados por Don Dionisio Paez Paez, en losautos caratulados: “Paez Paez Dionisio s/Sucesión”(Expte. Nº 0435/08). Publíquese por tres (3) días. Viedma,08 de Septiembre de 2.008.–Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a César Mario Chandía de lo ordenado en losautos caratulados: “Chandía César Mario s/Fuga”(Expte. Nº 41679/08-DAN), cuya parte pertinente setranscribe y dice: Viedma, 08 de septiembre de 2008.-Autos y Vistos:...... Resuelvo: I) Dictar el sobreseimientototal en la presente causa, en favor de César MarianoChandía, ya filiado, en orden a los hechos que se leendilgaban en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 2° del CPP..-II) Declarar que el presente proceso no afecta el buennombre y honor del que hubiere gozado el imputado.-(Fdo. Dr. Carlos Reussi -Juez-).- Santiago Brugo,Secretario.

—oOo—Fermín Donate, a cargo del Juzgado Civil, Comercial

y Minería N° 1 de Viedma (Río Negro), Secretaría Unicaa cargo de la Dra. Rosana Calvetti, cita, llama y emplazaa herederos y acreedores de Héctor Turienzo, para quese presenten a hacer valer sus derechos en el términode treinta días en los autos: “Turienzo, Héctor s/Sucesión (Expte. N° 0463/08/J1).- Publíquese por tresdías en el Boletín Oficial.- Viedma, 5 de Septiembre de2.008.– Rosana Calvetti, Secretaria.

—oOo—

Julio César Sueldo, Juez del Juzgado de Familia ySucesiones Nro. Veinte, Secretaría de Familia de laciudad de Villa Regina, Pcia. de Río Negro, cita yemplaza por treinta días a herederos y acreedores deAngeli, Epifanio en autos “Angeli, Epifanio s/Sucesión” (Expte. Nº 1541-XX-07).- El presente deberápublicarse por tres días en el Boletín Oficial. Secretaría,24 de octubre de 2007. Claudia E. Vesprini, Secretaria.

—oOo—

Alejandro Cabral y Vedia, Juez del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1 con asiento de funcionesen calle Roca Nº 599 esquina Sarmiento de la ciudad deCipolletti, cita por treinta días a herederos y acreedores

de Dña. Muller Martha Adelaida Ofelia, acompañandola documentación que lo acredite, en autos: “MullerMartha Adelaida Ofelia s/Sucesión“ (Expte. Nº 27.920-1-08). Publíquese por tres días.- Cipolletti, 28 de agostode 2008.- Dr. Jorge A. Benatti, Secretario.-

—oOo—

La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez del Juzgado Nº3 en lo Civil, Comercial y de Minería, de la SegundaCircunscripción Judicial, con asiento en la ciudad deGral. Roca (R.N.) cita y emplaza por el término de treintadías a herederos y acreedores de Ricardo José Spina,L.E. Nº 7.563.639, en autos caratulados: “Spina RicardoJosé s/Sucesión” (Expte-34696-JIII-02). Publíquenseedictos por tres (3) días en el Boletín Oficial y DiarioRío Negro. Gral. Roca, 05 de septiembre de 2008.- Maríadel Carmen Villalba, Secretaria.

—oOo—Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 13 de la CuartaCircunscripción Judicial de Río Negro, sito en Cipolletti.Secretaría Única, cita y emplaza por el término de treintadías a herederos y acreedores de la Sra. Blanca NievesRamírez, LC Nº 5.630.793 y del Sr. Fidencio AnolfoVeroiza, Veroiza, DNI. Nº 93.916.349 a estar a derechoen los autos: Ramírez Blanca Nieves y Veroiza FidencioAnolfo s/Sucesión.- (Expte. Nº 4127).- Publíquese porel término de Tres (3) días. Secretaría, 15 de abril de2008.- Jorge A. Fernández, Prosecretario.

—oOo—El Dr. Víctor Darío Soto, Juez del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, Secretaría Civil, a cargo de la Dra.Paola Santarelli, con asiento de sus funciones en calle9 de Julio 221, 1º P., de Choele Choel, cita y emplaza atodos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por Vicente Iparraguirre para que en el plazode treinta (30) días lo acrediten en autos: “IparraguirreVicente s/Sucesión” (Expte. 9553/4). Publíquenseedictos por tres (3) días. Fdo.: Dr. Carlos Vila -Juez-Choele Choel, 29 de Mayo de 2.004.– María del CarmenLeal, Prosecretaria.

—oOo—El Dr. Víctor D. Soto, Juez del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, Secretaría Civil a cargo de la Dra.Paola Santarelli, de Choele Choel, cita y emplaza a todoslos que se consideren con derecho a los bienes dejadospor Sandoval Marilay Domingo para que en en plazode treinta (30) días lo acrediten en autos: “SandovalMarilay Domingo s/Sucesión” (Expte. Nº 7546/02).Publíquese edictos por tres (3) días. Fdo.: Dr. Carlos E.Vila -Juez- Choele Choel, 29 de Mayo de 2.008.– Maríadel Carmen Leal, Prosecretaria.

—oOo—

El Dr. Víctor Darío Soto, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, Secretaría Civil a cargo de la Dra.Paola Santarelli, de Choele Choel, cita y emplaza a todoslos que se consideren con derecho a los bienes dejadospor Jaramillo Natividad para que en en plazo de treinta(30) días lo acrediten en autos: “Jaramillo Natividad s/Sucesión” (Expte. Nº 13.051/08). Publíquense edictospor tres (3) días. Fdo.: Dr. Víctor Darío Soto -Juez-Choele Choel, 18 de Abril de 2.008.– María del CarmenLeal, Prosecretaria.

—oOo—El Dr. José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº IX, de la Segunda Circunscripción Judicial, sito enAvenida Roca Nº 1.047, Secretaría Unica a cargo de laDra. Romina Paula Zilvestein, cita y emplaza por Treinta(30) días a los herederos y acreedores de Don PedroAlonso, L.E. 3.429.617, en autos: “Alonso, Pedro s/Sucesión” (Expte. Nº 31.973-JIX-08). Publíquenseedictos en el Boletín Oficial por Tres (3) días. GeneralRoca, 25 de Agosto de 2.008.– Romina Paula Zilvestein,Secretaria.

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12Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez titular delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial yMinería Nº 3 de Viedma, Secretaría Única a cargo de laDra. Ana Carolina Scoccia; quien suscribe el presente;cita y emplaza por el término de treinta (30) días aherederos, acreedores y a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por Doña AideéConstancia Linares, en los autos caratulados: “LinaresAideé Constancia s/Sucesión” (Expte. Nº 0578/2008).Publíquense edictos por el término de tres (03) días enel Boletín Oficial. Secretaría, 05 de Septiembre de 2008.–Ana Carolina Scoccia, Secretaria.

—oOo—La Dra. Adriana Mariani, Jueza a cargo del Juzgado

Civil y Comercial Nro. Uno, Secretaría Única a cargo dela Dr. Paula Chiesa, de la Segunda Circunscripción Ju-dicial de la Pcia. de Río Negro, cita y emplaza por treintadías a herederos y acreedores de Lidia Elena SobarzoVázquez, DNI. 92.094.804, para que comparezcan a estara derecho en autos: “Sobarzo Vázquez Lidia Elena s/Sucesión” (Expte. Nº 486-08). Publíquese edictos enBoletín Oficial por el término de tres días. Gral. Roca, 11de julio de 2008. Dra. Paula M. Chiesa. Secretaria.-

—oOo—

“La Sra. Fiscal a cargo de la Fiscalía N° 3 de Viedma(RN), hace saber a Víctor O. Ramírez Cabrera, abogado,de quien se desconocen otros datos filiatorios, que enlos autos “Ramírez Cabrera Víctor s/ Denuncia”, Expte.N° , se ha dictado la resolución que en su partepertinente dice:

