minasintranet2.minem.gob.pe/web/archivos/dge/legislacion/normas/004a-p.pdfministerio de energía y...

21
DGE 004A-P/1984 1 Ministerio de Energía y Minas DIREC. GRAL. DE ELECTRICIDAD Norma Aprobada R.D. N° 029-84-EM/DGE 07.03.1984 Norma N° DGE 004A-P-4/1984 “ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DE SUB-SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN PRIMARIA A CARGO DE LAS EMPRESAS REGIONALES DE SERVICIO PUBLICO DE ELECTRICIDAD” Nota.- Esta norma quedará sin efecto a partir del 01 de enero de 2003 por R.D. N° 018-2002-EM/DGE, publicada el 27 de setiembre de 2002, que aprueba la Norma de Procedimientos para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en Sistemas de Distribución y Sistemas de Utilización en media tensión en zonas de concesión de distribución. 1. OBJETO.- El objeto de la presente Norma es establecer las pautas para la elaboración de los proyectos eléctricos de Sub-Sistemas de Distribución Primaria y su trámite de aprobación por parte de las Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad o la Dirección General de Electricidad, según sea el caso. 2. ALCANCE.- La presente Norma abarca los principios generales, requisitos, trámites y obligaciones que se deben tener en cuenta en la elaboración de los proyectos eléctricos de Sub-Sistemas de Distribución Primaria, en todas aquellas áreas de responsabilidad de las Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad. 3. BASE LEGAL.- Arts. 18° inciso b) y 58° inciso d) de la Ley General de Electricidad N° 23406 y Arts. 97° , 101° y 191° de su Reglamento. 4. DISPOSITIVOS LEGALES Y NORMAS A CONSULTAR 4.01 Ley General de Electricidad N° 23406 4.02 Decretos Supremos Nos. 031-82-EM/VM y 039-82-EM/VM: Reglamento de la Ley General de Electricidad N° 23406.

Upload: others

Post on 13-Mar-2020

4 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

DGE 004A-P/1984

1

Ministerio de Energía y Minas

DIREC. GRAL. DE ELECTRICIDAD Norma Aprobada

R.D. N° 029-84-EM/DGE 07.03.1984

Norma N° DGE 004A-P-4/1984

“ELABORACIÓN Y APROBACIÓN

DE PROYECTOS DE SUB-SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN PRIMARIA A

CARGO DE LAS EMPRESAS REGIONALES DE SERVICIO

PUBLICO DE ELECTRICIDAD”

Nota.- Esta norma quedará sin efecto a partir del 01 de enero de 2003 por R.D. N° 018-2002-EM/DGE, publicada el 27 de setiembre de 2002, que aprueba la Norma de Procedimientos para la elaboración de proyectos y ejecución de obras en Sistemas de Distribución y Sistemas de Utilización en media tensión en zonas de concesión de distribución. 1. OBJETO.- El objeto de la presente Norma es establecer las pautas para la elaboración de los

proyectos eléctricos de Sub-Sistemas de Distribución Primaria y su trámite de aprobación por parte de las Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad o la Dirección General de Electricidad, según sea el caso.

2. ALCANCE.- La presente Norma abarca los principios generales, requisitos, trámites y

obligaciones que se deben tener en cuenta en la elaboración de los proyectos eléctricos de Sub-Sistemas de Distribución Primaria, en todas aquellas áreas de responsabilidad de las Empresas Regionales de Servicio Público de Electricidad.

3. BASE LEGAL.- Arts. 18° inciso b) y 58° inciso d) de la Ley General de Electricidad N° 23406 y

Arts. 97° , 101° y 191° de su Reglamento. 4. DISPOSITIVOS LEGALES Y NORMAS A CONSULTAR

4.01 Ley General de Electricidad N° 23406 4.02 Decretos Supremos Nos. 031-82-EM/VM y 039-82-EM/VM: Reglamento

de la Ley General de Electricidad N° 23406.

DGE 004A-P/1984

2

4.03 Código Nacional de Electricidad 4.04 Norma DGE 002-P : "Elaboración y Aprobación de Proyectos de Sub-

Sistemas de Distribución Secundaria, Instalaciones de Alumbrado Público y Conexiones".

