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CNEL - CORPORACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD

GERENCIA TÉCNICA

2011 - AGOSTO

2011MANUAL DE FISCALIZACIÓN / MN-CNEL-CORP-GT-01

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MANUAL DE FISCALIZACIÓNCNEL - CORPORACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD

1. OBJETIVOS............................................................................................................................... 5

1.1. OBJETIVO GENERAL.................................................................................................................. 5

1.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS........................................................................................................... 5

2. ALCANCE.................................................................................................................................. 5

3. RECOMENDACIÓN INICIAL........................................................................................................ 5

4. DEFINICIONES.......................................................................................................................... 6

5. CONCEPTUALIZACIÓN.............................................................................................................. 7

6. METODOLOGIA CONCEPTUAL – SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS........................................9

6.1. INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS...............................................................................................9

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6.1.1. OBJETIVOS DEL ESQUEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS....................................................................9

6.1.2. CARACTERISTICAS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS.........................................................10

6.1.3. BENEFICIOS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS...................................................................10

6.1.4. PREMISAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS.......................................................11

6.1.5. ANÁLISIS METODOLÓGICO DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS............................................12

6.1.6. CONTROL DE CALIDAD...................................................................................................................14

6.1.7. ESTRUCTURA PARA EL CONTROL TÉCNICO – ADMINISTRATIVO DE LA INSPECCIÓN DE OBRA......15

6.2. FISCALIZACIÓN - CARACTERISTICAS PRINCIPALES....................................................................18

6.2.1. LA FUNCIÓN SEGÚN LOS REGLAMENTOS......................................................................................18

6.2.2. ESQUEMA ORGANIZACIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN DE CONTRATOS.......................................19

6.2.3. DEBERES Y FACULTADES DE LA FISCALIZACIÓN.............................................................................19

6.2.3.1. DEBERES DE LA “INSPECCIÓN DE OBRA”.......................................................................................20

6.2.3.2. ATRIBUCIONES DE LA FISCALIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.............................26

6.2.4. PROHIBICIONES.............................................................................................................................28

6.2.5. RESPONSABILIDADES DE LA FISCALIZACIÓN..................................................................................28

6.2.6. MISIÓN Y PERFIL DEL INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS..................................................................29

7. PLANIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DE ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS.........31

7.1. DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO...................................................................31

7.1.1. CARPETAS DE ANTECEDENTES.......................................................................................................31

7.1.1.1. CARPETA ADMINISTRATIVA...........................................................................................................31

7.1.1.2. CARPETA TÉCNICA.........................................................................................................................32

7.2. COMUNICACIONES................................................................................................................. 33

7.2.1. CON EL CONTRATISTA Y AFINES....................................................................................................33

7.2.1.1. OFICIOS..........................................................................................................................................34

7.2.1.2. LIBRO DE INSPECCIÓN (L.I.)...........................................................................................................34

7.2.1.3. LIBRO DE OBRAS (L.O.)..................................................................................................................35

7.2.2. CON OTROS PROFESIONALES Y FUNCIONARIOS............................................................................36

7.2.2.1. LIBRO DE VISITA (L.V.)...................................................................................................................36

7.2.2.2. CARTILLAS DE CONTROL DE CALIDAD (C.C.)..................................................................................37

7.2.3. CON LAS INSTANCIAS SUPERIORES DE FISCALIZACIÓN..................................................................37

7.2.3.1. MEMORANDO...............................................................................................................................37

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7.2.3.2. INFORME DE AVANCE (I.A.)...........................................................................................................38

7.3. HERRAMIENTAS DE PLANIFICACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS...................39

7.3.1. CUADRO DE CONTROL DE FECHAS Y PLAZOS................................................................................40

7.3.2. CRONOGRAMA DE PLAZOS CONTRACTUALES...............................................................................40

7.3.3. PROGRAMA DE TRABAJO DE OBRA (CARTA GANTT).....................................................................41

7.3.4. PROGRAMACIÓN FINANCIERA.......................................................................................................42

7.3.5. LISTA DE MATERIALES, MARCAS Y TIPO.........................................................................................42

7.3.6. PLAN DE ENSAYOS DE LABORATORIO............................................................................................43

7.3.7. CALENDARIO DE VISITAS Y REUNIONES EN OBRA..........................................................................43

7.3.8. CUADRO RESUMEN CONTROLES (CR)............................................................................................44

7.3.9. LISTA DE EQUIPOS Y MAQUINARIAS / SUBCONTRATOS................................................................46

7.4. GESTIÓN PARA EL CONTROL ADMINISTRATIVO DE LOS CONTRATOS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA.............................................................................................................. 46

7.4.1. HERRAMIENTAS PARA EL CONTROL FÍSICO Y ECONÓMICO DE LAS OBRAS...................................46

7.4.1.1. PROGRAMA DE TRABAJO DE LA OBRA (CARTA GANTT).................................................................47

7.4.1.2. PROGRAMA Y CUADRO RESUMEN DE ESTADOS DE PAGO............................................................47

7.4.1.3. CONTROL DE AVANCE POR PARTIDA.............................................................................................48

7.4.1.4. CUADRO Y CURVAS DE AVANCE PROGRAMADO Y REAL...............................................................48

7.4.2. PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN O REGLAMENTARIOS....................................................49

7.4.2.1. ENTREGA DE TERRENO AL CONTRATISTA Y/O PERMISOS SEGÚN EL CASO DE CADA OBRA (INICIO DE OBRA). 50

7.4.2.2. APORTES DE MATERIALES Y ELEMENTOS POR CNEL.....................................................................54

7.4.2.3. ESTADOS DE PAGO (E. de P.).........................................................................................................54

7.4.2.4. COBROS EXTRAORDINARIOS DEL CONTRATISTA. JURÍDICO..........................................................61

7.4.2.5. RECEPCIÓN DE OBRAS...................................................................................................................61

7.4.2.6. CALIFICACIÓN DEL CONTRATISTA..................................................................................................66

8. METODOLOGÍA PARA EL CONTROL TÉCNICO DE LA OBRA.......................................................71

8.1. GENERALIDADES.................................................................................................................... 71

8.2. ESQUEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD.....................................................................73

8.2.1. HERRAMIENTAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL AUTOCONTROL FISCALIZADO..............................73

8.2.1.1. PROCEDIMIENTO PARA RECEPCIÓN DE PARTIDAS........................................................................73

8.2.1.2. CRITERIOS PARA LA GENERACIÓN Y ELABORACIÓN DE LAS CARTILLAS DE CONTROL...................78

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8.2.1.3. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE OBRAS TERMINADAS..................................................80

8.2.2. CONTROL DE ENSAYOS DE LABORATORIO.....................................................................................81

8.2.3. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE ENSAYOS DE MATERIALES..............................................................82

8.3. CONTROL DE LOS ENSAYOS DE LABORATORIO........................................................................83

8.3.1. PROGRAMA DE ENSAYOS DE LABORATORIO.................................................................................84

8.3.2. ENSAYOS DE LABORATORIO..........................................................................................................84

8.3.3. CUADRO CONTROL DE RESULTADOS DE ENSAYOS DE LABORATORIO...........................................85

9. APLICACIÓN PRÁCTICA DE LAS HERRAMIENTAS PARA CONTROL DE CONTRATOS....................86

9.1. GENERALIDADES.................................................................................................................... 86

10. METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN PARA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES...........96

10.1. GENERALIDADES.................................................................................................................... 96

10.2. APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN:...............................................................97

ANEXOS............................................................................................................................................ 109

ANEXO 1: MÉTODO DE MUESTREO...................................................................................................110

ANEXO 2: LEYES CONEXAS................................................................................................................ 114

ANEXO 3: FORMATOS....................................................................................................................... 119

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1. OBJETIVOS

1.1.OBJETIVO GENERAL

Brindar una guía sistematizada para las actividades precontractuales y contractuales en lo concerniente a la inspección de obras en instalaciones de Líneas de Alto Voltaje y Subestaciones así como el monitoreo y control en la ejecución de las obras.

1.2.OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Establecer los lineamientos generales para los contratistas en el diseño, ejecución y culminación de las obras.

Establecer el mecanismo de seguimiento y control para la ejecución de las obras.

Establecer los formatos respectivos para las diversas instancias de la planificación, ejecución, monitoreo y control y las acciones para prevención y corrección.

Delimitación de las responsabilidades de los diferentes actores involucrados en el proceso de construcción de obras.

2. ALCANCE

El presente manual de fiscalización ha sido formulado para la regulación de las actividades de inspección de obras en instalaciones de Líneas de Alto Voltaje, Subestaciones y cualquier obra de CNEL, en todas las empresas regionales que constituyen CNEL - Corporación Nacional de Electricidad.

3. RECOMENDACIÓN INICIAL

El presente Manual debe ser considerado como un instrumento ordenador y facilitador de la gestión de la Inspección Técnica de Obra, se basa en la presentación de procedimientos y sus respectivas herramientas de apoyo para el control. Este manual, conforme al objetivo general, no abarca todas las variantes existentes, pues cada obra contempla

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variables particulares; es decir, en cada caso se debe tomar las acciones necesarias para realizar la fiscalización adecuada y respectiva creando la documentación pertinente que permitan realizar una fiscalización adecuada.

4. DEFINICIONES1

REQUISITO: Necesidad o expectativa establecida, generalmente implícita u obligatoria.

ESPECIFICACIÓN: Documento que establece los requisitos con los cuales un producto o servicio debe estar conforme. Una especificación debería incluir dibujos, modelos u otros documentos apropiados y también indicar los medios y los criterios con los cuales se puede verificar la conformidad.

INSPECCIÓN: Evaluación de la conformidad por medio de observación y dictamen, acompañada cuando sea apropiado por medición, determinación de una o más características de acuerdo con un procedimiento o comparación con patrones (métricas / calibres).

CONFIABILIDAD: Aptitud de un elemento para realizar una función requerida en las condiciones establecidas, durante un período establecido. El término confiabilidad se utiliza también como indicador que señala la probabilidad de éxito o porcentaje de éxito.

CALIDAD: Grado en el que un conjunto de características inherentes cumple con los requisitos. Dicho de otra manera es el conjunto de propiedades y características de un producto o servicio, que le confieren la aptitud para satisfacer necesidades expresas o implícitas.

CONTROL DE CALIDAD: Las técnicas y actividades operacionales destinadas a mantener bajo control un proceso y eliminar las causas que generan comportamientos insatisfactorios en etapas importantes del ciclo de la calidad (espiral de la calidad) para conseguir mejores resultados económicos.

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD: Todas aquellas acciones planificadas y sistemáticas necesarias para proporcionar la confianza adecuada de que un producto o servicio satisface los requisitos de calidad establecidos.

CICLO DE LA CALIDAD (ESPIRAL DE LA CALIDAD): Modelo conceptual de las actividades interdependientes que influyen en la calidad de un producto o servicio en las distintas fases que van desde la identificación de las necesidades hasta la evaluación de que estas

1 DEFINICIONES ACOGIDAS Y/O MODIFICADAS CONFORME A LA NORMA ISO 9000:2005 “Sistemas de Gestión de la calidad - Fundamentos y Vocabulario”.

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necesidades hayan sido satisfechas. Por ejemplo: Calidad atribuible al diseño, Calidad atribuible a la ejecución.

SUPERVISIÓN DE CALIDAD: El control y verificación permanente del estado de los procedimientos, métodos, condiciones, procesos, productos y servicios y análisis de registros por comparación con referencias establecidas para asegurar que se cumplan los requisitos de calidad especificados.

No-CONFORMIDAD: El incumplimiento de requisitos especificados.

5. CONCEPTUALIZACIÓN

INSPECCIÓN DE OBRAS: Es el ejercicio o servicio profesional orientado a garantizar la mejor realización de la obra como objetivo fundamental, atendiendo a los objetivos generales derivados del interés colectivo y objetivos específicos de los variados intereses que intervienen en el proceso total de la obra.

Objetivos:

Prevenir las dificultades en la ejecución de la obra, logrando la finalización de la misma con los parámetros de calidad acorde con las normas aplicables, y el diseño original.

Estudiar cada obra objeto de la fiscalización y adaptar las herramientas de ayuda administrativas de control al caso particular, realizando los registros diarios y evaluación correspondiente.

Comprometer al contratista, en los antecedentes de la planificación y control, dado que es el responsable de la ejecución de la obra y beneficiario de la gestión de planificación.

Subsanar a través del control y la planificación todas las fallas repetitivas que en la construcción se presentaran, derivadas de la mala planificación o prácticas de la construcción.

CONTRATOS: Acto o convenio, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas2.

Para el caso de CNEL – Corporación Nacional de Electricidad, en los contratos de construcción se reconocen 2 partes esenciales: el mandante CNEL que establece las condiciones y requisitos que han de gobernar el cumplimiento de

2 REAL ACADEMIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA, Vigésima segunda edición.

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un contrato contra la cancelación de una compensación económica, y el proveedor (contratista) que suministra bienes y servicios de conformidad a lo pactado y a satisfacción del mandante.

Factores preponderantes del Contrato:

El objeto del contrato debe quedar perfectamente definido, dado que sólo así el mandante explicita claramente lo que adquiere y/o compra al proveedor y éste sabe exactamente lo que debe suministrar a cambio de una compensación justa y equitativa. Los problemas de una falta o de la poca definición podrían acarrear atentados a la falta de equidad en la compensación para alguna de las partes.

El conocimiento que el mandante tiene respecto a los atributos, competencia y moral que posee el proveedor para llevar a cabo el contrato conforme a lo que se espera de él (confianza) es un factor imprescindible al momento de realizar un contrato. Viceversa, el proveedor debe poseer el conocimiento, respecto a que el mandante tiene claramente definido el objeto del contrato y que corresponde a sus necesidades.

En un contrato el grado de confianza del mandante es directamente proporcional a la cantidad y calidad de los conocimientos que éste tiene del proveedor. En la medida que este conocimiento es menguado, incompleto o difícil de evaluar con certeza, lo suple o sustituye estableciendo más o menos controles durante su desarrollo, que le permitan proteger sus intereses y alcanzar un nivel de satisfacción aceptable.

En todo contrato se reconoce un compromiso, cuyo cumplimiento depende de la responsabilidad personal o empresarial con que se toma y que se traduce en la forma como cada parte asume las consecuencias de sus propios actos.

El contrato debe establecer y asegurar todas las condiciones que hagan posible cumplir adecuadamente el compromiso y definir las responsabilidades y las sanciones cuando algunos actos lo contravienen. El compromiso se debilita cuando la responsabilidad es confusa, se diluye o se comparte, en desmedro del resultado.

Para que la responsabilidad se mantenga correctamente en el Contratista, los controles que establezca el mandante deben ser tales que no afecten su naturaleza y localización.

La cadena de conceptos contrato definido - reglamentación clara - compromiso fuerte - responsabilidad localizada - compensación equitativa - satisfacción mutua, permiten identificar en función de qué valores y elementos contractuales se debe definir un Sistema de Inspección, para que éste cumpla con los objetivos deseados.

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6. METODOLOGÍA CONCEPTUAL – SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

6.1.INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRAS

Se debe tener en cuenta en primera instancia que la función genérica del FISCALIZADOR es hacer cumplir cabalmente un contrato de construcción por parte del contratista. Para ello está investido de la necesaria autoridad y atribuciones que le permite controlar las diferentes actividades que éste realiza, con el propósito de verificar que los resultados se ajustan a las condiciones y requisitos definidos en el contrato.Es posible reconocer dos grandes grupos de exigencias sujetas a control durante el desarrollo de los trabajos y que se derivan de:

Condiciones administrativas relacionadas con los aspectos financieros, plazos y normativas legales, que se producen como una consecuencia de la materialización del proyecto y que en definitiva tienen un carácter circunstancial, puesto que pierden importancia una vez terminado el contrato.

Condiciones técnicas referidas directamente al proyecto y su ejecución, objeto principal y directo del contrato y cuyos resultados tienen validez permanente respecto a su utilidad y destino.

El cumplimiento de las condiciones estipuladas en el contrato se basa en la forma de como las partes asumen el compromiso de llevarlo a cabo.

Con el propósito de establecer un determinado contenido conceptual al sistema de inspección, es necesario explorar la naturaleza de algunos factores que juegan en el referido documento que los origina.

6.1.1. OBJETIVOS DEL ESQUEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

Para establecer la metodología del control técnico y administrativo de los contratos de construcción de CNEL, se ha tenido en cuenta dos objetivos de primer orden que se refiere a:

Mejorar la calidad de las obras

En estricto rigor su satisfacción corresponde al ámbito del proveedor o contratista como ejecutor de todos los procesos de construcción. Los procedimientos de control que aplique la FISCALIZACIÓN estarán dirigidos a que así se cumpla.

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Hacer más eficientes los recursos que el CNEL asigna a las actividades de Inspección de las Obras.

6.1.2. CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

La metodología esbozada para el control y fiscalización de obras de construcción tiene las siguientes características que es de interés destacar, en función de los objetivos que se persiguen y las acciones propuestas para alcanzarlos.

ES UN SISTEMA PLANIFICADO

Sobre la base de disponer de las actividades de control en forma sistematizada y programada con el fin de proporcionar la confianza necesaria de que los resultados finales van a satisfacer los requisitos establecidos en el proyecto.

ES UN SISTEMA PREESTABLECIDO

Sobre la base de herramientas de control que se mencionará más adelante, destinadas a verificar el grado de cumplimiento de los procesos parciales de ejecución y eliminar las causas que generan situaciones insatisfactorias en etapas importantes del desarrollo, afectando el ciclo de calidad (prevención).

ES UN SISTEMA DOCUMENTADO

Basándose en procedimientos escritos para la inspección del autocontrol que efectúa el contratista y ensayos que deben ser verificados en forma selectiva y aprobada por FISCALIZACIÓN, conformando un registro de calidad.

6.1.3. BENEFICIOS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

El sistema de inspección ofrece adicional y consecuentemente a las premisas planteadas, una serie de ventajas que se refieren a la responsabilidad de las partes, al carácter preventivo del esquema de control y a la contribución formativa de los recursos humanos del sector.

La información que recoge el sistema constituye la documentación de respaldo para la FISCALIZACIÓN respecto a que las diferentes actividades efectuadas

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durante la ejecución de la obra se han ajustado lo mejor posible a las definiciones del proyecto, las normas y técnicas de construcción.

Mantiene perfectamente localizada e identificada la responsabilidad que le corresponde a cada participante en el proceso, aspecto fundamental en un esquema de aseguramiento de la calidad.

Permite tomar en cada momento de su desarrollo, las medidas de corrección preventivas cuando se producen situaciones subestándar o diferentes a las establecidas en el proyecto.

Establece una herramienta de gestión, vale decir, una metodología de trabajo interna para el Contratista, responsable de la materialización de la obra, a través de un sistema de autocontrol, que de todos modos debiera tener y cuya implementación a la postre debe arrojar resultados económicos favorables para él.

Contribuye indirectamente y en todos los niveles a la capacitación del trabajador de la construcción. En efecto, los procedimientos asociados a las Cartillas de Control son una guía y lista de verificación de todas las actividades de un proceso, que obliga a realizarlas conscientemente en forma correcta (fijación de estándares), transformándose éstas rápidamente en una práctica de trabajo habitual para todos los que participan. Significa llevar un sencillo pero eficaz curso programado de construcción a los niveles de ejecución de la obra.

6.1.4. PREMISAS BÁSICAS DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

La definición de la metodología de la Inspección de Obras que debe aplicar la FISCALIZACIÓN tiene en cuenta, al menos, las siguientes premisas principales:

Plantear un modelo de inspección lo más acorde posible con la realidad actual en cuanto a la cantidad de recursos humanos disponibles y a los volúmenes de obra que contrata la CNEL.

Concebir un sistema de inspección inserto en un esquema de control de calidad que integra el proceso completo de "producción”.

Introducir una limitación a las funciones de la FISCALIZACIÓN en cuanto a desligarla de las actividades que no le son propias (por ejemplo proyecto) centrando su accionar en hacer cumplir un contrato, adecuadamente definido en sus condiciones de ejecución, obligaciones y responsabilidades.

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Proponer una modalidad de inspección selectiva, preventiva y planificada que se ajusta a las políticas de recursos humanos enunciados y a un esquema de trabajo más tecnificado.

Definir las responsabilidades de la FISCALIZACIÓN y del contratista reforzando las de este último como ejecutor material de las obras.

Plantear procedimientos de control técnico que incorporen el concepto de aseguramiento de la calidad en cada etapa del desarrollo de las obras. Esto corresponde a introducir básicamente actividades de autocontrol por parte del contratista, como una herramienta de gestión destinada a mejorar la calidad de los resultados, dotar a la FISCALIZACIÓN con herramientas de planificación, control administrativo y técnico, basado en herramientas computacionales, formularios, fichas y prototipos, para simplificar y hacer más eficiente su labor, a la vez que permitir unificar criterios de fiscalización comunes.

6.1.5. ANÁLISIS METODOLÓGICO DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DE OBRAS

La convergencia de los diferentes elementos de análisis enunciados en acápites precedentes facilita el planteamiento de una metodología para el ejercicio del control técnico y administrativo de la FISCALIZACIÓN. Esto se puede observar gráficamente en la esquematización de la Fig.6.1. basada en un enfoque sistémico.

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CONDICIONES ADMINISTRATIVAS(MEDIOS)

CONDICIONES DEL PROYECTO

CONTRATISTA

INSPECCIÓN TÉCNICA

OTROS SERVICIOS

HERRAMIENTAS DE CONTROLADMINISTRATIVO

HERRAMIENTAS CONTROL TÉCNICO CALIDAD

¿QUÉ ES NECESARIO CONTROLAR?

¿QUIÉN Y CÓMO SE CONTROLA?

CON QUÉ Y CUÁNDO SE CONTROLA?

FINANCIERAS

COSTOS

ASPECTOS LEGALES

AUTOCONTROL Y GESTIÓN CONTRACTUAL

LABORAT. DE ENSAYOS

CANTIDAD DE OBRA

CALIDAD DE EJECUCIÓN

PARA MATERIALES

CONTROL, GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN INSPECCIÓN SELECTIVA AUTOCONTROL

SANITARIOS

MUNICIPALES

MEDIO AMBIENTE

PLANES

PROGRAMAS

PROTOTIPOS

CUADROS

FORMULARIOS

¿QUÉ?¿QUIÉN?¿CÓMO?

¿CUÁNDO?

METODOLOGÍA EN BASE A PLANIFICACIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE CONTROL DE LA FISCALIZACIÓN Y DE AUTOCONTROL DE CONTRATISTA

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Fig.6.1. ESQUEMA DE ANÁLISIS SISTÉMICO

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Cabe mencionar que la metodología propuesta incorpora el concepto de autocontrol por parte del contratista, como procedimiento para el aseguramiento de la calidad de las obras en el origen, donde se producen los procesos y donde se radica la responsabilidad de su ejecución. El sistema de autocontrol le es impuesto como una actividad contractual a través del contrato y es supervisado por la FISCALIZACIÓN para verificarlo.

6.1.6. CONTROL DE CALIDAD

Se reconocen básicamente tres sistemas de control de calidad aplicables a las obras, estos son:

Control de Calidad realizado por el MandanteEste esquema consiste en que el mandante CNEL asume la responsabilidad por el control de calidad de todas las actividades y materiales que son elaborados y/o aplicados en una obra de construcción, de cualquier tipo,

Control de Calidad efectuado por el contratistaEn este caso el control de calidad de los productos elaborados en la obra y los materiales queda entregado totalmente al contratista, quién debe asegurar el cumplimiento de las especificaciones del proyecto (autocontrol).

Control MixtoEste sistema combina los dos anteriores en el sentido de responsabilizar al contratista directamente por el control (autocontrol) de calidad de la obra y a la FISCALIZACIÓN de verificar que este control se efectúa eficientemente.

De los tres sistemas descritos el que mejor se ajusta hoy en día a las políticas del CNEL, en términos de recursos y escala de trabajo, es el sistema mixto.

Sujeto a estos tipos de controles de la calidad pueden ser ejecutados tanto para las actividades de terreno así como para los materiales a ser utilizados.

Para las Actividades de Terreno: El autocontrol de los diferentes procesos en que es posible dividir las obras de construcción está basado en cartillas de control que subdividen cada uno de estos procesos en actividades, de modo de cubrir ampliamente el cumplimiento de los requisitos de calidad establecidos en las bases, en cada fase de su desarrollo y en forma preventiva. En este esquema la FISCALIZACIÓN se responsabiliza de verificar, mediante un muestreo selectivo, la adecuada implementación y funcionamiento del sistema de autocontrol,

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utilizando a su vez las mismas cartillas que empleó el contratista, Es por consiguiente un sistema mixto de inspección.

Para los Materiales (insumos):

A su vez, la demostración de calidad de los materiales que se utilizan en la obra, es solicitada por el contratista (o FISCALIZACIÓN en caso de duda) a los Laboratorios de Ensayo, para con la certificación correspondiente y verificar su aplicabilidad conforme a especificaciones.

6.1.7. ESTRUCTURA PARA EL CONTROL TÉCNICO – ADMINISTRATIVO DE LA INSPECCIÓN DE OBRA

La estructura para el control técnico – administrativo de la inspección de obra se lo puede ver ilustrado en la Fig.6.2., de manera esquematizada. Sin embargo esta puede ser categorizada dentro en una estructura general de:

Elementos de Planificación Elementos para el Control Administrativo Elementos para el Control Técnico

ELEMENTOS DE PLANIFICACIÓN

Consiste en formular una colección de herramientas necesarias para ordenar y disponer en el tiempo los elementos y acciones que constituyen la ejecución de las obras y su inspección, de modo que tanto el contratista como la FISCALIZACIÓN establezcan claramente su desarrollo en cuanto a plazos, programas, materiales, modalidad de control de calidad, etc. Tienen además la finalidad de complementar y precisar aquellos aspectos no contemplados en el contrato al momento de su adjudicación. Las herramientas generales de planificación son:

P1 = CUADRO CONTROL DE FECHAS Y PLAZOS. P2 = CRONOGRAMA DE PLAZOS CONTRACTUALES. P3 = PROGRAMA DE OBRA (CONTRATISTA). P4 = PROGRAMACIÓN FINANCIERA (CONTRATISTA). P5 = LISTA DE MATERIALES, MARCAS Y TIPOS. P6 = PLAN DE ENSAYOS DE LABORATORIO. P7 = CALENDARIO DE VISITAS A TERRENO. P8 = PROGRAMA DE CONTROL DE CALIDAD. P9 = LISTA DE EQUIPOS Y MAQUINARIAS/SUBCONTRATOS

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ELEMENTOSDE PLANIFICACIÓN

ELEMENTOS PARA CONTROL ADMINISTRATIVO DURANTE LA CONSTRUCCIÓN

ELEMENTOS PARACONTROL TÉCNICO

HERRAMIENTAS GENERALESHERRAMIENTAS DE MEDICIÓN Y

CONTROLPROCEDIMIENTOS REGLAMENTARIOS

HERRAMIENTAS PARA CONTROL DE PRODUCTOS

ELABORADOS EN OBRA

HERRAMIENTAS PARA CONTROL DE MATERIALES

P1= Cuadro control fechas y plazosM1= Programa de trabajo FISCALIZACIÓN

a) Entrega anticipo a ContratistaP8= Programa de control de calidad

P5= Lista de materiales

P2= Cronogramas de plazos contractuales

M2= Programa y cuadro resumen de estados de pago. (Contratista)

b) Aporte de materiales y elementos por CNEL

CC= Cartillas de control de partidas

P6= Plan de ensayos de laboratorios

P3= Programa de trabajo (Contratista)M3= Cuadro de avance por partidas

c) Formulación Estados de PagoCR= Cuadro resumen de controles

E1= Cuadro control de resultados de ensayos

P4= Programación FinancieraM4= Cuadros de avance programado y real

d) Cobros extraordinariosF= Cartilla de control recepción final.

P5= Lista de materiales, marcas y tipos

M5= Curvas de avance programado y real

e) Recepción de obra.

P6= Plan de ensayos de Laboratorios f) Calificación del contratista

P7= Calendario de visitas a terreno.

P8= Programa de Control de CalidadP9= Lista de equipos y maquinarias/Subcontratos

Fig.6.2. ESTRUCTURA PARA EL CONTROL TÉCNICO- ADMINISTRATIVO DE LA INSPECCIÓN DE LA OBRA

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ELEMENTOS PARA EL CONTROL ADMINISTRATIVO

Corresponde a la implementación de herramientas para la medición físico-financiera de la obra referida a avance, cumplimiento de plazos y control financiero, como también los que se refieren a los procedimientos reglamentarios. Las herramientas de medición y control son:

M1 = PROGRAMA DE TRABAJO (FISCALIZACIÓN) M2 = PROGRAMA Y CUADRO RESUMEN ESTADOS DE PAGO M3 = CUADRO DE AVANCE POR PARTIDAS M4 = CUADRO DE AVANCE PROGRAMADO Y REAL M5 = CURVAS DE AVANCE PROGRAMADO Y REAL (GRAFICO)

Y aquellos procedimientos de administración o reglamentarios son:

ENTREGA DE TERRENO A CONTRATISTA APORTE DE MATERIALES Y ELEMENTOS POR CNEL FORMULACIÓN ESTADOS DE PAGO COBROS EXTRAORDINARIOS RECEPCIÓN DE OBRA CALIFICACIÓN CONTRATISTA

ELEMENTOS PARA EL CONTROL TÉCNICO

Plantea procedimientos y herramientas para la verificación de la calidad de las obras sobre la base de un esquema aplicado tanto a las actividades de terreno como a los materiales. Para ello postula un sistema de autocontrol impuesto al contratista y una inspección selectiva practicada por la FISCALIZACIÓN. La verificación de calidad de los materiales, cuando corresponde, queda demostrada por los ensayos de laboratorio.

Las herramientas para el control de productos (actividades de terreno) elaborados en obra son:

P8 = PROGRAMA DE CONTROL DE CALIDAD (PLANIFICACIÓN). CC = CARTILLAS DE CONTROL POR PARTIDAS CR = CUADRO RESUMEN CONTROLES F = CARTILLAS PRE RECEPCIÓN Y RECEPCIÓN COMISIÓN

(PILOTO Y FINAL)

Y aquellas herramientas para el control de materiales (insumos) son:

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P5 = LISTA DE MATERIALES, MARCAS Y TIPOS (PLANIFICACIÓN). P6 = PLAN DE ENSAYOS DE LABORATORIOS (PLANIFICACIÓN). E1 = CUADRO CONTROL RESULTADOS DE ENSAYOS.

6.2.FISCALIZACIÓN - CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES

6.2.1. LA FUNCIÓN SEGÚN LOS REGLAMENTOS

En la actualidad la función de la FISCALIZACIÓN está definida por las disposiciones emanadas por la Contraloría General del Estado:

Según “NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA LAS ENTIDADES, ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DE LAS PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO QUE DISPONGAN DE RECURSOS PÚBLICOS” Acuerdo 039 - CG - 2009 la FISCALIZACIÓN es:

“un sistema para asegurar la correcta ejecución de la obra, mediante el control de la calidad, el avance físico y el avance financiero de la obra”

La CNEL asigna a la FISCALIZACIÓN una función de supervisor del Sistema de Inspección Técnica de Obras a través de este Manual que incorpora el acuerdo 039- CG -2009.

En cuanto a la función genérica que describe un sistema para asegurar la correcta ejecución de la obra esta se traduce en: disponer de facultades para cautelar, como un deber y compromiso ineludible, los intereses de CNEL (del Estado). En la forma que se establece, lo anterior significa que la definición de la función de la FISCALIZACIÓN se basa en describir las principales tareas y deberes que involucran el cargo, con sus respectivas atribuciones y responsabilidades para desempeñarlas adecuadamente, con el propósito de alcanzar determinados objetivos en el control de obras.

Examinados desde este punto de vista los correspondientes artículos de Acuerdo 039 - CG - 2009, definen la función del FISCALIZADOR, como el interlocutor válido frente al Contratista en representación del CNEL designado para ese efecto. Para ello le asigna y estipula deberes y atribuciones inherentes al cargo y con una herramienta de comunicación propia para relacionarse con el contratista, el Libro de Inspección.

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El Acuerdo 039 - CG – 2009, art. 418.16 deja a discreción de la “entidad dueña del proyecto y la importancia del mismo” el nominar un Administrador de Contrato con parte de las funciones del control administrativo y; el de FISCALIZADOR para todas aquellas que tienen relación con el control técnico de la obra (calidad). A su vez ambas dependen de una Jefatura formando parte de una estructura organizacional piramidal con sus respectivos departamentos de apoyo.

En las regionales que constituyen CNEL. (Corporación Nacional de Electricidad), las necesidades y posibilidades de gestión se ajustan a otras realidades que permiten fiscalizar los contratos de modo de distribuir las funciones mayoritariamente en la FISCALIZACIÓN de terreno (Director de la Obra) y en un Administrador de Contrato (jefatura), que se reserva las facultades para la administración superior del contrato. Como consecuencia de lo mencionado anteriormente se desprende que la descripción funcional de la FISCALIZACIÓN depende, entre otras, de la estructura organizacional que satisface las necesidades y objetivos de fiscalización.

6.2.2. ESQUEMA ORGANIZACIONAL PARA LA FISCALIZACIÓN DE CONTRATOS

La estructura organizacional que se adopte para el control administrativo de los contratos depende mayoritariamente del volumen de contratos y de los recursos humanos disponibles. Desde el punto de vista de la eficiencia que es deseable alcanzar, la organización se debería inclinar por un esquema en que se favorece la especialización. Sin embargo también es posible centralizar, en mayor o menor grado, las funciones en un FISCALIZADOR (Director de la Obra). En consideración a ello el Manual se refiere en forma genérica a la "Inspección de Obras", dejando abierta la posibilidad de su desagregación funcional, dependiendo de la incidencia de los factores locales y preferencias de modos de administración superiores. En todo caso es motivo de un estudio particular ajeno a los objetivos del presente Manual. No obstante parece más adecuado un sistema centralizado en un Inspector de Obras y unidades de apoyo especializadas, como por ejemplo, unidad administrativa de estados de pagos, unidad coordinadora proyecto, etc. integradas por una jefatura central en CNEL.