“Viedma, 28 de agosto de 2006.- Visto: la presentecausa caratulada “Ramírez Cabrera Víctor s/Denuncia”,(Expte. N° 1320/07) del registro del Ministerio PúblicoFiscal; Y Considerando: Que a fs. 1/3 se presenta VíctorO. Ramírez Cabrera, en su carácter de apoderado deOrlando Eusebio Bregante quien le otorgó un poderEspecial para que actúe, intervenga y prosiga hasta suterminación el juicio sucesorio de sus padres JuanAntonio Agustín Bregante y Lily May Roberts deBregante de trámite por ante el Juzgado de Familia ySecesiones n° 5 de Viedma en autos “Bregante JuanAntonio Agustín y Roberts Lili May s/Sucesiones”(Expte. 1340/03) quien denuncia que la co-herederaMirta Argentina Bregante habría perjudicadoeconómicamente a su poderdante en la suma de $155.000 por cuanto le habría cedido a título onerosoderechos y acciones sucesorios que ya había cedidocon anterioridad a su otra hermana Beatriz MayBregante. Que habiéndose ordenado practicarinvestigación preliminar (art. 161 CPP), se agregó copiade la Escritura n° 244 de fecha 11 de diciembre de 1997y del (Expte. n° 1340) “Bregante Juan Antonio Agustíny Roberts Lili May” s/ Sucesiones”. Que analizado elhecho denunciado, se extrae que el origen del conflictosuscitado entre las partes se centra en una transferen-cia a título de cesión de derechos y acciones sobre lasucesión de Juan Agustín Bregante y Lily May Rob-erts de Bregante, por parte de Mirta Argentina Breganteen favor de su hermana Beatriz May Bregante realizadoen fecha 18 de diciembre de 1997, mucho antes que seiniciara el juicio sucesorio y cuando Mirta ArgentinaBregante no había sido declarada aún co-heredera deJuan Antonio Agustín Bregante y Lily May Robertsde Bregante.- Al establecer el art. 1449 del Código Civilque “es prohibida la cesión de derechos de los derechosde uso y habitación y las esperanzas de sucesión...” yagregar el Art. 3311 “las herencias futuras no puedenaceptarse ni repudiarse. La aceptación y la renuncia nopueden hacerse sino después de la sucesión...”, el actoque da origen al conflico es nulo, y al caso será quienpor este acto haya resultado perjudicado, quien de-berá accionar por la via pertinente. Ello así, los actosde disposición patrimonial de Mirta Argentina Breganterealizados con posterioridad a la declaratoria deherederos, resultan válidos y al caso, las diferenciasentre los herederos deberán dirimirse en al ambito quele es propio.- La existencia de una presunta estafa talcomo se denuncia, importa probar la existencia de un

ardid o engaño, circunstancia que no se verifica enautos, toda vez que el ocultamiento de un convenioentre dos personas que carece de validez por cuantodispone de derechos sucesorios futuros que una parteno podía ceder ni la otra recibir, no resulta en perjuiciode los otros herederos, ni importa un atentado contrala administración de justicia.- Por lo expuesto, entiendoque el mismo no es configurativo de un delito de acciónpública, por lo que considero que la presente denunciadebe ser Archivada y notificar de ello a quien tienederecho a querellar, lo que Asi Resuelvo.- .(Fdo)Daniela Zagari, Fiscal”.-

—oOo—Alejandro J. E. Moldes, Juez de la Primera Instancia,

Juzgado Civil y Comercial nº 3 de Viedma, de la PrimeraCircunscripción Judicial con asiento en Viedma,Secretaría Única a cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia,cita, llama y emplaza a todos los que se consideren conderechos a los bienes dejados por el causante Sr.Héctor Luis Franco Rosales, y Sra. Elcira Curiñanco,para que dentro del plazo de treinta (30) días loacrediten, en autos caratulados: “Curiñanco Elcira yFranco Rosales Héctor Luis s/Sucesión”, (Expte. Nº0605/2008.- Publíquense edictos por tres días en elBoletín Oficial.- Viedma, 04 de septiembre de 2008.- AnaCarolina Scoccia, Secretaria.-

—oOo—El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia Nº Tres, con asiento de susfunciones en la ciudad de Cipolletti, Secretaría Unica,cita y emplaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de Belza Américo y DavidBeatriz, para que comparezcan a hacer valer susderechos en autos: “Belza Américo y David Beatriz s/Sucesión”. (Expte. Nº 4728/08). Publíquese edictos portres (3) días en el diario Río Negro y Boletín Oficial.Cipolletti, 28 de Agosto de 2.008.– Jorge A. Fernández,Prosecretario.

—oOo—El Dr. Víctor Darío Soto, Juez del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, Secretaría Civil, a cargo de la Dra.Paola Santarelli, con asiento de sus funciones en calle9 de Julio Nº 221, 1er. Piso, de Choele Choel, cita yemplaza a todos los que se consideren con derecho alos bienes dejados por Peñagaricano José Joaquín paraque en el plazo de treinta (30) días lo acrediten en au-tos: “Peñagaricano José Joaquín s/Sucesión” (Expte.Nº 10.491/05). Publíquense edictos por Tres (3) días.Fdo.: Dr. Víctor Darío Soto -Juez- Choele Choel, 5 deDiciembre del 2.007.– Dra. Paola Santarelli, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Víctor Darío Soto, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil, Comercial, de Minería, Familia ySucesiones Nº 31, Secretaría Civil, a cargo de la Dra.Paola Santarelli, de Choele Choel, cita y emplaza a todoslos que se consideren con derecho a los bienes dejadospor Migone CarlosAlberto para que en el plazo detreinta (30) días lo acrediten en autos: “Migone CarlosAlberto s/Sucesión” (Expte. Nº 12.036/07). Publíquenseedictos por Tres (3) días. Fdo.: Dr. Víctor Darío Soto -Juez- Choele Choel, 04 de Marzo del 2.008.– Dra. Maríadel Carmen Leal, Prosecretaria.

—oOo—

Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a Jonathan Jesús Mesa de lo ordenado en losautos caratulados: “Mesa Jonathan Jesús y Otros s/Atentado y Resistencia a la Autoridad” (Expte. N°41641/08-DAN), cuya parte pertinente se transcribe ydice: “Viedma, 3 de septiembre de 2008. Autos y Vistos:..Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento total en la pre-sente causa, en favor de Jonathan Jesús Mesa y....., yafiliado, en orden al hecho que se le endilgaba en lapresente por las consideraciones expuestas y poraplicación del art. 306 inc. 1°, 1º supuesto del C. P. P....-

II) Declarar que el presente proceso no afecta el buennombre y honor del que hubiere gozado los imputados.-Firmado Carlos Reussi -Juez- Santiago Brugo, Secetario.

—oOo—Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado de

Instrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a Raúl Gregorio Quintas de lo ordenado en losautos caratulados: “Quintas Raúl s/Abuso de Armas”(Expte. Nº 41481/08-DAN), cuya parte pertinente setranscribe y dice: “Viedma, 2 de septiembre de 2008.Autos y Vistos:... Resuelvo: I) Dictar el sobreseimientototal en la presente causa, en favor de Raúl GregorioQuintas, ya filiado, en orden al hecho que se leendilgaba en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 1°, 2ºsupuesto del C.P.P.- II) Declarar que el presente procesono afecta el buen nombre y honor del que hubieregozado el imputado.- Firmado Carlos Reussi -Juez-Santiago Brugo, Secetario.

—oOo—La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia

en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de la SegundaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría Única a cargode la Dra. Carmen Villalba, con asiento en Avda. Roca1047, PB, de la ciudad de Gral. Roca, Pcia. Río Negro,cita a herederos y acreedores de Rossetti Victoria, L.C.9735845 y Pena Martín Andrés L.E. 1.509.847, en autos“Pena Martín Andrés y Rossetti Victoria s/Sucesión”(Expte. Nº 38.475-III-08) por el término de 30 días a estara derecho. Publíquese edictos por el término de tresdías.- Secretaría, 05 de septiembre de 2008. Se le hacesaber que el presente proceso universal, cuenta conbeneficio de litigar sin gastos, con sentencía firme yconsentida.- María del Carmen Villalba, Secretaria.-

—oOo—

El Dr. Ariel Asuad, Presidente de la Cámara delTrabajo de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Pro-vincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de SanCarlos de Bariloche, sita en calle John O'Connor 20 1erpiso, Secretaría nro. 1 a cargo del Dr. Manuel Cafferataen autos caratulados: “Painefil Raúl c/Madero Carlosy/u otros s/Sumario” (Expte. 20102/07) cita a losherederos del Sr. José María Madero para quecomparezcan a hacer valer los derechos que pudierantener en el plazo de 10 días, bajo apercibimiento deLey.- San Carlos de Bariloche, a los 1 día del mes deseptiembre del año dos mil ocho.- Manuel Cafferata,Secretario.-

—oOo—El Dr. Jorge A. Serra, a cargo del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 1 de laTercera Circunscripición Judicial de la Provincia de RíoNegro, con asiento en Juramento 190 piso 5, SecretaríaÚnica, a cargo del Dr. Mariano Castro, en los autoscaratulados: “Reinits Elena s/Sucesión ab-instestato”(Expte: 0141-272-08), cita, llama y emplaza por el términode 30 días cita a herederos y acreedores de la Sra. ElenaReinits para que hagan valer sus sus derechos.-Fdo.Dr. Jorge A. Serra, Juez - S. C. De Bariloche 9 de mayode 2008.- Publíquese por tres días.- Mariano A. Castro,Secretario.-

—oOo—El Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno

de la III Circunscripición Judicial de la Provincia de RíoNegro, a cargo del Dr. Jorge Serra, Secretaría Única delDr. Mariano Castro, sito en Juramento 190, 5º piso,Bariloche, cita y emplaza a herederos y acreedores deManfredo Roberto Toews por un plazo de 30 días a finde que hagan valer sus derechos en autos “ToewsManfredo Roberto s/Sucesión ab-instetato” (Expte.0336/286/08).- S. C. de Bariloche, 9 de septiembre de2008.- Ma. A. Marcolini Rodríguez, Secretaría.-

—oOo—La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez a cargo

del Juzgado de Primera Instancia de Familia ySucesiones Nº 5, Secretaría Única, a cargo de la Dra.

