lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

21
FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015) Presentación José P. Tirado -1- JORNADA FUNDACIÓN INADE EL NUEVO SISTEMA PARA LA VALORACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN Julio de 2015 José Pérez Tirado Abogado LUCRO CESANTE causado por INCAPACIDAD PERMANENTE y por INCAPACIDAD TEMPORAL

Upload: aurelio-fernandez-cobelo

Post on 15-Apr-2017

1.268 views

Category:

Law


3 download

TRANSCRIPT

Page 1: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-1-

JORNADAFUNDACIÓN INADE

EL NUEVO SISTEMA PARA LA VALORACIÓNDE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS A LAS PERSONAS EN ACCIDENTES DE CIRCULACIÓN

Julio de 2015José Pérez Tirado Abogado

LUCRO CESANTEcausado por

INCAPACIDAD PERMANENTEy por

INCAPACIDAD TEMPORAL

Page 2: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-2-

Presidente de la Comisión,

Prof. Dr. Miquel Martín-Casals:

Y a mí también y a las Asociaciones de Víctimas

“…me hubiera gustado dar cuatro ocinco pasos más”,

pero nadie podrá negar, a pesar de las múltiples críticas que existirán, quela Reforma presenta aspectos muy positivos

“que suponen dos o tres PASOS DEGIGANTE en la mejora del sistema”

Y también, como señala la mejor doctrina,

Mariano Medina Crespo,

“La regulación propuesta no seajusta al principio de la reparacióncompleta, pero se aproxima algo aella y se aparta, desde luego, deuna reparación tan parcial como laque proporciona el sistemavigente.”

Page 3: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-3-

EL FUTURO de las mejorasnecesarias estará en mano denuestros políticos en el trámiteparlamentario, y en la necesariaComisión de Seguimiento delSistema de Valoración, que prevécon acierto la DisposiciónAdicional Única de la Propuestade Reforma.

Muerte

1

Secuelas

2

Lesiones Temporales

3

NUEVO SISTEMA REFORMA - ESTRUCTURA

Page 4: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-4-

Perjuicios Personales BÁSICOS

A

Perjuicios

Personales PARTICULARES

B

PerjuicioPATRIMONIAL

C

DAÑO MORAL

DAÑO

PATRIMONIAL

NUEVO SISTEMA REFORMA - ESTRUCTURA

Secuelas

2

Perjuicio

Patrimonial

C

Page 5: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-5-

Daño

Emergente

Lucro

Cesante

Perjuicio

Patrimonial

C

LucroCesante

Tabla 2.C.4Incapacidad ABSOLUTA

Tabla 2.C.5Incapacidad TOTAL

Tabla 2.C.6Incapacidad PARCIAL

Tabla 2.C.7Incapacidad ABSOLUTAPendiente acceder mercado laboral

Tabla 2.C.8Incapacidad TOTALPendiente acceder mercado laboral

Page 6: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-6-

INDEMNIZACIONES POR SECUELAS TABLA 2.C - PERJUICIO PATRIMONIAL

DAÑO EMERGENTEGastos de asistencia sanitaria futura, prótesis y ortesis, y rehabilitación domiciliaria y ambulatoria

1. Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura según secuela Tabla 2.C.12. Prótesis y ortesis Hasta 50.000 € por recambio

3. Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria

Estados vegetativos crónicos y tetraplejias igual o por encima de C-4 Hasta 13.500 € anuales

Tetraplejias, Tetraparesias graves, secuelas graves del lenguaje y trastornos graves neuropsicológicos Hasta 9.500 € anuales

Resto de supuestos del artículo 113 Hasta 5.850 € anuales

Gastos por pérdida de autonomía personal

4. Ayudas técnicas Hasta 150.000 €

5. Adecuación de vivienda Hasta 150.000 €

6. Incremento de los costes de movilidad Hasta 60.000 €

7. Ayuda de tercera persona

Tabla de horas de ayuda a domicilio según secuela Tabla 2.C.2Tabla de indemnizaciones de ayuda de tercera persona Tabla 2.C.3

TABLAS DE LUCRO CESANTEPOR INCAPACIDAD PARA REALIZAR CUALQUIER TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.a) (ABSOLUTA) Tabla 2.C.4

POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR SU TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL del art. 129.b) (TOTAL) Tabla 2.C.5POR INCAPACIDAD QUE DE ORIGEN A UNA DISMINUCIÓN PARCIAL DE INGRESOS EN EL EJERCICIO DE SU TRABAJO OACTIVIDAD HABITUAL del art. 129.c) (PARCIAL) Tabla 2.C.6

POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.c) Tabla 2.C.7POR INCAPACIDAD TOTAL DE LESIONADO PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL del art. 130.d) Tabla 2.C.8

Subsección 3.ª Perjuicio patrimonial (Tabla 2.C) – DAÑO EMERGENTE

Artículo 113. Gastos previsibles de asistencia sanitaria futura.

