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MANUAL DE LA UNIDAD DE
ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA
DISCLAIMER
Este manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para
el Desarrollo Internacional (USAID). Su contenido es responsabilidad de los autores y no refleja necesariamente el punto de
vista de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.
MANUAL DE LA UNIDAD DE
ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA
Management Systems International
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DISCLAIMER
Este Manual ha sido posible gracias al apoyo del pueblo de los Estados Unidos a través de la Agencia de los Estados Unidos para
el Desarrollo Internacional (USAID). Su contenido es responsabilidad de los autores y no refleja necesariamente el punto de
vista de USAID o del Gobierno de los Estados Unidos de América.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA i
CONTENIDO
INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 2
HOJA DE FORMALIZACIÓN .................................................................................................... 2
OBJETIVO DEL MANUAL ......................................................................................................... 2
MARCO JURÍDICO NORMATIVO........................................................................................... 3
SIMBOLOGÍA ............................................................................................................................... 3
DISEÑO Y PROCEDIMIENTOS ................................................................................................ 4 Propósito ............................................................................................................................. 4 Alcance ............................................................................................................................... 4 Políticas y normas de operación ......................................................................................... 5 Diagrama de Flujo .............................................................................................................. 6 Descripción de actividades ............................................................................................... 11
CATÁLOGO DE SIGLAS .......................................................................................................... 18
ANEXOS ....................................................................................................................................... 18 Anexo 1 – Protocolo de explicación del proceso para la orientación, denuncias,
querellas y partes policíacos ............................................................................................. 18 Anexo II – Impedimentos para la toma de la denuncia ..................................................... 19 Anexo III– Fuentes de la Denuncia .................................................................................. 20 Anexo IV– Protocolo de Denuncia o Entrevista a la víctima ........................................... 21 Anexo V– Media Filiación del Imputado ......................................................................... 23 Anexo VI– Diligencias Transversales .............................................................................. 24 Anexo VII– Diligencias Urgentes ..................................................................................... 24 Anexo VIII– Criterios de Imputado Conocido y Desconocido ......................................... 26 Anexo IX– Notificación a Defensor Público o Privado .................................................... 27 Anexo X– Libertad por AMP ........................................................................................... 27 Anexo XI– Mecánica de comunicación telefónica a la Unidad de Investigación ............. 28
TABLAS
TABLA 1: MARCO JURÍDICO NORMATIVO ........................................................................... 3 TABLA 2: SIMBOLOGÍA EN EL PROCESO .............................................................................. 3 TABLA 3: FUNCIONES DEL PERSONAL ............................... ¡Error! Marcador no definido. TABLA 4: DESARROLLO DE ACTIVIDADES ......................................................................... 11
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 2
INTRODUCCIÓN
La Reforma Constitucional del 2008 en Materia de Seguridad y Justicia es un gran reto para el Estado
Mexicano, por todo lo que implica la implementación del Sistema Penal Acusatorio en todas las
Instituciones que participan en dicho proceso.
A su vez, se tomó la decisión de emitir el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) con la
finalidad de homologar los criterios para la investigación, persecución de delitos y administración de
justicia para los ámbitos federal y estatal. La emisión del Código genera una gran oportunidad para las
Instituciones de reorganizarse y buscar procedimientos eficaces que permitan un mejor desempeño de los
operadores, para lo cual se requiere tener una planeación integral de la implementación del sistema penal
acusatorio, que contemple a todas las Instituciones.
A lo largo del proceso de implementación de la reforma penal se ha identificado que, aunado al desafío
que implica operar conforme a los principios y reglas del Sistema de Justicia Penal Acusatorio, las
Procuradurías tienen el enorme reto de mejorar la forma en que se organizan y gestionan las labores de
investigación.
Así, nace la necesidad de crear la Unidad de Análisis y Decisión Temprana (UADT), la cual es el área que
recibe todos los asuntos que ingresan a la Procuraduría. Una vez recibidos los asuntos, esta Unidad realiza
la clasificación conforme al Modelo de Valoración de Casos para su debida canalización. Realizada la
clasificación de los casos, esta Unidad se encargará de remitirlos a la Unidad de Investigación
correspondiente, o bien al Órgano encargado de los Mecanismos Alternativos para la Solución de
Conflictos, y en su caso dictar la resolución temprana que corresponda, como, por ejemplo, los acuerdos
de abstención de la investigación (por no existir delito), decretar el archivo temporal o algún criterio de
oportunidad.
Así, para poder tener un efectivo sistema de clasificación, es necesario contar con una sola unidad que
reciba todos los tipos de entradas, es decir, la Unidad de Análisis y Decisión Temprana.
HOJA DE FORMALIZACIÓN
ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
_________________
(NOMBRE Y FIRMA)
CARGO Y PUESTO
_________________
(NOMBRE Y FIRMA)
CARGO Y PUESTO
_____________________
(NOMBRE Y FIRMA)
CARGO Y PUESTO
OBJETIVO DEL MANUAL
El objetivo general de este Manual es proporcionar un instrumento de apoyo administrativo y de gestión
que permita inducir al personal de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana en las actividades que se
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desarrollan en la dependencia. Asimismo, permitirá la estandarización de los procesos y procedimientos
para el logro de los objetivos de la institución.
Con base en lo anterior, se han establecido los siguientes objetivos específicos:
• OE1. Diseñar la estructura orgánica y los procesos de la Unidad de Análisis y Decisión Temprana
• OE2. Establecer los procedimientos, actividades y responsables de las funciones que han sido
encomendadas a cada área que integra esta Unidad, para proporcionar servicios de calidad y con
un enfoque de mejora continua.
• OE3. Delimitación de forma clara y explícita de los lineamientos necesarios para la eficiente y
eficaz aplicación de los procedimientos y actividades de la Unidad.
Así, los servidores públicos encargados de las áreas que conforman esta Unidad, serán quiénes garanticen
la correcta aplicación del presente Manual y son los responsables de mantener actualizados y operar
correctamente bajo los lineamientos aquí establecidos.
MARCO JURÍDICO NORMATIVO
TABLA 1: MARCO JURÍDICO NORMATIVO
Instrumento normativo Última Reforma
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 24-02-2017
Constitución Política del Estado Libre y Soberano 13-09-2013
Código Nacional de Procedimientos Penales 17-06-2016
Código Penal Federal 18-07-2016
Código Penal del Estado -
SIMBOLOGÍA
Para efectos del siguiente modelo, se utilizará la siguiente simbología:
TABLA 2: SIMBOLOGÍA EN EL PROCESO
Símbolo Nombre Definición
Inicio Señala donde inicia un procedimiento
Actividad Representa la ejecución de una o más tareas del
procedimiento.
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Decisión Indica las opciones que se pueden seguir en caso de que
existan dos o más alternativas.
Procedimiento Señala otro procedimiento
Conector
Une dos o más tareas separadas en el diagrama de flujo, utiliza para su conexión una letra del abecedario, indicando
la tarea o actividad con la que se debe continuar.
