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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA DISCLAIMER Este manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). Su contenido es responsabilidad de los autores y no refleja necesariamente el punto de vista de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE

ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA

DISCLAIMER

Este manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para

el Desarrollo Internacional (USAID). Su contenido es responsabilidad de los autores y no refleja necesariamente el punto de

vista de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE

ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA

Management Systems International

Corporate Offices

200 12th Street, South

Arlington, VA 22202 USA

Tel: + 1 703 979 7100

Contracted under AID-523-C-14-00003

USAID/Mexico Promoting Justice Project

DISCLAIMER

Este Manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para

el Desarrollo Internacional (USAID). Su contenido es responsabilidad de los autores y no refleja necesariamente el punto de

vista de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA i

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 2

HOJA DE FORMALIZACIÓN .................................................................................................... 2

OBJETIVO DEL MANUAL ......................................................................................................... 2

MARCO JURÍDICO NORMATIVO........................................................................................... 3

SIMBOLOGÍA ............................................................................................................................... 3

DISEÑO Y PROCEDIMIENTOS ................................................................................................ 4 Propósito ............................................................................................................................. 4 Alcance ............................................................................................................................... 4 Políticas y normas de operación ......................................................................................... 5 Diagrama de Flujo .............................................................................................................. 6 Descripción de actividades ............................................................................................... 11

CATÁLOGO DE SIGLAS .......................................................................................................... 18

ANEXOS ....................................................................................................................................... 18 Anexo 1 – Protocolo de explicación del proceso para la orientación, denuncias,

querellas y partes policíacos ............................................................................................. 18 Anexo II – Impedimentos para la toma de la denuncia ..................................................... 19 Anexo III– Fuentes de la Denuncia .................................................................................. 20 Anexo IV– Protocolo de Denuncia o Entrevista a la víctima ........................................... 21 Anexo V– Media Filiación del Imputado ......................................................................... 23 Anexo VI– Diligencias Transversales .............................................................................. 24 Anexo VII– Diligencias Urgentes ..................................................................................... 24 Anexo VIII– Criterios de Imputado Conocido y Desconocido ......................................... 26 Anexo IX– Notificación a Defensor Público o Privado .................................................... 27 Anexo X– Libertad por AMP ........................................................................................... 27 Anexo XI– Mecánica de comunicación telefónica a la Unidad de Investigación ............. 28

TABLAS

TABLA 1: MARCO JURÍDICO NORMATIVO ........................................................................... 3 TABLA 2: SIMBOLOGÍA EN EL PROCESO .............................................................................. 3 TABLA 3: FUNCIONES DEL PERSONAL ............................... ¡Error! Marcador no definido. TABLA 4: DESARROLLO DE ACTIVIDADES ......................................................................... 11

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 2

INTRODUCCIÓN

La Reforma Constitucional del 2008 en Materia de Seguridad y Justicia es un gran reto para el Estado

Mexicano, por todo lo que implica la implementación del Sistema Penal Acusatorio en todas las

Instituciones que participan en dicho proceso.

A su vez, se tomó la decisión de emitir el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) con la

finalidad de homologar los criterios para la investigación, persecución de delitos y administración de

justicia para los ámbitos federal y estatal. La emisión del Código genera una gran oportunidad para las

Instituciones de reorganizarse y buscar procedimientos eficaces que permitan un mejor desempeño de los

operadores, para lo cual se requiere tener una planeación integral de la implementación del sistema penal

acusatorio, que contemple a todas las Instituciones.

A lo largo del proceso de implementación de la reforma penal se ha identificado que, aunado al desafío

que implica operar conforme a los principios y reglas del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, las

Procuradurías tienen el enorme reto de mejorar la forma en que se organizan y gestionan las labores de

investigación.

Así, nace la necesidad de crear la Unidad de Análisis y Decisión Temprana (UADT), la cual es el área que

recibe todos los asuntos que ingresan a la Procuraduría. Una vez recibidos los asuntos, esta Unidad realiza

la clasificación conforme al Modelo de Valoración de Casos para su debida canalización. Realizada la

clasificación de los casos, esta Unidad se encargará de remitirlos a la Unidad de Investigación

correspondiente, o bien al Órgano encargado de los Mecanismos Alternativos para la Solución de

Conflictos, y en su caso dictar la resolución temprana que corresponda, como, por ejemplo, los acuerdos

de abstención de la investigación (por no existir delito), decretar el archivo temporal o algún criterio de

oportunidad.

Así, para poder tener un efectivo sistema de clasificación, es necesario contar con una sola unidad que

reciba todos los tipos de entradas, es decir, la Unidad de Análisis y Decisión Temprana.

HOJA DE FORMALIZACIÓN

ELABORÓ REVISÓ APROBÓ

_________________

(NOMBRE Y FIRMA)

CARGO Y PUESTO

_________________

(NOMBRE Y FIRMA)

CARGO Y PUESTO

_____________________

(NOMBRE Y FIRMA)

CARGO Y PUESTO

OBJETIVO DEL MANUAL

El objetivo general de este Manual es proporcionar un instrumento de apoyo administrativo y de gestión

que permita inducir al personal de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana en las actividades que se

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 3

desarrollan en la dependencia. Asimismo, permitirá la estandarización de los procesos y procedimientos

para el logro de los objetivos de la institución.

Con base en lo anterior, se han establecido los siguientes objetivos específicos:

• OE1. Diseñar la estructura orgánica y los procesos de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana

• OE2. Establecer los procedimientos, actividades y responsables de las funciones que han sido

encomendadas a cada área que integra esta Unidad, para proporcionar servicios de calidad y con

un enfoque de mejora continua.

• OE3. Delimitación de forma clara y explícita de los lineamientos necesarios para la eficiente y

eficaz aplicación de los procedimientos y actividades de la Unidad.

Así, los servidores públicos encargados de las áreas que conforman esta Unidad, serán quiénes garanticen

la correcta aplicación del presente Manual y son los responsables de mantener actualizados y operar

correctamente bajo los lineamientos aquí establecidos.

MARCO JURÍDICO NORMATIVO

TABLA 1: MARCO JURÍDICO NORMATIVO

Instrumento normativo Última Reforma

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 24-02-2017

Constitución Política del Estado Libre y Soberano 13-09-2013

Código Nacional de Procedimientos Penales 17-06-2016

Código Penal Federal 18-07-2016

Código Penal del Estado -

SIMBOLOGÍA

Para efectos del siguiente modelo, se utilizará la siguiente simbología:

TABLA 2: SIMBOLOGÍA EN EL PROCESO

Símbolo Nombre Definición

Inicio Señala donde inicia un procedimiento

Actividad Representa la ejecución de una o más tareas del

procedimiento.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 4

Decisión Indica las opciones que se pueden seguir en caso de que

existan dos o más alternativas.

Procedimiento Señala otro procedimiento

Conector

Une dos o más tareas separadas en el diagrama de flujo, utiliza para su conexión una letra del abecedario, indicando

la tarea o actividad con la que se debe continuar.

