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El Tambo - Nariño INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS” MANUAL DE MANUAL DE CONVIVENCIA CONVIVENCIA “Por la exigencia a la excelencia”

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El Tambo - Nariño

INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”

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“Por la exigencia a la excelencia”

El Tambo - Nariño

INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”

“Por la exigencia a la excelencia”

BETHLEMITASBETHLEMITAS“La familia Betlemita la luz de la fe, construyendo una nueva sociedad;

formando en valores y destacando los talentos”

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INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”

“Por la Exigencia a la Excelencia”El Tambo- Nariño

MANUAL DE CONVIVENCIA

“La verdadera convivencia se construye cada día, desde la práctica y vivencia de una serie de valores y actitudes personales, característicos de

cada miembro de la Comunidad Educativa Bethlemita”.

EL TAMBO- NARIÑO2013 - 2015

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INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”“Por la Exigencia a la Excelencia”

El Tambo- Nariño

MANUAL DE CONVIVENCIA

“La verdadera convivencia se construye cada día, desde la práctica y vivencia de una serie de valores y actitudes personales, característicos de cada miembro

de la Comunidad Educativa Bethlemita”.

EL TAMBO- NARIÑO2013 - 2015

ACUERDO No. 001(25 de febrero de 2013)

Por el cual se modifica y adopta el Manual de Convivencia para la Institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCION, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, Y

CONSIDERANDO:

Que el presente Manual de Convivencia de la Institución Educativa “SAGRADO CO-RAZON DE JESUS” de El Tambo Nariño, se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, en la Ley General de la Educación y sus Normas Reglamentarias, en especial el Decreto 1860 de agosto 3 de 1994, el Decreto 1290 de junio 24 de 2009, el Código de Infancia y Adolescencia, la Jurisprudencia de la Corte Constitucional en materia Edu-cativa y las Directrices de las Autoridades Eclesiásticas, con el fin de lograr el respeto por la dignidad humana, asegurar la convivencia pacífica, el fomento de las prácticas democráticas y una enseñanza pertinente y de calidad integrada al contexto regional, nacional e internacional,

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ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO: - Adoptar oficialmente a partir de su fecha de aprobación el nuevo Manual de Convivencia, cuyo texto hace parte del presente Acuerdo, con las modificaciones efectuadas y concertadas por la comunidad educativa.

ARTÍCULO SEGUNDO: - Las normas contenidas en el Manual de Convivencia, que por el presente acuerdo se adoptan son de obligatorio cumplimiento, en el artículo correspondiente tanto para las Directivas de la Institución como para los estudiantes, docentes, Padres de Familia y demás miembros de la Comunidad Educativa.

ARTÍCULO TERCERO: - Enviar una copia del Manual de Convivencia a la Secretaría de Educación y Cultura para los fines legales pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: - El presente Manual rige a partir de la fecha de su expedición y deroga toda disposición contraria al mismo.

Dado en El Tambo, a los veinticinco (25) días del mes de enero de dos mil trece (2013).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Hna. GUILLERMINA TOSCANO VALDERRAMARectora

SANDRA PATRICIA ROSERORepresentantes de padres de familia

LUCIA MOLINA URBANOSecretaria

JESÚS MACARIO ACOSTA V. TERESITA DE JESÚS GÓMEZ Representantes de Docentes

ASTRID STEFANY ROSERO DÍAZRepresentante de estudiantes

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ESTRUCTURA DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

TITULO I. IDENTIDAD INSTITUCIONAL

1.1 Reseña histórica1.2 Símbolos institucionales1.2.1 Nuestros Fundadores1.2.2 El Escudo1.2.3 La Bandera1.2.4 El Himno

1.3 Visión 1.4 Misión1.5 Objetivos de calidad1.6 Política de calidad1.7 Filosofía institucional 1.8 Perfil del estudiante Bethlemita

TITULO II. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Y SUS CRITERIOS

CAPITULO I. Definición de manual de convivencia, fundamentación legal y condiciones de admisión y matriculaCAPÍTULO II. Normas de presentación personal TITULO III. NORMAS PARA LA SANA CONVIVENCIA

CAPITULO I. Derechos y deberes de los estudiantesCAPITULO II. Derechos y deberes de los padres de familiaCAPITULO III. Derechos y deberes de los docentesCAPITULO IV. Faltas DisciplinariasCAPITULO V. Debido procesoCAPITULO VI. Estímulos

TITULO IV. DEL GOBIERNO ESCOLARCAPITULO I. Comunidad educativa y órganos del gobierno escolar

TITULO V. REFORMA Y VIGENCIACAPITULO I. Reforma y vigencia

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES Y PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES)

CAPITULO I. GENERALIDADES CAPITULO II . CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN CAPITULO III. CRITERIOS PARA LO NO APROBACIONCAPITULO IV. ACCIONES DE SEGUIMIENTOCAPITULO V. INFORME DE LAS VALORACIONES CAPITULO VI . ESTÍMULOS PARA LOS ESTUDIANTESCAPITULO VII. TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES

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PRESENTACIÓN

La elaboración y puesta en ejecución del Manual de Convivencia, como uno de los aspectos esenciales del Proyecto Educativo Institucional, es una obligación legal consagrada en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación. En concordancia, el artículo 87 de esta misma Ley, ordenó que en cada establecimiento educativo, debe existir un MANUAL DE CONVIVENCIA que establezca los derechos y deberes de los estudiantes.

Por definición, CONVIVIR significa vivir en compañía de otro u otros. La convivencia por tanto, lleva intrínsecamente, nociones como respeto, solidaridad, responsabilidad grupal y social, compromisos, valoración individual, ética, tolerancia. Es por eso que en su conjunto, este MANUAL DE CONVIVENCIA recoge una serie de orientaciones que buscan desarrollar una pedagogía de la convivencia, en donde las reglas y criterios, son ante todo, parámetros para el crecimiento individual en el marco de una colectividad sana y saludable.

Si bien el Manual tiene como eje los derechos y obligaciones de los educandos, tanto en los criterios para su reconocimiento, atención, promoción y protección como en las normas pedagógicas, disciplinares y sancionatorias, cuando se vulneran, recoge igualmente los derechos y obligaciones de los demás miembros de la comunidad educativa, según el rol que desempeñe en relación con el proceso educativo que impacta a los educandos.

El “MANUAL DE CONVIVENCIA permite conocer lo relacionado con los DERECHOS Y DEBERES que todo miembro de la comunidad Educativa tiene y los cuales se deben demostrar a través del comportamiento dentro y fuera de la Institución.

La nueva convivencia humana que buscamos construir los miembros de La Institución Educativa Departamental SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS se fundamenta en una serie de valores y actitudes personales que cada uno debe esforzarse en cultivar y vivenciar a través de sus acciones y actuaciones.

La estructuración del presente MANUAL es el resultado de una labor que día a día nos ofrece las posibilidades de crecer comunitariamente, rescatando sobre manera los Principios Filosóficos Betlemitas, cuya labor Evangelizadora se constituye en claro testimonio de verdad, mucho más allá de las Normas.

Este Manual sirve de referencia permanente para todos los miembros de la comunidad educativa, quienes con su participación lo cualifican constantemente. El Manual de convivencia, es un documento integral y fundamental, el cual es objeto de revisión permanente, evaluación y ajuste, sujeto a los cambios propios de la institución por su desarrollo y crecimiento. La educación en la Institución Educativa “Sagrado Corazón de Jesús”, nos ofrece la posibilidad de crear entornos nuevos de aprendizaje y de relación, es el resultado de un proceso en el que el alumno construye su aprendizaje.

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TITULO I

IDENTIDAD INSTITUCIONAL

1.1. RESEÑA HISTÓRICA

La Institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús, de carácter nacionalizado y dirigida por la comunidad de Hermanas Bethlemitas. Inició sus actividades en el municipio del Tambo Nariño en el año de 1923 bajo la dirección de la Hermana Helena Rosero, quien fue la fundadora; en sus comienzos, fue una escuela solo de niñas, de primero a quinto de primaria.

En 1929 fue nombrada como Superiora la Hermana Clara María Becerra, compró una “cuadra” con el ideal de construir un edificio propio para la comunidad, donde pudiera funcionar la escuela la construcción del edificio al Ingeniero Luciano Espinosa.

En 1965 fue aprobada como Normal Rural de cuatro años, mediante Resolución 2776 de Agosto 22 de 1964. En 1970, se presentó a Secretaría de Educación el proyecto de completar el Bachillerato, fue acogido y aprobado hasta quinto de bachillerato. La aprobación definitiva la dio el Ministerio de Educación Nacional.

El 30 de Mayo de 1987 y bajo la dirección de la Hermana Luisa Margarita Plata, se llevó a cabo la supervisión, con el fin de renovarla, que fue nuevamente aprobada con Resolución departamental 932 de Mayo 30 de 1991. En 1988, bajo la dirección de la Hermana Genoveva Toscano, se dio la adopción de la Escuela Urbana de niñas “La Inmaculada” como respuesta a la exigencia emanada por la Ley 115 de 1994.

En el año 2000 y bajo el liderazgo de la Hna. Stella Osorio Guiral y según las políticas del Ministerio de Educación Nacional la institución se constituye en Institución Educativa formando parte de esta nueva Institución las escuelas de las veredas: Tambillo, Chuza, Trojayaco, Tanguana, Potrerillo, Granadillo, Sultana, Las Palmas, San Antonio, Alto Cascajal, Humitaro, Alto San Pablo y Alto Plan Verde. También se dio oportunidad de ampliar nuestra misión con el servicio educativo para adultos. Ciclos 3°4°, y 5°.

En el periodo 2008 a 2010, con el liderazgo de la Hermana Edith Amparo Torres se trabajó arduamente en el mejoramiento académico y gracias a su dinamismo y altruismo en tiempo record se logra la reconstrucción de la zona afectada por un incendio ocasionado en abril de 2010.

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Todas las Hnas. Rectoras que han pasado por la Institución han aportado toda su capacidad y experiencia para posicionar a la Institución como una de las mejores, tanto por su excelencia académica como por los principios y valores que en ella se imparten.

Gracias a la presencia de la congregación de hermanas bethlemitas, nuestra institución se ha catalogado como la pionera en la formación humana y académica de la niñez y juventud Tambeña.

1.2 SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

1.2.1 Nuestros Fundadores

SANTO HERMANO PEDRO DE SAN JOSÉ BETANCUR

Peregrino de América y fundador de la Orden Bethlemita, nació en Chasna Villa flor (Tenerife Islas canarias-España) el 21 de marzo de 1626. Ante el llamado de Dios, respondió generosamente y viajó a Guatemala donde realizó su misión de amor y misericordia con los más necesitados de su época. Ha sido llamado “El Hombre que fue caridad” “El hermano de los pobres” entre otros. Dedico parte de su vida a la actividad pedagógica. Movido por su amor a la niñez y su deseo de dar a conocer y amar a Dios creó una escuela para niños y niñas, contrató mostro para las ciencias y reservó para él la enseñanza de la piedad y el ejercicio de la virtud.

Nadie mejor que el Santo Hermano Pedro de San José Betancur, para invitarnos a responder  a las necesidades del mundo de hoy.

Muere en Antigua Guatemala el 25 de abril de 1667. En su canonización (Julio 30 de 2002), su Santidad Juan Pablo II lo declara como ejemplo de servicio, sencillez, alegría y fraternidad.

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BEATA MADRE ENCARNACIÓN ROSAL

Nació en Quetzaltenango, Guatemala, el 26 de octubre de 1820, en un hogar cristiano, creció en un ambiente de fe. Fue bautizada por sus padres como María Vicenta Rosal Vásquez, pero al asumir su vocación religiosa cambió su nombre por el de María Encarnación Rosal del Corazón de Jesús.

A los 15 años ingresó en el Beaterio de Belén, en la ciudad de Guatemala, institución que estaba bajo la jurisdicción de los primeras Betlemitas, fundados por el Santo hermano Pedro de Betancur.

Su vida y obra logra conservar el carisma del fundador, Beato Pedro de Betancour. “A la luz de la encarnación, de la Navidad y de la muerte del Redentor”, la Congregación vive el espíritu de reparación de los Dolores del Sagrado Corazón de Jesús, dedica el 25 de cada mes a la adoración reparadora. El ansia por la gloria de Dios y la salvación de los hombres la lleva a “servir con solicitud al hermano necesitado” y a dar “impulso a la educación de la niñez y de la juventud en los colegios, escuelas y hogares para niñas pobres” como también a “dedicarse a otras obras de promoción y asistencia social”.

1.2.2 El Escudo

La comunidad Bethlemita existe en la medida que hay un ideal cristiano y divino, el cual toma el cuerpo en los estudiantes que son la razón de ser la institución, Sabiduría y Virtud son los propósitos a los que alude  el Escudo Bethlemita.

En la parte superior derecha  se encuentra un corazón que representa al corazón de Cristo, símbolo del amor y del sentido humano cristiano que debe caracterizar a todo miembro de la institución. En la parte inferior izquierda se encuentra una lámpara que simboliza la ciencia y sabiduría que se imparte a través de la labor educativa y evangelizadora del personal docente y congregación bethlemita.

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1.2.3 La Bandera

La Bandera la institución Educativa “Sagrado Corazón de Jesús” es de color blanco como símbolo de integridad, honestidad, sencillez, sinceridad, valores que se proponen sembrar en la mente y corazón de cada uno de los estudiantes. En la esquina superior e inferior del rectángulo, se forma un triángulo rojo para afirmar que  el valor primordial es el AMOR, distintivo del corazón de Cristo, bajo cuya tutela se levanta la comunidad educativa la institución, además de los valores de la alegría, el trabajo y nobleza característica de nuestros estudiantes. En el centro se encuentra el escudo de la institución.

1.2.4 El Himno

Coro:Corazón de Jesús tu colegio,Es un grito integrado de amor,Es la ciencia como un privilegioDe este pueblo de fe y esplendor.

IJuventud a la altura a la gloriaPecho ardiente de toda emociónTendrá lumbre segura victoriaEn las lides de estudio y razón.

IIEs el hombre pujanza en lo creadoBusca siempre la eterna verdadLas cadenas de muerte ha quitadoEn su lucha por la libertad.

Música: Maestro MayaLetra: Roberto Mora Benavides

IIILa mujer fecundiza la vidaEn paisajes de estudio y valorNoble antorcha de luz preferida,Por su encanto de bello primor.

IVBethlemitas le ciñen laurelesCon decoro guiando el saberY el embrujo de castos vergelesLes entrega del libro el poder.

VEs urgente ganar la jornadaSer espigas, diamante blazónEncontrar en la ciencia preciadaUn futuro, una noble canción.