Conector de página
Es utilizado para unir diagramas de flujo cuando las tareas se encuentran en diferentes páginas. En su interior se
colocará el número arábigo que indicará la tarea con la que continúa el diagrama.
Término Señala dónde termina un procedimiento.
Flujo Conecta símbolos indicando el orden y secuencia en que
deben realizarse las tareas.
DISEÑO Y PROCEDIMIENTOS
Propósito
Uniformar y controlar el cumplimiento de las actividades de operación del personal de la Unidad de
Análisis y Decisión Temprana, mediante una descripción concreta y minuciosa de las actividades que
deben seguirse en la realización de las funciones establecidas, con el objeto de disminuir la variabilidad en
el actuar de los operadores que intervienen en el proceso y evitar así, su alteración.
Alcance
El presente documento es aplicable a los servidores públicos que conformen la Unidad de Análisis y
Decisión Temprana, de conformidad con las atribuciones que le sean conferidas por parte de la
Procuraduría General de Justicia del Estado o Fiscalía General de Justicia del Estado, a fin de que todas
sus actuaciones preserven la legalidad y garanticen la investigación de los delitos cuando se desconozca al
imputado de un hecho delictivo, canalizando de forma eficiente los asuntos al área correspondiente o
resolviendo la carpeta de investigación.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 5
Así, la población beneficiaria de la utilización y seguimiento de este protocolo son los usuarios del sistema
de procuración, administración e impartición de justicia.
El campo de aplicación incluye su implementación centralizada, en donde la Unidad de Análisis y
Decisión Temprana proporciona el servicio de recepción, canalización y resolución de casos.
Sin embargo, este documento en ningún caso busca suplir los conocimientos, capacidades y habilidades
del personal que labora en la Procuraduría General de Justicia Estatal o en la Fiscalía General de Justicia
del Estado, sino ser una herramienta metodológica para el registro de su actuar.
Por otro lado, es preponderante recordar que los protocolos y el diseño de las Unidades se realizaron en
apego al Sistema Penal Acusatorio y Adversarial, por lo cual, se debe ser cuidadoso al aplicarlos a delitos
del sistema mixto con preponderancia inquisitiva o a faltas administrativas con las que los servidores
públicos pudieran tener contacto.
Políticas y normas de operación
Con el objeto de garantizar el éxito de la implementación y operación de la Unidad de Análisis y Decisión
Temprana, se exhorta al estado a seguir las siguientes recomendaciones:
• La Unidad debe de recibir todos los asuntos en los que tenga competencia la Institución.
• El funcionario encargado de recibir las denuncias, querellas o partes informativos tiene que ser un
Agente del Ministerio Público.
• El Agente del Ministerio Público de esta unidad, debe de tener la facultad para dictar resoluciones.
• Utilización del Modelo de valoración de casos para su debida canalización.
• Utilización del Protocolo de actuación para la investigación de delitos de flagrancia.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 6
Diagrama de Flujo
A)Víc mauofendidoasisteala
UnidaddeAnálisisyDecisiiónTemprana
NO
Recibeavíc mauofendido
AuxiliarAdministra vo
01
Registraenelsistemadeatenciónyentregaderechosavíc mau
ofendido.Encasodehabersidoatendidoporelasesorvic mológicoseregistrarácomocasourgente
AuxiliarAdministra vo
02
Remiteavíc mauofendidoconAMP
AuxiliarAdministra vo
03
Recibeavíc mauofendido
AMP 04
Interctúayentrevistaavíc mauofendido
Anexo1
AMP 05
¿Serequiereintervenciónde
atenciónavíc mas?Anexo2
06
Remiteconpersonalespecializadoen
atenciónavíc mas
AMP 07
SI
ProcesodeAtenciónaVíc mas
A
¿Existedelito?
08
SI
Canalizaainstanciacorrespondiente
AMP 10
¿Elciudadanoinsistequeletomenla
denuncia?
09
NO
SerecibedenunciaoquerellayseleentregacopiaalciudadanoAnexos3,4y5
AMP 11
FIN
Dictafacultaddeabstenersedeinves gar
yseno ficaalciudadano
AMP 12
Serecibedenunciaoquerellayseleentregacopiaalciudadano
Anexos3y4
AMP 13
¿Esundelitoderemisión
inmediataaUI?VerCD
20
RemiteaUI
AMP 21
SI
1
A
ProcesoUnidaddeInves gación
NO
SI
Realizalecturadederechosala
víc ma
AMP 14
Realizadiligenciasurgentesconla
víc maAnexo6y7
AMP 15
¿Sepresentanindicios?
16
Imponecadenadecustodiayno ficaaláreaencargadadel
resguardodelosobjetos
AMP 18
FIN
¿Serequierelaintervencióndepericialesparala
recolección?
17Envíaoficioapericiales,para
solicitarlarecolección
AMP 19
NO
NO
B
B
SISI
NO
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 7
1¿Elimputadoesconocido?Anexo8
22
Dictaarchivotemporalporimputadodesconocido
AMP 24
¿Esposiblelaiden ficacióndelimputado?
23
NO
RemitealaUnidaddeImputadoDesconocido
AMP 25
ProcesoImputado
Desconocido
Envíaoficiodeinves gaciónala
Policía
AMP 26
SI ¿Seiden ficaalimputado?
27
A
A
NO
NO
¿Procedeacuerdo
reparatorio?VerCD
28
ProcesoUnidadTramitación
MasicadeCasos
NO
¿Serealizóunacuerdo
reperatorio?
32
2
¿Aceptalavíc mairal
procesodeAR?
30
RemiteUTMCverCD
AMP 29
Realizaoficioderemisióndecasoal
órganoMASC
AMP 31
ProcesoAcuerdo
Reparatorio
B
4
Dictasuspensióndelainves gaciónyremitealaURSAR
AMP 36
FIN
FIN
B
¿Secumpleconlaobligación
acordada?
34
Revisaelacuerdoreparatorioyfirmadeaprobación
AMP 33
ProcesoSeguimientoyRegistrodeAcuerdos
Reparatorios
URSARno ficaelestatusdelacuerdo
reparatorio
AMP 37
¿Secumpleconlaobligación
acordada?
38
Dictaarchivodefini voyremitea
laURSAR
AMP 35
ProcesoSeguimientoyRegistrodeAcuerdos
Reparatorios
FIN
B
C
C
SI
SI
SISI
SI SI
NO
NO
NO NO
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 8
B)Serecibeno ciadehechos
probablementedelic vos
¿Existedelito?
39
Dictafacultaddeabstenersedeinves garyseno ficaal
ciudadanoyensucasocanaliza
ainstanciacorrespondiente
AMP 40
NO
FIN
¿Esdelitodeofic
i
o?VerCD
41
¿Existequerella?