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13Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

María Gabriela Tamarit, sito en calle Laprida Nº 292 dela ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en autos:“Quintupuray Domingo Eugenio s/Sucesión” (Expte.Nº 0626/06), cita, llama y emplaza a herederos yacreedores de Domingo Eugenio Quintupuray, para quedentro del término de treinta (30) días, comparezcan aestar a derecho en su juicio sucesorio. Publíquese portres días en el Boletín Oficial y en diario Río Negro.Viedma, 11 de julio de 2006.- María Gabriela Tamarit,Secretaria.-

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Alejandro Cabral y Vedia, Juez del Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nro. Uno de la CuartaCircunscripición Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento de funciones en calles Roca y Sarmientode la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge A. Benatti, cita atodos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante para que dentro del término detreinta (30) días lo acrediten en autos: “Diomedi BenitoDomingo s/Sucesión” (Expte. Nro. 27868-I-08).Publíquense edictos por tres (3) días en el BoletínOficial. Fdo. Dr. Alejandro Cabral y Vedia. Juez.-Cipolletti, 15 de agosto de 2008.- Dr. Jorge A. Benatti,Secretario.-

—oOo—Marcelo A. Gutiérrez, Juez del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nro. Tres de la CuartaCircunscripición Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento de funciones en calles Roca y Sarmientode la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro,Secretaría Única a cargo del Dra. Soledad Peruzzi, citaa todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante para que dentro del término detreinta (30) días lo acrediten en autos: “Melo José Víctors/Sucesión ab-instestato” (Expte. Nro. 4689-III-08).Publíquense edictos por tres (3) días en el BoletínOficial. Fdo. Dr. Marcelo A. Gutiérrez -Juez.- Cipolletti,20 de agosto de 2008.- Dr. Jorge A. Fernández, Prose-cretario.-

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Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 4 a mi cargo,notifica a Iván Pernía de lo ordenado en los autoscaratulados: “Pernía Iván s/Hurto” Expte. Nº 41270/08,cuya parte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 1 deseptiembre de 2008.- Autos y Vistos:... de la queResulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deIván Pernía, ya filiado, en orden al hecho que se leendilgaba en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 1°, 1ºsupuesto del C.P.P..- II) Declarar que el presente procesono afecta el buen nombre y honor del que hubieregozado el imputado. Fdo. Dr. Carlos Reussi-Juez-.-Guillermo Bustamante, Secretario.

—oOo—

Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a Roberto Espiasse de lo ordenado en los au-tos caratulados: “Espiasse Ricardo s/Amenazas”(Expte. Nº 41699/08), cuya parte pertinente se trans-cribe y dice: Viedma, 11 de septiembre de 2008.- Autosy Vistos:...de la que Resulta: ... Considerando:...Resuelvo: I) Dictar el sobreseimiento total en la pre-sente causa, en favor de Ricardo Espiasse, ya filiado,en orden a los hechos que se le endilgaban en la pre-sente por las consideraciones expuestas y poraplicación del art. 306 inc. 2° del CPP.- II) Declarar queel presente proceso no afecta el buen nombre y honordel que hubiere gozado el imputado.- III) Notifíquesela presente por Edictos de Ley.- Regístrese,protocolícese y notifíquese.- Fdo. Dr. Carlos Reussi -Juez-.- Santiago Brugo, Secretario.

Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción N° II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría N° 3 a mi cargo,notifica a Maximiliano Chamorro y una persona deapellido García de lo ordenado en los autos caratulados:“Chamorro Maximiliano s/Robo (Expte. Nº 41690/08),cuya parte pertinente se transcribe y dice: Viedma, 11de septiembre de 2008.- Autos y Vistos:... de la queResulta:...... Considerando:..... Resuelvo: I) Dictar elsobreseimiento total en la presente causa, en favor deMaximiliano Chamorro y de García, ya filiados, en ordenal hecho que se le endilgaba en la presente por lasconsideraciones expuestas y por aplicación del art. 306inc. 1°, 1º supuesto del C.P.P..- II) Declarar que el pre-sente proceso no afecta el buen nombre y honor delque hubiere gozado el imputado.- Regístrese, protoco-lícese y notifíquese mediante edictos.- Fdo. Dr. CarlosReussi-Juez-.- Santiago Brugo, Secretario.

—oOo—El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del Juzgado

de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº Tres, Secretaría Unica, con asiento de funciones enla ciudad de Cipolletti, cita a estar a derecho en estesucesorio por el término de treinta (30) días a herederosy acreedores de Don Pablo Walter Peralta en autos:“Peralta Pablo Walter s/Sucesión Ab Intestato” (Expte.Nº 4204-III-08). Publíquense edictos por tres (3) días.Fdo.: Marcelo A. Gutiérrez -Juez- Cipolletti, 24 de Juniode 2.008.– Jorge A. Fernández, Prosecretario.

—oOo—

El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del Juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº Tres (3), Secretaría Unica, de esta ciudad, cita yemplaza a herederos y acreedores de don FermínGregorio Alvez, por el término de treinta (30) días, enlos autos caratulados: “Alvez, Fermín Gregorio s/Sucesión”, (Expte. Nº 4581-JC.3-2008). Publíquese portres días. Secretaría, Cipolletti, 27 de Agosto de 2.008.–Jorge A. Fernández, Prosecretario.

—oOo—

El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo delJuzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de Viedma,Secretaría de la Dra. Ana Carolina Scoccia, en autos:“Entraigas Idalina Martina s/Sucesión”, (Expte. Nº 0656/08), cita y emplaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de Doña Idalina MartinaEntraigas, para qe se presenten a estar a derecho en sujuicio sucesorio. Publíquese por tres (3) días. Viedma,04 de Septiembre de 2.008.– Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

—oOo—Alejandro J. E. Moldes, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 3 de Viedma, Secretaríaa cargo de la Dra. Ana Carolina Scoccia, cita y emplazapor el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de Jorge Nelson Segura, DNI: Nº 16.256.887,en los autos: “Segura, Jorge Nelson s/Sucesión” (Expte.0443/2.008). Publíqese por tres (3) días. Secretaría, 09de Septiembre de 2.008.– Ana Carolina Scoccia,Secretaria.

—oOo—Emilio Riat, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial

y de Minería Nº 5, Secretaría a cargo del Dr. CristianTau Anzoátegui, sito en Pasaje Juramento 190, 4to. Pisode esta ciudad, en autos caratulados: “Moncada Joels/Sucesión Ab Intestato” (Expte. Nº 07272-08), cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederosy acreedores de quien en vida fuera Joel Moncada CI.Nº 29.363. Publíquense por tres (3) días. San Carlos deBariloche, 3 de Septiembre de 2.008.– Cristian TauAnzoátegui, Secretario.

—oOo—Dr. Jorge Alfredo Serra, Juez a cargo del Juzgado

Civil Comercial y de Minería Nº 1, Secretaría a cargo delDr. Mariano Castro, sito en Pasaje Juramento 190, 5to.Piso de esta ciudad, en autos caratulados: “CalfuquirMáximo s/Sucesión Ab Intestato” (Expte. Nº 0092-068-

08), cita y emplaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de quien en vida fuera MáximoCalfuquir, titular del DNI. Nº 92.447.926. Publíquensepor tres (3) días. San Carlos de Bariloche, 1º deSeptiembre de 2.008.– Mariano A. Castro, Secretario.