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Son objetivos del presente manual:

1. Aplicar el conjunto de normas referidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Constitución de Colombia, Código del Menor, Ley General de la Educación y sus decretos reglamentarios y en particular en lo instituido en el Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.).

2. Establecer pautas de convivencia que deben tener en cuenta cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover valores, actitudes y hábitos que permitan a la comunidad educativa, una convivencia armónica dentro y fuera de la institución.

4. Contribuir y fomentar la formación equilibrada de los estudiantes sobre la base del respeto mutuo y la tolerancia

5. Posibilitar la vivencia y práctica de los derechos y deberes de cada uno de los miembros de la comunidad educativa de la institución Sagrado Corazón de Jesús.

6. Reglamentar los estímulos y las orientaciones frente a los diversos actos de los estudiantes.

7. Convertir el manual en herramienta permanente para la sana convivencia de la comunidad BETHLEMITA.

1.3 VISIÓN

A la luz de la filosofía Betlemita y de nuestra propuesta educativa que integra ciencia, cultura y evangelio, buscamos formar hombres y mujeres dignos fraternos, competentes, justos, solidarios, misericordiosos y comprometidos con la paz; capaces de liderar procesos de cambio en la familia y en la sociedad; para una patria nueva y un mundo más justo y más humano.

1.4 MISIÓN

Somos una comunidad educativa dinámica, participativa y actualizada que sirve a la iglesia y la sociedad con renovado compromiso evangelizador.

Acompañamos a nuestros estudiantes en su proceso de formación integral mediante una educación de calidad fundamentada en valores humanos-cristianos y en una sólida preparación académica.

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Como institución Betlemita contamos con el amor de Dios manifestado en Jesús, en Belén y la Cruz; la experiencia pedagógica innovadora de nuestros fundadores, el santo Hermano Pedro de San José Betancur y la beata Madre María Encarnación Rosal.

GobernabilidadDe conformidad con la Ley General de Educación y su decreto reglamentario 1860 de 1994, el Proyecto Educativo Institucional, estableció la estructura, organización y funcionamiento de su Gobierno Escolar, fundamento de la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa y eje de la seguridad administrativa y técnico pedagógica de la institución.

El Gobierno Escolar está constituido por los siguientes órganos:

La Rectora, El Consejo Directivo, Consejo Académico.Las funciones se encuentran establecidas en el Proyecto Educativo Institucional.

Instancias de apoyo del Gobierno EscolarLas instancias son las siguientes:

1. La Coordinación General, cuya función principal es la de orientar y optimizar los procesos pedagógicos y académicos a nivel institucional y garantizar el cumplimiento del Manual de Convivencia.

2. El Comité de convivencia, hace recomendaciones que aseguren un ambiente adecuado de trabajo y remitir los casos especiales al consejo directivo.

3. Orientadora, que tiene funciones relativas a la orientación integral de los estudiantes tanto en su dimensión personal como familiar y social.

1.5 OBJETIVOS DE CALIDAD

v Garantizar la sostenibilidad de la institución a largo plazo.

v Satisfacer y superar las necesidades expectativas de estudiantes, padres de familia y comunidad educativa.

v Garantizar el desarrollo de las competencias básicas, Competencias ciudadanas y Competencias Laborales en los estudiantes a través de una sólida formación académica.

v Privilegiar la formación de la solidaridad, el liderazgo y la paz, a la luz de las enseñanzas de Jesucristo para el servicio de la sociedad.

v Mantener un clima laboral que propicie un trabajo armónico y de calidad.

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v Fortalecer las competencias del personal en lo humano, espiritual, intelectual y técnico.

v Proveer recursos de calidad que garanticen la eficacia en todos sus procesos.

1.6 POLÍTICA DE CALIDAD

A la luz del evangelio, y la filosofía Betlemita, Consolidar un proceso educativo de calidad en pro de la formación integral de los estudiantes, que propicie más y mejores oportunidades; favorezca el desarrollo de competencias básicas, ciudadanas y laborales; mejore los resultados de las pruebas externas de evaluación. Buscamos ser un establecimiento educativo abierto e incluyente, que todos los estudiantes puedan aprender, desarrollar sus competencias básicas, convivir pacíficamente y liderar procesos de cambio en su familia y sociedad.

Procuramos la formación y cualificación permanente de las competencias del talento humano en un ambiente de trabajo motivador para un óptimo desempeño.

1.7 FILOSOFIA INSTITUCIONAL

La Filosofía de la institución orienta su acción educativa desde la perspectiva evangelizadora, busca dar una respuesta a las exigencias propias del ser cristiano, de una realidad específica, y formar hombres y mujeres comprometidos, conscientes, críticos, creativos y responsables, de modo que puedan acoger los contenidos del mundo, de la ciencia y de la realidad social que la Educación les presenta para desarrollar, a partir de ellos las actitudes y valores correspondientes y consecuentes con el concepto de “hombre nuevo” que vamos formando. En nuestra comunidad educativa desarrollamos valores institucionales como:

üFe en Dios. üApertura al momento histórico.

üAlegría y Misericordia

üApertura al otro

üFraternidad y acogida.

üAusteridad.

üServicio y Solidaridad.

üResponsabilidad üAutoestima

üSencillez y humildad.

üLibertad y respeto por la persona.

üGratitud, Amistad y tolerancia

üAmor y veneración a nuestra Señora María de Belén, Amor, respeto y admiración por los fundadores.

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La educación Betlemita tiene como principal finalidad la “formación Integral” de los estudiantes mediante un proceso dinámico y coherente, que desarrolla todas sus potencialidades a nivel personal, social y trascendente en interdependencia con el entorno.

1.8 PERFIL DEL ESTUDIANTE BETLEMITA

Dimensión Personal Dimensión Social Dimensión Trascendente

Todo aquello que le permite lograr una personalidad armónica.Ser humano integro, capaz de amar-se y expresar el amor en sus relaciones interpersonales, que valore, desarrolle y exprese armónicamente su corporalidad Interactuar significativamente e interpretando mensajes con sentido crítico y con capacidad para tomar decisiones libres, responsables y autónoma.

Las competencias a fomentar:

ØAutoconocimiento, ØAutovaloraciónØAuto administraciónØResponsabilidad

Todo aquello que le permita servir y ayudar a los demás.Competente para comprender, aplicar y liderar creativamente los saberes en la interacción consigo mismo, con los demás y el entorno, con capacidad para asumir un compromiso solidario y comunitario que le permita construir un orden de convivencia orientado hacia la búsqueda de una sociedad más justa, participativa y armónica.

Los valores a trabajar:

ØHonestidadØLiderazgoØJusticiaØRespetoØTolerancia ØCordialidadØDiálogo -EscuchaØGenerosidadØSolidaridadØEmprendimiento

Tendencia interior a crecer y perfeccionarse con la vivencia de valores Humanos y Espirituales.

Una persona fundamentada en el evangelio, capaz de una relación filial con Dios y que experimentando su amor lo exprese, en una fe vivencial y un compromiso cristiano en su opción de vida y en el aporte educativo y de formación de Pedro de Betancur y María

Encarnación Rosal.

Que profese:

ØFeØOpción por

JesucristoØFraternidad ØAlegríaØLa Oración

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TITULO II

LA INSTITUCION EDUCATIVA Y SUS CRITERIOS

CAPITULO I

Definición de manual de convivencia, fundamentación legal, condiciones de admisión y matrícula

ARTICULO 1. CONCEPTO DE MANUAL DE CONVIVENCIA

El Manual de Convivencia es un instrumento pedagógico constituido por un conjunto de normas destinadas a regular la convivencia social de los estu-diantes como también los procesos académicos, disciplinarios, estímulos y medio formativo que dinamice el desarrollo armónico e imparcial de la Insti-tución.

ARTICULO 2. MARCO JURÍDICO GENERAL

El Manual de Convivencia como instrumento que define los derechos y de-beres de los estudiantes y de los integrantes de la comunidad educativa, en relación con éstos, tiene como marco jurídico general, la Constitución y la ley colombiana. De modo particular, la siguiente normatividad:

1. Constitución Política de Colombia: Título II, de los derechos, las garantías y los deberes.

2. Ley 115 de 1994 o Ley General de Educación, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X3. Ley 375 de 1997 o Ley de la Juventud.4. Ley 1098 de 2006 o Código de Infancia y Adolescencia.5. Decreto 1860 de 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagó-

gicos y organizativos.6. Decreto 1286 de 2005, normas sobre la participación de los padres de fa-

milia en los procesos educativos de las instituciones oficiales y privadas.7. Decreto 1290 de 2009, que reglamenta la evaluación y promoción de los

estudiantes.

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FALLOS Y PRONUNCIAMIENTOS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Conceptos Jurisprudenciales Orientadores.Con la aparición de la figura de la tutela, como instrumento de protección de los derechos fundamentales, a partir de la promulgación de la Constitución Política de Colombia en 1991, la Corte Constitucional, en su función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte de las instituciones oficiales y privadas.

Dada la trascendencia de estos pronunciamientos, ha considerado fundamental incorporar como parte del Manual de Convivencia, apartes de algunas sentencias producidas, como criterios de observancia, que orienten la debida comprensión y aplicación de los conceptos, procedimientos e instrumentos indicados en el Manual, por parte de los integrantes de la comunidad educativa.

Derecho – deber de la educación.(Sentencia 002 de 1992) “Ahora bien, una característica de algunos de los derechos constitucionales fundamentales es la existencia de deberes correlativos. En el artículo 95 de la Constitución Política se encuentran los deberes y obligaciones de toda persona. La persona humana además de derechos tienen deberes; ello es como las dos caras de una moneda, pues es impensable la existencia de un derecho sin deber frente a sí mismo y frente a los demás.”

Alcances del manual de convivencia.(Sentencia T-015 de 1994) “Si bien es cierto que el Reglamento del plantel educativo es base fundamental orientadora de la disciplina del Colegio, pues sin él no sería posible mantener un nivel de organización, es cierto también que las normas allí contenidas deben ajustarse o mejor interpretarse acorde con las circunstancias particulares de los menores.

No se trata de permitir una total libertad, pues esto no contribuye a la formación, pero sí comprender la situación y en la forma más razonable obrar sin perjudicar el futuro del educando.”

Disciplina escolar. (Sentencia 037 de 1995) “La disciplina, que es indispensable en toda organización social para asegurar el logro de sus fines dentro de un orden mínimo, resulta inherente a la educación, en cuanto hace parte insustituible de la formación del individuo. Pretender que, por una errónea concepción del derecho al libre desarrollo de la personalidad, las instituciones educativas renuncien a exigir de sus alumnos comportamientos acordes con un régimen disciplinario al que

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están obligados desde su ingreso, equivale a contrariar los objetivos propios de la función formativa que cumple la educación”.

Concurrencia de padres de familia.(Sentencia T-366 de 1997) “El proceso educativo exige no solamente el cabal y constante ejercicio de la función docente y formativa por parte del establecimiento, sino la colaboración del propio alumno y el concurso de sus padres o acudientes. Estos tienen la obligación, prevista en el artículo 67 de la Constitución, de concurrir a la formación moral, intelectual y física del menor y del adolescente, pues “el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”.

No contribuye el padre de familia a la formación de la personalidad ni a la estructuración del carácter de su hijo cuando, so pretexto de una mal entendida protección paterna -que en realidad significa cohonestar sus faltas-, obstruye la labor que adelantan los educadores cuando lo corrigen, menos todavía si ello se refleja en una actitud agresiva e irrespetuosa.”

Formación integral del educando(Sentencia T-386 de 1994) “El comportamiento del estudiante en su claustro de estudios, en su hogar y en la sociedad, es algo que obviamente resulta trascendente y vital para los intereses educativos del establecimiento de enseñanza, porque es necesario mantener una interacción enriquecedora y necesaria entre el medio educativo y el ámbito del mundo exterior, lo cual se infiere de la voluntad Constitucional cuando se establece a modo de principio que “el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación”.

Nadie puede negar que las actividades que el estudiante cumple dentro y fuera de su centro de estudios, influyen definitivamente en el desarrollo de su personalidad, en cuanto contribuyen a su formación educativa, a saciar sus necesidades físicas, psíquicas e intelectuales, y a lograr su desarrollo moral, espiritual, social afectivo, ético y cívico, como es la filosofía que inspira la ley general de educación (Ley 115/94, art. 5o.).

Debido proceso(Sentencia T-1233 de 2003) “En diversas oportunidades, esta Corporación ha señalado que la garantía constitucional al debido proceso (artículo 29 Superior) tiene aplicación en los procesos disciplinarios adelantados por los centros educativos de naturaleza pública y privada. En virtud de ello, la imposición de una sanción disciplinaria debe estar precedida del agotamiento de un procedimiento justo y adecuado, en el cual el implicado haya podido participar, presentar su defensa y controvertir las pruebas presentadas en su contra.

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ARTICULO 3. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRICULA

La institución ofrece y garantiza el servicio educativo de preescolar a Undécimo grado y pensando en la permanencia de nuestros estudiantes, cada día se fortalece el trabajo con criterios de calidez y calidad humana.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 95 y 96 de la Ley 115 de 1994, se determinan en este Capítulo del Manual de Convivencia, los criterios y reglas para la formalización de la vinculación de educandos a la Institución y de las condiciones de permanencia en la misma.

Proceso de AdmisiónLa admisión es el proceso a través del cual la Institución determina la vinculación de educandos a cursar los grados de los niveles y ciclos educativos ofrecidos en el Proyecto Educativo Institucional. Teniendo en cuenta que la institución es de carácter oficial, todos los niños y jóvenes que deseen estudiar tienen derecho de acceder a la enseñanza que ofrece. Se sigue el siguiente proceso:

1. Solicitud el cupo en Rectoría, con la presencia de sus padres.2. Los estudiantes admitidos desarrollan una prueba diagnóstica que en

ningún momento condiciona su cupo sino que permite ver las condiciones psicopedagógicas en las que ingresa la Institución.

3. Cumplidos estos pasos, el estudiante admitido pasa a secretaria a recibir la información sobre el proceso de matrícula.

Proceso de Matrícula a Antiguos y NuevosMatrícula: Es el acto por el cual el estudiante ingresa a la institución. Se renueva anualmente cuando el estudiante cumple las condiciones establecidas en la Institución. Es indispensable la presencia de los padres de familia o acudiente y estudiantes en el momento de la matrícula.

vEstudiantes Antiguos: Deben presentar paz y salvo, boletín final, carne estudiantil; estudiantes de grado 11 fotocopia de documento de identidad actualizada y estudiantes que pasan al grado sexto: Tres fotografías, seguro estudiantil y realizar el proceso de matrícula en las fechas asignadas.

vEstudiantes Nuevos: Deben presentar registro civil original, certificado de estudios original de años anteriores, fotocopia de carnet de salud, tipo de sangre, certificación del SISBEN, constancia de liberación de cupo, constancia de buen comportamiento, fotocopia de documento de identidad actualizada, tres fotografías tamaño 3x4, seguro estudiantil.

