módulo-1-anexos - etica y deontologia profesional.pdf

72
La Ética Elementos que intervienen en una decisión ética

Upload: argp-abogacia

Post on 26-Dec-2015

72 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

La Ética

Elementos que intervienen en una decisión ética

Page 2: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Desarrollo

¿Qué es la Ética?

¿Qué elementos determinan el

actuar humano?

Page 3: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

¿Qué es la Ética?

• La Ética es la disciplina filosófica que

estudia la dimensión moral de la existencia

humana, es decir, todo cuanto en nuestra

vida está relacionado con el bien y con el

mal.

• Reflexión crítica sobre la moral. Práctica

reflexiva de la libertad

Page 4: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Experiencia Ética

• Juan tiene 28 años, en un ataque de envidia,

le sustrae la billetera a un compañero de

trabajo.

Juan no domina todo, no domina su sentimiento de envidia

Juan es normalmente honesto, jamás había tomado

nada que no era suyo

Juan vive en un barrio periférico muy carenciado

Tiene a su hijita de 8 meses muy enferma

Page 5: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Contenido de la experiencia

• Sentimientos

• Voluntad

• Virtud

• Conocimiento

• Carácter moral

(actitudes y hábitos)

• Acción

• Libertad

• Contexto de vida

(sociocultural)

• Historia de decisiones

pasadas

• Apertura al futuro

• Norma moral

• Juicio propio.

• Sujeto moral

Page 6: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

De dónde surgen ...

• Parece haber una conexión entre acción y

obligación moral

• La acción es lo único que depende de la

voluntad

• Aquella acción que depende de la voluntad,

es libre y me hace responsable.

Page 7: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Niveles de la ética

• Ética = parte de la

Filosofía que se ocupa

del actuar humano.

• Reflexión crítica sobre

las decisiones del

hombre

• No se ocupa del

conocimiento, ni del

ser

1. Etica Normativa: formular,

precisar y fundamentar nuestras

convicciones morales.

2. Teoría ética normativa: el

criterio supremo del orden ético;

si existe, si son varios, si son

independientes entre sí; y cuál ha

de ser su formulación precisa.

3. Metaética: Singularidad del

deber moral, el significado de

deber, bien, etc.

Page 8: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Análisis del Actuar Moral

• Acto humano – Acto del Hombre

a) Estructura

b) Elementos

c) Medio Ambiente

d) Valoración

Page 9: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Descripción Fenomenológica

Nos fijamos en las fases del actuar

Deliberación

Volición

Realización

Resultados

Page 10: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Deliberación

• Valorar los fines

posibles de la voluntad

• Identificar los medios

que permiten

alcanzarlos

• La primera nunca

puede faltar

• Tiene antecedencia a

la activación de la

voluntad

• Hacer uso práctico de

la razón humana

• La cualidad de la

deliberación determina

la bondad moral de la

acción.

Page 11: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

• Racionalidad: aplicada a la acción cuando es

lúcida, consciente, reflexiva. Los actos humanos

son premeditados, interviene la conciencia.

Aspecto técnico: arbitrar los medios necesarios

que nos permiten alcanzar el fin. Esta relación

puede ser efectiva (causa-efecto) o como

condición (instrumento).

Aspecto estimativo: los medios pueden poseer

valor o no, (agradable-desagradable).

• Los medios siempre son queridos por el sujeto

agente

Page 12: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Volición o Querer

• Acto de la voluntad

por el cual el sujeto

se propone

explícitamente un

fin que surge de la

razón práctica.

• Es una propiedad

transitiva y de

autodeterminación.

• La volición remite

a dos realidades: el

fin y el motivo.

Page 13: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

• Fin = polo intencional del querer.

• Es generalmente un hecho que ha de

ser realizable mediante la intervención

del propio sujeto.

• Está siempre situado en el futuro,

• Se presenta a la razón práctica como

algo valioso o deseable

Page 14: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

• Motivo: razón por la que el sujeto quiere el fin.

• Objetivo: es lo que se apoya en características

del fin. Pero no siempre de modo directo. Ej, la

injusticia de una acción nos lleva a no realizarla. El

gusto por un libro ya leído me lleva a comprar otro

del mismo autor.

• Subjetivo: radica en la actitud interior o el

estado de ánimo en que se encuentra el sujeto.

Page 15: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Realización

• La ejecución puede o

no identificarse con el

fin (baile/disparar).

• Vivencia de

realización consciente

de un movimiento

previamente ordenado

por la voluntad.

• No puede modificar el

valor moral de la

acción que realiza

Page 16: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Resultados o Efectos

• Resultados efectivos

de la acción, entre

ellos; el logro del fin.

• Apela a la

responsabilidad del

sujeto

• Pueden ser

pretendidos o no

pretendidos

• Los pretendidos, fines

y medios que definen

u orientan mi

conducta, somos

plenamente

responsables.

• Los no pretendidos,

consecuencias no

queridas.

Page 17: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

El sujeto actuante

• Libertad y Responsabilidad

• Condicionamientos internos

• Condicionamientos externos

Page 18: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Libertad y Responsabilidad

• Libertad: capacidad esencial de hacer el bien. Capacidad de elegir.

• Tipos de Libertad: Fundamental – Categorial.

• L.Fundamental: se identifica con la persona, permite y fuerza a la persona a autodeterminarse como tal (toda) para convertirse en una persona que se autodetermina como tal.

• L.Categorial: es la expresión en las elecciones o en los actos morales particulares.

Page 19: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Condicionamientos

• Condiconamientos: es todo lo que limita la libertad y responsabilidad. Se distingue clásicamente dos tipos:

• a) internos: ligados a la corporeidad (salud,

enfermedad, sexo, herencia, etc.) a la Psicología (temperamento,

carácter, pasión, neurosis, etc.), a la vida intelectual (ignorancia, error) y a la dinámica de la voluntad libre (temor, actitudes, hábitos).