Artículo 114. Resarcimiento de los gastos de asistencia sanitaria futura en el ámbitohospitalario y ambulatorio.

Artículo 115. Prótesis y ortesis.

Artículo 116. Rehabilitación domiciliaria y ambulatoria.

Artículo 117. Ayudas técnicas o productos de apoyo para la autonomía personal.

Artículo 118. Adecuación de vivienda.

Artículo 119. Perjuicio patrimonial por el incremento de costes de movilidad.

Artículo 120. Concepto de ayuda de tercera persona.

Artículo 121. Necesidad de ayuda de tercera persona.

Artículo 122. Sustitución de la indemnización de ayuda de tercera persona por atenciónsanitaria o socio-sanitaria de la víctima.

Artículo 123. Determinación del número de horas necesarias de ayuda de tercera persona.

Artículo 124. Momento de determinación del número de horas necesarias y factores deincremento posterior.

Artículo 125. Determinación de la cuantía indemnizatoria mediante multiplicando ymultiplicador.

Page 7: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-7-

LUCRO CESANTE

Artículo 126. Concepto de lucro cesante.En los supuestos de secuelas el lucro cesante consiste en la pérdida de capacidad deganancia por trabajo personal y, en particular, en el perjuicio que sufre el lesionado por lapérdida o disminución neta de ingresos provenientes de su trabajo.

Artículo 127. Cálculo del lucro cesante.1. Para calcular el lucro cesante del lesionado se multiplican sus ingresos netos o unaestimación del valor de su dedicación a las tareas del hogar o de su capacidad de obtenerganancias, como multiplicando, por el coeficiente actuarial que, como multiplicador,corresponda según las reglas que se establecen en los artículos siguientes.

2. Cuando el ingreso neto del lesionado se encuentre entre dos niveles de ingreso netoprevistos las tablas 2.C que correspondan, se asigna el lucro cesante correspondiente allímite superior.

Artículo 128. Cómputo de ingresos del lesionado portrabajo personal.

1. Para el cálculo del lucro cesante se tendrá en cuenta, a los efectos de determinar elmultiplicando, la pérdida de ingresos de trabajo personal del lesionado quecorresponda por su grado de incapacidad laboral de acuerdo con lo establecido en elartículo siguiente.

2. Los ingresos a tener en cuenta a los efectos del cálculo del lucro cesante son lospercibidos durante el año anterior al accidente o la media de los obtenidos en lostres años anteriores al mismo, si ésta fuera superior.

3. Si el lesionado estuviera en situación de desempleo en el momento del accidenteo lo hubiera estado en cualquiera de los tres años anteriores al mismo, se utilizarátambién para el cálculo de los ingresos previsto en el apartado anterior, lasprestaciones de desempleo que haya percibido y, en caso de no haberlas percibido,se computará como ingreso un salario mínimo interprofesional anual. En todo caso,el ingreso mínimo que siempre se tendrá en cuenta será un salario mínimointerprofesional anual.

4. La fecha inicial del cómputo es la de estabilización de las secuelas, excepto en elcaso de lesionados pendientes de acceder al mercado laboral previsto en el artículo130, que se computa a partir de la edad de treinta años.

Page 8: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-8-

Artículo 129. Multiplicando ingresos trabajo personal.

La pérdida de ingresos de trabajo personal del lesionado en función del grado deincapacidad se determina de acuerdo con las reglas siguientes:

a) En los supuestos en que el lesionado queda incapacitado para realizar cualquiertipo de trabajo o actividad profesional se considera que el perjuicio que sufre es delcien por cien de sus ingresos.

b) En los supuestos en que el lesionado queda incapacitado para realizar su trabajo oactividad profesional habitual se considera que el perjuicio que sufre es del cincuentay cinco por ciento de sus ingresos, hasta los cincuenta y cinco años, y del setenta ycinco por ciento, a partir de esta edad.

c) En los supuestos en que las secuelas que padezca el lesionado disminuyanparcialmente sus ingresos o su rendimiento normal en el ejercicio de su trabajo oactividad profesional habituales de forma acusada se considera que el perjuicio quesufre equivale al importe de los ingresos correspondientes a dos anualidades. Sepresume que la disminución es acusada cuando es igual o superior al treinta y tres porciento de los ingresos o del rendimiento normal para el trabajo o actividad profesionalhabitual.

Artículo 130. Lesionados pendientes de acceder almercado laboral menores de treinta años.

