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Marco normativo, jurisprudencial y de
recomendaciones de órganos internacionales e internos de
protección de derechos humanos: Insumos y directrices para la
elaboración de la Política Pública en Derechos Humanos
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Índice
Introducción .............................................................................................................. 7 Presentación ......................................................................................................................... 9
Principales recomendaciones emitidas por órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano en relación con Colombia ................ 13
Recomendaciones internacionales sobre la prevención y protección para defensores y defensoras de derechos humanos ......................................................................... 36
Derecho a la libertad de reunión ........................................................................................ 38 Derecho a la libertad de asociación .................................................................................. 41 El derecho a acceder y a comunicarse con organismos internacionales ............................ 46 Derecho a la protesta ....................................................................................................... 49 Derecho a la libertad de opinión y de expresión ............................................................... 53 6. Derecho a debatir y desarrollar nuevas ideas en materia de derechos humanos .......... 56 7. Derecho a un recurso efectivo ...................................................................................... 57 8. Derecho a Acceder a fondos ......................................................................................... 59
Jurisprudencia Constitucional y Contencioso Administrativa sobre Derechos Humanos en Colombia ............................................................................................. 62
Presentación .................................................................................................................... 62
Eje Temático: Derechos civiles y políticos ................................................................ 64 Derecho a la vida ............................................................................................................. 66
Eje Temático: Derecho a la Igualdad, No Discriminación y respeto por las identidades ................................................................................................................................ 75
Mujeres y enfoque de Género .......................................................................................... 83 Permisión de tratos normativos diferenciados como fundamento de acciones afirmativas o discriminaciones positivas. .............................................................................................. 83 Niñas, niños y adolescentes ............................................................................................. 94 Pueblos Afrocolombianos conformados por comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras y raizales ................................................................................................... 110 Personas con orientación sexual diversa (LGBTI) ............................................................ 113 Personas privadas de la libertad .................................................................................... 118 Personas en situación de desplazamiento ...................................................................... 120
Eje Temático: Derecho Internacional Humanitario (DIH) y conflicto armado .......... 127
Eje Temático: Acceso a la justicia y lucha contra la impunidad .............................. 133
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Acceso a la justicia y disposición de un recurso judicial efectivo ..................................... 133 5.1. El alcance del derecho a acceder a la justicia en la Constitución y en la jurisprudencia de la Corte Constitucional ................................................................................................. 134
Acceso a la justicia. Mecanismos alternativos de resolución de conflictos. Tipos de mecanismos. .................................................................................................................. 137 Justicia restaurativa. La justicia restaurativa como mecanismo alternativo para la resolución de conflictos. Directrices internacionales. ..................................................... 140 Tutela: Ampliación de la legitimidad de interponer acciones de tutela por parte de asociaciones de desplazados. ......................................................................................... 146
Eje Temático: Lucha contra la Corrupción .............................................................. 147 Ética y sanciones disciplinarias. La potestad disciplinaria del Estado. ............................. 147 Lucha contra la corrupción. ............................................................................................ 156
Eje Temático: Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales ................ 164 Derechos económicos, sociales y culturales (DESC): ....................................................... 164 Políticas públicas. Satisfacción progresiva y no regresiva de los DESCA. ......................... 164 Derechos Prestacionales. Parámetros a considerar. ....................................................... 165 Derecho a la salud. ........................................................................................................ 166
Caracterización. Conexidad con derechos fundamentales (vida, dignidad e integridad). 166 Obligaciones prestacionales del Estado. Acceso oportuno y efectivo a los servicios de salud, especialmente a los que carecen de medios económicos. ..................................... 166 Derecho a la Salud. Caracterización: Observación General No. 14 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. .................................................................................... 167 Pertenencia al Sistema y garantía de la prestación de servicios de salud ........................ 168 Derecho a la salud. Derechos contenidos. La “carta de derechos del paciente” y “carta de desempeño”. ..................................................................................................................... 169 Derecho a la salud: acceso universal. Acceso gratuito a personas de especial protección constitucional. Continuidad del servicio. .......................................................................... 170 Derecho a la salud. Planes Obligatorios de Salud (POS). Revisión anual. Control de acceso y protección. ........................................................................................................................ 170 Derecho a la salud de grupos de especial protección constitucional. Salud de los enfermos de VIH/sida ........................................................................................................................ 171 Derecho a la salud de personas de especial protección constitucional. Derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes. Derecho a la salud de personas de la tercera edad. ....... 173
Derecho a la educación .................................................................................................. 174 Educación y cultura en derechos humanos. Estereotipos y prejuicios racistas. Cambio de cultura. .............................................................................................................................. 174
Derecho al trabajo ......................................................................................................... 176 Mujeres embarazadas. Protección laboral reforzada. Prohibición de discriminación. Marco normativo local e internacional. Fuera de maternidad. .................................................... 176
Derecho a la vivienda digna ........................................................................................... 178 Derecho a la vivienda. El derecho a la vivienda digna. Programas de vivienda. .............. 178
Derecho a la vivienda ..................................................................................................... 187 El derecho a la vivienda digna. Naturaleza, alcance y exigibilidad en sede de tutela. ...... 187 Población desplazada por la violencia. Derecho a la vivienda digna ................................ 194
Derecho a la alimentación ............................................................................................. 194 Derecho a la alimentación -‐ Seguridad alimentaria. ......................................................... 194 Las entidades encargadas de crear y ejecutar la política pública de seguridad alimentaria para población en situación de pobreza deben atender el mandato de no discriminación. .......................................................................................................................................... 194
Derecho a la cultura ....................................................................................................... 198 Derecho a la cultura. Reconocimiento constitucional. Reconocimiento internacional. ... 198