Conector de página

Es utilizado para unir diagramas de flujo cuando las tareas se encuentran en diferentes páginas. En su interior se

colocará el número arábigo que indicará la tarea con la que continúa el diagrama.

Término Señala dónde termina un procedimiento.

Flujo Conecta símbolos indicando el orden y secuencia en que

deben realizarse las tareas.

DISEÑO Y PROCEDIMIENTOS

Propósito

Uniformar y controlar el cumplimiento de las actividades de operación del personal de la Unidad de

Análisis y Decisión Temprana, mediante una descripción concreta y minuciosa de las actividades que

deben seguirse en la realización de las funciones establecidas, con el objeto de disminuir la variabilidad en

el actuar de los operadores que intervienen en el proceso y evitar así, su alteración.

Alcance

El presente documento es aplicable a los servidores públicos que conformen la Unidad de Análisis y

Decisión Temprana, de conformidad con las atribuciones que le sean conferidas por parte de la

Procuraduría General de Justicia del Estado o Fiscalía General de Justicia del Estado, a fin de que todas

sus actuaciones preserven la legalidad y garanticen la investigación de los delitos cuando se desconozca al

imputado de un hecho delictivo, canalizando de forma eficiente los asuntos al área correspondiente o

resolviendo la carpeta de investigación.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 5

Así, la población beneficiaria de la utilización y seguimiento de este protocolo son los usuarios del sistema

de procuración, administración e impartición de justicia.

El campo de aplicación incluye su implementación centralizada, en donde la Unidad de Análisis y

Decisión Temprana proporciona el servicio de recepción, canalización y resolución de casos.

Sin embargo, este documento en ningún caso busca suplir los conocimientos, capacidades y habilidades

del personal que labora en la Procuraduría General de Justicia Estatal o en la Fiscalía General de Justicia

del Estado, sino ser una herramienta metodológica para el registro de su actuar.

Por otro lado, es preponderante recordar que los protocolos y el diseño de las Unidades se realizaron en

apego al Sistema Penal Acusatorio y Adversarial, por lo cual, se debe ser cuidadoso al aplicarlos a delitos

del sistema mixto con preponderancia inquisitiva o a faltas administrativas con las que los servidores

públicos pudieran tener contacto.

Políticas y normas de operación

Con el objeto de garantizar el éxito de la implementación y operación de la Unidad de Análisis y Decisión

Temprana, se exhorta al estado a seguir las siguientes recomendaciones:

• La Unidad debe de recibir todos los asuntos en los que tenga competencia la Institución.

• El funcionario encargado de recibir las denuncias, querellas o partes informativos tiene que ser un

Agente del Ministerio Público.

• El Agente del Ministerio Público de esta unidad, debe de tener la facultad para dictar resoluciones.

• Utilización del Modelo de valoración de casos para su debida canalización.

• Utilización del Protocolo de actuación para la investigación de delitos de flagrancia.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 6

Diagrama de Flujo

A)Víc mauofendidoasisteala

UnidaddeAnálisisyDecisiiónTemprana

NO

Recibeavíc mauofendido

AuxiliarAdministra vo

01

Registraenelsistemadeatenciónyentregaderechosavíc mau

ofendido.Encasodehabersidoatendidoporelasesorvic mológicoseregistrarácomocasourgente

AuxiliarAdministra vo

02

Remiteavíc mauofendidoconAMP

AuxiliarAdministra vo

03

Recibeavíc mauofendido

AMP 04

Interctúayentrevistaavíc mauofendido

Anexo1

AMP 05

¿Serequiereintervenciónde

atenciónavíc mas?Anexo2

06

Remiteconpersonalespecializadoen

atenciónavíc mas

AMP 07

SI

ProcesodeAtenciónaVíc mas

A

¿Existedelito?

08

SI

Canalizaainstanciacorrespondiente

AMP 10

¿Elciudadanoinsistequeletomenla

denuncia?

09

NO

SerecibedenunciaoquerellayseleentregacopiaalciudadanoAnexos3,4y5

AMP 11

FIN

Dictafacultaddeabstenersedeinves gar

yseno ficaalciudadano

AMP 12

Serecibedenunciaoquerellayseleentregacopiaalciudadano

Anexos3y4

AMP 13

¿Esundelitoderemisión

inmediataaUI?VerCD

20

RemiteaUI

AMP 21

SI

1

A

ProcesoUnidaddeInves gación

NO

SI

Realizalecturadederechosala

víc ma

AMP 14

Realizadiligenciasurgentesconla

víc maAnexo6y7

AMP 15

¿Sepresentanindicios?

16

Imponecadenadecustodiayno ficaaláreaencargadadel

resguardodelosobjetos

AMP 18

FIN

¿Serequierelaintervencióndepericialesparala

recolección?

17Envíaoficioapericiales,para

solicitarlarecolección

AMP 19

NO

NO

B

B

SISI

NO

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 7

1¿Elimputadoesconocido?Anexo8

22

Dictaarchivotemporalporimputadodesconocido

AMP 24

¿Esposiblelaiden ficacióndelimputado?

23

NO

RemitealaUnidaddeImputadoDesconocido

AMP 25

ProcesoImputado

Desconocido

Envíaoficiodeinves gaciónala

Policía

AMP 26

SI ¿Seiden ficaalimputado?

27

A

A

NO

NO

¿Procedeacuerdo

reparatorio?VerCD

28

ProcesoUnidadTramitación

MasicadeCasos

NO

¿Serealizóunacuerdo

reperatorio?

32

2

¿Aceptalavíc mairal

procesodeAR?

30

RemiteUTMCverCD

AMP 29

Realizaoficioderemisióndecasoal

órganoMASC

AMP 31

ProcesoAcuerdo

Reparatorio

B

4

Dictasuspensióndelainves gaciónyremitealaURSAR

AMP 36

FIN

FIN

B

¿Secumpleconlaobligación

acordada?

34

Revisaelacuerdoreparatorioyfirmadeaprobación

AMP 33

ProcesoSeguimientoyRegistrodeAcuerdos

Reparatorios

URSARno ficaelestatusdelacuerdo

reparatorio

AMP 37

¿Secumpleconlaobligación

acordada?

38

Dictaarchivodefini voyremitea

laURSAR

AMP 35

ProcesoSeguimientoyRegistrodeAcuerdos

Reparatorios

FIN

B

C

C

SI

SI

SISI

SI SI

NO

NO

NO NO

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 8

B)Serecibeno ciadehechos

probablementedelic vos

¿Existedelito?

39

Dictafacultaddeabstenersedeinves garyseno ficaal

ciudadanoyensucasocanaliza

ainstanciacorrespondiente

AMP 40

NO

FIN

¿Esdelitodeofic

i

o?VerCD

41

¿Existequerella?

