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  i LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL LPI   PDA No. 001 de 2012 IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE OPTIMIZACIÓN HIDRÁULICA DE LA RED DE DISTRIBUCIÓN Y PROGRAMA DE GESTIÓN DE DEMANDA PARA EL ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO DE RIOHACHA. FASE I Préstamo:  PRÉSTAMO BIRF 7434 - CO CINCO COMISIÓN INTERSECTORIAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA Banco Interamericano de Desarrollo Banco Mundial Contratante: GOBERNACIÓN DE LA GUAJIRA Julio 2012

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    LICITACIN PBLICA INTERNACIONAL

    LPI PDA No. 001 de 2012

    IMPLEMENTACIN DEL PROYECTO DE OPTIMIZACIN

    HIDRULICA DE LA RED DE DISTRIBUCIN Y PROGRAMA DE

    GESTIN DE DEMANDA PARA EL ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO

    DE RIOHACHA. FASE I

    Prstamo: PRSTAMO BIRF 7434 - CO

    CINCO

    COMISIN INTERSECTORIAL DE CONTRATACIN PBLICA

    Banco Interamericano

    de Desarrollo

    Banco Mundial

    Contratante: GOBERNACIN DE LA GUAJIRA

    Julio 2012

  • Pgina 1 de 297

    LICITACIN PBLICA INTERNACIONAL

    LPI PDA No. 001 de 2012

    IMPLEMENTACIN DEL PROYECTO DE OPTIMIZACIN

    HIDRULICA DE LA RED DE DISTRIBUCIN Y PROGRAMA DE

    GESTIN DE DEMANDA PARA EL ACUEDUCTO DEL MUNICIPIO

    DE RIOHACHA.

    FASE I

    Prstamo: PRSTAMO BIRF 7434 CO

    Contratante: GOBERNACIN DE LA GUAJIRA

    Pas: COLOMBIA

    Emitido el: JULIO 12 DE 2012

  • Pgina 2 de 297

    ndice General

    Seccin I. Instrucciones a los Oferentes ................................................................................ 3

    Seccin II. Datos de la Licitacin (DDL) ............................................................................ 44

    Seccin III. Pases Elegibles para el BID ............................................................................ 54

    Seccin III. Pases Elegibles para el BIRF .......................................................................... 56

    Seccin IV. Formularios de la Oferta .................................................................................. 57

    Seccin V. Condiciones Generales del Contrato ................................................................. 67

    Seccin VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) ................................................. 112

    Seccin X. Formularios de Garanta ................................................................................. 285

  • Pgina 3 de 297

    Seccin I. Instrucciones a los Oferentes

    En esta seccin de los documentos de licitacin se proporciona la informacin que los

    Oferentes necesitan para preparar Ofertas que se ajusten a los requisitos exigidos por el

    Contratante. Tambin se provee informacin sobre la presentacin, apertura y evaluacin de

    las Ofertas, y sobre la adjudicacin del Contrato.

    Las disposiciones que rigen el desempeo del Contratista, los pagos que se efecten en virtud

    del Contrato, o lo relativo a los riesgos, derechos y obligaciones de las partes en virtud del

    Contrato no se incluyen normalmente en esta seccin, sino en la Seccin V, Condiciones

    Generales del Contrato (CGC), y/o en la Seccin VI, Condiciones Especiales del Contrato

    (CEC). En caso de que no pueda evitarse el tratamiento de un mismo tema en distintas

    secciones de los documentos, habr que tener especial cuidado para evitar las

    contradicciones entre clusulas que se refieran al mismo asunto.

    Estas Instrucciones a los Oferentes no formarn parte del Contrato y dejarn de tener

    vigencia una vez que ste haya sido firmado.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes.

