manual de orientación al servicio público, inducción y reinducción 2013

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Orquesta Filarmónica de Bogotá 2013 Manual de orientación al servicio público, inducción y reinducción

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Manual de orientación al servicio público, inducción y reinducción 2013

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OrquestaFilarmónicade Bogotá

2013Manual de

orientación al servicio público, inducción y reinducción

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ContenidoEstructura del Estado colombiano 6

Cultura del servicio al ciudadano 9

Información general 23

Página web institucional: 28

OrquestaFilarmónicade Bogotá

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Capítulo 1Manual de orientación al servicio público

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¡Bienvenido!

En nombre del equipo de trabajo de la Orquesta Filarmónica de Bogotá, OFB, le damos la más cordial bienvenida. Ahora usted pertenece al selecto

grupo de servidores públicos de nuestra Entidad.

Estamos seguros de que usted tiene las capacidades necesarias para desempe-ñarse satisfactoriamente y contribuir al logro de las metas y objetivos institu-cionales. Contamos con su efectivo compromiso.

Programa de Orientación al Servicio Público

Objetivo:• Facilitar a los servidores la comprensión del Estado y sus transformaciones

en función del cumplimiento de sus misiones: política, administrativa, eco-nómica y social, así como la operatividad del mismo;

• Familiarizar al nuevo servidor con la administración pública e iniciar en él, el proceso de asimilación de la cultura del servicio público orientada a la ge-neración de resultado social y sustentado en valores que propendan por el interés general y el bien común.

El EstadoEs el conjunto de instituciones que poseen la autoridad y potestad para establecer las normas que regulan una sociedad, teniendo soberanía interna y externa sobre un terri-torio definido.

La Constitución Política de Colombia, esta-blece que el nuestro, es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizado, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el res-peto a la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.

Principios: al ser un Estado social de de-recho, los principios fundamentales, son el ejercicio del poder político subordinado completamente a la ley, como garantía de los derechos y las libertades de los gober-nados. Un Estado orientado a fomentar la solidaridad social y a beneficiar el interés general sobre los intereses privados.

Fines: el Artículo 2º de la Carta Política, determina que son fines del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general, garantizar la efectividad, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las de-

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cisiones que los afectan y en la vida econó-mica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacio-nal, mantener la integridad territorial y ase-gurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Estructura del Estado: Acorde con la Carta Política el Estado Colombiano cuenta con tres ramas del poder público entre las cuales se ubican la ejecutiva, legislativa y judicial; además de la organización territorial y los organismos autónomos e independientes.

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Estructura del Estado colombiano

Rama Ejecutiva: Es el poder con la facultad de concebir y eje-cutar políticas orientadas al bienestar de la Nación; desarrolla la función administrati-va de Estado y comanda a las Fuerzas Ar-madas. A nivel nacional, está representado por la Presidencia de la República; a nivel regional, por las gobernaciones y a nivel lo-cal, por las alcaldías.

Rama Legislativa: Es el poder con la facultad de hacer, refor-mar y derogar las leyes que configuran el orden social de una Nación. Tiene la fun-ción de representar los diferentes intereses de la sociedad a través de la participación política, por medio de los partidos políticos y los movimientos políticos. El Congreso de la República está compuesto por dos cáma-ras: Senado de la República y Cámara de Re-presentantes.

Sus miembros son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro (4) años, que inicia el veinte (20) de julio si-guiente a la elección. Está conformado por un total de 268 congresistas: 102 senadores y 166 representantes.

Rama Judicial: Es el poder con la facultad de administrar la justicia, lo que se traduce en ejecutar, apli-

car e interpretar imparcialmente las normas que expresan la voluntad popular; someter a todos los poderes públicos al cumplimien-to de la ley; controlar la legalidad de la ac-tuación administrativa y ofrecer a todas las personas la tutela efectiva en el ejercicio de sus derechos e interés legítimos. La rama judicial comprende: la jurisdicción constitu-cional, en cabeza de la Corte Constitucional; la jurisdicción de lo contencioso adminis-trativo, en cabeza del Consejo de Estado; la jurisdicción ordinaria, en cabeza de la Corte Suprema de Justicia; la jurisdicción discipli-naria para los miembros de esta rama, en cabeza del Consejo Superior de la Judicatu-ra en su sala disciplinaria; las jurisdicciones especiales que comprende la justicia penal militar, la jurisdicción indígena, los jueces de paz y la Fiscalía General de la Nación. Excep-cionalmente, la administración de justicia es ejercida por el Congreso de la República para investigar y juzgar a los altos funciona-rios del Estado por responsabilidad política.

Organismos de Control: Son organismos de control consagrados en el Artículo 117 de la Constitución Política. Se concretizan, entre otras, en las funciones fiscalizadoras, disciplinarias y de vigilancia de los derechos humanos. A nivel nacional, se encuentra radicada en la Contraloría General de la República y el Ministerio Pú-

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blico. A nivel regional, en las contralorías departamentales y procuradurías regiona-les. A nivel municipal, en las contralorías municipales y las personerías municipales. Así mismo, la defensoría del pueblo tiene un papel fundamental en materia de pro-tección de derechos humanos, y en apoyo de aquellas propias de la Procuraduría Ge-neral de la Nación. Esta misión en materia de derechos humanos, también se puede encontrar en las personerías.

Organización Electoral: Esta organización cumple la función de or-ganizar las elecciones, su dirección y vigi-lancia. Además se encarga de lo relativo a la identidad de las personas. Está conformada por el Consejo Nacional Electoral y la Regis-traduría Nacional del Estado Civil.

Organización Territorial: Esta organización se consagra en el artículo 286 de la Constitución Política, al determi-nar como entidades territoriales los depar-tamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas.

Ministerio Público

El Procurador General de la Nación es el su-premo director del Ministerio Público. (Art. 275 CPC), será elegido por el Senado, para un período de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la Repúbli-ca, la Corte Suprema de Justicia y el Conse-jo de Estado.

El Procurador General de la Nación, por sí o por medio de sus delegados y agentes ten-drá, entre otras, las siguientes funciones: Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los ac-tos administrativos; proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo; defender los

intereses de la sociedad; defender los intere-ses colectivos, en especial el ambiente; velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas; ejercer vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular; ejercer preferente-mente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la Ley.

Defensoría del puebloEl Defensor del Pueblo formará parte del Ministerio Público y ejercerá sus funciones bajo la suprema dirección del Procurador General de la Nación. Será elegido por la Cá-mara de Representantes para un período de cuatro años de terna elaborada por el Presi-dente de la República.

El Defensor del Pueblo velará por la promo-ción, el ejercicio y la divulgación de los dere-chos humanos, para lo cual ejercerá, entre otras, las siguientes funciones: Divulgar los derechos humanos y recomendar las políti-cas para su enseñanza; invocar el derecho de Habeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asis-te a los interesados; organizar y dirigir la de-fensoría pública.

Bogotá, Distrito Capital

Su régimen político, fiscal y administrativo está determinado por la Constitución, El Es-tatuto de Bogotá (Decreto Ley 1421 de 1991), las leyes especiales que para el mismo se dicten y las disposiciones vigentes para los municipios.

El Distrito Capital está dividido en localidades, de acuerdo con las características sociales de sus habitantes.

A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los

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servicios a cargo del Distrito; a las locales, la gestión de los asuntos propios de su territorio.

El Concejo Distrital está compuesto por cuarenta y cinco (45) concejales.

La elección de Alcalde Mayor, de concejales distritales y de ediles se hará en un mismo día por períodos de cuatro (4) años y el al-calde no podrá ser reelegido para el período siguiente.

Los alcaldes locales serán designados por el alcalde mayor de terna enviada por la co-rrespondiente junta administradora.

Los concejales y los ediles no podrán hacer parte de las juntas directivas de las entidades descentralizadas.

Reforma Administrativa Distrital Mediante el Acuerdo 257 de 2006 se dicta-ron normas sobre la estructura, organiza-ción y funcionamiento de los organismos y entidades de Bogotá Distrito Capital.

Sectores de la Estructura del Distrito Capital• Sector central• Sector descentralizado• Sector de las localidades

Conformación de los sectores administrativosSecretarías: son cabezas de sector y tienen como objetivo primordial la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos distritales del Sec-tor Administrativo de Coordinación al que pertenecen, así como la coordinación y su-pervisión de su ejecución.

Departamentos administrativos: brindar soporte técnico en la formulación de políti-cas, planes generales, programas y proyec-tos distritales.

Entidades del sector descentralizado (ads-critas y vinculadas): ejecutan la operación y responden por el servicio.

Sectores de la Administración Distrital

1. Gestión Pública2. Gobierno, Seguridad y Convivencia3. Hacienda4. Planeación5. Desarrollo Económico,

Industria y Turismo6. Educación

7. Salud8. Integración Social9. Cultura, Recreación

y Deporte10. Ambiente11. Movilidad12. Hábitat

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Sector Cultura, Recreación y Deporte

Adscripción: implica el ejercicio de fun-ciones administrativas y prestación de servicios públicos por parte de las entida-des adscritas conforme al derecho públi-co; concede menor autonomía, y en ella se ejerce un mayor control y grado de tutela por parte de la entidad del sector central que las adscribe.

