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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOPÍA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES MOF Acopía, julio del 2011 GESTIÓN 2011 2014 Alcalde: Roman Nina Huillca

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ACOPÍA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MOF

Acopía, julio del 2011

GESTIÓN 2011 – 2014

Alcalde: Roman Nina Huillca

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G E N E R A L I D A D

C O N T E N I D O

La Municipalidad Distrital de Acopia es indispensable cuente con su Manual de Organizaciones y funciones-MOF, el mismo que es un documento técnico normativo de la Gestión Municipal, que permite establecer como describir las funciones de cada uno de los cargos asignados a la Alta Dirección y de más áreas, oficinas, que además sirve como guía y control al personal para el mejor cumplimiento de sus acciones, funciones. ALCANCE El ámbito de aplicación del presente reglamento comprende a todo los órganos de la Municipalidad Distrital en base al Cuadro de Asignaciones de Personal; así como de las relaciones que debe mantener con los Organismos e Instituciones del sector público y demás instancias. OBJETIVOS DEL MANUAL

• Precisar la Unidad de mando y las interrelaciones jerárquicas (de los jefes hacia su personal) y las funciones internas y externas de la institución.

• Proporcionar información a los funcionarios y servidores públicos sobre sus funciones y ubicación dentro de la unidad orgánica y la estructura general de la organización, de las interrelaciones formales.

• Clasifica, ordena la ubicación y las funciones específicas que deben cumplir los cargos dentro de la estructura general de la Municipalidad.

• Contempla con precisión las funciones básicas y las responsabilidades que incumbe desempeñar a cada unidad orgánica, delimitando la naturaleza y amplitud de la función.

• Servir como instrumento básico para racionalización de los procedimientos sustantivos como adjetivos, en concatenación con las normas de simplificación administrativa.

• Facilitará del Cuadro para Asignación de Personal , el ROF, Y EL PAP.

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T I T U L O I

NATURALEZA CONTENIDO BASE LEGAL Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

DEL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

CAPITULO I

DE LA NATURALEZA

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), es el documento técnico normativo de gestión institucional, que permite planificar, ejecutar e impulsar a través de las áreas, oficinas competentes las diversas acciones destinadas a proporcionar al ciudadano el ambiente adecuado para la satisfacción de sus necesidades como establece, las funciones, atribuciones, organización, relaciones, dependencia jerárquica y funcional de la Municipalidad Distrital de Acopia , en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones legales vigentes.

La Municipalidad Distrital de Acopia, es un Órgano de Gobierno promotor del Desarrollo Local con Personería Jurídica de Derecho Público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a la Constitución Política del Perú. Ejerce actos de gobierno administrativos y con sujeción al ordenamiento jurídico, tiene su sede en la localidad de Acopia, Distrito de Túpac Amaru.

CAPITULO II

BASE LEGAL

Constituye Base Legal del presente documento normativo:

• Constitución Política del Estado.

• Ley Bases de la Descentralización N° 27783.

• Ley Orgánica de las Municipalidades N° 27972.

• Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado N° 27658.

• Decreto Supremo N° 043 - 2006 PCM Lineamiento para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones.

• Ley de Control Interno de las Entidades del Estado N° 28716.

• Resolución de Controlaría N° 320 - 2006 CG que aprueba las Normas Técnicas para el Sector Publico.

• Ley N°27444,Ley del Procedimiento Administrativo General

• Ley N°28175, Ley Marco del Empleado Público

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• D. Leg. N° 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento D. Supremo N° 005-90-PCM.

CAPITULO III

DE LA FINALIDAD

La Municipalidad Distrital de Acopia tiene por finalidad representar a la población del distrito de Acopia, promover una eficiente prestación de los servicios públicos locales, desarrollo integral sostenible participativo y armónico de la población con la participación de sus agentes a fin de mejorar la calidad de vida de la población.

TITULO II

DE LAS COMPETENCIAS, FUNCIONES, FACULTADES Y

ATRIBUCIONES

DE LAS COMPETENCIAS

La Municipalidad de Acopia efectúa sus acciones enmarcadas en los siguientes tipos de competencias:

1. Competencias exclusivas: Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente al Gobierno Local, conforme a la Constitución y la ley.

2. Competencias compartidas: Son aquellas en las que intervienen dos o más niveles de Gobierno, que comparten fases sucesivas de los procesos implicados. La ley indica la función específica y responsabilidad que corresponde a cada nivel gobierno, incluyendo al Gobierno Local de Layo.

3. Competencias delegables: Son aquellas que el Gobierno Nacional, Gobierno Regional u otro gobierno local delega funciones y competencias a la Municipalidad Distrital de Acopia, de mutuo acuerdo y conforme al procedimiento establecido en la ley, quedando el primero obligado a abstenerse de tomar decisiones sobre la materia o función delegada. La entidad que delega mantiene la titularidad de la competencia, y la Municipalidad Distrital de Acopia puede ejercer las mismas facultades que los gobiernos antes mencionados con los mismos derechos y obligaciones durante el periodo de delegación.

1.Son competencias exclusivas de la Municipalidad Distrital:

1. Planificar y promover el desarrollo urbano y rural del distrito y ejecutar los planes de desarrollo territorial y sectorial;

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2. Normar la zonificación, urbanismo, acondicionamiento territorial en el ámbito del distrito; 3. Administrar y reglamentar los servicios públicos locales destinados a satisfacer

necesidades colectivas de carácter local;

4. Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes Anuales de Presupuesto del sector Público;

5. Formular y aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la participación del Consejo Coordinación Local Distrital y de otros órganos de consulta;

6. Ejecutar y supervisar la obra pública de carácter local:

7. Aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la sociedad civil en general en la gestión municipal;

8. Dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes;

9. Otras que se deriven de sus atribuciones y funciones propias, y las que señalen la ley.

2.- Son competencias compartidas de la Municipalidad Distrital:

1.Participación en la gestión educativa conforme lo determine la ley de la materia;

2..Salud pública;

3.Cultura, turismo, recreación y deportes;

4.Preservación y administración de las reservas y áreas naturales protegidas locales

5.La defensa y protección del ambiente;

6. Seguridad Comunal y Vecinal;

7.Conservación de monumentos arqueológicos e históricos;

8.Transporte colectivo, circulación y tránsito urbano y rural;

9.Vivienda y renovación urbana

10. Atención y administración de programas sociales;

11 Gestión de residuos sólidos;

12.Ejecutar y Supervisar las obras públicas de carácter Regional y Nacional;

13.Otras que se le deleguen o asignen conforme a ley.

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TITULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Acopia es la siguiente.

01. ÓRGANO DE GOBIERNO

1. Concejo Municipal.

02. ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN

1. Alcaldía. 2. Gerencia Municipal.

03. DE LOS ÓRGANOS COORDINACIÓN, CONCERTACIÓN Y

PARTICIPACIÓN

1. Comisiones de Regidores. 2. Junta de Delegados Vecinales y Comunales. 3. Consejo de Coordinación Local Distrital.

4. Comité Distrital de Defensa Civil. 5. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana . 6. Comité de Vigilancia y Control Ciudadano 7. Comité del Programa Vaso de Leche

04. ÓRGANOS DE CONTROL Y DE DEFENSA JUDICIAL

1. Oficina de Procuraduría Pública Municipal.

05. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

1) Oficina de Asesoría Jurídica.

2) Oficina de Presupuesto, Racionalización, Planificación

06. ÓRGANOS DE APOYO

1) Oficina de Secretaria General

2) Oficina de Imagen Institucional

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07. Oficina de Administración y Finanzas 1) Unidadad de Recursos Humanos. 2) Unidad de Logística. 3) Unidad de Tesorería.

4) Unidad de Contabilidad.

5)Unidad de Administración Tributaria-Rentas

08. ÓRGANOS DE LÍNEA

1. Subgerencia de Infraestructura 1. Oficina de Supervisión y Liquidaciones. 2. Oficina de Obras Públicas.

3 . Oficina de Maquinaria Pesada y Equipo. 4 Oficina de Desarrollo Urbano

2. Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental 1. Oficina de Desarrollo Agropecuario. 2. Oficina de Industria, Turismo y Comercio. 3. Oficina de Gestión Ambiental y RR.NN 4. Oficina de Saneamiento Básico Urbano-Rural * Limpieza Pública y Ornato * Gasfitería y mantenimiento

3. Subgerencia de Desarrollo Social

1. Oficina de registro Civil . .

2. Oficina de Seguridad Ciudadana, y Defensa Civil

3. Oficina de Salud, Bienestar Social, Educación, Cultura y Deporte. 4. Oficina de Vaso de Leche 5. Oficina de la DEMUNA

09. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

1. Municipalidades de Centros Poblados.

TITULO IV

DEL ÓRGANO DE GOBIERNO Y DIRECCIÒN

CAPITULO I

DEL CONCEJO MUNICIPAL

1. NATURALEZA.

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El Concejo Municipal Distrital de Acopia está conformado por el Alcalde, quien lo preside, y cinco regidores , ejercen las funciones y atribuciones que determina la Constitución Política Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades como es la función normativa y fiscalizadora.

2. ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL

1. Aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertado y el Presupuesto

Participativo;

1. Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y sus Presupuestos Participativos;

2. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;

3. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel Provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a la ley;

4. Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas; el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial;

6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades; 7. Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional;

8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y Derechos, conforme a ley;

10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor;

11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;

12.Aprobar por Ordenanza el Reglamento Interno del Concejo Municipal;

13.Aprobar los proyectos de la ley que en materia de su competencia sean propuestos al

Congreso de la República;

14.Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal;

15.Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento;

17.Aprobar el Presupuesto Anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por

Ley, bajo responsabilidad;

18. Aprobar el Balance Anual y la Memoria;

19. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por la ley, conforme a los artículos 32 y 35 de la presente

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ley;;

20.Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad;

21.Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorias financieras y de gestión y

otros actos de control;

22.Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de

fiscalización;

23. Autorizar al Procurador Publico Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros, respecto de los cuales el Órgano de Control Interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuesto contra el gobierno local o sus representantes;

24.Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley;

25.Aprobar la donación o la cesión en uso de los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad a favor de las entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública;

26.Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales;

27.Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde y los regidores conforme a ley;

28.Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores;

29.Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales;

30.Disponer el cese del Gerente Municipal, cuando exista acto doloso o falta grave;

31.Plantear los conflictos de competencia;

32.Aprobar el Cuadro para de Asignación de Personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo;

33.Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad;

34.Aprobar los espacios de concertación y participación comunal y vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento;

35.Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento;

36.Aprobar el Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital y la Junta de Delegados Vecinales y Comunales;

37.Aprobar los estudios de proyectos inversión pública a propuesta de la Gerencia Municipal; y,

38.Las demás atribuciones que le corresponde conforme a ley.

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CAPITULO II

DE LA ALCALDÍA

1.NATURALEZA

La Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local y está a cargo del Alcalde Distrital de Acopia como máxima autoridad Administrativa de la Municipalidad y Titular del Pliego;

2. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

El Alcalde depende del Concejo Municipal y tiene a su cargo toda la organización administrativa de la Municipalidad Distrital 3.CANALES DE ORGANIZACIÓN. El Alcalde, para tomar las determinaciones a nivel interno coordina con Gerencia Municipal y los Técnicos responsables de la Unidad Orgánica y Sistemas Administrativos según sea el caso a nivel externo, coordina con sus Asesores externos y representantes de instituciones públicas y privadas que operan en su jurisdicción y gobierno regional sobre la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo en el distrito, además coordina con la junta de vecinos para facilitar la participación ciudadana y supervisión de acciones de desarrollo local. 4.CUADRO ORGANICO DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: ALCALDÍA

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACIÓN

TOTAL

SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P ALCALDÍA

001 Alcalde 3-01-2-0-FP-4

FP 1 1 Elegido

002 Secretario 3-01-2-0-ES-4

SP - ES 1 1

5. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO CARGO : ALCALDE CÓDIGO : 3-01-2-0-FP-4 FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos;

2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal;

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3. Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad;

4. Proponer al Concejo Municipal proyectos de ordenanza y acuerdos;

5. Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación;

6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía con la sujeción a las leyes y ordenanzas;

7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del consejo del Plan Integral de Desarrollo Sostenible Local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil;

8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo local municipal;

9. Someter a la aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidas en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equilibrado y financiado;

10. Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazo previsto en la presente ley;

11.Someter a aprobación del Concejo Municipal dentro del primer trimestre del ejercicio. presupuestal y bajo responsabilidad el Balance General y la Memoria del ejercicio

económico fenecido;

12.Proponer al Concejo Municipal, la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del

Concejo Municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación de los impuestos que

considere necesarios;

13. Someter a la Aprobación del Concejo Municipal el Sistema de Gestión Ambiental Local y

sus Instrumentos, dentro del marco del Sistema de Gestión Ambiental Nacional y

Regional; 14. Proponer al Concejo Municipal los proyectos de reglamento interno del Concejo

Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal;

15.Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los

ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto

aprobado;

16.Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil;

17.Designar y cesar al Gerente Municipal y, a propuesta de éste, a los demás funcionarios

de confianza;

18.Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores públicos de la

Municipalidad;

19.Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del serenazgo y la

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Policía Municipal;

20.Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente

Municipal; 21. Proponer al Concejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control; Implementar bajo responsabilidad las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna;

22.Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones;

23.Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaría, y recomendar la concesión de obras de infraestructura y servicios públicos municipales;

24.Supervisar la recaudación municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidos directamente o bajo la delegación del sector privado;

25.Presidir las comisiones provisionales de formalización de la propiedad informal o designar a su representante en aquellos lugares donde se implemente;

26.Otorgar títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia;

27.Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores públicos municipales de carrera;

28.Proponer al concejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a ley;

29.Presidir el Comité de Defensa civil del distrito de ;

30.Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicios comunes;

31.Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso tramitarlos ante el consejo municipal;

32.Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad;

33.Proponer al Concejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal;

34.Defender judicialmente los intereses y derechos de la Municipalidad a través del Procurador Publico Municipal, con autorización del Concejo Municipal;

35.Suscribir los acuerdos y actas del Concejo Municipal, así como emitir los decretos y resoluciones de Alcaldía;

36.Ejecutar los acuerdos y disposiciones del Concejo Municipal, de la misma forma hacer cumplir las ordenanzas y acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad;

37.Presidir las sesiones del Consejo de Coordinación Local Distrital;

38.Presidir el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana y de Rondas Campesinas; y,

39.Las demás que corresponden de acuerdo a ley.

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LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

El alcalde, tiene responsabilidad política, por que ejerce el gobierno municipal y dirige la gestión municipal, además asume otras responsabilidades de ley, en su condición de personero legal de la Municipalidad. Depende y/o da cuenta al Concejo Municipal. Tiene mando directo sobre el Gerente General, Sub Gerentes, Jefes de Oficinas y de manera indirecta sobre los servidores en general. También tienen mando directo sobre las empresas y programas especiales.

REQUISITO MINIMO. Ser elegido democráticamente en elecciones municipales

01 DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO CARGO : SECRETARÍA IV CODIGO : 3-01-2-0-ES-4 FUNCIONES ESPECÍFICAS.

• Planear, programar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar los procesos, del sistema de administración documentaria y el archivo de la Municipalidad.

• Recepcionar, registrar, clasificar y archivar los documentos, tanto internos como externos, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos vigentes.

• Informar y orientar a los usuarios sobre el estado de la tramitación de sus expedientes así como también, sobre los servicios y trámites que prestan las diversas dependencias de la municipalidad.

• Efectuar el registro, clasificación, codificación, mantenimiento y conservación de los documentos que forman el archivo central de la municipalidad.

• Mantener actualizado el archivo técnico – administrativo, con el objeto de prestar oportuno apoyo a la gestión municipal.

• Verificar que la documentación que ingrese cuente con las formalidades establecidas por la normatividad vigente.

• Mantener el archivo y control de los contratos y convenios del municipio. • Asistir y apoyar el órgano político en la gestión administrativa en materia de su competencia. • Establecer y mantener coordinaciones al más alto nivel con organismos y con instituciones

públicas y privadas, nacionales y extranjeras, con los cuales mantendrá estrechas vinculaciones sobre asuntos relacionados a la gestión municipal.

• Organizar, dirigir, coordinar y controlar el sistema de administración documentaria y el archivo de Alcaldía.

• Organizar, dirigir, coordinar y controlar el sistema de información, comunicación, relaciones públicas y protocolo del Alcalde.

• Expedir directivas de carácter administrativo para una ágil atención y adecuado seguimiento y control de los expedientes que se generen.

• Organizar, ejecutar y controlar los procesos de recepción, registro, clasificación, distribución, control e información de la documentación que circula en la municipalidad.

• Informar y orientar a los usuarios sobre los servicios y trámites que prestan las diversas

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dependencias de la municipalidad, así como informar sobre el estado de la tramitación de los expedientes.

• Informar trimestralmente al despacho de la Alcaldía sobre el desarrollo de la secretaría ; trámite documentario y archivo ; imagen corporativa y comunicación; y, área de apoyo Regidores, señalando sus virtudes defectos y medidas correctivas a adoptarse.

• Elaborar informes sobre los expedientes que por su trámite así lo requieran, proporcionando alcances técnicos - administrativos, e incluso señalando las normas legales pertinentes.

