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MAT: APRUEBA BASES GENERALES DEL PROGRAMA DE NIVELACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL. RESOLUCION AFECTA Nº SANTIAGO, VISTOS: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.989, Orgánica del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, FOSIS; lo prescrito en la Resolución Nº 520 de 1996, y sus modificaciones posteriores, de la Contraloría General de la República; la Resolución Afecta Nº224 de 2001, y sus modificaciones posteriores, y la Resolución Exenta Nº 0228 de 2006, ambas del Fondo de Solidaridad e Inversión Social; CONSIDERANDO: La conveniencia de financiar proyectos que promuevan la inserción social y laboral de personas en situación de pobreza, mediante la nivelación de estudios y generación de habilidades sociales y laborales en los beneficiarios y beneficiarias del Programa; Lo acordado por el Consejo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, en su Nonagésima Tercera Sesión Ordinaria, de fecha 18 de Marzo de 2008, Acuerdo Nº 187.

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MAT: APRUEBA BASES GENERALES DEL PROGRAMA DE NIVELACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES DEL FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL.

RESOLUCION AFECTA Nº

SANTIAGO,

VISTOS:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.989, Orgánica del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, FOSIS; lo prescrito en la Resolución Nº 520 de 1996, y sus modificaciones posteriores, de la Contraloría General de la República; la Resolución Afecta Nº224 de 2001, y sus modificaciones posteriores, y la Resolución Exenta Nº 0228 de 2006, ambas del Fondo de Solidaridad e Inversión Social;

CONSIDERANDO:

1° La conveniencia de financiar proyectos que promuevan la inserción social y laboral de personas en situación de pobreza, mediante la nivelación de estudios y generación de habilidades sociales y laborales en los beneficiarios y beneficiarias del Programa;

2º Lo acordado por el Consejo del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, en su Nonagésima Tercera Sesión Ordinaria, de fecha 18 de Marzo de 2008, Acuerdo Nº 187.

RESUELVO:

1º Apruébase las Bases Generales para el Programa de Nivelación de Competencias Laborales por las cuales se regirán las convocatorias regionales del Programa; y cuyo texto se inserta a continuación:

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BASES GENERALESPROGRAMA DE

NIVELACION DE COMPETENCIAS LABORALES

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INDICE

1. PRESENTACIÓN

2. CONVOCATORIA2.1. Objetivo de la convocatoria2.2. Responsable de la convocatoria2.3. Mecanismo de asignación de recursos2.4. Plazos y Fechas de la Convocatoria2.4.1. Formularios y documentos que serán entregados a los participantes en la

convocatoria, y que debidamente llenados deberán adjuntarse a la propuesta cuando ello sea procedente.

3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROGRAMA3.1. Objetivo del programa3.2. Componentes del programa

4. COMPONENTE DE NIVELACIÓN DE ESTUDIOS CON APRESTO LABORAL 4.1. Orientaciones metodológicas4.2. Etapas del programa4.3. Población Objetivo del programa 4.4. Ejecutores del programa para el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto

laboral

5. INHABILIDADES

6. FINANCIAMIENTO6.1. Restricciones de Financiamiento:6.2. Normas que regulan el Traspaso de Anticipos

7. RENDICIÓN FINAL 7.1. De los criterios y parámetros para el cálculo del costo efectivo de los cursos7.2. Criterios y procedimientos de rendición7.3. Cálculo de la rendición

8. DIFUSIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

9. COMPONENTE DE FORMACIÓN SOCIOLABORAL 9.1. Principales actividades del Componente9.2. Contenidos temáticos del Componente9.3. Orientaciones metodológicas9.4. Etapas del Componente de Formación Sociolaboral9.5. Población Objetivo del programa 9.6. Ejecutores del programa

10. INHABILIDADES

11. FINANCIAMIENTO11.1. Restricciones de Financiamiento:11.2. Normas que regulan el Traspaso de Anticipos

12. RENDICIÓN FINAL 12.1. De los criterios y parámetros para el cálculo del costo efectivo de los cursos12.2. Criterios y procedimientos de rendición12.3. Cálculo de la rendición

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13. DIFUSIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

14. ACLARACIONES A LAS BASES DE CONVOCATORIA

15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

16. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

17. CEREMONIA DE APERTURA

18. A). EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS B). SELECCIÓN DE LAS PROPUESTAS

19. REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS FINANCIEROS

20. EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS20.1. Condiciones generales para la ejecución20.1.1. Plazo de Inicio y Período de Ejecución

20.1.2. Utilización de los mecanismos de registro y sistemas de información del FOSIS20.1.3. Adecuación a las actividades del proyecto20.1.4. Cumplimiento de los procedimientos administrativos20.2. Sanciones e incumplimientos20.3. Difusión del proyecto20.3.1. Logotipo Institucional20.3.2. Potenciales beneficiarios y beneficiarias 20.3.3. Difusión de programas con beneficiarios y beneficiarias20.3.3.1. Acta de compromiso 20.3.3.2. Eventos Públicos20. 3.3.3.Señalética20.3.3.4 Otras actividades de difusión20.4. Supervisión y evaluación de la ejecución de los proyectos20.4.1. Supervisión de los proyectos20.5. Término de la ejecución del proyecto20.5.1. Documentación de respaldo al proceso de cierre20.5.2. Mecanismo de cierre

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1. PRESENTACIÓN

En el marco de su misión institucional, “participar en el esfuerzo del país para superar la pobreza, aportando respuestas originales en temas, áreas y enfoques de trabajo complementarios a los que abordan otros Servicios del Estado”, el Fondo de Solidaridad e Inversión Social desarrolla un proceso central denominado Gestión de la Inversión Programática.

La acción institucional se ha dirigido al objetivo nacional de superar pobreza, contribuyendo con resultados específicos expresados en que los beneficiarios y beneficiarias del FOSIS, mejoran sus condiciones de vida y disminuyen las condiciones de pobreza que los afectan directamente, mediante la inversión social que el Gobierno hace a través del FOSIS.

Para el FOSIS son pobres, “las personas,- hombres y mujeres- familias y comunidades que por su condición y falta de oportunidades no pueden satisfacer sus necesidades y anhelos por sí mismos”. Adicionalmente sostiene, “que la pobreza se institucionaliza y se reproduce de generación en generación, ligando a las personas, familias y comunidades que comparten un mismo territorio”

El FOSIS plantea, que las personas – hombres y mujeres- familias y comunidades pobres inician un proceso de transformación cuando:

Desarrollan confianza en sí mismas, sus talentos y habilidades

Aprovechan los bienes y servicios que les brinda el Estado y la sociedad, y

Mejoran de manera sustancial su calidad de vida, su sentido de ciudadanía, participación en redes e integración social.

El FOSIS apoya directamente el proceso de transformación, poniendo en acción una estrategia de intervención social que consiste en: “Desarrollar un esfuerzo simultáneo por generar capacidades en las personas – hombres y mujeres-, familias y comunidades pobres, como oportunidades en el entorno donde residen y/o trabajan, de manera tal que a través del despliegue de sus capacidades y utilización de sus potencialidades, puedan dichas personas, familias y comunidades, iniciar un proceso gradual y sustentable de mejoramiento de su calidad de vida e integración social”.

El planteamiento de la estrategia de intervención institucional, reconoce que en el fenómeno de la pobreza se identifican a lo menos tres dimensiones:

Una dimensión económica , referida a que las personas –hombres y mujeres-, familias y comunidades en situación de pobreza, no cuentan con los recursos económicos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas; recursos que deben ser generados principalmente a partir de los ingresos económicos que provienen del trabajo sea éste dependiente o independiente.

Una dimensión social , que indica que las personas –hombres y mujeres-, familias y comunidades en situación de pobreza, no cuentan con las oportunidades ni los apoyos necesarios para desplegar sus capacidades y potencialidades que les permita acceder a los bienes y servicios de los que la sociedad dispone para sus miembros, e integrarse plenamente al desarrollo.

Condiciones del entorno , en que las personas –hombres y mujeres-, familias y comunidades pobres desarrollan su vida cotidiana, que limita y dificulta la plena integración social y mejoramiento de la calidad de vida de ellas.

Es necesario entonces, intervenir en las tres dimensiones identificadas, para generar el proceso de transformaciones o cambios que se requiere, para pasar de una situación de pobreza a una de no pobreza. El FOSIS plantea que tal proceso debe ser acompañado y para ello implementa un

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modelo de gestión, orientado principalmente a brindar el apoyo suficiente y pertinente, que permita que las personas –hombres y mujeres- , familias y comunidades pobres realicen el tránsito desde la situación de pobreza, a una situación en que dicha situación se haya superado.

Con el fin de entender y delimitar mejor la realidad social en la cual el FOSIS puede intervenir, a contar del año 2002, el FOSIS asume como enfoque programático el enfoque del Manejo Social del Riesgo (MSR) adaptado de la propuesta que hace el Banco Mundial.

El enfoque del Manejo Social del Riesgo, asume que todas las personas- hombres y mujeres-, hogares y comunidades son vulnerables a múltiples riesgos de diferentes orígenes, sean éstos naturales (terremotos, inundaciones y enfermedades) o producidos por el hombre (por ejemplo, desempleo, deterioro ambiental, guerras). No obstante, este enfoque se centra en los pobres, puesto que ellos son, por una parte, los más vulnerables a los riesgos y, por otra, carecen habitualmente de instrumentos adecuados para manejarlos. Esto les impediría involucrarse en actividades más riesgosas - pero a la vez de mayor rentabilidad- que les permitirían salir gradualmente de la pobreza crónica.

En términos específicos y dado que el FOSIS ha definido grupos objetivo de intervención en función de tramos etáreos relacionados con el ciclo vital y en función de colectivos sociales que cumplen una función significativa en cuanto a la situación de pobreza de sus integrantes, la hipótesis de intervención institucional se define como la siguiente:

“La superación de las condiciones de pobreza puede lograrse, en la medida que un manejo adecuado de los principales riesgos a los que son especialmente vulnerables las personas pobres, les permite enfrentar con éxito, las principales tareas y funciones que tienen en relación a su etapa vital, o a la función social que cumplen, estando así, en condiciones de aprovechar las oportunidades de desarrollo que el país le ofrece a la sociedad en su conjunto”.

Los grupos objetivos comprendidos en el tramo etáreo entre 18 a 59 años son jóvenes y adultos/as que están expuestos a los siguientes riesgos: “Reducción de la capacidad productiva” y a la “Disminución de la capacidad de generación de ingresos y estabilidad emocional”, el impacto de éstos se expresa, entre otros, en ingreso al trabajo en condiciones precarias y/o ser víctima de abuso laboral, desempleo y subempleo, ingresos insuficientes para satisfacer sus necesidades básicas y desarrollar su vida de manera autónoma. Las características específicas de estos grupos demandan una metodología que posibilite mejorar su empleabilidad1.

Por otra parte y en el marco de la misión institucional, el FOSIS realiza su trabajo desde una posición donde las demás instituciones públicas no están, constituyéndose en un instrumento de inversión del Gobierno que propone e implementa soluciones distintas a problemas sociales que otras instituciones públicas abordan. Para ello, identifica temas emergentes relacionados con la pobreza y propone e implementa nuevas formas y enfoques de trabajo, que garanticen mejores soluciones a determinados problemas que afectan la calidad de vida de las personas, familias y comunidades pobres en la que ha focalizado su intervención.

Asimismo, dado que la pobreza es un problema complejo, multicausal y que se expresa de muy diversas formas, se requiere de la concurrencia de múltiples acciones, simultáneas o sucesivas para contribuir a su solución. De esta manera, el FOSIS considera indispensable la complementariedad (otro componente de la misión institucional), para abordar y contribuir a la superación de la pobreza. Abordar la pobreza como un problema de alta complejidad, requiere de la acción coordinada de los variados actores públicos o privados, para desplegar el conjunto de servicios y apoyos específicos, de manera tal que las personas –hombres y mujeres- familias y

1 FOSIS asume la definición descrita en el PREPARADO de la Fundación Chile: Empleabilidad es una dimensión de la vida laboral de las personas que se refiere a la capacidad para obtener un trabajo, mantenerse en él y progresar en una organización contribuyendo exitosamente a ésta

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comunidades más pobres, puedan acceder a éstos e insertarse en las redes que se encuentran disponibles.

En este marco es que para llevar a cabo su proceso central, el cual es la gestión de la inversión, el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, pone a disposición de las personas- hombres y mujeres- familias y comunidades pobres, un conjunto de Programas de Desarrollo, cuyos objetivos están asociados directamente con la tarea de contribuir a superar pobreza. Tales Programas de carácter nacional, tienen su aplicación a nivel regional, de acuerdo a la planificación que cada uno de los equipos de las quince oficinas regionales desarrolla anualmente.

El presente documento denominado Bases Generales expresa el conjunto de normas y procedimientos que regulan el proceso que permite la ejecución del Programa de Nivelación de Competencias Laborales

2. CONVOCATORIA

Se entiende por convocatoria el proceso que llama a participar a distintos organismos externos a FOSIS, en la ejecución del Programa que regula estas Bases Generales. Las Convocatorias del Programa las desarrollan las Direcciones Regionales del FOSIS, en el marco de la planificación anual que éstas diseñan y que se regula por el conjunto de normas establecidas en el presente documento.

2.1. Objetivo de la convocatoria

El objetivo de la convocatoria es la Contratación de ejecutores para el Programa de Nivelación de Competencias Laborales, de acuerdo a las normas de procedimiento establecidas en las presentes Bases Generales y en las respectivas Bases Especiales, en adelante, Bases Regionales

2.2. Responsable de la convocatoria

La responsabilidad de la convocatoria recae en la Directora o Director Regional del FOSIS.

2.3. Mecanismo de asignación de recursos

Los mecanismos de asignación de recursos para la ejecución del programa pueden ser los siguientes:

Licitación Pública o Privada

Licitación Pública: El mecanismo de Licitación Pública es la regla general de contratación y deberá recurrirse a

ella en toda convocatoria cuyo monto total licitado sea igual o superior a 400 UTM (cuatrocientas unidades tributarias mensuales).

Licitación Privada: FOSIS podrá convocar utilizando el mecanismo de licitación privada, sólo en aquellos casos en

que el monto licitado sea inferior a 400 UTM (cuatrocientas unidades tributarias mensuales), siempre y cuando exista una Resolución Fundada que así lo disponga, donde se señalen las razones que justifican este tipo de mecanismo de asignación.

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El tope de 400 UTM (cuatrocientas unidades tributarias mensuales) señalado precedentemente no procederá en el caso que la licitación privada tuviese su origen en una licitación pública declarada desierta.

Las Bases Regionales deberán señalar, expresamente si se trata de una licitación pública o una licitación privada.

En el caso de realizar una licitación privada, se deberán enviar invitaciones a un mínimo de tres posibles proponentes interesados en participar en el objeto de la licitación. El FOSIS podrá efectuar la contratación, cuando habiéndose efectuado las invitaciones señaladas anteriormente, recibe una o dos ofertas técnicamente elegibles y el resto de los invitados se excusa, no muestra interés en participar o presenta ofertas que no son técnicamente elegibles.

El mecanismo de Asignación Directa En casos debidamente fundados, cuando la naturaleza de la negociación así lo requiera,

podrá contratarse mediante el mecanismo de asignación directa. En todo caso siempre deberá ser autorizado previamente y por escrito por el/ la Director Ejecutivo de FOSIS, previo informe favorable de la Subdirectora de Gestión de Programas.