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Renovación de MatrículaAl finalizar cada año escolar los Padres de Familia serán informados de los requisitos mediante circular informativa, elaborada por la Coordinación Académica, de acuerdo con el proceso de “Admisión y Matrícula de Estudiantes”.

CAPÍTULO II

NORMAS DE PRESENTACIÓN PERSONAL

Normas Generales

a. Utilizar el uniforme completo, en buen estado y con decoro. No se aceptan prendas diferentes a las especificadas, ni en mal estado: rotas, desteñidas o manchadas, No se permite usar el pantalón de la sudadera sin dobladillo, roto o deshilachado o bota tubo.

b. Conservar sin variación alguna, el modelo de los uniformes de gala, diario y de educación física.

c. Los tenis y las medias serán de color blanco sin combinaciones (No se permite el uso de tenis de color negro, gris o cualquier clase de combinación).

d. Utilizar el uniforme de gala, diario o educación física, según horario asignado.

e. La falda de las niñas debe llegar a las rodillas.f. Usar el uniforme de educación física únicamente el día de la clase o

cuando una actividad planeada lo requiera. g. La sudadera va a la cintura, no es descaderada. La camiseta de educación

física por dentro del pantalón.h. Mantener la camisa por dentro del pantalón en el caso de los hombres y

utilizar correa de color negroi. Cuidar los zapatos embetunándolos y usándolos adecuadamente.j. Evitar portar los uniformes de la Institución en sitios públicos y en

actividades diferentes a las de la institución: Todo tiene su tiempo y su lugar.

k. No dañar el uniforme rayándolo o pintándolo.l. Cuidar la presentación personal, presentándose aseado y pulcro.m. Hombres: mantener el Corte de cabello: parejo, bien arreglado y aseado.n. No usar joyas (la Institución no responde por pérdida de joyas). Las

mujeres únicamente usarán aretes pequeños y discretos.p. Marcar los uniformes y demás pertenencias.

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En la Institución se establece como obligatorio tres tipos de uniformes: Uniforme de diario, uniforme de educación física y uniforme de gala que deberán ser usados por todos los estudiantes. Las pautas de uso de los uniformes son las siguientes:

ARTÍCULO 4: UNIFORME DE DIARIO

Mujeres • Falda a cuadros según el modelo establecido • Medias largas de color blanco• Camiseta blanca de cuello sport y manga corta • Buso color rojo (según modelo).• Zapatos colegial color negro.

Hombres• Pantalón azul oscuro (puede usarse con resorte o tirantes para los niños

más pequeños)• Medias color azul o blanco• Camiseta blanca de cuello sport y manga corta • Buso color rojo (según modelo)• Zapatos colegial color negro.

Parágrafo: En temporada de invierno o problemas respiratorios se puede usar debajo de la camiseta prendas únicamente de color blanco. Por el criterio de uniformidad, que implica la presentación personal del estudiante, debe estar acorde a lo establecido...

ARTÍCULO 5: UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA: Hombres Y Mujeres

• Sudadera color azul con rojo (según modelo)• Camiseta blanca (según modelo)• Pantaloneta azul con franjas rojas (según modelo).• Medias blancas largas• Tenis color blanco

ARTÍCULO 6: UNIFORME DE GALA

Mujeres • Falda a cuadros según el modelo establecido (puede usarse con resorte o

tirantes para las niñas pequeñas y con pretina para las grandes) • Blusa blanca manga larga. • Las medias largas de color blanco• Zapatos colegial color negro• Cordón institucional

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Hombres • Pantalón de paño, color azul oscuro • Camiseta blanca de manga larga • Zapatos colegial color negro con cordón• Corbata azul• Pisa corbata (Según diseño institucional)

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TITULO III

NORMAS PARA LA SANA CONVIVENCIA

CAPITULO I.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 7. DERECHOS

Todo hombre por naturaleza entraña en su ser DERECHOS Y DEBERES. El cumplir con los deberes y reclamar los derechos conlleva a una sana convivencia dentro de un grupo social.

Son derechos fundamentales en la vida escolar: la vida, la integridad física y psíquica, la salud, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión de opinión, el derecho al respeto de su intimidad y de su buen nombre. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás (art. 44 C.N). Atendiendo a esto, la Institución Educativa “Sagrado Corazón de Jesús Betlemitas” vela por la integridad física moral y espiritual de sus educandos y considera estos derechos como fundamentales para la convivencia humana. Son derechos del estudiante Betlemita:

1. Conocer el Manual de Convivencia al firmar matrícula.2. Recibir una formación en la filosofía, los principios, la misión y la visión

de la institución.3. Todos los estudiantes tendrán los derechos que la constitución y las leyes

de Colombia les confieren; y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación, siempre y cuando en su ejercicio no perjudiquen los principios filosóficos y religiosos que rigen en la institución.

4. Ejercer su vida estudiantil en un ambiente armónico que le asegure las condiciones y recursos pedagógicos necesarios para su óptimo desarrollo.

5. Ser acompañado permanentemente en su proceso formativo y recibir una educación de calidad.

6. Recibir Asistencia y Orientación desde la Coordinación de Convivencia y desde la unidad de Orientación y Formación Integral, para lograr un adecuado desarrollo emocional, moral y social.

7. Elegir, ser elegido y recibir capacitación como representante estudiantil ante el Consejo Directivo, personería y otros órganos complementados en la Ley General de la Educación y en aquellos que a juicio de la Institución se creen.

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8. Recibir por parte de los profesores y demás miembros de la comunidad educativa un trato respetuoso que dignifique su condición como persona.

9. Recibir por parte de los profesores la orientación y apoyo en su formación académica y de convivencia.

10. Recurrir con el debido respeto ante las autoridades competentes para pedir solución a la presunta violación de sus derechos cumpliendo con el conducto regular establecido en el manual de convivencia.

11. Que los procesos evaluativos sean claros, pedagógicamente preparados, valorados y entregados personalmente por el profesor, recibiendo la explicación de sus errores.

12. Conocer con anterioridad los contenidos y logros de cada asignatura y la metodología para su orientación.

13. Ser escuchado cuando en su contra recaiga una medida formativa y apelar ante la instancia según la clase y el grado de la medida aplicada, de tal manera que se esclarezca el hecho.

14. Derecho a ser evaluado en forma continua e integral y a conocer oportunamente los resultados del proceso de aprendizaje, de sus evaluaciones, su registro escolar de valoración, su anecdotario y las recomendaciones que hagan directivos y docentes.

15. Ser atendido con amabilidad por sus profesores, directivos, empleados y compañeros de acuerdo con su dignidad de ser humano, cuando formule sugerencias o reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar los procesos educativos o buscar la solución a un problema personal o de grupo.

16. No ser discriminado en razón de su credo, raza, cultura, procedencia posición económica, ideológica o política.

17. Recibir por lo menos cada periodo capacitación o reflexiones acerca de la problemática actual (alcoholismo, drogadicción, sexualidad), por parte de los profesionales de apoyo o de entidades externas de la institución.

18. Recibir servicios de calidad en lo referente al transporte, alimentación (de acuerdo a la minuta entregada por el organismo encargado) recreación y otros servicios que ofrezca la institución.

19. Tener acceso al funcionamiento y operación de los diferentes medios de comunicación internos de la institución tales como internet, sala de informática, emisora, biblioteca, audiovisuales, materiales didácticos dentro de la jornada escolar u horario determinado para su uso.

20. Recibir estímulos por rendimiento académico y comportamental, aquellos que ocupen el primer lugar en cada grupo.

21. Derecho a presentar oportunamente las excusas justificadas por sus ausencias del plantel y del aula de clases y, a que se le tenga en cuenta siempre que estén clara y debidamente diligenciadas y respaldadas con firmas de padres de familia, acudientes, por los médicos, profesionales de apoyo y las entidades acreditadas para el efecto.

22. Igualmente, derecho a participar en todas las actividades y eventos deportivos, culturales, recreacionales, religiosos programados por la

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institución, y solo podrán ser excluidos cuando no cumplan con los requisitos establecidos o cuando su presentación o sus actitudes no estén de acuerdo con las circunstancias o perjudiquen el ambiente comunitario.

23. Reunirse en comunidad, como un espacio para su reflexión y formación, de tal manera que puedan expresar sus ideas, valores y a la vez recibir informaciones oportunas sobre el acontecer diario de la institución y su entorno.

24. Utilizar los bienes de uso personal y colectivo tales como: Equipos, instalaciones (patios, canchas) e implementos de la institución con la debida autorización y responsabilidad. Utilizar el celular únicamente en las horas del descanso.

25. Recibir información y realización de simulacros para la prevención de desastres.

26. Derecho al debido proceso para el tratamiento de las faltas cometidas.

ARTICULO 8. DEBERES

Se entiende por deber todo aquello que el hombre debe cumplir de acuerdo con las leyes naturales, preceptos religiosos o normas.

Todos los miembros de la comunidad educativa reconocen la importancia del cumplimiento de los deberes como la base para una convivencia sana y armónica, por lo tanto al firmar su matrícula el estudiante Bethlemita ACEPTA Y SE COMPROMETE A CUMPLIR los siguientes deberes, además de los definidos para toda la comunidad educativa. Son deberes del estudiante:

1. Conocer, respetar, cumplir y expresar sentido de pertenencia por la Filosofía y los Principios de la Institución, el Proyecto Educativo Institucional y lo dispuesto en el presente Manual de convivencia.

2. Proteger la propia vida y las de los demás, como el más grande bien de la persona humana. Respetando la dignidad e integridad de todas las personas. Buscar la auto superación que contribuya a un mejor autoconocimiento y al incremento de la autoestima.

3. Tratar con dignidad y respeto a toda la comunidad bethlemita y sociedad, en general.

4. Participar de los procesos de inducción programados por la institución y apoyarlos para crear un ambiente de convivencia y bienestar.

5. Cumplir con dignidad, responsabilidad y decoro con el proceso académico, disciplinario y de convivencia para el cual se matriculó.

6. Estar dispuesto al diálogo civilizado y respetuoso con el ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar conflictos.

7. Respetar y seguir el conducto regular para la solución de las dificultades personales o grupales, tanto académicas como normativas.

8. Emplear siempre un vocabulario correcto y culto en el trato con docentes, directivas, compañeros y empleados de servicios generales, evitando

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expresiones vulgares, soeces e irrespetuosas, y burlas, bromas y apodos descalificadores de carácter individual.

9. Mantener la presentación personal exigida por la Institución, mediante el aseo personal y el arreglo del cabello, (sin cortes estrafalarios) absteniéndose de utilizar accesorios ajenos al mismo.

10. Abstenerse de portar el uniforme en establecimientos públicos como discotecas, salas de juegos o en cualquier sitio por fuera de la Institución (Art. 32 Código del menor).

11. Respetar y cuidar los bienes y enseres de la institución, respondiendo por los daños causados a los mismos, y abstenerse de dibujar grafitis o cualquier otra expresión que irrespete a la comunidad educativa.

12. Respetar los derechos ajenos, no abusar de los propios y respetar las pertenencias de los demás.

13. Entregar oportunamente, los comunicados que el colegio envíe a los padres, acudientes o tutores legalmente reconocidos; informando la fecha y hora de reuniones y actividades en general.

14. La institución está autorizada por medio del Manual de Convivencia a decomisar todos los objetos que impidan el normal desarrollo y organización de la institución; (audífonos, celulares juegos etc.) los que serán entregados exclusivamente al padre de familia e incluso al finalizar el año lectivo.

15. Portar el carne estudiantil dentro de la institución y presentarlo para tener acceso a los diferentes servicios que se ofrece y para los actos de representación de la Institución; el carne de la EPS cuando fuera necesario.

16. Hacer buen uso de los medios de comunicación internos del establecimiento tales como: Emisora, periódicos, carteleras, murales, de tal manera que en virtud al libre pensamiento no se violen los derechos de los demás.

17. Abstenerse de inducir a los compañeros y a otras personas a comportamientos nocivos o negativos mediante conversaciones, invitaciones o sugerencias de cualquier tipo o naturaleza.

18. Mantener una permanente y real preocupación por el buen rendimiento académico, estudiar con responsabilidad, autoevaluándose permanentemente, aprovechando al máximo las orientaciones de los profesores y la nivelación de desempeños en caso de no haberlos conseguido en los términos de la reglamentación (Decreto1290) y el SIEE institucional.

19. Asistir a todas las actividades religiosas programadas por la Institución. Se exceptúan los estudiantes que por razón de su credo o religión no deseen su participación.

20. Presentar oportuna y adecuadamente por escrito las excusas correspondientes a las inasistencias, firmada previamente por los padres o acudiente.

21. Preservar y conservar el orden, la disciplina dentro y fuera del aula de clase. Durante el recreo debe estar fuera del salón, en las áreas asignadas

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para el descanso y la recreación evitando realizar actividades académicas en este espacio de tiempo.

22. Acatar las observaciones e instrucciones del personal docente, administrativo u operativo de la Institución.

23. Mantener buen comportamiento en los vehículos que presten el servicio de transporte en las actividades del colegio

24. Para salir durante la jornada los padres deben solicitar permiso, el cual será autorizado por la Rectora o coordinadora general.

25. Cumplir con el horario establecido de entradas y salidas. Asistir puntualmente a los 10 minutos de reflexión.

26. Participar activa, responsable y cualitativamente en las clases diarias y en actividades pastorales tales como: Reflexión diaria, encuentros con Cristo, Eucaristías, retiros espirituales, grupos apostólicos y actividades culturales que tienen como finalidad una sólida formación humano- cristiana.

27. Participar y asistir de forma responsable a todas las actividades programadas desde la unidad de Orientación y Formación Integral relacionadas con apoyos pedadagogicos a estudiantes con perdida académica, terapias grupales, intervención individual.

28. Realizar las actividades asignadas por el docente u orientadora, cuando no haya asistido a una convivencia, encuentro o actividad similar.

29. Presentar siempre y en todo lugar la imagen positiva de la institución, evitando toda clase de comportamientos que nieguen o lesionen la dignidad personal o el respeto a la institución: como: (pertenecer a grupos de pandillas, participar de peleas callejeras citando para esto estudiantes de otras instituciones, señalando lugares escondidos para encontrarse).

30. Respetar el conducto regular en la solución de los problemas. El conducto regular es: estudiante - profesor de la asignatura - director de grupo – coordinador (a) - Rectora - consejo directivo.

