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Manual de Procedimientos para la Evaluación y Promoción de Estudiantes Boston College Huechuraba Ciclo Inicial, Enseñanza Básica Y Media 2017

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Manual de Procedimientos para la Evaluación y Promoción

de Estudiantes Boston College Huechuraba

Ciclo Inicial, Enseñanza Básica Y Media

2017

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Colegio Boston College Huechuraba. Santa Marta Nº 7051. Fono 2-624-5004 / [email protected] Página 2

ÍNDICE

Página

I Introducción 3

II Disposiciones Generales 4

III De la Evaluación 5

1. Diagnóstica

2. Formativa

3. Sumativa

4. Diferenciada

IV De las Calificaciones 9

1. Evaluación Ciclo Inicial

2. Escala de Notas y Porcentaje de Exigencia

3. Cantidad de calificaciones

4. Tipo de Calificaciones

5. Calificación en asignatura de Religión y Orientación

6. Otros casos

V De la Eximición 11

1. Asignatura de Religión

2. Asignatura de Educación Física

3. Asignatura de Inglés

VI De los Instrumentos de Evaluación 12

1. Procedimientos Evaluativos

2. Inasistencia a Evaluaciones

3. Responsabilidad ante Procesos Evaluativos

VII De la Promoción 14

VIII Situaciones Especiales 15

IX De la Validación De Estudios de Alumnos Extranjeros 15

X De la Certificación 16

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I.- INTRODUCCIÓN La Unidad Educativa Boston College Huechuraba, tiene como propósito fundamental educar y formar a todos los estudiantes de manera integral, no sólo a partir de conocimientos de contenidos programáticos, sino más bien tomando en cuenta la individualidad propia de cada uno de los educandos como parte importante en su desarrollo como personas. La evaluación se entenderá como un proceso permanente, como un medio que tendrá la finalidad de obtener información válida, confiable, que permita a los docentes reunir antecedentes, analizar resultados y asumir decisiones en el momento oportuno del proceso. La evaluación es contingente y se la asocia a una educación de calidad, porque pone énfasis en lo formativo y en los procesos. La evaluación, la calificación, la medición y los criterios de promoción estarán al servicio de favorecer los aprendizajes de calidad de todos los educandos, de manera tal que les permita tomar conciencia de sus propios procesos mentales, facilitándoles el aprendizaje significativo y el conocimiento para que sea utilizado de manera eficaz y con pertinencia. Los fundamentos técnicos pedagógicos de la Educación Parvularia se enmarcan dentro de las disposiciones y orientaciones del Ministerio de Educación contenidas en el Decreto 0289 del año 2001, Bases Curriculares (2005), Programas Pedagógicos (2008) y Mapas de Progreso (2008). Los fundamentos técnico pedagógicos evaluativos de la Educación Básica y Media se vinculan con: Decreto de Evaluación Nº 511 del 08 - 05 - 1997, y su modificación Nº 107 del 20 – 02 – 2003, para sus estudiantes de 1° a 8° de Enseñanza Básica. Evaluación Nº 112 de 1999 para sus estudiantes de 1º y 2º de enseñanza media. El Decreto de Evaluación para estudiantes de 3º y 4º de enseñanza media Nº 83 del año 2001.

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II.- DISPOSICIONES GENERALES: 1. El año escolar comprenderá dos períodos lectivos en Régimen Semestral.

2. Los estudiantes de Enseñanza Preescolar serán evaluados de acuerdo a las Bases curriculares de

Educación Parvularia oficiales del Ministerio de Educación en forma Semestral.

3. Los estudiantes de 1° a 6° de Enseñanza Básica serán evaluados semestralmente en todas las asignaturas de acuerdo a lo establecido en las bases curriculares ministeriales y planes y programas propios:

Lenguaje y Comunicación; Matemática; Ciencias Naturales; Historia, Geografía y Ciencias

Sociales; Inglés; Artes Visuales; Tecnología; Música, Educación Física y Salud, Religión y Orientación.

4. Los estudiantes de 7° y 8° de Enseñanza Básica, serán evaluados semestralmente en todas las

asignaturas de acuerdo a lo establecido en las Bases Curriculares ministeriales:

Lengua y Literatura; Matemática; Ciencias Naturales; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Idioma Extranjero Inglés; Educación Artística ; Tecnología; Educación Física y Salud, Orientación y Religión.