42
Registraenelsistemayrealizaformatoderecepcióndequerella
Anexos3,4y5
AMP 47
Registraenelsistemayrealizaformatode
recepcióndedenunciaAnexos3,4y5
AMP 48
Realizadiligenciasurgentes
Anexos6y7
AMP 49
¿Esdelitoderemisión
inmediataaUI?
VerCD
50
¿Estániden ficadoslavíc mayel
imputado?
52
2
¿Esposibleiden ficaralimputado?
Anexo8
53
EnvíaoficiodeInves gaciónpara
localizaralimputado
AMP 55
¿Seiden ficóalimputado?
56
Dictaarchivotemporalpornoiden ficaralimputadoy
envíacarpetaalaUnidaddeImputadoDesconocido
AMP 54
ProcesoImputadoDescnocido
¿Esposibleiden ficarala
víc ma?
57
EnvíaoficiodeInves gaciónparalocalizaralavíc ma
AMP 58
¿Selocalizóalavíc ma?
59
RemitealaUI
AMP 51
ProcesoUnidaddeInves gación
3
2
Giraoficiodeinves gaciónparalocalizaralavíc ma
AMP 43
¿Sepresentólavíc madentro
delplazoestablecido?
44
Dictanoejerciciodelaacciónpenalyno fica
AMP 45
FIN
¿Víc mamanifiestainterésenlapersecucción
penal?
46
B
B
SI NO NO NO
SISISI
NOSI
SI
NO
SI NO NO
SI
NO
B
SI
NO
SI
NO
SI
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 9
NO
NO
SI
C)RecepcióndeiIPHcon
detenido
Revisaparteentregadoporcaptoroactadepuestaa
disposición
AMP 62
Realizabúsquedadeantecedentes
AMP 63
Realizalecturadederechosaldetenido
AMP 60
No ficaaDefensoríaPúblicaquese eneun
detenidoAnexo9
AMP 61
¿Esdelitoderemisióninmediata
alaUnidad?VerCD
72
Verificacircunstanciasdela
detención
AMP 64
ComunicacasoaalaUnidadAnexo11
AMP 73
¿Ra ficaladetención?
65
Dictaautodenora ficacióndela
detenciónydejaenlibertadaldetenido
AMP 66
¿Existedelito?
67
Dictaacuerdodeabstencióndela
inves gaciónyno fica
AMP 68
¿Seencuentrapresentelavíc ma?
69Realizadiligenciasurgentesparavíc mas,priorizando
realizacióndedictámenesmédicos,psicológicos,etc.
Anexos3,4,5,6y7
AMP 70
2
3
Dictaautodera ficacióndela
detención
AMP 71
Solicitadictámenesmédicosalimputado
AMP 74
¿Existentes gosdelhechoquedebanser
entrevistados?
75
Realizaentrevista
AMP 76
¿Seencuentrapresentelavíc ma?
77
Giraoficiodeinves gaciónparalocalizaralavíc ma
AMP 78
¿Víc mamanifiestainterésenlapersecucción
penal?
83
¿Sepresentólavíc madentro
delas24horas?
79
¿Esdelitodeoficio?
80
Dictaautodelibertadyno ficaal
detenido
AMP 81
Dictaarchivotemporalyno fica
AMP 82
Realizadiligenciasurgentesparala
víc maAnexos3,4,5,6y7
AMP 84
¿Esdelitoderemisióninmediata
alaUnidad?VerCD
85
¿Eldetenidocuentacon
antecedentes?
87
RemitealaUnidad
AMP 86
ProcesoUnidaddeInves gación
¿Lavíc masepresentaantes
delas48horas?
89Dictaacuerdode
libertadyseno ficaaldetenidoVerAnexo10
AMP 93
¿Lavíc masepresentadentro
de10días?
94
¿Laspartesestandeacuerdoenpar ciparenel
procesodeMASC?
90Dictaautode
libertadyno ficaaldetenido
VerAnexo10
AMP 91
ProcesoMediación
FIN
2
FIN
RemitealaUTMC
AMP 88
ProcesoUTMC
4
Realizaoficioderemisiónalórgano
MASC
AMP 92
SI
NO
SISI
NO NO
SI
NO
SI
NO
NO
A
A
NONO
SI
SISI
SISI
NO
NO
NO
SI
NO
SI
SI
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 11
Descripción de actividades
TABLA 4: DESARROLLO DE ACTIVIDADES
Paso Responsable Actividad
1 Auxiliar administrativo Recibe a los ciudadanos que acuden a solicitar los servicios de la
UADT.
2 Auxiliar administrativo
Registra en el sistema de atención y entrega hoja con los derechos de
la víctima u ofendido, en el caso de que la persona venga remitida del
personal especializado en atención a víctimas se registrará como caso
urgente.
3 Asistente El asistente remite a la persona para que sea atendida por el AMP
4 Agente del Ministerio Público Recibe al ciudadano y se presenta, esto con la finalidad de que
conozcan a los operadores que los atienden.
5 Agente del Ministerio Público
Efectúa una entrevista a la persona para verificar datos y detectar la
razón por la que acude, procede a explicar el proceso penal que está
por comenzar. Esta entrevista debe de ser completamente dirigida por
el AMP, quien será el que realice las preguntas necesarias para
detectar el conflicto y acotar la entrevista de la persona en caso de
que se esté desviando del tema principal. Esta entrevista deberá de
durar máximo 15 minutos (aun así, se trate de delitos como violencia
familiar, ya que en la denuncia se podrá extender el tiempo). Ver
Anexo 1
6 Agente del Ministerio Público
¿Se requiere intervención de personal especializado en atención a
víctimas? Ver Anexo 2
d
No conecta con el paso 08 Si
conecta con el paso 07
7 Agente del Ministerio Público
Si durante la intervención con la víctima determina que existe algún
impedimento para llevar a cabo la entrevista, se remite con el Asesor
Victimológico.
8 Agente del Ministerio Público
¿Existe delito?
d
No conecta con el paso 09
Si conecta con el paso 13
9 Agente del Ministerio Público
¿El ciudadano insiste en que le tomen la denuncia?
d
No conecta con el paso 10
Si conecta con el paso 11
10 Agente del Ministerio Público
En caso de no existir delito, siempre y cuando la víctima acepte que su
conflicto no es competencia de la Procuraduría, el AMP hará la
canalización a la instancia correspondiente, en donde deberá incluir el
nombre de la persona que lo atenderá, dirección y teléfono de la
institución a donde será canalización.
11 Agente del Ministerio Público
Cuando no existe delito, pero el ciudadano insista en la toma de la
denuncia, el AMP recibe la denuncia o querella y se le entrega copia al
ciudadano. Ver Anexos 3, 4 y 5
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 12
12 Agente del Ministerio Público Dicta la facultad de abstenerse de investigar y notifica en ese
momento al ciudadano.
13 Agente del Ministerio Público Se recibe la denuncia o querella y se le entrega copia al
víctima/ofendido. Ver Anexos 3, 4 y 5
14 Agente del Ministerio Público Se realiza la lectura de derechos a la víctima, y se le explica los
principales derechos o aquellos en donde la víctima tenga alguna duda.