—oOo—

Dr. Carlos Marcelo Cuellar, Juez a cargo del Juzgadode Primera Instancia en lo Civil, Comercial y de MineríaNº 3, Secretaría Unica a cargo de la Dra. María AlejandraMarcolini Rodríguez, perteneciente a la IIIra.Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento en J. J. Paso Nº 167 de San Carlos deBariloche, Pcia. de Río Negro, cita y emplaza por Treinta(30) días a herederos y acreedores del Sr. Gallardo,Rogelio, para que hagan valer sus derechos, en autoscaratulados: “Gallardo, Rogelio s/Sucesión Ab Intes-tato”, (Expte. Nº 27765-08 (artículo 3589 del CódigoCivil). Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en elDiario Río Negro, por el término de tres (3) días.Secretaría, San Carlos de Bariloche, 27 de Marzo de2.008.– Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Carlos M. Cuellar, Juez a cargo del Juzgadode Primera Instancia Civil, Comercial y de Minería Nº 3,de la IIIra. Circ. Jd. de la Pcia. de Río Negro, sito enPaso 167, P.B., Bariloche, Secretaría Unica a cargo de laDra. M. Alejandra Marcolini Rodríguez, en los autoscaratulados: “Isnardez, Ramón Orasio o YsnardezRamón Orasio, o Isnardez Ramón Horacio o IsnardezRamóm Oracio y Zelaya, Gladys Nilda s/Sucesión AbIntestato” (Expte. 27995-08), cita por treinta (30) días(contados desde la última publicación) a herederos yacreedores para que hagan valer sus derechos (artículo3589 del código civil).- Publíquense edictos por tresdías en el Boletín Oficial. San Carlos de Bariloche, 10de Septiembre de 2.008. Fdo.: Dr. Carlos M. Cuellar -Juez- Ma. Alejandra Marcolini Rodríguez, Secretaria.

—oOo—

Alejandro J. E. Moldes, Juez de Primera Instancia,Juzgado Civil y Comercial n° 3 de Viedma, de la PrimeraCircunscripción Judicial con asiento en Viedma,Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Ana CarolinaScoccia, cita, llama y emplaza a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por elcausante Sr. Lorenzo Juanico, para que dentro del plazode treinta (30) días lo acrediten, en autos caratulados:“Juanico, Lorenzo s/Sucesión” (Expte. Nº 0525/2008).Publíquense edictos por tres (3) días en el BoletínOficial. Viedma, 05 de Septiembre de 2.008.– Ana Caro-lina Scoccia, Secretaria.

—oOo—El Dr. Marcelo Gutiérrez, titular del Juzgado Civil Nº

III, Secretaría a cargo de la Dra. Soledad Peruzzi, conasiento de funciones en la ciudad de Cipolletti (R.N.),cita por treinta (30) días a herederos y acreedores dedon Jesús Martín Urzainqui para hacer valer susderechos en autos: “Urzainqui, Jesús Martín s/Sucesión” (Expte. Nº 4727-III-08), acompañando ladocumentación que lo acredite. Publíquense edictospor tres días. Cipolletti, 5 de Septiembre de 2.008.– Fdo.:Dr. Jorge A. Fernández, Prosecretario.

—oOo—Dr. Alejandro Cabral y Vedia Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº Uno de laCuarta Circunscripción Judicial de Río Negro, sito enCipolletti, Secretaría Unica, cita y emplaza por el términode Treinta (30) días a herederos y acreedores de la Sra.Jovita del Carmen San Martín, DNI. 18.279.303 a estar aderecho en los autos: “San Martín Jovita del Carmen s/Sucesión” (Expte. Nº 27832). Secretaría, 9 de Septiembrede 2.008. Publíquese por el término de Tres (3) días.–Dr. Jorge A. Benatti, Secretario.

—oOo—El Dr. Rafael A. de la Rosa, Juez a cargo del Juzgado

de Instrucción, Familia y Sucesiones de Villa Regina NºVeinte, Secretaría Familia y Sucesiones a cargo de la

Page 14: Nº 4657 · 2012. 7. 12. · Internacionales (I.S.Ca.P.I), con sede en la Universidad de Calabria, Arcavacata di Rende (Italia), ... a fojas 17, las actividades relacionadas con la

14Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

Dra. Claudia E. Vesprini, cita y emplaza por Treinta (30)días a herederos y acreedores de Cándido EvencioFernández, en autos caratulados: “Fernández, CándidoEvencio s/Sucesión” (Expte. 1978-JF20-08). Publíquesepor tres (3) días. Secretaría, 13 de Agosto de 2.008.–Claudia E. Vesprini, Secretaria.

—oOo—El Dr. Jorge A. Serra a cargo del Juzgado Civil,

Comercial y de Minería Nº Uno de la TerceraCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,Secretaría Unica a cargo del Dr. Mariano Castro, consede en la calle Juramento 190, Piso 5 de esta ciudad,cita y emplaza por treinta (30) días a herederos yacreedores de Ingrid Rutti Brígida Herrmann a que sepresenten en los autos caratulados: “Lochner EstebanPedro Pablo s/Sucesión Ab Intestato” (Expte. Nº 0065/073/76. San Carlos de Bariloche, 11 de Septiembre de2.008.– M. Alejandra Marcolini Rodríguez, Secretaria.

—oOo—

El Dr. Jorge Serra, Juez en autos: “Vaieretti, LorenzoLuis y Schaer, Fany Leticia s/Sucesión Ab Intestato”,(Expte. Nº 0670/298/99), en trámite ante Juzgado Civil,Comercial y de Minería Nº 1 de la IIIra. CircunscripciónJudicial de la Provincia de Río Negro, sito en Juramento19, 5º Piso de Bariloche, Secretaría Unica a mi cargo,cita y emplaza por treinta (30) días contados desde quehagan valer sus derechos (art. 3589 del Código Civil)de: Schaer Fany Leticia Doc. de Identidad Nº 6.000.214,fallecida el 12 de febrero de 2.008. Publíquese edictospor tres días en el Boletín Oficial y en un Diario deamplia circulación local. S. C. de Bariloche, 9 deSeptiembre de 2.008.– M. Alejandra MarcoliniFernández, Secretaria.

—oOo—

El Sr. Juez Dr. Emilio B. Riat, del Juzgado en lo Civil,Comercial y Minería Nº 5 de la Tercera CircunscripciónJudicial de Río Negro con asiento en la calle PasajeJuramento 190, piso 4 de la ciudad de San Carlos deBariloche, Secretaría del Dr. Cristian Tau Anzoátegui,cita y emplaza a herederos y acreedores del causanteJosé Antonio Caruso Ambort, para que hagan valersus derechos (artículo 3589 del Código Civil), y sepresenten en el término de treinta días a partir de laúltima publicación en los autos caratulados: “CarusoAmbort, José Antonio s/Sucesión Ab Intestato” (Expte.Nº 07370-08), que tramitan por ante el Juzgado a arribaindicado. Publíquense Edictos por tres días en elBoletín Oficial y el Diario El Cordillerano. San Carlos deBariloche, 12 de Septiembre de 2.008.– Cristian TauAnzoátegui, Secretario.

—oOo—Carlos Marcelo Cuellar, Juez a cargo del Juzgado

Civil, Comercial y de Minería Nº 3, con asiento en calleJ. J. Paso N° 167, de la ciudad de San Carlos de Bariloche,cita y emplaza por el término de treinta días a herederosy acreedores de Bozica Kraljevich, en autoscaratulados: “Kraljevich Bozica s/Sucesión Ab Intes-tato”, (Expte. Nº 28377-08). San Carlos de Bariloche, 04de setiembre de 2008..... Publíquense edictos por tres(3) días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro a fin decitar a herederos y acreedores para que se presenten aestar a derecho en el término de treinta días. Fdo.: CarlosMarcelo Cuellar, Juez. San Carlos de Bariloche,Septiembre de 2.008.– M. Alejandra MarcoliniFernández, Secretaria.