5. Los estudiantes de 1º Año de Enseñanza Media serán evaluados semestralmente en todas las

asignaturas de acuerdo a lo establecido en las Bases Curriculares ministeriales:

Lengua y Literatura; Matemática; Ciencias Naturales; Historia, Geografía y Ciencias Sociales; Idioma Extranjero Inglés; Artes Visuales o Musicales ; Tecnología; Educación Física y Salud, Orientación y Religión.

6. Los estudiantes de 2° Año de Enseñanza Media serán evaluados semestralmente en todas las

asignaturas de acuerdo a lo establecido en las Bases Curriculares ministeriales: 7.

Lengua y Literatura, Idioma Extranjero Inglés, Matemática, Historia, Geografía y Ciencias Sociales, Biología, Física, Química, Artes Visuales o Musicales, Tecnología, Educación Física y Salud, Orientación y Religión.

8. Los estudiantes de 3° y 4° de Enseñanza Media serán evaluados semestralmente en todas las

asignaturas de acuerdo a lo establecido en los Planes y Programas ministeriales:

Lengua Castellana y Comunicación, Idioma Extranjero Inglés, Matemática, Historia y Ciencias Sociales, Filosofía y Psicología, Biología, Física, Química, Artes Visuales o Musicales, Educación Física y Salud y Religión, además del Plan Diferenciado (Biólogo, Humanista, Matemático y Artístico los cuales contemplan tres asignaturas electivas cada uno) .

9. Durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, estará a disposición de los apoderados un informe de

notas parciales de las Asignaturas de Aprendizaje, a fines de abril y septiembre, los que considerarán el 50% de las calificaciones del semestre, y uno final, al término de cada semestre (julio y diciembre) que deberá considerar el 100% de las calificaciones.

10. Estará a disposición de los apoderados de Ciclo Inicial a Cuartos Medios, un informe de Desarrollo

Personal y Social semestral, con información referida a la internalización y práctica de los objetivos transversales por parte del estudiante.

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11. Para informar del avance educacional del estudiante, el Establecimiento adoptará las siguientes

modalidades:

a) Información escrita: El Profesor Jefe dará a conocer, durante cada semestre, en entrevistas con apoderados los logros parciales obtenidos por cada estudiante, lo que quedará registrado en el libro de clases, con reporte y entrevista firmada por el apoderado. El Profesor Jefe dará a conocer los logros parciales y finales obtenidos por los estudiantes, a través de un informe al final de cada semestre, el que estará disponible en la página web del colegio.

b) Información especial: Deberá ser requerida por el apoderado cuando la situación lo amerite, al Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Coordinación Académica del ciclo, Vicerrectoría Académica y Rectoría, según sea la necesidad, respetando el conducto regular, dispuesto anteriormente.

12. Cada Apoderado deberá informarse, a través de la página web del colegio, del contenido del presente

Manual, copia fiel del enviado al Departamento Provincial de Educación correspondiente. III.- DE LA EVALUACIÓN La evaluación contempla las siguientes modalidades, que son:

1. Diagnóstica: La evaluación diagnóstica permite expresar y verificar el grado de desarrollo de habilidades que poseen los estudiantes para iniciar toda unidad de aprendizaje. Se realizará una Evaluación Diagnóstica, en las asignaturas de Lengua y Comunicación o Lengua y Literatura, y Matemática, la que se expresará en conceptos de: Dominio y No Dominio, que recoge información del desarrollo de habilidades necesarias para iniciar la primera unidad de aprendizaje, la que será a su vez, registrada también como la primera nota parcial del primer semestre (con escala de 1 a 7, válido para segundo ciclo básico y ciclo de enseñanza media)

2. Formativa: Se utilizará la evaluación formativa cuando se requiera disponer de evidencias que permitan regular, orientar, motivar y corregir el proceso educativo y, por ende, mejorarlo para obtener mayores posibilidades de logros. Esta evaluación permitirá detectar avances y dificultades, para retroalimentar y tomar decisiones. Se desarrolla durante todo el proceso educativo. Al docente, por su parte, le posibilita comprobar la eficacia de su enseñanza. Este tipo de evaluación no siempre es calificada.

3. Sumativa: Se utilizará la evaluación sumativa cuando se requiera disponer de evidencias que permitan regular el proceso de aprendizajes. Se aplicará a procesos informados y planificados, los que entregarán al estudiante retro-información que le sea útil para avanzar en su proceso de aprendizaje. Al docente, por su parte, le posibilita comprobar la eficacia de su enseñanza. Los estudiantes deberán conocer sus calificaciones en un plazo no mayor a 10 días hábiles, desde la fecha de aplicación del instrumento; el profesor deberá consignar la calificación en el libro de clases y en el sistema informático dentro del mismo plazo. Las evaluaciones sumativas se desarrollarán en el transcurso de cada semestre, de forma permanente, contemplando lo siguiente:

a) Durante el primer y segundo semestre, los estudiantes de 1º Básico rendirán una evaluación que contemple los objetivos de aprendizaje más relevantes del período, en las asignaturas de Lenguaje y Comunicación, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales e Historia Geografía y Ciencias Sociales. Esta evaluación tendrá una ponderación coeficiente 2 en el segundo semestre.