Podrá utilizarse este mecanismo sólo en aquellos casos en que el monto involucrado sea igual o inferior a 400 UTM (cuatrocientas unidades tributarias mensuales), debiendo indicarse siempre en la solicitud y en la respectiva resolución, las razones que motivaron dicha decisión y la circunstancia de haber solicitado autorización al FOSIS Central.

El tope de 400 UTM (cuatrocientas unidades tributarias mensuales) señalados precedentemente no procederá en el caso que la asignación directa tuviese su origen de una licitación pública o privada declarada desierta.

2.4. Plazos y Fechas de la Convocatoria

El proceso de Convocatoria, en cada una de sus etapas, se regirá por los plazos establecidos en las Bases Regionales respectivas. El proceso se define y organiza a partir de la fecha de inicio de la Convocatoria de acuerdo al mecanismo definido por cada Región.

Las etapas deberán estar señaladas en un calendario resumen y deberán referirse a lo

siguiente:

Difusión de las Bases de Convocatoria: Debe indicarse el mecanismo a través del cual se convocará a participar en la ejecución del Programa.

Retiro de Bases de Convocatoria: Lugar y período en el que están disponibles los documentos y formularios necesarios para desarrollar las propuestas.

Aclaraciones a las Bases de Convocatoria: Período en que se responde a las interrogantes que puedan surgir de las Bases de Convocatoria. Este período incluye las preguntas y respuestas que se formulen, las que deben ser comunicadas a todos aquellos que adquieren las Bases.

Recepción de Propuestas: Fecha tope para la entrega de las propuestas, debe incluir la hora tope y la dirección del o los lugares de recepción (oficina regional del FOSIS, oficinas provinciales del FOSIS u otras). Al término del plazo para entregar las propuestas y transcurrida la hora tope, se extenderá un certificado por el/la encargado/a de la oficina de partes de la Dirección Regional que certificará dicha circunstancia.

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Apertura de las Propuestas: Fecha única, establecida para la realización del acto o ceremonia de apertura de las propuestas, debe incluir el horario y dirección del lugar en que se llevará a efecto.

Evaluación ex – ante: Período estimado en que las propuestas estarán en evaluación, según se especifica en el punto 18. A) de estas Bases Generales.

Adjudicación de las propuestas: Fecha estimada en que el Director/a Regional decidirá la(s) propuesta(s) que se adjudicará(n) la Convocatoria.

Publicación y notificación oficial de los resultados de la adjudicación. Fecha estimada en que se comunicarán los resultados de la adjudicación y el mecanismo por el cual se comunicarán.

2.4.1. Formularios y documentos que serán entregados a los participantes en la convocatoria, y que debidamente llenados deberán adjuntarse a la propuesta cuando ello sea procedente.

La convocatoria será acompañada de los siguientes documentos o formularios:

Bases Generales del Programa Nivelación de Competencias Laborales.

Bases Regionales de la Convocatoria.

Formularios de Presentación de Propuestas

Formato de antecedentes curriculares de los Recursos Humanos de los oferentes, que participarán en la propuesta y/o perfiles de currículo que cumpla con los requisitos técnicos para ejecutar la propuesta.

Copia autorizada ante Notario Público del certificado de título de los/as integrantes del equipo propuesto

Acreditación de la experiencia institucional, debidamente certificada según formato entregado por FOSIS.

Decreto N° 131 del Ministerio de Educación año 2003. (Artículos N° 12 y 13), (esto sólo se aplica al componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral).

Declaración jurada simple en que se exprese: a.- Que no está afecto a ninguna de las inhabilidades señaladas en los puntos 5 y 10 “Inhabilidades” y b.- Que tiene la capacidad legal para contratar con el FOSIS según el punto 16 “Requisitos para la presentación de propuestas”.

Certificado y/o comprobante de disponibilidad de la infraestructura comprometida.

Ficha externa de presentación de propuesta.

Formato de declaración jurada simple del recurso humano.

Certificado vigente de inscripción en el Registro de Libre Entrada Regional (RLE) del MINEDUC, establecido en el artículo 5º del Decreto Nº131 de 2003, del Ministerio de Educación (esto sólo aplica al componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral). El Registro de Libre Entrada Regional contiene a todas las instituciones educativas que están autorizadas por el MINEDUC para ejecutar programas de Nivelación de Estudios y para realizar las examinaciones a las alumnas y a los alumnos y de este modo obtener los certificados que dan cuenta de su aprobación. Este registro se encuentra en todas las Secretarias Regionales de Educación

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Las respectivas Oficinas Regionales del FOSIS determinarán en sus Bases Regionales los documentos o formularios que formarán parte de la Convocatoria dentro del conjunto contemplado en este número, que sean necesarios para el debido desarrollo del proceso.

3. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROGRAMA

3.1. Objetivo del programa

a) General: Mejorar las condiciones de inclusión social y laboral de los beneficiarios y beneficiarias.

b) Específico: Contribuir a que los beneficiarios y beneficiarias mejoren sus condiciones de empleabilidad, a través de la certificación de sus capacidades.3.2. Componentes del programa

Este Programa cuenta con dos componentes, los cuales se aplican de manera independiente en cada proyecto y se ejecutan de modo exclusivo y para cada usuario y usuaria. Estos son:

Nivelación de Estudios con Apresto Laboral Formación Sociolaboral

4. COMPONENTE DE NIVELACIÓN DE ESTUDIOS CON APRESTO LABORAL

A través de este componente las alumnas y alumnos acceden a un servicio especializado de alfabetización y nivelación de estudios de enseñanza básica.

El desarrollo del componente exige actividades de tipo individual (tutorías), y grupal (clases presenciales: son las clases que se realizan en aula y donde se entregan las materias de los programas de estudio; y talleres) implementada por docentes, así como también, actividades de autoaprendizaje, velando porque éstas sean pertinentes a las características y habilidades de las alumnas y alumnos.

Se entenderá por tutorías las actividades que desarrolle el/la docente con cada una de las alumnas y alumnos, según se acuerde entre las partes, que se hacen fuera del horario de clases con el fin de apoyar y orientar el proceso de aprendizaje, ayudándoles a superar las dificultades de las distintas etapas.

Por otro lado los talleres son espacios de trabajo grupal y presencial con énfasis en el desarrollo de actividades prácticas, el cual tiene por objetivo facilitar la participación a través de la exploración, experimentación e interacción con sus pares. Esta modalidad permitirá además simular situaciones variadas que permitan aplicar los contenidos promoviendo los aprendizajes significativos.

El autoaprendizaje es una modalidad de aprendizaje autónomo y autodirigido, la cual es un eje del sistema de Educación Flexible de Adultos. El aprendizaje autónomo implica que la alumna y alumno desarrolla la organización y planificación de sus estudios de acuerdo a sus necesidades y lleva a la práctica las técnicas de estudio potenciando su capacidad de aprender a aprender. Para ello, es necesario que el ejecutor desarrolle un programa de enseñanza de técnicas de estudio con una metodología considerando las características socioculturales de las alumnas y alumnos. Esto último puede ser incorporado en el Programa de Apoyo, que se elabora a partir del Diagnóstico sociolaboral de cada alumna y alumno.

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Niveles Educacionales

El Componente de Nivelación pone a disposición tres niveles educacionales. Se denomina nivel educacional al tramo cronológico en que, tanto por razones técnicas como administrativas, ha sido dividido el proceso escolar. Primer nivel, abocado a la alfabetización en Lenguaje y Matemáticas, con aprendizajes

equivalentes a los que deben realizarse en los correspondientes subsectores entre el 1º y el 4º Año de Educación Básica regular;

Segundo nivel, que comprende los aprendizajes equivalentes al 5º y el 6º Año de Educación Básica regular

Tercer nivel, que aborda los aprendizajes equivalentes a 7° y 8° Año de la Educación Básica regular.

El marco curricular que regula estos niveles distingue objetivos y contenidos mínimos obligatorios, entendiendo por ellos:

Objetivos Fundamentales: son las competencias o capacidades que los alumnos y alumnas deben lograr al finalizar los distintos niveles de la Educación Básica y que constituyen el fin que orienta al conjunto del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Contenidos Mínimos Obligatorios: son los conocimientos específicos y prácticas para lograr habilidades y actitudes que se deben obligatoriamente enseñar, cultivar y promover para cumplir los Objetivos Fundamentales establecidos para cada nivel. Corresponden al conjunto de saberes conceptuales y capacidades de desempeño práctico (conocimiento y práctica de procedimientos), que requieren aprender las alumnas y los alumnos y que son definidos en cada sector y subsector como necesarios para alcanzar los Objetivos Fundamentales. Los contenidos agrupan tres grandes categorías de aprendizaje: conocimientos, habilidades y actitudes.

Estas categorías, traducidas en términos de objetivos, aluden respectivamente a capacidades y competencias de carácter comprensivo, operativo y valorativo, que alumnos y alumnas deben lograr, para su desarrollo y formación.

Los Sectores de aprendizaje corresponden a diversas categorías de agrupación homogénea de los tipos de saber y de experiencias que deben cultivar los adultos para desarrollar aquellas dimensiones de su personalidad que han sido puestas de relieve por los fines, objetivos generales y requisitos de egreso de la Educación Básica.

Cada sector de aprendizaje define los tipos de saberes y experiencias que deben ser trabajados a lo largo de cada uno de los niveles de estudio que cubre la enseñanza. Algunos de estos sectores constituyen agrupaciones de saberes o conocimientos en sentido estricto; otros, en cambio, constituyen agrupaciones de los tipos de experiencias que la institución educativa debe proveer al adulto para que su formación transcurra en la dirección prevista por los objetivos generales y requisitos de egreso de la Educación Básica.

Para efectos de referir la forma en que los estudios propios de un sector se expresan en cada uno de los diferentes niveles, se emplea el concepto de subsector. Con esta idea se pretende dar cuenta de la necesidad de dividir un sector, por razones técnico-pedagógicas, en agrupaciones o estructuras disciplinarias menores que ordenen los objetivos y contenidos que deben ser alcanzados al finalizar cada nivel en que se divide el proceso educativo.

A.- Primer Nivel: alfabetización 1 ° a 4° básicoAbocado a la alfabetización en Lenguaje y Matemáticas, con aprendizajes equivalentes a

los que deben realizarse en los correspondientes subsectores entre el 1º y el 4º Año de Educación Básica regular.

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Este Nivel está orientado a que los/as alumnos y alumnas adquieran un dominio básico de la lectura - escritura y nivelen de 1° a 4° básico. Para su desarrollo se requiere la realización de actividades presenciales y tutoriales apoyadas por monitores y/o docentes.

Para presentarse a los exámenes de nivelación de este nivel los/as alumnos y alumnas deberán cumplir con un 70% de asistencia como mínimo, de las horas presenciales.

Etapas del Primer Nivel

Etapa 1 - Alfabetización: En esta etapa se realizan las actividades orientadas a que las alumnas y alumnos adquieran las destrezas básicas de:

Decodificar y reproducir autónomamente signos escritos. Realizar lectura comprensiva de textos sencillos sobre temas relacionados con su vida

cotidiana. Ser capaz de realizar escritura expresiva respecto a su vida cotidiana, escribir textos sencillos

que le permitan la comunicación con otros. Potenciar la expresión oral.

De las 200 horas pedagógicas presenciales que se establecen para Alfabetización y Nivelación de estudios, el ejecutor deberá destinar a lo menos 120 horas pedagógicas presenciales para la etapa de Alfabetización, en un plazo no mayor de nueve meses.

Al finalizar las actividades de esta etapa las alumnas y alumnos recibirán un certificado de asistencia en el cual se señala su participación en la etapa de Alfabetización.

Etapa 2 - A- Nivelación del primer Nivel de Enseñanza Básica (correspondiente a 1° a 4° Básico)

En esta etapa se deberán realizar las actividades correspondientes a la nivelación de estudios del primer Nivel de enseñanza básica, es decir la nivelación de 1° a 4° básico; por lo tanto se espera que las alumnas y alumnos logren la certificación de estos cuatro años de estudios.

Los Objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios, para este Nivel son los que establece el Decreto Supremo de Educación N°131 de 2003 del MINEDUC.

La Formación General en el primer nivel de Educación Básica está conformada por dos sectores de aprendizaje obligatorios que las alumnas y alumnos deberán aprobar:• Lenguaje y Comunicación• Matemática

De las 200 horas pedagógicas presenciales que se establecen para la línea de Alfabetización y Nivelación de estudios del primer Nivel de enseñanza básica, el ejecutor deberá destinar a lo menos 80 horas pedagógicas presenciales para la etapa de Nivelación que deberán realizarse en un plazo no mayor de 5 meses.

.

Esta etapa culminará con la rendición, por parte de las alumnas y alumnos de un examen de carácter nacional ante las entidades examinadoras que el MINEDUC determine, el que permitirá certificar el primer nivel de enseñanza básica a quienes lo aprueben.

El Producto de esta línea, esto es, el servicio que el ejecutor debe garantizar es el siguiente: “Las alumnas y alumnos se alfabetizan y nivelan estudios de 1° a 4° básico”.

B- Segundo Nivel: 5° y 6° básico

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Contempla las actividades educativas tanto presenciales como de autoaprendizaje, tendientes a la nivelación del segundo nivel de enseñanza básica (5° y 6° básico).

Los contenidos a ser impartidos en este Nivel, deberán ser acordes con las exigencias establecidas por el Ministerio de Educación en el Decreto Supremo de Educación N°131 que establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para la educación de adultos y fija normas generales para su aplicación

El segundo nivel de la Educación Básica está conformado por cuatro sectores de aprendizaje obligatorios:

• Lenguaje y Comunicación - Subsector Lengua Castellana y Comunicación

• Matemática - Subsector Educación Matemática

• Ciencias - Subsector Ciencias Naturales

• Estudios Sociales - Subsector Estudios Sociales

Las horas mínimas que se exigen para la realización de esta línea son 140 horas pedagógicas presenciales y 60 horas tutoriales en un plazo no mayor a 5 meses.

Para poder presentarse a dar examen de nivelación de este Nivel, las alumnas y alumnos deberán cumplir con un 70% de asistencia como mínimo, de las horas presenciales establecidas en las Bases Generales.

El Producto de este Nivel, esto es, el servicio que el ejecutor debe garantizar es el siguiente: “Las alumnas y alumnos nivelan estudios de 5º a 6º básico”.

C.- Tercer Nivel: 7° y 8° básico Contempla las actividades educativas tanto presenciales como de autoaprendizaje,

tendientes a la nivelación del último nivel de enseñanza básica (7° y 8° básico). Los contenidos a ser impartidos en este Nivel, deberán ser acordes con las exigencias

establecidas por el Ministerio de Educación en el Decreto Supremo de Educación N°131 de 2003 que establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos obligatorios para la educación de adultos y fija normas generales para su aplicación

El tercer nivel de la Educación Básica está conformado por cuatro sectores de aprendizaje obligatorios:

• Lenguaje y Comunicación - Subsector Lengua Castellana y Comunicación

• Matemática - Subsector Educación Matemática

• Ciencias - Subsector Ciencias Naturales

• Estudios Sociales - Subsector Estudios Sociales

Las horas mínimas que se exigen para la realización de esta línea son 140 horas pedagógicas presenciales y 60 horas tutoriales, en un plazo no mayor de 5 meses.Las alumnas y alumnos deberán cumplir con un 70% de asistencia como mínimo, a las horas presenciales que se establezcan, para poder presentarse a dar examen

El Producto de esta Línea, esto es, el servicio que el ejecutor debe garantizar es el siguiente: “Las alumnas y alumnos nivelan estudios de 7º a 8º básico”.