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Derecho al medio ambiente ........................................................................................... 203 Derecho al agua ............................................................................................................. 204
Derecho al agua. El derecho fundamental al agua y la obligación del Estado de asegurar su satisfacción por lo menos en los niveles mínimos esenciales. Relación con derecho a la salud y al medioambiente. ................................................................................................ 204
Eje Temático: Ciudadanía, Cultura y Educación en Derechos Humanos y Paz .......... 206 Derecho a la Paz ............................................................................................................ 206
Derecho a la paz y solución pacífica de conflictos: Paz como valor social y de primer orden y fundamento del Estado y de los derechos humanos. Derecho y deber obligatorio que da lugar a arreglo pacífico y exclusión de la fuerza para la solución de conflictos (Ley 418 de 26 de diciembre de 1997). ................................................................................................ 206 Derecho a la paz. Derecho a la paz, derecho a la verdad, la justicia y la reparación en el derecho internacional y en la jurisprudencia constitucional e interamericana. ............... 207 Educación y cultura en derechos humanos. Estereotipos y prejuicios racistas. Cambio de cultura. .............................................................................................................................. 212
Eje Temático: Derechos de las víctimas ................................................................. 213 Reparación integral a víctimas ....................................................................................... 213
Derechos de las víctimas. Reparación integral a las víctimas del conflicto armado y a la población desplazada por violencia. Ley 1448 de 2011. Nuevo marco jurídico y reglamentación. ................................................................................................................ 219 Ley de Justicia y Paz. Respuesta estatal para garantizar la protección de las víctimas y testigos en el marco de la Ley de justicia y paz. ................................................................ 219 Ley de Justicia y Paz. Evaluación de la política estatal diseñada para la protección de las víctimas y testigos en el marco de la Ley de Justicia y Paz. ............................................... 222
Eje Temático: Agenda de transición y construcción de la paz ................................ 226 Proceso de paz. Proceso de paz no excluye la responsabilidad estatal. ........................... 226 Justicia transicional. Precisiones sobre el concepto de justicia transicional, sus elementos y consecuencias y sobre la aplicabilidad de este concepto. Derecho a la verdad. ........... 226 Instrumentos de apoyo a lograr pro de justicia transicional. Comisiones de la verdad. .. 236
Criterios y contenidos esenciales para la construcción de lineamientos de política pública en materia de Derechos Humanos y construcción de paz ........................... 240
Presentación .................................................................................................................. 241
Derechos civiles y políticos .................................................................................... 241 Ámbito de Protección .................................................................................................... 242 Lineamientos generales de Política Pública .................................................................... 243
Desaparición forzada de personas .................................................................................... 243 Homicidio de persona protegida -‐ Ejecuciones extrajudiciales ......................................... 245 Ataques, asesinatos y otras agresiones contra defensores y defensoras de DDHH, sindicalistas, periodistas, líderes sociales y otras personas protegidas ............................ 246 Tortura, tratos crueles inhumanos o degradantes (integridad física y psíquica de las personas) ........................................................................................................................... 247 La mujer y el derecho a la integridad personal ................................................................. 248 La integridad de las personas privadas de la libertad ....................................................... 249 La trata de personas .......................................................................................................... 249 Detenciones ilegales y arbitrarias en un contexto democrático ....................................... 250 La seguridad como un derecho humano ........................................................................... 251 Violencia Sexual ................................................................................................................ 251 Derechos de asociación y protesta y a las libertades sindicales ....................................... 252 Intolerancia social ............................................................................................................. 253
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Libertad de prensa y a los derechos a la libertad de información y expresión ................. 253 Derechos políticos ......................................................................................................... 254
Derecho a la igualdad y no discriminación ............................................................. 256 Ámbito de Protección .................................................................................................... 256 Lineamientos de política pública por cada sector poblacional ........................................ 256
Mujeres y enfoque de género ........................................................................................... 256 Derechos de los niños, niñas y adolescentes .................................................................... 258 Pueblos Indígenas ............................................................................................................. 259 Pueblos Afrocolombianos conformados por personas y comunidades afrocolombianas, negras, palenqueras, raizales ............................................................................................ 260 Pueblo Rom ....................................................................................................................... 260 Consulta previa ................................................................................................................. 261 Población sexualmente diversa ( LGBTI) ........................................................................... 262 Personas con discapacidad ............................................................................................... 263 Personas adultas mayores ................................................................................................ 264
Acceso a la justicia y lucha contra la impunidad ..................................................... 265 Ámbito de Protección .................................................................................................... 266 Lineamientos de Política Pública .................................................................................... 266
Lucha contra la corrupción ..................................................................................... 270 Ámbito de Protección .................................................................................................... 270 Lineamientos generales de Política Pública .................................................................... 270 Corrupción y Derechos Humanos ................................................................................... 272
Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales ..................................... 273 Ámbito de Protección .................................................................................................... 273 Lineamientos generales de política pública .................................................................... 274 Derecho a la educación. Cobertura y la calidad de la educación pública ......................... 275
Derecho al trabajo y pleno empleo ................................................................................... 277 Derecho a la Seguridad Social ........................................................................................... 278 Derecho a la salud ............................................................................................................. 279 Derecho a la vivienda ........................................................................................................ 280 Derecho a la alimentación y seguridad alimentaria .......................................................... 282 Derecho al medio ambiente .............................................................................................. 283 Derecho al agua ................................................................................................................ 285 Derecho al desarrollo ........................................................................................................ 285
