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Página | 1 Educación y Derechos Humanos Módulo: Educación en Derechos Humanos Clase 2: Enseñanza de los derechos y formación de ciudadanos ¡Hola a todos y a todas! Nuevamente nos encontramos en esta segunda clase del módulo Educación en Derechos Humanos. La semana pasada estuvimos poniendo en común algunas ideas acerca de la Educación en Derechos Humanos (EDH). Además, compartimos las normativas (tratados, convenciones, declaraciones y legislación nacional) que le dan el marco jurídico a estas perspectivas. En esta clase les proponemos dar inicio a las reflexiones de la Unidad 2, que será abordada en dos clases (ésta y la de la próxima semana). En ellas nos proponemos intercambiar con ustedes algunas miradas y aportes conceptuales que nos orienten a comprender el carácter político e histórico de los procesos de formación educativa y las formas que estos han asumido de manera particular en Argentina, problematizando la formación de ciudadanos en el proyecto moderno y en el contexto actual. Para reflexionar: ¿Por qué introducir en un módulo sobre educación y DDHH la reflexión sobre la ciudadanía? Hay distintos enfoques para el aprendizaje de los derechos: educación en valores, educación ciudadana, educación para la paz, etc. En la próxima clase vamos a discutirlos y a diferenciarlos desde el punto de vista que nosotros adoptamos: la Educación en Derechos Humanos. Acá nos interesa problematizar esta idea de Educación Ciudadana o Formación Ciudadana. Nos parece importante hacerlo porque el abordaje de los derechos en el sistema educativo de nuestro país

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Educación y Derechos Humanos

Módulo: Educación en Derechos Humanos

Clase 2: Enseñanza de los derechos y formación de

ciudadanos

¡Hola a todos y a todas!

Nuevamente nos encontramos en esta segunda clase del módulo Educación en

Derechos Humanos.

La semana pasada estuvimos poniendo en común algunas ideas acerca de la

Educación en Derechos Humanos (EDH). Además, compartimos las normativas

(tratados, convenciones, declaraciones y legislación nacional) que le dan el marco

jurídico a estas perspectivas.

En esta clase les proponemos dar inicio a las reflexiones de la Unidad 2, que será

abordada en dos clases (ésta y la de la próxima semana). En ellas nos proponemos

intercambiar con ustedes algunas miradas y aportes conceptuales que nos orienten

a comprender el carácter político e histórico de los procesos de formación educativa

y las formas que estos han asumido de manera particular en Argentina,

problematizando la formación de ciudadanos en el proyecto moderno y en el

contexto actual.

Para reflexionar:

¿Por qué introducir en un módulo sobre educación y DDHH la reflexión

sobre la ciudadanía?

Hay distintos enfoques para el aprendizaje de los derechos: educación

en valores, educación ciudadana, educación para la paz, etc. En la

próxima clase vamos a discutirlos y a diferenciarlos desde el punto de

vista que nosotros adoptamos: la Educación en Derechos Humanos.

Acá nos interesa problematizar esta idea de Educación Ciudadana o

Formación Ciudadana. Nos parece importante hacerlo porque el

abordaje de los derechos en el sistema educativo de nuestro país

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tradicionalmente se relacionó con la formación de ciudadanos, es

decir, con el aprendizaje de los deberes y obligaciones, de las

normas y valores y, por último, de los derechos que deben

desarrollar las niñas, niños y jóvenes para insertarse

productivamente en la sociedad cuando sean personas adultas y

puedan ejercer su rol de ciudadanos.

En esta clase vamos a problematizar esta perspectiva histórica y para ello hemos

organizado el contenido en dos partes: la primera consiste en caracterizar el modo

en que históricamente se consolidó la formación de ciudadanos en el proyecto

cultural y educativo de la modernidad y la segunda apunta a complejizar esa

primera mirada sobre la ciudadanía desde enfoques actuales.

Primera parte:

La formación de ciudadanos en la modernidad

En la clase de la semana pasada dijimos que la EDH implica la enseñanza de

normativas y concepciones acerca de los DDHH. Dijimos también que esto supone

tanto un conocimiento técnico como práctico, además de la construcción de un

posicionamiento ético-político.