APRESTO LABORAL

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Cada Nivel de Educación incorpora de modo conjunto actividades de Apresto Laboral, cuyos contenidos corresponden al despliegue de competencias sociales y laborales, que aportan al desarrollo integral de las personas y están orientados a acrecentar sus habilidades para una mejor inserción laboral. Se exigirá un mínimo de 60 horas pedagógicas presenciales y 20 horas tutoriales, las que podrán ser distribuidas en el tiempo, de manera que se ejecuten simultáneamente con las horas de nivelación de estudios. Las temáticas específicas de estas actividades se deben explicitar en las Bases Regionales.

4.1. Orientaciones metodológicas

Respecto de la organización de los grupos curso: El Organismo Ejecutor podrá organizar grupos curso de Alfabetización y en Nivelación de Estudios del primer nivel de Educación Básica (1º a 4º Básico) de hasta 15 alumnos, y en los otros dos niveles del Componente de Nivelación de Estudios de no más de 30 alumnos y alumnas.

Es importante que la conformación de los grupos cursos facilite el proceso de enseñanza y que el diseño de la metodología de intervención tome en cuenta las características personales, sociales y culturales, tanto de hombres como de mujeres, así como la dispersión geográfica.

Por lo tanto, el ejecutor deberá presentar una propuesta de cómo enfrentar esta situación, desde esta perspectiva la orientación del programa es que los educadores se adaptan a las necesidades de las alumnas y alumnos y no éstos al educador.

Respecto del horario de las clases: La jornada de clases presencial no podrá exceder diariamente las 6 horas pedagógicas, debiendo considerarse al menos, un receso de 15 minutos por cada dos horas pedagógicas.

Respecto de los principios que deben ser considerados en el diseño de la metodología de intervención:

Se debe articular los contenidos educativos y formativos del programa con las prácticas cotidianas de las alumnas y alumnos, a través de la valoración de su saber acumulado durante su experiencia de vida.

Se debe permitir desarrollar un proceso de formación integral; en el cual se considere las potencialidades de las alumnas y alumnos y también sus dificultades, en relación con su entorno.

Se debe propiciar la participación de las alumnas y alumnos; de manera que sean sujetos activos de su formación y aprendizaje.

Se debe facilitar en las alumnas y alumnos una actitud crítica y de compromiso para afrontar sus problemas y desafíos.

Se debe desarrollar una propuesta educativa que permita el fortalecimiento de las alumnas y alumnos, por lo tanto la complejidad y las exigencias deberán ser graduales según los avances que las alumnas y alumnos vayan logrando.

Respecto del programa de trabajo y malla curricular: Cada alumna y alumno deberá recibir un programa de trabajo con la malla de contenidos y los objetivos del curso que estudiará en cada Nivel de Estudios, antes del inicio de la ejecución de las actividades educativas. Se deberá enviar una copia de esta documentación al FOSIS para su aprobación.

Respecto del equipo profesional: El equipo profesional que ejecute la propuesta debe estar conformado por profesionales del área de la Educación de Adultos que desarrollen las acciones de nivelación y formación; además deberá contar, con un profesional que pueda diagnosticar y abordar las dificultades o problemas de aprendizaje de las alumnas y alumnos

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realizando con ellos sesiones o talleres de apoyo psicopedagógico, lo cual deberá ser explicitado en su propuesta.

Esta exigencia es obligatoria en el componente de Nivelación de Estudios en la Línea de Alfabetización y Nivelación del primer nivel de Educación Básica.

Las Bases Regionales podrán establecer requerimientos específicos del perfil del recurso humano.

Respecto del material de apoyo del Componente Nivelación de Estudios con Apresto Laboral: El material pedagógico que el ejecutor ponga a disposición de las alumnas y alumnos debe estar destinado a complementar los contenidos de los textos identificados en estas Bases para el desarrollo de las distintas líneas. Deberá entregarse una copia del material pedagógico para cada alumna y alumno y el diseño del mismo deberá ser pertinente con las características del grupo.

Las Bases Regionales podrán establecer orientaciones complementarias a las señaladas en este punto de acuerdo a las características específicas de la población objetivo de la convocatoria.

Cuadro resumen para el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral

Línea / NivelesN° de horas

PedagógicasN° de horas

Tutorías Total Horas Duración Máxima

Alfabetización 120 ---------- 120

9 meses

N I V E L 1:

80 60 140Nivelación de 1° a 4° Básico

Apresto Laboral 60 20 80

TOTAL 260 80 340   

N I V E L 2:

140 60 2005 meses

Nivelación de 5° y 6° Básico

Apresto Laboral 60 20 80

TOTAL 200 80 280   

N I V E L 3:

140 60 2005 meses

Nivelación de 7° y 8° Básico

Apresto Laboral 60 20 80

TOTAL 200 80 280

Podrá autorizarse un N° distinto de horas en los diferentes niveles, lo que deberá ser solicitado por las Direcciones Regionales de FOSIS y autorizado por el/la Subdirector/a de

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Gestión de Programas de FOSIS, No obstante lo anterior, para el caso de nivelación de estudios en cualquiera de los 3 niveles, el mínimo de horas a realizar será de 120 horas presenciales. Además, tanto la solicitud como la autorización deben responder a razones fundadas.

4.2. Etapas del programa

ETAPA 1: Selección de las alumnas y alumnos

En esta etapa se realiza la difusión del programa y se aplican las fichas de entrevista individual para determinar la incorporación definitiva de cada postulante.

Las personas –hombres y mujeres- que postulen a la nivelación de estudios de 5º y 6º deberán tener aprobado al menos el 4º básico. Asimismo, quienes postulen a nivelar 7º y 8º deberán tener aprobado al menos el 6º básico.

En todo caso se aceptará hasta un máximo del 30% de las alumnas y alumnos asignados al ejecutor, que habiendo aprobado el 6° básico, no dispongan de la documentación requerida para su acreditación. Para subsanar esta situación dichas alumnas y alumnos deberán rendir un examen de Diagnóstico de dicho curso, ante el Ministerio de Educación.

No obstante lo anterior, será responsabilidad del ejecutor completar los cupos, hacer la selección final de alumnas y alumnos y chequear ante el Ministerio de Educación el nivel educacional efectivo en que se encuentra las alumnas y alumnos, o realizar los trámites y gestiones pertinentes para obtener dichos certificados.

Del mismo modo, el ejecutor deberá entregar al FOSIS las fichas de entrevista individual aplicadas, llenada con toda la información solicitada. El formato de esta ficha será provisto por los ejecutores del Programa.

La duración máxima de esta etapa es de 30 días corridos, a contar del inicio de ejecución del proyecto.

El resultado de esta etapa es un listado de alumnas y alumnos seleccionados, aprobados por el FOSIS.

Reemplazo de las alumnas y alumnos

El Programa contempla la posibilidad de reemplazar alumnas o alumnos que se retiren. Sin embargo, el reemplazo se puede realizar hasta el 20% de avance de las actividades de Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral.

Cabe señalar que los cupos no reemplazados serán considerados como desertores.

ETAPA 2: Implementación de las actividades educativas

Una vez completada la etapa de selección de las alumnas y alumnos, y antes de dar inicio a la etapa de implementación de las actividades educativas, el ejecutor deberá contar con la aprobación por parte del FOSIS de la infraestructura en que se realizarán las actividades educativas.

El inicio de esta etapa deberá verificarse en un plazo máximo de treinta y un días (31) corridos desde la firma del contrato entre el FOSIS y el Organismo Ejecutor y se registrará en un Acta de Inicio del Curso, cuyo formato será proporcionado por el FOSIS al ejecutor.

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El no cumplimiento de este plazo de inicio por parte del ejecutor faculta a FOSIS para proceder al término anticipado del contrato.

En esta etapa se desarrolla el Componente del Programa, Nivelación de Estudios con Apresto Laboral. Su metodología debe ser flexible, acorde con el entorno, los tiempos y necesidades de las alumnas y alumnos.

El medio de verificación de esta etapa son los listados de las alumnas y alumnos que se presentarán a la examinación de la nivelación de estudios, el registro de asistencia y formularios de pago de beca.

La duración de esta etapa es de cinco (5) meses para el II y III Nivel educacionales de 5° y 6° básico y de 7° y 8° básico y de siete (7) meses para el I Nivel de Alfabetización y nivelación de estudios de 1° a 4° básico.

ETAPA 3: Etapa de examinación

Esta etapa se desarrolla una vez finalizadas las actividades de preparación y nivelación de estudios y considera la rendición de los exámenes que permiten acreditar para cada alumno la aprobación de los niveles de estudios.

Se considerará alumna o alumno certificado aquel que aprueba el proceso de examinación en todas las áreas que correspondan al ciclo que nivela. El ejecutor tendrá tres (3) oportunidades para presentar a las alumnas y alumnos a rendir examen, en fechas únicas definidas por el MINEDUC y según Calendario Oficial de Examinaciones 2008 que se entregará junto con las Bases Regionales.

El ejecutor para la examinación deberá adjuntar un plan de acompañamiento en el cual incorpore a lo menos lo siguiente:

Acciones de repaso previas a los exámenes y posteriores a los mismos, esto último en los casos de los reprobados en la primera oportunidad

Información a los alumnos de fechas y lugar de examinación Comunicación a los alumnos de los resultados obtenidos, y Diseño e implementación de estrategias para evitar la deserción en esta etapa del

Programa.

La examinación estará a cargo de los establecimientos que el Ministerio de Educación acredite para tal efecto, proceso que realiza cada Secretaría Regional de Educación, donde invita a los establecimientos a participar mediante licitación pública, resguardando que éstos no sean ejecutores del Programa de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral. Los instrumentos de evaluación y la certificación de las alumnas y alumnos son responsabilidad exclusiva del Ministerio de Educación.

Los medios de verificación de esta etapa son el formulario N°2 de Situación Final de los Alumnos, el que se adjunta, y que debe ser debidamente llenado en papel y archivo magnético, respaldado con las actas de examinación, el informe final del ejecutor, y los reportes generados desde el Sistema de Información de Chile Califica.

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La duración de esta etapa es de dos (2) meses mínimo, una vez finalizada la etapa anterior, comprendiendo la primera oportunidad de examinación. La duración de esta etapa es variable si las personas se presentan a la segunda y tercera oportunidad de examinación. La variación, y en consecuencia el máximo de duración de esta etapa, está determinada por el calendario de fechas de examinación que entrega el MINEDUC.

ETAPA 4: Cierre y rendición final

Se desarrollan las gestiones administrativas para el pago de la liquidación y cierre del proyecto. La duración de esta etapa es de aproximadamente un (1) mes.

4.3. Población Objetivo del programa

En el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral, son beneficiarios y beneficiarias de este Programa, personas –hombres y mujeres- en situación de pobreza, y que cumplan con los siguientes requisitos:

Personas de ambos sexos que cumplan con el requisito de edad establecidos para cada Nivel. Estos corresponden a:

Para el I Nivel de Alfabetización y nivelación de 1ª a 4º Educación Básica: Tener entre 15 años y más.

Para el II y III Nivel de 5º - 6º y 7º - 8º año de enseñanza básica: Tener entre 15 años y más.

Desertores escolares que se encuentran fuera del sistema educacional formal, desde a lo menos dos (2) años antes de la fecha de su inscripción en el Programa.

Cesantes, subempleados o subempleadas o que buscan trabajo por primera vez.

Cupos que se adjudican La unidad de adjudicación no podrá ser superior a 180 alumnas y alumnos por proyecto.

En las Bases Regionales se establecen los cupos y recursos a asignar por cada unidad territorial que forme parte de la convocatoria,

4.4. Ejecutores del programa para el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto laboral

Tipo de ejecutor: Ejecutor intermediario.

Los ejecutores del Programa podrán ser organizaciones no gubernamentales tales como: fundaciones, corporaciones, asociaciones gremiales, consultoras, Organismos Técnicos de Educación y Capacitación, Universidades privadas reconocidas por el Estado, entre otras; y organismos públicos como: Municipalidades e Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Estado.

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Las Bases regionales establecerán, para cada convocatoria, el o los tipos de ejecutores así como sus respectivas características específicas, cuando correspondan.

Requisitos solicitados a los ejecutores que se presentan a la convocatoria. Al momento de presentar la propuesta, los proponentes deberán estar inscritos en el Registro

Público de Ejecutores y Consultores del FOSIS y, cuando corresponda, haber acreditado domicilio y experiencia de trabajo en la misma región donde se propone realizar el proyecto. Se exceptúan de esta exigencia los organismos públicos, Universidades e Institutos de Educación Superior o de Investigación, reconocidos por el Estado.

Las entidades ejecutoras del Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral deberán, al momento de la presentación de sus propuestas, estar inscritas en el Registro de Libre Entrada Regional del MINEDUC, establecido en el artículo 5º del Decreto Nº 131 de 2003, del Ministerio de Educación. Para acreditar estar inscritos en dicho registro deberán adjuntar en sus propuestas el certificado que lo acredite, el cual debe ser solicitado a la Secretaría Regional Ministerial de Educación.

Tener experiencia demostrable de, a lo menos, tres años en programas educativos, de capacitación y/o formación profesional destinados a Jóvenes y/o adultos, en situación de pobreza.

El proponente deberá haber obtenido un porcentaje de aprobación mayor al 50%, si es que fue ejecutor del Programa de Nivelación de Competencias Laborales. Se exceptúan de este requisito los organismos que no han ejecutado proyectos del programa durante el año o los años que las Bases Regionales indiquen.

5. INHABILIDADES

No podrán contratarse ni ejecutarse proyectos para ser financiados en cada convocatoria con los grupos, las organizaciones, las instituciones y/o personas que (según corresponda):

a) Hayan sido eliminados del Registro Público de Ejecutores y Consultores del FOSIS.

b) Hayan participado el año anterior o estén participando en la evaluación ex ante de proyectos del mismo programa y componente FOSIS al cual postula.

c) Que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del FOSIS, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive.

d) Cuyos directivos, administradores, representantes y socios sean miembros del Comité de Prelación o tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del FOSIS, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de alguno de los miembros del Comité de Prelación.

e) Tengan entre sus directivos, administradores, representantes y socios o trabajadores, personas que se desempeñen como consultores de apoyo del FOSIS.

f) No hayan cumplido con algún contrato suscrito con el FOSIS y las razones de dicho incumplimiento sean imputables directamente al contratado, según conste en Resolución fundada del Servicio.

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g) Que se encuentren en mora respecto a rendiciones de cuenta y/o devolución de recursos de proyectos financiados por el FOSIS. Se entenderá en mora todos los proyectos con rendiciones pendientes y respecto del cual se declaró el término de todas las actividades por parte de la persona a cargo de la supervisión del proyecto.

h) En general, no podrá contratarse con quien incurra en contravención a las normas sobre probidad administrativa, de conformidad con las Normas que al efecto establece la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

i) Si el proponente fue ejecutor del Programa de Nivelación de Competencias Laborales el año o años que las Bases Regionales indiquen y obtuvo un porcentaje de presentación a examinación, promedio inferior al 50% de los proyectos que haya ejecutado.