6.2.3. DEBERES Y FACULTADES DE LA FISCALIZACIÓN

En general la función reglamentaria de la FISCALIZACIÓN se refiere a un conjunto de actividades asociadas a un cargo. Mediante la descripción de sus obligaciones o deberes se describe el campo de acción con el cual se hace responsable para alcanzar los objetivos. A través de determinadas atribuciones o facultades se le delegan los

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indispensables derechos y mecanismos de gestión para poder desempeñar cabalmente su trabajo frente al contratista y CNEL.

La definición de los deberes y facultades de la FISCALIZACIÓN, aspectos inseparables de la función, se encuentran más o menos detallados en la reglamentación vigente en el Acuerdo 039 - CG – 2009. La descripción que a continuación se exhibe recoge todo lo contemplado en estos reglamentos, agregando aquellos principales aspectos relacionados con la aplicación del presente Manual con relación al control de calidad de las obras y sus procedimientos.

6.2.3.1. DEBERES DE LA “INSPECCIÓN DE OBRA”

Los deberes de la “Inspección de Obra” en el desempeño de su función, en cada caso de no existir, por la magnitud o importancia de la obra, tomarán para si las funciones descritas en los cargos que faltaren mencionados a continuación:

ADMINISTRADOR DEL CONTRATO

El administrador del contrato velará porque la obra se ejecute de acuerdo con lo planeado y programado, pero sin tomar parte directamente en la ejecución rutinaria de las tareas que aseguren su cumplimiento, antes bien, debe lograrlo mediante la delegación y supervisión de esas tareas, la comunicación constante con el personal encargado de llevarlas a cabo, la aplicación de su autoridad para dirimir o resolver cualquier problema que no puedan manejar los niveles inferiores y motivar al personal con el fin de que brinde lo mejor de sí para lograr el éxito del proyecto.

Son funciones del administrador de contrato entre otras:

Velar y responsabilizarse porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo a lo programado.

Coordinar con las dependencias estatales o privadas que, en razón de sus programas o campos de acción, tengan interés en participar en la etapa de construcción del proyecto

Establecer un sistema para medir el logro de los objetivos definidos, de manera que oportunamente se obtenga información exacta sobre su estado y se comuniquen los resultados a las autoridades institucionales competentes.

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Velar porque se efectúen evaluaciones periódicas del proyecto.

Autorizar el inicio de la obra, (previa aceptación de la autoridad competente) de cualquier trabajo no contemplado en los planos originales, que deba cargarse a los fondos destinados al proyecto.

Coordinar su trabajo con el Jefe Fiscalizador del Proyecto que se encarga de la administración cotidiana del proyecto.

Establecer la estructura organizacional apropiada para la ejecución de la obra, considerando todos los aspectos que intervienen en ella financieros, legales, de suministros, etc. aunque éstos no sean constructivos y definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los participantes; asimismo, proporcionar el apoyo logístico requerido. En el caso de fiscalización realizada por contrato, el Administrador del Contrato debe realizar una supervisión responsable sobre todas las labores.

Intervenir en las actas de entrega recepción provisional, parcial, total y definitiva.

En cada caso de no existir, por la magnitud o importancia de la obra, uno de los cargos descritos a continuación el existente tomará, para si las funciones descritas para los faltantes

JEFE DE FISCALIZACIÓN

El jefe de fiscalización establecerá un sistema para asegurar la correcta ejecución de la obra, mediante el control de la calidad, el avance físico y el avance financiero de la obra. Dichos controles conllevan una evaluación periódica, de los aspectos mencionados y la comunicación de resultados a los mandos superiores, incluyendo los problemas surgidos, especialmente cuando afectan las condiciones pactadas en relación al plazo, presupuesto y calidad de la obra.

Son funciones del jefe de fiscalización, entre otras:

Proponer al administrador del contrato la organización e infraestructura necesaria, para administrar o inspeccionar el proyecto en el sitio donde éste se construirá; definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los que la conforman, de modo que las labores de construcción o de inspección se realicen dentro del marco legal y reglamentario vigente.

Planear, programar y aplicar los controles, de calidad, financiero y de avance físico, que aseguren la correcta ejecución de la obra.

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Vigilar y responsabilizarse porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo con los diseños definitivos, las especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables.

Identificar la posible existencia de errores u omisiones o ambos en forma oportuna, que puedan presentarse en los planos constructivos o especificaciones, así como imprevisiones técnicas, de modo que de inmediato se corrija la situación.

Resolver oportunamente los problemas técnicos que se presenten durante la ejecución de las obras.

Justificar técnicamente los trabajos extraordinarios o las modificaciones que se tengan que realizar durante la ejecución de las obras e informar al administrador del contrato para adoptar las decisiones que correspondan.

Obtener información estadística en el proyecto sobre el rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre la incidencia de las condiciones climáticas en el tiempo laborado, o sobre cualquier otro aspecto útil para la preparación de futuros proyectos.

Velar porque los materiales, la mano de obra, equipos y maquinaria empleados en la ejecución de la obra, sean adecuados y suministrados en forma oportuna y suficiente, y correspondan a lo estipulado en las especificaciones o en la oferta del contratista.

Evaluar el avance del proyecto periódicamente, al menos una vez por mes, para determinar su estado, documentar los resultados obtenidos y mantener informados a los mandos superiores, sobre el avance de la obra, los problemas surgidos durante su ejecución y las medidas aplicadas.

Excepcionalmente, cuando se presenten problemas que afecten las condiciones pactadas en cuanto a plazos, calidad o presupuesto, comunicarlo al administrador del contrato para que resuelva.

Asumir en nombre de la institución, la relación con las comunidades donde se ejecuten los proyectos, en los asuntos inherentes a éstos.

Coordinar las pruebas finales de aceptación y la entrega de las obras para su entrada en operación.

FISCALIZADORES

En los casos en que la ubicación, la magnitud o la complejidad de la obra lo ameriten, el jefe de fiscalización podrá designar a uno o más fiscalizadores con la formación

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profesional necesaria, para que se encarguen de inspeccionar la obra o un área específica de ésta.

Las funciones de los fiscalizadores, cada uno en el área de su competencia, son las siguientes:

Revisar en conjunto con el jefe de fiscalización, los documentos contractuales con el fin de verificar la existencia de algún error, omisión o imprevisión técnica, que pueda afectar la construcción de la obra y de presentarse este caso, sugerir la adopción de medidas correctivas o soluciones técnicas, oportunamente.

Evaluar mensualmente, el grado de cumplimiento del programa de trabajo en el área bajo su cargo y en caso de constatar desviaciones, identificar las causas y proponer soluciones para corregir la situación.

Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la correcta ejecución de la obra.

Verificar la exactitud de las cantidades incluidas en las planillas presentadas por el contratista; además, calcular los reajustes correspondientes a esas planillas, comparando la obra realizada, con la que debía ser ejecutada de acuerdo con el programa de trabajo autorizado.

Obtener información estadística en el proyecto sobre el rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre la incidencia de las condiciones climáticas en el tiempo laborado, o sobre cualquier otro aspecto útil para la preparación de futuros proyectos.

Verificar la calidad de los materiales, así como la de los elementos construidos, mediante ensayos de laboratorio o de campo, efectuados bajo su supervisión y siguiendo rigurosamente las especificaciones técnicas.

Resolver las dudas que surgieren de la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y cualquier otro aspecto técnico relacionado con la obra.

Anotar en el libro de obra, además de una descripción del proceso de construcción de las obras a su cargo, las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra.

Justificar técnicamente la necesidad de efectuar modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su supervisión.

Coordinar con los diseñadores de la obra cuando sea necesario efectuar modificaciones de los planos originales o haya que realizar obras adicionales.

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Realizar los cálculos pertinentes para determinar los costos de las modificaciones u obras extraordinarias por realizar.

Registrar en los planos constructivos todas las modificaciones realizadas durante el proceso de construcción, con el fin de obtener los planos finales de la obra ejecutada.

Aprobar los materiales y equipos por instalar propuestos por el contratista, tomando como guía las especificaciones.

Calificar al personal técnico del contratista y recomendar el reemplazo de aquél que no satisfaga los requisitos necesarios.

Velar porque los equipos y maquinaria en la obra se encuentren en buenas condiciones y en el caso de que la obra se realice por contrato, sean los especificados.

Verificar que el contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas de trabajo, licencias, permisos y demás documentos contractuales.

Coordinar con el contratista las actividades más importantes del proceso constructivo.

Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por el contratista y en caso necesario, sugerir las modificaciones que estime pertinentes.

Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes de protección ambiental, laborales, se seguridad social y de seguridad industrial.

En proyectos de importancia, preparar memorias técnicas sobre los procedimientos y métodos empleados en la construcción de las obras, para que sean utilizados como fuentes de información en proyectos futuros.

Preparar, mensualmente, informes sobre la obra que contengan como mínimo la siguiente información:

a. Un análisis del estado del proyecto desde el punto de vista económico y del avance físico, respaldado por los cálculos correspondientes.

b. Los resultados de los ensayos de laboratorio, con comentarios al respecto. c. Análisis de la cantidad y calidad de los equipos y maquinaria dispuestos en

obra, con recomendaciones al respecto, si es necesario. d. Estadísticas sobre las condiciones climáticas del sitio donde se ejecuta el

proyecto (especialmente de la precipitación pluvial) y su incidencia en el desarrollo de los trabajos.

e. Referencia sobre la correspondencia intercambiada con el contratista. f. Análisis del personal técnico del contratista

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Entregar la información producida para las recepciones.

Efectuar el finiquito o liquidación económica de las obras a su cargo

Además de estas labores se debe considerar que debe considerarse por parte de la fiscalización implementar los siguientes conceptos:

a) Establecer un Libro de Inspección como medio de comunicación oficial entre FISCALIZACIÓN, proyectistas y contratista.

b) Documentos mínimos que deben permanecer en obra, ordenadamente y al día:

Copia del contrato de construcción Los planos constructivos. Las especificaciones técnicas, generales y específicas El programa de ejecución autorizado, con indicación de los recursos requeridos

por actividad. El libro de inspección El libro de obra Correspondencia cruzada entre fiscalización y contratista Resumen del estado financiero de la obra, de las facturas tramitadas por

avance de obra, reajustes, obras extraordinarias, etc. Estadística del resultado de las pruebas del laboratorio.

c) Verificar que al término de las obras el contratista no tenga deudas pendientes por

cualquier concepto, ejemplo: indemnizaciones, consumos de agua, electricidad, etc., que recaigan posteriormente en el CNEL.

d) Estudiar el contrato y configurar el conjunto de herramientas preestablecidas de planificación, control y verificación, traspasando aquellas que corresponden al contratista e instruyéndolo respecto a los procedimientos de su aplicación.

e) Dar facilidades y proporcionar información a los funcionarios visitadores del CNEL. y de la Contraloría General de la República.

f) Verificar que las obras que ejecuta el Contratista corresponden al proyecto en cuanto a ubicación, cantidad y características de calidad especificadas.

g) Velar porque el Contratista realice conforme a lo programado y ceñido a procedimientos, las actividades de autocontrol a los materiales y obras de terreno. Comprobar que la información es valedera y se ajusta a la realidad, mediante una verificación representativa (Inspección Selectiva).

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h) Verificar que el contratista solicite a laboratorios especializados y certificados con norma ISO, los ensayos convenidos, estudiar sus resultados y aprobar (o rechazar) su utilización en la obra.

i) Tomar conocimiento, y confirmar si corresponde, las observaciones o notificaciones impartidas por los profesionales autores del proyecto, asesores, funcionarios del CNEL. y de otros servicios (Sanitarios, Servicio de Seguro Social, Ministerio de Electricidad, Laboratorios, etc.).

j) Verificar el término de las obras, cuando el contratista lo solicite por escrito, e informar a la jefatura por memorando este hecho, para que designe la Comisión de Recepción respectiva. Poner a disposición de la Comisión los antecedentes de la obra y asesorarla.

k) Comprobar que el contratista dio cumplimiento a las observaciones indicadas en el Acta de Recepción, en la forma y el plazo, e informar a la Jefatura del CNEL. para que éste lo comunique a la Comisión Receptora.

6.2.3.2. ATRIBUCIONES DE LA FISCALIZACIÓN PARA EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES

Ordenar e instruir por escrito (Libro de Inspección) al contratista de cualquier aspecto que contravenga los términos de las bases del contrato o que, a juicio de la FISCALIZACIÓN ponga en riesgo el buen resultado de la obra.

Exigir al contratista el cumplimiento de la entrega de la información administrativa relativa al desarrollo de las obras y del cumplimiento de las actividades contenidas en el programa de ejecución establecido, conforme a la planificación y programación acordada y definida por la FISCALIZACIÓN

Aprobar o rechazar por escrito aquellas partidas de obra y materiales que no cumplen con los requerimientos establecidos en las especificaciones del contrato y/o contemplados en este manual.

Solicitar, en caso de incertidumbre, ensayos de materiales adicionales a los programados, para verificar y autorizar su aplicabilidad en la obra.

Autorizar el reemplazo temporal, por un plazo no superior a 15 días, del profesional encargado de la obra como representante del contratista en terreno.

Poner a disposición de la autoridad que corresponda a cualquier funcionario o persona natural de su dependencia que, a su juicio, no cumpla debidamente con sus obligaciones.

Definir las obras extraordinarias y convenir precios con el contratista, cuando corresponda, informando con la debida antelación a la jefatura para su autorización, sin la cual no puede ordenar su ejecución.

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Ordenar la remoción de aquellas partes de la obra que no cumplan con las especificaciones establecidas en las bases del contrato.

Requerir de la Jefatura la concurrencia e intervención de un profesional experto para situaciones que ameriten una opinión o verificación especializada.

Representar al CNEL. frente a funcionarios de otros Servicios (Municipales, Servicios Sanitarios, IESS, etc.), que tengan injerencia en la obra, y requieran inspeccionar los trabajos efectuados y/o información pertinente de las mismas.

Autorizar y firmar las planillas de Pago previa verificación de que las cantidades corresponden al contrato (con autorización) y se encuentran efectivamente ejecutadas.

Permitir, con la autorización previa de la autoridad que corresponda, el ingreso y trabajo a la faena de terceros contratistas, en casos de grave negligencia por parte del contratista principal o que los trabajos constituyan peligro; evaluar el costo del daño provocado, descontándolo del Estado de Pago más próximo. Incluso podrá suspender el trabajo en la sección objetada, y solicitar a la autoridad correspondiente la resolución administrativa con cargo del contrato.

Receptar las partidas de obra definidas en el programa de actividades de control técnico de calidad, dejando constancia de ello en el Libro de Inspección.

Informar y/o solicitar oportunamente a la jefatura de aquellas situaciones, que a su juicio, recomiendan una paralización de la obra, para que ésta oficie directamente al contratista su resolución. Del mismo modo podrá operar respecto a una medida de separación, suspensión o sustitución de un subcontratista, trabajador o encargado de la obra del contratista principal.

Exigir al contratista, las instalaciones, equipamiento, elementos de trabajo y medio de transporte para el desempeño de su labor, conforme a lo establecido en las bases del contrato.

Informar a la jefatura de las deudas que el contratista tuviera respecto a remuneraciones, imposiciones provisionales, del Seguro Social, para que ésta autorice el pago y deducción correspondiente, con cargo a las retenciones, garantías o estados de pago pendientes.

Igual medida podrá informar la FISCALIZACIÓN en los casos de liquidación o terminación anticipada del contrato, si el contratista no hubiera dado cumplimiento a los pagos mencionados.

6.2.4. PROHIBICIONES

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La FISCALIZACIÓN no podrá suspender o eliminar, ni impartir órdenes directas, a empleados y obreros pertenecientes a la empresa contratista. Cuando estime que corresponde aplicar una medida de suspensión o cambio, deberá solicitarlo a través de la jefatura respectiva, quién oficiará su decisión directamente al contratista.

A la FISCALIZACIÓN le está vedado mantener relaciones comerciales de cualquier naturaleza con el contratista o con empleados u obreros de éste. No podrá tampoco recibir materiales ni encargarse del pago de operarios, proveedores y casas comerciales por cuenta o a petición del contratista

La FISCALIZACIÓN deberá abstenerse de participar con fines de lucro en los contratos correspondientes a las obras que están bajo su inspección; de recomendar al contratista determinadas firmas o personal; de mantener con éste una relación de trabajo de cualquier índole, y en general, de todo acto que pudiera restarle independencia en las actuaciones fiscalizadoras del contrato a su cargo.

En el desempeño de su trabajo está impedido de paralizar la obra o de autorizar aumentos y disminuciones de obra u obras extraordinarias sin la respectiva autorización de la Jefatura correspondiente.

La FISCALIZACIÓN no está facultada para introducir modificaciones durante el desarrollo de las obras en los planos de formas, disposición y especificaciones técnicas, que alteren los diseños de cualquier tipo, sin la autorización e instrucción expresa de la jefatura o en quién ésta delegue las debidas atribuciones para efectuar dichas modificaciones. Adicionalmente este procedimiento mantiene para la FISCALIZACIÓN la obligación de solicitar la autorización por los mayores o menores costos que se puedan producir por este concepto.

6.2.5. RESPONSABILIDADES DE LA FISCALIZACIÓN

La responsabilidad de la FISCALIZACIÓN se deriva de las funciones inherentes al cargo. En términos generales ésta se refiere a fiscalizar, en representación de CNEL un contrato de construcción y consiste en hacer cumplir todo lo establecido en los planos y especificaciones técnicas que lo integran, en los plazos previstos, con materiales de la calidad definida y con una ejecución e instalación ajustada a las bases, normas y reglamentos pertinentes. En lo particular las funciones básicas mínimas corresponden a todas aquellas que se encuentran definidas por la reglamentación vigente.

Para hacer cumplir el contrato, el CNEL. se reserva reglamentariamente el derecho a supervisar las obras y comprometer al contratista a proporcionar información y colaboración a la FISCALIZACIÓN, con el fin de permitirle desempeñar cabalmente la fiscalización técnica y administrativa de la misma a través de algunas facultades precisas que los decretos mencionan y que forman parte de lo convenido contractualmente.

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Cabe tener presente que la labor de supervigilancia o supervisión que ejerce la FISCALIZACIÓN no libera al contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe como constructor de la obra y, su labor no constituye en ningún caso, dirección ni aprobación parcial o total de la ejecución de las obras por parte del CNEL.

La delimitación de responsabilidades depende de 2 factores primordiales:

Que cada participante del proceso (mandante y proveedor) en su función, sean responsables de sus propios actos y de las consecuencias de su incumplimiento.

Que se defina adecuadamente el alcance de sus compromisos y obligaciones.

La mejor forma de delimitar los deberes y responsabilidades de la FISCALIZACIÓN es por consiguiente, proveyéndola de una metodología de inspección sistematizando la información y estableciendo procedimientos que definan su campo de acción.

La responsabilidad de la Inspección Técnica de Obras consiste en verificar que el contratista aplica adecuadamente sus capacidades y recursos, empleando para ello una metodología de inspección que le permita asegurar que la gestión y procedimientos de autocontrol que el Contratista aplica a las obras son valederos y se ajustan íntegramente a las especificaciones y condiciones del contrato.

Por su parte el contratista tiene la responsabilidad por el cumplimiento del contrato, poniendo a su disposición las capacidades, recursos y procedimientos de autocontrol que permitan garantizar que la calidad de su gestión y resultados de la obra serán los especificados en los documentos contractuales.

6.2.6. MISIÓN Y PERFIL DEL INSPECTOR TÉCNICO DE OBRAS

Para los contratos del CNEL., La Inspección Técnica de la Obra estará a cargo de él o los funcionarios Arquitectos, Ingenieros Civiles, Ingenieros Mecánicos, Ingenieros eléctricos, uno de los cuales será designado Jefe de Fiscalización.

Por definición es la persona que, nombrada en forma competente, asume el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento de un contrato de construcción. Complementariamente significa que es el ente de relación entre la parte contratante CNEL y el proveedor o contratista de la misma, para una obra específica.

Como tal, su misión es velar por el fiel cumplimiento del contrato, cautelando los intereses de CNEL, con el propósito que los resultados de su gestión sean buenos y oportunos, ajustados a las disposiciones reglamentarias y de acuerdo a las políticas de calidad definidas por la autoridad superior. Su trabajo debe contribuir en forma honesta, leal y prolija a la materialización de los proyectos de construcción que contrata el CNEL.

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Para el ejercicio de sus funciones el Inspector Técnico de Obras ha de ser un profesional idóneo, del área y reunir las siguientes características:

OBJETIVO Y VERAZ: Para ello debe tener perfecto conocimiento del proyecto, sus aspectos contractuales y la reglamentación del CNEL., con el propósito que sus actuaciones y juicios sean reales y adecuadamente fundamentados. Frente a situaciones de conflicto sus planteamientos deben ser congruentes, claros y precisos, de modo que las instrucciones puedan sustentarse con firmeza. A través de su forma de actuar debe ganarse el respeto y confianza del contratista.

CREATIVO Y PREVISOR: Debe visualizar con antelación los problemas que se pueden presentar en el transcurso de la construcción, de modo de evitar ser sorprendido y tener que improvisar soluciones que pueden significar mayores costos o ir en desmedro de la calidad de los resultados finales. Procediendo en forma anticipada es siempre más fácil encontrar una mejor salida a un problema, cuyos efectos pueden ser potencialmente insospechados.

COMPROMETIDO: Debe asumir como suyo el buen resultado de la obra, a través de una actitud positiva de colaboración en la gestión global interna del CNEL y del contratista. Sus mejores aliados serán una adecuada planificación de las actividades de control técnico y administrativos del contrato, teniendo siempre presente su condición de representante del CNEL, protegiendo sus intereses en cuanto a calidad, costos y plazos de las obras, como políticas de acción generales de la Institución.

Complementariamente es deseable una actitud imaginativa para practicar una inspección creativa orientada a obtener el mejor producto posible.

Debe apoyarse en un sistema de inspección que sistematice la información y los procedimientos basándose en formularios, prototipos, fichas de control y otros, tiene el preciso objetivo de simplificar las tareas rutinarias para permitir una gestión más enriquecedora y participativa en la obra.

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7. PLANIFICACIÓN Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DE ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS

7.1.DOCUMENTOS Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO

7.1.1. CARPETAS DE ANTECEDENTES.

Para una adecuada supervisión del contrato de ejecución de obra es primordial que la documentación este completa en cuanto a la definición absoluta del proyecto y demás antecedentes contractuales que lo integran, como ser, programas, certificados, aprobaciones, informes, etc., y toda la documentación que se acopia durante el desarrollo de los trabajos.

La documentación se ordenará en carpetas con el siguiente contenido, según corresponda:

7.1.1.1. CARPETA ADMINISTRATIVA

Pliegos Generales Preguntas y Respuestas / Aclaraciones Convalidaciones Oferta Contrato Programación de Avance Técnico y/o Financiero Certificados de informaciones previas, derechos de paso, permisos ambientales,

otros Presupuesto del contrato y análisis de precios unitarios

Durante el desarrollo de la obra se incorporará:

Actas de entrega de terreno Egreso de bodega de entrega de materiales Copia de Pago de anticipo Certificación de garantías y de devoluciones (ejemplo, muestras) Solicitudes de recepción parcial Solicitud de recepción final Certificados de pago de remuneraciones y aportes al IESS Estado de Pago realizadas a la contratista Certificado de cancelación de consumo de servicios usados por la contratista Cuadros de avance físico, financiero, flujo de caja

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Informes a la autoridad CNEL. Todo documento que se genere durante el transcurso de la construcción desde la

notificación de adjudicación al contratista hasta la liquidación final del contrato.

7.1.1.2. CARPETA TÉCNICA

Planos de: los que fueran necesarios (por citar un ejemplo en construcción de Líneas)

o Tendido de líneas, perfil, o construcciones, o Estructuras.o Obra civilo Árbol de esfuerzoso otros

Especificaciones Técnicas generales Especificaciones Técnicas particulares, sanitaria, eléctrica, hidráulica, etc. Memoria de especialidades (hipótesis de diseño, estructural sanitario, eléctrico,

hidráulico, etc.) Cuadro de Materiales y tipos Colores de Terminaciones Informe de Mecánica de Suelos Programa de Ensayos de Laboratorio

Durante el transcurso de la obra se incorporará:

Programa de Ensayos y Certificados. Fichas de control de calidad autocontrol (contratista). Planos y especificaciones complementarias. Modificación y actualizaciones de la información gráfica del proyecto. Planos ("as-built") como queda construido Información del Sistema de Control (fichas, formularios, y otros.). Otros.

Los antecedentes relativos a Bases Administrativas Generales de Contratos, Reglamentos de Contratos, Reglamento de Calificación de Contratistas, Especificaciones Técnicas Generales, Normas de diseño e instructivos corresponden a documentos permanentes de CNEL, que deben estar a disposición de la FISCALIZACIÓN como documentos de consulta.

Respecto a las tareas asociadas a esta documentación, es recomendable para la FISCALIZACIÓN tener presente los siguientes aspectos:

Verificar que los documentos requeridos estén completos y sean los correspondientes a la obra.

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Estudiar el diseño del proyecto, sus especificaciones técnicas y particularidades solicitando a los proyectistas, contratista o autoridad que corresponda la complementación o aclaración de todas las omisiones, contradicciones, o dudas, estableciendo un listado y plazos para resolverlas. El inicio de un contrato debe ser la última y la mejor oportunidad para aclarar y definir bien el proyecto y evitar problemas futuros.

Controlar que los planos correspondientes y los permisos necesarios estén debidamente, aprobados por los responsables respectivos y que el proyecto en general cuente con la aprobación.

Mantener actualizadas las carpetas con los planos y especificaciones técnicas incorporando y exigiendo las modificaciones o correcciones debidamente subscritas por los proyectistas y contratista de la obra.

Recordar que el diseño no es función ni responsabilidad de la FISCALIZACIÓN

Requerir la firma del contratista y de los responsables en cada uno de los planos y documentos que forman el legajo de antecedentes oficiales con el cual se operará en la obra y que constituye el respaldo de la FISCALIZACIÓN, Habrá 2 copias del legajo técnico, una de las cuales será para el Inspector Técnico de Obras y la otra estará en poder del contratista para su consulta en terreno.

Conservar en su poder y en buen estado el archivo de la obra, los documentos y demás antecedentes relacionados con la administración, control técnico y ejecución de las obras, hasta el término de ellas.

Mantener en obra debidamente ordenados los certificados de ensayos proporcionados por los laboratorios.

7.2.COMUNICACIONES

7.2.1. CON EL CONTRATISTA Y AFINES

El Inspector Técnico de Obras es el interlocutor válido designado por CNEL para todas las funciones inherentes al cargo. Para relacionarse con el contratista o su representante en terreno debe contar con los medios adecuados y claramente establecidos de acuerdo a la naturaleza de la información a transmitir.

7.2.1.1. OFICIOS

Están reservados para comunicar, (alternativamente al Libro de Inspección), información e instrucciones altamente relevantes o con carácter de oficial, provenientes de la autoridad

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superior. También se utilizan con carácter de oficio conductor para remitir antecedentes, acuerdos, o convenios relativos a aumentos de obras, modificaciones importantes al proyecto, orden de reemplazo del profesional a cargo de la obra, paralización de faenas o grave incumplimiento por parte del contratista.

7.2.1.2. LIBRO DE INSPECCIÓN (L.I.)

Es el instrumento mediante el cual se establece la comunicación habitual, permanente y oficial con el contratista, trasmitiéndose en él todas las instrucciones y observaciones que le merezca la marcha de los trabajos y las órdenes que se le impartan a éste. A su vez es el medio escrito en que también el contratista debe anotar sus observaciones, apelaciones, respuestas o requerimientos hacia la FISCALIZACIÓN

El Libro de Inspección es de uso exclusivo para el Inspector Técnico de Obras y el contratista o su representante legal y de los profesionales en terreno. El libro debe quedar bajo la custodia del contratista y este será responsable de su extravío, enmendaduras, raspaduras, desglose de hojas o destrozos que contenga.

Será, asimismo obligación mantener dicho libro en sitio adecuado, para los efectos de la anotación oportuna de las órdenes o instrucciones que imparta la FISCALIZACIÓN. Las anotaciones llevarán la fecha y firma del funcionario fiscalizador y la del contratista, no siendo indispensable la de este último para la validez del acto.

El libro en referencia tendrá sus hojas foliadas y dispuestas en forma de poder desprender una copia para la FISCALIZACIÓN y otra para el contratista. Al término de las obras el contratista debe entregar el libro a la Institución y dejar constancia de este acto en el Acta de Recepción.

A continuación se señalan a modo ilustrativo, los principales tipos de anotaciones que se han de realizar en el Libro de Inspección:

Fecha y circunstancias relativas al acta de entrega de terreno, inicio de obra y materiales.

Fecha y número de documentos que proporciona el contratista respecto a permisos municipales, certificados del IESS., certificados de la Inspección del Trabajo, etc. Fecha de recepciones de obras de otros servicios como ser obra civil, etc.

Fecha de término de las obras, parciales o totales.

Nombre del profesional a cargo de la obra y de su subrogante temporal para casos calificados y específicos.

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Solicitud de presupuesto para ejecución de obras extraordinarias, indicando si la validación de precios la hará la FISCALIZACIÓN o la autoridad.

Establecer la fecha de validación de precios de cada obra extraordinaria, cualquiera que sea su origen, debiendo informar su monto y detalle para la aprobación de quien corresponda, antes de iniciar la ejecución de dichas obras. En casos en que la FISCALIZACIÓN esté autorizada para convenir o acordar precios con el contratista y no hubiera acuerdo en el precio, la FISCALIZACIÓN deberá remitir a la autoridad los estudios para su resolución.

Registrar orden de ejecución de obras extraordinarias.

Modificaciones de diseño o especificación aprobadas por los proyectistas y la jefatura o unidad de estudio en que ésta delegue.

Refrendar y dar conformidad si corresponde, a instrucciones impartidas a través de anotaciones realizadas por otros profesionales (proyectistas, funcionarios municipales de medio ambiente, y otros) en el Libro de Obra.

Instruir toma de ensayos de laboratorio, en aquellos casos en que tenga dudas respecto a la calidad de los ensayos o materiales.

Anotar resultado de ensayos de laboratorio no satisfactorios y su acción correspondiente.

En general todo tipo de órdenes e instrucciones que se imparten al contratista.

Fecha exacta y causas de las paralizaciones parciales o totales de las obras o de entorpecimiento que afecten al normal desarrollo de las mismas y pudieran dar motivo para una ampliación de plazo. Fecha exacta en que desaparecen dichos hechos.

Cualquier accidente de trabajo que se produzca, dando cuenta de inmediato a la autoridad que corresponda, en el caso de accidentes graves.

En general se llevará registro sobre hechos y circunstancias especiales y anormales que se produzcan durante el desarrollo de la obra.

7.2.1.3. LIBRO DE OBRAS (L.O.)

Asimismo se deberá mantener en el lugar de la obra, en forma permanente y actualizada un Libro de Obras,

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Según el artículo 408 -21 de la “Norma de control interno para entidades Organismos del Sector Público y Personas Jurídicas…” acuerdo 039- CG - 2009

“El libro de obra es una memoria de la construcción, que debe contener una reseña cronológica y descriptiva de la marcha progresiva de los trabajos de construcción y sus pormenores: sirve para controlar la ejecución de la obra y para facilitar la supervisión de ésta.” Y permite: “llevar un control de la ejecución de la obra y facilitar su supervisión; también es contar con un documento oficial donde conste la gestión de la unidad de fiscalización de la construcción y la de todos aquellos profesionales que estén vinculados con ella en razón de su función o en cumplimiento de leyes y reglamentos específicos. Dicho documento se utilizará como respaldo de la actuación de los profesionales, la descripción de los métodos constructivos, los resultados de las pruebas efectuadas, los problemas que se presentaren durante la construcción, las soluciones propuestas, así como los resultados obtenidos, etc.” Este libro es de responsabilidad de la fiscalización.

Su estructura es similar al libro de Inspección, e inicia debidamente fechado y firmado por el jefe de Fiscalización y el Residente de Obra del contratista.

7.2.2. CON OTROS PROFESIONALES Y FUNCIONARIOS

Dado que el Inspector Técnico de obra (FISCALIZADOR) es el único funcionario que tiene responsabilidad en la relación con el Contratista, a través del Libro de Inspección como medio escrito, es conveniente su uso exclusivo. A fin de evitar confusiones, contradicciones y errores producto de anotaciones efectuadas por otras personal, sin la mencionada responsabilidad, es recomendable establecer en obra un segundo libro.

7.2.2.1. LIBRO DE VISITA (L.V.)

Destinado para efectuar anotaciones todas aquellas personas que de uno u otro modo tienen injerencia o intereses en la obra pero que no tienen responsabilidades en las tomas de decisiones. Las características físicas, de mantención y de uso son similares al Libro de Inspección.

En este libro deberán estampar sus constancias de visita, observaciones, órdenes, reclamaciones y comunicaciones en general, las siguientes personas:

Proyectistas de la Obra Funcionarios e Inspectores de otros servicios (Medioambiente, IESS., Municipales,

etc.) Funcionarios del CNEL Empleados del Laboratorio de ensayos Proveedores y otros

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Será de particular conveniencia que los funcionarios de los laboratorios que van a tomar muestras para ensayos, registren hora, fecha, tipo de muestra y sector correspondiente a la muestra tomada.

Este Libro de Visita es optativo, siendo su implementación recomendable en obras de mayor magnitud en que es conveniente mantener separadas las relaciones contractuales FISCALIZACIÓN - contratista.