Vinculación: implica el ejercicio de funcio-nes y actividades, por parte de la entidad vinculada, que se asemejan a las ejercidas por los particulares y que se rigen por el derecho privado y genera una mayor auto-nomía e independencia hacia la entidad del sector central que la vincula, sin perjuicio de la armonía y coherencia con los fines y objetivos de la entidad del sector de la ad-ministración.

Cultura del servicio al ciudadano

“La Dirección Distrital de Servicio al Ciuda-dano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, busca alcanzar las metas tendientes a elevar el nivel de cualificación y motivación de las servidoras y servidores públicos.

Por ello establece que se debe reconocer la obligación de prestar un servicio más ama-ble y efectivo a los ciudadanos reduciendo y mejorando trámites y ofreciendo mejores condiciones para la prestación del servi-cio. Una de las metas del programa es la de mejorar la percepción de las personas con relación al Concejo, la Administración y los servidores públicos.”1

1 Dirección Distrital del Servicio al Ciudadano de la Alcaldía Mayor de Bogotá. En línea: http://portel.bogota.gov.co/direccion/15.htm. [Consultado el 20 de agosto de 2013].

Concepto del servicio: En la Administración Distrital entendemos el servicio al ciudadano(a) como nuestra razón de ser. Los ciudadanos y ciudadanas son el eje de la gestión pública y todos y cada uno de nuestros esfuerzos deben estar dirigidos a satisfacer sus necesidades y ga-rantizar su bienestar individual y colectivo. El servicio al ciudadano(a) en Bogotá debe estar dirigido a facilitar el que los ciudada-nos y ciudadanas cumplan con sus deberes como tales y a que les sean reconocidos sus derechos, contribuyendo así a elevar la cali-dad de vida en nuestra ciudad.”2

2 Manual de servicio al ciudadano(a), Alcaldía Ma-yor de Bogotá, Secretaria General, Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano, junio de 2005, versión 2. Nu-meral 1. ¿qué es el servicio al ciudadano(a)? En línea: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Nor-ma1.jsp?i=19684. [Consultado el 20 de agosto de 2013].

Entidad VinculadaEntidades Adscritas

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La satisfacción del ciudadano“La satisfacción es la percepción del ciuda-dano sobre el grado en que se han cumplido sus requisitos y expectativas”. 3

Recursos legales e institucionales que brindan protección al ciudadanoExisten diferentes recursos a disposición de los ciudadanos para hacer valer sus derechos ante las entidades estatales cuando se presen-tan abusos por parte de ellas o surgen proble-mas con el servicio o producto adquirido. Los recursos más importantes son: peticiones, quejas, reclamos, acción de tutela y de cum-plimiento, acciones de grupo y populares.4

En materia de protección, el ciudadano puede apoyarse en entes como: Superintendencias, Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personerías, Veedurías Ciudada-nas, Defensor del Ciudadano y la Confedera-ción Colombiana de Consumidores.

Presentación de peticiones“Las peticiones podrán presentarse verbal-mente o por escrito, y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o trans-ferencia de datos. Los recursos se presen-tarán conforme a las normas especiales del Código Contencioso Administrativo”5.

3 Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública. NTCGP 1000:2009 en el numeral 3.47. Sistema de ges-tión de la calidad para la rama ejecutiva del poder público y otras entidades prestadoras de servicios. En línea: http://www.iser.edu.co/sig/pdf/NTCGP%201000-2004.pdf. [Consultado el 20 de agosto de 2013].4 Constitución Política de Colombia 1991. Artículos 23, 86, 87 y 88. En línea: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp4125. [Consultado el 20 de agosto de 2013]5 Ley 1437 de 2011, (enero 18), por la cual se expide el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo. Título II. Derecho de petición. Capítulo I. Derecho de petición ante autori-dades. Reglas generales. Artículo  15. Presentación y radicación de peticiones. Presentación de peticiones. Artículo 16. Contenido de las peticiones. En línea: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp41249. [Consultado el 20 de agosto de 2013]

Derechos y deberes del ciudadano• Una adecuada relación entre los ciuda-

danos y las entidades impone una serie de derechos y obligaciones de parte y parte, de cuya observancia depende en alto grado la armonía de dicho vínculo.

• Cuando se trata de los derechos del ciu-dadano surgen las obligaciones de la institución y cuando se mencionan los deberes del ciudadano se generan los de-rechos de la organización frente a él.

• Cada entidad, según sus actividades, pue-de publicar sus propios derechos y debe-res, debido a las diferentes situaciones que pueden presentarse (empresa social del Estado, hospital, Alcaldía, etc.).

• Entre los derechos y deberes generales del ciudadano, cabe mencionar a título de ilustración los que se citan a conti-nuación:

Derechos: Como ciudadano/beneficiario/usuario de una entidad pública, una persona tiene derecho a:• Conocer y obtener información en forma

correcta y actualizada acerca de los pro-ductos y servicios.

• Ser informado de manera precisa y opor-tuna acerca de los requisitos del servicio y la atención.

• Exigir el cumplimiento de los plazos de prestación del servicio.

• Presentar sus consultas, reclamaciones, sugerencias y recibir respuesta correcta y oportuna a las mismas. De igual mane-ra, puede interponer derechos de peti-ción, acciones de tutela, etc.

• Recibir un trato digno y respetuoso.• Tener igualdad de trato y acceso a los bie-

nes y servicios, es decir, no ser discriminado por razón alguna.

• Exigir la reserva de su información.• Recibir oficialmente las disculpas de la

autoridad, en caso de presentarse erro-res cometidos por la institución.

• Ser resarcido con la mayor brevedad, por los montos cobrados en exceso.

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Deberes: Como ciudadano/beneficiario/usuario de una entidad pública, una persona tiene deberes como:

• Conocer los requisitos del servicio.• Hacer uso del servicio en conformidad

con las condiciones establecidas en los respectivos contratos.

• Cumplir con todas las condiciones, obli-gaciones y restricciones que impone el contrato de servicios.

• Comunicar el cambio de domicilio.• Sugerir mejoras al proceso de servicio y

dar a conocer las falencias que detecte, en forma fundamentada.

• Adoptar las seguridades necesarias para proteger la información que le suminis-tra la entidad.

• Velar por la privacidad y seguridad del uso de su identificación y de sus claves.

• Cumplir con los requerimientos técnicos necesarios para acceder a los servicios en los que se emplean las tecnologías de in-formación y comuni caciones.

• Cuidar, conservar y no alterar los docu-mentos que se le entregan.

• Solicitar, en forma oportuna y respetuo-sa, documentos y/o servicios.

• Estar informado debidamente acerca de los documentos y trámites.

• Seguir los procedimientos de atención establecidos por la institución para cada trámite.

• Respetar al servidor que lo atiende.• Conocer los plazos para retirar los docu-

mentos solicitados.• Verificar el documento que se le entrega.• Respetar el orden dentro de las oficinas

de la institución.• Mantener la confidencialidad que le soli-

cite la entidad con relación a las condicio-nes del servicio.

La satisfacción del ciudadano• Como lo expresa la norma NTCGP 1000:2009

en el numeral 3.51, la satisfacción es la “Per-

cepción del cliente sobre el grado en que se han cumplido sus requisitos.”.

Recursos legales e institucionales que brindan protección al ciudada-noExisten diferentes recursos a disposición de los ciudadanos para hacer valer sus de-rechos ante las entidades estatales cuando se presentan abusos por parte de ellas o surgen problemas con el servicio o produc-to adquirido. Los recursos más importantes son los siguientes:

• La acción de tutela.• El derecho de petición.• La acción popular.• La acción de cumplimiento.• La acción de grupo.• La queja.• El reclamo.• El apoderado.

En materia de protección el ciudadano puede apoyarse en entes como:

• Organismos estatales de control como las Superintendencias, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, las Personerías.

• La Confederación Colombiana de Consu-midores.

• Las veedurías ciudadanas.• El Defensor del Ciudadano.

Ley 1437 de 2011, por la cual se expi-de el Codigo de Procedimiento Admi-nistrativo y de lo Contencioso Admi-nistrativo:

Principios:Todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrati-vos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales.

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Las actuaciones administrativas se desarrolla-rán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsa-bilidad, transparencia, publicidad, coordina-ción, eficacia, economía y celeridad.

Formas de iniciarse las actuaciones administrativas:

1. Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés general.

2. Por quienes ejerciten el derecho de petición, en interés particular.

3. Por quienes obren en cumplimiento de una obligación o deber legal.

4. Por las autoridades, oficiosamente.

Deberes de las autoridades en la atención al público. Las autoridades tendrán, frente a las personas que ante ellas acudan y en rela-ción con los asuntos que tramiten tal como lo establece el artículo 7 de la Ley 1437 de 2011.

Deber de información al público. Las auto-ridades deberán mantener a disposición de toda persona información completa y ac-tualizada, en el sitio de atención y en la pá-gina electrónica, y suministrarla a través de los medios impresos y electrónicos de que disponga, y por medio telefónico o por co-rreo, sobre los siguientes aspectos descritos en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.

Deber de aplicación uniforme de las nor-mas y la jurisprudencia. Al resolver los asuntos de su competencia, las autorida-des aplicarán las disposiciones constitucio-nales, legales y reglamentarias de manera uniforme a situaciones que tengan los mis-mos supuestos fácticos y jurídicos. Con este propósito, al adoptar las decisiones de su competencia, deberán tener en cuenta las sentencias de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado en las que se inter-preten y apliquen dichas normas.