    Pgina 4 de 297

    ndice de Clusulas

    A. Disposiciones Generales ............................................................................................... 6

    1. Alcance de la Licitacin ................................................................................................. 6

    2. Fuente de fondos ............................................................................................................ 6

    3. Fraude y corrupcin de conformidad con las polticas del BID .................................... 6

    3. Prcticas Prohibidas de conformidad con las polticas del BID .................................. 11

    3. Fraude y Corrupcin de conformidad con las polticas del BIRF ................................ 17

    4. En el caso del BID Oferentes Elegibles ....................................................................... 19

    4. En caso del BIRF ......................................................................................................... 21

    4.1 Oferentes Elegibles: ..................................................................................................... 21

    4.2 Elegibilidad de los Materiales, Equipos y Servicios en caso del BIRF: ...................... 23

    5. Calificaciones del Oferente .......................................................................................... 24

    6. Una Oferta por Oferente .............................................................................................. 27

    7. Costo de las propuestas ................................................................................................ 27

    8. Visita al sitio de las obras ............................................................................................ 27

    B. Documentos de Licitacin ......................................................................................... 27

    9. Contenido de los Documentos de Licitacin ............................................................... 27

    10. Aclaracin de los Documentos de Licitacin .............................................................. 28

    11. Enmiendas a los Documentos de Licitacin ................................................................ 28

    C. Preparacin de las Ofertas ........................................................................................ 29

    12. Idioma de las Ofertas ................................................................................................... 29

    13. Documentos que conforman la Oferta ......................................................................... 29

    14. Precios de la Oferta ...................................................................................................... 29

    15. Monedas de la Oferta y pago ....................................................................................... 30

    16. Validez de las Ofertas .................................................................................................. 31

    17. Garanta de Mantenimiento de la Oferta y Declaracin de Mantenimiento de la Oferta ...................................................................................................................................... 31

    18. Ofertas alternativas de los Oferentes ........................................................................... 33

    19. Formato y firma de la Oferta........................................................................................ 34

    D. Presentacin de las Ofertas ....................................................................................... 34

    20. Presentacin, sello e identificacin de las Ofertas ....................................................... 34

    21. Plazo para la presentacin de las Ofertas ..................................................................... 35

    22. Ofertas tardas .............................................................................................................. 35

    23. Retiro, sustitucin y modificacin de las Ofertas ........................................................ 36

    E. Apertura y Evaluacin de las Ofertas ...................................................................... 36

    24. Apertura de las Ofertas ................................................................................................ 36

    25. Confidencia-lidad ......................................................................................................... 37

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes.

    Pgina 5 de 297

    26. Aclaracin de las Ofertas ............................................................................................. 37

    27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento............................................ 38

    28. Correccin de errores ................................................................................................... 39

    29. Moneda para la evaluacin de las Ofertas ................................................................... 39

    30. Evaluacin y comparacin de las Ofertas .................................................................... 39

    31. Preferencia Nacional .................................................................................................... 40

    F. Adjudicacin del Contrato ........................................................................................ 40

    32. Criterios de Adjudicacin ............................................................................................ 40

    33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas .......................................................................................................................... 41

    34. Notificacin de adjudicacin y firma del Contrato ...................................................... 41

    35. Garanta de Cumplimiento ........................................................................................... 42

    36. Pago de anticipo y Garanta ......................................................................................... 43

    37. Mediador ...................................................................................................................... 43

  • Pgina 6 de 297

    Instrucciones a los Oferentes (IAO) 1.1.1.1.1

    A. Disposiciones Generales

    1. Alcance de la

    Licitacin

    1.1 El Contratante, segn la definicin1 que consta en las

    Condiciones Generales del Contrato (CGC) e identificado en la Seccin II, Datos de la Licitacin (DDL) invita a presentar Ofertas para la construccin de las Obras que se

    describen en los DDL y en la Seccin VI, Condiciones Especiales del Contrato (CEC). El nombre y el nmero de identificacin del proceso de licitacin estn especificados

    en los DDL.

    1.2 El Oferente seleccionado deber terminar las Obras en la

    Fecha Prevista de Terminacin especificada en los DDL y

    en la Subclusula 1.1 (r) de las CEC.

    1.3 En estos Documentos de Licitacin:

    (a) el trmino por escrito significa comunicacin en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo

    electrnico, facsmile, telex) con prueba de recibido;

    (b) si el contexto as lo requiere, el uso del singular corresponde igualmente al plural y viceversa; y

    (c) da significa da calendario.

    2. Fuente de

    fondos

    2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar

    una parte de los fondos del prstamo de los Bancos, (en

    adelante denominado el Banco), segn corresponda, identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el

    costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir

    los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras.