• Formular el plan de trabajos anual de la Secretaría. • Mantener los registros estadísticos del área. • Racionalizar y simplificar los procedimientos administrativos de esta oficina. • Brindar apoyo técnico – secretarial y logístico a todos los miembros de Concejo Municipal, • Racionalizar y simplificar los procedimientos administrativos de esta unidad. • Las demás funciones propias de su competencia que les sean asignadas por la Alcaldía. • Implementar y desarrollar sistemas computarizados para el control de la documentación. • Elaborar la guía de trámite documentario. • Proponer Resoluciones, Ordenanzas, Acuerdos Municipales. • Otras funciones a fines que se les asigne.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Depende directamente del Alcalde. Tiene mando directo sobre personal a su cargo de la Secretaría General, Actúa como Secretario del Concejo Municipal. REQUISITOS MINIMOS

• Estudios superiores. • Capacitación especializada en el área. • Amplia experiencia en tramitación de documentos.

CAPITULO III

GERENCIA MUNICIPAL

1.- NATURALEZA

La Gerencia Municipal es el órgano de dirección del más alto nivel técnico administrativo a continuación del Alcalde, encargado de dirigir y conducir la gestión administrativa, financiera y económica de la entidad, así como el funcionamiento y la prestación de servicios municipales en general, con plena sujeción a las normas vigentes.

Está a cargo del Gerente Municipal que es designado por el Alcalde en condición de funcionario de confianza a tiempo completo y dedicación exclusiva, depende del Alcalde y ejerce mando sobre los órganos de apoyo, asesoramiento y de línea. El Gerente Municipal también puede ser cesado

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mediante Acuerdo de Concejo Municipal según lo establecido en Art. 27° de la Ley Orgánica de Municipalidades

2. RESPONSABILIDAD El Gerente General asume responsabilidades administrativas en materia de dirección y supervisión de los objetivos y metas institucionales en el marco de las funciones de su competencia. 3. CANALES DE COORDINACIÓN El Gerente General, realiza acciones de coordinación con: • El Alcalde.- En toma de decisiones dar cumplimiento a los acuerdos de concejo y preparación

de la agenda para sesiones de concejo. • Los Regidores.- En la prestación de mociones de orden y propuestas en cesiones de concejo. • Las Comisiones de Regidores.- En la ejecución de sus planes de trabajo. • Los Responsables de las Unidades Orgánicas: • El Órgano de Control.- Para acciones de control interno, exámenes especiales y auditorias

externas, así como en la aplicación de medidas correctivas • El Órgano de Asesoramiento.- Para viabilizar las orientaciones técnico – normativas,

elaboración, ejecución y evaluación de planes de desarrollo local y documentos de gestión institucional, así como opiniones legales y técnicas para la correcta toma de decisiones.

• El Órgano de Apoyo.- en la correcta aplicación de normas legales vigentes, sistemas administrativos vigentes y administración racional de los recursos económicos y financieros.

• Los Órganos de Línea.- en la ejecución de planes, programas y proyectos (obras y actividades).

4. ORGANIGRAMA Depende directamente de la Alcaldía y tiene a su cargo los órganos de asesoramiento, apoyo y línea. 5. CUADRO ORGANICO DE CARGOS.

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: GERENCIA MUNICIPAL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACION

TOTAL

SITUACION DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P GERENCIA

MUNICIPAL

003 Gerente Municipal

3-01-3-O-EC-3

EC 1 1 1

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DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO CARGO : GERENCIA MUNICIPAL CÓDIGO : 3-01-3-EC-3 FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Proponer políticas, planes y programas que promuevan el desarrollo sostenible del Distrito y

una vez aprobadas por el Concejo Municipal y el Titular del Pliego, ejecutarlas;

2. Realizar coordinaciones con la Agencia Peruana de Cooperación Internacional a efectos de articular intereses entre la Municipalidad y las fuentes de cooperación internacional para el desarrollo de proyectos financieros, productivos, sociales, económicos y de infraestructura en el Distrito;

3. Proponer al Titular del Pliego estrategias de fomento a la inversión tanto pública, privada y mixta, como herramienta para lograr el desarrollo integral, armónico y sostenible de Distrito;

4. Diseñar y proponer al Titular del Pliego alianzas estratégicas entre los gobiernos: Nacional, Regional, y Local, el sector privado y la sociedad civil, para lograr acciones concertadas de lucha contra la pobreza;

5. Diseñar y proponer al Titular de Pliego, estrategias que permitan la participación ciudadana tanto en la priorización, ejecución, y evaluación de proyectos de inversión pública en el ámbito de competencia municipal;

6. Organizar, diseñar y vigilar la conducción de las actividades administrativas económico-financieras de la gestión municipal, velando por el cumplimiento de las políticas públicas impartidas por el Titular de Pliego sobre la materia;

7. Realizar reuniones periódicas de coordinación, evaluación y monitoreo con los Sub Gerentes y Jefes de las diferentes unidades orgánicas y demás servidores públicos con la finalidad de dinamizar las acciones administrativas y técnicas de la Municipalidad Distrital;

8. Poner a consideración del Titular del Pliego directivas técnico administrativas para el mejor funcionamiento de los órganos que conforman la Municipalidad y una vez aprobadas, realizar su seguimiento y control en su ejecución y cumplimiento;

9. Proponer oportunamente el Proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura para el siguiente año fiscal en coordinación con la Oficina General de Planeamiento;

10. Supervisar la ejecución presupuestal, así como el cumplimiento de las directivas y los planes operativos en cada una de las unidades orgánicas de la Municipalidad;

11. Coordinar la preparación de la Memoria Anual y la Cuenta General del ejercicio económico fenecido, elevando ambos documentos para la aprobación correspondiente;

12. Dar cuenta y mantener informado al Titular del Pliego sobre las actividades que vienen realizando las gerencias y jefaturas de la Municipalidad;

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13. Disponer la formulación de los Estados Financieros y Presupuestarios y la Memoria Anual del ejercicio y presentarlos ante la Alcaldía;

14. Coordinar bajo responsabilidad con la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina General de Planeamiento, la Oficina de Contabilidad sobre la oportuna elaboración del Balance General y la Memoria Anual de la Municipalidad;

15. Informar en forma periódica al Titular de Pliego y al Concejo Municipal, las acciones y procesos relevantes relacionados a sus funciones;

16.Proponer a la Alcaldía acciones de designación, contratos, ascensos, sanciones y otros

referidos al personal de la Municipalidad;

17.Presentar a la Alcaldía los documentos e instrumentos de gestión de la Municipalidad en materia

de planificación municipal y demás sistemas administrativos requeridos por la ley;

18.Asistir a las sesiones del Concejo Municipal, cuando sea requerido con derecho a voz, así como también acudir a las reuniones de las comisiones de regidores del Concejo Municipal, cuando así lo soliciten los miembros de la Comisión;

19. Ejecutar bajo responsabilidad y dentro de los plazos establecidos las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría;

20.Ejecutar el seguimiento y cumplimiento de los acuerdos y ordenanzas del Concejo Municipal;

21.Proponer al Alcalde, la creación, modificación, supresión o exoneración de

contribuciones, arbitrios, derechos y licencias, conforme a la normatividad vigente;

22.Brindar asesoramiento al Alcalde en asuntos que éste someta a su consideración;

23.Representar a la Municipalidad en las funciones administrativas que le asigne el Titular del

Pliego;

24.Ejercer las atribuciones administrativas que expresamente le delegue el Alcalde, en el marco de

la ley;

25.Otras funciones que le asigne el Titular del Pliego en materia de su competencia.

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TITULO V

CAPITULO I

ÓRGANOS DE DEFENSA JUDICIAL

OFICINA DE PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL

1.-NATURALEZA

La Oficina de procuraría Publica Municipal es el órgano encargado de la defensa judicial de los derechos e intereses de la Municipalidad encargado de defender, garantizar los intereses y derechos de la Municipalidad mediante la representación y defensa judicial. Cumple su función en el marco de lo establecido en el Decreto Ley N° 17537 y los reglamentos correspondientes.

2.-RESPONSABILIDAD. Tiene responsabilidad administrativa y responsabilidad contemplado en la normatividad.

3.-CANALES DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público de nivel competente, quien adquiere la denominación de Procurador Publico Municipal, dependen administrativamente de la Municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado.

4.- ORGANIGRAMA

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: PROCURADOR PUBLICO MUNICIPAL No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACION

TOTAL

SITUACION DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P 004 PROCURADOR

PUBLICO MUNICIPAL

3-03-2-0-EJ-4

1 1

5.- DESCRIPCION DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS A NIVEL DE CARGO.

1. Ejercer la representación de la Municipalidad en la defensa de los intereses y derechos de ésta, ante cualquier instancia judicial, policial, fiscal y administrativa en investigaciones promovidas por denuncias que afecten a la Municipalidad;

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2. Ejercer, cuando lo decida el Alcalde, la representación de los funcionarios y servidores de la Municipalidad y asumir su defensa ante las entidades policiales, fiscales y jurisdiccionales en procesos judiciales, policiales e investigatorios, que se deriven de sus funciones;

3. Impulsar los procesos judiciales a su cargo, formular requerimientos e interponer medios de defensa contra decisiones que afecten los intereses de la Municipalidad;

4. Participar en nombre de la Municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial y otras donde se encuentren inmersos los intereses y derechos de la Municipalidad;

5. Iniciar o impulsar las acciones judiciales, policiales y otros que autorice el Concejo Municipal;

1. Asesorar al Órgano de Gobierno, Alta Dirección y a los funcionarios municipales en asuntos

de carácter judicial;

2. Iniciar o impulsar acciones judiciales en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, así como contra los funcionarios, servidores y terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Institucional haya encontrado responsabilidad civil o penal, previa autorización del Concejo Municipal;

3. Informar permanentemente a la Alta Dirección sobre el estado situacional de los procesos a su cargo;

4. Proponer a la Alta Dirección, las acciones o medidas alternativas conducentes a la defensa de la Municipalidad, sus funcionarios y servidores, cuando corresponde;

5. Solicitar informes, antecedentes y el apoyo necesario a las diferentes áreas de la Municipalidad, de cualquier entidad pública y privada, así como a todos los organismos del sector justicia, para el ejercicio de su función;

6. Mantener actualizada la información respecto a los procesos judiciales a su cargo, utilizando medios informáticos adecuados;

7. Mantener permanente coordinación con el Consejo de Defensa Judicial del Estado, sobre los alcances de las normas y los avances de los procesos judiciales en marcha; y,

8. Otras funciones que le sean asignadas por el Concejo Municipal o la Alta Dirección en el ámbito de su competencia.

REQUISITOS MINIMOS

• Titulo de Abogado

• Capacitación especializada en administración Gubernamental

• Haber laborado en sector Público no menor de 3 años

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TITULO V

CAPITULO I

ÓRGANOS DE ASESORÍA JURIDICA

OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

1.-NATURALEZA

La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano de asesoramiento responsable de dirigir, ejecutar y evaluar la interpretación y aplicación de la legislación vigente. La Oficina de Asesoría Jurídica está a cargo de un funcionario de confianza, con el nivel competente, quien mantiene niveles de coordinación con la Alta Dirección.

• RESPONSABILIDAD El Abogado a cargo de la oficina de Asesoría Legal, tiene responsabilidad administrativa sobre los actos que asume por función, y según su relación laboral con la institución • CANALES DE COORDINACIÓN El Asesor Legal coordina con la alta dirección y con todas las unidades orgánicas de la Institución, así mismo coordina con el titular del pliego y con quienes haga sus veces de las Municipalidades distritales en el marco de su competencia. • ORGANIGRAMA Depende directamente de la Gerencia Municipal y del Alcalde. • CUADRO ORGANICO DE CARGOS.

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: OFICINA DE ASESORIA JURIDICA No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACION

TOTAL

SITUACION DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P ASESOR

JURIDICO

005 Abogado 3-04-1-0-EC-1

EC 1 1 1

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO CARGO : ASESOR JURÍDICO CÓDIGO : 3-04-1-0-EC-1 FUNCIONES ESPECÍFICAS

• Dirigir y coordinar actividades de recopilación sistemática de la legislación municipal.

• Prestar asesoramiento especializado a la alta dirección y a las diferentes

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unidades orgánicas de la institución y absolver consultas de carácter legal en el marco de su competencia.

• Dictaminar proyectos de ordenanzas, edictos, resoluciones y acuerdos municipales.

• Interpretar y emitir opinión legal en convenios, contratos, y/o pactos de convenio bilateral para la toma de decisiones.

• Formular y preparar proyectos de contratos o convenios de carácter local, regional, nacional o internacional, en los que intervenga la Municipalidad.

• Absolver y orientar consultas al usuario respectivo a gestión municipal y gobierno local,

• Intervenir en procesos administrativos del Municipio. • Estudiar los expedientes de carácter institucional y emitir dictámenes. • Formular normatividad de carácter legal. • Participar en la elaboración de proyectos de resoluciones. • Defender a los integrantes de la Municipalidad en procesos judiciales. • Tener informado al Alcalde y responsables de unidades orgánicas sobre

dispositivos legales vigentes y orientar su correcta aplicación. • Participar en la capacitación de los integrantes de la Municipalidad respecto a

la vigencia y correcta aplicación de normas legales. • Emitir opinión legal sobre documentos de carácter técnico, legal y

administrativos • Participar en diligencias judiciales para respaldar intereses de la institución. • Las demás funciones que la alta dirección le asigne. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Depende jerárquicamente de Gerencia Municipal Tiene mando directo sobre el personal a su cargo de la Gerencia de Asesoría Legal. Coordina y presta asesoría a las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad. REQUISITOS MINIMOS

• Título profesional de Abogado • Capacitación especializada en el área. • Amplia experiencia en actividades técnico legales. • Experiencia en conducción de personal.

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CAPITULO II

OFICINA DE PRESUPUESTO , RACIONALIZACIÓN, PLANIFICACIÓN

1.-NATURALEZA

La Oficina de Presupuesto y Racionalización es un órgano de asesoramiento de tercer nivel organizacional encargado del proceso presupuestario y la racionalización de recursos humanos y financieros en la Municipalidad,

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende funcional y administrativamente de la Oficina General de Planeamiento.

• RESPONSABILIDAD Tiene responsabilidad administrativa sobre los actos que asume por función, y según su relación laboral con la institución. El contador a cargo de la Oficina de Contabilidad, tiene responsabilidad administrativa sobre los actos que asume por función, y según su relación laboral con la institución; la Oficina de Contabilidad, tiene responsabilidad administrativa sobre los actos que asume por función, y según su relación laboral con la institución. • CANALES DE COORDINACIÓN Coordina con la alta dirección y con todas las unidades orgánicas de la Institución, así mismo coordina con el titular del pliego y planificadores con quienes haga sus veces de las Municipalidades distritales en el marco de su competencia. El contador coordina con la Alta Dirección y con todas las unidades orgánicas de la Institución, así mismo coordina con el titular del pliego y con quienes haga sus veces de las Municipalidades distritales en el marco de su competencia; el contador coordina con la Alta Dirección y con todas las unidades orgánicas de la Institución, así mismo coordina con el titular del pliego y con quienes haga sus veces de las Municipalidades distritales en el marco de su competencia. • ORGANIGRAMA Depende directamente de la Gerencia Municipal.

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• CUADRO ORGANICO DE CARGOS.

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGANICA: OFICINA PRESUPUESTO,RACIONALIZACION Y PLANIFICACIÓN No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACION

TOTAL

SITUACION DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P Presupuesto,

Racionalización y Planificación

006 Planificador y/o Contador

3-04-2-0-EC-1

EC 1 1 1

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

CARGO : PLANIFICADOR ,RACIONALIZACION Y PLANIFICACION CÓDIGO : 3-04-2-0-EC-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

.

