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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL MAYO-2008 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE PERSONAL

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MAYO-2008

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN GERENCIA DE PERSONAL

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C O N T E N I D O

INTRODUCCIÓN ANTECEDENTES MISIÓN Y VISIÓN MARCO JURÍDICO ATRIBUCIONES ESTRUCTURA ORGÁNICA ORGANIGRAMA DESCRIPCIÓN DE OBJETIVOS Y FUNCIONES

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Introducción

El propósito fundamental del presente documento es proporcionar una visión general de la Comisión Nacional del Agua, Institución designada como el Órgano Superior con carácter técnico, normativo y consultivo en materia de gestión integrada de los recursos hídricos.

El reconocimiento de que el agua es un derecho humano fundamental, un elemento clave para el combate a la pobreza y un detonante para el crecimiento y el desarrollo, colocan ante la Comisión Nacional del Agua grandes retos por cumplir para dar respuesta a la mayor demanda de agua, mediante el establecimiento de una política hídrica integral y sustentable que permita coordinar y conjuntar la participación social así como la de los tres niveles de gobierno.

Un elemento determinante en la ejecución de la política hídrica lo constituye la organización que adopta la Institución, es decir la estructura administrativa en la que distribuirá el conjunto de funciones para cumplir con sus objetivos estratégicos, para el efecto la Ley de Aguas Nacionales así como el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, establece que ésta se organizará en dos niveles: nacional a través de sus subdirecciones generales y regional hidrológico administrativo a través de los organismos de cuenca.

En atención a lo anterior, se elaboró el Manual de Organización General de la Comisión Nacional del Agua, en el cual se describen sus antecedentes, su misión y visión, el marco legal que norma y regula su actuación, las atribuciones que por ley le han sido conferidas, la estructura orgánica, los objetivos y funciones, los cuales se determinaron conjuntamente con cada una de las unidades administrativas en el ámbito nacional.

Así también, el documento señala los niveles jerárquicos, líneas de comunicación y coordinación, identificando en un marco general las responsabilidades de cada una de las unidades administrativas; asimismo representa un importante elemento de apoyo en la inducción y capacitación del personal, propiciando su integración al equipo de trabajo así como a la Institución en general.

Finalmente como propósito complementario, el Manual pretende constituirse en una herramienta administrativa de apoyo en la búsqueda de la excelencia en la gestión de los procesos encaminados a satisfacer las necesidades y expectativas de los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, así como de los usuarios del sector y sociedad en general.

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ANTECEDENTES

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Antecedentes

El antecedente más remoto de la actual Comisión Nacional del Agua lo constituye el Ministerio de Fomento, Colonización, Industria y Comercio creado el 22 de abril de 1853, que tenía a su cargo entre otras, las funciones de fomento agropecuario, a las cuales se incorpora más tarde la función de irrigación.

Propiamente el antecedente orgánico de la Comisión Nacional del Agua se ubica en el año de 1921, cuando se crea dentro de la Secretaría de Agricultura y Fomento la Dirección de Irrigación, a la que se asignan las funciones de organización del servicio hidrológico, el estudio de grandes proyectos de irrigación, así como la construcción y operación de las obras de riego.

La Ley sobre Irrigación en Aguas Federales del 9 de enero de 1926, dio origen a la Comisión Nacional de Irrigación, que siguió dependiendo de la Secretaría de Agricultura y Fomento.

Mediante reformas a la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de enero de 1947, se creó la Secretaría de Recursos Hidráulicos y tuvo como atribuciones principales las de la Comisión Nacional de Irrigación, excepto las relacionadas con los distritos de riego y conservación de suelos, que las siguió desempeñando la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Con fundamento en el artículo 10 de la citada Ley y mediante acuerdos y decretos presidenciales, las Direcciones de Aguas, Ingeniería Sanitaria y de Obras Hidráulicas, que dependían respectivamente de las Secretarías de: Agricultura y Ganadería, de Salubridad y Asistencia y de Comunicaciones y Obras Públicas, pasaron a depender de la Secretaría de Recursos Hidráulicos, cuyas facultades y funciones quedaron establecidas en el artículo 12 de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, el 24 de diciembre de 1958; así como en la Ley Federal de Aguas de fecha 11 de enero de 1972.

Las Ex Secretarías de: Agricultura y Ganadería, y de Recursos Hidráulicos quedaron fusionadas al expedirse la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, que entró en vigor el 1o. de enero de 1977, dando origen a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos.

Por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de enero de 1989 se crea la Comisión Nacional del Agua, en calidad de órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos.

La Comisión Nacional del Agua se integró con el personal y los recursos provenientes de la Subsecretaría de Infraestructura Hidráulica; de la Dirección General del Servicio Meteorológico Nacional; de la Comisión de Aguas del Valle de México; de la Comisión del Lago de Texcoco; de las Coordinaciones Regionales de Infraestructura Hidráulica; de las Subdelegaciones de Infraestructura Hidráulica y Residencias Generales de la Construcción y Operación y de las

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Delegaciones de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos en los estados de la República; obedeciendo a la necesidad de concentrar en un solo órgano, la administración integral del agua y el cuidado de la conservación de su calidad, así como la planeación, construcción, operación y conservación de las obras hidráulicas del país.

En el cumplimiento de estos propósitos se sustentaron los cambios que experimentó la Institución y que incrementaron sus responsabilidades, como el asumir la dirección de la operación de los distritos de riego y propiciar su transferencia a los usuarios; así como la asignación y ejercicio de diversas facultades en materia de recaudación.

Para fortalecer el funcionamiento de la Comisión Nacional del Agua, por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de abril de 1991, se dispone la creación de su Consejo Técnico, que al ser integrado por los titulares de las principales dependencias involucradas en la política hidráulica, ha constituido para la Institución, una instancia de apoyo invaluable para avanzar en el cumplimiento de los propósitos que le dieron origen.

Mediante decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1994, se crea la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca, a la que se asigna entre otros, el despacho de los asuntos relativos a formular y condicionar la política nacional en materia de aguas, con ello la Comisión Nacional del Agua, quedó adscrita a esta nueva dependencia.

Con el decreto de modificación a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000, en el artículo 32 Bis, se definió esta dependencia como Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, conservando sus atribuciones con relación a la administración, uso, regulación y aprovechamiento sustentable de las aguas nacionales, lo cual a su vez quedó establecido en su Reglamento Interior publicado el 4 de junio de 2001.

El 21 de enero de 2003 se publicó el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, mediante el cual se estableció una estructura orgánica conformada por nueve subdirecciones generales, dos unidades staff, 13 gerencias regionales, entre ellas la Gerencia Regional Aguas del Valle de México y Sistema Cutzamala y las gerencias estatales.

Las modificaciones a la Ley de Aguas Nacionales publicadas el 29 de abril de 2004, establecen dentro de la estructura administrativa del ámbito regional de la Institución, al Organismo de Cuenca, básicamente para fomentar la participación de los usuarios del agua y de los particulares en la realización y administración de las obras y de los servicios hidráulicos, así como favorecer la descentralización de la gestión de los recursos hídricos, lo anterior se consolidó y concreto mediante el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua publicado el 30 de noviembre de 2006, en la que se describe la estructura orgánica de la Comisión en sus dos niveles: Nacional conformada por una dirección general, siete

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subdirecciones generales, cuatro coordinaciones generales y treinta y seis gerencias así como en el nivel Regional Hidrológico-Administrativo en el que se ubican 13 organismos de cuenca y 20 direcciones locales, las cuales se incluyen en el presente documento.

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MISIÓN Y VISIÓN

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Comisión Nacional del Agua

Misión:

Administrar y preservar las aguas

nacionales y sus bienes inherentes, para

lograr su uso sustentable, con la

corresponsabilidad de los tres órdenes

de gobierno y la sociedad en general.

Visión:

Ser autoridad con calidad técnica y

promotor de la participación de la

sociedad en la gestión integrada del

recurso hídrico y sus bienes públicos

inherentes.

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MARCO JURÍDICO

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MARCO JURÍDICO

CONSTITUCIÓN:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917 y sus reformas.

LEYES:

Ley de Asociaciones Agrícolas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 1932 y sus reformas.

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1936 y sus reformas.

Ley de Expropiación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de noviembre de 1936.

Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1963 y sus reformas.

Ley Federal del Trabajo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1970 y sus reformas.

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 1976 y sus reformas.

Ley Federal de Derechos (Disposiciones aplicables en materia de aguas nacionales). Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981 y sus reformas.

Ley de Planeación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1983 y sus reformas.

Ley del Servicio de Tesorería de la Federación. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1985 y sus reformas.

Ley Federal del Mar. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de enero de 1986.

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988 y sus reformas.

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Ley de Contribución de Mejoras por Obras Públicas Federales de Infraestructura Hidráulica. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1990.

Ley Agraria. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992 y sus reformas.

Ley Minera. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de junio de 1992 y sus reformas.

Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1992 y sus reformas.

Ley de Aguas Nacionales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 1992 y sus reformas.

Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de agosto de 1994 y sus reformas.

Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996 y sus reformas.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000 y sus reformas.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000 y sus reformas.

Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de diciembre de 2001 y sus reformas.

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de 2002 y sus reformas.

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2002 y sus reformas.

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2002 y sus reformas.

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de febrero de 2003 y sus reformas.

Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de abril de 2003 y sus reformas.

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Ley General de Bienes Nacionales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2004 y sus reformas.

Ley Federal de los Derechos del Contribuyente. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005.

Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre de 2005 y sus reformas.

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2006 y sus reformas.

Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2007.

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 1980.

Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

REGLAMENTOS:

Reglamento para la Tramitación de los Expedientes de Confirmación y Titulación de Bienes Comunales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de febrero de 1958.

Reglamento para Prevenir y Controlar la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 1979.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de febrero de 1984.

Reglamento del Servicio de Protección y Seguridad Hidráulica. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 1985.

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 1993.

Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 1994 y sus reformas.

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Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 1999.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de 2001.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2001 y sus reformas.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2001 y sus reformas.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2006 y sus reformas.

Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007.

Reglamento de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2004 y sus reformas.

Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2006.

Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2006.

Reglamento para el uso y aprovechamiento del mar territorial, vías navegables, playas, zona federal marítima terrestre y terrenos ganados al mar. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de agosto de 1991.

Reglamento para prevenir y controlar la contaminación del mar por vertimiento de desechos y otras materias. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 1979.

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CÓDIGOS:

Código Civil Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días el 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 y sus reformas.

Código Federal de Procedimientos Penales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de agosto de 1934 y sus reformas.

Código Federal de Procedimientos Civiles. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 1943 y sus reformas.

Código Fiscal de la Federación. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre 1981 y sus reformas.

Código Penal Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto 1931 y sus reformas.

Código Civil para el Distrito Federal. Publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de mayo de 2000.

Código Civil para cada entidad federativa que conforma la República Mexicana.

DECRETOS:

Decreto por el que se crea la Comisión Nacional del Agua como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 1989.

Decreto por el que la Comisión Nacional del Agua, para el cumplimiento de sus funciones contará con un Consejo Técnico, un Director General y las demás unidades administrativas previstas en los ordenamientos aplicables. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril de 1991.

Decreto que reforma el Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1997.

Decreto que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2000.

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Decreto por el que se condonan y eximen contribuciones y accesorios en materia de derechos por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales a cargo de los municipios, entidades federativas, Distrito Federal, organismos operadores o comisiones estatales o responsables directos de la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2001.

Decreto por el que se condonan contribuciones y accesorios en materia de derechos por el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales a cargo de los municipios, entidades federativas, Distrito Federal, organismos operadores o comisiones estatales, o cualquier otro tipo u órgano, que sean los responsables directos de la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2001.

Decreto por el que se otorgan facilidades administrativas para la regularización de usuarios de aguas nacionales que realicen actividades de carácter agrícola. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2002.

Decreto por el que se aprueban los programas sectoriales de mediano plazo denominados Programa Nacional de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2001-2006 y Programa Nacional Hidráulico 2001-2006. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 2002.

Decreto por el que se abroga, de manera total, lisa y llana, la declaratoria de rescate de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, otorgadas por la Comisión Nacional de Agua, de fecha 21 de octubre de 2001, publicados el día 22 del mismo mes y año. (Segunda Publicación). Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 2002.

Decreto por el que se reforma el artículo 13 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de agosto de 2002.

Decreto por el que se condonan y eximen contribuciones y accesorios en materia de derechos por uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales a los municipios, entidades federativas, Distrito Federal, organismos operadores, comisiones estatales o cualquier otro tipo de organismo u órgano, que sean los responsables directos de la prestación del servicio de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2002.

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Decreto por el que se condonan los créditos fiscales generados por los adeudos en el pago del derecho por el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales a cargo de los contribuyentes que se indican. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de noviembre de 2004.

Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2004.

Decreto que establece las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2006.

ACUERDOS:

Acuerdo por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 1996.

Acuerdo por el que se delegan atribuciones a diversos servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 1998 y sus reformas.

Acuerdo mediante el cual se delegan facultades para celebrar contratos, convenios y demás actos jurídicos a que se refiere en el presente, así como para llevar a cabo los procedimientos inherentes a los mismos, en los Subdirectores Generales, titulares de las Unidades Jurídica, de Revisión y Liquidación Fiscal, Comunicación Social, Programas Rurales y Participación Social, Coordinadores de Proyectos Especiales, Gerentes Regionales y Estatales de la Comisión Nacional del Agua. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de agosto de 1998.

Acuerdo por el que se delegan en favor del titular del órgano desconcentrado Comisión Nacional del Agua y a los titulares de las unidades administrativas que se mencionan, las facultades para suscribir los contratos y demás actos jurídicos que se deriven, de acuerdo con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 2000.

Acuerdo por el que dan a conocer los tramites inscritos en el Registro Federal de Tramites Empresariales que aplica la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y sus órganos administrativos desconcentrados, y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2000.

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Acuerdo por el que se establecen los lineamientos generales para la orientación, planeación, autorización, coordinación, supervisión y evaluación de las estrategias, los programas y las campañas de comunicación social de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal 2007. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 2007.

Acuerdo por el que se delegan atribuciones a las unidades administrativas que en el mismo se indican. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2007.

Acuerdo por el que se determina la circunscripción territorial de los organismos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2007.

NORMAS:

NOM-001-CNA-1995. Sistemas de alcantarillado sanitario - Especificaciones de hermeticidad. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 1996.

NOM-002-CNA-1995. Toma domiciliaria para abastecimiento de agua potable - Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 1996.

NOM-003-CNA-1996. Requisitos durante la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1997.

NOM-004-CNA-1996. Requisitos para la protección de acuíferos durante el mantenimiento y rehabilitación de pozos de extracción de agua y para el cierre de pozos en general. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de agosto de 1997.

NOM-005-CNA-1996. Fluxómetros - Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de julio de 1997.

NOM-006-CNA-1997. Fosas sépticas prefabricadas - Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de enero de 1999.

NOM-007-CNA-1997. Requisitos de seguridad para la construcción y operación de tanques para agua. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de febrero de 1999.

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NOM-008-CNA-1998. Regaderas empleadas en el aseo corporal - Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de junio de 2001.

NOM-009-CNA-1998. Inodoros para uso sanitario. Especificaciones y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2001.

NOM-011-CNA-2000. Conservación del recurso agua. Establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2002.

NOM-013-CNA-2000. Redes de distribución de agua potable - Especificaciones de hermeticidad y métodos de prueba. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2004.

CIRCULARES Y OFICIOS:

Oficio Núm. B00.- 42, de fecha 26 de enero del 2004, emitido por el Director General de la Comisión Nacional del Agua, mediante el cual comunica cambios a la estructura orgánica, como parte del Programa de Reducción de Costos y Compactación de Estructuras.

Circular No. BOO.10 del 10 de abril de 2007, emitido por la Dirección General de la Comisión Nacional del Agua, mediante el cual se delegan atribuciones asignadas al Director General de la Comisión Nacional del Agua, sin demérito del ejercicio directo del que suscribe, asimismo instruye a los Directores Generales de los Organismos de Cuenca y Directores Generales atender lo establecido en dicho documento.

DOCUMENTOS NORMATIVO-ADMINISTRATIVOS:

Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, suscrito el 13 de julio de 2004.

Lineamientos Generales para la organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de febrero de 2004.

CNA-CRIT-001-2004. Criterio que determina la vigencia de los actos de autoridad emitidos por la Comisión Nacional del Agua, antes del 30 de abril de 2004, fecha en que entró en vigor el Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 del mismo mes y año. Suscrito por el Director General de la Comisión Nacional del Agua el 25 de junio de 2004.

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CNA-CRIT-003-2004. Criterios de aplicación del decreto que reforma la Ley de Aguas Nacionales, en materia de plazos para el otorgamiento de prórrogas de títulos de concesión o asignación. Suscrito por el Director General de la Comisión Nacional del Agua el 29 de julio de 2004.

Guía Técnica para la Elaboración de Manuales de Organización. Comisión Nacional del Agua. Marzo de 2005.

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ATRIBUCIONES

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Atribuciones

Ley de Aguas Nacionales

Artículo 9.- "La Comisión" es un órgano administrativo desconcentrado de "la Secretaría", que se regula conforme a las disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de su Reglamento Interior.

"La Comisión" tiene por objeto ejercer las atribuciones que le corresponden a la autoridad en materia hídrica y constituirse como el Órgano Superior con carácter técnico, normativo y consultivo de la Federación, en materia de gestión integrada de los recursos hídricos, incluyendo la administración, regulación, control y protección del dominio público hídrico.

En el ejercicio de sus atribuciones, "la Comisión" se organizará en dos modalidades:

a. El Nivel Nacional, y

b. El Nivel Regional Hidrológico - Administrativo, a través de sus Organismos de Cuenca.

Las atribuciones, funciones y actividades específicas en materia operativa, ejecutiva, administrativa y jurídica, relativas al ámbito Federal en materia de aguas nacionales y su gestión, se realizarán a través de los Organismos de Cuenca, con las salvedades asentadas en la presente Ley.

Son atribuciones de "la Comisión" en su Nivel Nacional, las siguientes:

I. Formular la política hídrica nacional y proponerla al Titular del Poder Ejecutivo Federal, por conducto de "la Secretaría", así como dar seguimiento y evaluar de manera periódica el cumplimiento de dicha política;

II. Integrar, formular y proponer al Titular del Poder Ejecutivo Federal, el Programa Nacional Hídrico, actualizarlo y vigilar su cumplimiento;

III. Elaborar programas especiales de carácter interregional e intercuencas en materia de aguas nacionales;

IV. Proponer los criterios y lineamientos que permitan dar unidad y congruencia a las acciones del Gobierno Federal en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes, y asegurar y vigilar la coherencia entre los respectivos programas y la asignación de recursos para su ejecución;

V. Emitir disposiciones de carácter general en materia de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes;

VI. Atender los asuntos y proyectos estratégicos y de seguridad nacional en materia hídrica;

VII. Formular y aplicar lineamientos técnicos y administrativos para jerarquizar inversiones en obras públicas federales de infraestructura hídrica y contribuir cuando le sea solicitado por estados, Distrito Federal y municipios, con lineamientos para la jerarquización de sus inversiones en la materia;

VIII. Programar, estudiar, construir, operar, conservar y mantener las obras hidráulicas federales directamente o a través de contratos o concesiones con terceros, y realizar acciones que correspondan al ámbito federal para el aprovechamiento integral del agua, su regulación y

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control y la preservación de su cantidad y calidad, en los casos que correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico - administrativas, o que repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas, o cuando así lo disponga el Ejecutivo Federal, así como en los demás casos que establezca esta Ley o sus reglamentos, que queden reservados para la actuación directa de "la Comisión" en su nivel nacional;

IX. Apoyar, concesionar, contratar, convenir y normar las obras de infraestructura hídrica que se realicen con recursos totales o parciales de la federación o con su aval o garantía, en coordinación con otras dependencias y entidades federales, con el gobierno del Distrito Federal, con gobiernos de los estados que correspondan y, por medio de éstos, con los gobiernos de los municipios beneficiados con dichas obras, en los casos establecidos en la fracción anterior;

X. Operar, conservar y mantener obras y servicios hidráulicos rurales y urbanos cuando el Titular del Ejecutivo Federal así lo disponga en casos de seguridad nacional o de carácter estratégico de conformidad con las Leyes en la materia;

XI. Participar en la concertación de créditos y otros mecanismos financieros, incluso sobre la participación de terceros en el financiamiento de obras y servicios, que apoyen la construcción y el desarrollo de las obras y servicios federales hidráulicos; igualmente podrá fomentar y apoyar gestiones de crédito y otros mecanismos financieros en favor de estados, Distrito Federal y municipios conforme a sus atribuciones y a solicitud de parte;

XII. Fomentar y apoyar los servicios públicos urbanos y rurales de agua potable, alcantarillado, saneamiento, recirculación y rehúso en el territorio nacional, para lo cual se coordinará en lo conducente con los Gobiernos de los estados, y a través de éstos, con los municipios. Esto no afectará las disposiciones, facultades y responsabilidades municipales y estatales, en la coordinación y prestación de los servicios referidos;

XIII. Fomentar y apoyar el desarrollo de los sistemas de agua potable y alcantarillado; los de saneamiento, tratamiento y rehúso de aguas; los de riego o drenaje y los de control de avenidas y protección contra inundaciones en los casos previstos en la fracción IX del presente Artículo; contratar, concesionar o descentralizar la prestación de los servicios que sean de su competencia o que así convenga con los Gobiernos Estatales y, por conducto de éstos, con los Municipales, o con terceros;

XIV. Proponer al Titular del Poder Ejecutivo Federal el establecimiento de Distritos de Riego y en su caso, la expropiación de los bienes inmuebles correspondientes;

XV. Regular los servicios de riego en distritos y unidades de riego en el territorio nacional, e integrar, con el concurso de sus Organismos de Cuenca, los censos de infraestructura, los volúmenes entregados y aprovechados, así como los padrones de usuarios, el estado que guarda la infraestructura y los servicios. Esto no afectará los procesos de descentralización y desconcentración de atribuciones y actividades del ámbito federal, ni las disposiciones, facultades y responsabilidades estatales y municipales, así como de asociaciones, sociedades y otras organizaciones de usuarios de riego, en la coordinación y prestación de los servicios referidos;

XVI. Administrar y custodiar las aguas nacionales y los bienes nacionales a que se refiere el Artículo 113 de esta Ley, y preservar y controlar la calidad de las mismas, en el ámbito

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nacional;

XVII. Establecer las prioridades nacionales en lo concerniente a la administración y gestión de las aguas nacionales y de los bienes nacionales inherentes a que se refiere la presente Ley;

XVIII. Acreditar, promover, y apoyar la organización y participación de los usuarios en el ámbito nacional, y apoyarse en lo conducente en los gobiernos estatales, para realizar lo propio en los ámbitos estatal y municipal, para mejorar la gestión del agua, y fomentar su participación amplia, informada y con capacidad de tomar decisiones y asumir compromisos, en términos de Ley;

XIX. Expedir títulos de concesión, asignación o permiso de descarga a que se refiere la presente Ley y sus reglamentos, reconocer derechos y llevar el Registro Público de Derechos de Agua;

XX. Conciliar y, en su caso, fungir a petición de los usuarios, como árbitro en la prevención, mitigación y solución de conflictos relacionados con el agua y su gestión, en los términos de los reglamentos de esta Ley;

XXI. Analizar y resolver con el concurso de las partes que correspondan, los problemas y conflictos derivados de la explotación, uso, aprovechamiento o conservación de las aguas nacionales entre los usos y usuarios, en los casos establecidos en la fracción IX del presente Artículo;

XXII. Celebrar convenios con entidades o instituciones extranjeras y organismos afines para la asistencia y cooperación técnica, intercambio de información relacionada con el cumplimiento de sus objetivos y funciones, e intercambio y capacitación de recursos humanos especializados, bajo los principios de reciprocidad y beneficios comunes, en el marco de los convenios y acuerdos que suscriban la Secretaría de Relaciones Exteriores, y "la Secretaría", en su caso, con otros países con el propósito de fomentar la cooperación técnica, científica y administrativa en materia de recursos hídricos y su gestión integrada;

XXIII. Concertar con los interesados, en el ámbito nacional, las medidas que correspondan, con apego a esta Ley y sus reglamentos, así como las demás disposiciones aplicables, cuando la adopción de acciones necesarias pudieren afectar los derechos de concesionarios y asignatarios de aguas nacionales;

XXIV. Celebrar convenios de coordinación con la Federación, el Distrito Federal, estados, y a través de éstos, con los municipios y sus respectivas administraciones públicas, así como de concertación con el sector social y privado, y favorecer, en el ámbito de su competencia, en forma sistemática y con medidas específicas, la descentralización de la gestión de los recursos hídricos en términos de Ley;

XXV. Promover en el ámbito nacional el uso eficiente del agua y su conservación en todas las fases del ciclo hidrológico, e impulsar el desarrollo de una cultura del agua que considere a este elemento como recurso vital, escaso y de alto valor económico, social y ambiental, y que contribuya a lograr la gestión integrada de los recursos hídricos;

XXVI. Realizar periódicamente en el ámbito nacional los estudios sobre la valoración económica y financiera del agua por fuente de suministro, localidad y tipo de uso, conforme a las

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disposiciones que dicte la Autoridad en la materia;

XXVII. Estudiar, con el concurso de los Consejos de Cuenca y Organismos de Cuenca, los montos recomendables para el cobro de derechos de agua y tarifas de cuenca, incluyendo el cobro por extracción de aguas nacionales, descarga de aguas residuales y servicios ambientales vinculados con el agua y su gestión, para ponerlos a consideración de las Autoridades correspondientes en términos de Ley;

XXVIII. Ejercer las atribuciones fiscales en materia de administración, determinación, liquidación, cobro, recaudación y fiscalización de las contribuciones y aprovechamientos que se le destinen o en los casos que señalen las leyes respectivas, conforme a lo dispuesto en el Código Fiscal de la Federación;

XXIX. Promover y propiciar la investigación científica y el desarrollo tecnológico, la formación de recursos humanos, así como difundir conocimientos en materia de gestión de los recursos hídricos, con el propósito de fortalecer sus acciones y mejorar la calidad de sus servicios, para lo cual se coordinará en lo conducente con el Instituto Mexicano de Tecnología del Agua;

XXX. Proponer a la “Secretaría" las Normas Oficiales Mexicanas en materia hídrica;

XXXI. Emitir disposiciones sobre la expedición de títulos de concesión, asignación o permiso de descarga, así como de permisos de diversa índole a que se refiere la presente Ley;

XXXII. Emitir la normatividad a que deberán apegarse los Organismos de Cuenca en el ejercicio de sus funciones, en congruencia con las disposiciones contenidas en la presente Ley, incluyendo la administración de los recursos que se les destinen y verificar su cumplimiento;

XXXIII. Emitir disposiciones sobre la estructuración y operación del Registro Público de Derechos de Agua a nivel nacional, apoyarlo financieramente y coordinarlo; particularmente, "la Comisión" realizará las gestiones necesarias conforme a la Ley para operar regionalmente dicho Registro y sus funciones, a través de los Organismos de Cuenca;

XXXIV. Realizar toda clase de actos jurídicos que sean necesarios para cumplir con sus atribuciones, así como aquellos que fueren necesarios para la administración de los recursos y bienes a su cargo;

XXXV. Vigilar el cumplimiento y aplicación de la presente Ley, interpretarla para efectos administrativos, aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en la materia que no estén reservados al Ejecutivo Federal;

XXXVI. Actuar con autonomía técnica, administrativa, presupuestal y ejecutiva en el manejo de los recursos que se le destinen y de los bienes que tenga en los términos de esta Ley, así como con autonomía de gestión para el cabal cumplimiento de su objeto y de los objetivos y metas señaladas en sus programas y presupuesto;

XXXVII. Expedir en cada caso, respecto de los bienes de propiedad nacional a que se refiere esta Ley, la declaratoria correspondiente, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación;

XXXVIII. Expedir las declaratorias de clasificación de los cuerpos de agua nacionales a que se refiere

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la presente Ley;

XXXIX. Participar en el sistema nacional de protección civil y apoyar en la aplicación de los planes y programas de carácter federal para prevenir y atender situaciones de emergencia, causadas por fenómenos hidrometeorológicos extremos;

XL. Definir los lineamientos técnicos en materia de gestión de aguas nacionales, cuencas, obras y servicios, para considerarlos en la elaboración de programas, reglamentaciones y decretos de vedas y reserva;

XLI. Proponer al Titular del Poder Ejecutivo Federal la expedición de Decretos para el establecimiento, modificación o extinción de Zonas de Veda y de Zonas Reglamentadas para la Extracción y Distribución de Aguas Nacionales y para su explotación, uso o aprovechamiento, así como Declaratorias de Reserva de Aguas Nacionales y de zonas de desastre;

XLII. Realizar las declaratorias de clasificación de zonas de alto riesgo por inundación y elaborar los atlas de riesgos conducentes;

XLIII. Coordinar el servicio meteorológico nacional y ejercer las funciones en dicha materia;

XLIV. Mantener actualizado y hacer público periódicamente el inventario de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes y de la infraestructura hidráulica federal; clasificar las aguas de acuerdo con los usos, y elaborar balances en cantidad y calidad del agua por regiones hidrológicas y cuencas hidrológicas;

XLV. Mejorar y difundir permanentemente en el ámbito nacional el conocimiento sobre la ocurrencia del agua en el ciclo hidrológico, la oferta y demanda de agua, los inventarios de agua, suelo, usos y usuarios y de información pertinente vinculada con el agua y su gestión, con el apoyo que considere necesario, por parte de otras instancias del orden federal, de gobiernos estatales y municipales, así como de usuarios del agua, de organizaciones de la sociedad y de particulares;

XLVI. Integrar el Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua, con la participación de los Organismos de Cuenca, en coordinación con los gobiernos de los estados y del Distrito Federal y con los Consejos de Cuenca, y en concordancia con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental;

XLVII. Resolver de manera expedita las solicitudes de prórroga de concesión, asignación y permisos de descarga, así como permisos provisionales para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales que le sean presentadas en los plazos establecidos en la presente Ley, conforme a los casos establecidos en la fracción IX del presente Artículo;

XLVIII. Presentar las denuncias que correspondan ante autoridades competentes cuando, como resultado del ejercicio de sus atribuciones, tenga conocimiento de actos u omisiones que constituyan violaciones a la legislación administrativa en materia de aguas o a las leyes penales;

