lunes 31 de marzo de 2014 bis ediciÓn especial ......2014/03/31  · 5 lunes 31 de maro de 2014....

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LUNES 31 DE MARZO DE 2014 GUADALAJARA, JALISCO T O M O C C C L X X V I I I 41 BIS EDICIÓN ESPECIAL

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  • LUNES 31 DE MARZODE 2014

    G UA DA L A JA R A , JA L I S COT O M O C C C L X X V I I I

    41BIS

    EDICIÓN ESPECIAL

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    L u n e s 3 1 d e m a r z o d e 2 0 1 4 . N ú m e r o 4 1 b i s . E d i c i ó n E s p e c i a l

    A C U E R D O

    Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

    Guadalajara, Jalisco, a 27 veintisiete de marzo de 2014 dos mil catorce.

    ACUERDO DEL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZ, MEDIANTE EL CUAL AUTORIZA LA COMPRA DE UN INMUEBLE UBICADO EN PUERTO VALLARTA, JALISCO, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN HOSPITAL REGIONAL.

    Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36, 46, 50 fracciones I, XX, XXII, y XXVI de la Constitución Política; 1º, 2º, 4° fracciones I y IV, 6º fracción I, 11 fracciones I y III, 13 fracción IV y 14 fracción LXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; 23, 24 y 25 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones; 29 y 30 del Reglamento de éste último cuerpo jurídico y Sexto Transitorio del Decreto 24395 del Honorable Congreso del Estado, los 5 ordenamientos de esta Entidad Federativa; y con base en las siguientes

    CONSIDERACIONES:

    I.- El artículo 36 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, establece que el ejercicio del Poder Ejecutivo se deposita en un ciudadano que se denomina Gobernador del Estado.

    II.- El artículo 46 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, en su párrafo segundo señala que todas las disposiciones que el Gobernador emita en uso de sus facultades, deberán estar firmadas por el Secretario del despacho a que el asunto corresponda, y sin este requisito no serán obedecidas.

    III.- Por su parte, el artículo 50 de la misma Constitución Política del Estado, entre las facultades y obligaciones que le confiere al Gobernador, establece la de expedir los Acuerdos de carácter administrativo para la eficaz prestación de los servicios públicos; delegar facultades específicas en el ámbito administrativo a las Secretarías y Dependencias, cuando no exista disposición contraria para ello, y cuidar de la aplicación e inversión de los caudales del Estado con arreglo a las leyes, entre otras.

    IV.-La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, en su artículo 2° dispone que el Gobernador, para el ejercicio de sus facultades y atribuciones, así como para el debido cumplimiento de sus obligaciones, se auxiliara de la Administración Pública del Estado.

    V.- La misma Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, en su artículo14 fracción LIX, determina que a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas le corresponde

    DIGELAG ACU 016/2014DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS Y ACUERDOS GUBERNAMENTALES

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    registrar las requisiciones de compras que formulen todas las dependencias, y en general, realizar las operaciones de compra requeridas por el Estado en la forma y términos de las disposiciones que al efecto dicte el titular del Ejecutivo.

    VI.- Por su parte, el artículo 23 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado de Jalisco, establece que cuando exista necesidad de adquirir algún bien inmueble, las Secretarías, Dependencias y Organismos Auxiliares, fundando su petición, lo propondrán al Ejecutivo del Estado, quien solicitará opinión a la Secretaría de Desarrollo Urbano (hoy Secretaría de infraestructura y Obra Pública), y a la Secretaría de Administración (actualmente Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas), siendo ésta última la que emitirá el dictamen que determinará si procede la adquisición, la cual se realizará por su conducto.

    VII.- Que mediante oficio SSJ-13/14 de fecha 08 de enero del año en curso, la Secretaría de Salud Jalisco, a través de su titular el Ciudadano Dr. Jaime Agustín González Álvarez, hace saber al Ejecutivo a mi cargo, sobre la necesidad y conveniencia de llevar a cabo la asignación de un terreno de propiedad estatal, o la adquisición de algún terreno ubicado en el Municipio de Puerto Vallarta, con superficie aproximada de 10,000 a 15,000 metros cuadrados, que pudiera proporcionarse a la Secretaría de Salud Jalisco, para que dentro del mismo se construyan instalaciones de una segundo hospital regional para hacer frente a las necesidades de la población de dicho municipio y los municipios colindantes, en virtud de que las instalaciones actuales hoy en día resultan insuficientes para brindar el servicio a la ciudadanía, que es esencial para el bienestar de la salud.

    VIII.-Propuesta ésta que mi Gobierno estima acertada, y por ello conveniente e impostergable, toda vez que la salud pública es una necesidad apremiante de carácter nacional a la que Jalisco no es ni puede permanecer ajeno, por el contrario, es necesario establecer instalaciones suficientes para que este tipo de servicios lleguen a toda la población, aún más con los acontecimientos que se han presentado año con año relacionados con la influenza estacional.

