multas ambientales: determinación y graduación

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Yosue Valdez Agosto, 2014 Curso de Derecho Ambiental 2014 MULTAS AMBIENTALES Determinación y Graduación

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Page 1: Multas ambientales: Determinación y graduación

Yosue ValdezAgosto, 2014

Curso de Derecho Ambiental 2014

MULTAS AMBIENTALES

Determinación y Graduación

Page 2: Multas ambientales: Determinación y graduación

Índice

1.- Aspectos Generales

2.- Metodología para el Cálculo de Multas Base y Aplicación de Factores Agravantes y Atenuantes

3.- Efectos derivados de la Ley N° 30230, Principio de No Confiscatoriedad y Beneficios de pago

4.- Casos Prácticos

Page 3: Multas ambientales: Determinación y graduación

ASPECTOS GENERALESASPECTOS GENERALES1

Page 4: Multas ambientales: Determinación y graduación

Marco Teórico para la aplicación de Sanciones Ambientales

Pocos incentivos

para cumplir normas

Mecanismos de control

privados no son

efectivos

La agencia privada carece

de poder coercitivo

Page 5: Multas ambientales: Determinación y graduación

Objetivos de las Sanciones Ambientales

LEY N° 23325

Artículo 3.- FinalidadEl Sistema tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente (…)

Numeral 4 del Anexo III Resolución N° 035-2013-OEFA-PCD

Page 6: Multas ambientales: Determinación y graduación

Sanciones aplicables

Numeral 136.2 del Art. 136° Ley N° 28611Regla 7 – RCD N° 038-2013-OEFA/CD

Page 7: Multas ambientales: Determinación y graduación

Determinación de sanciones

LEY N° 29325Artículo 19.- (…)19.2 El Consejo Directivo del OEFA aprueba la escala de sanciones donde se establecen las sanciones aplicables para cada tipo de infracción, tomando como base las establecidas en el artículo 136 de la Ley 28611, Ley General del Ambiente.

Autoridades competentes

ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN

AMBIENTAL (en el ámbito de su competencia)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2013-MINAMArtículo 5º.- Para el ejercicio regular de las funciones de fiscalización ambiental a su cargo, las EFA deberán cumplir, como mínimo, lo siguiente:a) Aprobar o proponer, según corresponda, las disposiciones que regulen la tipificación de infracciones y sanciones ambientales aplicables, adecuadas a la normativa que dicte OEFA sobre el particular, observando el monto máximo de multa establecido en el artículo 136º de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.En ausencia de tales normas, las EFA aplicarán, supletoriamente, la tipificación de infracciones y sanciones generales y transversales, la metodología de cálculo de multas ambientales y otras normas complementarias sobre la materia que apruebe el OEFA (…)

Page 8: Multas ambientales: Determinación y graduación

Clasificación y criterios

La determinación debe fundamentarse en la afectación a la salud y el ambiente, en su potencialidad o certeza de daño, en la extensión de sus efectos, entre otros criterios que se definan a nivel normativo

Art. 19° Ley N° 29325

FACTORES PARA TIPIFICAR SANCIONES

Reg. N° 8 RCD N° 038-2013-OEFA/CD

Page 9: Multas ambientales: Determinación y graduación

METODOLOGÍA PARA EL METODOLOGÍA PARA EL CÁLCULO DE MULTAS BASE Y CÁLCULO DE MULTAS BASE Y

APLICACIÓN DE FACTORES APLICACIÓN DE FACTORES AGRAVANTES Y ATENUANTESAGRAVANTES Y ATENUANTES

2

Page 10: Multas ambientales: Determinación y graduación

Base Legal

Page 11: Multas ambientales: Determinación y graduación

Ámbito de aplicación

Resolución N° 035-2013-OEFA-PCD

(12/03/13)

La Metodología proporciona criterios objetivos para la graduación de sanciones por incumplimiento de la normativa ambiental en aquellas actividades vinculadas a la gran y mediana minería (explotación, beneficio, transporte y almacenamiento de concentrados de minerales)

No se aplica a infracciones tipificadas con multas fijas

En tanto no se apruebe metodología aplicable para la graduación de sanciones en otras actividades (Ej. hidrocarburos líquidos y gas natural), se aplicará supletoriamente en la graduación de sanciones correspondientes a dichas actividades