Cultura y educación en derechos humanos y paz ................................................... 287 Ámbito de Protección ....................................................................................................... 287
Lineamientos generales ................................................................................................. 289
Derechos de las víctimas ........................................................................................ 290 Ámbito de Protección .................................................................................................... 290
Lineamientos de Política ................................................................................................... 290 Reparación integral: derechos a la verdad, la justicia, la reparación y garantías ............. 291 de no repetición ................................................................................................................ 291
Lineamientos generales ................................................................................................. 294 Derecho a la verdad .......................................................................................................... 294 Derecho a la Justicia .......................................................................................................... 295 Acceso a la justicia ............................................................................................................ 295 Reparación plena y efectiva .............................................................................................. 296 Garantías de no repetición. ............................................................................................... 297
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Acceso a información pertinente sobre violaciones y mecanismos de reparación .......... 297 No discriminación ............................................................................................................. 298 Modalidades de reparación en función del daño sufrido por las víctimas ....................... 298 Reparaciones pecuniarias, asociadas a la reparación del daño material .......................... 298 Formas alternativas de reparación, relacionadas con la reparación al daño .................... 299 inmaterial o daño moral ................................................................................................... 299 Medidas encaminadas a garantizar la seguridad de las víctimas ...................................... 303 Otras medidas de reparación alternativa ......................................................................... 304
Agenda de transición y construcción de paz ........................................................... 305 Ámbito de Protección ....................................................................................................... 305
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Introducción La presente publicación recupera el marco normativo nacional e internacional, las obligaciones y estándares internacionales que al Estado Colombiano comprometen y a partir del balance y análisis del mismo realizado por la Comisión Metodológica, la Mesa de Firmantes y la Comisión Redactora del proceso, y anclados en el bloque de constitucionalidad, plantea las líneas de base en términos normativos e institucionales que soportan la política pública para hacer de Colombia una sociedad de derechos. Este documento, junto con las publicaciones de Líneas de Política Pública y de Enfoque basado en Derechos que forman parte de esta serie, constituyen uno de los esfuerzos más valiosos que se han hecho en Colombia para que el país quede dotado de una política pública en DD.HH y DIH, pero sobre todo para que sea posible aplicar el enfoque de derechos en todas las políticas públicas. Partir del Marco Normativo que en este texto se desarrolla dará a la política pública, la necesaria coherencia y fortaleza para que su implementación fluya de manera ordenada y consistente. La primera parte del documento presenta el balance del conjunto de las obligaciones, normas y estándares internacionales que el Estado Colombiano reconoce, ya sea porque existe legislación interna o existen instrumentos internacionales suscritos o que han sido incorporados de manera directa a través del principio constitucional del “bloque de Constitucionalidad”. En este apartado, resulta indispensable anotar que Colombia se ha caracterizado, en particular desde la Constitución de 1991 por ser un país con relativa buena voluntad para suscribir obligaciones internacionales, aunque no siempre para ponerlas en práctica, como sucede con varias determinaciones de la CIDH. Parecen quedar en el pasado las reservas que demoraron la incorporación de los convenios de la OIT, y esperaríamos que la actitud del gobierno y el legislativo permitan que se superen los obstáculos para suscribir y ratificar la Convención de Derechos de los Pueblos Indígenas. La numerosa y cualificada presencia del Sistema de Naciones Unidas en Colombia, con más de xxx agencias, así como de otras organizaciones multilaterales son una muestra del interés de la comunidad internacional por la situación de derechos humanos en Colombia, pero también de los esfuerzos de la sociedad civil para evidenciar esa situación y plantear propuestas para mejorarla, sin que en la mayoría de los casos ello haya sido de buen recibo por diferentes gobiernos. La segunda parte del documento hace referencia a los desarrollos jurisprudenciales y a las normas y demás instrumentos de política pública que se han formulado durante años, pero especialmente a partir de la Constitución de 1991. De manera particular reconoce lo que algunos teóricos llaman las “audacias constitucionales” de la Corte Constitucional colombiana, de las que la Sentencia T-‐025, sus Autos y la relación con la Comisión Ciudadana de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, y los desarrollos de los núcleos de derechos a través de la Acción de Tutela, son ejemplos destacados. Finalmente, el contenido de esta propuesta, al igual que los otros dos textos, es un potente instrumento que el proceso tripartito entrega al gobierno en la certeza de que, el gobierno, encabezado por el Presidente de la Republica, a quien hacemos entrega de este texto, asuma de manera decidida y sin vacilaciones las estrategias y acciones pertinentes para formular, desarrollar y adoptar las políticas públicas correspondientes. Muchas gracias a todas y todos los que hicieron posible este ejercicio de democracia
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Recomendaciones de órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano que inciden en lineamientos para la elaboración de Política Pública en Derechos Humanos en Colombia Un enfoque desde el bloque de constitucionalidad
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Presentación El presente documento es una recopilación y sistematización de los contenidos pertinentes, observaciones y recomendaciones de informes, resoluciones y sentencias de órganos especializados de derechos humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano que hacen referencia a situaciones de derechos humanos generales o temáticas respecto de Colombia. El objetivo de esta sistematización es en doble vía:
Ø Servir como insumo para la redacción de la política pública de derechos humanos en Colombia debido a que conforme a la doctrina del bloque de constitucionalidad, tanto los tratados de derechos humanos como la jurisprudencia o dictámenes de los órganos internacionales que los aplican e interpretan constituyen parte del derecho interno de aplicación automática; y,
Ø Son recomendaciones internacionales de acatamiento obligatorio para el Estado de Colombia debido a que responden a obligaciones internacionales que deben ser cumplidas de buena fe por el Estado con base en el artículo 26 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
En relación con el último aspecto, esta sistematización facilita el trabajo que debe realizar el Estado de Colombia para darle seguimiento y cumplimiento a sus obligaciones internacionales ante cada uno de los órganos de derechos humanos pertinentes; de manera que sirve como apoyo al momento de elaborar los informes periódicos oficiales a los diversos Comités de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano; lo cual debe estar fundamentado en la implementación de esas recomendaciones; lo que a su vez deberá ser parte de la instrumentación de la política pública de Derechos Humanos en Colombia. Respecto del primer aspecto –como parte de la aplicación de la doctrina del bloque de constitucionalidad-‐ esta sistematización es una guía o referente para que esas recomendaciones se apliquen en el derecho interno por medio de las siguientes acciones a tomar por parte del Estado de Colombia:
1. Cumplir con las recomendaciones de los órganos internacionales conforme a las acciones sugeridas de manera que la normativa internacional referenciada sea efectivamente aplicada en el ámbito interno.