7.2.2.2. CARTILLAS DE CONTROL DE CALIDAD (C.C.)

Corresponden a formularios, cartillas o fichas preestablecidas y que forman parte de los procedimientos de control del sistema de calidad que debe aplicar la FISCALIZACIÓN a las obras.

Estos documentos son propuestos por el contratista, basándose en el modelo proporcionado por el Manual, los procesa y los entrega a la Inspección Técnica, quien los aprueba, modifica o rechaza. La descripción completa del sistema se encuentra en el capítulo siguiente denominado “METODOLOGÍA PARA EL CONTROL TÉCNICO DE LA OBRA”.

7.2.3. CON LAS INSTANCIAS SUPERIORES DE FISCALIZACIÓN.

Las comunicaciones formales con la propia FISCALIZACIÓN se refieren al envío o despacho de información a la jefatura de la cual depende el Inspector Técnico y consisten en:

7.2.3.1. MEMORANDO

Es el instrumento habitual de comunicación interna de Empresa, mediante el cual la FISCALIZACIÓN trasmite cualquier información de una situación o evento establecido reglamentariamente para la decisión y autorización de la jefatura que corresponda o que merezca estar en su conocimiento. Generalmente tienen su origen en circunstancias no previstas y que constituyen problemas, como por ejemplo:

Comunicar a la autoridad que corresponda los defectos, omisiones o inconsistencias del proyecto, durante su ejecución, para que ésta resuelva.

Informar cualquier problema de terreno que dificulta la materialización del proyecto.

Comunicar los atrasos de avance de obra real contra el programado y que pudiera poner en peligro el cumplimiento del plazo total o parcial según el caso.

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Remitir los antecedentes de estudio de costos de los aumentos de obra, cuando corresponda, solicitando su autorización con anterioridad a ordenar su ejecución.

informar fecha y circunstancias que hayan motivado una paralización total o parcial de las obras o de su entorpecimiento, que pudieran afectar el normal desarrollo de las mismas y dar motivo para una ampliación de plazo.

Informar en un plazo no superior a 7 días, las novedades referentes a:

o Obras Extraordinariaso Ampliaciones de Plazoo Modificaciones de Proyectoo Otras alternativas establecidas por Contrato

Ello con el objeto de obtener la solución y autorización correspondiente, proporcionando todos los antecedentes para la preparación y despacho de la resolución que los apruebe. Además:

Oficiar a la jefatura correspondiente, comunicando fecha en que el contratista dio término a las obras

Comunicar a la jefatura cualquier incumplimiento, falta reiterada o grave por parte del contratista, que amerite la intervención de la autoridad para ordenar la paralización de faenas, no cursar un Estado de Pago e incluso rescindir el contrato.

Enviar a quien corresponda informes de avances (I.A.).

7.2.3.2. INFORME DE AVANCE (I.A.)

Consiste en un conjunto de documentos elaborados por la FISCALIZACIÓN con la información básica relativa al estado de situación de la obra en un determinado momento de su desarrollo. Esta información única se realizará como mínimo cada mes para remitirla a la jefatura correspondiente, y su contenido se ajustará a la siguiente estructura:

Identificación de la obra, contratista e Inspector Técnico. Fecha y período que abarca, tipo de contrato.

Resumen de los hechos más relevantes que se hayan producido en la obra. Extensión máxima una página.

Enumeración de aspectos pendientes y críticos para el normal desarrollo de la construcción.

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Control de avance físico

o Control de Avance por Partida (partidas programado v/s real). Refiérase al punto 7.4.1.3.

o Curvas de Avance Programado y Real. Refiérase al punto 7.4.1.4.

Control de avance financiero

o Programa y Cuadro Resumen de Estados de Pago a la fecha. Refiérase al punto 7.4.1.2.

o Situación financiera considerando el Cuadro y Curvas de Avance Programado y Real. Refiérase al punto 7.4.1.4.

o Aumentos y disminuciones de obra, obras extraordinarias, etc.

Comentario final y juicio crítico respecto a cumplimiento de metas, calidad de las obras y comportamiento del contratista, extensión máxima media página.

7.3.HERRAMIENTAS DE PLANIFICACIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS

La FISCALIZACIÓN como supervisor integral de la gestión del contratista, debe velar por el cumplimiento de las numerosas y variadas obligaciones que éste contrae al hacerse cargo de una obra de construcción. Con el propósito de mantener una visión general y expedita durante todo el proceso de desarrollo y facilitar el seguimiento de algunas actividades susceptibles de ser programadas, será conveniente planificar y establecer sistemas de control de rápido acceso.

La gran mayoría de las actividades, ya sea administrativa o técnica, se encuentran estrechamente relacionadas unas con otras: avance de obra con estados de pago, falta de cumplimiento de plazos con multas, recepciones de obra con permisos, programación física con plazos, etc.

La oportunidad en que se hará la programación será al inicio de la obra de modo de clarificar y definir tempranamente el futuro desarrollo de los aspectos más relevantes del contrato como también exigir al Contratista los antecedentes necesarios y/o faltantes. Para simplificar las labores de la FISCALIZACIÓN en esta materia, es necesario disponer de herramientas prácticas basándose en fichas y formularios prototipos a llenar. En el ámbito de la programación administrativa general comprende las siguientes actividades:

Cuadro de Control de Fechas y Plazos Cronograma de Plazos Contractuales Programa de Trabajo de Obra (Carta GANTT) Programación Financiera

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Lista de Materiales. Marcas y Tipos Plan de Ensayos de Laboratorio Calendario de Visitas y Reuniones en Terreno Programa de Control de Calidad Listado de Equipos y Maquinarias / Subcontratos

Para una eficiente gestión del control administrativo general será necesario, como mínimo, implementar los elementos de planificación y ordenamiento señalados, independiente de la naturaleza, envergadura y complejidad del contrato. A continuación se hace una descripción detallada de las herramientas:

7.3.1. CUADRO DE CONTROL DE FECHAS Y PLAZOS (P1)

OBJETIVO:

Disponer de una hoja resumen con el registro de las principales actividades, eventos, fechas y observaciones del contrato. Constituye la hoja de vida que encabeza la carpeta administrativa (A) conservándose actualizada hasta la liquidación final. El listado es un ayuda memoria para revisar el estado de situación de los compromisos contractuales que inevitablemente deben estar cumplidos durante y al término de las obras para su recepción (FO-CNEL-CORP-GT-04).

DESARROLLO:

El prototipo auto explicativo que se adjunta en Excel en la base de datos computacional (P1) se debe adaptar a las necesidades particulares del contrato. Una copia es suministrada al contratista para ser completada por éste en la columna fecha programada y devuelta a la FISCALIZACIÓN, para completar la ficha original.

Este cuadro debe mantener consistencia con todos los demás programas y cronogramas del proyecto, tanto inicialmente como cada vez que se hace una reprogramación.

7.3.2. CRONOGRAMA DE PLAZOS CONTRACTUALES (P2)

OBJETIVO:

Contar con una representación gráfica de los plazos disponibles para realizar actividades asociadas a la reglamentación y a las bases de contrato y cuya naturaleza es de tipo administrativo, vale decir, complementa en ese aspecto el programa de ejecución de obras. Permite a la FISCALIZACIÓN detectar y proyectar, en forma simple, desviaciones de actividades e incluir elementos no contemplados habitualmente en los programas de obras (FO-CNEL-CORP-GT-05).

DESARROLLO:

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Fecha:20/11/2011

El prototipo contenido en la base de datos computacional se completa necesariamente, de acuerdo a definiciones de las bases y, por el Contratista para aquellos puntos no precisados.

Las fechas, hitos significativos y plazos corresponderán a los máximos posibles dentro de un desarrollo normal y seguro del proyecto completo. Deberán mantener correspondencia con la reglamentación, bases y demás programas de control.

Salvo que existan ampliaciones de plazo autorizadas, las reprogramaciones, prácticamente no son posibles sin contravenir disposiciones contractuales.

7.3.3. PROGRAMA DE TRABAJO DE OBRA (CARTA GANTT - P3)

OBJETIVO:

Es el programa de construcción que elabora en forma preliminar el contratista dentro de la presentación de la propuesta para explicar cómo las diferentes partes de la misma se desarrollarán en el tiempo y plazo. Es el documento de programación definitivo más importante, puesto que de él se derivan todos los demás (FO-CNEL-CORP-GT-06).

DESARROLLO:

Técnicamente corresponde a una Carta Gantt que en rigor debe estar apoyada en un programa de malla tipo PERT. Dependiendo de las exigencias de las bases y la iniciativa del contratista puede ser más o menos completa.

Cualquiera que sea la situación, se le deberá solicitar al Contratista una carta suficientemente desagregada en ítems y etapas, para hacer de ella un instrumento de medición y planificación útil. El modelo que se incluye en la base computacional, muestra algunos elementos guía al respecto (para obra de subestaciones).

Este programa estará perfectamente conciliado con los demás y particularmente con la programación financiera de estados de pagos y presupuesto entre los cuales existe una absoluta dependencia.

Cada reprogramación significará para el contratista emitir una nueva versión actualizada del programa, incluyendo además si corresponde, obras extraordinarias y/o aumentos o disminuciones de obra.

7.3.4. PROGRAMACIÓN FINANCIERA (P4)

OBJETIVO:

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Es un documento contenido en la presentación de la propuesta y corresponde a programar en el tiempo los pagos en conformidad a los avances de obra esperados. El propósito es planificar la disponibilidad y egreso de los recursos económicos con los cuales la Empresa calcula su disponibilidad de caja mensual (FO-CNEL-CORP-GT-07).

DESARROLLO:

El formulario tipo se llena en las diversas columnas de acuerdo a los valores correspondientes a costos programados, porcentaje mensual y valores acumulados, incluyendo los anticipos y las cuotas de devolución de los mismos.

Las modificaciones están sujetas a la autorización de la Jefatura.

7.3.5. LISTA DE MATERIALES, MARCAS Y TIPO (P5)

OBJETIVO:

Disponer de una lista de todos los materiales que se emplearán en la obra a fin de precisar su calidad tipo y necesidad de ensayo de laboratorio. El documento permite aclarar desde su inicio los materiales consultados para la obra, discutir la aceptación en función de sus características y estimar la cantidad de ensayos a incorporar en el programa respectivo (FO-CNEL-CORP-GT-08).

DESARROLLO:

En base al estudio de los documentos técnicos del proyecto la FISCALIZACIÓN elaborará una lista de materiales empleando para ello un formulario prototipo contenido en la base de datos. Es recomendable que se realice al inicio del contrato. La lista se proporcionará al contratista para que complete las columnas "Marca", "Tipo/Color" para devolverlo nuevamente a la FISCALIZACIÓN La lista debe ser confiable de modo que aquellos materiales respecto a los cuales no exista certeza de marca y tipo, se mantendrán en la columna observaciones como provisorios. La lista que se obtiene contribuye, en forma importante, a definir en esta etapa del proyecto en cuanto a la calidad de los materiales presupuestados por el contratista y abre de manera preventiva la discusión para aquellos que no cumplen con las especificaciones exigidas y/o ofrecidas.

Cualquier cambio futuro tienen sentadas las bases de calidad en esta etapa del proceso de construcción.

7.3.6. PLAN DE ENSAYOS DE LABORATORIO (P6)

OBJETIVO:

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Consiste en establecer un programa de ensayos y muestreo de materiales de construcción de las obras (civil, mecánica, eléctrica) para la verificación de cumplimiento de las características de calidad especificadas en las bases del contrato y normas especificada.

El control técnico de calidad es una herramienta indispensable y objetiva que es conveniente emplear planificada mente en función de la incidencia (criticidad) en los resultados finales y de los costos a ella asociados (FO-CNEL-CORP-GT-09).

DESARROLLO:

Las bases de la propuesta deben definir el esquema de ensayos a practicar a los materiales. En ausencia de ello la FISCALIZACIÓN, conjuntamente con el Contratista, elaborarán un programa que defina y dimensione que materiales, tipo de ensayo, distribución, cantidad y frecuencia de estos, de acuerdo a la envergadura del contrato de construcción.

Las pautas a seguir para definir el plan son las expuestas, siendo los criterios los referidos a continuación.

Criterios para el Control Técnico y Fiscalización de Obras: Para todo lo demás y en general serán válidas las normas del INEN., u otras especificadas en la memoria técnica. El programa se vaciará en el esquema prototipo que se exhibe en la base computacional, constituyendo un documento oficial, con copia para el Contratista, quien deberá ceñirse al plan y mantener un registro para verificar y hacer su seguimiento El empleado de laboratorio responsable de la toma de muestras dejará consignado los datos en el Libro de Obras o en su defecto en el Libro de Visitas en cada ocasión que visite las obras. Si la anotación reviste importancia para la obra esta deberá ser consignada por la FISCALIZACIÓN en el Libro de Inspección. Los resultados serán procesados por la FISCALIZACIÓN llenando un cuadro resumen de resultados según lo señalado en el punto 8.3.3 CUADRO CONTROL DE RESULTADOS DE ENSAYOS DE LABORATORIO.

7.3.7. CALENDARIO DE VISITAS Y REUNIONES EN OBRA (P7)

OBJETIVO:

Contar con un esquema programado de visitas y reuniones mínimas en terreno, con el fin de controlar, con presencia del representante del contratista, la marcha de los trabajos y resolver o acordar puntos pendientes.

Tiene el beneficio de optimizar el recurso tiempo, organizar a los asistentes y preparar el temario para hacer de ellas una actividad productiva (FO-CNEL-CORP-GT-10).

Estas visitas son independientes de aquellas que sin aviso previo fueren necesarias para un adecuado control de la marcha del contrato.

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DESARROLLO:

En función de la envergadura y complejidad de la obra, la FISCALIZACIÓN definirá la cantidad de visitas programadas a terreno, fijando la cantidad semanal o mensual, según el caso, en días y horario fijos. Estas visitas deben involucrar a todos aquellos que puedan recibir una retroalimentación con la ejecución real de la obra.

En la programación la FISCALIZACIÓN deberá tener presente que también tendrá que realizar visitas no programadas en el largo plazo y que son aquellas necesarias para efectuar recepciones provisorias de partidas y materiales u otros imponderables que requieran una acción inmediata en terreno.

El programa establecido de común acuerdo con el contratista o su representante se oficializará a través del formulario prototipo respectivo.

Entre el FISCALIZADOR y el Contratista se conviene el calendario de reuniones y visitas a obra que está en la base computacional.

Cualquier cambio por vía de excepción, con causales acordadas, deberá ser comunicado con al menos un día de anticipo para las visitas rutinarias y tres días para las reuniones conjuntas con proyectistas. Las reuniones no incluyen aquellas que requiera el contratista para la buena marcha de los trabajos, como tampoco las de otros representantes de servicios e instituciones.

Entiéndase Contratista o su representante designado oficialmente a cargo de la obra.

7.3.8. CUADRO RESUMEN DE CONTROLES (P8, CR-P8)

Corresponden a la información resumida de cada una de las cartillas de control asociadas a cada unidad de obra. La primera es de planificación de lo que se va a controlar y la segunda en las columnas verticales señalan los controles efectuados, indicando además, las inspecciones selectivas, lo cual permite visualizar su distribución como en general el avance y cumplimiento del plan de control de calidad.

Estos cuadros son administrados por la FISCALIZACIÓN en base a la información que proporciona el Contratista (cartillas) y las inspecciones selectivas efectuadas en terreno.

El tipo y descripción de Cartillas de Calidad y Cuadro Resumen Controles se encuentran detallados más adelante en la sección 8.2.1. "Metodología para el Control Técnico de Obras".

OBJETIVO:

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Fecha:20/11/2011

Planificar las actividades de control de calidad de las obras en el contexto de aplicar un sistema basado en el autocontrol practicado por el contratista y una inspección selectiva por parte de la FISCALIZACIÓN.

Las principales herramientas de ayuda a la gestión son las cartillas de control (CC) destinadas a verificar la calidad, dentro de un estándar, de las diferentes actividades que componen la obra. Completan el sistema básico de inspección técnica los ensayos de laboratorio a materiales y la aceptación de obra o soluciones tipo específicos, por ejemplo, montaje de torres.

El sistema está soportado por los procedimientos de autocontrol convenidos al inicio de la obra con el contratista, mediante el empleo de las cartillas elaboradas por la FISCALIZACIÓN y el contratista, que FISCALIZACIÓN recupera una vez completado el proceso de autocontrol.

Dentro de este esquema es posible la recepción parcial de obras y rubros, recepción provisoria de partidas que está absolutamente supeditada a la entrega de las cartillas por parte del contratista.

DESARROLLO:

La planificación del esquema de control se implementa con 2 documentos:

a. Programa de Control de Calidad - Lista de Actividades de Autocontrol (P8)

Consiste en definir las actividades que son importantes y convenientes de controlar en función de los planteamientos expuestos en el modelo conceptual y del tipo de obra a supervisar (FO-CNEL-CORP-GT-11).

b. Cuadro Resumen Controles (CR – P8)

Corresponde a la información resumida de cada una de las cartillas de control asociadas a cada parte en la que se divide la obra.

Las columnas verticales señalan los controles efectuados, indicando además, las inspecciones selectivas, lo cual permite visualizar su distribución como en general el avance y cumplimiento del plan de control de calidad (FO-CNEL-CORP-GT-11.1).

Estos cuadros son administrados por la FISCALIZACIÓN basándose en la información que proporciona el Contratista (cartillas) y las inspecciones selectivas efectuadas en terreno.

7.3.9. LISTA DE EQUIPOS Y MAQUINARIAS / SUBCONTRATOS (P9)

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OBJETIVO:

Conocer las características, calidad y cantidad de maquinarias y equipos que dispondrá el contratista para la construcción de la obra. Habitualmente es un antecedente solicitado en las bases de presentación de la propuesta.

Disponer de los tipos de Subcontratos que tendrá el contratista, como un elemento más de juicio, respecto a la estrategia que practica éste y permitir a la FISCALIZACIÓN adoptar una posición con relación a las exigencias de calidad y su cumplimiento (FO-CNEL-CORP-GT-12).

DESARROLLO:

De acuerdo al prototipo propuesto, el contratista incluye la información solicitada y devuelve el formulario a la FISCALIZACIÓN para su verificación durante el desarrollo de las obras.

7.4.GESTIÓN PARA EL CONTROL ADMINISTRATIVO DE LOS CONTRATOS DURANTE LA CONSTRUCCIÓN DE LA OBRA

Este acápite se refiere a todas aquellas labores que debe realizar la FISCALIZACIÓN en cumplimiento de sus funciones fiscalizadoras de tipo administrativas y contables, vale decir, excluye todo lo que significa control técnico de calidad de las obras.

Para una mejor comprensión de las tareas éstas se han agrupado, de acuerdo a su naturaleza, en los subconjuntos que a continuación se detallan.

7.4.1. HERRAMIENTAS PARA EL CONTROL FÍSICO Y ECONÓMICO DE LAS OBRAS

Las herramientas de medición y control físico-económico consisten en establecer instrumentos de trabajo para evaluar las cantidades de obra ejecutada y su costo correspondiente, en un determinado momento de su proceso de construcción. Los indicadores que se obtiene por esta vía permiten visualizar y comparar la situación de avance real de los trabajos respecto a la programada, medir el grado de cumplimiento, adelanto o atraso y tomar decisiones correctivas si corresponde. Estas herramientas son cuatro:

Programa de Trabajo de la Obra (CARTA GANTT) (M1) Programa y Cuadro Resumen de Estados de Pago (M2) Cuadro de Avance por Partida (M3) Cuadro y Curvas de Avance Programado y Real (M4) y (M5)

Se debe considerar que para la FISCALIZACIÓN estos antecedentes de análisis son para la supervisión fiscalizadora de la marcha del contrato, no así para el Contratista que

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constituyen herramientas indispensables de trabajo, motivo por el cual su elaboración necesariamente le es exigida.

7.4.1.1. PROGRAMA DE TRABAJO DE LA OBRA (CARTA GANTT – M1) )

Este programa corresponde a la clásica Carta Gantt o diagrama de barras tiempo-actividad, que es solicitado como documento de planificación de los trabajos dentro del proceso de licitación a que se presenta el contratista.

Adjudicado el contrato debe desarrollar el programa detallado y definitivo, en el plazo más breve, dado que es el elemento base que resume la estrategia general de cómo se inician, prosiguen y finalizan las diferentes partes que integran la obra.

Las actividades corresponden normalmente a las partidas de la lista de obra y mientras más desagregada, tanto más precisa y confiable es. Para las necesidades de la FISCALIZACIÓN su tamaño será el adecuado para permitirle controlar el cumplimiento de las fechas y plazos de las diferentes etapas, este formato es el mismo que (FO-CNEL-CORP-GT-06) y debe incluirse las barras de seguimiento real del trabajo en obra.

La actualización o reprogramación de la Carta Gantt puede ser necesaria cuando se modifica la estrategia de construcción de la obra o esta incurre en atrasos.

La FISCALIZACIÓN exigirá al contratista la reprogramación de las obras cuando ésta tenga un atraso de más de 10 días en tres actividades simultáneamente o en una actividad crítica de la ejecución. Los costos que involucra realizar una reprogramación de las obras deberán ser absorbidos por el Contratista. El contratista dispone de un plazo máximo de 7 días, a contar de la fecha que la FISCALIZACIÓN se lo exija, para entregar el documento actualizado, el cual deberá ser revisado y aprobado por la FISCALIZACIÓN, de lo contrario ésta no dará curso a nuevos Estados de Pago.

El Programa de Trabajo se lleva en dos barras para cada actividad, correspondiendo una a lo programado y la otra a los avances, los cuales deberán actualizarse por la FISCALIZACIÓN al menos mensualmente o con cada Planilla de Pago.

7.4.1.2. PROGRAMA Y CUADRO RESUMEN DE ESTADOS DE PAGO (M2)

Este cuadro tiene la finalidad de registrar todos los datos correspondientes al movimiento de los Estados de Pago durante el desarrollo de la obra (FO-CNEL-CORP-GT-03) u otro formato que con las mismas características permitan el seguimiento de los montos cancelados y devengados del anticipo.

Contiene los datos de entrada de la Programación Financiera (Refiérase al 7.3.4) y la información pertinente, desagregada de los Estados de Pago reales.

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La Programación Financiera es exigida en las bases de presentación a la propuesta, con características de invariable, vale decir, se mantiene durante el desarrollo de la obra salvo que se autorice expresamente una modificación de programa.

El compromiso que establece el contratista es muy fuerte y además es importante para CNEL, dado que en función de éste programa planifica la utilización de sus recursos financieros.

La modificación del calendario de Estado de Pago es motivo de reprogramaciones de varios otros programas encadenados. Para su autorización la FISCALIZACIÓN debe informar fundadamente a la Jefatura correspondiente, quien decidirá al respecto e instruirá a la FISCALIZACIÓN.

El formulario tipo se llena en las diversas columnas de acuerdo a los valores correspondientes a costos programados, costos reales directos, devoluciones de anticipo, retenciones, valor neto y pago efectivo, conforme se van produciendo. El formulario es llenado por la FISCALIZACIÓN pudiendo perfectamente convenir su mantención con el contratista.

7.4.1.3. CONTROL DE AVANCE POR PARTIDA (M3)

Este cuadro tiene por base el itemizado de la Lista de Obra a la cual se le agregan las columnas con los datos de avance a la fecha, valor de trabajos efectuados y valor de Estados de Pago anterior (FO-CNEL-CORP-GT-01). Los datos de entrada se obtienen de medir en porcentaje el avance que han tenido las diferentes partidas en la obra. Es un procedimiento de respaldo indispensable para la formulación de los Estados de Pago, por consiguiente la información es elaborada por el Contratista y la FISCALIZACIÓN verifica y autoriza las cantidades.

Permite además constatar el cumplimiento del Programa de Trabajo y adoptar medidas correctivas para situaciones de atraso.

7.4.1.4. CUADRO Y CURVAS DE AVANCE PROGRAMADO Y REAL (M4)

Las cifras porcentuales de avance por partida se ponderan en costo respecto a su incidencia en el total del presupuesto, obteniéndose un índice de avance del contrato global, con el cual se confecciona una tabla de valores o cuadro de avance programado y real, a través del tiempo, según modelo (FO-CNEL-CORP-GT-02).

Como herramienta de control y medición cumple la misma función que el cuadro de control de avance por partidas pero con relación al total del volumen de obra del contrato.

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La columna "avance real esperado próximos meses" permite asignar a futuro un porcentaje de avance, ya sea conforme a lo programado si no existe atraso, o proyectado corrigiendo posibles desviaciones.

Para visualizar cuantitativamente la marcha de la obra, los datos de porcentaje de avance programado y real se pueden traducir en un gráfico de curvas con las variables "avance acumulado-tiempo". La importancia del gráfico estriba en que permite ver la tendencia que lleva la curva de avance real respecto a la programada, conforme se muestra en el modelo Curvas de Avance Programado y Real (FO-CNEL-CORP-GT-02).

Con referencia a la gestión de control de avances de obra la FISCALIZACIÓN deberá tener presente las siguientes recomendaciones:

Estar consciente que en estas materias es el responsable de la información que emite.

Mantener al día, conforme a los últimos registros, el Programa de Trabajo y el Cuadro de Avance Físico - Financiero de modo de conocer el porcentaje de obra ejecutada respecto al plazo transcurrido. Verificar que los avances indicados por el contratista correspondan lo más fielmente posible a los reales.

Informar a la Jefatura cuando el retraso de la obra exceda el 10% de lo programado.

Confeccionar y entregar periódicamente a la Autoridad o Jefatura el informe de Avance de Obras conforme a lo estipulado en el inciso 7.2.3.2. del presente Manual.

7.4.2. PROCEDIMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN O REGLAMENTARIOS

Entre las múltiples actividades que tiene que desempeñar la FISCALIZACIÓN están aquellas que se pueden agrupar como de Administración Reglamentada. Se refiere a una serie de gestiones y trámites de ejecución obligatoria y para los cuales existen formas y protocolos instituidos en la normativa pertinente, correspondiendo estos a:

Entrega de terreno al contratista y/o permisos de paso y servidumbre Aportes de materiales y elementos por CNEL Formulación Estados de Pago Cobros Extraordinarios Recepción de Obras Calificación del contratista

La mayoría de los procedimientos que a continuación se describen se presentan en forma de cartas de proceso o gráficos, utilizando la simbología habitual para este tipo de esquemas, en función de los documentos y actividades que los respaldan. Los flujo gramas

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van acompañados de un texto explicativo de carácter general basado en la reglamentación existente y en las formas de hacer actuales.

Los procedimientos que se presentan son de aplicación universal, independientemente del tamaño, categoría o tipo de obra, afectando la diversificación solo a nivel de formularios o prototipos para cada caso con el objeto de uniformar criterios.

A su vez, al estar organizados computacionalmente en una base de datos, permiten establecer un estándar y acceder a la realización de un trabajo ágil y expedito.

7.4.2.1. ENTREGA DE TERRENO AL CONTRATISTA Y/O PERMISOS SEGÚN EL CASO DE CADA OBRA (INICIO DE OBRA).

Este procedimiento es importante en obras de Subestaciones, y construcción de líneas con la comunicación oficial al contratista de la fecha en que se deberá realizar la entrega del terreno en aquellos casos en que el CNEL lo aporta; o los respectivos permisos de paso para la construcción de líneas y de la franja de servidumbre., así como permisos de autoridades ambientales,

También es recomendable efectuar este acto en aquellos casos en que el contratista aporta el Terreno o en obras de Líneas para dejar constancia de la constitución FISCALIZACIÓN - Contratista y de las particularidades del lugar.

A estos actos de entrega del terreno y/o permisos deberá asistir un representante del CNEL (FISCALIZACIÓN) debidamente designado por la autoridad y el Contratista o en su defecto el representante legal de éste. Si este último no se presentara dentro de los plazos que estipula el reglamento vigente, el CNEL podrá resolver administrativamente el contrato.

La Entrega de los terrenos se deberá formalizar mediante un acta que será suscrita por el funcionario que se designe para tal efecto y el contratista o representante legal, en la fecha que corresponda.

En el Acta como en el Libro de Inspección se deberá individualizar al profesional que en representación de la firma Contratista que estará permanentemente a cargo de las obras en faena.

Los principales documentos que se utilizan en este procedimiento son: el Acta de Entrega de Terreno, suscrito por el funcionario designado por la autoridad correspondiente (FISCALIZACIÓN) y el Libro de Inspección, en el que se registrará los actos iniciales de obra.

Las actas estándar a ser empleadas en este procedimiento son aquellas denominadas: ACTA DE ENTREGA DE TERRENO (FO-CNEL-CORP-GT-13), ACTA DE INICIO DE OBRA (FO-CNEL-CORP-GT-14) y ACTA DE ENTREGA DE PERMISOS (FO-CNEL-CORP-GT-15), las cuales

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se pueden encontrar en los anexos del presente Manual. En la Fig.7.1. se puede apreciar las actividades a realizarse para el inicio de la obra.

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Fig.7.1. INICIO DE OBRA

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7.4.2.2. APORTES DE MATERIALES Y ELEMENTOS POR CNEL

Este procedimiento se refiere a los aportes de materiales y elementos que hace CNEL cuando así se especifica en el contrato. El procedimiento general se describe a continuación:

La FISCALIZACIÓN elaborará oportunamente un inventario de los materiales y elementos a ser aportados, inventario que estará disponible para el contratista. Los gastos de fletes de materiales que fuera necesario realizar serán realizados según lo especifique el contrato.

Si se requiriera una cantidad mayor de materiales o elementos a los indicados en el inventario se procurarán según lo especifique el contrato. Para estos materiales si fueron proporcionados por el contratista y se produjera un sobrante, estos serán de propiedad del contratista. El Contratista no tendrá derecho a ningún pago adicional ni reajustes por los materiales aportados por CNEL.

CNEL será propietario de todos los elementos y materiales que se encuentren en la Obra cuyo origen sea la aportación de CNEL, al final se realizará una conciliación de lo utilizado y entregado, realizando una acta en la que la FISCALIZACIÓN y el contratista acuerdan en cada rubro el uso del material utilizando el formato FO-CNEL-CORP-GT-16.

El Contratista será depositario de los materiales aportados por CNEL y de todo el material que llegue a la Obra. Los principales documentos utilizados en este procedimiento son los siguientes:

Inventario de Aportes de Materiales, confeccionado por la FISCALIZACIÓN. Carta de reclamación del contratista; confeccionada por el contratista, en caso de

que el inventario no coincida con los materiales recibidos. Libro de Inspección o de Obras para estampar constancia de la entrega.

Habitualmente este procedimiento es muy particular para cada caso, por lo cual en general las bases administrativas del contrato detallan y reglamentan específicamente las condiciones de los aportes. La FISCALIZACIÓN se limitará a hacer cumplir éstas instrucciones.

7.4.2.3. ESTADOS DE PAGO (E. de P.)

Este procedimiento detalla la formulación y tramitación de los Estados de Pago (E. de P.) que consiste en la documentación contra la cual se cancelan las obras ejecutadas durante el desarrollo del contrato.

Los Estados de Pago serán considerados como abonos parciales que efectúa CNEL durante el curso de los trabajos y tendrán sólo el carácter de un anticipo al contratista a cuenta del valor de la obra. En ningún caso se estimará este anticipo como la aceptación, por parte

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de CNEL, de la cantidad y calidad de obra ejecutada por el Contratista y a la cual corresponde dicho abono.

CNEL podrá otorgar al contratista, de acuerdo a la reglamentación vigente, dos tipos de anticipos e incluso ambos en forma simultánea: Anticipo de Materiales y Anticipos de Dinero, siendo este último el más frecuente. Estos anticipos deben ser descontados de los estados de pago antes del término del plazo y/o último Estado de Pago (Fig.7.2. a/b/c).

Para fiscalizar el aspecto contable y financiero que representan los estados de pago, la FISCALIZACIÓN requiere de la implementación de herramientas para su control.

El Avance Financiero de la Obra se controla periódicamente mediante dos documentos principales: el Estado de Pago y el Informe de Avance de Obra.

El Estado de Pago debe ser confeccionado por la FISCALIZACIÓN y el contratista. La FISCALIZACIÓN luego de su revisión y aprobación, debe dar el pase (firma) para cursar su pago correspondiente.

Mediante este documento se realiza un control de avance financiero pues se especifica en él, para cada partida a ejecutar, una comparación entre el valor presupuestado y el valor acumulado a la fecha de acuerdo a su avance físico.

Para una mejor comprensión de este aspecto, importante para el control financiero de la obra, se presenta una descripción de Estado de Pago.

Puede distinguirse la siguiente información agrupada, según su ubicación en el formato, de la siguiente manera:

CARÁTULA, CARA PRINCIPAL

Identificación y ubicación de la obra Nombre del Contratista Fecha de iniciación y de vencimiento del contrato Identificación del contrato Valores de construcción, y ampliaciones Identificación de Estado de Pago: Número y período Número de períodos (de número de días transcurridos) Situación en cuanto a permisos Valor global de las obras ejecutadas hasta la fecha Valor global de las obras según Estado de Pago anterior Diferencia (corresponde al valor del presente Estado de Pago) Retenciones Descuentos Reajustes en forma global Líquido a pagar

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Identificación de certificados de Servicio de Seguro Social e Inspección del Trabajo

CARÁTULA, REVÉS

Detalles y antecedentes sobre el cálculo del reajuste cuando corresponda

Hoja con detalle del trabajo hecho hasta la fecha

Se acompaña a cada Estado de Pago tantas hojas como sean necesarias para incluir el total de las partidas aunque éstas no hayan tenido movimiento. Cada hoja considera la siguiente información:

Número correlativo Partida (denominación) Unidad de cada partida Cantidad total de la partida Precio unitario de la partida Valor presupuesto Cantidad ejecutada hasta la fecha en forma acumulada Valor de lo ejecutado, acumulado a la fecha Valor de lo ejecutado, según Estado de Pago anterior

Por diferencia entre lo ejecutado a la fecha y el Estado de Pago anterior resulta el valor del presente Estado de Pago. Además el hecho de tener el valor total de cada partida proporciona una visión inmediata del grado de avance detallado y global.

