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“Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo” DERECHO DE FAMILIA TEMA: EL MATRIMONIO POR: Miguel Eduardo Carbonell Sánchez

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El matrimonio civil es cuando se celebra ante el Juez o el Alcalde o funcionario señalado legalmente con dos testigos mayores de edad y se deberá acreditar previamente que se reúnen los requisitos de capacidad exigidos legalmente.El matrimonio civil es un tema muy importante en la sociedad actual, ya que este es el fin de toda sociedad y del estado, y conlleva una gran responsabilidad en la actualidad, cada uno al casarse se hace acreedor de derecho y deberes.

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Page 1: Matrimonio Civil

“Año del Centenario de Machu Picchu para el Mundo”

DERECHO DE FAMILIA

TEMA: EL MATRIMONIO

POR:

Miguel Eduardo Carbonell Sánchez

Page 2: Matrimonio Civil

“El presente trabajo está dirigido a todas aquellas personas, quienes nos demuestran el valor de la amistad, en quienes confiamos, y tenemos un cariño y aprecio especial”.

Page 3: Matrimonio Civil

1.-INTRODUCCION:

El matrimonio civil es cuando se celebra ante el Juez o el Alcalde o funcionario señalado legalmente con dos testigos mayores de edad y se deberá acreditar previamente que se reúnen los requisitos de capacidad exigidos legalmente.

El matrimonio civil es un tema muy importante en la sociedad actual, ya que este es el fin de toda sociedad y del estado, y conlleva una gran responsabilidad en la actualidad, cada uno al casarse se hace acreedor de derecho y deberes.

Con el matrimonio surgen una serie de derechos y deberes entre los cónyuges, como son el deber de respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia. El marido y la mujer van a ser iguales en derechos y deberes.

Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Igualmente esta unión tiene efectos económicos independientemente del régimen económico elegido por las partes, los bienes de los cónyuges están sujetos a satisfacer. Cualquiera de los cónyuges podrá realizar los actos encaminados a atender las necesidades ordinarias de la familia.

Yo, tengo el agrado de hacer una pequeña síntesis de algunos temas del matrimonio civil, espero que estos temas le gusten y sea de su mayor apreciación.

Espero con este tema, Ud., pueda tener una brevedad mas explicita a lo que a matrimonio se refiere, gracias.

1.-MATRIMONIO CIVIL:

Page 4: Matrimonio Civil

El matrimonio civil es un contrato por el cual un hombre y una mujer se unen jurídicamente para formar una vida en común.

Como en todo contrato, el esposo y la esposa se hacen acreedores de derechos y deberes, como por ejemplo guardarse fidelidad, vivir juntos, ayudarse mutuamente, igualmente tiene a disposición la parte económica, si ellos desean pueden compartir sus bienes o mejor dicho en sociedad de gananciales o si cada uno es propietarios de sus bienes independientemente ósea régimen independiente, esto se hace a voluntad de las partes.

El matrimonio debe realizarse ante el juez, o el alcalde o funcionario competente, así mismo debe contar con dos testigos mayores de edad, también acreditar que se cumplen los requisitos que establece los reglamos del Perú.

El Matrimonio Civil también es relevante dentro de la organización del matrimonio, ya que con este evento consagras tu unión ante la sociedad y ante las leyes. Por ello es importante que cada uno de los detalles concernientes a la boda civil esté ajustado y planificado tanto como tu boda religiosa.

2.-CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

A.-Para los mayores de edad:

1.- Deberán presentarse ambos contrayentes obligatoriamente para la apertura de su pliego matrimonial.2.- Copias certificadas de las actas de Nacimiento actualizadas expedidas por el Registro Civil respectivo.3.- Presentar sus documentos de identidad, con una copia simple.4.- Declaración jurada de estado civil con firma legalizada ante notario.5.- Certificado domiciliario de ambos6.- Deberán apersonarse también dos testigos que no sean familiares, por cada contrayente, con documento de identidad y una copia simple.7.- Certificados médicos:      - Serológico (RPR)      - Examen Clínico Pulmonar      -Constancia de charlas de consejería preventiva para Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS) y para infección H.I.V. y SIDA. Dichos certificados sólo tienen vigencia por 30 días de acuerdo a ley.