El proponente deberá presentar una declaración jurada que exprese que no está afecto a ninguna de las inhabilidades señaladas precedentemente.

La falta de autenticidad en la declaración jurada conllevará la exclusión del proponente en el respectivo procedimiento administrativo, sin perjuicio de las sanciones que procedan contra ellos.

6. FINANCIAMIENTO

Ítems financiables para Ejecutores Intermediarios corresponde a:

a) Inversión Directa: Corresponde a los recursos del proyecto que constituyen, de manera directa e inmediata, un beneficio material o inmaterial para los destinatarios del mismo. El monto total de éstos no podrá ser inferior al 80% del aporte FOSIS al proyecto.

Recursos de inversión : Corresponde a los recursos destinados al financiamiento de los planes de trabajo sociolaboral individuales cuyos/as destinatarios directos son los/as beneficiarios/as.

Recursos Humanos profesionales y/o técnicos para la entrega de los servicios directos a los beneficiarios/as: Corresponde a los recursos humanos que prestan servicios directos a los/as beneficiarios/as del proyecto. Se incluye en este subitem el recurso humano que realiza las labores de formación, pedagogía, asistencia técnica, capacitación y tutorías según corresponda.

Subsidios a los/as beneficiarios/as: Corresponde a los recursos que financian alimentación y/o traslado, pago de becas y seguro de accidentes del trabajo de los/as beneficiarios/as, cuando el tipo de actividad desarrollada así lo requiera.

Materiales de trabajo de los/as beneficiarios/as: Corresponde a los bienes, insumos y materiales cuyos destinatarios directos son los/as beneficiarios/as, incluyendo además el material educativo o pedagógico que se les entregue a los/as beneficiarios/as cuando corresponda.

Guardería Infantil: Corresponde al costo de funcionamiento del servicio de cuidado de niños, hijos/as de los beneficiarios/as, incluyendo recursos humanos, insumos, materiales y gastos de arriendo de infraestructura si se requiere.

b) Gastos asociados de Administración: Corresponde a los recursos del proyecto que directamente son necesarios e indispensables para la implementación o difusión del mismo.

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El monto total de estos gastos no podrá exceder de un porcentaje que fluctúe entre un 12% a un 15% del aporte FOSIS al proyecto, porcentaje que se especificará en las bases regionales respectivas.

Recursos Humanos de soporte al proyecto: Corresponde al recurso humano de apoyo a la ejecución del proyecto, incluyendo las funciones de coordinación y apoyo administrativo del proyecto.

Transporte e Infraestructura: Corresponde a los recursos destinados a arriendo de infraestructura para la ejecución del proyecto, equipamiento necesario para la entrega de los servicios y transporte para el recurso humano del ejecutor.

Material fungible: Materiales necesarios para la ejecución del proyecto y cuyos destinatarios directos no son los/as beneficiarios/as.

Comunicación y Difusión: Incluye la señalética del proyecto y material informativo que se entregue a los/as beneficiarios/as

Imprevistos: Incluye gastos en que deba incurrirse por situaciones extraordinarias, no contempladas en la formulación del proyecto y necesarias para su correcta ejecución.

Otros de Administración: Incluye gastos prorrateables o identificables relacionados con el proyecto y cuyos destinatarios directos/as no son los/as beneficiarios/as.

c) Gastos de Sostenimiento: Son aquellos gastos indirectos necesarios, en que debe incurrir el ejecutor para la ejecución y desarrollo del proyecto, tales como uso de infraestructura (oficinas), gasto de bienes y servicios de consumo (luz, agua, teléfono, sueldos junior, secretaria, etc.), registro contable de los recursos recibidos (contabilidad separada de otros ingresos del ejecutor) y otros de similar naturaleza que no son susceptibles de prorratearse e identificarse en forma precisa en el proyecto, y cuyo monto no podrá exceder de entre el 5 y 8% del valor total de proyecto.

Las Bases Regionales establecerán, dentro del conjunto de ítem y subítemes señalados en los párrafos precedentes, aquello que específicamente se financiará en cada convocatoria, señalando sus porcentajes, cuando corresponda. Esto deberá hacerse con sujeción al marco definido en estas Bases Generales.

Los porcentajes mínimos y máximos definidos de los ítemes a) “Inversión Directa” y b) “Gastos Asociados de Administración” podrán ser modificados frente a situaciones de carácter excepcional y con autorización escrita de la Subdirección de Gestión de Programas del FOSIS Nacional, siempre que ello no signifique alterar el monto de financiamiento máximo del aporte público asignado al proyecto y su cumplimiento.

La rendición de cuentas se regirá por las normas legales y reglamentarias aplicables a la transferencia de fondos públicos a otros Servicios Públicos o al sector privado, según correspondiere.

6.1. Restricciones de Financiamiento:

El programa no financiará: Adquisición de bienes materiales cuyo destinatario sea la Institución que ofrece el servicio

especializado, aunque sean necesarios para el desarrollo de sus actividades.

Recursos humanos, profesionales y/o técnicos no relacionados con el proyecto.

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Las Bases Regionales podrán establecer otras restricciones al financiamiento atendiendo a la realidad regional.

6.2. Normas que regulan el Traspaso de Anticipos

El ejecutor podrá solicitar un Anticipo de hasta un 80% del valor total del proyecto. Para otorgar este anticipo el ejecutor debe presentar:

Las garantías correspondientes según establece el punto 19 de estas Bases Generales.

El anticipo otorgado será descontado al momento de la rendición final. Si al finalizar el proceso de cálculo de pago, éste, por efecto del descuento del anticipo, arroja un saldo a favor del FOSIS, el ejecutor deberá proceder a reintegrar dichos montos en un plazo máximo de diez (10) días, a contar de la fecha de comunicación del FOSIS.

Las Bases Regionales definirán el porcentaje específico del anticipo, sin perjuicio que los recursos anticipados deben garantizarse en un 100% de acuerdo a lo dispuesto en el punto 19 de las presentes Bases Generales.

7. RENDICIÓN FINAL

La rendición final tiene por objetivo establecer la diferencia entre el costo efectivo del proyecto, calculado según la tabla de pago por resultados a la que se hace referencia en punto 7.3 de estas Bases Generales, y el o los anticipos recibidos por la Entidad Responsable. Esta rendición se efectuará una vez realizada la certificación de los exámenes de las alumnas y alumnos.

7.1. De los criterios y parámetros para el cálculo del costo efectivo de los cursos

Para el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral, se considerarán aprobados en primera examinación a todas las alumnas y alumnos que, habiendo rendido los exámenes correspondientes ante la autoridad educativa pertinente, los hayan aprobado en la primera oportunidad programada para el proyecto.

Se considerarán aprobados en segunda y/o tercera examinación a todos/as las alumnas y alumnos que no hubieran aprobado la totalidad del examen en la primera oportunidad programada para la comuna pero que, sí lo hacen en la segunda y/o tercera oportunidad programada; además, se incluirá en esta categoría a aquellas alumnas y alumnos que se hubiesen presentado por primera vez a examen a la segunda o tercera oportunidad de examinación, y la aprueban.

Se considerarán reprobados las alumnas y alumnos que habiendo rendido la totalidad de los exámenes, no aprueban, en ninguna de las tres (3) oportunidades disponibles para ello.

Se considerará desertores a las alumnas y alumnos que abandonen el curso antes de rendir el o los exámenes respectivos.

7.2. Criterios y procedimientos de rendición

Realizada la examinación de las alumnas y alumnos, se procederá a la liquidación del proyecto. Para cursar dicho pago, el FOSIS aplicará el procedimiento que a continuación se describe.

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El Ejecutor, dentro de un plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la certificación o la fecha de rendición del último examen, deberá entregar a FOSIS los siguientes documentos:

Acta de las alumnas y alumnos inscritos en el Programa en el Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral (impreso de información ingresada al Sistema de Registro de Beneficiarios).

Acta de presentación de las alumnas y alumnos al examen. Última acta de “Registro de entrega de subsidios” Deberá presentar: Formulario N°2 de Situación Final del Curso, que contempla las

examinaciones realizadas respecto del componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral, que se adjunta.

Solicitud de pago de la liquidación.

7.3. Cálculo de la rendición

Se procederá a calcular el monto a pagar en la rendición de acuerdo a los siguientes valores definidos.

Valor Nivelación (VN): los costos directos e indirectos de las acciones de nivelación. Asignación Beneficiario(a) (AB): el monto definido por FOSIS en las Bases Regionales cuando corresponda, destinado a:

Movilización: contribuir a financiar los desplazamientos de las beneficiarios o beneficiarias para efectos de asistir a las actividades presenciales que demande el programa y que asciende a una suma total de $30.000 (treinta mil pesos) por alumna y alumno, durante toda su participación en el programa.

Valor Total del Proyecto (VTP): la suma de los dos componentes anteriormente mencionados (VTP = VN + AB).

Valor Alumno(a) (VA): el cuociente entre el valor nivelación (VN) y el número de alumnas y alumnos propuestos y se utiliza como base del cálculo para determinar el monto a pagar al organismo capacitador (VA = VN / n° de alumnos).

Adicionalmente, y en función de los resultados de la ejecución del Programa, eventualmente se pagará Incentivo a la Alumna y Alumno Aprobado (IAA), que corresponde a un incentivo económico entregado a la alumna y alumno que logra aprobar en la primera oportunidad y que asciende a un valor de $10.000 (diez mil pesos), por una sola vez. Este monto se entregará suplementariamente al momento de la liquidación final.

El monto total a pagar al Organismo Ejecutor guarda directa relación con los resultados alcanzados por éste en la ejecución del programa. Es decir, el pago está directamente asociado a los niveles de retención alcanzados por el grupo total atendido por el programa y a los resultados del proceso de intervención y de examinación,

En la tabla que se presenta a continuación se entrega los valores de pago por alumna alumno según su condición.

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TABLA PARA CALCULAR EL VALOR EFECTIVO POR ALUMNO MEDIDO COMO PORCENTAJE DEL V.A. COMPONENTE DE NIVELACION DE ESTUDIOS CON APRESTO LABORAL Desertores que se retiran del curso antes del 50% de las horas lectivas.

25%

Desertores que se retiran del curso al 50% o más de las horas lectivas.40%

Alumno(a) que no se presenta a examen, con a lo menos un 70% de asistencia

50%

Alumno que sólo recibió certificación de la etapa de alfabetización2, sin presentarse a examen

60%

Alumno(a) que no se presenta a examen, con a lo menos un 70% de asistencia, con certificación de la etapa de alfabetización3.

80%

Alumno(a) presentado a examen y reprobado 80%Presentado a examen en las tres oportunidades y reprobado con a lo menos un 70% de asistencia

95%Alumno (a) aprobado 100%

Del valor total resultante, se descontará el pago del anticipo entregado, si correspondiere. Una vez calculado el monto a pagar, según el procedimiento descrito, el FOSIS se lo comunicará al Ejecutor.

Si al finalizar el proceso de cálculo de pago, el Ejecutor adeuda algún monto por efecto de los descuentos del anticipo realizado, el Ejecutor deberá proceder a devolver los dineros que adeude, en un plazo máximo de diez (10) días corridos, a contar de la fecha de la comunicación del FOSIS.

En los cálculos de cualquiera de las cifras, se despreciarán las fracciones inferiores a 0.5 y las iguales o superiores se subirán al entero.

8. DIFUSIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

Para la difusión de las Bases de Convocatoria se deberá distinguir si se trata de una Licitación Pública o de una Licitación Privada, debiendo proceder de la siguiente manera:

A. Licitación Pública: La convocatoria deberá publicarse en un medio de comunicación escrito local, regional o nacional.

B. Licitación Privada: La convocatoria la realizará la Dirección Regional del FOSIS a los

posibles proponentes a través de cartas certificadas.

9. COMPONENTE DE FORMACIÓN SOCIOLABORAL

2Se considera la certificación de Alfabetización cuando la intervención considera la línea de alfabetización y nivelación de estudios de 1° a 4°. 3 Ibidem

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El Componente de Formación Sociolaboral debe ser desarrollado de manera independiente del Componente de Nivelación de Estudios con Apresto Laboral

El Componente de Formación Sociolaboral está destinado a personas que estén cursando el 3er Nivel de enseñanza básica o ya lo tengan aprobado. (Esto es, 7º y 8º)

A través de este componente se implementan las actividades que permiten el desarrollo y fortalecimiento de las habilidades necesarias para la adecuada inserción social y laboral de las alumnas y alumnos.

Las alumnas y alumnos deberán cumplir con un 70% de asistencia, como mínimo, a las horas presenciales que se establezcan para este componente.

9.1. Principales actividades del Componente Desarrollo del diagnóstico sociolaboral de cada alumna y alumno, el cual permitirá

diseñar una estrategia de desarrollo del componente pertinente a sus necesidades. Este diagnóstico deberá registrar al menos la siguiente información: (i) la situación ocupacional, (ii) historia laboral, (iii) vinculación con redes de apoyo formal e informal, y (iv) los obstaculizadores al desempeño laboral, logrando distinguir las particularidades y características de cómo las mujeres y hombres se incorporan en el ámbito laboral, con el fin de posibilitar un diseño de un programa diferenciado de apoyo y orientación que contemple estas características particulares de las alumnas y alumnos.

Entrega a FOSIS del diagnóstico de las alumnas y alumnos y el respectivo plan de apoyo que deberá ser trabajado en las horas tutoriales de este componente. La información deberá entregarse en archivo Word y en archivo impreso.

El diagnóstico sociolaboral debe ser entregado al FOSIS, antes del inicio de las actividades educativas.

El instrumento a utilizar por el ejecutor para la realización del diagnóstico de entrada será proporcionado por FOSIS a las Instituciones ejecutoras.

Desarrollo del Componente

Para la realización del componente de Formación Sociolaboral se podrá considerar la realización de talleres, ejercicios de simulación, experiencias prácticas, grupales e individuales, apoyadas por docentes o monitores con experiencia en formación de adultos, por lo que se exigirá un mínimo de actividades equivalentes de 8 0 horas pedagógicas presenciales y 40 horas tutoriales,

Elaboración de un informe final de los logros alcanzados con el desarrollo del componente, que de cuenta de un plan de trabajo socio laboral individualizado por cada alumno y alumna el que será entregado a cada uno de ellos con copia al FOSIS.

9.2. Contenidos temáticos del Componente:

a) Módulo temático: Competencias Personales y Sociales

Este módulo apunta al desarrollo de competencias personales y sociales que favorecen la consolidación de una identidad personal positiva y conectada con su entorno social más cercano. Es necesario basar el desarrollo de este módulo sobre tres ejes centrales:

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Desarrollo personal: Es necesario desarrollar en las alumnas y alumnos una auto imagen positiva, basada en el reconocimiento de sus capacidades personales, desde su rol femenino y masculino, visualizando los aspectos que obstaculizan su inserción laboral.

Desarrollo de la expresión y la comunicación: Potenciar y fortalecer en las alumnas y alumnos el desarrollo de la capacidad de comunicación efectiva (clara, directa y oportuna) y el manejo adecuado de conflictos, considerando las características particulares de comunicación que ejercen desde su rol, femenino o masculino.