Ahora bien, la enseñanza de los derechos, a lo largo

de la historia de los sistemas educativos y

particularmente en nuestro país, se vinculó con la

formación de ciudadanos. Con esto queremos

decir que cuando se creó e institucionalizó nuestro

sistema educativo nacional (hacia fines del siglo XIX)

su principal objetivo era formar ciudadanos para el

Estado-nación que se estaba consolidando. En ese

momento la “enseñanza de derechos” tenía

vinculación más bien con la transmisión de

saberes y modos de comportamiento que permitían a las personas

integrarse a la sociedad de modo “productivo”.

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Abordar la formación de ciudadanos en la escuela implica reflexionar sobre tres

cuestiones interrelacionadas:

1. Cómo se articularon durante la modernidad el Estado-nación, la escuela y la

ciudadanía.

2. Qué características procuraba el sistema educativo moderno que asumieran

esos “ciudadanos” configurando un tipo de subjetividad particular.

3. Qué enfoques sobre la ciudadanía suponía y qué relaciones establecía entre

los niños y la ciudadanía.

Veamos un poco mejor qué significan estos tres aspectos.

1. Estado-nación y formación de ciudadanos

Toda práctica educativa implica siempre un proyecto pedagógico, es decir, una

intencionalidad respecto del tipo de personas que queremos formar y del tipo de

experiencias que queremos que vivencien.

En ese sentido, en los espacios educativos no sólo se pone en juego la transmisión

de ciertos saberes, sino también la formación de un tipo de subjetividad

particular, de una cierta manera de "ser" sujeto social. Y eso se pone en práctica,

como vimos, no sólo a partir de los contenidos, sino fundamentalmente a través de

los modos de relacionarse, en lo permitido y lo prohibido, en las opciones

metodológicas que seleccionan los docentes, en los sentidos que transmiten

implícitamente en su trato hacia las alumnas y alumnos; en definitiva, en todas las

acciones que en una institución forman parte del currículum oculto (Jackson, en

Terigi, 2004).

Por todo esto decimos que los procesos de formación tienen un carácter

político e histórico: dan cuenta del proyecto político y cultural que en

determinado momento y lugar se erige como hegemónico: “Asumir esta perspectiva

histórica respecto de los espacios sociales en los que se forman a las nuevas

generaciones, resulta fundamental para comprender que (…) en la definición de lo

que se enseña y lo que no, o del tipo de sujeto que se intenta formar, intervienen

fuerzas sociales, actores sociales que confrontan para imponer sus propios

significados, intereses, visiones. Por eso los procesos educativos son un espacio de

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lucha y de conflicto por proyectos político culturales diferenciados” (Ros y otros,

2011: 14).

En Argentina, el proyecto cultural y educativo

de la modernidad (que se inicia en las últimas

décadas del siglo XIX y comienza a entrar en

crisis hacia la década de 1970) colocó la

escuela (y la creación e institucionalización de

un sistema educativo nacional) en un espacio

privilegiado para la formación de las niñas y

niños. Estos últimos eran –y en muchos

aspectos aún son- comprendidos como

futuros ciudadanos y trabajadores.

Pero, ¿por qué ocurre esto? Recordemos que

hacia fines del siglo XIX y principios del siglo

XX nuestro país comenzaba a consolidarse

como Estado-nación con un determinado

proyecto de desarrollo (agroexportador) y, en

ese marco, desde los gobiernos de la época se promovió la llegada de inmigración

europea (Sarmiento, por ejemplo, consideraba que era necesario incorporar mano

de obra inmigrante que, además, al “mezclarse” con los nativos, aportaría su

cultura europea, “mejorando” la autóctona). Hacia 1920 los inmigrantes constituían

más del 30% de la población total del país.