Page 12: Multas ambientales: Determinación y graduación

Fórmulas (I)

Donde:

B Beneficio ilícito

p Probabilidad de detección

F Suma de factores agravantes y atenuantes (1+f1+f2+f3+f4+f5+f6+f7)

En caso no exista información suficiente sobre la valorización del daño real probado

Regla 1

Page 13: Multas ambientales: Determinación y graduación

Fórmulas (II)Cuando exista información suficiente sobre la valorización del daño y además de la sanción se dicta una medida correctiva

Donde: B Beneficio ilícito

α Proporción del daño estimado (25%)D Valor estimado del daño

p Probabilidad de detección

F Suma de factores agravantes y atenuantes (1+f2+f3+f4+f5+f6+f7). No considera el factor f1

Regla 2A

Page 14: Multas ambientales: Determinación y graduación

Cuando exista información suficiente sobre la valorización del daño y no se dicta una medida correctiva

Donde B Beneficio ilícito

α Valor estimado del daño (100%)D Valor estimado del daño

p Probabilidad de detección

F Suma de factores agravantes y atenuantes (1+f2+f3+f4+f5+f6+f7). No considera el factor f1

Fórmulas (III)

Regla 2B

Page 15: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (I)

BENEFICIO ILÍCITO

Ingresos económicos ilegales relacionados al incumplimiento de la normativa ambiental

Ahorro obtenido por incumplir las obligaciones ambientales, mediante no realización o postergación de las inversiones o gastos destinados a prevenir la ocurrencia de daños ambientales durante el lapso de incumplimiento

Page 16: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (II)

NIVEL DE PROBABILIDAD

FACTOR (porcentaje de probabilidad)

TOTAL O MUY ALTA 1 (100%)

ALTA 0,75 (75%)

MEDIA 0,50 (50%)

BAJA 0,25 (25%)

MUY BAJA 0,10 (10%)

PROBABILIDAD DE DETECCIÓN

Posibilidad, medida en términos porcentuales, de que la comisión de una infracción sea detectada por la autoridad

Page 17: Multas ambientales: Determinación y graduación

CRITERIOS NIVEL DE

PROBABILIDAD

Situación de auto-reporte por parte de la empresa MUY ALTAPoblación se encuentra localizada geográficamente dentro del área de influencia directa del incumplimiento

MEDIA

Población se encuentra localizada geográficamente dentro del área de influencia indirecta del incumplimiento

BAJA

Supervisión Especial ALTASupervisión Regular MEDIARealización de actividades sin autorización administrativa BAJA

Presentación de información falsa, incompleta o no presentación de información con el objetivo de no ser detectado por la autoridad

MUY BAJA

Variables (III)

Page 18: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (IV)

Page 19: Multas ambientales: Determinación y graduación

f1: Gravedad del daño al ambiente

Variables (V)

Page 20: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (VI)

Page 21: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (VII)

Page 22: Multas ambientales: Determinación y graduación

F2: Perjuicio económico causado

Variables (VIII)

Page 23: Multas ambientales: Determinación y graduación

f3Aspectos ambientales o

fuentes de contaminación

f4 Repetición y/o

continuidad en la comisión de la

infracción

f5Subsanación voluntaria

f6Adopción de medidas

de reversión

f7Intencionalidad en la conducta del infractor

Variables (IX)

Page 24: Multas ambientales: Determinación y graduación

Variables (X)

MÉTODOS APLICABLES:

•Comparación con valores de línea base•Comparación con ECA•Comparación del componente afectada con uno no afectado de la misma zona•Comparación con el valor umbral

Detrimento, pérdida, impacto negativo o perjuicio actual y probado, causado al ambiente y/o alguno de sus componentes como consecuencia del desarrollo de actividades humanas

Contingencia, riesgo, peligro, proximidad o eventualidad de que ocurra cualquier detrimento, pérdida, impacto negativo o perjuicio al ambiente y/o alguno de sus componentes como consecuencia de fenómenos, hechos o circunstancias con aptitud suficiente para provocarlos, que tienen su origen en el desarrollo de actividades humanas

Page 25: Multas ambientales: Determinación y graduación

EFECTOS DERIVADOS DE LA LEY N° 30230, PRINCIPIO DE NO

CONFISCATORIEDAD Y BENEFICIOS DE PAGO

3

Page 26: Multas ambientales: Determinación y graduación

Efectos de la Ley N° 30230

• 3 años, los cuales vencen el 12 de julio de 2017.