    2.2 El Banco efectuar pagos solamente a solicitud del

    Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de

    conformidad con las estipulaciones del Contrato de

    Prstamo. Dichos pagos se ajustarn en todos sus aspectos a

    las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco

    acuerde expresamente otra cosa, nadie ms que el Prestatario

    podr tener derecho alguno en virtud del Contrato de

    Prstamo ni tendr derecho alguno sobre los fondos del

    prstamo.

    3. Fraude y

    corrupcin de

    3.1 El Banco exige a todos los prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y

    1 Vase la Seccin V, Condiciones Generales del Contrato, Clusula 1. Definiciones.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 7 de 297

    conformidad con las

    polticas del BID

    [clusula exclusiva

    para contratos de

    prstamo firmados

    bajo poltica GN-

    2349-7]

    organismos contratantes, al igual que a todas las firmas,

    entidades o personas Oferentes por participar o

    participando en proyectos financiados por el Banco

    incluyendo, entre otros, solicitantes, Oferentes,

    contratistas, consultores y concesionarios (incluyendo sus

    respectivos funcionarios, empleados y representantes),

    observar los ms altos niveles ticos y denuncien al Banco

    todo acto sospechoso de fraude o corrupcin del cual tenga

    conocimiento o sea informado, durante el proceso de

    seleccin y las negociaciones o la ejecucin de un contrato.

    Los actos de fraude y corrupcin estn prohibidos. Fraude

    y corrupcin comprenden actos de: (a) prctica corruptiva;

    (b) prctica fraudulenta; (c) prctica coercitiva; y (d)

    prctica colusoria. Las definiciones que se transcriben a

    continuacin corresponden a los tipos ms comunes de

    fraude y corrupcin, pero no son exhaustivas. Por esta

    razn, el Banco tambin adoptar medidas en caso de

    hechos o denuncias similares relacionadas con supuestos

    actos de fraude y corrupcin, aunque no estn

    especificados en la lista siguiente. El Banco aplicar en

    todos los casos los procedimientos establecidos en la

    Clusula 3.1 (c).

    (a) El Banco define, para efectos de esta disposicin, los

    trminos que figuran a continuacin:

    (i) Una prctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,

    recibir o solicitar, directa o indirectamente, algo de

    valor para influenciar indebidamente las acciones de

    otra parte;

    (ii) Una prctica fraudulenta es cualquier acto u omisin,

    incluyendo la tergiversacin de hechos y

    circunstancias, que deliberadamente o por

    negligencia grave, engae, o intente engaar, a

    alguna parte para obtener un beneficio financiero o

    de otra ndole o para evadir una obligacin.

    (iii) Una prctica coercitiva consiste en perjudicar o

    causar dao, o amenazar con perjudicar o causar

    dao, directa o indirectamente, a cualquier parte o a

    sus bienes para influenciar en forma indebida las

    acciones de una parte; y

    (iv) Una prctica colusoria es un acuerdo entre dos o ms

    partes realizado con la intencin de alcanzar un

    propsito indebido, incluyendo influenciar en forma

    indebida las acciones de otra parte.

    (b) Si el Banco comprueba que, de conformidad con los

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 8 de 297

    procedimientos administrativos del Banco, cualquier

    firma, entidad o persona actuando como Oferente o

    participando en un proyecto financiado por el Banco

    incluyendo, entre otros, prestatarios, Oferentes,

    proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores

    y concesionarios, organismos ejecutores u organismos

    contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios,

    empleados y representantes) ha cometido un acto de

    fraude o corrupcin, el Banco podr:

    (i) decidir no financiar ninguna propuesta de

    adjudicacin de un contrato o de un contrato

    adjudicado para la adquisicin de bienes, la

    contratacin de obras o servicios de consultora

    financiadas por el Banco;

    (ii) suspender los desembolsos de la operacin, si se

    determina, en cualquier etapa, que existe evidencia

    suficiente para comprobar el hallazgo de que un

    empleado, agencia o representante del Prestatario, el

    Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha

    cometido un acto de fraude o corrupcin;