1. Conducir el Proceso Presupuestario de .la .Municipalidad, sujetándose a las disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza consolida, verifica y presenta la información que se genere, así como coordina y controla la información de la ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones, las que constituyen el marco limite de los créditos presupuestarios aprobados;

2. Conducir los procesos relacionados al Sistema Nacional de Presupuesto dentro del| Gobierno Local, de conformidad con la regla de descentralización operativa. Es la única instancia técnica en materia presupuestal a nivel del Pliego Presupuestario. Para efectos de la organización del Sistema, es la responsable de emitir las indicaciones y lineamientos operativos pertinentes para la mejor aplicación de la normatividad presupuestal dentro del Gobierno Local;

3. Mantener permanente coordinación y relación directa en materia técnico funcional de carácter presupuestario con la Dirección Nacional de Presupuesto Público, sin que medie instancia administrativa o técnica alguna, asimismo en lo concerniente a. la Gestión Presupuestal del Pliego, coordinar permanentemente con el Titular del Pliego, así como con las demás unidades orgánicas responsables de los sistemas administrativos;

4. Informar al Titular del Pliego sobre el avance experimentado en el cumplimiento de los Objetivos Institucionales y en la ejecución de las Metas Presupuestarias,- Asimismo efectúa el seguimiento de la disponibilidad presupuestaria para la elaboración de los compromisos y propone las modificaciones presupuestarias necesarias para el mejor cumplirniento de las Metas, teniendo en cuenta la Escala de Prioridades establecida por el Titular de| pliego;

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5. Desarrollar las fases de programación, formulación, ejecución, control y evaluación del Proceso Presupuestario en la Municipalidad de Espinar, de conformidad con la. Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Estado, normas complementarias;, conexas y directivas emitidas periódicamente por la Dirección Nacional de Presupuesto público;

6. Remitir a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y la Contrataría General de la República el Presupuesto Institucional Participativo aprobado y la información presupuestaria adicional que las normas al respecto que así lo determinen;

1. Realizar las evaluaciones presupuestarias institucionales conforme lo señala las directivas emitidas por la Dirección Nacional de Presupuesto Público a través de la directiva pertinente;

2. Conciliar con la Dirección Nacional de Presupuesto Público y la Dirección Nacional de Contabilidad y el Marco Legal del Presupuesto Institucional;

3. Asesorar y coordinar los proceso de reorganización, reestructuración, descentralización, desconcentración, simplificación y racionalización administrativa en la Municipalidad Distrital; y,

4. Otras funciones afines que le asigne la Oficina General de Planeamiento en materia de su competencia.

5. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de planeamiento, presupuesto, racionalización, elaboración de proyectos, estadística e informática;

6. Coordinar y asesorar a las unidades orgánicas de la Municipalidad, en lo referente a las acciones que le compete;

7. Promover y conducir el proceso de elaboración de los instrumentos de gestión, como son: el Reglamento de Organización y Funciones -ROF-, el Cuadro para Asignación de Personal - CAP, el Manual de Organización y Funciones - MOF, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, el Plan de Desarrollo Institucional - PDI, el Plan Operativo Institucional - POI;

8. Promover y conducir el proceso de elaboración del Plan Estratégico de Desarrollo del Distrito, con sus respectivos Planes Operativos Anuales o Bianuales y los demás documentos de planificación, en concordancia con el Plan Estratégico de Desarrollo de la Región y las directivas del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN);

9. Coordinar con el Consejo de Coordinación Local, a fin de proponer acciones concertadas al Consejo de Coordinación Regional y los procesos de Presupuestos Participativos de la Región;

10. Velar que el proceso de planeamiento en el Distrito, sea de forma integral, permanente, participativa y transparente;

11. Prestar asesoría técnica que requiera el Titular del Pliego, para una correcta determinación de los objetivos y la escala de prioridades;

12. Someter a consideración del Titular del Pliego la Propuesta de la Estructura Funcional Programática; debiendo reflejar los propósitos a lograr durante los diferentes años fiscales;

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13. Liderar y asesorar la formulación de las políticas públicas en el ámbito local e institucional según las competencias propias de la Municipalidad Distrital;

14. Supervisar que la formulación presupuestaria garantice y priorice el logro de los objetivos institucionales establecidos para cada ejercicio fiscal;

15. Coordinar con la Gerencia Municipal la promoción de la participación vecinal en la formulación de los planes estratégicos de desarrollo y en la formulación del presupuesto participativo anual;

16. Promover, programar, formular y evaluar conforme a ley las normas internas de la Municipalidad, el presupuesto participativo anual, en coordinación con la Gerencia Municipal y Subgerencias y en concordancia con el Plan Estratégico de Desarrollo

Concertado;

23. Organizar y dirigir la Comisión Técnica del Presupuesto Participativo del Distrito; asimismo, participar en la formulación del presupuesto participativo provincial;

24. Presentar al Titular de Pliego el Anteproyecto y el Proyecto del Presupuesto Participativo y la Exposición de Motivos para su aprobación según los plazos establecidos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Gerente General, tiene mando directo sobre el personal a su cargo REQUISITOS MINIMOS -Titulo Universitario que incluya estudios relacionados con la especialidad. -Amplia experiencia en la conducción de sistemas administrativos relacionados al área -Alternativa, poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia.

TITULO VI

DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

1.NATURALEZA

Los órganos de apoyo son los encargados de realizar las actividades administrativas referentes al sistema de personal, de contrataciones y adquisiciones, de logística, de tesorería, de contabilidad, de recaudación y de informática, de secretaria general y de imagen institucional, de conformidad con la normatividad vigente relacionada con los sistemas administrativos a fin de permitir el mejor cumplimiento de las responsabilidades que le compete a la Municipalidad.

Dependen jerárquicamente en algunos casos, directamente de la Alcaldía y en otros de la Gerencia Municipal.

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Los órganos de apoyo constituyen las siguientes Oficinas orgánicas:

1. Oficina de Secretaria General. 2. Oficina de Imagen Institucional. 3. Oficina de Administración y Finanzas.

2. .RESPONSABILIDAD

Estas oficinas tienen responsabilidad administrativa por sus actos en el cumplimiento de sus atribuciones y funciones.

3.-CANALES DE COORDINACIÓN Coordina con la Alta Dirección por intermedio del Gerente Municipal, coordina con las diferentes áreas. Además coordina con la Oficina de Planificación y Presupuesto en materia de presupuesto, con los órganos de línea o responsables de la obra respecto a la ejecución de gastos. Pues sin la autorización del responsable del proyecto o actividad el ejecutor financiero o servidor del órgano de apoyo no puede afectar el presupuesto de dicho proyecto, salvo autorización del titular con justificación de carácter técnico y legal.

CAPITULO I

OFICINA DE SECRETARIA GENERAL

NATURALEZA

La Oficina de Secretaria General es un órgano de apoyo administrativo encarado de Programar, dirigir, coordinar el soporte administrativo de los Órganos de Gobierno y Dirección así como a todo los Órganos de Administración Municipal , igualmente de los actos protocolares.

RESPONSABILIDAD, CANALES DE COORDINACIÓN

Está a cargo de un servidor público, depende funcional y administrativamente del Alcalde.

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CUADRO ORGANICO DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE APOYO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACIÓN

TOTAL

SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P SECRETRARIA

GENERAL

007 SECRETARIO GENERAL

3-05-1-0-EJ-3

SP-EJ 1 1

008 Asistente en Trámite Documentario

3-05-1-1-EJ-3

SP - EJ 1 1

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO CARGO : SECRETARÍA GENERAL CODIGO : 3-05-1-0-EJ-3

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones de apoyo para el correcto funcionamiento del Concejo Municipal, la Alcaldía y cumplimiento del Reglamento Interno del Concejo Municipal, en la correcta organización y desarrollo (je las sesiones del Concejo Municipal;

2. Organizar, procesar y controlar la administración documentaría del Archivo Central de la Municipalidad;

3. Coordinar y disponer el apoyo administrativo necesario para la labor d§ los miembros del Concejo Municipal y de las comisiones de regidores;

4. Citar y asistir a las sesiones del Concejo Municipal, conforme a lo dispuesto por el Reglamento Interno del Concejo;

5. Organizar y administrar la documentación del Concejo Municipal y llevar |as actas de las sesiones;

6. Proyectar las ordenanzas, acuerdos y resoluciones del Concejo y el Despacho de Alcaldía, con estricta sujeción a la decisión adoptada y a las normas legales vigentes;

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7. Transcribir, difundir y publicar los dispositivos legales emitidos por el Concejo Municipal y promulgados por el Alcalde, tales como las ordenanzas, acuerdos de concejo, decretos, resoluciones y otros;

8. Dar fe de los actos del Concejo Municipal y de los dispositivos legales emitidas por la Alcaldía, así como suscribir las actas de sesiones de Concejo Municipal conjuntamente con el Alcalde;

9. Apoyar las acciones de la Gerencia Municipal y de las comisiones de los regidores a través del personal que está a su cargo;

10. Dar fe, certificar, transcribir y expedir los documentos oficiales de la Municipalidad;

11. Administrar el flujo de ingreso y salida de los documentos oficiales de la Municipalidad;

12. Proponer la designación de fedatarios de la Municipalidad, así como evaluar y controlar su desempeño;

13. Brindar la información de la entidad a los interesados en cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y,

14. Otras funciones que se le asigne la Alta Dirección, en el ámbito de su competencia

REQUISITO MINIMO

1. Título profesional Universitario de Abogado, Secretario Ejecutivo o similar que incluya estudios relacionados en la especialidad.

2. Manejo de paquetes informáticos de la oficina y Capacitación Técnica en la especialidad. 3. Experiencia mínima de 2 años.

CAPITULO II

OFICINA DE DOCUMENTACION

CARGO: ASISTENTE DE TRAMITE DOCUMENTARIO CODIGO: 3-05-1-1-EJ-3

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a) Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución interna y archivo de Documentos técnicos; b) Mantener actualizados los registros, fichas y documentos técnicos en las áreas de los sistemas administrativos; c) Controlar las Resoluciones, Ordenanzas y otros documentos de salida al exterior; d) Notificar a los usuarios en caso de omisión de documentos para su regularización; e) Preparar informes sencillos, digitar cuadros y documentos diversos correspondientes al sistema Administrativo y llevar el control de la aplicación de algunas normas establecidas; f) Organizar, coordinar y ejecutar labores de apoyo secretarial; g) Apoyar las acciones de comunicación, información y relaciones públicas;

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h) Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y procedimientos; i) Otras funciones de naturaleza similar que le asigne el Responsable de Secretaría General. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD . Depende directamente del Responsable de Secretaria General. . No ejerce mando. REQUISITOS MINIMOS . Instrucción secundaria completa y especialización en la materia. . Experiencia variada de oficina.

CAPITULO III

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

NATURALEZA

Coordinar y organizar la agenda oficial de actividades y compromisos de Alcaldía de la Municipalidad, como conducir las acciones de prensa, relaciones públicas y protocolo de la Municipalidad..

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Alcalde, no tiene mando directo por no contar con personal a su cargo, ejerciendo autoridad en su propia oficina

CUADRO ORGANICO DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE APOYO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACIÓN

TOTAL

SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P OFICINA DE

IMAGEN INSTITUCIONAL

009 RELACIONADOR PUBLICO

3-05-2--0-EJ-2

SP-EJ 1 1

CARGO : RELACIONADOR PUBLICO

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CODIGO : 3-05-2-O-EJ-2

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Programar, organizar, coordinar y ejecutar las acciones relacionados al sistema de relaciones públicas y de comunicaciones de la Municipalidad, las ceremonias, actos oficiales y protocolares que se realizan en la Municipalidad, en las que interviene el Alcalde, los miembros del Concejo Municipal y demás altos directivos de la institución municipal;

2. Establecer y conservar vínculos para una comunicación y coordinación permanente con las diversas entidades públicas y privadas con las cuales la Municipalidad mantiene relaciones funcionales y protocolares;

3. Propiciar y mantener estrecha comunicación con organizaciones sociales de base del distrito ;

4. Elaborar el calendario cívico institucional de la Municipalidad, en coordinación con las demás unidades orgánicas;

5. Organizar y coordinar la asistencia del Alcalde o de su representarle a los actos oficiales y protocolares;

6. Organizar, coordinar y atender las ceremonias y actos oficiales que se realicen en la Municipalidad y en aquellas en las que participen el Alcalde, regidores y funcionarios;

7. Recibir y atender a los invitados oficiales, a personas, delegaciones y periodistas que soliciten entrevistas con el Alcalde, miembros del Concejo Municipal o algún funcionario de la Municipalidad; y,

8. Otras funciones que le asigne la Alcaldía o la Gerencia Municipal.

REQUISITOS MINIMOS

1. Periodista y/o Comunicador Social 2. Experiencia mínima de 2 años

TITULO VII

OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

NATURALEZA

La Oficina de Administración y Finanzas es un órgano de apoyo del segundo nivel organizacional, tiene por misión administrar con transparencia, eficiencia, eficacia y austeridad los recursos humanos, financieros, económicos y logísticos, en concordancia con las disposiciones legales vigentes de los sistemas administrativos que lo conforman: Personal, Abastecimientos, Tesorería, Contabilidad, Administración Tributaria (Rentas).

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El Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas está a cargo de un servidor público con nivel de competente, que depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia Municipal.

CUADRO ORGANICO DE CARGOS

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGANICA: ORGANO DE APOYO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO

CLASIFICACIÓN

TOTAL

SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P OFICINA DE

ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

O10 JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA

3-05-3-0-DS-1

SP-DS 1 1

UNIDAD DE CONTABILIDAD

O11 CONTADOR II-JEFE DE UNIDAD

3-O5-3-1-EJ-2

SP-EJ 1 1

UNIDAD DE TESORERIA

012 TESORERO II-JEFE DE UNIDAD

3-O5-3-2-EJ-2

SP-EJ 1 1

013 AUXILIAR ADMINISTRATIVO-RENTAS

3-05-3-2-AP-1

SP-AP 1 1

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

014 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II-JEFE DE UNIDAD

3=05-3-3-EJ-2

SP-EJ 1 1

015 ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I-JEFE DE ALMACEN

3-05-3-3-EJ-1

SP-EJ 1 1

UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

O16 ESPECIALISTA EN POTENCIAL HUMANO

3-O5-3-4-EJ-2

SP-EJ 1 1

UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA-RENTAS

O17 ESPECIALISTA ES TRIBUTACION

3-05-3-5-EJ-1

SP-EJ 1 1

CARGO : JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÒN Y FINANZAS CODIGO : 3-05-3-0-DS-1

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FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar la gestión de los recursos económicos y financieros de la Municipalidad, en función de las necesidades de ejecución del Presupuesto Institucional;

2. Proponer a los Órganos de Gobierno y Alta Dirección, los lineamientos de política y directivas para el adecuado funcionamiento de los sistemas administrativos a su cargo;

3. Planificar, organizar y supervisar las actividades de las Unidades de Recursos Humanos, Logística, Tesorería, Contabilidad y Administración Tributaria, en concordancia con las normas técnicas y legales vigentes;

4. Supervisar la formulación del plan anual y trimestral de adquisiciones y elevarlo a la Alta Dirección para su aprobación, asimismo elaborar el cuadro de compromisos de gasto, para la aplicación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones;

5. Remitir Trimestralmente a la Alcaldía y Gerencia Municipal los Estados Financieros y Estados Presupuestarios de la Municipalidad;

6. Evaluar y verificar el cumplimiento de los contratos y convenios dentro del marco de los plazos establecidos;

7. Realizar la adquisición, el almacenamiento, distribución y control de los materiales requeridos por los órganos de la Municipalidad;

8. Administrar la distribución racional y oportuna de los bienes y atender los requerimientos de servicios;

9. Conducir en coordinación con la Oficina General de Planeamiento el proceso formulación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos;

10. Formular y proponer los proyectos de bases administrativas de los diferentes procesos de adquisiciones de bienes y servicios;

11. Organizar el control y actualización del registro de bienes patrimoniales de la Municipalidad;

12. Proponer y desarrollar las políticas relativas a los procesos de selección, evaluación, capacitación, remuneraciones, estímulos, pensiones y bienestar del personal;

13.Ejecutar y verificar el presupuesto municipal en todas sus fases del gasto (compromiso, devengado y girado), presentando informes periódicos a la Gerencia Municipal sobre la situación económica y financiera de la Municipalidad;

14. Informar mensualmente sobre la ejecución presupuestaria de ingresos y gastos a la Oficina

General de Planeamiento;

15. Asegurar la disponibilidad de recursos para el pago de las obligaciones y presentar propuestas de racionalización de gastos;

16. Implementar las normas técnicas de control interno, aprobados por la Contraloría General de la República que sean de su competencia;

17. Administrar los recursos económicos y financieros en concordancia con el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, utilizando criterios de racionalidad y eficiencia en el gasto público;

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18. Formular y actualizar el Manual de Procedimientos Administrativos; y,

19. Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia.

La Oficina de Administración y Finanzas para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Unidades:

1. Unidad de Contabilidad. 2. Unidad de Tesorería. 3. Unidad de Abastecimiento. 4. Unidad de Recursos Humanos LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD La Oficina de Administración y Finanzas está a cargo de un servidor público con nivel de competente, que depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia Municipal REQUISITOS MINIMOS

-Título Universitario

-Contador Público - Experiencia en sector público mínimo de 03 años

CAPITULO I

UNIDAD DE CONTABILIDAD RESPONSABILIDAD

El contador a cargo de la Oficina de Contabilidad, tiene responsabilidad administrativa sobre los actos que asume por función, y según su relación laboral con la institución. es un órgano de apoyo del tercer nivel organizacional, que tiene por misión la administración, control y fiscalización de la recaudación tributaria en la Municipalidad.

CANALES DE COORDINACIÒN

El contador coordina con la Alta Dirección y con todas las Unidades Orgánicas , como con el Titular del Pliego dentro del marco de su competencia, empero depende funcional y administrativamente de la Oficina de Administración y Finanzas.

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DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE TESORERIA

No, De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACION N

TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

0 P

TESORERIA

011 CONTADOR II-JEFE DE

UNIDAD

3-05-3-1-EJ-2

SP - EJ 1 1

CARGO : CONTADOR II-JEFE DE UNIDAD CODIGO : 3-05-3-1-EJ-2

FUNCION ESPEDIFICA

1. Elaborar oportunamente, dentro de los plazos legales establecidos los Estados Financieros del ejercicio económico fenecido y gestionar su aprobación por parte del Concejo Municipal;

2. Realizar el registro de las operaciones contables en los sistemas oficiales del estado y de la Municipalidad ,y administrar los mismos;

3. Proporcionar la información de los estados financieros y presupuestarios dentro de los plazos que señala la Dirección Nacional de Contabilidad Pública;

4. Velar por la correcta presentación, actualización, veracidad, orden, confidencialidad y seguridad de los libros que el Sistema Nacional de Contabilidad establece;

5. Conciliar los saldos de cuentas que representen existencia de bienes de capital con los inventarios físicos realizados por la Oficina de Logística;

6. Controlar, supervisar y verificar previamente que los trámites de pago cuenten con la Documentación fuente sustitutoria que corresponda y que esta se encuentre conforme a ley, asumiendo responsabilidad solidaria con la Oficina de Tesorería;

7. Coordinar, informar y remitir mensualmente a la Gerencia Municipal y a la Oficina General Planeamiento, un consolidado de los ingresos y egresos financieros de acuerdo a las directivas pertinentes;

8. Consolidar oportunamente con la Oficina General de Planeamiento, Oficina de Tesorería y la Oficina de Administraron Tributaria y, la Oficina de Logística, las cuentas y los-registros contables;

9. Efectuar y declarar, a través del Programa de Declaración Telemática, las liquidaciones de Impuesto, retenciones y aportaciones (Retenciones del Impuesto a la Renta, ESSALUD, AFP y otros);

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10. Organizar, dirigir, registrar y ejecutar el proceso de elaboración de los Estados Financieros y Presupuestarios;

11.Cumplir y velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el Sistema de

Contabilidad y las normas conexas o complementarias;

12.Registro y verificación de la información contable en el SIAF y demás aplicativos oficiales del

Estado y de la Municipalidad ; y,

13.-Dar Visto Bueno, revisar los expedientes que deriven órdenes de pago, Tributos, rentas, etc.