15 Agente del Ministerio Público
Realiza las diligencias urgentes que considere apropiadas para integrar
la carpeta de investigación. Ver Anexo 6 y 7
Es importante señalar que para la remisión de la carpeta no es
necesario contar las contestaciones de los actos de investigación
solicitados.
16 Agente del Ministerio Público
¿Se presentan indicios?
d
No conecta con el paso 20
Si conecta con el paso 17
17 Agente del Ministerio Público
¿Se requiere la intervención de periciales para la recolección?
d
No conecta con el paso 18
Si conecta con el paso 19
18 Agente del Ministerio Público
Si se presentan indicios y no es necesario la intervención de periciales,
el AMP debe decretar el aseguramiento de los Indicios, se verifica que
la cadena de custodia se haya iniciado apropiadamente. En caso
necesario deberá de iniciar la cadena de custodia.
19 Agente del Ministerio Público Si se presentan indicios y es necesario la intervención de periciales, el
AMP envía oficio a periciales, para solicitar la recolección del indicio.
20 Agente del Ministerio Público
¿Es un delito de remisión inmediata a la UI? Ver Catálogo de Delitos
d
No conecta con el paso 22
Si conecta con el paso 21
21 Agente del Ministerio Público
Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de
remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la
remisión del asunto a la Unidad que corresponda. Ver Catálogo de
Delitos
22 Agente del Ministerio Público
¿El imputado es conocido? Ver Anexo 8
d
No conecta con el paso 22
Si conecta con el paso 28
23 Agente del Ministerio Público
¿El posible la identificación del imputado?
d
No conecta con el paso 24
Si conecta con el paso 26
24 Agente del Ministerio Público
En caso de que no se conozca la identidad del imputado y no sea
posible su identificación el AMPAT dicta el Archivo Temporal por no
individualizar al imputado
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 13
25 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta de investigación a la Unidad de Imputado
Desconocido.
26 Agente del Ministerio Público
Si es posible la identificación del Imputado se envía oficio de
investigación a la Policía (se recomienda establecer un plazo no menor
a tres días ni mayor a 10 días para la contestación del oficio).
27 Agente del Ministerio Público
¿Se identifica al imputado?
d
No conecta con el paso 24
Si conecta con el paso 28
28 Agente del Ministerio Público
¿Procede el proceso de acuerdo reparatorio? Ver Catálogo de Delitos
d
No conecta con el paso 29
Si conecta con el paso 30
29 Agente del Ministerio Público Se remite la carpeta de investigación a la Unidad de Tramitación
Masiva de Causas.
30 Agente del Ministerio Público
¿Acepta la víctima participar en el proceso de acuerdo reparatorio?
d
No conecta con el paso 29
Si conecta con el paso 31
31 Agente del Ministerio Público Si la víctima acepta someterse a este proceso, se remite la carpeta al
órgano de MASC.
32 Agente del Ministerio Público
¿Se realizó un acuerdo reparatorio?
d
No conecta con el paso 29
Si conecta con el paso 33
33 Agente del Ministerio Público El AMP revisa el acuerdo reparatorio y firma de aprobación.
34 Agente del Ministerio Público
¿Se cumple con la obligación acordada en el acuerdo reparatorio?
d
No conecta con el paso 36
Si conecta con el paso 35
35 Agente del Ministerio Público Archiva la carpeta definitivamente y remite la carpeta a la URSAR
36 Agente del Ministerio Público Dicta suspensión de la investigación y remite a la URSAR.
37 Agente del Ministerio Público Una vez realizado el seguimiento al acuerdo reparatorio la URSAR
notifica al AMP el estatus del acuerdo reparatorio.
38 Agente del Ministerio Público
¿Se cumple con la obligación acordada?
d
No conecta con el paso 29
Si conecta con el paso 35
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 14
39 Agente del Ministerio Público
¿Existe delito?
d
No conecta con el paso 38
Si conecta con el paso 39
40 Agente del Ministerio Público
Si no existe delito, el AMPAT dicta la facultad de abstenerse de
investigar y lo notifica a la víctima, en los casos que aplique se puede
canalizar al ciudadano a otra dependencia.
41 Agente del Ministerio Público
¿Es un delito de oficio?
d
No conecta con el paso 42
Si conecta con el paso 48
42 Agente del Ministerio Público
¿Existe querella?
d
No conecta con el paso 43
Si conecta con el paso 47
43 Agente del Ministerio Público
Gira oficio de investigación para localizar a la víctima.(se recomienda
establecer un plazo no menor a diez días ni mayor a treinta días para
que la víctima se presente).
44 Agente del Ministerio Público
¿Se presenta la víctima dentro del plazo establecido?
d
No conecta con el paso 45
Si conecta con el paso 46
45 Agente del Ministerio Público
Si no se presenta la víctima dentro del plazo establecido o no
manifiesta su interés en la persecución penal y el asunto en cuestión
no es considerado como delito de oficio, el AMP dicta el no ejercicio
de la acción penal y notifica a la víctima.
46 Agente del Ministerio Público
¿Víctima manifiesta interés en la persecución penal?
d
No conecta con el paso 45
Si conecta con el paso 47
47 Agente del Ministerio Público
Cuando se localice la víctima y esta manifieste su interés en la
persecución penal, se realiza la recepción de la querella. Ver Anexos
3, 4 y 5 D
48 Agente del Ministerio Público Cuando es un delito de oficio se levanta la Denuncia. Ver Anexos 3, 4
y 5
49 Agente del Ministerio Público Se realizan las diligencias urgentes según corresponda
50 Agente del Ministerio Público
¿Es un delito de remisión inmediata a la UI? Ver Catálogo de Delitos
d
No conecta con el paso 52
Si conecta con el paso 51
51 Agente del Ministerio Público
Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de
remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la
remisión del asunto a la Unidad que corresponda.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 15
52 Agente del Ministerio Público
¿Están identificados la víctima y el imputado?
d
No conecta con el paso 53
Si conecta con el paso 28
53 Agente del Ministerio Público
¿Es posible identificar al imputado? Ver Anexo 8
d
No conecta con el paso 54
Si conecta con el paso 55
54 Agente del Ministerio Público
En caso de que no se conozca la identidad del imputado y no sea
posible su identificación el AMP dicta el Archivo Temporal por no
individualizar al imputado y lo remite a la Unidad de Imputado
Desconocido.
55 Agente del Ministerio Público
Si es posible la identificación del Imputado se envía oficio de
investigación a la Policía para localizar al imputado. (se recomienda
establecer un plazo no menor a tres días ni mayor a 10 días para la
contestación del oficio).
56 Agente del Ministerio Público
¿Se identificó al imputado?
d
No conecta con el paso 54
Si conecta con el paso 57
57 Agente del Ministerio Público
¿Es posible identificar a la víctima?
d
No conecta con el paso 51
Si conecta con el paso 58
58 Agente del Ministerio Público
Si es posible la identificación de la víctima se envía oficio de
investigación a la Policía para localizar a la víctima. (se recomienda
establecer un plazo no menor a tres días ni mayor a 10 días para la
contestación del oficio).