2. Adecuar la legislación interna colombiana -‐en caso de que todavía no haya sido ajustada-‐ para que normas contenidas en los tratados de Derechos Humanos ratificados por el país, así como los alcances de su interpretación por parte de los órganos especializados internacionales, sean parte integral del derecho interno de Colombia.
3. Utilizar principios de aplicación e interpretación de esas normas internacionales y de la jurisprudencia y precedentes que las desarrollan, con base en criterios interpretativos de la manera que más favorezcan a la persona humana; es decir a la víctima de violaciones de derechos humanos. Este principio, conocido como “principio pro persona humana”, está desarrollado en el artículo 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos y cada tratado específico lo referencia para la materia que protege (Por ejemplo: principio pro niñez –mejor interés de la niñez-‐; principio pro pueblo indígena, etc.).
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El conjunto de normas internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia desarrollada por los órganos internacionales que los aplican e interpretan para los casos y situaciones concretas de Colombia, implica que todas las autoridades administrativas y judiciales no pueden alegar desconocimiento de esos contenidos y deben aplicarlos cotidianamente como derecho interno de manera automática, sin importar jerarquía normativa alguna, ya que la norma o recomendación aplicable siempre será aquella que más favorezca a la persona afectada.
Para Colombia, la metodología de aplicación de esos tratados y recomendaciones internacionales pasa por la aplicación del bloque de constitucionalidad; un concepto de vasto conocimiento y operatividad institucional en todo el país, gracias al impulso dado por la jurisprudencia de la Corte Constitucional. Esta doctrina, de conocimiento y aplicación cada vez más cotidiana, es la que permite que Colombia sea uno de los países del mundo que mejor incorpora esos estándares normativos internacionales como derecho nacional en todas las materias aplicables. No es de extrañar, entonces, que los operadores de justicia, bajo la constante observancia de la jurisdicción constitucional, entiendan esos tratados y recomendaciones internacionales como un sistema de garantías sustantivas y procesales que deben ser instrumentadas y acatadas para casos concretos o situaciones generales. La base jurídica para que ello esté ocurriendo en Colombia con una cotidianidad ejemplar se debe a un proceso histórico donde la Constitución de 1991 le otorgó un valor jurídico indiscutible a los instrumentos internacionales de derechos humanos en sus artículos 53 (“los convenios internacionales del trabajo debidamente ratificados, hacen parte de la legislación interna”); 93 (algunas normas internacionales “prevalecen en el orden interno”), 94 (reconoce una cláusula más abierta de derechos no expresamente señalados en la Constitución –los derechos innominados-‐); y el artículo 214 que, en el mismo sentido que los tratados generales de derechos humanos, regula los estados de excepción para señalar que hay ciertos derechos que no pueden ser objetivo de suspensión, incluyendo el derecho internacional humanitario. Pero más importante que esos enunciados, ha sido la potenciación que la Corte Constitucional les dio desde sus primeras sentencias1 para que hoy en Colombia, el bloque de constitucionalidad sea una especie de moneda de curso común en todo tipo de escenarios y no sólo en los jurisdiccionales. Siendo que en Colombia no hay controversia que pueda debilitar el alcance y operatividad de los instrumentos internacionales como derecho interno, y que las recomendaciones de los órganos supranacionales competentes tengan carácter vinculante, corresponderá en los contenidos, metas y líneas de acción de la política pública de derechos humanos incorporar esos textos y respectivas interpretaciones como fuente y blindaje de prevención, promoción y protección de los derechos humanos en todo el país. Ese es el objeto principal de este documento, y para ello se utilizó una metodología sencilla para reagrupar las recomendaciones de los órganos internacionales de derechos humanos en algunos de los ejes temáticos que conforman la política pública, a saber:
1 Cfr. Sentencias T-002/1992 que define criterios para determinar los fundamentos de los derechos constitucionales; T-409 del mismo año, en relación con el tema de obediencia debida y DIH; y, C-574/1992, respecto de la constitucionalidad del Protocolo I a los Convenios de Ginebra.
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• Derechos civiles y políticos (con énfasis en vida, libertad, integridad
y seguridad personales). • Derecho a la igualdad y no discriminación. • Derecho Internacional Humanitario. • Acceso a la justicia y lucha contra la impunidad. • Corrupción.2 • Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA). • Ciudadanía, cultura y educación en derechos humanos y la paz. • Derechos de las víctimas. • Agenda de transición y construcción de la paz.
La información está distribuida en cuadros para facilitar su sistematización y ubicación. En cada cuadro se relaciona los derechos protegidos o temáticas por mejorar, otra columna tiene el contenido preciso de la recomendación internacional y, finalmente, se indican el nombre y abreviatura del órgano emisor de la recomendación y la cita oficial del documento fuente internacional. Abreviaturas utilizadas
• ACNUDH: Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos
• ACNUR: Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados • CAT: Comité Contra la Tortura • CCPR: Comité de Derechos Humanos • CED: Comité contra las Desapariciones Forzadas • CEDAW: Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer • CERD: Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial • CESCR: Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales • CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos • Corte IDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos • CMW: Comité para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores
Migratorios y sus Familiares • CRC: Comité de los Derechos del Niño • CRPD: Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad • SNU: Sistema de Naciones Unidas • SPT: Subcomité para la Prevención de la Tortura • UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la
Cultura. Documentos utilizados
• Sistema de Naciones Unidas, Asamblea General. “Recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos con arreglo al párrafo 5 del anexo de la resolución 16/21 del Consejo de Derechos Humanos. Colombia” del 7 de febrero de 2013. (A/HRC/WG.6/16/COL/2)
2 No se encontraron recomendaciones específicas en relación con el Eje sobre Corrupción.
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• Sistema de Naciones Unidas, Secretaría General. “Presentación del Equipo de País para el Examen Periódico Universal: Colombia”. (UNCT Submission to the UPR con Colombia).
• Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). “Reporte Anual de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Addendum 3: situación Colombia”. (A/HRC/19/21/Add.3). 31 enero 2012.