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b) Durante el transcurso del primer y segundo Semestre, los estudiantes de 2º Básico a 4º Medio, rendirán una evaluación coeficiente 2 que contemple los objetivos de aprendizaje más relevantes en Lenguaje, Inglés, Matemática, Ciencias Naturales e Historia.

Las modalidades del instrumento evaluativo a diseñar podrán ser:

Oral: en sus diversas modalidades, las que pueden ser interrogaciones, disertaciones, exposiciones, entre otras.

Escrita: en sus diversas modalidades, las que pueden ser pruebas, ensayos, trabajo procesual, guías, investigaciones, entre otras.

Modalidad mixta: escrita y oral, (en cualquiera de sus variantes).

c) Las asignaturas de Educación Tecnológica, Educación Artística (Arte s y Música) y Educación Física, evaluarán a los estudiantes con listas de cotejo/rúbricas de evaluación, informadas y entregadas a los estudiantes, con anterioridad al inicio de la evaluación, para establecer claramente criterios que permitan el desarrollo de las evaluaciones, de acuerdo a las ponderaciones y consideraciones realizadas en este Manual. La lista de cotejo y la rúbrica debe ser entregada por escrito, al inicio de la ejecución del proceso evaluativo.

d) Las asignaturas de Matemática, Lenguaje, Ciencias Naturales (Biología, Química, Física), Historia y Ciencias Sociales, Filosofía, Inglés y asignaturas del Plan Diferenciado, deberán incorporar pautas de evaluación y rúbricas, u otro mecanismo de verificación del proceso evaluativo realizado, el que deberá ser informado y entregado a los estudiantes, con anterioridad al inicio de la evaluación.

e) Para el caso que el proceso evaluativo considere instrumentos con preguntas de desarrollo, estas deberán especificar la rúbrica de evaluación correspondiente, las que deben ser incorporadas en el instrumento de evaluación.

f) La calificación de actitudes y conductas no procede. Estas se deben incorporar en las respectivas

pautas de evaluación.

4. Diferenciada La evaluación diferenciada tiene como objetivo favorecer los procesos de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes, de manera que sea un medio efectivo para el logro de los objetivos señalados en los Programas de Estudios del Mineduc, para el nivel que cursan y dentro del año escolar correspondiente. Se aplicará en la(s) asignatura(s) del Programa de estudio que determine el especialista, presentando un informe al inicio de cada semestre que detalle las dificultades transitorias del estudiante, con el objetivo de desarrollar adecuadamente su proceso de aprendizaje. Serán válidos únicamente los certificados de médicos especialistas afín al diagnóstico que presenta el estudiante, donde el profesional externo tratante (sea este: psiquiatra, neurólogo y/o fonoaudiólogo) deberá especificar:

a) Datos del especialista.

b) Solicitud de evaluación diferenciada.

c) Diagnóstico claro de la dificultad(es) de aprendizaje del estudiante.

d) En qué área(s) específica(s) de aprendizaje solicita la Evaluación Diferenciada, evitando términos ambiguos tales como Evaluación Diferencial Global o General.

e) Tratamiento externo que debe recibir, o esté recibiendo el estudiante, durante el período en el

cual se extienda la Evaluación Diferenciada que se recomienda, ya sea apoyo pedagógico o psicopedagógico, psicológico, fonoaudiológico o terapia ocupacional, según lo indicado por el médico especialista.

f) Fecha del próximo control.