59 Agente del Ministerio Público
¿Se localizó a la víctima?
d
No conecta con el paso 51
Si conecta con el paso 28
60 Agente del Ministerio Público Realiza la lectura de derechos al imputado.
61 Agente del Ministerio Público En caso de que el detenido no cuente con Abogado Particular notifica
a Defensoría Pública que se tiene un detenido. Ver Anexo 9
62 Agente del Ministerio Público Revisa el Informe Policiaco o el Parte y Croquis correspondiente, así
como la papelería anexa. Ver Anexo 6
63 Agente del Ministerio Público El AMP realiza búsqueda de antecedentes del detenido
64 Agente del Ministerio Público Verifica y analiza las circunstancias de la detención.
65 Agente del Ministerio Público
¿Ratifica la detención?
d
No conecta con el paso 66
Si conecta con el paso 71
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 16
66 Agente del Ministerio Público Dicta el auto de no ratificación de la detención y deja en libertad al
detenido.
67 Agente del Ministerio Público
¿Existe delito?
d
No conecta con el paso 68
Si conecta con el paso 69
68 Agente del Ministerio Público
Si el AMPAT determina que no existe delito dicta el acuerdo de
abstención de la investigación y lo notifica a las partes, finalizando con
ello el proceso.
69 Agente del Ministerio Público
¿Se encuentra presente la víctima?
d
No conecta con el paso 57
Si conecta con el paso 70
70 Agente del Ministerio Público
Si se encuentra presente la víctima se le realiza la entrevista y las
diligencias que considere pertinentes para la integración de la
investigación. Ver Anexos 3, 4, 5, 6 y 7
d
Conexión con el paso 28
71 Agente del Ministerio Público Cuando se cuente con los elementos de la flagrancia se dicta el Auto
de ratificación de la detención
72 Agente del Ministerio Público
¿El delito es de remisión inmediata a la Unidad (UI o UTMC)? Ver
Catálogo de Delitos
d
No conecta con el paso 74
Si conecta con el paso 73
73 Agente del Ministerio Público
Se determina si la investigación requiere la intervención inmediata de
la Unidad, si es así, comunica el caso al Titular de dicha Unidad. Ver
Anexo 11
74 Agente del Ministerio Público Solicita los dictámenes médicos al imputado que considere necesarios
para la investigación del delito.
75 Agente del Ministerio Público
¿Existen testigos del hecho que deban ser entrevistados? (testigos que
se encuentre en las instalaciones de la UAI).
d
No conecta con el paso 77
Si conecta con el paso 76
76 Agente del Ministerio Público Cuando se requiera el AMPAT realiza la entrevista a los testigos.
77 Agente del Ministerio Público
¿Se encuentra presente la víctima?
d
No conecta con el paso 78
Si conecta con el paso 83
78 Agente del Ministerio Público Cuando no esté presente la víctima se envía oficio de investigación a la
Policía para localizarla.
79 Agente del Ministerio Público
¿Se presenta la víctima dentro de las 24 horas?
d
No conecta con el paso 80
Si conecta con el paso 83
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 17
80 Agente del Ministerio Público
¿Es delito de oficio?
d
No conecta con el paso 81
Si conecta con el paso 85
81 Agente del Ministerio Público Dicta el auto de libertad y notifica al detenido.
82 Agente del Ministerio Público
Si no se presenta la víctima dentro de las 24 horas contadas a partir
de la detención del imputado o no manifiesta su interés en la
persecución penal y el asunto en cuestión no es considerado como
delito de oficio, el AMPAT dicta el archivo temporal.
83 Agente del Ministerio Público
¿Víctima manifiesta interés en la persecución penal?
d
No conecta con el paso 80
Si conecta con el paso 84
84 Agente del Ministerio Público
Cuando la víctima se encuentre presente y manifieste su interés en la
persecución penal, el AMPAT realiza las diligencias urgentes que
considere necesarias para la investigación. Ver Anexos 3, 4, 5, 6 y 7
85 Agente del Ministerio Público
¿Es un delito de remisión inmediata a la Unidad? Ver Catálogo de
Delitos
d
No conecta con el paso 90
Si conecta con el paso 91
86 Agente del Ministerio Público
Con la información obtenida se tendrá que detectar si es un delito de
remisión inmediata a la Unidad de Investigación, de ser así se hace la
remisión del asunto a la Unidad que corresponda. Ver Catálogo de
Delitos
87 Agente del Ministerio Público
¿Cuenta el detenido con antecedentes?
d
No conecta con el paso 89
Si conecta con el paso 88
88 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta de investigación a la UTMC.
89 Agente del Ministerio Público
¿La víctima se presenta antes de las 48 horas?
d
No conecta con el paso 98
Si conecta con el paso 90
90 Agente del Ministerio Público
¿Las partes están de acuerdo en participar en el proceso de MASC?
d
No conecta con el paso 98
Si conecta con el paso 96
91 Agente del Ministerio Público
Si procede mandar la carpeta al proceso de acuerdo reparatorio y las
partes aceptan someterse a este proceso, se dicta la libertad y se
notifica al detenido. Ver Anexo 10
92 Agente del Ministerio Público Remite la carpeta al órgano MASC.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 18
93 Agente del Ministerio Público
Cuando la víctima no se presente o las partes no acepten participar en
el proceso de acuerdo reparatorio, se dicta el acuerdo de libertad y se
notifica al detenido. Ver Anexo 10
94 Agente del Ministerio Público
¿La víctima se presenta dentro de los 10 días?
d
No conecta con el paso 86
Si conecta con el paso 28
CATÁLOGO DE SIGLAS
Para efectos del presente documento, se entenderá por:
• UI: Unidad de Investigación de delitos
• UADT: Unidad de Análisis y Decisión Temprana o de Atención Inmediata
• UID: Unidad de Imputado Desconocido
• UTMC: Unidad de Tramitación Masiva de Casos
• CNPP: Código Nacional de Procedimientos Penales
• LGV: Ley General de Víctimas
• AR: Acuerdo Reparatorio
• SCP: Suspensión Condicional del Proceso
• PA: Procedimiento Abreviado
• CD: Catálogo de Delitos
ANEXOS
Anexo 1 – Protocolo de explicación del proceso para la orientación,
denuncias, querellas y partes policíacos
Al entrevistarse con el ciudadano que acuda al Unidad de Análisis y Decisión Temprana, deben de
explicar el proceso que se sigue, de la siguiente forma:
1. Escuchar el conflicto planteado por el ciudadano.
2. Identificar el conflicto
3. Explicar el proceso de la Unidad de Atención Temprana (Orientación/ Acta
Circunstanciada/Denuncia o Querella, Persona Detenida) que incluye:
a. Cuánto tiempo aproximado se llevará el trámite.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 19
b. Pasos del servicio otorgado. Ejemplo: Denuncia >Citas>Mediación. Ej. Detenido-
derechos-denuncia-retención o no.
c. Consecuencias inmediatas de las Acciones del AMP.
d. Consecuencias a largos plazos de las Acciones del AMP
e. Hacia donde se dirige el conflicto planteado
f. Posibles salidas procesales.
g. Seguimiento y pasos a realizar inmediatamente del ciudadano.
h. Preguntarle al ciudadano si tiene dudas en cuanto al proceso.