La pérdida de la capacidad de obtener ganancias de aquellos lesionados menoresde treinta años pendientes de acceder al mercado laboral se determina de acuerdocon las reglas siguientes:

a) Sólo se tiene en cuenta la pérdida de la capacidad de obtener ganancias en lossupuestos de incapacidad absoluta y total.

b) La fecha inicial del cómputo será a partir de los treinta años.

c) En los supuestos de incapacidad absoluta se computa como ingreso dejado deobtener, a los efectos de determinar el multiplicando, un salario mínimointerprofesional anual y medio.

d) En los supuestos de incapacidad total se computa como ingreso dejado deobtener el cincuenta y cinco por ciento de la cantidad señalada en el apartadoanterior. A estos efectos, se entiende por incapacidad total la imposibilidad dellevar a cabo una gran cantidad y variedad de actividades laborales.

e) Las cantidades anteriores podrán incrementarse hasta un veinte por ciento si ellesionado tuviere un nivel de formación superior.

Page 9: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-9-

Artículo 131. Multiplicando de lesionados condedicación a tareas del hogar de la unidad familiar.

1. En los supuestos de incapacidad absoluta el trabajo no remunerado del lesionadoque no obtenía ingresos por ser la persona que contribuía al sostenimiento de suunidad familiar mediante la dedicación exclusiva a las tareas del hogar se seguirán lasreglas siguientes:

a) Se valora dicho trabajo no remunerado en el equivalente a 1 SMI anual.

b) En unidades familiares de más de dos personas dicha equivalencia se incrementaen un diez por ciento del salario mínimo interprofesional anual por perjudicadoadicional menor de edad, persona con discapacidad o mayor de sesenta y siete añosque conviva en la unidad familiar del lesionado, sin que ese incremento adicionalpueda superar el importe de 1 SMI anual y medio.

2. En los supuestos de incapacidad total se computa como ingreso dejado de obtenerel cincuenta y cinco por ciento de las cantidades señaladas en el apartado anterior.A estos efectos, se entiende por incapacidad total la imposibilidad de llevar a cabo lastareas fundamentales del hogar siempre que pueda realizar otras distintas.

3. Si el lesionado estaba acogido a una reducción de la jornada de trabajo paracompatibilizar el trabajo remunerado con las tareas del hogar y el cuidado de lafamilia, la cantidad a percibir será de un tercio de la que resulte del cálculo delapartado primero.

Artículo 132. Multiplicador.

1. El multiplicador es el coeficiente que resulta de combinar los factores siguientes:

a) las pensiones públicas de incapacidad permanente absoluta, total o parcial a las que tenga derecho el lesionado, b) la duración del perjuicio, c) el riesgo de fallecimiento en función de su grado de incapacidad, y d) la tasa de interés de descuento, que tiene en cuenta la inflación.

2. Los factores mencionados se calculan de acuerdo con las bases técnicasactuariales establecidas según lo dispuesto en el artículo 48.

3. …podrán establecerse reglamentariamente otros factores complementarios quetengan en cuenta otras contingencias relativas al lesionado y que sirvan a la mejorindividualización del perjuicio.

4. Las pensiones públicas a las que tenga derecho el lesionado, tales como las deincapacidad permanente, absoluta, total o parcial, son objeto de estimación, peropuede acreditarse la percepción de pensiones distintas a las estimadas. En lossupuestos de gran invalidez sólo se computará en el multiplicador la partecorrespondiente a la pensión de incapacidad permanente absoluta.

5. Al lesionado que no obtenía ingresos por dedicarse en exclusiva a las tareas delhogar de su unidad familiar, aunque no percibe pensiones públicas, se le aplicaránlas indemnizaciones por lucro cesante previstas en las tablas 2 C para lesionadoscon ingresos, si bien incrementadas en un veinticinco por ciento.

Page 10: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-10-

Artículo 133. Duración del perjuicio.

1. En los supuestos de incapacidad permanente absoluta o total la duración delperjuicio finaliza a la edad de jubilación. Si el lesionado había superado la edadde jubilación en el momento del accidente, pero seguía teniendo ingresos portrabajo personal, la duración del perjuicio es de un año.

2. En el supuesto de incapacidad permanente parcial prevista en el artículo129.c) la duración es de dos años.

ALGUNOS CASOS PRÁCTICOS

INDEMNIZACIONES POR LUCRO CESANTE

INCAPACIDADES PERMANENTES

Page 11: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-11-

CASO 1.1 – DOCTORA OTORRINO 52 AÑOS - RÉGIMEN ESPECIAL AUTÓNOMOSCon ingresos netos de 87.300 € durante el año anterior al accidente.Estudio de los 3 años anteriores resultaban 84.700 € de promedio anual.ABSOLUTA con 91 puntos secuelas funcionales y 27 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Doctora 52 años 87.300 € 2.C.4 612.915 €

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

CASO 1.2 - TOTAL con 51 puntos secuelas funcionales y 12 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Doctora 52 años 87.300 € 2.C.5 346.265 €

CASO 1.3 - PARCIAL con 35 puntos secuelas funcionales y 6 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Doctora 52 años 87.300 € 2.C.6 109.833 €

Tabla 2.C.4 INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD PARA REALIZAR CUALQUIER TRABAJO O ACTIVIDAD PROFESIONAL (ABSOLUTA)

ingreso neto Edad del lesionado

Hasta 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 549.000,00 16.087 € 15.236 € 14.391 € 13.553 € 12.723 € 11.901 € 11.090 € 10.290 € 9.503 € 8.729 € 7.970 € 7.231 € 6.512 €