—oOo—El Dr. Víctor Darío Soto, Juez a cargo del Juzgado

en lo Civil, Comercial, Minería, Familia y SucesionesN° 31 de la ciudad de Choele Choel, Secretaría Unica acargo de la Dra. Paola Santarelli, cita, llama y emplazaen autos caratulados: “Girandi Juan s/Sucesión” Expte.N° 13.433/08, a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por el Sr. Juan Girandi,para que dentro del plazo de treinta días hagan valersus derechos en autos.- Publíquese por tres días.-Choele Choel, 09 de Septiembre de 2008.- María delCarmen Leal, Prosecretaria.-

El Dr. Víctor Dario Soto, Juez a cargo del Juzgadoen lo Civil, Comercial, Minería, Familia y SucesionesN° 31 de la ciudad de Choele Choel, Secretaría Unica acargo de la Dra. Paola Santarelli, cita, llama y emplazaen autos caratulados: “RUIZ Argentina Toribia s/Sucesión” Expte. N° 13.476/08, a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por laSra. Argentina Toribia Ruiz, para que dentro del plazode treinta días hagan valer sus derechos en autos.-Publíquese por tres días.- Choele Choel, 09 deSeptiembre de 2008.- María del Carmen Leal,Prosecretaria.-

—oOo—El Dr. Víctor Dario Soto, Juez a cargo del Juzgado

en lo Civil, Comercial, Minería, Familia y SucesionesN° 31 de la ciudad de Choele Choel, Secretaría Unica acargo de la Dra. Paola Santarelli, cita, llama y emplazaen autos caratulados: “Kosinar Juan s/Sucesión” Expte.N° 13.378/08, a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por el Sr. Juan Kosinar,para que dentro del plazo de treinta días hagan valersus derechos en autos.- Publíquese por tres días.-Choele Choel, 02 de Septiembre de 2008.- María delCarmen Leal, Prosecretaria.-

—oOo—El Dr. Alfredo Pozo, Presidente de la Cámara de

Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería de laIV Circunscripción Judicial de Río Negro con asientode sus funciones en Roca 872 de la ciudad de Cipolletti,Secretaría a cargo de la Dra. Carla Norambuena porsubrogación legal, ha ordenado notificar por dos díasen el Boletín Oficial y el diario Río Negro, a MarianelaFatima Rodríguez, en autos: “Brito, José Ignacio c/DellaCha Oscar y Otro s/Reclamo” (Expte. Nro. 3258), lasiguiente providencia que en su parte pertinente dice:“Cipolletti, 22 de diciembre de 2003... En mérito de elloel tribunal Resuelve: I Corregir el punto I de la sentenciade fs. 131/132 el que quedará reemplazado por elsiguiente texto: “I. Hacerle lugar parcialmente a lademanda debiendo los codemandados Oscar ArturoDella Cha y Marianela Fatima Rodríguez pagar al ac-tor, en el plaza de diez días de notificados, la suma depesos Diez mil trescientos siete con cincuenta centavos($ 10.307,50), en concepto de haberes adeudados,incluidos SAC, cfe arts. 28, 29, 40 y cc ley 22248, conmás los intereses desde que cada suma debió ser obladay hasta su efectivo pago, con mas los intereses, queresulten de aplicar cada suma, desde que es debida, latasa resultante de la semisuma de la activa y la pasivadel Banco de la Nación Argentina (mix)”. II - Regístresey notifíquese.- Con lo que terminó el acuerdo, firmandolos Sres. Jueces, Dr. Edgardo Albrieu; Dr. Alfredo D.Pozo; Dr. Jorge Douglas Price; Dr. Antonio JuanRimmale.- Cipolletti, 10 de Septiembre de 2.008.– Dra.Carla Yanina Norambuena, Secretaria Subrogante.

—oOo—

José Luis Rodríguez, Juez a cargo del Juzgado en loCivil, Comercial y de Minería Nº Nueve, Secretaría Unicaa cargo de la Dra. Romina Paula Zilvestein de GeneralRoca Provincia de Río Negro, cita y emplaza por Treintadías a herederos y acreedores de don Roberto EduardoMux D.N.I. 7.575.287 en autos caratulados: “MuxRoberto Eduardo s/Sucesión” Expte: 31361-J9-08).-Publíquese por Tres días. General Roca, 06 de agostode 2008.- Romina Paula Zilvestein, Secretaria.-

—oOo—La Dra. Susana Teresa Burgos, Juez a cargo del

Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nº 3, SecretaríaUnica, con asiento de funciones en la ciudad de Ge-neral Roca, Provincia de Río Negro, cita y emplaza porel término de Treinta (30) días a herederos y acreedoresde la Sra. Clara Abaca, LC. Nº 9.743.813, el Sr.HéctorPablo Echeverría, L.E. Nº 1.483.753, y la Srta. MaríaAlicia Echeverría, DNI. Nº 10.381.825, en autoscaratulados: “Echeverría María Alicia, EcheverríaHéctor Pablo y Abaca Clara s/Sucesión”, (Expte. Nº38.571-J.3-08). General Roca, 15 de Agosto de 2.008.–María del Carmen Villalba, Secretaria.

El Dr. Richar Fernando Gallego, Juez del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Nº Cinco, 2ºCircunscripción Judicial de Río Negro, sito en Avda.Roca 1047 de General Roca, Río Negro, cita y emplazapor treinta días a herederos y acreedores del causante:“Martínez, Himerio, DNI. 3.430.765) hagan valer susderechos en autos caratulados: “Martínez Himerio s/Sucesión” (Expte. 32621-J5-08). En General Roca, 10 deSeptiembre de 2.008. Publíquese por tres (3) días en elBoletín Oficial.– Selva A. Aranea, Secretaria.

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Carlos Reussi Juez a cargo del Juzgado deInstrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma,Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4 a mi cargo,notifica a Sergio Fuentes de lo ordenado en los autoscaratulados: “Araya Ruth Alicia y Otros s/Robo” Expte.Nº 41032/08, cuya parte pertinente se transcribe y dice::“Viedma, 30 de Junio de 2.008. Autos y Vistos ...Considerando ... Resuelvo: I) Dictar el sobreseimientototal en la presente causa, en favor de ..., Sergio Fuentes,... y ..., ya filiados, en orden al hecho que se lesendilgaba en la presente por las consideracionesexpuestas y por aplicación del art. 306 inc. 1°, 1ºsupuesto del C.P.P.- II) Declarar que el presente procesono afecta el buen nombre y honor del que hubierengozado los imputados.- Fdo. Carlos Reussi - Juez.-Guillermo Bustamante, Secretario.-

—oOo—

El Dr. Marcelo A. Gutiérrez, Juez a cargo del JuzgadoCivil, Comercial y de Minería Número Tres, de la CuartaCircunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro,con asiento de funciones en la calle Roca N° 599 de laciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, SecretariaÚnica a cargo de la Dra. Soledad Peruzzi, cita por Treinta(30) días a herederos, sucesores y acreedores de HéctorHoracio Gutiérrez en autos caratulados: “Gutiérrez,Héctor Horacio s/Sucesión Ab Intestato. (Expte. N°4751-III- 2008)”. Cipolletti, 08 de Septiembre de 2008.Dr. Jorge A. Benatti, Secretario.-

—oOo—

El Dr. Alejandro J. E. Moldes, Juez titular delJuzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial yMinería N° 3 de Viedma, Secretaría Única a cargo de laDra. Ana Carolina Scoccia; quien suscribe el presente;cita y emplaza por término de treinta (30) días aherederos, acreedores y a todos los que se considerencon derecho a los bienes dejados por Doña AmeliaPrimavera, en los autos caratulados: “Primavera Amelias/Sucesión” (Expte. N° 0622/2008). Publíquense edictospor el término de tres (03) días en el Boletín Oficial.Secretaría, 12 de septiembre de 2008. – Ana CarolinaScoccia, Secretaria.