Una vez que se explica el proceso al ciudadano, y en el supuesto de denuncia o querella el AMP tiene la
obligación de enterarlo de viva voz de los derechos que el denunciante-querellante deba conocer en esta
etapa del proceso penal y que son las siguientes:
1. A recibir asesoría jurídica, médica y psicológica.
2. A que el Ministerio Público le reciba todos los datos de prueba con las que cuenta.
3. A que se le repare el daño
4. A impugnar, ante la autoridad judicial, cualquier determinación que tome el Ministerio Público
Además de entregarle al ciudadano la hoja/formato de derechos que está cargado en el Sistema
Informático para su firma.
Anexo II – Impedimentos para la toma de la denuncia
El AMP deberá detectar si la víctima u ofendido se encuentra en un estado de crisis o pertenece a un
grupo vulnerable, bajo los siguientes criterios:
Personas en crisis:
Señales emocionales:
• Impaciencia, irritabilidad, agresión.
• Pensamientos recurrentes sobre el evento.
• Depresión, ansiedad y sentimientos de culpa.
• Pensamientos de suicidio.
• Baja capacidad de reacción o sobrerreacción.
• Sentimientos de indefensión y desesperanza.
Señales Físicas:
• Dolores de cabeza, indigestión, presión en el pecho.
• Hipervigilancia, sobresaltos continuos.
• Mareos, temblores, sudor excesivo.
• Problemas de sueño, pesadillas, falta de apetito, diarrea.
• Fatiga, dolores musculares, hipertensión.
Señales conductuales:
• Conducta llorosa o violenta.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 20
• Conductas de evitación, apartarse de la familia y los amigos.
• Aumento del uso del alcohol, tabaco, comida o medicamentos.
• Aumento de realización de conductas de riesgo
• Cambios en los hábitos de trabajo.
Señales cognitivas:
• Problemas de memoria y concentración.
• Olvidos, problemas con la toma de decisiones.
• Confusión y desorientación.
• Trastornos en el pensamiento lógico
Grupos vulnerables:
1 Víctimas con alguna discapacidad que les impida expresar de manera verbal y clara, la
problemática que desean denunciar.
2 Víctimas que, debido a su condición de discapacidad mental, que no le permite expresarse
claramente y ejercer sus derechos por sí mismos.
3 Víctimas con alguna alteración o trastorno psicológico o mental que se les dificulte
desenvolverse y narrar los hechos delictivos sufridos.
4 Víctimas de origen extranjero o perteneciente a pueblos y comunidades indígenas que no
conozcan el idioma español y que eso sea un obstáculo para poder comunicarse.
5 Víctimas que no saben leer, ni escribir y que les sea más complicado comprender la
trascendencia jurídica del acto en el que están interviniendo.
Se remitirá inmediatamente con el personal especializado en atención a víctimas a fin de que le brinde la
atención necesaria, haga los enlaces correspondientes, para la debida protección de la persona y la
correspondiente toma de la denuncia.
En todos los casos se recabará la denuncia por parte del Agente del Ministerio Publico.
Anexo III– Fuentes de la Denuncia
Tenemos como fuente de la denuncia, las siguientes:
1. Denuncia Anónima
2. Dictamen médico
3. Nota periodística
4. Ofendido
5. Parte y croquis
6. Parte policial
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 21
7. Remisión de adolescentes
8. Remisión del tradicional
9. Representante legal
10. Tercero
11. Víctima
12. Vista de otra autoridad
La denuncia, deberá tener una entrada al sistema, por lo que en el sistema informático, se establecerá la
información que arroje la fuente, en el formato de acta de denuncia. Y esta no necesariamente deberá de
estar firmada por la fuente, solo por el operador, es decir el AMP.
Inmediatamente que se levante la denuncia, el AMP, estará obligado a realizar diligencias urgentes; lo
anterior, a fin de asegurar cualquier indicio o instrumento del delito, o actuar de forma inmediata para no
perder datos de prueba que puedan ser importantes para la investigación.
Anexo IV– Protocolo de Denuncia o Entrevista a la víctima
El formato de acta de denuncia cargado en el sistema, debe de contener información precisa, que a
continuación se describe:
Los datos generales del Denunciante (Policía, Tránsito, Médico, Socorrista, Maestro etc.), los datos con
los que no se cuente deberán de capturarse “Se desconoce”.
Si la víctima acude con intérprete o traductor o alguna persona que entienda su lenguaje, la denuncia se le
recabará al acompañante.
Es sumamente importante los medios de contacto con el denunciante, víctima u ofendido, es decir,
solicitarle información adicional, como por ejemplo: dos teléfonos, uno de casa o trabajo y el otro celular,
además de correo electrónico.
El AMP deberá establecer la calidad con la que acude el ciudadano a denunciar.
Denunciante: Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito perseguible de oficio,
puede ser también víctima.
Víctima: Es la persona que individual o colectivamente resintió directamente un daño físico, psicológico,
patrimonial, o el menoscabo sustancial de sus derechos fundamentales a consecuencia de conductas
consideradas como delitos en la legislación vigente.
Ofendido: La persona que resulta perjudicada en forma indirecta psicológica o patrimonialmente a
consecuencia de conductas consideradas como delitos en la legislación vigente.
En los delitos cuya consecuencia fuera la muerte de la víctima o en caso en que el ofendido directo no
pudiere ejercer directamente los derechos que este Código le otorga se considerará como ofendidos a los
familiares de aquel, en el siguiente orden de prelación.
a) Cónyuge
b) Concubina o concubinario
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 22
c) Parientes por consanguinidad en línea recta ascendente o descendente, sin limitación de grado
y en la colateral por consanguinidad hasta el segundo grado, inclusive.
d) Cualquier otro que establezca la ley civil.
Querellante: Victima u ofendido del delito, o representante mediante la cual manifiesta expresa o
tácitamente su deseo de que se ejerza la acción penal.