14.Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas en el

ámbito de su competencia.

REQUISITOS MINIMOS

-Título de Contador Público

- Experiencia en labores de la especialidad mínimo de 03 años

-Capacitación especializada en el área.

CAPITULO II

UNIDAD DE TESORERÍA

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE TESORERIA

No, De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACION N

TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

0 P

TESORERIA

12 TESORERO II-JEFE DE UNIDAD

3-05-3-2-EJ-2

SP - EJ 1 1

13 Auxiliar Administrativo

3-05-3-2-AP-1

SP-AP 1 1

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DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

CARGO: TESORERO II- JEFE DE UNIDAD CODIGO: 3-05-3-2-EJ-2 FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y registrar las actividades de ingresos y egresos así como de )as demás acciones u operaciones de Tesorería;

2. Administrar los recursos financieros de la Municipalidad en concordancia con la normatividad del Sistema Nacional de Tesorería, normas de control y demás normas conexas y complementarias y el Presupuesto Institucional;

3. Recepcionar y obtener los ingresos correspondientes por diversos conceptos, como: tasas, transferencias, impuestos, contribuciones, venta de bienes y servicios, alquileres, y otros;

4. Recepcionar, ubicar, controlar y custodiar dinero en efectivo, especies valoradas, y demás valores de la Municipalidad;

5. Llevar el control y seguimiento de los fondos asignados para caja chica de acuerdo a la directiva correspondiente, conforme a su naturaleza y dentro de los márgenes de racionabilidad y prudencia permitidos por ley;

6. Remitir los reportes de ejecución de gasto en su fase de girado a la Oficina General de Planeamiento y a la Oficina de Contabilidad;

7. Cumplir y velar el cumplimiento de las normas del Sistema de Tesorería y las demás normas conexas y complementarias;

8. Apertura y mantener actualizada las cuentas bancarias de la Municipalidad, depositando en ellas los ingresos que se perciban por todo concepto dentro de los plazos establecidos por la normatividad a su recepción y/o recaudación efectiva, informando a la Oficina General de Administración y Finanzas sobre el movimiento de fondos en los bancos;

9. Ejecutar y controlar los pagos a proveedores, planillas y demás obligaciones contraídas por la Municipalidad, respetando el debido procedimiento, la afectación presupuestaria, así como la normatividad del sistema de tesorería, presupuestaria, de control y otras conexas y complementarias, revisando y fiscalizando previamente toda documentación que sustente el pago;

10. Controlar la renta proveniente de la venta de especies valoradas;

11. Archivar y custodiar la documentación sustitutoria de ingresos y egresos de los diferentes ejercicios fiscales;

1. Registrar y verificar de la información inherente al Sistema de Tesorería en el SIAF y demás aplicativos oficiales del Estado y de la Municipalidad; y,

2. Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas en el ámbito de su competencia.

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de la Oficina de Administración y Finanzas.

Tiene mando directo sobre el personal a su cargo y presta apoyo a las demás unidades que conforman la Administración Financiera.

Coordina directamente con el Jefe de la Oficina de Administración, Gerente Municipal y el Alcalde.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo de Contador Público y/o Bachiller.

Capacitación especializada en el área.

Experiencia en labores de la especialidad y conducción de personal.

Capacitación especializada en el área.

CAPITULO III

CARGO : AUXILIAR ADMINISTRATIVO

CODIGO : 3-05-3-2-AP-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Recepcionar los ingresos de fondos por tributos y otros por Caja, manejo de caja Chica.

b. Extender y preparar recibos de pagos, cobranzas y aplicar reducciones por diferentes descuentos retenidos.

c. Efectuar el depositado de los ingresos de fondos en las cuentas corrientes bancarias en la Agencia del Banco de la Nación en las 24 horas y recabar el comprobante de depósito.

d. Elaborar informes periódicos y diarios sobre el monto de fondos de ingresos.

e. Pago a proveedores, acreedores, remuneraciones y por otros conceptos.

f. Codificar y registrar las cuentas de ingresos corrientes y de capital.

g. Elaborar el estado consolidado de la estadística de ingresos por

asignaciones específicas.

h. Intervenir en la elaboración de los partes diarios de las áreas de fondos, bienes y presupuesto municipal.

i. Efectuar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo de documentos de caja.

j. Las demás funciones que le asigne el Jefe de la Unidad de Tesorería.

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k. Recepcionar fondos por toda fuente de financiamiento registro y custodia de fondos y valorar, distribución y utilización.

l. Preparar y efectuar el pago a proveedores por las obligaciones y compromisos contraído por la Municipalidad.

m. Preparar y efectuar el pago de remuneraciones, pensiones y asignaciones del personal activo de la Municipalidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende del Jefe de la Unidad de Tesorería. REQUISITOS MINIMOS

Estudios superiores, que incluya materias relacionadas con la especialidad. Experiencia en labores de caja.

CAPITULO IV

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

DENOMINACION DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

No, De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACION N

TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

0 P

UNIDAD DE ABASTECIMIENTO

14 ESPECIALISTA

ADMINISTRATIVO II-JEFE DE UNIDAD

3-05-3-3-EJ-2

SP - EJ 1

1

15 ESPECILISTA ADMINISTRATIVO I-JEFE DE ALMACEN

3-05-3-2-AP-1

SP-AP 1 1

CARGO : ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II-JEFEDE UNIDADD

CODIGO : 3-05-3-3-EJ-2

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FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Formular, ejecutar y controlar el Plan Anual de las Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad;

2. Proponer y participar en la conformación de los comités especiales para las licitaciones, concursos públicos y adjudicaciones directas;

3. Organizar, administrar y supervisar la actualización permanente del registro de proveedores así como el catalogo de bienes y servicios como aspectos referenciales;

4. Revisar controlar y custodiar los expedientes de los procesos de selección, asimismo elaborar los contratos y liquidaciones respectivas;

5. Mantener un adecuado control y custodia de los bienes almacenados y efectuar acciones de seguimiento y control de inventarios;

6. Mantener un adecuado control y registro de los bienes patrimoniales;

7. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de control y seguridad de locales e instalaciones de la Municipalidad, otorgando las garantías necesarias para el normal desenvolvimiento de las actividades municipales y de las mismas que se encuentran en el interior;

8. Programar, coordinar y evaluar el abastecimiento de bienes y servicios en cumplimiento del presupuesto aprobado, así como las normas y procedimientos gubernamentales y municipales vigentes;

9. Administrar los bienes almacenados, realizando su distribución oportuna de los bienes materiales requeridos por los diversos órganos municipales para el cumplimiento de sus acciones y metas;

10. Controlar y supervisar el ingreso físico de los bienes adquiridos para su custodia temporal en el área o almacén especialmente acondicionada;

11. Asignar a cada órgano y unidad orgánica de la Municipalidad las instalaciones, muebles, equipos, maquinarias y los vehículos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

12. Proporcionar a las unidades orgánicas los documentos de gestión administrativa que corresponden e instrucciones actualizadas para facilitar la aplicación de los criterios de eficiencia y eficacia en materia de abastecimiento;

13. Remitir la información actualizada de su competencia a la Oficina General de Planeamiento, Contraloría General de la República, OSCE Y PROMPYME;

14. Promover la obtención de los bienes a través de donaciones, transferencia y otros medias, que no signifique egreso fiscal,

15. Controlar, administrar, registrar, cautelar y salvaguardar el patrimonio, mobiliario e inmobiliario de la Municipalidad;

16. Organizar y mantener actualizado el Margesí de Bienes de la Municipalidad;

17. Organizar y actualizar el registro de contratos y adquisiciones de bienes y servicios;

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18. Efectuar el control de los activos fijos y de las adquisiciones realizadas por la Municipalidad actualizando permanentemente el stock y la documentación referente a registros, catálogos y movimientos diarios de almacén, especificaciones y demás informaciones relativas a las adquisiciones y almacenamiento de bienes y prestación de servicios;

19. Formular las actas de inventarios y entrega de locales en alquiler y recepción de inmuebles edificados por administración directa y no por contrata;

20. Gestionar, efectuar y ejecutar según sea el caso, el cuadro de necesidades y requerimientos que requiera la Municipalidad;

21. Elaborar las órdenes de compra y/o órdenes de servicio por la adquisición de bienes y servicios utilizando programas informáticos implementados, asimismo registrar en el SIAF la fase de compromiso, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria y el calendario de compromisos aprobado;

22.Reportar información mensual a nivel de fase de compromiso de gasto de las órdenes de

compra y servicios, a la Oficina de Administración y Finanzas;

23.Supervisar las acciones de tasación, valuación, actualización o ajuste del valor monetario de

los activos fijos y de las existencias en el almacén; y,

24.Monitorear,constiruirse a los almacenes descentralizados

24.Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas en el

ámbito de su competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas.

REQUISITOS MINIMOS

- Título universitario y/o Bachiller de administrador y/o o afines.

- Capacitación especializada en el área. Experiencia en el sistema de Abastecimientos

CAPITULO V

OFICINA DE ALMACEN

CARGO : ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I-JEFE DE ALMACEN

CODIGO : 3-05-3-3-EJ-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar la ejecución de los procesos de Control patrimonial de la Municipalidad, en concordancia con la normatividad legal vigente.

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b. Elaborar oportunamente el Parte Diario de Almacén y proporcionar información a la Oficina de Tesorería y Ejecución Presupuestal, adjuntando la información sustentatoria.

c. Programar, ejecutar y supervisar los procesos de codificación, valorización, depreciación,

d. Reevaluación, bajas y excedentes de inventarios. e. Coordinar la Titulación de los bienes inmuebles de la Municipalidad en

coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica. f. Prever y controlar el mantenimiento de los bienes, muebles e

inmuebles de la Municipalidad. g. Formular y proponer a la Dirección de Administración, alternativas de

política referentes a la Administración de los Bienes y Servicios, y Control del Patrimonio Municipal.

h. Ejecutar los procesos técnicos de almacenamiento y distribución de bienes materiales.

i. Organizar, valorizar, actualizar y controlar el Inventario de Bienes de la Municipalidad, a través de los Registros correspondientes.

j. Supervisar el proceso de Control Patrimonial Institucional. k. Efectuar el control patrimonial de los Activos Fijos adquiridos o

donados a la Municipalidad. l. Mantener actualizado el inventario de bienes inmuebles así como su

conservación y modificaciones respectivas. m. Velar por el cumplimiento de las normas técnicas de control, y disposiciones

legales nacionales y municipales que regulan las actividades del sistema de Abastecimiento y Control Patrimonial.

n. Visar las resoluciones que son de su competencia. o. Racionalizar y simplificar los procedimientos administrativos de la Oficina. p. Responsabilidad del control Patrimonial q. Otras funciones inherentes a su cargo que se le asigne

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente , del responsable de Abastecimiento o Logística.

REQUISITOS MINIMOS - Título universitario y/o Bachiller de administrador y/o o afines.

- Capacitación especializada en el área. Experiencia en el sistema de

Abastecimientos.

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CAPITULO VI

UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS- PERSONAL

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS-PERSONAL No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS

16 Especialista en potencial humano II-Jefe de Unidad

3-05-3-4-EJ-2

SP - EJ 1

1

CARGO: ESPECIALISTA EN POTENCIAL HUMANO.

CODIGO : 3-05-3-4-EJ-2

NATURALEZA

La Unidad de Recursos Humanos, es un órgano de apoyo de tercer nivel organizacional, que tiene por finalidad realizar una adecuada gestión y administración de personal en función a una organización municipal, de la misma forma ejecuta los procesos de selección, contratación y evaluación del personal. Tiene como misión propiciar una cultura organizativa y asegurar un clima laboral que permita obtener mejores niveles de productividad y eficiencia, satisfaciendo la necesidad de la población.

FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Programar, organizar, dirigir y controlar las acciones del sistema de personal destinadas a lograr una eficaz integración del personal de la Municipalidad, orientando a una mejor productividad y eficiencia, mejora continua y adaptación a los cambios culturales, considerando el trabajo en equipo y por resultados;

1. Conducir los procesos de reclutamiento, selección, contratación e inducción del personal;

2. Promover y ejecutar los programas de bienestar social para el personal de la Municipalidad;

3. Promover y proponer políticas y sistemas remunerativos en función de la eficiencia y el buen desempeño;

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4. Preparar el Plan Anual de Desarrollo de Capacidades, que comprende el diagnostico, políticas, objetivos, metas y programación de actividades de capacitación de personal;

5. Elaborar el Reglamento Interno de Trabajo y demás directivas internas inherentes al sistema de personal;

6. Fomentar y desarrollar las acciones destinadas a la motivación e innovación constante en el trabajo, implementando programas de incentivos y compensaciones;

7. Organizar, implantar y mantener costos actualizados, los registros y el escalafón del personal;

8. Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades culturales, deportivas, recreativas de esparcimiento, de atención médica y de bienestar social para el personal de la Municipalidad;

9. Formular las planillas de remuneraciones y pensiones del personal de la Municipalidad, así como elaborar las liquidaciones que correspondan de acuerdo a ley;

10. Preparar la información sobre el movimiento de personal de la Municipalidad;

11. Establecer y verificar el cumplimiento del Reglamento y Manual de Organización y Funciones en relación con los objetivos asignados a cada unidad orgánica;

12. Organizar y ejecutar periódicamente evaluaciones de desempeño y productividad laboral, que permitan la ejecución de medidas correctivas;

13. Formular el Presupuesto Analítico del Personal - PAP y el Cuadro Nominativo de Personal, en coordinación con la Oficina General de Planeamiento;

14. Desarrollar políticas y procedimientos que ofrezcan un trato justo y coherente al personal, contribuyendo al mantenimiento de la disciplina y las buenas relaciones;

15. Proponer a la Oficina General de Administración y Finanzas, sanciones de acuerdo a normatividad vigente;

16. Controlar la asistencia, puntualidad y permanencia del personal de la Municipalidad; y,

17. Otras funciones que le asigne el Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas en el ámbito de su competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

1. El jefe de la Unidad de Personal, depende jerárquicamente del Jefe de la Oficina

de Administración y Finanzas.

2. Tiene mando sobre el personal a su cargo. REQUISITOS MINIMOS 1 Titulo profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.

2 Experiencia en labores de administración de personal o de la especialidad.

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CAPITULO VII

UNIDAD DE ADMÍNISTRACIÓN TRIBUTARIA-RENTAS

NATURALEZA

La Unidad de Administración tributaria-rentas, es un órgano de apoyo de tercer nivel

organizacional, que tiene por finalidad la administración, control y fiscalización de la recaudación tributaria en la Municipalidad, generando mayor recaudación.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Está a cargo de un servidor público con el nivel competente, quien depende funcional y administrativamente del Responsable de la Oficina de Administración y Finanzas.

Tiene mando sobre el personal a su cargo.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA-RENTAS No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

UNIDAD DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA-RENTAS

17 ESPECIALISTA EN TRIBUTACIÓN

3-05-3-5-EJ-1

SP - EJ 1

1

CARGO: ESPECIALISTA EN TRIBUTACION.