4.05 Norma DGE 003-P : "Ejecución y Recepción de Obras de Sub-Sistemas de

Distribución Secundaria, Instalaciones de Alumbrado Público y Conexiones". 4.06 Norma DGE 004B-P : “Elaboración y Conformidad de Proyectos de

Sistemas de Utilización a Tensiones de Distribución Primaria a Cargo de Terceros”

4.07 Norma DGE 005-P : "Fijación y Utilización del Aporte al Fondo de

Ampliaciones y Presentación del Estado de la Cuenta Fondo de Ampliaciones".

4.08 Norma DGE 009-T : "Tensiones Nominales de Sistemas de Distribución". 4.09 Norma DGE 012-T : "Elaboración de Planos Modulares" 4.10 Norma DGE 013-T : "Cables de Energía en Redes de Distribución

Subterránea". 4.11 Norma DGE 015-T : "Postes, Crucetas y Ménsulas de Madera y Concreto

Armado para Redes de Distribución". 4.12 Norma DGE 019-T : "Conductores Eléctricos de Redes de Distribución

Aérea". 4.13 Norma DGE 023-P : "Financiación de Sistemas de Distribución. 4.14 Norma DGE 024-T : "Terminología Utilizada en los Sistemas Eléctricos". 4.15 Norma ITINTEC 833.001 "Dibujo Técnico. Formato de láminas". 4.16 Norma ITINTEC 833.002 "Dibujo Técnico. Plegado de láminas".

5. DEFINICIONES Y EQUIVALENCIAS.-

5.01 Accesorio.- Elemento de una instalación o un equipo eléctrico, necesario para su normal

funcionamiento. 5.02 Area de Responsabilidad.- Area en la cual una empresa ejerce todas las actividades referentes al Servicio

Público de Electricidad; esta área es asignada por el Ministerio de Energía y Minas a propuesta de ELECTROPERÚ S.A.

DGE 004A-P/1984

3

5.03 Convenio de Financiación.- Documento suscrito entre la Empresa y el interesado, cuando el Fondo de

Ampliaciones no cuenta con los recursos suficientes para efectuar la obra en la oportunidad requerida por el interesado. Mediante este documento, el interesado se compromete a financiar la diferencia entre la inversión total de las obras de distribución primaria requerida para alimentar un (grupo de) suministro (s) y el aporte que le (s) corresponde abonar al Fondo de Ampliaciones y la Empresa se compromete a reembolsarle (s) tal diferencia, con cargo al fondo de ampliaciones.

Este convenio deberá ser aprobado por la Dirección. 5.04 Convenio de Servicio.- Documento suscrito entre el interesado y la Empresa, en el que constará el

compromiso del interesado de abonar el costo de las obras de distribución primaria para atender el suministro solicitado, más el monto por concepto del Aporte al Fondo de Ampliaciones, fijados por la Empresa y en el que se precise las condiciones técnico económicas y plazos en que serán ejecutadas dichas obras.

Este convenio deberá ser aprobado por la Dirección. 5.05 Demanda Máxima.- Es la potencia expresada en kW por suministro, determinado en el proyecto

aprobado que el usuario puede utilizar en condiciones normales una vez formalizado el proceso de electrificación y puesta en servicio de la respectiva conexión.

5.06 Demanda Máxima Contratada.- Es la potencia que el usuario puede utilizar en adición a la máxima demanda

mencionada en la definición anterior, por la que ha abonado los derechos correspondientes.

5.07 Dirección (DGE/MEM).- Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas. 5.08 Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad (Empresa).- Persona jurídica de derecho privado, filial de ELECTROPERÚ S.A., que

ejerce regionalmente con autonomía, todas las actividades referentes al Servicio Público de Electricidad en su área de responsabilidad.

5.09 Interesado.- Persona natural o jurídica que gestiona la dotación de un nuevo suministro de

energía eléctrica o la ampliación de la capacidad de uno existente. 5.10 Punto de Alimentación.- Lugar a partir del cual se debe iniciar la ampliación del Sub-Sistema de

Distribución Primaria.