—oOo—

REMATE–—

La Cámara Laboral de la Primera CircunscripciónJudicial, con asiento en la ciudad de Viedma, a cargodel Dr. Ernesto J. F. Rodríguez, Secretaría a cargo de laDra. Mirta A. de Rica, sito en calle Laprida N° 292, hacesaber por Dos (2) días en los autos caratulados"MULLER, Angélica Elisa c/SURACHE, GabrielaCristina s/Incidente de Ejecución de Sentencia" Expte.N° 460/06, que el Martillero Edgardo Alfredo Bournisen(N° 142; F° 15; L1 Iª.C.J), rematará el día jueves 25 deseptiembre de 2008, a las 11,00 horas, en el domiciliodel Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de laI Circunscripción Judicial, sito en Saavedra Nº 260 Lo-cal 12 -Galería Tucma- la parte indivisa a nombre de laejecutada del inmueble embargado en autos, sito encalle Monseñor Fagnano Nº 1537, Escalera 11, PlantaBaja Departamento "A" -Bº Amel- de esta ciudad,inscripto en el Registro de la Propiedad en la Matrícula18-14997-UF04, nomenclatura catastral 18-1-B-467-27-UF004, partida 161839, con todo lo allí edificado,

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15Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

clavado, plantado y adherido al suelo, en el estadolegal y físico en que se encuentra. Descripción delbien: Se trata de un departamento en planta bajacompuesto de tres dormitorios, living, cocina comedor,pasillo y baño completo. Todo lo descripto en buenestado de conservación y de presentación. El inmueblese encuentra ocupado por la señora SURACHE GabrielaCristina, su cónyuge ICHAZO Miguel y familia segúnconsta en el citado expediente. Condiciones de venta:1) Base: Veintidos mil ochocientos treinta y dos pesoscon setenta y nueve centavos ($ 22.832,79) al contado.2) Seña: 10% del precio en efectivo o cheque certificadoen el acto del remate. 3) Saldo: 90% restante, deberá serabonado dentro de los diez (10) días de aprobada lasubasta. Si fracasare el remate por falta de postores,después de media hora de iniciado el mismo, se reducirála base al setenta y cinco por ciento (75%) o seaDiecisiete mil ciento veinticuatro pesos con cincuentay nueve centavos ($17.124,59). Si drante la media horasiguiente tampoco hubiere ofertas, se reducirá la baseal cincuenta por ciento (50%) o sea Once milcuatrocientos dieciséis pesos con treinta y nuevecentavos ($ 11.416,39) art. 580 CPCC. Deudas: a)Instituto de Planificación y Promoción de la Viviendade Río negro (IPPV): Pesos: Veinte mil doscientosochenta y seis ($ 20.286,00 al 20/06/2008; b) DirecciónGeneral de Rentas -Impuesto Inmobiliario-: Pesos: Unmil setecientos cuarenta y siete con setenta y doscentavos ($ 1.747,72 al 30/05/08); c) Municipalidad deViedma -Tasa de limpieza y Conservación de la VíaPública: Pesos: Un mil novecientos treinta y seis consesenta y ocho centavos ($ 1.936,68 al 28/05/2’008) d)Aguas Rionegrinas -Servicio de agua corriente ycloacas: Pesos: Dos mil treinta y cinco con veintiséiscentavos ($ 2.035,26 al 23/05/08). A cargo de elcomprador: 50 % de la deuda con el I.P.P.V., o sea Diezmil ciento cuarenta y tres pesos ($ 10.143,00) 4)Comisión del Martillero: 3% (art. 27 inc. a Ley 2.051); 5)Sellado Provincial 1%. 6) Posesión y Escrituración: Laposesión del bien se otorgará en el acto deescrituración. El comprador debe fijar domicilio dentrodel radio del Juzgado conforme al art. 40 del C.P.C.C.bajo apercibimiento de que las sucesivas providenciasse le darán por notificadas automáticamente en la formay oportunidad prevista por el art. 133 del CódigoProcesal Civil y Comercial. En caso de adquisición porcomisión, el comprador deberá indicar dentro del ter-cer día de realizada la subasta, el nombre de sucomitente, en escrito firmado por ambos, debiendo enel mismo acto constituir domicilio conforme lodispuesto por el art. 571 del C.P.C.C., bajoapercibimiento de lo establecido en el mismo. Ventasujeta a aprobación judicial. Consultas: Para observarel inmueble y consultas pertinentes dirigirse alMartillero interviniente, en el horario de 8:00 a 14:00 enSan Martín N° 465 o al Telefax 02920-421423.- Viedma, 9de Septiembre de 2.008.– Dra. Mirta A. de Ricca,Secretaria.

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ESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.

–––GENERAR S.R.L.

La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Per-sonas Jurídicas, titular del Registro Público deComercio, sito en calle Mitre N° 1090 de la ciudad deGeneral Roca, ordena de acuerdo con los términos delArt., 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicaciónen el Boletín Oficial, por un (1) día, la modificación delcontrato social en su cláusula III mediante Acta deReunión de Socios N° 11 de fecha 23 de Agosto de

2008, de la Sociedad denominada Generar S.R.L.inscripta en el mencionado registro, Legajo N° 1.507,Folio 1/4 N° 1 de fecha 14 de Diciembre de 2002.

En la mencionada acta y por decisión unánime delos socios se decide modificar la cláusula III del contratosocial la que quedara redactada de la siguiente manera:Tercera: Objeto Social. Tendrá por objeto elasesoramiento técnico y comercialización de productosderivados del petróleo y venta e instalación deartefactos de gas, por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros y/o con participación de terceros,en cualquier parte del país o, del extranjero. Pudiendorealizar importaciones y exportaciones. Trabajos variosde construcción como así también comercialización deproductos para la construcción. También se dedicara ala prestación de servicios a terceros de limpieza yatención de vehículos.-

Se aprueba texto ordenado del contrato social.-Se hace saber que las oposiciones deberán

deducirse en un plazo de diez (10) días a partir de lapublicación del presente edicto.-

Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Perso-nas Jurídicas. General Roca, 15 de Septiembre de 2008.Publíquese edictos, Dra. Jimena Gallisá, InspectoraRegional de Personería Jurídicas. Gral Roca.-

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CAMBIO DE DOMICILIO–—

ECOTULUM PATAGONIA S.A.El Dr. Alberto Javier Mesa Inspector Regional de

Personas Jurídicas Bariloche, Titular del RegistroPúblico de Comercio sito en la calle O’nelli 1450 de laciudad de S. C. de Bariloche, ordena de acuerdo conlos términos del Art. 10 inc. b) y modificatorias de la ley19550, la publicación en el Boletín Oficial, por un (1) díainscripción de cambio de domicilio en autos: “EcotulumPatagonia S.A. Expte. Nro. -IGPJ-2007” 1) Que en fecha02/07/08 el directorio de la sociedad resolvió lamodificación del domicilio de la sociedad, a Mitre N°265 - 1° Piso, Oficina “D” de San Carlos de Bariloche.Se hace saber que, las oposiciones deberán serdeducidas en el plazo de diez (10) días a partir de lapublicación del edicto. Dr. Javier Mesa, Inspector Re-gional de Personas Jurídicas. S. C. de Bariloche, 29 deAgosto de 2008.– Dr. Javier Mesa, Inspector Regionalde Personas Jurídicas - Bariloche.

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CESION CUOTAS SOCIALES–—

TOTAL CLIMA S.R.L.El Dr. Javier Mesa Inspector Regional de Personas

Jurídicas de la Pcia. de Río Negro, Delegación Bariloche,titular del Registro Público de Comercio de la IIIra.Circunscripción Judicial, ordena la publicación edictal,prevista por el artículo 10 de la Ley 19.550 y susmodificatorias, en el Boletín Oficial por el término deun día del Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de lasociedad Total Clima SRL, de acuerdo a las siguientescláusulas. En la ciudad de San Carlos de Bariloche,Provincia de Río Negro, a los 19 días del mes de Mayode 2008 entre los señores Carolina Eugenia Lewintre,argentina, nacida el 04 de Octubre de 1968, ContadoraPública, casada, Documento Nacional de Identidad N°20.441.811, domiciliada Avenida Crámer 1962, Piso 2°Departamento B, de la Ciudad Autónoma de BuenosAires en adelante “LA CEDENTE” y los SeñoresGuillermo Oscar Spirito, argentino, nacido al 2 deDiciembre de 1852, comerciante, casado, DocumentoNacional de Identidad N° 40.476.682, domiciliado en lacalle Rolando 142, Piso 5°, de esta Ciudad y MónicaMaría Sokol, argentina, nacida el 12 de Octubre de 1959,docente, casada, Documento Nacional de IdentidadN° 13.897.206, domiciliada en la calle Sgto. Rolando142, Piso 5° Departamento B, de esta Ciudad y enadelante “LOS CESIONARIOS” por la otra; todos