• Comité de Derechos Humanos (CCPR). “Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Colombia”. (CCPR/C/COL/CO/6). 29 julio 2010.
• Comité contra la Tortura (CAT). “Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 19 de la Convención. Observaciones finales del Comité contra la Tortura: Colombia”. (CAT/C/COL/CO/4). 4 mayo 2010.
• Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD). “Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención. Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial: Colombia”. (CERD/C/COL/CO/14). 28 agosto 2009.
• Sistema de Naciones Unidas, Secretaría General. “Informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto armado en Colombia”. (S/2012/171). 15 mayo 2013.
• Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. “Opiniones adoptadas por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria”. (A/HRC/10/21/Add.1). 16 febrero 2009.
• Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR). “Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto. Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Colombia”. (E/C.12/COL/CO/5). 21 mayo 2010.
• Comité de los Derechos del Niño (CRC). “Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Observaciones finales: Colombia.” (CRC/C/OPAC/COL/CO/1). 21 de junio 2010.
• Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CMW). “segundo informe periódico de Colombia (CMW/C/COL/2)”. 13 enero 2012.
• Consejo de Derechos Humanos. “Informe de la Relatora Especial sobre l independencia de los magistrados y abogados, Sra. Gabriela Carina Knaul de Albuquerque e Silva. Adición: misión a Colombia”. (A/HRC/14/26/Add.2). 16 abril 2010.
• Carta del Comité de Derechos Humanos a la Misión Permanente de Colombia en Ginebra (20 de abril de 2013).
• Consejo de Derechos Humanos. “Reporte del Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias, Christof Heyns. Addendum: seguimiento de recomendaciones al país: Colombia” (A/HRC/20/22/Add.2). 15 mayo 2012.
• Consejo de Derechos Humanos. “Reporte del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias. Addendum: misiones a Colombia y Nepal: seguimiento de recomendaciones realizadas por el Grupo de Trabajo”. (A/HRC/19/58/Add.4). 13 enero 2012.
• Consejo de Derechos Humanos. “Informe de la Experta Independiente sobre cuestiones de las minorías, Sra. Gay McDougall. Adición: Misión a Colombia”. (A/HRC/16/45/Add.1). 25 enero 2011.
• Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares (CMW). “Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 74 de la Convención. Observaciones finales del Comité de
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Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares: Colombia.”. (CMW/C/COL/CO/1). 22 mayo 2009.
• Consejo de Derechos Humanos. “Reporte del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Addendum: misión Colombia.” (A/HRC/10/21/Add.3). 19 febrero 2009.
• Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). “Presentación de Colombia por parte de la UNESCO para el Examen Periódico Universal”. UNESCO Submission to the UPR on Colombia.
• Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). “Reporte de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2008: Actividades y Resultados”.
• Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). “Reporte de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, 2010: Actividades y Resultados”.
• Comité de los Derechos del Niño (CRC). “Examen de los informes presentados por los Estados partes con arreglo al párrafo 1 del artículo 12 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Observaciones Finales: Colombia”. (CRC/C/OPSC/COL/CO/1). 21 junio 2010.
• Otros documentos que no se mencionan en esta lista se encuentran debidamente referenciados por sus nombres o siglas a lo largo del documento.
• Informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas para los Defensores de Derechos Humanos Sra. Margaret Sekaggya, Asamblea General 14 de agosto de 2008, A/63/288.
• Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2011. Capítulo IV Colombia.
• Corte IDH. Caso Vélez Restrepo y Familiares Vs. Colombia. Excepción Preliminar, Fondo y Costas. Sentencia de 3 de septiembre de 2012. Serie C No. 248.
• Corte IDH. Caso de la Masacre de La Rochela Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 11 de mayo de 2007. Serie C. No. 163.
• Corte IDH. Caso de las Masacres de Ituango Vs. Colombia. Sentencia de 1 de julio de 2006. Serie C. No. 148.
Principales recomendaciones emitidas por órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas y del Sistema Interamericano en relación con Colombia
Colombia es uno de los países de la región Latinoamericana que más visitas de Relatorías y Grupos de Trabajo Temáticos de Naciones Unidas ha recibido, tal y como el siguiente cuadro con hipervínculos lo muestra.