CAPITULO II

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

ARTICULO 9. DERECHOS

Los primeros responsables de la educación de sus hijos son los PADRES DE FAMILIA, al firmar la matrícula de sus hijos adquieren los siguientes DERECHOS:

1. Participar, en las diferentes actividades propuestas para ellos desde el Proyecto Educativo Institucional y específicamente desde los proyectos transversales en cuanto a capacitaciones con temáticas como consumo de sustancias psicoactivas, sexualidad, pautas de crianza, uso de tiempo libre entre otros en cada periodo.

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2. Ser tratados en condiciones de igualdad, sin distinciones de género, raza, credo, clase social o convicción política.

3. Respeto a su intimidad y la de su familia.4. Participar de las actividades programadas desde la coordinación, unidad

de orientación o dirección de grupo.5. Solicitar o recibir información sobre el rendimiento académico o

comportamental de los hijos.6. Elegir y ser elegidos al Consejo de Padres y para los cargos directivos en la

Asociación de Padres de Familia.7. Dar su parecer y hacer sugerencias sobre la constitución y la marcha de la

institución, a través de los representantes del Consejo de Padres o de los Padres de Familia elegidos en ASOFAMILIA.

8. Ser informados oportunamente de las decisiones que tome la Institución y que afecten la vida estudiantil de sus hijos.

9. Solicitar con anterioridad y teniendo en cuanta las horas de atención de los profesores, a entrevistas con estos para solicitar información de los procesos pedagógicos.

10. Recibir oportunamente los informes académicos de sus hijos.

ARTICULO 10. DEBERES

Los padres de familia tienen la obligación y la responsabilidad de educar y contribuir eficazmente para que los beneficios de la educación lleguen a sus hijos. Deben propiciar un ambiente familiar que favorezca la disposición para el estudio y participar activamente en su formación y preparación para la vida. Defender y respetar la institución. En los artículos 7, 8, 24, 87, 139, 143 de la Ley General de la Educación, los padres de familia de la Institución adquieren compromisos sobre la educación de sus hijos:

1. Conocer la filosofía de la Institución e identificarse con ella y ser consciente de ella. Conocer y cumplir el Manual de Convivencia

2. Apoyar a la Institución en la corrección de comportamientos inadecuados que puedan tener sus hijos, dentro y fuera de ella, y ser ejemplo para ellos.

3. Asegurarse de que sus hijos cumplan con tareas escolares, actividades extracurriculares y el desarrollo de hábitos de higiene, pulcritud, o buenos modales y responder por la buena presentación.

4. Practicar el dialogo sincero y respetuoso, utilizando siempre el conducto regular.

5. Asistir y atender de carácter obligatorio a todas las asambleas de padres y madres de familia, a las convivencias familiares, escuela de padres que organiza la institución. Cuando sea imposible su asistencia excusarse por escrito ante el director del grupo o dependencia que lo solicite.

6. Asistir a la entrega de los boletines de calificaciones en las fechas asignadas y a los llamados que se haga desde rectoría o coordinación.

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7. Velar por la permanente asistencia del hijo (a) a la institución informando oportunamente la causa de su ausencia y justificarla mediante una excusa escrita o verbal en la Coordinación de Convivencia.

8. Responder por los daños materiales causados por sus hijos a los compañeros o al mobiliario e instalaciones del plantel.

9. No llamar por celular a sus hijos en horas de clase.

ARTICULO 11. CONSECUENCIAS DE COMPORTAMIENTOS INADECUADOS DE PARTE DE LOS PADRES DE FAMILIA.

En caso de que los padres como miembros de la Comunidad Educativa de la institución no cumplan con los compromisos de la formación integral (Artículo 311 del Código del menor); El caso será estudiado por la Rectora y el Consejo Directivo de la institución, quienes decidirán la pérdida del cupo para el año siguiente, se hará llegar copia del proceso a Comisaria de Familia y a Personería Municipal.

Aspectos a tener en cuenta:

1. Desconocimiento de la filosofía y Orientación la institución. 2. Faltas reiteradas sin justificación a las reuniones de padres de familia

programadas por la institución.3. Negarse a reconocer los daños que ocasione el estudiante en el

establecimiento.4. Respaldar comportamientos inadecuados.5. Mal trato físico o verbal a los Directivos, profesores, personal

administrativo y de servicios generales.

CAPITULO III.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES

ARTICULO 12. DERECHOS

Todo EDUCADOR tiene DERECHO, además de los enumerados para toda la Comunidad, los que establece la ley 115 y 715, los numerados en la Constitución Política de Colombia, los siguientes, y de forma especial a:

1. Recibir buen trato de parte de los Directivos, personal docente, administrativos, estudiantes y padres de Familia.

2. Gozar de un prestigio tal que le permita influir sobre los Padres de Familia y sobre los Estudiantes.

3. Tener una formación permanente pedagógica y humana que le permita ejercer de la mejor manera su labor docente.

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4. Al reconocimiento de su labor educativa a través de estímulos que exalten su desempeño en la institución.

5. Recibir de los Padres de Familia la colaboración en cuanto a las metas de educación de sus hijos.

6. Participar de las actividades pedagógicas, formativas, sociales, recreativas o culturales que programe la institución.

7. Solicitar permiso para ausentarse de las actividades diarias cuando fuese necesario.

8. Presentar sugerencias, aportes o recomendaciones a las diferentes instancias y/o procesos.

ARTICULO 13. DEBERES DE LOS DOCENTES

Son deberes además de los definidos para toda La Comunidad Educativa, los contemplados en la ley 115 y 715, En especial se resalta los siguientes:

1. Mantener un comportamiento ejemplar dentro y fuera de la Institución.2. Cumplir con el horario y actividades asignadas por la Rectoría y participar

de aquellas extracurriculares que requieran de su presencia.3. Realizar una evaluación sistemática y constante de los estudiantes bajo

su responsabilidad. 4. Mostrar su madurez en el control de sus emociones y de sus reacciones,

especialmente en las ocasiones en que los niños y jóvenes demuestren comportamientos inadecuados.

5. Dedicar tiempo real para atender las consultas, objeciones, u otras manifestaciones de las familias o de los estudiantes y darles madura y motivada razón de su determinación. Tratarlos con respeto y amor.

6. Elaborar en conjunto con el Comité de Convivencia, Coordinación general, y la UOFI los planes de mejoramiento que deben presentar a los estudiantes. Motivarlos y acompañarlos para la corrección de sus faltas y su crecimiento personal, académico y en valores.

7. Mantener permanente comunicación con los directivos de la institución, con los estudiantes y con los Padres de Familia para propiciar la comunicación entre todos los componentes de la comunidad educativa.

8. Esforzarse en tomar la iniciativa individual y grupal para mejorar permanentemente la calidad de la Institución.

CAPITULO IV

FALTAS DISCIPLINARIAS

Se considera falta disciplinaria, todo acto que perturbe o impida la sana convivencia dentro o fuera de la Institución Educativa, el desarrollo del proceso académico. Así mismo, todo acto que vaya en contra de las normas

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establecidas en el Manual de Convivencia. La Corte Constitucional advirtió que “los colegios no están obligados a tener en sus aulas de clases a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica, desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres. Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, recreos, salidas y asistencias y el debido respeto por sus profesores y compañeros” (Corte Constitucional Sentencia 519 de 1992).

PRINCIPIOS RECTORES:

El régimen disciplinario establecido en este Manual de Convivencia, parte del reconocimiento de la dignidad humana, la presunción de inocencia y el debido proceso, como principios rectores de su aplicabilidad.

TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS, PROCESO Y ESTRATEGIAS FORMATIVASLos deberes se convierten en la vida cotidiana en NORMAS las cuales son de obligatorio cumplimiento, pues ellas permiten la sana convivencia. Ante el incumplimiento de las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia, se pueden distinguir tres clases de faltas:

ARTICULO 14. FALTAS LEVES

Son aquellas en las cuales puede incurrir el estudiante en el acontecer diario, por descuido, falta de previsión o inmadurez, de forma no reiterada, y sin premeditación, ni disposición para hacer daño y que necesitan ser corregidas para permitir su proceso de formación.

1. Llegada tarde por tercera vez a la institución o ingreso tarde al aula de clase sin ninguna justificación.

2. Utilizar vocabularios y modales inadecuados.3. Interrupción de las actividades académicas y/o curriculares, mediante

actuaciones que impidan el normal desarrollo, como charlar constantemente, escuchar música, ingerir algún alimento en clase, masticar chicles o realizar actividades que no correspondan a la asignatura.

4. Usar los uniformes inadecuadamente y en los días que no corresponde según horario o llevando accesorios diferentes al uniforme (Cualquier prenda de vestir y/o accesorios no autorizados)

5. Retirarse de clases o de cualquier actividad sin el permiso correspondiente. 6. Usar en clase, actos culturales y religiosos, celulares o cualquier otro

elemento tecnológico. 7. Desacato a las instrucciones e indicaciones de los educadores, o cualquier

autoridad de la Institución. 8. Utilizar inadecuadamente los materiales de trabajo.

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9. Irrespetar a sus compañeros, profesores o cualquier persona de la Comunidad Educativa mediante abucheo, silbidos, burla o apodos.

10. Presentarse a la institución sin los útiles escolares reglamentarios para las actividades diarias y/o llevar a la Institución implementos innecesarios.

11. Abstenerse de presentar excusas dentro del tiempo oportuno. 12. Las quejas presentadas por los responsables del servicio de transporte,

restaurante cafetería escolar.

ARTICULO 15. DEBIDO PROCESO PARA LAS FALTAS LEVES

a. Amonestación verbal Diálogo del estudiante que incurre en la falta con el docente de la asignatura donde se propicio el conflicto; este proceso será mediado por el Director de grupo quien propiciará la conciliación y concertará los compromisos entre las partes para lograr el cambio deseado. Para ello se deben seguir las siguientes acciones:

1. Escuchar la versión del estudiante involucrado en el hecho.2. Propiciar un diálogo pedagógico sobre la falta cometida.3. Determinar la responsabilidad y la estrategia formativa para su corrección.4. Diligenciamiento de la Ficha No. 1: Faltas Leves, firmada por el Director

de grupo, el docente y el estudiante. Será entregada al (la) coordinador (a) general para que la ubique en la documentación del grado en el que ocurrió la falta.

5. Registro de la acción en el anecdotario del estudiante.

Parágrafo: Si persisten las dificultades y no se observan cambios significativos en el comportamiento o en el rendimiento académico del estudiante, esto será comunicado a los padres y/o acudientes mediante citación escrita.

En el conversatorio estarán presentes: el estudiante, el padre de familia, director de grupo, coordinador (a) general, quien será el mediador del proceso; se diligencia la Ficha No. 2: faltas leves donde todos los acuerdos y compromisos con la familia quedarán consignados y los padres y/o acudientes respaldarán con la firma. Además se registra el proceso en el anecdotario escolar.

b. Amonestación escrita Si agotado el proceso anterior no se consigue un verdadero cambio de actitud en el estudiante, el (la) coordinador (a) general citará a una reunión en la que estarán presentes los padres y/o acudientes y el estudiante implicado en problemas de convivencia y/o académicos; se convocará mediante citación escrita.

El (la) coordinador (a) realiza el siguiente proceso:

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1. Da lectura del Acta No. 1 Amonestación Escrita 2. Diligencia la ficha No. 3 Faltas leves (Amonestación escrita) en donde se

consignan los acuerdos o compromisos a que se lleguen con el estudiante y con la familia y además se determinará un plazo prudente para el cumplimiento de los mismos.

3. Hará firmar los documentos tanto a los padres de familia como al estudiante.

Si el caso amerita orientación de las profesionales de la Unidad de orientación y formación integral, la coordinación general pueden remitir el caso presentando un informe verbal o escrito de los aspectos tanto negativos como positivos detectados en el comportamiento de los estudiantes. Ellos realizarán el seguimiento correspondiente del caso y desde su saber orientarán al respecto a profesores y padres de familia.

Las reincidencias en las faltas leves después de haber agotado todos los pasos anteriores, ameritan el seguimiento para considerase como faltas graves.

ARTICULO 16. ESTRATEGIAS FORMATIVAS

v Trabajo en el salón durante el recreo, para recuperar el tiempo de trabajo perdido en clase y/o realizar una actividad relacionada con su falta o redactar un escrito o realizar un dibujo de acuerdo con la edad mostrando reflexión sobre su comportamiento.

v Diseño de material sobre el cual se ha cometido la falta, para ser emplea en alguna actividad propia del grupo.

v Retener artículos que afecten el buen comportamiento, de acuerdo con lugares y momentos. Estos serán devueltos a sus padres.

v Retirar al estudiante de la actividad, con la asignación de un trabajo particular y que lo sustente ante sus compañeros en un tiempo no mayor de 10 minutos al finalizar o a comienzos de la próxima clase bajo supervisión del profesor de la asignatura donde ocurrió el suceso.

v Cuando por tercera vez no presente o incumple con la entrega de la actividad correspondiente se informa al Coordinador (a) general, para que comunique a sus padres que no podrá ingresar a las actividades pedagógicas hasta que cumpla con las exigencias de la asignatura.

Parágrafo: Los estudiantes que acumulen tres atrasos en el mes, se dejará ingresar a clases, después de citar a los padres de familia y/o acudientes para enterrarlos sobre lo que está sucediendo, y si ésto no es posible, se hará mediante citación escrita. Si persiste la dificultad serán enviados para la casa, previa información de la coordinación general a sus padres y/o acudientes, y perderán el derecho a presentar todas las actividades correspondientes a ese día.

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ARTICULO 17. FALTAS GRAVES

Cuando hay reiteración de una misma o varias faltas a las normas de convivencia ya sean académicas, disciplinarias u organizacionales o aquellas que denotan premeditación para obstaculizar el proceso de formación. Además aquellos comportamientos que afectan directa y significativamente a cualquier miembro de la Comunidad Educativa, actuando en contra de los principios y valores Betlemitas. Se considera FALTAS GRAVES:

1. Reincidir en las faltas leves (en un número máximo de tres faltas), una vez hayan sido consignadas en la hoja de vida del estudiante.

2. Agresión física y/o verbal a cualquier miembro de la Institución, dentro o fuera de la misma.

3. Presentar un comportamiento incorrecto al hacer mal uso del lenguaje para referirse a personas, compañeros, profesores y administrativos al emplear un vocabulario soez, sobrenombres, chistes y bromas de mal gusto.

4. Asumir una actitud obstinada ante las medidas pedagógicas de formación e incumplir sin causa justificada los compromisos adquiridos o pactados con docentes o directivos.