XLIX. En situaciones de emergencia, escasez extrema, o sobreexplotación, tomar las medidas

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necesarias, normalmente de carácter transitorio, las cuales cesarán en su aplicación cuando "la Comisión" así lo determine, para garantizar el abastecimiento del uso doméstico y público urbano, a través de la expedición de acuerdos de carácter general; cuando estas acciones pudieren afectar los derechos de concesionarios y asignatarios de aguas nacionales, concertar con los interesados las medidas que correspondan, con apego a esta Ley y sus reglamentos;

L. Otorgar los apoyos técnicos que le sean solicitados por "la Procuraduría" en el ejercicio de sus facultades en materia de reparación del daño a los recursos hídricos y su medio, a ecosistemas vitales y al ambiente;

LI. Regular la transmisión de derechos;

LII. Adquirir los bienes necesarios para los fines que le son propios, y

LIII. Realizar las demás que señalen las disposiciones legales o reglamentarias.

LIV. Concertar con los interesados, en el ámbito nacional, las medidas que correspondan, con apego a esta Ley y sus reglamentos, así como las demás disposiciones aplicables, cuando la adopción de acciones necesarias pudieren afectar los derechos de concesionarios y asignatarios de aguas nacionales;

LV. Celebrar convenios de coordinación con la Federación, el Distrito Federal, estados, y a través de éstos, con los municipios y sus respectivas administraciones públicas, así como de concertación con el sector social y privado, y favorecer, en el ámbito de su competencia, en forma sistemática y con medidas específicas, la descentralización de la gestión de los recursos hídricos en términos de Ley;

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ESTRUCTURA ORGÁNICA

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Estructura Orgánica

1.0 Dirección General

Órgano Interno de Control

1.1 Subdirección General de Administración

1.1.0.1 Gerencia de Personal

1.1.0.2 Gerencia de Recursos Financieros

1.1.0.3 Gerencia de Recursos Materiales

1.1.0.4 Gerencia de Informática y Telecomunicaciones

1.1.0.5 Gerencia de Innovación y Calidad

1.1.0.0.1 Coordinación de Atención a Organismos Fiscalizadores

1.2 Subdirección General de Administración del Agua

1.2.0.1 Gerencia de Servicios a Usuarios

1.2.0.2 Gerencia del Registro Público de Derechos de Agua

1.2.0.3 Gerencia de Inspección y Medición

1.2.0.4 Gerencia de Calificación de Infracciones, Análisis y Evaluación

1.2.0.5 Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información

1.3 Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola

1.3.0.1 Gerencia de Construcción de Infraestructura Hidroagrícola

1.3.0.2 Gerencia de Proyectos de Infraestructura Hidroagrícola

1.3.0.3 Gerencia de Unidades de Riego

1.3.0.4 Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado

1.3.0.5 Gerencia de Distritos de Riego

1.4 Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento

1.4.0.1 Gerencia de Potabilización y Tratamiento

1.4.0.2 Gerencia de Estudios y Proyectos de Agua Potable y Redes de

Alcantarillado

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.4.0.3 Gerencia de Fortalecimiento de Organismos Operadores

1.4.0.4 Gerencia de Programas Federales de Agua Potable y Alcantarillado

1.4.0.5 Gerencia de Cuencas Transfronterizas

1.4.0.6 Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial

1.5 Subdirección General Jurídica

1.5.0.1 Gerencia de lo Consultivo

1.5.0.2 Gerencia de lo Contencioso

1.5.0.3 Gerencia de Procedimientos Administrativos

1.5.0.4 Gerencia de Descentralización y de Transparencia y Acceso a la Información Pública

1.6 Subdirección General de Programación

1.6.0.1 Gerencia del Sistema de Información sobre el Agua

1.6.0.2 Gerencia de Planificación Hídrica

1.6.0.3 Gerencia de Evaluación y Programación

1.7 Subdirección General Técnica

1.7.0.1 Gerencia de Aguas Subterráneas

1.7.0.2 Gerencia de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos

1.7.0.3 Gerencia del Consultivo Técnico

1.7.0.4 Gerencia del Ingeniería y Normas Técnicas

1.7.0.5 Gerencia de Calidad del Agua

1.0.1 Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional

1.0.1.1 Gerencia de Redes de Observación y Telemática

1.0.2 Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal

1.0.3 Coordinación General de Atención Institucional, Comunicación y Cultura del Agua

1.0.4 Coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca

1.0.4.1 Gerencia de Protección a la Infraestructura y Atención de Emergencias 1.0.4.2 Gerencia de Consejos de Cuenca

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0.5.0  Dirección General de Organismo de Cuenca   

Aguas del Valle de México  Península de Baja California Noroeste Pacífico Norte Balsas Pacífico‐Sur Río Bravo Cuencas Centrales del Norte Lerma‐Santiago Golfo Norte Golfo Centro Frontera Sur Península de Yucatán  

1.0.6.0 Dirección Local   

Aguascalientes  Baja California Sur Campeche  Coahuila Colima Chihuahua  Durango Guanajuato  Guerrero  Hidalgo  Estado de México  Michoacán Nayarit Puebla  Querétaro  Quintana Roo  San Luis Potosí  Tabasco  Tlaxcala  Zacatecas  

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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ORGANIGRAMA

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CUENCAS CENTRALES DEL NORTE

GOLFO CENTROGOLFO NORTE PENÍNSULA DE YUCATÁN

AGUAS DEL VALLE

DE MÉXICO

FRONTERA SURLERMA – SANTIAGO-PACÍFICO

NOROESTE PACIFICO NORTE RIO BRAVOBALSAS PACÍFICO SURPENÍNSULA BAJA CALIFORNIA

DIRECCIONES LOCALES

DIRECCIONES GENERALES DE

ORGANISMOS DE CUENCA EN

DIRECCIONES LOCALES

COMISIÓN NACIONAL DEL AGUAESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA

REGLAMENTO INTERIOR DOF. 30-XI-2006ORGANO

INTERNO DE

CONTROL

(20)

DIRECCIÓN

GENERAL

SUBDIRECCIÓNGENERAL JURÍDICA

GERENCIA DE LOCONSULTIVO

GERENCIA DE LO CONTENCIOSO

GERENCIA DEPROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

GERENCIA DEDESCENTRALIZACION Y

DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN

PÚBLICA

REDES

SUBDIRECCIÓNGENERALTÉCNICA

GERENCIA DE AGUAS SUBTERRÁNEAS

GERENCIA DE AGUAS SUPERFICIALES E

INGENIERÍA DE RÍOS

GERENCIA DEINGENIERÍA Y NORMAS

TÉCNICAS

GERENCIADE CALIDAD DEL AGUA

GERENCIA DEL CONSULTIVO

TÉCNICO

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN

GERENCIA DEPERSONAL

GERENCIA DE RECURSOSFINANCIEROS

GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES

GERENCIA DE INFORMÁTICA Y

TELECOMUNICACIONES

GERENCIA DEINNOVACIÓN Y CALIDAD

COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A

ORGANISMOS FISCALIZADORES

,

GERENCIA DE SERVICIOS AUSUARIOS

GERENCIA DEINSPECCIÓN Y MEDICIÓN

SUBDIRECCIÓNGENERAL

DE ADMINISTRACION DEL AGUA

GERENCIA DE CALIFICACIÓN DE INFRACCIONES,, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN

GERENCIA DE REGULACIÓN DE TRANSMISIÓN DE DERECHOS, BANCOS DEL

AGUA Y CONTROL DE INFORMACIÓN

GERENCIA DEL REGISTRO

PÚBLICO DE DERECHOS DE AGUA

GERENCIA DE DE OBSERVACIÓN Y

TELEMÁTICA

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

INFRAESTRUCTURAHIDROAGRÍCOLA

GERENCIA DE CONSTRUCCIÓNINFRAESTRUCTURA

HIDROAGRÍCOLA

GERENCIADE PROYECTOS

DE INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA

GERENCIA DEUNIDADES DE RIEGO

GERENCIADE DISTRITOS DE TEMPORAL TECNIFICADO

GERENCIA DE DISTRITOS DE RIEGO

DE

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE,

DRENAJE Y SANEAMIENTO

GERENCIA DEFORTALECIMIENTO

DE ORGANISMOSOPERADORES

GERENCIA DE PROGRAMAS

FEDERALES DE AGUA POTABLE Y

ALCANTARILLADO

GERENCIA DECUENCAS

TRANSFRONTERIZAS

GERENCIA DEPOTABILIZACIÓN Y

TRATAMIENTO

GERENCIA DE ESTUDIOSY PROYECTOS DE AGUAPOTABLE Y REDES DE

ALCANTARILLADO

GERENCIA DEL SISTEMADE INFORMACIÓN SOBRE EL AGUA

GERENCIA DE PLANIFICACIÓN

HÍDRICA

GERENCIA DEEVALUACIÓN Y

PROGRAMACIÓN

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE

PROGRAMACIÓN

DE REVISIÓN Y LIQUIDACIÓN FISCAL

COORDINACIÓN GENERAL

GERENCIA DE CONSEJOS DE

CUENCA

COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y

CONSEJOS DE CUENCA

GERENCIA DE PROTECCIÓN A LA

INFRAESTRUCTURA Y ATENCIÓN DE

EMERGENCIAS

II

III

II

COORDINACIÓN GENERAL DEL SERVICIO

METEOROLOGICO NACIONAL

COORDINACIÓN GENERAL ATENCIÓN INSTITUCIONA L

Y CULTURA DEL AGUACOMUNICACIÓN

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAHIDRÁULICA PLUVIAL

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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DESCRIPCIÓN DE OBJETIVOS Y FUNCIONES

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 

DIRECCIÓN GENERAL 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0 Dirección General

Objetivo:

Ejercer las atribuciones que le corresponden a la autoridad en materia hídrica y constituirse como el Órgano Superior con carácter técnico, normativo y consultivo de la Federación en materia de gestión integrada del recurso hídrico y sus bienes públicos inherentes, incluyendo la administración, regulación, control y protección del dominio hídrico, que permita garantizar su desarrollo integral sustentable y preservar el medio ambiente, mediante la aplicación de la normatividad aplicable a la materia.

Funciones:

Dirigir las acciones para vigilar el cumplimiento de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento y demás disposiciones, así como aplicar las sanciones y ejercer los actos de autoridad en materia de gestión integrada de los recursos hídricos.

Formular, establecer, actualizar y vigilar el cumplimiento del Programa Nacional Hídrico, de conformidad con la política hídrica nacional.

Definir y establecer los principios, políticas, normas y lineamientos que permitan dar unidad y congruencia a las acciones del Gobierno Federal en materia hídrica, así como asegurar y vigilar la coherencia entre los programas y la asignación de recursos para su aplicación y cumplimiento.

Definir las políticas, normas y lineamientos para la programación, estudio, construcción, operación, conservación y mantenimiento de obras de infraestructura hidráulica, hidroagrícola, de protección a centros de población, así como para la generación de energía eléctrica, directamente o a través de contratos o concesiones con terceros y que se realicen con recursos totales o parciales de las dependencias o entidades federales competentes.

Determinar las líneas de acción para el desarrollo de servicios públicos rurales y urbanos de agua potable y alcantarillado, saneamiento, tratamiento y reuso de agua, los de riego o drenaje, los de control de avenidas y protección contra inundaciones, así como contratar o concesionar el suministro de los servicios que sean competencia de la Comisión Nacional del Agua o que así convengan con terceros.

Establecer los criterios para preservar, regular y controlar la calidad y cantidad de las aguas nacionales, así como operar las cuencas hidrológicas, a través de los organismos de cuenca en los términos de la Ley de Aguas Nacionales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Disponer los mecanismos para contribuir en la solución de conflictos y controversias relacionadas con el agua, con base en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Establecer y vigilar el cumplimiento de las políticas, normas, lineamientos y metodología para la expedición de los títulos de concesión, asignación o permiso a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales, así como llevar el Registro Público de Derechos de Agua.

Fomentar el uso eficiente del agua y su conservación, en calidad y cantidad, en todo el ciclo hidrológico, e impulsar y promover la cultura del agua como recurso estratégico y de seguridad nacional.

Establecer los criterios, políticas y lineamientos para ejercer las acciones fiscales en materia de administración, determinación, liquidación, cobro, recaudación y fiscalización de las contribuciones y aprovechamiento que se le destinen o en los casos que señalen las leyes respectivas, con base a lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación.

Fomentar y contribuir en la investigación científica y el desarrollo tecnológico en materia de aguas, así como a la formación y capacitación de recursos humanos en gestión de los recursos hídricos.

Proponer las normas oficiales mexicanas en materia hídrica, conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Definir y establecer las políticas, normas, lineamientos, programas, sistemas, procedimientos, reglas de operación, indicadores, criterios y demás instrumentos legales y administrativos para ejercer la autonomía técnica, operativa, administrativa, presupuestal, ejecutiva, fiscal y jurídica, establecida en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Determinar las políticas y lineamientos para emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación las declaratorias correspondientes a cada caso, con relación a los bienes de propiedad nacional contenidos en la Ley de Aguas Nacionales.

Definir y organizar a las unidades administrativas del nivel nacional y regional hidrológico-administrativo para cumplir con lo señalado en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, fijar su número y jurisdicción, así como publicar en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos respectivos.

Suscribir y publicar los acuerdos celebrados para delegar atribuciones en los servidores públicos o unidades administrativas sin menoscabo de su ejercicio directo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Definir los criterios para la elaboración, expedición y difusión del manual de organización y demás manuales administrativos, requeridos para el funcionamiento de la Comisión Nacional del Agua.

Dirigir el Servicio Meteorológico Nacional y establecer las políticas y lineamientos para difundir la información meteorológica y pronósticos de interés público.

Promover y apoyar la organización y participación de los usuarios en la gestión del agua, conjuntamente con los gobiernos estatales y municipales.

Establecer las prioridades nacionales en lo concerniente a la administración y gestión de las aguas nacionales y de sus bienes nacionales inherentes; así como atender los asuntos y proyectos estratégicos y de seguridad nacional en materia hídrica.

Determinar la disponibilidad de las aguas nacionales, realizar los estudios técnicos y proponer el establecimiento de zonas reglamentadas, de veda o de reserva que permitan la administración, regulación y custodia de las aguas nacionales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

40

Órgano Interno de Control

Misión:

Contribuir con la Secretaría de la Función

Pública y con la Comisión Nacional del Agua,

al mejoramiento de sus procesos y al

fortalecimiento de la cultura de rendición de

cuentas, en un ambiente afín a la

transparencia, mediante la prevención y el

abatimiento de la corrupción y la reducción

de riesgos que impidan el logro eficaz y

eficiente de sus objetivos.

Visión:

Que el Órgano Interno de Control contribuya

decididamente a que la Comisión Nacional

del Agua logre su misión y objetivos

institucionales en un ambiente de

honestidad, eficacia y eficiencia, de

conformidad con el marco legal y normativo

aplicable.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

41

Órgano Interno de Control

Objetivo:

Abatir los niveles de corrupción e impunidad a través de impulsar la mejora de los procesos y la gestión de los servicios públicos en la Comisión Nacional del Agua, promoviendo la difusión de normas, el establecimiento de controles internos y de asesoría, así como, llevar a cabo auditorías enfocadas en puntos relevantes donde se obtengan resultados válidos y sustentando jurídicamente las resoluciones que determinen conductas irregulares de los servidores públicos. Asimismo promover que la ciudadanía presente propuestas y sugerencias de mejora de la gestión pública y atender las quejas, denuncias e inconformidades de la sociedad.

Funciones:

Organizar y controlar el sistema de recepción de quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos y darles seguimiento.

Dirigir el proceso de investigación para fincar las responsabilidades a que haya lugar e imponer las sanciones respectivas, en los términos del ordenamiento legal en materia de responsabilidades, con excepción de las que conozca la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública.

Coordinar las acciones para determinar la suspensión temporal del presunto responsable de su empleo, cargo o comisión, si así conviene a la conducción o continuación de las investigaciones, de acuerdo a lo establecido en el ordenamiento aludido y, en su caso, llevar a cabo las acciones que procedan conforme a la ley de la materia.

Calificar los pliegos preventivos de responsabilidades que formule la Comisión Nacional del Agua, fincando, cuando proceda, los pliegos de responsabilidades a que haya lugar o, en su defecto, dispensar dichas responsabilidades, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, salvo los que sean competencia de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Función Pública.

Dictar las resoluciones en los recursos de revocación que interpongan los servidores públicos, y de revisión que se hagan valer en contra de las resoluciones de las inconformidades previstas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en contra de aquellas resoluciones de los titulares de las áreas de responsabilidades que impongan sanciones a los licitantes, proveedores y contratistas.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Realizar la defensa jurídica de las resoluciones que emitan ante las diversas instancias jurisdiccionales, representando al Secretario de la Función Pública, así como expedir las copias certificadas de los documentos que obren en los archivos del Órgano Interno de Control.

Implementar el sistema integral de control gubernamental y coadyuvar a su debido funcionamiento; proponer las normas y lineamientos con un enfoque preventivo y analizar y mejorar los controles que al efecto se requieran, y vigilar el cumplimiento de las normas de control que expida la Secretaría de la Función Pública así como aquellas que regulan el funcionamiento de la Comisión Nacional del Agua.

Programar, ordenar y realizar auditorías, investigaciones, inspecciones o visitas de cualquier tipo, así como informar periódicamente a la Secretaría de la Función Pública sobre el resultado de las acciones de control que hayan realizado y proporcionar a ésta la ayuda necesaria para el adecuado ejercicio de sus atribuciones.

Apoyar, verificar y evaluar las acciones que coadyuven a promover la mejora administrativa y alcanzar los logros propios del buen gobierno.

Recibir, tramitar y dictaminar las solicitudes de indemnización de los particulares relacionadas con servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua.

Denunciar ante las autoridades competentes, por sí o por conducto del servidor público del propio Órgano Interno de Control que el titular de éste determine expresamente en cada caso, los hechos de que tengan conocimiento y puedan ser constitutivos de delitos o, en su defecto, instar al área Jurídica de la Comisión Nacional del Agua, a formular las denuncias a que haya lugar.

Requerir a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua la información necesaria para cumplir con sus atribuciones y brindar la asesoría que les requieran en el ámbito de sus competencias.

Llevar a cabo programas específicos tendientes a verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, conforme a los lineamientos emitidos por la Secretaría de la Función Pública.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Subdirección General de Administración

Misión:

Impulsar el desarrollo del personal, elevar la

calidad de los servicios y administrar con

eficiencia, transparencia y apego a la

normatividad, los recursos financieros,

materiales y de tecnología de la

información, que contribuyan al logro de los

objetivos de la Comisión Nacional del Agua.

Visión:

Ser el área normativa y de servicios que

garantiza el desarrollo profesional de los

servidores públicos que la integran, propicia

la cultura de la calidad y optimiza la

disponibilidad de los recursos financieros,

materiales e informáticos de la Comisión

Nacional del Agua.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.1 Subdirección General de Administración

Objetivo:

Administrar el personal, los recursos financieros, materiales y de tecnología de la información con eficiencia, racionalidad, transparencia y apego a la normatividad, a fin de contribuir al desarrollo de los planes, programas y objetivos de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Funciones:

Planear, establecer y dirigir las normas, políticas, lineamientos, sistemas y procedimientos para la administración y control del personal, de los recursos financieros, materiales y de tecnología de la información asignados a la Comisión Nacional del Agua, para su aplicación y cumplimiento tanto en el nivel nacional como regional hidrológico-administrativo.

Determinar y establecer las normas, políticas, lineamientos y procedimientos para el ingreso, contratación, autorización de movimientos, pago de remuneraciones y término de relación laboral del personal, conforme a las disposiciones establecidas en los ordenamientos legales y por las dependencias globalizadoras.

Establecer las normas y políticas para la operación de los programas para el desarrollo y evaluación del personal, para el otorgamiento de prestaciones y servicios, así como para llevar a cabo actividades socio-culturales y deportivas.

Definir las acciones y directrices a seguir para la conducción de las relaciones laborales de la Comisión Nacional del Agua con el sindicato, de acuerdo con criterios y lineamientos emitidos por la Sectorial y a lo que señalen las Condiciones Generales de Trabajo.

Definir y establecer las normas y estrategias para la elaboración de los manuales de organización y de procedimientos que permitan una mayor coordinación entre las unidades administrativas adscritas a la Comisión Nacional del Agua.

Formular las políticas, lineamientos y mecanismos para verificar la aplicación de la normatividad y procedimientos en la conformación de los registros contables y control del ejercicio presupuestal.

Determinar las políticas y lineamientos para la oportuna asignación de gasto corriente y de inversión a los organismos de cuenca y direcciones locales para cumplir con los planes y programas autorizados.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Establecer las directrices y lineamientos para efectuar las modificaciones y adecuaciones al presupuesto financiero de la Comisión Nacional del Agua, con base en la normatividad aplicable.

Determinar las normas, políticas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos materiales y la contratación de los servicios generales.

Definir las líneas de acción, políticas y procedimientos para la integración de los programas anuales de adquisiciones y de compras consolidadas y vigilar que su ejecución se realice conforme a la ley de la materia.

Planear y coordinar las acciones y estrategias para proporcionar a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, la infraestructura informática y de telecomunicaciones que apoyen el desarrollo de sus programas sustantivos.

Dirigir la implantación y seguimiento del Programa de Innovación y Calidad, promoviendo la participación de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Definir y establecer las directrices para la atención, control y seguimiento de los requerimientos de información que presenten los órganos de control y fiscalización a las diferentes unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Determinar las acciones tendientes a desconcentrar y descentralizar las funciones administrativas en el ámbito de su competencia.

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1.1.0.1 Gerencia de Personal

Objetivo:

Administrar al personal de la Comisión Nacional del Agua, mediante el diseño y aplicación de estrategias, sistemas y procedimientos que propicien el desarrollo integral y la profesionalización de sus servidores públicos.

Funciones:

Dirigir y coordinar la elaboración, actualización y aplicación de la normatividad interna en materia de administración de personal, así como de autorizar su implantación en el ámbito nacional.

Dirigir e instrumentar la operación y desarrollo del Servicio Profesional de Carrera en el nivel nacional y regional hidrológico-administrativo de la Comisión Nacional del Agua.

Determinar los criterios y lineamientos que garanticen la operación y transparencia de los subsistemas de Planeación de Recursos Humanos, Ingreso, Desarrollo Profesional, Capacitación y Certificación de Capacidades, Evaluación del Desempeño, Separación y de Control y Evaluación, así como supervisar su cumplimiento.

Instrumentar acciones para la elaboración del presupuesto de servicios personales, así como su integración al presupuesto general de la Institución y supervisar su adecuado ejercicio.

Dirigir y coordinar la aplicación de lineamientos y mecanismos para el proceso de pago de remuneraciones y prestaciones económicas, así como de las retenciones procedentes.

Establecer las acciones de difusión de los lineamientos para la integración de los manuales de organización y procedimientos de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Planear, organizar y conducir, de conformidad con las directrices emitidas por el titular de la Comisión Nacional del Agua, las relaciones laborales entre la Institución y sus trabajadores y vigilar la debida aplicación de las condiciones generales de trabajo, así como su observancia en las unidades administrativas.

Dirigir y supervisar el desarrollo de programas de actividades sociales, culturales, deportivas y educativas dirigidas al personal y sus familias.

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1.1.0.2 Gerencia de Recursos Financieros

Objetivo:

Administrar los recursos financieros asignados a la Comisión Nacional del Agua, con eficiencia, racionalidad y transparencia, mediante la aplicación de la normatividad emitida en la materia, a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales y sectoriales.

Funciones:

Emitir conforme a la legislación vigente y a las disposiciones de las dependencias globalizadoras, las normas y procedimientos que se aplicarán en la contabilidad y control del ejercicio presupuestal, el gasto público, la administración de disponibilidades y el pago de compromisos de la Comisión Nacional del Agua.

Dirigir y controlar las acciones para la integración del presupuesto y solicitud de las ministraciones de los recursos ante la Coordinadora Sectorial, con base en el presupuesto calendarizado, autorizado y modificado.

Controlar, conforme a lo autorizado, el ejercicio del presupuesto asignado a los programas de trabajo de la Comisión Nacional del Agua.

Determinar y efectuar las radicaciones de pago de las asignaciones de gasto corriente y de inversión de las áreas centrales, organismos de cuenca y direcciones locales conforme al ejercicio de su presupuesto.

Autorizar y supervisar la apertura y cancelación de cuentas bancarias que requieran las áreas de la Comisión Nacional del Agua, para la operación de sus recursos financieros asignados, así como firmar mancomunadamente los cheques y transferencias electrónicas de fondos para el pago de compromisos

Coordinar la validación y registro de las solicitudes de modificaciones presupuestales que hayan sido autorizadas, así como proporcionar la asesoría y asistencia a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua en materia presupuestal y financiera

Dirigir las acciones para el registro, gestión y seguimiento de las afectaciones de la Tesorería de la Federación, así como de las aportaciones, subsidios y donativos otorgados a fideicomisos, mandatos y contratos análogos.

Proponer, difundir y verificar la aplicación de la normatividad y procedimientos para llevar el control y realizar el trámite de pago de créditos externos

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Dirigir la emisión de los estados financieros consolidados de la Comisión Nacional del Agua, así como supervisar el registro de la contabilidad, conforme a las disposiciones aplicables.

Supervisar la consolidación de la información del ejercicio presupuestal de la Comisión Nacional del Agua, así como su análisis y cumplimiento conforme a los programas autorizados, emitiendo los informes mensuales sobre su avance

Rendir los informes presupuestarios y programáticos de la Comisión Nacional del Agua, para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal y el Informe Presidencial.

Supervisar la emisión del dictamen de los estados financieros de la Comisión Nacional del Agua.

Proponer y coordinar, conjuntamente con la Gerencia de Personal, los programas de capacitación y actualización en materia presupuestaria, financiera y contable dirigido al personal que realiza actividades relacionadas con la administración de los recursos financieros a nivel nacional y regional hidrológico-administrativo.

Proporcionar los requerimientos de información en materia de recursos financieros, solicitados por los diferentes órganos de control.

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1.1.0.3 Gerencia de Recursos Materiales

Objetivo:

Proporcionar y controlar los recursos materiales y servicios generales, con base a la normatividad establecida por las dependencias globalizadoras del Gobierno Federal, a fin de optimizar y simplificar los procesos de adquisición, arrendamiento, registro, distribución de los bienes muebles e inmuebles y suministro de servicios que la Comisión Nacional del Agua requiere para cumplir con sus metas y objetivos.

Funciones:

Proponer y difundir las normas, políticas, bases y lineamientos aplicables para administración de los recursos materiales, la adquisición, arrendamiento y servicios de conformidad con la normatividad aplicable en la materia.

Proponer, difundir y dar seguimiento a las normas y procedimientos aplicables, para la administración, asignación, mantenimiento, aseguramiento, baja y destino final de los bienes muebles e inmuebles de la Comisión Nacional del Agua.

Promover, consolidar y coordinar el inventario de los bienes asignados a la Comisión Nacional del Agua, conforme a la normatividad aplicable en la materia, así como su actualización, registro y control, e informar del mismo a las Secretarías de la Función Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Planear, establecer y coordinar la integración de los Programas Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, y Disposición Final de Bienes de la Comisión Nacional del Agua.

Coordinar la integración y seguimiento al Comité de Adquisiciones y Arrendamientos y Servicios, y el Subcomité de Bienes Muebles de la Institución.

Autorizar y celebrar contratos, pedidos, convenios y demás actos jurídicos, de conformidad con las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, sus Reglamentos y demás disposiciones aplicables, previo dictamen de las unidades administrativas competentes de la Comisión Nacional del Agua.

Determinar y aplicar las sanciones y penas convencionales por incumplimiento a pedidos, contratos y convenios, de conformidad con las disposiciones aplicables en el ámbito de su competencia, que se celebren por las unidades administrativas del nivel nacional de la

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Comisión Nacional del Agua, así como notificar a la Gerencia de Recursos Financieros de las mismas.

Coordinar y supervisar la prestación del servicio de transporte aéreo ejecutivo, la capacitación del personal operativo, así como el mantenimiento de las aeronaves asignadas a la Comisión Nacional del Agua en el nivel nacional.

Integrar, contratar, y administrar el Programa de Aseguramiento Integral de Bienes Muebles e Inmuebles asignados a la Comisión Nacional del Agua.

Promover la modernización en los sistemas informáticos que operan dentro de la Gerencia de Recursos materiales, así como brindar asesoría y capacitación a las Unidades Administrativas.

Mantener comunicación con la Subdirección General Jurídica para presentar denuncias de carácter penal por ocupación ilegal de los inmuebles federales asignados, así como comunicar a la Secretaría de la Función Pública sobre las gestiones realizadas.

Comunicar a la Secretaría de la Función Pública los casos en que se utilicen inmuebles federales sin que medie acuerdo de destino y coordinar las entregas de los inmuebles federales o áreas no utilizadas.

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1.1.0.4 Gerencia de Informática y Telecomunicaciones

Objetivo:

Planear, dirigir y controlar el uso de los recursos informáticos y de telecomunicaciones mediante la aplicación de la normatividad emitida en la materia, para impulsar el aprovechamiento de la tecnología de la información en las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Funciones:

Definir, instrumentar y difundir estrategias, políticas, normas, procedimientos y estándares para el uso de la tecnología de la información.

Conducir y coordinar las acciones para la formulación del programa de desarrollo informático de la Comisión Nacional del Agua.

Investigar la tecnología de punta en materia de Informática y telecomunicaciones para promover su uso dentro de la Comisión Nacional del Agua.

Coordinar con las unidades administrativas la formulación del programa de desarrollo informático.

Establecer la estrategia institucional para el desarrollo de sistemas informáticos y vigilar la observancia de la normatividad y de los mecanismos de seguridad en materia de Informática y telecomunicaciones definidos para la Comisión Nacional del Agua.

Administrar los servicios de informática y telecomunicaciones que integran la red de la Comisión Nacional del Agua y participar en la adquisición de los equipos de informática y telecomunicaciones, estableciendo configuraciones tipo, recopilando los requerimientos de las áreas usuarias y emitiendo dictámenes técnicos.

Representar a la Comisión Nacional del Agua en materia de informática y telecomunicaciones.

Conducir y normar el desarrollo de aplicaciones de cómputo para sistematizar procesos de las unidades administrativas.

Coordinar y evaluar los programas y proyectos que requieran las unidades administrativas en materia de tecnología de la información para su alineación con los estándares tecnológicos vigentes en la Institución.

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Proponer y avalar el contenido de los programas de capacitación en materia de tecnología de la información para el personal de la Comisión Nacional del Agua.

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1.1.0.5 Gerencia de Innovación y Calidad

Objetivo:

Impulsar una cultura de innovación y calidad, que contribuya a la mejora continua de los sistemas, procesos, productos y servicios institucionales, a través del desarrollo e implantación del Modelo de Calidad Institucional para contribuir a su transformación en una organización competitiva y de clase mundial.