42

Registraenelsistemayrealizaformatoderecepcióndequerella

Anexos3,4y5

AMP 47

Registraenelsistemayrealizaformatode

recepcióndedenunciaAnexos3,4y5

AMP 48

Realizadiligenciasurgentes

Anexos6y7

AMP 49

¿Esdelitoderemisión

inmediataaUI?

VerCD

50

¿Estániden ficadoslavíc mayel

imputado?

52

2

¿Esposibleiden ficaralimputado?

Anexo8

53

EnvíaoficiodeInves gaciónpara

localizaralimputado

AMP 55

¿Seiden ficóalimputado?

56

Dictaarchivotemporalpornoiden ficaralimputadoy

envíacarpetaalaUnidaddeImputadoDesconocido

AMP 54

ProcesoImputadoDescnocido

¿Esposibleiden ficarala

víc ma?

57

EnvíaoficiodeInves gaciónparalocalizaralavíc ma

AMP 58

¿Selocalizóalavíc ma?

59

RemitealaUI

AMP 51

ProcesoUnidaddeInves gación

3

2

Giraoficiodeinves gaciónparalocalizaralavíc ma

AMP 43

¿Sepresentólavíc madentro

delplazoestablecido?

44

Dictanoejerciciodelaacciónpenalyno fica

AMP 45

FIN

¿Víc mamanifiestainterésenlapersecucción

penal?

46

B

B

SI NO NO NO

SISISI

NOSI

SI

NO

SI NO NO

SI

NO

B

SI

NO

SI

NO

SI

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 9

NO

NO

SI

C)RecepcióndeiIPHcon

detenido

Revisaparteentregadoporcaptoroactadepuestaa

disposición

AMP 62

Realizabúsquedadeantecedentes

AMP 63

Realizalecturadederechosaldetenido

AMP 60

No ficaaDefensoríaPúblicaquese eneun

detenidoAnexo9

AMP 61

¿Esdelitoderemisióninmediata

alaUnidad?VerCD

72

Verificacircunstanciasdela

detención

AMP 64

ComunicacasoaalaUnidadAnexo11

AMP 73

¿Ra ficaladetención?

65

Dictaautodenora ficacióndela

detenciónydejaenlibertadaldetenido

AMP 66

¿Existedelito?

67

Dictaacuerdodeabstencióndela

inves gaciónyno fica

AMP 68

¿Seencuentrapresentelavíc ma?

69Realizadiligenciasurgentesparavíc mas,priorizando

realizacióndedictámenesmédicos,psicológicos,etc.

Anexos3,4,5,6y7

AMP 70

2

3

Dictaautodera ficacióndela

detención

AMP 71

Solicitadictámenesmédicosalimputado

AMP 74

¿Existentes gosdelhechoquedebanser

entrevistados?

75

Realizaentrevista

AMP 76

¿Seencuentrapresentelavíc ma?

77

Giraoficiodeinves gaciónparalocalizaralavíc ma

AMP 78

¿Víc mamanifiestainterésenlapersecucción

penal?

83

¿Sepresentólavíc madentro

delas24horas?

79

¿Esdelitodeoficio?

80

Dictaautodelibertadyno ficaal

detenido

AMP 81

Dictaarchivotemporalyno fica

AMP 82

Realizadiligenciasurgentesparala

víc maAnexos3,4,5,6y7

AMP 84

¿Esdelitoderemisióninmediata

alaUnidad?VerCD

85

¿Eldetenidocuentacon

antecedentes?

87

RemitealaUnidad

AMP 86

ProcesoUnidaddeInves gación

¿Lavíc masepresentaantes

delas48horas?

89Dictaacuerdode

libertadyseno ficaaldetenidoVerAnexo10

AMP 93

¿Lavíc masepresentadentro

de10días?

94

¿Laspartesestandeacuerdoenpar ciparenel

procesodeMASC?

90Dictaautode

libertadyno ficaaldetenido

VerAnexo10

AMP 91

ProcesoMediación

FIN

2

FIN

RemitealaUTMC

AMP 88

ProcesoUTMC

4

Realizaoficioderemisiónalórgano

MASC

AMP 92

SI

NO

SISI

NO NO

SI

NO

SI

NO

NO

A

A

NONO

SI

SISI

SISI

NO

NO

NO

SI

NO

SI

SI

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 11

Descripción de actividades

TABLA 4: DESARROLLO DE ACTIVIDADES

Paso Responsable Actividad

1 Auxiliar administrativo Recibe a los ciudadanos que acuden a solicitar los servicios de la

UADT.

2 Auxiliar administrativo

Registra en el sistema de atención y entrega hoja con los derechos de

la víctima u ofendido, en el caso de que la persona venga remitida del

personal especializado en atención a víctimas se registrará como caso

urgente.

3 Asistente El asistente remite a la persona para que sea atendida por el AMP

4 Agente del Ministerio Público Recibe al ciudadano y se presenta, esto con la finalidad de que

conozcan a los operadores que los atienden.

5 Agente del Ministerio Público

Efectúa una entrevista a la persona para verificar datos y detectar la

razón por la que acude, procede a explicar el proceso penal que está

por comenzar. Esta entrevista debe de ser completamente dirigida por

el AMP, quien será el que realice las preguntas necesarias para

detectar el conflicto y acotar la entrevista de la persona en caso de

que se esté desviando del tema principal. Esta entrevista deberá de

durar máximo 15 minutos (aun así, se trate de delitos como violencia

familiar, ya que en la denuncia se podrá extender el tiempo). Ver

Anexo 1

6 Agente del Ministerio Público

¿Se requiere intervención de personal especializado en atención a

víctimas? Ver Anexo 2

d

No conecta con el paso 08 Si

conecta con el paso 07

7 Agente del Ministerio Público

Si durante la intervención con la víctima determina que existe algún

impedimento para llevar a cabo la entrevista, se remite con el Asesor

Victimológico.

8 Agente del Ministerio Público

¿Existe delito?

d

No conecta con el paso 09

Si conecta con el paso 13

9 Agente del Ministerio Público

¿El ciudadano insiste en que le tomen la denuncia?

d

No conecta con el paso 10

Si conecta con el paso 11

10 Agente del Ministerio Público

En caso de no existir delito, siempre y cuando la víctima acepte que su

conflicto no es competencia de la Procuraduría, el AMP hará la

canalización a la instancia correspondiente, en donde deberá incluir el

nombre de la persona que lo atenderá, dirección y teléfono de la

institución a donde será canalización.

11 Agente del Ministerio Público

Cuando no existe delito, pero el ciudadano insista en la toma de la

denuncia, el AMP recibe la denuncia o querella y se le entrega copia al

ciudadano. Ver Anexos 3, 4 y 5

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 12

12 Agente del Ministerio Público Dicta la facultad de abstenerse de investigar y notifica en ese

momento al ciudadano.