En ese contexto, la escuela fue el instrumento político, el dispositivo y el

ámbito legítimo para la construcción de ciudadanos nacionales. A través del

sistema educativo, entonces, se buscó generar homogeneidad donde había

heterogeneidad cultural y así producir una identidad nacional. Este fue un

proceso cargado de tensiones y contradicciones puesto que, al tiempo que se

“borraban” las diversidades y no se reconocían y valoraban las múltiples

identidades, se integraba socialmente –a través de la educación y del trabajo- a

grandes colectivos de la población a un proyecto nacional. Esto supuso, de algún

modo, democratizar el acceso a la educación formal. Como señala la historiadora

argentina de la educación, Miryam Southwell: “Un aspecto particularmente

productivo para analizar en nuestro hoy es el relacionado con las identidades

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vinculadas a una nación y a un territorio. Una primera cosa a mencionar es que los

sujetos sociales nunca han sido homogéneos; las identidades homogeneizadas han

sido construcciones que debieron ser acompañadas por decisiones ideológicas y por

instituciones, políticas estatales, prohibiciones y hasta represiones. Desde los

orígenes de la Argentina, la construcción de una identidad implicó desandar otras

identidades y eso se hizo con fuerte incidencia de las instituciones. Algunas de las

acciones fueron cruentas y excluyentes; a la vez, generaban mecanismos de

inclusión social que estimulaban una ciudadanía activa (sí, así de paradojal pero

ambas cosas deben integrarse al análisis, aun siendo contradictorias)” (Southwell

en Yuni, 2009: 185).

En este contexto, tanto la enseñanza del idioma castellano, de la historia y la

geografía nacionales –a partir de las efemérides-, como la transmisión de formas de

comportamiento que permitiesen integrarse a la sociedad, ocuparon un lugar

relevante en la formación de ciudadanos.

2. Ciudadanía y subjetividad

Ahora bien, como veníamos diciendo, cada momento histórico y cada sistema social

configura un tipo de subjetividad particular. Cristina Corea e Ignacio Lewkowicz

(2004) señalan que durante la modernidad, el Estado-nación sostenía una serie de

instituciones (familia, fábrica, iglesia, escuela, etc.) que se articulaban entre sí de

manera analógica. Esto significa que utilizaban un mismo lenguaje, se regían por las

mismas lógicas y operaciones y propiciaban modos de funcionamiento similares. De

ese modo, los sujetos circulaban por diferentes instituciones bajo los mismos

códigos y en ellas interiorizaban las mismas prácticas, representaciones del mundo,

imaginarios sociales, etc.; en otras palabras, se retroalimentaban. Por ejemplo, en

la familia se transmitía un cierto modo de organizar y racionalizar el tiempo

productivo –rutinas vinculadas con horarios y aprovechamiento del tiempo para

levantarse, para ir a la escuela, para estudiar, para cenar, etc.- que eran reforzadas

por la escuela y la fábrica, con sus rutinas de producción, tiempos de descanso, etc.

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¿Qué significa “subjetividad”?

Es un concepto que surge en la filosofía y el psicoanálisis. Refiere a la dimensión psíquica de cada persona, pero la excede. ¿Por qué? Porque la subjetividad se construye en relación con el mundo social. Cuando nacemos y crecemos vamos interiorizando normas, modos de relacionarnos socialmente y prácticas. Esas lógicas de las que nos vamos apropiando configuran nuestro modo de ser y de actuar. En un cierto momento histórico y social

se van legitimando determinados modos de subjetividad. Por ejemplo, no es lo mismo la subjetividad que las mujeres jóvenes desarrollaban en nuestro país en el siglo XIX que la que existe en la actualidad. Con este ejemplo vemos que la subjetividad es dinámica, se va transformando. Y eso ocurre porque en ese proceso de interiorización cada sujeto puede reorientar normas y lógicas y modificarlas lentamente.

Esta lógica, entonces, produce

y reproduce el tipo subjetivo

propio de la modernidad, el

ciudadano, que supone la

igualdad ante la ley y que se

configura a partir de dos

instituciones principales: la

familia y la escuela. El

ciudadano se presenta

subjetivamente como un

individuo racional, libre,

autónomo, emancipado, con

una ocupación útil que le

permite insertarse en las redes

del mercado, respetuoso de la

autoridad, entre otros

aspectos. La educación

sistemática –es decir, la

educación que se transmite en

la escuela- ocupa un rol

importantísimo en este proceso, en tanto es la encargada legítima de forjar esa

subjetividad específica y situacional que se vincula, como dice Lewkowicz, con hacer

útiles a los individuos para una sociedad moderna capitalista.