Page 27: Multas ambientales: Determinación y graduación

• En caso se realicen actividades por tiempo menor, se estimará el IBA multiplicando por 12 el promedio bruto mensual.

• De no percibirse ingresos la autoridad realizará la estimación.

Aplicación del Principio de No Confiscatoriedad

No aplicable en los siguientes supuestos:

a) Ha desarrollado sus actividades en áreas o zonas prohibidas;b) No ha acreditado sus ingresos brutos, o no ha efectuado la estimación de los ingresos que proyecta percibir; o,c) Sea reincidente.

La multa a ser aplicada no será mayor al diez por ciento (10%) del Ingreso Bruto Anual (IBA) percibido por el infractor el año anterior a la fecha en que cometió la infracción

Décima regla de la Resolución N° 038-2013-OEFA-CD

Page 28: Multas ambientales: Determinación y graduación

Descuento por pronto pago del 25% de la multa impuesta, cuando su pago realiza dentro de 15 días hábiles de notificada la resolución de sanción y no se formula impugnación

Descuento aplicable equivalente al 30% cuando se indique en los descargos al procedimiento sancionador que la notificación de los actos administrativos se realice a través de correo electrónico

Reducción de multas

Décimo primera regla de la Resolución N° 038-2013-OEFA-CD

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Aplazamiento y/o Fraccionamiento de multas ambientales (I)

Resolución N° 041-2013-OEFA-PCD(16/10/13)

MULTAS FRACC. APLAZ.

-= 500 UIT 6 meses  2 meses+500 UIT -= 1000

UIT12 meses  4 meses

+1000 UIT -= 5000

UIT 24 meses  4 meses

+5000 UIT-=10000 UIT 

 36 meses 5 meses

+10000 UIT

-=20000 UIT 

 48 meses 6 meses

+20000 UIT 60 meses 7 meses

Page 30: Multas ambientales: Determinación y graduación

PROCEDIMIENTO• Solicitud a la Oficina de Administración del OEFA (arts. 7° y 8°)• Plazo para la calificación de la solicitud es de 10 días hábiles desde su presentación.• En caso de calificación positiva, se comunica ello al administrado, quien en un

plazo de 10 días calendario deberá acreditar el pago de un porcentaje de la multa (que varía del 20% a 60% en función a la oportunidad en que presentó la solicitud) y la constitución de carta fianza bancaria por el total del monto materia del beneficio. (arts. 9° y 12°)

• No se requiere carta fianza bancaria cuando la multa no supere las 5 UIT.• Luego de presentada la documentación por el administrado, el OEFA tendrá un plazo

de 10 días hábiles para emitir pronunciamiento, aprobando o denegando la solicitud.

• La resolución que aprueba el fraccionamiento y/o aplazamiento suspende la ejecución coactiva. (art. 13°)

• Resolución desaprobatoria es recurrible en reconsideración• Causas y efectos de la pérdida del beneficio (Arts. 17° y 18°)

Aplazamiento y/o Fraccionamiento de multas ambientales (II)

Page 31: Multas ambientales: Determinación y graduación

CASOS PRÁCTICOSCASOS PRÁCTICOS4

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Durante la supervisión especial realizada del 10 al 11 de enero de 2013 en las instalaciones de la unidad DELTA de la empresa GAMMA S.A. se verificaron filtraciones provenientes de la presa de relaves sobre suelo natural. En ese sentido, se inició procedimiento sancionador por incumplimiento del artículo 5° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM. A la fecha de imposición de la sanción no se había subsanado la infracción. La empresa no subsanó la conducta infractora.