12.000,00 21.449 € 20.314 € 19.188 € 18.070 € 16.963 € 15.868 € 14.787 € 13.720 € 12.670 € 11.638 € 10.627 € 9.642 € 8.683 €

15.000,00 26.812 € 25.393 € 23.984 € 22.588 € 21.204 € 19.835 € 18.483 € 17.150 € 15.838 € 14.548 € 13.284 € 12.052 € 10.854 €

18.000,00 32.174 € 30.471 € 28.781 € 27.105 € 25.445 € 23.803 € 22.180 € 20.580 € 19.005 € 17.458 € 15.941 € 14.463 € 13.025 €

21.000,00 37.536 € 35.550 € 33.578 € 31.623 € 29.686 € 27.770 € 25.877 € 24.010 € 22.173 € 20.367 € 18.597 € 16.873 € 15.196 €

24.000,00 42.899 € 40.629 € 38.375 € 36.140 € 33.927 € 31.737 € 29.574 € 27.440 € 25.340 € 23.277 € 21.254 € 19.284 € 17.366 €

27.000,00 48.261 € 45.707 € 43.172 € 40.658 € 38.168 € 35.704 € 33.270 € 30.870 € 28.508 € 26.186 € 23.911 € 21.694 € 19.537 €

30.000,00 53.623 € 50.786 € 47.969 € 45.175 € 42.408 € 39.671 € 36.967 € 34.300 € 31.675 € 29.096 € 26.568 € 24.105 € 21.708 €

33.000,00 58.986 € 55.864 € 52.766 € 49.693 € 46.649 € 43.638 € 40.664 € 37.730 € 34.843 € 32.006 € 29.224 € 26.515 € 23.879 €

36.000,00 64.348 € 60.943 € 57.563 € 54.210 € 50.890 € 47.605 € 44.360 € 41.160 € 38.010 € 34.915 € 31.881 € 28.926 € 26.050 €

39.000,00 69.710 € 66.021 € 62.360 € 58.728 € 55.131 € 51.572 € 48.057 € 44.590 € 41.178 € 37.825 € 34.538 € 31.336 € 28.220 €

42.000,00 104.568 € 99.905 € 95.250 € 90.605 € 85.973 € 81.358 € 76.764 € 72.194 € 67.654 € 63.149 € 58.683 € 54.284 € 49.949 €

45.000,00 153.829 € 147.856 € 141.860 € 135.843 € 129.807 € 123.753 € 117.684 € 111.604 € 105.514 € 99.420 € 93.323 € 87.261 € 81.228 €

48.000,00 203.091 € 195.807 € 188.470 € 181.081 € 173.640 € 166.148 € 158.605 € 151.013 € 143.374 € 135.690 € 127.962 € 120.239 € 112.508 €

51.000,00 252.352 € 243.757 € 235.080 € 226.320 € 217.474 € 208.543 € 199.525 € 190.423 € 181.234 € 171.961 € 162.602 € 153.216 € 143.787 €

54.000,00 301.614 € 291.708 € 281.691 € 271.558 € 261.307 € 250.937 € 240.446 € 229.832 € 219.094 € 208.231 € 197.241 € 186.194 € 175.067 €

57.000,00 350.875 € 339.659 € 328.301 € 316.796 € 305.141 € 293.332 € 281.366 € 269.241 € 256.954 € 244.502 € 231.881 € 219.171 € 206.346 €

60.000,00 400.137 € 387.610 € 374.911 € 362.034 € 348.974 € 335.727 € 322.287 € 308.651 € 294.814 € 280.772 € 266.520 € 252.149 € 237.626 €

63.000,00 449.399 € 435.561 € 421.521 € 407.272 € 392.808 € 378.122 € 363.208 € 348.060 € 332.674 € 317.043 € 301.160 € 285.126 € 268.905 €

66.000,00 498.660 € 483.511 € 468.131 € 452.511 € 436.642 € 420.516 € 404.128 € 387.470 € 370.534 € 353.314 € 335.799 € 318.104 € 300.185 €

69.000,00 547.922 € 531.462 € 514.741 € 497.749 € 480.475 € 462.911 € 445.049 € 426.879 € 408.394 € 389.584 € 370.439 € 351.081 € 331.464 €

72.000,00 597.183 € 579.413 € 561.352 € 542.987 € 524.309 € 505.306 € 485.969 € 466.289 € 446.254 € 425.855 € 405.078 € 384.058 € 362.744 €

75.000,00 646.445 € 627.364 € 607.962 € 588.225 € 568.142 € 547.701 € 526.890 € 505.698 € 484.114 € 462.125 € 439.718 € 417.036 € 394.023 €