    (iii) cancelar y/o acelerar el pago de una parte del

    prstamo o de la donacin relacionada

    inequvocamente con un contrato, cuando exista

    evidencia de que el representante del Prestatario, o

    Beneficiario de una donacin, no ha tomado las

    medidas correctivas adecuadas en un plazo que el

    Banco considere razonable y de conformidad con las

    garantas de debido proceso establecidas en la

    legislacin del pas Prestatario;

    (iv) emitir una amonestacin en el formato de una carta

    formal de censura a la conducta de la firma, entidad

    o individuo;

    (v) declarar a una persona, entidad o firma inelegible,

    en forma permanente o por determinado perodo de

    tiempo, para que se le adjudiquen o participen en

    contratos bajo proyectos financiados por el Banco,

    excepto bajo aquellas condiciones que el Banco

    considere ser apropiadas;

    (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes

    encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o

    (vii) imponer otras sanciones que considere ser

    apropiadas bajo las circunstancias del caso,

    incluyendo la imposicin de multas que representen

    para el Banco un reembolso de los costos vinculados

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 9 de 297

    con las investigaciones y actuaciones. Dichas

    sanciones podrn ser impuestas en forma adicional o

    en sustitucin de otras sanciones.

    (c) El Banco ha establecido un procedimiento

    administrativo para los casos de denuncias de fraude

    y corrupcin dentro del proceso de adquisiciones o la

    ejecucin de un contrato financiado por el Banco, el

    cual est disponible en el sitio virtual del Banco

    (www.iadb.org). Para tales propsitos cualquier

    denuncia deber ser presentada a la Oficina de

    Integridad Institucional del Banco (OII) para la

    realizacin de la correspondiente investigacin. Las

    denuncias podrn ser presentadas confidencial o

    annimamente.

    (d) Los pagos estarn expresamente condicionados a que

    la participacin en el proceso de adquisiciones y las

    negociaciones o la ejecucin de un contrato de

    quienes soliciten dichos pagos se haya llevado de

    acuerdo con las polticas del Banco aplicables en

    materia de fraude y corrupcin que se describen en

    esta Clusula 3.1, y

    (e) La imposicin de cualquier medida que sea tomada

    por el Banco de conformidad con las provisiones

    referidas en el literal b) de esta Clusula podr hacerse

    de forma pblica o privada, de acuerdo con las

    polticas del Banco.

    3.2 El Banco tendr el derecho a exigir que en los contratos financiados con un prstamo o donacin del Banco, se

    incluya una disposicin que exija que los Oferentes,

    proveedores, contratistas, subcontratistas, consultores y

    concesionarios permitan al Banco revisar sus cuentas y

    registros y cualquier otros documentos relacionados con la

    presentacin de propuestas y con el cumplimiento del

    contrato y someterlos a una auditora por auditores

    designados por el Banco. Para estos efectos, el Banco

    tendr el derecho a exigir que se incluya en contratos

    financiados con un prstamo del Banco una disposicin

    que requiera que los Oferentes, proveedores, contratistas,

    subcontratistas, consultores y concesionarios: (i) conserven

    todos los documentos y registros relacionados con los

    proyectos financiados por el Banco por un perodo de tres

    (3) aos luego de terminado el trabajo contemplado en el

    respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento

    necesario para la investigacin de denuncias de fraude o

    corrupcin, y pongan a disposicin del Banco los

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 10 de 297

    empleados o agentes de los oferentes, proveedores,

    contratistas, subcontratistas, consultores y concesionarios

    que tengan conocimiento del proyecto financiado por el

    Banco para responder las consultas provenientes de

    personal del Banco o de cualquier investigador, agente,

    auditor o consultor apropiadamente designado para la

    revisin o auditora de los documentos. Si el Oferente,

    proveedor, contratista, subcontratista, consultor o

    concesionario incumple el requerimiento del Banco, o de

    cualquier otra forma obstaculiza la revisin del asunto por

    parte del Banco, el Banco, bajo su sola discrecin, podr

    tomar medidas apropiadas contra el Oferente, proveedor,

    contratista, subcontratista, consultor o concesionario.