B.-Para los menores de edad:

Page 5: Matrimonio Civil

1.- Al igual que para los mayores de edad, deben también cumplir con los siete requisitos.2.- Dispensa del juez de familia.3.- Presentar libreta militar y copia simple

C.-Militares:

1.- Al igual que para los mayores de edad, deben también cumplir con los siete requisitos.2.- Presentar el carnet de identidad de su respectiva institución y una copia simple

D.-Viudos:

1.- Al igual que para los mayores de edad, deben también cumplir con los siete requisitos.2.- Copia certificada por el Registro Civil correspondiente de la Partida de Defunción del cónyuge fallecido. 3.-Copia certificada por el Registro Civil correspondiente de la Partida de Matrimonio con el cónyuge fallecido. 4.-Declaración Jurada de su estado civil, si tiene o no hijos bajo su patria potestad y si administra o no bienes de ellos, con firma legalizada ante notario

E.-Divorciados:

1.- Al igual que para los mayores de edad, deben también cumplir con los siete requisitos.2.-Copia Certificada por el correspondiente Registro Civil de la Partida de Matrimonio con la anotación al margen del divorcio. 3.-Copia Certificada de la Sentencia de Divorcio consentida y ejecutoriada. 4.-Declaración jurada de su estado civil, con firma legalizada ante notario

Estos son los requisitos que pide el estado, la ley, para poder celebrar un acto matrimonial.

3.-FUNCIONARIO COMPETENTE:

El funcionario competente del matrimonio civil, es el juez o el funcionario competente que corresponde a cualquiera de los domicilios de los contrayentes quien deberá proceder al casamiento con los dos testigos.

Page 6: Matrimonio Civil

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL

REGISTRO DEL ESTADO CIVIL

EDICTO MATRIMONIAL

De conformidad con lo dispuesto en el Art. Nº 250 del Código Civil, hago saber que Don MIGUEL ALBERTO ARIZAGA

CUENCA natural de LIMA, de Nacionalidad PERUANO, edad 34 años, Estado Civil SOLTERO ocupación LIC. EN

MARKETING con DNI Nº 20063722 domiciliado en JR. SUCRE 385 IMPERIAL- CAÑETE,  doña ALLISON SOFIA DE

LOS RIOS MATHWS natural CHINCHA-ICA nacionalidad PERUANA de 29 años, estado civil SOLTERA profesión LIC. EN ADMINISTRACION con DNI N° 40804629 domiciliado en

JR. AYACUCHO 500 IMPERIAL-CAÑETE

Pretenden contraer matrimonio Civil en esta Municipalidad, Imperial el día 30 de Diciembre del 2009 horas las personas que conozcan causales de impedimento podrán denunciarlas

conforme a Ley.

Imperial  20 de Diciembre del 2009.

Municipalidad Distrital de Imperial

Oficina de Registro Civil.

Yumira Orrego Untiveros.

Registrador Civil.

Los funcionarios competentes son: El juez encargado del registro civilAlcalde de dicho lugar de procedencia de cualquier contrayente.

Solo estas dos personas tienen la potestad de realizar una celebración matrimonial, de ser contrario el matrimonio se anularía, el juez o el encargo del registro público en esa localidad debe acreditar su veracidad.

4.-EDICTO MATRIMONIAL:

A continuación un ejemplo de un edicto matrimonial de dos personas estando cerca de casarse.

Page 7: Matrimonio Civil

Un edicto es una redacción en un documento que anuncia que se va a celebrar el matrimonio y lo ponen en lugar visible del municipio del pueblo donde se vive durante 15 días. Después el municipio lo envía de nuevo al registro o al juzgado donde tramitas tu expediente. Este trámite sirve para asegurarse de que no hay alegaciones contra la celebración del matrimonio, es decir, que no estás ya casado o cosas así.

5.-OPOSICION DEL MATRIMIO:

La oposición a la celebración del matrimonio es una facultad de uso restrictivo, ósea que es limitado, para quienes tengan un interés legítimo en que dicho matrimonio no se celebre.

El plazo para deducir la oposición es desde el inicio de los trámites matrimoniales hasta la concreción del acto de celebración, y podrá hacerse en forma verbal o escrita. El tercero dará datos así como el vínculo que tiene con el cónyuge. Si el cónyuge afirma esta oposición por los motivos, se dará por sentada en acta.

Si los contrayentes no aceptaran los motivos en que se funda la oposición, tienen tres días para expresarlo ante el Oficial Público, quien labrará un acta. El matrimonio se suspenderá, y se elevarán las actuaciones al Juez competente. Se realizará por el procedimiento más breve, y el matrimonio solo podrá celebrarse si la sentencia desestima la oposición y cuando ya tenga autoridad de cosa juzgada. Si la oposición es aceptada no podrá celebrase. El oficial público dejará constancia en cualquiera de los dos casos, al margen del acta.

6.-ACTA MATRIMONIAL:

El acta matrimonial es un certificado de constancia de matrimonio, esta debe tener los siguientes requisitos:

1. La fecha en que el acto tiene lugar;2. El nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo

tuvieren, nacionalidad, profesión, domicilio y lugar de nacimiento de los comparecientes;

3. El nombre y apellido, número de documento de identidad, nacionalidad, profesión y domicilio de sus respectivos padres, si fueren conocidos;

4. El nombre y apellido del cónyuge anterior, cuando alguno de los cónyuges haya estado ya casado;

Page 8: Matrimonio Civil

5. El asentimiento de los padres o tutores, o el supletorio del juez en los casos en que es requerido;

6. La mención de si hubo oposición y de su rechazo;7. La declaración de los contrayentes de que se toman por esposos, y la

hecha por el oficial público de que quedan unidos en nombre de la ley;8. El nombre y apellido, edad, número de documento de identidad si lo

tuvieren, estado de familia, profesión y domicilio de los testigos del acto.9. También debe ser firmada por los cónyuges, testigos y por el funcionario

competente.