Funciones:

Planear, organizar, dirigir y controlar en el ámbito nacional el Programa de Innovación y Calidad.

Definir las estrategias y líneas de acción para implantar el Modelo de Calidad Institucional, para generar resultados de valor creado para los clientes-usuarios, el personal de la Comisión Nacional del Agua, la sociedad y el gobierno federal.

Asegurar la adecuada implantación del Modelo de Calidad Institucional, a través del desarrollo de sistemas de calidad total, para impulsar la innovación, la mejora y competitividad de la Institución.

Dirigir y coordinar en el ámbito nacional, la participación de los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua en las actividades del Programa de Innovación y Calidad.

Promover en forma permanente, la capacitación de los servidores públicos para la adecuada implantación del Modelo de Calidad Institucional.

Definir lineamientos y políticas para la implantación y difusión del modelo de calidad a nivel institucional y por unidad administrativa.

Impulsar el establecimiento de una cultura de calidad y competitividad en Comisión Nacional del Agua, fundamentada en códigos de ética pública.

Dirigir y administrar el funcionamiento de los Sistemas de Gestión de Calidad certificados mediante el control en la aplicación de las auditorias de vigilancia, certificación, recertificación y ampliación de alcances de los sistemas establecidos en la Institución.

Definir las acciones para coordinar los mecanismos de autodiagnóstico, seguimiento y evaluación de los criterios del Modelo de Calidad Institucional, así como realizar las evaluaciones que permitan determinar los niveles de madurez alcanzados por unidad

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administrativa, que contribuyan a la implantación interna del Premio a la Calidad y Competitividad en la Comisión Nacional del Agua.

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1.1.0.0.1 Coordinación de Atención a Organismos Fiscalizadores

Objetivo:

Contribuir en la atención de las auditorías realizadas a la Comisión Nacional del Agua por los distintos organismos fiscalizadores, mediante el control, seguimiento, análisis e integración oportuna de los requerimientos y observaciones generadas, así como coordinar la atención de programas institucionales, especiales y compromisos derivados de ellos, a fin de mantener informadas a las entidades globalizadoras y organismos fiscalizadores.

Funciones:

Representar a la Comisión Nacional del Agua ante los diversos órganos fiscalizadores y entidades globalizadoras.

Dirigir las acciones necesarias, orientadas a dar respuesta a los requerimientos y observaciones presentadas por los órganos fiscalizadores, en coordinación con las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Proporcionar el apoyo requerido por las unidades administrativas para el análisis e integración de la documentación solicitada por los órganos fiscalizadores de manera oportuna.

Promover la atención de los diversos requerimientos de las instancias fiscalizadoras y entidades globalizadoras.

Evaluar el avance y/o resultados obtenidos en las acciones de fiscalización que se realizan en la Comisión Nacional del Agua, así como dirigir y coordinar la elaboración de informes.

Planear, coordinar y promover acciones encaminadas a reducir y en su caso solventar las observaciones que emitan los órganos de control a la Comisión Nacional del Agua.

Dirigir las acciones orientadas a la contratación de los despachos externos designados por la Secretaría de la Función Pública.

Definir las acciones para coordinar la atención, seguimiento y control de las observaciones determinadas por los despachos externos a diferentes unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Dar seguimiento a la atención de compromisos institucionales con las instancias fiscalizadoras y coordinar con las áreas responsables, la atención de las recomendaciones

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derivadas de la evaluación a los programas institucionales, por parte de la Secretaría de la Función Pública.

Definir las acciones para coordinar la integración de los asuntos de la Subdirección General de Administración para el Comité de Control y Auditoría, así como, realizar el control y seguimiento oportuno de los acuerdos derivados.

Determinar las acciones para coordinar y organizar la integración de los asuntos que se tratan en las sesiones del Consejo Técnico, así como, recopilar la información complementaria para su inclusión en las Actas de las Sesiones del Consejo Técnico y dar seguimiento a los acuerdos y recomendaciones derivadas.

Coordinar la integración del Programa de Trabajo de la Subdirección General de Administración, así como llevar a cabo su evaluación.

Organizar las sesiones del Comité de Mejora Regulatoria Interna, así como controlar y dar seguimiento a los acuerdos celebrados para la publicación de normas, lineamientos, manuales y procedimientos en la Normateca Interna.

Atender las solicitudes de información competencia de la Subdirección General de Administración, de acuerdo al Programa de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Proporcionar y verificar la aplicación de los lineamientos para la organización, clasificación y conservación de los archivos de las unidades administrativas del nivel nacional y regional hidrológico-administrativo de la Comisión Nacional del Agua.

Controlar la organización, clasificación, guarda y custodia del Archivo de Concentración de oficinas centrales de la Comisión Nacional del Agua.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL AGUA 

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Subdirección General de Administración del Agua

Misión:

Administrar las aguas nacionales mediante

los instrumentos del marco normativo para

lograr el desarrollo sustentable del recurso,

y la preservación del agua para las

generaciones presentes y futuras.

Visión:

Ser reconocido como un órgano con altos

niveles de transparencia y eficiencia en la

administración del agua, bajo un enfoque de

mejora continua y con una política de

atención y servicio centrada en el usuario.

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1.2. Subdirección General de Administración del Agua

Objetivo:

Dirigir la administración de las aguas nacionales al uso sustentable del recurso, mediante los distintos instrumentos regulatorios como concesiones, asignaciones, el Registro Público de Derechos de Agua; de orden y control, las visitas de inspección y verificación, así como los procedimientos de imposición de sanciones a usuarios infractores; económicos, como bancos de agua y cuotas de garantía.

Funciones:

Ejercer la autoridad como órgano superior técnico normativo y consultivo en materia de registro, administración, gestión y custodia de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Dirigir la administración y custodia de las aguas nacionales y sus bienes inherentes a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, con excepción de los encomendados a otras unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, así como proveer en el ámbito de su competencia, lo necesario para la preservación de su calidad y cantidad para lograr su desarrollo integral sustentable.

Dictar los lineamientos e instrumentos administrativos para la expedición de concesiones, asignaciones o permisos para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Dictar los lineamientos administrativos para administrar y custodiar las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Coordinar la formulación y actualización del programa hidráulico en materia de administración de los usos del agua, en los términos previstos por la Ley de Aguas Nacionales y vigilar su ejecución en el ámbito nacional.

Establecer los procedimientos para otorgar, modificar, suspender, denegar, expedir, prorrogar y declarar la terminación de concesiones, asignaciones y/o permisos, así como para autorizar la cesión, transmisión y transferencia de las obligaciones y derechos emanados de los títulos.

Dictar los lineamientos para realizar y en su caso practicar, en el ámbito de su competencia, las visitas de inspección y verificación, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los usuarios, de conformidad a lo que establecen las leyes vigentes.

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Dictar los lineamientos para realizar y en su caso ejecutar programas de instalación de dispositivos de medición y registro para verificar el volumen de las aguas nacionales que se explote, use, extraiga o aproveche y de las que se descarguen a los cuerpos receptores propiedad de la nación, así como la calidad de éstas últimas.

Establecer los procedimientos para imponer las sanciones por incumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como la aplicación de medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas, provisionales o de carácter precautorio.

Realizar los estudios necesarios para obtener la valoración económica y financiera del agua.

Determinar los lineamientos, normas y políticas para la operación de los servicios en las oficinas del Registro Público de Derechos de Agua en el ámbito nacional, así como designar a los encargados de las mismas en los organismos de cuenca.

Determinar las cuotas de garantía que deben cubrir los concesionarios, asignatarios o permisionarios de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes y emitir los reglamentos respectivos.

Establecer los lineamientos para la operación y funcionamiento de los bancos del agua a nivel nacional.

Dirigir las acciones tendientes a fomentar la capacitación del personal en materia de administración del agua, buscando la actualización de sus conocimientos para la preservación de la calidad y cantidad de las aguas nacionales.

Emitir lineamientos para la ejecución de las acciones de clausura de aprovechamientos, de empresas o establecimientos, la suspensión de actividades generadoras de descargas de aguas residuales, la remoción y/o demolición de obras de infraestructura, así como la aplicación de medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas y de carácter precautorio o provisional.

Emitir los lineamientos para proceder en el momento que se tenga conocimiento de actos u omisiones que impliquen incumplimiento o infracción a la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y demás disposiciones aplicables y en su caso ordenar el inicio de los procedimientos correspondientes.

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1.2.0.1 Gerencia de Servicios a Usuarios

Objetivo:

Proporcionar la atención adecuada al usuario de aguas nacionales y bienes públicos inherentes, en forma rápida y eficiente para lograr su incorporación al régimen legal, mediante la emisión de títulos de concesión, asignación y permisos para el uso, explotación y aprovechamiento de los mismos.

Funciones:

Aprobar los proyectos de instrumentos administrativos encaminados a mejorar los procesos relacionados con los trámites y titulación de los aprovechamientos de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes en los términos previstos por la Ley de Aguas Naciones y su Reglamento, para su correcta y oportuna ejecución en el nivel nacional y regional hidrológico administrativo.

Coordinar la aplicación de los procedimientos para el otorgamiento de concesiones y asignaciones de los aprovechamientos de las aguas nacionales y zonas federales, de los materiales pétreos, de los causes y de los permisos que prevé la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Expedir los títulos de concesión o asignación, permisos a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento, y establecer los lineamientos administrativos correspondientes para el otorgamiento, suspensión, revocación, modificación, caducidad y prórroga de los mismos.

Orientar a los usuarios y público en general, tratándose de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Otorgar autorizaciones y emitir resoluciones en materia de avisos y de transmisión de derechos y obligaciones previstas en los títulos de concesión, asignación y permisos de descargas.

Confirmar, modificar, nulificar o revocar las resoluciones de carácter individual a los concesionarios, asignatarios o a cualquier particular, emitidas por las unidades administrativas que le estén adscritas, siempre que proceda de conformidad con las disposiciones aplicables.

Capacitar y formular programas de capacitación del personal de la Comisión Nacional del Agua en las materias que le competen.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Establecer y coordinar los planes de promoción y difusión de trámites y procedimientos establecidos para la asignación, concesión o permisos de aguas nacionales y bienes públicos inherentes, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Definir, coordinar y realizar los programas de desregulación y simplificación administrativa en el ámbito de la administración del agua.

Inscribir, modificar o dar de baja los trámites y sus formatos competencia de la Subdirección General de Administración del Agua en el Registro Federal de Trámites y Servicios.

Coordinar el ejercicio de las atribuciones en materia de integración de expedientes de trámite, dictamen y titulación de solicitudes de servicios de aguas nacionales y bienes públicos inherentes a cargo de la Comisión Nacional del Agua, conforme a las leyes vigentes.

Coordinar las acciones para solicitar al área competente la práctica de visitas domiciliarias para comprobar la veracidad de la información proporcionada por los usuarios, de conformidad con lo establecido en las leyes vigentes.

Solicitar a la Gerencia del Registro Público de Derechos de Agua, la inscripción y registro de títulos, permisos y demás documentos relacionados con los aprovechamientos de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Coordinar las acciones para la elaboración y revisión de los expedientes relacionados con las declaratorias de propiedad nacional y avisos de demarcación.

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1.2.0.2 Gerencia del Registro Público de Derechos de Agua

Objetivo:

Proporcionar seguridad jurídica a los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, a través de la inscripción de la constitución, modificación, corrección, transmisión, prórroga y terminación de los derechos amparados mediante títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y los permisos de descargas de aguas residuales, así como atender y resolver consultas sobre los derechos de los usuarios en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes que compete administrar a la Comisión Nacional del Agua.

Funciones:

Coordinar la inscripción de los títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como los permisos de descarga de aguas residuales a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Coordinar la inscripción de los movimientos a los títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como los permisos de descarga de aguas residuales a que se refiere la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento: prórrogas, modificaciones, rectificaciones, correcciones administrativas, transmisiones de derechos, suspensiones y terminación de las concesiones o asignaciones.

Coordinar la inscripción de las sentencias o resoluciones administrativas o judiciales definitivas que afecten, modifiquen, cancelen o ratifiquen los títulos y actos inscritos y los derechos que de ellos deriven cuando sean notificadas por juez, autoridad competente o presentadas por los interesados; así como las resoluciones emitidas por el Presidente de la República o por el Tribunal Superior Agrario que amplíen o doten de agua, previa la emisión del título de concesión por parte de autoridad competente de la Comisión Nacional del Agua.

Apoyar en la elaboración de los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos que, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, le corresponda formular al Registro Público de Derechos de Agua, conforme al Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, tanto en lo concerniente al nivel nacional como al regional hidrológico-administrativo, así como efectuar el control administrativo de los mismos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Supervisar y capacitar al personal de las oficinas del Registro Público de Derechos de Agua, que se establezcan en el territorio nacional.

Determinar la procedencia o improcedencia de aquellos títulos o actos que no cumplan los requisitos para su registro.

Coordinar y controlar el funcionamiento, operación y prestación de servicios del Registro Público de Derechos de Agua en el ámbito nacional.

Consolidar los derechos inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua en el nivel nacional y regional hidrológico-administrativo en los organismos de cuenca.

Coordinar el cumplimiento de los programas a cargo de las direcciones del Registro Público de Derechos de Agua localizados en los organismos de cuenca.

Coordinar la inscripción de los acuerdos de disponibilidad y decretos de zonas reglamentadas o vedadas, publicados en el Diario Oficial de la Federación.

Coordinar el asentamiento de las anotaciones preventivas que le sean solicitadas por autoridad competente, las cuales alertarán sobre la existencia de actos que puedan tener como consecuencia el afectar, modificar, cancelar, ratificar o rectificar los títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes y los permisos de descargas de aguas residuales, así como los derechos que de ellos deriven.

Expedir las constancias y certificaciones sobre la existencia o inexistencia de antecedentes registrales, así como la expedición de copias certificadas de los títulos de concesión o asignación de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como los permisos de descarga de aguas residuales inscritos que soliciten las autoridades o particulares.

Atender y resolver las consultas que se formulen con relación a los actos inscritos y sus antecedentes registrales.

Generar la información estadística y cartográfica sobre los derechos inscritos y contenidos en la base de datos, que almacene la información de los títulos inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua.

Coordinar el resguardo y respaldo de los expedientes de los títulos de concesión o asignación de los aprovechamientos de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes y los permisos de descargas de aguas residuales inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua, así como su respaldo en medios magnéticos.

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1.2.0.3 Gerencia de Inspección y Medición

Objetivo:

Verificar que los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, cumplan con lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, a través de la implementación, ejecución y seguimiento de los programas de inspección y medición.

Funciones:

Elaborar y proponer los lineamientos, normas, políticas y procedimientos aplicables en materia de inspección y verificación del cumplimiento de obligaciones de los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, de conformidad a lo que establecen las leyes vigentes.

Elaborar y proponer los lineamientos, normas, políticas y procedimientos a seguir para la medición y registro de volúmenes de aguas nacionales extraídas, usadas o aprovechadas, aguas residuales descargadas a cuerpos receptores de propiedad nacional y materiales pétreos extraídos de los bienes nacionales administrados por la Institución.

Coordinar y supervisar la elaboración e integración de los programas anuales y especiales de inspección y verificación del cumplimiento de las obligaciones de los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Coordinar, supervisar y en su caso, ejecutar en el ámbito de su competencia, las visitas de inspección y verificación del cumplimiento de obligaciones de los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Coordinar, supervisar y en su caso, ejecutar en el ámbito de su competencia, los programas de medición de los volúmenes de aguas nacionales extraídas de las cuencas y acuíferos, así como de aguas residuales descargadas a los cuerpos receptores de propiedad nacional.

Diseñar, implementar y operar el Sistema de Medición y Registro de volúmenes de aguas nacionales, extraídos, usados o aprovechados, así como de aguas residuales descargadas a los cuerpos receptores de propiedad nacional.

Ejecutar en el ámbito de su competencia, resoluciones y acuerdos que ordenen la suspensión de actividades que den origen a descargas de aguas residuales; clausurar empresas, establecimientos, pozos, tomas para la extracción o aprovechamientos de aguas nacionales y obras de infraestructura, así como la remoción y/o demolición de

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dichas obras, y aplicar medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas y de carácter precautorio, cuando así se lo solicite la Gerencia de Calificación de Infracciones, Análisis y Evaluación.

Integrar, analizar y evaluar la información de los avances sobre la ejecución de los programas y acciones de inspección y verificación, con el objeto de determinar su eficiencia y proponer las acciones de mejora que correspondan.

Implementar, coordinar, supervisar y en su caso, ejecutar, las acciones tendientes a fomentar la capacitación y desarrollo del personal que realiza actividades de inspección y verificación del cumplimiento de obligaciones de los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Confirmar, modificar, nulificar o revocar las resoluciones emitidas por las unidades administrativas que le estén adscritas.

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1.2.0.4 Gerencia de Calificación de Infracciones Análisis y Evaluación

Objetivo:

Contribuir a la adecuada administración de las aguas nacionales y sus bienes inherentes, a través de la aplicación de los instrumentos de control previstos en la Ley de Aguas Nacionales.

Funciones:

Calificar infracciones e imponer las multas o cualquier otra sanción.

Ordenar, iniciar y substanciar procedimientos administrativos.

Emitir y ejecutar las medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas, provisionales, preventivas y de carácter precautorio.

Coordinar la elaboración de los manuales y guías relacionados con los procedimientos administrativos.

Realizar la capacitación del personal a nivel nacional en materia de procedimientos administrativos.

Evaluar el desempeño de los organismos de cuenca y direcciones locales en el cumplimiento de la normatividad y programas en materia de administración del agua.

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1.2.0.5 Gerencia de Regulación de Transmisión de Derechos, Bancos del Agua y Control de Información

Objetivo:

Crear los mecanismos que permitan regular las operaciones de transmisión de derechos a través de la instalación de los bancos del agua, bajo los principios de un control eficiente y eficaz de la información del padrón de usuarios y una valoración económica del agua objetiva, para impulsar el manejo integral y sustentable del recurso hídrico.

Funciones:

Diseñar instrumentos administrativos en materia de regulación de transmisión de derechos y bancos del agua que favorezcan la creación de un mercado regulado de transmisión de derechos.

Implementar mecanismos de control de información y padrones de usuarios de aguas nacionales para fundamentar la toma de decisiones y el establecimiento de políticas para el sector.

Elaborar estudios económicos que sustenten los criterios y directrices para la mejor administración y conservación de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Instrumentar y operar el Sistema de Información en materia de gestión del agua a fin de que la Subdirección General de Administración del Agua cuente con información oportuna, que sustente la toma de decisiones y la definición de políticas adecuadas en la materia.

Elaborar proyectos de reglamentos sobre la determinación de cuotas de garantía.

Integrar, elaborar y difundir las estadísticas, informes y estudios sobre la gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes a nivel nacional, así como por región hidrológica administrativa, región hidrológica, entidad federativa y municipal, a fin de contar con elementos para la toma de decisiones.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

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 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE 

INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA 

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Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola

Misión:

Normar la efectividad del agua para fines

agrícolas, procurando su manejo eficaz y

eficiente para mantener las cuencas y acuíferos

de México en equilibrio; contribuyendo a que

los centros de población y las áreas productivas

se encuentren debidamente ordenadas y

protegidas de los efectos de las lluvias y

eventos hidrometeorológicos extraordinarios.

Visión:

Ser el órgano superior técnico, normativo y

consultivo respecto a la modernización y

tecnificación de las zonas de riego, la

construcción y el mantenimiento de las obras de

infraestructura hidráulicas federales para uso

agrícola y para protección de centros de

población y áreas productivas frente a eventos

hidrometeorológicos extraordinarios.

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1.3 Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola

Objetivo:

Establecer la normatividad que permita que el agua que se utiliza para fines agrícolas se maneje de manera eficaz, contemplando la modernización y tecnificación de zonas de riego, impulsando el ordenamiento y protección de los centros de población y las áreas productivas de los efectos de las lluvias y eventos hidrometeorológicos extraordinarios, para contribuir positivamente en la sustentabilidad de los recursos hídricos.

Funciones:

Fungir como órgano superior técnico, normativo y consultivo de la Federación en materia de obras hidráulicas federales y del uso agrícola de las aguas nacionales.

Autorizar los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos para la formulación de estudios de factibilidad, proyectos ejecutivos y construcción de obras hidráulicas federales, sus complementarias y de generación de energía eléctrica, para la administración, operación y supervisión de las obras hidráulicas federales, sus complementarias y las de generación de energía en el ámbito de su competencia, así como para el otorgamiento de asistencia técnica y apoyos financieros para el cumplimiento de sus metas y objetivos, para el otorgamiento, ratificación y prórroga de concesiones o permisos de obras hidráulicas federales.

Emitir, previa autorización de la Subdirección General de Administración del Agua, la suspensión, caducidad, nulidad y revocación de concesiones o permisos de obras hidráulicas federales para cumplir con lo establecido en la ley de la materia.

Autorizar los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos para la elaboración de estudios, proyectos ejecutivos, construcción, administración, operación, vigilancia, conservación y mejoramiento de sistemas de control de avenidas y protección contra inundaciones de áreas productivas, en lo concerniente a sus aspectos técnicos para la constitución de distritos y unidades de riego, unidades de temporal tecnificado, distritos de temporal tecnificado y su interconexión, fusión y escisión; en los aspectos técnicos para la autorización y formulación de los reglamentos de los distritos y unidades de riego, unidades de temporal tecnificado y distritos de temporal tecnificado.

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Autorizar los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos relativos al otorgamiento de autorizaciones para la administración, operación, prestación y suspensión de servicios de riego, establecimiento de cuotas de autosuficiencia y distribución de aguas en los distritos y unidades de riego, para el registro y promoción de organización de personas morales operadoras de los distritos y unidades de riego; y los relativos a la construcción, operación, conservación, rehabilitación de infraestructura para el uso de aguas nacionales con fines agrícolas y para la formulación y autorización de los programas de riego y de conservación

Autorizar los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos para el monitoreo estructural y electromecánico de presas y plantas de bombeo; para la elaboración de inventarios de las obras de infraestructura hidroagrícola; aquellos relativos a la integración, actualización, depuración y homogenización de las carteras de proyectos de infraestructura hídrica y los referentes al desarrollo, aplicación y difusión de tecnología de punta y bajo costo en el uso del agua para fines agrícolas.

Dirigir la realización de reconocimientos, dictámenes de procedencia de construcción, la programación y formulación de estudios de factibilidad y proyectos ejecutivos de obras de infraestructura hidroagrícola federal, con inclusión de las de control de avenidas, así como supervisar la construcción directa o a través de terceros, de obras de infraestructura hidroagrícola federal, incluidas las de control de avenidas; monitorear su seguimiento estructural y electromecánico, dictaminar su comportamiento, definir acciones preventivas o correctivas, determinando factores de seguridad estructural y servicios hidráulicos óptimos cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas; o bien cuando la competencia de los Organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Celebrar y suscribir acuerdos, convenios, contratos y demás instrumentos análogos en las materias de su competencia, en lo procedente de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Otorgar, modificar, negar, expedir y prorrogar concesiones o permisos, tratándose de las obras de infraestructura hidroagrícola federal, incluidas las de control de avenidas y

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solicitar el ejercicio de las facultades de verificación a la Subdirección General de Administración del Agua, a efecto de que se emita la suspensión, caducidad, nulidad y revocación que corresponda conforme a la ley de la materia, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Coordinar las acciones para llevar a cabo la evaluación del desempeño de las unidades y distritos de riego, unidades de drenaje y distritos de temporal tecnificado, así como de las organizaciones de usuarios que las administre cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas; o bien, cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Autorizar las bases técnicas para la emisión de acuerdos para la constitución de distritos de riego, distritos de temporal tecnificado, unidades de riego y de drenaje; los aspectos técnicos de sus reglamentos cuando la competencia de los Organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos; o bien, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas.

Dirigir la integración y actualización de padrones, y de los inventarios de la infraestructura, maquinaria y equipos cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos; o cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas.

Resolver sobre la fusión, escisión y redimensionamiento de los distritos de riego, distritos de temporal tecnificado, unidades de riego y de drenaje, así como aquellos asuntos relativos a su administración y operación cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas; o cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Ordenar el reconocimiento e inspección de las obras de control de avenidas e inundaciones de áreas productivas y formular sus proyectos ejecutivos cuando proceda cuando la competencia de los organismos pueda dar lugar o haya generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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legalmente establecidos.

Regular la medición del agua extraída de las fuentes de abastecimiento y entrega en los puntos de control a las organizaciones de usuarios y los volúmenes entregados y aprovechados en distritos de riego, salvo tratándose de la medición de aguas del subsuelo en las unidades de riego, autorizar las cuotas de autosuficiencia y recaudar las cuotas por suministro de agua en bloque y coadyuvar en la solución de problemas y conflictos por la explotación, uso y aprovechamiento o conservación de la infraestructura por parte de los usuarios en las unidades y distritos de riego cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien, cuando puedan dar lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolverlos dentro de los plazos legalmente establecidos.

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1.3.0.1 Gerencia de Construcción de Infraestructura Hidroagrícola

Objetivo:

Programar, presupuestar, proporcionar apoyo técnico, dar seguimiento, controlar y evaluar los proyectos dentro de los programas de infraestructura hidroagrícola, en coordinación con los organismos de cuenca, direcciones locales, gobiernos estatales, municipales y usuarios, contribuyendo al cumplimiento de los objetivos nacionales, en política agropecuaria e institucionales, que permitan el incremento del ingreso neto, generación de empleo y mejoramiento del nivel de vida de los productores y habitantes del ámbito rural, logrando un uso sustentable y equilibrado del agua.

Funciones:

Proponer los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas, indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos para: la construcción de infraestructura hidroagrícola, conservación y rehabilitación de presas y estructuras de cabeza y demás obras complementarias, el otorgamiento de apoyos en cumplimiento a los programas de su competencia, el monitoreo electromecánico de presas y plantas de bombeo, la programación, presupuestación, contratación y ejecución de los proyectos de infraestructura hidroagrícola, la integración, seguimiento y cumplimiento del programa operativo para la transparencia y el combate a la corrupción, en los procesos de contratación, ejecución y finiquito de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas.

Formular las bases técnicas para la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, colaboración y concertación.

Proponer los anteproyectos de normas oficiales mexicanas en las materias de su competencia.

Coordinar la formulación de los proyectos de reglas de operación de los programas de construcción de infraestructura hidroagrícola.

Coordinar el planteamiento de las políticas, criterios, metodología, herramientas e indicadores para la valoración del impacto de los programas de construcción de infraestructura hidroagrícola.

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Programar, presupuestar y construir directamente o a través de terceros, las obras de infraestructura hidroagrícola federal, así como su conservación y rehabilitación, incluyendo sus obras complementarias, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos de cuenca y direcciones locales que den lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Otorgar apoyos para el cumplimiento de los programas de su competencia, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos de cuenca y direcciones locales puedan dar lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Realizar el monitoreo electromecánico de presas y plantas de bombeo; cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos de cuenca y direcciones locales puedan dar lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Dar seguimiento al proceso de contratación, ejecución, recepción y finiquito de las obras de infraestructura Hidroagrícola y proponer acciones preventivas o correctivas en caso de atraso, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos de cuenca y direcciones locales puedan dar lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Promover, aplicar y supervisar la aplicación de las disposiciones jurídicas correspondientes en materia de programación, presupuestación, licitación, contratación, ejecución, recepción y finiquito de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, cuando correspondan o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales en cuencas transfronterizas o bien cuando la competencia de los organismos de cuenca y direcciones locales puedan dar lugar o hayan generado conflictos sociales o tenga conocimiento de que han omitido resolver asuntos dentro de los plazos legalmente establecidos.

Establecer la coordinación con los organismos de cuenca y direcciones locales en la formulación de los proyectos de políticas, procedimientos, metodologías, sistemas, normativa, reglas de operación, lineamientos, manuales, guías técnicas y operativas,

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indicadores, criterios administrativos, formatos e instructivos y demás instrumentos administrativos en lo correspondiente a obras y proyectos hidroagrícolas a su cargo.

Consolidar los informes de los organismos de cuenca y direcciones locales respecto al cumplimiento de los aspectos técnicos y administrativos en la construcción de infraestructura de riego, de temporal tecnificado, riego suplementario, protección y control de ríos en áreas productivas, rehabilitación de presas y plantas de bombeo y del mantenimiento y rehabilitación de la infraestructura hidráulica para el suministro de agua en bloque para uso industrial, o de cualquier otra obra o proyecto hidroagrícola que les corresponda realizar, y comunicar sus resultados a la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola.

Apoyar, cuando así lo soliciten, a los organismos de cuenca y direcciones locales en los aspectos técnicos y administrativos de las obras y proyectos a su cargo.

Cumplir, en el ámbito de su competencia, los acuerdos que emita el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

Recibir y consolidar la información de los organismos de cuenca y direcciones locales sobre el cumplimiento de acuerdos del Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

Establecer las acciones y realizar la integración y seguimiento para el cumplimiento del programa operativo para la transparencia y el combate a la corrupción, en los procesos de contratación, ejecución y finiquito de las obras públicas y servicios relacionados con las mismas a cargo de la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola.

Capacitar, directamente o a través de terceros, al personal de la Comisión Nacional del Agua, tanto en su nivel nacional como en el regional hidrológico-administrativo, en aspectos técnicos y normativos, en materia de construcción y supervisión de infraestructura hidroagrícola.

Integrar los informes que en materia de obras públicas y servicios relacionados con las mismas corresponden a la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola, para cumplir con los requerimientos de la normatividad en la materia y a solicitud de los órganos de control y vigilancia y otras instancias.

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1.3.0.2 Gerencia de Proyectos de Infraestructura Hidroagrícola

Objetivo:

Efectuar, modificar y aprobar los estudios de factibilidad y los proyectos ejecutivos de presas, zonas de riego, plantas de bombeo y zonas de temporal tecnificado, mediante la aplicación de la normatividad técnica vigente y de nuevas tecnologías a fin de que, una vez efectuados, sean útiles y suficientes para la construcción de obras de captación e irrigación que sean seguras, funcionales y económicas, orientadas al uso eficiente del agua.

Funciones:

Coordinar la realización de los proyectos de obras de irrigación, incluyendo la rehabilitación y modernización de los distritos de riego, desecación y drenaje, así como de las estructuras principales como canales, presas y estructuras auxiliares.

Determinar que la información utilizada para la realización de los diseños sea suficiente y precisa, para garantizar la funcionalidad, seguridad y economía requeridas.