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Será el apoderado quien solicite Evaluación Diferenciada, a través de un requerimiento formal al profesor jefe respectivo, quien entregará documento “Solicitud de Evaluación Diferenciada” al apoderado, el que deberá completar con los datos necesarios. Este documento, junto al certificado médico en el que el o los especialistas externos tratantes fundamentan esta petición, serán recepcionados por el Profesor Jefe. Es de responsabilidad del profesor Jefe, entregar oportunamente la documentación a la Educadora Diferencial, quien citará a entrevista al apoderado para formalizar la Evaluación Diferenciada. No obstante lo anterior, los profesores del estudiante también podrán solicitar la derivación a un especialista externo, proceso que se realizará a través de la Psicopedagoga y/o Educadora Diferencial, atendiendo a lo observado y registrado en un informe escolar que aborde los ámbitos afectivos, sociales y académicos, en su desempeño o rendimiento escolar. Los estudiantes de enseñanza básica y media de años anteriores que requieran renovar su evaluación diferenciada, deberán presentar a su profesor Jefe, formalmente (por escrito) al inicio de cada semestre, un informe del médico especialista, según necesidad y diagnóstico del estudiante. En el caso de estudiantes nuevos, detectados con alguna situación que amerite la intervención de especialistas, el apoderado dispondrá de 30 días a partir de la fecha de la información para presentar la documentación requerida y realizar el proceso de incorporación a evaluación diferenciada. Como procedimiento normativo, la evaluación diferenciada estará sujeta en su aplicación de uno o más de los siguientes criterios y condiciones, sin que estos afecten el objetivo de evaluación planificado para cada evaluación.

a) Individual o en grupos pequeños. b) Oral o escrita. c) Que proporcione el tiempo requerido por el especialista. d) Que refuerce en forma permanente las instrucciones indicadas, focalizando objetivos relevantes a

medir. e) El grado de exigencia no superará el 50 %. f) Dar ubicación en el aula, apropiada a las necesidades del estudiante. g) Refuerzo positivo en función a los logros de cada estudiante.

En caso de aprobarse la Evaluación Diferenciada, será a contar del día posterior a la fecha en que se firme “Carta de Compromiso Académico” en entrevista con Educadora diferencial; esta, no tendrá el carácter de retroactiva. Toda documentación entregada posterior a la fecha indicada, se considerará no válida, para la solicitud de dicha evaluación. El apoderado se comprometerá mediante la firma de la “Carta Compromiso Académico de Evaluación Diferenciada” al cumplimiento del apoyo necesario desde el hogar al estudiante, para su adecuada transición en su proceso de aprendizaje. El o los criterios y condiciones que se considerarán válidos y serán aplicados, quedarán establecidos por escrito en la hoja entrevista con el Apoderado y la Educadora Diferencial. La Educadora Diferencial se encargará de informar al profesorado con copia a Coordinación Académica, sobre los estudiantes que requieran dicha evaluación, tanto de la naturaleza del trastorno, dificultad o diferencia de aprendizaje. Este proceso será visado por Vicerrectoría Académica. Durante la aplicación de la modalidad de Evaluación Diferenciada, el estudiante debe contar con un tratamiento especializado externo con el objetivo de superar las dificultades transitorias que presenta; y entregar, además, informe de avances y reevaluaciones periódicas de dicho tratamiento, que deberán ser informadas al Colegio, a lo menos una vez por semestre.

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La Evaluación Diferenciada otorgada a un estudiante, se revocará por alguna de las siguientes causales:

a) No presentación de renovación de tratamientos o informes de avances cuando solicite el establecimiento.

b) No presentación del apoderado a entrevistas requeridas por cualquier estamento del colegio.

c) No dar cumplimiento al tratamiento determinado por especialista externo. Se administrará Evaluación Diferenciada Transitoria a aquellos estudiantes extranjeros que posean una lengua distinta al español o situaciones médicas que dificulten el normal desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje de los estudiantes. Para complementar las disposiciones emanadas desde la aplicación de la Evaluación Diferenciada, se incorpora un anexo de protocolo de la misma, formando parte de este Manual. Boston College Huechuraba no posee Proyecto de Integración, con adecuaciones curriculares, debido a que no cuenta con los especialistas necesarios ni infraestructura requerida para otorgar los apoyos técnicos para dichos casos. Los especialistas con los que cuenta el establecimiento cumplen funciones referidas a la colaboración pedagógica que requieren nuestros docentes dentro del aula, desde una perspectiva inclusiva. Cabe señalar que el rol de las Psicóloga, Psicopedagoga y Educadora Diferencial se remite a evaluar y derivar a especialistas externos, siendo estos quienes efectúen los debidos tratamientos y seguimientos, informando oportunamente a través de los padres, al establecimiento.

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IV.- DE LAS CALIFICACIONES

1. Evaluación Ciclo Inicial: Para los estudiantes del Ciclo Inicial, todas las evaluaciones serán expresadas en conceptos: Excelencia en Desarrollo (ED), Progresa Adecuadamente (PA), Necesita Mejorar (NM), Necesita Ayuda (NA) y No Observado (NO)

2. Escala de notas y Porcentaje de Exigencia: Para los estudiantes de Enseñanza Básica y Media, se aplicará una escala de 1.0 a 7.0, hasta con un decimal, en todas las asignaturas del Plan de Estudio y con 60% de exigencia.