Inmediatamente después el AMP deberá de realizar una entrevista dirigida con el denunciante, víctima u
ofendido o querellante, en la que a preguntas expresas se le pedirá lo siguiente:
Información general del imputado.
a) Datos de identificación: En este apartado, el denunciante o querellante puede proporcionar
información que ayude en la individualización del imputado, como nombre, apodo, ocupación,
edad, entre otros.
b) Domicilio: En caso de que no se cuente con el domicilio, del imputado, es importante establecer
el lugar donde trabaja, donde se junta o donde se la ha visto.
c) En el relato de la denuncia, se deberán establecer las circunstancias de tiempo, lugar y modo.
d) Tiempo: establecer la fecha y la hora exacta de la comisión del delito
e) Lugar: establecer el lugar exacto en donde ocurrió el delito, además de poner que lugares había
alrededor, tienda, edificio, parque etc., además establecer si existen cámaras en el lugar.
f) Modo: la forma en cómo se consumó el delito, aquí deberán poner la mayor cantidad de datos
referente a la forma en cómo se cometió el delito, si utilizaron armas, establecer qué tipo de
armas, tamaño, color y características especiales, la forma en las iban vestidos el o los imputados,
si iban a bordo de un automóvil, establecer la marca, tipo, color, placas y características
especiales.
En este apartado también es importante señalar si el o los imputados pertenecen a alguna pandilla o grupo
criminal, además de establecer la vestimenta que usaron durante la comisión del delito.
Lineamientos para los textos para cada una de las denuncias presentadas ante los centros de
Orientación y Denuncia:
1. Se deberán asegurar de la identidad del denunciante o querellante.
2. Se deberán de asegurar o cotejar los documentos que anexan.
3. Deberán de respetar las reglas de ortografía y de semántica.
4. Se tiene que respetar la literalidad del dicho del ciudadano.
5. Un solo párrafo para desarrollar una idea y separar los párrafos con punto y aparte.
6. Las ideas deberán de ser ordenadas de forma lógica y secuencial.
7. Se deben de conectar cada uno de los párrafos, para no perder información.
8. Conectar los párrafos entre sí con el fin de apreciar las relaciones de orden, causa, efecto, tiempo,
entre dos o más ideas.
9. Leer el texto íntegro para ver si cumplimos con los requerimientos anteriores.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 23
El cumplimiento de los lineamientos es obligatorio en cada una de las redacciones de las denuncias que
recaben.
Anexo V– Media Filiación del Imputado
El AMP deberá de pedir la media filiación del imputado en todos los casos. Esto se hace dentro del
Sistema Informático.
El acta de media filiación deberá contener lo siguiente:
1. Tipo de color de piel: blanco, moreno, negro o albino
2. Tipo de ojos: cafés, cafés claros, azules, verdes o grises
3. Tipo de pestañas: cortas, largas, rizadas o lisas
4. Tipo de labios: gruesos, regulares, delgados, semigruesos, etc.
5. Tipo de pabellón auricular: grandes, medianos o pequeños
6. Tipo de boca: grande, mediana o pequeña
7. Tipo de barba: rasurado, sin rasurar, arreglada o pintada
8. Tipo de cabello: negro, castaño, castaño claro, rubio, cano o entrecano
9. Tipo de nariz: recta, cóncava, conexa, aplanada, ancha, afilada o desviada
10. Tipo de mentón: prominente, regular o retraído
11. Tipo de cejas: pobladas o escasas
12. Tipo de complexión: robusta, obesa, mediana o delgada
13. Tipo de bigote: recortado, rasurado, sin rasurar, crecido o pintado
Señas Particulares:
• Tipo: Tatuajes, cicatrices, lunares, aretes o una discapacidad
• Ubicación: cabeza, tronco, brazos o piernas, adelante, atrás, pecho, estomago, espalda,
cuello, cabeza, brazo derecho, brazo izquierdo, mano derecha, mano izquierda, pierna
derecha, pierna izquierda, pie derecho o pie izquierdo
• Descripción ser lo más específico posible, tamaño, forma, color, tipo de imagen, tipo de
letra, etc.
• La información de la media afiliación será en formato a parte de la denuncia.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 24
Anexo VI– Diligencias Transversales
En el Proceso del AMP, las siguientes diligencias podrán realizarse en cualquier momento son las
siguientes:
1. Perdón del ofendido
2. Incompetencia por materia (como al tradicional) por fuero (Ej., AMP Federal)
3. Notificación de autos.
4. Remisiones a la UI que corresponde
5. Orden de Inhumación
6. Diligencias urgentes, según sea el caso.
En el caso de las Diligencias transversales, el AMP deberá de llevar un registro y notificar a su Supervisor
la realización del mismo.
Ejemplo:
- Dictámenes médicos
- Oficios a Atención a Víctimas
- Liberación de indicios
- Oficios de investigación
- Entrevistas
Anexo VII– Diligencias Urgentes
De la denuncia recibida o recabada por el AMP, se deberá de analizar, la necesidad de diligencias
urgentes.
El AMP, deberá de detectar las diligencias urgentes que se deban de practicar a la víctima, ofendido o
Imputado del delito.
También deberá detectar aquellas diligencias que, por su naturaleza, requieran control judicial.
Las diligencias urgentes, en todo caso, serán, tendientes a:
1. Prestar auxilio a las víctimas
2. Cuidar que los rastros o huellas del delito tendientes a desaparecer sean conservados mediante los
procedimientos adecuados
3. Recabar los datos e indicios que sirvan para la identificación del imputado
4. Que los indicios sean preservados
5. Descubrir la verdad del hecho denunciado.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 25
Serán diligencias urgentes las siguientes:
1. Registro Biométrico.
Registro que se realiza a toda persona detenida y que proporciona datos personales
2. Orden de atención médica para la víctima e imputado.
Es un derecho de ambas partes, consagrado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, se debe
de enviar antes o después, de que se entreviste con el AMP.
Este acto de investigación urgente, le permiten al AMP, llevar a cabo las medidas de atención a la víctima
e imputado y garantizar los derechos fundamentales.
3. Oficio a Criminalística de Campo (Fijar)
Esta actuación, es considerada diligencia urgente ya que, según la naturaleza del delito, se deben de
asegurar evidencias o material probatorio, que ayudarán, tanto a la investigación, como a la
reproducción de los elementos de prueba que se ofrezcan en etapas procesales posteriores. La fijación
de indicios del delito, deberá de hacerla peritos expertos en la materia.
4. Liberación de indicios.
Será obligación de la autoridad devolver a la persona legitimada para poseerlos, los objetos y bienes
asegurados que no sean susceptibles de decomiso o que no estén sometidos a embargo en ese
procedimiento, inmediatamente después de realizadas las diligencias para las cuales se obtuvieron.
1. Solicitud de dictamen médico.
Esto es un acto urgente ya que le permitirá al AMP, determinar el seguimiento de la investigación, de
acuerdo a la clasificación legal de las lesiones que presente la víctima u ofendido.
2. Oficio de atención al Asesor Victimológico
Con esta actuación se garantiza el asesoramiento jurídico y atención inmediata, a la víctima del delito.
3. Oficio de Investigación.
El Ministerio Público Dirigirá la investigación que realice la Policía, pudiendo solicitarle datos en
específico que sean necesarios para la investigación
4. Entrevista
La entrevista es considerada diligencia urgente, ya que puede realizarse a la víctima, ofendido, imputado,
testigos u otros, que deberán proporcionar datos para descubrir la verdad de los hechos investigados.