Derecho de petición:

Derecho de petición ante Autoridades Reglas Generales:

• Objeto y modalidades del derecho de petición ante autoridades. Toda perso-na tiene derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades, en los tér-minos señalados en este Código, por mo-tivos de interés general o particular, y a obtener pronta resolución.

• Toda actuación que inicie cualquier per-sona ante las autoridades implica el ejer-cicio del derecho de petición consagra-do en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar el reconocimiento de un derecho o que se resuelva una situación jurídica, que se le preste un servicio, pe-dir información, consultar, examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y reclamos e interponer recursos.

• El ejercicio del derecho de petición es gratuito y puede realizarse sin necesidad de representación a través de abogado.

• Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disci-plinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción.

• Estará sometida a término especial la re-solución de las siguientes peticiones:

1. Las peticiones de documentos deberán resolverse dentro de los diez (10) días si-guientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos le-gales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la admi-nistración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y

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como consecuencia las copias se entrega-rán dentro de los tres (3) días siguientes.

2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolver-se dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.

Parágrafo. Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los pla-zos aquí señalados, la autoridad deberá in-formar de inmediato, y en todo caso antes del vencimiento del término señalado en la ley, esta circunstancia al interesado expre-sando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolve-rá o dará respuesta, el cual no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

Presentación y radicación de peticiones. Las peticiones podrán presentarse verbalmente o por escrito, y a través de cualquier medio idóneo para la comunicación o transferencia de datos. Los recursos se presentarán confor-me a las normas especiales de este Código.

Cuando una petición no se acompañe de los documentos e informaciones requeridos por la ley, en el acto de recibo la autoridad deberá indicar al peticionario los que falten. Si este insiste en que se radique, así se hará dejando constancia de los requisitos o do-cumentos faltantes.

Si quien presenta una petición verbal pide constancia de haberla presentado, el fun-cionario la expedirá en forma sucinta.

Las autoridades podrán exigir que ciertas pe-ticiones se presenten por escrito, y pondrán a disposición de los interesados, sin costo, a menos que una ley expresamente señale lo contrario, formularios y otros instrumentos estandarizados para facilitar su diligencia-miento. En todo caso, los peticionarios no que-darán impedidos para aportar o formular con su petición argumentos, pruebas o documen-tos adicionales que los formularios por su di-seño no contemplen, sin que por su utilización

las autoridades queden relevadas del deber de resolver sobre todos los aspectos y pruebas que les sean planteados o presentados más allá del contenido de dichos formularios.

A la petición escrita se podrá acompañar una copia que, autenticada por el funciona-rio respectivo con anotación de la fecha y hora de su presentación, y del número y cla-se de los documentos anexos, tendrá el mis-mo valor legal del original y se devolverá al interesado. Esta autenticación no causará costo alguno al peticionario.

Contenido de las peticiones. Toda petición deberá contener, por lo menos:

1. La designación de la autoridad a la que se dirige.

2. Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apo-derado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peti-cionario podrá agregar el número de fax o la dirección electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar ins-crita en el registro mercantil, estará obliga-da a indicar su dirección electrónica.

3. El objeto de la petición. 4. Las razones en las que fundamenta su

petición. 5. La relación de los requisitos exigidos por

la ley y de los documentos que desee pre-sentar para iniciar el trámite.

6. La firma del peticionario cuando fuere el caso.

Parágrafo. La autoridad tiene la obligación de examinar integralmente la petición, y en ningún caso la estimará incompleta por fal-ta de requisitos o documentos que no se en-cuentren dentro del marco jurídico vigente y que no sean necesarios para resolverla.

Peticiones incompletas y desistimiento tácito. En virtud del principio de eficacia, cuando la autoridad constate que una pe-tición ya radicada está incompleta pero la actuación puede continuar sin oponerse a la ley, requerirá al peticionario dentro de

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los diez (10) días siguientes a la fecha de ra-dicación para que la complete en el término máximo de un (1) mes. A partir del día si-guiente en que el interesado aporte los do-cumentos o informes requeridos comenzará a correr el término para resolver la petición.

Cuando en el curso de una actuación ad-ministrativa la autoridad advierta que el peticionario debe realizar una gestión de trámite a su cargo, necesaria para adoptar una decisión de fondo, lo requerirá por una sola vez para que la efectúe en el término de un (1) mes, lapso durante el cual se suspen-derá el término para decidir.

Se entenderá que el peticionario ha desis-tido de su solicitud o de la actuación cuan-do no satisfaga el requerimiento, salvo que antes de vencer el plazo concedido solicite prórroga hasta por un término igual.

Vencidos los términos establecidos en este artículo, la autoridad decretará el desis-timiento y el archivo del expediente, me-diante acto administrativo motivado, que se notificará personalmente, contra el cual únicamente procede recurso de reposición, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.

Desistimiento expreso de la petición. Los in-teresados podrán desistir en cualquier tiem-po de sus peticiones, sin perjuicio de que la respectiva solicitud pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos le-gales, pero las autoridades podrán continuar de oficio la actuación si la consideran nece-saria por razones de interés público; en tal caso expedirán resolución motivada.

Peticiones irrespetuosas, oscuras o reite-rativas. Toda petición debe ser respetuosa. Sólo cuando no se comprenda su finalidad u objeto, se devolverá al interesado para que la corrija o aclare dentro de los diez (10) días siguientes. En caso de no corregirse o aclararse, se archivará la petición.

Respecto de peticiones reiterativas ya re-sueltas, la autoridad podrá remitirse a las respuestas anteriores.

Atención prioritaria de peticiones. Las au-toridades darán atención prioritaria a las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental cuando deban ser resueltas para evitar un perjuicio irremediable al peti-cionario, quien deberá probar sumariamente la titularidad del derecho y el riesgo de perjui-cio invocados.

Cuando por razones de salud o de seguridad personal esté en peligro inminente la vida o la integridad del destinatario de la medida solicitada, la autoridad deberá adoptar de inmediato las medidas de urgencia necesa-rias para conjurar dicho peligro, sin perjui-cio del trámite que deba darse a la petición.

Funcionario sin competencia. Si la auto-ridad a quien se dirige la petición no es la competente, informará de inmediato al in-teresado si este actúa verbalmente, o den-tro de los diez (10) días siguientes al de la recepción, si obró por escrito.

Dentro del término señalado remitirá la pe-tición al competente y enviará copia del ofi-cio remisorio al peticionario.

Los términos para decidir se contarán a par-tir del día siguiente a la recepción de la peti-ción por la autoridad competente.

Organización para el trámite interno y de-cisión de las peticiones. Las autoridades deberán reglamentar la tramitación interna de las peticiones que les corresponda resol-ver, y la manera de atender las quejas para garantizar el buen funcionamiento de los servicios a su cargo.

Cuando más de diez (10) ciudadanos formulen peticiones de información análogas, la Admi-nistración podrá dar una única respuesta que publicará en un diario de amplia circulación, la pondrá en su página web y entregará copias de la misma a quienes las soliciten.

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Código disciplinario único (ley 734 de 2002)La función pública está orientada al cum-plimiento de los fines del Estado, entre los cuales está la satisfacción de los intereses generales de la comunidad y exige que se realice bajo los principios mínimos que ga-ranticen la igualdad, la moralidad, eficacia, economía, celeridad, publicidad e impar-cialidad, cuya aplicación permite asegurar su correcto y eficiente funcionamiento, así como generar la legitimidad y buena ima-gen de sus actuaciones ante la comunidad.

De acuerdo con el artículo 123 de nuestra Constitución, “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos es-tán al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento”.

La Función Pública y la falta disciplinariaGarantía de la función pública. Los servido-res del estado para salvaguardar los prin-cipios de la función pública, ejercerán los derechos, cumplirán los deberes, respeta-rán las prohibiciones y estarán sometidos al régimen de inhabilidades, incompatibili-dades, impedimentos y conflictos de intere-ses, establecidos en la Constitución Política y en las leyes.

El legislador expidió el Código Disciplinario Único, por medio de la Ley 734 del 5 de febre-ro de 2002. En él se formulan los derechos, deberes y prohibiciones, lo mismo que las faltas por su incumplimiento, las sanciones, procedimientos y las personas competentes para su aplicación.

De conformidad con lo establecido en el ar-tículo 76 del estatuto disciplinario, toda en-

tidad del Estado debe organizar una oficina del más alto nivel, cuya estructura jerárqui-ca permita preservar la garantía de la doble instancia, encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplina-rios que se adelanten contra sus servidores y ex servidores. Con la Ley 1474 de 2011 se extiende la potestad disciplinaria a contra-tistas e interventores.

En la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de conformidad con el Acuerdo No. 002 de 2011, esta función le ha sido asignada en primera instancia la Subdirección Administrativa y Financiera, y en segunda instancia, a la Di-rección General de la Entidad.

Disposiciones sobre la calidad del servicioA continuación se listan las normas expedi-das en materia de calidad, cuya observación forma parte de las obligaciones de los servi-dores públicos colombianos con el objeto de brindar mayor satisfacción a los ciudadanos:

• Ley 872 de 2003 (diciembre 30) “Por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la rama ejecutiva del poder público y en otras entidades prestadoras de servicios”.

• Decreto 4110 de 2004 (diciembre 9) “Por el cual se reglamenta la Ley 872 de 2003 y se adopta la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública”.