OBSERVACIONES

Según la reglamentación y modalidad de contratación que determinen las bases, pueden existir algunas diferencias que afectan en el fondo de cómo se pagan los contratos y por consiguiente los estados de pago. La FISCALIZACIÓN deberá conocer detalladamente estas disposiciones y ceñirse estrictamente a las cláusulas que gobiernan el contrato.

La Controlaría General de Estado según norma de Acuerdo 039 CG 2009 determina que:

403-08 Control previo al pago: Las servidoras y servidores de las instituciones del sector público designados para ordenar un pago, suscribir comprobantes de egreso o cheques, devengar y solicitar pagos vía electrónica, entre otros, previamente observarán las siguientes disposiciones:

a) Todo pago corresponderá a un compromiso devengado, legalmente exigible, con excepción de los anticipos previstos en los ordenamientos legales y contratos debidamente suscritos;

b) Los pagos que se efectúen estarán dentro de los límites de la programación de caja autorizada;

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c) Los pagos estarán debidamente justificados y comprobados con los documentos auténticos respectivos;

d) Verificación de la existencia o no de litigios o asuntos pendientes respecto al reconocimiento total o parcial de las obligaciones a pagar.

e) Que la transacción no haya variado respecto a la propiedad, legalidad y conformidad con el presupuesto.

Para estos efectos, se entenderá por documentos justificativos, los que determinan un compromiso presupuestario y por documentos comprobatorios, los que demuestren entrega de las obras, bienes o servicios contratados.

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Fig.7.2a. TRAMITACIÓN DE ESTADOS DE PAGO

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Fig.7.2b. TRAMITACIÓN DE ESTADOS DE PAGO

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Fig.7.2c. TRAMITACIÓN DE ESTADOS DE PAGO

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7.4.2.4. COBROS EXTRAORDINARIOS DEL CONTRATISTA.

En general pueden justificarse cobros extraordinarios del contratista, basados en dos situaciones que los causen:

Modificación del proyecto, que signifiquen aumentos en las cantidades de obras. En este caso el CNEL podrá autorizar aumentos de obras a valores de contrato.

Imprevistos que ocurren durante la construcción del Proyecto, que signifiquen obras extraordinarias no previstas en el contrato. En este caso el monto de estas obras extraordinarias no podrá exceder lo provisto en los artículos del 85 al 91 de la Ley Orgánica de Contratación Pública.

Si con aprobación de la autoridad competente y a proposición de la FISCALIZACIÓN., hubiese necesidad de ejecutar obras extraordinarias que correspondan a modificaciones o complementación de la obra contratada, dentro de los porcentajes autorizados, siempre que previamente se haya suscrito el respectivo convenio que establezca las características y cantidad de obra, precios, plazos y reajustes, CNEL podrá anticipar el pago a cuenta de un porcentaje según la ley, del valor de las obras a ejecutar, cargando dichos pagos al contrato vigente, en calidad de anticipos.

Una vez tramitada la Resolución correspondiente el contratista deberá entregar la garantía de las obras extraordinarias contratadas y todas otras aquellas estipuladas en la ley de Contratación Pública.

Si no se llegase a acuerdo con el contratista, respecto a precios y plazos de obras extraordinarias y la ejecución de los respectivos trabajos fueren necesarios, el CNEL podrá contratar dichos trabajos con otra empresa, quedando obligado el contratista primitivo a dar todas las facilidades del caso para la realización de los trabajos.

7.4.2.5. RECEPCIÓN DE OBRAS.

La recepción de obras consiste en verificar y aprobar, una vez que se haya concluido totalmente la obra, que ésta se ajusta a los términos contractuales convenidos, en cuanto a plazo de ejecución, calidad de los materiales empleados y su elaboración, cantidad de obra realizada y cumpla con los requisitos de certificación de instalación de los servicios públicos, Inspección del Trabajo, del Servicio de Seguro Social u otra entidad reguladora del sector.

Además deberá comprobarse el cumplimiento de aquellos aspectos que no quedan reflejados en la obra, que se refieren al grado de eficiencia administrativa exhibida durante la construcción y no tener deudas pendientes que pudieran afectar con posterioridad a CNEL.

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Sin embargo el tema más importante, como resultado perdurable, será el de la calidad de la Obra. El cumplimiento de ese objetivo fundamental será función directa de los procedimientos y medidas de control de calidad que el Contratista haya aplicado durante todo el desarrollo de la obra en cada una de sus partes. En este contexto se propone incluir un procedimiento de autocontrol, como actividad final, asociada a la recepción de las obras y que a continuación se describe.

a. PROCEDIMIENTO DE PRE RECEPCIÓN AUTO CONTROLADA.

Consiste en que el contratista efectúa la pre recepción de las obras (que puede ser de una tarea inclusive) basándose en una ficha de verificación que explora los diferentes elementos constructivos estableciendo su conformidad o rechazo. Tiene el doble propósito de fortalecer el compromiso de calidad asumido por el contratista y servir de base para la recepción institucional de las obras.

La ficha de control es elaborada por la FISCALIZACIÓN para cada unidad de recepción, o tarea realizada (por ejemplo, obra civiles, línea, subestación), el contratista la debe devolver junto con la carta en que comunica el término de la obra y solicita la recepción de la misma. Cuando Este trámite será condición indispensable para que el CNEL proceda a nombrar la comisión respectiva, previo informe de autorización de la FISCALIZACIÓN. Esta, a su vez, realiza una verificación selectiva a través de las fichas (CC), para comprobar la exactitud de su contenido.

El procedimiento debe ser informado al contratista al inicio de las obras formando parte del sistema de autocontrol técnico de calidad que se describe en la Sección 7.2.2.2 y de los elementos de planificación de las obras, descritos en la sección 8.2.1 Programa de Control de Calidad.

b. RECEPCIÓN OFICIAL

Se inicia con la solicitud escrita del contratista a la FISCALIZACIÓN, acompañada de las correspondientes cartillas de recepción.

Las recepciones pueden ser parciales o totales, aspecto que deberá ser resuelto al inicio de la obra en función del tipo de obra, sus posibilidades de subdivisión y habilitación, e intereses de planificación estratégicas del CNEL.

La recepción de las obras se formaliza cuando la Comisión Receptora se constituye en la obra, nombrada previamente por el CNEL a solicitud de la FISCALIZACIÓN, concurriendo el contratista o su representante legal y el Inspector Técnico.

La comisión en referencia, una vez inspeccionadas las obras, en colaboración con la FISCALIZACIÓN, podrá recibir obras sin observaciones, con observaciones (con reservas) o rechazarlas por considerar que éstas no han sido terminadas o porque existen defectos de

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consideración en ellas, situación que no debiera presentarse con el esquema de inspección auto controlada.

Cuando la comisión formaliza una recepción con reservas, la FISCALIZACIÓN deberá hacer cumplir las órdenes indicadas en el acta dentro de los plazos que en la ley de Contratación Publica se estipula.

Los principales documentos obligatorios que deben estar reunidos al momento de constituirse la comisión, aparte de las carpetas administrativas y técnicas, y según la naturaleza de las obras, son los siguientes:

Certificado de Recepción de la obra así como: de vías, caminos, medio ambiente, expedidos por instituciones ajenas a CNEL. y que acepten conforme reglamentaciones vigentes la ejecución de obra

Certificado de la Inspección del Trabajo correspondiente y Seguro Social, que acredite que no existen reclamos pendientes de índole laboral

Certificado de consumos de servicios. Se hace presente que para acreditar que no existen deudas pendientes por dicho concepto, al término de las obras, el contratista deberá presentar certificados de los servicios pertinentes, no aceptándose declaración jurada

Certificado en el cual conste que las obras complementarias, si existen el contrato, están terminadas y han sido ejecutadas e inspeccionadas conforme con los planos, especificaciones y reglamentos vigentes

Los documentos que se emiten durante el proceso de recepción de obras son básicamente;

Carta (y cartillas de autocontrol) del Contratista a la FISCALIZACIÓN solicitando la recepción de la obra;

Informe y solicitud de la FISCALIZACIÓN a la autoridad para que designe una Comisión Receptora;

Oficio con nombramiento de la Comisión, confeccionada por la Autoridad;

Actas de recepción según prototipo, confeccionada por la FISCALIZACIÓN y firmada por los integrantes de la comisión,

Informe de calificación final del Contratista, según prototipo, confeccionada por el Inspector Técnico de Obras y firmada por los integrantes de la Comisión. Se consignará en el Libro de Obras para dejar constancia de la recepción;

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Memorándum de la FISCALIZACIÓN a la Autoridad correspondiente acompañando la documentación de la obra para que se efectúe la liquidación contable del contrato. Para ello incluirá el último Estado de Pago con los ajustes finales de cantidades de obra, aumentos, obras extraordinarias.

Se incluye gráfico con el flujo de actividades e información con el procedimiento para la liquidación del contrato, como antecedente ilustrativo adicional, por cuanto esta labor no forma parte de las funciones de la FISCALIZACIÓN, la cual sólo proporciona los antecedentes necesarios para que una unidad especializada formalice la liquidación final.

RECOMENDACIONES

El proceso de recepción, en cuanto a su desarrollo en el tiempo, se establece a continuación (debería regularse como política interna) o será según el reglamento que lo gobierne. La FISCALIZACIÓN deberá tener muy en cuenta lo relativo a fechas y plazos que se refiere a:

Cumplimiento de los plazos contractuales (incluye posibles aumentos) y fecha de término de la obra.

Plazos para la designación de la Comisión Receptora. 15 días

Constitución de la comisión en la obra 15 días.

Fecha Acta de Recepción.

Plazo dado al Contratista para superar defectos en caso de que estos existan ,

Plazo de reclamo del Contratista para formular su inconformidad con las observaciones de la Comisión 3 días

Plazo de vigilancia y cuidado de la obra posterior a la recepción que indique en la ley o contrato,

Plazos de garantías y responsabilidades posteriores a la recepción o según lo establezca la garantía técnica y las leyes,

Plazo para reclamos por vicios ocultos, según lo indique la ley,

Multas asociadas al incumplimiento de los plazos, según especifique el contrato, por día de atraso,

Plazos para la devolución de garantías y liquidación del contrato,

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Se debe armonizar lo que determina la Contraloría GENERAL DEL ESTADO en Acuerdo 039 CG 9009.- 408-29;

“Recepción de las obras Se llevarán a cabo dos tipos de recepción: una provisional que se efectuará 15 días después de que el contratista de la obra haya notificado por escrito la finalización de las obras de construcción y otra definitiva que no podrá realizarse en un plazo menor a seis meses después de la fecha de la recepción provisional. “En ambos casos, se elaborará un acta de recepción, donde se indicará cómo se desarrolló el proceso constructivo y la condición en que se recibe la obra; para la recepción provisional se indicará al menos, si ésta se recibe a satisfacción o con observaciones, en cuyo caso se señalarán las causas de ello, para que el constructor proceda a corregir los problemas. Las actas señalarán como mínimo lo siguiente:

Los antecedentes contractuales de la obra.

Condiciones generales de ejecución, condiciones operativas.

La calidad y cantidad de las obras ejecutadas.

Liquidación económica que incluye el monto cancelado y el que falta por cancelar por concepto de avance de obra, reajuste de precios, obras extraordinarias y cualquier otro rubro contemplado, si la recepción es provisional. Si ésta es definitiva, las cuentas deben estar finiquitadas y no se admite reclamos pendientes de las partes.

Liquidación de plazos que incluye el plazo empleado en la ejecución, incluyendo prórrogas. Se establecerán las sanciones a las que hubiere lugar.

Si las obras se reciben a satisfacción o con observaciones, y en este último caso, las razones para que sea así.

Cuando la obra se realice por administración directa, las recepciones provisional y definitiva serán realizadas por una comisión de representantes de los futuros usuarios, en presencia del administrador de la obra y su equipo; cuando se ejecute por contrato, actuarán en la recepción el contratista y los integrantes de la comisión designada por la máxima autoridad de la entidad contratista, integrada por el administrador del contrato y un técnico que no haya intervenido en el proceso de ejecución del mismo.

El hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción oficial, no exime al constructor de su responsabilidad por vicios ocultos, si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de la recepción definitiva.

El constructor o contratista deberá a comunicar por escrito, al jefe de fiscalización, la finalización de las obras a su cargo, para que proceda a su recepción.

Esta comunicación formaliza la fecha de término de las obras y constituye una constancia de que este hecho fue oportuna y debidamente comunicado a la administración. En forma

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previa a la recepción del proyecto se efectuará una revisión de las obras a fin de consignar sus resultados en el acta de recepción, especialmente si se detecta algún problema, en cuyo caso, éste deberá señalarse al constructor para su corrección inmediata, o para que asuma las responsabilidades correspondientes.

Durante la revisión de las obras para su recepción, sea provisional o definitiva y hasta la suscripción del acta correspondiente, deben estar presentes las partes interesadas en el proceso. Si la ejecución se realizó por administración directa, los representantes de los futuros usuarios recibirán la obra de parte del administrador de la obra previa revisión de ésta, y al finalizar, los participantes suscribirán el acta elaborada, con las salvedades que consideren pertinentes. Si la obra se ejecutó por contrato, el Jefe de fiscalización y fiscalizadores actuarán suministrando toda la información necesaria a la comisión de recepción integrada por profesionales designados por la máxima autoridad. Los resultados se consignarán en el acta, la cual suscribirá, haciendo las salvedades que estimen pertinentes.

La recepción provisional se efectuará para probar la obra en condiciones de servicio de manera que la entidad verifique su adecuada operación o funcionamiento y, a la vez, dar oportunidad al constructor de corregir, en los seis meses comprendidos entre la recepción provisional y la definitiva, los defectos detectados durante la revisión; dicho plazo se considera suficiente, pues si el constructor comunicó formalmente la finalización de las obras fue porque consideró que había cumplido con lo especificado y con la totalidad de los trabajos. La recepción definitiva por su parte, constituye el cierre oficial de la etapa de construcción y la terminación del contrato, de manera que no deben quedar reclamos pendientes y cualquier reparación que se hubiere hecho constar en el acta de recepción provisional, en ese momento debe estar terminada.

Se establecerá una definición clara del alcance de la labor de mantenimiento que deberá efectuar el constructor durante el período comprendido entre la recepción provisional y la definitiva, tema que, deberá constar en las especificaciones técnicas, considerando el mantenimiento como un rubro o actividad del contrato. Además, deberá definirse la forma en la cual será pagado el servicio.

No obstante se haya realizado la recepción definitiva de la obra a satisfacción, si durante los diez primeros años de funcionamiento surgen o se manifiestan problemas que no pudieron detectarse durante o inmediatamente después de la construcción, el Constructor debe responder por ello, según las leyes vigentes en relación con la responsabilidad por vicios ocultos.”

7.4.2.6. CALIFICACIÓN DEL CONTRATISTA

Este procedimiento se refiere a la calificación del contratista de acuerdo a los siguientes parámetros:

Se calificará al contratista al momento de la recepción de las obras.

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La calificación será efectuada por la Comisión Receptora (3 profesionales) asesorada por el Inspector Técnico de la Obra.

Los antecedentes escritos que se aportan son las calificaciones parciales FISCALIZACIÓN - Comisión, los informes de avance de obra, las anotaciones en el Libro de inspección, los certificados de los ensayos y el conjunto de formularios, cuadros y cartillas que muestran la historia de la obra.

La calificación final es el resultado de aplicar una tabla de notas con puntajes que ponderan los diferentes aspectos a evaluar. (Se empleará la tabla que definan las bases administrativas especiales de cada contrato en particular.)

Se efectuará al menos una precalificación durante el desarrollo de la obra, o las que señalen las bases, al 50% del avance y la practicará el Inspector Técnico de Obras y un profesional, de preferencia el mismo que participe en la calificación final. Estas calificaciones parciales se anotarán en el Libro de Inspección y se remitirán al Jefe del Departamento respectivo. El contratista podrá apelar dentro de un plazo de 20 días corridos a partir de la notificación.

Se dejará constancia de la calificación y se acompañará los formatos con el detalle en el Acta de Recepción realizada por la comisión. El contratista con la firma del acta se dará por notificado del resultado.

El promedio de las calificaciones parciales tiene una ponderación de un 30% en la calificación que se consigna en el Acta de Recepción Final.

Acta de Recepción y calificación se remiten a la respectiva autoridad.

Cabe hacer notar que entre los antecedentes a tomar en cuenta por la comisión se han incluido los informes de avance de obra por contener éstos valiosa información del período en que se desarrollaron las obras.

Respecto a la calificación propiamente tal, es importante destacar el alto porcentaje de ponderación que se le asigna al rubro Exigencias Técnicas, entre 60% y 80% del total, lo cual no hace sino corroborar la consistencia de ese criterio con una política que prioriza la calidad, concepto que debe tener permanentemente presente la FISCALIZACIÓN y trasmitirlo al contratista, así mismo la desagregación de los factores a calificar pueden ser otros que el ejemplo.

El sistema de autocontrol de calidad del contratista y los procedimientos de recepciones parciales deberán contribuir a que los resultados finales de las obras, y por consiguiente las calificaciones, sean buenas y satisfactorias. A continuación se presenta el gráfico que muestra el flujo de información y actividades del procedimiento de calificación de la obra y gestión del contratista (Fig.7.3. - 7.4 Y 7.4.1). Adicionalmente en los anexos respectivos

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se puede observar los prototipos de formularios de calificación, precalificación y calificación final (FO-CNEL-CORP-GT-17 / FO-CNEL-CORP-GT-18).

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Fig.7.3.: CALIFICACIÓN A PROVEEDOR AL 50% DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

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FIG. 7.4: RECEPCIÓN Y CALIFICACIÓN AL FINAL DE LA OBRA

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FIG. 7.4.1: RECEPCIÓN Y CALIFICACIÓN AL FINAL DE LA OBRA

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8. METODOLOGÍA PARA EL CONTROL TÉCNICO DE LA OBRA

8.1.GENERALIDADES

La función más importante de la FISCALIZACIÓN tiene que ver con la fiscalización técnica de la obra. Sus acciones están dirigidas principalmente en que cumpla el contratista, de la mejor forma posible y dentro de los plazos, el objeto del contrato.

Para ello la FISCALIZACIÓN deberá tener presente las siguientes premisas respecto a la responsabilidad que le cabe en su materialización:

La responsabilidad de la Inspección Técnica de la Obra consiste en verificar que el contratista aplica adecuadamente sus capacidades y recursos, empleando procedimientos de control conforme a los cuales puede asegurar que la calidad de los resultados será la especificada en los documentos técnicos del contrato.

La responsabilidad técnica por el cumplimiento del contrato de calidad es del contratista, como ejecutor de los trabajos y hasta la Recepción Final, independiente de los anticipos económicos que se le proporcionan durante el desarrollo de los trabajos.

Las obras de construcción se caracterizan por ser productos que incorporan múltiples elementos con un alto componente de valor agregado. En su producción intervienen numerosos factores que deben tenerse presentes para implementar un sistema de control de calidad entre los cuales se pueden distinguir los siguientes:

Un gran número y variedad de materiales y procesos que las convierte en una actividad compleja de organizar y controlar.

Una pronunciada interrelación de procesos constructivos que se influyen, muchos de ellos, en actividades secuenciales y concatenadas.

Una importante cantidad de elementos con potencial crítico respecto al conjunto.

Un alto factor de riesgo relativo a las consecuencias que puede acarrear un defecto o falla en otras actividades.

Una componente humana expresada en la importante cantidad de obra de mano que conlleva la construcción de las obras.

Un nivel de complejidad y falta de madurez del diseño. Las frecuentes soluciones no probadas y las condiciones locales conspiran respecto al éxito deseado.

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Un factor de costo que no evidencia fácilmente los beneficios de contar con los procedimientos de control de calidad respecto a no tenerlos.

El propósito del presente capítulo es establecer un conjunto de procedimientos destinados a asegurar el control de calidad de las obras. El sistema consiste en implementar una serie de acciones planificadas y sistemáticas, necesarias para proporcionar la confianza adecuada para que los trabajos resultantes satisfagan los requisitos especificados en el proyecto.

El esquema de control de calidad que se propone corresponde a lo que se podría denominar Sistema Mixto por cuanto entrega la responsabilidad del control de la obra al contratista, en forma de procedimientos documentados.

La FISCALIZACIÓN realiza una supervisión de ésta mediante una inspección selectiva que tiene el objeto de verificar que las actividades de autocontrol que el contratista realiza y declara se efectúan correctamente ajustadas a la realidad y son verdaderas.

Es indudable que la aplicación óptima del sistema de control compromete al conjunto de elementos que lo hacen posible, vale decir, la estructura organizacional del contratista, la definición de responsabilidades, los procedimientos, los procesos y los recursos económicos, los cuales deberán adaptarse al esquema de aseguramiento de la calidad.

Por tratarse de un sistema mixto, autocontrol e inspección selectiva, el diseño del Sistema de Control se objetivaba en forma práctica en el traspaso y definición de la responsabilidad contractual de la calidad y de los procedimientos para lograrla, al contratista, partiendo de la base que dispone de la capacidad organizativa para su implementación. Adicionalmente se parte de la premisa que el sistema de autocontrol lo beneficia directamente como una efectiva herramienta de gestión.

Para que el sistema tenga éxito es necesario tener en cuenta tres factores principales que inciden en su funcionamiento:

Que el esquema de control de calidad sea bien comprendido, bien recibido por el contratista se aplique en forma completa y sea eficaz.

Que los estándares de calidad proyectados satisfagan las exigencias y expectativas de los usuarios.

Que se ponga un mayor énfasis en la prevención de los problemas que en la detección de los mismos después de que ocurran. El esquema de control completo tiene carácter de preventivo, dada la naturaleza de los trabajos de construcción.

Los requisitos mínimos previos a la puesta en marcha de un sistema de control a aplicar en una obra específica, se resumen en los siguientes tres puntos:

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Que el proyecto esté completo y totalmente definido respecto a planos y especificaciones técnicas, de modo que los estándares de formas, materiales y procesos constructivos describan y expliquen inequívocamente la calidad esperada.

Que se conozca bien el proyecto en todos sus detalles para estar atento a los posibles factores de alteración del mismo, y

Que el contratista cuente con los recursos humanos suficientemente capacitados para aplicar cabalmente el sistema, particularmente los procedimientos de las cartillas de control de calidad.

En general, las partes deben percibir que la aplicación del programa de control de calidad es prioritaria y que los beneficios que genera son tanto para el contratista como para CNEL. Los trabajadores de todos los niveles, deben estar conscientes de la ventaja de realizar un trabajo bien hecho y de los efectos negativos que un trabajo mediocre produce en otros trabajadores, hacia el mandante, en los usuarios finales, en los costos y en la economía social. Por el contrario una adecuada implementación de un sistema de calidad se traduce en positivos resultados en la obra, y en la optimización de los recursos humanos, en los costos, en la ganancia de prestigio de imagen pública de sus gestores y en la confianza y reconocimiento de los usuarios.

8.2.ESQUEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD

El plan de calidad para el cumplimiento de los requisitos de la obra contratada está compuesto por 3 procedimientos y sus respectivas herramientas de control técnico, que se refiere a:

Procedimientos de autocontrol del contratista. Controles de Laboratorio de Ensayos de Materiales. Verificación e Inspección selectiva de la FISCALIZACIÓN

El sistema de control técnico de estos 3 elementos funciona sobre la base de un conjunto de formularios de planificación y cartillas de control, tipificadas para cada tipo de obra, que obligatoriamente deben ser acordados entre el contratista o su representante y el Inspector encargado de la obra, formando parte del procedimiento de recepción de partidas parciales de obra, de elementos piloto y de la recepción final.

8.2.1. HERRAMIENTAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL AUTOCONTROL FISCALIZADO

8.2.1.1. PROCEDIMIENTO PARA RECEPCIÓN DE PARTIDAS

El sistema consiste en la utilización de Cartillas de Control para cada una de las actividades en que es conveniente y factible dividir la obra, en función de la importancia relativa de

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sus resultados en el conjunto. Las cartillas (C.C.) son formularios que contienen una lista con diversos requerimientos o aspectos técnicos que pueden ser verificados mediante casilleros en que se anota el cumplimiento correspondiente.

Adicionalmente dispone de casilleros de uso exclusivo de la FISCALIZACIÓN para la verificación selectiva en terreno, comprobando que los datos entregados por el contratista se ajustan a la realidad.

Para la aplicación de las cartillas su proceso será el siguiente:

a) Con el proyecto completo en su poder la FISCALIZACIÓN selecciona todas las actividades - partidas a controlar por parte del Contratista y configura con ellas el Programa de Control de Calidad según punto 7.3.8, empleando el formulario prototipo inserto en la base de datos.

b) Seguidamente escoge y adapta a las particularidades del proyecto las cartillas tipo contenidas en la base de datos computacional, incorporando los antecedentes repetitivos de identificación de la obra. Confecciona así el grupo de cartillas de control, correspondientes al programa definido previamente, dándolas a conocer al encargado responsable de la obra y discutiendo su contenido para llegar a un acuerdo en que prime el control de los aspectos principales de la calidad, en la ejecución de las actividades.

c) Proporciona el listado de actividades y las cartillas de control al contratista o a su representante, iniciándolo en el sistema de aseguramiento de la calidad.

d) El contratista, a medida que se desarrollan los trabajos de construcción, aplica las cartillas de control a las diferentes actividades de cada parte de la obra, indicando con el visto bueno (Vº Bº) el cumplimiento conforme de todos los sub ítems contenidos en la cartilla. La no-conformidad queda con casillero vacío hasta que se cumpla el requerimiento satisfactoriamente.

e) Para solicitar la recepción parcial de una partida y que necesariamente debe corresponder a una actividad con cartilla, el contratista debe solicitar por Libro de Inspección su recepción y para cuyo procedimiento concurrirá acompañando la(s) cartilla(s) llenadas con el número de hoja, nombre del responsable que verificó el cumplimiento de los requerimientos con Vº Bº y la firma del encargado de la obra en calidad de representante del contratista. En esta etapa la cartilla no deberá indicar fecha.

f) La FISCALIZACIÓN concurre a la obra para proceder a la recepción de una partida y autorizar de este modo la iniciación de la siguiente actividad. Será absolutamente indispensable que en ese momento el Contratista entregue a la FISCALIZACIÓN las cartillas de control debidamente llenadas, correspondientes a las partes de obras que solicita se le recepten.

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g) La FISCALIZACIÓN verificará el contenido de la cartilla practicando una inspección selectiva a algunas unidades o sectores para comprobar que el contenido específico de estas se ajusta a lo que es posible visualizar en terreno, señalizándolas en la cartilla, en el espacio reservado para este fin. Se pueden producir 3 situaciones:

• RECEPCIÓN CONFORME

Los elementos seleccionados cumplen satisfactoriamente existiendo coincidencia con lo que indica la cartilla de control. Consecuentemente la FISCALIZACIÓN da por recibida la partida asumiendo que todos los demás elementos también cumplen, pero responsabilizándose funcionalmente sólo por los elementos verificados efectivamente. En este instante firma conjuntamente con el representante del contratista la cartilla, le pone fecha y deja constancia somera de la recepción de la partida en el Libro de Inspección.

• RECEPCIÓN RECHAZADA

Los elementos seleccionados no cumplen ampliamente con los requerimientos indicados en la cartilla. La FISCALIZACIÓN devuelve la cartilla al encargado de la obra y no procede a recibir la partida solicitada, escribiendo en el sector reservado para observaciones las causales identificables con la nomenclatura de líneas y columnas. En el Libro de Inspección u Obras dejará constancia del rechazo.

En la misma ocasión se acuerda una nueva fecha para recibir la partida, una vez superadas las observaciones y empleando la misma cartilla. Llegada la fecha acordada la FISCALIZACIÓN efectúa nuevamente una inspección selectiva, siendo recomendable realizarla a otros elementos y no a los rechazados inicialmente.

• RECEPCIÓN CON OBSERVACIONES

Se produce cuando los elementos seleccionados son motivo de observaciones menores, parciales, no representan riesgos para el resultado final esperado y de fácil solución. La FISCALIZACIÓN recibe con observaciones y el compromiso del contratista de efectuar las correcciones del caso e incorporarlas en las recepciones sucesivas similares. Si en una recepción parcial futura se vuelven a producir las mismas observaciones deberá rechazar las cartillas de plano y acordar una nueva oportunidad. Todas estas situaciones quedarán consignadas escuetamente en el Libro de Inspección y Obras.

h) Con las cartillas de control aceptadas la FISCALIZACIÓN confecciona un registro llamado Cuadro Resumen Controles que consiste en un formato preestablecido para cada tipo de obra en el cual se indica en los respectivos casilleros las actividades receptadas para cada unidad o parte en que se divide la obra. La información que contiene permite visualizar las partidas ejecutadas y aquellas que fueron sometidas a inspección selectiva, ilustrando respecto al proceso de muestreo.

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En efecto, es de interés que los elementos que se elijan para la inspección selectiva, a través del desarrollo de la obra, sean siempre diferentes de modo que se produzca una adecuada distribución en el muestreo del conjunto. Es, por consiguiente, importante que la FISCALIZACIÓN porte el cuadro resumen en cada recepción que practique.

i) Al final de la obra la FISCALIZACIÓN dispondrá de un grupo de cartillas encabezadas por el cuadro resumen, todo lo cual dará cuenta documentada del autocontrol practicado por el Contratista y de la fiscalización efectuada por la FISCALIZACIÓN Esta información servirá como elemento de juicio a tomar en cuenta para la calificación del contratista y como respaldo a la gestión de la FISCALIZACIÓN ante la posibilidad de algún futuro problema de calidad en la construcción.

El sistema de control de calidad aplicado a las obras admite algunas variaciones y complementos para lo cual se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

• Cada elemento o parte de la obra sujeta a control deberá verificarse con todos los requerimientos que figuran en la respectiva cartilla. Será posible saltar elementos, no llevando necesariamente un orden correlativo cuando las circunstancias lo ameriten, postergando su control y recepción para otra oportunidad. Los casilleros no ocupados de la cartilla se anularán con una raya al momento de la aceptación por parte de la FISCALIZACIÓN

• Cuando en la inspección selectiva sobre algunos elementos se produce un rechazo por incumplimiento, no será posible dejar fuera del grupo aquellos y sustituirlos por otro muestreo para alcanzar la aprobación de la cartilla completa. Se procederá por la vía de la excepción sólo cuando la relación muestra-grupo permita inferir que la muestra que no cumple, no es representativa del conjunto. Es un caso aislado que no compromete a la totalidad ni en modo alguno a un proceso crítico.

Puesto numéricamente, 2 muestras sobre 8 con una deficiente, no es igual a 6 muestras sobre 24, también con una que no cumple. En este último caso sería posible postergar y sustituir dicha muestra por otra, la cual, con un resultado conforme, permitiría recibir la partida correspondiente.

El sistema de control de calidad descrito requiere necesariamente de la implementación de mecanismos que permitan su correcta aplicación.

RECOMENDACIONES:

• Incluir el sistema de control técnico de las obras en las bases de las propuestas como un sistema oficial de cumplimiento obligatorio para las partes.

• Establecer los procedimientos reguladores para las situaciones de incumplimiento por parte del contratista, Estas se resumen básicamente en que éste no acata la adecuada práctica de los procedimientos, que pueden variar desde un reiterado incumplimiento parcial detectado en los requerimientos por actividad definidos en las

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cartillas de control, hasta el abandono total del procedimiento de control, ejecutando partes de la obra omitiendo el procedimiento completo de fichas de recepción.

• Sanciones por incumplimiento

En las sanciones al contratista, las atribuciones de las personas encargadas de la administración y la fiscalización del sistema deberán ser claramente estipuladas en los pliegos de la contratación, las que se regirían, en principio, por los siguientes criterios:

Inconsistencia reiterada en las sub actividades de la cartilla:

Se traduce en rechazo de la partida que repercute en los plazos parciales y/o finales, correspondiendo aplicar las sanciones establecidas para estas situaciones. El Inspector de Obras informa del hecho y sus consecuencias en el programa de construcción a la jefatura, para su conocimiento.

La sanción final se traduce en último término en multas pecuniarias por no-cumplimiento de plazos y en una mala calificación por este concepto y faltar a los procedimientos de control de avance de la partida de obra. Dependiendo de la actividad que no fue verificada corresponde una sanción más o menos severa.

Así, todas aquellas que pertenecen al grupo de actividades de la obra civil con compromisos estructurales y posibles vicios ocultos, como ser hormigones, refuerzos estructurales de hierro, instalaciones embutidas, etc., para las cuales no es posible aplicar el procedimiento de control de calidad, dado que no es un proceso recuperable, se aplicará una sanción sobre la base de una multa en dinero. Esta multa en dinero representaría el costo de tener que realizar una inspección a posteriori de cada elemento, aparte de los costos de ensayos de laboratorio, toma de testigos y verificaciones destructivas que pudieran requerirse, todos de costo del contratista. En función de la repetición de la falta, la multa será progresiva hasta la cantidad de “n” transgresiones que más allá de un límite darán motivo para poner término anticipado al contrato. En cada caso el Inspector Técnico de Obras notificará la ocurrencia de la falta a la jefatura para que ésta tome conocimiento y apruebe o resuelva respecto a la sanción a aplicar al contratista.

El incumplimiento en las actividades de las partidas de terminación que se mantienen a la vista (grupo de contacto visual), y que son susceptibles de cambiar sin introducir perturbaciones y menoscabo a la obra, involucran un riesgo que asume el contratista. En efecto, una inspección rigurosa a posteriori podría significarle sustituir materiales y rehacer partidas de obra que no cumplen con las condiciones de calidad del proyecto.