En este sentido, Tomaz Tadeu da Silva, pedagogo brasilero, señala: “La idea de

educación que es parte esencial del sentido común moderno está montada sobre las

narrativas del constante progreso social, de la ciencia y de la razón, del sujeto

racional y autónomo, y del papel de la propia educación como instrumento de

realización de esos ideales. La ciencia y la razón son instrumentos de progreso, el

sujeto moderno es aquel que está imbuido de esos mismos propósitos e impulsos, y

la educación institucionalizada es la encargada de producirlo. El sujeto educacional

así producido encarna los ideales de la narrativa moderna: emancipado, libre y

racional” (Tadeu da Silva, 1995: 11).

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La institución escolar, a su vez, construye y supone una subjetividad pedagógica

que aporta centralmente a la constitución del ciudadano. La subjetividad pedagógica

es la que sostiene el contrato didáctico y refiere a las conductas -modos de conocer

y significar el mundo, de relacionarse con otros sujetos y de “habitar” la escuela-

que se nos incorporan y nos constituyen.

Desde esta perspectiva las niñas, niños y jóvenes se definen principalmente

como alumnos y alumnas, borrando la diversidad de sus identidades configuradas

a partir de múltiples espacios de pertenencia. Por ejemplo, un joven o una joven

pueden ser además hijo o hija, padre o madre, trabajadores, inmigrantes,

miembros de un grupo de rock, deportistas, entre muchos otros aspectos que

conforman su identidad y su subjetividad. Como mencionamos, durante el período

histórico de auge de la modernidad, la escuela operó sobre esas subjetividades,

ignorando todos estos aspectos y recuperando una única dimensión legítima que

marcaba modos de ser y actuar: el carácter de estudiante, un rol particular, que

suponía el ejercicio de ciertas prácticas y rutinas (el valor del esfuerzo y el trabajo,

el buen comportamiento, la disciplina, el orden, etc.) y la invisibilidad de muchas

otras.

Para reflexionar:

Te proponemos mirar el siguiente micro institucional del Canal

Encuentro, denominado “Cuando los abuelos eran nietos”, en el que se

incluyen imágenes de situaciones escolares de las primeras décadas del

siglo XX y de los últimos años:

http://www.youtube.com/watch?v=lX74HZFYDTA

Luego de verlo reflexionemos sobre las siguientes preguntas:

¿Identifican en esas imágenes algunos rasgos de la formación de

ciudadanos en la escuela durante la modernidad? ¿Encuentran

diferencias entre esos dispositivos y lógicas de formación con los

actuales en relación con la formación de ciudadanía?

3. ¿Las niñas y niños con ciudadanía?

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Dijimos que durante décadas el proyecto moderno legitimó como uno de los

objetivos prioritarios de la escuela la formación de ciudadanos. En el apartado

anterior describimos qué características tenían esos ciudadanos y cómo se

construían subjetividades coincidentes con esos rasgos.

Ahora bien, ¿qué mirada se tenía sobre las niñas, niños y jóvenes en tanto

ciudadanos? Y, fundamentalmente, ¿qué perspectiva acerca de la ciudadanía

suponía esto?

Para responder a estas preguntas es importante remarcar que la formación de

ciudadanos en la escuela suponía considerar a las niñas y niños como futuros

ciudadanos. Esto implica pensar que la escuela debe formarlos para el ejercicio de

la ciudadanía en el futuro, es decir, a partir de la mayoría de edad.

No vamos a profundizar en esta conceptualización, pero sí nos interesa mencionar

brevemente a qué nos referimos cuando decimos que durante la modernidad se fue

configurando un modo de abordar la formación de ciudadanos que pensaba a los

niños, niñas y jóvenes como “futuros ciudadanos”.

Durante mucho tiempo se consideró que las niñas, niños, adolescentes y jóvenes

eran personas incompletas, que no tenían los saberes, ni las capacidades, ni

gozaban de los mismos derechos fundamentales que se les reconocían a las

personas adultas. Es decir, aún no eran ciudadanos, sino que lo serían cuando

llegasen a la mayoría de edad. Estas representaciones sobre la infancia y la

adolescencia están absolutamente vigentes en la actualidad.

Se trata de un enfoque sobre la infancia y la juventud que se denominó “doctrina de

la situación irregular” o modelo tutelar porque se creía que como las niñas, niños y

jóvenes eran “incapaces”, ellos debían ser protegidos, tutelados y controlados por el

Estado. Se generó, entonces, una división entre las niñas y niños pertenecientes a

ámbitos sociales medios y altos y aquellos provenientes de sectores empobrecidos

y/o que no tuvieran familia, ya que se creía que estos últimos podían

potencialmente desarrollar acciones peligrosas, antisociales, ilegales. El Estado

debía entonces intervenir para “corregirlos” (a través de escuelas, orfanatos y

reformatorios).