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2012
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2010
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2009
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2008
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2007
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Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2006
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2005
Visitas de Relatores Especiales de las Naciones Unidas a Colombia 2004
De igual manera, ha sido uno de los países con más casos resueltos – y pendientes de resolver-‐ ante la Comisión y la Corte Interamericana. Por años, Colombia ha estado incluida en el Capítulo IV de los Informes Anuales de la Comisión Interamericana, salvo en el Informe del 2012, en que ya no se le incluyó. En el cuadro de abajo se hace una relación de las principales recomendaciones de los informes de esos órganos especializados en derechos humanos en lo que atañe a temas generales que deben ser incluidos como parte de políticas públicas. No se indican recomendaciones específicas o de reparaciones para casos concretos, que deben ser objeto de cumplimiento en el marco de esos casos. La mayoría de las recomendaciones que hacen los órganos de las Naciones Unidas son cortas y precisas y se repiten entre algunos de esos órganos que coinciden en la materia en razón de sus distintos mandatos, debido a que es una metodología de la ONU que todos los mecanismos convencionales y no convencionales coordinen y trabajen complementariamente. Esa práctica es muy visible en el caso de la reforma al fuero militar y la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en Colombia los logró condensar y emitió diversos comentarios al respecto. Como se podrá apreciar, la mayor cantidad de recomendaciones se relaciona con los ejes correspondientes a derechos civiles –Eje No. 1-‐ (vida, integridad personal, seguridad); Eje 2: Igualdad y no discriminación, en particular protección para grupos en situación de vulnerabilidad; Eje 3: DIH y conflicto armado; Eje 4: Acceso a la justicia y lucha contra la impunidad, en especial en lo relacionado a la necesidad de garantías y protección a jueces, investigadores y operadores de justicia para que puedan realizar su trabajo en aras de la investigación, condena y reparación por graves violaciones de derechos humanos; Eje 6: derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y, eje 8: Derechos de las víctimas. Son de resaltar algunas recomendaciones en casos concretos que hace la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto de casos de masacres en manos de grupos de paramilitares para que las Fuerzas Armadas generen un cambio de cultura en la protección de los derechos humanos desde la perspectiva del DIH por medio de cursos de educación en derechos humanos para esas fuerzas (Casos Corte Interamericana sobre masacres de Ituango y de la Rochela). En materia de protección al derecho a la vida, hay recomendaciones que parten desde la necesidad de garantizar el mejoramiento en las tasas de natalidad y la disminución de las de mortalidad de madres indígenas y afrocolombianas, hasta la protección de la vida e integridad de las personas más afectadas por el conflicto armado como personas civiles mujeres, niños, niñas y adolescentes; personas desplazadas por la guerra; defensores y defensoras de derechos humanos y víctimas y testigos. Hay un destaque claro respecto de la grave situación de niños que son reclutados forzosamente por grupos ilegales y, en general, por la forma en
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que los NNA son víctimas del conflicto armado de muchas maneras, y de manera clara, cuando además son personas desplazadas, indígenas, campesinas y afrocolombianas. Se visibiliza una preocupación reiterada por los casos de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales, así como por situaciones de tortura y tratos crueles, inhumanos y degradantes. La impunidad por violaciones graves de derechos humanos, debido a dificultades en las investigaciones y en los riesgos y amenazas que sufren jueces, fiscales y operadores de justicia, impulsan varias de las recomendaciones hacia el fortalecimiento de las instituciones que investigan y procuran justicia, en particular, a las Unidades especializadas en esa materia de la Fiscalía. La protección a víctimas y testigos de los casos es constantemente considerada y hay reiteración por fortalecer el sistema de alertas tempranas (SAT) para situaciones de desplazamiento que ejecuta la Defensoría del Pueblo en coordinación con otras instituciones. También hay algunas referencias al enfoque de desarrollo y a actividades extractivistas de recursos naturales y a la necesidad de reglamentar la consulta previa cuando por esas actividades se podría afectar a pueblos indígenas y afrocolombianas. Finalmente, debido a la importancia y urgencia de brindar protección para defensores y defensoras de derechos humanos, en cuadro separado se desarrollan las recomendaciones generales para la implementación de la “Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos”, sí como indicaciones de la Relatora Margaret Sekaggya, quien visitó Colombia del 7 al 18 de setiembre de 2009. El detalle más específico de todas las recomendaciones internacionales se presenta en el siguiente cuadro distribuido por: eje temático, recomendación específica, órgano emisor, documento general y las siglas para la identificación de la fuente primaria. Eje Temático Recomendación Instancia Documento Siglas del
Documento Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Ejecuciones extrajudiciales. “Falsos positivos”.
Mejorar avances en la investigación de las ejecuciones extrajudiciales y combatir práctica de los “falsos positivos”3
Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales. También CAT, CCPR y CRC
Informe del Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias. Recomendaciones complementarias al país: Colombia. Ver también CAT, CCPR, CRC.
A/HRC/20/22/Add.2, párrafo 71. CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 14. CAT/C/COL/CO/4, párrafo 16. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 8 y 9.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Ejecuciones extrajudiciales y fuero militar. Lucha
La Comisión mantiene su preocupación respecto de la comisión de ejecuciones extrajudiciales presuntamente por miembros de la Fuerza
CIDH Informe Anual CIDH 2011. Capítulo IV. Colombia.
OEA/Ser.L/V/II. Doc. 69 30 diciembre 2011. Conclusión 3.
3 Ejecuciones ilegales de civiles manipuladas por las fuerzas de seguridad para que parecieran bajas legítimas ocurridas en combate. El Gobierno se ha esforzado por disminuir este tipo de prácticas.
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contra la impunidad. Pública y el escaso número de condenas por estos hechos. Asimismo, la Comisión manifiesta su grave preocupación por los actos de hostigamiento y atentados contra la vida de los familiares de las víctimas que han denunciado estos hechos. La Comisión expresa su preocupación respecto de la utilización de la jurisdicción penal militar para conocer casos de violaciones de derechos humanos y más específicamente de ejecuciones extrajudiciales presuntamente cometidas por miembros de la Fuerza Pública, lo cual contraviene la jurisprudencia de la Comisión y la Corte Interamericanas de Derechos Humanos, así como de la Corte Constitucional colombiana.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Desapariciones forzadas. Durante la presentación de Colombia para el EPU, el Equipo de País de Naciones Unidas hizo el ofrecimiento de reconocimiento de la competencia del Comité contra las Desapariciones Forzadas para recibir y considerar comunicaciones individuales (A/HRC/19/21/Add.3)
Se recomienda ratificación del OP-‐CRPD4
ACNUDH Reporte Anual de ACNUDH. Addendum: situación Colombia.
A/HRC/19/21/Add.3
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Ejecuciones extrajudiciales.
Eliminar represalias y amenazas contra jueces militares que buscan colaborar con la justicia ordinaria en caso de
Relatora Especial sobre la independencia de
Informe de la Relatora Especial sobre la independencia de magistrados y
A/HRC/14/26/Add.2, párrafo 88
4 Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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Amenazas a jueces militares.
ejecuciones extrajudiciales magistrados y abogados.
abogados. Misión Colombia.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Ejecución Extrajudicial.
Ejecución extrajudicial debe quedar fuera de la jurisdicción militar.
CCPR Examen de los Informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto. Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos. (Colombia)
CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 14.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Protección a víctimas.
Coordinación de esfuerzos de la nueva Unidad Nacional de Protección con los demás programas de protección del Estado
ACNUDH Reporte Anual de ACNUDH. Addendum: situación Colombia.
A/HRC/19/21/Add.3, párrafo 20
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Desplazamiento. Prevención. Alertas tempranas.