DGE 004A-P/1984

4

5.11 Servicio Público de Electricidad.- Ejercicio de las actividades destinadas al abastecimiento regular de la energía

eléctrica para uso de la colectividad. 5.12 Sub-Sistema de Distribución Primaria.- Es aquel destinado a transportar la energía eléctrica producida por un Sistema

de Generación, utilizando eventualmente un Sistema de Transmisión y/o un Sub-Sistema de Sub-Transmisión, a un Sub-Sistema de Distribución Secundaria, a las Instalaciones de Alumbrado Público y/o a las Conexiones para los usuarios, comprendiendo tanto las redes como las subestaciones intermediarias y/o finales de transformación.

5.12.1 Red de Distribución Primaria.- Conjunto de cables o conductores, sus elementos de instalación y los

accesorios de todos ellos, proyectado para operar a tensiones normalizadas de distribución primaria, que partiendo de un sistema de generación o de un sistema de transmisión, está destinado a alimentar o interconectar una o más subestaciones de distribución; abarca los terminales de salida desde el sistema alimentador hasta los de entrada a la subestación alimentada.

5.12.2 Subestación de Distribución (Subestación).- Conjunto de instalaciones para transformación y/o seccionamiento de la

energía eléctrica que la recibe de una red de distribución primaria y la entrega a un sub-sistema de distribución secundaria, instalaciones de alumbrado público, a otra red de distribución primaria o a usuarios alimentados a tensiones de distribución primaria o secundaria. Comprende generalmente el transformador de potencia y los equipos de maniobra, protección y control, tanto en el lado primario como en el secundario, y eventuales edificaciones para albergarlas.

5.13 Suministro Eléctrico (Suministro).- Abastecimiento de energía eléctrica dentro del régimen establecido en la Ley

General de Electricidad N° 23406 y su Reglamento. 5.14. Usuario.- Persona natural o jurídica que ocupa un predio y está en posibilidad de hacer

uso legal del suministro eléctrico correspondiente; es el responsable de cumplir con las obligaciones técnicas y/o económicas que se derivan de la utilización de la electricidad.

6. GENERALIDADES.-

Se requiere de la elaboración de un proyecto para: 6.1 La Instalación de un sub-sistema de distribución primaria en un área que

anteriormente no contaba con suministro eléctrico. 6.2 La modificación sustancial de un sub-sistema de distribución primaria

existente.

DGE 004A-P/1984

5

6.3 La modificación de un proyecto aprobado.

7. DISTRIBUCION Y RESPONSABILIDADES.-

7.1 De la Empresa.- Corresponde a la Empresa lo siguiente: 7.1.1 Elaborar los proyectos de sub-sistema de distribución primaria dentro de su

área de responsabilidad, cumpliendo con la Ley General de Electricidad N° 23406 y su Reglamento, el Código Nacional de Electricidad y los demás dispositivos técnicos y legales vigentes, inclusive la presente Norma.

7.1.2 Someter para la aprobación de la Dirección los proyectos del sub-sistema de

distribución primaria, cuyo costo individual previsto exceda de 70 sueldos mínimos vitales vigentes en la Provincia de Lima, a ejecutarse con cargo al Fondo de Ampliaciones, así como subsanar las observaciones que hiciere la Dirección.

Estos proyectos deberán ser autorizados por Ingenieros Electricistas o

Mecánicos-Electricistas Colegiados, en aptitud legal de ejercer la profesión e inscritos en el Registro de Proyectistas del Sub-Sector Electricidad.

7.1.3 Aprobar los proyectos del sub-sistema de distribución primaria, cuyo costo

individual previsto no exceda de 70 sueldos mínimos vitales anuales vigentes en la Provincia de Lima, a ser ejecutados con cargo al Fondo de Ampliaciones, y los proyectos cuyo financiamiento no sea con cargo al fondo de ampliaciones.

7.1.4 Informar trimestralmente a la Dirección respecto a los proyectos aprobados,

remitiendo copia de la resolución de aprobación del proyecto. 7.1.5 Someter para la aprobación de la Dirección, los convenios de servicio o

financiamiento, que suscriba con los interesados. 7.2 De la Dirección.- Corresponde a la Dirección lo siguiente:

7.2.1 Aprobar los proyectos cuyo costo individual previsto no exceda de 70 sueldos mínimos anuales vigentes en la Provincia de Lima, a ejecutarse con cargo al Fondo de Ampliaciones.

7.2.2 Aprobar los convenios de servicio o financiamiento que suscriba la

Empresa con los interesados. 7.2.3 En caso de detectar deficiencias y/o errores en los procedimientos o en la

aplicación de la presente norma, expedir aquellas complementarias requeridas.