CODIGO : 3-05-3-5-EJ-1

FUNCIONES ESPECIFICAS :

' 1. Formular y proponer a la Oficina de Administración y Finanzas, las políticas, normas, planes y programas en materia de administración y recaudación tributaria;

2. Resolver las solicitudes, reclamaciones e impugnaciones de naturaleza tributaria y demás procedimientos que competen a dicha Oficina;

3. Planear, organizar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar los procesos de registro, acotación, recaudación y fiscalización de las rentas municipales y los impuestos aprobados por Ley, así como la difusión y orientación al público;

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4. Crear y mantener actualizados los registros de los contribuyentes, concesionarios y de las propiedades de la Municipalidad que produzcan rentas, así como el archivo de las declaraciones juradas;

5. Determinar la cuantía de los tributos, derechos, tasas y otros ingresos, que deberán pagar los contribuyentes a la Municipalidad, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes, y de acuerdo a los dispositivos legales vigentes;

6. Administrar la emisión y distribución de las declaraciones juradas y recibos de pago de diferentes tributos que administra la Municipalidad, así como controlar su cobranza;

7. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones económicas derivadas de los contratos de concesión de uso de bienes de propiedad de la Municipalidad;

8. Brindar orientación y atender reclamos de los contribuyentes que requieran su atención por su complejidad e importancia;

9. Elaborar el calendario mensual de obligaciones tributarias y coordinar su publicación con la Subgerencia de Administración;

10. Elaborar y presentar informes técnicos sobre el desarrollo y grado de cumplimiento de sus actividades de cobro y pago de tributos y obligaciones en forma periódica o cuando lo soliciten;

11. Proponer proyectos de ordenanzas municipales tendientes a crear, modificar, suprimir, exonerar y reglamentar los tributos y rentas dentro de los límites de la Ley y Código Tributario, en coordinación con la Oficina de Asesoría Jurídica;

12. Informar mensualmente a la Oficina General de Administración y Finanzas sobre la recaudación y saldos de las cuentas corrientes de los tributos y rentas de la Municipalidad;

13. Registro y verificación de la información tributaria en los aplicativos oficiales del Estado y de la Municipalidad;

14. Ejecutar los actos administrativos que contengan obligaciones exigibles coactivamente en materia de su competencia conforme a normatividad y lo dispuesto en la Ley N° 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva y sus modificarías; y,

15. Generar mayores ingresos económicos, través de propuestas concretars, y una correcta administración

16. Otras funciones afines que le asigne la Oficina de Administración y Finanzas.

REQUISITOS MINIMOS

1. Técnico en contabilidad, estudios afines.

2. Tener experiencia mínima de 3 años

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TITULO VIII

DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

NATURALEZA

Los Órganos de Línea son órganos del segundo y tercer nivel organizacional, encargados de ejecutar las acciones relacionadas con la misión y objetivos de la Municipalidad y que constituyen su razón de ser, tales como servicios públicos, servicios sociales, desarrollo urbano, desarrollo rural, promoción de la economía local, que se realizan en el contexto de las competencias señaladas por la Ley Orgánica de la Municipalidades. Dependen jerárquicas, funcional y administrativamente de la Gerencia Municipal.

Los Órganos de línea constituyen las siguientes Subgerencias:

1. Subgerencia de Infraestructura. 2. Subgerencia de Desarrollo Social.

3. Subgerencia de Desarrollo Económico.

CAPITULO I

SUB GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA

NATURALEZA

La Subgerencia de Infraestructura es un órgano de línea de segundo nivel organizacional, responsable de ejecución en todas sus fases (estudios inversión, ejecución, supervisión, y mantenimiento) de los proyectos de inversión pública a nivel infraestructura (productiva, vial, educativa, salubridad, saneamiento, energético, etc.) tanto en el ámbito urbano y rural del Distrito , de acuerdo a los planes de territoriales y sectoriales y el Plan de Inversiones de la Municipalidad, asimismo es responsable de la planificación urbana en toda sus etapas. Para el mejor cumplimiento de sus propósitos y objetivos, se encarga de la administración de los equipos y maquinaria pesada con que dispone la Municipalidad.

Está cargo de un funcionario con nivel de Sub Gerente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Gerencia Municipal.

RESPONSABILIDAD

El Jefe y el personal de la Dirección tienen responsabilidad administrativa,

sobre acciones que por función le compete a nivel de programación,

ejecución y supervisión según corresponda. CANALES DE COORDINACION

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El Jefe de la Dirección realiza las acciones de coordinación con la Alta

Dirección a través de la Gerencia General, mientras tanto con los órganos de

Asesoramiento, de apoyo y de línea en forma directa mediante reuniones

de trabajo y documentos. A nivel externo coordina con las instituciones

públicas y privadas que ejecutan obras de infraestructura mediante el

Alcalde o directamente según sea el caso. ORGANIGRAMA

La Jefatura de Infraestructura y Obras Publicas depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal.

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: SUBGERENCIA DE INFRAESTRUCTURA

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

INFRAESTRUCTURA Y OBRAS PUBLICAS

18 Subgerente de infraestructura

3-06-1-0-DS-1

SP – SD 1 1

19 Asistente Administrativo

3-6-1-1-AP-1

SP-AP 1 1

OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS

20 INGENIERO II 3-06-1-1-EJ-3

SP-EJ 1 1

OFICINA DE OBRAS PUBLICAS

21 INGENIERO II 3-06-I-2-EJ-3

SP-EJ 1 1

OFICINA DE MAQUINARIA PESADA Y EQUIPO

22 CHOFER-MECANICO 3-06-1-3-EP-1

1 1

25 CHOFER PROFESIONAL 3-06-1-3-ES-1

SP-ES 3 1 2

27 OPERADOR DE MAQUINARIA PESADA

3-06-1-3-ES-1

SP-ES 2 2

OFICINA DE DESARROLLO URBANO

28 ARQUITECTO Y/O INGENIERO

3-06-1-4-EJ-3

SP-EJ 1 1

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DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

CARGO : SUBGERENTE DE INFRAESTRUCTURA CODIGO : 3-06-1-0-DS-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

1. Programar, organizar, coordinar, dirigir y controlar todas las acciones inherentes a la ejecución de las obras públicas promovidas por la Municipalidad;

2. Aprobar la designación del supervisor de obra, definir los términos de referencia de profesionales a contratar, presupuestos adicionales, reducciones, ampliaciones de plazo y liquidaciones finales de las obras ejecutadas por la Municipalidad;

3. Revisar los estudios de inversión de proyectos, de conformidad con los dispositivos legales vigentes sobre la materia;

4. Formular los términos de referencia para procesos de selección de proyectos que convocará la entidad en consultoría y ejecución de obras, de acuerdo a Ley;

5. Proponer programas y proyectos para resolver problemas críticos relacionados a las construcciones públicas y privadas, tanto en la zona urbana como rural;

6. Revisar liquidaciones técnicas y financieras de obra ejecutadas en coordinación con la comisión respectiva y luego remitir al Titular de la entidad para su aprobación mediante la instancia que corresponde;

7. Resolver consultas, modificaciones y adicionales que se pudiesen presentar en el desarrollo de la ejecución de las obras;

8. En coordinación con las demás Gerencias de la Municipalidad, diseñar, programar, dirigir y ejecutar los programas y proyectos transferidos en el marco del proceso de Descentralización del Estado, de conformidad con los lineamientos de las políticas locales, regionales y sectoriales, según sea el caso;

9. Programar, dirigir, ejecutar y controlar las obras de conservación, mantenimiento y ampliación de infraestructura urbana tales como parques, plazas, campos deportivos y áreas verdes de uso público;

10. Dirigir en coordinación con las demás entidades, las políticas de desarrollo urbano y catastrales en el ámbito de Distrito;

11. Otorgar licencias, autorizaciones sobre construcciones y habilitaciones urbanas, y demás acciones sobre edificaciones;

12. Proponer proyectos de ordenanzas, acuerdos, decretos y resoluciones y demás normas que regulen el adecuado desarrollo urbano y rural;

13. Concertar y formular los convenios y contratos a suscribir con la población organizada con fines de dar mejor uso y mantenimiento de la infraestructura pública;

14. Organizar y supervisar la activa participación de los beneficiarios en la ejecución de obras mediante los comités de gestión de obra;

15. Participar activamente en los procesos de planificación urbana y rural, así como en los procesos de presupuesto participativo; y,

16. Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal en el marco de su competencia a fin.

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Subgerencia de Infraestructura para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Oficinas:

1. Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras. 2. Oficina de Obras Públicas. 3. Oficina de Maquinaria Pesada y Equipo. 4. Oficina de Desarrollo Urbano

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Gerente General. Tiene mando directo sobre sus Divisiones que comprende la Dirección. REQUISITOS MINIMOS

Título profesional Universitario de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.

Colegiatura y habilitación profesional. Capacitación especializada en el área. Experiencia en la Dirección de programas de Inversión Municipal, Desarrollo Local y Conducción de Personal. ASISTENTE ADMINISTRATIVO CARGO : ASISTENTE ADMINISTRATIVO CODIGO: 3-O6-1-1-AP-1 FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir y archivar la documentación de

la Sub-Gerencia de Infraestructura 2. Tomar dictado y digitado los documentos 3. Brindar información y conceder fichas técnicas catastrales de inmuebles

privados a solicitud del contribuyente. 4. Mantener el archivo correspondiente. 5. Prestar apoyo a los distintos órganos de la municipalidad que los soliciten. 6. Revisar y preparar la documentación para la suscripción . 7. Mantener actualizada, organizada la documentación administrativa. 8. Atender y orientar al usuario para la atención de sus consultas 9. Mantener al día los Registros y base de datos. 10. Tener conocimiento de los programas, lectura de planos y propias del área 11. Y otras funciones que se le asigne.

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LINEA DE RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD Depende directamente del Subgerente de Infraestructura No cuenta con personal a su cargo. REQUISITOS

1. Formación Universitaria, no universitaria relacionada con la especialidad 2. Experiencia relacionadas con la función.

CAPITULO II

OFICINA DE SUPERVISIÓN Y LIQUIDACIÓN DE OBRAS

NATURALEZA

La Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras, es un órgano de línea, que tiene por objeto la oportuna supervisión y liquidación de las obras publicas ejecutadas por la Municipalidad Distrital .

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de Subgerencia de Infraestructura.

CUADRO ORGÁNICO DE CARGOS.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION

DE OBRAS

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS

19 INGENIERO II 3-06-1-1-EJ-3

SP – EJ 1 1

CARGO : INGENIERO II CODIGO : 3-06-1-1—EJ-3

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FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Controlar directa y permanentemente, el cumplimiento de la ejecución de la obra conforme al Expediente Técnico Aprobado y demás normas técnicas establecidas;

2. Emitir opinión técnica fundamentada, sobre el estado de los estudios de inversión, es decir sobre la adecuado formulación de los expedientes técnicos;

3. Controlar los aspectos técnicos, financieros, económicos, ambientales, presupuestos, plazo y metas programados, para la correcta ejecución de obra por contrata, administración directa o por encargo;

4. Controlar estadísticamente los avances físico-financiero y valorizaciones de obra, con el fin de adoptar medidas correctivas en su oportunidad;

5. Controlar el cumplimiento de las normas técnicas de seguridad e higiene durante la ejecución de obras;

6. Controlar la aplicación de la normatividad sobre aspectos técnicos y laborales en la ejecución de obras;

7. Controlar la capacidad, idoneidad y calidad del personal técnico y obrero asignado en cada ejecución obra, observando el cumplimiento de conformidad a lo establecido en los estudios técnicos;

8. Programar, ejecutar y controlar la liquidación técnica y financiera de las proyectos concluidos;

9. Presentar a Subgerencia de Infraestructura, los informes mensuales y finales de ejecución de obras, así como, sobre la recepción y entrega de obras;

10. participar y coordinar en la formulación de reglamentos referidos a ejecución, supervisión y liquidación de obras; y,

11. Otras funciones que le asigne el Sub Gerente de Infraestructura en el ámbito de competencia.

REQUISITOS MINIMOS

-Título profesional Universitario de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.

-Colegiatura y habilitación profesional. -Capacitación especializada en el área.

-Experiencia en la Dirección de programas de Inversión Municipal, Desarrollo Local y Conducción de Personal

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CAPITULO III

OFICINA DE OBRAS PÚBLICAS

NATURALEZA

La Oficina de Obras Públicas, es un órgano de línea, de tercer nivel organizacional, responsable de planificar, programar, ejecutar y controlar la ejecución de obras publicas conforme al Plan y Programa de Inversiones de la Municipalidad.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Subgerencia de Infraestructura.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE OBRAS PUBLICAS

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE OBRAS PUBLICAS

2O INGENIERO II 3-06-1-2-EJ-3

SP – EJ 1 1

CARGO : INGENIERO II

CODIGO: 3-06-1-2-EJ-3

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Programar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecución obras de infraestructura en el ámbito urbano y rural del distrito, en todas su modalidades;

2. Formular y revisar las bases técnicas y administrativas para los procesos de contratación para la ejecución de obras;

3. Controlar y supervisar que las obras publicas que ejecuta la municipalidad u otra entidad pública o privada realice en el marco de las especificaciones técnicas establecidas en los respectivos estudios, y en concordancia con la normatividad sobre la materia;

4. Conducir los procesos de recepción y entrega de obras publicas ejecutadas por la modalidad de contratada;

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5. Revisar y visar los estudios de expedientes técnicos que realizan el personal técnico de la Municipalidad o terceros, en estricta observancia de las normas técnicas para el tipo de proyecto de infraestructura;

6. Programar el mantenimiento de la infraestructura pública urbana y rural que se encuentren a cargo de la Municipalidad;

7. Revisar y registrar la documentación sobre las obras públicas ejecutadas por la Municipalidad y otras entidades públicas o privadas;

8. Coordinar permanentemente con Subgerencia de Infraestructura, la priorización y programación de ejecución de obras públicas;

9. Coordinar y monitorear la ejecución de proyectos y actividades en materia de infraestructura desarrollados por otras entidades públicas, en el marco del proceso de descentralización y transferencia de competencias;

1. Coordinar en materia de mantenimiento vial de caminos vecinales con el Instituto Vial Provincial;

2. Programar, dirigir, coordinar y supervisar la adecuada y eficiente uso y mantenimiento del equipo mecánico liviano y pesado de la Municipalidad, a través del Su la Oficina de Maquinaria Pesada y Equipo; y,

REQUISITOS MINIMOS

-Título profesional Universitario de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.

-Colegiatura y habilitación profesional. -Capacitación especializada en el área.

-Experiencia en la Dirección de programas de Inversión Municipal, Desarrollo Local y Conducción de Personal

CAPITULO IV OFICINA DE MAQUINARIA PESADA Y EQUIPO

NATURALEZA

La Oficina de Maquinarias Pesadas y Equipo es un órgano , es un órgano de línea, de tercer nivel organizacional, responsable de planificar, programar, ejecutar y controlar las actividades y estado de las maquinarias pesadas y equipo como de los vehículos motorizados.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Subgerencia de Infraestructura.

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DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE MAQUINARIA PESADA Y

EQUIPO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE MAQUINARIA PESADA Y EQUIPO

21 CHOFER-MECANICO

3-06-1-3-ES-1

SP – ES 1 1

CARGO: CHOFER-MECANICO

CODIGO: 3-06-1-3-ES-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

1.Programar, dirigir, coordinar y supervisar la adecuada y eficiente uso y mantenimiento del equipo mecánico liviano y pesado de la Municipalidad.

REQUISITOS MINIMOS

-Instrucción Secundaria completa.

-Mecánico con experiencia no menor de 4 AÑOS -Capacitación especializada en el área.

CHOFERES CHOFER I

CARGO : CHOFER PROFESIONAL

CODIGO : 3-06-1-3-ES-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

• Conducir vehículos motorizados livianos y/o pesados para transporte de carga

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y/o personas. • Efectuar viajes inter – provinciales de servicio oficial. • Efectuar el mantenimiento y reparaciones mecánicas de cierta complejidad del

vehículo a su cargo. • Transporte de cargamento delicado o peligroso. • Informar de las actividades efectuadas, así como de las ocurrencias en el

cumplimiento de sus tareas. • Otras que le asigne el jefe inmediato.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Depende directamente del Jefe de Unidad de Equipo Mecánico. REQUISITOS MINIMOS

• Instrucción secundaria completa. • Licencia de conducir profesional • Certificado de capacitación en mecánica automotriz. • Amplia experiencia de la conducción de vehículos motorizados.

CHOFER II CARGO : CHOFER PROFESIONAL

CODIGO : 3-06-1-3-ES-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

• Conducir vehículos motorizados livianos y/o pesados para transporte de carga y/o personas.

• Efectuar viajes inter – provinciales de servicio oficial. • Efectuar el mantenimiento y reparaciones mecánicas de cierta complejidad del

vehículo a su cargo. • Transporte de cargamento delicado o peligroso. • Informar de las actividades efectuadas, así como de las ocurrencias en el

cumplimiento de sus tareas. • Otras que le asigne el jefe inmediato.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Depende directamente del Jefe de Unidad de Equipo Mecánico. REQUISITOS MINIMOS

• Instrucción secundaria completa. • Licencia de conducir profesional • Certificado de capacitación en mecánica automotriz. • Amplia experiencia de la conducción de vehículos motorizados.

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CHOFER III

CARGO : CHOFER PROFESIONAL CODIGO : 3-06-1-3-ES-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

• Conducir vehículos motorizados volquete y/o pesados para transporte de carga y/o personas.

• Efectuar viajes inter – provinciales de servicio oficial. • Efectuar el mantenimiento y reparaciones mecánicas de cierta complejidad del

vehículo a su cargo. • Transporte de cargamento delicado o peligroso. • Informar de las actividades efectuadas, así como de las ocurrencias en el

cumplimiento de sus tareas.

• Otras que le asigne el jefe inmediato.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Depende directamente del Jefe de Unidad de Equipo Mecánico. REQUISITOS MINIMOS

• Instrucción secundaria completa. • Licencia de conducir profesional • Certificado de capacitación en mecánica automotriz. • Amplia experiencia de la conducción de vehículos motorizados.

OPERADOR DE TRACTOR ORUGA

CARGO : OPERADOR DE MAQUINA PESADA CODIGO : 3-06-1-3-ES-1

FUNCIONES ESPECÍFICAS

• Operador de Tractor Oruga y/o maquinarias pesados . • Efectuar el mantenimiento y reparaciones mecánicas de cierta complejidad de

la maquinaria pesada • Comunicar oportunamente de cualquier desperfecto y mantenimiento

requerida • Informar de las actividades efectuadas, así como de las ocurrencias en el

cumplimiento de sus tareas.