78.000,00 695.706 € 675.315 € 654.572 € 633.463 € 611.976 € 590.095 € 567.810 € 545.107 € 521.974 € 498.396 € 474.357 € 450.013 € 425.303 €

81.000,00 744.968 € 723.265 € 701.182 € 678.702 € 655.809 € 632.490 € 608.731 € 584.517 € 559.834 € 534.666 € 508.997 € 482.991 € 456.582 €

84.000,00 794.229 € 771.216 € 747.792 € 723.940 € 699.643 € 674.885 € 649.651 € 623.926 € 597.694 € 570.937 € 543.636 € 515.968 € 487.862 €

87.000,00 843.491 € 819.167 € 794.402 € 769.178 € 743.476 € 717.280 € 690.572 € 663.336 € 635.554 € 607.207 € 578.276 € 548.946 € 519.141 €

90.000,00 892.752 € 867.118 € 841.013 € 814.416 € 787.310 € 759.674 € 731.492 € 702.745 € 673.414 € 643.478 € 612.915 € 581.923 € 550.421 €

93.000,00 942.014 € 915.069 € 887.623 € 859.654 € 831.143 € 802.069 € 772.413 € 742.155 € 711.274 € 679.749 € 647.555 € 614.901 € 581.700 €

96.000,00 991.275 € 963.019 € 934.233 € 904.893 € 874.977 € 844.464 € 813.333 € 781.564 € 749.134 € 716.019 € 682.194 € 647.878 € 612.980 €

99.000,00 1.040.537 € 1.010.970 € 980.843 € 950.131 € 918.810 € 886.859 € 854.254 € 820.973 € 786.994 € 752.290 € 716.834 € 680.856 € 644.259 €

102.000,00 1.089.798 € 1.058.921 € 1.027.453 € 995.369 € 962.644 € 929.253 € 895.174 € 860.383 € 824.854 € 788.560 € 751.473 € 713.833 € 675.539 €

105.000,00 1.139.060 € 1.106.872 € 1.074.063 € 1.040.607 € 1.006.477 € 971.648 € 936.095 € 899.792 € 862.714 € 824.831 € 786.112 € 746.810 € 706.818 €

108.000,00 1.188.321 € 1.154.823 € 1.120.674 € 1.085.846 € 1.050.311 € 1.014.043 € 977.015 € 939.202 € 900.574 € 861.101 € 820.752 € 779.788 € 738.098 €

111.000,00 1.237.583 € 1.202.773 € 1.167.284 € 1.131.084 € 1.094.144 € 1.056.438 € 1.017.936 € 978.611 € 938.434 € 897.372 € 855.391 € 812.765 € 769.377 €

114.000,00 1.286.845 € 1.250.724 € 1.213.894 € 1.176.322 € 1.137.978 € 1.098.833 € 1.058.857 € 1.018.021 € 976.294 € 933.643 € 890.031 € 845.743 € 800.657 €

117.000,00 1.336.106 € 1.298.675 € 1.260.504 € 1.221.560 € 1.181.811 € 1.141.227 € 1.099.777 € 1.057.430 € 1.014.154 € 969.913 € 924.670 € 878.720 € 831.936 €

120.000,00 1.385.368 € 1.346.626 € 1.307.114 € 1.266.798 € 1.225.645 € 1.183.622 € 1.140.698 € 1.096.839 € 1.052.014 € 1.006.184 € 959.310 € 911.698 € 863.216 €

Page 12: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-12-

NIÑO DE 6 AÑOS - PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORALABSOLUTA con 100 puntos secuelas funcionales y 50 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Estudiante 6 años 13.620,60 € 2.C.7 160.816 €

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

Tabla 2.C.7 INDEMNIZACIONES POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADOS PENDIENTES DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL

ingreso neto Edad del lesionado

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

1,5 SMI 145.261 € 148.427 € 151.514 € 154.583 € 157.674 € 160.816 € 164.023 € 167.300 € 170.648 € 174.065 € 177.552 € 181.120 € 184.792 € 188.611 € 192.649 €

ingreso neto 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30

1,5 SMI196.849 € 201.217 € 205.853 € 210.764 € 215.960 € 221.450 € 227.245 € 233.354 € 239.789 € 246.559 € 253.677 € 261.154 € 269.002 € 277.235 € 285.866 €

(*) Se puede aumentar hasta un 20% si el lesionado tuviera un nivel de formación superior

NIÑO DE 6 AÑOS - PENDIENTE DE ACCEDER AL MERCADO LABORALTOTAL con 51 puntos secuelas funcionales y 12 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Estudiante 6 años 13.620,60 € 2.C.8 106.217 €