Desarrollo sociocomunitario: Desarrollar en las alumnas y alumnos la capacidad de trabajo comunitario y de relación con el entorno, considerando las potencialidades de hombres y mujeres y como éstos, se potencian en los distintos ámbitos locales de interacción, ya sea personal, familiar, en la comunidad y en el trabajo. Con lo anterior generar un liderazgo positivo, a través de la valoración de la participación comunitaria como herramienta para influir en las decisiones que le afectan.

El ejecutor deberá explicitar los contenidos, metodología y actividades a realizar, los que deben tener relación con las ocupaciones u oficios que puedan desempeñar las alumnas y alumnos.

b) Módulo temático: Competencias Laborales

Este módulo contempla competencias que son aplicables en diversos contextos laborales. Estas competencias están relacionadas con conocimientos, habilidades y destrezas cuyo dominio facilita la inserción laboral y el desempeño exitoso en un puesto de trabajo.

Estas competencias deben ser contextualizadas en un espacio similar al laboral, a través de un modelo de simulación o entrenamiento práctico para su consolidación, además las destrezas adquiridas deben ser posibles de medir y evaluar.

Al respecto, es necesario incorporar un análisis de género el cual considere las particularidades que tiene la inserción laboral de los hombres y las mujeres y, que permita, junto con analizarlas, implementar acciones que disminuyan brechas de género.

Las competencias mínimas a ser desarrolladas son:

Capacidad de análisis, la cual le permita tomar decisiones al momento de resolver problemas y/o dificultades en el ámbito laboral.

Capacidad de trabajo en equipo, de distinguir procesos organizacionales básicos en la esfera laboral, de colaborar con otras personas para el logro de metas comunes.

Capacidad para emprender nuevos desafíos, como la búsqueda de empleo, ser capaz de enfrentar y adaptarse a nuevos contextos laborales.

Conocimiento básico de la legislación laboral que nos rige y su aplicación en situaciones concretas. Entregar nociones generales relativas al concepto de “Trabajo” y sus distintos ámbitos, ya sea remunerado o no remunerado, formal o informal, con contrato o sin contrato, etc.

c) Módulo temático: Habilidades de Emprendimiento

Este módulo contempla actividades orientadas al desarrollo de actitudes y/o conductas, cuyo dominio debe facilitar el desarrollo de una actividad que permita potenciar habilidades que cada alumna y alumno trae consigo.

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Estas habilidades deben ser contextualizadas a través de un modelo de simulación o entrenamiento práctico para su consolidación, además de destrezas adquiridas, las cuales deben ser posibles de medir y evaluar.

Las habilidades mínimas que se deben abordar son las siguientes:

Habilidades de Gestión de Recursos: que incluye la capacidad de planificación y de definición de acciones específicas relacionadas con lo que han planificado, de administrar sus propios recursos, su propio presupuesto, de identificar y de buscar nuevas oportunidades para potenciar sus recursos.

Habilidades de Gestión de Información: utilización de contactos, redes de información para potenciar su actividad, conocimiento de los requisitos y exigencias para la formalización de actividades productivas o de autoempleo.

Habilidades de Liderazgo: que incluye la comunicación efectiva y eficiente, capacidad de motivar a otros en el logro de sus metas, desarrollar la pro – actividad, considerando las características y habilidades distintas que poseen o desarrollan tanto mujeres y hombres.

Las Bases regionales establecerán los contenidos específicos para el desarrollo de cada uno de los módulos, así como también deberán definir en cada una de las convocatorias, los módulos específicos del Componente de Formación Sociolaboral, teniendo como base la información disponible de las características de los beneficiarios y beneficiarias y de los territorios focalizados.

El Producto de este Componente, esto es, el servicio que el ejecutor debe garantizar es el siguiente: “Las alumnas y alumnos beneficiarios desarrollan habilidades sociales y laborales necesarias para una adecuada inserción en el mercado laboral”.

9.3.- Orientaciones metodológicas Respecto de los grupos - cursos correspondientes al componente de Formación Socio Laboral

la conformación de los grupos no debe exceder los 15 participantes.

Es importante que la conformación de los grupos cursos facilite el proceso de enseñanza y que el diseño de la metodología de intervención tome en cuenta las características personales, sociales y culturales, tanto de hombres como de mujeres, así como la dispersión geográfica.

Por lo tanto, el ejecutor deberá presentar una propuesta de cómo enfrentar esta situación, desde esta perspectiva la orientación del programa es que los educadores se adaptan a las necesidades de las alumnas y alumnos y no éstos al educador. Respecto del horario de las clases: La jornada de clase presencial no podrá exceder

diariamente las 6 horas pedagógicas, debiendo considerarse al menos, un receso de 15 minutos por cada dos horas pedagógicas.

Respecto de los principios que deben ser considerados en el diseño de la metodología de intervención:

Se debe articular los contenidos educativos y formativos del programa con las prácticas cotidianas de las usuarias y usuarios, a través de la valoración de su saber acumulado durante su experiencia de vida.

Se debe permitir desarrollar un proceso de formación integral; en el cual se considere las potencialidades de las usuarias y usuarios, y también sus dificultades, en relación con su entorno.

Se debe propiciar la participación de las alumnas y alumnos, de manera que sean sujetos activos de su formación y aprendizaje.

Se debe facilitar en las alumnas y alumnos una actitud crítica y de compromiso para afrontar sus problemas y desafíos.

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Se debe desarrollar una propuesta educativa que permita el fortalecimiento de las alumnas y alumnos, por lo tanto la complejidad y las exigencias deberán ser graduales según los avances que las y los beneficiarios/as vayan logrando.

Respecto del programa de trabajo y malla curricular: Cada alumna y alumno deberá recibir un programa de trabajo con la malla de contenidos y los objetivos de la formación que recibirá en el Componente de Formación Sociolaboral, antes del inicio de la ejecución de las actividades formativas. Se deberá enviar una copia de esta documentación al FOSIS para su aprobación.

Respecto del equipo profesional: El equipo profesional que ejecute la propuesta debe estar conformado por profesionales del área de la Formación de Adultos que desarrollen las acciones de capacitación y formación y que tenga experiencia en educación y capacitación con Enfoque en Competencias Laborales de adultos o jóvenes.

Las Bases Regionales podrán establecer requerimientos específicos del perfil del recurso humano.

Respecto del material de apoyo del Componente de Formación Sociolaboral: El material pedagógico que el ejecutor ponga a disposición de las alumnas y alumnos beneficiarios debe estar destinado a complementar los contenidos que se desarrollaran en clases presenciales y con los contenidos relacionados con el enfoque de competencias laborales. Deberá entregarse una copia del material pedagógico para cada alumno y alumna que sean beneficiarios y el diseño del mismo deberá ser pertinente con las características del grupo.

Las Bases Regionales podrán establecer orientaciones complementarias a las señaladas en este punto de acuerdo a las características específicas de la población objetivo de la convocatoria.

9.4. Etapas del Componente de Formación Sociolaboral

Respecto del Componente de Formación Sociolaboral se aplica el siguiente esquema:

Formación Sociolaboral

Etapa Duración máxima (meses)1. Selección de las

alumnas y alumnos beneficiarios

2. Diagnóstico Sociolaboral

1

2. Implementación de las Actividades Formativas 6

3. Certificación

4. Cierre y rendición final2

Total 9 meses

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ETAPA 1: Selección de las alumnas y alumnos beneficiarios

En esta etapa se realiza la difusión del programa y se aplican las fichas de entrevista individual para determinar la incorporación definitiva de cada postulante.

Las personas – hombres y mujeres- que postulen a la Formación Sociolaboral deberán tener aprobado o estar cursando el 3er nivel de Enseñanza Básica (7º y 8º año). Sin perjuicio de lo expuesto, se podrá autorizar en casos fundados, por la Subdirección de Gestión de Programas la inclusión de alumnas y alumnos que no cumplan con esta exigencia.

No obstante lo anterior, será responsabilidad del ejecutor completar los cupos, hacer la selección final de alumnas y alumnos beneficiarios y chequear ante el Ministerio de Educación el nivel educacional efectivo en que se encuentra las alumnas y alumnos beneficiarios, o realizar los trámites y gestiones pertinentes para obtener dichos certificados.

Del mismo modo, el ejecutor deberá entregar al FOSIS las fichas de entrevista individual aplicadas, llenada con toda la información solicitada. El formato de esta ficha será provisto por los ejecutores del Programa.

La duración máxima de esta etapa es de 30 días corridos, a contar del inicio de ejecución del proyecto.

El resultado de esta etapa es un listado de alumnas y alumnos seleccionados, aprobados por el FOSIS.

Reemplazo de las alumnas y alumnos beneficiarios

El Programa contempla la posibilidad de reemplazar alumnas o alumnos beneficiarios que se retiren. Sin embargo, el reemplazo se puede realizar hasta el 20% de avance de las actividades del Componente de Formación Sociolaboral.

Cabe señalar que los cupos no reemplazados serán considerados como desertores

ETAPA 2: Implementación de las actividades formativas

Una vez completada la etapa de selección de las alumnas y alumnos beneficiarios, y antes de dar inicio a la etapa de implementación de las actividades formativas, el ejecutor deberá contar como paso previo, con la aprobación por parte del FOSIS de la inspección de la infraestructura en que se realizarán las actividades del programa.

El inicio de esta etapa deberá verificarse en un plazo máximo de treinta y un días (31) corridos desde la firma del contrato entre el FOSIS y el Organismo Ejecutor y se registrará en un Acta de Inicio del Curso, cuyo formato será proporcionado por el FOSIS al ejecutor.

El no cumplimiento de este plazo de inicio por parte del ejecutor faculta a FOSIS para proceder al término anticipado del contrato.

En esta etapa se desarrolla el Componente del Programa, Formación Sociolaboral. Su metodología debe ser flexible, acorde con el entorno, los tiempos y necesidades de las alumnas y alumnos.

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El medio de verificación de esta etapa son los listados de las alumnas y alumnos que se presentarán a la certificación registro de asistencia y formularios de pago de beca.

La duración de esta etapa es de seis meses (6) para el desarrollo del componente de Formación Sociolaboral.

ETAPA 3: Etapa de certificación

Esta etapa se desarrolla una vez finalizadas las actividades del componente de formación sociolaboral y considera la certificación de competencias desarrolladas en este componente.

En el caso del Componente de Formación Sociolaboral se considerará alumna y alumno certificado aquel que aprueba el proceso de examinación en todas las áreas que correspondan a las competencias desarrolladas en el componente de formación sociolaboral. El ejecutor tendrá dos (2) oportunidades para presentar a las alumnas y alumnos a la certificación, en fechas y ante instituciones definidas por FOSIS en las Bases Regionales

Los medios de verificación de esta etapa son el Formulario Nº 3 Resultados en formación Sociolaboral, debidamente llenado en papel y archivo magnético, Formulario que se adjunta.

La duración máxima de esta etapa será de un mes, desde el término de la etapa anterior.

ETAPA 4: Cierre y rendición final

Se desarrollan las gestiones administrativas para el pago de la liquidación y cierre del proyecto. La duración de esta etapa es de aproximadamente un (1) mes.

9.5. Población Objetivo del programa

Son beneficiarios y beneficiarias (alumnos y alumnas) del Componente de Formación Sociolaboral, personas –hombres y mujeres- en situación de pobreza, y que cumplan con los siguientes requisitos:

Cesantes, subempleados o subempleadas o que buscan trabajo por primera vez. Personas de ambos sexos de 18 a 59 años que estén cursando o tengan aprobado el 3er

nivel de enseñanza básica (7º y 8º básico).

Cupos que se adjudican La unidad de adjudicación no podrá ser superior a 180 alumnas y alumnos por proyecto.

En las Bases Regionales se establecen los cupos y recursos a asignar por cada unidad territorial que forme parte de la convocatoria,

9.6. Ejecutores del programa

Tipo de ejecutor Ejecutor intermediario.

Los ejecutores del Programa podrán ser organizaciones no gubernamentales tales como: fundaciones, corporaciones, asociaciones gremiales, consultoras, Organismo Técnico de Educación y Capacitación, Universidades Privadas reconocidas por el Estado, entre otras; y

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organismos públicos como: Municipalidades e Instituciones de Educación Superior reconocidas por el Estado.

Las Bases regionales establecerán, para cada convocatoria, el o los tipos de ejecutores así como sus respectivas características específicas, cuando correspondan.

Requisitos solicitados a los ejecutores que se presentan a la convocatoria.

Al momento de presentar la propuesta, los proponentes deberán estar inscritos en el Registro Público de Ejecutores y Consultores del FOSIS, de acuerdo a la normativa que rige dicho Registro, contemplada en el Decreto Supremo Nº 55 de 1990 y Decreto Supremo Nº 249 de 1999, ambos de MIDEPLAN y, cuando corresponda, haber acreditado domicilio y experiencia de trabajo en la misma región donde se propone realizar el proyecto. Se exceptúan de esta exigencia los organismos públicos, Universidades e Institutos de Educación Superior o de Investigación, reconocidos por el Estado.

Tener experiencia demostrable de, a lo menos, tres años y capacidad para ejecutar proyectos en el marco de este Programa. La experiencia que se solicita está en el ámbito de la ejecución de programas educativos, de capacitación y/o formación profesional destinados a Jóvenes y/o adultos, en situación de pobreza.

En el caso del Componente de Formación Sociolaboral se requerirá un equipo profesional o técnico que tenga experiencia de, a lo menos, tres años en formación de adultos con enfoque en competencias laborales de adultos o jóvenes.

El Proponente deberá presentar un equipo profesional o técnico con experiencia de a lo menos tres años en las materias específicas que le corresponda impartir, experiencia en educación y capacitación de adultos y experiencia en metodologías relacionadas con enfoque de competencias.

El proponente deberá haber obtenido un porcentaje de aprobación mayor al 50%, si es que fue ejecutor del Programa de Nivelación de Competencias Laborales. Se exceptúan de este requisito los organismos que no han ejecutado proyectos del programa durante el año o los años que las Bases Regionales indiquen

10. INHABILIDADES

No podrán contratarse ni ejecutarse proyectos para ser financiados en cada convocatoria con los grupos, las organizaciones, las instituciones y/o personas que (según corresponda):

a) Hayan sido eliminados del Registro Público de Ejecutores y Consultores del FOSIS.b) Hayan participado el año anterior o estén participando en la evaluación ex ante de proyectos del

mismo programa y componente FOSIS al cual postula. c) Que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del FOSIS, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive.d) Cuyos directivos, administradores, representantes y socios sean miembros del Comité de Prelación o tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del FOSIS, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de alguno de los miembros del Comité de Prelación.e) Tengan entre sus directivos, administradores, representantes y socios o trabajadores, personas

que se desempeñen como consultores de apoyo del FOSIS.

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f) No hayan cumplido con algún contrato suscrito con el FOSIS y las razones de dicho incumplimiento sean imputables directamente al contratado, según conste en Resolución fundada del Servicio.

g) Que se encuentren en mora respecto a rendiciones de cuenta y/o devolución de recursos de proyectos financiados por el FOSIS. Se entenderá en mora todos los proyectos con rendiciones pendientes y respecto del cual se declaró el término de todas las actividades por parte de la persona a cargo de la supervisión del proyecto.

h) En general, no podrá contratarse con quien incurra en contravención a las normas sobre probidad administrativa, de conformidad con las Normas que al efecto establece la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

i) Si el proponente fue ejecutor del Programa de Nivelación de Competencias Laborales el año o años que las Bases Regionales indiquen y obtuvo un porcentaje de presentación a examinación o certificación promedio inferior al 50% de los proyectos que haya ejecutado.