• b) externos: relaciones interpersonales, sociales, educación, el cosmos y la historia.

Page 20: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Juicio de la acción

• Valoración de la Acción

• La Conciencia como órgano evaluador

Page 21: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Valoración a) Valoración Objetiva: se

califica de bueno o malo según la conformidad o no con la normatividad ética objetiva y subjetiva.

• Objeto: confiere al acto una valoración primera (bueno-malo-indiferente)

• Circunstancias: modifican la valoración moral

• Fin: del sujeto que actúa y de la finalidad intrínseca de la acción.(intrínsecamente malo)

• Fundamentación: explicar la

racionalidad del actuar.

a)Deontológica, la bondad/malicia

del acto es intrínseca a ellos e

independiente de las eventuales

circunstancias. b)Teleológica: juzga

la bondad/malicia de un acto

teniendo en cuenta el marco más

amplio de las consecuencias

producidas o de los fines

perseguidos.

Page 22: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Valoración

b) Valoración Normativa: se fija en la

corrección del juicio ético que lleva al

actuar. Rectitud del actuar. Se identifica

rectitud con benevolencia (bien)

c) Valoración Jurídica: se fija en la

concordancia con la ley.

• Autonomía: toda ley de valoración es

interna en el hombre

• Heteronomía: la ley es externa

Page 23: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

¿Qué es lo que determina la eticidad

de una acción?

• Diferentes corrientes éticas.

• Basarse en las normas, pone el problema de la Heteronomía o Autonomía del sujeto

• Nos basamos en los principios y caemos en la tiranía del principalismo

• Nos basamos en las

consecuencias y

caemos en el

relativismo

• Nos basamos en el fin

y éste justifica todo

medio

• La conciencia, es la

encargada de juzgar,

cómo hace.

Page 24: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Situaciones de conciencia.

• C. Recta/Viciosa: reclama autenticidad o no de la

persona.

• C. Verdadera/Falsa: sintonía o no con la verdad

objetiva. La falsa o errónea puede ser culpable o

inculpable

• C. Cierta/Dudosa, es una situación pre-decisional.

• C. Escrupulosa, miedo a actuar.

• C. Laxa, no interesa la seguridad interna.

Page 25: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Situaciones especiales

• Principio de doble

efecto

• Principio de totalidad

• Epiqueya

• Objeción de

conciencia

• Voluntario

• Directo

• Activo

• Inocente

Page 26: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Estructura del acto moral

Elementos Estructurales

•Conocimiento

•Voluntad

•Sentimientos

Efectos

Actuar moral o elección

LIBERTAD

Condicionamientos

•Internos

•Externos

Page 27: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Elementos del actuar

Efecto

Responsabilidad

Medios

Ejecución

Fin

Deliberación

Volición

Circunstancia

Page 28: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

A. Cortina “Ética sin moral”

Page 29: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

La metaética, piensa la autonomía y cientificidad de la ética.

La ética, es una reflexión sobre las formas y fundamentos de las prescripciones y valoraciones morales

La moral, prescribir la conducta en la vida cotidiana, mediante enunciados valorativos o prescriptivos con contenido, que prescriban lo que hay que hacer.

Page 30: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Éticas normativas y

descriptivas

Éticas naturalistas y no

naturalistas

Éticas cognotivistas y no

cognotivistas

Page 31: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

No hay ética que no

sea normativa

No sirve la mera

descripción aséptica

de un hecho.

Page 32: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Naturalistas: lo moral es reductible a otros fenómenos

no Naturalistas: lo moral es autónomo e irreductible a otros fenómenos.

Page 33: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Cognotivistas: el mundo moral cabe el conocimiento, porque los enunciados pueden ser verdaderos o falsos

no Cognotivistas: sostienen lo contrario

Hoy: el cognotivismo es la posibilidad de argumentación racional acerca de corrección y validez de las normas morales

Page 34: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf
Page 35: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Ambas coinciden en considerar a la naturaleza humana como pauta de conducta

La diferencia radica en el modo o método de acceso a la naturaleza, lo que determina modos diferentes de comprensión

Page 36: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

De Móviles

Investigan empíricamente las causas de las acciones, para descubrir los móviles de la conducta humana.

Fundamento hechos constatables vs. justificación metafísica o trascendental.

La pauta del comportamiento es la “naturaleza humana”= comportamiento empíricamente accesible

Falacia naturalista: se supone la derivación de un “debe” a partir de un “es”; reduce lo moral a términos naturales.

Page 37: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

investigan en qué consiste el perfeccionamiento y la plenitud humana. Se accede metafísico a la esencia de se humano

El fin o bien propuesto no es subjetivo, sino objetivo, independiente del deseo

las normas morales son un puente entre lo que el hombre “es” y lo que “debe ser”

corre el riesgo de caer en una moral de excelencias y en la incapacidad de escrutar lo que el hombre realmente es y lo que realmente quiere

De Fines

Page 38: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf
Page 39: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Lo moral no es la sumisión a leyes y fines de la naturaleza (Heteronomía)

MORAL son las leyes que nos damos para regular la libertad interna y externa

La voluntad, tema central de la ética, es buena cuando quiere las leyes que ella misma ha querido crear.

Autonomía moral

Page 40: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Los valores son cualidades dotadas de contenido, cognoscibles a priori por los aspectos emocionales de la mente, independientes:

de nuestros estados emotivos subjetivos,

de las cosas y relaciones que son sus portadores (bienes)

realizar los valores allí donde no estén presentes es el deber moral

Page 41: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Atienden a una doble dimensión del fenómeno moral:

1º el moral de la moral es irreductible (a la razón)

2º hay que tener en cuenta tanto lo subjetivo como lo objetivo

Los actos de preferir satisfacen la dimensión subjetiva

El valer de los valores, independiente de las preferencias subjetivas, satisface la exigencia de objetividad

Page 42: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Kant busca establecer la conexión entre el sujeto y las normas morales por la voluntad

abre un abismo entre razón y sensibilidad

Confiará en los actos emocionales para que capten un mundo objetivo de valores

Cómo actuar ante quien dice tener una intuición distinta del valor

Cómo compaginar el valor (objetivo) con el proceso histórico.