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De todos modos, en los aspectos pertinentes y en cualquier caso de omisión de una cartilla de control y su procedimiento de verificación por parte de la fiscalización se confeccionarán y suscribirán éstas, consignando el hecho en el "Libro de Inspección" y en el “Libro de Obras”. Adicionalmente se aplicarán multas en dinero, progresivas en función de la cantidad de procedimientos omitidos y sancionadas por la jefatura previa notificación por escrito de la fiscalización.

Para definición de la cantidad de elementos o unidades que serán motivo de una inspección selectiva, para cada inspección de recepción de una partida parcial, corresponde a una técnica de muestreo para control de calidad, que se describe según el tipo de obra en los anexos.

Se desarrolla parcialmente un ejemplo de aplicación para construcción de subestaciones en el capítulo 10 y que esperamos estos ejemplos crezcan de forma documentada a medida que se aplica el modelo a las diferentes obras Fiscalizadas, generando casos reales que sirvan de consulta.

8.2.1.2. CRITERIOS PARA LA GENERACIÓN Y ELABORACIÓN DE LAS CARTILLAS DE CONTROL

Para la selección de las actividades de ejecución de obras que requieren de cartillas de control, para asegurar un resultado de calidad, se tendrá presente las siguientes consideraciones:

a) El sistema de cartillas tiene el objetivo principal que los ejecutores de las actividades (empleados contratista) las utilicen como instrumentos de guía y de chequeo (autocontrol), para cerciorarse de que las partidas están siendo bien ejecutadas y conforme a especificación.

b) Consecuentemente con lo antedicho, a mayor cantidad de actividades sometidas a un proceso de autocontrol, mejores serán los resultados particulares de cada una de ellas y el producto global, con la condición que el esquema se aplique correcta y seriamente dentro del concepto para el cual se implementa.

c) El número de cartillas o el volumen de papel no debe estar limitado por la cantidad de verificaciones que representa para la fiscalización su control: es preferible flexibilizar los criterios de inspección selectiva, en cuanto a disminuir la cantidad de muestras a verificar. Es posible identificar un grupo de actividades que reúnen la condición de ser terminales puesto que no afectan o condicionan a otra partida, permanecen a la vista todas sus características, (sin vicios ocultos), son fáciles de remover y sustituir y no son críticas para la estabilidad del conjunto, por consiguiente las verificaciones de fiscalización pueden ser postergadas y acumuladas. No obstante, el contratista debe cumplir oportuna y cabalmente con el procedimiento que le corresponde para cada actividad.

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d) No todas las actividades a controlar tienen el mismo peso. En función de la perdurabilidad de la obra en el tiempo, de la seguridad, estabilidad y usufructo por parte de los usuarios, así por ejemplo en el caso de líneas costeras es importante el chequeo de calidad en cuanto a materiales y su resistencia al ambiente salino.

e) La desagregación de cada actividad al interior de la misma, en sub actividades y elementos sujetos a control, debe concebirse también en la forma descrita en el punto “a” más como una herramienta de exploración de todos aquellos factores que tienen incidencia en la correcta ejecución de la partida al momento de su ejecución y autocontrol por parte del contratista, que solamente una herramienta de verificación para la fiscalización. Las cartillas son Especificaciones Técnicas de Procesos, que tanto más completas sean, tanto mejores serán los resultados de calidad de las obras.

f) Las cartillas de control deben ser concebidas en un contexto dinámico en cuanto a la flexibilidad para incorporar, complementar o modificar su contenido, conforme a la experiencia y defectos constructivos que puede surgir en forma generalizada o localmente y que por esta vía son posibles de atender y superar (FO-CNEL-CORP-GT-19).

g) Los defectos de construcción reparables, por ejemplos flechas en el tendido de líneas, o empalmes de línea, tendrán una cartilla específica por ese concepto, en que se consignará el procedimiento de reparación y sus elementos constitutivos. Estas cartillas serán propuestas por el contratista y aprobadas por la fiscalización, previo a su puesta en práctica, como una actividad más de control y constancia, como elemento de respaldo.

El esquema básico a tener presente. A modo de referencia conceptual para construcciones más complejas es la siguiente:

ÁREA VITAL PRIMARIA A este grupo de elementos pertenecen las estructuras, instalaciones, montajes, etc. Aseguran la perdurabilidad del bien. Constituyen la base de soporte del resto de la obra y sus reparaciones en casos de fallas, son costosas y traumáticas. El control de calidad es prioritario en cuanto a que debe ser más completo, riguroso y oportuno, incluyendo los ensayos a los materiales.

ÁREA DE VICIOS OCULTOS

Conformado por aquellos elementos constitutivos de una partida, que una vez que se encuentran integrados quedan incorporados en forma no visible, por ejemplo, estructuras de hierro de refuerzo, impermeabilizaciones, aislaciones, anclajes, puesta a tierra, etc. Pueden simultáneamente pertenecer al primer grupo, y de allí derivar su nivel de importancia respecto a sus efectos y respectivos controles, sin embargo se

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caracterizan particularmente por la oportunidad en que debe verificarse su cumplimiento.

ÁREA DE CONTACTO VISUAL

Corresponde a todos aquellos elementos y partidas que permanecen sobrepuestas y expuestas al examen visual y cuya reposición es relativamente sencilla. A este grupo pertenecen las terminaciones en general y su inspección de verificación consiste en controlar los materiales y su correcta aplicación, pudiendo establecer un estándar de calidad o patrón (muestra, piloto) con el cual se mide el resto en cualquier momento, siempre que el autocontrol se haya efectuado oportunamente.

Estos criterios elementales permiten discernir respecto a la administración de la metodología de inspección en cuanto a prioridades, alcances, grado de inspección selectiva, etc. Así los ítems que no tiene relevancia para la calidad final o no quedan incorporados a la obra, puede prescindir de cartilla, por ejemplo, el letrero indicativo de la obra, los cierros provisorios, etc.

8.2.1.3. PROCEDIMIENTO PARA LA RECEPCIÓN DE OBRAS TERMINADAS

Este procedimiento aplica tanto para la recepción final de obra o parcial de la misma, para el desarrollo de la recepción de las obras al término de éstas, se emplea una cartilla de control única para cada unidad de obra (torre, tramo de línea, estructura, etc.), designada Control Pre recepción o Recepción, cartilla cuyo propósito es someter las obras a examen una vez concluidas. El procedimiento es similar al de las cartillas de control de actividades: La FISCALIZACIÓN prepara la cartilla basándose en los elementos a verificar utilizando un prototipo; le proporciona al contratista quién debe practicar un auto chequeo y acompañar dichos documentos con la petición de recepción al momento de dar por concluida las obras conforme al plazo estipulado. La Comisión de Recepción, (o FISCALIZACIÓN en el caso de recepción parcial o finalización de una tarea) apoyada en las mismas cartillas efectúa la verificación correspondiente, estampando sus observaciones en el espacio reservado a ese fin. Las cartillas con observaciones (no-conformidad) se regresan al contratista para que éste las resuelva a través del número de orden de las cartillas. Se deja constancia en el Libro de Inspección.

Con este procedimiento se logra una entrega revisada comprometida y documentada de la obra por parte del Contratista y una constancia sistematizada de la recepción realizada por la comisión.

De cumplirse adecuadamente los procedimientos de control de las diferentes etapas y actividades durante el desarrollo de las obras, la recepción final debiera producirse con óptimos y previsibles resultados.

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El aspecto formal de la cartilla, se lo ha ilustrado en el formato FO-CNEL-CORP-GT-20, este consiste en una hoja con la distribución de contenido típico de una obra, de forma parcial, debe recordarse que todo éste material es susceptible de modificación, con el propósito de adaptarse al tipo de obra en cuestión.

8.2.2. CONTROL DE ENSAYOS DE LABORATORIO

Si en general las partidas elaboradas en terreno cuentan con un procedimiento de control de calidad sobre la base de cartillas por actividad (CC), los materiales que en ellos intervienen disponen, a su vez, del ensayo como una herramienta que permite verificar que sus características los hacen aptos para ser utilizados en las obras.

Los materiales componentes de las obras son mayoritariamente productos elaborados de fábrica, que existen en un amplio rango de variedad respecto a sus características físicas y costo. Algunos de ellos vienen provistos con un Sello de Calidad que significa que el proceso de fabricación del producto cuenta con un cierto control de calidad y que sus características técnicas corresponden a especificaciones conocidas y publicadas. Comparativamente estos materiales, respecto a aquellos que no tienen sello de calidad, son más confiables. Habitualmente terminan siendo, además, reconocidos por la marca de fábrica y el prestigio de seriedad que este hecho le imprime.

En los proyectos de obras los materiales se definen genéricamente especificando sus características técnicas y formas de aplicación, recurriendo en ocasiones a designar un producto específico como tipo representativo del requerimiento.

El contratista escoge del mercado el material que mejor se ajusta a lo exigido en las bases y a sus intereses económicos para ubicarlo en obra y proponerlo a la FISCALIZACIÓN en la medida que no existan procedimientos de aceptación, las probabilidades de incorporar un material inapropiado que no cumple los requerimientos, son relativamente altas.

En los casos de dudas el ensayo de una muestra constituirá una prueba y demostración evidente tanto para la FISCALIZACIÓN como para el contratista, que el material cumple lo requerido.

Un tema inscrito en estos procedimientos es el de control de calidad ejercido por terceros, los laboratorios, de los materiales elaborados en obra de los cuales los hormigones ocupan el primer lugar. Por su naturaleza, complejidad e importancia para la perdurabilidad de la construcción, no es posible que escapen a la verificación de sus características mecánicas. Para estos materiales la FISCALIZACIÓN pondrá especial énfasis en el cumplimiento de los procedimientos de autocontrol del contratista. Igualmente en el caso de recubrimientos metálicos de galvanizado en estructuras de torres, en líneas y sub estaciones.

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En el mismo contexto se encuentran otros elementos y procesos relativos al suelo, supeditados a ensayo como ser, resistencia de soporte del suelo, grado de compactación, etc., que inevitablemente deben incorporarse a un sistema de control, puesto que sus características no se perciben a simple vista.

Así también la calidad de los materiales de las estructuras y su recubrimiento, igualmente los cerámicos y los conductores todos estos esperan igual atención el momento de colocarlos en obra, que no presenten daños visibles y que su calidad sea certificada.

A continuación se describe una metodología para el control de calidad de los materiales y procesos, basados en ensayos de laboratorio, incluyendo las herramientas y procedimientos que permiten a la FISCALIZACIÓN su adecuada implementación y seguimiento.

8.2.3. ELEMENTOS DEL SISTEMA DE ENSAYOS DE MATERIALES

El funcionamiento de un plan de calidad referido a los ensayos de materiales forma parte de un conjunto de elementos cuyo alcance es necesario tener presente para su eficiente aplicación y obtención de resultados confiables.

A) DEFINICIÓN DE LOS OBJETIVOS DE CALIDAD QUE SE QUIEREN ALCANZAR

Estas definiciones forman parte del diseño, el cual debe establecer sin ambigüedades la calidad esperada de los materiales, condición sin la cual no será posible hacer exigencias al contratista al momento de aprobarlos, como también todo lo relacionado con la medición y ensayo de los mismos. Al respecto el proyecto deberá considerar, al menos, los siguientes puntos:

• Características mensurables y que se pueden ensayar en los materiales. Generalmente corresponden a las especificaciones de fábrica del producto. En el caso de los materiales elaborados en terreno, como ser: Hormigones, morteros, y otros, se detallan las características físico-mecánicas a través de valores de comportamientos esperados, su rango de tolerancia y características de sus atributos. Así también, será conveniente considerar la aptitud de uso de los materiales, como la prevención del mal uso, tema en el cual el almacenamiento juega un papel importante ejemplo los aisladores cerámicos. En el caso de construcciones metálicas además del material es importante el tipo de acabado superficial o recubrimiento.

• Especificación de los métodos de medición y ensayo. Equivale a definir el tipo de ensayo normalizado que se ajusta a la medición de los parámetros exigidos por el diseño.

• Descripción de los criterios de aceptación y rechazo de los materiales en función de los resultados de los ensayos.

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• Requisitos de los equipos de ensayo, métodos y procedimientos que permitan confiar en la exactitud y precisión de los resultados. Este aspecto afecta básicamente a la idoneidad de los laboratorios comerciales.

En el caso de ensayos o partes de ensayos realizadas por el propio contratista, el sistema debe tomar las debidas precauciones en la toma de muestras. Estas deben efectuarse conforme a procedimientos precisos establecidos en normas de ensayos, para alcanzar el necesario grado de confianza y disponer de la correspondiente cartilla de autocontrol propuesta por el contratista y aceptada por la FISCALIZACIÓN

B) ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDADES Y AUTORIDAD

En general la demostración de la calidad de los materiales es del contratista quien además, contractualmente, debe demostrar que posee la capacidad para controlar los procesos que determinan la aceptabilidad de los materiales conforme a definición de proyecto. Mayoritariamente la responsabilidad se traslada al laboratorio en cuanto a procedimientos para la toma de muestras y ensayos de acuerdo a normas oficialmente válidas.

La FISCALIZACIÓN tiene la responsabilidad de establecer un plan de ensayos basado en los antecedentes técnicos del contrato, controlar su ejecución y dar su visto bueno de aceptación a los materiales.

En caso de dudas respecto a los resultados, ordenará ensayos adicionales al programa para verificar su autenticidad o error producido. Para ello el CNEL le entrega la autoridad de la gestión técnica y administrativa del contrato.

C) PROGRAMACIÓN DE LOS ENSAYOS, INSPECCIÓN Y EXAMEN DE MATERIALES

Las actividades en torno a los ensayos de laboratorio deben quedar supeditadas a una planificación, de acuerdo a la mayor o menor confianza que induzcan los productos propuestos por el contratista y a la naturaleza de los mismos. Objetivo principal es prevenir el uso de productos que no cumplen con los requerimientos especificados y disponer de un mecanismo de control para, en caso necesario, producir los cambios y modificaciones pertinentes. Además, costear el gasto por concepto de ensayos de laboratorio.

D) CONTAR CON PROCEDIMIENTOS PARA EL CONTROL DEL PLAN DE ENSAYOS

La puesta en práctica del plan requiere de la implementación de procedimientos y sus correspondientes herramientas, a fin de permitir a la FISCALIZACIÓN un control y seguimiento expedito. El conjunto de documentos constituirá un registro de calidad de los materiales, respaldo documentado de las actividades desarrolladas para cautelar el mencionado aspecto.

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8.3.CONTROL DE LOS ENSAYOS DE LABORATORIO

Las actividades asociadas a los materiales y elementos motivo de ensayo, laboratorio, procesamiento y aceptación conforme, se presentan estrechamente asociadas al establecimiento de herramientas concretas que facilitan su puesta en marcha y seguimiento tanto para la FISCALIZACIÓN como para el contratista.

8.3.1. PROGRAMA DE ENSAYOS DE LABORATORIO

Consiste en definir conjuntamente con el contratista una lista de ensayos a determinados materiales conforme a la naturaleza, características y procedencia de éstos. El procedimiento y formulario tipo que para tal fin se implementará, forma parte de las tareas de planificación de las actividades de ensayos incluidas en el Capítulo 7: Plan de Ensayos de Laboratorios (7.3.6).

Los ensayos se deducirán de la Lista de Materiales, Marcas, Tipo, en función de la confiabilidad de los materiales. Aquellos de reconocida calidad o Sello no requieren ser sometidos a ensayo, no así los hormigones, ensayos de suelo, aceros, recubrimientos, etc. que necesariamente contarán con dicho procedimiento de verificación y examen.

8.3.2. ENSAYOS DE LABORATORIO

• OBJETIVO:

Someter a examen las características de un producto, elemento o material para verificar si reúne los requisitos de calidad definidos en las especificaciones técnicas del proyecto y aptitud para ser utilizado en la obra. En general, para que el ensayo sea objetivo, debe ser realizado por un tercero, normalmente un laboratorio declarado oficial por el INEN, OAE, u otra norma reconocida internacionalmente.

Dado el carácter preventivo del sistema, los ensayos deben ser realizados previamente a su utilización en obra, excepto los correspondientes a productos elaborados en terreno (ejemplo hormigones).

• DESARROLLO:

Definido el programa de ensayos, punto 7.3.6, el contratista adquiere el compromiso de aplicarlo integralmente.

• La extracción de probetas y toma de muestras será realizada por el laboratorio, cuyo encargado dejará constancia de la visita, fecha y objetivo en el Libro de Inspección o de visitas.

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• En el caso que excepcionalmente el contratista tuviera que realizar probetas de ensayo (hormigones, aceros, revestimientos metálicos, etc.) deberá solicitar autorización expresa a la FISCALIZACIÓN a través del Libro de Inspección. Para cautelar la confiabilidad de la muestra, deberá acompañar una cartilla de control del procedimiento de muestreo y confección de las Probetas, conforme a los requerimientos mínimos que establecen las normas para el ensayo específico. Esta cartilla será aprobada por la FISCALIZACIÓN.

• Para permitir el seguimiento de las probetas y su correspondiente ensayo y resultado, la FISCALIZACIÓN instruirá al contratista o a su representante para que éste las numere en orden correlativo. Con esa numeración serán traspasados los ensayos efectuados al Cuadro Control de Resultados de Ensayos.

• Conforme a las disposiciones contenidas en las bases del contrato, la FISCALIZACIÓN recibe en paralelo al contratista, directamente del laboratorio, los resultados de los ensayos. A su vez, traspasará la información al Cuadro Control de Resultados de Ensayos calificando el resultado según que el material cumpla o no cumpla con los requerimientos especificados acuerdo a criterios de aceptación y rechazo (Normas correspondientes o Especificación Técnica). Allí se definen los parámetros de tolerancia que permiten proceder a la aceptación o rechazo de los mismos.

• La no-conformidad de un material, ya sea con o sin ensayo, se traduce en una instrucción al contratista vía Libro de Inspección, para que éste proponga una solución que satisfaga las exigencias definidas en las especificaciones del Contrato. Un nuevo material será objeto de los respectivos ensayos salvo que su procedencia proporcione la necesaria confianza de calidad. • A la aplicación de un material no aprobado corresponde una sanción al contratista que va desde la remoción y sustitución del material hasta una multa consistente en disminuir el precio en función de la menor calidad que se proporciona, (caso típico de los hormigones), siempre que se sitúe dentro del rango aceptable.

• En aquellas situaciones en que la FISCALIZACIÓN tenga dudas respecto a un material o resultado de ensayo, podrá ordenar al contratista efectuar ensayos adicionales cuyos resultados predominarán por sobre los programados obligatorios. Estos últimos serán a cargo del contratista.

8.3.3. CUADRO CONTROL DE RESULTADOS DE ENSAYOS DE LABORATORIO

• OBJETIVO:

Resumir en un documento todos los ensayos realizados por el contratista de acuerdo al Plan de Ensayos de Laboratorio indicando el tipo de ensayo, elemento o parte de la obra, fecha y resultado. Permite a la FISCALIZACIÓN el seguimiento de los ensayos y visualizar

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cuantitativamente, en un sólo registro, lo efectuado respecto a esta actividad del sistema de control de calidad (FO-CNEL-CORP-GT-21).

• DESARROLLO:

El formulario tipo lo proporciona la FISCALIZACIÓN al contratista, quien estará encargado de llevarlo al día durante el desarrollo de los trabajos, vaciando correlativamente en el tiempo los ensayos realizados. Mensualmente, acompañando un estado de pago próximo, deberá proporcionar una copia a la FISCALIZACIÓN para mantenerla informada y confrontar dicha información con los resultados de los ensayos que obtiene directamente del laboratorio.

Con el esquema de control de calidad a los materiales se debiera razonablemente tener fiscalizada la calidad de los mismos. La oportunidad de su aplicación y elaboración en la obra se produce a través del empleo de las cartillas de control (Autocontrol e Inspección Selectiva) por actividad y en la recepción final al término de los trabajos.

9. APLICACIÓN PRÁCTICA DE LAS HERRAMIENTAS PARA CONTROL DE CONTRATOS

9.1.GENERALIDADES

La presente sección tiene el propósito de presentar, a través de una guía de utilización práctica, el empleo de las diferentes herramientas de ayuda para la gestión fiscalizadora de la FISCALIZACIÓN, descritos en los Capítulos 7 y 8. A modo de documento de consulta rápida, su desarrollo se basa en ilustrar en forma simple, sobre la base de situaciones normales, formas de aplicación para cada una de los documento, con el siguiente esquema por columna:

HERRAMIENTA:

Asociado a un código se refiere a todas las herramientas para el control técnico, administrativo y procedimientos reglamentarios que se disponen en prototipo. Aparte de éstas existen 2 actividades, una de las cuales corresponde a los Estados de Pago con formulario establecido por el servicio y recepción de obra para las cuales es muy difícil establecer una tipificación por cuanto es función de variables propias de cada obra y las condiciones bajo las cuales se aprueban, sin embargo hay una guía.

• OBJETIVO:

Resume la utilidad que presta cada documento de control a fin de conceptualizar la necesidad de su aplicación.

• TIPO DE DOCUMENTO:

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Define el origen del formato tipo para básicamente 2 posibles estados:

a) Fotocopia tipo, corresponde a un modelo preestablecido para cada tipología de obra y que será posible llenar manualmente y mantener durante su vida útil. En este caso podrá haber ítems no utilizables en un contrato específico, los cuales simplemente no son considerados.

b) Medios computacionales, que se traduce en disponer y aprovechar esa herramienta para permitir, en forma ágil, llevar ordenadamente la información y ajustarla a los requerimientos precisos de los objetivos de control según contrato (Ad-Hoc), por ejemplo, identificación, ítem, etc. En esta situación será posible proporcionar al contratista los formatos tipo en medios magnéticos, para las operaciones de gestión y mantenimiento, como también disponer de ellos en paralelo a la FISCALIZACIÓN.

• OPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN:

Define en qué momento, plazo o relacionado con qué se debe preparar una herramienta de control. Como en todo proceso existe cierta flexibilidad en los tiempos a emplear para su implementación, sin embargo, como criterio general, se favorecerá todos aquellos que tiene mayor incidencia en la calidad de los resultados de la obra, teniendo presente el concepto que esta constituye el objetivo principal y perdurable del contrato y que los aspectos administrativos son un medio circunstancial que pierde importancia una vez ejecutada ésta.

• GESTIÓN PASO 123:

Describe sucintamente en tres pasos básicos y secuenciales, las actividades relacionadas con cada formato y la participación que le cabe en su implementación tanto a la FISCALIZACIÓN como al contratista. Mayoritariamente se ha delegado en el Contratista la responsabilidad de completar, registrar y mantener la información contenida en los mismos, como ejecutor responsable de la obra y por consiguiente generador de la misma y beneficiado con su aplicación.

El papel de la FISCALIZACIÓN es verificar su cumplimiento y disponer, a través de las diferentes herramientas de control con los suficientes elementos de juicio que le permitan prever situaciones que se apartan de las bases del contrato y advertirlas para que se apliquen medidas correctivas.

En las definiciones planteadas, en solamente tres pasos elementales, no es posible incluir todas las alternativas, vaivenes y ajustes que necesariamente deben producirse hasta alcanzar los acuerdos o conformidades, respecto a aquellos datos o registros que constituyen compromiso y responsabilidad.

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Fig.9.1.: NOMENCLATURA DE HERRAMIENTAS

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GUÍA DE UTILIZACIÓN DE HERRAMIENTAS DE CONTROL TÉCNICO Y ADMINISTRACIÓN DE CONTRATOS

CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTO OPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN

GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE PLANIFICACIÓN

P1 Cuadro Control de Fechas y Plazos

Programación y registro de cumplimiento de plazos de actividades contractuales y administrativas. Hoja de vida del contrato; encabeza Carpeta Administrativa.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato, en lo posible durante el proceso de trámite adjudicación (resolución) anunciado en compras públicas

FISC., conjuntamente con estudio de antecedentes llena el cuadro con datos disponibles y proporciona al contratista para establecer compromisos faltantes.

Contratista recibe formato y completa con

antecedentes de programación de actividades. Saca

fotocopia para su gestión y devuelve a FISC. .

FISC. Efectúa seguimiento al

cumplimiento de plazos y mantiene en archivo

carpeta “A” Administrativa verifica

consistencia con P2, P3 y P4.

P2 Cronograma Plazos Contractuales.

Programa visual de plazos de actividades administrativas

complementarias. Programa de trabajo.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato y en lo posible durante proceso de trámite de adjudicación (resolución) anunciado en compras públicas

FISC. Llena datos identificación y proporciona documento a contratista para vaciar información. Fija plazos en función de programación de obra.

Contratista realiza diagrama de barras y

define FISC. Con fechas, saca fotocopia para su gestión y devuelve a

FISC. .

FISC. efectúa seguimiento

(actualización) y mantiene en archivo

carpeta “A” Administrativa, verifica

consistencia con P1, P3 y P4

P3 Programa de Trabajo.

Programar en el tiempo y plazo el desarrollo de la obra. Es el programa detallado de antecedentes de propuesta (Definitivo).

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato y en lo posible durante proceso de trámite de adjudicación (resolución), contenido preliminar en licitación

FISC. llena datos de identificación y proporciona documento a contratista para ejecución del programa definitivo, fija plazos de devolución que será plazo máximo para P1, P2, P3 y P4

Contratista realiza programación (barras), define FISC. Con fechas, saca fotocopia para su gestión y devuelve a

FISC. .

FISC. verifica consistencia con P1, P2 y P4, efectúa seguimiento y mantiene actualizado en

carpeta “A” Administrativa

P4 Programación Financiera

Programar en el tiempo los pagos conforme a los avances de obras esperados. Programar los egresos CNEL.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato. Contenido preliminarmente en licitación

FISC. Proporciona a contratista para su Elaboración y fija plazo.

Contratista traslada información de propuesta a documento, incluyendo anticipo y devoluciones,

para luego devolver a FISC. .

FISC. Verifica consistencia con

antecedentes propuesta (igual) y con programa de

trabajo. Cada futuro Estado de Pago se

archivará en la carpeta A administrativa

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE PLANIFICACIÓN

P5 Lista de Materiales, Marcas y Tipo

Definir los materiales consultados por el contratista en su oferta (Tipo, calidad, color, etc.)

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato. Puede ir preliminarmente en Bases de contratación

FISC. proporciona ficha a contratista para que indique el máximo de materiales y características

Contratista llena con información propuesta

y devuelve a FISC. .

FISC. Y contratista revisan la lista y acuerdan contenido. Los materiales “dudosos”

pasan a integrar lista del plan de ensayes de laboratorio, P6. En terreno los materiales son

verificados según lista; archivo Carpeta B “Técnica”.

P6 Plan de Ensayos de Laboratorio.

Programar ensayos a materiales para verificar cumplimiento de aptitud según especificaciones técnicas. Definir tipo de

materiales.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato, definido en Bases de contratación

FISC. proporciona ficha a contratista para que defina el programa de ensayos conforme a Bases de licitación

Contratista confecciona lista con tipo y

frecuencia de ensayes según especificaciones

técnicas y recomendaciones FISC.

, y devuelve a FISC. .

FISC. Y contratista conjuntamente revisan programa. FISC. Define

basándose en Formulario de Materiales, Marcas y Tipo, P5,

Ensayes a materiales no incluidos en las bases para convenir con contratista su ejecución. FISC. Practica seguimiento y archiva en

carpeta “B” Técnica.

P7Calendario de Visitas y Reuniones en Terreno.

Esquema programado de visitas y reuniones con participación de autoridades y proyectistas en terreno para sensibilizar a todos los responsables del proyecto.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato. FISC. Y contratista acuerdan un programa estable de visitas y lo formalizan con el documento, FISC. Puede realizar adicionalmente visitas no programadas si lo estima conveniente, FISC. Proporciona copia a Contratista.

FISC. Y contratista conforman visitas

claves con jefaturas o proyectistas.

Eventualmente modificaciones en casos

especiales (pilotos, recepción final, etc.). FISC. Archiva en carpeta “A” Administrativa.

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE PLANIFICACIÓN

P8 Programa de Control de Calidad.

Planificar las actividades de control de calidad de las obras, aplicando un esquema de autocontrol del contratista e inspección selectiva por parte de la FISC.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al inicio del contrato. Actividad anunciada en Bases de contratación.

FISC. Selecciona, basándose en la lista de obra y proyecto, aquellas actividades que serán sometidas a control escrito. Con cartilla, define listado y proporciona una copia a contratista.

Contratista toma conocimiento y hace

eventuales observaciones; suscribe

el plan.

Con el plan queda suscrito el compromiso del contratista para el

seguimiento de las partidas que serán recibidas con las

Cartillas de Control (CC.). FISC. Archiva

documento en carpeta “B” Técnica.

P9Lista de Equipos y Maquinarias Subcontratos

Conocer características, tipos y antigüedad de

los equipos y maquinaria que pondrá

a disposición de la construcción de la obra el contratista Conocer

qué partidas será motivo de sub-contrato

y quien las ejecutará.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Se formaliza al inicio del contrato, puede ir en Bases de contratación según el tipo de obra.

FISC. suministra ejemplar modelo a contratista para que complete información solicitada

Contratista completa formulario y devuelve a

FISC.

FISC. Hace exigible la maquinaria y estudia

partidas sub-contratadas en cuanto a

verificar calidad, antecedentes en general. Archiva

documentación en carpeta “B” Técnica

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVOTIPO DE

DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE CONTROL TÉCNICO

CC Cartillas de Control (por actividad)

Especificación técnica de procesos dirigida a verificar la calidad de las partidas sujetas a autocontrol e inspección selectiva FISC.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Se formaliza al inicio del contrato al menos las cartillas correspondientes a la obra civil, antes de iniciarse éstas. Luego se confeccionan el resto.

FISC. Selecciona cartillas conforme a lista Programa de Control de Calidad “P8”, y proporciona a contratista un ejemplar de cada una.

Contratista procede a aplicarlas en

autocontrol de partidas y presentarlas con cada solicitud de recepción a

la FISC. en terreno

Verifica selectivamente cumplimiento. Con

incumplimiento rechaza lote muestreado según procedimiento,

traspasa información a ficha resumen C1 (aceptado); archiva en

carpeta “B” Técnica

C1 Cuadro Resumen de Control

Disponer de un registro gráfico de los

muestreos (inspección selectiva) practicados

por la FISC. .

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Se implementa al momento que la FISC. deba realizar la primera inspección de partida

FISC. anota en terreno el resultado inspección selectiva y lote que representa en el cuadro

Contratista, si lo desea puede solicitar copia

de ficha tipo para seguimiento propio del

proceso.

FISC. Mantiene activa la ficha hasta que se completa,

seguidamente se archiva en carpeta “B” Técnica.

F1Control Pre recepción y Recepción Comisión

Verificar la calidad de las obras con el establecimiento de un estándar de construcción (piloto) para la recepción de las obras terminadas

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Poner en conocimiento al contratista al inicio y proporcionar ejemplar por lo menos 30 días antes de recibir OBRA PILOTO. Para recepción final valdrá la misma cartilla.

FISC. Ajusta cartilla a tipo de obra y proporciona ejemplar a contratista.

Contratista aplica cartilla para

autocontrol previo y acompaña ésta a Inspección FISC. (solicitud), vale el

mismo procedimiento para recepción de obra

terminada

FISC. Y miembros comisión receptora comprueban calidad

utilizando cartillas para cada una de las unidades a recibir, dejan

constancia de aceptación o anotan observaciones devolviendo cartillas a contratista para

reparación. Se repite el ciclo hasta aprobación total, las cartillas se archivan en carpeta “B” Técnica

E1Cuadro Control de Resultado de Ensayos

Resumir los ensayos efectuados indicando tipo, elemento, fecha y resultado en un documento único y permitir su control (registro).

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Requerida al momento de obtener los primeros ensayos de laboratorio de parte del contratista

FISC. Procede a llenar el cuadro a medida que recibe los resultados de los ensayos. El análisis alimentará un procedimiento de rechazo o reparación de elementos.

Contratista solicita fotocopia de prototipo para registro propio, y

remite a FISC. mensualmente

Confrontar con registro de contratista (fotocopia) a medida

que se completan las hojas se archivan en carpeta “B” Técnica.

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE MEDICIÓN FÍSICA Y FINANCIERA

M1 Programa de Trabajo

Medir y comprobar en forma “gruesa” el cumplimiento del avance físico de la obra conforme a lo programado “P3”.

Copia del programa de trabajo “P3” (fotocopia).

Se actualiza mensualmente con cada Estado de Pago.

Contratista suministra a FISC. Copia de programa actualizado con barras programadas y barras de avance real (a fines de cada mes).

FISC. Estudia correspondencia con

antecedentes de avance financiero y

estimaciones de marcha general de la obra.

FISC. Va archivando los programas de

trabajo actualizados en Carpeta A

“Administrativa”.

M2 Programa y cuadro de Estados de Pago.

Disponer en un documento de los

valores de Estados de Pago programados y los valores reales que

se producen durante el desarrollo de la obra,

desagregados en diferentes conceptos

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Al momento de cursarse el primer Estado de Pago.

FISC. traslada datos de Estados de Pago Programados “P4”, y completa las líneas siguientes con cada Estado de Pago que se produce hasta término contrato

Alternativamente FISC. Podrá delegar en

contratista la gestión de mantención al día del cuadro y proporcionar

con cada evento copia a FISC.

intercambio de documento si es

interés contratista Archiva documento en

carpeta “A” Administrativa

M3 Cuadro de Avance por Partida.

Medir el avance físico desagregado por partida del presupuesto detallado y traducirlo a moneda del contrato para formulación de los Estados de Pago (valores a cuenta).

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

Previo a la formulación del primer Estado de pago. Se rehace con cada Estado de Pago (Dinámico). Procedimiento reglamentado

FISC. proporciona modelo en fotocopia o medio digital a contratista

Contratista efectúa estimación de avance por partida y valores

asociados para acompañar a Estado de

Pago presentado a FISC. Procedimiento se repite con cada Estado

de Pago.