13 Agente del Ministerio Público Se recibe la denuncia o querella y se le entrega copia al

víctima/ofendido. Ver Anexos 3, 4 y 5

14 Agente del Ministerio Público Se realiza la lectura de derechos a la víctima, y se le explica los

principales derechos o aquellos en donde la víctima tenga alguna duda.

15 Agente del Ministerio Público

Realiza las diligencias urgentes que considere apropiadas para integrar

la carpeta de investigación. Ver Anexo 6 y 7

Es importante señalar que para la remisión de la carpeta no es

necesario contar las contestaciones de los actos de investigación

solicitados.

16 Agente del Ministerio Público

¿Se presentan indicios?

d

No conecta con el paso 20

Si conecta con el paso 17

17 Agente del Ministerio Público

¿Se requiere la intervención de periciales para la recolección?

d

No conecta con el paso 18

Si conecta con el paso 19

18 Agente del Ministerio Público

Si se presentan indicios y no es necesario la intervención de periciales,

el AMP debe decretar el aseguramiento de los Indicios, se verifica que

la cadena de custodia se haya iniciado apropiadamente. En caso

necesario deberá de iniciar la cadena de custodia.

19 Agente del Ministerio Público Si se presentan indicios y es necesario la intervención de periciales, el

AMP envía oficio a periciales, para solicitar la recolección del indicio.

20 Agente del Ministerio Público

¿Es un delito de remisión inmediata a la UI? Ver Catálogo de Delitos

d

No conecta con el paso 22

Si conecta con el paso 21

21 Agente del Ministerio Público

Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de

remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la

remisión del asunto a la Unidad que corresponda. Ver Catálogo de

Delitos

22 Agente del Ministerio Público

¿El imputado es conocido? Ver Anexo 8

d

No conecta con el paso 22

Si conecta con el paso 28

23 Agente del Ministerio Público

¿El posible la identificación del imputado?

d

No conecta con el paso 24

Si conecta con el paso 26

24 Agente del Ministerio Público

En caso de que no se conozca la identidad del imputado y no sea

posible su identificación el AMPAT dicta el Archivo Temporal por no

individualizar al imputado

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 13

25 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta de investigación a la Unidad de Imputado

Desconocido.

26 Agente del Ministerio Público

Si es posible la identificación del Imputado se envía oficio de

investigación a la Policía (se recomienda establecer un plazo no menor

a tres días ni mayor a 10 días para la contestación del oficio).

27 Agente del Ministerio Público

¿Se identifica al imputado?

d

No conecta con el paso 24

Si conecta con el paso 28

28 Agente del Ministerio Público

¿Procede el proceso de acuerdo reparatorio? Ver Catálogo de Delitos

d

No conecta con el paso 29

Si conecta con el paso 30

29 Agente del Ministerio Público Se remite la carpeta de investigación a la Unidad de Tramitación

Masiva de Causas.

30 Agente del Ministerio Público

¿Acepta la víctima participar en el proceso de acuerdo reparatorio?

d

No conecta con el paso 29

Si conecta con el paso 31

31 Agente del Ministerio Público Si la víctima acepta someterse a este proceso, se remite la carpeta al

órgano de MASC.

32 Agente del Ministerio Público

¿Se realizó un acuerdo reparatorio?

d

No conecta con el paso 29

Si conecta con el paso 33

33 Agente del Ministerio Público El AMP revisa el acuerdo reparatorio y firma de aprobación.

34 Agente del Ministerio Público

¿Se cumple con la obligación acordada en el acuerdo reparatorio?

d

No conecta con el paso 36

Si conecta con el paso 35

35 Agente del Ministerio Público Archiva la carpeta definitivamente y remite la carpeta a la URSAR

36 Agente del Ministerio Público Dicta suspensión de la investigación y remite a la URSAR.

37 Agente del Ministerio Público Una vez realizado el seguimiento al acuerdo reparatorio la URSAR

notifica al AMP el estatus del acuerdo reparatorio.

38 Agente del Ministerio Público

¿Se cumple con la obligación acordada?

d

No conecta con el paso 29

Si conecta con el paso 35

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 14

39 Agente del Ministerio Público

¿Existe delito?

d

No conecta con el paso 38

Si conecta con el paso 39

40 Agente del Ministerio Público

Si no existe delito, el AMPAT dicta la facultad de abstenerse de

investigar y lo notifica a la víctima, en los casos que aplique se puede

canalizar al ciudadano a otra dependencia.

41 Agente del Ministerio Público

¿Es un delito de oficio?

d

No conecta con el paso 42

Si conecta con el paso 48

42 Agente del Ministerio Público

¿Existe querella?

d

No conecta con el paso 43

Si conecta con el paso 47

43 Agente del Ministerio Público

Gira oficio de investigación para localizar a la víctima.(se recomienda

establecer un plazo no menor a diez días ni mayor a treinta días para

que la víctima se presente).

44 Agente del Ministerio Público

¿Se presenta la víctima dentro del plazo establecido?

d

No conecta con el paso 45

Si conecta con el paso 46

45 Agente del Ministerio Público

Si no se presenta la víctima dentro del plazo establecido o no

manifiesta su interés en la persecución penal y el asunto en cuestión

no es considerado como delito de oficio, el AMP dicta el no ejercicio

de la acción penal y notifica a la víctima.

46 Agente del Ministerio Público

¿Víctima manifiesta interés en la persecución penal?

d

No conecta con el paso 45

Si conecta con el paso 47

47 Agente del Ministerio Público

Cuando se localice la víctima y esta manifieste su interés en la

persecución penal, se realiza la recepción de la querella. Ver Anexos

3, 4 y 5 D

48 Agente del Ministerio Público Cuando es un delito de oficio se levanta la Denuncia. Ver Anexos 3, 4

y 5

49 Agente del Ministerio Público Se realizan las diligencias urgentes según corresponda

50 Agente del Ministerio Público

¿Es un delito de remisión inmediata a la UI? Ver Catálogo de Delitos

d

No conecta con el paso 52

Si conecta con el paso 51

51 Agente del Ministerio Público

Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de

remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la

remisión del asunto a la Unidad que corresponda.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 15

52 Agente del Ministerio Público

¿Están identificados la víctima y el imputado?

d

No conecta con el paso 53

Si conecta con el paso 28

53 Agente del Ministerio Público

¿Es posible identificar al imputado? Ver Anexo 8

d

No conecta con el paso 54

Si conecta con el paso 55

54 Agente del Ministerio Público

En caso de que no se conozca la identidad del imputado y no sea

posible su identificación el AMP dicta el Archivo Temporal por no

individualizar al imputado y lo remite a la Unidad de Imputado

Desconocido.

55 Agente del Ministerio Público

Si es posible la identificación del Imputado se envía oficio de

investigación a la Policía para localizar al imputado. (se recomienda

establecer un plazo no menor a tres días ni mayor a 10 días para la

contestación del oficio).