7.- CAPACIDAD MATRIMONIA:

La capacidad matrimonial son las reglas que cada Estado determina para que tú puedas celebrar un matrimonio válido en ese Estado.  Si no tienes la capacidad matrimonial, no podría casarte a menos que la ley permitiera alguna dispensa para algún supuesto de falta de capacidad matrimonial. La capacidad matrimonial por tanto es un conjunto de requisitos que deben darse en tu persona para que puedas contraer matrimonio.

La capacidad depende de las situaciones personales de cada uno tendremos que señalar los siguientes casos:

1. Edad : se requiere estar emancipado, es decir mayor de dieciséis años que viva independientemente de los padres

2. Sólo se puede casar con una única persona, no   pudiendo estar casado con dos a la vez

3. El parentesco: no se puede realizar entre hermanos, primos o entre aquellos parientes más próximos en consanguinidad

4. El impedimento de crimen: se prohíbe el matrimonio a aquel condenado que ha dado muerte a su cónyuge de forma dolosa

5. Matrimonio entre disminuidos psíquicos: en el caso de que alguno de los contrayentes estuviera afectado por un defecto o anormalidad psíquica, se le exige un certificado médico que declare su actitud para contraer matrimonio, certificado que ha de ser exigido por el funcionario que tramita el expediente matrimonial

Page 9: Matrimonio Civil

6. La dispensa de impedimentos: es la posibilidad de eliminar todos aquellos impedimentos que hacen que no se pueda celebrar el matrimonio por alguna causa.

Si uno cumple con todo estos requisitos cumples con la capacidad de matrimonio y podras casarte.

Deberá ser solicitado por el futuro cónyuge directamente al funcionario del Registro Civil de su actual o último lugar de domicilio.

8.-EXPEDIENTE MUNICIPAL:

Para tramitar el expediente matrimonial necesitas llevar:

1. Certificación literal de nacimiento de ambos, expedida por el Registro Civil correspondiente al lugar de su nacimiento.

2. Certificación de empadronamiento o residencia acreditativa del domicilio de los dos últimos años de ambos solicitantes. Las expide el Ayuntamiento y caduca a los tres meses.

3. Instancia (una sola firmada por los interesados).

4. Declaración Jurada o afirmación solemne del estado civil de los solicitantes.

En principio el trámite se realiza en el Registro civil donde estáis empadronados cada uno

1. El expediente municipal es gratuito2. El órgano encargado de tramitar el expediente matrimonial y de daros la

autorización necesaria para casaros por lo civil es el Registro Civil de la localidad que os corresponde. En aproximadamente el plazo de un mes o mes y medio, si no hay ninguna complicación, los papeles estarán listos.

Se precisa la siguiente Documentación para el expediente matrimonial

1. Partida de Bautismo: de cada contrayente expedido por la Parroquia donde fueron bautizados.

Page 10: Matrimonio Civil

2. Partida de Nacimiento Literal ó Libro de Familia de los padres

Si uno de los contrayentes es extranjero, deberá presentar la partida de nacimiento legalizada.

1. Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de ambos contrayentes.

2. Certificado de Soltería eclesiástico: se necesita sólo cuando los novios pertenecen a diócesis diferentes a donde se van a casar o cuando se ha pasado más de un año en el extranjero.

3. Certificado de haber realizado los cursillos prematrimoniales. Las parroquias los organizan una o dos veces al año. Lo mejor que se puede hacer es informarse en la propia parroquia. No hay inconveniente en que cada cual realice el cursillo donde tenga más facilidad para ello.

Una vez finalizada la tramitación del expediente matrimonial por parte del Juzgado (Registro Civil), se podrá solicitar la celebración de la boda.

9.-CONCLUSIONES

El matrimonio es un acto jurídico, por lo tanto, muy serio, creo que es necesario entender la importancia del matrimonio civil, también es esencial aprender los requisitos del matrimonio, los tramites y todo lo que debe saberse sobre él, creo que el matrimonio es un tema tan complejo, porque después de este, surgen efectos, y si surgen efectos se debe asumir responsablemente, por lo tanto una obligación y un deber para con su familia.

10.-BIBLIOGRAFIA

http://www.tnrelaciones.com/matrimonio_civil/index.html

http://www.munisanta.gob.pe/web/requisitos-matrimonio-civil

Page 11: Matrimonio Civil

http://www.munimagdalena.gob.pe/rcivil3.html

http://www.munisanisidro.gob.pe/RR_civil/03.htm

http://www.publiboda.com/ceremonia_civil/