Crítica Formalismo Materialismo

Page 43: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf
Page 44: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Ética = descubrir los procedimientos legitimadores de las normas morales

Rawls personas morales deciden en conjunto los principios de justicia (desigualdad punto de partida)

Kohlberg procedimiento de diálogo de acuerdo al rol

Habermas los procedimientos y premisas desde los que las justificaciones pueden tener un poder generador de consenso

Page 45: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

El deseo de mantener una ética normativa sin recurrir a una ética de fines

El fin moral es aquel que los hombres quieran darse a sí mismos

justificar la universalidad del fenómeno moral

El afán de revisión y crítica

Page 46: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

La corrección de lo moral depende de una concepción compartida de vida buena

Importancia de la relación y pertenencia a la comunidad por el individuo

la comunidad = encarnar las mismos virtudes, una misma idea de bien, da identidad concreta al individuo,

el individuo en ella forja su idea de vida buena y desarrolla los hábitos para que la comunidad perdure

“Amigos morales”

Page 47: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

La Conciencia

Camino a la madurez de la conciencia

Page 48: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Desarrollo:

1. La naturaleza de la conciencia

2. Maduración de la conciencia

3. Juicio de la Conciencia

4. Condiciones de Actuación

5. El discernimiento de la conciencia.

Page 49: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

1. Naturaleza de la conciencia.

• Del latín: “conscientia” (saber-con) Saber compartido (testigo de hecho o testigo de la interioridad)

• Lenguas Latinas, expresan:

1. El hecho de “ser conscientes” (Psicológica)

2. El hecho de “ser responsables”(Ética)

Page 50: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

• Conciencia psicológica: no es una función del ser humano, sino su misma estructura en cuanto ser consciente. Hace referencia al “yo”. Patentiza la unidad del pensar y de la voluntad, de la tonalidad vital y de la vida afectiva toda.

• Niveles: la vivencia elemental, la conciencia espontánea, la conciencia refleja (toma de

posesión de lo vivido y experimentado); y la conciencia latente.

• Tiene una localización neurológica.

Page 51: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

• Conciencia ética: presupone la psicológica, pero es su continuación y culminación. Son distintas por razón de su objeto pero no contradictorias:

• La conciencia como... 1. “eco de la sociedad” (en cuanto condicionados por la

historia y la cultura); 2. “voz del inconsciente” (se vive la responsabilidad

como respuesta a la voz del inconsciente)

3. “máscara ante los demás” (lo que lo otros esperan de nosotros, rol social)

4. “ideal del yo” (respuestas a las exigencias del yo)

Page 52: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

2. Maduración de la conciencia

• L. Kohlberg, inspirándose es los estudios de Piaget, elabora una teoría sobre el desarrollo del juicio ético, centrándose en la motivación subyacente, es decir en el por qué ético que motiva al sujeto evaluar una acción como buena o mala.

• El esquema evolutivo cuenta con tres niveles y seis estadios progresivos y consecutivos.

Page 53: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Niveles

• Pre-Convencional: las normas y las expectativas sociales son algo externo al yo. El niño responde a las normas, desde las consecuencias físicas o hedonistas.

• Convencional: El yo se identifica con la sociedad y asume su punto de vista.

• Post-Convencional: El yo se diferencia de los roles sociales y define valores según unos principios auto-escogidos de justicia.

Page 54: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Nivel Pre-Convencional

• Estadio 1: Orientación del castigo y de obediencia.

• Las consecuencias físicas determinan bondad o malicia.

• Se valora la huída del castigo y la sumisión a la fuerza.

• No hay respeto al orden moral, en sí

• Estadio 2: Orientación instrumental-relativista.

• Lo justo es lo que satisface las propias necesidades y ocasionalmente la de los demás.

• El criterio de las relaciones humanas es lo que me conviene.

Page 55: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Nivel Convencional

• Estadio 3: Orientación concordia interpersonal.

• Bueno es lo que agrada o ayuda o es aprobado por los demás.

• Por primera vez tiene importancia la norma

• Aprobación por buen comportamiento.

• Estadio 4: Orientación concordia de ley orden.

• Orientación por la noción de autoridad, normas fijas y mantenimiento del orden social.

• El buen comportamiento es cumplir el deber propio y mantener el orden social.

Page 56: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Nivel Post-Convencional • Estadio 5: Orientación

legalista del contrato social.

• Resonancias utilitaristas.

• Relatividad de los valores y opiniones personales.

• Búsqueda de reglas para el acuerdo o consenso general.

• La obligación surge como resultado del libre acuerdo y del contrato.

• Estadio 6: Orientación de principios éticos universales.

• Lo justo se define en virtud de la decisión de la conciencia concorde con unos principios éticos elegidos personalmente, apelando a la comprensión lógica, la universalidad y la

consistencia.

Page 57: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

3. Juicio de la conciencia • el juicio de la conciencia es la norma interiorizada de la

moralidad. Conciencia como...

1. norma de moralidad: que tiene fuerza normativa. Clarifica la situación personal a la luz del valor objetivo (Fuerza manifestante) y obliga y compromete misma persona (Fuerza autoritativa).

2. norma interiorizada: es norma de moralidad por donde pasan todas las valoraciones de las acciones humanas. No crea la moralidad, es mediadora entre el valor objetivo y la actuación de la persona.

3. Dignidad de la persona: núcleo más secreto del hombre, es su fundamento más grande, es la fuente de donde fluye la moralidad de nuestra vida. Derecho de la conciencia errónea.

Page 58: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

4. Condiciones de actuación. Para que la actuación de la conciencia sea perfecta tiene

que obrar con rectitud, con verdad y con certeza.