5. Protagonizar cualquier tipo de enfrentamientos dentro o fuera de la Institución.

6. Ausentarse de la institución o de las actividades programadas, sin autorización de la Rectora.

7. Mal comportamiento en la calle y lugares públicos portando el uniforme. 8. Comprometer el nombre de la Institución con su mal comportamiento

social dentro o fuera, con o sin uniforme.9. Evadir clases premeditadamente en forma reiterada y sin justificación

alguna. 10. Incurrir en fraude en tareas, trabajos e investigaciones académicas o

evaluaciones.11. Establecer conversación o poner en funcionamiento aparatos sonoros,

celulares, radios, grabadoras u otro accesorio tecnológico que interrumpa el normal desarrollo de las clases o provoquen desorden durante las formaciones y actos generales de comunidad. Su uso en lugares y tiempos no apropiados conllevan a decomiso, los cuales serán entregados a sus padres.

12. Escribir y/o reproducir y ubicar pasquines, letreros en los pupitres, paredes u otros sitios de la Institución que vayan contra la moral, las buenas costumbres y atenten contra la dignidad de las personas

13. Rayar destruir o alterar libros, cuadernos, uniformes, maletines o cualquier otro artículo de uso académico, propiedad de sus compañeros.

14. Rayar, dañar el pupitre, mobiliario o paredes de cualquier dependencia de la institución.

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INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS” - El Tambo- NariñoMANUAL DE CONVIVENCIA36

15. Incumplir las normas establecidas para el manejo, seguridad y buen funcionamiento de los materiales y equipos pertenecientes a laboratorios, sala de informática, salón de audiovisuales, salón de deportes, instrumentos de la banda de paz, centro de publicaciones, biblioteca y otros.

16. Apropiarse temporal o definitivamente de bienes ajenos.17. Conformar grupos de estudiantes que alteren la sana convivencia,

perturben el orden o atente contra la integridad física de los miembros de la comunidad educativa

18. Fumar, consumir bebidas alcohólicas o drogas psicoactivas dentro de la institución.

19. Portar o usar cualquier clase de armas, que atenten contra la integridad física de las personas.

20. Participar en actos de sublevación y manifestaciones agresivas individuales o colectivas frente a las disposiciones y normas de la institución.

ARTICULO 18. DEBIDO PROCESO PARA LAS FALTAS GRAVES

a. Amonestación escrita El (la) Coordinador (a) General recopilará toda la información necesaria sobre el caso, lo analizará detenidamente y programará una reunión en la que estarán presentes: el estudiante implicado en problemas de convivencia y/o académicos, los padres y/o acudiente, a quienes se convocará mediante citación escrita. Se procederá de la siguiente manera:

1. Se escucha a las partes y se dará oportunidad de presentar los descargos que tengan que hacer. Se hace el registro en la Ficha No. 3: Faltas Graves. Demostrada la culpabilidad del estudiante se abre el respectivo REPORTE DISCIPLINARIO Y/O ACADEMICO

2. AMONESTACIÓN ESCRITA: Se diligencia Acta No. 2, Si amerita el caso se aplicará sanciones FORMATIVAS y/o PEDAGÓGICAS necesarias para que pueda superar las dificultades que ha venido presentando.

3. Se hará firmar los documentos tanto a los padres de familia como al estudiante.

De todo lo actuado quedará constancia por escrito; así como también de los acuerdos y compromisos hechos por la familia, el estudiante implicado en el problema y el respectivo Coordinador. Además se determinará un plazo prudente para el cumplimiento de los mismos para que el estudiante repare la falta cometida y demuestre cambios significativos en todos los aspectos de su desempeño escolar.

Si agotado el plazo acordado entre las partes reinciden en la comisión de las mismas faltas u otras consideradas graves o muy graves, se aplicará la suspensión temporal.

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b. suspensión temporal por tres días hábiles de las actividades curricularesEsta medida procede siempre y cuando al alumno se le haya aplicado una amonestación escrita e incurre en una nueva falta disciplinaria; para tal caso se solicitará la presencia del padre de familia o acudiente del estudiante, el personero estudiantil, el director del curso y el coordinador. Se procederá de la siguiente manera:

1. Se escucharán a las partes y se dará oportunidad de presentar los descargos que tengan que hacer. Se hace el registro en la Ficha No. 4: Faltas Graves. Demostrada la culpabilidad del estudiante, se abre el respectivo REPORTE DISCIPLINARIO Y/O ACADEMICO

2. El (la) coordinador (a) general dará lectura al historial comportamental y académico del estudiante, se hace análisis del caso y se determina si el estudiante según el proceso amerita suspensión temporal de tres días.

3. Suspensión Temporal de tres días: Será el Consejo Directivo quien emita el concepto, previa presentación por parte del coordinador de todo el proceso bien diligenciado.

4. El Consejo Directivo Diligencia el 5. La Rectora Comunica a los padres y al estudiante la decisión del Consejo

Directivo, se firman los documentos.

Parágrafo 1: Los estudiantes con suspensión temporal serán remitidos a la unidad de Orientación y Formación Integral para el correspondiente acompañamiento, durante los tres días.Parágrafo 2: Los estudiantes que sean suspendidos pierden el derecho a presentar evaluaciones, trabajos u otras actividades programadas en esas fechas. Parágrafo 3: Los estudiantes que cometan faltas graves pierden los beneficios especiales que estén recibiendo de la Institución, entre ellos la exención de matrícula o estímulos especiales

ARTICULO 19. ESTRATEGIAS FORMATIVAS:

v El estudiante implicado, deberá ser remitido a la Unidad de Orientación y Formación integral (UOFI) para ser valorado y si es necesario remitirlo el caso a comisaria de familia o atención especializada en la E.S.E Municipal. La UOFI hará el respectivo seguimiento y el cumplimiento de las actividades propuestas según sea el caso.

v El estudiante suspendido recibirá un acompañamiento especializado por parte de la UOFI con quienes desarrollara una serie de actividades de tipo formativo, según sea el caso. El (la) Coordinador (a) general será quien le fije un espacio para que sustente ante sus compañeros su experiencia. El estudiante deberá ponerse al día en las actividades académicas programadas durante la suspensión.

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v Realización de una acción social bien sea dentro o fuera de la institución, acompañada o asesorada por una persona (lo delega la Rectora), que certifique el cumplimiento de dicha actividad. Debe presentar el informe respectivo de la acción social desarrollada a coordinación. La familia acompaña el proceso.

v Realización de una conferencia o manifestación pública donde destaque el compromiso de no volver a cometer una determinada falta. Esta sustentación debe hacerse ante compañeros, profesores y/o padres de familia.

ARTICULO 20. FALTAS MUY GRAVES.

Son faltas muy graves, las que afectan directamente la razón de ser de la Institución y el sano desarrollo de las personas, acarreando la exclusión de la institución. Se califican como faltas muy graves:

1. La reincidencia en cualquiera de las faltas consideradas como graves.2. Faltas graves dentro o fuera de la institución, que atenten contra la

integridad física y moral de las personas. 3. Agredir física o verbalmente a los profesores, directivos docentes,

administrativos, compañeros y cualquier miembro de la comunidad educativa.

4. Frecuentar sitios indebidos, protagonizar hechos o espectáculos que desdicen de los principios de la Institución con el uniforme o sin él y/o ser motivo de escándalo para la comunidad.

5. Asistir en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias sicotrópicas a la institución o actividades extracurriculares programadas por esta

6. Hurto, chantaje, intento de sobornos y malversación de fondos y otros delitos.

7. Portar consumir o distribuir estupefacientes, sustancias psicotrópicas o psicoactivas dentro o fuera de la institución.

8. Falsificar firmas, sellos, registros de valoración o cualquier clase de documentos institucionales.

9. Destruir o modificar reportes de calificaciones, pruebas académicas y cualquier otro informe cuyo destinatario sea el padre de familia o acudiente.

10. Profanar los sitios o imágenes religiosas que están destinadas para el culto y la oración dentro la institución.

11. Fumar dentro de la Institución Educativa.12. Pertenecer o practicar ritos satánicos, espiritismo, tabla guija o brujería. 13. Pertenecer a pandillas y/o grupos de amigos que cometan actos que

atenten contra la dignidad de la persona humana. 14. Desacreditar, difamar o calumniar a la Institución, su filosofía o a

cualquier miembro de la Institución.

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15. Causar o propiciar daño intencional a las instalaciones y bienes de la institución o a los bienes de personas ajenas a la comunidad educativa.

16. Usar la red de Internet para aspectos diferentes a los establecidos por la Institución, o para molestar amenazar y hacer sufrir a sus compañeros, ingresar a páginas pornográficas o temas de satanismo

17. Sustraer, destruir o alterar el contenido de documentos tales como: Libros, evaluaciones, registros de los profesores, actas, CDS, USB, certificados de estudio, diplomas u otros.

18. Cuando se compruebe la ausencia a clases sabiendo de antemano que ha salido de su casa y no ha llegado a la Institución.

19. Cuando llega a la institución y sale de ella en forma fraudulenta. (saltando muros, rejas).

20. Las faltas no tipificadas serán castigadas según el derecho civil. 21. Prácticas de actos sexuales dentro de la Institución.22. Portar, distribuir o exhibir fotografías, imágenes o material pornográfico

por medios impresos, electrónicos, computadores, celulares u otro recurso tecnológico.

23. Portar, usar o fabricar cualquier tipo de arma que atente contra la integridad, individual y social. Se considerará como arma cualquier tipo de herramienta usadas de manera inadecuada dentro y fuera de la Institución.

24. Inducir o incitar a otros compañeros (as) a participar en agresiones físicas.

25. Toda comisión de hechos graves calificados como tales por las leyes y sentenciados por la justicia.

ARTICULO 21. PROCESO PARA LAS FALTAS MUY GRAVES

Cuando la falta es especialmente grave y no tiene atenuantes se podrá elegir entre estas opciones:

a. Matrícula Condicional. b. Cancelación Inmediata de la Matrícula: Retiro del plantel por un año.c. No Renovación de Matrícula.d. No proclamación si el Estudiante está en undécimo grado.e. Desescolarización.

Estará sujeta a la decisión que tomen las comisiones de evaluación en cada grado, luego del análisis que esta realice del comportamiento, los procesos disciplinarios y sanciones impuestas al estudiante por la Coordinación General que a juicio de la Comisión ameritan la firma de un acta de compromiso por parte del padre de familia, estudiante y Rectora de la Institución en el que se fijan y puntualizan deberes y responsabilidades para cada una de las partes, con el propósito de garantizar la permanencia del educando en la Institución.

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a. RETIRO DEL PLANTEL POR UN AÑOLa cancelación de matricula: decisión que corresponde al consejo directivo, se notifica mediante resolución al estudiante y a sus padres o acudientes a través de la Rectora.

Si un alumno con medida formativa de suspensión de días incurre en una nueva falta disciplinaria o realiza los actos contra la conducta considerados como graves, se reunirá ampliado con la participación del (la) Coordinador (a) general, el director de curso y el personero estudiantil, para escuchar las partes y luego, en votación secreta y por mayoría, decidir su permanencia en la Institución. Sentencia 1519 de 1992 (Corte Constitucional):“ Si bien la educación es un derecho fundamental y el estudiante debe tener la posibilidad de permanecer vinculado al plantel hasta la culminación de sus estudios, de ahí no puede colegiarse que el Centro Docente esté obligado a mantener indefinidamente entre sus discípulos a quien de manera constante y reiterada desconoce las directrices disciplinarias y quebranta el orden impuesto por el reglamento educativo, ya que semejantes conductas a demás de constituir incumplimiento de los deberes ya resaltados como inherentes a la relación que el estudiante establece con la Institución en que se forma, representa abuso del derecho en cuanto causan a la comunidad educativa e impiden al colegio alcanzar los fines que le son propios”

La comisión de Evaluación y Promoción, analizará el comportamiento de los estudiantes con medidas formativas a fin de determinar la Anulación de los Procesos para aquellos jóvenes que mejoraron su comportamiento y cumplieron a cabalidad con los compromisos pactados, o establecer para aquellos jóvenes que presentan problemas comportamentales, condiciones para su matrícula en el siguiente año escolar. Las decisiones de la Comisión serán notificadas al estudiante, Padre de familia o apoderado junto con el informe final y serán reportadas en el anecdotario de estudiante.

b. NO PROCLAMACION COMO BACHILLER: Para los estudiantes de último grado que presenten faltas especialmente graves se les podrá sancionar con la NO proclamación como bachilleres (acto protocolario) y el diploma se entregará en secretaría general

c. DESESCOLARIZACION:Para aquellos estudiantes que cometan faltas especialmente graves, en el transcurso del tercer periodo del año escolar se les podrá conceder el beneficio de la Desescolarización para que concluyan las actividades académicas y terminadas estas no podrá matricularse en el siguiente año escolar.

Dichos estudiantes deberán reclamar las actividades correspondientes en coordinación académica, quien a través de un cronograma fijará fecha y hora

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para que sustente trabajos, actividades, y evaluaciones a los respectivos profesores de las áreas.

Parágrafo 1: El Consejo Directivo ante una falta catalogada como muy grave, podrá determinar Matrícula Condicional, Cancelación Inmediata de la Matrícula: Retiro del plantel por un año, No Renovación de Matrícula, No proclamación si el Estudiante está en undécimo grado, Desescolarización.Parágrafo 2: Los estudiantes que cometan faltas muy Graves y tengan bajo desempeño y/o problemas de convivencia no podrán representar a la institución en actividades de tipo recreativo, deportivo o cultural hasta que no demuestren un cambio significativo en todos los aspectos de su desempeño escolar. Parágrafo 3: Los estudiantes que sean suspendidos pierden el derecho a presentar evaluaciones, trabajos, talleres u otras actividades programadas en esas fechas. Parágrafo 4: Los estudiantes que cometan faltas de muy graves pierden los beneficios especiales que estén recibiendo de la Institución.Parágrafo 5: Los estudiantes de grado once que cometan faltas calificadas como muy graves perderán el derecho a ser proclamados(as) como Bachilleres en Ceremonia Solemne de Graduación. El acta y el diploma serán entregados directamente en la Secretaría de la Institución.

CAPITULO V.

DEBIDO PROCESO

ARTICULO 22. EL CONDUCTO REGULAR.

1. Docente involucrado en la situación2. Director de grupo.3. Coordinador.4. Rectora5. Comité de convivencia6. Consejo Directivo

Parágrafo 1: La instancia apelada verifica que las anteriores hayan sido agotadas, así como el resultado obtenido.Parágrafo 2: En todos los casos el educador debe dialogar con los implicados, constatar los hechos y dejar el registro escrito en el anecdotario del estudiante.