• Levar de manera documentada sobre las horas de trabajo • Comunicar oportunamente sobre cualquier hecho irregular, ilícito que sea de su

conocimiento

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• Otras que le asigne el jefe inmediato.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD. Depende directamente del Jefe de Unidad de Equipo Mecánico. REQUISITOS MINIMOS

• Instrucción secundaria completa. • Experiencia no menor de 03 anos como operador • Contar con documentos que acredita ser operador • Certificado de capacitación en mecánica automotriz. •

OPERADOR DE CARGADOR FRONTAL

CARGO : OPERADOR DE CARGADOR FRONTAL CODIGO: 3-06-1-3-ES-1 FUNSIONES ESPECIFICAS . Operar durante las horas requeridas y especificidades por jefe de maquinarias . Mantener en óptimo estado la maquinaria pesada a su cargo . Informar en su oportunidad sobre las fallas, necesidades y estado de maquinaria . Llevar el control de la maquinaria en la bitácora pertinente. .Cuando no se halle en servicio la maquinaria, el servidor cumplirá otras acciones determinadas por su inmediato superior. . Deberá informar sobre cualquier hecho irregular o i8lícita ante la autoridad correspondiente. . Otras propias de su función LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Depende directamente del Jefe de Maquinarias, o en su cso del Gerente de Infraestructura. No tiene mando sobre cargo alguno REQUISITOS:

1. Instrucción secundaria completa 2. 3 años de experiencia

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CAPITULO V OFICINA DE DESARROLLO URBANO

NATURALEZA

La Oficina de desarrollo urbano, es un órgano de línea, que tiene por objeto la oportuna supervisión

,evaluación, formulación, ejecución de obras, acciones de acondicionamiento territorial, desarrollo urbano y medio ambiente ejecutadas dentro de la jurisdicción del Distrito de Acopia. .

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de Subgerencia de Infraestructura.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE DESARROLLO URBANO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE DESARROLLO URBANO

28 ARQUITECTO Y/O INGENIERO II

3-06-1-4-EJ-3

SP – EJ 1 1

CARGO : ARQUITECTO Y/O INGENIERO II CODIGO : 3-06-1-4—EJ-3

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Opinar sobre la conservación del patrimonio monumental

2. Evaluar ,ejecutar, formular y supervisar la ejecución de obras, acciones de acondicionamiento territorial, desarrollo urbano y medio ambiente (catastro municipal).

3. Planificar, organizar y evaluar el correcto uso del espacio y suelo.

4. Garantizar un adecuado y armonioso desarrollo Distrital

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5. Garantizar el plan de acondicionamiento territorial y planes correspondientes.

6. Calificación de habilitaciones urbanas.

7. Diseñar, proponer y dirigir el esquema de zonificación de áreas urbanas.

8. Elaborar y mantener actualizada el catastro urbano.

9. Revisar y aprobar los expedientes técnicos de obras de construcción ya sea de conservación o de obra nueva a fin de otorgar licencia de construcción

10. Dirigir y formular los planes, programas y proyectos relacionados con la inscripción registral de bienes inmuebles de propiedad de la municipalidad y administración de éstos..

11. Proponer proyectos de ordenanzas, decretos, resoluciones y normas que registren el Desarrollo Urbano.

12. Controlar, administrar y ejecutar el cumplimiento de las actividades conciernentes a obras de infraestructura básica, equipamiento social y áreas verdes de la ciudad.

13. Controla y supervisa que las obras de edificación urbana , se ejecuten de acuerdo a las especificaciones técnicas de sus respectivos expedientes aprobados.

14. Planifica, ,controla el uso del espacio urbano en el ámbito Distrital .

15. Formula los detalles técnicos para los concursos, licitaciones y contratos en los asuntos que le sean de su competencia.

16. Otorgar las licencias de construcción en concordancia a los dispositivo legales vigente

17. Opinar por las sanciones a la violación e infracción de las normas municipales legales de conformidad a las disposiciones municipales.

18. Dictaminar y resolver sobre los asuntos que se tramitan en el órgano y que se enmarquen dentro de su competencia.

19. Formular y aprobar sobre las resoluciones del área de su competencia

20. Otras funciones afines que se le asigne ,como las que están prevista por función. REQUISITOS MINIMOS

-Título profesional Universitario de Ingeniero Civil y/o Arquitecto.

-Colegiatura y habilitación profesional. -Capacitación especializada en el área.

-Experiencia en la Dirección de programas de Desarrollo Urbano, Desarrollo Local y Conducción de Personal TITULO IX CAPITULO I

SUB GERENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO Y GESTION AMBIENTAL

NATURALEZA

La Subgerencia de Desarrollo Económico Y Gestión Ambiental, es un órgano de línea de segundo , nivel organizacional, encargado de planificar, organizar, ejecutar, monitorear y supervisar las

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acciones referidas al desarrollo económico local, así como de las actividades productivas y de transformación, agropecuaria, turística, comercio y servicios en el ámbito de Distrito, en el marco de las políticas nacionales y regionales.

NIVELES DE COORDINACIÓN, RESPONSABILIDAD

La Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental está a cargo de un funcionario con nivel de Sub Gerente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Gerencia Municipal.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: SUBGERENTE DE DESARROLLO

ECONOMICO Y GESTION AMBIENTAL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

29

SUBGERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y GESTION AMBIENTAL

3-06-2-0-DS-1 SP-DS 1 1

OFICINA DE DESARROLLO AGROPECUARIO

30 INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS

3-06-2-1-EJ-2 SP-EJ 1 1

OFICINA DE INSDUSTRIA TURISMO Y COMERCIO

31 ESPECIALISTA EN PYMES 3-06-2-2-EJ-1 SP-EJ 1 1

OFICINA DE GESTION AMBIENTAL Y RRNN

32 ESPECIALISTA EN RRNN I 3-06-2-3-EJ-2 SP-EJ 1 1

OFICINA DE SANEAMINETO BASICO URBANO RURAL

33 AMBIENTALISTA I

3-06-2-4-EJ-2 SP-EJ 1 1

34 TRABAJADOR DE LIMPIEZA PUBLICA Y ORNATO

3-06-2-4-AP-1 SP-AP 3 3

38 GASFITERO

3-06-2-4-AP-1 1 1

CARGO : SUBGERENTE DE DESARROLLO ECONÓMICO Y GESTIÓN AMBIENTAL

CODIGO: 3-06-2-0-DS-1

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FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Diseñar y formular el Plan de Desarrollo Económico Local, tomando en cuenta los planes de desarrollo local, regional y nacional y los planes sectoriales, así como las potencialidades económicas de la localidad;

2. Fomentar el desarrollo económico integral, sostenido y equilibrado del distrito; en concordancia con las políticas locales, regionales y nacionales, mediante propuestas de proyectos sectoriales, convenios, acuerdos de cooperación con instituciones públicas y privadas, gobiernos regionales y locales;

3. Dirigir, controlar y supervisar la ejecución de los planes, programas, proyectos y obras en materia agraria, agropecuaria, agroindustria, artesanías, biocomercio y turismo, en concordancia con las políticas y planes de desarrollo del gobierno local y regional;

4. Promover las inversiones públicas y privadas en el ámbito Distrital en proyectos de infraestructura productiva con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada y, dinamizar mercados y promover la rentabilidad de las actividades económicas en el Distrito;

5. Organizar y promover conjuntamente con el Gobierno Regional y la Municipalidad Provincial, los espacios de coordinación para el desarrollo económico local, estableciendo las ventajas comparativas y competitivas de las empresas del distrito;

6. Promover las potencialidades productivas sobre la base de las ventajas comparativas del distrito (corredores productivos, ecoturismo, y de biodiversidad), para lograr competitividad regional y nacional;

7. Promover la elaboración de estudios y la ejecución de proyectos en los sectores de su competencia sobre la base de los presupuestos participativos del distrito, la provincia y la región;

8. Fomentar el desarrollo de cadenas productivas estableciendo mecanismos de coordinación con los sectores productivos del distrito, así como la integración y concertación entre los sectores productivos;

9. Promover y dirigir la realización de ferias de productos agropecuarios, industriales, y de artesanías y, apoyar la creación de mecanismos de comercialización y consumo de productos nativos del Distrito;

10. Identificar las potencialidades del distrito y promocionar el desarrollo de las actividades económicas proponiendo políticas de desarrollo del sector empresarial, comercial, agropecuario, turístico;

11. Coordinar con las entidades financieras nacionales, regionales y locales, el apoyo para la ejecución de programas de financiamiento y asistencia a los sectores industrial, minero, artesanal, comercial, turismo y agropecuario;

12. Establecer y conducir mecanismos y sistemas de información, versátiles y competitivos

de apoyo a la optimización de la gestión que realicen los diversos agentes económicos del distrito;

13. Orientar la cultura empresarial impulsando las diversas formas de asociación de los productores, micro y pequeños empresarios que les permitan rentabilizar la actividad

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. tanto agropecuaria, de industria, biocomercio y servicios turísticos;

14.Administrar, mantener y equipar directamente o por concesión mercados de abastos en coordinación con las municipalidades de centros poblados menores, las organizaciones de productores y comerciantes;

15.En coordinación con las demás órganos de línea de la Municipalidad, diseñar, programar, dirigir y ejecutar los programas y proyectos transferidos en el marco del proceso de transferencia de competencias del Estado, de conformidad con los lineamientos de las políticas locales, regionales y sectoriales, según sea el caso; y,.

16.Planificar, coordinación, ejecutar y controlar la adecuada protección de la flora y fauna, a fin de mantener el equilibrio ecológico, a través de la preservación de los recursos vegetales y animales nativos, existentes en el territorio local, así como los estudios necesarios para su mejor conocimiento;

17.Proponer políticas de forestación y reforestación en las zonas de baja densidad forestal o para repoblar las zonas que carecen de bosques, con el propósito de lograr beneficios ambientales;

18.Efectuar acciones de administración, reglamentación, gestión y control de programas de conservación, ampliación y explotación sostenible de los recursos forestales;

19.Proponer políticas preventivas o correctivas orientadas a la protección del suelo contra los agentes que causan su degradación;

20.Planificar, programar, coordinación, y controlar el adecuado y racional uso del potencial hídrico de la zona;

21. Proponer políticas y lineamientos técnicos orientados a remediar la degradación

Ecológica generada por actividades extractivas y de otra índole;

22.Efectuar acciones de control de la contaminación ambiental, que permitan actividades de vigilancia y protección del medio ambiente orientadas a evitar y controlar la polución de las aguas de los ríos y lagunas, del suelo y del aire;

23.Ejecutar y supervisar las actividades de limpieza pública de la población urbana, abarcando la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos;

24.Implementar sistemas de arborización en lugares debidamente identificados en el ámbito del distrito;

25.programar ejecutar acciones relacionadas con la regulación y el control de los procesos de disposición final de desechos sólidos, líquidos y otros elementos que afectan las condiciones de vida de la población, la salud y el medio ambiente;

26.Promover la construcción, mantenimiento y operatividad del sistema de abastecimiento de agua potable y sistema de alcantarillado sanitario y pluvial;

27.Planificación, ejecución, operación y mantenimiento de sistemas de saneamiento básico rural, de instalaciones para disposición de excretas, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales,

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de Gerencia Municipal.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional Agrónomo / Zootecnista o Estudio Superior relacionados al

área, Experiencia en conducción de programas administrativos relacionados al

área, Capacitación especializada en el área.

La Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Oficinas:

1. Oficina de Desarrollo Agropecuario.

2. Oficina de Industria Turismo y Comercio.

3. Oficina de Gestión Ambiental Y RR.HH.

4. Oficina de Saneamiento Básico Urbano-Rural,

CAPITULO II

OFICINA DE DESARROLLO AGROPECUARIO.

NATURALEZA

La Oficina de Desarrollo Agropecuario, es un órgano del tercer nivel organizacional, encargado de promover políticas de promoción y desarrollo de actividades agropecuarias en el ámbito de localidad del Distrito.

NIVELES DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público quien depende jerárquica, funcional y administrativamente del Subgerente de Desarrollo Económico y Gestión ambiental.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE DESARROLLO

AGROPECUARIO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE DESARROLLO AGROPECUARIA

30 INGENIERO EN CIENCAS AGROPECUARIAS

3-O6-2-1-EJ-2 SP-EJ 1

CARGO : INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS CODIGO : 3-06-2-1-EJ-2

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FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Formular, ejecutar, evaluar y dirigir los planes, políticas y estrategias en la gestión del

desarrollo agropecuario, en concordancia con los planes de la Municipalidad Provincial, del Gobierno Regional y lineamientos sectoriales;

2. Supervisar la gestión de actividades agropecuarias de la zona, en armonía con las políticas locales, regionales y sectoriales, aprovechando las potencialidades del Distrito;

3. Supervisar y administrar el servicio de información agraria en el Distrito, la cual se interconectará con una red de información nacional, regional, provincial y distrital, la que operará en armonía con el sistema regional y nacional de información agraria;

4. Promover la provisión de servicios financieros por parte del sector privado y público a las empresas comunales, organizaciones campesinas y agrarias, pequeñas empresas agrarias y pecuarias, y demás unidades productivas orientadas para el consumo nacional y para la exportación;

5. Promover la prestación de servicios de asistencia técnica en sanidad agropecuaria, de acuerdo a las políticas y programas establecidos por el gobierno local y nacional en materia de sanidad agraria;

6. Fomentar sistemas de protección de biodiversidad y germoplasma y promover acciones para generar una cultura de seguridad alimentaría;

7. Gestionar y supervisar el desarrollo, manejo, mejoramiento y aprovechamiento de los cultivos nativos, vacunos, ovinos y otros del Distrito ;

8. Promover la organización de ferias ínter comunales, locales y regionales, tanto agropecuarias, industriales, artesanales y de servicios, con la participación de las instituciones públicas, privadas, organizaciones productivas agropecuarias y demás gobiernos locales;

9. Promover y organizar la identificación y consolidación de áreas de desarrollo agropecuario, promovidas por iniciativa pública, privada o mixta, con la finalidad de generar oportunidades de desarrollo del sector rural;

1O. Fortalecer los procesos de coordinación intersectorial e intersectorial que posibiliten la integración de las acciones conjuntas en desarrollo del sector rural;

1. Promover a los pequeños y medianos productores rurales, en materia de gestión de sus recursos naturales y demás factores productivos de manera racional, promoviendo diferentes alternativas para el uso eficiente y sostenible de los mismos;

2. Gestionar y otorgar recursos financieros e incentivos para generar competitividad en la ejecución de programas y/o proyectos de desarrollo agropecuario y biocomercio en los territorios en donde se establezcan las áreas de actuación; y,

3. Otras funciones que le asigne la Subgerencia de Desarrollo Económico en el marco de su competencia y atribuciones.

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REQUISITOS MINIMOS

-Titulo profesional Agrónomo / Zootecnista o Estudio Superior

relacionados al área.

-Experiencia en conducción de programas administrativos

relacionados al área. --Capacitación especializada en el área.

CAPITULO III

OFICINA DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

NATURALEZA

La Oficina de Industria, Turismo y Comercio tiene por misión fomentar la promoción de las actividades empresariales de los productores del distrito, asimismo es responsable de generar rentabilidad económica de las actividades culturales y turísticas de la localidad.

NIVELES DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público, del nivel competente, quien depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Subgerencia de Desarrollo Económico.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE INDUSTRIA TURISMO Y

COMERCIO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE INDUSTRIA TURISMO Y COMERCIO

31 ESPECIALISTA EN PYMES 3-O6-2-2-EJ-1 SP-EJ 1 1

CARGO : ESPECIALISTA EN PYMES CODIGO: 3-06-2-2-EJ-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Formular, dirigir, ejecutar y evaluar los planes, políticas y estrategias en relación a la promoción de las MYPEs, Turismo y Artesanía, en concordancia con los planes de desarrollo del gobierno local y regional, en el marco de las políticas nacionales;

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1. Promover programas de capacitación, provisión de información, asistencia técnica, transferencia tecnológica a los productores agropecuarios y artesanales, para el desarrollo de los recursos humanos y la mejora en la productividad y competitividad de sus unidades económicas y el aprovechamiento de las potencialidades locales y el desarrollo de las capacidades operativas en los diferentes sectores de la actividad económica;

2. Promover el desarrollo de la micro y pequeña empresa orientada hacia la articulación y la formación de cadenas productivas especializadas, considerando las fortalezas de los diferentes sectores y las potencialidades locales y regionales;

3. Coordinar con las instancias responsables la canalización de cooperación técnica internacional destinada al desarrollo del comercio, turismo y artesanía, con énfasis en las micro y pequeñas empresas orientadas a la exportación de bienes y servicios;

4. Promover el fortalecimiento de los gremios y asociaciones empresariales a través de eventos de capacitación, información y asistencia técnica;

5. Ejecutar acciones de promoción, orientadas a mejorar la productividad y competitividad de las PYMEs del Distrito, desarrollando las capacidades empresariales locales en actividades económicas como la producción, transformación y prestación de servicios en el ámbito del Distrito;

6. Promover la investigación mediante concursos de fomento a la actividad empresarial desarrollando capacidades empresariales orientando a un enfoque de la promoción de los negocios;

7. Realizar la promoción de mercados, organización y participación en ferias regionales y ruedas de negocios;

8. Impulsar la creatividad y la cultura de emprendimientos locales con jóvenes, mujeres y dándole énfasis a los actores económicos empresariales locales;

9. Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar actividades vinculadas con el desarrollo turístico en el ámbito del distrito en concordancia con los dispositivos legales vigentes;

10. Investigar el potencial turístico y elaborar proyectos de inversión que promuevan el desarrollo económico local;

11. Elaborar y proponer programas y proyectos para promover el mejoramiento de la oferta turística local;

12. Velar por el cuidado del ornato, respeto y conservación de los atractivos turísticos del Distrito;

13.Promover, organizar y apoyar eventos, campañas, cursos de sensibilización sobre de promoción

turística, con incidencia en la cultura viva;

13. Promover y supervisar la calidad de los servicios turísticos y el cumplimiento de los estándares exigidos a los prestatarios de los mismos;

14. Mantener actualizada la base de datos de la oferta turística, servicios y otros relacionando al ámbito de su competencia que permita contar con información actualizada para el análisis y toma de dediciones;

15. Diseñar y formular circuitos turísticos que permitan promover lo atractivo turístico del Distrito ;

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16. Desarrollar y promover las costumbres y la cultura viva como elementos y actividades generadoras de ingreso;

17. Impulsar la asociatividad y formación de aglomerados de actores económicos empresariales, que les permita ser competitivos en el mercado; y,

18. Otras funciones que le asigne la sub Gerencia de Desarrollo Económico.

REQUISITOS MINIMOS

-Titulo profesional .