• Situaciones de la conciencia:

• C. Recta/Viciosa: reclama autenticidad, sinceridad, o no, de la persona.

• C. Verdadera/Falsa: sintonía o no con la verdad objetiva. La Falsa o errónea puede ser culpable o inculpable

• C. Cierta/Dudosa, es una situación pre-decisional.

Page 59: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Rectitud de la conciencia

• Es norma necesaria del actuar

• La C. Recta posee todos los derechos.

• A este nivel no se puede reclamar la “libertad de conciencia”

• El dinamismo natural a buscar la verdad objetiva

• Deber de formar la rectitud de conciencia. Formar el sentido moral.

• La C. Viciosa, no tiene ningún derecho

Page 60: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Verdad de Conciencia • C. Verdadera: adecuación

de la verdad personal (rectitud) a la verdad objetiva.

• C. Errónea: no hay acuerdo con la verdad objetiva.

• Vencible (Culpable): error puede ser vencido o superado

• Invencible: error no puede ser descubierto o superado.

C. Errónea Invencible:

1. Tiene fureza obligante

2. Tiene derecho en el fuero interno (obligación de respeto)

3. No tiene un derecho absoluto en el fuero externo (sometida a los principios del bien común)

Page 61: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

Certeza de Conciencia

• La actuación se da en certeza moral. No se puede actuar en c. dudosa.

• Duda práctica: sobre la licitud de una acción en concreto.

• Duda de hecho: sobre una circunstancia concreta. (si la ley se aplica aquí y ahora)

• Principios de Resolución:

1. Cuando hay conflicto en materia grave optar por lo más seguro (vida).

2. El mal menor.(deberes)

3. Derecho del poseyente.

4. La presunción está a favor de lo que sucede habitualmente

5. En caso de duda el beneficio es del reo.

Page 62: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

5. Discernimiento.

• Los procesos mentales de juicio por los cuales se percibe y se declara la diferencia que existe entre varias realidades.

• Ética a Nicómaco, Aristóteles, como un momento de la actividad prudencial del hombre

• Tradicionalmente de esto se ocupaba la casuística. Hoy cobra importancia en la Bioética y la ética social

Page 63: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

El método de Lonergam

• No busca discernir lo bueno y lo malo

• Interés está en la búsqueda de lo éticamente posible en la situación concreta

• Se basa en: a) Investigación de la Experiencia

b) Comprensión del Hecho

c) Evaluación ética, Juicio

d) Toma de decisión

Page 64: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

1

LOS DERECHOS HUMANOS Graciano González R. Arnaiz Porf. De Etica y Racionalidad Práctica Universidad Complutense de Madrid En la formalización de un discurso sobre los derechos humanos confluyen diversas sensibilidades; lo que hace del mismo ‘un lugar de cruce’ que admite una gran diversidad de lecturas. Precisamente va a ser esta diversidad la que da idea de su complejidad, pero a la vez de su dimensión fructífera. Entre dichas lecturas, cabe aludir a cuatro referentes que posibilitan distintos niveles de lectura de los mismos: a.- el referente psicológico que tiene que ver, y mucho, con nuestro mundo de las aspiraciones y de los deseos; y que traduce el viejo ideal de ser feliz en un mundo cada vez más humano y humanizado – es el nivel de lo que deseamos -. b.- el referente moral de los derechos humanos, para poner de manifiesto un ideal de sentido y de significado para la moralidad basado en la idea de dignidad. Lo que se traduce en un discurso ético sobre lo que debería ser; c.- el referente sociológico a través del cual los derechos humanos escenifican un lugar social que sirve de control y verificación a lo que hay o se da en el entendido de que los derechos humanos constituyen un ‘ideal’. d.- y, finalmente, que no en último lugar, el referente político de los derechos humanos en el que se ventilan las cuestiones ligadas al problema de la legitimación y de la legitimidad del poder en las sociedades modernas. Es en este nivel en que hablamos de estado social de derecho. La cuestión que podemos plantearnos, a la vista de todas estas visiones, es si los derechos humanos podrían ser vistos como la clave de lectura de lo que, si no se nos entiende mal, llamaríamos ideología del futuro. Entendiendo por tal, una situación moral marco que da cobertura – derecho y ética – a toda realización individual y/o colectiva que aspire a ser considerada digna de ser catalogada como humana y humanizadora.

1.- Condición humana y derechos humanos La actual consideración general de aprecio y recurso a los derechos

humanos, ha convivido con posturas que les cuestionan. Y ya no sólo cabe referirse a la postura de Marx, cuando criticaba la dimensión formal del derecho puesta al servicio de una clase dominante para alienar cualquier tipo de realización, sino a posturas más