DGE 004A-P/1984

6

7.2.4 De comprobarse que una Empresa ha infringido la presente Norma, imponer la sanción que corresponda, en uso de las facultades conferidas en el Art. 18° inciso c) de la Ley General de Electricidad N° 23406.

7.2.5 Resolver con poder dirimente los pedidos o reclamos de los interesados que se

relacionen con la formulación de proyectos del sub-sistema de distribución primaria.

8. TRAMITES A SEGUIR PARA LA ELABORACION Y APROBACION DEL

PROYECTO.-

8.1 Del Proyecto.- 8.1.1 Los proyectos deberán ser desarrollados cumpliendo con la Ley General de

Electricidad N° 23406 y su Reglamento, el Código Nacional de Electricidad y las demás Normas vigentes, inclusive la presente, constando de lo siguiente:

a) Memoria Descriptiva; b) Especificaciones Técnicas; c) Cálculos Justificativos; d) Presupuesto detallado; e) Cronograma y/o Plazo de Ejecución; y f) Planos del Sub-Sistema de Distribución Primaria.

8.1.2 Memoria Descriptiva.- Documento en el que se expresa las circunstancias en que se desarrolla el

proyecto, sus partes constitutivas y las bases tomadas en cuenta, de modo de dar una idea integral del conjunto.

Debe cubrir cuando menos los aspectos siguiente:

8.1.2.1 Generalidades.- Señalar la ubicación geográfica, así como el tipo y la utilización que

se dará a las obras proyectadas precisando, entre otras, la información siguiente: - Interesado - Autorización de estudios de habilitación - Calificación eléctrica, demanda máxima o demanda máxima

contratada. - En el caso de la atención de cargas concentradas (cargas

industriales, agro industriales, edificios, etc.) se deberá mencionar la licencia municipal correspondiente.

DGE 004A-P/1984

7

En caso de corresponder a alguna ampliación para alimentar a una instalación de distribución secundaria, adicionalmente se especificará la resolución aprobatoria del proyecto y el documento de cancelación del Aporte al Fondo de Ampliaciones.

8.1.2.2 Alcances del Proyecto.- Precisar las características eléctricas de la carga a alimentar, relación

con otros proyectos aprobados (alternativas, modificaciones y/o sustituciones y las causas para ello) indicar qué comprende (redes de distribución primaria, subestaciones, etc.).

8.1.2.3 Descripción del Proyecto.- Especificar las características del proyecto, especialmente la tensión

nominal de distribución primaria (y la de distribución secundaria cuando hubiere transformación de una a otra), el sistema adoptado (aéreo, aéreo-subterráneo, o subterráneo), el número de fases (monofásico, trifásico de tres hilos, trifásico de cuatro hilos u otro), así como las distintas cargas eléctricas a alimentar por tipos y con indicación del derecho de demanda máxima de cada una (grupo de las mismas).

8.1.3 Especificaciones Técnicas.-

8.1.3.1 Especificaciones Técnicas de Equipos y Materiales.- Documento en el cual se describen las características y/o requisitos de

los materiales a emplearse según las normas técnicas vigentes, debiendo separarse los rubros de redes y subestaciones.

Deben comprender cuando menos lo siguiente:

a) Postes Tipo, material constitutivo, dimensiones, características mecánicas,

y normas de fabricación. b) Cables o Conductores Tipo, sección, aislamiento, características eléctricas y mecánicas,

protección y normas de fabricación. c) Aisladores Tipo, dimensiones, características eléctricas y mecánicas y normas

de fabricación. d) Retenidas y Accesorios Tipo y características, con especial referencia a los elementos de

fijación y normas de fabricación. e) Zanja Dimensiones, señalización y protección mecánica y relleno f) Cruzadas

DGE 004A-P/1984

8

Dimensiones, tipo y normas de fabricación. g) Ferretería Tipos y características de los diversos elementos de fijación y/o

accesorios de los cables o conductores, postes, crucetas, aisladores y normas de fabricación.

h) Empalmes y Puntas Muertas Tipo, accesorios y normas de fabricación. i) Equipo Electromecánico Tipo, accesorios y normas de fabricación. j) Elementos de Protección y Maniobra Tipo (contactor, seccionador-fusible, interruptor o seccionador),

capacidad, elementos de control (relevadores y otros), pararrayos, así como los accesorios de todos ellos y sus normas de fabricación.

k) Transformador Tipo, potencia nominal, grupo de conexión, tensión de corto

circuito, accesorios, normas de fabricación, etc. l) Puesta a Tierra Tipo de varilla, sección, longitud, cantidades y materiales de

relleno. m) Obras Civiles.