-Experiencia en conducción de programas administrativos

relacionados al área. Capacitación especializada en el área.

CAPITULO IV

OFICINA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y RECURSOS NATURALES.

NATURALEZA

La Oficina de Gestión Ambiental y Recursos Naturales, es un órgano del tercer nivel organizacional, encargado de planificar, organizar, supervisar y monitorear el sistema gestión ambiental y promover el adecuado uso y gestión de los recursos naturales de la zona, en concordancia con la normatividad sobre la materia.

NIVELES DE COORDINACIÓN

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, funcional y

Administrativamente de la Subgerencia de Desarrollo Económico y Gestión Ambiental.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE GESTION AMBIENTAL Y

RECURSOS NATURALES

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE GESTION AMBIENTAL Y RECURSOS HUMANOS

32 ESPECIALISTA EN RECURSOS NATURALES I

3-O6-2-3-EJ-2 SP-EJ 1 1

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CARGO : ESPECIALISTA EN RECURSOS NATURALES I

CODIGO:3-06-2-3-EJ-2

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Planificar, programar y ejecutar acciones relacionadas con la regulación y el control de los procesos de disposición final de desechos sólidos, líquidos y otros elementos que afectan las condiciones de vida de la población, la salud y el medio ambiente;

2. Programar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de aseo urbano, recolección de residuos sólidos, transporte y disposición final de desperdicios y residuos sólidos;

3. Planificar el sistema de limpieza pública en sus fases de recolección, transporte y disposición final de desperdicios, desechos y residuos sólidos, determinando las rutas y

Horario de recorrido de las unidades móviles de la municipalidad y el trabajo realizado por el personal de limpieza pública;

4.Planificar, supervisar, reparar y/o realizar el mantenimiento preventivo y correctivo de los

vehículos que recolectan y transportan los residuos sólidos;

5.Formular, dirigir, ejecutar y evaluar los planes en materia de recursos naturales y control del medio ambiente, en concordancia con las políticas y lineamientos del gobierno local provincial, gobierno regional y nacional;

6.Controlar, vigilar y supervisar el cumplimiento de las normas, convenios, contratos, estudios y proyectos en materia ambiental, y sobre todo en el uso sostenible y responsable de los recursos naturales de la zona;

7.Proponer políticas y mecanismos de control y sanción sobre la gestión adecuada del medio ambiente, así como implementar procesos y procedimientos de sanciones ante la infracción de normas ambientales locales;

8.Diseñar y conducir en coordinación con las demás instituciones públicas y privadas, los procesos de zonificación ecológica y económica del Distrito ;

9.Participar en la formulación, actualización y monitoreo del el Plan Integral de Gestión Ambiental y Residuos Sólidos del Distrito ;

10.Supervisar y evaluar los rellenos sanitarios, en observancia de dispuesto en las directivas establecidas en la Ley General de Residuos Sólidos y demás normas legales;

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12.Desarrollar sistemas de protección de la biodiversidad y germoplasma, en el marco de las estrategias de biodiversidad, desarrollo forestal, lucha contra la disertación y cambio climático;

13.Diseñar y formular programas y proyectos para resolver problemas críticos de medio ambiente derivados de la contaminación de la flora, fauna agua, suelo y aire, así como propulsar estudios técnicos para la aplicación y uso de tecnologías limpias en el uso sostenible de los recursos;

14.Desarrollar y ejecutar proyectos que permitan contrarrestar la contaminación y el ordenamiento ambiental, mejorara la calidad de agua para consumo y riego y el manejo adecuado de de residuos sólidos y líquidos;

15.Dar atención priorizada a las quejas que realicen las comunidades campesinas y atender conflictos sociales originados por problemas ambientales;

16.Promover, difundir campañas de forestación y reforestación, a fin de contribuir a la descontaminación ambiental del distrito;

17.Diseñar, formular, ejecutar, dirigir y evaluar los planes y políticas en materia de gestión de recursos naturales y del medio ambiente, en concordancia con los planes tanto del gobierno regional y nacional;

18.Diseñar, supervisar y controlar las políticas en materia de extracción de recurso mineros metálicos y no metálicos, en concordancia con los lineamientos y normatividad que regulan la actividad minera;

19.Establecer y ejecutar las acciones para la recuperación y ampliación de espacios destinados a parques, jardines y áreas verdes; y,

20.Otra funciones que le asigne la Subgerencia de Gestión Ambiental en el ámbito de su competencia.

REQUISITOS MINIMOS

-Titulo profesional Ambiental, Agrónomo / Zootecnista o Estudio

Superior relacionados al área.

- Especialista en Recursos Naturales

-Experiencia en conducción de programas administrativos relacionados

al área

- Capacitación especializada en el área.

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CAPITULO V

OFICINA DE SANEAMIENTO BÁSICO URBANO Y RURAL

NATURALEZA

La Oficina de Saneamiento Básico Urbano y Rural, es un órgano del tercer nivel organizacional, encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar las acciones referidas al saneamiento básico en el ámbito de la localidad.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, .administrativa y funcionalmente de la Subgerencia de Gestión Ambiental.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE SANEAMIENTO BASICO

URBANO-RURAL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE SANEAMIENTO BASICO URBANO-RURAL

33 AMBIENTALISTA I

3-O6-2-4-EJ-2 SP-EJ 1 1

CARGO : AMBIENTALISTA I

CODIGO:3-06-2-4-EJ-2

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Administrar y reglamentar el uso eficiente del servicio de agua potable en el ámbito rural en coordinación con las municipalidades de centros poblados menores y las comunidades campesinas;

2. Proponer, gestionar y supervisar la elaboración de estudios de proyectos para dotar de servicios de agua a centros poblados menores y comunidades campesinas que aún no tienen este vital servicio;

3. Promover y facilitar los procesos de formulación del plan estratégico y planes operativos anuales de la municipalidad y las comunidades campesinas en materia de saneamiento básico urbana y rural;

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4. Facilitar los procesos de elaboración y/o actualización del diagnostico sobre el estado situacional del saneamiento básico en el distrito;

5. Programar, coordinar y ejecutar actividades de organización, constitución, capacitación y fortalecimiento de las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento - JASS;

6. Brindar asesoramiento técnico a la gestión de las JASS, para que cumplan sus funciones de gestión, administración, operación y mantenimiento de los servicios de saneamiento básico urbano y rural;

7. Organizar y llevar registro actualizado del sistema de cobertura de servicios de agua y saneamiento en el ámbito urbano y rural;

8. Controlar y vigilar la calidad de los servicios de agua potable, desagüe y alcantarillado en el sector rural y urbano del Distrito;

Otras funciones que le asigne el sub gerencia de gestión ambiental en el ámbito de su competencia

REQUISITOS MINIMOS

- Enfermero, Biologo, o especialidades afines

-Experiencia en conducción de programas de saneamiento relacionados

al área

- Capacitación especializada en el área.

LIMPIEZA PUBLICA Y ORNATO

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: LIMPIEZA PUBLICA Y ORNATO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

LIMPIEZA PUBLICA Y ORNATO

37 TRABAJADOR DE LIMPIEZA PUBLICA

3-O6-2-4-AP-1

SP-AP O4 4

CARGO : TRABAJADOR DE LIMPIEZA PUBLICA Y ORNATO

CODIGO: 3-O6-2-4-AP-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Realizar las tareas de limpieza de calles, plazas, parques y jardines del

Distrito

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2. Custodiar las herramientas de trabajo que se le asigne.

3. Trasladar los deshechos de residuos sólidos al relleno sanitario

4. Realizar actividades para el mejoramiento del ornato del Distrito

5. Efectuar la limpieza pública en los horarios establecidos.

6. Mantener los basureros en el lugar estructurado.

7. Efectuar la recolección de basura en los instrumentos proporcionados.

8. Comunicar oportunamente sobre la necesidad de contar con

herramientas y material de limpieza, para el cumplimiento de sus

funciones.

9. Cumplir con el reglamento de trabajo y el código de ética.

10. Y cumplir las demás acciones y funciones propias, y que guarden

relación con su función.

LINEAS DE RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

Depende directamente del responsable de la Oficina de Saneamiento

Básico Urbana-Rural (OMSABAR)

No tiene personal a su cargo.

REQUISITOS:

1. Experiencia variada en labores de limpieza pública.

GASFITERIA Y MANTENIMIENTO

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: GASFITERIA Y MANTENIMIENTO

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

GASFITERIA Y MANTENIEMIENTO

38 GASFITERO 3-O6-2-4-AP-

1 SP-AP 1 1

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CARGO : GASFITERO

CODIGO: 3-06-2-4-AP-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

1. Realizar labores de gasfitería instalando, reparando el servicio de

agua potable o en las labores de desatoro de tuberías de agua

2. Inspeccionar, controlar el funcionamiento de conexiones sanitarias de

agua potable y alcantarillado.

3. Fiscalizar conexiones domiciliarias no autorizadas.

4. Elaborar presupuestos para la instalación, reparación sanitaria.

5. Informar cualquier irregularidad, acciones ilícitas ante su instancia

inmediata

6. Otras funciones asignadas, como propias de su función

LINEA DE RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

Depende directamente del jefe de la Oficina de Saneamiento Básico

Urbano-rural

No tiene autoridad por ende no ejerce mando. Vinculadas a gasfitería o

idénticas.

REQUISITOS

1. Experiencia de labores de gasfitería

TITULO X

CAPITULO I

SUBGERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL

NATURALEZA

La Subgerencia de Desarrollo Social es un órgano de segundo nivel jerárquico, que tiene por misión organizar, dirigir, supervisar, evaluar, coordinar y promover las políticas, planes, programas y proyectos de nivel distrital referidos a asistencia social y comunitaria, educación, cultura, deporte, recreación, vivienda, salud, saneamiento básico, seguridad y participación ciudadana, con objetivo de buscar el desarrollo humano con una mejor calidad de vida para la población del distrito .

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NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un funcionario del nivel competente, quien depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Gerencia Municipal.

ORGANIGRAMA.

Jerárquicamente la Dirección de Servicios a la Comunidad depende de la Gerencia Municipal

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: SUBGERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

39 SUBGERENCIA DE DESRROLLO SOCIAL

3-06-3-0-DS-1

SP-DS 1 1

OFICINA DE REGISTRO CIVIL

40 REGISTRADOR CIVIL I 3-O6-3-

1-ES-1 SP-ES 1 1

OFICINA DE SEGURIAD CIUDADANA Y D.CIVIL

41 TECNICO EN SEGURIDAD CIUDADANA Y COMUNAL

3-06-3-2-ES-1

SP-ES 1 1

OFICINA DE SALUD,BIENESTAR SOCIAL,EDUCACION,CULTURA Y DEPORTES

42 ESPECIALISTA EN EDUCACION,CULTURA Y DEPORTES

3-06-3-3-ES

SP-ES 1 1

OFICINA DE LA DEMUNA

43 ESPECIALISTA EN DEMUNA 3-06-3-4-

ES-1 SP-ES 1 1

OFICINA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

44 NUTRICIONISTA I 3-06-3-5-

ES-I SP-ES 1 1

47 VIGILANTES 3-O6-3-

5-AP=1 SP-AP 3 3

CARGO : SUBGERENTE DE DESARROLLO SOCIAL CODIGO : 3-05-3-0-DS-1

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FUNCIONES ESPECIFICAS

1.Participar y apoyar activamente en el diseño, ejecución y evaluación de las políticas, programas y planes en materia de educación a nivel distrital, en concordancia con la política educativa regional y nacional, con un enfoque y acción sectorial, de acuerdo a la realidad local;

2.Apoyar el proceso de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales y acorde con las características socio cultural y lingüístico del distrito;

3.Promover la participación del sector público y privado, así como de la cooperación externa, en la protección y difusión del patrimonio cultural del Distrito y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación, registro, control, restauración y conservación;

4.Normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez y de la juventud mediante actividades deportivas y recreativas y la ejecución de proyectos de carácter

deportivos y recreativo;

5.Promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del distrito, región y el país;

6.Planificar y promover el desarrollo social en el distrito en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales, de manera concertada con la región y la Municipalidad Provincial;

7.Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de los niños y adolescentes, las mujeres, discapacitados, adulto mayor y los derechos en general;

8.Conducir, monitorear y supervisar la eficiente ejecución de los programas sociales transferidos por el MINDES y demás entidades del Gobierno Nacional, en el marco del proceso de descentralización de competencias;

9.Conducir el proceso de concertación de políticas sociales en una perspectiva de desarrollo humano con enfoque de equidad y de género;

10.Propulsar la institucionalización de la participación ciudadana en el diseño, toma de decisiones y fiscalización en la política social del gobierno local y regional;

11.Establecer los mecanismos de coordinación entre el gobierno local y la sociedad civil, para lograr la transparencia, eficiencia y sistemas de información veraz y oportuna sobre la inversión social pública, en el marco de los objetivos sociales establecidos;

12.Programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de los registros de estado civil y las estadísticas de hechos vitales;

13.Coordinar y ejecutar conjuntamente con instituciones inherentes a salud, la atención primaria de la salud en centros poblados, comunidades campesinas y urbanizaciones del Distrito y apoyar a las municipalidades de centros poblados en las gestiones;

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14.Promover y ejecutar la realización de campañas de medicina preventiva, primeros auxilios, educación sanitaria y profilaxis local; 15.Promover la participación del sector público y privado para ejecutar acciones encaminadas a fortalecer el espíritu solidario y del trabajo colectivo, orientado al desarrollo de la convivencia social, armoniosa, productiva, de prevención de desastres naturales y seguridad ciudadana;

16.Coordinar, regular, supervisar y evaluar los estudios de pre inversión y la ejecución de obras públicas referidas a educación, cultura, deporte, recreación, vivienda, salud, y segundad ciudadana, que se realizan en la jurisdicción del Distrito;

17.Velar por el cumplimiento de los convenios institucionales suscritos, acuerdos sectoriales, referidos a asistencia social, educación, cultura, deporte, recreación, salud, vivienda y seguridad ciudadana;

18.Promover y fortalecer los espacios de lazos familiares y mecanismos de conciliaciones extrajudiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que no existan procesos judiciales sobre estas materias;

19.Proponer y ejecutar programas de apoyo a los jóvenes en situación de riesgo de conductas adictivas, violencia y conflicto familiar y otras manifestaciones antisociales reñidas por la Ley;

20.Realiza estudios socio-económicos en áreas rurales y urbanos con extrema pobreza en coordinación con la Subgerencia de Desarrollo Económico, para luego proponer acciones concretas de atención humanitaria;

21.Proponer y ejecutar programas y actividades que promuevan el desarrollo integral del niño mediante el buen uso del tiempo libre para el desarrollo de sus habilidades, potencialidades y socialización;

22.Promover, implementar y dirigir la defensoría de los niños y adolescentes de conformidad a normatividad sobre la materia, así como en la atención de los ancianos y discapacitados en e! marco de las disposiciones del Consejo Nacional del Discapacitado -CONADIS;

23.Ejecutar los programas sociales de lucha contra la pobreza, asistencia social, protección y apoyo a las personas con escasos recursos, priorizando a la población en riesgo;

24.Promover la atención de las personas con discapacidad, a través de la instancia municipal de atención a las persona con discapacidad (OMAPED); y,

25.Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal en el marco de su competencia .

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de Gerencia Municipal. REQUISITOS MNIMOS:

- Título profesional Antropólogo / Sociólogo o Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad. -Alguna experiencia en labores de promoción social.

-Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

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La Subgerencia de Desarrollo Social, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes Oficinas:

1. Oficina de Registro de Estado Civil

2. Oficina de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. 3. Oficina Salud, Bienestar Social, Educación, Cultura y Deporte.

5. Oficina DEMUNA 6. Oficina del Programa del Vaso de Leche

CAPITULO II

OFICINA DE REGISTRO DE ESTADO CIVIL

NATURALEZA

La Oficina de Registro de Estado Civil, está adscrito al Departamento de Programas y Servicios Sociales, es el encargado de las actividades de Registro del Estado Civil en la Municipalidad, además de llevar y reportar las estadísticas correspondientes en función a las normas legales. Está a cargo de un servidor público y depende funcionalmente de la RENIEC y Administrativamente de la Municipalidad, a través del Departamento de Programas de Servicios Sociales.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público, del nivel competente, quien depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Subgerencia de Desarrollo Social.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE REGISTRO CIVIL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE REGISTRO CIVIL

40 REGISTRADOR CIVIL I 3-O6-3-1-ES-1 SP-ES 1 1

CARGO : REGISTRADOR CIVIL I CODIGO : 3-06-3-I-ES-1

FUNCIONES ESPECIFICAS.