Page 65: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

2

contemporáneas que son más contundentes. Bentham es un ejemplo de una crítica radical a tales derechos desde el momento en el que “no existe derecho alguno que, cuando su abolición sea provechosa para la humanidad, no deba ser abolido”. Esta peculiar lectura ‘utilitaria’ de los derechos, convive también con otra sorprendente puesta entre paréntesis de los mismos derechos por parte de Nietzche. Para éste, el recurso a los derechos humanos es el resultado de una voluntad débil, en la tesitura de hallar cobijo en la ‘sombra de Dios’. Derechos de siervos incapaces de ejercer su voluntad de poderío y, así, ser el obstáculo para la ‘Gran Política’. Más cerca de nosotros, A. MacIntyre habla de los derechos humanos como la estructuración de una serie de ficciones o de fabulaciones que resultan útiles para dar cobertura a actuaciones sociopolíticas y planes de vida, pero que nada tienen que ver con el hecho de que existan. Es más, su existencia es comparable a la de los unicornios o a la de las brujas. A nuestro entender, hay un defecto de base en la manera de argumentar ‘contra’ la existencia de tales derechos. Pues lo que se pregunta no es la existencia, leída en términos de facticidad, factualidad, experiencia o acontecimiento, sino la pregunta moral de su sentido; es decir, si tiene sentido reivindicar tales derechos para poder ser, y seguir siendo, hombres y mujeres. La realidad a la que apuntan es, justamente, a la de la exigencia moral o condición de posibilidad para poder hablar de significación humana de una existencia. Debido a esta consideración de los seres humanos como titulares de unos derechos ‘en su condición de humanos’, se pone en circulación una idea relativa a la consideración de tales derechos como ‘algo previo’; es decir, algo que no es preciso que nadie nos conceda – derechos legales -. Se tienen en virtud de la condición de humanos; por el hecho de ser personas, diríamos. En este contexto, la palabra derecho es una desventaja, pues oculta el sentido moral de una reivindicación. Sin embargo, resulta provechosa para manifestar la ‘obligación’ de los poderes de pasar por la expresión jurídica – derechos – de tales exigencias para legitimarse y darse sentido. A esto nos referimos cuando hablamos de estado de derecho, o mejor aún, de estado social de derecho. El reconocimiento de esta dimensión moral, nos permite ver en la Declaración de la ONU de hace más de cincuenta años, una suerte de promulgación de ‘código moral universal’ al que los principios del derecho deben mirar para generar modelos humanos de ser, tanto individual como colectivamente considerados. La indudable conexión de estos derechos con la civilización occidental y su modelo de entender la realización individual y colectiva, plantea cuestiones desde una reivindicación del discurso intercultural. Ahora bien, la alternativa no es la abdicación de tales derechos, sino la de la puesta en cuestión de la interpretación occidental de los mismos por otras culturas que entienden la dignidad o, en general, las exigencias morales en otras claves. De ahí, la pertinencia de una apertura al tema de la fundamentación racional de tales derechos para poner en común un acerbo de ‘razones’ abiertas a otras interpretaciones en el bienentendido de que nada de los derechos humanos será moral, a menos que conserve los tres rasgos que la identifican, a saber: la dimensión de la individualidad, la dimensión de la universalidad y la dimensión de la interdependencia.

2.- La fundamentación de los Derechos Humanos En la búsqueda de un fundamento racional de los derechos humanos, compiten dos grandes modelos de explicación racional: los derivados de una concepción positiva jurídica y aquellos que propugnan para los derechos un ámbito más amplio que

Page 66: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

3

el del mero reconocimiento fáctico o positivo. Ambos modelos se agrupan en torno al iuspositivismo y al iusnaturalismo, siendo el resto diversas acepciones de ambos. En cualquier caso, un adecuado planteamiento de la cuestión de la fundamentación, es decir, del análisis de las razones que damos para su justificación, ha de atender a dos aspectos: al aspecto formal de la consideración de que las razones aducidas puedan ser todas válidas; y a un aspecto material que entienda que las razones que demos nos han de conducir a una explicación de por qué existen tales derechos; por qué son derechos y deben ser respetados ( son válidos) y por qué es injusto todo comportamiento que les viole. En este contexto, podemos encontrar diversos modelos de fundamentación 2.1.- Modelos de fundamentación

a.- Iusnaturalismo El iusnaturalismo se basa en la determinación de lo que es justo e injusto por

referencia a la existencia de normas ‘naturales’ que existen al margen y con independencia de la voluntad del legislador. Dichas normas ‘naturales’, emanadas, bien del Creador, o bien de la propia naturaleza, convalidarían una obra que seria justa si, y sólo sí, coincide con el derecho natural. Esta teoría que se identifica con la concepción tradicional del derecho, percibe los derechos humanos como parte del derecho natural concerniente a las personas, en virtud de las ‘cualidades’ que las adornan bien sea por su condición de criaturas, creadas a imagen y semejanza de Dios, o bien por su peculiar estructura personal derivada de su condición racional. Esta teoría del iusnaturalismo que es de una fecundidad inextinguible, ha dado lugar a diversas versiones contemporáneas en las que ya no se habla tanto de ‘Derecho Divino’ o de ‘Orden Natural’, sino de ‘la naturaleza de las cosas’. En todas estas versiones, los derechos humanos traducen obligaciones derivadas de la naturaleza de los seres humanos, en tanto que seres racionales, capaces de sentimientos y de creatividad; seres con necesidades básicas, de alimento, cobijo, paz y seguridad y seres con necesidades más altas como la educación, el medio ambiente, el desarrollo de sus capacidades... De manera que, en este contexto, los derechos humanos son la expresión jurídica de esas necesidades a las que los hombres ‘tienen derecho’ qua seres humanos. Las críticas más generalizadas a este modelo de fundamentación descansan en la comprensión de una idea de naturaleza humana refractaria a lo histórico; su recaída en la denominada falacia naturalista que deriva el deber ser del ser; una indudable dosis de subjetivismo so capa de un objetivismo derivado del término naturaleza como algo universal e inmutable y su desconocimiento del papel del Estado en la consideración de los denominados derechos económicos y socioculturales en los que se desglosan los derechos humanos. b.- Contractualismo En sus orígenes, esta explicación depende de la teoría del contrato social como expresión heurística del origen de lo social y, por extensión, de la sociedad. Es una doctrina iniciada por Hobbes, retomada después por Rousseau y Kant, y posteriormente relanzada en la actualidad, al punto de convertirse en uno de los referentes más importantes de la contemporánea Filosofía Política. En la actualidad, Rawls y la corriente de la Teoría de la Decisión Racional, así como las teorías éticas del discurso, han vuelto a elevar a primer plano esta perspectiva, aunque es preciso reconocer en cada una de ellas matices muy diferentes.