Otorgar el apoyo necesario al personal de los organismos de cuenca y direcciones locales, para llevar a cabo la correcta aplicación de la normatividad establecida en la elaboración de diseños ejecutivos de obras de infraestructura de riego.

Dirigir y supervisar la elaboración de los estudios básicos y diseños ejecutivos de presas, zonas de riego, equipos mecánicos y electrónicos, así como obras de protección contra inundaciones, mejoramiento de estructuras y los estudios geotécnicos correspondientes.

Diseñar, elaborar y difundir especificaciones y catálogos de conceptos de trabajo para los proyectos de infraestructura hidroagrícola.

Programar la realización de visitas técnicas para supervisar que durante la construcción se cumpla con lo establecido en el proyecto ejecutivo, relativo a los diseños y especificaciones aprobadas, así como durante la operación de las obras de infraestructura para observar su comportamiento, a fin de obtener la información que permita optimizar los diseños.

Analizar, consensar y encauzar las necesidades expresadas en el ámbito central así como en los organismos de cuenca y direcciones locales para crear normas oficiales mexicanas en materia de diseños ejecutivos de obras de infraestructura hidráulica.

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Elaborar y dar seguimiento al programa anual de proyectos ejecutivos y de estudios de factibilidad de infraestructura hidroagrícola en cada ejercicio fiscal.

Coordinar la elaboración de estudios de factibilidad técnica, económica y social para la construcción de presas, zonas de riego y zonas de temporal tecnificado.

Programar y analizar la información derivada del monitoreo de presas orientada a la toma de decisiones para definir las acciones correctivas y preventivas que procuren la seguridad de dichas estructuras.

Elaborar y actualizar la cartera anual de proyectos ejecutivos de infraestructura hidroagrícola, rehabilitación de obra civil de presas y plantas de bombeo y estudios de factibilidad, a nivel nacional.

Coordinar y dar seguimiento a las actividades derivadas de la participación en el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

Participar en la capacitación sobre aspectos técnicos específicos a nivel nacional.

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1.3.0.3 Gerencia de Unidades de Riego

Objetivo:

Conducir la rehabilitación, complementación, modernización y tecnificación de la infraestructura de las unidades de riego, a través de los programas de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica y Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola, conjuntamente con los productores y los gobiernos de los estados con objeto de lograr el uso eficiente del agua, uso pleno de la infraestructura hidroagrícola y manejo sustentable del agua. Así mismo fortalecer las figuras de la organización de los usuarios de las unidades de riego con objeto de actualizar y modernizar la gestión de las asociaciones de usuarios.

Funciones:

Elaborar, instrumentar y establecer la normatividad y procedimientos para la operación de los programas de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica, y de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola en las unidades de riego; de la organización de los usuarios de las unidades de riego del inventario de unidades de riego y la actualización; así mismo, verificar que la operación de los programas se lleve de acuerdo a la normatividad vigente.

Planear, programar, e integrar el presupuesto anual para la modernización y tecnificación de la infraestructura de las unidades de riego, así como de las metas anuales para los programas de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica y de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola; con base en las propuestas de las direcciones generales de organismos de cuenca y direcciones locales; así mismo formular y determinar la planeación estratégica para programar las inversiones, objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo.

Dirigir y coordinar el seguimiento a los avances físico-financieros del presupuesto, a fin de elaborar los informes mensuales, trimestrales y anuales; además de evaluar su comportamiento para la toma de decisiones y reajustes al presupuesto, durante la operación de los programas.

Autorizar la cartera de proyectos de inversión, para la elaboración de los estudios, y planes directores para la modernización y tecnificación de la infraestructura hidroagrícola de las unidades de riego, así como para la organización de los usuarios para la actualización del directorio oficial de unidades de riego, conforme a las leyes y reglamentos en la materia y las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Dirigir y coordinar la elaboración de los estudios, proyectos y planes directores para la modernización y tecnificación de la infraestructura de las unidades de riego; así como la integración y actualización del inventario de las unidades de riego, de su infraestructura y del padrón de usuarios con base en la información proporcionada por los mismos usuarios y por las direcciones generales de organismos de cuenca y direcciones locales para su integración en el Sistema de Información Geográfica de las unidades de riego.

Dirigir, programar y promover la actualización de la organización de los usuarios de las unidades de riego, conforme a sus solicitudes y a las propuestas de las direcciones generales de organismos de cuenca y direcciones locales.

Dirigir y coordinar las acciones para vigilar la debida aplicación de la normatividad en materia de servicios y obra pública referente a la modernización y tecnificación de la infraestructura de las unidades de riego.

Actualizar conjuntamente con las direcciones generales de los organismos de cuenca los catálogos de conceptos, especificaciones técnicas y precios unitarios, así como los factores de actualización para la modernización y tecnificación de la infraestructura de las unidades de riego.

Dirigir y coordinar el establecimiento de los indicadores de evaluación para analizar y difundir los alcances y el impacto de los trabajos realizados con los programas.

Verificar que las actividades de los programas se ejecuten de manera coordinada con los gobiernos estatales y las asociaciones de productores agrícolas.

Promover y llevar a cabo, conjuntamente con las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales, la organización de usuarios de unidades de riego, así como su capacitación, asistencia técnica y adquisición de maquinaria.

Supervisar el avance físico-financiero de las inversiones llevadas a cabo en las unidades de riego y de cumplimiento de metas, para su análisis e informe a las áreas de control, así como proponer acciones correctivas en su caso.

Realizar visitas técnicas a las direcciones generales de organismos de cuenca y direcciones locales, con el propósito de apoyar a los responsables de la ejecución de los programas en aspectos técnicos, de programación y presupuesto, de organización de usuarios y levantamiento de información para el inventario, así como de otras acciones relacionados con los programas.

Establecer y poner en marcha los lineamientos para el análisis técnico económico de las inversiones realizadas por los programas hidroagrícolas, así como integrar las bases de datos por organismos de cuenca y direcciones locales.

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Elaborar, integrar, validar y actualizar la normatividad, lineamientos y metodologías para organizar el uso y aplicación de los Sistemas de Información Geográfica para el levantamiento en campo de los atributos que caracterizan a las unidades de riego y mantener actualizado su directorio.

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1.3.0.4 Gerencia de Distritos de Temporal Tecnificado

Objetivo:

Conducir la administración y operación integral de los distritos de temporal tecnificado, mediante la conservación, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura hidroagrícola federal, con objeto de impulsar el desarrollo sustentable de las planicies húmedas y subhúmedas del país; así como promover la formulación de los estudios y proyectos de obras de control de ríos y de protección a centros de población y áreas productivas, a fin de aminorar los daños que causan las inundaciones.

Funciones:

Instrumentar, aplicar y verificar el cumplimiento de políticas, procedimientos, normas, lineamientos y reglamentos, entre otras disposiciones, para el establecimiento de distritos de temporal tecnificado y el otorgamiento de autorizaciones para la operación, conservación y rehabilitación de infraestructura; autorización de cuotas de autosuficiencia; organización de asociaciones civiles; bases técnicas para la transferencia de obras y maquinaria; asesoría técnica, manejo del agua y preservación de suelos; emisión de títulos de concesión o contratos de prestación de servicios; control de malezas acuáticas; y la formulación de estudios y proyectos ejecutivos, y dictaminación de procedencia de obras de control de avenidas y protección contra inundaciones a centros de población y áreas productivas.

Autorizar la formulación de la cartera de proyectos de inversión conforme a las leyes y reglamentos en la materia y las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para el financiamiento de los programas y proyectos de conservación y rehabilitación de la infraestructura hidroagrícola de distritos de temporal tecnificado, la protección y rehabilitación de cuencas hidrográficas y de proyectos de obras de protección a centros de población y áreas productivas.

Planear, programar, normar, supervisar y evaluar la operación, conservación, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura hidroagrícola federal, la protección y restauración de las partes medias y altas de las cuenca hidrográficas, y los servicios inherentes como asesoría técnica, manejo del agua, preservación del suelo y adquisición de maquinaria, que los organismos de cuenca, direcciones locales y las asociaciones civiles ejecutan en los distritos de temporal tecnificado.

Dirigir las actividades para la mejora, actualización e integración de los lineamientos normativos generales y específicos para la operación de la infraestructura hidroagrícola de los distritos de temporal tecnificado y en cuencas hidrográficas, así como en el

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establecimiento de las políticas, criterios, metodología, herramientas e indicadores a que se sujetará la valoración y evaluación de su impacto.

Coordinar la evaluación del desempeño de las asociaciones civiles de usuarios a través de la práctica de auditorías.

Promover, planear, programar, normar y evaluar la formulación, directamente o a través de terceros, de los estudios y proyectos para la construcción de obras de control de ríos, protección a centros de población y áreas productivas; así como de las acciones de control de malezas acuáticas en drenes y estructuras de los distritos de temporal tecnificado y en obras de protección contra inundaciones y cauces.

Autorizar y dirigir y la realización de visitas técnicas a las obras de control de ríos y de protección contra inundaciones.

Participar en la atención de emergencias por fenómenos meteorológicos ocurridos en los distritos de temporal tecnificado, centros de población y áreas productivas.

Consolidar la integración y actualización de los inventarios de infraestructura, maquinaria y equipo, los padrones de usuarios y la información del proceso de administración y desarrollo de la infraestructura a través del Sistema de Gestión Hidroagrícola; así como del inventario nacional de estudios, proyectos y obras de control de ríos y protección contra inundaciones.

Fomentar, aplicar y evaluar los programas de capacitación del personal de la Gerencia, jefes de distrito, encargados del programa de protección a centros de población, áreas productivas y usuarios de las asociaciones civiles, en aspectos técnicos, administrativos, gerenciales, transferencia de tecnología y desarrollo humano, para mejorar las capacidades del personal a cargo de los programas.

Conducir la actualización y el registro en el Sistema de Seguimiento del Programa Anual de Obra Pública, sobre el ejercicio físico-financiero de los contratos de obra pública y servicios relacionados con la misma, que inciden en los distritos de temporal tecnificado y los proyectos ejecutivos de obras de control de ríos y protección contra inundaciones, y proponer acciones preventivas o correctivas en caso de atraso.

Validar la formulación de anteproyectos de normas oficiales mexicanas para la operación de los distritos de temporal tecnificado y la protección a centros de población y áreas productivas.

Aplicar en el ámbito de operación de los distritos de temporal tecnificado y en el Programa de Protección a Centros de Población y Áreas Productivas, los acuerdos que emita el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

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Asesorar y apoyar cuando así lo soliciten, a los organismos de cuenca y direcciones locales en materia de la operación integral de los distritos de temporal tecnificado; la formulación de proyectos de obras de construcción de control de ríos y de protección contra inundaciones a centros de población y áreas productivas.

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1.3.0.5 Gerencia de Distritos de Riego

Objetivo:

Emitir directrices para la administración, operación, conservación, rehabilitación, modernización y tecnificación de los distritos de riego, a través de políticas, normas, lineamientos, procedimientos u algún instrumento administrativo, así como efectuar la supervisión de su aplicación, para optimizar el aprovechamiento de los recursos hidráulicos disponibles y económicos asignados, en los distritos de riego.

Funciones:

Elaborar, difundir y vigilar la aplicación de las políticas, normas, lineamientos, procedimientos u otros instrumentos administrativos aplicables, en materia de distritos de riego, relativos a la administración, operación, conservación, rehabilitación, modernización y tecnificación del riego; también respecto a la autorización de cuotas de autosuficiencia por servicio de riego y por entrega de agua en bloque, recuperación de inversión en obras conforme a la legislación vigente, el manejo de agua y preservación de suelos; así como para el establecimiento, interconexión, fusión y escisión, la emisión de títulos de concesión, sus modificaciones y prórrogas para la utilización de la infraestructura hidroagrícola, el redimensionamiento, la consolidación y evaluación de las organizaciones de usuarios, entre otros.

Coordinar directamente los distritos de riego que se ubiquen o afecten a dos o más regiones hidrológico-administrativas o repercutan en tratados y acuerdos internacionales, en cuencas transfronterizas o se encomiende directamente por el Director General de la Institución, salvo en los casos en que la competencia se otorgue a otra unidad administrativa, aplicando los instrumentos señalados y ejerciendo la autoridad correspondiente.

Integrar y mantener actualizados los padrones de usuarios, el inventario de su infraestructura, los volúmenes entregados y aprovechados.

Autorizar las cuotas de autosuficiencia por los servicios de riego; recaudar las cuotas para el suministro de agua en bloque de conformidad a la normatividad vigente.

Realizar acciones para evitar y controlar la maleza acuática en los canales y cuerpos de agua.

Participar en la atención de situaciones de emergencia causadas por fenómenos meteorológicos extremos cuando afecten zonas agrícolas de riego.

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Fortalecer las organizaciones de usuarios, medir el agua extraída de las fuentes de abastecimiento y la entregada en los puntos de control de las organizaciones de usuarios; y evaluar el desempeño de los distritos de riego y de las organizaciones de usuarios, así como ordenar y practicar revisiones y auditorías en los distritos de riego.

Planear, supervisar, analizar y evaluar el ejercicio de las atribuciones de los organismos de cuenca en el ámbito de distritos de riego.

Dirigir e intervenir en la formulación de anteproyectos de normas oficiales mexicanas, tratándose de temas de distritos de riego.

Definir directrices en la formulación de proyectos de reglas de operación y de programas de infraestructura hidroagrícola en materia de distrito de riego y de sus modificaciones, así como en las políticas, criterios, metodologías, herramientas e indicadores a que se sujetará la valoración de su impacto.

Efectuar la capacitación y actualización técnica y normativa en materia de distritos de riego, directamente o a través de terceros, para el personal de la Institución, en sus niveles nacional y regional hidrológico-administrativo.

Intervenir en las actividades de promoción y concertación de créditos y otros mecanismos financieros, en el financiamiento de los programas y proyectos de rehabilitación y modernización de la infraestructura hidroagrícola de los distritos de riego, conforme a normatividad y legislación vigentes y a las disposiciones y autorizaciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Realizar la integración y actualización de: los inventarios nacionales de infraestructura y de volúmenes entregados y aprovechados, del Sistema de Información Geográfica de los distritos de riego y del Sistema de los Padrones de Usuarios, así como la información del estado que guardan la infraestructura y los servicios en los distritos de riego, con base en su información y en la que le proporcionen los organismos de cuenca.

Proporcionar asesoría y apoyo a los organismos de cuenca y direcciones locales cuando así lo soliciten, en temas inherentes a los distritos de riego.

Integrar las estadísticas agrícolas nacionales de los distritos de riego, directamente o a través de terceros, con base en su información y en la que proporcionen los organismos de cuenca, así como solicitar su publicación en medios impresos y en la página de Internet de la Comisión Nacional del Agua.

Analizar y someter a la autorización del Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas las propuestas de volúmenes de agua a utilizar en las fuentes de

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abastecimiento superficiales, de los distritos de riego bajo su responsabilidad y los del nivel regional hidrológico-administrativo propuestos por los organismos de cuenca.

Instruir en el ámbito de su competencia, o en su caso acatar, los acuerdos que emita el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas, en materia de distritos de riego; así como recibir la información de dicho cumplimiento por parte de los organismos de cuenca.

Proponer la jerarquización y priorización de inversiones en distritos de riego con base en las propuestas de los organismos de cuenca, para la operación y conservación, rehabilitación y modernización de la infraestructura hidroagrícola y la tecnificación del riego.

Realizar el seguimiento y análisis de los informes de avance físico y financiero de los programas y proyectos de inversión en distritos de riego, con la información que le proporcionen los organismos, a fin de proponer acciones preventivas en caso de atraso.

Coordinar acciones para mantener vigente la cartera de programas y proyectos de inversión en distritos de riego, con la participación de los organismos de cuenca e intervención de las áreas del nivel nacional responsables del presupuesto.

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 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE AGUA POTABLE, DRENAJE 

Y SANEAMIENTO 

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Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento

Misión:

Desempeñar las atribuciones de órgano

superior técnico, normativo y consultivo del

gobierno federal en materia de obras,

sistemas y servicios de agua potable,

alcantarillado, saneamiento, reuso e

intercambio de aguas residuales tratadas y

protección a centros urbanos y rurales.

Visión:

Ser una unidad normativa y de servicio, con

personal calificado que administre

eficientemente los recursos, con el

reconocimiento de las unidades

administrativas del nivel nacional y

regional hidrológico-administrativo de la

Comisión Nacional del Agua.

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1.4 Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento

Objetivo:

Estudiar, normar, proyectar, promover y, en su caso, construir y operar obras de infraestructura hidráulica, a cargo de la Comisión Nacional del Agua, relacionadas con el agua potable, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales y protección a centros de población, a fin de cubrir las necesidades de abastecimiento y saneamiento del agua en el ámbito nacional.

Funciones:

Planear y dirigir la administración de estudios, proyectos y construcción de obras de infraestructura hidráulica para agua potable, alcantarillado y saneamiento, así como para protección contra inundaciones.

Fomentar y apoyar la construcción de los sistemas de agua potable, drenaje, alcantarillado y saneamiento, así como coordinar los estudios y proyectos de ingeniería básica para rehabilitación y/o ampliación de plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales.

Fomentar el desarrollo de los proyectos y la construcción de infraestructura de protección contra inundaciones en los centros de población.

Diseñar estrategias para apoyar técnica y financieramente a los gobiernos de los estados, municipios y particulares en el estudio, proyecto y ejecución, en su caso, de las obras de infraestructura hidráulica.

Promover e intervenir en las obras para dotación de agua potable, alcantarillado, saneamiento y de tratamiento de aguas residuales a centros de población o industriales y turísticos, desde los estudios y diseños, por sí o mediante el otorgamiento de la asignación o concesión, que en su caso se requieran o en los términos del convenio que se celebre, incluyendo los que se convengan en tratados internacionales.

Promover la realización de obras y, en su caso, llevar a cabo su operación transitoria, hasta su entrega definitiva a los responsables de la operación, conservación y mantenimiento.

Coordinar la participación entre los tres órdenes de gobierno para el desarrollo de infraestructura hidráulica y prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento en comunidades urbanas y rurales.

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Autorizar estudios, proyectos y, en su caso, contratos para la construcción de obras de infraestructura hidráulica, de agua potable, saneamiento, y de protección contra inundaciones.

Dirigir estudios, proyectos y construcción de obras de drenaje y control de ríos de la Cuenca del Valle de México y realizar las acciones que se requieran para su desarrollo.

Dirigir la construcción, normar y promover las obras e instalaciones necesarias para el suministro de agua en bloque a las áreas urbanas del Valle de México, y en especial al área metropolitana de la Ciudad de México.

Difundir y aplicar las normas y procedimientos para la contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma.

Evaluar y dar seguimiento a los avances de las obras de estudios y proyectos de infraestructura hidráulica de agua potable y saneamiento y las de protección contra inundaciones.

Promover la coordinación institucional y operativa para atender la problemática hidráulica y de saneamiento en las fronteras de México.

Concertar la administración, rehabilitación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones necesarias para el suministro de agua en bloque del Distrito Federal y de las entidades federativas correspondientes.

Promover y apoyar, mediante acciones preventivas y de orden prioritario, la protección en fuentes de abastecimiento de agua para uso y consumo humano.

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1.4.0.1 Gerencia de Potabilización y Tratamiento

Objetivo:

Contribuir a la sustentabilidad y saneamiento del recurso hídrico mediante la promoción, asesoría y asistencia técnica en potabilización del agua, tratamiento de aguas residuales municipales y lodos, reuso e intercambio de aguas tratadas, desinfección del agua, saneamiento básico, implementación de políticas y promoción de tecnologías de bajo costo.

Funciones:

Proponer al Subdirector General la estrategia nacional para cumplir con las metas establecidas en los Programas Nacional de Desarrollo e Hídrico y participar en la implementación de procedimientos relacionados con la potabilización, desalación, tratamiento de aguas residuales, tratamiento de lodos y biosólidos, programas de acciones de saneamiento, reuso e intercambio de agua residual tratada y desinfección de agua para uso y consumo humano.

Estudiar, proyectar y construir, en casos de excepción, directamente o a través de terceros, obras de potabilización, tratamiento de aguas residuales y de los lodos que generan, así como coordinar su operación.

Coordinar y proporcionar la asesoría y asistencia técnica a los responsables de la planeación, diseño, construcción y operación de plantas potabilizadoras, desaladoras y de tratamiento de aguas residuales, así como de los programas agua limpia y de acciones de saneamiento.

Promover y apoyar, mediante acciones preventivas, la protección de fuentes de abastecimiento de agua para uso y consumo humano, así como propiciar la instalación de equipos de desinfección en sistemas de abastecimiento.

Evaluar, desarrollar, coordinar y dirigir estudios y proyectos para el diseño, construcción, puesta en marcha y operación de plantas potabilizadoras, desaladoras y de tratamiento de aguas residuales, lodos y biosólidos.

Emitir dictámenes sobre la factibilidad de proyectos de potabilización, desalación y tratamiento y, en su caso, de las recomendaciones necesarias para su ejecución.

Apoyar, en el ámbito de su competencia, a organismos de cuenca y direcciones locales en la atención de situaciones de emergencia causadas por fenómenos meteorológicos extraordinarios.

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Impulsar y fomentar proyectos, obras y acciones para el reuso e intercambio de agua residual tratada por agua de primer uso, así como promover la capacitación y el desarrollo y aplicación de tecnologías de punta y de bajo costo, en desinfección, potabilización y tratamiento de aguas residuales.

Actualizar indicadores técnicos de desinfección del agua y de tratamiento de aguas residuales e integrar el inventario anual de plantas potabilizadoras y de tratamiento de aguas residuales, así como integrar y evaluar la información del Programa Agua Limpia.

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1.4.0.2 Gerencia de Estudios y Proyectos de Agua Potable y Redes de Alcantarillado

Objetivo:

Procurar el incremento de la cobertura y realización de los sistemas de agua potable y redes de alcantarillado, mediante la asistencia técnica en el desarrollo de estudios y proyectos para la identificación, diagnóstico, planeación, evaluación y ejecución de proyectos de inversión.

Funciones:

Analizar y evaluar estudios y proyectos de agua potable y redes de alcantarillado a solicitud de los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua, así como de sus promoventes.

Dar asistencia técnica a las áreas de la Comisión Nacional del Agua, autoridades federales, estatales y municipales que así lo soliciten, tanto en materia de agua potable y alcantarillado, así como en evaluación socioeconómica de proyectos de inversión.

Definir, desarrollar y contratar, por excepción, estudios y proyectos de agua potable y alcantarillado.

Emitir opinión sobre la viabilidad del desarrollo y crecimiento urbano, con base en la disponibilidad de oferta de agua potable y su distribución, a solicitud de autoridades federales, estatales y municipales.

Proporcionar asesoría para la planeación, desarrollo y operación de las obras de agua potable y alcantarillado, y demás obras relacionadas, a los responsables de la construcción y operación de los sistemas, a petición de los mismos.

Emitir dictamen sobre la viabilidad de la realización de proyectos de inversión, cuando sea requeridos por el titular de la Subdirección General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento.

Divulgar la información técnica de interés general, en materia de agua potable y alcantarillado, susceptible de distribuirse a nivel nacional.

Solicitar, concentrar y coordinar la difusión y publicación de información relacionada con la inversión, cobertura, administración y gestión de la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, generada por las unidades administrativas del nivel

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nacional y regional hidrológico-administrativo de la Comisión Nacional del Agua, así como dependencias e instituciones externas.

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1.4.0.3 Gerencia de Fortalecimiento de Organismos Operadores

Objetivo:

Desarrollar, coordinar y apoyar las acciones necesarias para el mejoramiento de la eficiencia en la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento que otorgan los organismos operadores, mediante el establecimiento de programas, estudios diagnósticos, metodologías de estructuras tarifarias, indicadores de gestión y asistencia técnica-financiera.

Funciones:

• Proponer al Subdirector General una estrategia nacional a fin de cumplir con los objetivos y metas establecidos en los documentos rectores de la presente administración como son el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Nacional Hídrico, así como participar en la implementación de procedimientos relacionadas con el fortalecimiento y consolidación en la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento.

• Contribuir a la instrumentación de políticas, lineamientos y acciones de los programas institucionales para el fortalecimiento de organismos operadores, a fin de apoyar y eficientar el mejoramiento de los servicios de agua potable y saneamiento.

• Apoyar y proponer estudios tarifarios a los organismos operadores, con base a la recuperación de costos y capacidad de pago de los usuarios, a fin de contar con elementos que permitan alcanzar su autonomía financiara y promover el uso eficiente del agua.

• Gestionar, controlar y dar seguimiento en la correcta aplicación de los recursos que se asignan a las entidades y a los prestadores del servicio bajo el marco de los programas institucionales para el fortalecimiento de organismos operadores.

• Preparar estudios y análisis de los sistemas de agua y saneamiento para determinar la fortaleza financiara de los organismos operadores a nivel nacional e identificar fuentes y esquemas de financiamiento, así como la determinación de lineamientos para la aplicación de inversiones que coadyuven a la modernización del subsector.

• Contribuir a la preparación de proyectos con participación de recursos provenientes del sector privado, así como a la identificación de nuevas fuentes de financiamiento para apoyar proyectos y programas de agua potable y saneamiento.

• Asesorar y ofrecer capacitación a los responsables de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento a fin de contribuir al aumento en los niveles de eficiencia,

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calidad y sustentabilidad financiera de los servicios de agua potable y saneamiento mediante asistencia en todo lo relacionado con la mejora integral de la gestión.

• Definir y dar seguimiento a indicadores de desempeño seleccionados en los organismos operadores del país para evaluar la calidad de los servicios que prestan a la población.

• Participar y contribuir en la implementación de estrategias de asignación y canalización de recursos financieros provenientes de fuentes de financiamiento bilaterales y multilaterales, así como en la elaboración de los avances y resultados de los programas con crédito externo.

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1.4.0.4 Gerencia de Programas Federales de Agua Potable y Alcantarillado

Objetivo:

Fomentar el desarrollo de infraestructura hidráulica y la prestación de los servicios en el medio urbano y rural, mediante la programación, asignación y aplicación de los recursos federales para la ejecución de los programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

Funciones:

• Establecer las normas y lineamientos para que los organismos de cuenca y direcciones locales integren y ejecuten, en coordinación con los gobiernos estatales participantes, los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento a su cargo.

• Dirigir la integración de los programas operativos anuales de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento a su cargo, con la finalidad de que se lleve a cabo su formalización entre los organismos de cuenca y direcciones locales con los gobiernos estatales participantes.

• Establecer lineamientos para apoyar la ejecución de programas de agua potable, alcantarillado y saneamiento en los que participe la Comisión Nacional del Agua, implementados en forma coordinada por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para la atención de los sectores de la población que viven en condiciones de pobreza o pobreza extrema.

• Dirigir la capacitación y formación de capital humano, así como la elaboración y difusión de instrumentos de trabajo, que orienten el desarrollo de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento a su cargo.

• Establecer y difundir los lineamientos para la incorporación y promoción de la participación comunitaria durante la gestión, desarrollo y operación de los sistemas construidos dentro del programa de agua potable, alcantarillado y saneamiento en zonas rurales.

• Dirigir la ejecución y evaluación de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

• Dirigir el proceso de programación y presupuestación que llevan a cabo los organismos de cuenca y direcciones locales para la integración de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento.

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• Autorizar el diseño y desarrollo de procesos de cómputo, para el seguimiento de las acciones y la evaluación de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento a su cargo.

• Dirigir las actividades derivadas de los contratos de préstamo, formalizados por el gobierno federal con bancos y demás agentes financieros para la ejecución de los programas a cargo de la Gerencia.

• Informar sobre la ejecución de los programas federales de agua potable, alcantarillado y saneamiento a su cargo, al Subdirector General de Agua Potable, Drenaje y Saneamiento, a las dependencias federales, órganos de fiscalización y demás áreas de la Comisión Nacional del Agua interesadas en el seguimiento y evaluación de los mismos.

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1.4.0.5 Gerencia de Cuencas Transfronterizas

Objetivo:

Dirigir y promover conforme a la normatividad aplicable y en coordinación con los diferentes organismos que intervienen en la atención de la problemática hidráulica y de saneamiento, un marco de diálogo en materia de infraestructura hidráulica con autoridades de países fronterizos con México, propiciando con ello una planeación integral de desarrollo y bien común.

Funciones:

• Promover la coordinación interinstitucional y operativa de los diferentes organismos públicos y privados que participan en la atención de la problemática hidráulica y de saneamiento en las fronteras norte y sur.

• Participar en coordinación con los organismos operadores, autoridades estatales y municipales, unidades centrales, organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua en los asuntos hidráulicos y de saneamiento asociados con las fronteras norte y sur de México, como planes maestros, identificación, jerarquización, desarrollo de proyectos ejecutivos y reuniones técnicas.

• Identificar y dar seguimiento a los compromisos binacionales vigentes adquiridos por la sección mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas, que sean competencia de la Comisión Nacional del Agua, así como proponer mecanismos para su cumplimiento.

• Participar como observador permanente en las reuniones del Comité Directivo, Comité Ejecutivo y Consejo Asesor de la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza.

• Establecer acciones de apoyo a la Comisión de Cooperación Ecológica Fronteriza en el proceso de certificación de proyectos fronterizos a efecto de que puedan ser sujetos de crédito por parte del Banco de Desarrollo de América del Norte y sean candidatos a los subsidios otorgados por la U.S. Environmental Protection Agency, y en su caso, de la Comisión Nacional del Agua.

• Apoyar la gestión del Banco de Desarrollo de América del Norte para la instrumentación de acciones de los Programas de Cooperación para el Desarrollo Institucional y del Border Environmental Infrastructure Fund, en diversas ciudades fronterizas.

• Participar en coordinación con las autoridades estatales, Banco de Desarrollo de América del Norte, U.S. Environmental Protection Agency, Banco Nacional de Obras y Servicios

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Públicos, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y direcciones generales de los organismo de cuenca, en el análisis de viabilidad financiera de los proyectos propuestos.

• Promover en las cuencas transfronterizas la participación privada en el financiamiento y administración de los sistemas municipales y estatales de agua potable y saneamiento.

• Participar en los programas binacionales de planeación ambiental fronteriza.

• Coordinar las reuniones técnicas para tratar asuntos hidráulicos y de saneamiento de las fronteras, con la participación de las áreas involucradas de acuerdo a su ámbito de competencia.

• Participar como representante de la Comisión Nacional del Agua en los diferentes comités, así como en reuniones técnicas, eventos y seminarios que tengan injerencia en la problemática hidráulica y de saneamiento en las fronteras de México.