56 Agente del Ministerio Público

¿Se identificó al imputado?

d

No conecta con el paso 54

Si conecta con el paso 57

57 Agente del Ministerio Público

¿Es posible identificar a la víctima?

d

No conecta con el paso 51

Si conecta con el paso 58

58 Agente del Ministerio Público

Si es posible la identificación de la víctima se envía oficio de

investigación a la Policía para localizar a la víctima. (se recomienda

establecer un plazo no menor a tres días ni mayor a 10 días para la

contestación del oficio).

59 Agente del Ministerio Público

¿Se localizó a la víctima?

d

No conecta con el paso 51

Si conecta con el paso 28

60 Agente del Ministerio Público Realiza la lectura de derechos al imputado.

61 Agente del Ministerio Público En caso de que el detenido no cuente con Abogado Particular notifica

a Defensoría Pública que se tiene un detenido. Ver Anexo 9

62 Agente del Ministerio Público Revisa el Informe Policiaco o el Parte y Croquis correspondiente, así

como la papelería anexa. Ver Anexo 6

63 Agente del Ministerio Público El AMP realiza búsqueda de antecedentes del detenido

64 Agente del Ministerio Público Verifica y analiza las circunstancias de la detención.

65 Agente del Ministerio Público

¿Ratifica la detención?

d

No conecta con el paso 66

Si conecta con el paso 71

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 16

66 Agente del Ministerio Público Dicta el auto de no ratificación de la detención y deja en libertad al

detenido.

67 Agente del Ministerio Público

¿Existe delito?

d

No conecta con el paso 68

Si conecta con el paso 69

68 Agente del Ministerio Público

Si el AMPAT determina que no existe delito dicta el acuerdo de

abstención de la investigación y lo notifica a las partes, finalizando con

ello el proceso.

69 Agente del Ministerio Público

¿Se encuentra presente la víctima?

d

No conecta con el paso 57

Si conecta con el paso 70

70 Agente del Ministerio Público

Si se encuentra presente la víctima se le realiza la entrevista y las

diligencias que considere pertinentes para la integración de la

investigación. Ver Anexos 3, 4, 5, 6 y 7

d

Conexión con el paso 28

71 Agente del Ministerio Público Cuando se cuente con los elementos de la flagrancia se dicta el Auto

de ratificación de la detención

72 Agente del Ministerio Público

¿El delito es de remisión inmediata a la Unidad (UI o UTMC)? Ver

Catálogo de Delitos

d

No conecta con el paso 74

Si conecta con el paso 73

73 Agente del Ministerio Público

Se determina si la investigación requiere la intervención inmediata de

la Unidad, si es así, comunica el caso al Titular de dicha Unidad. Ver

Anexo 11

74 Agente del Ministerio Público Solicita los dictámenes médicos al imputado que considere necesarios

para la investigación del delito.

75 Agente del Ministerio Público

¿Existen testigos del hecho que deban ser entrevistados? (testigos que

se encuentre en las instalaciones de la UAI).

d

No conecta con el paso 77

Si conecta con el paso 76

76 Agente del Ministerio Público Cuando se requiera el AMPAT realiza la entrevista a los testigos.

77 Agente del Ministerio Público

¿Se encuentra presente la víctima?

d

No conecta con el paso 78

Si conecta con el paso 83

78 Agente del Ministerio Público Cuando no esté presente la víctima se envía oficio de investigación a la

Policía para localizarla.

79 Agente del Ministerio Público

¿Se presenta la víctima dentro de las 24 horas?

d

No conecta con el paso 80

Si conecta con el paso 83

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 17

80 Agente del Ministerio Público

¿Es delito de oficio?

d

No conecta con el paso 81

Si conecta con el paso 85

81 Agente del Ministerio Público Dicta el auto de libertad y notifica al detenido.

82 Agente del Ministerio Público

Si no se presenta la víctima dentro de las 24 horas contadas a partir

de la detención del imputado o no manifiesta su interés en la

persecución penal y el asunto en cuestión no es considerado como

delito de oficio, el AMPAT dicta el archivo temporal.

83 Agente del Ministerio Público

¿Víctima manifiesta interés en la persecución penal?

d

No conecta con el paso 80

Si conecta con el paso 84

84 Agente del Ministerio Público

Cuando la víctima se encuentre presente y manifieste su interés en la

persecución penal, el AMPAT realiza las diligencias urgentes que

considere necesarias para la investigación. Ver Anexos 3, 4, 5, 6 y 7

85 Agente del Ministerio Público

¿Es un delito de remisión inmediata a la Unidad? Ver Catálogo de

Delitos

d

No conecta con el paso 90

Si conecta con el paso 91

86 Agente del Ministerio Público

Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de

remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la

remisión del asunto a la Unidad que corresponda. Ver Catálogo de

Delitos

87 Agente del Ministerio Público

¿Cuenta el detenido con antecedentes?

d

No conecta con el paso 89

Si conecta con el paso 88

88 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta de investigación a la UTMC.

89 Agente del Ministerio Público

¿La víctima se presenta antes de las 48 horas?

d

No conecta con el paso 98

Si conecta con el paso 90

90 Agente del Ministerio Público

¿Las partes están de acuerdo en participar en el proceso de MASC?

d

No conecta con el paso 98

Si conecta con el paso 96

91 Agente del Ministerio Público

Si procede mandar la carpeta al proceso de acuerdo reparatorio y las

partes aceptan someterse a este proceso, se dicta la libertad y se

notifica al detenido. Ver Anexo 10

92 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta al órgano MASC.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 18

93 Agente del Ministerio Público

Cuando la víctima no se presente o las partes no acepten participar en

el proceso de acuerdo reparatorio, se dicta el acuerdo de libertad y se

notifica al detenido. Ver Anexo 10

94 Agente del Ministerio Público

¿La víctima se presenta dentro de los 10 días?

d

No conecta con el paso 86

Si conecta con el paso 28

CATÁLOGO DE SIGLAS

Para efectos del presente documento, se entenderá por:

• UI: Unidad de Investigación de delitos

• UADT: Unidad de Análisis y Decisión Temprana o de Atención Inmediata

• UID: Unidad de Imputado Desconocido

• UTMC: Unidad de Tramitación Masiva de Casos

• CNPP: Código Nacional de Procedimientos Penales

• LGV: Ley General de Víctimas

• AR: Acuerdo Reparatorio

• SCP: Suspensión Condicional del Proceso

• PA: Procedimiento Abreviado

• CD: Catálogo de Delitos

ANEXOS

Anexo 1 – Protocolo de explicación del proceso para la orientación,

denuncias, querellas y partes policíacos

Al entrevistarse con el ciudadano que acuda al Unidad de Análisis y Decisión Temprana, deben de

explicar el proceso que se sigue, de la siguiente forma:

1. Escuchar el conflicto planteado por el ciudadano.

2. Identificar el conflicto

3. Explicar el proceso de la Unidad de Atención Temprana (Orientación/ Acta

Circunstanciada/Denuncia o Querella, Persona Detenida) que incluye:

a. Cuánto tiempo aproximado se llevará el trámite.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 19

b. Pasos del servicio otorgado. Ejemplo: Denuncia >Citas>Mediación. Ej. Detenido-

derechos-denuncia-retención o no.

c. Consecuencias inmediatas de las Acciones del AMP.

d. Consecuencias a largos plazos de las Acciones del AMP

e. Hacia donde se dirige el conflicto planteado

f. Posibles salidas procesales.

g. Seguimiento y pasos a realizar inmediatamente del ciudadano.

h. Preguntarle al ciudadano si tiene dudas en cuanto al proceso.