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ARTICULO 23 . CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES O EXIMENTES

Se consideran como tales las siguientes:

a. Haber observado buena conducta anterior. b. Haber obrado por motivos nobles o altruistas. c. Haber reconocido voluntariamente la falta. d. Haber tratado de evitar los efectos nocivos de la falta antes de iniciarse la

investigación formal. e. Haber sido inducido a cometer la falta por otra persona. f. Cometer la falta en estado de alteración emocional, producida por

circunstancias no previstas. g. La confesión de la autoría.

ARTICULO 24. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES

Son circunstancias que agravan la responsabilidad:

a. Haber suscrito previamente acta de compromiso. b. Haber sido sancionado disciplinariamente durante el mismo año escolar. c. El efecto perturbador en los demás miembros de la Institución. d. Haber procedido por motivos innobles o fútiles. e. Haber preparado conscientemente la falta (premeditación). f. Haber obrado con complicidad de otras personas. g. Cometer la falta para ejecutar u ocultar otra u otras. h. Cometer la falta aprovechando la confianza que en él han depositado los

superiores, compañeros o personas íntimamente relacionadas por las funciones que desempeñen en la Institución.

i. La confluencia de dos o más faltas.

ARTICULO 25. PRUEBAS

Entiéndase por prueba todo medio o elemento que conduzca a la verificación de la ocurrencia de un hecho que conlleve una responsabilidad. En un eventual proceso disciplinario de resolución de conflictos se tendrá en cuenta, las siguientes:

a. Los indicios b. El testimonio c. La inspección d. Los documentos e. La confesión f. Otras que conduzcan a esclarecer los hechos.

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Parágrafo: Todo testimonio será recepcionado por la instancia competente, con la advertencia de decir la verdad como ejercicio práctico de la formación en valores. Los estudiantes que rinden testimonio deberán estar acompañados por sus padres y/o acudientes.

ARTICULO 26. DECISIONES

En un procedimiento disciplinario escolar para tomar decisiones ante faltas calificadas como graves o muy graves, deberán tenerse en cuenta los principios y reglas contenidos en el Manual de Convivencia así:

a. Pliego de Cargos Deberá tener como mínimo los siguientes aspectos:

v Resumen claro y preciso del origen y los hechos que se investigan. v Una síntesis de las pruebas aportadas. v Identificación del posible autor(a) o autores(as) de la falta o faltas,

señalando el grado y la fecha o época aproximada de los hechos. v Determinación de la norma que describe el derecho, deber o prohibición

que se encuentra señalada en este Manual de Convivencia y que ha sido infringida.

v Descripción de la conducta y la prueba que indique que se violó la normatividad aplicable, contenida en este Manual.

v Indicación de la prohibición en que ha incurrido. v La calificación de la falta. v Informe rendido por la persona encargada de Coordinación de

convivencia, donde se explique si el caso se sometió a una conciliación previa a la apertura del proceso disciplinario, y si existió incumplimiento por alguna de las partes de un acuerdo logrado.

b. Redacción de decisiones de Primera Instancia

1. Una síntesis de los cargos. 2. Una síntesis de las pruebas recepcionadas. 3. Una síntesis de los alegatos de defensa. 4. Una valoración de las pruebas, indicando los hechos desvirtuados y los

probados. 5. Un análisis de los criterios para la valoración de la falta. 6. La decisión que se adopta como sanción o exoneración.

c. Redacción de decisiones de Segunda Instancia (Apelación)

1. Una síntesis de los cargos. 2. Una síntesis de las pruebas de los mismos. 3. Una síntesis de las pruebas del alegato de apelación. 4. Una valoración sustentada de las mismas.

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5. Una decisión final, que puede ser confirmación, aclaración, modificación o revocación.

ARTICULO 27. NOTIFICACIONES

Las notificaciones pueden ser:

1. Verbales: De este hecho deberá quedar constancia escrita del día, hora y quiénes han comparecido, aplica para el caso de la imposición de la sanción consistente con el llamado de atención verbal.

2. Escritas: Se surte mediante la suscripción de un acta en la cual se detalla o relaciona la decisión adoptada, se dejará expresa constancia del día y la hora, se hará saber a su padre, madre o acudiente mediante la entrega de una copia de la resolución o decisión a notificar y se relacionarán los recursos que proceden.

3. Por aviso: Cuando el inculpado, sus padres o acudiente no pudieran ser localizados para surtir la respectiva notificación personal, se agotarán los siguientes medios: remisión de una comunicación en la cual se los cite a recibir notificación personal dentro de los cinco días hábiles siguientes. Si no compareciesen se remitirá por correo certificado el correspondiente aviso que contiene la notificación en referencia.

Parágrafo Para todos los efectos de las notificaciones que hayan de surtirse, la misma se adelantará a la dirección que se haya registrado al momento de la matrícula.

4. Por conducta concluyente: se entiende surtida cuando el presunto inculpado, sus padres o acudiente actuando en forma tal que pueda presumirse que conoce la existencia y el contenido de una decisión.

Parágrafo En todas las notificaciones deberán expresarse los recursos que proceden contra dichos actos y el término para la interposición de los mismos.

ARTICULO 28. DE LOS RECURSOS

Notificada la sanción, el estudiante, su padre o acudiente tiene el derecho de solicitar a la instancia superior, la revisión de dicha sanción, y para ello puede interponer:

Recurso de Apelación: Deberá presentarse por escrito, ante el Consejo Directivo en los casos de Matrícula Condicional y Cancelación de Matrícula, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al conocimiento de la respuesta

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al recurso de Reposición. El Consejo Directivo a su vez comunicará a la familia, mediante nueva Resolución Rectoral, la decisión tomada dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la siguiente sesión del respectivo Consejo, citado para tal efecto. Durante el tiempo de los recursos, la sanción deberá aplicarse mientras no sea resuelta o revocada por el organismo superior.

ARTICULO 29. Estímulos

La Institución reconocerá y estimulará las acciones positivas de sus estudiantes en el cumplimiento de sus deberes, sus iniciativas, su participación en la vida estudiantil (desempeño académico, socioafectivo, cultural, deportivo o social) y su afán de recuperación personal.

La Institución Educativa aspira a que cada uno de sus estudiantes considere como el mejor premio a su esfuerzo, la satisfacción personal del deber cumplido y de su progresiva madurez intelectual y moral.

1. Recibir medalla o mención honorífica por mejores logros académicos y formativos. Excelencia académica, primero y segundo puesto.

2. Publicación en Cartelera del nombre de los estudiantes o grupos que al finalizar cada período hayan alcanzado mayores logros tanto académicos como deportivos o en otras áreas de la formación integral.

3. Representaciones de la institución en distintas actividades, dentro y fuera del plantel.

4. A Izar de Bandera: La realiza el estudiante de cada grupo que haya alcanzado los logros propuestos y se destaque en otros valores y programas impulsados por la institución en el período. En Pre escolar y Primaria. (primer y segundo puesto)

5. Proclamación final de los estudiantes más destacados en la vivencia de valores, según el proyecto Educativo Bethlemita.

6. Reconocer a la familia el logro de sus hijos. 7. Reconocer públicamente el aprovechamiento y disciplina en los actos

culturales de la institución. 8. Proclamar a los mejores monitores de curso en acto especial o izada de

bandera9. Ser miembro activo del consejo Directivo, subcomités y otros organismos. 10. Medalla de Perseverancia a los estudiantes que iniciaron sus estudios

desde preescolar, como reconocimiento a la permanencia en la Institución.

11. Entrega de Banderas: Se otorga a los alumnos que cumplen el perfil Bethlemita y se han destacado durante el año en el Área Académica. En primaria la entregan veinte alumnos de grado quinto y la reciben igual número de alumnos del grado cuarto, en bachillerato la entregan veinte alumnos del grado once a igual número de alumnos del grado décimo.

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12. Mejor Amigo: Distinción concedida al finalizar el año escolar, será escogido por sus pares, como su mejor compañero y amigo, se le hará entrega por parte del director de grupo una tarjeta de felicitación.

13. Medalla mejores bachilleres dentro de la ceremonia de Graduación, entrega de bandera nacional y de la institución a los mejores estudiantes del grado 10 y 11 durante la ceremonia de graduación.

14. Diploma de Honor por las actuaciones sobresalientes ya sea a nivel académico, cultural, social deportivo o cívico.

15. Medalla Bethlemita al estudiante que se identifica con la filosofía de la institución y que se refleja en su comportamiento y actitud.

16. Medalla deportiva a quienes hayan representado al colegio a nivel nacional, departamental municipal y local y hayan sobresalido.

17. Medalla al estudiante con el mejor puntaje en pruebas SABER 11.

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TITULO IV

DEL GOBIERNO ESCOLAR

CAPITULO I

Comunidad educativa y órganos del gobierno escolar

ARTÍCULO 30. GOBIERNO ESCOLAR

Es un órgano constituido por la Rectora, el Consejo Directivo, Consejo Académico y Comisiones de Evaluación. Encargado de garantizar la participación democrática y productiva de toda la comunidad educativa. (Artículo 142 de la Ley General, el Art. 20 del decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994 y Decreto 230 de febrero de 2002).

ARTICULO 31. RECTORA

En la institución Educativa “Sagrado Corazón de Jesús” el representante legal es la Rectora, considerada como la directora Administrativa de la Institución y tiene autonomía respecto al Consejo Directivo en el desempeño de sus funciones administrativas y financieras.

ARTICULO 32. CONSEJO DIRECTIVO

Como instancia directiva de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento. Ente institucional constituido por: Directivos docentes, educadores, padres de familia, estudiantes, exalumnos y sectores productivos de áreas de influencia. (Art. 143 Ley General de Educación). Sus funciones están contempladas en el Artículo 144 de la Ley General de educación, en el artículo 23 del decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994 y en el Art. 10 del decreto 992 de 2002.

ARTÍCULO 33. CONSEJO ACADEMICO

Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica de la institución, está integrado por: Directivos docentes y educadores por áreas según el plan de estudio que ofrece la Institución. Sus funciones están contempladas en el artículo 145 Ley General de la educación, el artículo 24 del decreto reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994 y el Art. 8 del decreto 230 de 2002.

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ARTÍCULO 34. COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCIÓN

Es un ente institucional que depende del Consejo Académico, el cual con base en la Ley 115 de 1994 en su Artículo 50 y Decreto 1290 de 2009 en su artículo 11, numeral 5, conformará las Comisiones de Evaluación y Promoción para cada año lectivo, éstas estarán integradas por:

• Losdocentesasignadosporelconsejoacadémicoenunnumerodetres (3)

• Unrepresentantedelosestudianteselegidoporelconsejoacadémico.• Unrepresentantedelospadresdefamilia.• LaRectoraosudelegado(coordinador-a)quienpresideydirige.

Parágrafo: Los directores de grupo deben asistir a las comisiones respectivas y participaran con voz pero no con voto. Las funciones de la comisión están determinadas por el artículo 8º Decreto 230/02

ARTÍCULO 35. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

Requisitos para ser candidato personero de los estudiantes:

a. Ser estudiante de grado Once.b. Tener mínimo tres años cumplidos de vinculación a la Institución.c. Destacarse por su liderazgo positivo, enmarcado en el perfil y principios

bethlemitas.d. Haber observado un buen desempeño académico y comportamental en

los tres años inmediatamente anteriores.e. No tener antecedentes de dificultades comportamentales o académicas

de acuerdo al manual de convivencia.f. Presentar la acreditación de su desempeño académico y comportamental

de coordinación. g. Presentar la propuesta de trabajo ante el coordinador del proyecto de

democracia y ante las directivas.h. Someterse al proceso de elección democrática.

Los estudiantes elegidos como Personero Estudiantil, Presidente Estudiantil y/o Representantes de Grupo, pueden perder su investidura cuando:

1. Presenten conflictos de convivencia con sus compañeros, profesores, directivos y demás miembros de la Institución.

2. No muestren interés por el cargo.3. No cumplan con las funciones establecidas que le competen a su cargo.4. Cometan faltas disciplinarias o graves contempladas en el Reglamento

del Manual de convivencia.

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5. Frecuentemente quebranten los deberes establecidos en el manual de Convivencia.

6. No acatan el conducto regular ejerciendo autoridad por encima de la competente.

7. Presenten bajo rendimiento Académico en dos periodos consecutivos.8. Se retire definitivamente de la Institución.9. La Mayoría de los miembros del Consejo estudiantil, mediante oficio

enviado con las respectivas firmas solicita al Consejo Académico La revocatoria del cargo.

ARTÍCULO 36. REFORMA

El Manual, una vez aprobado por el Consejo Directivo, NO podrá ser reformado antes de los tres años de su vigencia. Cualquier modificación se incluye como Anexo.

ARTÍCULO 37. VIGENCIA

El Manual de Convivencia tendrá vigencia a partir del 25 de enero de 2013 fecha de su adopción. Debe ser dado a conocer a los miembros que integran la Comunidad Educativa de la Institución.

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SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES Y PROMOCION DE LOS ESTUDIANTES

ACUERDO No. 002 (28 de febrero de 2013)

Por el cual se adopta el SIEES

El Consejo Directivo de la Institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús, uso de sus facultades legales que le confiere la ley General de

Educación 115 de 1994 y,

CONSIDERANDO

• Que el artículo 78 y 79 de la ley 115 de 1994, ordena a los establecimientos educativos definir sus planes de estudios y establecer entre otros aspectos, los criterios de evaluación del educando.

• Que el artículo 148 de la ley 115 de 1994, indica que el Ministerio de Educación Nacional, tiene entre las funciones de inspección y vigilancia, la de fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los educandos y para su promoción a niveles superiores.

• Que el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, en su artículo octavo, establece para los establecimientos educativos la creación del sistema institucional de evaluación de los estudiantes.

• Que el proyecto educativo institucional determina como función del consejo directivo, adoptar el sistema institucional de evaluación.

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO- Aprobar e implementar el sistema institucional de evaluación de los aprendizajes y promoción de los estudiantes.ARTÍCULO SEGUNDO -Difundir el presente acuerdo a toda la comunidad educativa para su conocimiento y cumplimiento.ARTÍCULO TERCERO- El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga toda disposición contraria al mismo.

Dado en El Tambo Nariño, a los veintiocho (28) días del mes de febrero de dos mil trece (2013).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Hna. GUILLERMINA TOSCANO VALDERRAMARectora

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INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS” - El Tambo- NariñoMANUAL DE CONVIVENCIA 51

GENERALIDADES

Artículo 1. DEFINICIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN

Es el conjunto de mecanismos y procedimientos esenciales y particulares que garantizan un proceso de enseñanza aprendizaje coherente con el modelo pedagógico adoptado por la Institución Educativa en su Proyecto Educativo Institucional conforme a las disposiciones legales vigentes.