Page 67: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

4

En general, se puede decir que la idea básica de todas estas teorías es que si queremos encontrar un sentido, es decir, un fundamento racional a la existencia de derechos y obligaciones que se hallan presentes en la sociedad, tenemos que hipotizar una situación originaria a partir de la cual todo el magma de lo pre-social se convierte en sociedad racional. Dicha hipótesis no prejuzga otros análisis históricos que hablan de la organización social a partir de una primigenia estructuración social en tribus y grupos más o menos organizados hasta los modelos de organización social más desarrollados. Lo que sostiene esta teoría es que podemos imaginar, ‘con razón’, una situación de pacto social entre personas racionales que, sin referirse en un primer momento a ningún concepto jurídico o de otro tipo legal, es decir, llegado el caso, se ven en la situación de ponerse de acuerdo para vivir en sociedad, para sobrevivir. Pues bien, si éste fuera el caso, el argumento contractualista se completa diciendo que tal acuerdo originario conlleva el respeto obligatorio de ciertos derechos a los que tienen ‘derecho’ los individuos como contrapartida de su ‘cesión’ en el pacto. Es obvio que tales derechos tienen los rasgos de los derechos fundamentales que después se van a explicitar como derechos humanos; y es obvio, también, que sin tales derechos, el pacto no sería posible. Por eso, tales derechos son necesarios para la vida en sociedad, al margen de la voluntad de los legisladores ya que sin ellos la vida en sociedad sería imposible, i.e., invivible. En las versiones actuales del neocontractualismo aparecen unidos tres aspectos: la idea de contrato social, el procedimentalismo y el individualismo metodológico. c.- Utilitarismo La teoría utilitarista, salida de Bentham, que aparece tardíamente en el registro de las teorías éticas, ha alcanzada en el plazo de los dos últimos siglos una relevancia excepcional. Sin duda, la sencillez de su expresión – la identidad de la felicidad con el placer y la máxima del mayor placer para el mayor número – la ha puesto en la línea de salida de todo tipo de discurso ético y político relevante y, por lo mismo, en una exigencia de lectura de las necesidades y capacidades de los humanos que, leídas desde esta clave, exigen una concreción legal ineludible. Precisamente, este punto de salida del utilitarismo le da un sesgo antimetafísico y, por tanto antiiusnaturalista, en la medida en la que las ‘oscuras’ ideas que amparaban sus esquemas se habían convertido en una traba para el progreso, la paz y la felicidad de las sociedades humanas. La traducción de la idea de felicidad a términos de bienestar y placer es determinante del éxito de su propuesta, pero también, y además, de un punto de vista inédito en tanto en cuanto la única justificación posible de las normas, instituciones y prácticas sociales deriva de aquí. La peculiar manera de medir la felicidad – cálculo felicílico – merced al recurso de conocimientos de economía, derecho, psicología, ciencia política... que aseguran un criterio de bienestar, le llevan a supeditar el valor de todo derecho – y de todos los derechos, también los humanos – al logro de esta felicidad para el mayor número. Nace así el principio de utilidad como referente de justificación y legitimación que ayuda a resolver casos de conflicto de derechos en virtud de su recurso a una regla: calcular las consecuencias de cada curso de acción y elegir aquella que dé lugar a las mejores consecuencias esperadas desde el punto de vista del bienestar general. De ahí, el seso consecuencialista de las modernas justificaciones de normas. El problema adjunto a cualquier aplicación del principio de utilidad es el de poder llegar a justificar perjuicios, daños, incluso la muerte de algún o de algunos individuos, en aras del bienestar general. El tema del ‘chivo expiatorio’, la muerte de inocente... se han

Page 68: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

5

convertido en el talón de Aquiles de una teoría que pretendía arrasar, pues lo que no es de recibo es que en tales casos cuestiones tales como las de la dignidad, respeto... son puestas entre paréntesis en aras de una situación general. Lo que a todas luces es una situación inmoral. Otro gran reto que tiene el utilitarismo como teoría moral, es el de la heteronomía moral. Puesto que la vida moral es ‘utilizada’ para proporcionar otro tipo de realidad que es el placer o la felicidad. De ahí arrancan las acusaciones de ser un fiel reflejo de los presupuestos de una sociedad liberal: liberalismo económico e individualismo; de incorporar, inevitablemente, una cierta dosis de egoísmo al propiciar, como recurso moral, un equilibrio entre interés privado e interés público; y, finalmente, de llegar a sacrificar valores fundamentales, como la dignidad o el respeto, en aras de un ideal ético que se basa en el interés, en la eficacia o en la felicidad de la mayoría. Son sistemas éticos que se mueven siempre en el mínimo moral. d.- axiológicas – humanismo Precisamente esta falta de humanidad que se genera en la aplicación del principio de utilidad es lo que denuncia el humanismo cuyo base de operaciones es la idea de dignidad de la persona. Como tal corriente filosófica tiene una inspiración de base cristiana y su desarrollo filosófico esta afincado en la fenomenología. Bien es verdad que, a su vez, también proclama su fin (Heidegger). Su adscripción a la fenomenología le permite una doble función: por un lado, le lleva al análisis de lo que puede ser considerado como lo propiamente humano y describir sus características en los términos de modo de acción, de comprensión, de conocimiento, de sensación y emoción...; y por otro lado, le permite concluir o deducir la especial idiosincrasia que tiene lo humano y que puede ser descrito por la categoría de dignidad, de una dignidad especial por encima de cualquier ser vivo. Esta especial dignidad que descubre en el ser humano, la nombra con el término de persona a la que entiendo como un ser que posee una capacidad de acción libre, de comprensión y de relación. Esta dignidad descubierta en el análisis del ser humano la hace merecedora de respeto y cuidado; y dicha dignidad especial es la que tratan de desarrollar los derechos humanos. Como las reconocidas capacidades del ser humano son algo, de por sí, abierto, esta orientación humanista permite, por una parte, establecer una coincidencia con otras argumentaciones salidas de distintos credos o colectivos anclados en dicha idea; y también, y, a la vez, posibilita una continua lectura histórica de esta idea de dignidad para reivindicar ‘nuevas situaciones o espacios’ para que dicha dignidad sea efectiva, es decir, se concrete en una vida digna de ser denominada humana. La insistencia en la idea de dignidad como valor moral y, a su luz, de los valores de la libertad, de la responsabilidad, del respeto y de la diferencia y de cooperación hacen de esta perspectiva un modelo axiológica para la fundamentación de un discurso de los derechos humanos. En este modelo, los problemas vienen derivados de la propia consideración de la dignidad como ‘valor moral’ y de su colocación en una posible escala de valores. Cuestión clave, en este perspectiva, es cómo leer una idea de dignidad sin un referente metafísico, tal criticado por la filosofía actual y cómo traducir en categorías morales ‘positivadas’ dicha idea en el marco de una sociedad globalizada. De ahí la pertinencia de una lectura intercultural de dicha idea que supone un nuevo desafío para la filosofía. No conviene olvidar, que esta perspectiva axiológica de fundamentación se mueve en el ámbito de una ética de máximos.