Esta perspectiva propugnaba una mirada restringida de la ciudadanía. ¿Por

qué? Porque no reconocía los derechos que las niñas, niños y jóvenes tienen, sino

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los que van a gozar cuando sean adultos (lo que suponía fijar una fecha para ello,

los 18 años, momento en que se adquiere la mayoría de edad).

La ciudadanía, desde este enfoque, se

relacionaba sólo con los derechos civiles

(por ejemplo, las libertades individuales

como el derecho a la libre expresión, a la

propiedad, a profesar una religión, etc.) y

políticos. Había, sin embargo, una mirada

limitada de estos últimos, ya que los

derechos políticos eran identificados

únicamente con el derecho al voto, sin

considerar las múltiples manifestaciones de lo político (participar de una

movilización, organizarse colectivamente para reclamar algo, participar en algún

espacio que se proponga incidir en el bien público, entre muchas otras opciones).

Como históricamente la ciudadanía ha sido entendida como sinónimo de derechos

políticos, podríamos pensar que de ahí deriva la representación de las niñas, niños y

jóvenes como no ciudadanos.

Segunda parte:

Las niñas y niños, adolescentes y jóvenes con ciudadanía plena

La perspectiva anterior no ha desaparecido, sino que sigue operando en decisiones,

prácticas y modos de concebir y de tratar a las niñas, los niños y jóvenes.

Sin embargo, esta concepción es, en la actualidad, muy cuestionada desde diversos

ámbitos (jurídicos, académicos, en las políticas públicas, en las organizaciones

internacionales y en las organizaciones sociales que trabajan con estas temáticas).

Tanto la legislación de nuestro país como las políticas destinadas a la infancia y a la

juventud que se fueron implementando, conciben a niños, niñas y jóvenes como

sujetos de derecho, es decir, con ciudadanía plena, como protagonistas activos

en su comunidad que cuentan con capacidad de incidencia. Esto significa que no son

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meros portadores de derechos futuros, sino ciudadanos y ciudadanas que cuentan

con derechos y a quienes el Estado debe garantizarles la posibilidad de su ejercicio

efectivo en el presente.

Asumir esta mirada implica la transformación sustancial de la dinámica y las

relaciones que se establecen en las instituciones educativas: si las niñas, niños,

adolescentes y jóvenes tienen ciudadanía plena, entonces, pueden tomar decisiones

(dentro de las posibilidades que les brinde su edad), dar sus opiniones, participar de

proyectos, proponer alternativas de acción. Necesariamente, este enfoque supone

democratizar los espacios escolares.

Pensar en este reconocimiento no supone creer, como decíamos en la primera clase,

que mágicamente, de la noche a la mañana, las niñas, niños y jóvenes comenzarán

a gozar plenamente de su ciudadanía. Este proceso está atravesado por tensiones,

luchas de diversos colectivos y organismos por lograr que se materialice en la

práctica y en políticas públicas enfrentadas a lógicas instituidas –emparentadas con

el modelo tutelar- que continúan operando en la vida cotidiana y que resulta

complejo modificar.

Las ciudadanías de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes se caracterizan por una

desigualdad, que abarca dos esferas:

Por un lado, la ciudadanía es comprendida como condición de igualdad

(“todos y todas somos iguales y tenemos los mismos derechos”), pero

podemos identificar una primera desigualdad en la definición de quiénes son

ciudadanos para cada sociedad (que nunca es toda la población). En el caso

particular de las niñas, niños y jóvenes existen derechos y responsabilidades

que, si bien no son negados (como ocurría en el pasado) aún no pueden

ejercer por su condición etaria. Es decir, su práctica se suspende hasta tanto

no cumplan una edad biológica que los habilita como “capaces” para ello.