3. Cantidad de Calificaciones : Para los estudiantes de Enseñanza Básica y Media, el número mínimo de calificaciones parciales del semestre que se registran en el libro de clases, por asignatura, será como se indica a continuación:

Asignaturas con 7 y 8 hora semanales. 7 notas

Asignaturas con 5 y 6 horas semanales. 5 notas

Asignaturas con 3 y 4 horas semanales. 4 notas

Asignaturas con 1 y 2 horas semanales. 3 notas

4. Tipos de calificaciones:

a) Calificaciones Parciales: Son aquellas obtenidas a lo largo de todo el semestre. Éstas se podrán obtener también de calificaciones acumulativas, tales como interrogaciones, actividades en aula, controles, entre otros.

b) Calificaciones Semestrales: Corresponden al promedio aritmético obtenido de la suma de las calificaciones parciales del semestre en cada asignatura. Se expresará con un decimal, aproximando la centésima 0.05 o más a la décima superior o inferior según corresponda. Ejemplo: 6.45 = 6.5.

c) Calificaciones Finales: Corresponden al resultado aritmético obtenido de la suma de los promedios de ambos semestres en cada asignatura. Se expresará con un decimal, aproximando la centésima 0.05 o más a la décima superior o inferior según corresponda. Ejemplo: 6.45 = 6.5}.

d) Promedio General Anual: Corresponde al resultado global obtenido en todas las asignaturas del plan de estudio del año escolar lectivo, establecido por el Ministerio de Educación, y que habilita al estudiante para ser promovido. Para este caso, se aproximará la centésima 0,05 o más a la décima superior.

5. Calificación en Asignatura de Religión y Orientación:

Los estudiantes de 1º Básico a IVº Medio, durante cada semestre en la Asignatura de Religión, serán calificados con notas parciales correspondiente a la Escala de Notas de 1.0 a 7.0, las que, al término del semestre, darán un promedio que corresponderá a los conceptos de: Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S), Insuficiente (I). Tabla de Equivalencia de conceptos a calificaciones:

MB 6,0 – 7,0 B 5,0 – 5,9 S 4,0 – 4,9 I 1,0 – 3,9

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Los estudiantes de 1º Básico a IVº Medio, durante cada semestre en la Asignatura de Orientación, serán calificados con notas parciales correspondiente a la Escala de Notas de 1.0 a 7.0, las que, al término del semestre, darán un promedio que corresponderá a los conceptos de: Muy Bueno (MB), Bueno (B), Suficiente (S), Insuficiente (I), los que no influirán en la promoción del estudiante. Tabla de Equivalencia de conceptos a calificaciones:

MB 6,0 – 7,0 B 5,0 – 5,9 S 4,0 – 4,9 I 1,0 – 3,9

6. Otros Casos:

a) Aquellos estudiantes que, por situaciones especiales, como enfermedades u otras, se incorporen al Establecimiento después del 31 de mayo, no llevarán calificación final en el primer semestre. Las calificaciones parciales del primer semestre tendrán validez en el segundo semestre y de todas éstas se obtendrá el promedio anual. El colegio se reserva el derecho de evaluar al estudiante en forma especial para completar las calificaciones pendientes.

b) El Establecimiento definirá los procesos evaluativos para el caso de aquellos estudiantes que

tengan ausencia por períodos prolongados durante el desarrollo del año lectivo.

c) En el caso de los estudiantes que deban terminar el año escolar anticipadamente, se validará el primer semestre y además las notas parciales del segundo semestre, siempre y cuando lo beneficien para su ponderación final. Para revisar Esta resolución será aplicada en los siguientes casos: viaje al extranjero, recomendación de un especialista (Neurólogo o Psiquiatra), cambio de ciudad y situaciones conductuales establecidas en el Manual de Convivencia. (De acuerdo a la normativa vigente).

d) Las estudiantes embarazadas tienen el mismo derecho a la educación y se deberán regir por los mismos procedimientos e instrumentos que establece este Manual, sin perjuicio de resguardar su seguridad física y psicológica y el derecho a su honra, existiendo un protocolo interno que regula esta situación.

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V.- DE LA EXIMICIÓN La eximición es válida solamente hasta en 2 asignaturas del Plan de Estudio: (Actividad Física en Educación Física, Inglés e Idioma Extranjero Inglés), según Reglamento de evaluación y promoción escolar 2012 artículo 6, decreto 158 del año 1999.