• Circular No. 06 de 2005 (junio 27) “Imple-mentación del sistema de gestión de la ca-lidad en las entidades del Estado obliga-das por la Ley 872 de 2003, su Decreto 4110 de 2004 y la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTCGP 1000:2009

• “Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública – NTCGP 1000:2009 Sistema de Gestión de la Calidad para la rama ejecu-tiva del poder público y otras entidades prestadoras de servicios”.

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Capítulo 2Programa de inducción y reinducción

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PresentaciónLa inducción se constituye en un proceso progresivo de formación y aprendizaje de los servidores públicos, indispensable para su desarrollo humano en la Orquesta Fi-larmónica de Bogotá (OFB) y para que esta pueda cumplir adecuadamente su misión.

Nuestra Imagen

Objetivo de la inducciónFacilitar la adaptación e integración del nuevo servidor público a la Entidad y a su puesto de trabajo, mediante el suministro de informa-ción relacionada con las características y di-mensiones de la OFB, con el objeto de contar con un equipo de trabajo de alto rendimiento, con sentido de pertenencia, eficiencia, efica-cia, amor por el trabajo y con la satisfacción

de compartir con sus compañeros el desarro-llo organizacional.

Objetivo del manual de InducciónMantener informados a los nuevos ser-vidores públicos sobre la actividad de la OFB, los productos y servicios que presta, los derechos y deberes, con el fin de lograr la identificación del servidor público con la organización y proporcionarle las bases para una adaptación e integración con su grupo de trabajo y alcanzar así los niveles de productividad deseados.

Programa de reinducciónDe conformidad con lo previsto en el artí-culo 64 de la Ley 190 de 1995, las entidades públicas deberán contar cada dos años con un programa de actualización de inducción.

De igual forma el artículo 7 de la Ley 1567 de 1998 establece que los planes institucio-nales de cada entidad deben incluir obli-gatoriamente, programas de inducción y reinducción, los cuales deberán hacerse por lo menos cada dos años.

Objetivo del programa de reinducciónEste programa busca crear un espacio para que los servidores se enteren de las refor-mas en la organización del estado y sus funciones; actualicen sus conocimientos respecto de los énfasis de cada adminis-tración en su política económica, social y ambiental; Se actualicen con respecto a las normas y decisiones para la prevención y supresión de la corrupción, y se informen de las modificaciones en materia de inha-bilidades e incompatibilidades de los ser-vidores públicos; se renueven frente a los cambios estructurales y culturales de las entidad y sus dependencias. Reflexionen sobre los valores y principios de la cultura organizacional, tanto los éticos como los

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propiamente organizacionales, y renue-ven su compromiso con la prácticas de los mismos. Se informen sobre las nuevas dis-posiciones en materia del talento huma-no, fortalezcan el sentido de pertenencia e identidad con la entidad, tomen conciencia de los logros alcanzados por la entidad, en los que ellos mismos han participado, y pro-yecten las acciones, planes y programas que hagan posible la implementación de las po-líticas gubernamentales.

Guía GeneralLa implementación del programa de induc-ción y reinducción permitirá al nuevo servi-dor conocer todo lo referente a la historia y evolución de la Entidad, su naturaleza jurídica, objeto, funciones, estructura organizacional, organigrama general y funcional, planta de cargos, información general sobre la entidad, misión, visión, valores, objetivos y estrategias corporativas, productos y servicios, modelo estándar de control interno, sistema integra-do de gestión y código disciplinario único.

Historia y evolución

La historia de la Orquesta Filarmónica se re-monta al año 1967. Tuvo su origen en la Fun-dación Filarmónica Colombiana agrupación de músicos sin ánimo de lucro que tenía en-tre sus objetivos formar una nueva orquesta.

Melómanos, intelectuales y empresarios privados recogieron el sentir de algunos músicos, en cuanto a las muy restringidas posibilidades de ingreso de nuevos integran-tes a la Orquesta Sinfónica de Colombia y la necesidad de una creciente cultura musical que en especial respondiera también al cre-cimiento de la ciudad. Mediante el Acuerdo 71 de 1967, el Concejo de Bogotá acogió a la Fundación Filarmónica y dio vida a la Or-questa Filarmónica de Bogotá. El 19 de agos-to se llevó a cabo en el Teatro Colón el primer concierto, para dar a conocer a la Orquesta Filarmónica de Bogotá, bajo la batuta del di-rector Melvin Strauss y con la participación

del violinista Frank Preuss y la soprano Julia Ballesteros como solistas.

En todos estos años, la Orquesta ha inter-pretado las grandes obras del repertorio musical universal y ha sido el espacio por excelencia para desarrollar la carrera de muchos directores, compositores y por su-puesto intérpretes. Por ella han pasado di-rectores nacionales y extranjeros de la talla de Jaime León, Dimitar Manolov, Eduardo Carrizoza, Carmen Moral, Francisco Rettig, Irwin Hoffman, Eduardo Díaz-Muñoz, etc. Compositores como Luis Antonio Escobar, Jesús Pinzón Urrea, Blas Emilio Atehortúa, Luis Pulido y Germán Borda entre otros, han trabajado estrechamente con ella. Así mismo, una gran variedad de solistas nacio-nales e internacionales han participado de la programación de la Orquesta y han per-mitido que el público bogotano conozca el

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repertorio y disfrute de las grandes compo-siciones de la música sinfónica a lo largo de estos 43 años.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá es de las pocas orquestas en Latinoamérica que ha realizado casi en su totalidad los ciclos de compositores como Mahler, Bruckner y Bartok y gracias a su programación, Bogotá ha conocido la obra de compositores como Stravinski, Debussy, Poulenc, Orff, Pinzón Urrea, Hindemith, Copland, Turina, Kodaly, Brouwer, Lutoslawski, Borda, Ravel, Jacha-turián, Gershwin, Kabalevsky, Delius, Villa Lobos, Ginastera, Elgar, Bernstein, Britten, De Falla, Sibelius, Pulido, Respighi, Nielsen, Milhaud, Górecki, Holst, Gómez-Vignes, Mon-cayo, Enesco, Mejía, Barber, Messiaen, entre otros. Adicionalmente, la Orquesta Filarmó-nica de Bogotá ha desarrollado otras activi-dades entre las cuales están los conciertos en vivo, los programas de radio y televisión, pro-gramas didácticos, concursos para jóvenes intérpretes, varias producciones fonográfi-cas e igualmente material audiovisual. Tiene adicionalmente un Banco de Partituras que presta servicios al medio musical nacional y una Cintoteca con los conciertos grabados y emitidos en más de treinta años de actividad.

La Filarmónica, orgullo de Bogotá, está con-formada actualmente por una planta de 97 músicos y su Director Titular Maestro En-rique Diemecke. De esta forma la Orquesta Filarmónica de Bogotá continúa cumplien-do son su misión de difundir y lograr cada vez más entre el público bogotano, el gusto y la apropiación de la música sinfónica

La Orquesta Filarmónica y la Reforma AdministrativaCon ocasión de la Reforma Administrativa del Distrito según el Acuerdo No. 257 de 2007 el Instituto Distrital de Cultura y Turismo se transformó en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Esta entidad

tiene por objeto orientar y liderar la formu-lación concertada de políticas, planes y pro-gramas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación, con la participación de las enti-dades adscritas y vinculadas y la sociedad ci-vil. Las funciones ejecutoras que el Instituto realizaba en las áreas de música, danza y arte dramático, así como la administración y ma-nejo de los escenarios Teatro Jorge Eliécer Gaitán y Media Torta pasaron a la Orquesta Filarmónica de Bogotá por tener capacidad ejecutora y pertenecer al sector de la cultura.

La OFB, en desarrollo del artículo 4 del Acuer-do 71, asumió durante las vigencias 2008 a 2010, las funciones ejecutoras en las áreas de música, danza y arte dramático, así como la administración y manejo de los escenarios Teatro Jorge Eliécer Gaitán y Media Torta, funciones que fueron trasferidas al nuevo Instituto Distrital de la Artes, IDARTES”, por disposición del Acuerdo No. 440 del 24 de ju-nio de 2010, a partir del 2 de febrero de 2011.

Es así como la Junta Directiva de la OFB mediante los Acuerdo No. 001 y 002 de 2011, modificó sus estatutos y determinó su es-tructura organización, incluyendo dentro de su misión el fortalecimiento de los pro-cesos y dimensiones de la música sinfónica, académica y el canto lírico.

Premios y reconocimientosPor primera vez, una orquesta de carácter sinfónico en Colombia recibe un reconoci-miento internacional como lo fue el Gram-my Latino en 2008, obtenido por el trabajo discográfico La Orquesta Filarmónica de Bogotá es Colombia - 40 años, el cual posi-cionó a la Orquesta y a la ciudad en el ámbi-to artístico internacional.

Así mismo, la Orquesta Filarmónica de Bo-gotá obtuvo el 11 de diciembre de 2008, disco doble de platino por ventas con su colec-

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ción La Orquesta Filarmónica de Bogotá es Colombia - 40 años, reconocimiento que se sumó al disco de platino obtenido en di-ciembre de 2007, el primero que logró una agrupación sinfónica en Colombia.

En 2009 la OFB obtuvo el Premio Nuestra Tierra a lo mejor de la música en la catego-ría de Mejor interpretación folclórica del año, por su versión de Colombia tierra que-rida del maestro Lucho Bermúdez. Ese mis-mo año, el trabajo La Orquesta Filarmónica de Bogotá es Colombia - 40 años, fue nomi-nado a los Premios Shock en la categoría Mejor disco de folclor.