mayores de edad y hábiles para contratar, convienenen celebrar el presente contrato de cesión venta y trans-ferencia de cuotas sociales de la sociedad Total ClimaSRL, de acuerdo a las siguientes cláusulas: La Sra: Caro-lina Eugenia Lewintre, vende, cede y transfiere, lacantidad de sesenta (60) cuotas de capital social, devalor nominal pesos cien ($ 100.-) cada una y quetotalizan pesos seis mil ($ 6.000.-), en los siguientesproporciones: Al Sr. Guillermo Oscar Spirito, la cantidadde cincuenta y cuatro (54) cuotas de capital social, devalor nominal pesos cien ($ 100.-) cada una y quetotalizan pesos cinco mil cuatrocientos ($ 5.400.-) y a laSra. Mónica María Sokol la cantidad de seis (6) cuotasde capital social, de valor nominal pesos cien ($100.-)cada una y que totalizan pesos seiscientos ($ 600.-); dela referida sociedad, que se hallan totalmente suscriptase integradas. Como consecuencia de la presente cesiónde cuotas el capital social de “Total Clima SRL”, que esde un monto de pesos doce mil ($ 12.000.), quedaconformado de la siguiente manera: Ciento: veinte (120)cuotas iguales de pesos cien ($ 100,-) valor nominalcada una, en las siguientes proporciones: El Sr.Guillermo Oscar Spirito, ciento catorce (114) cuotassociales de valor nominal pesos cien ($ 100.-) cada unay que totalizan pesos once mil cuatrocientos ($ 11.400.)y la Sra. Mónica María Sokol, seis (6) cuotas socialesde valor nominal pesos cien ($ 100.-) cada una y quetotalizan pesos Seiscientos ($ 600.-). Los nuevos sociosresultantes, Guillermo Oscar Spirito y Mónica MaríaSokol, acuerdan en este acto nombrar para laadministración, representación legal y uso de la firmasocial, al Sr. Guillermo Oscar Spirito, quien acepta elcargo y manifiesta en carácter de declaración jurada noposeer inhabilitaciones para ejercer dicho cargo. Por lotanto a partir la fecha el Sr. Guillermo Oscar Spiritoejercerá las funciones de Socio Gerente de “Total ClimaSRL”. Se hace saber que las oposiciones deberán serdeducidas en el plazo de los diez (10) días a partir de lapublicación del edicto. Dr Javier Mesa, Inspector Re-gional de Personas Jurídicas de la Pcia. de Río NegroDelegación Bariloche. San Carlos de Bariloche de de2.008.– Dr. Javier Mesa, Inspector Regional de Perso-nas Jurídicas - Bariloche.

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DIGITAL S.R.L.La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Per-

sona Jurídicas, Titular del Registro Público de Comercio,sito en Mitre N° 1090 de General Roca, ordena, deacuerdo conforme Art. 10 y modificatorias de la Ley19.550, publidar en el Boletín Oficial, por un (1) día, elacta de reunión de socios N° 50, de fecha 02 deseptiembre de 2002 en la que se trató la transferenciade la totalidad del Capital Social (100% de las cuotassociales) de la sociedad Digital SRL, inscripta al LegajoN° 81, Fº 1, Nº 1, Registro Público de Comercio 2da.Circunscripción judicial; el cambio de domicilio legal,la renuncia del gerente y la designación de sureemplazo. Los Cedentes: Fischer, Osvaldo GuillermoDNI. 6.079.295, argentino, casado y Laura Corbalán DNI.10.044.895, argentina, casada, ambos con domicilio realen calle Mariano Moreno Nº 1365 de General Roca, RíoNegro, y los Cesionarios: Marcela Noemí Barrera, DNI.23.657.038 con domicilio en Alte. Brown 35, Río Colo-rado, Río Negro, quien detenta 9900 (nueve milnovecientas) cuotas partes y Sergio NorbertoMaldonado, DNI. 23.574.094, con domicilio en Avda.del Libertador N° 115 de La Adela; La Pampa, quiendetenta 100 (cien) cuotas partes, modificándose lacláusula cuarta. Los CEDENTES, cónyuges entre siprestan el asentimiento conyugal para la presentecesión (Art. 1277). El Sr. Osvaldo Guillermo Fischerrenuncia al cargo de socio Gerente designándose ensu lugar a la Sra. Marcela Noemí Barrera. El domiciliosocial se ubicará en Brown 35 de Río Colorado,modificándose la Cláusula Primera del Contrato Social.Las oposiciones deberán ser deducidas en el plazo de10 (diez) días a partir de la publicación del edicto. Dra.Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Personas

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16Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

Jurídicas. General Roca, 23 de junio de 2.008. PublíqueseEdicto.– Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional dePersonas Jurídicas - General Roca.

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CONVOCATORIAS–—

ASOCIACION BIBLIOTECA POPULARFRANCISCO LERA

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. de Bariloche, Septiembre de 2.008.De acuerdo a las disposiciones legales vigentes y

el Estatuto Social, la Comisión Directiva de la“Asociación Biblioteca Popular Francisco Lera”,convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordi-naria fuera de término que se realizará el día 3 de Octubrede 2008, a las 18,00 hs., en su sede situada en Avenida9 de Julio 972, para tratar de conformidad el siguiente:

ORDEN DEL IDA1º.- Llamar a dos socios para firmar el acta de

Asamblea.2º.- Razones de la Asamblea fuera de término.3º.- Renovación de cargos de la Comisión Directiva.4º.- Lectura, consideración y aprobación de la Me-

moria, Balance General e inventario de los siguientesejercicios: 2005/2006 y 2006/2007.

José Oyarsún, Vicepresiente.– Susana Armando,Secretaria.

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ASOCIACION PROPIETARIOS DEAUTOMOVILES TAXIMETROS

Asamblea General Ordinaria(Fuera de Término)

S. C. de Bariloche, Septiembre de 2.008.Se convoca a todos los socios de la Asociación

Propietarios de Taxis a la Asamblea General Ordinariafuera de término, a realizarse el día Viernes 3 de Octubrea las 19,00 horas en la Sede Social, ubicada en Vilcapugio196 de nuestra ciudad, con el fin de tratar el siguiente,

ORDEN DEL DIA1.- Llamado a elecciones de autoridades por

finalización de mandato.2.- Aprobación de la Memoria, Inventario, Balance

General de Gastos y Recursos e informe de la ComisiónRevisora de Cuentas correspondientes a los ejerciciosdel 30-04-2007 y 30-04-2008.

3.- Elección de dos socios para la firma del acta dela Asamblea.

4.- Aumento en el importe de la cuota social.Pablo López, Presidente.– Roberto Recofsky,

Secretario.—oOo—

CÁMARA DE COMERCIO, TURISMO,INDUSTRIA Y PRODUCCIÓN DE VIEDMA

Comunica:Que en sesión de Comisión Directiva de fecha 12

de septiembre de 2008, registrada bajo Acta 1477, se haresuelto:

1°) Dejar sin efecto la Convocatoria a AsambleaExtraordinaria citada para el día 22 de septiembre a las21 hs, dispuesta en sesión de Comisión Directiva del29 de agosto ppdo. y registrada en Acta N° 1473, y

2°) Disponer nuevaConvocatoria

a Asamblea Extraordinariaa realizarse el día lunes 6 de octubre de 2008, a las

21 horas, en su sede social de calle Tucumán 433,Viedma, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DIA:1) Designación de dos Socios para refrendar el Acta

de Asamblea.2) Informar a la Asamblea sobre el retiro de la

personería jurídica a la Confederación Económica deRío Negro (CERN) y la automática desafiliación a lamisma de la Cámara.

3) Modificación de los artículos 2° (FINES) y 8°(SOCIOS ADHERENTES) del Estatuto societario. *

4) Facultar a la Comisión Directiva a celebrarconvenios o convenciones con los Sindicatos deEmpleados de Comercio de Viedma y zona, sobrecondiciones de trabajo y salarios, en el marco de lalegislación laboral vigente.

* Los textos de las modificaciones previstasincorporar al Estatuto, están a consideración de lossocios en la Secretaría Administrativa de la Cámara,Tucumán 433, de 09 a 12 y de 17 a 20 hs.

Viedma, 12 de septiembre de 2008Por la Comisión Directiva: Hugo Reppucci,

Presidente; Daniel Barbieri, Secretario.- María delCarmen Leal, Prosecretaria.-

—oOo—

ASOCIACIÓN DE JUBILADOS Y PENSIONADOSDEL PAMI DE VIEDMA

Y ZONA DE INFLUENCIA“JUPAVI”

Asamblea General OrdinariaViedma, setiembre de 2008.-

Llamado a Asamblea General Ordinaria de laAsociación de Jubilados y Pensionados del PAMI deViedma y Zona de Influencia “JUPAVI”, para el día jueves16 de octubre del 2008 a las 9 horas en Buenos Aires 322-Viedma para considerar el Balance y Memoria del EjercicioN° 6 concluido el 31/07/2008 conforme al siguiente:

ORDEN DEL DIA5. Elección de dos socios para suscribir el Acta

conjuntamente con el Presidente y el Secretario.6. Consideración del ACTA de la Asamblea ante-

rior correspondiente al ejercicio N° 5.7. Consideración de la Memoria8. Consideración del BalanceNota: 1) Se dispone por Secretaría que la

documentación pertinente y el padrón quedan adisposición de los asociados.