Page 13: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-13-

TABLA 2.C.7

LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD ABSOLUTA DE LESIONADOS PENDIENTES DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL

ingreso neto: 1,5 SMI

Edad del lesionado Hasta

1 145.261 €

2 148.427 €

3 151.514 €

4 154.583 €

5 157.674 €

6 160.816 €

7 164.023 €

8 167.300 €

9 170.648 €

10 174.065 €

11 177.552 €

12 181.120 €

13 184.792 €

14 188.611 €

15 192.649 €

16 196.849 €

17 201.217 €

18 205.853 €

19 210.764 €

20 215.960 €

21 221.450 €

22 227.245 €

23 233.354 €

24 239.789 €

25 246.559 €

26 253.677 €

27 261.154 €

28 269.002 €

29 277.235 €

30 285.866 €

INCAPACIDAD ABSOLUTAJOVEN 18 AÑOS

205.853 €Indemnización LUCRO CESANTE

TABLA 2.C.8

LUCRO CESANTE POR INCAPACIDAD TOTAL DE LESIONADOS PENDIENTES DE ACCEDER AL MERCADO LABORAL

ingreso neto: 0,8 SMI(*)

Edad del lesionado Hasta

1 96.217 €

2 98.157 €

3 100.125 €

4 102.123 €

5 104.153 €

6 106.217 €

7 108.325 €

8 110.470 €

9 112.656 €

10 114.889 €

11 117.167 €

12 119.487 €

13 121.860 €

14 124.292 €

15 126.786 €

16 129.350 €

17 131.992 €

18 134.719 €

19 137.522 €

20 140.405 €

21 143.371 €

22 146.421 €

23 149.554 €

24 152.774 €

25 156.080 €

26 159.488 €

27 162.977 €

28 166.552 €

29 170.217 €

30 173.979 €

(*) CORRESPONDE AL 55% DE 1,5 SMI

INCAPACIDAD TOTALJOVEN 18 AÑOS

134.719 €Indemnización LUCRO CESANTE

Page 14: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-14-

ESTUDIANTE 25 AÑOS - PENDIENTE ACCEDER MERCADO LABORALEstudios universitarios que se cataloga de “nivel de formación superior”.Sin ingresos económicos al sufrir el accidente.ABSOLUTA con 100 puntos secuelas funcionales y 50 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Estudiante pendiente acceder mercado laboral

25 años 13.620,60 € 2.C.7 + 20% 295.871 €

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

MENSAJERO DE 25 AÑOS - RÉGIMEN GENERAL SEGURIDAD SOCIALEstudios universitarios que se cataloga de “nivel de formación superior”.Compatibiliza trabajo con estudios universitarios.Con ingresos netos de 12.600 € durante el año anterior al accidente.ABSOLUTA con 100 puntos secuelas funcionales y 50 puntos estéticas

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Mensajero 25 años 12.600 € 2.C.4 52.294 €

ESTUDIANTE 25 AÑOS - PENDIENTE ACCEDER MERCADO LABORALEstudios universitarios que se cataloga de “nivel de formación superior”.Sin ingresos económicos al sufrir el accidente.TOTAL con 51 puntos secuelas funcionales y 12 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Estudiante pendiente acceder mercado laboral

25 años 13.620,60 € 2.C.8 + 20% 187.296 €

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

MENSAJERO DE 25 AÑOS - RÉGIMEN GENERAL SEGURIDAD SOCIALCompatibiliza trabajo con estudios universitarios.Con ingresos netos de 12.600 € durante el año anterior al accidente.TOTAL con 51 puntos secuelas funcionales y 12 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Mensajero 25 años 12.600 € 2.C.5 35.085 €

Page 15: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-15-

ABOGADO DE 67 AÑOS - COTIZA EN MUTUALIDAD ABOGACÍACon ingresos netos de 44.700 € durante el año anterior al accidente.Estudio de los 3 años anteriores resultaban 49.500 € de promedio anual.Pensaba seguir ejerciendo durante los próximos años y tenía excelente salud.ABSOLUTA con 100 puntos secuelas funcionales y 50 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Abogado 67 años 49.500 € 2.C.4 11.751 €

Valoración con la propuesta del nuevo Baremo

TOTAL con 51 puntos secuelas funcionales y 12 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Abogado 67 años 49.500 € 2.C.5 16.663 €

PARCIAL con 22 puntos secuelas funcionales y 7 puntos estéticas

Profesión Edad Ingresos netos Tabla aplicable Lucro Cesante

Abogado 67 años 49.500 € 2.C.6 32.975 €

INDEMNIZACIONES POR LESIONES TEMPORALES

Artículo 134. Valoración de la indemnización por lesionestemporales.

1. Son lesiones temporales las que sufre el lesionado desde el momento del accidentehasta el final de su proceso curativo o hasta la estabilización de la lesión y su conversiónen secuela.

2. La indemnización por lesiones temporales es compatible con la que proceda porsecuelas o, en su caso, por muerte y se cuantifica conforme a las disposiciones y reglas quese establecen en este capítulo y que se reflejan en los distintos apartados de la tabla 3 quefigura como anexo.