El proponente deberá presentar una declaración jurada que exprese que no está afecto a ninguna de las inhabilidades señaladas precedentemente.

La falta de autenticidad en la declaración jurada conllevará la exclusión del proponente en el respectivo procedimiento administrativo, sin perjuicio de las sanciones que procedan contra ellos.

11. FINANCIAMIENTO

Ítems financiables para Ejecutores Intermediarios corresponde a: a) Inversión Directa: Corresponde a los recursos del proyecto que constituyen, de manera directa e inmediata, un beneficio material o inmaterial para los destinatarios del mismo. El monto total de éstos no podrá ser inferior al 80% del aporte FOSIS al proyecto.

Recursos de inversión: Corresponde a los recursos destinados al financiamiento de los planes de trabajo sociolaboral individuales cuyos/as destinatarios directos son los/as beneficiarios/as.

Recursos Humanos profesionales y/o técnicos para la entrega de los servicios directos a los beneficiarios/as: Corresponde a los recursos humanos que prestan servicios directos a los/as beneficiarios/as del proyecto. Se incluye en este subitem el recurso humano que realiza las labores de formación, pedagogía, asistencia técnica, capacitación y tutorías según corresponda.

Subsidios a los/as beneficiarios/as: Corresponde a los recursos que financian alimentación y/o traslado, pago de becas y seguro de accidentes del trabajo de los/as beneficiarios/as, cuando el tipo de actividad desarrollada así lo requiera.

Materiales de trabajo de los/as beneficiarios/as: Corresponde a los bienes, insumos y materiales cuyos destinatarios directos son los/as beneficiarios/as, incluyendo además el material educativo o pedagógico que se les entregue a los/as beneficiarios/as cuando corresponda.

Guardería Infantil : Corresponde al costo de funcionamiento del servicio de cuidado de niños, hijos/as de los beneficiarios/as, incluyendo recursos humanos, insumos, materiales y gastos de arriendo de infraestructura si se requiere.

b) Gastos asociados de Administración: Corresponde a los recursos del proyecto que directamente son necesarios e indispensables para la implementación o difusión del mismo.

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El monto total de estos gastos no podrá exceder de un porcentaje que fluctúe entre un 12% a un 15% del aporte FOSIS al proyecto, porcentaje que se especificará en las bases regionales respectivas.

Recursos Humanos de soporte al proyecto: Corresponde al recurso humano de apoyo a la ejecución del proyecto, incluyendo las funciones de coordinación y apoyo administrativo del proyecto.

Transporte e Infraestructura: Corresponde a los recursos destinados a arriendo de infraestructura para la ejecución del proyecto, equipamiento necesario para la entrega de los servicios y transporte para el recurso humano del ejecutor.

Material fungible: Materiales necesarios para la ejecución del proyecto y cuyos destinatarios directos no son los/as beneficiarios/as.

Comunicación y Difusión: Incluye la señalética del proyecto y material informativo que se entregue a los/as beneficiarios/as

Imprevistos: Incluye gastos en que deba incurrirse por situaciones extraordinarias, no contempladas en la formulación del proyecto y necesarias para su correcta ejecución.

Otros de Administración : Incluye gastos prorrateables o identificables relacionados con el proyecto y cuyos destinatarios directos/as no son los/as beneficiarios/as.

c) Gastos de Sostenimiento: Son aquellos gastos indirectos necesarios, en que debe incurrir el ejecutor para la ejecución y desarrollo del proyecto, tales como uso de infraestructura (oficinas), gasto de bienes y servicios de consumo (luz, agua, teléfono, sueldos junior, secretaria, etc.), registro contable de los recursos recibidos (contabilidad separada de otros ingresos del ejecutor) y otros de similar naturaleza que no son susceptibles de prorratearse e identificarse en forma precisa en el proyecto, y cuyo monto no podrá exceder de entre el 5 y 8% del valor total de proyecto.

Las Bases Regionales establecerán, dentro del conjunto de ítem y subítemes señalados en los párrafos precedentes, aquello que específicamente se financiará en cada convocatoria, señalando sus porcentajes, cuando corresponda. Esto deberá hacerse con sujeción al marco definido en estas Bases Generales.

Las Bases Regionales establecerán, dentro del conjunto de ítem y subítemes señalados en los párrafos precedentes, aquello que específicamente se financiará en cada convocatoria, señalando sus porcentajes, cuando corresponda. Esto deberá hacerse con sujeción al marco definido en estas Bases Generales.

Los porcentajes mínimos y máximos definidos de los ítemes a) “Inversión Directa” y b) “Gastos Asociados de Administración” podrán ser modificados frente a situaciones de carácter excepcional y con autorización escrita de la Subdirección de Gestión de Programas del FOSIS Nacional.

La rendición de cuentas se regirá por las normas legales y reglamentarias aplicables a la transferencia de fondos públicos a otros Servicios Públicos o al sector privado según correspondiere.

11.1. Restricciones de Financiamiento:

El programa no financiará:

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Adquisición de bienes materiales cuyo destinatario sea la Institución que ofrece el servicio especializado, aunque sean necesarios para el desarrollo de sus actividades.

Recursos humanos, profesionales y/o técnicos no relacionados con el proyecto.

Las Bases Regionales podrán establecer otras restricciones al financiamiento atendiendo a la realidad regional.

11.2. Normas que regulan el Traspaso de Anticipos

El ejecutor podrá solicitar un Anticipo de hasta un 80% del valor total del proyecto. Para otorgar este anticipo el ejecutor debe presentar:

Las garantías correspondientes según establece el punto 19 de estas Bases Generales.

El anticipo otorgado será descontado al momento de la rendición final. Si al finalizar el proceso de cálculo de pago, éste, por efecto del descuento del anticipo, arroja un saldo a favor del FOSIS, el ejecutor deberá proceder a reintegrar dichos montos en un plazo máximo de diez (10) días corridos, a contar de la fecha de comunicación del FOSIS.

Las Bases Regionales definirán el porcentaje específico del anticipo, sin perjuicio que los recursos anticipados deben garantizarse en un 100% de acuerdo a lo dispuesto en el punto 19 de las presentes Bases Generales.

12. RENDICIÓN FINAL

La rendición final tiene por objetivo establecer la diferencia entre el costo efectivo del proyecto, calculado según la tabla de pago por resultados a la que se hace referencia en el punto 12.3 de las presentes Bases Generales, y el o los anticipos recibidos por la Entidad Responsable. Esta rendición se efectuará una vez realizada la certificación de las alumnas y alumnos.

12.1. De los criterios y parámetros para el cálculo del costo efectivo de los cursos

Componente de Formación Sociolaboral

Se considerarán certificados en primera oportunidad a todas las alumnas y alumnos que, cumplen el proceso de certificación en la primera instancia fijada para ello.

Se considerarán certificados en segunda oportunidad a todas las alumnas y alumnos que, cumplen el proceso de certificación en las instancias fijadas para tal efecto.

Se considerarán reprobados las alumnas y alumnos que presentando a certificación, no aprueban, en ninguna de las dos (2) oportunidades disponibles para ello.

Se considerará desertores a las alumnas y alumnos que abandonen el curso antes de someterse al proceso de certificación.

12.2. Criterios y procedimientos de rendición

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Realizada la certificación de las alumnas y alumnos, se procederá a la liquidación del proyecto. Para cursar dicho pago, el FOSIS aplicará el procedimiento que a continuación se describe.

El Ejecutor, dentro de un plazo de treinta (30) días corridos, contados desde la certificación o la fecha de rendición del último examen, deberá entregar a FOSIS los siguientes documentos:

Acta de las alumnas y alumnos inscritos en el Programa (impreso de información ingresada al Sistema de Registro de Beneficiarios).

Formulario N°3 Resultado de Formación Sociolaboral , que se adjunta. Acta de presentación de las alumnas y alumnos a la certificación. Solicitud de pago de la liquidación. Última acta de “Registro de entrega de subsidios” ( si correspondiese)

12.3. Cálculo de la rendición

Se procederá a calcular el monto a pagar en la rendición de acuerdo a los siguientes valores definidos.

Valor Formación (VF): los costos directos e indirectos de las acciones de formación. Asignación Beneficiario(a) (AB): el monto definido por FOSIS en las Bases Regionales cuando corresponda, destinado a:

Movilización: contribuir a financiar los desplazamientos de las beneficiarias o beneficiarios para efectos de asistir a las actividades presenciales que demande el programa y que asciende a una suma total de $30.000 (treinta mil pesos) por alumna y alumno, durante toda su participación en el programa.

Incentivo a la inserción laboral: equivalente a un 15% del valor alumno, se otorgará por una sola vez y corresponde a un pago adicional al ejecutor, que voluntariamente realice las coordinaciones necesarias y que por esta vía logre la inserción laboral de el/la / los(as) alumnos /as . Este acción puede implementase al término de la certificación o en la fase de ejecución del componente de Formación Sociolaboral, en cuyo caso el ejecutor deberá asegurarse que el alumno/a participante complete las horas necesarias para su certificación.

Del mismo modo, se contempla un incentivo4 por una sola vez, a cada alumna y alumno que obtuvo su certificación y que accede a una actividad laboral, con el objeto de contribuir a financiar los requerimientos mínimos para propiciar la inserción laboral de los beneficiarios o beneficiaras, y que asciende a una suma total de $50.000 (cincuenta mil pesos) por alumna y alumno. Este monto se entregará al ejecutor, quien se encargará de traspasarlo a los/as alumnos/as. Valor Total del Proyecto (VTP): la suma de los dos componentes anteriormente mencionados (VTP = VF + AB).

4 El pago del incentivo a las alumnas y alumnos deberá constar en un “Registro de entrega de incentivo”, el que deberá entregarse a FOSIS como requisito de la liquidación. Deberá ser firmado por un representante del Ejecutor y por la alumna y alumno correspondiente, según formato entregado por el FOSIS. Este Registro servirá de comprobante y no será exigible factura al Ejecutor por este concepto.

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Valor Alumno(a) (VA): el cuociente entre el valor formación (VF) y el número de alumnas y alumnos propuestos y se utiliza como base del cálculo para determinar el monto a pagar al organismo capacitador (VA = VF / n° de alumnos/as).

En función de los resultados de la ejecución del Programa, se pagará un Incentivo a la Alumna / Alumno Aprobado (IAA), que logra aprobar la certificación en la primera oportunidad y que asciende a un valor de $10.000 (diez mil pesos), por una sola vez. Este monto se entregará suplementariamente al momento de la liquidación final.

El monto total a pagar al Organismo Ejecutor guarda directa relación con los resultados alcanzados por éste en la ejecución del programa. Es decir, resultados del proceso de intervención y de los logros del Componente de Formación Sociolaboral. El monto total a pagar al Organismo Ejecutor guarda directa relación con las certificaciones de las competencias logradas por las alumnas y alumnos.

En la tabla que se presenta a continuación se entrega los valores de pago por usuaria y usuario según su condición.

TABLA PARA CALCULAR EL VALOR EFECTIVO POR ALUMNO MEDIDO COMO PORCENTAJE DEL V.A. COMPONENTE DE FORMACION SOCIOLABORAL

Beneficiarios/as presentados a certificación y reprobados 80%

Beneficiarios/as con certificación 100%

Del valor total resultante, se descontará el pago del anticipo entregado, si correspondiere. Una vez calculado el monto a pagar, según el procedimiento descrito, el FOSIS se lo comunicará al Ejecutor.

Si al finalizar el proceso de cálculo de pago, el Ejecutor adeuda algún monto por efecto de los descuentos del anticipo realizado, el Ejecutor deberá proceder a devolver los dineros que adeude, en un plazo máximo de diez (10) días a contar de la fecha de la comunicación del FOSIS.

En los cálculos de cualquiera de las cifras, se despreciarán las fracciones inferiores a 0.5 y las iguales o superiores se subirán al entero.

13. DIFUSIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

Para la difusión de las Bases de Convocatoria se deberá distinguir si se trata de una Licitación Pública o de una Licitación Privada, debiendo proceder de la siguiente manera:

A. Licitación Pública: La convocatoria deberá publicarse en un medio de comunicación escrito local, regional o nacional.

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B. Licitación Privada: La convocatoria la realizará la Dirección Regional del FOSIS a los posibles proponentes a través de cartas certificadas.

MATERIAS QUE SE APLICAN A AMBOS COMPONENTES

A continuación se detallan distintos temas que se refieren a los procedimientos administrativos que rigen del mismo modo para ambos componentes del Programa de Nivelación de Competencias Laborales.

14. ACLARACIONES A LAS BASES DE CONVOCATORIA

Habrá un período en que los futuros proponentes podrán formular por escrito todas las preguntas o dudas que les pudieran surgir de las Bases de Convocatoria, con el fin de que dichas interrogantes les puedan ser aclaradas por el FOSIS.

En las respectivas Bases Regionales se establecerá el periodo de consulta y el plazo de respuesta por parte del FOSIS. Las respuestas y aclaraciones se harán a través de cualquier medio escrito que defina el FOSIS en las Bases Regionales, a todos quienes retiren/compren las Bases de Licitación.

Las consultas, respuestas y aclaraciones pasarán a ser parte de las Bases de Licitación.

15. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Del contenido de las Propuestas presentadas por Ejecutores Intermediarios

Identificación de la propuesta: Se debe especificar el nombre de la propuesta, una descripción breve de lo que se pretende realizar, la localización, la identificación del ejecutor, convocatoria a la que postula, los beneficiarios y beneficiarias (caracterización y cobertura) y los montos contemplados, tanto los solicitados como los aportes de otros.

Antecedentes del Ejecutor: Se debe detallar la experiencia del ejecutor en relación a la temática de la convocatoria así como también respecto del conocimiento del territorio, las experiencias de trabajo previas en él y con el tipo de beneficiarios a los cuales se dirige la propuesta.

Asimismo, la infraestructura y equipamiento con que cuenta adjuntando a la propuesta un certificado y/o comprobante de disponibilidad de la infraestructura comprometida. También deberá acompañar los certificados que acrediten la experiencia del organismo proponente de acuerdo al formato entregado por el FOSIS. Ambos certificados serán materia de la evaluación de la propuesta en la etapa de evaluación Integral del diseño de la propuesta.

Objetivos de la propuesta: La propuesta debe enmarcarse en los objetivos específicos establecido /os en las Bases Regionales, los cuales guardan relación directa con los establecidos en las presentes Bases Generales. El objetivo específico define el efecto directo que debiera producirse al concluir exitosamente la intervención y que además contribuye a los logros del objetivo general.

Productos: la propuesta debe especificar los bienes y servicios que se obtienen o reciben, por parte de las alumnas y alumnos beneficiarios el hecho de haber realizado con éxito las actividades contempladas en la intervención. Los productos serán definidos en las respectivas Bases Regionales.

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Metodología: La propuesta debe definir la manera específica (técnicas, instrumentos, materiales) que va a utilizar para difundir la propuesta, para seleccionar a las alumnas y alumnos, para desarrollar las actividades necesarias para lograr los productos, para la participación de los beneficiarios (as) y para evaluar los resultados de la intervención. Un aspecto relevante de la metodología es que ésta considere adecuadamente la perspectiva de género, de manera que se asegure la igualdad de acceso y uso de los bienes y servicios que se ponen a disposición de ellos / as así como también los resultados de la intervención. Será especialmente relevante asegurar que el material de trabajo dirigido a los/as beneficiarios y beneficiarias, sea pertinente, incorporando un lenguaje incluyente, y con ejemplos y ejercicios que den cuenta la diversidad de situaciones que afectan a hombres y mujeres. Otras especificaciones en torno a los requerimientos metodológicos serán entregadas por FOSIS en las Bases Regionales.