2) La Asamblea sesionará una hora después de laprogramada cuando no se cuente con la mayoríaestatutaria.

Juan B. García, Presidente.- Jorge I. Mena,Secretario.-

—oOo—ASOCIACION DE BASQUET

DEL VALLE INFERIOR DEL RIO NEGROAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)Viedma, Septiembre de 2.008.

De acuerdo a disposiciones estatutarias,“Convócase a los Clubes Asociados a la Asociaciónde Básquet del Valle Inferior del Río Negro a la Asamblea

fuera de término que se llevará a cabo en su sede el día10 de Octubre dcl 2008 a las 20,00 horas para tratar elsiguiente,

ORDEN DEL DIA:1°) Lectura y consideración del Acta Anterior.-2°) Nombramiénto de una comisión de dos (2)

miembros para estudiar los poderes de los Delegados.3º) Designación de dos (2) Delegados para que con

sus firmas den conformidad al Acta de Asamblea.4°) Razones de la Convocatoria Fuera de Término.5°) Consideración de la Memoria, Inventario, Ba-

lance General, Cuadro de Gastos y recursos e informede la Comisión Revisora de Cuentas, de los Ejercicioscerrados al 28/02/2005/2006/2007 y 2008.-

6°) Elección del Presidente del Consejo Directivo.7°) Elección de dos (2) Revisores de Cuentas.Jorge Eugenio Carrasco, Presidente.– Luis

Sabatella, Secretario.—oOo—

FEDERACION DE SOC. ITALIANASDE RIO NEGRO Y NEUQUENAsamblea General Ordinaria

(Fuera de Término)General Roca, Septiembre de 2.008.

El Consejo Federativo, en cumplimiento de lodispuesto por el artículo 13 del Estatuto Social,convoca a los señores Delegados de las InstitucionesFederadas a Asamblea General Ordinaria (fuera deTérmino) a celebrarse el Sábado 4 de Octubre de 2008,a las 17,00 horas, en la sede social de la AsociaciónItaliana de San Antonio Oeste, ubicada en calle CarlosPellegrini 122, de la ciudad de San Anotino Oeste,provincia de Río Negro, para considerar el siguiente:

ORDEN DEL DIA1°) Lectura y consideración del Acta de la Asamblea

anterior;

2°) Designación de dos Delegados para suscribir elActa de la presente Asamblea conjuntamente con elPresidente y Secretario;

3°) Consideración de la Memoria, Inventario, Ba-lance General, Cuentas de Gastos y Recursos, Informede la Comisión Revisora de Cuentas, correspondienteal ejercicio finalizado el 31 de Diciembre de 2006 y 31 dediciembre de 2007;

4°) Fijación de las cuotas Federativas para el año2008;

5°) Elección de doce miembros titulares del ConsejoFederativo por el período de dos años, y doce miembrostitulares por el período de un año, por finalización deMandato;

6°) Elección de doce miembros suplentes delConsejo Federativo por el período de dos años, y docemiembros suplentes por el período de un año, porfinalización de Mandato;

7°) Elección de dos miembros titulares y dossuplentes por el período de un año para integrar laComisión Revisora de Cuentas.-

Roberto Luis Caldart, Presidente.– Héctor LuisProsini, Secretario.

A V I S OSe informa a los Sres. Suscriptores locales, que los plazos derenovación para el segundo semestre del año 2008 vencen

el 14/07/08 vencido este plazo abonarán recargo

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17Viedma, 22 de Septiembre de 2008 BOLETIN OFICIAL N° 4657

SE COMUNICA QUE SE ENCUENTRAN A LA VENTA,LAS SIGUIENTES EDICIONES:

A V I S O

Ley 3186 - De Administración Financiera y Control Interno

del Sector Público Provincial (Actualizada 2006) ............................ $50,00

Código de Leyes Fiscales de la Provincia de Río Negro ...................... $6,00

Código Electoral de Partidos Políticos ................................................. $7,50

Constitución de la Nación Argentina ................................................... $4,50

Digesto Tomo I .................................................................................... $22,50

Digesto Tomo III.................................................................................. $22,50

Digesto Año 1986................................................................................. $22,50

Digesto Año 1987................................................................................. $22,50

Digesto Año 1988................................................................................. $22,50

Digesto Año 1989................................................................................. $22,50

Digesto Año 1990................................................................................. $22,50

Digesto Año 1991................................................................................. $22,50

Digesto Año 1992................................................................................. $22,50

Digesto Año 1993................................................................................. $22,50

Digesto Año 1994................................................................................. $22,50

Digesto Año 1995................................................................................. $22,50

Digesto Año 1996................................................................................. $22,50

Digesto Año 1997................................................................................. $22,50

Digesto Año 1998................................................................................. $22,50

Digesto Año 1999................................................................................. $22,50

Digesto Año 2000................................................................................. $22,50

Digesto Año 2001................................................................................. $22,50

Digesto Año 2002................................................................................. $22,50

Procedimiento Administrativo ............................................................. $4,50

Escudo Pcia. Río Negro (grande)......................................................... $12,00

Escudo Pcia. Río Negro (chico) ........................................................... $6,00

Constitución Pcial. (chica) ................................................................... $3,00

Constitución Pcial. (grande) ................................................................ $6,00

Régimen Previsional Ley 2092............................................................. $4,50

Colección Encuadernada del Boletín Oficial/2000 ............................... $250,00

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18Viedma, 22 de Septiembre de 2008BOLETIN OFICIAL N° 4657

ART. 2º - LEY 40

El texto de las leyes sancionadas poresta Legislatura, el de los Decretos yResoluciones del Poder Ejecutivo y el deotros documentos oficiales que sepubliquen en el Boletín Oficial de la Pro-vincia de Río Negro, serán tenidos porauténticos.

S U M A R I O

SECCION ADMINISTRATIVA Pág.DECRETOS765.- 15-08-08.- Ratificar el Convenio entre

la Pcia. de Río Negro y el (I.S.Ca.P.I.) ...1-2766.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio en-

tre el IPAP y el Ministerio de Salud dela Provincia de Río Negro ....................2

767.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio“Censo Nacional Agropecuario 2.008”,entre el INDEC y la Dcción Gral. de Es-tadísticas y Censos de la Pcia. de R.N.3-4

768.- 15-08-08.- Ratifíquese el Convenio“Programa de Fortalecimiento aPequeños y Medianos ProductoresFrutícolas de la Pcia. de Río Negro”, en-tre el Gobierno de la Pcia. y CFI ...........4-5

769.- 15-08-08.- Ratificar la renovación delConvenio suscripto entre la Sec.Ejecutiva del Consejo Pcial. de laFunción Pública y Reconversión delEstado..................................................5

4 PRESENTACIONDE AVISOS, ETC.

Para la presentación de avisos, etc., ainsertar en este Boletín, concurrir a:

Dirección de Boletín Oficial– Viedma:

Laprida 212.Delegación del Boletín Oficial en: – General Roca:

Mitre 1090 - Tel/Fax: 02941 -431230. – San Carlos de Bariloche:

Onelli 1.450Tel/Fax: 02944 - 428112.

770.- 15-08-08.- Ratificar el Convenio entrela Pcia. de Río Negro y el SupermercadoMaxicom S.A........................................5-6

RESOLUCIONES......................................6a9LICITACIONES........................................9-10CONCURSO.............................................10CONCURSO PRIVADO............................10EDICTOS DE MENSURA........................ 10NÓMINA PREADJUDICATARIOSVIVIENDAS .............................................10-11

SECCION JUDICIALEDICTOS.................................................11a14REMATE..................................................14-15

SECCION COMERCIO, INDUSTRIAY ENTIDADES CIVILESESTATUTOS SOCIALES,CONTRATOS, ETC.................................15CAMBIO DE DOMICILIO ....................... 15CESION CUOTAS SOCIALES................. 15-16CONVOCATORIAS.................................16AVISOS BOLETIN OFICIAL ................... 16a18

Impreso en los Talleres Gráficos

del Boletín Oficial

de la Provincia de Río Negro - Viedma

Impreso en Patagonia Gráfica S.A.

Viedma Provincia de Río Negro

A V I S O

Se encuentra a la venta en esta Dirección de Boletín Oficial, y en las Delegaciones

de General Roca y San Carlos de Bariloche, la nueva

Ley de Administración Financieray Control del Sector Público Provincial

Precio del Ejemplar: $ 50,00.-

ACTUALIZADA AL 2006