• Establecer los lineamientos para la integración del catálogo de las acciones que se realizan en la frontera norte y sur de México.

• Coordinar la participación de la Comisión Nacional del Agua en las reuniones de asesoría técnica que son convocadas por la Comisión Internacional de Límites y Aguas, en nuestras fronteras.

• Asesorar y apoyar a las áreas sustantivas de la Comisión Nacional del Agua ejecutoras de créditos externos, en la atención y elaboración de los programas de las misiones del Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo y otras agencias de financiamiento del exterior.

• Dirigir acciones de apoyo y coordinar a los organismos de cuenca en las fronteras, en su carácter de asesores técnicos de las Comisión Internacional de Límites de Aguas.

• Coordinar y apoyar las actividades que en el marco del Plan Integral Ambiental Fronterizo lleven a cabo las direcciones generales de los organismos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua.

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1.4.0.6 Gerencia de Infraestructura Hidráulica Pluvial

Objetivo:

Promover, programar, normar, supervisar y evaluar la realización de estudios, proyectos y proyectos de alerta temprana, así como la construcción de obras de infraestructura de protección contra inundaciones en centros de población y alcantarillado pluvial.

Funciones:

• Promover la coordinación interinstitucional y operativa de los diferentes organismos públicos y privados que participan en la atención de la problemática hidráulica y de saneamiento en las fronteras norte y sur.

Proponer los criterios de aplicación del Programa de Protección a Centros, que promuevan la protección contra inundaciones en centros de población, a través de políticas específicas de aplicación general del programa y de reglas de operación para su aprobación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Promover que la aplicación de los recursos que se autoricen se apliquen en el marco de programas integrales de protección contra inundaciones en centros urbanos.

Participar en el desarrollo de los proyectos que llevan a cabo los estados y municipios, coordinadamente con los organismos de cuenca y direcciones locales.

Promover la suscripción de convenios de coordinación y específicos que incrementen la participación de los estados y municipios en la aportación de recursos y en la ejecución de las obras con la supervisión de la Comisión Nacional del Agua, a través de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Promover la gestión de la información, integrando la existente y la que se genere en los municipios, estados, federación y particulares.

Integrar los reportes de avance físico financiero de las obras autorizadas en el ejercicio vigente, para su análisis, evaluación y, en su caso, proponer medidas concretas para corregir las desviaciones.

Recabar la propuesta de necesidades de los estados y municipios a través de los organismos de cuenca y direcciones locales, para proponer las obras para el siguiente ejercicio.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA 

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Subdirección General Jurídica

Misión:

Representar a las diversas unidades administrativas

que integran la Comisión Nacional del Agua ante las

autoridades administrativas, jurisdiccionales y

legislativas, así como dar contestación a las consultas

que se le formulen, de forma confiable, eficiente,

pronta y expedita, y con estricto apego a derecho,

asegurando el seguimiento a los asuntos de su

competencia, para mejorar día con día el servicio

proporcionado a nuestros clientes.

Visión:

Ser un órgano normativo, con un alto grado de excelencia

técnica y promotor de la participación de la sociedad y los

usuarios organizados en la administración del agua, así

como consolidarse como una unidad administrativa de la

Comisión Nacional del Agua confiable por su eficacia,

honestidad y calidad en los servicios que presta,

integrada por servidores públicos permanentemente

capacitados, que permitan responder de manera pronta y

expedita a las funciones que le son atribuidas, e

incrementar su capacidad de respuesta institucional a los

retos que imponen los cambios del entorno nacional e

internacional, esforzándose para que la administración,

custodia y regulación de las aguas nacionales se realice

conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

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1.5 Subdirección General Jurídica

Objetivo:

Representar legalmente a la Comisión Nacional del Agua, efectuando las acciones conducentes para defender sus intereses, así como el de las unidades administrativas que la integran, con estricto apego a derecho.

Funciones:

Representar legalmente al titular y a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, en los procedimientos judiciales y administrativos en que se requiera su intervención.

Atender y dirigir los asuntos jurídicos de la Comisión Nacional del Agua, de conformidad con los lineamientos internos, que en su caso dicte la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de su Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos.

Revisar en el aspecto jurídico el otorgamiento de las asignaciones, concesiones, permisos y demás autorizaciones en materia hidráulica, previstas en las disposiciones jurídicas y demás ordenamientos aplicables, así como respecto de su suspensión, clausura, revocación, nulidad, caducidad, modificación y terminación.

Dictaminar los expedientes de infractores a las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales, la Ley Federal de Derechos, en lo que se refiere a la materia hidráulica y los demás ordenamientos legales aplicables, cuando dicho dictamen le sea solicitado por la unidad administrativa competente de la Comisión Nacional del Agua.

Instruir los recursos que se interpongan en contra de actos o resoluciones de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua y someterlos a consideración del superior jerárquico que les corresponda, así como proponer a éste los proyectos de resolución a dichos recursos y resolver los recursos administrativos de su competencia, incluyendo los que se hagan valer contra actos o resoluciones fiscales que emita la Institución.

Representar, defender, contestar, rendir informes, demandar, denunciar, querellarse, allanarse, desistirse, desahogar pruebas, interponer recursos, otorgar perdón, certificar y realizar los trámites necesarios para defender los intereses de la Institución y los que se requieran para el cumplimiento y la aplicación de la ley.

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Conciliar y en su caso fungir a petición de los usuarios, como árbitro en la solución de los conflictos relacionados con el agua, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

Elaborar y proponer los informes previos y justificados que en materia de amparo deban rendir los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, señalados como autoridades responsables, así como los escritos de demanda o contestación, según proceda en las controversias constitucionales ó acciones de inconstitucionalidad; intervenir cuando la Institución tenga carácter de tercero perjudicado en los juicios de amparo, y formular, en general, las promociones que a dichos juicios se refiera.

Brindar asesoría jurídica y participar, con las unidades administrativas competentes, en la concertación, negociación, gestión y adopción de acciones, programas y proyectos, relacionados con la suscripción de convenios, nacionales e internacionales, y demás instrumentos jurídicos de naturaleza análoga, dentro de las atribuciones de la Comisión Nacional del Agua y en los que ésta sea parte, así como suscribir aquellos que le indique el Director General de la propia Institución.

Representar legalmente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en los juicios de orden laboral, respecto de trabajadores de la Comisión Nacional del Agua, dictar actas administrativas levantadas a los trabajadores de ésta, presentar demandas de cese y contestaciones de demanda, formular y absolver posiciones, desistirse o allanarse y, en general, realizar todas aquellas promociones que se requieran en el curso del procedimiento.

Intervenir en la tramitación de los expedientes relativos a las expropiaciones en los casos de afectaciones de todo tipo que promueva la Comisión Nacional del Agua; así como los referentes al pago de indemnización en efectivo y en especie.

Participar, en coordinación con las autoridades competentes, en la titulación de tierras afectadas por la realización de obras hidráulicas, o que deban adjudicarse como compensación a particulares, ejidatarios o comuneros.

Suscribir en ausencia del titular y demás servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, los informes previos y con justificación que requieran las autoridades judiciales, la interposición de recursos y desahogo de trámites, así como las resoluciones de recursos en los procedimientos administrativos correspondientes.

Resolver las consultas que, sobre situaciones reales o concretas, le formulen los usuarios de aguas nacionales y las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Formular y opinar sobre los anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos de reglamentos y acuerdos del Presidente de la República, y demás disposiciones de carácter

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general en las materias competencia de la Comisión Nacional del Agua, de conformidad con los lineamientos internos que, en su caso, dicte la Secretaría a través de Coordinación General Jurídica.

Desarrollar y proponer al Director General de la Comisión Nacional del Agua, en coordinación con otras unidades administrativas, entidades y dependencias, proyectos legislativos, reglamentarios, regulatorios y de investigación jurídica que, en materia ambiental, ponderen la importancia de los recursos hidrológicos en el contexto de la seguridad y desarrollo nacionales.

Establecer lineamientos en materia jurídica, atendiendo los criterios que, en su caso, emita la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos, para procurar la congruencia de los mismos entre las unidades jurídicas adscritas a los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua.

Solicitar a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, la información, documentación y apoyo necesarios para la debida atención de las consultas y de los procedimientos administrativos y jurisdiccionales a su cargo.

Opinar sobre el nombramiento y, en su caso, solicitar la remoción de los titulares de las direcciones adscritas a los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua.

Coordinar la gestión de las direcciones y unidades jurídicas adscritas a los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua.

Proponer a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, los criterios, interpretaciones administrativas y medidas para la correcta aplicación de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Revisar y opinar sobre los aspectos jurídicos de formatos, instructivos, manuales, guías y procedimientos utilizados para el ejercicio de las funciones de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Otorgar la intervención que corresponda a la Coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca, para la mejor atención de los asuntos.

Informar a la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos, cuando así lo solicite, respecto de los asuntos jurídicos de la Comisión Nacional del Agua.

Atraer los asuntos de su competencia que se consideren relevantes a fin de atenderlos y dar la solución correspondiente, de acuerdo con la normatividad aplicable.

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1.5.0.1 Gerencia de lo Consultivo

Objetivo:

Proporcionar la asesoría jurídica que con motivo del ejercicio de sus funciones sea solicitada por las unidades administrativas de la Institución, efectuando el análisis, revisión y emisión de opiniones, a fin de coadyuvar en la solución de problemas reales y la correcta interpretación de las leyes y demás disposiciones en la materia, así como resolver las consultas que sobre situaciones reales y concretas le formulen aquellas y los particulares; además de instruir los recursos administrativos que se promuevan y resolverlos o someterlos a consideración del superior jerárquico, según corresponda.

Funciones:

Elaborar los anteproyectos de iniciativas de leyes o decretos; de reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República, y de disposiciones de carácter general en las materias competencia de la Comisión Nacional del Agua.

Diseñar lineamientos en materia jurídica, atendiendo los criterios que en su caso, emita la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos para procurar la congruencia de los mismos entre las unidades jurídicas adscritas a los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua.

Auxiliar y asesorar jurídicamente a las unidades administrativas centrales y desconcentradas de la Comisión Nacional del Agua, en el ejercicio de sus atribuciones, con excepción de los asuntos que conforme al Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, tienen asignados otras unidades administrativas.

Brindar asesoría jurídica y participar con las unidades administrativas competentes de la Comisión Nacional del Agua, en la concertación, negociación, gestión y adopción de acciones, programas y proyectos, relacionados con la suscripción de convenios nacionales e internacionales, y demás instrumentos jurídicos de naturaleza análoga, dentro de las atribuciones de la propia Institución y en los que ésta sea parte.

Solicitar a las unidades administrativas del nivel nacional y regional-hidrológico Administrativo de la Comisión Nacional del Agua, las propuestas de reformas a la Ley de Aguas Nacionales, su Reglamento y a la Ley Federal de Derechos.

Apoyar, dentro del ámbito de su competencia, con las instancias competentes, al seguimiento de las iniciativas de leyes o decretos que presente el Presidente de la República ante el Congreso de la Unión, respecto de materias competencia de la Comisión Nacional del Agua.

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Tramitar ante Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos, la publicación en el Diario Oficial de la Federación de las disposiciones de carácter general en las materias competencia de la Comisión Nacional del Agua.

Difundir entre las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, la jurisprudencia o tesis definidas sobre asuntos de sus respectivas competencias.

Tramitar los procedimientos de conciliación y arbitraje, en los términos de la Ley de Aguas Nacionales.

Revisar los aspectos jurídicos de formatos, instructivos y procedimientos utilizados para el ejercicio de las funciones de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, pudiendo emitir su opinión al respecto.

Elaborar los criterios, interpretaciones administrativas y medidas para la correcta aplicación de la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Resolver las consultas que, sobre situaciones reales o concretas, le formulen los usuarios de aguas nacionales, así como las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

Instruir el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, que se interponga en contra de actos o resoluciones de las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, y someterlos a la consideración del superior jerárquico que corresponda, así como proponer a éste los proyectos de resolución a dichos recursos.

Resolver el recurso de revocación previsto en el Código Fiscal de la Federación, que se haga valer contra actos o resoluciones fiscales que emitan las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua.

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1.5.0.2 Gerencia de lo Contencioso

Objetivo:

Representar legalmente al Director General de la Comisión Nacional del Agua y a sus unidades administrativas en los procedimientos judiciales y administrativos en que se requiera su intervención, para lo cual podrá contestar, rendir informes, demandar, denunciar, querellarse, allanarse, desistirse, desahogar pruebas, interponer recursos, otorgar perdón, certificar y realizar los trámites necesarios para defender los intereses de la Institución, y los que se requieran para el cumplimiento y aplicación de la ley.

Funciones:

Aprobar los instrumentos administrativos en materias de: a) procedimientos administrativos y fiscales, actos de autoridad y su notificación; b) presentación e intervención en procedimientos o instancias administrativas, juicios y cualquier otro procedimiento jurisdiccional o administrativo en que deba intervenir la Institución; c) expedición de copias certificadas.

Representar legalmente a la Federación en los juicios contencioso-administrativo, civiles y mercantiles, y cualquier otro procedimiento jurisdiccional o administrativo cuando el Director General, las unidades administrativas o los servidores públicos del nivel nacional funjan como actores, demandados o terceros llamados a juicio, así como en los casos a que se refiere el artículo 13 fracción III del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.

Elaborar y proponer los informes previos y justificados que en los juicios de amparo deban rendir los servidores públicos de la Comisión Nacional del Agua, señalados como autoridades responsables.

Intervenir cuando la Comisión Nacional del Agua tenga carácter de tercero perjudicado en los juicios de amparo, y formular e interponer los recursos y demás medios de defensa que procedan dentro del juicio constitucional.

Elaborar demandas o contestaciones en controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad para someterlos a la autorización del titular de la Subdirección General, y remitirlos a la Unidad Administrativa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales a la que corresponda el ejercicio de las atribuciones que en materia jurídica competa a la misma.

Intervenir por suplencia en sus ausencias, a los servidores públicos de la Institución, en los juicios de amparo en los que sean señalados como autoridades responsables, en lo

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concerniente a los informes previos, con justificación, recursos y cualquier otra actuación que dichas autoridades deban realizar conforme a la ley de la materia, con excepción del Director General.

Representar legalmente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en los juicios de orden laboral, respecto de trabajadores de la Comisión Nacional del Agua de base o de tabulador general, dictaminar actas administrativas levantadas a los trabajadores de ésta, formular y presentar demandas de cese, elaborar contestaciones de demanda, formular y absolver posiciones, desistirse o allanarse y, en general, realizar todas aquellas promociones que se requieran en el curso del procedimiento.

Elaborar las promociones y comunicaciones necesarias ante los tribunales e instancias en que intervengan delegados de la Comisión Nacional el Agua.

Elaborar las demandas, contestaciones y ampliaciones de demandas, promociones que se requieran en el curso de los procedimientos, incluso la interposición de los medios de defensa previstos en los procedimientos, en juicios contenciosos administrativos locales o federales, en representación del Director General de la Comisión Nacional del Agua y de sus unidades administrativas.

Elaborar denuncias y querellas, en su caso, ratificarlas, otorgar el perdón cuando proceda, comparecer ante la autoridad ministerial, solicitar la práctica de diligencias para la integración de las averiguaciones previas, promover inconformidades en contra de los acuerdos de no ejercicio de la acción penal y coadyuvar con el Ministerio Público Federal en los juicios de carácter penal.

Elaborar y suscribir demandas, contestación y ampliación de las mismas en materia civil, administrativa y mercantil, así como presentar documentación, informes y promociones en los juicios, e intervenir en juicios no contenciosos o de cualquier otra naturaleza cuando el Director General de la Comisión Nacional del Agua o sus unidades administrativas sean parte.

Intervenir ante los tribunales e instancias legales, defender, rendir informes, ofrecer y objetar todo tipo de pruebas, absolver posiciones, comparecer a diligencias, desahogar requerimientos, promover incidentes, interponer todo tipo de recursos, incluso el juicio de amparo, formular alegatos, dar seguimiento al cumplimiento de las ejecutorias, y realizar, en general, todas las promociones que se requieran en los juicios de nulidad, civil, mercantil, administrativos, contencioso administrativos, penales, laborales y cualquier otro procedimiento.

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Atender y dar seguimiento al estado procesal que guardan los procedimientos jurisdiccionales y administrativos a su cargo, e informar al área administrativa sustantiva sobre su estado.

Comunicar a la Procuraduría Fiscal de la Federación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público sobre actos o hechos que puedan constituir delitos fiscales.

Solicitar a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua, la información, documentación y apoyo para el debido conocimiento de los asuntos impugnados en los juicios y procedimientos de su competencia.

Certificar y cotejar la documentación que obre en los archivos de la Institución, ya sea para exhibirla en juicio, o que sea requerida por órganos jurisdiccionales, autoridades administrativas, unidades que integran la Comisión Nacional del Agua, o por quien corresponda conforme a las disposiciones aplicables.

Representar, en los juicios de nulidad que se tramiten ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, a las unidades administrativas centrales de la Comisión Nacional del Agua, promoviendo los recursos y medios de defensa que procedan en el juicio para defender los intereses de la Institución.

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1.5.0.3 Gerencia de Procedimientos Administrativos

Objetivo:

Revisar en materia hidráulica expedientes de infractores, participar con las unidades administrativas de la Institución, en la verificación de los actos que realicen, así como representar legalmente al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales o de la Comisión Nacional del Agua, en los juicios agrarios y laborales del personal de ésta.

Funciones:

Dictaminar los expedientes de infractores a las disposiciones de la Ley de Aguas Nacionales y Ley Federal de Derechos en lo que se refiere a la materia hidráulica, así como de los demás ordenamientos legales aplicables, cuando dicho dictamen le sea solicitado por la unidad administrativa competente de la Comisión Nacional del Agua.

Participar, cuando así lo solicite la Subdirección General de Administración del Agua, en la revisión de las resoluciones administrativas de suspensión de derechos de agua, clausura de aprovechamientos y de revocación, nulidad, caducidad, modificación y terminación de las asignaciones, concesiones, permisos y demás autorizaciones en materia hidráulica, previstas en las disposiciones jurídicas y demás ordenamientos aplicables.

Intervenir en la tramitación de los expedientes relativos a las expropiaciones en los casos de afectaciones de todo tipo que promueva la Comisión Nacional del Agua, así como en los referentes al pago de indemnización en efectivo y en especie.

Participar, en coordinación con las autoridades competentes, en la titulación de tierras afectadas por la realización de obras hidráulicas o que deban adjudicarse como compensación a particulares, ejidatarios y comuneros.

Representar al titular de la Comisión Nacional del Agua, a sus unidades administrativas centrales, de los organismos de cuenca y direcciones locales, en los juicios agrarios que se tramiten ante los tribunales agrarios.

Dirigir y coordinar el cuerpo de peritos de la Subdirección General Jurídica, así como apoyar a las unidades administrativas centrales de los organismos de cuenca y direcciones locales, en la presentación y formulación de dictámenes de carácter pericial.

Revisar el aspecto jurídico del otorgamiento de las asignaciones, concesiones, permisos y demás autorizaciones en materia hidráulica, previstas en las disposiciones jurídicas y demás ordenamientos legales aplicables, cuando dicha revisión le sea solicitada por la unidad administrativa competente de la Comisión Nacional del Agua.

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1.5.0.4 Gerencia de Descentralización y de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Objetivo:

Planear, dirigir, coordinar y dar seguimiento a las estrategias, políticas y acciones del proceso de descentralización de la Comisión Nacional del Agua, que permita la administración descentralizada del agua y fomente el desarrollo regional y el uso sustentable del recurso en el marco del Federalismo. Asimismo, ser el enlace entre la Institución, los ciudadanos y el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental para hacer efectivo el derecho constitucional a la información pública.

Funciones:

Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la descentralización de funciones, programas y recursos de la Comisión Nacional del Agua, hacia los estados, municipios y usuarios.

Establecer y difundir lineamientos, estrategias, políticas, criterios y demás instrumentos en materia de descentralización de atribuciones, funciones, programas y recursos de la Institución.

Diseñar, promover, coordinar y difundir los instrumentos jurídicos y técnicos para la transferencia de funciones, programas y recursos de la Comisión Nacional del Agua.

Promover y apoyar, en los dos niveles de organización de la Institución, la descentralización de atribuciones, funciones, programas y recursos.

Requerir, integrar, analizar la información para la evaluación y seguimiento de las acciones de descentralización de atribuciones, funciones, programas y recursos de la Comisión Nacional del Agua.

Gestionar ante las instancias respectivas las acciones que establece el marco normativo para realizar las transferencias de funciones, programas y recursos a las entidades federativas, municipios y usuarios.

Promover la realización de estudios y análisis relacionados con la operación de los organismos de cuenca y el ejercicio de sus atribuciones.

Establecer los criterios, políticas y lineamientos en materia de transparencia y acceso a la información pública.

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Dirigir y coordinar el cumplimiento de la Ley Federal de Trasparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, con el fin de garantizar en la Institución, el derecho constitucional a la información pública.

Instrumentar, administrar, operar y evaluar el sistema de transparencia de la Comisión Nacional del Agua y su interrelación con el Sistema de Solicitudes de Información del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública.

Gestionar la atención de las solicitudes de acceso a la información que ingresen a la Institución con la participación coordinada de los enlaces de transparencia de las unidades administrativas del nivel nacional y con los responsables y suplentes de los módulos de transparencia y acceso a la información de los organismos de cuenca o direcciones locales.

Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información que ingresen a la Comisión Nacional del Agua e informar al Instituto Federal de Acceso a la Información Pública lo correspondiente de conformidad con la normatividad aplicable.

Realizar las notificaciones de los actos que se realicen de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y su Reglamento.

Apoyar, asesorar y asistir a los solicitantes de información.

Brindar asesoría y capacitación a los enlaces de transparencia, a los responsables y suplentes de los módulos y al personal de la Institución.

Proponer al Comité de Información de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos internos para hacer más eficiente y expedita la entrega de información a los ciudadanos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 SUBDIRECCIÓN GENERAL 

DE PROGRAMACIÓN 

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Subdirección General de Programación

Misión:

Coordinar la formulación, aplicación y

evaluación de la política hídrica

nacional, con la participación de

usuarios, autoridades y la sociedad en su

conjunto, para contribuir a lograr el uso

sustentable del agua.

Visión:

Ser una unidad de excelencia en el

ámbito de la planeación y programación

hídricas, reconocida a nivel nacional e

internacional por su profesionalismo,

honestidad y resultados.

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1.6 Subdirección General de Programación

Objetivo:

Conducir la política hídrica del país mediante los procesos de planeación, programación, presupuestación; de cooperación internacional y la aplicación del Sistema de Información sobre el Agua, con el apoyo de la participación social, para lograr el uso sustentable del agua.

Funciones:

Controlar el proceso integral de planeación, programación, presupuestación, seguimiento, control y evaluación de la Comisión Nacional del Agua, de conformidad con los lineamientos señalados en el Plan Nacional de Desarrollo, el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Programa Nacional Hídrico, las disposiciones y normas presupuestarias, así como los elementos del sistema de evaluación del desempeño establecidos para la Administración Pública Federal.

Dirigir y evaluar el Sistema Nacional de Información sobre calidad, cantidad, usos y conservación del agua, así como controlar la elaboración de los Sistemas Regionales de Información del Agua, y considerar dicha información en la planificación hídrica.

Coordinar la actualización, publicación y difusión del acervo de información de la Institución, así como los diccionarios de datos, inventarios, catálogos y demás información documental del agua incluyendo la información histórica, con la participación de las unidades administrativas competentes, tanto del nivel nacional como del regional-hidrológico-administrativo.

Dirigir la actualización de métodos, esquemas y modelos de planeación para apoyar la política hídrica en el nivel nacional, regional y local.

Dirigir la elaboración de escenarios prospectivos de los recursos hídricos a través de diversos instrumentos, como los métodos y modelos que apoyen la planificación hídrica.

Coordinar la elaboración de documentos de análisis y referencia que presenten la situación del agua en el país y los objetivos, estrategias y metas propuestas para lograr su uso sustentable, en los ámbitos nacional, regional y local.

Apoyar la realización de reuniones y foros de consulta, para captar las propuestas de las instituciones y organizaciones vinculadas o interesadas en el tema del agua, así como de la sociedad en su conjunto, con el fin de lograr el uso sustentable del recurso.

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Dirigir las estrategias que fortalezcan el desarrollo de las acciones de transversalidad entre las diversas instituciones y actores vinculados al agua.

Establecer las directrices para integrar el Programa Nacional Hídrico y los programas hídricos que se lleven a cabo en los ámbitos regional y local.

Instrumentar la difusión del Programa Nacional Hídrico para motivar la participación de las instituciones y organizaciones vinculadas e interesadas en el tema del agua, así como a la población en general, y evaluar los avances en el cumplimiento de las metas establecidas.

Precisar en conjunto con las áreas de la Comisión Nacional del Agua a nivel nacional, las instituciones y organizaciones vinculadas al sector hidráulico, las estrategias y acciones que permitan evaluar el avance en la ejecución de las metas planteadas en el Programa Nacional Hídrico y en los programas hídricos que se realicen a nivel regional y local, así como definir las acciones a realizar para propiciar su cumplimiento.

Desarrollar la planeación estratégica de la Comisión Nacional del Agua, darle seguimiento, y en su caso, proceder a su actualización.

Concertar proyectos de cooperación internacional con el fin de intercambiar información, experiencia y tecnología de vanguardia con otros países, representaciones diplomáticas y organismos nacionales e internacionales, para impulsar el manejo sustentable del agua, de conformidad con los objetivos del Programa Nacional Hídrico.

Organizar cursos y eventos internacionales de capacitación en tecnologías novedosas vinculados con el agua, a fin de fortalecer la capacidad técnica del personal de la Comisión Nacional del Agua.

Integrar los informes y opiniones del país en relación con el agua, para atender los diferentes foros y reuniones nacionales e internacionales.

Dirigir el Sistema de Programación y Presupuesto, así como la integración, seguimiento y evaluación de los programas de inversión.

Controlar la integración de los anteproyectos de programas y del presupuesto anual de la Comisión Nacional del Agua, con base en las propuestas que aprueben y le comuniquen las unidades administrativas competentes, y efectuar su gestión, de conformidad con las normas, lineamientos, procedimientos y sistemas establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Vigilar la gestión de las autorizaciones y modificaciones del programa y presupuesto anuales, en lo concerniente a los dos niveles de organización de la Comisión Nacional del

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Agua, así como comunicar a las unidades administrativas de las asignaciones presupuestales anuales, originales y modificadas, y registrar recursos asociados de coinversión, crédito externo y de cualesquier otra fuente.

Difundir su autorización y adecuación, así como vigilar el seguimiento al programa y presupuesto anual de la Comisión Nacional del Agua, al Programa Anual de Inversiones, al calendario de egresos y metas y a la contratación multianual de obras y servicios, tanto a nivel nacional como en el regional hidrológico-administrativo, e informar de su integración y resultados programáticos.

Proponer alternativas de fuentes de financiamiento internas y externas que permitan el desarrollo de los proyectos y procesos a cargo de la Institución en sus dos niveles de organización y participar en la gestión, integración, seguimiento y evaluación de los recursos de crédito externo y otros mecanismos de financiamiento, conforme a las disposiciones aplicables en la materia.

Dirigir la integración, gestión y difusión de los informes de Ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, del Programa Nacional Hídrico, del Programa Operativo Anual de la Comisión Nacional del Agua, de Gobierno, de Labores de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, en cuanto a los resultados y al análisis de las variaciones programáticas, y demás instrumentos que establece el Sistema de Evaluación de Desempeño de la Administración Pública Federal.

Dirigir la operación del Sistema Financiero del Agua, en coordinación con las demás unidades administrativas competentes, conforme a las leyes y reglamentos correspondientes, así como las disposiciones y autorizaciones que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Representar a la Comisión Nacional del Agua ante la Subcomisión de Atención a los Asuntos del Fondo de Desastres Naturales y coordinar con la participación de las unidades competentes: los procesos relativos a la gestión, autorización de recursos, integración y difusión de informes de seguimiento y libros blancos, con motivo de la aplicación de los recursos provenientes de dicho Fondo.

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1.6.0.1 Gerencia del Sistema de Información sobre el Agua

Objetivo:

Apoyar el diseño de la política nacional hídrica, mediante la integración, administración y operación del Sistema Nacional de Información sobre la cantidad, calidad, usos y conservación del agua, integrando la información estadística, geográfica y documental producida por las diversas unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua y organismos nacionales e internacionales, para su difusión en los diversos sectores de la sociedad.

Funciones:

Coordinar la integración, administración y operación del Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua.

Coordinar la integración de las bases de datos acerca de la información estadística y geográfica relativa al agua, incluyendo diccionarios de datos y catálogos de información.

Desarrollar y operar los centros de información documental sobre el agua, y apoyar la conformación de centros regionales y locales.

Generar documentos de análisis y síntesis para los tomadores de decisión, que sirvan de apoyo para la formulación de políticas públicas.

Mejorar los procesos de integración e intercambio de información estadística, geográfica y documental, con diversas instituciones y organizaciones interesadas en el tema del agua.

Promover el incremento de la calidad y cantidad de la información asociada al agua.

Emitir recomendaciones para mejorar la confiabilidad y oportunidad de las fuentes de información asociadas al agua.

Incrementar el intercambio de información estadística, geográfica y documental con los diferentes generadores e integradores de otras instituciones.

Promover la descentralización de los procesos de generación y análisis de información, para el desarrollo de los sistemas regionales y locales de información del agua.

Coordinar la publicación y actualización de los productos asociados al Sistema Nacional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua en los sitios de Internet e Intranet de la Institución, con la participación de las unidades competentes administrativas del nivel nacional y de los organismos de cuenca.

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1.6.0.2 Gerencia de Planificación Hídrica

Objetivo:

Formular la política hídrica del país mediante la integración, evaluación y seguimiento del Programa Hídrico Nacional y los programas regionales, estatales y especiales para lograr el uso sustentable del agua; así como coordinar proyectos de cooperación internacional que apoyen el logro de los objetivos de la Comisión Nacional del Agua y del Sector Hídrico.

Funciones:

Coordinar la elaboración, evaluación y actualización del Programa Nacional Hídrico, en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo, para lograr el uso sustentable del recurso.

Coordinar la elaboración, seguimiento, evaluación y actualización de los programas hidráulicos sectoriales, regionales y estatales por cuencas y acuíferos, para contribuir al desarrollo sustentable.

Establecer los mecanismos de coordinación interinstitucional en la implementación de la política hídrica, para generar sinergias que hagan más efectiva su culminación.

Coordinar los procesos institucionales de planeación estratégica y operativa para alinear los proyectos y procesos al cumplimiento de los objetivos del sector.