Por otro lado, la producción musical Mesti-zajes en 2010, fue el disco colombiano más vendido en diciembre de ese mismo año, y estuvo postulado para los Premios Shock 2010 en la categoría Grabación del año.

De igual manera, la OFB como reconocimien-to a su gestión pública y por sus aportes al fomento de la música sinfónica, académica y el canto lírico de Bogotá, se hizo acreedora en 2010 al premio El Colombiano Ejemplar en la categoría Mejor entidad cultural del país, otorgado por el periódico El Colom-biano. Además obtuvo el primer lugar en el Premio Distrital a la Cultura del Agua (Se-cretaría Distrital de Ambiente).

En 2011 obtuvo el reconocimiento Gestión de Oro en el premio Distrital a la Gestión 2011, otorgado por la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y la Veeduría Distrital; premio Visión Internet 2010 - 2011 en la categoría Sitio web institucional, otorgado por la Comisión Distrital de Sistemas. Según la evaluación técnica a la calidad de vida en la ciudad que realiza el Programa Bogotá Cómo Vamos (BCV), la OFB obtuvo el primer puesto, como la entidad que tiene la mejor gestión del Dis-trito con un 78% de aceptación; primer lugar como la entidad que ofrece el mejor servicio

al ciudadano con un 78% de calificación; ter-cer puesto con un 94% en el Top 10 de las en-tidades de mayor favorabilidad

Naturaleza JurídicaLa Orquesta Filarmónica de Bogotá, creada en virtud del Acuerdo 71 de 1967 del Concejo Dis-trital, es un establecimiento público del orden distrital, dotado de personería jurídica, auto-nomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte cabeza de sector.

La Orquesta Filarmónica de Bogotá esta representada legalmente por el (la) Direc-tor(a) General.

ObjetoLa Orquesta Filarmónica de Bogotá (OFB), como establecimiento público del Distrito adscrito a la Secretaría Distrital de Cultu-ra, Recreación y Deporte, tiene como objeto ejecutar de manera concertada las políticas de la administración distrital mediante la prestación de servicios culturales en el área de la música sinfónica, académica y el canto lírico; la difusión y ejecución del repertorio sinfónico universal y nacional y la adminis-tración de sus escenarios culturales.

Misión“La Orquesta Filarmónica de Bogotá tiene como misión garantizar los derechos cultu-rales de los habitantes del Distrito Capital, fortalecer los procesos y dimensiones de la música sinfónica, académica y el canto lírico así como garantizar el desarrollo y la proyección de la Orquesta Filarmónica de Bogotá con la difusión del repertorio sinfó-nico nacional e internacional”.

Visión“En el 2016 la Orquesta Filarmónica de Bogotá será una Entidad Pública eficiente e innova-

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dora, reconocida nacional e internacional-mente por el fomento de la música sinfónica, académica y canto lirico en las dimensiones de formación, creación, investigación, circu-lación y apropiación, así como por su nivel artístico e interpretativo en la difusión y pro-moción social de la música sinfónica y por el respeto e inclusión a la diversidad”.

ValoresProbidad: Es la cualidad que define a una persona integra y recta; a quien cumple sus deberes sin fraudes, engaños ni trampas. Ser probo es ser transparente, auténtico y actuar de buena fe. La probidad expresa respeto por uno mismo y por los demás, y guarda estrecha relación con la honestidad, la veracidad y la franqueza.

Trabajo en equipo: es actuar con otros para alcanzar objetivos y metas de beneficio mu-tuo; es hacer una obra en común, tener ini-ciativa en función y apoyo de los demás; es relacionarnos en tÁreas concertadas y mu-tuamente dirigidas a un propósito común; es trabajar todos para uno y uno para todos. No es andar de la mano, sino lograr acuerdos y aportar habilidades y experiencias, para ob-tener el mejor resultado.

Disciplina: es la capacidad de actuar en un marco de referencia interno, propio, autó-nomo y no impuesto por otros, para decidir y cumplir con los propósitos personales e Institucionales. Es el dominio y la exigen-cia con nosotros mismos para hacer reali-dad las expectativas del trabajo y de la vida. La disciplina nos hace seguir y vivir unas normas y unos procedimientos por conven-cimiento. Implica dedicación, autorregu-lación ordenada de las acciones, entrega y esfuerzo continuo para alcanzar las metas.

Actitud de servicio: es la actitud de dispo-nibilidad permanente e incondicional al público y al usuario por parte de quienes estamos comprometidos en facilitarle las

condiciones para que adquiera o disfrute nuestros productos. El servicio es una cul-tura institucional orientada a la calidad; es decir, a satisfacer las necesidades y expecta-tivas de la comunidad. Implica respeto por el ciudadano, rapidez, puntualidad, aseso-ría, amabilidad, agilidad, creatividad y me-joramiento permanente de los procesos y los productos.

Respeto: es tratar humanamente a las per-sonas; es ponerse en el lugar del otro para comprenderlo y adoptar, siquiera por un momento, esa otra perspectiva. Significa valorar a los otros como sujetos de dere-chos, los cuales merecen reconocimiento. El respeto se da cuando en la interacción se valoran las opiniones, las creencias, los estilos de vida y la autonomía de los de-más. Excluye, por lo tanto, el maltrato, la discriminación, la agresión, la humillación, la indiferencia y el desconocimiento de las personas, cualquiera sea su condición.

FuncionesLa OFB tiene las funciones básicas siguientes:

1. Participar en el proceso de formulación concertada de las políticas distritales que orienta y lidera la Secretaría Distri-tal de Cultura, Recreación y Deporte en el área de música sinfónica, académica y canto lírico.

2. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de la músi-ca sinfónica, académica y el canto lírico en las dimensiones de formación, crea-ción, investigación, circulación y apro-piación en el Distrito Capital.

3. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos orientados a fortalecer los procesos de participación, planeación, fomento, organización, información y re-gulación de la música sinfónica, académi-ca y canto lírico en el Distrito Capital, en consonancia con las políticas del sector.

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4. Ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos para fortalecer la presencia de la Orquesta Filarmónica de Bogotá como agrupación sinfónica en los ámbi-tos territorial y local del Distrito Capital, así como en los ámbitos nacional e inter-nacional, en consonancia con las políti-cas del sector.

5. Promover el acceso y apropiación de los servicios culturales y programas que ofrezca la Orquesta Filarmónica de Bogotá entre los habitantes del Distrito Capital.

6. Diseñar y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos que garanticen el desarrollo y el fomento de las expresiones de la música sinfónica, académica y el can-to lírico que interpreten la diversidad cul-tural de los habitantes del Distrito Capital, en consonancia con las políticas del sector.

7. Desarrollar, fomentar, difundir y pro-yectar el repertorio sinfónico nacional y universal en los ámbitos territorial y local del Distrito Capital, así como en los ámbitos nacional e internacional.

8. Garantizar el funcionamiento y progra-mación de los equipamientos culturales a su cargo.

9. Garantizar los dispositivos para la adecua-da producción técnica y logística de los planes, programas y proyectos de la Or-questa Filarmónica de Bogotá.

10. Diseñar estrategias para asegurar la ges-tión y promoción de recursos públicos y privados que permitan el adecuado desa-rrollo de los planes, programas y proyectos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

11. Definir y ejecutar estrategias para cuali-ficar y proyectar el desarrollo profesio-nal de la planta artística de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

12. Proyectar la imagen cultural del Distrito Capital a través de la difusión de la músi-ca sinfónica inter pretada por la Orques-ta Filarmónica de Bogotá bajo el criterio de excelencia artística.

13. Administrar los bienes que integran el patrimonio de la Orquesta Filarmónica de Bogotá.

14. Las demás que le sean asignadas en cum-plimiento de su misión.

Políticas de OperaciónMediante el Acuerdo 003 del 19 de diciem-bre de 2012, se estableció las políticas de operación de la Entidad.

Políticas Culturales

Políticas Institucionales:• Política Artística• Política del SIG• Política de Calidad• Política de Gestión Ambiental• Política Sistema de Control Interno• Política de Gestión Documental• Política de Desarrollo del Talento Humano• Política de Seguridad y Salud Ocupacional• Política de Sistema de Información y

Tecnología• Política de Responsabilidad Social• Política de Servicio al Ciudadano• Política de Prevención del daño antijurídico• Política de Tesorería• Política Administración de Riesgos• Política de Comunicación Estratégica• Políticas de Operación• Política de Control Interno Contable

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Estructura organizacional y organigrama general y funcional

A través del Acuerdo 002 de 2011 la Junta Directiva de la OFB modifico la estructura organizacional y se ajustaron las funciones.

De las funciones de las dependencias• Dirección y Administración: la dirección y

administración de la OFB estará a cargo de la Junta Directiva y del Director general.

• Junta Directiva: es la máxima autoridad reguladora interna del establecimiento público y con el Director General ejercen su dirección. Esta encargada de definir las políticas y planes institucionales que re-quieran para su funcionamiento, así como vigilar y evaluar las actividades condu-centes al cumplimiento legal, misional y social de la entidad. Sus funciones están establecidas en el artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y en los estatutos de la entidad.