Artículo 2. CONCEPTO DE EVALUACIÓN.

La evaluación es un proceso de creación individual y social inherente al ser humano que se entiende como el juicio valorativo por el cual se emiten conceptos cualitativos y cuantitativos pertinentes al desarrollo de los aprendizajes y desempeños de los estudiantes.

Entiéndase por desempeño (competencias), el manejo, apropiación y aplicación de los saberes en diferentes contextos.

Artículo 3. OBJETO DE LA EVALUACION

• Los aprendizajes significativos alcanzados• El nivel de construcción cognitiva y conceptual logrado.• Los talentos.• Las capacidades y potencialidades.• Las actitudes y comportamientos.• Las dimensiones personal, social y trascendente.• Las expectativas, el interés y la motivación por el aprendizaje.• El nivel de participación en las tareas formativas como educando, sujeto

agente activo de su propio desarrollo (autoevaluación).

Artículo 4. PROPÓSITOS DE LA EVALUACIÓN.

• Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

• Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.

• Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades y desempeños excepcionales en su proceso formativo.

• Determinar la promoción de estudiantes.• Aportar información para el ajuste e implementación del plan de

mejoramiento institucional.

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Artículo 5. CARACTERÍSTICAS DE LA EVALUACION

En la institución Educativa Sagrado Corazón de Jesús la evaluación se caracteriza por ser un proceso:

• Integral, es decir, que tiene en cuenta todas las dimensiones del ser humano.

• Sistemática, es decir, con principios pedagógicos y métodos, con miras a desarrollar los fines de la educación Colombiana y los propios de la formación Bethlemita.

• Flexible, es decir, tiene en cuenta los ritmos de aprendizaje del estudiante con base en su situación concreta y partiendo de sus capacidades y potencialidades.

• Interpretativa, busca comprender el significado de los procesos. • Formativa; es decir, que permita reorientar los procesos educativos y las

prácticas pedagógicas.

Artículo 6. CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN

• El nivel de logro de competencias básicas: expresadas por los estudiantes en desempeños conceptuales, procedimentales y actitudinales, o sea el conocer (saber), el hacer y el ser. Este criterio de evaluación es específico de los objetos de conocimiento que se desarrollan en las diferentes áreas y asignaturas y está ligado a sus competencias y estándares organizados en la matriz de desempeño.

• El nivel de alcance de las competencias laborales y ciudadanas: están vinculadas al desarrollo de actitudes y habilidades personales y sociales, que apoyan al estudiante en su ejercicio ciudadano expresados en la solución de las diferentes situaciones de aula y que se conviertan en criterios generales para la sana convivencia. Estas son comunes para todas las áreas.

• Las habilidades de los estudiantes: se definen como la capacidad de los estudiantes para desarrollar las diferentes actividades. Está relacionada con la destreza y el talento que se demuestra mediante comportamientos evidenciados en los procesos de pensamiento como observación, atención, descripción, narración, definición de conceptos, análisis, síntesis, decodificación, diferenciación, percepción, exploración, uso de vocabulario; son criterios generales de evaluación para las diferentes áreas.

• El ritmo de aprendizaje: se define como la capacidad que tiene un individuo para aprender de forma rápida o lenta un contenido. Los ritmos de aprendizaje tienen especial vinculación con factores como: edad, madurez psicológica, condición neurológica, motivación, preparación previa, dominio cognitivo de estrategias, uso de inteligencias múltiples, estimulación hemisférica cerebral, nutrición, ambiente familiar y

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social, entre otros. Un niño con alto ritmo de aprendizaje es capaz de aprender más rápido que el promedio, mientras que aquel con ritmo de aprendizaje bajo le llevará más tiempo comprender los mismos conocimientos. Resulta estratégico para la planificación pedagógica, que el docente al iniciar el año escolar, realice una adecuada evaluación diagnóstica a fin de poder determinar los ritmos de aprendizaje de cada estudiante y poder así flexibilizar su plan de estudios en actividades, estrategias y conceptualizaciones que apunten al aprendizaje de todos los alumnos.

Estos se expresan mediante instancias verificadoras en:

• Desempeño individual: Se tiene en cuenta la investigación y consulta en cuanto a creatividad, profundidad y coherencia con el tema sugerido; cumplimiento de pautas, instrucciones y normas; puntualidad en la entrega, calidad en la presentación de trabajos, entre otros aspectos. Se concreta en: realización de las actividades según los criterios establecidos, manejo de los recursos y el adecuado aprovechamiento del trabajo en clase.

• Desempeño grupal: Se tiene en cuenta la participación en grupo y en clase; la iniciativa y el respeto por las ideas de los demás.

Artículo 7. PLAN DE ESTUDIOS

En el Artículo 23 de la Ley 115 de 1994 se establecen las áreas obligatorias y fundamentales.

Los grupos de áreas de acuerdo con el Plan de Estudios de la institución que se tendrán en cuenta para la promoción como área serán las siguientes:

EDUCACION BASICA PRIMARIA• Humanidades Lengua Castellana• Matemática • Ciencias Naturales y Educación Ambiental • Ciencias sociales • Inglés• Educación ética• Educación religiosa• Educación física recreación y deportes• Educación artística• Tecnología e informática

EDUCACION BASICA SECUNDARIA• Humanidades lengua castellana (proyecto comprensión de lectura)• Matemática (Matemática, estadística y geometría)• Ciencias naturales y educación ambiental (química, física, biología,

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microbiología, )• Ciencias sociales (democracia, ciencias económicas y ciencias

políticas- grado 10 y 11)• Inglés• Educación ética• Educación religiosa• Educación física recreación y deportes• Educación artística• Tecnología e informática• Filosofía• Área Técnica-Comercial (emprendimiento, contabilidad, salud

ocupacional, servicio al cliente, organización empresarial, eventos)

CAPITULO II

CRITERIOS PARA LA PROMOCION

Artículo 8. LA PROMOCION ESCOLAR.

Un estudiante de básica primaria, básica secundaria y media vocacional, será promovido al grado siguiente, cuando obtenga como mínimo una valoración de 3.0 (BASICO) en las áreas descritas en el plan de estudios correspondientes para cada grado.

Artículo 9. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL.

La Institución establece para la escala de valoración el rango de uno punto cero a cinco punto cero (1,0 a 5,0), así:

DESEMPEÑO SUPERIOR: (De 4.6 a 5.0)Cuando el estudiante produce trabajo de alta calidad y evidencia un nivel de desempeño destacado en el manejo, apropiación y aplicación de los logros del área, valora y promueve autónomamente su propio desarrollo y NO ha realizado actividades de recuperación.

DESEMPEÑO ALTO: (De 4.0 a 4.5)Cuando el estudiante desarrolla las actividades propuestas de manera adecuada y se destaca en el manejo, apropiación y aplicación de los logros del área, además, demuestra autonomía y responsabilidad en su trabajo escolar.

BÁSICO: (De 3.0 a 3.9)Cuando el estudiante alcanza los logros básicos esperados, en el manejo, apropiación y aplicación de los indicadores de desempeño del área.

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DESEMPEÑO BAJO: (De 1.0 a 2.9) Cuando el estudiante NO alcanza los logros mínimos esperados, presenta dificultades que impiden el desempeño adecuado en el manejo, apropiación y aplicación de los indicadores de desempeño del área.

Las valoraciones de los indicadores de desempeño se expresarán en el boletín en términos cualitativos de acuerdo con la escala Nacional y a los criterios establecidos en la Institución y cuantitativos con valores de 1.0 a 5.0; teniendo en cuenta la primera cifra decimal. Para la valoración definitiva de cada área se establecerá el promedio de los indicadores de desempeño. Los estudiantes cuya evaluación de desempeño en una determinada área o asignatura, se encuentre en el rango de 1.0 a 2.9, escala de nivel BAJO se considera dicha área como NO APROBADA.

Parágrafo:La evaluación de periodo: Es una prueba escrita diseñada por competencias y aplicada todas las áreas de acuerdo con el calendario establecido por coordinación. Tendrá un porcentaje equivalente al 20% del periodo correspondiente. Las evaluaciones del segundo y cuarto periodo serán de carácter acumulativo, es decir comprenderá los núcleos temáticos desarrollados durante el año escolar.

Prueba Externa: Es una evaluación diseñada por competencias y aplicada únicamente en las áreas que evalúa las pruebas SABER 11. Esta se aplica en la fecha establecida en el calendario académico y equivalente al 10% del periodo correspondiente. Este porcentaje es inmodificable. Por tanto, no se permite la realización de actividades que se promedien con el puntaje obtenido en la prueba.

Artículo 10. VALORACION DEL COMPORTAMIENTO ESCOLAR

Para la valoración integral del estudiante, cada docente en su respectiva área, formulará los indicadores de desempeño correspondientes al SER contemplados en la matriz general:

• Actuar de acuerdo con las normas establecidas en el manual de convivencia

• Relaciones interpersonales• Puntualidad y responsabilidad• Participación activa en todas las actividades institucionales• Urbanidad• Hábitos de higiene y aseo• Conservación de los espacios y enseres• Manejo de emociones y otras inherentes a la formación integral

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Parágrafo: El registro de la valoración del comportamiento escolar institucional se efectúa en el boletín de manera Cuantitativa y Cualitativa en cada periodo de acuerdo a la escala institucional establecida en el artículo 7 del presente acuerdo. Esta valoración la realiza el orientador de grupo teniendo en cuenta las observaciones consignadas en el anecdotario escolar y la existencia o no de actas, reportes o procesos de carácter disciplinario, según el formato establecido por coordinación.

ARTICUL 11.. ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

Si un estudiante posee un diagnóstico médico y cuenta con el seguimiento de la unidad de orientación y formación integral en donde se confirme la presencia de necesidades educativas especiales, cognitivas-motoras o afectivas y que incidan directamente en su proceso de aprendizaje; deberá ser promovido con un plan de mejoramiento que indique los compromisos institucionales y familiares para su intervención integral, a menos que, los padres de familia de estos estudiantes, el docente director de grupo y el mismo estudiante consideren de común acuerdo que es conveniente la no aprobación del grado, apuntando a lograr las competencias adecuadas para su edad y su desarrollo cognitivo.

Los estudiantes con necesidades educativas especiales, se atenderán con criterios de flexibilización curricular y serán evaluados con indicadores de desempeño básico, tendiendo a su promoción en virtud de sus competencias sociales. Se promoverá el acceso a rehabilitación cognitiva y nivelaciones, en la medida de lo posible, a todos los estudiantes que presenten dificultades académicas debido a sus necesidades educativas especiales (Artículos 46 y 49 de la Ley General de Educación).

Artículo 12. PROMOCION ANTICIPADA.

Por solicitud de los padres de familia este proceso se realiza a través del consejo académico, con el aval de la respectiva comisión de evaluación y promoción.

Requisitos:• El estudiante mediante evidencias que se expresan en instrumentos

muestra desempeños superiores, en competencias básicas, que se fundamentan en: actitudes, valores, habilidades, comportamientos, destrezas (saber ser), nociones, conceptos, categorías (saber conocer), procedimientos, estrategias, actuaciones (saber hacer) previstas en el diseño curricular para cada una de las áreas, durante el primer periodo.

• Asiste sin interrupción a las jornadas escolares, cuando presenta inasistencia las justifica por escrito, sin afectar su proceso de aprendizaje.

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• Muestra comportamiento excelente.• Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias

esperadas.

Proceso:• Cumplidos todos los requisitos, la Promoción Anticipada de un

estudiante se comunicará oficialmente mediante Resolución Rectoral.• Las valoraciones obtenidas en el primer período se guardarán como

definitivas en el grado que cursaba y serán las del primer período del grado al que sea promovido.

• El estudiante promovido debe iniciar inmediatamente un proceso de nivelación, orientado por los docentes de cada área través de talleres y sustentaciones que le permitan adaptarse a las condiciones y exigencias del nuevo grado.

Articulo 13 GRADUACION DE ESTUDIANTES.

Los estudiantes que culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller Académico o Técnico Comercial, cuando hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por la Institución Educativa en su PEI, de acuerdo con las normas reglamentarias. Para ser proclamados y graduados bachilleres los estudiantes deben cumplir con:

• La aprobación de todas las áreas obligatorias y optativas que componen el plan de estudios.

• Haber cumplido con las horas de servicio social obligatorio y tener el certificado que acredite dicho cumplimiento.

Artículo 14. EL PROCESO DE AUTOEVALUCION Y COEVALAUCION.

La autoevaluación es una actividad programada y sistemática de reflexión acerca de la propia participación y sobre el propio proceso de aprendizaje, de tal manera que exige del alumno que valore aspectos como: la relevancia que concede al trabajo que realiza, la relación entre los miembros del grupo, la relación con el profesor, el esfuerzo, la dedicación, entre otros, sobre la base de información confiable, con la finalidad de emitir juicios valorativos fundamentados, consensuados, comunicables y de acuerdo a las directrices establecidas en las indicadores de desempeño para el ser.

La coevaluación es cuando existe la posibilidad de generar y desarrollar una evaluación en que se permita, a los alumnos en conjunto, participar en el establecimiento y valoración de los aprendizajes logrados, ya sea por algunos de sus miembros o del grupo en su conjunto. Atiende a los criterios establecidos en consenso para el desarrollo del trabajo colaborativo.

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Artículo 15. COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION.

El Consejo Académico, con base en la Ley 115 de 1994 en su Artículo 50 y Decreto 1290 de 2009 en su artículo 11, numeral 5, conformará las Comisiones de Evaluación y Promoción para cada año lectivo, estas estarán integradas por:

• Los docentes asignados por el consejo académico en un numero de tres (3)

• Un representante de los estudiantes elegido por el consejo académico.• Un representante de los padres de familia• La Rectora o su delegado (coordinadora) quien preside y dirige

Parágrafo: Los directores de grupo deben asistir a las comisiones respectivas y participaran con voz pero no con voto.

El Consejo Académico según el numeral quinto del Artículo 11 del Decreto 1290 de abril 16 de 2009 conformará 5 Comisiones de Evaluación y Promoción:

• COMISIÓN I GRADOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO• COMISIÓN II GRADOS CUARTO, QUINTO• COMISIÓN III GRADOS SEXTOS Y SÉPTIMOS• COMISIÓN IV GRADOS OCTAVOS Y NOVENOS• COMISIÓN V GRADOS DÉCIMOS Y UNDÉCIMOS

La comisión de evaluación al finalizar cada periodo escolar se reunirá para:

• Analizar los casos de estudiantes con concepto de evaluación bajo en cualquiera de los desempeños de las áreas.