1. Asignatura de Religión:

Los estudiantes de Enseñanza Básica y Media podrán eximirse formalmente de la asignatura mediante un documento escrito, el que será entregado al profesor jefe en la primera reunión de apoderados, quien además deberá dejar constancia en el libro de clases de la exención solicitada. Los casos que no cumplan con lo anteriormente estipulado, se evaluarán de forma particular. Los estudiantes que se encuentren eximidos de la clase de religión, desarrollarán actividades acordadas con el apoderado.

2. Asignatura de Educación Física (Exención de Actividad Física):

Los estudiantes de Enseñanza Básica y Media podrán eximirse, por motivos justificados por un especialista, esta eximición será de la actividad física por encontrarse impedidos de realizar la clase práctica. Por tanto, los estudiantes desarrollarán actividades de investigación, acordadas con el respectivo profesor de área y congruentes con los contenidos de las unidades correspondientes al año escolar, siendo evaluados en base a pautas de evaluación; dicha evaluación será válida en su promoción.

a) Los estudiantes que presenten más de 3 comunicaciones consecutivas justificando el no realizar la

clase práctica, deben ser justificados personalmente por su Apoderado.

b) Cada Profesor de Ed. Física, al momento de recibir una licencia o certificado médico, deberá dejar constancia en el libro de clases la fecha de inicio y termino de su reposo médico.

c) En el caso de Licencias Médicas Temporales y Prolongadas, procederá recalendarización de las

evaluaciones, considerando situación médica actual. Por tanto, estas podrán ser procedimiento evaluativos prácticos y/o teóricos.

d) Solo se aceptarán certificados de eximición para la asignatura de especialistas médicos

relacionado con la ejecución de la actividad física. 3. Asignatura de Inglés:

Los estudiantes que, por motivos justificados por un especialista serán eximidos de las evaluaciones de la clase de inglés, desarrollarán actividades de investigación acordada con el respectivo profesor y congruente con los contenidos de las unidades correspondientes al año escolar. Los estudiantes que están sujetos a eximición de calificación tienen la obligatoriedad de asistir a clases regulares en aquellas asignaturas donde se ha aplicado esta decisión, existiendo un protocolo interno que regula esta situación.

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VI.- DE LOS INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN 1. Procedimiento Evaluativo: Se asignará calificación a todos los procedimientos de evaluación que requiera el docente para verificar el aprendizaje del estudiante, previamente conocidos por los estudiantes, los que podrán ser:

a) Observación: Bitácora, registro anecdótico, lista de cotejo, escala de apreciación y rúbrica, entre otros.

b) Pruebas Orales: interrogaciones, disertaciones, debates y exposiciones, entre otras.

c) Pruebas Escritas: ensayo, de desarrollo, con respuesta libre o estructurada y de selección

múltiple, selección única, entre otras.

d) Pruebas de Ejecución: Demostración de habilidades (trabajo en laboratorios de ciencia, computación y otros), los que serán evaluados a través de Instrumentos de Observación (lista de cotejo, escala de apreciación).

e) Informes: Ensayos, trabajos individuales o en equipo, autoevaluación, evaluación compartida, autobiografías, entrevistas y cuestionarios; los que se evaluarán con instrumentos de observación.

f) Controles: Aquel instrumento que se estructura con menos de 10 reactivos.

g) Evaluación de Cuadernos y/o Actividades presentes en este: El docente deberá informar al inicio de cada período que este recurso será evaluado. La pauta evaluativa debe contener criterios e indicadores, en los cuales se le otorgará mayor ponderación a los aspectos de contenidos, por sobre los de forma.

h) El Colegio desarrolla sistemáticamente la habilidad de Comprensión Lectora, por lo que se trabajada en todas las asignaturas, a través de procedimientos de enseñanza y evaluativos indicados en este Manual.

2. Inasistencia a evaluaciones:

a) El estudiante que se ausente a una prueba, y que se encuentre avalado por un justificativo del apoderado o certificado médico, deberá acordar la nueva fecha con el profesor de la asignatura, dependiendo ésta de la extensión de la licencia. El docente de la asignatura fijará nueva fecha. Siendo responsabilidad del apoderado que el estudiante cumpla con la nueva programación. De no presentarse en la fecha acordada con el profesor(a) respectivo(a) deberá realizar la evaluación al incorporarse a clases.

a) Si por cualquier motivo, un estudiante faltase a una evaluación, sin justificación escrita, deberá realizar la evaluación al incorporarse a clases. El docente deberá administrar un instrumento de evaluación con un 70% de exigencia. Este podrá administrarse en las diversas modalidades indicadas en este Manual.