• Dirección General: Es la encargada de la gestión integral de la Entidad, lo cual in-cluye acciones de planeación, dirección, coordinación, vigilancia y control del funcionamiento de la OFB. De igual for-ma, es responsable del cumplimiento de la misión, los objetivos, las estrategias y el desarrollo de sus programas y proyectos.

• Oficina Asesora Jurídica: Asesora a la Junta Directiva, al Director general y de-más funcionarios en el conocimiento, revisión y trámite de conceptos, fallos y asesorías de los asuntos jurídicos que le corresponda resolver, bien por ser de su directa competencia, o por delegación de funciones y en general en todas las actua-ciones que comprometan la posición ins-titucional jurídica de la entidad.

• Oficina Asesora de Planeación: Diseña, planea, desarrolla, evalúa, mejora y hace

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seguimiento a los procesos de desarrollo institucional, planeación estratégica, me-joramiento institucional y gestión ética. En términos generales, presta asesoría calificada a la Dirección General para asegurar que la gestión que la gestión esté dentro de los principios que rigen la función pública, que garanticen la efi-ciencia, eficacia, celeridad y oportunidad en la prestación de los servicios.

• Oficina de Control Interno: Asesora a la Dirección general y a las dependencias de la entidad en la definición e implementa-ción de políticas relacionadas con el Sis-tema de Control Interno. En términos ge-nerales, respalda a la Dirección para ase-gurar que el desarrollo de la gestión esté dentro de los principios que rigen la fun-ción pública, que garanticen la eficiencia, la eficacia, la celeridad y la oportunidad en la prestación de los servicios.

• Oficina asesora e Comunicaciones: ela-bora y desarrolla las políticas y estrate-gias de comunicación y divulgación en prensa, radio, televisión y medios infor-máticos de difusión para la entidad, y

regula el correcto uso de la imagen insti-tucional, estableciendo enlaces de infor-mación y publicidad de la OFB interna-mente, con la comunidad, con los medios de comunicación y con otras entidades públicas y privadas.

• Subdirección Administrativa y Financie-ra: es la dependencia que ofrece todo el soporte administrativo, financiero, logís-tico y operativo de los procesos misio-nales de la OFB. La componen: Talento Humano, Tesorería, Presupuesto, Conta-bilidad, Gestión Documental, Almacén, Sistemas, Atención al Usuario y Procesos Disciplinarios.

• Subdirección Sinfónica: Es la dependen-cia encargada del desarrollo y gerencia de los proyectos de inversión social y cum-plimiento de los cometidos misionales re-lacionados con la ejecución y difusión del repertorio sinfónico y el fortalecimiento de los procesos y dimensiones de la mú-sica sinfónica, académica y el canto lírico. La componen: Música Académica, Didác-ticos, Jornada 40 Horas, Producción, Me-dios Audiovisuales y Biblioteca.

Área de Gestión del Talento Humano planta de cargos - vigencia 2013No. CARGO CODIGO GRADO No. CARGOS

   Nivel directivo 41 Director General de Entidad Descentralizada 050 04 12 Subdirector Administrativo y Financiero 068 03 13 Subdirector Técnico 068 01 14 Jefe de Oficina 006 02 1 

  Nivel asesor 35 Jefe de Oficina Asesora Jurídica 115 02 16 Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones 115 01 17 Jefe de Oficina Asesora de Planeación 115 01 1

   Nivel profesional 148 Profesional Especializado 222 09 19 Tesorero General 201 08 1

10 Profesional Especializado 222 07 1

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Área de Gestión del Talento Humano planta de cargos - vigencia 2013No. CARGO CODIGO GRADO No. CARGOS

11 Profesional Especializado 222 06 112 Profesional Universitario 219 05 113 Profesional Universitario 219 04 114 Profesional Universitario 219 03 115 Profesional Universitario 219 02 516 Profesional Universitario 219 01 117 Almacenista General 215 01 1

   Nivel tecnico 4

18 Técnico Administrativo 367 03 319 Técnico Administrativo 367 01 1

   Nivel asistencial 18

20 Secretario Bilingüe 420 13 221 Secretario Ejecutivo 425 13 122 Secretario 440 12 123 Secretario 440 11 224 Secretario 440 04 125 Auxiliar Administrativo 407 06 226 Operario Calificado 490 09 127 Operario 487 06 128 Operario 487 03 129 Operario 487 02 230 Conductor Mecánico 482 03 131 Auxiliar de Servicios Generales 470 01 3

   Trabajadores oficiales 97

32 Director Musical asistente - 07 133 Concertino Principal - 06 134 Jefe de Grupo - 05 1435 Asistente de Grupo - 04 1236 Musico de Orquesta - 03 2837 Musico de Orquesta - 02 2238 Musico de Orquesta - 01 19

   Empleos temporales 36

39 Profesional Especializado 222 09 140 Profesional Especializado 222 06 441 Profesional Universitario 219 04 442 Profesional Universitario 219 02 843 Profesional Universitario 219 01 8

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Área de Gestión del Talento Humano planta de cargos - vigencia 2013No. CARGO CODIGO GRADO No. CARGOS44 Técnico Administrativo 367 03 345 Técnico Administrativo 367 01 346 Secretario 440 04 247 Operario 487 03 248 Conductor Mecánico 482 03 1

   Total funcionarios de planta 176

Información generalUbicación sedes:

Sedes Orquesta Filarmónica De Bogotá.

Sede Calle 39 No 14-32/38 Sala Otto de Greiff.• Dirección General• Subdirección Administrativa y Financiera

• Subdirección Sinfónica

Sede Calle 39 Bis No 14-57 sede AdministrativaPrimer piso:

• Área de Atención al Ciudadano• Área de Asuntos Disciplinarios.• Recepción de correspondencia.• Área de Tesorería• Área del Banco de Partituras • Servicios Generales• Área de Almacén General.

Segundo Piso:

• Área de Gestión del Talento Humano• Oficina Asesora Jurídica• Área de Contabilidad• Área de Presupuesto• Área de Sistemas• Oficina Asesora de Comunicaciones• Área de Medios Audiovisuales.

Sede Calle 39 No 14-46 sede alternaPrimer piso:

• Archivo Central.• Zona de alimentación• Zona de bienestar

Segundo Piso:

• Oficina de Control Interno• Oficina Asesora de Planeación• Área de Archivo Documental• Área de Producción.

Sede Carrera 17 No 38-30 Primer piso:

• Instructores Jornada 40 horas

Segundo Piso:

• Área de Música Académica• Área de Programas Didácticos.• Jornada 40 Horas.

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Sitios habituales de ensayos y presentaciones de la planta artística:

Auditorio León de Greiff de la Universidad Nacional de Colombia. Carrera 30 No. 45 -03 Edificio 104.

Auditorio Fabio Lozano de la Universidad Jorge Tadeo Lozano. Carrera 4 No. 22 – 61.

Horarios:De atención al público: De lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.

Horario de trabajo:

Empleados Públicos: De lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m., con un horario de almuerzo en dos jornadas: De 12:00 m a 1:00 p.m. y de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. (Resolu-ción No. 0276 del 30 de septiembre de 2011).

Trabajadores Oficiales: El personal artísti-co y los profesores de la Orquesta en razón de las funciones especiales que desempe-ñan, deberán cumplir una jornada semanal de cuarenta y cuatro (44) horas, de las cuales veintitrés (23) horas semanales deberán ser dedicadas a ensayos, conciertos y presen-taciones públicas diurnas y nocturnas, de conformidad con el horario de trabajo que le indique la Orquesta, teniendo en cuenta las necesidades del servicio.

El tiempo restante, hasta completar cuaren-ta y cuatro (44) horas semanales, deberán emplearlo en capacitación, tanto teórica como instrumental, conciertos didácticos, estudiantiles, de barrio, presentaciones es-peciales fuera de la ciudad o en ella, progra-mas de televisión, grabaciones fonográficas, en estudio individual y/o de conjunto, en instrucción, en investigaciones, en cualquier otra que pueda presentarse o requerirse, en las labores esenciales, naturales y comple-mentarias al cargo para el cual se le contrata.

Objetivos y estrategias corporativasPara cumplir con la misión y la visión, la Entidad cumplirá los siguientes objetivos y estrategias:

1. Promover el conocimiento y la apropiación social de la música sinfónica, académica y el canto lírico.

2. Promover la práctica musical, en música sin-fónica, académica y canto lírico, en el sector de la música de Bogotá y entre las niñas, los niños y los jóvenes de la ciudad.

3. Consolidar escenarios culturales para la mú-sica.

4. Consolidar la memoria musical de la OFB.5. Fortalecer la gestión y la ética organizacio-

nal.

Ver Acuerdo No. 03 del 19 de diciembre de 2012 “Por el cual se aprueba el Plan Estraté-gico de la Orquesta Filarmónica de Bogotá para el periodo 2012 - 2016”

Nuestros productos y serviciosPara cumplir con la misión, la visión y sus objetivos, la Entidad ofrece, los siguientes productos y servicios:

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Producto Descripción Modalidades

Presentaciones artísticas

Actividades de puesta en escena pública de proyectos y procesos de creación artística con criterios de proximidad, diversidad, pertinencia y calidad.

Conciertos de la Orquesta Filarmónica de Bogotá en escenarios habituales y no habituales.Ópera al parque.Otras presentaciones artísticas.Presentaciones artísticas en escenarios culturales programados por apoyo, convenios y/o alianzas.Giras y conciertos nacionales e internacionales.