    IX.- Mediante Oficio CJ/0007/2014 de fecha 22 de enero de 2014, se instruyó a la Dirección de Patrimonio Inmobiliario realizar la búsqueda de algún inmueble con superficie aproximada de 15,000 metros cuadrados, ubicado en el municipio de Puerto Vallarta, Jalisco, para destinarlo a la construcción de un Hospital Regional.

    X.- La Dirección de Patrimonio Inmobiliario del Gobierno del Estado, mediante Oficio D. P. I. 0015/2014 de fecha 23 de enero de 2014, informó que después de efectuar una minuciosa búsqueda en el padrón de inmuebles de dicha dirección de patrimonio inmobiliario, no se encontró inmueble alguno a favor de Gobierno del Estado, con las dimensiones requeridas.

    XI.- Por otra parte, mediante Oficio CJ/0010/2014 de fecha 24 de enero de 2014, se solicitó a la Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas, la localización de un inmueble en el municipio de Puerto Vallarta, para ser destinado a la edificación de las instalaciones del segundo hospital regional, inmueble que por su ubicación, dimensiones, topografía y calidad de tierra, y demás circunstancias que se estimen conveniente, pueda servir para tales fines.

    XII.- Es así que se localizó un inmueble de 3-19-75.82 hectáreas en el municipio de Puerto Vallarta, del cual se desprenderá una superficie total de 15,000 metros cuadrados materia del

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    presente acuerdo, el cual se encuentra ubicado entre dos de las principales arterias del Municipio a 5 minutos del actual hospital regional y 3 minutos del aeropuerto de esa ciudad, situación por de más necesaria para los traslados de pacientes.

    XIII.- La Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Gobierno del Estado, ha emitido Opinión favorable para llevar a cabo la adquisición del inmueble antes citado, lo cual ha realizado mediante oficio número SIOP/DS/DGJ/0292/2014 de fecha 24 de febrero de 2014.

    XIV.- De la misma forma la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, por conducto de la Subsecretaría de Administración a través de su titular Lic. Salvador González Reséndiz, emitió Dictamen mediante Oficio S/n de fecha 20 veinte de febrero de 2014 dos mil catorce, con Opinión favorable a efecto de que se lleve a cabo la adquisición del inmueble descrito en el considerando XII de este Acuerdo.

    XV. La Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, ha entablado platicas con quien es titular del derecho de propiedad sobre este inmueble, quien ha aceptado su enajenación por lo metros requeridos a favor del Gobierno del Estado de Jalisco, así mismo, la Secretaría de Salud Jalisco, habiendo revisado el inmueble multicitado, lo ha considerado como viable para los fines ya indicados, y manifiesta su decisión de que se instalen en él las nuevas instalaciones del Segundo Hospital Regional en Puerto Vallarta, Jalisco.

    XVI.- En lo que respecta al justo precio de la superficie total que es preciso adquirir, se practicó Avaluó por el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, lo cual se desprende del Oficio IJCF/00367/2014/12CE/IC/02 de fecha 24 de febrero de 2014, del cual obra copia en el expediente y del cual se desprende la existencia del inmueble de propiedad privada con las características requeridas (superficie, ubicación, topografía, etcétera).

    XVII.- Ahora bien, la propiedad que se pretende comprar, fue adquirida por su titular DESARROLLADORA DE INMUEBLES LAS PEÑAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, mediante la Escritura Pública número 33,638 de fecha 19 de Septiembre del año 2012, otorgada ante la fe del Licenciado Carlos Castro Segundo, Notario Público No. 5 de Puerto Vallarta, Jalisco, y matriculada bajo el folio real número 4048224 del Registro Público de la Propiedad y de Comercio con sede en Puerto Vallarta, Jalisco, con número de cuenta predial 3361 en el catastro Municipal.

    En todo este contexto, se entienden colmados todos los extremos de ley previstos en la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado y su respectivo reglamento.

    En mérito de lo anterior, y toda vez que la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, cuenta con los recursos económicos necesarios para la adquisición del inmueble descrito y que con la adquisición del mismo se satisfacen los requerimientos de la Secretaría de Salud Jalisco, además de que en opinión de las Secretarias de Planeación, Administración y Finanzas y de Infraestructura y Obra Pública, es procedente la adquisición.

    Considerando todos los fundamentos y razonamientos expuestos, expido el siguiente,

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    A C U E R D O:

    PRIMERO.-Conforme a lo establecido en los artículos 23, 24 y 25 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado y su respectivo reglamento, se faculta al titular de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, en quien se delegan todas las facultades que resulten necesarias del poder Ejecutivo a mi cargo, para que en representación del Gobierno del Estado de Jalisco, realice los trámites necesarios con el fin de que celebre el contrato de compraventa del inmueble requerido, descrito en el capítulo de consideraciones del presente Acuerdo, el cual se encuentra ubicado en el Municipio de Puerto Vallarta, en esta Entidad Federativa, con una superficie total de 15,000 metros cuadrados, en un precio no mayor del que arrojó el avaluó que para tal fin se ha practicado, sujetándose estrictamente a los requisitos legales que resulten aplicables.