b) El estudiante que faltase a la entrega de un trabajo, de la asignatura que fuere, deberá entregarlo al profesor el primer día de su regreso. Si por razones de horarios u otras, el docente no se encuentra en el Colegio, el trabajo deberá ser entregado al Coordinador Académico que corresponda, según sea el ciclo, previo comprobante de entrega y recepción.

c) En caso de que el estudiante no cumpla con presentar su trabajo en la fecha estipulada, el docente aplicará una Prueba escrita u otro instrumento durante la clase, con los mismos objetivos del trabajo, dejando registro del procedimiento realizado en el libro de clases. El procedimiento realizado y los resultados obtenidos deberán ser informados al apoderado, vía agenda.

d) Si un estudiante no se presenta a una evaluación conformada por un equipo de trabajo, los integrantes deberán realizarla incorporando la información o aspecto tratado por el estudiante ausente. Éste a su vez, rendirá una interrogación oral en la clase siguiente a su ausencia, incluyendo en su explicación una mirada general del trabajo.

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e) Las lecturas complementarias obligatoriamente deben ser rendidas en la fecha informada a inicios del año escolar. Por tanto, en caso de ausencia, el instrumento será aplicado al momento de incorporarse a clases.

3. Responsabilidad ante procesos evaluativos:

a) En el caso de que el estudiante se presente sin materiales para trabajar en clases, el docente deberá asignar un nuevo trabajo pedagógico a realizar que contemple los mismos objetivos del anterior. Esta situación debe ser registrada en su hoja de vida.

b) En el caso de que el estudiante se presente sin su uniforme a la clase de Educación Física, el docente deberá asignar un nuevo trabajo pedagógico a realizar, que aborde el tema tratado en la clase. Esta situación debe ser registrada en su hoja de vida. Los estudiantes que, al momento de una evaluación, se presenten sin ropa deportiva y sin justificativo, serán evaluados por medio de una pauta de evaluación específicamente diseñada para tal efecto en una nueva fecha.

c) Los estudiantes que copien en una prueba, que cuenten con el instrumento previamente o que

estén asistidos por cualquier medio para beneficiarse, incurrirán en una falta grave al Manual de Convivencia Escolar. Por tanto, el instrumento evaluativo será anulado inmediatamente por el profesor a cargo de la asignatura, quien procederá a una interrogación oral o escrita con una exigencia mínima del 70%; y se aplicarán las sanciones estipuladas en el manual mencionado anteriormente.

d) En caso de plagio de alguna producción académica, se aplicará el artículo anterior (punto c). Entenderemos por plagio una copia total o parcial de un trabajo de investigación, ensayo, informe, maqueta, guías, entre otros; sea este una réplica total o parcial, indistintamente de su procedencia (estudiante, página web, autor u otro).

e) En el caso de delación (sorprendido ayudando a otro estudiante en evaluación), se aplicarán las mismas sanciones del punto c).

f) En aquella situación en que el estudiante entregue una evaluación sin responder o se niegue a desarrollar (en presencia de un inspector y/o directivo), se debe registrar la observación correspondiente en el libro de clases, informar a su apoderado (vía agenda y/o correo electrónico) y calificar con nota mínima 2.0.

g) En el caso que un estudiante se ausente por viaje, por más de una semana, el apoderado enviará

con anterioridad un correo electrónico al profesor Jefe, solicitando permiso para realizar dicho viaje, comprometiéndose a su vez, con la actualización de contenidos tratados en su ausencia y/o requerimientos académicos (evaluaciones) durante el período de inasistencia.

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VI.- DE LA PROMOCIÓN 1. Para efectos de la promoción escolar, la calificación mínima de aprobación final será 4,0.

2. La calificación obtenida por los estudiantes en Religión, no incidirá en la promoción escolar, de

acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 924/83. La asignatura de Religión tendrá connotación netamente valórica y será evaluado a través de conceptos. (Capítulo IV, Punto 5)

3. La calificación obtenida por los estudiantes en la asignatura de Orientación, no incidirá en la

promoción escolar, y será evaluada a través de conceptos, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 2960/2012.

4. Para la promoción de los estudiantes se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de las

asignaturas del Programa de Estudios del Establecimiento Educacional y el 85% de asistencia a clases.