Estímulos

Acciones para la visibilización, el fortalecimiento y la proyección de las prácticas artísticas de la música sinfónica, académica y canto lírico en las dimensiones de formación, investigación, creación y circulación.

Programa de estímulos: Becas y Premios.Programa de Jurados.Programa de Apoyos Concertados.Alianzas estratégicas.

Actividades didácticas y académicas

Actividades dirigidas al sector cultural o a la ciudadanía en general que apuntan a la cualificación y actualización de profesionales y la formación de públicos en las distintas dimensiones de la música sinfónica, académica y canto lírico.

Programa de formación musical de niños y niñas de Bogotá en el contexto de la Jornada 40 horasPrograma de conciertos didácticos de la OFBTalleres, foros, conferencias y otros.

Publicaciones, material

audiovisual

Documentos, publicaciones o registros documentales que tienen por objeto promover, conservar, divulgar e incrementar el conocimiento y apropiación de las expresiones artísticas y culturales en la ciudad, a partir de un proceso editorial, de realización o investigación según sea el caso.

Programas de radio y televisiónPublicaciones (CDs, Libros, DVDs.)Material didáctico y exposiciones.

Centro de documentación

Actividades destinadas a recuperar, preservar, clasificar, catalogar y difundir el patrimonio musical sinfónico nacional e internacional mediante la atención a usuarios internos y externos en el préstamo o consulta de score, partes orquestales y libros musicales.

Banco de Partituras, publicaciones impresas y digitales.

Sistema Integrado de Gestión

Fue adoptado mediante resolución 143 del 31 de mayo de 2011 y comprende los subsis-temas de Gestión de Calidad, de Control Interno, Sistema de Seguridad en la infor-mación, Gestión Documental y Archivo y de Gestión Ambiental, este sistema tiene como objetivo Orientar y fortalecer la ges-tión, direccionar, articular y alinear con-juntamente los requisitos de la norma de los subsistemas con la dirección estratégica

de la entidad con el fin de garantizar su efi-ciencia, eficacia, transparencia, efectividad y la optimización de recursos y procesos.

Estructura del SIGLa estructura definida en la OFB para el manejo del SIG, comprende seis pilares es-tratégicos que reúnen toda la información institucional.

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Gestión estratégica

• Plataforma Estratégica• Políticas de Operación• Roles y Responsabilidades de la Direc-

ción• Equipo Operativo del SIG• Normograma

Operación institucional.• Modelo de Operación por Procesos (Do-

cumentación del SIG)

Gestión de la prestación del servicio.• Enfoque Hacia el Cliente• Satisfacción del Cliente

Gestión de evaluación.• Auditorías Internas• Auditorías Externas• Indicadores• Administración del Riesgo• Revisión por la Dirección

Gestión del mejoramiento continuo.• Plan de Mejoramiento• Control al Servicio o Producto no con-

forme• Premio Distrital a la Gestión

Gestión del talento humano.• Manual de Funciones y Competencias• Ambiente de Trabajo y Clima Organiza-

cional• Ética y Comportamental• Inducción y Reinducción• Formación y Capacitación• Bienestar e Incentivos• Evaluación del Desempeño

Mapa de procesosLa última versión del Mapa de Procesos se actualizó el 14 de diciembre de 2012 y corres-ponde a la interrelación de todos los procesos institucionales en todos sus niveles (Estraté-gico, Misional, Apoyo y Evaluación).

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Régimen disciplinarioLa función pública está orientada al cum-plimiento de los fines del Estado, entre los cuales está la satisfacción de los intereses generales de la comunidad y exige que se realice bajo los principios mínimos que ga-ranticen la igualdad, la moralidad, eficacia, economía, celeridad, publicidad e impar-cialidad, cuya aplicación permite asegurar su correcto y eficiente funcionamiento, así como generar la legitimidad y buena ima-gen de sus actuaciones ante la comunidad.

De acuerdo con el artículo 123 de nuestra Constitución,  “son servidores públicos los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y

de sus entidades descentralizadas territo-rialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento”.

La Función Pública y la falta disciplinariaGarantía de la función pública. Los servido-res del estado para salvaguardar los prin-cipios de la función pública, ejercerán los derechos, cumplirán los deberes, respeta-rán las prohibiciones y estarán sometidos al régimen de inhabilidades, incompatibili-dades, impedimentos y conflictos de intere-

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ses, establecidos en la Constitución Política y en las leyes.

El legislador expidió el Código Disciplinario Único, por medio de la Ley 734 del 5 de febre-ro de 2002. En él se formulan los derechos, deberes y prohibiciones, lo mismo que las faltas por su incumplimiento, las sanciones, procedimientos y las personas competentes para su aplicación.

De conformidad con lo establecido en el ar-tículo 76 del estatuto disciplinario, toda en-tidad del Estado debe organizar una oficina del más alto nivel, cuya estructura jerárqui-ca permita preservar la garantía de la doble instancia, encargada de conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplina-rios que se adelanten contra sus servidores y ex servidores. Con la Ley 1474 de 2011 se extiende la potestad disciplinaria a contra-tistas e interventores.

En la Orquesta Filarmónica de Bogotá, de conformidad con el Acuerdo No. 002 de 2011, esta función le ha sido asignada en primera instancia la Subdirección Administrativa y Financiera, y en segunda instancia, a la Di-rección General de la Entidad.

La Función Pública y la falta disciplinariaGarantía de la función pública. Los ser-vidores del estado para salvaguardar los principios de la función pública, ejercerán los derechos, cumplirán los deberes, respe-tarán las prohibiciones y estarán sometidos al régimen de inhabilidades, incompatibili-dades, impedimentos y conflictos de intere-ses, establecidos en la Constitución Política y en las leyes.

Formas de realización del comportamientoAcción y omisión. Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumpli-

miento de los deberes propios del cargo o fun-ción, o por extralimitación de sus funciones.

Cuando se tiene el deber de impedir un re-sultado, no evitarlo, pudiendo hacerlo, equi-vale a producirlo.

Derechos de los servidores públicosSe encuentran enunciados en el artículo 33 de la Ley 734 de 2002 (Código Disciplinario Único).

Deberes de los servidores públicosEstán descritos en el artículo 34 del estatuto disciplinario.

ProhibicionesSe observan en el artículo 35 del Código Único Disciplinario.

Clasificación y límite de las sancionesClases de sanciones. El servidor público está sometido a las siguientes sanciones:

1. Destitución e inhabilidad general, para las faltas gravísimas dolosas realizadas con cul-pa gravísima, la cual comprende:

a. La terminación de la relación del servidor público con la administración, sin que importe que sea de libre nombramiento y remoción, de carrera o elección, o

b. La terminación del contrato de trabajo, yc. En todos los casos anteriores, la imposi-

bilidad de ejercer la función pública en cualquier cargo o función, por el término señalado en el fallo, y la exclusión del es-calafón o carrera.

2. Suspensión en el ejercicio del cargo e inhabi-lidad especial para las faltas graves dolosas o gravísimas culposas.

Implica la separación del ejercicio del cargo y la inhabilidad especial, es decir, la impo-sibilidad de ejercer la función pública, en cualquier cargo distinto de aquel en cuyo desempeño se originó la falta, por el térmi-no señalado en el fallo.

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3. Suspensión, para las faltas graves culposas. Implica la separación del ejercicio del cargo.

4. Multa, para las faltas leves dolosas. Es una sanción de carácter pecuniario.

5. Amonestación escrita, para las faltas leves culposas.

Faltas gravísimasEl legislador las incluyó en el Título Único denominado “La descripción de las faltas disciplinarias en particular” Capítulo I, Fal-tas gravísimas, artículo 48, del citado código.

Página web institucional www.filarmonicabogota.gov.co: es el Canal de comuni cación de la Orquesta Filarmóni-ca de Bogotá con la ciudadanía en general, en la que se publica información de interés general sobre las actividades y eventos de la Orquesta, así como los actos administrativos de carácter general o documentos de interés público que por disposición legal se deben publicar en ella. (Información de conciertos y actividades, atención al ciudadano, rendi-ción de cuentas, planes y programas).

Intranet OFB: es el canal de comunica-ción interno de la Orquesta Filarmónica de Bogotá que permite el intercambio de in-formación entre las diferentes áreas de la OFB, así como la publicación de archivos y evidencias que permitan registrar los avan-ces desarrollados en los Planes de mejora-miento e informes de gestión de cada área, actividades y programación de eventos, en-tre otros.

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁSECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

GUSTAVO PETRO URREGOAlcalde Mayor de Bogotá D.C.