    3.3 Los Oferentes debern declarar y garantizar:

    (a) que han ledo y entendido la prohibicin sobre actos

    de fraude y corrupcin dispuesta por el Banco y se

    obligan a observar las normas pertinentes;

    (b) que no han incurrido en ninguna infraccin de las

    polticas sobre fraude y corrupcin descritas en este

    documento;

    (c) que no han tergiversado ni ocultado ningn hecho

    sustancial durante los procesos de adquisicin o

    negociacin del contrato o cumplimiento del contrato;

    (d) que ninguno de sus directores, funcionarios o

    accionistas principales han sido declarados

    inelegibles para que se les adjudiquen contratos

    financiados por el Banco, ni han sido declarados

    culpables de delitos vinculados con fraude o

    corrupcin;

    (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o

    accionistas principales han sido director, funcionario o

    accionista principal de ninguna otra compaa o

    entidad que haya sido declarada inelegible para

    que se le adjudiquen contratos financiados por el

    Banco o ha sido declarado culpable de un delito

    vinculado con fraude o corrupcin;

    (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de

    representantes, pagos por servicios de facilitacin o

    acuerdos para compartir ingresos relacionados con el

    contrato o el contrato financiado por el Banco;

    (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera

    de estas garantas constituye el fundamento para la

    imposicin por el Banco de cualquiera o de un

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 11 de 297

    conjunto de medidas que se describen en la Clusula

    3.1 (b).

    3. Prcticas

    Prohibidas de

    conformidad

    con las polticas

    del BID

    [clusula

    exclusiva para

    contratos de

    prstamo

    firmados bajo

    poltica GN-

    2349-9]

    3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y

    organismos contratantes, al igual que a todas las firmas,

    entidades o individuos oferentes por participar o

    participando en actividades financiadas por el Banco

    incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores

    de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal,

    subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y

    concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios,

    empleados y representantes, ya sean sus atribuciones

    expresas o implcitas), observar los ms altos niveles ticos

    y denuncien al Banco todo acto sospechoso de constituir

    una Prctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea

    informado, durante el proceso de seleccin y las

    negociaciones o la ejecucin de un contrato. Las Prcticas

    Prohibidas comprenden actos de: (i) prcticas corruptivas;

    (ii) prcticas fraudulentas; (iii) prcticas coercitivas; y (iv)

    prcticas colusorias y (v) prcticas obstructivas. El Banco

    ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta

    comisin de Prcticas Prohibidas. Toda denuncia deber

    ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII)

    del Banco para que se investigue debidamente. El Banco

    tambin ha adoptado procedimientos de sancin para la

    resolucin de casos y ha celebrado acuerdos con otras

    Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar

    un reconocimiento recproco a las sanciones impuestas por

    sus respectivos rganos sancionadores.

    3.2 El Banco define, para efectos de esta disposicin, los trminos que figuran a continuacin:

    (i) Una prctica corruptiva consiste en ofrecer, dar,

    recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier

    cosa de valor para influenciar indebidamente las

    acciones de otra parte;

    (ii) Una prctica fraudulenta es cualquier acto u omisin,

    incluida la tergiversacin de hechos y circunstancias,

    que deliberada o imprudentemente, engaen, o

    intenten engaar, a alguna parte para obtener un

    beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir

    una obligacin;

    (iii) Una prctica coercitiva consiste en perjudicar o causar

    dao, o amenazar con perjudicar o causar dao,

    directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 12 de 297

    bienes para influenciar indebidamente las acciones de

    una parte;

    (iv) Una prctica colusoria es un acuerdo entre dos o ms

    partes realizado con la intencin de alcanzar un

    propsito inapropiado, lo que incluye influenciar en

    forma inapropiada las acciones de otra parte; y

    (v) Una prctica obstructiva consiste en:

    a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar

    deliberadamente evidencia significativa para la

    investigacin o realizar declaraciones falsas ante

    los investigadores con el fin de impedir

    materialmente una investigacin del Grupo del

    Banco sobre denuncias de una prctica corrupta,

    fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar,

    hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir

    que divulgue su conocimiento de asuntos que son

    importantes para la investigacin o que prosiga la

    investigacin, o

    b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el

    ejercicio de inspeccin del Banco y los derechos

    de auditora previstos en el prrafo 3.2. (f) de

    abajo.