5. Si al término del proceso de evaluación el estudiante obtiene en una asignatura una calificación considerada limítrofe, esto es equivalente a un 3,9 hasta en 2 asignaturas del respectivo plan de estudio; y siempre y cuando esto sea un factor en su promoción, deberá rendir una prueba especial (en modalidad escrita u oral), la que evaluará el o los contenidos más relevantes del año lectivo. Si aprueba, tendrá como calificación máxima un 4,0; si reprueba, tendrá una calificación máxima de 3,8 la que se considerará como nota final de la asignatura, eliminando el proceso evaluativo anterior. Este procedimiento se llevará a cabo por única vez sin derecho a apelación, no existiendo posibilidad de modificar el resultado final.

6. Serán promovidos los estudiantes desde 1º Enseñanza Básica a IVº de Enseñanza Media, que aprueben

todas las asignaturas de su respectivo Programa de Estudios.

7. Serán promovidos los estudiantes desde 1º Enseñanza Básica a IIº de Enseñanza Media: que no aprueben una asignatura, siempre que su Promedio General corresponda a 4,5 o

superior, incluida la asignatura no aprobada.

que no aprueben dos asignaturas, siempre que su Promedio General corresponda a 5,0 o superior, incluidos las dos asignaturas no aprobadas.

8. Serán promovidos los estudiantes de IIIº y IVº de Enseñanza Media:

que no aprueben una asignatura, siempre que su Promedio General corresponda a 4,5 o

superior. Para efecto del cálculo, se considerará la calificación de la asignatura no aprobada.

que no aprueben dos asignaturas, siempre que su promedio corresponda a 5,0 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las asignaturas no aprobadas, no obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre las dos asignaturas no aprobadas se encuentran las de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes de IIIº y IVº año medio, ambas modalidades, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos asignaturas no aprobadas.

9. Serán promovidos los estudiantes desde 1º Enseñanza Básica a IVº de Enseñanza Media:

que asistan a lo menos a un 85 % de las clases. No obstante, por razones debidamente

justificadas, el Rector del Colegio, previo acuerdo con el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes que no cumplan con el porcentaje de asistencia.

en ningún caso un estudiante podrá ser promovido al curso superior, si su inasistencia es menor o igual al 50%.

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10. Los estudiantes podrán repetir curso por una vez en el ciclo de Enseñanza Básica y una vez en el ciclo de Enseñanza Media. En caso de repetir un curso por dos veces consecutivas, se solicitará al apoderado el cambio de colegio teniendo en cuenta los intereses superiores del estudiante para que logre su pleno desarrollo.

11. El Rector, Vicerrector Académico, Coordinación Académica y el Profesor Jefe, podrán decidir excepcionalmente, ante la presentación de variadas evidencias, no promover de 1º a 2º año de Enseñanza Básica a estudiantes que presenten un retraso significativo en el proceso de lecto-escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento, y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.

VIII.- SITUACIONES ESPECIALES

1. Todo estudiante que se matricula en Boston College Huechuraba durante un año lectivo, deberá

presentar Informe de nota y de personalidad al momento de oficializar su matrícula. 2. Será responsabilidad del apoderado solicitar entrevista a Coordinación Académica del ciclo respectivo,

cuando el estudiante realice una actividad artística o deportiva no organizada en el Colegio, y que afecte su asistencia a clases regulares, a fin de evaluar su autorización. Licencias Médicas Temporales y Prolongadas, deberán proceder según disposiciones de este Manual de Evaluación.

3. El Rector del establecimiento podrá resolver otras situaciones que considere pertinentes y que no

estén mencionadas anteriormente.

IX.- DE LA VALIDACIÓN DE ESTUDIOS DE ALUMNOS EXTRANJEROS La incorporación de estudiantes extranjeros debe ser informada por la secretaría ministerial de educación mediante un Certificado de Matrícula Provisoria. El colegio llevará a efecto las consideraciones legales expresadas en Ley de Inclusión punto II, letras b y c, Ordinario Nº2/ 000894 y las orientaciones emanadas por la Secretaría Ministerial.

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X.- DE LA CERTIFICACIÓN

1. La situación final de promoción de todos los estudiantes deberá quedar resuelta al término del año

escolar. Una vez finalizado el proceso, el establecimiento entregará a todos los estudiantes un Certificado Anual de Estudios que indique las asignaturas con las calificaciones obtenidas y la situación final correspondiente.

2. El Certificado Anual de promoción no podrá ser retenido por motivo alguno. 3. Ante cualquier situación no prevista en el presente manual de procedimiento evaluativo, la Rectoría

del Establecimiento se reserva el derecho de resolver y tomar decisiones oportunas.

Ernesto C. Rivera A. Rector

Boston College Huechuraba

Huechuraba, enero de 2017.