Coordinar la elaboración de escenarios prospectivos de los recursos hídricos a través de métodos y modelos de planeación para apoyar la definición de la política hídrica.

Establecer los mecanismos de consulta que fortalezcan el desarrollo de acciones de transversalidad entre los diversos actores del agua, la participación social, y de los consejos de cuenca.

Coordinar la Integración del Programa Nacional Hídrico a partir del documento base inicialmente generado, así como las propuestas de las diferentes instituciones y organizaciones de la sociedad en su conjunto, en concordancia con los objetivos y metas del Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Implantar la difusión del Programa Nacional Hídrico para motivar la participación de las instituciones y organizaciones vinculadas e interesadas en el tema del agua, así como a la población en general, en cumplimiento de las metas establecidas en él.

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Coordinar el avance de las metas del Programa Nacional Hídrico para verificar su cumplimiento.

Establecer conjuntamente con las áreas de la Comisión Nacional del Agua, las instituciones y organizaciones vinculadas al Sector Hidráulico, las estrategias y acciones que permitan lograr un mayor avance en la ejecución de las metas planteadas en el Programa Nacional Hídrico.

Coordinar la elaboración de los documentos base que presenten la situación actual del agua y los objetivos, estrategias y metas propuestos para lograr su uso sustentable en las diferentes regiones hidrológico-administrativas del país, en concordancia con el Programa Nacional Hídrico.

Coordinar la elaboración de los documentos base que presenten la situación actual del agua y los objetivos, estrategias y metas propuestos para lograr su uso sustentable en las entidades federativas, en donde se considere necesario desarrollar programas hídricos estatales, en concordancia con el Programa Nacional Hídrico.

Establecer reuniones y foros de consulta a nivel regional, estatal y local para captar las propuestas de las instituciones y organizaciones vinculadas o interesadas en el tema del agua, así como de la sociedad en su conjunto, con el fin de lograr el uso sustentable del recurso.

Coordinar la Integración de los Programas Hídricos por Organismo de Cuenca y de los Programas Hídricos Estatales, a partir de los documentos base, inicialmente generados, así como las propuestas de las diferentes instituciones y organizaciones, y de la sociedad en su conjunto, en el ámbito regional, estatal y local, en concordancia con el Programa Nacional Hídrico.

Coordinar el avance en el cumplimiento de las metas de los programas hídricos por organismo de cuenca y de los programas hídricos estatales.

Establecer conjuntamente con los organismos de cuenca y direcciones locales de la Comisión Nacional del Agua, y las instituciones y organizaciones vinculadas al Sector Hidráulico en el ámbito regional y estatal, las estrategias y acciones que permitan lograr un mayor avance en la ejecución de las metas planteadas en los Programas Hídricos por organismo de cuenca y en los programas hídricos estatales.

Coordinar proyectos de cooperación internacional con el fin de intercambiar información, experiencia y tecnología de vanguardia con otros países, apoyados por la Secretaría de Relaciones Exteriores, organismos y/o representaciones diplomáticas, que apoyen en el manejo sustentable del agua, de conformidad con los objetivos del Programa Nacional Hídrico.

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Implantar la difusión de cursos y eventos internacionales de capacitación en tecnologías novedosas vinculados con el agua, a fin de incrementar el capital intelectual de la Comisión Nacional del Agua.

Participar en la realización de documentos e informes solicitados por los organismos e instituciones en los que asiste la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Comisión Nacional del Agua, para presentarlos en foros nacionales e internacionales.

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1.6.0.3 Gerencia de Evaluación y Programación

Objetivo:

Coordinar y vincular con las instancias federales normativas el desarrollo de los procesos de formulación, integración, gestión, seguimiento y evaluación del programa y presupuesto anual, que permitan alcanzar niveles de eficiencia tanto en la asignación de los recursos presupuestarios como en la ejecución de los programas y proyectos, así como contribuir al cumplimiento de las metas establecidas en el Programa Nacional Hídrico.

Funciones:

Coordinar la formulación y aplicación de normas y metodologías así como la implantación de los sistemas de inversión pública establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para la generación de los diferentes programas, proyectos y estudios de inversión.

Coordinar la aplicación, en el ámbito de la Comisión Nacional del Agua, de los procesos implementados por las instancias federales normativas, vinculados con la formulación, integración, gestión, seguimiento y evaluación del Programa Operativo Anual y Presupuesto Anual, así como de los programas de inversiones de corto y mediano plazos.

Coordinar la formulación de las reglas de operación de los programas a cargo de la Institución, así como tramitar su autorización correspondiente y gestionar su modificación conforme los requerimientos de las áreas responsables de los programas.

Coordinar el registro de la Cartera Nacional de Programas y Proyectos de Infraestructura Hidráulica y de los estudios de preinversión ante la Unidad de Inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Coordinar y normar la operación y mantenimiento del Sistema de Programación y Presupuesto de la Comisión Nacional del Agua.

Coordinar la integración y gestión ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y, en su caso, difundir, la autorización del Programa y Presupuesto Anual y del Programa de Inversiones Anual de la Comisión Nacional del Agua, así como de las modificaciones que se requieran durante el ejercicio presupuestario.

Coordinar la formulación, integración y seguimiento del Programa Operativo Anual de la Comisión Nacional del Agua en los niveles nacional, regional y estatal.

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Coordinar la integración y difusión de la información de seguimiento de resultados del avance físico-financiero de las metas y de los indicadores estratégicos del programa y presupuesto anual; de los indicadores de gestión; y del seguimiento de la ejecución de los proyectos de infraestructura y del programa anual de contratación y ejecución de obra pública y acciones asociadas.

Coordinar la integración de la información de evaluación sectorial anual de resultados de la Comisión Nacional del Agua, referente a los informes de ejecución del Plan Nacional de Desarrollo; de ejecución del Programa Nacional Hídrico, de Gobierno; de Labores de Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, en lo concerniente a los resultados y al análisis de las variaciones programáticas, y demás instrumentos de evaluación sectorial y programática establecidos.

Participar en las sesiones de la Subcomisión de Atención a los Asuntos del Fondo de Desastres Naturales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA 

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Subdirección General Técnica

Misión:

Proporcionar información y soporte técnico,

para administrar las aguas nacionales y sus

bienes inherentes, a fin de lograr su uso

sustentable con la participación de la

sociedad.

Visión:

Ser la autoridad técnica, promotora de

innovación y desarrollo tecnológico, que guíe

a la sociedad en el manejo sustentable del

agua.

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1.7 Subdirección General Técnica

Objetivo:

Determinar e interpretar las variables del ciclo hidrológico y de calidad del agua, así como proporcionar apoyo técnico a las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua y a los usuarios en general, en la planeación y manejo integral del agua, sus bienes e infraestructura.

Funciones:

Fomentar el desarrollo de técnicas básicas para que las obras de infraestructura hidráulica, así como de los programas y acciones competencia de la Comisión Nacional del Agua, se efectúen con la más alta calidad y eficiencia.

Definir sistemas y procedimientos internos que permitan unificar las acciones en materia de manejo de las aguas nacionales, conforme a la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Proponer la reglamentación de la extracción y utilización del recurso, así como el establecimiento de zonas de veda y la declaración de reserva de las aguas nacionales, a fin de lograr su mejor aprovechamiento.

Promover el uso eficiente del agua y su reuso, así como dirigir la operación de los servicios necesarios para su preservación, conservación y mejoramiento en todas las fases del ciclo hidrológico, fomentando una cultura del agua que la considere como un recurso vital y escaso.

Dictaminar y verificar los trabajos relativos a delimitar y demarcar las zonas federales fluviales, conforme a lo establecido en la Ley de Aguas Nacionales y su Reglamento.

Coordinar la realización de los estudios, trabajos y servicios hidrológicos, geohidrológicos, así como los del inventario de disponibilidad y uso de las aguas nacionales.

Determinar los criterios para el desarrollo y operación de las redes hidroclimatológicas, hidrométricas y geohidrológicas, de manera que permitan contar con un sistema de información sobre cantidad, calidad y uso del agua.

Formular en coordinación con las unidades administrativas competentes, los programas para la protección de los recursos hidráulicos en cuencas hidrológicas y acuíferos.

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Establecer los sistemas y procedimientos para verificar que los proyectos de obras de infraestructura hidráulica, se apeguen a las disposiciones jurídicas en materia de impacto ambiental.

Dirigir el desarrollo de proyectos y ejecución de programas para el tratamiento de aguas residuales y la reutilización ambientalmente segura del agua que permitan incrementar la disponibilidad del recurso.

Establecer los lineamientos, procedimientos y acciones que garanticen la seguridad de las construcciones y equipos que constituyen la infraestructura hidráulica a cargo de la Comisión Nacional del Agua, así como coordinar las tareas para supervisar su cumplimiento.

Promover la investigación científica y el desarrollo tecnológico en materia de agua, así como la capacitación y formación de recursos humanos, para lograr un mejor aprovechamiento de las aguas nacionales.

Establecer las bases para promover la recarga de acuíferos, la protección y saneamiento de cuencas alimentadoras, el control de la erosión, y el aprovechamiento de las aguas estearinas, salobres y salinas.

Apoyar en coordinación de las acciones para vigilar la evolución de meteoros que puedan incidir en los escurrimientos de los ríos y en los almacenamientos de los embalses, para prevenir daños por crecientes y proteger contra inundaciones a los centros de población y áreas productivas.

Establecer y dirigir la aplicación de los procedimientos para registro de la evolución de los almacenamientos en vasos y embalses, flujo de las corrientes en los ríos y la ocurrencia, magnitud y duración de las lluvias para pronóstico de avenidas, prevención de inundaciones y de sequías.

Coordinar la integración de elementos para la revisión colegiada de los proyectos ejecutivos y cambios de proyecto de las obras a cargo de la Comisión Nacional del Agua, así como supervisar el cumplimiento de las especificaciones durante el proceso de construcción.

Dirigir la realización de estudios e implantar las bases técnicas, para determinar y actualizar los montos de las cuotas que deberán cubrir los usuarios por la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales y sus bienes inherentes, así como por las descargas de aguas residuales.

Dictaminar sobre la procedencia técnica de las solicitudes de usuarios para nuevos aprovechamientos de aguas nacionales, modificación de las existentes y de las descargas

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de aguas residuales, de certificado de calidad del agua y de certificado de aguas interiores salobres.

Dirigir la elaboración de estudios y formulación de criterios para las obras de infraestructura del almacenamiento y conducción del agua, así como autorizar los proyectos de obras que afecten el control de ríos o el riesgo de avenidas.

Establecer los procedimientos para otorgar permisos de construcción o modificación de obras en cauces, vasos y zonas federales, así como coordinar el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

Aprobar organismos de certificación de productos, unidades de verificación y laboratorios de prueba, para evaluar la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas del Sector agua con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

Dirigir las acciones para alertar a la población, al Sistema Nacional de Protección Civil y a los medios de comunicación sobre la ocurrencia de fenómenos extremos durante su formación, desarrollo y disipación.

Coordinar la integración y actualización de la base de datos hidroclimatológicos, hidrométricos y de sedimentos (Banco Nacional de Datos “BANDAS”).

Establecer las bases técnicas y de coordinación para la atención de emergencias hidroecológicas y contingencias ambientales.

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1.7.0.1 Gerencia de Aguas Subterráneas

Objetivo:

Propiciar el manejo sostenible de las aguas subterráneas, mediante el estudio de los acuíferos, el monitoreo de las variables hidrológicas correspondientes y el desarrollo de las acciones que propicien el uso eficiente y sustentable del agua y el incremento de su disponibilidad.

Funciones:

• Proponer a las unidades administrativas competentes de la Comisión Nacional del Agua, los procedimientos y sistemas de carácter técnico que permitan dar unidad a las acciones del Gobierno Federal en materia de aguas nacionales subterráneas, y coordinar su aplicación.

• Normar, programar y coordinar la realización de estudios y elaboración de instrumentos normativos encaminados a: determinar la disponibilidad media anual de aguas nacionales subterráneas a nivel nacional; la prospección, monitoreo, evaluación y modelación de acuíferos; el establecimiento, modificación o supresión de vedas, reglamentos y reservas de aguas nacionales subterráneas; de calidad del agua subterránea y su grado de contaminación; recarga de acuíferos; captación de aguas salobres o saladas para su desalación y de otras tecnologías modernas encaminadas a incrementar la disponibilidad de agua; dictámenes técnicos; la operación y la instrumentación de las redes de monitoreo de niveles y calidad de las aguas subterráneas ; y zonas de disponibilidad.

Ejercer en el ámbito de su competencia, las funciones que se refiere el artículo anterior, en los acuíferos intercuenca o transfronterizos en colaboración con las áreas técnicas de los Organismos de Cuenca y de las Direcciones Locales.

• Formular y proponer proyectos para el establecimiento, modificación o supresión de reglamentos, vedas y reservas de las aguas subterráneas.

• Integrar la información relativa a la disponibilidad de agua subterránea y elaborar los proyectos de Acuerdo para darla a conocer oficialmente, así como los estudios y acuerdos para su actualización periódica.

• Dirigir y coordinar el diseño, la operación, actualización y la instrumentación de las redes de monitoreo de niveles y calidad de las aguas subterráneas.

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• Normar la operación del sistema de información hidrogeológica y del material gráfico relacionado, para prestar un servicio informativo eficiente en materia de aguas subterráneas.

• Emitir dictámenes y opiniones técnicos relativos a las concesiones de aguas subterráneas y a proyectos relacionados con la captación, manejo, recarga y calidad del mismo recurso.

• Validar, integrar y proponer la clasificación de las zonas de disponibilidad a que corresponden los municipios para fines de la aplicación del gravamen por concepto de uso del agua conforme a la Ley Federal de Derechos.

• Orientar técnicamente la formulación y evaluación periódica de planes de manejo integrado y ordenamientos para impulsar el manejo sostenible de los acuíferos.

• Establecer las bases técnicas para la delimitación de los acuíferos, formular los proyectos de acuerdo para darlos a conocer oficialmente y desarrollar las herramientas de informática para facilitar su consulta.

• Colaborar en la formulación de los anteproyectos de normas obligatorias y voluntarias relacionadas con las aguas subterráneas.

• Dirigir coordinar la ejecución de estudios relativos a la determinación de la calidad del agua subterránea y su grado de contaminación proponiendo acciones para su remediación o prevención.

• Proponer programas y acciones para la atención de emergencias generadas por sequías, eventos de contaminación repentina o presencia de elementos tóxicos en fuentes de agua subterránea.

• Normar y coordinar la integración y validación de la información hidrogeológica básica para aportarla al Sistema Nacional de Información sobre Cantidad, Calidad, Usos y Conservación del Agua.

• Emitir opiniones y dictámenes técnicos sobre el riesgo de contaminación de acuíferos asociado con confinamientos de residuos tóxicos o no peligrosos y desarrollos establecidos.

• Promover convenios con instituciones educativas, centros de investigación, organismos nacionales e internacionales para fomentar la investigación, el intercambio tecnológico y la capacitación en materia de aguas subterráneas.

• Coordinar la aportación de la información técnica necesaria para el adecuado funcionamiento de los Comités Técnicos de Aguas Subterráneas.

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1.7.0.2 Gerencia de Aguas Superficiales e Ingeniería de Ríos

Objetivo:

Administrar y normar técnicamente las aguas superficiales, mediante la emisión de recomendaciones de operación de la infraestructura hidráulica, permisos y autorizaciones de obras en cauces y zonas federales, dictaminación de nuevos aprovechamientos, coordinación de la modernización, desarrollo, mantenimiento y operación de las redes hidroclimatológicas del país y de sus “bancos de datos”, por administración o por conducto de terceros, para apoyar el uso sostenido del recurso.

Funciones:

Autorizar, proponer y supervisar la aplicación y cumplimiento de los instrumentos administrativos relacionados con la gestión de las aguas superficiales e ingeniería de ríos y de sus bienes públicos inherentes a nivel nacional, con base a los ordenamientos jurídicos emitidos en la materia.

Dirigir las acciones para elaborar, coordinar y aprobar pronóstico de avenidas para prevenir inundaciones, proyectos de obras de protección y control de planicies de inundación, así como solicitar la construcción de las mismas a la unidad correspondientes.

Definir las actividades para la realización de los análisis hidrológicos de escurrimientos en situación de escasez extrema que permitan prever y detectar sequías, que permitan tomar medidas oportunas para su adecuada atención.

Instrumentar y coordinar el acopio, análisis, evaluación y procesamiento de registros de lluvias, escurrimientos, almacenamientos, sedimentos y evolución de presas.

Definir las acciones para coordinar la regulación y control de las aguas superficiales, determinar el volumen de concesión y asignación de las mismas para los diversos usos, así como fomentar su reuso.

Dirigir y coordinar el desarrollo de los procedimientos para la emisión de permisos y autorizaciones de obras en cauces y zonas federales, así como de dictámenes técnicos de nuevos aprovechamientos de aguas nacionales superficiales.

Formular, coordinar y supervisar la actualización de estudios de disponibilidad de aguas superficiales existentes en la cuenca hidrológica, subcuencas o microcuencas, así como proponer e integrar la delimitación y homologación geográficas que dividan y subdividan las regiones hidrológicas-administrativas.

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Establecer las estrategias para coordinar y normar la instalación, obra civil, instrumentación convencional o telemétrica, mantenimiento, operación y modernización de las redes hidroclimatológicas de aguas superficiales del país que se realicen directamente por la Comisión Nacional del Agua o por contrato con terceros.

Normar y coordinar los trabajos en las estaciones hidroclimatológicas de aguas superficiales del país que tengan como objetivo la suspensión temporal o definitiva, el cambio de sitio, la obtención y registro de datos hidroclimatológicos y, en general, toda acción que pudiera modificar el registro histórico de las mismas o su óptima operación.

Definir las acciones para revisar y aprobar en su caso proyectos de construcción de obras de infraestructura hídrica que se efectúen con recursos de la Federación, con su aval o garantía.

Efectuar y coordinar la vigilancia y evaluación de fenómenos hidroclimatológicos severos que puedan influir en las cuencas, cauces y almacenamientos de presas, con el objeto de llevar a cabo acciones tendientes a mitigar sus efectos negativos.

Dirigir las acciones para coordinar y revisar proyectos de delimitación, demarcación y supresión de las zonas federales.

Determinar las acciones para realizar y supervisar estudios técnicos que sustenten la elaboración de proyectos para la reglamentación de la extracción, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales superficiales en zonas de veda o declaratorias de reserva, así como para el establecimiento y supresión de las mismas

Definir normas, dirigir y coordinar la implantación, operación y actualización del Sistema de Información hidroclimatológicas y de bancos de datos de aguas superficiales, a nivel nacional y regional hidrológico-administrativo, a fin de contribuir con el Sistema Nacional de Información, de Cantidad, Usos y Conservación del Agua Superficial, así como a la evaluación del cambio climático.

Definir los criterios para coordinar y aprobar la integración, validación y aportación de la información básica relativa a las aguas superficiales, considerando la información con la que cuente la Gerencia y con la que al efecto proporcionen los organismos de cuenca.

Apoyar a los organismos de cuenca cuando así lo soliciten en la realización de análisis técnicos en materia de integración y validación de información básica de aguas superficiales.

Aprobar la dirección y difusión de estudios, trabajos y servicios hidrológicos de diseño, seguimiento, control y disponibilidad existentes en la cuenca hidrológica, subcuencas o microcuencas delimitadas o que se delimiten, el uso de las aguas nacionales superficiales,

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así como propiciar el uso eficiente del agua superficial y su conservación, para contribuir al manejo integrado de los recursos hidráulicos.

Proponer el método para la determinación de las zonas de disponibilidad a que corresponden los municipios, para fines de la aplicación de la Ley Federal de Derechos, en lo relativo al derecho por el uso del agua superficial.

Fomentar proyectos de investigación científica, el desarrollo tecnológico y la formación de recursos humanos, así como, difundir conocimientos relativos a las aguas superficiales, ingeniería de ríos, y obras de infraestructura, con el propósito de mejorar la calidad de los servicios, acciones y programas de la Comisión Nacional del Agua.

Participar en la formulación de normas técnicas y oficiales mexicanas en materia de aguas superficiales e ingeniería de ríos y de sus bienes públicos inherentes, así como dar seguimiento al cumplimiento de las mismas

Apoyar al Sistema Nacional de Protección Civil en el seguimiento y atención de los fenómenos hidroclimatológicos severos, con el objeto de mitigar los efectos negativos de los mismos, a través del Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas.

Determinar las acciones para coordinar el apoyo en la elaboración y análisis tanto del nivel nacional como del regional hidrológico-administrativo, de los aspectos técnicos de proyectos de: decretos de zonas reglamentadas, de veda y de declaratorias de reserva de aguas nacionales, y reglamentos para el control y explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales.

Proponer alternativas y medidas sobre la operación de la infraestructura hidráulica y el manejo y solución de situaciones críticas en grandes sistemas al Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas, así como fungir como Secretario Técnico del mismo.

Coordinar el apoyo en las declaratorias de clasificación de zonas de alto riesgo por inundación, elaboradas por los organismos de cuenca, así como en los atlas de riesgos por inundación a nivel nacional.

Dirigir la coordinación y aprobación para integrar, revisar y validar la información proporcionada por los organismos de cuenca, de las instancias de los sectores público y privado del país, sobre escurrimientos, sedimentos y vasos para la actualización del Banco Nacional de Datos de Aguas Superficiales.

Definir las acciones para coordinar la actualización del inventario nacional de estaciones hidroclimatológicas en operación, por cuenca y regiones hidrológicas conjuntamente con los organismos de cuenca.

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Colaborar técnicamente en los casos de afectación de las aguas superficiales y bienes inherentes que le sean solicitados por la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

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1.7.0.3  Gerencia del Consultivo Técnico 

Objetivo:  

Apoyar  técnicamente  a  las  subdirecciones  generales  y  organismos  de  cuenca  durante  las etapas  de  estudio,  diseño,  construcción,  operación  y  puesta  fuera  de  servicio  de  las  obras hidráulicas  bajo  la  responsabilidad  de  la  Comisión Nacional  del Agua;  evaluar  la  seguridad estructural y  funcional de  la  infraestructura hidráulica, principalmente presas, en sus etapas de  construcción  y  operación;  participar  en  las  acciones  requeridas  para  lograr  que  los proyectos de infraestructura hidráulica sean de calidad; así como colaborar en la capacitación de los profesionales y técnicos relacionados con las obras hidráulicas y sanitarias. 

Funciones:    

• Definir  las  acciones  para  la  revisión  de  los  estudios  de  factibilidad  para  nuevas  obras, realizados por  las subdirecciones generales, organismos de cuenca y direcciones  locales de la Comisión Nacional del Agua.  

• Participar en  la revisión colegiada de  los anteproyectos, diseños ejecutivos y cambios de diseño a las obras relevantes a realizar por la Comisión Nacional del Agua, o terceros que determine la Subdirección General Técnica. 

• Emitir  opinión  sobre  los  términos  de  referencia  y  otros  documentos  técnicos,  para  el diseño  de  nuevos  proyectos  o  para  los  existentes  que  requieran  modificaciones sustanciales. 

• Determinar  las  acciones  para  la  revisión  conceptual  del  desarrollo  de  los  estudios  y diseños de obras, hasta su terminación y entrega para su ejecución.  

• Proporcionar asesoría  técnica durante  la  construcción de  las obras, a  fin de verificar el cumplimiento  de  las  especificaciones  y  de  ser  necesario  sugerir modificaciones  a  los diseños y/o a los procedimientos constructivos. 

• Establecer  y  actualizar  el  Programa  Nacional  de  Seguridad  de  Presas,  que  incluye  la integración del Registro Nacional de Presas.   

• Establecer criterios para la evaluación sistemática de la seguridad estructural y funcional tanto de las presas operadas por la Comisión Nacional del Agua como por concesionarios o asignatarios. 

• Proporcionar consultoría técnica a  las subdirecciones generales y organismos de cuenca, así como la labor de consultores externos contratados por la Comisión Nacional del Agua, para  atender  problemas  técnicos  específicos  en  la  esfera  de  acción  de  la Gerencia  de Consultivo Técnico. 

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Dirigir la elaboración y recopilación de la documentación necesaria para integrar las memorias técnicas de las presas de almacenamiento y otras obras hidráulicas.

Evaluar y coordinar el seguimiento sistemático del comportamiento de las grandes presas y aquellas obras hidráulicas afectadas por problemas no usuales que representen riesgo en su estructura o funcionamiento.

Programar acciones de colaboración con las unidades administrativas de las subdirecciones generales y organismos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua, para el incremento de la capacidad técnica del personal de ingeniería que labora en esta Institución.

Participar en el Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas en aspectos de seguridad y operación de obras hidráulicas.

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1.7.0.4 Gerencia de Ingeniería y Normas Técnicas

Objetivo:

Extender el marco normativo del sector agua e incrementar el número de productos y proveedores certificados y organismos de tercera parte aprobados, mediante la evaluación de la conformidad de las Normas Oficiales Mexicanas del Sector Agua; asimismo mejorar la infraestructura de las obras hidráulicas, promoviendo el desarrollo de estudios de ingeniería básica y proporcionando asistencia técnica a fin de optimizar el diseño, construcción y operación de las mismas.

Funciones:

• Coordinar la integración del Programa Anual de Normalización del Sector Agua.

Proponer y dirigir la elaboración de los anteproyectos de las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas y normas técnicas del sector agua, así como las políticas y procedimientos para la evaluación de la conformidad de las mismas, en el ámbito de su competencia.

Participar en representación de la Comisión Nacional del Agua en el Comité Consultivo Nacional de Normalización del Sector Agua, así como coordinar los trabajos para la elaboración de las normas y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Coordinar la gestión técnico administrativa para atender las solicitudes de certificación de los productos sujetos al cumplimiento de las normas ofíciales mexicanas del sector agua y de aprobación de los organismos de certificación de productos, laboratorios de pruebas y unidades de verificación.

Programar las acciones para verificar e inspeccionar que los productos y servicios cumplan con las normas oficiales del sector agua con base en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

Dirigir la elaboración y difusión de los documentos técnicos que integran los criterios actualizados y adecuados para diseñar, construir y operar las obras hidráulicas a cargo de la Comisión Nacional del Agua.

Dirigir la elaboración de los estudios de ingeniería básica que proporcionen información técnica actualizada a los proyectos de obras hidráulicas.

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Coordinar la asistencia técnica interna y externa, en materia de diseño, construcción y operación de las obras hidráulicas a cargo de la Comisión Nacional del Agua.

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1.7.0.5 Gerencia de Calidad del Agua

Objetivo:

Mejorar la calidad del agua y reducir el impacto ambiental de las descargas de aguas residuales, optimizando los sistemas de información, los instrumentos técnicos para la prevención y control, así como las herramientas de análisis y evaluación del recurso.

Funciones:

• Definir las acciones para coordinar la realización del monitoreo sistemático y permanente de la calidad de las aguas nacionales continentales y de las zonas costeras; así como definir y establecer los procedimientos aplicables en las gerencias regionales y estatales en materia de monitoreo de calidad del agua.

• Determinar las acciones para coordinar la integración y análisis de la información básica de calidad del agua, así como la operación y actualización del Sistema Nacional de Información de la Calidad del Agua.

• Definir y establecer las metas y objetivos de la calidad del agua para los cuerpos receptores del país.

• Establecer las acciones para operar el Laboratorio Nacional de Referencia de la Comisión Nacional del Agua, para desarrollar los métodos de análisis de calidad del agua, el programa de control de calidad analítico de la Red Nacional de Laboratorios y las pruebas de aptitud técnica para el soporte al programa de aprobación de laboratorios de calidad del agua.

• Establecer las normas y procedimientos para la operación de la Red Nacional de Laboratorios de Calidad del Agua, así como proporcionar apoyo y asistencia técnica requerida.

• Dictaminar técnicamente la aprobación de los laboratorios que realizan análisis de calidad del agua previamente acreditados.

• Expedir las aprobaciones a los laboratorios de calidad del agua, las políticas y procedimientos para la evaluación de las normas oficiales mexicanas en materia de calidad del agua, de acuerdo con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

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• Promover, programar y coordinar la elaboración de las normas mexicanas en materia de análisis de calidad del agua.

• Formular y coordinar el seguimiento del Programa Nacional de Saneamiento de Cuencas, considerando lo establecido en la programación hidráulica.

• Emitir los lineamientos para la realización y difusión de los estudios, proyectos y servicios relacionados con la calidad del agua.

• Dirigir la realización de los estudios de clasificación de los cuerpos de aguas nacionales, así como formular las declaratorias correspondientes y coordinar el seguimiento de su cumplimiento, una vez publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

• Definir, establecer y supervisar los procedimientos y estudios aplicables en los organismos de cuenca y direcciones locales en materia de impacto ambiental, de conformidad con la normatividad aplicable para las obras hidráulicas a cargo de la Comisión Nacional del Agua.

• Dirigir la gestión y obtención de las resoluciones ambientales para los proyectos de obras de infraestructura hidráulica a cargo de la Comisión Nacional del Agua y verificar que dichas obras cumplan con la normatividad en materia de impacto ambiental durante su construcción y operación.

• Coordinar el seguimiento de las resoluciones en materia de impacto ambiental expedidas por la autoridad competente, para las obras de infraestructura hidráulica realizadas por la Comisión Nacional del Agua, informando de su cumplimiento.

• Realizar estudios para definir las estrategias que eleven la eficiencia en el uso del agua y aumentar su disponibilidad mediante sistemas de tratamiento y reutilización de las aguas tratadas.

• Dictaminar técnicamente sobre: las solicitudes de permisos de descarga de aguas residuales y sus modificaciones, de certificados de calidad del agua, de certificados de aguas interiores salobres y aquellas en que intervenga la calidad del agua, así como definir y establecer los procedimientos a seguir en las gerencias regionales y estatales en materia de dictámenes técnicos sobre calidad del agua.

• Formular y coordinar el seguimiento del Programa de Protección Ambiental, así como los procedimientos aplicables en las gerencias regionales y estatales para su implantación y evaluación.

• Fijar las bases técnicas para determinar los derechos federales por el uso de bienes del dominio público de la nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

139

• Formular y coordinar el seguimiento del Programa Nacional de Regulación del Reuso del Agua, así como los procedimientos aplicables en los organismos de cuenca y direcciones locales.

• Definir y establecer las bases técnicas y los procedimientos aplicables en los organismos de cuenca y direcciones locales para la atención y seguimiento de emergencias hidroecológicas y contingencias ambientales.