3. La tabla 3 contiene tres apartados:a) La tabla 3.A establece la cuantía del perjuicio personal básico de acuerdo con loscriterios y reglas de este sistema.b) La tabla 3.B establece la cuantía de los perjuicios personales particulares de acuerdocon los criterios y reglas de este sistema.c) La tabla 3.C establece la cuantía de los perjuicios patrimoniales, distinguiendo lascategorías del daño emergente y del lucro cesante, de acuerdo con los criterios y reglas deeste sistema.

Page 16: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-16-

INDEMNIZACIONES POR LESIONES TEMPORALES

Tabla 3

Tabla 3.A Perjuicio Personal Básico

Indemnización por día 30 €

Tabla 3.B Perjuicio Personal Particular

Por pérdida temporal de calidad de vida

Indemnización por día (*)

Muy Grave 100 €Grave 75 €Moderado 52 €(*) Incluye la indemnización por perjuicio básico

Por cada intervención quirúrgica De 400 € hasta 1.600 €

Tabla 3.C Perjuicio Patrimonial

Gastos de asistencia sanitaria su importeGastos diversos resarcibles su importeLucro cesante su importe

Artículo 143. Lucro cesante por lesiones temporales.

1. En los supuestos de lesiones temporales el lucro cesante consiste en la pérdida odisminución temporal de ingresos netos provenientes del trabajo personal dellesionado o, en caso de su dedicación exclusiva a las tareas del hogar, en unaestimación del valor de dicha dedicación cuando no pueda desempeñarlas. Laindemnización por pérdida o disminución de dedicación a las tareas del hogar esincompatible con el resarcimiento de los gastos generados por la sustitución detales tareas.

2. La pérdida de ingresos netos variables se acreditará mediante la referencia a lospercibidos en períodos análogos del año anterior al accidente o a la media de losobtenidos en los tres años inmediatamente anteriores al mismo, si ésta fuerasuperior.

3. De las cantidades que resultan de aplicar los criterios establecidos en los dosapartados anteriores se deducen las prestaciones de carácter público que percibael lesionado por el mismo concepto.

4. La dedicación a las tareas del hogar se valorará en la cantidad diaria de unsalario mínimo interprofesional anual hasta el importe máximo totalcorrespondiente a una mensualidad en los supuestos de curación sin secuelas ocon secuelas iguales o inferiores a tres puntos. En los demás casos se aplicarán loscriterios previstos en el artículo 131 relativos al multiplicando aplicable en talescasos.

Page 17: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-17-

CASOS PRÁCTICOS

INDEMNIZACIONES POR LUCRO CESANTE

LESIONES TEMPORALES

COMPARATIVASBAREMO 2014 con FUTURA REFORMA

1.- Empleado de 56 años, con 100 días impeditivos. Ingresos 100.000 €Sin pérdidas económicas durante la incapacidad laboral.

Perjudicado Tabla V - B Futuro – Tabla 3.C

Perjuicio Económico

Porcentaje Lucro cesante

Lesionado4.380 €

75% indemnización básica de 5.841 €

0 €

SUMA TOTAL 4.380 € 0 €

2.- Empleado de 56 años, con 100 días impeditivos. Ingresos 100.000 €Con pérdidas económicas de 6.000 € durante la incapacidad laboral.

Perjudicado Tabla V - B Futuro – Tabla 3.C

Perjuicio Económico

Porcentaje Lucro cesante

Lesionado4.380 €

75% indemnización básica de 5.841 €

6.000 €

SUMA TOTAL 4.380 € 6.000 €

Page 18: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-18-

SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2015

Salario Mínimo diario: 21,62 €

Salario Mínimo mensual: 648,60 €

Salario Mínimo anual: 9.080,40 €

LUCRO CESANTE DIARIO PERSONA CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA A LAS TAREAS DEL HOGAR

9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día

PERSONA CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA A LAS TAREAS DEL HOGARcuración sin secuelas o con secuelas iguales o inferiores a tres puntos

MÁXIMO: 24,87 €/día x 30 días = 746,10 €/mes

Artículo 131.- Multiplicando en caso de lesionados con dedicación a lastareas del hogar de la unidad familiar.

a) En unidades familiares de más de dos personas dicha equivalencia seincrementa en un diez por ciento del salario mínimo interprofesional anualpor perjudicado adicional menor de edad, persona con discapacidad o mayorde sesenta y siete años que conviva en la unidad familiar del lesionado, sinque ese incremento adicional pueda superar el importe de un salario mínimointerprofesional anual y medio.

LUCRO CESANTE DIARIO PERSONA CON DEDICACIÓN EXCLUSIVA A LAS TAREAS DEL HOGAR

UNIDADES FAMILIARES DE MÁS DE 2 PERSONAS

3 personas 9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día + 10% = 27,35 €/día4 personas 9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día + 20% = 29,84 €/día5 personas 9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día + 30% = 32,33 €/día6 personas 9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día + 40% = 34,81 €/día7 personas 9.080,40 €/365 días = 24,87 €/día + 50% = 37,30 €/día

b) El lesionado acogido a una reducción de jornada de trabajo paracompatibilizar el trabajo remunerado con las tareas del hogar y el cuidado dela familia, la cantidad a percibir será un tercio.