FISC. Revisa (en terreno) validez de las

estimaciones de avance y autoriza Estado de

Pago. Archiva documento en carpeta

“A” Administrativa

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE MEDICIÓN FÍSICA Y FINANCIERA

M4Cuadro y Curvas de Avance Programado y Real.

Medir globalmente el avance físico expresado en % económico (moneda del contrato) y compararlo con el programado. Adicionalmente proyectar avance esperado (corrección).

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc previo primer E.P. luego va acumulando información

FISC. Proporciona base a contratista para que registre los datos que se producen con cada Estado de Pago.

Contratista registra información periódicamente con cada Estado de Pago y remite a FISC. .

FISC. toma conocimiento y analiza

información sobre estado de situación del contrato (proyección de

avance, plazo final)

Archiva documento en carpeta “A”

Administrativa.

M5 Curvas de Avance Programado y Real.

Visualizar en un gráfico la marcha del contrato en volumen de obra ejecutado real y compararlo con el programado.

Formato de la FISC. como: a) fotocopia tipo b) medios computacionales ad -hoc

En la primera oportunidad que el formato “M4” concuerde con cada Estado de Pago

FISC. Confecciona el gráfico sobre la base de datos aportados por ficha “M4”.

Alternativamente contratista confecciona gráfico sobre la base de

prototipos proporcionados por la

FISC. Y devuelve a FISC. .

FISC. toma conocimiento y archiva

en Carpeta "A" administrativa

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CÓD. HERRAMIENTAS OBJETIVO TIPO DE DOCUMENTOOPORTUNIDAD DE IMPLEMENTACIÓN GESTIÓN PASO-1 GESTIÓN PASO - 2 GESTIÓN PASO - 3

DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

S/FActa de Entrega de Terreno. y/o inicio de obra

Acto que celebra en terreno FISC. y contratista para formalizar entrega de terreno fiscal al segundo y/o que determina la iniciación del plazo contractual del contrato

Formato tipo preestablecido en medios computacionales y que se llenará por esa misma vía.

Al concurrir a la entrega del terreno.

FISC. concurre al acto de entrega con prototipo

En terreno FISC. Y contratista completan

manualmente el prototipo con datos correspondientes.

FISC. Confecciona original para firma

contratista y propia. Proporciona copia a contratista y archiva

documento en carpeta “A” Administrativa

S/F

Precalificación Comisión Receptora. Calificación Comisión Receptora. Calificación Final Contratista.

Medir el desempeño del contratista respecto

a comportamiento y calidad de las obras

durante su desarrollo y resultados finales.

Formatos tipo preestablecidos en medios computacionales y que se llenará por esa misma vía.

Al concurrir al acto según el caso. a) Precalificación al50%, del plazo total. b) Calificación final contratista a la recepción por la comisión

FISC. Concurre con prototipo al acto de Precalificación o Calificación.

En terreno FISC. Y comisión llenan

manualmente prototipo (borrador) con datos

respectivos.

FISC. confecciona original, lo firma y

remite a presidente comisión para proseguir trámite (con borrador), de vuelta archiva copia

en carpeta “A” Administrativa

I.A Informes de Avance.

Conjunto de documentos que emite la FISC. con la información básica del estado de situación de la obra en determinado momento de su desarrollo a la jefatura

Elaborado ad-hoc por la FISC. integrando documentos existentes de medición y control

Mínimo cada dos meses. Se recomienda fecha fija para todas las obras en su conjunto

FISC. Elabora información y agrega fotocopia de formatos elaborados disponibles “M2”, “M4” y “M5”.

Copia a contratista con autorización de la

jefatura

FISC. archiva fotocopia de informe de avance

“IA” en carpeta “A” Administrativa

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Cabe hacer mención que el tratamiento de esta guía por separado, tiene en cuenta la dinámica a que estarán expuestos en el futuro los diferentes procedimientos y herramientas, para los efectos de su actualización y mantenimiento expeditos.

10. METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN PARA OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE SUBESTACIONES

10.1. GENERALIDADES

Esta sección tiene el propósito de plantear la metodología específica de inspección para las obras construcción y equipamiento de subestaciones conforme a lo descrito, desde un punto de vista general, en los capítulos 7 y 8, del presente Manual. Para ello se ha considerado que constituya un instrumento guía, de consulta rápida, expedita y práctica, aplicable a las actividades fiscalizadoras que realiza la FISCALIZACIÓN de obra.

Para la adecuada comprensión de la metodología planteada es particularmente importante la sección 7, que incluye una guía de utilización de herramientas de control técnico y administrativo.

La óptima aplicación de la metodología de inspección presupone 3 requisitos básicos:

• Que los funcionarios encargados de aplicarla internalicen favorable y adecuadamente los elementos del sistema de control e inspección selectiva y autocontrol del Contratista como conceptos pertenecientes a los conceptos sistemáticos de aseguramiento de calidad.

• Que preferentemente dispongan de herramientas computacionales que en su base de datos pueda alojar las diferentes fichas, prototipos y cartillas para facilitar su aplicación.

• Que se aproveche la flexibilidad y versatilidad de los sistemas para ajustar las herramientas a las variables que pueden presentar las obras, de modo que en el corto plazo las Unidades de Inspección cuenten con una batería tipificada de elementos de control.

OBJETIVOS:

Exponer en formas secuencial los procedimientos de control y verificación, asociados a las respectivas herramientas de ayuda, en la forma como se van produciendo en el proceso de construcción. Dadas las múltiples variables, circunstancias y actividades, el orden no es necesariamente taxativo, como tampoco se incluyen todas las actividades, sobre todo aquellas no relacionadas

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con un procedimiento y que en definitiva tienen escasa relevancia respecto a los objetivos básicos que se persiguen.

Adaptar cada formulario, ficha o prototipo a las necesidades particulares de la obra tipo; en aquellos casos en que se estime conveniente, presentarlos a través de un modelo.

Incorporar criterios de muestreo necesarios para practicar la “Inspección Selectiva” a los procedimientos de autocontrol que debe realizar el Contratista.

Entregar las principales pautas y opciones orientadas a hacer más amigable y liviana la aplicación para la FISCALIZACIÓN.

Al respecto cabe tener presente que el sistema no tiene mayores precedentes de funcionamiento en el CNEL, que se inserta en el esquema reglamentario y de administración vigente y que consecuentemente debe enriquecerse en el futuro como consecuencia natural de su puesta en marcha y acumulación de experiencia.

10.2. APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN:

El desarrollo del esquema de inspección de obras se plantea dividido en etapas consecuentes con la evolución de los trabajos y la sistematización de los elementos que componen la metodología, conforme a:

Etapa de planificación Etapa de Desarrollo y Seguimiento Etapa de Recepción Final

En todas las fases el Contratista, como ejecutor de las obras y del contrato, es el principal protagonista y responsable, correspondiendo al Inspector de Obra el papel de establecer su cumplimiento empleando los adecuados y mínimos recursos de control para ese fin.

Los cuadros que más adelante se muestran, ilustran en detalle las diferentes etapas con su desglose paso por paso. En la segunda columna se indican las actividades de gestión de la FISCALIZACIÓN relacionadas con los elementos de inspección que a su vez, y cuando corresponde, llevan asociados los códigos de las herramientas o “formas”. Finalmente en la última columna se hace referencia al capítulo dentro del Manual que trata el procedimiento correspondiente.

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METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN APLICADA A SUBESTACIONESETAPA / PROCESO ACTIVIDAD FISCALIZACIÓN FORMA REF. MANUAL

A.- ETAPA DE PLANIFICACIÓN GENERAL Iniciar e instruir al Contratista en la programación y planificación de control de la obra

1. INICIO CONTRATO CONSTRUCCIÓN Designación FISCALIZADOR, recibe Carpeta de Antecedentes con Adjudicación del Contrato

2. REVISIÓN CONTRATOEstudiar y analizar documentación. En caso de omisiones o errores requerir información a Jefatura y/o Unidad de estudio que corresponda. CARPETA A 7.1.1 Armar carpetas. CARPETA B 7.1.1

3. PLANIFICAR ELEMENTOS DE CONTROL AL INICIO Coordinar y definir las condiciones y elementos del control administrativo y técnico del ContratoDE LAS OBRAS Y ESTABLECER COMPROMISOS a) Recopilar conjuntos de fichas de planificación y Control.CON EL CONTRATISTA b) Citar a Contratista para iniciación en el Sistema de Planificación, proporcionando:

• Cuadro de Control de Fechas y Plazos. P1 7.3.• Cronograma de Plazos Contractuales. P2 7.3.• Programa de Trabajo de Obra P3 7.3.• Programación Financiera. P4 7.3.• Plan de Ensayos de Laboratorio. P6 7.3.• Calendario de Visitas a Terreno. P7 7.3.• Programa de Control de Calidad. P8 7.3.• Cuadro de Equipos y Maquinarias/Subcontratos. P9 7.3.Entregará contratista para que lo llene con la información pertinente

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METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN APLICADA A SUBESTACIONESETAPA / PROCESO ACTIVIDAD FISCALIZACIÓN FORMA

REF. MANUAL

c) Planificar conjuntamente con el Contratista las actividades de control de calidad de las obras e iniciarlo en el Sistema de Inspección Selectiva FISCALIZACIÓN y de autocontrol de actividades sobre la base de fichas

Programa de Control de Calidad (completo)• Cuadro Resumen Control P8• Cartillas de control por actividad o partida (inicialmente al menos las correspondientes a la obra gruesa). C.R.

C.C.

Para el control de calidad de los materiales, definir:d) Lista de materiales, marcas y tipo (según antecedentes bases para completar porContratista conforme a Especificaciones Técnicas). P5 7.3.e) Cuadro control de resultados de ensayos (sólo modelo que completa durante la construcción) E1 8.3.3f) Establecer plazos para devolución de Fichas y Programas P1 al P9, M1.g) Proporcionar modelos de fichas de Control de Calidad por actividad (C.C.) CC 8.2.1h) Identificar con el Contratista los elementos (Actividades y Plazos críticos para el normal desarrollo de las obras). i) Solicitar al contratista nombre y currículo de su representante en terreno a cargo de la Obra.j) Exigir al Contratista completar con antecedentes faltantes toda la información requerida para la programacióny control de actividades de la obra (materiales, fechas, C.C., etc.); para consolidar el sistema de autocontrolContratista e Inspección Selectiva de FISCALIZACIÓN en un esquema preventivo.K) Acordar con el Contratista fecha para entrega o constitución en terreno según corresponda para inicio de obra(Esta actividad puede ser previa a la reunión de planificación y coordinación).

NOTA: La configuración de las definiciones y llenado de fichas deberá estar disponible a más tardar a los 15 días de iniciado el contrato.

Capítulo 7Capítulo 8

7.4.2.

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B.- ETAPA DE CONTROL Y SEGUIMIENTO DURANTE

Efectuar el Control Técnico y Administrativo durante la construcción verificando el cumplimiento de compromisos

EL DESARROLLO DE LAS OBRAS administrativos, fechas, calidad de los trabajos y pagos1. ENTREGA DE TERRENO Y/O INICIO DE OBRA

Seguir procedimiento regular de entrega de terreno si es propiedad fiscal o constitución en el mismo si es aportado por el Contratistaa) Llevar modelo de acta de entrega de terreno pre hecha, completar y formalizar actividad.

b) Fijar curso de acciones en caso de observaciones o entrega parcial.ACTA/

PROTOTIPO 7.4.2c) Fijar fecha de iniciación contractual obras (si corresponde).d) Solicitar ensayos de calidad del terreno, instalación oficina de la FISCALIZACIÓN, etc.e) Acta de entrega de materiales y elementos aportados por CNEL. en caso que así se establezca en el contrato. L.I. 7.2.1 -7.4.2.2

f) Hacer entrega del Libro de Inspecciones y de Obras.2.- CONFIGURAR LOS ELEMENTOS PARA EL CONTROL FÍSICO Y FINANCIERO DE LA OBRA.

Comunicar al Contratista las herramientas asociadas a la medición y pago de las obras ejecutadas en cada etapa de su desarrollo mediante:

a) Programa de trabajo de obra. (Carta Gantt sobre la base de acordada con Contratista para seguimiento con segunda barra para control). M1 7.4.1

b) Programa y Cuadro Resumen de Estados de Pago (seguimiento FISCALIZACIÓN). M2 7.4.1Copia de estos cuadros se remite al contratista para que

c) Cuadro de Avance por partida. (Para ser llenado por Contratista con cada Estado de Pago cuadro de Avance) M3 7.4.1

efectúe su propia gestión de control e informe a FISCALIZACIÓN. Programado y Real (para control FISCALIZACIÓN).

respecto a M1, M3 y M4 con cada Estado de Pago

d) Curvas de Avances Programado y real. (Optativo para visualizar tendencia de la curva de avance real). M4,M5 7.4.1

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3. VERIFICAR CUMPLIMIENTO DEL ESQUEMA DE

Aplicar durante el desarrollo de la obra los procedimientos de inspección selectiva a las diferentes actividades

CONTROL DE CALIDAD de terreno y a los materiales (procesos continuos).3.1 Coordinar con Contratista para que se ciña a la planificación acordada en programa de punto A 3 P8 - P6 7.3 a) Concurrir a terreno a solicitud de Contratista para recibir partidas. b) Aplicar técnica de muestreo. c) Verificar en cartilla de control resultados inspección selectiva. C.C 8.2.1 d) Si conformidad autorizar actividad siguiente, sino rechazar y fijar fecha próxima inspección. e) Trasladar manualmente datos actividad inspeccionada a cuadro resumen. C.R. 8.2.1 f) Anotar actividad en Libro de Inspección u Obras (autorización o rechazo). L.I. 7.2.13.2. Coordinar con Contratista los ensayos definidos en el plan punto A3 para control de materiales. a) Verificar cumplimiento programa de ensayos. (Copia de Laboratorio). b) Estudiar resultados de ensayos y verificar correspondencia con especificación técnica. P6 7.3 c) En caso de duda solicitar al Contratista a través de Libro de Inspección ensayos específicos no programado L.I 7.2.1 d) Anotar todos los ensayos efectuados en Cuadro de Control Ensayos. E1 8.3.3 e) Comprobar calidad materiales definidos en Lista de Materiales, Marcas y Tipos, consultados en obra. P5 8.3.2 f) Dejar constancia de rechazos y aceptación de materiales en Libro de Inspección L.I. 7.2.1

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4. PROCESAR ESTADO DE PAGOAutorizar el pago parcial producido por concepto de avance de las obras en un período de tiempo. a) Verificar cantidad y fecha respecto a programación financiera. P4 7.3 b) Verificar avance físico en terreno, correspondencia con información del Contratista y de acuerdo a bases de medición y pago contrato. M3 7.4.1 c) Si está conforme, autorizar Estado de Pago con firma en documento. d) Procesar información correspondiente en Cuadro de Control de Estado de Pago M3 - 4 7.4.1

y Avance Programado v/s Real, Gráfico M55. ESTABLECER ESTÁNDAR DE CALIDAD DE OBRA Comprobar mediante la presentación de una PARTE DE OBRA QUE SE REPITA, la calidad SOBRE LA BASE DE UNA PARTE QUE SE REPITA esperada según contrato(ESTRUCTURA DE TORRE METÁLICA POR EJEMPLO) PARA a) Entregar cartilla pre recepción OBRA piloto a Contratista. F1 8.2.1 EL CONJUNTO DE LA OBRA. b) Coordinar visita a terreno con Contratista, y Jefatura o profesional delegado.

c) Verificar cumplimiento de calidad aplicando cartilla de pre recepción obra piloto con F1 8.2.1 chequeo previo autocontrol Contratista. d) Acordar con Contratista, mejoramientos que correspondan anotándolos en cartilla y suscribir, con copia a Contratista. e) Dejar constancia de la actividad en Libro de Inspección y de Obras. L.I 7.2.1

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6.- INFORMAR A LA JEFATURA EN FORMA PERIÓDICA ESTADO DE SITUACIÓN DE LA OBRA

Elaborar el informe de avance en base a las fichas y cuadros de control físico-financiero y comentarios en base a estructura tipo definida en el Manual:a) Identificación obra, período, tipo contrato. I.A 7.2.3b) Resumen hechos relevantes 7.4.1c) Puntos pendientes y críticos 7.4.1d) Estado de avance físico financiero. M2 A M5 7.4.1e) Comentario final y juicio crítico respecto a metas, calidad obras, desempeño Contratista, etc.

f) Coordinar visita a Obra con Jefatura. P7 7.2.27. EVALUAR CUMPLIMIENTO INTERMEDIO CONTRATO POR PARTE DEL CONTRATISTA

Reglamento del Registro de Contratistas (procedimiento normado), al 50% de avance. (Precalificación).a) Solicitar a jefatura nombramiento Comisión Receptora para practicar precalificación.b) Coordinar visita conjunta a terreno.c) Proceder a aplicar formulario tipo de precalificación Contratista exhibiendo antecedentes (fichas, cuadro, etc.) 7.4.2d) Suscribir precalificación (FISCALIZACIÓN - integrante Comisión) proporcionar copia resultado a Contratista.e) Consignar actividad y nota en libro de Inspección u Obras. L.I 7.2.1

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8. CONTROLAR CUMPLIMIENTO DE ACTIVIDADES Efectuar el seguimiento a todas las actividades establecidas en las fichas y cuadrosADMINISTRATIVAS. de planificación y Control administrativo (plazos).

a) Mantener al día la información y registrar datos en formularios P1 A P9 7.3b) Advertir a Contratista de atrasos, incumplimiento de actividades y fechas críticas

9...- MODIFICAR CONTRATO (SOLO SI CORRESPONDE REPROGRAMACIÓN CONTRATO).

Gestionar aumento y/o disminuciones de obra y plazo en casos calificados de acuerdo al reglamentoa) Definir con contratista alcance de las modificaciones en cuanto a cantidades de obra, 6.2.3Costos y plazos. Recomendable solicitar la concurrencia de proyectistasb) Informar justificadamente a la jefatura para autorización correspondiente 7.2.3.1c) Preparar antecedentes base de modificación y solicitar confección y tramitación resolución que aprueba.d) Autorizar a Contratista iniciar obras y/o variaciones del plazo con anotaciones en Libro de Inspección previa resolución de la jefatura correspondiente. L.I 7.2.1e) Introducir las modificaciones en la planificación y reprogramación física y financiera para controlar las nuevas actividades. P1 7.3

P9f) Proceder al seguimiento de las modificaciones incorporadas M1 7.4.1

M5

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C. ETAPA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS

1.1 Comprobar que una vez totalmente concluidas las obras, estas se ajustan a los términos contractuales definidos en las bases y sus modificaciones posteriores.

a) Definir y proporcionar al Contratista un ejemplar, para cada tipo de obra, de cartilla de Control F1 8.2.1 y Recepción Comisión. Instruir a Contratista de prerrequisitos de autocontrol para solicitud de recepción de las obras en caso de término anticipado; en situación normal sólo las que cumplan con los requisitos terminadas. b) Verificar, a través de inspección selectiva las cartillas de control informadas por el Contratista. C.C 8.2.1 c) Confirmar a Jefatura la fecha de término, con suficiente anticipación (30 días) y solicitar constitución Comisión Receptora. d) Ordenar y preparar carpetas con antecedentes iniciales y acumulados producidos durante el desarrollo de los trabajos. e) Verificar cumplimiento de todos los requisitos contractuales, especialmente los correspondientes a certificados de otros servicios. Advertir a Contratista. P1 - P2 7.3 f) Participar en la preparación de Actas de Recepción de Obras.

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C. ETAPA DE RECEPCIÓN DE LAS OBRAS

1.2 Verificar cumplimiento de calidad y elaboración de los materiales empleados en la obra, cantidades de obra realizada, plazos, requisitos de certificación, procedimientos aplicados, etc. (Según reglamento). a) Comprobar la materialidad de las diferentes unidades de obra empleando las cartillas (previamente F1 8.2.1 procesadas por Contratista) de control pre recepción , por parte de integrantes de Comisión de recepción, Asesorada por la FISCALIZACIÓN. Dejar constancia de incumplimiento y/u observaciones. b) Revisar antecedentes aportados por FISCALIZACIÓN, aplicación de procedimientos de autocontrol, 7.4.2 ensayos de materiales plazos, etc. c) Verificar existencia y calidad de certificados exigibles. 7.4.2 d) Tomar nota de elementos faltantes, omisiones, incumplimiento de plazos. e) En caso de registrar observaciones devolver cartillas respectivas a Contratista para corregir defectos. f) Fijar plazo al Contratista para corregir defectos según ley. 7.4.2.5 g) Definir términos y alcances de recepción de las obras para una vez efectuadas las reparaciones h) Dejar constancia de las actividades efectuadas en el Libro de Inspección u Obras. L.I. 7.2.1 i) Verificar FISCALIZACIÓN corrección de fallas observadas registrando en cartilla. C.C j) Verificar cumplimiento de plazos y dejar constancia de multas que deben incorporarse al último estado de pago o liquidación final.

k) Firmar el Acta de Recepción.

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2. EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Medir al momento de la recepción de Obras el desempeño del Contratista durante su desarrollo y el resultado final de esta.

a) Preparar con antelación formularios de calificación Comisión y calificación final (ponderada) PROTOTIPO 7.4.2b) Asesorar a la Comisión Receptora mediante antecedentes del Contrato, de recepción parcial de las obras y precalificaciones, informes de avance, etc. I.A L.I L.O 7.2.1. - 7.2.3

P1 -P9 7.3

C) comisión califica gestión de contratistaCALIFICACIÓN

TIPO 7.4.2d) Practicar la calificación ponderada entre calificación y precalificaciones Comisión, se obtienen nota final (resultado) que se incluye en Acta de Recepción

CALIFICACIÓN TIPO 7.4.2

e) Presidente de la Comisión formaliza calificaciones conjuntamente con Acta de Recepción y despacha a Jefatura para proceso reglamentario.f) Dejar constancia de calificación en el Libro de Inspección y de Obras y entrega de un ejemplar a Contratista. L.I - L.O 7.2.1g) Esperar plazo de apelación Contratista.

3. CIERRE DEL CONTRATO (ETAPA DE CONSTRUCCIÓN)

Disponer las últimas actividades relacionadas con la inspección en terreno

a) Archivar y ordenar documentación y antecedentes en carpetas correspondientes.CARPETAS A -

B 7.1.1

b) Recoger Libro de Inspección u Obras con anotación de cierre (fecha). L.I - L.O 7.2.1

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METODOLOGÍA DE INSPECCIÓN APLICADA A SUBESTACIONESETAPA / PROCESO ACTIVIDAD FISCALIZACIÓN FORMA REF. MANUAL

c) Instruir al Contratista respecto a vigilancia obra y su respectivo plazo (según bases). P1 - P2 7.3d) Acordar con Contratista último Estado de Pago para practicar la liquidación contable final. E.P. 7.4.2e) Archivar copia boleta garantía por buena ejecución de la obra (2 años)f) Remitir a Jefatura documentación para Liquidación Final del contrato. Transcurrido plazo de garantía, dictar resolución que aprueba el Acta de recepción y liquidación contable.

4. LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO (FINIQUITO) Proceder al finiquito del Contrato una vez cumplido el plazo de garantía por buena construcción.

a) Verifica existencia de reclamos pendientes de usuarios.b) Remitir memorándum de consulta por comportamiento de obras de pavimentación a registro respectivo.c) Con la configuración de ningún reclamo pendiente, FISCALIZACIÓN propone se dicte resolución que aprueba devolución de boleta de garantía y finiquito contrato, a unidad que corresponda.

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ANEXOS

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ANEXO 1: MÉTODO DE MUESTREO

CRITERIOS PARA EL MUESTREO DE INSPECCIÓN Y ENSAYOS

GENERALIDADES

La Inspección Técnica de Obras está basada en procesos de “Inspección Selectiva” ampliamente descrita en su aspecto conceptual, procedimientos y herramientas prácticas de apoyo en los Capítulos 3,4 y 5. En resumen consiste en verificar el autocontrol que efectúa el Contratista a las diferentes partidas o actividades de terreno y ensayos de laboratorio a los materiales, se realiza adecuadamente y es valedero para permitir asegurar que los resultados esperados en cada etapa de desarrollo de los trabajos, van a satisfacer los requerimientos del Contrato.

La labor de comprobación de la FISCALIZACIÓN., de que el sistema se aplica adecuadamente, consiste en inspeccionar parcialmente los procesos aplicando para ello un procedimiento de muestreo que debe ser lo más objetivo y representativo posible.

DEFINICIONES ESTADÍSTICAS

A continuación se incluye algunas definiciones y conceptos estadísticos mínimos, necesarios para la comprensión del lenguaje.

• POBLACIÓN O UNIVERSO

Se denomina así a todos los elementos de un tipo definido, sobre el cual se quiere investigar una característica o propiedad.

• LOTE

Corresponde a una población de tamaño finito, constituida generalmente por la producción lograda en un tiempo determinado, o por un área o sector determinado y que forma parte de una superficie o conjunto mayor.

• TAMAÑO DE LOS LOTES

Es el número de unidades que pertenecen a una población finita mayor y que es escogido para ser sometido a un proceso de inspección para asegurar su calidad.Para efectos de inspección el tamaño del lote debe ser tal que no interfiera con el normal proceso de construcción.

El tamaño de los lotes debe ser escogido teniendo en cuenta un concepto de “reversible” o “irreversible” del proceso constructivo. Por proceso reversible se entiende todo aquel en el cual la operación de construcción puede ser deshecha sin

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que los materiales utilizados sufran gran deterioro. Proceso irreversible se refiere a aquel en que ocurre lo contrario, como por ejemplo un hormigón defectuoso.

• MUESTRA

Equivale al “subconjunto” de elementos que se extrae al “azar”, en un lote sometido a un proceso de inspección. El número de elementos extraídos de un lote se designa “Tamaño de la Muestra”.

• MUESTRA CON RÉPLICA.

Es la realización de dos o más determinaciones (ensayos) iguales sobre un mismo elemento de la muestra. La calidad de una muestra con réplica es mayor que una sin réplica

• RANGO DE OBSERVACIÓN.

Corresponde a la agrupación (o entorno) de los valores (resultados o datos) limitados por los valores extremos producidos.

CRITERIOS PARA LA INSPECCIÓN SELECTIVA DE PARTIDAS DE OBRA

Para la aplicación de una técnica de muestreo es preciso tener en cuenta 2 factores que conspiran un tanto en contra de un método estadístico de orden científico para el caso de aplicación a partidas de construcción.

a) El tipo de verificación que se practica a los elementos. En efecto la cartilla de control está descompuesta en una serie de sub-actividades y características, mayoritariamente cualitativas, producto de la naturaleza de las obras de construcción. La cartilla entregará al interior resultados “múltiples” y variados, con una alta probabilidad que no se produzcan en todos los puntos “rechazos”. Los criterios de aceptación y rechazo definidos en la sección 8.2.1, si bien permiten un grado de tolerancia, en general están basados en cumplimiento inicial y final de requisitos: los malos resultados son corregidos.

b) Adicionalmente, el muestreo siguiente (ejemplo réplica) no se practica sobre los mismos elementos iniciales, lo cual permite afirmar que al menos las muestras cumplen todas satisfactoriamente. Respecto a este hecho y al tipo de verificación que se realiza no es posible aplicar un rigor estadístico valedero como herramienta de evaluación y muestreo.

c) El tamaño de los lotes no es absolutamente previsible. Se conoce el tamaño del universo o población, pero no así los subconjuntos o lotes para cada actividad que se verifica durante el desarrollo de la obra.

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Idealmente sería deseable planificar los lotes, pero ello introduciría con toda probabilidad problemas de producción. Siendo así, el tamaño de una muestra tomada de un lote pequeño, tenderá inevitablemente a ser mayor que lo necesario, en relación con la población, lo cual se traduce en una mejor confiabilidad de la muestra o visto de otra manera disminuye el riesgo. El tamaño de una muestra crece en forma inversamente proporcional a la magnitud del lote al cual pertenece.

De lo expuesto se desprende que, dada las características de las obras de construcción y de las variables no controlables que es necesario respetar, el diseño de un procedimiento de muestreo, basado en métodos estadísticos prácticamente no es posible y será la práctica, con factores y estrategias locales incluidos, los que en definitiva deberá definir y corregir lo relativo al tamaño de la muestra.

TABLA DE MUESTREOS

En la tabla que a continuación se expone, se plantea la cantidad de muestras a tomar en función del tamaño de los lotes a inspeccionar. La fuente está contenida en las recomendaciones del U.S. Department of Transportation Federal Highway Administration, Bureau of Public Roads, April 1967. “Quality Assurance Through Process Control and Acceptance Sampling”. Corresponde a un plan de inspección basado en el conteo de elementos defectuosos, en una muestra de tamaño N y en la comparación de dicho conteo con el número máximo de elementos defectuosos que se acepta para un nivel predeterminado por la inspección. La muestra se analiza por atributos.

Conforme a los criterios de aceptación y rechazo planteados (Capítulo 4), el número máximo de elementos defectuosos considerados para la Inspección Selectiva es = 0.

TAMAÑO DEL LOTE TAMAÑO DE LA MUESTRA2 a 8

9 a 15

16 a 25

26 a 50

2

3

5

8

51 a 90

91 a 150

151 a 280

281 a 500

501 a 1200

1201 a 3200

13

20

32

50

80

125

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Para aceptar lote = 100% de calificación “buena” para la muestra.

CRITERIOS PARA EL ENSAYO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN

Para el muestreo de los materiales que deben ser sometidos a ensayo de laboratorio para certificar sus características y calidad, es necesario reconocer que existen dos tipos:

• Materiales elaborados por el Contratista o subcontratistas a los cuales pertenecen los hormigones y morteros, estructuras metálicas, herrajes, postes

• Materiales manufacturados industriales, por ejemplo: aisladores, transformadores, alambre pinturas, revestimientos, etc.

En el caso de los productos elaborados en base a cemento existen normas (INEN, ASTM) que describen los procedimientos de muestreo, toma de muestras y evaluación de las mismas. Para los elementos claves, por ejemplo los hormigones estructurales, se define adicionalmente los criterios de aceptación o rechazo, como también los métodos de comprobación, localización e identificación de las partes defectuosas, con posterioridad a su ejecución, igualmente torres y revestimientos galvánicos por ejemplo, la FISCALIZACIÓN, debe tomar cuenta de la naturaleza de los elementos constructivos con que cuenta la obra.

El tema es complejo, de modo que cuando se produce una situación de rechazo con resultados por debajo de los valores especificados, la FISCALIZACIÓN debe recurrir a la opinión de un profesional especialista dada la condición de “irreversible” que tienen estos elementos y a la falta de información que habitualmente se tiene respecto a la memoria (hipótesis) de cálculo.

En estricto rigor, y en beneficio de los que tienen que licitar, materializar y fiscalizar las obras de edificación, lo óptimo es que las bases técnicas del proyecto definan claramente la cantidad de muestras a tomar durante su desarrollo, como un elemento de diseño elaborado por el profesional responsable del proyecto.

Los ensayos a los que se someten los materiales manufacturados de tipo industrial, están supeditados normalmente a la circunstancia de no conocer sus características, dudar de su veracidad o a falta de homogeneidad de los productos (lotes diferentes). Sin embargo, existen materiales que por la importancia y función que cumplen deben controlarse mediante un ensayo de todos modos como en el caso de los recubrimientos galvánicos.

En general el muestreo se aplica sobre una partida, lote o suministro a emplearse en la obra y los procedimientos asociados quedan reservados al ámbito de los laboratorios y las normas que regulan estos aspectos. La FISCALIZACIÓN solo debe definir cuáles materiales deben contar con certificado que acredite su aplicabilidad a la obra, conforme a lo expuesto en la Sección 8.2.2 del Manual.

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ANEXO 2: LEYES CONEXAS

A continuación una selección de Leyes y reglamentos que tienen que ver, con las responsabilidades generadas tanto civil y penal, en el ejercicio de la FISCALIZACIÓN.

CONSTITUCIÓN

Art. 233.- Ninguna servidora ni servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos.

Las servidoras o servidores públicos y los delegados o representantes a los cuerpos colegiados de las instituciones del Estado, estarán sujetos a las sanciones establecidas por delitos de peculado, cohecho, concusión y enriquecimiento ilícito. La acción para perseguirlos y las penas correspondientes serán imprescriptibles y, en estos casos, los juicios se iniciarán y continuarán incluso en ausencia de las personas acusadas. Estas normas también se aplicarán a quienes participen en estos delitos, aun cuando no tengan las calidades antes señaladas.

LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADODETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADESSección 1Generalidades

Art. 38.- Presunción de legitimidad.- Se presume legalmente que las operaciones y actividades realizadas por las instituciones del Estado y sus servidores, sujetos a esta Ley, son legítimas, a menos que la Contraloría General del Estado, como consecuencia de la auditoría gubernamental, declare en contrario.

Art. 39.- Determinación de responsabilidades y seguimiento.- A base de los resultados de la auditoría gubernamental, contenidos en actas o informes, la Contraloría General del Estado, tendrá potestad exclusiva para determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal.

Previamente a la determinación de responsabilidades administrativas y civiles culposas que se desprendan de los informes elaborados por las auditorías internas, la Contraloría General del Estado examinará el cumplimiento de los preceptos legales y de las normas de auditoría y procederá a determinarlas con la debida motivación, sustentándose en los fundamentos de hecho y de derecho pertinentes. De existir indicios de responsabilidad penal, se procederá de acuerdo a lo previsto en los artículos 65, 66 y 67 de esta Ley. En todos los casos, la evidencia que sustente la determinación de responsabilidades, a más de suficiente, competente y pertinente, reunirá los requisitos formales para fundamentar la defensa en juicio.

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La Contraloría General del Estado efectuará el seguimiento de la emisión y cobro de los títulos de crédito originados en resoluciones ejecutoriadas.