8.1.3.2 Especificaciones Técnicas de Montaje.- Documento en el cual se describe los requisitos de montaje

electromecánico de los equipos y materiales, especificando las características de instalación.

8.1.4 Cálculos Justificativos.- Documento en el que se incluye todos los cálculos eléctricos y mecánicos

que se hubieren realizado en el proyecto, indicando las fórmulas o pautas utilizadas, teniendo en cuenta el Código Nacional de Electricidad.

8.1.5 Presupuesto.- Deberá detallar los metrados, precios unitarios y totales de los distintos

recursos materiales y humanos a emplear en las obras correspondientes, separándolos en los rubros de:

a) Redes b) Sub-estaciones

En cada uno de tales rubros deberá separarse por partidas lo referente a

materiales y la mano de obra; para los materiales se deberá consignar separadamente, cuando corresponda, el valor en almacén y el transporte al lugar en que serán instalados; para la mano de obra, se deberá separar, cuando

DGE 004A-P/1984

9

completa, el valor neto del recargo por ejecutar las labores en un lugar distante del respectivo centro de operaciones.

Cuando el presupuesto contuviese muchos elementos, se consignará un

resumen por rubros y partidas. 8.1.6 Planos.- Son las representaciones gráficas del sub-sistema de distribución primaria

proyectado, tanto esquemáticas cuanto de las características y ubicación que se propone dar a las instalaciones. En su desarrollo y presentación, deberá tenerse en cuenta los requerimientos siguientes:

8.1.6.1 El tamaño y el doblado de los planos deberá ajustarse a las Normas

ITINTEC 833.001 y 833.002. 8.1.6.2 El plano de ubicación deberá indicar la relación geográfica del área de

cuya alimentación eléctrica se trata, con vías públicas y/o puntos principales de referencia a escala 1:5000 (en caso de zonas alejadas del casco urbano se podrá emplear la escala 1:10000), así como incluir la orientación magnética y las coordenadas geográficas.

8.1.6.3 Los planos del sub-sistema de distribución primaria proyectado

deberán contemplar los siguientes aspectos:

a) Escalas Redes : 1:1000 Redes aéreas: 1:2000 horizontal y Perfil y Planimetría : 1:200 vertical Detalles en escala conveniente b) En el ángulo inferior derecho un rótulo con indicación del nombre

de la Empresa, habilitación, centro poblado, interesado, titulo del plano, nombre y número de registro CIP del proyectista, ubicación geográfica del área (departamento, provincia, distrito, eventualmente también localidad), fecha, escala empleada e identificación (número) del plano.

c) Sobre el rótulo indicado en b), un cuadro de leyenda detallando los

símbolos empleados y su descripción, inclusive las características técnicas de los cables y/o conductores, así como de los postes si se hubiere considerado su instalación;

d) Ubicación que se proyecta dar a los cables y/o conductores,

incluyendo las características (secciones u otros) de los mismos; e) Características de las subestaciones, incluyendo las entradas y

salidas de los cables y o conductores; de los postes y sus eventuales retenidas y/o de la cruzada (ubicación, número y dimensiones de los ductos, material para los mismos, requerimientos de

DGE 004A-P/1984

10

cimentación, profundidad a la que se proyecta colocarlos, etc.) si hubiere sido considerada su instalación; secciones transversales (cortes) de las vías con indicación de la ubicación relativa para las redes y subestaciones de distribución primaria (altura o profundidad, distancia al límite de propiedad o vereda, relación con otros sistemas de servicio público como ser tuberías de agua potable, alcantarillado, desagüe, teléfono, existentes o proyectados, etc.); de los empalmes y de las puntas muertas de los cables y/o conductores así como cualquier otro dato necesario para la selección de los materiales a emplear, para evaluar la inversión a realizar y/o ejecución de las obras pertinentes.

f) Orientación Magnética. g) Nombre de las vías y lugares públicos;

8.1.6.4 Los planos de detalle de las subestaciones proyectadas deberán ser desarrolladas incluyendo cuando menos los aspectos siguientes:

a) Diagrama unifilar; b) Obras Civiles, cuando se requiera; c) Disposición de Planta, cuando se requiera; y, d) Cortes o vistas principales.