Page 19: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-19-

EJEMPLOS EN UN SUPUESTO DE 1 SMI ANUAL – TAREAS HOGAR

Lesionada de 100 días de pérdida temporal de calidad de vida (perjuiciomoderado) con 3 puntos de secuelas.Indemnización por lucro cesante: MÁXIMO: 24,87 €/día x 30 días = 746,10 €

Lesionada de 100 días de pérdida temporal de calidad de vida (perjuiciomoderado) con 4 puntos de secuelas.Indemnización por lucro cesante: 24,87 €/día x 100 días = 2.487,00 €

EJEMPLOS EN UN SUPUESTO DE 1,5 SMI ANUAL – TAREAS HOGAR

Lesionada de 100 días de pérdida temporal de calidad de vida (perjuiciomoderado) con 3 puntos de secuelas con 5 hijos menores.Indemnización por lucro cesante: MÁXIMO: 24,87 €/día x 30 días = 746,10 €

Lesionada de 100 días de pérdida temporal de calidad de vida (perjuiciomoderado) con 4 puntos de secuelas con 5 hijos menores.Indemnización por lucro cesante: 37,30 €/día x 100 días = 3.730,00 €

EJEMPLOS EN UN SUPUESTO DE 1 SMI ANUAL – TAREAS HOGARACTUALMENTE – SIN SECUELAS

Lesionada de 100 días impeditivos:100 días x 58,41 € = 5.841,00 €10% factor corrección perjuicios económicos = 584,10 €TOTAL 6.425,10 €

PROYECTO DE LEY = -479,00 €

Lesionada de 100 días pérdida temporal de calidad de vida (perjuicio moderado):100 días x 52,00 € = 5.200,00 €Lucro cesante: MÁXIMO: 24,87 €/día x 30 días = 746,10 €TOTAL 5.946,10 €

Page 20: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-20-

EJEMPLOS EN UN SUPUESTO DE 1 SMI ANUAL – TAREAS HOGARACTUALMENTE – 3 PUNTOS SECUELAS

Lesionada de 100 días impeditivo y 3 puntos de secuelas:100 días x 58,41 € = 5.841,00 €10% factor corrección perjuicios económicos = 584,10 €3 puntos a 761,35 € (41 años) = 2.284,05 €10% factor corrección perjuicios económicos = 228,40 €TOTAL 8.910,55 €

PROYECTO DE LEY = -490,43 €

Lesionada de 100 días pérdida temporal de calidad de vida (perjuicio moderado)y 3 puntos de secuelas:100 días x 52,00 € = 5.200,00 €Lucro cesante: MÁXIMO: 24,87 €/día x 30 días = 746,10 €3 puntos a los 41 años = 2.474,02 €TOTAL 8.420,12 €

EJEMPLOS EN UN SUPUESTO DE 1 SMI ANUAL – TAREAS HOGARACTUALMENTE – 4 PUNTOS SECUELAS

Lesionada de 100 días impeditivo y 4 puntos de secuelas:100 días x 58,41 € = 5.841,00 €10% factor corrección perjuicios económicos = 584,10 €4 puntos a 775,94 € (41 años) = 3.103,76 €10% factor corrección perjuicios económicos = 310,37 €TOTAL 9.839,23 €

PROYECTO DE LEY = +1.216,46 €

Lesionada de 100 días pérdida temporal de calidad de vida (perjuicio moderado)y 4 puntos de secuelas:100 días x 52,00 € = 5.200,00 €Indemnización por lucro cesante: 24,87 €/día x 100 días = 2.487,00 €4 puntos a los 41 años = 3.368,69 €TOTAL 11.055,69 €

Page 21: Lucro cesante por secuelas y lesiones temporales

FORO INADE “Análisis del nuevo baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico” (14-15/07/2015)

Presentación José P. Tirado

-21-

EJEMPLO LUCRO CESANTE AUTÓNOMOTALLER REPARACIONES

ACTUALMENTE:

Lesionado de 100 días impeditivos con ingresos netos de 28.000 €100 días impeditivos x 58,41 € = 5.841,00 €Perjuicio económicos 10% = 584,10 €

TOTAL 6.425,10 €

PROYECTO DE LEY = +6.445,90 €

Lesionado de 100 días de pérdida temporal de calidad de vida (perjuiciomoderado) con ingresos netos de 28.000 €, que acredita en virtud de su Renta uningreso neto/día de 76,71 €PROYECTO DE LEY:100 días pérdida calidad de vida moderado x 52,00 € = 5.200,00 €Lucro cesante lesión temporal 76,71 € x 100 = 7.671,00 €

TOTAL 12.871,00 €

MUCHAS

GRACIAS