Junta DirectivaCLARISA RUIZ CORREAL Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte

WILLIAN MAC MACCLUREDirector del Conservatorio Universidad Nacional

HOLLMAN MORRIS Gerente de Canal Capital

LUIS FERNANDO LEÓN RENGIFOMiembro honorarioENRIQUE ANTONIO ARNEDO GONZÁLEZMiembro honorario

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DAVID GARCÍA RODRÍGUEZDirector General

PAOLA XIMENA FONSECA CAROSubdirectora Administrativa y FinancieraMARTHA YOLANDA SÁNCHEZ GUASCASubdirectora SinfónicaRAÚL ROJAS DEVIAJefe (e) Control InternoPATRICIA GÓMEZ FOREROJefe Oficina Asesora JurídicaLUZ MERY PONGUTÁ MONTAÑEZJefe Oficina Asesora de PlaneaciónMARISOL CONTRERAS GAMBOAJefe Oficina Asesora de Comunicaciones JOHNY HERNANDO CASTRO LEÓNResponsable del Área de Talento HumanoGLORIA AMPARO CIRO FLOREZTesorero General VÁSQUEZ VÁSQUEZ MARÍA LETICIAProfesional EspecializadoRUBY LILIANA ZERRATE MARÍNProfesional EspecializadoEDGAR LEONARDO PUENTES MELOProfesional UniversitarioNELLY ESPERANZA CRUZ SÁNCHEZProfesional UniversitarioDIEGO RAÚL PEREIRA ANGARITA Profesional UniversitarioSARA NÚÑEZ GONZÁLEZProfesional UniversitarioJOHANNA LUCÍA BUSTOS CRÍALESProfesional UniversitarioJUAN CARLOS QUINTERO FIERROProfesional UniversitarioJANNETH XIMENA GONZÁLEZ TOBÓNProfesional UniversitarioSANDRA PATRICIA HENAO REYESProfesional UniversitarioJOHAN JAVIER PULIDO REYProfesional UniversitarioBLANCA LILIA BUITRAGO RODRÍGUEZAlmacenista General FANNY GUERRERO RODRÍGUEZTécnico AdministrativoRAMONA DEL CARMEN ORTIZ ARÉVALOTécnico AdministrativoLIGIA CONSTANZA MORALES TORRESTécnico AdministrativoMARÍA DE LOS ÁNGELES VILLAMIZAR GUAQUETATécnico AdministrativoMARÍA CRISTINA GONZÁLEZ MARTÍNEZSecretario BilingüeLEONOR SILVA DE PACHECOSecretario BilingüeGLORIA MARTHA GAMBA TORRESSecretario EjecutivoJUANITA ROJAS DUARTESecretario

MANUEL RICARDO CORTES MONROYSecretario DAGOBERTO ORTIZ ORTEGÓNSecretario GABRIEL ARMANDO CAÑÓN SANDOVALOperario CalificadoMARÍA ROSANA ALVIS SÁNCHEZAuxiliar AdministrativoMARÍA DEL PILAR RODRÍGUEZ LOZANOAuxiliar AdministrativoGERMÁN ENRIQUE ROA PINZÓNOperario STEPHANY RAMÍREZ PINTASecretario ANA ELYS FIGUEREDO SANDOVALOperarioGABRIEL ARTURO URREGO GARCÍAConductor MecánicoARTURO CLARO RICARDOOperarioJAIME RUIZ RUIZOperario GABRIEL EDUARDO ROJAS RINCÓNAuxiliar de servicios GeneralesSONIA MERCEDES CAMACHO GAMBAAuxiliar de servicios GeneralesLUZ FARIDT CHARRY CASTROAuxiliar de servicios GeneralesPRIETO VASQUEZ MARIA CATALINAProfesional EspecializadoOCAMPO BOHORQUEZ CECILIA MARIAProfesional EspecializadoROMERO VELASQUEZ RAIZZA CATALINAProfesional EspecializadoGARCIA HURTADO GLADYSProfesional EspecializadoALARCON QUIROGA JOSE ALEXANDERProfesional EspecializadoOROZCO RIVILLAS CESAR AUGUSTOProfesional EspecializadoRUIZ CORTES DIANA CAROLINAProfesional EspecializadoLIEVANO SALAZAR MARIA CAROLINAProfesional EspecializadoHERRERA PARRA JAVIER ANTONIOProfesional EspecializadoVELLOJIN FORTICH JUAN CARLOSProfesional EspecializadoCHAVERRA MENA DAMIANAProfesional EspecializadoPENAGOS COLLAZOS CESAR AUGUSTOProfesional EspecializadoPAEZ URREGO ELEANA MARCELAProfesional EspecializadoARELLANO MENDEZ MARÍA ESMERALDA DE COLOMBIAProfesional EspecializadoCASTRO LEÓN JASSON SMITHProfesional EspecializadoHERNANDEZ RODRIGUEZ GLORIA ANGELICAProfesional Especializado

Planta de personal OFB - 2013

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VARGAS LINDARTE FREDDY MAURICIOProfesional EspecializadoGUTIERREZ PEREZ SANDRA LILIANAProfesional EspecializadoNIÑO CUERVO LAURA NATHALIAProfesional EspecializadoDAJER GOMEZ MARCELA DEL CARMENProfesional EspecializadoLEON JAIMES SUSANA IVETTEProfesional EspecializadoCASAS CASTRO ALEXANDERProfesional EspecializadoALDANA ROMERO JOSE LUISProfesional EspecializadoCALDERON CASTRO MARTHA CECILIATécnico AdministrativoGARAVITO ROMERO LEIDY MARCELATécnico Administrativo

REYES NIÑO CINDY KATHERINTécnico AdministrativoURREGO ACOSTA LEIDY MILENATécnico AdministrativoVARGAS GALVIS ALEYDA PAOLATécnico AdministrativoMALDONADO OLIVO FRANK BORIS EDUARDOOperario SIERRA LEON JAIROOperario MONTOYA SUAREZ CARMEN PATRICIASecretario ROA MONROY MARIA AURORASecretario ALVAREZ RODRIGUEZ JORGE GERARDOConductor Mecánico

Enrique Arturo DiemeckeDirector titular

U Jefe de Grupo e Asistente Jefe de Grupo f Comisión de estudios Supernumerario

Orquesta Filarmónica de Bogotá

Planta Musical

Violines ILuis Martín Niño Rodríguez (Concertino principal)Mauricio González Velásquez (Concertino alterno)Todor Ivanov Harizanov(Concertino alterno)Marilyn Louise PrasilBlanca Viviana Niño RodríguezLuz Stella Rojas Robayo Martha Romero SánchezLuis H. Rivera BejaranoJorge A. Valencia Casasbuenas Rodrigo Cottier ArceLiliana Parra PuertoÁngela A. Sierra RamírezJuan Carlos Higuita EstradaSergio A. Allendes Trujillo fGiuseppe Tejeiro Castiblanco

Violines IITzanko Vesselinov Dotchev UOlga C. Medina Vergara eMariluz Monsalve OspinaLenin L. Lozano OviedoVíctor M. González CalceteroJulio César Guevara DíazDaniel Luciano Herrera G.Esperanza Rosas BernalBeatriz Arroyo SanabriaJosé F. Arroyo SanabriaRocío Salas EscobarÓscar F. Avendaño RamírezCarlos A. Benavides SalcedoPablo Hurtado Taborda

ViolasAníbal dos Santos Pestana UEsperanza Mosquera Escobar eSandra Arango Johanna Gutiérrez PáezGuillermo Isaza FiscoRicardo Hernández MayorgaRobinson J. Ávila CardonaLigeia Ospina LineroJulián D. Linares ChavesLuz Helena Salazar AmézquitaOlga Lucía Hernández

ViolonchelosCamilo Benavides Rey UJuan G. Monsalve Ospina eVictoria E. Delgado MontoyaOlga L. Ospina SerranoLuis Fernando Varón PérezAndrea Fajardo MorenoPetar Hristov IvanovCecilia Palma RománJosé Marco Giraldo MesaDiego García Castro

ContrabajosAlexandr Sanko UJulio C. Rojas Cubillos eMónica Suárez QuicenoJuan Miguel Celis FajardoMauricio Daza CastilloJorge S. Cadena DíazJulián Gil Cuartas Andrés A. Sánchez Angarita

FlautasCristian M. Guerrero R. UFabio Londoño Ramírez eMartha J. Rodas BlancoLuis Pulido Hurtado

OboesOrlín Petrov UAmílkar Villanueva Romero eEdna Barreto Soler

Oboe/Corno inglésLuz del Pilar Salazar Echeverry

ClarinetesHéctor Manuel Pinzón Malagón UAlcides Jáuregui Urbina e

Clarinete bajoRicardo Cañón García

Clarinete piccoloEdwin Rodríguez Sarmiento

FagotesPedro Alejandro Salcedo Rodriguez UEber J. Barbosa Castro eRossemarie Mosquera Escobar

Fagot / ContrafagotSandra Duque Hurtado

CornosJorge A. Mejía Fernández UManuel Francisco Rodríguez Hurtado eCarlos F. Rubio RodríguezGerney Díaz Gómez Miguel Á. Enríquez BurbanoAntonio M. Matallana Gutierrez

TrompetasGeorgi Nikolaev Penchev UGuillermo Samper Salazar eLupercio Barbosa ParradoLeonardo Parra Ríos

TrombonesNéstor Gueorguiev Slavov ULuz A. Mosquera Varón eVirgilio González Barinas Nelson A. Rubio Herrera

TubaFredy Romero Nieto

PercusiónWilliam León Rodríguez UDiana Alexandra Melo Reyes eRossitza Serafimova PetrovaÉdgar Dennis López JaramilloVíctor Hugo López Aguirre

ArpaMartha Liliana Bonilla Zabala

PianoOlga Nikolaevna Trouchina

Planta de personal OFB - 2013

Oficina de Atención al Ciudadano2883466, ext 209

Información general www.filarmonicabogota.gov.co

www.facebook.com/orquestafilarmonica

http://filarmonicabogota.@filarmonibogota

aOrquestaFilarmónicde Bogotá