• Coordinar la elaboración y difusión de manuales, lineamientos, criterios y procedimientos técnicos relacionados con el reuso de la calidad del agua e impacto ambiental, así como la capacitación en la materia, del personal de las gerencias regionales y estatales.

• Diseñar y proponer estrategias, procedimientos y lineamientos para el control de malezas y micromalezas acuáticas en las obras de cabeza de distritos de riego, así como coordinar las acciones para proporcionar la asesoría en la materia a los organismos de cuenca y direcciones locales.

• Integrar y mantener actualizados los inventarios nacionales de descargas de aguas residuales, de plantas de tratamiento de aguas residuales municipales e industriales y de plantas potabilizadoras.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 COORDINACIÓN GENERAL DEL 

SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional

Misión:

Observar, registrar, interpretar y difundir

información del estado del tiempo y del

clima, de interés público y estratégico para el

país.

Visión:

Grupo de vanguardia, de excelencia

profesional y alta vocación de servicio con

modernos sistemas de medición, análisis y

telemática que proporciona información

eficiente, oportuna y confiable a la Comisión

Nacional del Agua y usuarios en general,

sobre la ocurrencia de fenómenos

hidrometeorológicos extremos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0.1 Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional

Objetivo:

Proporcionar el diagnóstico y pronóstico del estado del tiempo y del clima, de manera oportuna y confiable, en apego a las guías técnicas internacionales, con el fin de prevenir a la población, autoridades de protección civil e instituciones públicas y privadas sobre la ocurrencia de fenómenos extremos.

Funciones:

• Establecer las estrategias para proporcionar a la población y autoridades correspondientes, los productos y servicios de información meteorológica y climatológica del país.

• Dirigir el desarrollo, operación y mantenimiento de las redes de observación meteorológica y los sistemas de telecomunicaciones a cargo del Servicio Meteorológico Nacional, así como la integración del sistema de información actualizado de las principales variables meteorológicas y climatológicas, a través de los Organismos de cuenca o por conducto de terceros.

• Coordinar las acciones para informar permanentemente al Sistema Nacional de Protección Civil y a las autoridades federales y estatales de las condiciones atmosféricas, así como prevenir con oportunidad de los sucesos meteorológicos que puedan causar afectaciones a la población y a sus bienes.

• Proponer y emitir la normatividad, sistemas y procedimientos internos que permitan unificar las acciones en materia de climatología y meteorología, conforme la Ley de Aguas Nacionales y de su Reglamento.

• Supervisar las acciones para pronosticar y dar seguimiento a la evolución de los fenómenos meteorológicos severos que afecten al territorio nacional.

• Promover y coordinar la realización de estudios de los principales sistemas meteorológicos que afectan la disponibilidad del agua en el territorio nacional.

• Vigilar la evolución de los fenómenos meteorológicos en el ámbito nacional y de mesoescala que puedan incidir en el transporte y propagación de humos y partículas emitidas en la atmósfera por fuentes naturales o provocadas.

• Apoyar con reportes y pronósticos meteorológicos y climatológicos al Comité Técnico de Operación de Obras Hidráulicas de la Comisión Nacional del Agua, a fin de apoyar la toma

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

142

de decisiones relacionadas con volúmenes de explotación en embalses, manejo de reservas para el control de avenidas, etc.

• Promover y mantener la cooperación nacional e internacional (a través de la Organización Meteorológica Mundial) para intercambiar información y tecnología en meteorología, climatología y áreas afines, que apoyen en la elaboración de estudios climatológicos y pronósticos meteorológicos a nivel nacional.

• Coordinar las acciones para la difusión de la información sobre meteorología y climatología como componentes básicos de la cultura del agua, para promover acciones que permitan prevenir y mitigar daños ante eventos adversos.

• Establecer programas de capacitación para la formación de profesionales requeridos en el Servicio Meteorológico Nacional.

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143

1.0.1.1 Gerencia de Redes de Observación y Telemática

Objetivo:

Operar y asegurar el funcionamiento continuo de acuerdo a las normas de observación de redes meteorológicas y climatológicas, del sistema de telecomunicaciones, de los sistemas de adquisición de datos, de informática, sistematización y colección de información meteorológica a nivel nacional; así como integrar un sistema de información ordenado y actualizado de las principales variables meteorológicas y climatológicas que aseguren el intercambio eficiente de datos e información.

Funciones:

Medir, registrar y recopilar las observaciones meteorológicas, climatológicas y de la tropósfera superior en el territorio nacional

Normar la metodología para la disposición y operación de redes de observación meteorológica y climatológica.

Desarrollar, operar y dar mantenimiento a las redes de adquisición de datos, de informática, de colección y sistematización de la información meteorológica y climatológica del país.

Desarrollar, operar y mantener los sistemas de recepción y transmisión de datos meteorológicos para mantener permanentemente disponibles y actualizados los pronósticos, productos y servicios de información meteorológica y climatológica.

Dar el soporte técnico para organizar, integrar, actualizar y operar las bases de datos climatológicos y meteorológicos, en coordinación con la Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional.

Apoyar la elaboración, implementación y operación de modelos numéricos de la atmósfera para mejorar la eficiencia de los pronósticos, en coordinación con la Coordinación General del Servicio Meteorológico Nacional.

Asegurar la actualización permanente y la operación de las redes de adquisición de datos, de informática, de sistematización y colección de información meteorológica.

Elaborar y proponer la normatividad, sistemas y procedimientos internos, que permitan unificar las acciones en materia de operación de redes de observación, transmisión de

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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información y bancos de datos, conforme a la Ley de Aguas Nacionales y de su Reglamento.

Desarrollar, operar y mantener las redes de observación de la alta atmósfera, de superficie y de percepción remota, así como proponer la instalación o desarrollo de nuevos sistemas de observación.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 COORDINACIÓN GENERAL DE 

 REVISIÓN Y LIQUIDACIÓN FISCAL 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

145

Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal

Misión:

Fortalecer la cultura del pago entre los

usuarios de aguas nacionales y sus bienes

públicos inherentes, mediante la atención

de solicitudes, avisos, consultas, auditorías

y el control de la recaudación.

Visión:

Ser una unidad administrativa que regule e

incentive a los usuarios de aguas nacionales

y sus bienes públicos inherentes, en el

cumplimiento de sus obligaciones fiscales y

así contribuir al uso sustentable del agua.

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146

1.0.2 Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal

Objetivo:

Contribuir en el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los usuarios de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, a través del ejercicio de las atribuciones fiscales y observación de las disposiciones jurídicas, para brindar seguridad jurídica a los contribuyentes.

Funciones:

Programar y ejercer facultades de administración, determinación, liquidación y fiscalización de las contribuciones sobre aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como de aprovechamientos, de conformidad con lo dispuesto en los ordenamientos y disposiciones jurídicas emitidas en la materia.

Autorizar los proyectos de los instrumentos administrativos en materia de revisión y liquidación fiscal, de conformidad con las disposiciones legales correspondientes.

Gestionar la elaboración, sustitución y cancelación de las constancias de identificación del personal adscrito a la Comisión Nacional del Agua, ante la Subdirección General de Administración, a fin de que pueda participar en las diligencias que deban realizarse con motivo del ejercicio de sus atribuciones.

Dirigir las acciones para llevar a cabo la práctica de visitas domiciliarias, auditorías y demás actos que establezcan las disposiciones fiscales, para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados en materia de derechos, aprovechamientos, estímulos fiscales y accesorios de carácter federal que se generen por el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Requerir de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, datos, informes o documentos, de conformidad con las disposiciones legales aplicables para planear y programar actos de fiscalización, así como ejercer las facultades de comprobación y cumplimiento del pago de las contribuciones determinables y autodeterminables en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como de los aprovechamientos.

Ordenar la prórroga de plazos, la habilitación de días y horas inhábiles, y la notificación de las resoluciones administrativas que sean susceptibles de impugnarse mediante recurso administrativo o juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Fiscal y Administrativa, así como los actos relacionados con el ejercicio de sus facultades de comprobación y demás resoluciones que emita en ejercicio de sus atribuciones, así como aplicar medidas de apremio a quien se oponga a las diligencias.

Solicitar al Servicio de Administración Tributaria el inicio del procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales que sean determinados en las resoluciones que hubiera notificado la Coordinación General de Revisión y Liquidación Fiscal y, en su caso, los organismos de cuenca.

Dar a conocer a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, los hechos u omisiones imputables a éstos, conocidos con motivo de la revisión de gabinete, dictámenes o visitas domiciliarias, así como hacer constar dichos hechos y omisiones en la resolución, oficio de observaciones o en la última acta parcial que se levante.

Determinar y actualizar las contribuciones y sus accesorios, así como liquidar créditos fiscales y determinar en cantidad líquida el monto que resulte a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados por el uso, aprovechamiento o explotación de aguas nacionales y de sus bienes públicos inherentes, así como de aprovechamientos, imponer multas por el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo a los requerimientos, así como aquéllas por infracción a las disposiciones fiscales que rigen la materia, y condonar dichas multas en los casos procedentes.

Evaluar la operación recaudatoria, el cumplimiento de la normatividad, de los sistemas y procedimientos, así como informar a las unidades administrativas competentes los hechos u omisiones que conozca con motivo del ejercicio de sus atribuciones, consistentes en cualquier incumplimiento o violación a las disposiciones jurídicas aplicables.

Llevar el control de la información generada por los organismos de cuenca y direcciones locales en materia de declaraciones, avisos, requerimientos, solicitudes, manifestaciones, instrumentos autorizados y demás documentación que presenten los particulares obligados por las disposiciones fiscales y que, conforme a las mismas, no deban presentarse ante otras unidades administrativas, así como orientar a los contribuyentes en el cumplimiento de tales obligaciones.

Dirigir las acciones para el trámite de las solicitudes presentadas por los contribuyentes sobre devolución de cantidades pagadas indebidamente o cuando legalmente así proceda, así como verificar, determinar y cobrar las diferencias por devoluciones improcedentes e imponer las multas correspondientes.

Autorizar el pago diferido o en parcialidades de los créditos fiscales cuyo cobro le corresponda, previa garantía de su importe y accesorios legales, así como revocar la

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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autorización de pago en parcialidades cuando se incurra en algún incumplimiento conforme a la normatividad aplicable en la materia.

Determinar y liquidar el pago del crédito fiscal restante con sus accesorios correspondientes, así como las diferencias que existan en los pagos en parcialidades que hayan sido cubiertos incorrectamente, además de determinar y cobrar a los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, las diferencias por errores aritméticos en las declaraciones o por realizar pago en parcialidades de contribuciones, sin tener derecho a ello, así como el monto de los accesorios correspondientes.

Establecer las acciones para proporcionar a la Subdirección General Jurídica y autoridad competente, la información, documentación y apoyo que requiera para el debido conocimiento de los asuntos impugnados mediante juicios o recursos administrativos, así como informar de los hechos que conozca con motivo del ejercicio de sus atribuciones o de sus unidades administrativas, que puedan constituir delitos fiscales.

Dirigir las acciones para coordinar la atención de las solicitudes de compensación, determinar y cobrar las cantidades compensadas indebidamente, incluida la actualización y recargos a que haya lugar, e imponer las multas correspondientes.

Supervisar y coordinar con los organismos de cuenca la operación y actualización de la base de datos de los pagos realizados u omitidos por los contribuyentes con motivo del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, así como difundir los derechos y tarifas autorizados por la autoridad competente, a efecto de que se hagan del conocimiento de los usuarios en el ámbito nacional.

Substanciar los procedimientos administrativos inherentes al ejercicio de sus facultades de comprobación y, en general, del incumplimiento de las normas aplicables materia de su competencia.

Aprobar los aspectos técnicos de los programas de difusión sobre los trámites que deban realizar los contribuyentes en materia de cumplimiento de obligaciones fiscales de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Elaborar el informe estadísticos respecto de la evolución de la recaudación, con base en la información obtenida por la Coordinación General y la proporcionada por los organismos de cuenca.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

UNA MISIÓN

COMPROMISO

CULTURA DEL AGUA

 

 COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN 

INSTITUCIONAL, COMUNICACIÓN Y CULTURA  DEL AGUA 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Coordinación General de Atención Institucional, Comunicación y Cultura del Agua

Misión:

Promover y difundir la cultura del

agua, atender demandas ciudadanas,

prevenir conflictos sociales e informar

a la población sobre la situación del

recurso hídrico y el quehacer de la

Comisión Nacional del Agua.

Visión:

Ser una área estratégica de la

Comisión Nacional del Agua, que

contribuya a lograr la

corresponsabilidad de los tres órdenes

de gobierno y la sociedad en el cuidado

y preservación del agua, otorgándole

su valor social, económico y ambiental

a través de la gestión, concertación y

comunicación.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0.3 Coordinación General de Atención Institucional, Comunicación y Cultura del Agua

Objetivo:

Proponer, establecer y dirigir las políticas de comunicación y cultura del agua, para promover la participación social y gubernamental en la sustentabilidad del recurso hídrico, así como dar atención a las demandas y problemas relacionados con la gobernabilidad del agua, planteados por ciudadanos, organizaciones, legisladores y gobiernos locales.

Funciones:

Definir los criterios que permitan llevar a cabo actividades de difusión, comunicación, prensa y relaciones públicas de la Comisión Nacional del Agua.

Diseñar, ejecutar y supervisar el programa editorial de la Institución, acorde con los requerimientos de la Dirección General, subdirecciones generales, gerencias centrales, organismos de cuenca y direcciones locales.

Coordinar con las dependencias de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas, municipios y organismos no gubernamentales, la divulgación de la información Institucional, así como concertar y promover ésta ante los sectores social y privado.

Dirigir las acciones de comunicación social con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Secretaría de Gobernación y la Presidencia de la República, en apego a los lineamientos establecidos en la materia.

Supervisar y promover el uso adecuado de la imagen gráfica de la Institución y brindar asesoría para su correcto uso a quienes lo requieran.

Establecer los mecanismos para capturar, analizar y dar seguimiento a la cobertura informativa de los medios de comunicación impresos y electrónicos, respecto de los temas que competen a la Institución.

Diseñar, producir y coordinar los materiales que requieran las áreas sustantivas para la participación Institucional en ferias y exposiciones.

Elaborar boletines y otros materiales informativos, organizar conferencias de prensa y, en general, propiciar una presencia constante y oportuna de las acciones y programas de la Comisión Nacional del Agua en los medios masivos de comunicación.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

151

Realizar estudios de opinión en la población abierta, así como en audiencias específicas, para orientar labores de comunicación y acciones que requieran las áreas sustantivas.

Actuar como vocero oficial de la Comisión Nacional del Agua, acorde a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Gobernación.

Coordinar el levantamiento de imagen gráfica y videográfica, así como mantener, conservar y resguardar el banco fotográfico y videográfico.

Implementar acciones de promoción y difusión que contribuyan a fomentar entre la población el cuidado y buen uso del agua, promover la preservación de los recursos hídricos, así como sensibilizar a la población para que le otorgue el reconocimiento de su valor económico social y ambiental.

Fomentar e implementar acciones para fortalecer la cultura del agua, la apertura de los espacios de cultura del agua a nivel nacional, la capacitación y formación de promotores de cultura del agua, así como la producción de materiales didácticos y lúdicos.

Dar atención a las demandas planteadas por ciudadanos, organizaciones, legisladores y gobiernos locales, a través de la recepción, procesamiento, análisis y seguimiento de las mismas, lo cual requiere de la coordinación y concertación, tanto al interior de la institución como con otras dependencias para lograr una respuesta oportuna, eficiente, de calidad, con sentido social y de acuerdo al artículo 8º. Constitucional.

Atender y dar seguimiento a las demandas ciudadanas turnadas por la Presidencia de la República a través de la Red Federal de Servicio a la Ciudadanía, así como dar seguimiento hasta su cabal cumplimiento a los compromisos asumidos por el C. Presidente en sus diversas giras de trabajo por el interior de la República Mexicana.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 COORDINACIÓN GENERAL DE ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 

Y CONSEJOS DE CUENCA 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca

Misión:

Coordinar y evaluar los programas y

acciones de las direcciones generales de los

organismos de cuenca y direcciones locales,

coadyuvando al desarrollo de los consejos

de cuenca, proteger la infraestructura

hidráulica y brindar apoyo a la población en

los eventos hidrometeorológicos

extraordinarios, para consolidar la gestión

integrada del agua.

Visión:

Ser una unidad multidisciplinaria de

excelencia técnica y de gestión, con alta

vocación de servicio, que proporcione apoyo

eficiente, oportuno y confiable a los

organismos y consejos de cuenca.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

153

1.0.4 Coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca

Objetivo:

Organizar, integrar, normar, coordinar y evaluar las políticas, programas y proyectos de la Comisión Nacional del Agua en las direcciones generales de organismos de cuenca y en las direcciones Locales a fin de garantizar una eficiente atención de las emergencias en nuestro país, provocadas por los fenómenos hidrometeorológicos, así como fortalecer los consejos de cuenca con la participación de la sociedad civil, supervisando y evaluando la gestión de los organismos de cuenca y de las direcciones locales, para garantizar a la población civil que la calidad de los servicios que se brinden sean eficientes, eficaces y transparentes.

Funciones:

Coordinar las acciones operativas de la Comisión Nacional del Agua en las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales, así como supervisar y evaluar su funcionamiento y operación, con la participación corresponsable de las unidades administrativas centrales.

Definir y establecer criterios y lineamientos de coordinación entre las unidades administrativas de la Comisión Nacional del Agua y las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Definir criterios y lineamientos que deberán observar las direcciones generales de los organismos de cuenca y las direcciones locales para la concertación de acciones con los sectores social y privado, con base en la política sectorial que determine el Director General de la Comisión Nacional del Agua.

Participar en el diseño de acuerdos de coordinación y convenios de concertación de nivel sectorial que sean celebrados con los gobiernos estatales, municipales y demás organismos del Gobierno Federal, así como con organizaciones sociales y privadas.

Participar en la integración, difusión y mantenimiento del acervo normativo, así como proporcionar a los organismos de cuenca y direcciones locales las políticas y normas que emitan las unidades administrativas centrales.

Coparticipar en el diseño de programas, disposiciones y lineamientos de observancia general que emitan las unidades administrativas centrales, para asegurar la aplicación oportuna y garantizar su cumplimiento en las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

154

Definir e instrumentar sistemas de información estratégica y de evaluación en materia de política del agua de las regiones hidrológicas, de gestión de calidad y rendición de cuentas, así como de diagnóstico permanente de la organización, estructura y funcionamiento de las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Definir y proponer factores de organización y operación regional para dar expresión territorial al nuevo modelo institucional de la Comisión Nacional del Agua.

Definir y establecer las líneas de participación en el sistema de información estadística, financiera, presupuestal y de gestión de los servicios que prestan las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Coordinar la integración, supervisión y operación de los programas operativos anuales y los presupuestos respectivos de las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Promover la realización de eventos para el estudio, comprensión y difusión de la política del uso y conservación del agua del país a través de las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales.

Determinar y proponer al Director General de la Comisión Nacional del Agua, la adscripción administrativa de las direcciones locales a las direcciones generales de los organismos de cuenca, a efecto de atender los asuntos administrativos y operativos que competen a la Institución y cuyo tratamiento involucre una o varias regiones hidrológicas.

Coordinar el diseño e implantación del sistema de gestión de calidad y rendición de cuentas en las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales, así como establecer la metodología de evaluación del control interno para medir la eficiencia operativa de procesos.

Establecer mecanismos de gestión coordinada con las unidades administrativas centrales, para asegurar a las direcciones generales de los organismos de cuenca y direcciones locales el suministro oportuno de los recursos financieros a través de los oficios de liberación de inversión.

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1.0.4.1 Gerencia de Protección a la Infraestructura y Atención de Emergencias

Objetivo:

Coordinar el diseño y ejecución de los planes y programas encaminados a proporcionar seguridad física integral a las instalaciones hidráulicas a cargo de la Comisión Nacional del Agua, y brindar auxilio a la población afectada por fenómenos naturales o inducidos, principalmente de tipo hidrometeorológico.

Funciones:

Aprobar los proyectos de instrumentos administrativos relativos a la coordinación con los tres niveles de gobierno para la atención de emergencias; las obras y acciones que den seguridad física a la infraestructura hidráulica y en situaciones de emergencia hidrometeoro lógicas, sanitarias, químicas y telúricas, así como la prevención y atención de daños por efectos de inundación, sismos, erupción volcánica y otros fenómenos naturales o situaciones de emergencia.

Ejercer los actos de autoridad requeridos para atender las emergencias con la participación de las autoridades correspondientes.

Determinar daños en la infraestructura hidráulica, e informar de los mismos a la unidad administrativa del nivel nacional competente.

Identificar las obras y acciones necesarias para la atención y prevención de emergencias y solicitar su realización a las unidades administrativas competentes, del nivel nacional.

Vigilar la seguridad física de la infraestructura hidráulica y detectar daños con motivo de fenómenos hidrometeorológicos extremos.

Diseñar y establecer las estrategias de prevención y atención de emergencias derivadas de fenómenos hídricos en la infraestructura hidráulica.

Desarrollar los planes de acción para actuar en situaciones de emergencia, sanitaria o química, relacionadas con el agua, así como tratándose de aquéllas ocasionadas por fenómenos hidrometeorológicos extremos o telúricos, y las que se susciten derivadas de la operación de la infraestructura hidráulica.

Proyectar planes nacionales de operación para prevenir daños por efectos de inundación, sismos y desastres diversos, relacionados con el agua, atendiendo a los que formulen los organismos dentro de sus correspondientes circunscripciones territoriales.

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Coordinar las acciones necesarias con el Sistema Nacional de Protección Civil, en materia de prevención y atención de daños derivados de la presencia de fenómenos e infraestructura hídrica.

Conocer, analizar y evaluar los planes de emergencia regionales de operación para prevenir daños por efectos de inundación, sismos y desastres diversos, relacionados, en estos dos últimos casos con el agua, que formulen los organismos y apoyarlos en dicha formulación, cuando así lo soliciten.

Realizar, en forma permanente, la capacitación y adiestramiento al personal para la seguridad física de la infraestructura y atención de emergencias.

Formular planes nacionales de emergencia para integrar y coordinar brigadas, atendiendo a aquéllos que formulen los organismos dentro de la circunscripción de su competencia, así como analizarlos y evaluarlos.

Desarrollar, analizar y evaluar con los organismos de cuenca los proyectos de redes de radiocomunicación para la prevención y atención de emergencias.

Implementar un control documental de las acciones realizadas y resguardarlo en archivo como acervo de consulta.

Fomentar el intercambio tecnológico e informativo con dependencias y entidades afines, en lo relativo a seguridad y emergencias, principalmente de tipo hidrometeorológico.

Integrar un grupo de respuesta inmediata del nivel nacional, así como conocer de aquél que integren los organismos en sus respectivos ámbitos de competencia.

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1.0.4.2 Gerencia de Consejos de Cuenca

Objetivo:

Orientar y apoyar el desarrollo de los consejos de cuenca y de sus órganos auxiliares, para fortalecer la implicación activa de los usuarios, gobiernos estatales y municipales, así como de grupos organizados de la sociedad, en la gestión integrada del agua por cuenca y acuífero.

Funciones:

Apoyar la coordinación y concertación del perfeccionamiento o modificación de los consejos de cuenca, mediante lineamientos, formatos y asistencia técnico-normativa en materia de consejos de cuenca, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales.

Apoyar la implementación de capacitación en materia de consejos de cuenca, para los usuarios, organizaciones, representantes de los gobiernos federal, de las entidades federativas y municipales, así como de la sociedad organizada, para su participación en los consejos de cuenca y en sus órganos auxiliares y funcionales.

Apoyar la acreditación de los usuarios, organizaciones, representantes de los gobiernos federal, de las entidades federativas y municipales, así como de la sociedad organizada, para su participación en los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares, mediante lineamientos, formatos y asistencia técnico-normativa en materia de consejos de cuenca.

Formular y proponer procedimientos metodológicos, sistemas y guías operativas para el desarrollo de los consejos de cuenca y sus órganos auxiliares.

Promover mecanismos que sirvan para incrementar y mejorar los canales de comunicación entre los consejos de cuenca y los organismos de cuenca y direcciones locales, a fin de apoyar la difusión de lineamientos generales de política hídrica nacional, regional y por cuenca en los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares.

Apoyar la planeación y programación de las actividades de los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares, en el marco de los objetivos, estrategias y líneas de acción contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa Hídrico vigentes, así como en otros programas de gestión hídrica.

Compilar, analizar y proponer soluciones provenientes de los órganos administrativos de la Institución sobre los acuerdos, solicitudes, recomendaciones y propuestas hechas por

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los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares sobre los programas de la Comisión Nacional del Agua.

Dar seguimiento y evaluar la participación de los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares en la gestión del agua mediante la canalización a las unidades administrativas del nivel Nacional la información que proporcionen los organismos de cuenca en lo referente a programas de la Comisión Nacional del Agua, los estudios de disponibilidad y conservación de la calidad del agua, el saneamiento de las cuencas, microcuencas, acuíferos y cuerpos de agua y los servicios de agua en los diferentes usos, entre otros.

Dar seguimiento y evaluar la participación de los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares mediante la canalización a las unidades administrativas del nivel Nacional de la información que proporcionen los organismos de cuenca en lo referente a los estudios de valoración económica, ambiental y social del agua; la instrumentación del Sistema Financiero del Agua, los estudios financieros para proponer los montos de las contribuciones en apoyo al financiamiento de los programas, la vigilancia de los aprovechamientos de agua y al mejoramiento de la cultura del agua.

Suscribir, en casos específicos, acuerdos y convenios con dependencias, entidades e instituciones federales, las entidades federativas y los municipios, así como con la sociedad organizada y los consejos de cuenca, tratándose de las acciones que en materia de consejos de cuenca le corresponda realizar a la Gerencia de Consejos de Cuenca, de conformidad con la ley.

Integrar el registro documental, actualizarlo y compilar la documentación respectiva con su información y la que le proporcionen los organismos o las demás unidades administrativas de la Institución, de los estudios básicos para la creación, orientación y fortalecimiento de los consejos de cuenca.

Apoyar la implementación del registro de las actas de instalación, modificación y perfeccionamiento de los consejos de cuenca, así como de actas de instalación o modificación de órganos auxiliares y funcionales.

Apoyar a los consejos de cuenca en la formulación de sus reglas generales de integración, organización y funcionamiento, mediante lineamientos y asistencia técnico-normativa en materia de consejos de cuenca, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Aguas Nacionales.

Formular y proponer mecanismos que promuevan la participación de los consejos de cuenca y sus órganos auxiliares en la elaboración, aprobación y ejecución de programas de gestión integrada del agua por cuenca hidrológica, subcuenca, microcuenca y acuífero.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Otorgar asistencia técnica-normativa a las áreas correspondientes de los organismos de cuenca y direcciones locales, para apoyar el cumplimiento de la programación anual de actividades de los consejos de cuenca y sus órganos auxiliares y funcionales.

Proponer los proyectos de acuerdos y convenios con dependencias, entidades e instituciones federales, las entidades federativas y los municipios, así como con la sociedad organizada y los consejos de cuenca, tratándose de las acciones que en materia de consejos de cuenca le corresponda realizar a la Gerencia de Consejos de Cuenca, de conformidad con la ley.

Apoyar la implementación de capacitación en materia de consejos de cuenca, al personal vinculado al programa de consejos de cuenca de la Comisión Nacional del Agua, organismos de cuenca y direcciones locales.

Formular y proponer mecanismos de manejo de información y comunicación para propiciar la participación informada de los integrantes de los consejos de cuenca y sus órganos auxiliares.

Gestionar la realización de estudios y consultorías sobre participación social en apoyo al fortalecimiento y consolidación de los consejos de cuenca y sus órganos auxiliares y funcionales.

Proponer a los organismos de cuenca la participación activa de las dependencias y entidades de los tres órdenes de gobierno, usuarios del agua, sociedad organizada, academia y organizaciones no gubernamentales, en la elaboración, aprobación y ejecución de los programas de gestión integrada del agua por cuenca hidrológica, subcuenca, microcuenca, acuíferos y playas, de los consejos de cuenca y sus órganos funcionales y auxiliares.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 DIRECCIÓN GENERAL DE 

 ORGANISMO DE CUENCA 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Dirección General de Organismo de Cuenca 

Misión:  

Administrar y preservar las aguas nacionales 

en  su  ámbito  regional  hidrológico 

administrativo,  con  la  participación  de  la 

sociedad, para el uso sustentable del recurso 

y el desarrollo integral. 

 

Visión: 

Ser una entidad de calidad técnica con autonomía 

administrativa y  financiera en  la gestión  integral 

del  agua,  con  la  participación  de  los  usuarios 

organizados. 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0.5.0  Dirección  General  de Organismo de Cuenca  

Objetivo:  

Planear,  organizar,  dirigir  y  controlar  las  acciones  de  la  Comisión Nacional  del  Agua  en  la región hidrológico‐administrativa de  su  competencia, mediante  la programación, ejecución, control y evaluación del Programa Hídrico Regional conforme a la legislación aplicable, para la administración, preservación, uso y reuso sustentable del recurso agua, incluyendo los bienes públicos inherentes. 

Funciones:    

• Aplicar y cumplir las políticas, normas, procedimientos, programas de trabajo, indicadores de gestión y metas que emitan las autoridades del nivel nacional y regional,  informando del cumplimiento de las mismas. 

• Ejercer la autoridad técnica, operativa, administrativa y jurídica especializada en la región hidrológico‐administrativa  de  su  circunscripción  en  lo  concerniente  a  la  gestión  de  los recursos hídricos y a  la administración, gestión y custodia de  las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes. 

• Representar legalmente a la Comisión Nacional del Agua, en los procedimientos judiciales y administrativos en que intervenga, en la circunscripción territorial que le corresponda. 

• Administrar  y  controlar  los  bienes  y  recursos  humanos,  materiales,  financieros  y  de informática y telecomunicaciones asignados al Organismo de Cuenca. 

• Integrar y proponer  la planificación hídrica de  la región hidrológico‐administrativa de su circunscripción  y  el  Programa  Hídrico  Regional,  los  programas  hídricos  por  cuenca hidrológica o grupos de cuencas en las que operen Consejos de Cuenca. 

• Proponer  para  el  ámbito  de  su  competencia  los  proyectos  de  decreto  de  zonas reglamentadas, de veda y de reserva de aguas nacionales; de reglamentos para el control de  la  extracción  y  explotación,  uso  o  aprovechamiento  de  las  aguas  nacionales,  superficiales o del subsuelo, y sobre la determinación de cuotas de garantía.  