Actividades: En este ítem se deben describir las principales acciones y tareas necesarias para la obtención de los productos. Será necesario tener presente en la elaboración de esta materia, que las actividades deberán garantizar la participación equitativa de hombres y mujeres.

Recursos Humanos: Se debe especificar los antecedentes curriculares de las personas que ejecutarán la propuesta; su experiencia tanto en los temas, territorios y en trabajo con beneficiarios y beneficiarias de la convocatoria. Además se deberá especificar claramente la disponibilidad y dedicación de cada uno de los integrantes del equipo propuesto durante el desarrollo del proyecto5, asimismo la organización que se ha dado al equipo para el desarrollo del proyecto, identificando los roles y responsabilidades que asumirá cada uno de ellos. Se deberá adjuntar una fotocopia autorizada ante Notario Público del certificado de título de los integrantes del equipo propuesto, lo que será materia de análisis en la etapa de evaluación integral del diseño de la propuesta. El equipo deberá estar conformado al menos por un/a profesional con formación y experiencia en enfoque de género.

Coordinación: Interesa señalar los organismos e instituciones con los cuales es necesario establecer vinculaciones para poder obtener los productos contemplados en la intervención. Las bases regionales establecerán los organismos y/o instituciones con la(s) cual(es) deberán coordinarse y las acciones que se requiere realizar.

Sustentabilidad: Se refiere a la descripción de los mecanismos o procesos a través de los cuales se propone asegurar la continuidad de las acciones que desarrollará y/o la permanencia de los cambios que se busca generar en los beneficiarios y beneficiarias y sus condiciones de vida.

Supuestos y condiciones del entorno: Interesa incluir todos aquellos factores externos (condiciones, acontecimientos y/o decisiones) que están fuera del área de intervención directa de quienes son responsables de la propuesta, sin embargo son necesarios para el logro de los productos y objetivos de la intervención.

Difusión: Se requiere especificar los mecanismos de difusión del proyecto desde las actividades que se desarrollan y los resultados que se obtienen en el territorio que se interviene. En la elaboración de los contenidos de Difusión, se deberá incorporar las especificaciones establecidas en el punto 20.3.3.1 hasta 20.3.3.4 de las Bases Generales.

Presupuesto: Se requiere especificar la distribución de los recursos por cada uno de los ítem del proyecto y su descripción.

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Cronograma: La propuesta debe incluir un cronograma en el cual se consignen las etapas, actividades y plazos establecidos para su ejecución.

Las Bases Regionales podrán incluir mayor especificación de la información que se requiere para cada uno de los puntos desarrollados con anterioridad.

16. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Para el diseño y la presentación de las propuestas se deberán utilizar los documentos señalados en el presente instrumento y deberán ser entregadas en la fecha, hora y lugar indicado en las Bases Regionales.

Retiro de Bases y Documentación Relacionada

Quienes deseen participar en la Convocatoria deberán retirar la documentación relacionada, en la Oficina Regional del FOSIS correspondiente y/o en los lugares que el FOSIS haya fijado y habilitado especialmente al efecto.

Las Bases podrán ser vendidas y su precio deberá ser informado por el FOSIS a los potenciales proponentes en la etapa de Difusión.

Requisitos para la Presentación de Propuestas

Los postulantes deberán presentar un original y una copia completa de cada propuesta. Además, si Fosis en sus Bases Regionales lo estima necesario, se deberá además incluir una versión en CD.

Tanto el original como su copia deberán presentarse en sobres separados y cerrados los cuales deberán contener toda la documentación y formularios que sean exigidos en las Bases Generales y Regionales.

Además, cada sobre deberá llevar adherida una ficha externa de presentación de propuesta, proporcionada por el FOSIS, que deberá completar el proponente y que contendrá la información general de la propuesta. Con ella se elaborará un comprobante de recepción con el código asignado, el que será entregado al proponente.

Los proponentes que sean personas jurídicas deberán acompañar una declaración jurada simple, cuyo formato se acompañará en las Bases Regionales, indicando su capacidad legal para contratar con el FOSIS (punto 2.4.1 de estas Bases Generales).

17. CEREMONIA DE APERTURA

La ceremonia se realizará en el lugar, día y hora que determine la Dirección Regional del FOSIS, en un plazo no superior a las 72 horas siguientes al cierre de la recepción de las propuestas.

El FOSIS realizará la ceremonia de apertura con la presencia de:

El Director o Directora Regional FOSIS o quien éste designe en su reemplazo.

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El Asesor/a Jurídico/a Regional FOSIS, o a quien se designe en su ausencia, para actuar como ministro/a de fe.

Los proponentes que deseen asistir.

De esta ceremonia se levantará un Acta que indicará lugar, fecha y hora de la ceremonia, nombre de los asistentes, número total de las propuestas presentadas, y la siguiente información de éstas:

1. Código asignado por el FOSIS.

2. Nombre de la propuesta.

3. Nombre o razón social del proponente.

4. RUT del proponente

5. Monto del aporte solicitado al FOSIS.

6. Monto de los otros aportes

7. Tipo y número de beneficiarios y beneficiarias directos.

El acta deberá ser firmada por el Director o Directora Regional FOSIS o quien éste haya designado al efecto, el asesor/a jurídico/a regional como ministro de fe o la persona que en ausencia de éste sea designado y los proponentes, que estando presente en el acto de apertura, deseen firmarla.

Las Bases Regionales entregarán la información relativa a los aspectos descritos en este punto.

18. A) EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

Proceso de Evaluación Ex – ante

En este proceso se deberán evaluar las propuestas presentadas.

El proceso de evaluación ex ante se organizará de acuerdo a las siguientes etapas:

a) Admisibilidad

La admisibilidad es la condición que permite que una propuesta participe del proceso de evaluación técnica. En el caso de este Programa, se entiende que:

Una propuesta es admisible si:

Presenta la propuesta en las copias y adjuntando los formularios correspondientes tal cual lo establecen las respectivas Bases Generales y Regionales.

El proponente tiene vigente su inscripción en el Registro Público de consultores del FOSIS. El proponente no presenta inhabilidades legales para ejecutar proyectos financiados por FOSIS. El Monto Solicitado al FOSIS corresponde al establecido en las Bases Regionales de la

convocatoria.

Las propuestas declaradas admisibles, pasarán a la etapa de evaluación técnica, la que contempla la revisión de los requisitos mínimos de elegibilidad y la evaluación integral del diseño de la propuesta.

b) Evaluación Técnica

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b.1. Verificación de Requisitos Mínimos de Elegibilidad

La evaluación ex ante es realizada por instituciones externas a FOSIS, que participan en un proceso de licitación convocado especialmente para este servicio, y que poseen una idoneidad profesional en el tema de que se trata, hecho que será ponderado por FOSIS al momento de la adjudicación. La institución adjudicada evaluará generando comisiones o grupos de trabajo, definidos en las Bases Regionales.

La elegibilidad es la primera etapa de la evaluación técnica, en la cual se verifica que las propuestas cumplan con las exigencias técnicas básicas que hacen viable su ejecución.

Una propuesta cumple con los requisitos mínimos de elegibilidad si se dan las siguientes condiciones:

Los territorios en los cuales se ejecutará la propuesta coinciden con los establecidos en las Bases Regionales.

Los ítemes del presupuesto solicitado corresponden a los establecidos en las Bases Regionales y se ajustan a los porcentajes establecidos, cuando corresponda.

La ejecución de la propuesta se realizará en los tiempos establecidos en la convocatoria, según lo señalan las respectivas Bases Regionales.

El tipo de beneficiarios y beneficiarias y la cobertura que se consideran en la propuesta, corresponden a lo especificado en las Bases Regionales.

El Proponente considera en la propuesta los componentes y/o líneas que se financiarán según se establecen en las Bases Regionales.

Dado que los requisitos mínimos corresponden a las condiciones básicas que deben cumplir las propuestas para estar en plena correspondencia con los lineamientos operacionales del Programa; el no cumplimiento de uno de ellos dará lugar a la declaración de no elegibilidad. En tal caso, la propuesta NO CONTINUARA en el proceso de evaluación técnica.

b.2. Evaluación Integral del Diseño de propuestas

La evaluación integral del diseño de propuestas presentadas se realizará en base a los siguientes criterios de evaluación:

Criterios de Evaluación

Los criterios evaluativos delimitan el contenido de la evaluación integral del diseño de las propuestas, en la medida que corresponden a los énfasis o preocupaciones específicas que interesa revisar. Definidos éstos, se espera que la evaluación permita emitir juicios fundados sobre cada uno de ellos, los cuales mirados en conjunto, permitan valorar en forma integral cada una de las propuestas presentadas.

Durante el proceso de evaluación se podrán realizar visitas e inspecciones a la dirección señalada como domicilio por los proponentes. Además el FOSIS podrá solicitar todas las aclaraciones que estime pertinente al mismo proponente, sin que ello signifique modificar las propuestas presentadas.

Los criterios evaluativos que serán utilizados para valorar la propuesta y sus porcentajes, son los siguientes:

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1. La evaluación técnica de los aspectos generales de la propuesta cuya ponderación es de un 40% :

Idoneidad institucional: 0,35% Será materia de evaluación la experiencia institucional en la temática, los territorios y el tipo de población objetivo. Del mismo modo se evaluará la disponibilidad de la infraestructura comprometida y el tipo de equipamiento. Será necesario que se adjunten tanto los certificados de experiencia institucional como los que garantizan la disponibilidad de la infraestructura comprometida.

Coherencia interna: 0,45% Esta se refiere al grado de relación lógica que existe entre los elementos principales que constituyen la propuesta. El esquema analítico que se use debe relacionar, al menos, el encadenamiento existente entre el presupuesto solicitado, las actividades contempladas, los servicios y/o beneficios comprometidos (productos) y los efectos esperados (objetivos). Asimismo, interesa analizar las vinculaciones que, la propuesta establece con otros actores, que son necesarias para el desarrollo de la propuesta.

Sustentabilidad: 0,20% Este criterio analiza en qué medida los cambios logrados como consecuencia de la intervención, se mantienen después que ésta ha finalizado

Asimismo, los criterios evaluativos que serán utilizados para valorar la propuesta por componente y/o línea son los siguientes:

2.- Evaluación técnica por componentes o líneas cuya ponderación es de un 60% Pertinencia: 0,30% Apunta a medir el grado de adecuación o consideración que la modalidad

de intervención, particularmente su metodología, tiene respecto a las características particulares de los beneficiarios y beneficiarias del proyecto. Esta metodología debe incorporar la perspectiva de género que asegure la igualdad en el acceso y uso de los bienes y servicios del Programa, proponiendo las acciones que permitan resolver los factores que limitan el acceso igualitario de hombres y mujeres de acuerdo a las orientaciones entregadas por FOSIS en las Bases Regionales.

Recursos Humanos: 0,50% Serán materia de evaluación los antecedentes técnicos de los/las profesionales y técnicos que ejecutarán directamente la propuesta, considerando su experiencia tanto en los temas, territorios y tipo de beneficiarios y beneficiarias de la convocatoria. Además se deberá especificar claramente la disponibilidad y dedicación de cada uno/a de los/las integrantes del equipo propuesto durante el desarrollo del proyecto y la organización establecida para su ejecución. Se deberá adjuntar una fotocopia autorizada ante Notario Público del certificado de título de los integrantes del equipo propuesto. Será materia de evaluación que el equipo esté conformado por al menos un/a profesional con formación y experiencia en enfoque de género.

Adecuación Presupuestaria: 0,20% Si bien este elemento es parte de la coherencia interna, interesa en este punto revisar la coherencia que existe entre el presupuesto solicitado y el tipo de servicio o beneficio comprometido y la cobertura que se pretende garantizar.

Las evaluaciones técnica relativas a los Nºs 1 y 2 precedentes, se aplican a todos los proponentes, sea o no que hayan ejecutado proyectos con el FOSIS. En el caso de instituciones que hayan ejecutado proyectos FOSIS, se aplica, adicionalmente, una evaluación de desempeño, que se señala a continuación. Sólo en este caso, las evaluaciones técnicas relativas a los Nºs 1 y 2 precedentes, se ponderarán en un 70%, en su conjunto, y la evaluación de desempeño del ejecutor en un 30%.

3.- Evaluación del desempeño del ejecutor: 0,30% En el caso de las instituciones que hayan ejecutado proyectos para el FOSIS, será materia de evaluación su desempeño anterior. Para tal efecto se calificará con una nota de desempeño derivada de la supervisión del (los) proyecto(s)

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ejecutados a partir del año 2004. Este criterio está establecido y se registra en el Sistema de Gestión de la Inversión FOSIS.

B) SELECCION DE LAS PROPUESTAS

Adjudicación

En esta etapa, una vez que las propuestas presentadas a la(s) respectiva(s) convocatoria(s) hayan sido sometidas al proceso de evaluación ex ante, corresponderá decidir cuáles de ellas será(n) financiada(s). La adjudicación corresponderá al Director(a) Regional quien resolverá sobre la base del informe suscrito por el Comité de Prelación, cuya conformación se especificará en las Bases Regionales y que tendrá como función fijar un orden de prioridad para el financiamiento de las propuestas técnicamente elegibles.

La adjudicación de las propuestas deberá efectuarse de entre las declaradas técnicamente elegibles. Se deberá adjudicar hasta completar la totalidad de los recursos que el FOSIS haya determinado como disponibles para la respectiva Convocatoria o, hasta completar las propuestas técnicamente elegibles.

Aquellas propuestas técnicamente elegibles pero que no pudieron financiarse formarán una lista de espera, según el orden fijado por el Comité de Prelación, para que el FOSIS pueda adjudicar recursos directamente a éstas, en el caso en que la(s) propuestas adjudicadas no se haya(n) podido contratar y/o ejecutar. Dicha lista se confeccionará en base a la evaluación y calificación que obtuvieron las propuestas, y se adjudicará según el orden de prelación de mayor a menor puntaje.

Cuando se trate de proyectos que se rigen por el mecanismo de asignación directa, el Director/a Regional adjudicará el/los proyectos(s) presentado(s).

La selección definitiva de las propuestas, será sancionada mediante Resolución de la Dirección Regional del FOSIS.

Publicación y Notificación de resultados

Una vez que se han adjudicado propuestas, el FOSIS notificará los resultados a través de carta certificada firmada por el o la Director/a Regional.

El plazo para notificar es de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha de dictación de la resolución de adjudicación por el/la Directora/a Regional respectivo/a, a todos quienes presentaron propuestas en la convocatoria. La carta certificada deberá indicar el estado en que quedó su propuesta esto es:

a) No-Admisible

b) Técnicamente no elegible

c) No-Adjudicado

d) Adjudicado

En dicha notificación, el FOSIS informará al proponente las principales razones por las cuales la propuesta que presentó quedó en el respectivo estado.

19. REQUISITOS PARA LA TRANSFERENCIA DE LOS RECURSOS FINANCIEROS

Contrato

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Una vez que la(s) propuesta(s) ha sido adjudicada(s) se procederá a suscribir un contrato entre el FOSIS y el correspondiente ejecutor.