Page 69: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

6

3.- Las generaciones de los Derechos Humanos Esta diversidad de propuestas de fundamentación de los derechos humanos, cada

una con sus luces y sus sombras, ha dado pié a lo que se llama las generaciones de los derechos humanos, que no es otra cosa que la diversidad de lecturas a las que están abiertos los derechos humanos y que traducen las diversas sensibilidades desde las que son leídos. La propia inserción de los Derechos Humanos en el contexto de las transformaciones económicas, en los cambios derivados de los desarrollos científico-tecnológicos y socioculturales y en las nuevas concreciones de las aspiraciones de los individuos y de los pueblos, favorecen y exigen nuevas aproximaciones a la manera de interpretar el desarrollo de los mismos en tanto que catálogo de referencia. A este respecto, se suele aludir a tres generaciones de los Derechos Humanos, si bien es verdad que ya se habla de derechos de cuarta generación para referirse a la paz como valor universal y a los derechos de los pueblos. 3.1.- La primera generación: los derechos de la libertad

Esta consideración pone de relieve la experiencia histórica de las primeras proclamaciones de derechos, centradas en una serie de reclamaciones de derechos civiles y políticos. Es cierto que el contexto histórico de tales demandas es Europa y América del Norte, a lo largo de los siglos XVIII y XIX , amparadas en el movimiento cultural de la Ilustración, en los movimientos sociopolíticos de las revoluciones burguesas y en las guerras de independencia. La pionera en la expresión de tales derechos es La Declaración de Derechos de Virginia (1776) en la que se pone como origen de tales reclamaciones la idea de que todos los hombres son, por naturaleza, igualmente libres e independientes y tienen derechos innatos a su condición humana. En el mismo sentido, el artículo primero de la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (1789), insiste en la proclamación de que todos los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Esta peculiar insistencia en el tema de la libertad, es uno de los rasgos que más y mejor identifican los derechos de primera generación a los que se les percibe como derechos: individuales, civiles y políticos, que exigen: respeto a la dignidad de las personas, preservar su integridad física, su autonomía y libertad frente a los poderes constituidos y las garantías procesales. Los referentes teóricos ‘remotos’ de esta primera generación hay que encontrarles en el iusnaturalismo racionalista, en el contractualismo social y en la filosofía con la que arranca la modernidad, es decir, en la Ilustración. Más próximo a nosotros, el liberalismo político fue introduciendo todos estos ‘valores’ en los preámbulos de todas las Cartas Magnas sobre las que se asientan los estados modernos, prototipo de los estados nacionales del siglo XIX. Todos estos derechos van a ir percibiéndose según una óptica política como los garantes de la ostentación del ejercicio del poder y, por lo mismo, como referentes de legitimación del ejercicio del poder. El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos que la ONU proclama en 1966 es un ejemplo de compendio de estos derechos, a la vez que clausura una etapa de los mismos.

3.2.- Segunda generación: los derechos de la igualdad

Page 70: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

7

El punto de inflexión del que parte esta segunda generación ya no va a ser la reclamación de una protección por parte del Estado con vistas a asegurar el disfrute de tales derechos a las personas. Lo que la segunda generación requiere del Estado es un cierto grado de intervención – implicación positiva – para garantizar la satisfacción de unas necesidades básicas de los individuos. El estado de bienestar, surgido para proveer a los individuos de unos bienes sociales básicos tales como la educación, la salud, el trabajo y la protección social, inaugura un desarrollo de los derechos humanos en los términos de exigencia de unas condiciones sociales que permitan disfrutar a todos los hombres de los derechos de primera generación. ¿Por qué? Porque no es verdad que todos los hombres nacen iguales en derechos y libertades. Lo general es la situación inversa debido a que las situaciones de partida son desiguales. Esta reclamación de los denominados derechos de igualdad de consideración y trato no se lleva a cabo sin grandes contratiempos. El progresivo avance de la democracia política, la progresiva ampliación del sufragio y las diversas reformas sociales en el siglo XIX van dando cobertura legitimatoria a esta lectura. Pero es preciso añadir, en aras de la verdad, que gran parte de ‘la culpa’ en el logro de estos derechos la tiene el movimiento obrero – revolución rusa incluida (1917) - que surge con fuerza al amparo del desarrollo industrial. Este peculiar factor del movimiento obrero es lo que lleva a muchos estudiosos a relacionar esta generación con el socialismo, dicho así de manera general, como referente político que permitió y amparó esta lectura. Y, lo más importante, de la puesta en marcha de los derechos económicos y sociales nace la figura del Estado Social como antes hemos hablado de Estado Liberal.