8.1.6.5 En caso de que las obras proyectadas fueren a realizarse en áreas muy

accidentadas, deberá incluirse además planos topográficos de perfil y planimetría del terreno.

8.1.7 Todos los documentos indicados en 8.1.1, deberán ser firmados y sellados por

el profesional que elaboró el proyecto.

8.2 Aprobación del Proyecto.- 8.2.1 Por la Empresa.-

8.2.1.1 Los proyectos cuyo costo individual no exceda de 70 sueldos mínimos vitales anuales, a ser ejecutados con cargo al Fondo de Ampliaciones, y los proyectos cuyo financiamiento no sea con cargo al Fondo de Ampliaciones, serán aprobados por la Empresa.

El sueldo mínimo vital aplicable será el vigente al primer día

calendario del mes en que se formule el presupuesto respectivo y corresponde al fijado para la industria en la Provincia de Lima.

8.2.1.2 Revisado el proyecto y comprobado que cumple con lo dispuesto por

la Ley General de electricidad N° 23406 y su Reglamento, el Código

DGE 004A-P/1984

11

Nacional de Electricidad y las demás Normas vigentes, inclusive la presente, se deberá elaborar un informe técnico, el que servirá de base para que la Empresa emita la resolución de aprobación correspondiente.

8.2.1.3 La resolución de aprobación deberá ser suscrita por el representante

nombrado específicamente por la Gerencia General u órgano similar; cada Empresa deberá cuidar un adecuado reemplazo (sustitución) de funcionarios en casos de ausencia del titular, así como de mantener informada a la Dirección del nombre de tal representante.

8.2.2. Por la Dirección.-

8.2.2.1 Los proyectos cuyo costo individual exceda de 70 sueldos mínimos vitales anuales, a ser ejecutados con cargo al Fondo de Ampliaciones, serán aprobados por la Dirección.

El sueldo mínimo vital aplicable será el vigente al primer día

calendario del mes en que se formule el presupuesto respectivo y corresponde al fijado por la industria en la provincia de Lima.

8.2.2.2 La Empresa presentará mediante solicitud escrita a la Dirección, los

proyectos indicados en 8.2.2.1 para su revisión, debiendo remitirse un (1) juego de copias de la documentación indicada en 8.1.1 .

8.2.2.3 Revisado el proyecto y comprobado que cumple con lo dispuesto por

la Ley General de Electricidad N° 23406 y su Reglamento, el Código Nacional de Electricidad, las demás Normas vigentes, inclusive la presente, la Dirección deberá emitir una Resolución Directoral de aprobación del mismo, informando de ello a la Empresa.

9. MISCELANEA.-

9.1 En los casos de sub-sistemas de distribución primaria correspondientes a habilitaciones urbanas, pre-urbanas (semi-rústicas o rústicas) o rurales, la Empresa iniciará la elaboración del respectivo proyecto a más tardar cuando se haya cancelado el Aporte al Fondo de Ampliaciones, de tal manera que asegure la conclusión de las obras, simultáneamente con la terminación de las obras de distribución secundaria.

9.2 En los casos de sub sistemas de distribución primaria para atender la dotación

de nuevos suministros de carga concentrada o la ampliación de la capacidad de suministros existentes, la Empresa iniciará la elaboración del respectivo proyecto, a más tardar cuando se haya cancelado el presupuesto respectivo y de tal manera que asegure la conclusión de las obras simultáneamente con la terminación de las obras del sistema de utilización del solicitante.