Podríamos denominarlos “derechos posdatados”. El ejemplo más claro es el

que ya dimos: el derecho al voto. Sin embargo, podemos observar cómo se

produjo un fuerte trabajo para ampliar este derecho: actualmente las

jóvenes y los jóvenes de 16 y 17 años pueden ejercerlo libremente a nivel

nacional y en algunas jurisdicciones, democratizando el acceso a la

participación política y las responsabilidades y compromisos sociales que eso

supone.

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Por otro lado, hay una desigualdad entre la ciudadanía en abstracto y la

concreta. La ciudadanía es una práctica social inmersa en relaciones de

poder, razón por la cual existen derechos que legalmente se les reconocen a

niños, niñas y jóvenes, pero que en amplios sectores de la población han

sido vulnerados y postergados, ya sea porque no son respetados o porque se

obstaculiza su cumplimiento. Esto ocurre por la existencia de desigualdades

derivadas de su posición socio-económica, étnica, de género, de orientación

sexual, etc.

Adoptar este punto de vista supone entender que las subjetividades que la

escuela debe aportar a formar no se limitan sólo al cumplimiento del rol del

alumno (aunque por supuesto lo incluye), sino que nuestros estudiantes son niñas,

niños, adolescentes y jóvenes con múltiples experiencias, necesidades,

problemáticas, intereses y modos de concebir el mundo y, por lo tanto, es

importante valorar esa diversidad como punto de partida para la construcción de un

vínculo de confianza y respeto.

También implica complejizar nuestra mirada sobre la ciudadanía y la

comprensión de nuestros alumnos y alumnas como sujetos de derecho. En

otras palabras, considerar que los estudiantes no serán ciudadanos en algún

momento, sino que ya lo son y, en ese sentido, no son objeto de intervención,

sino sujetos de derechos. Esto supone que los docentes propiciemos espacios

educativos que reconozcan los derechos de las niñas, niños y jóvenes y en los que

puedan ejercerlos. Por ejemplo, si un alumno tiene dificultades para comprender un

tema o una materia, tiene derecho a que le expliquemos las veces que sea

necesario y de modos diferentes ese contenido. También tiene derecho a estar

informado de los criterios y regulaciones que hacen a la acreditación (si hay

instancias de recuperación, cuándo y cómo son, cuántas mesas examinadoras

existen y qué requisitos debe cumplir para presentarse), a conocer cuáles son

nuestros criterios de evaluación y a preguntar por qué sus exámenes o trabajos

han sido evaluados de cierto modo, entre muchas otras cosas.

Por último, supone considerar que la ciudadanía asume diferentes

dimensiones, que excede los derechos individuales y los políticos y que, como

hemos visto en la clase anterior, su reconocimiento legal se fue ampliando como

resultado de las luchas sociales. En otras palabras, que la ciudadanía no incluye sólo

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la dimensión normativa –es decir, el reconocimiento legal de derechos, las leyes que

se encuentran “escritas en un papel”, aunque esta dimensión es muy importante-

sino su ejercicio efectivo (Jelin, 1993; Kessler, 2004).

Podríamos definir la ciudadanía, entonces, como un conjunto de prácticas

construidas socio-históricamente, que definen a un sujeto como miembro de una

sociedad, en su relación con otros sujetos y con el Estado. En este sentido, las

prácticas de todos los sujetos son prácticas ciudadanas en tanto son modos de

inscribirse, insertarse o incluirse en la sociedad. La ciudadanía, entonces, “se refiere

al conjunto de principios, valores y prácticas que las personas –pertenecientes a un

grupo humano determinado- reconocen como derechos sociales, políticos, civiles y

culturales” (UNICEF, 2006: 33).

Una Educación en Derechos Humanos

(EDH) requiere necesariamente

adoptar una concepción de las niñas,

niños y jóvenes como sujetos de

derecho y ciudadanía plena. Partir de

esta concepción en la formación de

ciudadanos en las instituciones

educativas implica desarrollar

prácticas de enseñanza que

propongan a las alumnas y alumnos ejercer activamente los derechos y no

solamente “estudiarlos” de modo tradicional, que les permitan investigar en qué

situaciones de su vida cotidiana se cumplen y en cuáles se vulneran, si se trata de

problemáticas comunes a otras personas o grupos, analizar por qué ocurre eso y

qué personas u organizaciones están involucradas en ese proceso, reflexionar sobre

los conflictos que se producen y proponer alternativas de acción. También demanda

ámbitos escolares en los que los derechos de las niñas, niños y jóvenes sean

respetados y materializados. Y, finalmente, esta concepción requiere del

compromiso y la mirada atenta de los y las docentes para identificar aquellos

ámbitos públicos y/o de la comunidad en los que nuestros alumnos y alumnas no

son considerados sujetos de derechos para colaborar, desde nuestro rol, a que

comiencen a serlo.