Una vez que se explica el proceso al ciudadano, y en el supuesto de denuncia o querella el AMP tiene la

obligación de enterarlo de viva voz de los derechos que el denunciante-querellante deba conocer en esta

etapa del proceso penal y que son las siguientes:

1. A recibir asesoría jurídica, médica y psicológica.

2. A que el Ministerio Público le reciba todos los datos de prueba con las que cuenta.

3. A que se le repare el daño

4. A impugnar, ante la autoridad judicial, cualquier determinación que tome el Ministerio Público

Además de entregarle al ciudadano la hoja/formato de derechos que está cargado en el Sistema

Informático para su firma.

Anexo II – Impedimentos para la toma de la denuncia

El AMP deberá detectar si la víctima u ofendido se encuentra en un estado de crisis o pertenece a un

grupo vulnerable, bajo los siguientes criterios:

Personas en crisis:

Señales emocionales:

• Impaciencia, irritabilidad, agresión.

• Pensamientos recurrentes sobre el evento.

• Depresión, ansiedad y sentimientos de culpa.

• Pensamientos de suicidio.

• Baja capacidad de reacción o sobrerreacción.

• Sentimientos de indefensión y desesperanza.

Señales Físicas:

• Dolores de cabeza, indigestión, presión en el pecho.

• Hipervigilancia, sobresaltos continuos.

• Mareos, temblores, sudor excesivo.

• Problemas de sueño, pesadillas, falta de apetito, diarrea.

• Fatiga, dolores musculares, hipertensión.

Señales conductuales:

• Conducta llorosa o violenta.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 20

• Conductas de evitación, apartarse de la familia y los amigos.

• Aumento del uso del alcohol, tabaco, comida o medicamentos.

• Aumento de realización de conductas de riesgo

• Cambios en los hábitos de trabajo.

Señales cognitivas:

• Problemas de memoria y concentración.

• Olvidos, problemas con la toma de decisiones.

• Confusión y desorientación.

• Trastornos en el pensamiento lógico

Grupos vulnerables:

1 Víctimas con alguna discapacidad que les impida expresar de manera verbal y clara, la

problemática que desean denunciar.

2 Víctimas que, debido a su condición de discapacidad mental, que no le permite expresarse

claramente y ejercer sus derechos por sí mismos.

3 Víctimas con alguna alteración o trastorno psicológico o mental que se les dificulte

desenvolverse y narrar los hechos delictivos sufridos.

4 Víctimas de origen extranjero o perteneciente a pueblos y comunidades indígenas que no

conozcan el idioma español y que eso sea un obstáculo para poder comunicarse.

5 Víctimas que no saben leer, ni escribir y que les sea más complicado comprender la

trascendencia jurídica del acto en el que están interviniendo.

Se remitirá inmediatamente con el personal especializado en atención a víctimas a fin de que le brinde la

atención necesaria, haga los enlaces correspondientes, para la debida protección de la persona y la

correspondiente toma de la denuncia.

En todos los casos se recabará la denuncia por parte del Agente del Ministerio Publico.

Anexo III– Fuentes de la Denuncia

Tenemos como fuente de la denuncia, las siguientes:

1. Denuncia Anónima

2. Dictamen médico

3. Nota periodística

4. Ofendido

5. Parte y croquis

6. Parte policial

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 21

7. Remisión de adolescentes

8. Remisión del tradicional

9. Representante legal

10. Tercero

11. Víctima

12. Vista de otra autoridad

La denuncia, deberá tener una entrada al sistema, por lo que en el sistema informático, se establecerá la

información que arroje la fuente, en el formato de acta de denuncia. Y esta no necesariamente deberá de

estar firmada por la fuente, solo por el operador, es decir el AMP.

Inmediatamente que se levante la denuncia, el AMP, estará obligado a realizar diligencias urgentes; lo

anterior, a fin de asegurar cualquier indicio o instrumento del delito, o actuar de forma inmediata para no

perder datos de prueba que puedan ser importantes para la investigación.

Anexo IV– Protocolo de Denuncia o Entrevista a la víctima

El formato de acta de denuncia cargado en el sistema, debe de contener información precisa, que a

continuación se describe:

Los datos generales del Denunciante (Policía, Tránsito, Médico, Socorrista, Maestro etc.), los datos con

los que no se cuente deberán de capturarse “Se desconoce”.

Si la víctima acude con intérprete o traductor o alguna persona que entienda su lenguaje, la denuncia se le

recabará al acompañante.

Es sumamente importante los medios de contacto con el denunciante, víctima u ofendido, es decir,

solicitarle información adicional, como por ejemplo: dos teléfonos, uno de casa o trabajo y el otro celular,

además de correo electrónico.

El AMP deberá establecer la calidad con la que acude el ciudadano a denunciar.

Denunciante: Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito perseguible de oficio,

puede ser también víctima.

Víctima: Es la persona que individual o colectivamente resintió directamente un daño físico, psicológico,

patrimonial, o el menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales a consecuencia de conductas

consideradas como delitos en la legislación vigente.

Ofendido: La persona que resulta perjudicada en forma indirecta psicológica o patrimonialmente a

consecuencia de conductas consideradas como delitos en la legislación vigente.

En los delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la víctima o en caso en que el ofendido directo no

pudiere ejercer directamente los derechos que este Código le otorga se considerará como ofendidos a los

familiares de aquel, en el siguiente orden de prelación.

a) Cónyuge

b) Concubina o concubinario

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 22

c) Parientes por consanguinidad en línea recta ascendente o descendente, sin limitación de grado

y en la colateral por consanguinidad hasta el segundo grado, inclusive.

d) Cualquier otro que establezca la ley civil.

Querellante: Victima u ofendido del delito, o representante mediante la cual manifiesta expresa o

tácitamente su deseo de que se ejerza la acción penal.