• Establecer recomendaciones generales o particulares a los/las profesores/as estudiantes, o a otras instancias del establecimiento educativo en términos de actividades de refuerzo y superación.

• Consignar las decisiones de esta reunión en un acta que será firmada por los participantes de la comisión de evaluación y entregada a la familia o acudientes para la firma y el cumplimiento de los compromisos.

• Analizar las situaciones de los estudiantes con desempeños excepcionalmente altos con el fin de recomendar actividades de profundización o la promoción anticipada.

• Analizar aquellos casos de estudiantes que no aprobaron el curso para brindarle las ayudas y estrategias pertinentes a fin de recomendar la promoción al siguiente año lectivo.

• Verificar si profesores(as) y estudiantes siguieron las recomendaciones y cumplieron los compromisos del periodo anterior

• El Director de Grupo colocará una nota en el anecdotario de llamado de atención de aquellas familias que no acuden a la cita para firmar

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el acta de la comisión de evaluación. Estos casos se analizarán posteriormente en reuniones de la misma comisión y se establecerán sanciones de acuerdo al manual de convivencia

CAPITULO III

CRITERIOS PARA LA NO APROBACION

Artículo 16. REPORTE DE LAS VALORACIONES DE ACTIVIDADES ESPECIALES DE RECUPERACION

Los docentes registrarán las valoraciones correspondientes a las actividades realizadas en el acta de recuperación, dejando constancia de los indicadores de desempeño y las actividades planteadas. Estas, actas deben presentarse en coordinación académica una vez finalizado el calendario programado para dichas actividades.

Artículo 17. LA NO APROBACION

Al finalizar el año escolar las Comisiones de evaluación y promoción de cada grado serán las encargadas de determinar la NO APROBACION de los estudiantes, atendiendo a los siguientes criterios:

• El estudiante que NO APRUEBE tres (3), o más áreas del plan de estudios establecido en el acuerdo del consejo académico. Con excepción del área de ciencias naturales en donde química, física y biología se evalúan de manera independiente y no se promedian para efectos de promoción.

• Cuando el estudiante presente el 15% de inasistencia justificada o injustificada. Los casos excepcionales serán tratados por la comisión de evaluación y promoción del grado respectivo.

• Cuando al finalizar el año un (a) estudiante obtenga BAJO en dos áreas y después de haber realizado el plan de refuerzo y haber presentado la correspondiente evaluación sobre dichos planes persiste con la valoración BAJO.

• Cuando al finalizar el año, el (la) estudiante que obtenga BAJO en dos áreas y después de haber realizado los planes de refuerzo y haber presentado la correspondiente evaluación sobre dichos planes, aprueba un área y en la otra persiste en la valoración BAJO, el estudiante NO aprueba el grado respectivo.

• La comisión de evaluación y promoción, tendrán autonomía en la promoción de estudiantes, teniendo en cuenta las Áreas Fundamentales y de Formación.

Parágrafo: Ningún estudiante puede ser matriculado si tiene área(s) pendientes del grado que acaba de cursar.

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CAPITULO IV

MECANISMOS DE SEGUIMIENTO

Artículo 18. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR

Acciones de los Docentes:1. Estudiar y apropiarse del sistema institucional de evaluación SIEES.2. Definir en los planes de área los criterios de evaluación y las estrategias

didácticas acordes a la evaluación, es decir ser coherentes en la forma de enseñar y evaluar.

3. Informar y explicar claramente a los estudiantes, el valor que tienen los desempeños conceptuales, procedimentales y actitudinales en las diferentes áreas dar a conocer al estudiante la matriz de desempeño al inicio de cada periodo académico.

4. Registrar en las planillas de calificaciones, el mínimo de valoraciones concertadas para cada área y su correspondencia a los diferentes desempeños conceptuales, procedimentales y actitudinales.

5. Realizar acciones de mejoramiento para los desempeños de los estudiantes.

6. Devolver con oportunidad los exámenes, trabajos u otros procedimientos debidamente valorados.

7. Comunicar los resultados académicos antes de finalizar el periodo.8. Atender y resolver las reclamaciones con oportunidad y respeto.

Acciones del (a) Coordinador (a):1. Liderar con los docentes el estudio del sistema institucional de

evaluación SIEES. 2. Convocar reuniones generales de docentes o por áreas, para analizar y

proponer políticas, métodos y tendencias actuales en los procesos de evaluación en el aula.

3. Realizar seguimiento a los planes de área, las planillas de calificaciones, matriz de desempeño y las estrategias evaluativas aplicadas por los profesores de manera sistemática.

4. Atender y gestionar las reclamaciones académicas de los padres y estudiantes cuando estas no sean resueltas en la primera y segunda instancia.

5. Asesorar a los docentes en el diseño y aplicación de estrategias de evaluación acordes con las necesidades educativas de los estudiantes.

6. Gestionar a nivel institucional los mecanismos para la aplicación eficiente de procesos evaluativos.

7. Mantener actualizado el archivo que da cuenta de las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los

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estudiantes.8. Apoyar a las Comisiones de evaluación y promoción, para el

cumplimiento de compromisos que se acuerden en cada reunión.

Acciones de la Rectora:1. Orientar la socialización del Sistema de Evaluación a estudiantes y

padres de familia.2. Definir y adoptar el Sistema de evaluación de los estudiantes como

componente del PEI3. Garantizar la articulación de los diferentes organismos del gobierno

escolar en el control del sistema de evaluación de estudiantes.4. Velar por el funcionamiento adecuado de las comisiones de evaluación

y promoción.5. Apoyar logística, técnica y financieramente las acciones recomendadas

por las Comisiones de Evaluación tendientes a brindar seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes.

6. Garantizar que los estudiantes con dificultades académicas sean atendidos por medio de acciones preventivas y remediales con el fin de mejorar sus desempeños.

Artículo 19. ACCIONES PARA GARÁNTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA DE EVALUACION.

Para el cumplimiento del sistema institucional de evaluación le corresponde al consejo directivo, consejo académico, consejo de padres de familia, coordinación académica y consejo de estudiantes verificar las acciones y procedimientos determinados en el presente acuerdo. Teniendo en cuenta las funciones para cada organismo del gobierno escolar establecidas en el manual de convivencia escolar.

Para garantizar el cumplimiento de los procesos evaluativos cada maestro presentará a coordinación los registros en el formato Excel para el periodo en cada una de las áreas o asignaturas. Además de los planes de clase en donde se establecerán los indicadores de desempeño para el informe valorativo del estudiante.

La coordinación realizará un seguimiento permanente a los estudiantes que presenten desempeños bajos con el fin de establecer junto con los docentes, acciones que permitan a los estudiantes superar las dificultades presentadas.

La comisión de evaluación y promoción de cada grado analizará los casos especiales de los estudiantes con desempeños bajos y formularán las orientaciones para la superación de las dificultades.

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Artículo 20. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS, MECANISMOS DE ATENCIÓN, RESOLUCIÓN DE RECLAMACIONES DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.

El conducto regular; es el hilo conductor que se debe seguir para la resolución de inquietudes, conflictos o emitir sugerencias, siguiendo el debido proceso que determina las acciones que se ejecutarán en cada una de las instancias en donde se analizará la situación presentada.

La institución establece el conducto regular para la resolución oportuna sobre reclamaciones referentes a la evaluación de los estudiantes así:• Profesor/a del área• Director de grupo• Coordinador (a) General • Comisión de Evaluación y Promoción• Consejo Académico• Rectora• Consejo Directivo

Los procedimientos y mecanismos que puede presentar el padre de familia están amparados y definidos por la ley. Toda reclamación debe presentarse por escrito. Y se resolverá dentro de los términos y siguiendo el conducto regular.

Toda solicitud, debe presentarse por escrito en las instancias. En un término no mayor a tres (3) días hábiles posteriores a la entrega de informes o a la toma de la decisión académica. Toda decisión puede ser sometida al derecho de apelación y el estudiante puede presentar su inconformidad cumpliendo con los aspectos descritos en el presente artículo.

Para la presentación de la solicitud, las instancias dejarán evidencia del procedimiento en el formato institucional diseñado para tal fin. El cual contiene los siguientes datos:• Fecha de presentación• Fecha en la cual sucedieron los hechos• Nombre del estudiante• Grado• Motivo de la solicitud y/o requerimiento• Pretensiones• El área y la asignatura• Pruebas (si es del caso)• Quien realizó la valoración (si es petición de tipo académico)• Grado, grupo del estudiante• Teléfono del peticionario

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Toda respuesta será dada por las instancias mediante oficio en un término no mayor a tres (3) días hábiles posteriores a la recepción de la petición.

Si se llega a la instancia del consejo directivo, se emitirá una resolución en un término máximo de diez (10) días en la cual se ratifica o cambia la decisión. Si no hay conformidad por parte de quien hace la petición, no procederá ningún recurso a nivel de la institución educativa.

Artículo 21. REGISTRO DE LA EVALUACIÓN Y ESTRATEGIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGOGICAS PENDIENTES O EXCEPCIONALES DE LOS ESTUDIANTES:

Al llevar a cabo el proceso de evaluación y detectar dificultades del estudiante en sus desempeños, en el alcance de los logros, o la superación continua, se programan actividades que le permitan un desempeño acorde con sus capacidades y con lo esperado en cada grado. Para tener acceso a estas actividades el estudiante debe estar cumpliendo o haber cumplido con las actividades regulares del curso.

• PLANILLA REGISTRO DESEMPEÑO ESCOLAR. Cada profesor lleva un registro del proceso evaluativo de su área en formato Excel. En él consigna el proceso de cada estudiante durante el periodo académico, en los distintos desempeños, con sus indicadores y sus correspondientes resultados en las instancias verificadoras. Al finalizar el periodo académico, el profesor debe informar a cada uno de sus estudiantes el resultado obtenido y reportar el registro a coordinación.

• ACTIVIDADES DE REFUERZO Y SUPERACION: Deben realizarse al identificar cualquier dificultad que presente el estudiante en el proceso de aprendizaje, durante el transcurso de cada periodo. Cada docente dejará constancia de que se efectuó este proceso en el formato establecido por coordinación para las actividades de refuerzo y superación. Por consiguiente, la valoración de cada periodo es inmodificable.

• Los estudiantes con Valoración de (1.0 a 2.9), es decir alcanzaron el DESEMPEÑO BASICO establecido en una o dos áreas al final del año escolar, deberán realizar planes de refuerzo en la última semana de desarrollo curricular (semana 41).

• ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACION: Son programadas por los docentes de cada área para apoyar al estudiante que, durante el desarrollo del proceso académico propio del área, presenta superación permanente en el alcance del logro de la misma. Éstas se desarrollarán de manera simultánea con las actividades regulares del curso y pueden ser individuales o grupales.

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Parágrafo: Toda actividad de refuerzo y superación y plan de refuerzo aprobado tendrá una valoración de BÁSICO o ALTO. Los estudiantes que continúen con valoración BAJO en una o dos áreas, o quienes NO se presenten sin justificación certificada en el calendario establecido por coordinación para el desarrollo de las actividades especiales, deberán REPETIR el grado correspondiente.

CAPITULO V

INFORMES

Artículo 22. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES

El informe será de carácter cualitativo y cuantitativo. En él se evidencia la información sobre el avance en la formación integral del estudiante. El informe presentará los siguientes elementos:

• Información legal y de contacto con la Institución Educativa.• Información legal y de contacto con el Estudiante• Año lectivo –Escudo de la Institución• Firma del representante legal• Firma del orientador de grupo• Una casilla donde se registre la Valoración para cada asignatura o cada

área• Una casilla que muestre la escala Institucional y equivalencia en la

escala nacional.• Registro de faltas justificadas e injustificadas. • Registro del comportamiento del estudiante.• Acumulados del desempeño hasta ese momento • Un espacio para Recomendaciones y observaciones

INFORME FINAL. Al concluir el calendario académico se entrega el informe resultante del promedio de las valoraciones obtenidas durante los cuatro periodos del año escolar en cada una de las áreas, teniendo en cuenta que el porcentaje de cada uno de los periodos es: primer periodo: 20%, segundo periodo: 20%, tercer periodo: 20%, cuarto periodo: 40%, del total de la valoración final. Este informe, no será descriptivo y sirve como base para expedir el correspondiente certificado escolar.

Artículo 23. PERIODICIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA

El año escolar se ha dividido en cuatro (4) periodos, se entregará un informe

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por cada periodo. El cuarto tendrá un informe adicional, llamado final, que será entregado, junto con el informe de periodo cuando finalice el año escolar.

CAPITULO VI

TRANSFERENCIA DE ESTUDIANTES

Artículo 24. Todo estudiante que desee continuar sus estudios en la institución, debe presentar como requisito para su matrícula, el registro de sus valoraciones académicas y un informe del comportamiento escolar del tiempo transcurrido en la otra institución. Los estudiantes que realicen transferencia por situaciones deben certificar esta condición ante la Comisaría de Familia del municipio.

Para los estudiantes no presenten el informe de valoraciones de la institución de procedencia, los docentes realizarán el promedio de las valoraciones de los periodos cursados por el estudiante en la institución para determinar la valoración final de las áreas.

CAPITULO VII

ESTIMULOS PARA LOS ESTUDIANTES

Articulo 25 Estímulos: • Mención de excelencia: al finalizar cada periodo, la comisión de

evaluación y promoción luego de analizar los informes académicos selecciona a los estudiantes que tengan un promedio superior a 4.0 y ningún registro valorativo en las asignaturas inferior a 4.0.

• Mención de honor los dos primeros puestos en cada grupo. Estos serán distinguidos con una mención de honor, que se les otorgará en acto cívico de Izada de bandera.

• Medalla de honor: al culminar el año lectivo, se otorgara la medalla de honor y una obra literaria al estudiante de cada grado que ocupe el primer puesto. Previa acta de la comisión de evaluación y promoción. Esta decisión es inapelable.

• Al finalizar el año lectivo la comisión de evaluación y promoción selecciona a dos estudiantes por grado con el fin de otorgar la mención de honor en cumplimiento a los valores cristianos y a los principios de la educación Bethlemita.

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• En ceremonia de graduación se otorga las siguientes medallas:a. Mejor puntaje en las pruebas saber 11b. Mejor bachillerc. Valores Bethlemitas

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El Tambo - Nariño

INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”

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“Por la exigencia a la excelencia”

El Tambo - Nariño

INSTITUCION EDUCATIVA “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”

“Por la exigencia a la excelencia”

BETHLEMITASBETHLEMITAS“La familia Betlemita la luz de la fe, construyendo una nueva sociedad;

formando en valores y destacando los talentos”