En cuanto a la entrevista de testigos, terceros ajenos al hecho, víctima, ofendido y el imputado, es preciso
mencionar lo siguiente: Obligación de suministrar información. Toda persona o servidor público, está
obligado a proporcionar oportunamente la información que requiera el Ministerio Público en el ejercicio
de las funciones de investigación, de un hecho concreto y no podrá excusarse de suministrarla salvo los
casos expresamente previstos en la ley. En caso de ser citadas para ser entrevistadas por el ministerio
público o la policía ministerial tienen la obligación de comparecer.
5. Solicitud de dictamen psicológico a la víctima e imputado.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 26
En este caso, el AMP solicitará la práctica de un dictamen psicológico a fin de determinar el estado
mental de las partes, y tomar decisiones de corto alcance. En los casos de delitos sexuales y violencia
familiar, este dictamen será solamente solicitado por el AMPI.
6. Constancias
Tanto de llamadas telefónicas al Agente del Ministerio Público Investigador, como a los AMP, a
Defensores Públicos, Hospitales, Dependencias Oficiales y en su caso ante la negativa de alguna
entrevista o solicitud de información
7. Diversos oficios a los elementos de Periciales, en auxilio de labores de investigación.
Entre los diversos oficios que se consideran diligencias urgentes, puede ser los siguientes:
a. Oficio de Valuación
b. Oficio solicitando Pericial de Causas o causalidad en Accidentes Viales
c. Oficios solicitando pruebas de alcoholemia y toxicología
d. Entre otros.
Anexo VIII– Criterios de Imputado Conocido y Desconocido
- Se considera que tenemos a un imputado conocido cuando se tiene el:
Nombre completo + Domicilio completo
- Se considera que tenemos a un imputado parcialmente conocido cuando se tiene el:
Nombre parcial
Domicilio parcial (calle y colonia)
Apodo + Lugar de trabajo
Media filiación
Punto de reunión
Lugar donde se le puede localizar
En el caso de los Robos a casa habitación y cualquier otro delito que se tenga un imputado desconocido,
pero se obtengan datos o indicios que puedan ayudar en la búsqueda de datos para la identificación del
imputado.
El AMP deberá de:
a). Enviar oficio de investigación a la Policía, o:
b). Enviar oficio a Criminalística de Campo.
c). Decretar el archivo temporal por no individualizar al imputado y
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 27
d) Remitir a la Unidad de Imputado Desconocido (UID)
Se considera que se tienen datos o indicios, por ejemplo, si de las denuncias se desprende que existió
manipulación de objetos o cosas (para obtener huellas), si existen cámaras de video dentro del domicilio o
en el exterior dentro del radio de acción del delincuente, testigos que aporten descripción específica, etc.
Ante cualquier duda en la categorización del imputado, deberán comunicarse con el Coordinador de la
UID.
Anexo IX– Notificación a Defensor Público o Privado
Si la persona detenida, designa defensor particular, deberán de establecerse dentro del acta de entrevista.
En el caso de que la persona o personas detenidas no cuenten con abogado particular, se deberá realizar lo
siguiente:
EL AMP una vez que reciba un parte policíaco o parte croquis con persona detenida, una vez que le dé
lectura a sus derechos, inmediatamente deberá de notificarle a la Defensoría Pública, que la persona se
encuentra detenida a su disposición, la notificación deberá de ser mediante la opción “solicitud de oficio”
del Sistema Informático y deberá de informarle de la siguiente información.
1. Nombre completo, domicilio y edad de la persona detenida
2.Fecha y hora de detención.
3. Lugar en el que se encuentra detenido.
4. Teléfono del detenido
5.Nombre y Teléfono del familiar del detenido
Esta deberá de ser explicada en la solicitud, del que se dejará copia de recepción o lectura.
La solicitud de oficio notificada por medio del Sistema Informático, deberá de ser impreso y adjunto a la
carpeta de detenido.
Se le sugiere al AMP la lectura y comprensión del capítulo VI Defensor, del Código Nacional de
Procedimientos Penales.
Anexo X– Libertad por AMP
EL AMP podría otorgar la libertad de una persona, en el momento que marca el diagrama de flujo.
Los criterios que se adoptan para que el AMP otorgue la libertad de un detenido son los siguientes.
1. Objetivo: Este criterio está relacionado con el delito por el cual se le detuvo, por lo que se pide
consultar al AMP el catálogo de delitos de libertad en Unidad de Análisis y Decisión Temprana”.
2. Subjetivo. El AMP debe de tomar en cuenta los siguientes aspectos:
Datos personales del detenido, lo anterior con la finalidad, de que la persona detenida, pueda
asegurarnos su comparecencia posterior en el proceso. Esto es, la información que suministre el
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 28
Detenido deberá de estar relacionada con su identidad real, con su domicilio particular, y alterno para
su localización, con su domicilio labora, y con mínimo dos números de teléfono en los que pueda ser
localizado. Además, el AMP evaluará el riesgo procesal. Ver el formato de datos del detenido.
Toda libertad de los detenidos, deberá realizarse bajo los dos criterios establecidos anteriormente y previo
visto bueno de los supervisores de la Unidad de Atención Temprana correspondiente.
Anexo XI– Mecánica de comunicación telefónica a la Unidad de
Investigación
El AMP deberá de comunicar telefónicamente a la unidad de investigación que corresponda, la recepción
de la denuncia o detenido en los siguientes casos:
1.-Delitos contemplados dentro del catálogo de remisión inmediata a la Unidad de investigación,
2. Denuncias o detenidos, en los que los medios de comunicación tengan interés o injerencia.
3. En el caso de un Hit con la ficha de identificación Biométrica.
4. Cuando el asunto requiera intervención inmediata de la Unidad de Investigación.
1. Tratándose de delitos sexuales y la ejecución de los mismos está dentro de las anteriores 24 horas.
2. Cuando el detenido pueda coincidir con un patrón delictivo de la Unidad de Imputado
Desconocido.
La forma de comunicación deberá de realizarse, vía telefónica, precedida de solicitud de “ficha de
canalización” contemplada en el Sistema Informático, en el que se contendrán los siguientes datos:
1. Número de carpeta.
2. Forma de entrada y fuente de entrada. Ejemplo Denuncia, fuente parte policíaco, o víctima
representante legal.
3. Nombre víctima, imputado.
4. Posible delito
5. En su caso, datos del parte croquis o parte policial.
6. En su caso, hora de la detención y hora de los hechos.
7. Algún dato adicional que el AMP considere importante.
8. En su caso, el posible examen a practicar a la parte
Esta notificación telefónica, deberá de ser explicada en la ficha de canalización, del que se dejará copia de
recepción o lectura.
La ficha de canalización que contenga el formato de comunicación a AMPI, deberá de ser impreso y
resguardado en archivo.
MANUAL DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS Y DECISIÓN TEMPRANA 29