Inmediatamente después el AMP deberá de realizar una entrevista dirigida con el denunciante, víctima u

ofendido o querellante, en la que a preguntas expresas se le pedirá lo siguiente:

Información general del imputado.

a) Datos de identificación: En este apartado, el denunciante o querellante puede proporcionar

información que ayude en la individualización del imputado, como nombre, apodo, ocupación,

edad, entre otros.

b) Domicilio: En caso de que no se cuente con el domicilio, del imputado, es importante establecer

el lugar donde trabaja, donde se junta o donde se la ha visto.

c) En el relato de la denuncia, se deberán establecer las circunstancias de tiempo, lugar y modo.

d) Tiempo: establecer la fecha y la hora exacta de la comisión del delito

e) Lugar: establecer el lugar exacto en donde ocurrió el delito, además de poner que lugares había

alrededor, tienda, edificio, parque etc., además establecer si existen cámaras en el lugar.

f) Modo: la forma en cómo se consumó el delito, aquí deberán poner la mayor cantidad de datos

referente a la forma en cómo se cometió el delito, si utilizaron armas, establecer qué tipo de

armas, tamaño, color y características especiales, la forma en las iban vestidos el o los imputados,

si iban a bordo de un automóvil, establecer la marca, tipo, color, placas y características

especiales.

En este apartado también es importante señalar si el o los imputados pertenecen a alguna pandilla o grupo

criminal, además de establecer la vestimenta que usaron durante la comisión del delito.

Lineamientos para los textos para cada una de las denuncias presentadas ante los centros de

Orientación y Denuncia:

1. Se deberán asegurar de la identidad del denunciante o querellante.

2. Se deberán de asegurar o cotejar los documentos que anexan.

3. Deberán de respetar las reglas de ortografía y de semántica.

4. Se tiene que respetar la literalidad del dicho del ciudadano.

5. Un solo párrafo para desarrollar una idea y separar los párrafos con punto y aparte.

6. Las ideas deberán de ser ordenadas de forma lógica y secuencial.

7. Se deben de conectar cada uno de los párrafos, para no perder información.

8. Conectar los párrafos entre sí con el fin de apreciar las relaciones de orden, causa, efecto, tiempo,

entre dos o más ideas.

9. Leer el texto íntegro para ver si cumplimos con los requerimientos anteriores.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 23

El cumplimiento de los lineamientos es obligatorio en cada una de las redacciones de las denuncias que

recaben.

Anexo V– Media Filiación del Imputado

El AMP deberá de pedir la media filiación del imputado en todos los casos. Esto se hace dentro del

Sistema Informático.

El acta de media filiación deberá contener lo siguiente:

1. Tipo de color de piel: blanco, moreno, negro o albino

2. Tipo de ojos: cafés, cafés claros, azules, verdes o grises

3. Tipo de pestañas: cortas, largas, rizadas o lisas

4. Tipo de labios: gruesos, regulares, delgados, semigruesos, etc.

5. Tipo de pabellón auricular: grandes, medianos o pequeños

6. Tipo de boca: grande, mediana o pequeña

7. Tipo de barba: rasurado, sin rasurar, arreglada o pintada

8. Tipo de cabello: negro, castaño, castaño claro, rubio, cano o entrecano

9. Tipo de nariz: recta, cóncava, conexa, aplanada, ancha, afilada o desviada

10. Tipo de mentón: prominente, regular o retraído

11. Tipo de cejas: pobladas o escasas

12. Tipo de complexión: robusta, obesa, mediana o delgada

13. Tipo de bigote: recortado, rasurado, sin rasurar, crecido o pintado

Señas Particulares:

• Tipo: Tatuajes, cicatrices, lunares, aretes o una discapacidad

• Ubicación: cabeza, tronco, brazos o piernas, adelante, atrás, pecho, estomago, espalda,

cuello, cabeza, brazo derecho, brazo izquierdo, mano derecha, mano izquierda, pierna

derecha, pierna izquierda, pie derecho o pie izquierdo

• Descripción ser lo más específico posible, tamaño, forma, color, tipo de imagen, tipo de

letra, etc.

• La información de la media afiliación será en formato a parte de la denuncia.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 24

Anexo VI– Diligencias Transversales

En el Proceso del AMP, las siguientes diligencias podrán realizarse en cualquier momento son las

siguientes:

1. Perdón del ofendido

2. Incompetencia por materia (como al tradicional) por fuero (Ej., AMP Federal)

3. Notificación de autos.

4. Remisiones a la UI que corresponde

5. Orden de Inhumación

6. Diligencias urgentes, según sea el caso.

En el caso de las Diligencias transversales, el AMP deberá de llevar un registro y notificar a su Supervisor

la realización del mismo.

Ejemplo:

- Dictámenes médicos

- Oficios a Atención a Víctimas

- Liberación de indicios

- Oficios de investigación

- Entrevistas

Anexo VII– Diligencias Urgentes

De la denuncia recibida o recabada por el AMP, se deberá de analizar, la necesidad de diligencias

urgentes.

El AMP, deberá de detectar las diligencias urgentes que se deban de practicar a la víctima, ofendido o

Imputado del delito.

También deberá detectar aquellas diligencias que, por su naturaleza, requieran control judicial.

Las diligencias urgentes, en todo caso, serán, tendientes a:

1. Prestar auxilio a las víctimas

2. Cuidar que los rastros o huellas del delito tendientes a desaparecer sean conservados mediante los

procedimientos adecuados

3. Recabar los datos e indicios que sirvan para la identificación del imputado

4. Que los indicios sean preservados

5. Descubrir la verdad del hecho denunciado.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 25

Serán diligencias urgentes las siguientes:

1. Registro Biométrico.

Registro que se realiza a toda persona detenida y que proporciona datos personales

2. Orden de atención médica para la víctima e imputado.

Es un derecho de ambas partes, consagrado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se debe

de enviar antes o después, de que se entreviste con el AMP.

Este acto de investigación urgente, le permiten al AMP, llevar a cabo las medidas de atención a la víctima

e imputado y garantizar los derechos fundamentales.

3. Oficio a Criminalística de Campo (Fijar)

Esta actuación, es considerada diligencia urgente ya que, según la naturaleza del delito, se deben de

asegurar evidencias o material probatorio, que ayudarán, tanto a la investigación, como a la

reproducción de los elementos de prueba que se ofrezcan en etapas procesales posteriores. La fijación

de indicios del delito, deberá de hacerla peritos expertos en la materia.

4. Liberación de indicios.

Será obligación de la autoridad devolver a la persona legitimada para poseerlos, los objetos y bienes

asegurados que no sean susceptibles de decomiso o que no estén sometidos a embargo en ese

procedimiento, inmediatamente después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron.

1. Solicitud de dictamen médico.

Esto es un acto urgente ya que le permitirá al AMP, determinar el seguimiento de la investigación, de

acuerdo a la clasificación legal de las lesiones que presente la víctima u ofendido.

2. Oficio de atención al Asesor Victimológico

Con esta actuación se garantiza el asesoramiento jurídico y atención inmediata, a la víctima del delito.

3. Oficio de Investigación.

El Ministerio Público Dirigirá la investigación que realice la Policía, pudiendo solicitarle datos en

específico que sean necesarios para la investigación

4. Entrevista

La entrevista es considerada diligencia urgente, ya que puede realizarse a la víctima, ofendido, imputado,

testigos u otros, que deberán proporcionar datos para descubrir la verdad de los hechos investigados.