1. Programar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de los registros de estado civil y las estadísticas de hechos vitales;

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1. Realizar matrimonios civiles, particulares, comunitarios en el interior o exterior del local municipal o de la circunscripción, inscribiendo las partidas correspondientes de acuerdo con las normas del Código Civil;

2. Inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones, naturalizaciones y uniones de hecho en las actas correspondientes y remitir la información contenida de las mismas, al Registro Nacional de Identificación de Estado Civil (RENIEC);

3. Realizar por mandato judicial la inscripción de partidas de nacimiento, rectificación de partidas, inscripción de divorcios y modificaciones de nombre, de conformidad con las normas legales pertinentes;

4. Expedir copias certificadas de soltería, viudez, filiación y de otros documentos registrados en el archivo respectivo;

5. Diseña y propone mecanismos para la correcta aplicación de la normatividad vigente de Registro Civil e Identificación;

6. Efectuar otras funciones afines que le asigne la Subgerencia de Desarrollo Social en materia de su competencia;

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

Depende directamente de la Secretaría General y de Alcalde. REQUISITOS MINIMOS

-Estudios superiores y/o experiencia comprobada. -Capacitación especializada en el área.

-Experiencia en administración pública

CAPITULO III

OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y DEFENSA CIVIL

NATURALEZA

La Oficina de Seguridad Seguridad Ciudadana y Defensa Civil es un órgano adscrito a la Subgerencia de Desarrollo Social, encargado de planificar y organizar los espacios de participación en materia de seguridad vecinal y comunal, así como de las actividades inherentes a prevención de desastres naturales y defensa civil.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Departamento de Programas y Servicios Sociales

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DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y

DEFENSA CIVIL

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE SEGURIDAD CIUDADANO Y DEFENSA CIVIL

41

TECNICO EN SEGURIDAD VECINAL Y COMUNAL

3-O6-3-2-ES-1 SP-ES 1 1

CARGO : TECNICO EN SEGURIDAD VECINAL Y COMUNAL CODIGO : 3-06-3-2-ES-1

FUNCIONES ESPECIFICAS:

1. Proponer y formular el Reglamento y el Plan de Seguridad Vecinal y Comunal, para su aprobación por el Concejo Municipal;

2. Formular, monitorear y evaluar el cumplimiento del Sistema de Seguridad Ciudadana en el ámbito del Distrital, promoviendo la participación de los diversos actores sociales, la Policía Nacional y la Municipalidad Provincial, conforme a la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y el Plan Nacional del Sistema de Seguridad Ciudadana;

3. Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de prevención de los desastres naturales;

4. Proponer políticas y estrategias para promover y apoyar la participación vecinal en el desarrollo local hacia la gestión efectiva de acciones en beneficios de la comunidad;

5. Organizar y desarrollar programas de capacitación y/o adiestramiento de los pobladores en seguridad vecinal y comunal;

6. Organizar, programar y ejecutar acciones de seguridad de las instalaciones de la municipalidad y otras instituciones públicas, en coordinación directa con la Policía Municipal y la Policía Nacional;

7. Coordinar el apoyo a las dependencias de la Municipalidad, cuando se produzcan situaciones de emergencia en los locales de la institución; y,

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8. Otras funciones que le asigne el Departamento de Programas y Servicios Sociales en el ámbito de su competencia.

REQUISITOS MINIMOS - Policía cesante y/o especialista en seguridad ciudadana y defensa civil - Experiencia comprobada - Capacitación en el área.

CAPITULO IV OFICINA SALUD, BIENESTAR SOCIAL, EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

NATURALEZA

La Oficina de Salud, Bienestar Social, Educación, Cultura y Deporte un órgano de línea de tercer nivel organizacional, que tiene por objeto la promoción y ejecución de las actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas entre la población del Distrito.

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funciona/mente del Subgerente de Salud, Educación, Cultura y Deporte.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE SALUD,BIENESTAR

SOCIAL,,EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE SALUD,BIENESTAR ,EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES

42

ESPECIALISTA EN EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES

3-O6-3-3-ES-1 SP-ES 1 1

CARGO : ESPECIALISTA EN EDUCACION,CULTURA Y DEPORTES CODIGO : 3-06-3-3-ES-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

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1. Diseñar, ejecutar, monitorear y evaluar el Proyecto Educativo Local, como componente fundamental del Plan de Desarrollo Integral, en coordinación con el Ministerio de Educación y la comunidad educativa del Distrito;

2. Promover el fortalecimiento del Concejo Participativo Local de Educación, como instancia de concertación de las políticas educativas, vigilancia y control ciudadano de la calidad y equidad de la educación;

3. Promover la diversificación curricular, incorporando contenidos de la realidad socio cultural, económico, productivo y ecológico;

4. Promover la educación intercultural, favoreciendo el reconocimiento de la riqueza de nuestra diversidad cultural y la erradicación de la discriminación por motivos de diferencias culturales, étnicas o socioeconómicas;

5. Promover en concertación con el Ministerio de Educación y la comunidad educativa, el acceso universal de los niños a la Educación Básica, principalmente a la Educación Inicial, como base para la igualdad de oportunidades en la vida;

6. Fomentar la organización estudiantil a través de los municipios escolares como espacio de aprendizajes y ejercicio de ciudadanía y la educación de adultos a través de las escuelas de padres;

7. Monitorear las necesidades y demandas de infraestructura educativa, proponiendo en los procesos de Presupuesto Participativo;

8. Fomentar el aprecio y valoración de la diversidad cultural a través de la promoción de las distintas expresiones artísticas como las danzas folklóricas, el teatro, la música, la recuperación de las lenguas autóctonas y otros;

9. Apoyar en el proceso de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales y acorde con las características socio cultural y lingüístico del Distrito;

10. Promover la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos;

11. Fomentar el deporte y la recreación de la niñez y de la juventud mediante actividades deportivas y recreativas y la ejecución de proyectos de carácter deportivos y recreativo;

12. Impulsar el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del distrito, región y el país;

13. Promover eventos deportivos de gran impacto publico en las diferentes disciplinas y en forma descentralizada como parte de la estrategia municipal del cuidando de la salud y de prevención de la violencia, la drogadicción y la delincuencia;

14.Desarrollar e implementar programas de prevención y promoción de la salud y certificación

sanitaria, en coordinación con el Sector Salud y otras instituciones públicas y privadas;

15.Evaluar permanentemente las condiciones de salud alcanzadas por la población, informando

los resultados a la Subgerencia de Desarrollo Social;

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16.Promover la participación activa de la comunidad organizada, en la prevención y protección de su salud; 17.Participar en la implementación del programa de control y vigilancia de la calidad de agua para el consumo humano y calidad de los servicios de saneamiento, en coordinación con los 18.establecimientos de salud del MINSA;

19.Realiza estudios socio-económicos en áreas rurales y urbanos con extrema pobreza en coordinación con la Subgerencia de Desarrollo Social, para luego proponer acciones concretas de atención humanitaria;

20.Proponer y ejecutar programas y actividades que promuevan el desarrollo integral del niño mediante el buen uso del tiempo libre para el desarrollo de sus habilidades, potencialidades y socialización;

21.Promover la recuperación de la identidad cultural. /

22. Participar en la ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Local;

23. Promover el fortalecimiento de! Concejo Participativo Local de Educación;

24.Promover la educación intercultural, favoreciendo el reconocimiento de la riqueza de nuestra diversidad cultural y la erradicación de la discriminación por motivos de diferencias culturales, étnicas o socioeconómicas;

25.Promover en concertación con el Ministerio de Educación y la comunidad educativa, el acceso universal de los niños a la Educación Básica, principalmente a 1^ Educación Inicial, como base para la igualdad de oportunidades en la vida;

26.Fomentar la organización estudiantil a través de los municipios escolares como espacio de aprendizajes y ejercicio de ciudadanía y la educación de adultos a través de las escuelas de padres;

27.Monitorear las necesidades y demandas de infraestructura educativa y a través de una base de datos actualizada en forma permanente, que permita su priorización en los procesos de Presupuesto Participativo;

28.Fomentar el aprecio y valoración de la diversidad cultural a través de la promoción de las distintas expresiones artísticas como las danzas folklóricas, el teatro, la música, la recuperación de las lenguas autóctonas y otros;

29.Verificar las condiciones de seguridad, higiene y mantenimiento de las instituciones educativas en coordinación con las autoridades competentes;

30.Apoyar en el proceso de alfabetización en el marco de las políticas y programas nacionales y acorde con las características socio cultural y lingüístico del Distrito;

31. Promover la consolidación de la cultura viva de la localidad y fortalecer la identidad

cultural, Fomentando actividades culturales y artísticas;

32.Fomentar la creación y participación de grupos culturales, folklóricos, musicales y de

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arte, a través de eventos, competencias, festivales y otras actividades afines;

33.Impulsar el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar físico, psicológico, social, moral y espiritual, así como su participación activa en la vida política, social, cultural y económica del distrito, región y el país;

34.Incentivar el buen uso del tiempo libre y las prácticas saludables a través cié la práctica del deporte y las actividades recreativas;

35.Promover eventos deportivos de gran impacto publico en las diferentes disciplinas y en forma descentralizada como parte de la estrategia municipal del cuidando de la salud y de prevención de la violencia, la drogadicción y la delincuencia;

36.Fomentar la construcción de infraestructura deportiva y de recreación, y su equipamiento en forma adecuada y descentralizada en el ámbito del Distrito; y,

37.Planificar, organizar, dirigir, controlar las actividades de promoción, prevención de la salud y certificación de establecimientos públicos saludables;

38.Desarrollar e implementar programas de prevención y promoción de la salud y certificación sanitaria, en coordinación con el Sector Salud y otras instituciones públicas y privadas, como alternativas de solución a las necesidades de salud; la población objetivo

39. Planificar, ejecutar, promocionar y supervisar programas de educación, Capacitación y actualizaciones temas de prevención de la salud humana y animal;

40.Autorizar o denegar la expedición de carnes y certificados médicos en materia de salubridad en el ámbito de su jurisdicción;

41.Evaluar permanentemente las condiciones de salud alcanzadas por la población, informando los resultados a la Subgerencia de Desarrollo Social;

42.Promover la participación activa de la comunidad organizada, en la prevención y protección de su salud;

43.Participar en la implementación del programa de control y vigilancia de la calidad de agua para el consumo humano y calidad de los servicios de saneamiento, en coordinación con los establecimientos de salud del MINSA;

44.Proponer y ejecutar programas de apoyo a los jóvenes en situación de riesgo de conductas adictivas, violencia y conflicto familiar y otras manifestaciones antisociales reñidas contra Ley;

45.Realiza estudios socio-económicos en áreas rurales y urbanos con extrema pobreza en coordinación con la Subgerencia de Desarrollo Social, para luego proponer acciones concretas de atención humanitaria;

46. Proponer y ejecutar programas y actividades que promuevan el desarrollo integral del

niño mediante el buen uso del tiempo libre para el desarrollo de sus habilidades,

potencialidades y socialización;

47. Otras funciones que le asigne la Subgerencia de Desarrollo Social.

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REQUISITOS MINIMOS

- Docente

-Especialista en educación ,cultura y deporte

-Especialidad comprobada

-Capacitación en el área

CAPITULO V

OFICINA DE LA DEMUNA

NATURALEZA

La Oficina de la DEMUNA es un órgano adscrito a la Subgerencia de Desarrollo Social, encargado de planificar y organizar los espacios de su función, así como de las actividades inherentes a prevenir acciones de violencia familiar, conciliación, y las funciones prevista en Ley .

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Subgerencia de Desarrollo Social.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DE DEMUNA

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE DEMUNA

43 ESPECIALISTA DE DEMUNA 3-O6-3-4-ES-1 SP-ES 1 1

CARGO : ESPECIALISTA DE DEMUNA CODIGO : 3-06-3-4-ES-1

FUNCIONES ESPEFICICAS:

1.- Conocer la situación de los niños y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y privadas.

2. Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin de hacer prevalecer su interés superior. • Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello podrá efectuar conciliaciones entre

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cónyuges, padres y familiares, fijando normas de comportamiento, alimentos, colocación familiar provisional, siempre que no existan procesos judiciales abiertos sobre estas materias. • Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones.

3. Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.

4.Brindar orientación a la familia para prevenir situaciones críticas.

• Presentar denuncias ante las autoridades competentes por falta y delitos en agravio de los niños y adolescentes e intervenir en su defensa.

• Llevar a cabo audiencias de conciliación destinadas a resolver conflictos originados por violencia familiar.

• En virtud a la Ley de Conciliación cumple función de instancia pre judicial y sus Actas tendrán título de ejecución.

¿QUÉ SERVICIOS BRINDA?

Servicios Fundamentales:

• Pensión Alimenticia.

• Alimentos.

• Régimen de Visitas.

• Tenencia.

Servicios varios:

• Violencia Familiar.

• Abuso Sexual.

• Reconocimiento de Menor.

• Abandono de Hogar.

• Asesoramiento.

• Entrega de Menor.

• Visita Domiciliaria.

• Inscripción Extemporánea.

• Abuso de Autoridad.

REQUISITOS MINIMOS

-Bachiller en Derecho, Psicólogo, Antropólogo

-Especialista y Experiencia Comprobada

- Capacitación en el área

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CAPITULO VI

OFICINA DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE

NATURALEZA

La Oficina del Programa del Vaso de Leche es un órgano adscrito a la Subgerencia de Desarrollo Social, encargado de planificar y organizar los espacios de su función, así como de las actividades inherentes a la implementación del programa en sus fases de selección de beneficiarios, programación, distribución, supervisión , evaluación, y las funciones prevista en Ley .

NIVEL DE COORDINACION

Está a cargo de un servidor público del nivel competente, quien depende jerárquica, administrativa y funcionalmente de la Subgerencia de Desarrollo Social.

DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: OFICINA DEL PROGRAMA DEL VASO DE

LECHE

No. De Orden

CARGO ESTRUCTURAL

CODIGO CLASIFICACIÓN TOTAL SITUACIÓN DEL CARGO

CARGO DE CONFIANZA

O P

OFICINA DE DEL PROGRAMA DE VASO DE LECHE

44 NUTRICIONISTA I

3-O6-3-5-ES-1 SP-ES 1 1

CARGO : NUTRICIONISTA I CODIGO : 3-06-3-5-ES-1

FUNCIONES ESPECIFICAS

1.-Implementación del programa en sus fases de selección de beneficiarios, programación, distribución, supervisión y evaluación.

2.-Organizar,ejecutar el programa en coordinación con las organizaciones de PVL.

3.-Efetuar los informes pertinentes ante las instancias correspondientes

4.- Y las otras propias de función y lo dispuesto por Ley.

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REQUISITOS MINIMOS

-Nutricionista, Asistenta Social.

- Experiencia comprobada

- Capacitación en el área.

CAPITULO VI

VIGILANTES

CARGO : VIGILANTE 1 CODIGO : 3-06-3-5-AP-1 FUNCIONES ESPECÍFICAS

a. Custodiar el local Institucional y los bienes que existen en su interior de

acuerdo a las condiciones de seguridad y control.

b. Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos y

materiales.

c. Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos.

d. Realizar y/o coordinar las actividades de limpieza y mantenimiento de las oficinas y equipos

e. Ejecutar actividades de mantenimiento de parques y jardines

f. Las demás que le asigne el Jefe inmediato. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD - Depende Directamente del Subgerente de Desarrollo Social.

REQUISITOS MINIMOS • Experiencia en el área correspondiente

DESCRIPCION DE FUNCIONES ESPECÍFICAS A NIVEL DE CARGO

CARGO :VIGILANTE II CODIGO : 3-06-3-5-AP-1 FUNCIONES ESPECÍFICAS a. Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos y

materiales.

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b. Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos.

c. Realizar y/o coordinar las actividades de limpieza y mantenimiento de las oficinas y equipos

d. Ejecutar actividades de mantenimiento de parques y jardines e. Las demás que le asigne el Jefe inmediato. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD - Depende Directamente del Sub Gerente de Desarrollo Social REQUISITOS MINIMOS - Experiencia en el área correspondiente

CARGO : VIGILANTE III CODIGO : 3-06-3-5-AP-1 FUNCIONES ESPECÍFICAS a. Custodiar el local Institucional y los bienes que existen en su interior de

acuerdo a las condiciones de seguridad y control. b. Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos y

materiales. c. Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos

de documentos. d. Realizar y/o coordinar las actividades de limpieza y mantenimiento de las

oficinas y equipos

e. Ejecutar actividades de mantenimiento de parques y jardines f. Las demás que le asigne el Jefe inmediato. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD - Depende Directamente del Sub Gerente de Desarrollo Social REQUISITOS MINIMOS - Experiencia en el área correspondiente

CARGO : VIGILANTE IV CODIGO : 6-4-5-AP-1 FUNCIONES ESPECÍFICAS a. Custodiar el local Institucional y los bienes que existen en su interior de

acuerdo a las condiciones de seguridad y control.

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b. Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos y materiales.

c. Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos.

d. Realizar y/o coordinar las actividades de limpieza y mantenimiento de las oficinas y equipos

e. Ejecutar actividades de mantenimiento de parques y jardines f. Las demás que le asigne el Jefe inmediato. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD - Depende Directamente del Sub Gerente de Desarrollo Social REQUISITOS MINIMOS - Experiencia en el área correspondiente