Fortalecimiento del Sistema de Alerta Temprana (SAT) establecido dentro de la Defensoría del Pueblo para prevenir el desplazamiento y crímenes de DDHH
CCPR; CAT; CRC; CERD.
Varios CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 13; CAT/C/COL/CO/4, párrafo 18; CERD/C/COL/CO/14, párrafo 15; CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 18 y 19.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Protección de defensores de DDHH.
Garantizar que el personal asignado a la protección de los defensores de derechos humanos no obtenga información para comunicársela a los servicios de inteligencia.
Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos.
Reporte de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos. Misión Colombia.
A/HRC/13/22/Add.3, párrafos 157 y 162.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Tortura.
Alta incidencia de la tortura y participación o aquiescencia de agentes del Estado.
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 11.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Obligación de investigar.
Violaciones de DDHH deben ser investigadas de manera imparcial por la justicia ordinaria
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en virtud del artículo 19 de la
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 16.
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Convención (Observaciones finales del CAT)
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Tortura, prevención.
Se recomienda la ratificación del OP-‐CAT5
ACNUDH Reporte Anual de ACNUDH. Addendum: situación Colombia.
A/HRC/19/21/Add.3
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Tortura, falta de investigación.
Carencia de investigaciones penales en los caso de tortura
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 12.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Situación carcelaria.
Mejorar las condiciones materiales de los centros penitenciarios.
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 21.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Integridad personal. Centros penitenciarios.
Reducir el hacinamiento en centros penitenciarios
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 21.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Aislamiento.
Restringir el uso de la reclusión en régimen de aislamiento.
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 21.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Tortura, investigación.
Poner en conocimiento de la justicia penal las quejas de tortura dentro de los centros penitenciarios y lugares de detención temporal.
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 21.
Derecho a la vida, a Alta incidencia de las CAT; CCPR Varios CAT/C/COL/CO
5 Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura Y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
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la libertad y a la seguridad. Libertad e integridad. Detenciones arbitrarias.
detenciones arbitrarias y el uso de la detención preventiva administrativa, y la realización de detenciones masivas por parte de la policía y del ejército.
/4, párrafo 20. CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 20.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Detenciones ilegales contra líderes.
No utilizar las detenciones para estigmatizar a ciertos grupos (líderes sociales, jóvenes, indígenas, afrocolombianos y campesinos)
CAT; CCPR Varios CAT/C/COL/CO/4, párrafo 20. CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 20.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Violencia sexual en conflicto armado.
No utilizar la violencia sexual como arma de guerra.
CAT Examen de los Informes presentados por los Estados Parte en Virtud del artículo 19 de la Convención (Observaciones finales del CAT)
CAT/C/COL/CO/4, párrafo 28.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad.
Proteger a la mujer contra la violencia en las situaciones de desplazamiento forzado.
CESCR Examen de los Informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto. Observaciones Finales del CESCR: Colombia.
E/C.12/COL/CO/5, párrafo 15.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Violencia sexual y mortalidad materna.
Reducir los embarazos en la primera etapa de la adolescencia, la mortalidad materna y la violencia sexual como efectos de la violación de los DDHH de las mujeres.
SNU; CRC. Varios UNCT, UPE Colombia, párrafo 41. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 34 y 35.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Violencia sexual contra mujeres.
Reducir el número de mujeres víctimas de violencia física y delitos sexuales.
SNU Presentación de Colombia para el EPU, Equipo de País de Naciones Unidas
UNCT UPE Colombia, párrafo 40.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Minas terrestres.
Exigencia a los grupos armados para que pongan fin al uso de minas terrestres y otros artefactos explosivos, además de ofrecer la información para facilitar la remoción de minas.
Secretaría General
Informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto armado en Colombia.
S/2012/171
Derecho a la vida, a Combatir el reclutamiento y Secretaría Varios S/2012/171,
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la libertad y a la seguridad. Reclutamiento forzoso de niños en conflicto armado.
la utilización de niños por los grupos armados no estatales, especialmente los niños de origen indígena o afrocolombiano
General; CCPR; CAT; ACNUDH; CRC
párrafo 14. A/HRC/19/21/Add.3, párrafo 71. UNCT UPE Colombia, párrafo 58. E/C.12/COL/CO/5, párrafo 16. CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 24. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 26-‐27, 29, 39 y 40. CAT/C/COL/CO/4, párrafo 29.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Desmovilización de niños del conflicto armado.
Otorgar asistencia a los niños desmovilizados sin importar el grupo armado al que hayan pertenecido.
CRC; CAT Varios CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 43-‐44. CRC/C/OPSC/COL/CO/1, párrafos 39-‐40. CAT/C/COL/CO/4, párrafo 29.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Niños(as) en conflicto.
Sancionar al personal de las fuerzas armadas responsables de someter a interrogatorios a niños capturados de grupos armados no estatales, que habían sido liberados o que habían huido de éstos.
CRC Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Observaciones finales: Colombia.
CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafo 38.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Niños víctimas del conflicto.
Llamamiento a cumplir el Derecho Internacional y las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a los niños y los conflictos armados.
Secretaría General.
Informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto armado en Colombia.
S/2012/171, párrafo 71.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Derechos sexuales y reproductivos de
Combatir la vulnerabilidad de los derechos sexuales y reproductivos de las niñas y mujeres jóvenes, en casos de violencia y conflicto armado.
SNU; CRC. Varios UNCT, EPU Colombia, párrafo 41. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 34 y
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NNAJ. 35. Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Violencia sexual.
Combatir la violencia sexual contra las mujeres y niñas por parte de las FARC-‐EP, grupos armados ilegales y la Fuerza Pública.
CCPR; CAT; ACNUDH; CRC
Varios CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 18. E/C.12/COL/CO/5, párrafo 15. CAT/C/COL/CO/4, párrafo 28. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafo35. S/2012/171, párrafos 76 y 77. A/HRC/19/21/Add.3, párrafos 67 y 68.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Trata de personas.