    La superficie, medidas, linderos, actos de titulación y registro y demás especificaciones del predio a adquirir por el Gobierno del Estado, son las que se desprendan de la subdivisión del inmueble descrito en la consideración XII del presente Acuerdo y que deberá ser descrito en el contrato de compraventa que por virtud de este Acuerdo se formalice.

    SEGUNDO.- Se instruye, asimismo, a la Secretarías de Planeación, Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado para efectuar el pago del precio del inmueble y los impuestos correspondientes, derivados de la compra venta, conforme a los recursos existentes y al presupuesto aprobado.

    TERCERO.- Comuníquese el presente Acuerdo para su debido cumplimiento, a las entidades públicas del Ejecutivo Estatal que deban de conocerlo, para que lleven a cabo todas las acciones de su competencia.

    CUARTO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su expedición, debiéndose publicar en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios y 8 fracción IV de la Ley del Periódico Oficial “El Estado de Jalisco”.

    Así lo acordó el Ciudadano Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, ante los Ciudadanos Secretarios General de Gobierno y Planeación, Administración y Finanzas, quienes autorizan y da fe.

    JORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZGobernador Constitucional del Estado

    (RÚBRICA)

    ARTURO ZAMORA JIMÉNEZSecretario General de Gobierno

    (RÚBRICA)

    RICARDO VILLANUEVA LOMELÍSecretario de Planeación, Administración y Finanzas

    (RÚBRICA)

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    D E C R E T O

    Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

    Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto

    MUNICIPIO POBLACIÓN TOTALCOEFICIENTE DE

    DISTRIBUCIÓN 2014

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    Diputada PresidentaNORMA ANGÉLICA CORDERO PRADO

    (RÚBRICA)

    Diputado SecretarioJOSÉ LUIS MUNGUÍA CARDONA

    (RÚBRICA)

    Diputado SecretarioNICOLÁS MAESTRO LANDEROS

    (RÚBRICA)

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    El Gobernador Constitucional del EstadoJORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZ

    (RÚBRICA)

    El Secretario General de GobiernoARTURO ZAMORA JIMÉNEZ

    (RÚBRICA)

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    D E C R E T O

    Al margen un sello que dice: Gobierno del Estado de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

    Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los habitantes del mismo hago saber, que por conducto de la Secretaría del H. Congreso de esta Entidad Federativa, se me ha comunicado el siguiente decreto

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    Municipio

    A_1

    FISM 2013*

    Coeficiente pobreza

    Pobreza Extrema 2010(4)

    Factor xi

    [(2)/Total(2)]*(3)

    (5)

    Factor zi

    (4)/Total(4)

    (2)

    Personas

    Miles

    (3)

    Carencias

    Promedio

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    Coeficiente pobreza

    Pobreza Extrema 2010(4)

    Factor xi

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    Personas

    Miles

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    Carencias

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    Pobreza Extrema 2010(4)

    Factor xi

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    Personas

    Miles

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    Carencias

    Promedio

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    Coeficiente pobreza

    Pobreza Extrema 2010(4)

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    Personas

    Miles

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    Carencias

    Promedio

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    FISM 2013*

    Coeficiente pobreza

    Pobreza Extrema 2010(4)

    Factor xi

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    (4)/Total(4)

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    Personas

    Miles

    (3)

    Carencias

    Promedio

    Totales 1,116,662,458.00 385,150.003.70 1.00

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    Diputada PresidentaNORMA ANGÉLICA CORDERO PRADO

    (RÚBRICA)

    Diputado SecretarioJOSÉ LUIS MUNGUÍA CARDONA

    (RÚBRICA)

    Diputado SecretarioNICOLÁS MAESTRO LANDEROS

    (RÚBRICA)

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    El Gobernador Constitucional del EstadoJORGE ARISTÓTELES SANDOVAL DÍAZ

    (RÚBRICA)

    El Secretario General de GobiernoARTURO ZAMORA JIMÉNEZ

    (RÚBRICA)

  • S U M A R I OLUNES 31 DE MARZO DE 2014

    NÚMERO 41 BIS. EDICIÓN ESPECIALTOMO CCCLXXVIII

    ACUERDO que autoriza la compra de un inmueble ubicado en Puerto Vallarta, Jalisco, para la Construcción de un Hospital Regional. Pág. 3

    DECRETO 24854/LX/14 que establece el coeficiente de distribución de los recursos provenientes del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los muncipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, que corresponden a los municipios del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2014. Pág. 7

    DECRETO 24855/LX/14 que establece el coeficiente de distribución de los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF 2014), que corresponden a los municipios del Estado de Jalisco para el Ejercicio Fiscal 2014. Pág. 14