El FOSIS, previo estudio de los antecedentes legales del ejecutor, elaborará y remitirá por carta certificada tres ejemplares del contrato y sus anexos para la firma del o los representante(s) legal(es) del ejecutor. Dicha firma deberá ser autorizada ante Notario u otro Ministro de fe autorizado, según corresponda, en cada uno de sus ejemplares y anexos. Se exceptúan de esta autorización los ejecutores señalados en el inciso 8º del artículo 10 de la Ley del FOSIS (Ley Nº18.989).

El plazo máximo para la firma y devolución de los respectivos ejemplares será de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha en que el ejecutor lo recibe. La notificación por carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

Las notificaciones podrán hacerse en la oficina de la Dirección Regional del FOSIS respectiva, si el ejecutor se apersonare a recibirla, firmando un certificado emitido por el FOSIS de recepción de los ejemplares de contrato.

Si no se cumple con el trámite anterior por causas atribuibles al ejecutor, el FOSIS debe dejar sin efecto la adjudicación.

Constitución de Garantías

Paralelamente a la firma de(los) contrato(s) y su(s) anexo(s), el ejecutor deberá constituir una Garantía por un valor monetario equivalente al diez por ciento (10%) del monto del aporte FOSIS al proyecto, destinada a garantizar el fiel, oportuno y cabal cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato y sus anexos. Dicha garantía deberá mantenerse vigente, en forma ininterrumpida, hasta tres (3) meses posteriores a la fecha establecida para el término de la ejecución del proyecto.

Los ejecutores que soliciten anticipos al FOSIS, deberán constituir Garantía(s) por el monto total de cada anticipo. Dicha(s) garantía(s) deberá(n) mantenerse vigente, en forma ininterrumpida, hasta la recepción conforme de la rendición total del anticipo solicitado, en los términos que se establezcan en las bases regionales.

Se aceptarán como garantías válidas la Boleta de Garantía Bancaria o Póliza de Seguro extendida a favor del Fondo u otra cualquiera modalidad suficiente y adecuada, según lo señala el artículo 10 de la Ley Nº18.989, Orgánica del FOSIS.

Las Bases Regionales establecerán el(los) tipo(s) de garantía(s) que el FOSIS aceptará como válidas, las cuales son Boleta de Garantía Bancaria o Póliza de Seguro extendida a favor del Fondo u otra cualquiera modalidad suficiente y adecuada, según lo señala el artículo 10 de la Ley Nº18.989, Orgánica del FOSIS.

Con todo, estarán exentos de la obligación de constituir las garantías establecidas precedentemente, las Municipalidades, las instituciones del Sector Público, Universidades e Institutos de Educación Superior o de Investigación, reconocidos por el Estado.

20. EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

20.1 Condiciones generales para la ejecución

20.1.1. Plazo de Inicio y Período de Ejecución

Suscrito el contrato y sus anexos y totalmente tramitada la Resolución que lo hubiere aprobado, el ejecutor deberá dar inicio a la ejecución del proyecto, en la fecha señalada en el contrato.

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En casos debidamente fundamentados y antes que venza el plazo establecido para iniciar el proyecto el ejecutor podrá solicitar al FOSIS regional la ampliación de dicho plazo. Esta solicitud será resuelta por la Dirección Regional FOSIS en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de su recepción.

Con todo, ningún proyecto podrá iniciarse después de sesenta (60) días corridos, contados desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.

Si el ejecutor no da inicio al proyecto en el plazo convenido por causas ajenas a la responsabilidad del FOSIS e imputables a su propia responsabilidad, el FOSIS pondrá término anticipado del contrato y hará exigibles las garantías constituidas.

El proyecto deberá realizarse en el período de ejecución establecido en el contrato. Sin embargo, por causas justificadas y con la correspondiente autorización del FOSIS, el período de ejecución podrá extenderse por un máximo de 4 meses adicionales. Todas las extensiones de plazo deberán ser autorizadas por resolución fundada de la Dirección Regional del FOSIS y previa extensión por el periodo respectivo, de la vigencia de las garantías constituidas por el ejecutor.

20.1.2. Utilización de los mecanismos de registro y sistemas de información del FOSISEl FOSIS informará al ejecutor a través de las Bases Regionales de cada convocatoria los

mecanismos de registro de la información que requerirá en cada caso y de los sistemas de información que se deberán utilizar por parte del ejecutor. El FOSIS deberá proveer en cada caso el instrumental, los procedimientos que se aplicarán, el acceso e inducción en el uso de los sistemas de información que implemente, cuando se requiera.

En el caso de la información relativa a la identificación de cada beneficiario y/o beneficiaria, el ejecutor intermediario deberá ingresarla a través del sistema Nacional de Beneficiarios y beneficiarias de la institución, el cual estará disponible desde el momento de inicio de los proyectos a través de la página web de FOSIS.

A todo evento, el FOSIS informará al ejecutor al inicio del proyecto de los mecanismos de registro y sistemas de información que se utilizarán.

20.1.3. Adecuación a las actividades del proyecto

La norma general es que el proyecto deberá ejecutarse de acuerdo a como fue contratado por el FOSIS. Sin perjuicio de lo anterior, durante la ejecución y a través del proceso de supervisión, se podrán acordar adecuaciones a las actividades y asignación de recursos del proyecto entre el FOSIS y el ejecutor, orientadas siempre al logro de los productos comprometidos. Dichos cambios deberán ser autorizados por resolución fundada de la Dirección Regional del FOSIS.

En ningún caso, dichas adecuaciones podrán afectar los montos de financiamiento que efectuará el FOSIS.

20.1.4. Cumplimiento de los procedimientos administrativosLa ejecución de los proyectos se someterá a todos los procedimientos administrativos

establecidos por el FOSIS, de acuerdo a su condición de organismo público, de acuerdo con la legislación vigente

20.2. Sanciones e incumplimientosSi durante la ejecución del proyecto surgieran desacuerdos entre las partes que pongan en

peligro el cumplimiento de los productos y metas del mismo o, sobre el destino de los fondos aportados por el FOSIS, éstos deberán ser resueltos de común acuerdo. En caso que no fuere

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posible llegar a una solución conveniente, el FOSIS, se reserva el derecho de reconsiderar el financiamiento y de poner término unilateral y anticipado al contrato.

Sin perjuicio de lo anterior, el FOSIS pondrá término unilateral y anticipado al contrato si:

a) El ejecutor no cumple las obligaciones contraídas en el contrato.

b) El ejecutor no cumple con lo establecido en las Bases Generales y Regionales de la convocatoria respectiva.

En estos casos, sin perjuicio de las medidas administrativas y legales que correspondan, el FOSIS ejecutará las garantías constituidas para el proyecto y solicitar la eliminación del ejecutor del Registro Público de Consultores y Ejecutores del FOSIS, en conformidad al Decreto Nº249 de 1999, del Ministerio de Planificación y Cooperación.

20.3. Difusión del proyecto

El ejecutor del proyecto actúa como intermediario entre los beneficiarios y beneficiarias de programas y el FOSIS. Por tanto, la ejecución que lleva a cabo debe asegurar que los beneficiarios y beneficiarias, autoridades y/o la opinión pública reconozcan: (a) los propósitos que persigue el FOSIS para con los beneficiarios y beneficiarias del programa o proyecto que se ejecuta; y (b) que la intervención es una iniciativa financiada por el Gobierno de Chile, a través del FOSIS.

En consecuencia, la difusión del proyecto deberá ajustarse a las siguientes orientaciones:

20.3.1. Logotipo Institucional

Cada ejecutor deberá incluir en todos los materiales de difusión del proyecto, el logo institucional del FOSIS. Además y cuando sea necesario, deberá introducir su propio logotipo de acuerdo al tamaño y calidad de presentación que no exceda al del FOSIS, asimismo deberá expresar la calidad en que actúa, asociándolo a las expresiones “ejecutor” o “por encargo de“.

20.3.2. Potenciales beneficiarios y beneficiarias

En los casos en que en las Bases Regionales establezcan la posibilidad de seleccionar los beneficiarios y beneficiarias, dado que no se cuenta con la identificación precisa de éstos, el ejecutor deberá ceñirse a las siguientes indicaciones:

- El ejecutor deberá difundir el proyecto en el territorio a intervenir con la finalidad que potenciales beneficiarios y beneficiarias del mismo puedan participar.

- El ejecutor deberá establecer un mecanismo a través del cual los potenciales beneficiarios y beneficiarias interesados, manifiesten su voluntad para participar en los cursos.

- El ejecutor debe entregar dicha información de los interesados en participar en los cursos, a FOSIS regional.

- El ejecutor deberá concordar con FOSIS el mecanismo de selección de los beneficiarios y beneficiarias del proyecto.

- Luego del proceso de selección de los beneficiarios y beneficiarias, el ejecutor deberá enviar una carta cuyo formato será entregado por FOSIS a quienes se interesaron en participar, indicando las razones para su inclusión o exclusión del proyecto.

- Los medios de comunicación utilizados para la difusión deberán ser aprobados por FOSIS Regional

- El contenido y diseño del material de difusión deberá ser presentado a FOSIS regional para su visto bueno.

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20.3.3. Difusión de programas con beneficiarios y beneficiarias

La difusión del programa dirigida a los beneficiarios y beneficiarias deberá contener como mínimo lo siguiente:

20.3.3.1. Acta de compromiso

El Acta de Compromiso es un formulario a ser llenado por el Ejecutor del Programa y el beneficiario o beneficiaria del mismo, al momento de dar inicio formal al trabajo o de incorporarlo al Programa.

Se trata de imprimir a la relación entre “beneficiario y/o beneficiaria – Ejecutor Intermediario – FOSIS”, un sello de compromiso, de deberes y derechos de las partes, así como de transparentar los recursos, plazos y resultados esperados.

Al ejecutor le corresponderá organizar el proceso de firma, reproducción y difusión de las actas compromisos, que FOSIS proporcionará al ejecutor en formato digital.

Dicha acta es firmada por todos los beneficiarios y beneficiarias que han accedido al proyecto.

20.3.3.2. Eventos Públicos

El ejecutor deberá realizar al menos una ceremonia de inicio y una de cierre de proyecto que debe ser concordados con el FOSIS.

Todos los eventos públicos deberán considerar la definición conjunta de fechas, lugar, programa, contenidos e invitaciones. Las invitaciones, certificados y todo material gráfico a utilizar se harán acorde a los diseños proporcionados por el FOSIS.

20. 3.3.3. Señalética

El ejecutor deberá confeccionar un cartel, pendón móvil o cruza calles, el que se deberá instalar y mantener en el lugar de ejecución del proyecto durante toda la duración del mismo, el cual indicará a la comunidad local el nombre del proyecto, los beneficiarios y beneficiarias y que el proyecto es financiado por el FOSIS.

Las características, plazos de instalación, uso y mantención serán proporcionados al adjudicatario por el FOSIS en la fecha señalada en el contrato. El costo de confección y mantención de esta señalética deberá ser imputado al proyecto. Las Bases Regionales fijarán el monto máximo al cual se imputará este gasto.

20.3.3.4 Otras actividades de difusión

El ejecutor deberá detectar, registrar e informar al FOSIS, casos y situaciones que sean representativos de los productos y objetivos que se propone alcanzar a través de los proyectos, según un formato proporcionado por el FOSIS.

Finalmente y en el marco de sus tareas habituales, el ejecutor deberá contribuir a difundir entre los/as beneficiarios y beneficiarias la existencia de la Oficina de Atención Ciudadana- O.A.C. del FOSIS Regional, donde puedan acceder libremente a realizar consultas, reclamos y sugerencias.

El ejecutor podrá planificar otras actividades de difusión del proyecto que serán de su cargo, a fin de que la comunidad, la opinión pública local y/o las autoridades, tomen conocimiento de la existencia del mismo, se apropien en parte de sus resultados y cuenten con la información

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necesaria para ejercer su derecho ciudadano de control social.

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20.4. Supervisión y evaluación de la ejecución de los proyectos

20.4.1. Supervisión de los proyectos

La supervisión se define institucionalmente como un proceso de apoyo y control a la ejecución. Su objetivo principal es contribuir a asegurar la correcta ejecución del proyecto. Sus objetivos específicos son:

a) Velar por el logro de los productos definidosb) Apoyar la ejecución c) Cautelar el buen uso de los recursos asignadosd) Asegurar que se realice conforme a lo comprometido en el proyecto adjudicado, el

contrato y sus anexos y las normativas que rigen la correspondiente convocatoriae) Exigir las adecuaciones para la correcta ejecución del proyecto.

El proyecto será supervisado durante todo el período de ejecución por FOSIS. El ejecutor tiene la obligación de dar todas las facilidades para el cumplimiento de

la labor de supervisión.

Los informes técnicos de supervisión serán los que determinarán la continuidad del proyecto y la procedencia de cada uno de los desembolsos solicitados por el ejecutor.

Quienes realicen la supervisión tienen la facultad de evaluar la ejecución del proyecto.

La evaluación individual de cada uno de los proyectos ejecutados por un Organismo Ejecutor Intermediario es un insumo relevante de la evaluación de desempeño de los ejecutores.

20.5. Término de la ejecución del proyecto

20.5.1. Documentación de respaldo al proceso de cierre

Para efectos de emitir la Declaración de Término del Proyecto, el ejecutor deberá entregar necesariamente los siguientes documentos o antecedentes, dentro del plazo máximo de treinta (30) días corridos, contados desde la fecha de término de ejecución de las actividades del proyecto:

a) Informe Final del ejecutor

b) Declaración de Término

c) Rendición de Cuentas

d) Cualquier otra documentación que haya sido establecida formalmente por el FOSIS, en las Bases Regionales.

El incumplimiento de lo anterior, facultará al FOSIS para adoptar las medidas pertinentes, de acuerdo al punto 20.2. de este instrumento.

20.5.2. Mecanismo de cierre

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Una vez concluidas todas las actividades contempladas en el proyecto, el encargado/a de la supervisión deberá autorizar el cierre del mismo. Para esto revisará y aprobará la documentación recibida por parte del ejecutor y la entregará a la instancia del FOSIS Regional respectiva para su revisión final, en un plazo no superior a 20 días corridos, desde la fecha de recepción de la documentación de cierre entregada por parte del ejecutor.

El FOSIS, al revisar la documentación, podrá aprobarla o formular observaciones. En este último caso el ejecutor tendrá 5 días corridos para subsanarlas. En caso que no subsanare las observaciones formuladas, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de otras sanciones que el FOSIS determine aplicar en ejercicio de sus atribuciones.

En la medida que ésta cumpla con los requisitos establecidos por el FOSIS, se deberá declarar formalmente terminado el proyecto mediante Resolución del Servicio y se procederá a la devolución de las garantías constituidas por el ejecutor, en un plazo total no superior a los 90 días corridos desde el término de todas las actividades contempladas en el proyecto.

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Anótese, Tómese Razón por la Contraloría General de la República y Comuníquese.

LUZ MARÍA OLIVARES TOLEDOSUBDIRECTORA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS

FOSIS

Lo que transcribo para su conocimiento.

RICARDO ARROS MARÍNSUBDIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS (S)

FOSIS

Distribución:Contraloría General de la República (7)Fiscalía (2)Subdirección de Gestión de Programas (1)Subdirección de Administración y Finanzas (1)Direcciones Regionales (13)KSR/CSA

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