Caso 1 (I)

DETALLE DEL CÁLCULO DEL BENEFICIO ILÍCITOCE: Costo evitado de implementar un canal con tubería y caja de captación impermeabilizada con geomembrana a fecha de incumplimiento (enero 2013)

US$. 914,54

T: Meses transcurridos desde la fecha incumplimiento hasta la fecha de cálculo de la multa (enero 2013 a mayo 2013)

4

COK en US$ (Anual) 17,55%COK en US$ (Mensual) 1,36%Beneficio ilícito a la fecha de cálculo de la multa (Mayo 2013) US$. 965,18

Tipo de cambio (12 últimos meses) 2,61Beneficio ilícito (S/.) S/. 2 515,59UIT 2013 S/. 3 700,00

BENEFICIO ILÍCITO UIT 0,68 UIT

CE+(CE*COKm*T) 914.54+(914.54*1,36%*4)

Page 33: Multas ambientales: Determinación y graduación

Probabilidad de detección: ALTA (Supervisión especial): 75%

FactoresF1. Gravedad del daño al ambiente 18%F2. Perjuicio económico causado 12%

F3. Aspectos ambientales o fuentes de contaminación 6%

F4. Repetición y/o continuidad en la comisión de la infracción 0%

F5. Subsanación voluntaria de conducta infractora 0%F6. Adopción de medidas necesarias para revertir las consecuencias de la conducta infractora 20%

F7. Intencionalidad en la conducta del infractor 0%Total (según fórmula se agrega 1=100%) 156%

Caso 1 (II)

Page 34: Multas ambientales: Determinación y graduación

MULTA: [(0.68)/(75%)]*[156%]

1.41 UIT

Caso 1 (III)

Page 35: Multas ambientales: Determinación y graduación

Caso 2* (I)Durante la supervisión regular realizada del 09 al 12 de diciembre de 2010 en la unidad ZETA de la empresa PETA S.A.C. se verificó que el proceso de flotación de molibdeno no contaba con un sistema de extracción y lavado de gases (sistema de recuperación) que evitara la emisión de gas de sulfuro de hidrógeno. Se inició procedimiento sancionador por incumplimiento del artículo 43° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 016-93-EM. Se subsanó la infracción en diciembre de 2011. Se subsanó la infracción.*Caso extraído del Rubro III de la RDC N° 035-2013-OEFA-PCD

DETALLE DEL CÁLCULO DEL BENEFICIO ILÍCITOCE: Costo de implementar una torre de lavado de gases a la fecha de incumplimiento (diciembre 2010)

US$. 66 642.62

T: Meses transcurridos desde la fecha incumplimiento hasta la fecha de subsanación (diciembre 2010 a diciembre 2011)

12

COK en US$ (Anual) 17,55%COK en US$ (Mensual) 1,36%Costo ajustado con el COK a la fecha de subsanación (diciembre 2011)

US$. 78 370.26

Costo de implementar una torre de lavado de gases a la fecha de subsanación (diciembre 2011)

US$. 68 616.85

Beneficio ilícito a la fecha de subsanación (diciembre 2011)

US$. 9 753.41

Beneficio ilícito a la fecha de cálculo de la multa (enero 2013)

US$. 11 469.80

Tipo de cambio (12 últimos meses) 2,64

Beneficio ilícito (S/.) S/. 30 280.27

UIT 2013 S/. 3 700,00

BENEFICIO ILÍCITO UIT 8,18 UIT

Page 36: Multas ambientales: Determinación y graduación

Probabilidad de detección: MEDIA (Supervisión regular) : 0.50%

FactoresF1. Gravedad del daño al ambiente 32%F2. Perjuicio económico causado 8%

F3. Aspectos ambientales o fuentes de contaminación 6%

F4. Repetición y/o continuidad en la comisión de la infracción 0%

F5. Subsanación voluntaria de conducta infractora -20%F6. Adopción de medidas necesarias para revertir las consecuencias de la conducta infractora 20%

F7. Intencionalidad en la conducta del infractor 0%Total (según fórmula se agrega 1=100%) 146%

Caso 2 (II)

Page 37: Multas ambientales: Determinación y graduación

MULTA: [(8.18)/(0.50)]*[146%]

23.89 UIT

Caso 2 (III)

Page 38: Multas ambientales: Determinación y graduación

GraciasYOSUE FELIPE VALDEZ CARPIO

[email protected]@pucp.pe

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