9.3 El informe técnico económico mencionado en 8.2.1.2 debe ser suscrito por un

Ingeniero Electricista o Mecánico-Electricista colegiado del plantel de

DGE 004A-P/1984

12

profesionales permanentes de la Empresa y en aptitud legal de ejercer la profesión, siendo necesario abarque cuando menos lo siguiente:

9.3.1 Antecedentes.- Resumen de la memoria descriptiva del proyecto, especialmente lo

referente a generalidades, alcance y descripción. 9.3.2 Análisis.- Resumen de lo encontrado al examinar las especificaciones técnicas, los

cálculos justificativos y los planos del proyecto. 9.3.3 Aspectos Económicos Financieros.- Resumen de la inversión y su forma de financiación. 9.3.4 Aspectos Especiales.- En caso de que las obras a desarrollar pudieren interferir con

instalaciones y/o servidumbres, existentes o proyectadas, relacionadas con la prestación del Servicio Público de Electricidad, especificar claramente cuales pudieren ser éstas.

10. ANEXOS.-

Anexo 01 : Modelo de Resolución de Aprobación de Proyecto Anexo 02 : Símbolo y Caracteres Anexo 03 ; Modelo de Convenio de Servicio Anexo 04 : Modelo de Convenio de Financiación.

DGE 004A-P/1984

13

ANEXO 1

MODELO DE RESOLUCION DE APROBACION DE PROYECTO (*) Nº Correlativo (año) (sigla de la Empresa) (sigla de la dependencia de la

Empresa autorizada a suscribir) ............................................................................................................................................

(nombre de la Empresa y/o del funcionario autorizado) encargado de aprobar los proyectos del Sistema de Distribución, en cumplimiento del Articulo 58, inciso d) de la Ley General de Electricidad Nº 23406 y de acuerdo al procedimiento establecido en al Norma DGE Nº 004A-P-4/1984 RESUELVE: APROBAR el proyecto que corresponde al Sub-Sistema de Distribución Primaria requerido para suministrar ................................................................................................. . (demanda máxima en kw) a........................................................................................................................................... (nombre de la habilitación urbana) ubicada en........................................................................................................................... (Distrito) (Provincia) (Departamento) contenido en la memoria descriptiva, especificaciones técnicas, cálculos justificativos, presupuesto, plazo de ejecución y planos Nsº .................................................................... elaborados por el ....................................................................con registro CIP Nº ..........y

(nombre del profesional que elaboró el proyecto) AUTORIZAR su ejecución hasta por la suma de ....................................................... con

(letras) (número) cargo al fondo de Ampliaciones, según el detalle siguiente:

Redes s/. Sub - Estaciones s/. __________________ Total: s/.

Regístrese y Comuníquese (*) Solo en caso que corresponde a aprobación por parte de la Empresa.

DGE 004A-P/1984

14

Anexo 2 SIMBOLOS Y CARACTERES

Además de los símbolos especificados en el Tomo I del Código Nacional de Electricidad, se utilizara también para la elaboración de los planos los siguientes: 1. SUBESTACIONES SIMBOLO DESCRIPCIÓN

Proyecto En servicio De Transmisión o Subtransmisión (S.E.T.)

De Seccionamiento (S.E.S.) De Superficie (S.S.S.) Subterránea en Caseta (S.S.C.) Compacta Subterránea (S.C.S.) Compacta Pedestal (S.C.P.) Aérea Monoposte (S.A.M.). Aérea Biposte (S.A.B.) 2. EMPALMES Y DERIVACIONES SIMBOLO DESCRIPCIÓN

S S

Empalme Derecho Derivación fija mediante empalme T Derivación Seccionable

DGE 004A-P/1984

15

Los tamaños mínimos de los CARACTERES (letras y números) a emplear, serán los siguientes:

FORMATOS Rubro Unidad A-0 A-1 A-2 A-3 A-4 Altura Ancho Separación Espesor de Trazo

mm. mm. mm. Número de pluma

4 4 2 0.3

3 4 1.5 0.3

2 2 1 0.2

2 2 1 0.2

1 1 0.5 0.1

De preferencia los caracteres se efectuarán con letra de Tipo Redonda y en Posición Perpendicular a los lados el Plano.