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Sobre estas cuestiones volveremos en las próximas clases. Les dejamos ahora la

lectura de la bibliografía obligatoria y, para quienes aun no lo hayan hecho, la

participación en el foro de presentación, esta vez con una consigna diferente a la de

la semana pasada.

Propuesta de actividades y consignas de trabajo

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A aquellos que aun no lo han hecho, les solicitamos, como actividad

obligatoria, que participen en el foro de presentación. Pero esta

vez, respondiendo las siguientes preguntas:

- ¿Cómo se llaman?

- ¿Dónde viven y en qué nivel o modalidad trabajan?

- Hasta ahora han planteado en el foro situaciones

donde se respetan y logran materializarse los DDHH

en la escuela, esta semana les pedimos en cambio

que describan alguna situación donde el ejercicio de

los DDHH en sus escuelas se vea obstaculizado,

donde existan tensiones para tratar a las y los niños y

jóvenes como sujetos de derecho o como ciudadanos

plenos. ¿Por qué creen que se producen esas

situaciones?

Por supuesto, quienes ya hayan participado la semana pasada de

este foro y deseen volver a intervenir con estas nuevas preguntas

pueden hacerlo en forma optativa.

Estas preguntas nos permiten intercambiar algunas ideas acerca de la primera

dimensión que pueden seleccionar para la realización del Trabajo Final: cómo

se comprende y conceptualiza la Educación en Derechos Humanos en la

escuela.

Plazo para la realización de la actividad: una semana.

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Educación y Derechos Humanos

Actividades a completar a lo largo de la cursada:

Leer las seis clases que integran el módulo y los materiales de lectura

obligatoria que se indican.

Realizar y aprobar las actividades de las clases 1, 3 y el trabajo final.

Realizar y aprobar una de las dos actividades propuestas en las clases 4 y 5 (a

elección del/de la cursante).

Bibliografía

Complementaria:

Jelin, Elizabeth, “¿Cómo construir ciudadanía? Una visión desde abajo”, en

European Review of Latin American and Caribbean Studies N° 55, Diciembre

de 1993. Disponible en:

http://www.jstor.org/discover/10.2307/25675593?uid=2&uid=4&sid=21102

100966731 (recuperado el 11 de septiembre de 2014)

Kessler, Gabriel, Sociología del delito amateur, Paidós, Buenos Aires, 2004.

Lewkowicz, Ignacio y Corea, Cristina Pedagogía del aburrido. Escuelas

destituidas, familias perplejas, Paidos, Buenos Aires, 2004.

Magendzo, Abraham “La pedagogía de los derechos humanos”, 2001,

disponible en:

http://ipes.anep.edu.uy/documentos/2011/desafiliados/materiales/pedagogi

a.pdf (recuperado el 11 de septiembre de 2014)

Reguillo, Rossana “Ciudadanías juveniles en América Latina”, en Revista

Última Década Nº19, CIDPA Viña del Mar, Noviembre 2003, pp. 11-30, 2002.

Versión digital disponible en:

http://www.scielo.cl/pdf/udecada/v11n19/art02.pdf (recuperado el 11 de

septiembre de 2014)

Ros, Mónica; Morandi, Glenda y Mariani, Eva, “Nuevas subjetividades:

impactos y transformaciones en los procesos de transmisión cultural”,

ponencia presentada en las XV Jornadas Nacionales de Investigadores en

Comunicación, Río Cuarto, 15 al 17 de septiembre de 2011, ISSN 1852-

0308. Disponible en:

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Educación y Derechos Humanos

http://www.redcomunicacion.org/memorias/pdf/2011romariani-morandi-

ros.pdf (recuperado el 11 de septiembre de 2014)

Southwell, Myriam “Docencia, tradiciones y nuevos desafíos”, en Yuni, José

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Cómo citar este texto:

Especialización Docente de Nivel Superior en Educación y Derechos Humanos

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