Art. 40.- Responsabilidad por acción u omisión.- Las autoridades, dignatarios, funcionarios y demás servidores de las instituciones del Estado, actuarán con la diligencia y empeño que emplean generalmente en la administración de sus propios negocios y actividades, caso contrario responderán, por sus acciones u omisiones, de conformidad con lo previsto en esta ley.

Art. 41.- Órdenes superiores.- Ningún servidor, funcionario o empleado de las instituciones del Estado, podrá ser relevado de su responsabilidad legal alegando el cumplimiento de órdenes superiores, con respecto al uso ilegal, incorrecto o impropio de los recursos públicos de los cuales es responsable. Los servidores públicos podrán objetar por escrito, las órdenes de sus superiores, expresando las razones para tal objeción. Si el superior insistiere por escrito, las cumplirán, pero la Responsabilidad recaerá en el superior. Esta disposición se aplicará en armonía con lo dispuesto en la Ley de Servicio Civil y Carrera Administrativa.

Art. 42.- Responsabilidad directa.- Los servidores de las instituciones del Estado, encargados de la gestión financiera, administrativa, operativa o ambiental, serán responsables, hasta por culpa leve, cuando incurrieren en acciones u omisiones relativas al incumplimiento de normas, falta de veracidad, de oportunidad, pertinencia o conformidad con los planes, programas y presupuestos y por los perjuicios que se originaren de tales acciones u omisiones.

Art. 43.- Responsabilidad principal y subsidiaria por pago indebido.- La responsabilidad principal, en los casos de pago indebido, recaerá sobre la persona natural o jurídica de derecho público o privado, beneficiaria de tal pago. La responsabilidad subsidiaria recaerá sobre o los servidores, cuya acción u omisión culposa hubiere posibilitado el pago indebido. En este caso, el responsable subsidiario gozará de los beneficios de orden y excusión previstos en la ley.

Art. 44.- Responsabilidad solidaria.- Habrá lugar para establecer responsabilidad solidaria cuando dos o más personas aparecieren como coautoras de la acción, inacción u omisión administrativa que la origine.

Art. 45.- Responsabilidad administrativa culposa.- La responsabilidad administrativa culposa de las autoridades, dignatarios, funcionarios y servidores de las instituciones del Estado, se establecerá a base del análisis documentado del grado de inobservancia de las disposiciones legales relativas al asunto de que se trate, y sobre el incumplimiento de las atribuciones, funciones, deberes y obligaciones que les competen por razón de su cargo o de las estipulaciones contractuales, especialmente las previstas en el Título III de esta ley.

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Incurrirán en responsabilidad administrativa culposa las autoridades, dignatarios, funcionarios o servidores de las instituciones del Estado que, por acción u omisión, se encontraren comprendidos en una o más de las causales siguientes:

1. No establecer ni aplicar indicadores de gestión y medidas de desempeño para evaluar la gestión institucional o sectorial y el rendimiento individual de sus servidores;

2. Cometer abuso en el ejercicio de su cargo;

3. Permitir la violación de la ley, de normas específicas emitidas por las instituciones del Estado, o de normas de carácter generalmente obligatorio expedidas por autoridad competente, inclusive las relativas al desempeño de cada cargo;

4. Exigir o recibir dinero, premios o recompensas, por cumplir sus funciones con prontitud o preferencia, por otorgar contratos a determinada persona o suministrar información, sin perjuicio de la responsabilidad penal a que hubiere lugar;

5. No establecer o no aplicar con sujeción a la ley y normas pertinentes, los subsistemas de determinación y recaudación, presupuesto, tesorería, crédito público y contabilidad gubernamental;

6. No establecer o no aplicar con sujeción a esta Ley y más normas pertinentes los subsistemas de control interno y control externo;

7. No establecer o no aplicar con sujeción a la ley y más normas pertinentes, los sistemas de planificación, administración de bienes y servicios, inversiones públicas, administración de recursos humanos, de gestión financiera y de información;

8. Contraer compromisos y obligaciones por cuenta de la institución del Estado, a la que representan o en la que prestan sus servicios, en contravención con las normas respectivas y sin sujetarse a los dictámenes de la ley; o insistir ilegalmente en una orden que haya sido objetada por el control previo;

9. No tomar inmediatamente acciones correctivas necesarias en conocimiento del informe del auditor interno o externo; o de consultas absueltas por organismos de control;

10. No proporcionar oportunamente la información pertinente o no prestar la colaboración requerida a los auditores gubernamentales, y demás organismos de control y fiscalización;

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11. Incurrir en ilegal determinación o recaudación de los ingresos del Gobierno Central, y demás instituciones del Estado;

12. No efectuar el ingreso oportuno de cualquier recurso financiero recibido;

13. Disponer o ejecutar, sin tener atribución, el cambio de planes, programas y estipulaciones relativas a la ejecución de los contratos; y,

14. Las demás previstas en otras normas y disposiciones legales vigentes.

Art. 264.- Los empleados públicos o las personas encargadas de un servicio público que se hubieren hecho culpables de concusión, mandando percibir, exigiendo o recibiendo lo que sabían que no era debido por derechos, cuotas, contribuciones, rentas o intereses, sueldos o gratificaciones, serán reprimidos con prisión de dos meses a cuatro años.

La pena será de prisión de dos a seis años, si la concusión ha sido cometida con violencias o amenazas.

Esta pena será aplicable a los prelados, curas u otros eclesiásticos que exigieren de los fieles, contra la voluntad de éstos, diezmos, primicias, derechos parroquiales, o cualesquiera otras obligaciones que no estuvieren autorizadas por la Ley civil.

Las infracciones previstas en este artículo y en los tres precedentes serán reprimidas, además, con multa de cuarenta dólares de los Estados Unidos de Norte América y con la restitución del cuádruplo de lo que hubieren percibido.

Estas penas serán también aplicadas a los agentes o descendientes oficiales de los empleados públicos y de toda persona encargada de un servicio público, según las distinciones arriba establecidas.

Nota: Inciso penúltimo reformado por Ley No. 105, publicada en Registro Oficial 365 de 21 de Julio de 1998.

Nota: Artículo reformado por Art. 62 de Ley No. 75, publicada en Registro Oficial 635 de 7 de Agosto del 2002.

CÓDIGO PENAL: el cohecho Art. 285.- Todo funcionario público y toda persona encargada de un servicio público que aceptaren oferta o promesa, o recibieren dones o presentes, para ejecutar un acto de su empleo u oficio, aunque sea justo, pero no sujeto a retribución, serán reprimidos con prisión de seis meses a tres años y multa de ocho a dieciséis dólares de los Estados Unidos de Norte América, a más de la restitución del duplo de lo que hubieren percibido.

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Serán reprimidos con prisión de uno a cinco años y multa de seis a treinta y un dólares de los Estados Unidos de Norte América a más de restituir el triple de lo percibido, si han aceptado ofertas o promesas, o recibido dones o presentes bien sea por ejecutar en el ejercicio de su empleo u oficio un acto manifiestamente injusto; bien por abstenerse de ejecutar un acto de su obligación.

Art. 46.- Sanción por faltas administrativas.- Sin perjuicio de las responsabilidades civil culposa o penal a que hubiere lugar, los dignatarios, autoridades, funcionarios y demás servidores de las instituciones del Estado, así como personeros, directivos, empleados, trabajadores y representantes de las personas jurídicas y entidades de derecho privado con participación estatal que incurrieren en una o más de las causales de responsabilidad administrativa culposa previstas en el artículo anterior, originadas en los resultados de las auditorías, serán sancionados, con multa de una a veinte remuneraciones básicas unificadas del trabajador del sector privado, al dignatario, autoridad, funcionario o servidor, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar, de acuerdo a la gravedad de la falta cometida, pudiendo además ser destituido del cargo, de conformidad con la ley.

Las sanciones se impondrán graduándolas entre el mínimo y el máximo señalados en el inciso anterior de este artículo, debiendo considerarse los siguientes criterios: la acción u omisión del servidor; la jerarquía del sujeto pasivo de la sanción; la gravedad de la falta; la ineficiencia en la gestión según la importancia del interés protegido; el volumen e importancia de los recursos comprometidos; el haber incurrido en el hecho por primera vez o en forma reiterada.

Art. 47.- Sanción por contravención.- Las personas naturales, los representantes legales de las personas jurídicas de derecho privado o terceros que contravinieren a su obligación de comparecer como testigos, de exhibir documentos o registros, de proporcionar confirmaciones escritas sobre las operaciones y transacciones que efectúen o hubieren efectuado con las instituciones del Estado sujetas a examen, que hubieren sido requeridos por los auditores gubernamentales debidamente autorizados, serán sancionados por la Contraloría General del Estado con multa de diez a quinientos dólares, que será recaudada por medio de la jurisdicción coactiva conforme lo previsto en el artículo 57 de esta Ley. Dichas obligaciones les serán exigibles dentro de lo que la Constitución Política de la República y las leyes lo permitan.

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“Normas de Control Interno para las Entidades, Organismos del Sector Público y de las Personas Jurídicas de Derecho Privado que Dispongan de Recursos PúblicosAcuerdo 039 - CG - 2009 (16/11/2009) R.O. 78 (01-12-2009) Y SUPLEMENTO R.O. 87 (14/12/2009)”

NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA LAS ENTIDADES, ORGANISMOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DE LAS PERSONAS JURÍDICAS DE DERECHO PRIVADO QUE DISPONGAN DE RECURSOS PÚBLICOS

408-15 Contratación

Antes de iniciar el proceso de contratación, la entidad debe cerciorarse de contar con toda la documentación requerida y actualizada, para que los interesados tengan claro el objeto de la contratación y puedan participar sobre las mismas bases.

El tipo de concurso por realizar se determinará de acuerdo con el presupuesto referencial elaborado por la institución promotora y según lo estipulado al respecto en la normativa vigente.

El concurso se difundirá para propiciar una amplia participación, adicionalmente, habrá de seguirse rigurosamente todas las disposiciones previstas en la Ley y Reglamento del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Cuando la entidad decida ejecutar la obra por contrato, verificará que el proyecto haya concluido su etapa de diseño y que cuenta con todos los documentos requeridos para que el objeto de la contratación resulte claro y los interesados puedan utilizar esa información para preparar sus ofertas, garantizando el principio de igualdad de oportunidad para los participantes.

Bajo ningún concepto se iniciarán los procesos de contratación si la entidad no cuenta con planos constructivos de detalle o si las especificaciones están incompletas. Igualmente, se verificará que existan los diseños y más documentos necesarios pues las condiciones supuestas al efectuar un diseño pueden cambiar radicalmente, sobre todo si la construcción de la obra se lleva a cabo algunos años después de la concepción del proyecto.

408-16 Administración del contrato y administración de la obra

Dependiendo de la entidad dueña del proyecto y la importancia del mismo, se organizará la administración del contrato o administración de la obra según se trate de la ejecución mediante contrato o una ejecución directa de la Entidad.

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Estas labores las puede realizar la entidad directamente o contratarla con una empresa consultora que se encargará de administrar por delegación. A pesar de delegar estas labores, la entidad mantendrá una supervisión rigurosa y estricta sobre la obra con el propósito de vigilar las tareas de fiscalización.

En proyectos que involucren la ejecución de obras civiles y equipamiento o la ejecución de varias obras de la misma naturaleza se designará un Administrador del Contrato cuyas funciones, en términos generales, consisten en velar por la calidad de la obra, el costo y el plazo.

La ejecución de la obra debe realizarse de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas dictadas por los órganos rectores en el campo de la preservación ambiental, la construcción, la salud, las relaciones laborales, el ordenamiento vial y urbano, el aprovechamiento de los recursos naturales y energéticos, la normativa tributaria y el ejercicio profesional.

Toda persona que tenga a su cargo la ejecución o administración de una obra tiene el deber de conocer las disposiciones legales y aplicarlas, tanto en lo que se refiere a los requisitos que dicha obra debe cumplir y los controles por ejercer, como en lo referente a las condiciones laborales de los trabajadores: salud, seguridad, higiene del sitio en que se ejecuta, protección de los trabajadores contra riesgos profesionales. Asimismo serán obligatorias todas aquellas normas que se dicten posteriormente a las mencionadas, ya sea para derogarlas, ampliarlas o introducir conceptos nuevos, siempre que entren en vigencia mientras el proyecto se lleva a cabo.

En las organizaciones donde se cuenta con un Director de Obras Públicas o un Jefe de la unidad, éste generalmente asume las funciones de administrador del contrato o administrador de la obra. En otras entidades, con muchos proyectos, el administrador del contrato puede asumir la supervisión o manejo de varias obras.

408-17 Administrador del contrato

El administrador del contrato velará porque la obra se ejecute de acuerdo con lo planeado y programado, pero sin tomar parte directamente en la ejecución rutinaria de las tareas que aseguren su cumplimiento, antes bien, debe lograrlo mediante la delegación y supervisión de esas tareas, la comunicación constante con el personal encargado de llevarlas a cabo, la aplicación de su autoridad para dirimir o resolver cualquier problema que no puedan manejar los niveles inferiores y motivar al personal con el fin de que brinde lo mejor de sí para lograr el éxito del proyecto.

Es función del administrador del contrato establecer un sistema que evalúe el logro de los objetivos, mediante el cual pueda obtenerse información sobre su estado. Esto con el fin de

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tomar oportunamente acciones correctivas o para informar a las autoridades de la entidad sobre el desarrollo del proyecto

Corresponde al administrador del contrato establecer la estructura organizacional necesaria para que el proyecto se ejecute en forma óptima, dependiendo de la magnitud del proyecto, se organizará una estructura de varios niveles, con un Jefe de fiscalización y fiscalizadores en un área específica: calidad, avance físico y avance financiero de la obra, cada uno de los cuales tendría su propio personal de apoyo y la formación necesaria para atenderla o, si la complejidad de la obra más bien requiere de profesionales con formación en áreas distintas, como: estructuras, arquitectura, suelos, electricidad, mecánica, etc., que se encarguen de controlar tanto la calidad como el avance físico y financiero de las obras y rindan cuentas al jefe de fiscalización del proyecto. Además, para la estructura que establezca debe definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los que la conforman y finalmente, obtener el apoyo logístico e instrumentos de medición, requeridos para que la obra se ejecute conforme con los objetivos definidos.

Son funciones del administrador del contrato, entre otras:

a) Velar y responsabilizarse porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo a lo programado.

b) Coordinar con las dependencias estatales o privadas que, en razón de sus programas o campos de acción, tengan interés en participar en la etapa de construcción del proyecto

c) Establecer un sistema para medir el logro de los objetivos definidos, de manera que oportunamente se obtenga información exacta sobre su estado y se comuniquen los resultados a las autoridades institucionales competentes.

d) Velar porque se efectúen evaluaciones periódicas del proyecto.

e) Autorizar el inicio de la obra o de cualquier trabajo no contemplado en los planos originales, que deba cargarse a los fondos destinados al proyecto.

f) Coordinar su trabajo con el Jefe Fiscalizador del Proyecto que se encarga de la administración cotidiana del proyecto.

g) Establecer la estructura organizacional apropiada para la ejecución de la obra, considerando todos los aspectos que intervienen en ella financieros, legales, de suministros, etc. aunque éstos no sean constructivos y definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los participantes; asimismo, proporcionar el apoyo logístico requerido. En el caso de fiscalización realizada por contrato, el

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Administrador del Contrato debe realizar una supervisión responsable sobre todas las labores.

h) Intervenir en las actas de entrega recepción provisional, parcial, total y definitiva.

408-18 Jefe de fiscalización

El jefe de fiscalización establecerá un sistema para asegurar la correcta ejecución de la obra, mediante el control de la calidad, el avance físico y el avance financiero de la obra. Dichos controles conllevan una evaluación mensual, de los aspectos mencionados y la comunicación de resultados a los mandos superiores, incluyendo los problemas surgidos, especialmente cuando afectan las condiciones pactadas en relación al plazo, presupuesto y calidad de la obra.

Corresponde al jefe de fiscalización obtener información estadística sobre los rendimientos de materiales, mano de obra, equipos y maquinaria, así como llevar un recuento de la incidencia de la lluvia en la paralización de labores en la obra. La información resultante es muy útil para preparar futuros proyectos, pues permite prever los plazos de ejecución, la influencia de la precipitación sobre éstos, la cantidad de materiales, mano de obra, equipos y maquinaria necesarios para llevar a cabo una obra, así como los posibles problemas que se podrían suscitar

El jefe de fiscalización, se asegurará de que la obra se ejecute de conformidad con las bases establecidas en los estudios de pre inversión, es decir, de acuerdo con el diseño definitivo, las especificaciones y demás normas técnicas aplicables, para lograr obtener del proyecto los beneficios esperados. No obstante, antes de iniciar la construcción, debe revisar los pliegos con el fin de detectar oportunamente cualquier error u omisión, así como cualquier imprevisión técnica que luego pueda afectar en forma negativa el desarrollo del proceso constructivo.

Adicionalmente, es competencia del jefe de fiscalización resolver en forma oportuna los problemas técnicos que se presenten durante el proceso constructivo, así como asegurar que el contratista disponga del personal técnico con la suficiente preparación, el empleo de materiales, equipos y maquinaria, en la cantidad y calidad estipuladas en los planos y especificaciones.

Son funciones del jefe de fiscalización, entre otras:

a) Proponer al administrador del contrato la organización e infraestructura necesaria, para administrar o inspeccionar el proyecto en el sitio donde éste se construirá; definir las funciones, responsabilidades y autoridad de los que la conforman, de modo que las labores de construcción o de inspección se realicen dentro del marco legal y reglamentario vigente.

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b) Planear, programar y aplicar los controles, de calidad, financiero y de avance físico, que aseguren la correcta ejecución de la obra.

c) Vigilar y responsabilizarse porque la ejecución de la obra se realice de acuerdo con los diseños definitivos, las especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables.

d) Identificar la posible existencia de errores u omisiones o ambos en forma oportuna, que puedan presentarse en los planos constructivos o especificaciones, así como imprevisiones técnicas, de modo que de inmediato se corrija la situación.

e) Resolver oportunamente los problemas técnicos que se presenten durante la ejecución de las obras.

f) Justificar técnicamente los trabajos extraordinarios o las modificaciones que se tengan que realizar durante la ejecución de las obras e informar al administrador del contrato para adoptar las decisiones que correspondan.

g) Obtener información estadística en el proyecto sobre el rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre la incidencia de las condiciones climáticas en el tiempo laborado, o sobre cualquier otro aspecto útil para la preparación de futuros proyectos.

h) Velar porque los materiales, la mano de obra, equipos y maquinaria empleados en la ejecución de la obra, sean adecuados y suministrados en forma oportuna y suficiente, y correspondan a lo estipulado en las especificaciones o en la oferta del contratista.

i) Evaluar el avance del proyecto, al menos una vez por mes, para determinar su estado, documentar los resultados obtenidos y mantener informados a los mandos superiores, sobre el avance de la obra, los problemas surgidos durante su ejecución y las medidas aplicadas.

j) Excepcionalmente, cuando se presenten problemas que afecten las condiciones pactadas en cuanto a plazos, calidad o presupuesto, comunicarlo al administrador del contrato para que resuelva.

k) Asumir en nombre de la institución, la relación con las comunidades donde se ejecuten los proyectos, en los asuntos inherentes a éstos.

l) Coordinar las pruebas finales de aceptación y la entrega de las obras para su entrada en operación.

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408-19 Fiscalizadores En los casos en que la ubicación, la magnitud o la complejidad de la obra lo ameriten, el jefe de fiscalización podrá designar a uno o más fiscalizadores con la formación profesional necesaria, para que se encarguen de inspeccionar la obra o un área específica de ésta.

La designación de uno o varios fiscalizadores depende de la magnitud o complejidad del proyecto; así, puede haber un fiscalizador de calidad, uno de avance físico de la obra y otro que controle el flujo de caja, o bien asignar un fiscalizador para cada área especializada, como por ejemplo, para el sistema eléctrico, el sistema mecánico, la parte estructural y otro para acabados, cada uno de los cuales debe controlar los tres aspectos mencionados, calidad, avance físico, flujo de caja, correspondientes a las obras a su cargo. A su vez, si la importancia de la obra justifica, cada fiscalizador podría contar con el personal que sea menester para el desempeño de su cargo.

Cuando los documentos de licitación especifiquen determinados requisitos para el profesional responsable de la obra por parte del contratista, el fiscalizador deberá reunir al menos esos mismos requisitos, con el fin de que pueda desempeñar una adecuada labor de control. La paridad de conocimientos técnicos entre el fiscalizador y el profesional responsable de la obra por parte del contratista, es muy importante, pues de ello depende, en gran medida, que el primero pueda ejercer sobre el segundo un eficiente trabajo y efectúe una correcta evaluación de los trabajos realizados.

Las funciones de los fiscalizadores, cada uno en el área de su competencia, son las siguientes:

a) Revisar en conjunto con el jefe de fiscalización, los documentos contractuales con el fin de verificar la existencia de algún error, omisión o imprevisión técnica, que pueda afectar la construcción de la obra y de presentarse este caso, sugerir la adopción de medidas correctivas o soluciones técnicas, oportunamente.

b) Evaluar mensualmente, el grado de cumplimiento del programa de trabajo en el área bajo su cargo y en caso de constatar desviaciones, identificar las causas y proponer soluciones para corregir la situación.

c) Ubicar en el terreno las referencias necesarias para la correcta ejecución de la obra.

d) Verificar la exactitud de las cantidades incluidas en las planillas presentadas por el contratista; además, calcular los reajustes correspondientes a esas planillas, comparando la obra realizada, con la que debía ser ejecutada de acuerdo con el programa de trabajo autorizado.

e) Obtener información estadística en el proyecto sobre el rendimiento del personal, materiales, equipos y maquinaria; sobre la incidencia de las condiciones climáticas en el tiempo laborado, o sobre cualquier otro aspecto útil para la preparación de futuros proyectos.

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f) Verificar la calidad de los materiales, así como la de los elementos construidos, mediante ensayos de laboratorio o de campo, efectuados bajo su supervisión y siguiendo rigurosamente las especificaciones técnicas.

g) Resolver las dudas que surgieren de la interpretación de los planos, especificaciones, detalles constructivos y cualquier otro aspecto técnico relacionado con la obra.

h) Anotar en el libro de obra, además de una descripción del proceso de construcción de las obras a su cargo, las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra.

i) Justificar técnicamente la necesidad de efectuar modificaciones o trabajos extraordinarios en las obras bajo su supervisión.

j) Coordinar con los diseñadores de la obra cuando sea necesario efectuar modificaciones de los planos originales o haya que realizar obras adicionales.

k) Realizar los cálculos pertinentes para determinar los costos de las modificaciones u obras extraordinarias por realizar.

l) Registrar en los planos constructivos todas las modificaciones realizadas durante el proceso de construcción, con el fin de obtener los planos finales de la obra ejecutada.

m) Aprobar los materiales y equipos por instalar propuestos por el contratista, tomando como guía las especificaciones.

n) Calificar al personal técnico del contratista y recomendar el reemplazo de aquél que no satisfaga los requisitos necesarios.

o) Velar porque los equipos y maquinaria en la obra se encuentren en buenas condiciones y en el caso de que la obra se realice por contrato, sean los especificados.

p) Verificar que el contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas de trabajo, licencias, permisos y demás documentos contractuales.

q) Coordinar con el contratista las actividades más importantes del proceso constructivo.

r) Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por el contratista y en caso necesario, sugerir las modificaciones que estime pertinentes.

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s) Exigir al contratista el cumplimiento de las leyes de protección ambiental,

laborales, se seguridad social y de seguridad industrial.

t) En proyectos de importancia, preparar memorias técnicas sobre los procedimientos y métodos empleados en la construcción de las obras, para que sean utilizados como fuentes de información en proyectos futuros.

u) Preparar, mensualmente, informes sobre la obra que contengan como mínimo la siguiente información:

Un análisis del estado del proyecto desde el punto de vista económico y del avance físico, respaldado por los cálculos correspondientes.

Los resultados de los ensayos de laboratorio, con comentarios al respecto. Análisis de la cantidad y calidad de los equipos y maquinaria dispuestos en

obra, con recomendaciones al respecto, si es necesario. Estadísticas sobre las condiciones climáticas del sitio donde se ejecuta el

proyecto (especialmente de la precipitación pluvial) y su incidencia en el desarrollo de los trabajos.

Referencia sobre la correspondencia intercambiada con el contratista. Análisis del personal técnico del contratista

v) Entregar la información producida para las recepciones. w) Efectuar el finiquito o liquidación económica de las obras a su cargo

. 408-20 Documentos que deben permanecer en obra En todos los proyectos u obras que se efectúen con fondos públicos, deben permanecer en el sitio de la construcción los siguientes documentos:

Copia del contrato de construcción Los planos constructivos. Las especificaciones técnicas, generales y específicas El programa de ejecución autorizado, con indicación de los recursos requeridos

por actividad. El libro de obra Correspondencia cruzada entre fiscalización y contratista Resumen del estado financiero de la obra, de las facturas tramitadas por

avance de obra, reajustes, obras extraordinarias, etc. Estadística del resultado de las pruebas del laboratorio.

Los documentos citados permanecerán en el lugar de ejecución del proyecto, dado que contienen información sin la cual no sería posible ejecutar la obra, realizar las labores de control que aseguren el cumplimiento del contrato ni las de control externo que atañe a la Contraloría General del Estado.

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408-21 Libro de Obra

El libro de obra es una memoria de la construcción, que debe contener una reseña cronológica y descriptiva de la marcha progresiva de los trabajos de construcción y sus pormenores: sirve para controlar la ejecución de la obra y para facilitar la supervisión de ésta.

Al iniciar la construcción el jefe de fiscalización o fiscalizador encargado de tal responsabilidad, escribirá la fecha de inicio, el nombre, el cargo y la firma de los profesionales que participarán en la obra. Si durante el proceso hay algún cambio de profesionales, del contratante o contratista, ello deberá constar en el libro.

Siempre que un profesional autorizado vaya a hacer una anotación en el libro de obra, deberá iniciarla con la fecha y terminarla con su firma.

De presentarse algún problema con la calidad de los materiales suministrados, los trabajos realizados, los resultados de las pruebas de laboratorio o de campo, los métodos constructivos, o con cualquier otro aspecto, deberá constar también en el libro de obra las acciones tomadas para corregirlo y los resultados de dichas acciones.

Al concluir el proyecto, el fiscalizador anotará en el libro de obra la fecha de finalización e indicará las características principales de la construcción; además, hará constar que los equipos y sistemas electromecánicos incorporados a la obra funcionan correctamente.

El objeto del uso del libro de obra es llevar un control de la ejecución de la obra y facilitar su supervisión; también es contar con un documento oficial donde conste la gestión de la unidad de fiscalización de la construcción y la de todos aquellos profesionales que estén vinculados con ella en razón de su función o en cumplimiento de leyes y reglamentos específicos. Dicho documento se utilizará como respaldo de la actuación de los profesionales, la descripción de los métodos constructivos, los resultados de las pruebas efectuadas, los problemas que se presentaren durante la construcción, las soluciones propuestas, así como los resultados obtenidos, etc. 408-22 Control del avance físico

El jefe de fiscalización velará por el cumplimiento del programa de ejecución establecido. De presentarse atrasos con respecto al programa, tomará las acciones necesarias para ajustar las actividades, de manera que, tan pronto como sea posible, vuelvan a desarrollarse de acuerdo con lo programado. Sin embargo, cuando los atrasos afecten la ruta crítica del proyecto, informará de inmediato al administrador del contrato, para que éste resuelva el problema oportunamente.

El contratista tiene que ejecutar el proyecto de acuerdo con el programa de ejecución definitivo, aprobado por la administración, sin embargo, cuando por razones imputables a él,

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alguna actividad que no sea crítica muestre un atraso que sobrepase la holgura total, el fiscalizador anotará el hecho en el libro de obra e instará al contratista a presentarle, en un lapso determinado o plazo definido en las condiciones generales, un nuevo programa de asignación de recursos, que asegure la finalización de la obra en el plazo convenido.

Si el contratista no cumple su propuesta, el fiscalizador aplicará las sanciones respectivas, las cuales estarán estipuladas en el contrato.

El control del avance físico de la obra es responsabilidad del jefe de fiscalización como representante de la entidad. Es su deber establecer el grado de avance del proyecto y evaluar periódicamente el proceso constructivo en relación con lo programado. Deberá tomar previsiones para poder evaluar ese avance en cualquier instante.

El jefe de fiscalización efectuará el control del avance físico por semana, pues de esta manera, al efectuar la medición en conjunto con el contratista, cotejará los datos obtenidos, que servirán para la revisión de las planillas de avance de obra y de los documentos de respaldo.

El jefe de fiscalización establecerá las acciones a tomar cuando detecte atrasos con respecto al programa, pues de su oportuna aplicación depende la ejecución del proyecto en el plazo programado. Si el atraso es imputable al contratista y sobrepasa el límite establecido, holgura total, deberá advertirle mediante el libro de obra y comunicación escrita para que dentro de un plazo determinado, presente las medidas correctivas que aseguren la finalización del proyecto en el plazo convenido. Si el atraso incide en la ruta crítica, el jefe de fiscalización aplicará las sanciones del caso, de acuerdo con lo estipulado en el contrato.

408-23 Control de calidad

El jefe de fiscalización, fiscalizadores y más personal comprometido en estas labores velarán por el estricto cumplimiento de las especificaciones técnicas respectivas. De presentarse desviaciones que sobrepasen los límites de variación establecidos, tomará las acciones necesarias para corregirlas de manera inmediata.

El fiscalizador que detecte algún problema de calidad en el área a su cargo, deberá señalarlo en el libro de obra, para que sea corregido por el contratista, de ser posible en forma inmediata y si no lo es, para que éste someta a su consideración la solución propuesta.

El personal de fiscalización, velará por la ejecución de la obra, de conformidad con las especificaciones y dentro del rango de variación permitido en éstas. De ninguna manera aceptarán rubros no acordes a las especificaciones que puedan perjudicar la calidad definida en la etapa de diseño. Controlar la calidad de todos los rubros y de toda la obra es la misión más importante de fiscalización, especialmente en aquellas partes de la obra conocidas como esenciales, que tienen que ver con la seguridad posterior de la obra.

De presentarse problemas de calidad, los fiscalizadores tomarán las acciones necesarias para corregir el problema tan pronto como sea posible. En aquellos casos donde no sea posible corregir el trabajo, la única opción es el derrocamiento de la parte mal realizada y su

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reconstrucción a costa del contratista. Si la obra se ejecuta por administración directa, personal de la entidad a cargo de estas labores, tomará las acciones pertinentes para resolver la situación, actuando dentro de sus potestades y guiándose por los principios de eficiencia, eficacia y economía. Si la obra se ejecuta por contrato, deberá advertirlo inmediatamente al contratista por medio del libro de obra y comunicación escrita, lo cual bastará para que éste acate sus instrucciones. Si el contratista no atiende las instrucciones, el fiscalizador aplicará las sanciones indicadas en el contrato.

408-24 Control financiero de la obra

El jefe de fiscalización evaluará en forma mensual, el avance financiero de la obra en relación con lo programado. De existir discrepancias, analizará su origen y tomará las acciones necesarias para corregir la situación. Asimismo, llevará el control del presupuesto asignado a la obra, de manera que en cualquier momento, pueda conocer con certeza el saldo de la asignación presupuestaria disponible.

El jefe de fiscalización controlará el avance financiero, realizando como mínimo una evaluación mensual para verificar si la obra se desarrolla según lo previsto. Los cortes para determinar el avance físico se efectúan también mensualmente y dado que el avance financiero debe corresponder a un determinado avance físico, se hará coincidir las fechas de corte.

El resultado de la evaluación servirá para determinar si el monto acumulado de los gastos, corresponde al avance físico que debía haberse alcanzado a esa fecha; de no ser así, se estudiarán las causas y se tomarán las acciones correctivas necesarias.

En cuanto al control de la asignación presupuestaria, el jefe de fiscalización deberá conocer el monto disponible conforme se van cancelando las obligaciones contraídas, pues del saldo dependen las acciones que pueda tomar cuando requiera acelerar el ritmo de trabajo, sobre todo si no existe la posibilidad de disponer de más recursos financieros.

Aun cuando sea factible la consecución de nuevos recursos, el control de la asignación presupuestaria permitirá iniciar oportunamente los trámites requeridos para obtenerlos, lo cual asegura el desarrollo normal del proyecto, desde el punto de vista financiero.

El jefe de fiscalización evaluará el cumplimiento de los plazos para los pagos de planillas, de encontrar demoras injustificadas comunicará el particular a los niveles jerárquicos superiores

408-25 Incidencia de la lluvia

Cuando las características climáticas de la zona o la estación durante la cual se efectúe la construcción y la etapa en que se encuentre el proceso constructivo lo ameriten, la entidad ejecutora de la obra deberá tomar las previsiones del caso para llevar un registro detallado de la incidencia de la lluvia en el desarrollo de los trabajos en el sitio, conforme se presente esa situación.

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Si las labores se suspenden a causa de la lluvia, se hará constar en el libro de obra o en un registro la fecha en la cual se presentó esa condición, cuáles trabajos se suspendieron, a qué hora y por cuánto tiempo, en qué medida fueron afectados y se expondrán las razones por las cuales no se pudo continuar. Las anotaciones serán ratificadas por la firma del fiscalizador encargado de llevar este control, así como por la del profesional representante del contratista. Los datos así recabados se emplearán, en conjunto con el programa de ejecución, para determinar la prórroga de plazo que se autorizará por este concepto.

La información presentada por los contratistas con datos de la precipitación pluvial de estaciones meteorológicas cercanas al sitio de construcción o notas de prensa no podrá ser considerada como respaldo para solicitar prórrogas por atrasos a causa de la lluvia, ya que no constituyen un criterio suficiente sobre el cual pueda fundamentarse la decisión de otorgar o no la prórroga solicitada, pues no necesariamente reflejan la situación del sitio de la obra y no brindan información sobre el tiempo de paralización de los trabajos por ese motivo, ni en qué medida éstos se vieron afectados.