DGE 004A-P/1984

16

ANEXO 3

FORMATO DE CONVENIO DE SERVICIO Conste por el presente documento el CONVENIO DE SERVICIO que suscriben de una parte ......................................................................................................................... inscrita en el Registro de Sociedades Mercantiles con el Nº ............................ de fecha .............................. que en adelante se denominará LA EMPRESA, con Libreta Tributaria Nº ............................................................ debidamente representada por ......................................... con Libreta Electoral Nº.................., Libreta Tributaria Nº ....................................... y de la otra parte ......................................................................... que en adelante se denominará EL INTERESADO, con Libreta Tributaria Nº ............................................. con domicilio ...................................................................., debidamente representado por ........................ con Libreta Electoral Nº .................... Libreta Tributaria Nº ................................ en los términos y condiciones siguientes: PRIMERA CLAUSULA LA EMPRESA se compromete a suministrar energía eléctrica a EL INTERESADO hasta ...................... kW, a la tensión nominal de ........................................ voltios. SEGUNDA CLAUSULA EL INTERESADO deberá abonar a LA EMPRESA la cantidad de ............................ ........................................... (S/. ................................... ) por los siguientes conceptos: - Costo de la red primaria S/. ....................... - Costo de la subestación S/. ....................... - Aporte al Fondo de Ampliaciones S/. ....................... - Otros S/. ....................... __ S/. ....................... TERCERA CLAUSULA LA EMPRESA deberá ejecutar las obras referidas en el presente Convenio dentro de plazo indicado en la Resolución de Aprobación del Proyecto. CUARTA CLAUSULA En señal de aceptación y aprobación de todos y cada una de las cláusulas de este Convenio, firman los Representantes de las partes en ................................ ( ) ejemplares originales y sus respectivas copias, pudiendo ser elevado a escritura pública

DGE 004A-P/1984

17

o solicitud de cualquiera de las partes, corriendo los gastos consiguientes por cuenta de quien lo solicite. QUINTA CLAUSULA Corresponde a LA EMPRESA remitir a la Dirección General de Electricidad el presente Convenio para su aprobación correspondiente. Firmado en la ciudad de ................................. a los ............................................ días del mes de ........................................ de 19....... _______________________ ____________________________

INTERESADO EMPRESA Fecha: ..............................................

DGE 004A-P/1984

18

ANEXO 4

FORMATO DE CONVENIO DE FINANCIACION

Conste por el presente documento el Convenio de Financiación que celebran de una parte .................................................................................................................................... inscrita en el Registro de Sociedades Mercantiles en el asiento ....................................... de fecha .................................. que en adelante se denominará LA EMPRESA con Libreta Tributaria Nº .................................. debidamente representada por ..................... .........................................................................................................................con Libreta Electoral Nº ......................................... y Libreta Tributaria Nº ........................ con domicilio en ........................................................................................................................ y en la otra parte ...................................................................................que en adelante se denominará EL INTERESADO con Libreta Tributaria N° ................................................ con domicilio en ................................................................................................................. debidamente representado por ...................................................... con Libreta Electoral Nº .................................. y Libreta Tributaria Nº ............de acuerdo a los términos y condiciones contenidos en las cláusulas siguientes: PRIMERA CLAUSULA Corresponde a LA EMPRESA ejecutar las obras del sub-sistema de distribución primaria para suministrar energía eléctrica a EL INTERESADO hasta una potencia de ................... kW, a la tensión nominal de .......................... voltios. SEGUNDA CLAUSULA EL INTERESADO deberá abandonar a LA EMPRESA la cantidad de ............................ (S/...............................................) como aporte al Fondo de Ampliaciones, de acuerdo a las disposiciones vigentes. TERCERA CLAUSULA EL INTERESADO se compromete a financiar la diferencia del costo, de las instalaciones del suministro no cubierta por su aporte al Fondo de Ampliaciones, por un monto de ................................................................................ (S/...............................). CUARTA CLAUSULA LA EMPRESA se compromete a devolverle a EL INTERESADO el monto señalado en la TERCERA CLAUSULA, en las condiciones siguientes:

................................................................................................ ................................................................................................ ................................................................................................ ................................................................................................

QUINTA CLAUSULA

DGE 004A-P/1984

19

En señal de aceptación de todas y cada una de las cláusulas del presente Convenio, los representantes de ambas partes firman en..........................................................( ) ejemplares originales y sus respectivas copias; pudiendo ser elevado a escritura publica a solicitud de cualquiera de las partes, corriendo los gastos por cuenta de la parte que lo solicite. SEXTA CLAUSULA Corresponde a LA EMPRESA, remitir a la Dirección General de Electricidad el presente Convenio para su aprobación. _______________________ ____________________________

INTERESADO EMPRESA Fecha: ....................

DGE 004A-P/1984

20

DGE 004A-P/1984

21