Fortalecer los programas para prevenir la trata de personas, con arreglo a la Estrategia Nacional Integral de Lucha contra la Trata de Personas 2007-‐2012, prestando especial atención a los niños de los grupos desfavorecidos.
CESCR Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto. Observaciones Finales del CESCR: Colombia.
E/C.12/COL/CO/5, párrafo 17.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Detención administrativa. Regulación.
Regular la detención preventiva-‐administrativa. Cumplir las exigencias contenidas en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-‐024.
Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria.
Reporte del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Addendum: misión Colombia.
A/HRC/10/21/Add.3, párrafo 100.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Detención administrativa. Regulación.
Regular la detención preventiva-‐administrativa. Cumplir las exigencias contenidas en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-‐024.
Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria.
Reporte del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Addendum: misión Colombia.
A/HRC/10/21/Add.3, párrafo 100.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Protección a defensores de DDHH.
Fortalecer las medidas de protección de los defensores de Derechos Humanos.
CCPR; CAT; CRC; CESCR
Varios. CCPR/C/COL/CO/6, párrafos 16-‐17. CAT/C/COL/CO/4, párrafo 23. CRC/C/OPAC/COL/CO/1, párrafos 20-‐21. Carta del 30 de octubre de 2009 para la Misión Permanente de Colombia
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en Ginebra, p.2. E/C.12/COL/CO/5, párrafo 12.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Vida e integridad de defensores de DDHH.
Promulgación de un nuevo decreto presidencial en que se reconozca la legítima labor de los defensores de DDHH, y que se le dé amplia difusión.
Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos.
Reporte de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos. Misión Colombia.
A/HRC/13/22/Add.3, párrafo 144.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Protección de defensores de DDHH.
Garantizar que el personal asignado a la protección de los defensores de derechos humanos no obtenga información para comunicársela a los servicios de inteligencia.
Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos.
Reporte de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de Derechos Humanos. Misión Colombia.
A/HRC/13/22/Add.3, párrafos 157 y 162
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Derecho a la vida e integridad como pueblos.
Protección efectiva a los pueblos indígenas, especialmente en la Amazonía colombiana, que se encuentran en peligro de extinción.
CERD Examen de los informes presentados por los Estados partes de conformidad con el artículo 9 de la Convención. Observaciones Finales del CERD: Colombia.
CERD/C/COL/CO/14, párrafo 25.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Protección a defensores de DDHH.
Reforzar las medidas para garantizar la protección y la realización de investigaciones rápidas e imparciales de las violaciones de que son objeto los defensores de DDHH.
Relator Especial sobre las Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias y Arbitrarias; SNU
Varios. A/HRC/20/22/Add.2, párrafo 62. UNCT UPE Colombia, párrafos 34-‐36, 37 y 38. A/HRC/19/21/Add.3, párrafos 14-‐22
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Vida e integridad de sindicalistas.
Tomar las medidas eficaces necesarias para combatir la violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, y condenar a los culpables de actos de violencia contra ellos.
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, de la OIT.
OIT. Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.
OIT. Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Observación sobre libertad de asociación.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Programa de educación en derechos humanos
El Estado debe incorporar, en sus programas de educación en derechos humanos dirigidos a las Fuerzas Armadas, un módulo específico sobre la protección del derecho a la libertad de pensamiento y
Corte IDH Sentencia Corte IDH. Caso Vélez Restrepo y familiares vs. Colombia.
Corte IDH. Caso Vélez Restrepo y Familiares Vs. Colombia. Excepción Preliminar, Fondo,
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para las Fuerzas Armadas.
de expresión y de la labor que cumplen los periodistas y comunicadores sociales, en los términos de el párrafo 277 de la presente Sentencia.
Reparaciones y Costas. Sentencia de 3 de septiembre de 2012 Serie C No. 248. Punto resolutivo 5.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Mortalidad materna e infantil. Malnutrición crónica.
Impulsar intervención adecuada y consultada con las organizaciones de los pueblos indígenas para frenar los altos niveles de mortalidad materna e infantil, así como la malnutrición crónica.
CERD; CESCR; Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Varios. CERD/C/COL/COL/14, párrafo 22. E/C.12/COL/CO/5, párrafo 25. A/HRC/15/37/Add.3, párrafo 81
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Vida e integridad de sindicalistas.
Tomar las medidas eficaces necesarias para combatir la violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, y condenar a los culpables de actos de violencia contra ellos.
Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, de la OIT.
OIT. Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.
OIT. Comité de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Observación sobre libertad de asociación.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Detención administrativa. Regulación.
Regular la detención preventiva-‐administrativa. Cumplir las exigencias contenidas en la sentencia de la Corte Constitucional No. C-‐024.
Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria.
Reporte del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Addendum: misión Colombia.
A/HRC/10/21/Add.3, párrafo 100.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Embarazos no deseados.
Asegurar que los proveedores de salud y profesionales médicos actúen en conformidad con la sentencia de la Corte Constitucional No. C-‐355 de 2006 y ayuden a las mujeres a evitar los embarazos no deseados.
CCPR Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 40 del Pacto. Observaciones Finales del CCPR: Colombia.
CCPR/C/COL/CO/6, párrafo 19.
Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad. Pueblos indígenas. Mortalidad materna e infantil. Malnutrición crónica.
Impulsar intervención adecuada y consultada con las organizaciones de los pueblos indígenas para frenar los altos niveles de mortalidad materna e infantil, así como la malnutrición crónica.
CERD; CESCR; Relator Especial sobre los derechos de los pueblos indígenas.
Varios. CERD/C/COL/COL/14, párrafo 22. E/C.12/COL/CO/5, párrafo 25. A/HRC/15/37/Add.3, párrafo 81
Igualdad, no No utilizar las detenciones CAT; CCPR Varios CAT/C/COL/CO
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discriminación y respeto por la identidades. Grupos discriminados.
para estigmatizar a ciertos grupos (líderes sociales, jóvenes, indígenas,