El registro de control de lluvia evitará los conflictos en torno a este tema, pues conjuga los aspectos que normalmente influyen al tomar la decisión de prorrogar o no el plazo. De este modo se da mayor importancia a los efectos de la lluvia sobre los trabajos y no a la lluvia en sí, ubica los sucesos en el tiempo, con fecha y hora y en forma inmediata, se concilia a las partes que eventualmente podrían tener desavenencias, haciéndolos ratificar lo acontecido, mediante la suscripción de la información consignada en el registro de control. En algunos proyectos, los contratistas ya consideran una suspensión forzosa de los trabajos de construcción por la marcada estación invernal, en tales casos, no cabe la ampliación del plazo por la incidencia de la lluvia.

408-26 Medición de la Obra Ejecutada

La administración cancelará las planillas por avance de obra u otorgará desembolsos, sólo si cuenta con los respectivos documentos de respaldo, aprobados por las servidoras y servidores autorizados. Para tal efecto, el último día del mes en revisión, se concluirán las mediciones y cálculos de la obra ejecutada durante ese período.

El formato y contenido de los documentos de respaldo serán definidos por la administración en forma reglamentaria, en las condiciones generales, las especificaciones o bien en la reunión de pre construcción, en conjunto con el contratista o el fiscalizador, según sea el caso; como mínimo deberá incluirse en esa documentación, un listado de los capítulos, rubros o actividades y sub actividades del programa de ejecución, donde se especifique la cantidad de obra ejecutada durante el mes en revisión y la obra por ejecutar, además de las mediciones y cálculos que dieron origen a los datos suministrados.

Tanto el contratista como el fiscalizador realizarán sus propias mediciones, cuyos resultados se cotejarán al verificar en conjunto la obra efectivamente realizada. El contratista deberá entregar su estimación al fiscalizador hasta la fecha de corte, en el plazo indicado en las condiciones generales o en el contrato o lo convenido en la reunión de pre construcción y adjuntará los documentos de respaldo correspondientes; el fiscalizador por su parte, efectuará

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la revisión en el plazo convenido o estipulado. Cuando la obra se ejecute por administración directa, se procederá de manera similar a la citada y se cumplirán también los plazos especificados para la presentación de las solicitudes de desembolso y su revisión.

El pago o desembolso por obra realizada se hará cuando se tenga la seguridad de que se está pagando realmente lo construido luego de haber efectuado la medición de la cantidad de obra ejecutada.

Es necesario contar con documentos de respaldo, que se incluyan en las planillas por avance de obra que consignen las mediciones realizadas, así como los cálculos efectuados para determinar las cantidades de obra que no se pueden obtener por simple medición.

Estos documentos son de utilidad para la administración, controles internos o externos, pues se facilita cotejar los datos de planillas con la realidad de la obra.

Cuanto más refleje el programa de ejecución las actividades o procedimientos para construir las obras, tanto más fácil será efectuar la medición de lo realizado para ambas partes y llevar el control del avance de los mismos.

408-27 Prórrogas de plazo Se concederán prórrogas de plazo cuando por razones no imputables al contratista se produzcan atrasos en actividades críticas o en actividades cuya holgura total sea sobrepasada, tornándolas críticas.

El constructor deberá interponer la solicitud de prórroga de conformidad con las disposiciones contractuales después de conocer el hecho que demorará la ejecución y en cuanto tenga la información suficiente, aportará la documentación probatoria necesaria para que la administración pueda resolver el reclamo.

La entidad o administración designará, reglamentariamente, al servidor que cuenta con las atribuciones para ampliar los plazos o modificar los programas. Adicionalmente, el servidor responsable de la administración, tendrá el plazo previsto contractualmente o reglamentariamente para resolver el reclamo interpuesto, para lo cual llevará a cabo los estudios o investigaciones necesarios.

El aumento del plazo de la construcción procede cuando se presentan atrasos por caso fortuito o fuerza mayor que afecte el progreso de la obra. En el primer caso, el atraso puede ser causado en situaciones, como: robos del equipo utilizado, destrucción vandálica de las obras, cierres de carreteras o cualquier acto realizado por personas o animales que causen daños a la obra o afecten su desarrollo normal. En el caso de fuerza mayor, el atraso puede darse por inundaciones, terremotos, huracanes, etc., es decir por fenómenos naturales.

Adicionalmente son motivo de ampliaciones las siguientes causas, comprobadas:

Falta de materiales de construcción o equipos a incorporar en el mercado nacional o internacional.

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Períodos de lluvia que perjudiquen el avance de las obras conforme lo señalado en la Norma de Control Interno 600-25

Cambios, trabajos extraordinarios o ampliaciones de la obra que requieran aumento de plazo.

Incumplimiento de la administración en suministrar:

Los planos de diseño indispensables para iniciar o continuar la construcción. Los terrenos necesarios para ejecutar las obras. Existencia de impedimentos legales o de otra índole que dificulten la realización de los

trabajos. Orden escrita de la administración de parar o disminuir el ritmo de avance de la obra. Incumplimiento de la administración en el pago de acuerdo con las cláusulas del

contrato.

Para determinar los días de prórroga que se concederán por las causas mencionadas anteriormente, el jefe de fiscalización o fiscalizador examinará la incidencia de los atrasos en la ruta crítica; así, únicamente se otorgará prórroga por el número de días que aumente el plazo original, a raíz del atraso. También puede prorrogarse el plazo cuando se agota la holgura total de una actividad que, por su posición dentro del programa, se torna crítica e incrementa consecuentemente el plazo original; en este caso, se conceden tantos días como haya sido afectado el plazo.

El contratista comunicará oportunamente al jefe de fiscalización, los hechos que van a provocar demoras en la construcción, así como sus causas, pues esto permite a ambas partes tomar las previsiones para controlar y cuantificar el atraso en las actividades afectadas. Tal comunicación será fundamentada, de conformidad con las disposiciones reglamentarias al respecto.

La documentación probatoria a las solicitudes de prórroga, deberá reunir las siguientes características: ser pertinente, es decir, debe pertenecer al proyecto en cuestión; ser confiable, lo cual implica estar exenta de errores y además, que los datos suministrados correspondan a la realidad de la obra y luego, ser clara y concisa, con lo cual evita la posibilidad de interpretar de diferente manera una misma información y facilitar la revisión de los documentos, gracias a la brevedad y precisión de su contenido.

408-28 Planos de registro

Todas las modificaciones que se realicen en la obra deben incorporarse en los planos finales de construcción, con el fin de reflejar fielmente cómo se construyó y su localización exacta.

Según lo señale el contrato, la fiscalización o el contratista, deben elaborar los planos de registro que incorporen las modificaciones realizadas durante la construcción, con el fin de que reflejen las características de las obras realmente construidas, así como su localización

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exacta. Esta práctica redundará en beneficios para la administración o entidad, pues facilitará las tareas de mantenimiento y reparaciones, así como el diseño de posteriores remodelaciones, ampliaciones, rehabilitaciones, reconstrucciones, etc.

Los planos finales son indispensables cuando se tienen que diseñar remodelaciones o ampliaciones de las obras, pues los elementos nuevos deben integrarse a los existentes o éstos deben readecuarse para soportar las cargas adicionales.

408-29 Recepción de las obras

Se llevarán a cabo dos tipos de recepción: una provisional que se efectuará 15 días después de que el contratista de la obra haya notificado por escrito la finalización de las obras de construcción y otra definitiva que no podrá realizarse en un plazo menor a seis meses después de la fecha de la recepción provisional.

En ambos casos, se elaborará un acta de recepción, donde se indicará cómo se desarrolló el proceso constructivo y la condición en que se recibe la obra; para la recepción provisional se indicará al menos, si ésta se recibe a satisfacción o con observaciones, en cuyo caso se señalarán las causas de ello, para que el constructor proceda a corregir los problemas. Las actas señalarán como mínimo lo siguiente: Los antecedentes contractuales de la obra. Condiciones generales de ejecución, condiciones operativas. La calidad y cantidad de las obras ejecutadas. Liquidación económica que incluye el monto cancelado y el que falta por cancelar por

concepto de avance de obra, reajuste de precios, obras extraordinarias y cualquier otro rubro contemplado, si la recepción es provisional. Si ésta es definitiva, las cuentas deben estar finiquitadas y no se admite reclamos pendientes de las partes.

Liquidación de plazos que incluye el plazo empleado en la ejecución, incluyendo prórrogas. Se establecerán las sanciones a las que hubiere lugar.

Si las obras se reciben a satisfacción o con observaciones, y en este último caso, las razones para que sea así.

Cuando la obra se realice por administración directa, las recepciones provisional y definitiva serán realizadas por una comisión de representantes de los futuros usuarios, en presencia del administrador de la obra y su equipo; cuando se ejecute por contrato, actuarán en la recepción el contratista y los integrantes de la comisión designada por la máxima autoridad de la entidad contratista, integrada por el administrador del contrato y un técnico que no haya intervenido en el proceso de ejecución del mismo.

El hecho de que la obra sea recibida a satisfacción en el acto de recepción oficial, no exime al constructor de su responsabilidad por vicios ocultos, si éstos afloran durante los diez años posteriores a la fecha de la recepción definitiva.

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El constructor o contratista deberá a comunicar por escrito, al jefe de fiscalización, la finalización de las obras a su cargo, para que proceda a su recepción. Esta comunicación formaliza la fecha de término de las obras y constituye una constancia de que este hecho fue oportuna y debidamente comunicado a la administración. En forma previa a la recepción del proyecto se efectuará una revisión de las obras a fin de consignar sus resultados en el acta de recepción, especialmente si se detecta algún problema, en cuyo caso, éste deberá señalarse al constructor para su corrección inmediata, o para que asuma las responsabilidades correspondientes.

Durante la revisión de las obras para su recepción, sea provisional o definitiva y hasta la suscripción del acta correspondiente, deben estar presentes las partes interesadas en el proceso. Si la ejecución se realizó por administración directa, los representantes de los futuros usuarios recibirán la obra de parte del administrador de la obra previa revisión de ésta, y al finalizar, los participantes suscribirán el acta elaborada, con las salvedades que consideren pertinentes. Si la obra se ejecutó por contrato, el Jefe de fiscalización y fiscalizadores actuarán suministrando toda la información necesaria a la comisión de recepción integrada por profesionales designados por la máxima autoridad. Los resultados se consignarán en el acta, la cual suscribirá, haciendo las salvedades que estimen pertinentes.

La recepción provisional se efectuará para probar la obra en condiciones de servicio de manera que la entidad verifique su adecuada operación o funcionamiento y, a la vez, dar oportunidad al constructor de corregir, en los seis meses comprendidos entre la recepción provisional y la definitiva, los defectos detectados durante la revisión; dicho plazo se considera suficiente, pues si el constructor comunicó formalmente la finalización de las obras fue porque consideró que había cumplido con lo especificado y con la totalidad de los trabajos. La recepción definitiva por su parte, constituye el cierre oficial de la etapa de construcción y la terminación del contrato, de manera que no deben quedar reclamos pendientes y cualquier reparación que se hubiere hecho constar en el acta de recepción provisional, en ese momento debe estar terminada.

Se establecerá una definición clara del alcance de la labor de mantenimiento que deberá efectuar el constructor durante el período comprendido entre la recepción provisional y la definitiva, tema que, deberá constar en las especificaciones técnicas, considerando el mantenimiento como un rubro o actividad del contrato. Además, deberá definirse la forma en la cual será pagado el servicio.

No obstante se haya realizado la recepción definitiva de la obra a satisfacción, si durante los diez primeros años de funcionamiento surgen o se manifiestan problemas que no pudieron detectarse durante o inmediatamente después de la construcción, el Constructor debe responder por ello, según las leyes vigentes en relación con la responsabilidad por vicios ocultos.

408-30 Documentos para operación y mantenimiento

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El diseño definitivo será remitido a las unidades de operación y mantenimiento para que conozcan el proyecto y efectúen las recomendaciones que estimen del caso. Cuando finalice la construcción de la obra, se enviará a las mismas unidades que operarán o brindarán servicio de mantenimiento, los planos finales con todas las modificaciones efectuadas al diseño original para que planifiquen y programen su trabajo y preparen el presupuesto requerido para llevarlo a cabo.

Será tarea de los departamentos de operación y mantenimiento además, elaborar los respectivos manuales. En caso de que los usuarios no tengan experiencia o capacitación para elaborar tales manuales, los encargados del diseño serán los responsables de producirlos.

Las unidades encargadas de efectuar la operación o el mantenimiento de las obras construidas, deben elaborar sus respectivos planes, programas y presupuestos de trabajo, de modo que aseguren el logro de los objetivos concebidos durante la etapa de preinversión. Para que esto sea posible, se considerarán los estudios del diseño definitivo que les permitan disponer de la necesaria información para que la operación de las obras se efectúe en el nivel previsto para producir los beneficios esperados.

También se requerirán los planos finales que muestren las modificaciones incorporadas a la obra, pues éstas deberán considerarse para ajustar los planes, programas y presupuestos elaborados.

408-31 Operación

Los planes y programas de operación deben elaborarse para que la obra funcione de manera óptima, partiendo de la certificación de que se tienen todos los recursos e insumos necesarios para ello. La administración debe asegurar al menos un funcionamiento adecuado o aceptable de la obra.

Para efectuar la programación de la operación de una obra deben considerarse:

El tipo y la calidad del bien o servicio que se desea brindar. El comportamiento del mercado en que se colocará el bien o servicio. Las características de las obras mediante las cuales se presta el servicio o se produce el

bien. La experiencia de la institución o de otras instituciones en obras similares: este aspecto

ayudará mucho cuando es la primera vez que la entidad realiza una obra semejante, porque proporciona información práctica sobre el funcionamiento real de una obra afín a la que se va a poner en operación.

Los recursos necesarios: con base en los aspectos anteriores se definirá la cantidad de equipos, maquinaria, personal e insumos necesarios para la operación de la obra, así como las características que éstos deben reunir. Cuando el sistema es complejo se capacitará a los futuros operarios, antes de que la obra o proyecto comience a funcionar, de manera que no se afecte el rendimiento.

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Los factores externos que inciden en la operación de la obra, como: las labores de mantenimiento programadas, las variaciones y el incremento del tráfico, el presupuesto dispuesto por la entidad para la operación de la obra, etc.

408-32 Mantenimiento

Las entidades prestarán el servicio de mantenimiento a los bienes y obras públicas a su cargo, con el fin de que éstas operen en forma óptima durante su vida útil y puedan obtenerse los beneficios esperados, de acuerdo con los estudios de pre inversión. Cuando existan restricciones presupuestarias, se efectuarán los ajustes correspondientes para que la obra opere en un nivel aceptable y esta situación se comunicará a las autoridades de la entidad, para que tomen las medidas correctivas pertinentes.

Se impulsarán dos tipos de mantenimiento: el preventivo, cuya función es evitar o prever los daños que interrumpan el servicio o la producción de bienes, disminuyan el rendimiento esperado o su calidad y el correctivo, aplicado para corregir la falla o daño, cuando ya se haya presentado.

El servicio de mantenimiento, preventivo y correctivo, de las obras públicas es esencial para asegurar su durabilidad y la obtención de los beneficios esperados durante la vida útil de éstas.

El mantenimiento preventivo y el correctivo son complementarios, deben existir juntos y aplicarse en el momento oportuno, el primero rutinariamente y el segundo, cada vez que surja una emergencia.

Para elaborar el plan y programa de trabajo que permitan el funcionamiento óptimo de la obra, se asignará un presupuesto adecuado al mantenimiento, principalmente al preventivo; si esto no es posible por razones presupuestarias, se informará sobre esta situación a las autoridades de la entidad para que tomen las medidas correctivas y se pueda volver a alcanzar el nivel óptimo, tan pronto como sea posible.

Para efectuar el planeamiento, la programación y el presupuesto del mantenimiento preventivo, se considerarán los siguientes aspectos:

Características de los elementos que componen la obra. Experiencia con proyectos similares. Determinación de los recursos necesarios que debe apoyarse en la información

recabada en los puntos anteriores y en los rendimientos esperados, tanto del personal, como de los materiales, equipos, maquinaria y herramientas. Se determinará el tipo y cantidad de personal requerido; los materiales, repuestos, equipos, maquinaria y herramienta necesarios; el transporte para movilizarlos, etc.

Factores externos a la unidad de mantenimiento como el presupuesto disponible de la institución; el sistema de suministros empleado, el tiempo promedio para la compra de los materiales o repuestos, la disponibilidad de materiales, repuestos, equipos, maquinaria y herramientas adecuados en el mercado; etc.

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Para la planificación del mantenimiento correctivo, se establecerán las posibles emergencias y las acciones inmediatas por tomar cuando éstas se presenten, así como asegurar el suministro de los recursos para poder atenderlas oportunamente. La capacidad de respuesta de la unidad de servicio de mantenimiento debe ser proporcional a la importancia de la falla, en términos de la incidencia que ésta tenga en la prestación del servicio o la producción del bien. Para llevar a cabo esta labor, el personal a cargo de la planificación deberá conocer la obra y sus partes, así como la forma en que opera, además de tener vasta experiencia en su mantenimiento o en el de obras similares.

El mantenimiento correctivo, aun cuando se aplica para atender daños imprevisibles o emergencias, debe planificarse recurriendo a la previsión de la ocurrencia de posibles fallas.

408-33 Evaluación ex-post

Durante la etapa de operación se efectuarán evaluaciones periódicas del funcionamiento de la obra, esto es, comparar los ingresos y costos reales con los ingresos y costos previstos en los estudios de pre inversión. Para ello los períodos comprendidos entre una evaluación y otra, deberán coincidir con los períodos escogidos en los estudios para medir los beneficios del proyecto. Las evaluaciones posteriores cierran el ciclo del proyecto, pues los resultados obtenidos permiten retroalimentar la información necesaria para nuevos proyectos.

La evaluación es una herramienta de control que debe estar presente durante todo el ciclo de vida del proyecto, en la etapa de operación es aún más importante, pues permite saber si se están obteniendo los beneficios esperados y cuáles factores han influido en el éxito alcanzado o en caso de no ser así, analizar la causa de las desviaciones presentadas y tomar las medidas correctivas que coadyuven a lograr lo planeado.

Por otra parte, la evaluación ex-post permite conocer si las variables empleadas en los estudios eran acertadas, si deben ajustarse o cambiarse para futuros proyectos, y fundamentalmente, ayudará a no cometer los mismos errores; en este sentido, constituye una verdadera fuente de retroalimentación, pues, la simple experiencia no basta. Se identificarán los diversos factores de éxito y se explicará su influencia en los resultados.

Además se evaluará el servicio de mantenimiento brindado para corregir los problemas suscitados, mejorar los rendimientos de trabajo y disminuir su costo y hacer más eficiente el servicio.

409 GESTIÓN AMBIENTAL

409-01 Medio Ambiente

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Fecha:20/11/2011

Es el sistema global constituido por elementos naturales y artificiales, físicos, químicos o biológicos, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la naturaleza o la acción humana, que rige la existencia y desarrollo de la vida en sus diversas manifestaciones.

Cualquier espacio de interacción y sus consecuencias, entre la sociedad (elementos sociales, recursos humanos) y la Naturaleza (elementos o recursos naturales).

A su vez, el medio ambiente está formado por el ambiente físico o natural y el ambiente humano. El primero constituido por la naturaleza y sus recursos naturales: clima, suelo, agua, flora (vegetación forestal, pastos naturales, especies vegetales silvestres), fauna (marina y continental, invertebrados y especies silvestres en general), minerales (metálicos y no metálicos), energía (renovable y no renovable) y residuos.

El ambiente humano comprende a los seres vivos y a sus actividades, los cuales tienen como punto de partida el aprovechamiento de los recursos naturales. Las actividades se consideran a la ejecución de todo tipo de infraestructura (edificaciones, construcciones de diversa índole, maquinaria y equipos) y en general a todo lo que sea fruto de la ingeniería de la humanidad (ciencia y tecnología). Comprende también el comportamiento de los seres humanos para con sus semejantes y la naturaleza, incluyendo aspectos positivos (creatividad, preservación del ambiente) y negativos (destrucción contaminación ambiental).

409-02 Organización de la unidad ambiental

Las entidades y organismos del sector público que manejen proyectos de inversión deben contar con una unidad de gestión ambiental conformada con especialistas en varias disciplinas, con conocimientos ambientales en el área de su respectiva competencia, que aseguren la prevención de daños, afectaciones y riesgos ambientales y el control ambiental en todas las fases de los proyectos, programas y actividades. Debiendo encargarse de regular y estandarizar aspectos ambientales a nivel institucional; así como la debida coordinación en los procesos de participación ciudadana en proyectos y/o programas que planee ejecutar la entidad.

La unidad de gestión ambiental se ubicará dentro de la estructura orgánica de la entidad en un nivel de dirección, con vínculo directo a las unidades ejecutoras de proyectos, debiendo apoyar a la alta dirección en la toma de decisiones, relativas a gestión ambiental de la entidad, planeación y ejecución de proyectos y obras que necesariamente ocasionan impactos ambientales en la construcción. Asesorará en la formulación de políticas y programas internos y la observancia del marco jurídico ambiental vigente.

La máxima autoridad de la entidad aprobará los procedimientos que permita organizar la unidad de gestión ambiental y asignar los recursos humanos calificados y necesarios.

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Los funcionarios de la Unidad de Gestión Ambiental cumplirán las funciones, deberes y obligaciones específicas, propias de su jerarquía y de acuerdo con lo que disponga el orgánico funcional de la entidad.

La unidad de gestión ambiental manejará los estudios ambientales que se realizarán previas a la ejecución, durante la ejecución y en el abandono de un proyecto.

De acuerdo a la legislación vigente, los estudios que son exigibles en el desarrollo de un proyecto son: los Estudios de Impacto Ambiental, EIA, que se elaboran previo al inicio de un proyecto; la Auditoría Ambiental, AA, que se realiza durante la construcción de un proyecto y el Plan de Manejo Ambiental, PMA, que se realiza en cualquier fase del proyecto.

409-03 Gestión ambiental en proyectos de obra pública

Los responsables de la unidad de gestión ambiental deberán aplicar las normas contenidas en el Texto Unificado de Legislación Ambiental Secundaria, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental. La unidad llevará adelante la gestión ambiental en todas las fases de un proyecto.

El director de la unidad participará en las reuniones técnicas y legales, a fin de emitir sus puntos de vista y evaluar la sustentabilidad ambiental de los programas y proyectos, cuyas opiniones serán determinantes para la toma de decisiones.

Participará en forma paralela en los estudios y diseños definitivos del proyecto, para definir variantes en proyectos lineales cuando éstas sean necesarias para evitar afectaciones a ecosistemas o zonas frágiles; o, para posibilitar el cambio de sitio de emplazamiento si se trata de una obra de edificación o de otra naturaleza; para la elaboración de especificaciones técnicas ambientales de prevención y mitigación de impactos ambientales que deberán formar parte del contrato.

Será el interlocutor en los mecanismos de participación ciudadana, esto es, en las consultas y audiencias públicas, en lo relacionado al impacto ambiental que generará el proyecto en su ejecución y cuando entre en operación.

También participará en los procesos de contratación de consultoría, para la realización de los términos de referencia para la ejecución de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo ambiental, los cuales después de su revisión y no objeción, serán puestos en conocimiento de la autoridad ambiental responsable, para su aprobación. Se responsabilizará del proceso de licenciamiento ambiental, cuyo trámite, obligatoriamente será previo al inicio de construcción del proyecto. Si fuere del caso y de contar con el personal adecuado, podrá la misma unidad preparar los términos de referencia, previo el trámite correspondiente.

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Fecha:20/11/2011

En el proceso constructivo realizará el monitoreo ambiental mediante la medición de las emisiones, el control de los efluentes; identificación de sustancias contaminantes en concentraciones y permanencia superiores o inferiores a las establecidas en la legislación vigente; reconocimiento de daños ambientales, considerados como la pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo de las condiciones preexistentes en el medio ambiente o uno de sus componentes; admisión de daños sociales ocasionados a la salud humana, al paisaje y a los bienes públicos o privados; así como, controlará el cumplimiento de los planes de manejo ambiental y de las especificaciones técnicas ambientales. Debiendo presentar informes periódicos a la máxima autoridad, para de ser el caso, se tomen los correctivos necesarios inmediatos.

409-04 Gestión ambiental en proyectos de saneamiento ambiental

Los proyectos de saneamiento ambiental que desarrollará la entidad, deberán ser vigilados y tomará partida la unidad de gestión en todo el proceso, esto es, en las fases de planeación, factibilidad, licenciamiento ambiental, aprobación, contratación, ejecución, operación y mantenimiento; debiendo exigir las disposiciones y prohibiciones de la Norma Técnica de Calidad Ambiental para el Manejo y Disposición Final de Desechos Sólidos no Peligrosos, también la Norma Técnica para Desechos Peligrosos, y las Normas Técnicas de Calidad Ambiental, aplicables dependiendo del proyecto, comprendidas en el Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Son proyectos de saneamiento ambiental, aquellos que se ejecutan para sanear las condiciones de vida de los habitantes y evitar la contaminación del medio ambiente, comprendidos, entre otros, sistemas de alcantarillado; agua potable; recolección, transporte, disposición y manejo de desechos sólidos; recolección, transporte y operación de desechos peligrosos.

Aseo urbano, es la limpieza de la ciudad, libre de desechos sólidos producidos por sus habitantes.

Desechos sólidos, comprenden los desperdicios, cenizas, elementos del barrido de calles, desechos industriales, de establecimientos hospitalarios no contaminantes, plazas de mercado, ferias populares, playas, escombros, entre otros.

Desecho peligroso, es todo aquel desecho, que por sus características corrosivas, tóxicas, venenosas, reactivas, explosivas, inflamables, biológicas, infecciosas, irritantes, de patogenicidad, carcinogénicas representan un peligro para los seres vivos, el equilibrio ecológico o el ambiente.

409-05 Gestión ambiental en la preservación del patrimonio natural

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En el ámbito de competencia de la entidad pública, la unidad de gestión ambiental, velará por prevenir daños ambientales, proteger, investigar, recuperar, restaurar el patrimonio natural, comprendido en: ecosistemas frágiles, parques nacionales, reservas ecológicas, refugios de vida silvestre, reservas biológicas, reservas de producción y fauna, áreas nacionales de recreación, turismo de áreas naturales, a fin de preservar los recursos naturales y la biodiversidad, aplicando las normas comprendidas en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

La unidad de gestión ambiental en el ámbito de las facultades de la entidad, dentro de su alcance deberá propender al mantenimiento de la diversidad biológica mediante un desarrollo y una gestión sostenibles de hábitats naturales y sus zonas circundantes de valor y el control del consumo y comercio de especies silvestres.

Patrimonio natural, son todos los animales, plantas, territorio y conjunto de estos tres grupos que signifiquen valores universales en cuanto a la protección y conservación de especies animales y vegetales en peligro de desaparición o paisajes integrales en peligro de destrucción o transformación.

Patrimonio natural, comprende las formaciones físicas, biológicas y geológicas excepcionales, hábitat de especies y animales amenazadas y zonas que tengan valor científico, de conservación o estético.

409-06 Gestión ambiental en el cumplimiento de tratados internacionales para conservar el medio ambiente

En el ámbito de competencia, las entidades públicas responsables, a través de las unidades de gestión, emprenderán las acciones que sean necesarias a fin de dar cumplimiento con los objetivos y compromisos establecidos en los tratados internacionales.

La gestión debe contribuir a la conservación y uso sostenible de los recursos naturales y culturales del país; y, a mejorar las condiciones de vida de los habitantes; aplicando, en lo pertinente, las normas técnicas y disposiciones constantes en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Tratados internacionales, son aquellos convenios que se comprometen a cumplir 2 o más países, a fin de conservar el medio ambiente.

409-07 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, agua

La unidad de gestión deberá precautelar, prevenir, proteger la contaminación del recurso agua, controlando los límites permisibles, exigiendo el cumplimiento de las disposiciones y

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Fecha:20/11/2011

prohibiciones de la Norma Técnica de Calidad Ambiental de Descarga de Efluentes, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental

La polución del agua se produce por la construcción de obras inconsultas, inapropiadas, por efluentes industriales, por obras municipales de alcantarillado que no cuentan con plantas de tratamiento y en general por acciones humanas, aspecto que afecta al hombre, animales y plantas e implica un grave problema ambiental.

La unidad de gestión ambiental en su ámbito de acción, deberá impedir la sobreexplotación permanente de los recursos hídricos para mantener un equilibrio entre la demanda de agua y su disponibilidad; integrar los criterios de conservación de recursos y uso sostenible en lo agrario, en la ordenación de los usos del suelo y en la industria; mantener una alta calidad ecológica del agua, en la que la diversidad biológica corresponda, en lo posible, a un estado no perturbado de un agua determinada; reducir los vertidos de todas las substancias que por su persistencia tóxica o bioacumulación puedan tener un impacto ambiental negativo en las aguas superficiales, marinas o subterráneas.

Agua, es la fuente misma de la vida.

Agua costera, es el agua adyacente a la tierra firme

Agua marina, es la de los mares y se distingue por su elevada salinidad

Aguas residuales, son las de composición variada provenientes de las descargas de usos municipales, industriales, comerciales, servicios agrícolas, pecuarios, domésticos y de cualquier otro uso que hayan sufrido degradación en su calidad original.

Aguas pluviales, son aquellas que provienen de lluvias, nieve y granizo.

Aguas de estuarios, son las correspondientes a los tramos de ríos que se hallan bajo la influencia de las mareas.

Agua subterránea, es el agua del subsuelo que se encuentra en la zona de saturación (Se sitúa debajo del nivel freático) Aguas superficiales, son aquellas que fluyen o se almacenan en la superficie del terreno.

409-08 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, aire

La unidad de gestión, en su accionar y en el ámbito de su competencia, propenderá a preservar la salud de las personas, la calidad del aire ambiente, el bienestar de los ecosistemas y del ambiente en general, controlando los límites máximos permisibles de contaminantes en el aire, como las emisiones al aire de fuentes fijas de combustión, exigiendo las disposiciones y prohibiciones de la Norma Técnica de Calidad del Aire

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Fecha:20/11/2011

Ambiente, como la Norma de Emisiones al Aire desde Fuentes Fijas de Combustión, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Las entidades y organismos del sector público, de acuerdo a sus facultades, por medio de las unidades de gestión, en relación al clima, deberán propender a que los seres humanos no contaminen el aire con gases tóxicos, pues la contaminación atmosférica es uno de los problemas ambientales y de salud humana más típicos de las ciudades, a fin de evitar el incremento del agujero de la capa de ozono, el efecto invernadero, causante del calentamiento de la tierra y de la modificación del clima. La actividad industrial genera la lluvia ácida, y se engloba dentro de las amenazas del medio aéreo

Aire, denominado aire ambiente, es cualquier porción no confinada de la atmósfera y se define como mezcla gaseosa, cuya composición normal es de por lo menos 20% de oxígeno, 77% de nitrógeno y proporciones variables de gases inertes y vapor de agua en relación volumétrica.

409-09 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, suelo

La unidad de gestión, en su accionar y en el ámbito de su competencia, propenderá a controlar las prácticas inadecuadas, como el manejo del agua de riego, el sobre pastoreo, la eliminación o tala de árboles o arbustos que se desarrollan en suelos con pendientes pronunciadas o en los taludes de los ríos.

La gestión debe propender a evitar la ocurrencia de procesos erosivos, que complementado con el uso inapropiado de los suelos, da lugar a la desertización o desertificación; controlar los límites máximos permisibles de contaminantes en el suelo, previniendo y reduciendo la generación de residuos sólidos municipales, industriales, comerciales y de servicios, incorporando técnicas apropiadas y procedimientos para su minimización reuso y reciclaje; exigir la utilización de sistemas de agricultura que no degraden ni generen contaminación o desequilibrio del área geográfica con el uso racional de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas; exigir el cumplimiento de las disposiciones y prohibiciones de la Norma de Calidad Ambiental del Recurso Suelo, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Suelo, se le concibe como el medio natural donde se desarrollan las plantas

409-10 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, flora y fauna

La unidad de gestión deberá evitar la tala de bosques, proceso de deforestación que ocasiona: degradación, pérdida de biodiversidad y los cambios climáticos, aplicando las Normas Técnicas contenidas en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

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La flora y fauna, son todos los organismos vivientes que se desarrollan en la biosfera.

409-11 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, minerales La unidad de gestión en el ámbito de su competencia, controlará el manejo, la explotación, el uso irracional y la eliminación de los residuos de las minas, al amparo de las Normas Técnicas contenidas en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Minerales, se clasifican en metálicos y no metálicos, y constituyen los cuerpos inorgánicos naturales de composición química y estructura cristalina definidas

409-12 Gestión ambiental en el ambiente físico o natural, energía

En cuanto a los residuos, la unidad de gestión analizará las dificultades que genera su eliminación que necesariamente produce contaminación; controlará, entre otros, la disposición final de los residuos tóxicos y peligrosos y los vertidos incontrolados, que afectan las aguas, el suelo, la vegetación y al hombre; aplicando las Normas Técnicas contenidas en el Texto Unificado de Legislación Secundaria, TULAS, al amparo de la Ley de Gestión Ambiental y del Reglamento a la Ley de Gestión Ambiental para la Prevención de la Contaminación Ambiental.

Energía, es el recurso que se encuentra asociado al movimiento, conjuntamente con la materia, forma el cosmos.

La unidad de gestión ambiental, evaluará las manifestaciones de la energía, pues se la define únicamente en función de sus efectos, como la capacidad de efectuar un trabajo.

En el ambiente interesa fundamentalmente la manera de cómo la luz se relaciona con el conjunto de seres vivos y de cómo la energía es transformada dentro de esos seres.

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ANEXO 3: FORMATOS (en archivos computacionales adjuntos)