3.3.- tercera generación: los derechos de la solidaridad El inicio histórico de la misma, puede situarse en la segunda mitad del siglo XX como consecuencias de la situación de las minorías en el contexto de los países desarrollados y de amplias capas de población – tercer mundo – que, en absoluto, puede disfrutar de nada de lo que los derechos humanos apuntan. Precisamente, este carácter de demandas de colectivos – minorías o sectores – les convierte en declaraciones “sectoriales” en tanto en cuanto se van decantando respecto de colectivos marginados o minorías privadas de estos derechos. La consideración más amplia y su incidencia en la concreción de dichos colectivos en zonas geográficas determinadas les hacen bascular hacia demandas de solidaridad entre países pobres y ricos, superación de la desigualdad Norte-Sur y una incidencia en la protección del medio ambiente como exigencia de solidaridad universal. (cfr., texto de la Comisión Internacional de Derechos Humanos de 1968 reunida en Teherán para analizar los 20 años de la proclamación de la ONU). Esta peculiar lectura desde la solidaridad toma un nuevo rumbo con la incidencia social, económica y cultural de los cambios producidos por las nuevas tecnologías, en la medida en que tales cambios nos hacen realidad que vivimos en un ‘mundo común y compartido’ lo que acentúa las situaciones de insolidaridad visualizadas como pobreza, desarrollismo, devastación del territorio, invasión cultural… Derivados de esta lectura son: - el derecho a la paz y a la intervención por parte de un poder legítimo mundial en los conflictos armados, en los genocidios y crímenes contra la humanidad; - el derecho a un orden internacional justo que garantice una vida digna a todas las personas; - el derecho a un desarrollo sostenible y a un comercio justo; - el derecho a la libre circulación de las personas y no sólo de dinero y mercancías...

Page 71: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

8

Todo este conjunto de derechos reclamados son, en realidad, aspiraciones morales que van ampliando su campo y encuentran en el valor solidaridad un marco adecuado para armonizar igualdad y diferencia; desarrollo individual y colectivo; interdependencia de cada ser humano con los demás, con el entorno natural, con el pasado común y con las generaciones futuras en la tarea de proponer un ‘marco moral común’ de referencia de derechos y deberes. Precisamente, esta consideración de ‘marco moral’ requiere una progresiva legislación al respecto – declaraciones... – para lo cual es preciso la reunión de una gran movilización de las conciencias, una fuerte presión social, una acción política decidida y una profundización en los mecanismos de participación cívica propiciados por la estructura democrática.

4.- Los Derechos humanos ¿una ‘ideología’ para el siglo XXI? Nuestra comprensión de los derechos humanos parte de una triple consideración:

moral, jurídica y política. Siendo la consideración moral la sostenedora de las otras dos, en la medida en la que entendemos los Derechos Humanos como exigencias o valores morales. Por su propia dinámica, ‘lo moral’ en tanto que ámbito significativo de lo humano, requiere su puesta en práctica. Momento en el que aparece la consideración jurídica de los mismos como una suerte de ‘cordón de seguridad’ para que tales valores o exigencias puedan ser disfrutadas por todos los seres humanos. La consideración de Bobbio cuando dice que el problema de los derechos no es tanto el de su fundación sino el de su protección, tiene su sentido desde aquí. Pues este peculiar plus de realidad, que es el de su reconocimiento, requiere para su plena vigencia el recurso de una política – ejercicio del poder – que potencie, ampare y desarrolle todo este ámbito de los derechos. De manera que serán, de verdad, derechos humanos, cuando se den las condiciones económicas, sociales, políticas y culturales apropiadas. Así, ética, derecho positivo y exigencia política son las condiciones de control y verificación de todo discurso sobre derechos humanos en el que aparezcan las notas de universalidad, indivisibilidad e interdependencia como ha destacado la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena (1993) y la 28º reunión de la Conferencia General de la Unesco de 1995. En dichas tres notas puede verse el punto de inserción de esta triple perspectiva – ética, jurídica y política - que ayuda a profundizar todo el significado antropológico, social y cultural de tales derechos. Derechos que permanecen como referentes de sentido y, así, como exponentes de una condición humana digna de ser universalizada teniendo en cuenta dos momentos en la consideración de la misma:

a.- el momento ‘formal’ que destaca en la aprehensión de los derechos: una determinada idea de dignidad; una expresión de valores derivados de dicha idea que nos permite hablar de ‘valores humanos’; una manera de desarrollarse individualmente y un sentido a las diversas prácticas sociales, así como una coloración de las actividades políticas. Y junto con este momento formal, en la consideración de los mismos, merece destacarse, b.- el momento ‘material’ para destacar que los derechos humanos establecen las condiciones materiales y sociales para que las condiciones formales tengan sentido; ponen en relación el disfrute de los derechos civiles y políticos con las condiciones materiales exigidas para llevarles a cabo; enjuician todo tipo de ideal democrático y una

Page 72: Módulo-1-ANEXOS - etica y deontologia profesional.pdf

9

determinada idea de justicia y, finalmente configuran una ciudadanía como expresión de una dignidad responsable de los otros. Este es el contexto para poder hablar de ‘ideología’ para el siglo XXI. Tal vez, los derechos humanos sean fábulas, pero nos resultaría ya imposible e impensable vivir sin ellos. Ni los individuos serían tales, ni las sociedades y pueblos serían dignos de ser vividos si desaparecieran tales derechos del imaginario colectivo. BIBLIOGRAFÍA GRACIANO GONZÁLEZ R. ARNAIZ (Coord.), Derechos humanos. La condición humana en la sociedad tecnológica, Tecnos, Madrid 1999. S. LUKES, “ Cinco fábulas sobre los derechos humanos”, S. SHUTE y S. HURLEY, De los derechos humanos, Trotta, Madrid 1998, 29-46. CARLOS S. NINO, Etica y derechos humanos, Paidós, Barcelona 1984. JAIME ORÁA – FELIPE GÓMEZ ISA, La declaración universal de Derechos Humanos, Univ. Deusto, Bilbao 2002. GREGORIO PECES-BARBA (ED.), El fundamento de los Derechos Humanos, Debate, Madrid 1989.