• Proponer  los  acuerdos  para  la  creación  y  establecimiento  de  distritos  de  riego  y  de temporal  tecnificado,  así  como  unidades  de  riego  o  drenaje  del  ámbito  de  su competencia. 

• Proporcionar la información del cumplimiento de las facultades, atribuciones y funciones a su cargo, cuando sean objeto de descentralización y de celebración de convenios de  

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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coordinación con las entidades federativas y los municipios, o de convenios de concertación con los sectores social y privado y demás instrumentos análogos.

Proponer al Director General de la Comisión Nacional del Agua, a través de las instancias correspondientes, la expedición y modificación de los manuales, lineamientos, guías operativas y demás instrumentos normativos, a fin de mejorar y simplificar los trámites y servicios.

Promover ante las instancias correspondientes la formulación de normas oficiales mexicanas.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto, conforme al Programa Operativo Anual formulado previamente por el Organismo de Cuenca, e informar a las autoridades nacionales el ejercicio del presupuesto asignado.

Presentar propuestas para la integración del manual de organización de la Comisión Nacional del Agua en su nivel regional hidrológico-administrativo, así como en materia de los procedimientos y servicios.

Elaborar el Programa de Capacitación del Organismo de Cuenca y proponer planes de profesionalización.

Elaborar propuestas para la creación, modificación, organización, fusión o extinción de las unidades administrativas adscritas al Organismo de Cuenca a su cargo.

Dirigir y realizar directamente o a través de terceros los proyectos, estudios de factibilidad, construcción, modernización, rehabilitación y operación, conservación y mantenimiento de obras hidráulicas federales y sus complementarias y verificar dichas obras en el ámbito regional hidrológico-administrativo.

Dirigir las acciones para fomentar y apoyar el desarrollo de sistemas urbanos y rurales de agua potable, alcantarillado, saneamiento, tratamiento, recirculación y reuso de las aguas nacionales, los de riego, temporal tecnificado o de drenaje y los de control de avenidas y protección contra inundaciones, así como para el aprovechamiento integral del agua, su regulación y control y preservación de su cantidad y calidad y verificar dichas obras en el ámbito regional hidrológico-administrativo.

Administrar los bienes nacionales y sus bienes públicos inherentes en el ámbito de la región hidrológico-administrativa.

Celebrar y suscribir acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios en el ámbito de la región hidrológico-administrativa de su circunscripción.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Integrar y presidir en el ámbito de operación del organismo de cuenca los subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y de obra pública.

Atender las solicitudes presentadas ante el organismo y expedir títulos de concesión o asignación, autorizaciones, permisos y certificados respecto de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables.

Operar el programa de verificación e inspección; calificar las infracciones a la Ley y demás normas aplicables e imponer las sanciones que procedan en la región hidrológico-administrativa de su circunscripción.

Ordenar y ejecutar la clausura de la explotación, uso o aprovechamiento ilegal de aguas nacionales, así como de las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional que se realicen sin sujetarse a las disposiciones aplicables.

Remover y demoler las obras de infraestructura cuando se realicen en contravención de las disposiciones jurídicas aplicables.

Aplicar en el ámbito del Organismo de Cuenca las medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas, preventivas, provisionales y de carácter precautorio, con la intervención que corresponda a otras autoridades competentes.

Aprobar estudios sobre la valoración económica y financiera del agua y comunicarlos a la Subdirección General de Administración del Agua.

Ejercer las facultades de medición y promover el uso eficiente del agua, y de la energía eléctrica para fines agrícolas en la región hidrológico-administrativa.

Proponer programas para la adquisición e instalación de medidores volumétricos y estructuras aforadoras en unidades y distritos de riego.

Ordenar y practicar procedimientos de inspección y supervisión de obras de infraestructura hidroagrícola, maquinaria y equipo.

Evaluar el desempeño de las unidades y distritos de riego, unidades de drenaje y distritos de temporal tecnificado, así como de las organizaciones de usuarios que las administren.

Supervisar el monitoreo electromecánico de presas y plantas de bombeo que se encuentren bajo su administración.

Autorizar técnicamente los reglamentos de distritos de riego, distritos de temporal tecnificado, unidades de riego y de drenaje y resolver sobre su fusión, escisión, redimensionamiento y los asuntos que tengan relación con su administración y operación.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Integrar y actualizar los padrones de distritos de riego, distritos de temporal tecnificado y unidades de riego y de drenaje con la información que los usuarios proporcionen.

Integrar los inventarios de la infraestructura, maquinaria y equipos que se encuentren bajo su administración.

Otorgar los apoyos y operar los programas a cargo de la Comisión Nacional del Agua previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el ámbito del Organismo de Cuenca.

Celebrar y suscribir los anexos de ejecución y técnicos y aplicar en las unidades y distritos de riego y de temporal tecnificado las reglas de operación, los manuales y bases técnicas y dar seguimiento.

Aprobar las cuotas de autosuficiencia; recaudar las cuotas por suministro de agua en bloque, e intervenir en la atención y solución de problemas y conflictos por la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales o conservación de la infraestructura en las unidades y distritos de riego y de temporal tecnificado de su jurisdicción.

Determinar la dotación de volúmenes de agua para uso público urbano.

Participar en la prevención y atención de emergencias causadas por fenómenos hidrometeorológicos extremos, cuando afecten centros de población; aplicar y dar seguimiento a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, y formular los libros blancos correspondientes, de conformidad con los instrumentos administrativos que al efecto se emitan.

Conciliar y fungir, a petición de los usuarios, como árbitro en la solución de conflictos relacionados con el agua y sus bienes públicos inherentes en el ámbito de la región hidrológica administrativa.

Representar a la Comisión Nacional del Agua en el ámbito de competencia del Organismo de Cuenca e intervenir en procedimientos o instancias administrativas, juicios y cualquier otro procedimiento jurisdiccional o administrativo.

Participar en procedimientos de expropiación, indemnización y regularización jurídica de inmuebles cuya administración corresponda a la Comisión Nacional del Agua.

Realizar estudios de disponibilidad en la cuenca hidrológica, subcuencas o acuíferos, estudios técnicos o sobre los usos de las aguas nacionales, monitoreo, prospección, evaluación, simulación y manejo de las mismas, así como proyectos de recarga artificial, transferencia de tecnología y demás acciones tendientes a incrementar la disponibilidad

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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de aguas subterráneas, y respecto de dictámenes de nuevos aprovechamientos de aguas nacionales superficiales, subterráneos y bienes públicos inherentes.

Dirigir la operación de redes de monitoreo de niveles y calidad de agua subterránea, procesar los datos obtenidos, interpretarlos e incorporarlos al Sistema Regional de Información.

Planear, desarrollar, promover y actualizar el Sistema Regional de Información.

Operar el Sistema Financiero del Agua en el ámbito del Organismo de Cuenca e integrar y dar seguimiento a los programas que se realicen con crédito externo y otros mecanismos de financiamiento, conforme a la legislación aplicable.

Determinar, liquidar, cobrar, recaudar y fiscalizar las contribuciones y aprovechamientos en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, conforme a lo dispuesto en las disposiciones fiscales aplicables e instrumentos administrativos que emitan las autoridades nacionales.

Apoyar a los Consejos de Cuenca y participar, valorar e implementar las acciones y acuerdos de los mismos, de conformidad con las disposiciones aplicables.

Realizar y evaluar el registro de lluvias, escurrimientos, almacenamientos, sedimentos y evolución de presas en el ámbito de la región hidrológico-administrativa, actualizando los censos de captaciones de aguas subterráneas.

Regular y controlar las aguas nacionales y determinar el volumen de las mismas para los diversos usos.

Instalar redes hidroclimatológicas de aguas superficiales, mantenerlas, operarlas y modernizarlas, e instalar obras civiles e instalaciones convencionales o telemáticas, así como realizar el registro de datos hidroclimatológicos.

Dirigir el Sistema Regional de Información Hidroclimatológicas y el Banco de Datos a tiempo real o histórico que sirvan como base del Sistema Nacional de Información de cantidad, usos y conservación del agua superficial y subterránea.

Realizar proyectos de clasificación y cuantificación de los cuerpos de agua y humedales, así como el monitoreo sistemático y permanente de la calidad de las aguas nacionales en la región hidrológico-administrativa.

Controlar y operar las redes de monitoreo de niveles y calidad de las aguas subterráneas, así como procesar los datos que se obtengan, interpretarlos e incorporarlos al Sistema Regional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Dictaminar sobre la procedencia técnica de las solicitudes de los usuarios respecto los aprovechamientos de aguas superficiales, así como para la autorización de construcción y modificación de obras en cauces, vasos y zonas federales.

Elaborar estudios para delimitar y demarcar las zonas federales de cauces y cuerpos de agua de propiedad nacional.

Instalar, mantener, operar y modernizar la red de observatorios meteorológicos de superficie.

Dirigir las acciones ejecutivas y operativas del Organismo de Cuenca en la región hidrológico-administrativa de su competencia en materia de comunicación social, atención institucional y cultura del agua.

Realizar estudios, encuestas y sondeos en los temas de su competencia, relacionados con las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Proporcionar a las autoridades nacionales la información que se requiera en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Solicitar a las autoridades federales, de las entidades federativas y de los municipios, así como a los concesionarios, asignatarios y cualquier otro particular, la documentación e información necesarias para el ejercicio de sus facultades.

Expedir las constancias de hechos correspondientes, así como emitir certificaciones de los expedientes o de los documentos que obren en éstos, relativos a los asuntos de su competencia, con sujeción a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás leyes y disposiciones aplicables, previo el pago de los derechos correspondientes.

Organizar, concentrar y conservar los archivos y documentos oficiales del Organismo de Cuenca.

Proporcionar, dentro del límite de sus atribuciones y conforme a las disposiciones aplicables, información y datos a las autoridades federales, a las entidades federativas y a los municipios que se encuentren dentro de su circunscripción, así como cooperación técnica, cuando cuenten con recursos para tal efecto.

Establecer en el marco del Programa Nacional Hídrico y de los programas regionales hídricos que le corresponda, los mecanismos de comunicación y coordinación que se requieran para la realización de las acciones tendientes a promover el desarrollo de los programas de su competencia.

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Designar a los abogados del Organismo de Cuenca que serán autorizados o acreditados como delegados por las autoridades responsables de la Comisión, así como dirigirlos en los juicios, procedimientos y en los asuntos de su competencia.

Conocer los resultados de la evaluación del cumplimiento de sus atribuciones; formular las aclaraciones que procedan, y tomar las medidas necesarias para su cumplimiento, dentro de los plazos que establezca el Director General de la Comisión Nacional del Agua.

Fungir como Secretario Técnico del Consejo Consultivo del Organismo de Cuenca a su cargo, así como de los Consejos de Cuenca dentro de su circunscripción, y realizar las acciones necesarias para convocar a las sesiones de los mismos y proporcionar los informes que le sean solicitados por el Consejo Consultivo.

Proponer y realizar acciones de innovación, calidad y mejora de procesos en el ámbito del Organismo de Cuenca y promover la participación de las unidades administrativas a su cargo para la obtención de reconocimientos, premios o estímulos estatales y nacionales en la materia.

Acordar y resolver los asuntos de su competencia, y conceder audiencia al público, así como recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las direcciones que les estén adscritas y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno.

Desempeñar las comisiones y demás funciones que dentro de la competencia del Organismo de Cuenca, que les confiera el Director General de la Comisión y las disposiciones jurídicas aplicables.

Dirigir el Registro Público de Derechos de Agua en la región hidrológico-administrativa de su circunscripción; coordinar y supervisar las funciones operativas, ejecutivas y administrativas; y remitir la información relativa a los registros que realice, para su integración en el Registro Público Nacional de Derechos de Agua.

Promover y coordinar la participación de los Organismos de Cuenca del agua y de la sociedad competente, para contribuir a la consolidación, y en su caso, a la creación de los organismos vinculados a la problemática del agua en sus diversos usos.

Promover la participación social en las políticas públicas referentes al agua y presentar a la comunidad las acciones de cultura del agua.

Elaborar los programas de emergencia, para posibles contingencias por fenómenos hidrometeorológicos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Dar cumplimiento en el ámbito de competencia del Organismo de Cuenca, al “Acuerdo por el que se delegan atribuciones a las unidades administrativas que en el mismo se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2007.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL  

 

 

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

 

 

 

 

 

 

 

DIRECCIÓN LOCAL 

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Dirección Local

Misión:

Administrar y preservar las aguas nacionales y

bienes inherentes con la participación de la

sociedad para propiciar el desarrollo y uso

sustentable del recurso, en el ámbito estatal

de su competencia.

Visión:

Ser una institución líder con alto nivel técnico, con

personal calificado y actitud de servicio, que

ejerce autoridad y proporciona servicios de

calidad a una sociedad corresponsable en la

administración y aprovechamiento sustentable

del agua.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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1.0.6.0 Dirección Local

Objetivo:

Coordinar la ejecución de las políticas de la Comisión Nacional del Agua en la entidad federativa de su competencia y el Programa Hídrico Estatal, así como la operación de la infraestructura hidráulica y administración de las aguas nacionales en cuanto a su calidad, distribución, uso y aprovechamiento eficiente.

Funciones:

Aplicar y cumplir las políticas, normas, procedimientos, programas de trabajo, indicadores de gestión y metas que emitan las autoridades del nivel nacional y regional, informando del cumplimiento de las mismas.

Recibir las peticiones, solicitudes y promociones que se formulen, tanto en lo concerniente al ejercicio de sus atribuciones, al de los organismos de cuenca que queden comprendidos dentro de su circunscripción, así como de la Comisión Nacional del Agua, así como turnarlas a la unidad administrativa competente para su resolución.

Ejercer la autoridad técnica, operativa, administrativa y jurídica especializada en la entidad federativa que le corresponda en lo concerniente a la gestión integrada de los recursos hídricos y a la administración, gestión y custodia de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes y apoyar a los organismos de cuenca cuya circunscripción territorial quede comprendida dentro de la entidad federativa en que se encuentre su sede.

Representar legalmente a la Comisión Nacional del Agua en los procedimientos judiciales y administrativos en que intervenga, en la entidad federativa que le corresponda.

Administrar y controlar los recursos humanos, financieros, materiales y de informática y telecomunicaciones asignados a la Dirección Local.

Integrar la planificación hídrica de la entidad federativa y el Programa Hídrico Estatal.

Proponer para el ámbito de su competencia los proyectos de decreto de zonas reglamentadas, de veda y de reserva de aguas nacionales; de reglamentos para el control de la extracción y explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, superficiales o del subsuelo, y sobre la determinación de cuotas de garantía.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Proponer los acuerdos para la creación y establecimiento de distritos de riego y de temporal tecnificado, así como unidades de riego o drenaje del ámbito de su competencia.

Proponer al Director General de la Comisión Nacional del Agua, a través de las instancias correspondientes, la expedición y modificación de los manuales, lineamientos, guías operativas y demás instrumentos normativos, a fin de mejorar y simplificar los trámites y servicios.

Promover y proponer ante las instancias correspondientes, la formulación de normas oficiales mexicanas.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la dirección local, conforme al Programa Operativo Anual, formulado previamente por la Dirección Local.

Presentar propuestas para la integración del manual de organización de la Comisión Nacional del Agua en su nivel estatal, así como en materia de los procedimientos y servicios.

Elaborar el Programa de Capacitación de la Dirección Local y proponer planes de profesionalización.

Elaborar propuestas para la creación, modificación, organización, fusión o extinción de las unidades administrativas adscritas a la Dirección Local.

Coordinar y realizar directamente o a través de terceros los proyectos, estudios de factibilidad técnica, socioeconómica y ambiental, proyecto ejecutivo; construcción, modernización, rehabilitación y operación, conservación y mantenimiento de obras hidráulicas federales y, sus complementarias y verificar dichas obras en la entidad federativa.

Coordinar y realizar directamente o a través de terceros los proyectos, estudios de factibilidad técnica, socioeconómica y ambiental, proyecto ejecutivo; construcción, modernización, rehabilitación y operación, conservación y mantenimiento de obras hidráulicas federales y, sus complementarias y verificar dichas obras en la entidad federativa.

Administrar los bienes nacionales y sus bienes públicos inherentes en el ámbito de la entidad federativa.

Celebrar y suscribir en los diversos niveles de gobierno de la entidad federativa, acuerdos, convenios de coordinación, anexos de ejecución y demás instrumentos jurídicos, para el

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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debido cumplimiento de los programas, acciones o proyectos de la Comisión Nacional del Agua, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Integrar y participar en los subcomités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, y de obra pública.

Atender las solicitudes presentadas ante la Dirección Local y expedir títulos de concesión o asignación, autorizaciones, permisos y certificados respecto de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables.

Operar el programa de verificación e inspección; calificar las infracciones a la Ley y demás normas aplicables e imponer las sanciones que procedan en el ámbito de la entidad federativa.

Practicar notificaciones de resoluciones o actos de las autoridades del nivel nacional y regional a las personas y a los usuarios cuyo domicilio se encuentre en la entidad federativa de su sede.

Ordenar y ejecutar formal y materialmente las resoluciones y acuerdos para la clausura de la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, así como de las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional que se realicen sin sujetarse a la Ley de Aguas Nacionales, su reglamento y demás disposiciones aplicables.

Remover y demoler las obras de infraestructura cuando se realicen en contravención a las disposiciones jurídicas aplicables.

Aplicar en el ámbito de la Dirección Local las medidas de apremio, de seguridad, de urgente aplicación, correctivas, preventivas, provisionales y de carácter precautorio, con la intervención que corresponda, en su caso, a otras autoridades competentes.

Participar en la instrumentación y operación del Sistema Financiero del Agua.

Realizar estudios sobre la valoración económica y financiera del agua y comunicarlos al Organismo de Cuenca correspondiente.

Ejercer las facultades de medición y promover el uso eficiente del agua, y de la energía eléctrica para fines agrícolas en la entidad federativa.

Proponer programas para la adquisición e instalación de medidores volumétricos y estructuras aforadoras en unidades y distritos de riego.

Ordenar y practicar procedimientos de inspección y supervisión de obras de infraestructura hidroagrícola, maquinaria y equipo.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Evaluar el desempeño de las unidades y distritos de riego, unidades de drenaje y distritos de temporal tecnificado, así como de las organizaciones de usuarios que las administren.

Supervisar el monitoreo electromecánico de presas y plantas de bombeo que se encuentren bajo su administración.

Emitir opinión técnica sobre los reglamentos de distritos de riego, distritos de temporal tecnificado, unidades de riego y de drenaje y resolver sobre su fusión, escisión, redimensionamiento y los asuntos que tengan relación con su administración y operación.

Integrar y actualizar los padrones de distritos de riego, distritos de temporal tecnificado y unidades de riego y de drenaje con la información que los usuarios proporcionen.

Integrar los inventarios de la infraestructura, maquinaria y equipos que se encuentren bajo su administración.

Aplicar los apoyos y operar los programas a cargo de la Comisión previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el ámbito de la entidad federativa.

Celebrar y suscribir anexos de ejecución y técnicos y aplicar en las unidades y distritos de riego y de temporal tecnificado las reglas de operación, los manuales y bases técnicas y dar seguimiento.

Proponer las cuotas de autosuficiencia; recaudar las cuotas por suministro de agua en bloque, e intervenir en la atención y solución de problemas y conflictos por la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas nacionales o conservación de la infraestructura en las unidades y distritos de riego y de temporal tecnificado de la entidad federativa.

Proponer la dotación de volúmenes de agua para uso público urbano.

Participar en la prevención y atención de emergencias causadas por fenómenos hidrometeorológicos extremos, cuando afecten centros de población; aplicar y dar seguimiento a los recursos del Fondo de Desastres Naturales, en el ámbito de su competencia; y formular los libros blancos correspondientes, de conformidad con los instrumentos administrativos que al efecto se emitan.

Conciliar y fungir, a petición de los usuarios, como árbitro en la solución de conflictos relacionados con el agua y sus bienes públicos inherentes en el ámbito de la Dirección Local.

Representar a la Comisión Nacional del Agua en el ámbito de competencia de la Dirección Local e intervenir en procedimientos administrativos.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Participar en procedimientos de expropiación, indemnización y regularización jurídica de inmuebles cuya administración corresponda a la Comisión.

Apoyar la realización de estudios de disponibilidad en la cuenca hidrológica, subcuencas o acuíferos, estudios técnicos o sobre los usos de las aguas nacionales, monitoreo, prospección, evaluación, simulación y manejo de las mismas, así como proyectos de recarga artificial, transferencia de tecnología y demás acciones tendientes a incrementar la disponibilidad de aguas subterráneas, y respecto de dictámenes de nuevos aprovechamientos de aguas nacionales superficiales.

Operar las redes de monitoreo de niveles y calidad de agua subterránea, procesar los datos obtenidos, interpretarlos e informar al Organismo de Cuenca que corresponda.

Operar en su ámbito de competencia lo relacionado con el Sistema Regional de Información.

Operar el Sistema Financiero del Agua en el ámbito de la Dirección Local e integrar y dar seguimiento a los Programas que se realicen con crédito externo y otros mecanismos de financiamiento, conforme a la legislación aplicable.

Determinar, liquidar, cobrar, recaudar y fiscalizar las contribuciones y aprovechamientos en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, conforme a las disposiciones fiscales aplicables e instrumentos administrativos que emitan las autoridades nacionales.

Realizar las acciones que defina el Organismo de Cuenca para apoyar a los Consejos de Cuenca y sus Órganos Auxiliares.

Realizar y evaluar el registro de lluvias, escurrimientos, almacenamientos, sedimentos y evolución de presas en el ámbito de la entidad federativa, actualizando los censos de captaciones de aguas subterráneas.

Regular y controlar el aprovechamiento de las aguas nacionales considerando el volumen autorizado para los diversos usos y reusos; otorgar permisos de obra en cauces y zonas federales; emitir dictámenes técnicos para el otorgamiento de permisos internos de construcción de obras en cauces y zonas federales, y formular y realizar los aspectos y trabajos técnicos en materia de delimitación y demarcación de zonas federales.

Proponer las delimitaciones geográficas y homologación de regiones hidrológicas, cuencas, subcuencas y microcuencas en que se divida la entidad federativa de su competencia.

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MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL

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Realizar el inventario estatal de presas, incluyendo los aspectos correspondientes a su seguridad.

Instalar redes hidroclimatológicas de aguas superficiales, mantenerlas, operarlas y modernizarlas, e instalar obras civiles e instalaciones convencionales o telemáticas, así como realizar el registro de datos hidroclimatológicos.

Enviar los informes que le correspondan a fin de que se integren al Sistema Regional de Información.

Realizar la clasificación y cuantificación de los cuerpos de agua y humedales, así como el monitoreo sistemático y permanente de la calidad de las aguas nacionales en la entidad.

Operar las redes de monitoreo de niveles y calidad de las aguas subterráneas, así como procesar los datos que se obtengan, interpretarlos e incorporarlos al Sistema Regional de Información sobre cantidad, calidad, usos y conservación del agua.

Realizar estudios, encuestas y sondeos en los temas de su competencia, relacionados con las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes.

Remitir a las instancias correspondientes, la información que se requiera en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Solicitar a las autoridades federales, estatales y municipales, así como a los concesionarios, asignatarios y cualquier otro particular, la documentación e información necesarias para el ejercicio de sus facultades.

Expedir las constancias de hechos correspondientes, así como emitir certificaciones de los expedientes o de los documentos que obren en éstos, relativos a los asuntos de su competencia, con sujeción a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y demás leyes y disposiciones aplicables, previo el pago de los derechos correspondientes.

Operar los sistemas de correspondencia y organizar, concentrar y conservar los archivos y documentos oficiales de la Dirección Local.

Proporcionar, dentro del límite de sus atribuciones y conforme a las disposiciones aplicables, información y datos a las autoridades federales, a las entidades federativas y a los municipios que se encuentren dentro de su circunscripción, así como cooperación técnica, cuando cuenten con recursos para tal efecto.

Colaborar con el (los) Organismo (s) de Cuenca al (los) que está circunscrito, al establecimiento en el marco del Programa Nacional Hídrico y de los Programas Regionales Hídricos que le correspondan, los mecanismos de comunicación y coordinación que se

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requieran para la realización de las acciones tendientes a promover el desarrollo de los programas de su competencia.

Designar a los abogados de la Dirección Local que serán autorizados o acreditados como delegados por las autoridades responsables de la Comisión Nacional del Agua, así como dirigirlos en los juicios, procedimientos y en los asuntos de su competencia.

Conocer los resultados de la evaluación del cumplimiento de sus atribuciones; formular las aclaraciones que procedan, y tomar las medidas necesarias para su cumplimiento, dentro de los plazos que establezca el Director General de la Comisión o del Organismo de Cuenca correspondiente.

Proponer y realizar acciones de innovación y calidad y mejora de procesos en el ámbito de la Dirección Local y promover la participación de las unidades administrativas a su cargo para la obtención de reconocimientos, premios o estímulos estatales y nacionales en la materia.

Acordar y resolver los asuntos de su competencia, y conceder audiencia al público, así como recibir en acuerdo ordinario a los titulares de las unidades administrativas que les estén adscritas y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno.

Desempeñar las comisiones y demás funciones que dentro de la competencia de la Dirección Local les confiera el Director General de la Comisión Nacional del Agua, el Director General del Organismo de Cuenca correspondiente y las disposiciones jurídicas aplicables.

Proporcionar información y brindar orientación y asistencia a los particulares y a los usuarios en aspectos administrativos y fiscales, respecto de los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios correspondientes, conforme a las disposiciones aplicables.

Atender y dar seguimiento a las demandas y solicitudes de los gobernadores y presidentes municipales, grupos sociales y de la sociedad organizada e informarles al respecto.

Recibir solicitudes de inscripción de actos en el Registro Público Regional de Derechos de Agua y remitirlas al Organismo de Cuenca correspondiente.

Coordinar la operación de los sistemas de observación meteorológica en la entidad federativa, analizar la información y vigilar permanentemente los fenómenos meteorológicos; elaborar los avisos necesarios para evitar en lo posible afectaciones a la población, y difundir en forma oportuna el pronóstico del tiempo a los sistemas estatales de protección civil.

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Dar cumplimiento en el ámbito de la entidad federativa, al artículo 2 del “Acuerdo por el que se Delegan Atribuciones a las Unidades administrativas que en el mismo se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de octubre de 2007.

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 TITULARES DE LAS UNIDADES 

 ADMINISTRATIVAS  

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Titulares de las unidades administrativas Dirección General  Ing. José Luis Luege Tamargo 

Órgano Interno de Control  Lic. Rafael Reyes Guerra 

Subdirección General de Administración  Ing. Raúl Alberto Navarro Garza 

Subdirección General de Administración del Agua  Lic. Roberto Anaya Moreno 

Subdirección  General  de  Infraestructura Hidroagrícola 

Ing. Sergio Soto Priante 

Subdirección General  de  Agua  Potable, Drenaje  y Saneamiento 

Ing. José Ramón Ardavín Ituarte 

Subdirección General Jurídica  Lic. Jesús Becerra Pedrote 

Subdirección General de Programación Ing.  José  Antonio  Rodríguez Tirado 

Subdirección General Técnica  Dr. Felipe Ignacio Arreguín Cortés 

Coordinación  General  de  Revisión  y  Liquidación Fiscal 

Lic. Jorge Luis Martínez Díaz (ENC) 

Coordinación  General  de  Atención  Institucional, Comunicación y Cultura del Agua 

M.C.C.  Heidi  Gertud  Storsberg Montes 

Coordinación General de Atención de Emergencias y Consejos de Cuenca 

Lic. Raúl Vázquez Osorio 

Coordinación  General  del  Servicio  Meteorológico Nacional 

Dr.  Moisés  Michel  Rosengaus Moshinsky 

Organismo de Cuenca Aguas del Valle de México  Ing. Efrén Villalón Figaredo 

Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte  Ing. Oscar Gutiérrez Santana 

Organismo de Cuenca Noroeste  Ing.  Roberto  Fernando  Salmón Castelo 

Organismo de Cuenca Golfo Norte  Ing.  Roberto  Francisco  Schuldes Dávila 

Organismo de Cuenca Golfo Centro  Lic. Víctor Manuel Esparza Pérez 

Organismo de Cuenca Península de 

Yucatán 

Lic. Sergio Augusto Chan Lugo 

Organismo de Cuenca Península de Baja California   Lic. Ismael Grijalva Palomino 

Organismo de Cuenca Pacífico Norte  Lic. Jorge Miguel Ramírez Pérez 

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Organismo de Cuenca Balsas Ing. Juan Carlos Valencia Vargas

Organismo de Cuenca Pacífico Sur Ing. Álvaro Demetrio Jarquín Rojas

Organismo de Cuenca Río Bravo Ing. Pedro Garza Treviño

Organismo de Cuenca Lerma Santiago Pacífico Ing. Raúl Antonio Iglesias Benítez

Organismo de Cuenca Frontera Sur Ing. José Raúl Saavedra Horita

Dirección Local Aguascalientes Ing. Julio César Medina Delgado

Dirección Local Baja California Sur Ing. Celso Castro Sánchez

Dirección Local Campeche Ing. Juan Carlos Lavalle Pinzón

Dirección Local Chihuahua Ing. Sergio Alfonso Cano Fonseca

Dirección Local Coahuila Lic. José Guillermo Barrios Gutiérrez

Dirección Local Colima C. Gerardo Hernández Cervantes

Dirección Local Durango Ing. Jorge Armando Nevárez Montelongo

Dirección Local Estado de México Ing. José Marcos Aguilar Moreno

Dirección Local Guanajuato C.P. Felipe Polo Hernández

Dirección Local Guerrero Lic. José Luis Matia Sandoval

Dirección Local Hidalgo Ing. Modesto Arón Mendoza Gutiérrez

Dirección Local Michoacán Ing. Pedro Aguilar Aguilar

Dirección Local Nayarit Dr. Rafael Orozco Martínez

Dirección Local Puebla Lic. Manuel Beristaín Gómez

Dirección Local Querétaro Ing. Sergio Loustaunau Velarde

Dirección Local Quintana Roo Ing. Salvador Arizmendi Guadarrama

Dirección Local San Luis Potosí Ing. Ricardo Eugenio Garza Blanc

Dirección Local Tabasco Lic. Omar Celin Komukai Puga

Dirección Local Tlaxcala Ing. Carlos Morales Badillo

Dirección Local Zacatecas Ing. José Mario Esparza Villalobos

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Para su actualización y/o comentarios por favor envíe un correo electrónico a:  [email protected] 

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Subgerencia de Organización Insurgentes Sur No. 2416, Primer Piso, Col. Copilco El Bajo, Delegación Coyoacán. C.P. 04340 

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