En cuanto a la entrevista de testigos, terceros ajenos al hecho, víctima, ofendido y el imputado, es preciso

mencionar lo siguiente: Obligación de suministrar información. Toda persona o servidor público, está

obligado a proporcionar oportunamente la información que requiera el Ministerio Público en el ejercicio

de las funciones de investigación, de un hecho concreto y no podrá excusarse de suministrarla salvo los

casos expresamente previstos en la ley. En caso de ser citadas para ser entrevistadas por el ministerio

público o la policía ministerial tienen la obligación de comparecer.

5. Solicitud de dictamen psicológico a la víctima e imputado.

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 26

En este caso, el AMP solicitará la práctica de un dictamen psicológico a fin de determinar el estado

mental de las partes, y tomar decisiones de corto alcance. En los casos de delitos sexuales y violencia

familiar, este dictamen será solamente solicitado por el AMPI.

6. Constancias

Tanto de llamadas telefónicas al Agente del Ministerio Público Investigador, como a los AMP, a

Defensores Públicos, Hospitales, Dependencias Oficiales y en su caso ante la negativa de alguna

entrevista o solicitud de información

7. Diversos oficios a los elementos de Periciales, en auxilio de labores de investigación.

Entre los diversos oficios que se consideran diligencias urgentes, puede ser los siguientes:

a. Oficio de Valuación

b. Oficio solicitando Pericial de Causas o causalidad en Accidentes Viales

c. Oficios solicitando pruebas de alcoholemia y toxicología

d. Entre otros.

Anexo VIII– Criterios de Imputado Conocido y Desconocido

- Se considera que tenemos a un imputado conocido cuando se tiene el:

Nombre completo + Domicilio completo

- Se considera que tenemos a un imputado parcialmente conocido cuando se tiene el:

Nombre parcial

Domicilio parcial (calle y colonia)

Apodo + Lugar de trabajo

Media filiación

Punto de reunión

Lugar donde se le puede localizar

En el caso de los Robos a casa habitación y cualquier otro delito que se tenga un imputado desconocido,

pero se obtengan datos o indicios que puedan ayudar en la búsqueda de datos para la identificación del

imputado.

El AMP deberá de:

a). Enviar oficio de investigación a la Policía, o:

b). Enviar oficio a Criminalística de Campo.

c). Decretar el archivo temporal por no individualizar al imputado y

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MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 27

d) Remitir a la Unidad de Imputado Desconocido (UID)

Se considera que se tienen datos o indicios, por ejemplo, si de las denuncias se desprende que existió

manipulación de objetos o cosas (para obtener huellas), si existen cámaras de video dentro del domicilio o

en el exterior dentro del radio de acción del delincuente, testigos que aporten descripción específica, etc.

Ante cualquier duda en la categorización del imputado, deberán comunicarse con el Coordinador de la

UID.

Anexo IX– Notificación a Defensor Público o Privado

Si la persona detenida, designa defensor particular, deberán de establecerse dentro del acta de entrevista.

En el caso de que la persona o personas detenidas no cuenten con abogado particular, se deberá realizar lo

siguiente:

EL AMP una vez que reciba un parte policíaco o parte croquis con persona detenida, una vez que le dé

lectura a sus derechos, inmediatamente deberá de notificarle a la Defensoría Pública, que la persona se

encuentra detenida a su disposición, la notificación deberá de ser mediante la opción “solicitud de oficio”

del Sistema Informático y deberá de informarle de la siguiente información.

1. Nombre completo, domicilio y edad de la persona detenida

2.Fecha y hora de detención.

3. Lugar en el que se encuentra detenido.

4. Teléfono del detenido

5.Nombre y Teléfono del familiar del detenido

Esta deberá de ser explicada en la solicitud, del que se dejará copia de recepción o lectura.

La solicitud de oficio notificada por medio del Sistema Informático, deberá de ser impreso y adjunto a la

carpeta de detenido.

Se le sugiere al AMP la lectura y comprensión del capítulo VI Defensor, del Código Nacional de

Procedimientos Penales.

Anexo X– Libertad por AMP

EL AMP podría otorgar la libertad de una persona, en el momento que marca el diagrama de flujo.

Los criterios que se adoptan para que el AMP otorgue la libertad de un detenido son los siguientes.

1. Objetivo: Este criterio está relacionado con el delito por el cual se le detuvo, por lo que se pide

consultar al AMP el catálogo de delitos de libertad en Unidad de Análisis y Decisión Temprana”.

2. Subjetivo. El AMP debe de tomar en cuenta los siguientes aspectos:

Datos personales del detenido, lo anterior con la finalidad, de que la persona detenida, pueda

asegurarnos su comparecencia posterior en el proceso. Esto es, la información que suministre el

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Detenido deberá de estar relacionada con su identidad real, con su domicilio particular, y alterno para

su localización, con su domicilio labora, y con mínimo dos números de teléfono en los que pueda ser

localizado. Además, el AMP evaluará el riesgo procesal. Ver el formato de datos del detenido.

Toda libertad de los detenidos, deberá realizarse bajo los dos criterios establecidos anteriormente y previo

visto bueno de los supervisores de la Unidad de Atención Temprana correspondiente.

Anexo XI– Mecánica de comunicación telefónica a la Unidad de

Investigación

El AMP deberá de comunicar telefónicamente a la unidad de investigación que corresponda, la recepción

de la denuncia o detenido en los siguientes casos:

1.-Delitos contemplados dentro del catálogo de remisión inmediata a la Unidad de investigación,

2. Denuncias o detenidos, en los que los medios de comunicación tengan interés o injerencia.

3. En el caso de un Hit con la ficha de identificación Biométrica.

4. Cuando el asunto requiera intervención inmediata de la Unidad de Investigación.

1. Tratándose de delitos sexuales y la ejecución de los mismos está dentro de las anteriores 24 horas.

2. Cuando el detenido pueda coincidir con un patrón delictivo de la Unidad de Imputado

Desconocido.

La forma de comunicación deberá de realizarse, vía telefónica, precedida de solicitud de “ficha de

canalización” contemplada en el Sistema Informático, en el que se contendrán los siguientes datos:

1. Número de carpeta.

2. Forma de entrada y fuente de entrada. Ejemplo Denuncia, fuente parte policíaco, o víctima

representante legal.

3. Nombre víctima, imputado.

4. Posible delito

5. En su caso, datos del parte croquis o parte policial.

6. En su caso, hora de la detención y hora de los hechos.

7. Algún dato adicional que el AMP considere importante.

8. En su caso, el posible examen a practicar a la parte

Esta notificación telefónica, deberá de ser explicada en la ficha de canalización, del que se dejará copia de

recepción o lectura.

La ficha de canalización que contenga el formato de comunicación a AMPI, deberá de ser impreso y

resguardado en archivo.

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