    (b) Si se determina que, de conformidad con los

    Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier

    firma, entidad o individuo actuando como oferente o

    participando en una actividad financiada por el Banco

    incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes,

    proveedores, contratistas, consultores, miembros del

    personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores

    de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios

    (incluidos los Beneficiarios de donaciones),

    organismos ejecutores u organismos contratantes

    (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y

    representantes, ya sean sus atribuciones expresas o

    implcitas) ha cometido una Prctica Prohibida en

    cualquier etapa de la adjudicacin o ejecucin de un

    contrato, el Banco podr:

    (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicacin de un

    contrato para la adquisicin de bienes o servicios, la

    contratacin de obras, o servicios de consultora;

    (ii) suspender los desembolsos de la operacin, si se

    determina, en cualquier etapa, que un empleado,

    agencia o representante del Prestatario, el Organismo

    Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 13 de 297

    una Prctica Prohibida;

    (iii) declarar una contratacin no elegible para

    financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el

    pago de una parte del prstamo o de la donacin

    relacionada inequvocamente con un contrato,

    cuando exista evidencia de que el representante del

    Prestatario, o Beneficiario de una donacin, no ha

    tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que

    incluye, entre otras cosas, la notificacin adecuada al

    Banco tras tener conocimiento de la comisin de la

    Prctica Prohibida) en un plazo que el Banco

    considere razonable;

    (iv) emitir una amonestacin a la firma, entidad o

    individuo en el formato de una carta formal de

    censura por su conducta;

    (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible,

    en forma permanente o por determinado perodo de

    tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o

    participe en actividades financiadas por el Banco, y

    (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o

    proveedor de bienes o servicios por otra firma

    elegible a la que se adjudique un contrato para

    ejecutar actividades financiadas por el Banco;

    (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes

    encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;

    (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas

    bajo las circunstancias del caso, incluyendo la

    imposicin de multas que representen para el Banco

    un reembolso de los costos vinculados con las

    investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones

    podrn ser impuestas en forma adicional o en

    sustitucin de las sanciones arriba referidas.

    (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del prrafo 3.2 (b)

    se aplicar tambin en casos en los que las partes

    hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para

    la adjudicacin de nuevos contratos en espera de que

    se adopte una decisin definitiva en un proceso de

    sancin, o cualquier otra resolucin.

    (d) La imposicin de cualquier medida que sea tomada

    por el Banco de conformidad con las provisiones

    referidas anteriormente ser de carcter pblico.

    (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo

    actuando como oferente o participando en una

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    actividad financiada por el Banco, incluidos, entre

    otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes,

    contratistas, consultores, miembros del personal,

    subcontratistas, subconsultores, proveedores de

    servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los

    beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o

    contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios,

    empleados y representantes, ya sean sus atribuciones

    expresas o implcitas) podr verse sujeto a sancin de

    conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos

    por el Banco con otra Institucin Financiera

    Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento

    recproco de decisiones de inhabilitacin. A efectos de

    lo dispuesto en el presente prrafo, el trmino

    sancin incluye toda inhabilitacin permanente, imposicin de condiciones para la participacin en

    futuros contratos o adopcin pblica de medidas en

    respuesta a una contravencin del marco vigente de

    una Institucin Financiera Internacional (IFI)

    aplicable a la resolucin de denuncias de comisin de

    Prcticas Prohibidas.

    (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes,

    proveedores de bienes y sus representantes,

    contratistas, consultores, miembros del personal,

    subcontratistas, subconsultores, proveedores de

    servicios y sus representantes, y concesionarios

    permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas,

    registros y otros documentos relacionados con la

    presentacin de propuestas y con el cumplimiento del

    contrato y someterlos a una auditora por auditores

    designados por el Banco. Todo solicitante, oferente,

    proveedor de bienes y su representante, contratista,

    consultor, miembro del personal, subcontratista,

    subconsultor, proveedor de servicios y concesionario

    deber prestar plena asistencia al Banco en su

    investigacin. El Banco tambin requiere que

    solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus

    representantes, contratistas, consultores, miembros del

    personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores

    de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los

    documentos y registros relacionados con actividades

    financiadas por el Banco por un perodo de siete (7)

    aos luego de terminado el trabajo contemplado en el

    respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento

    necesario para la investigacin de denuncias de

    comisin de Prcticas Prohibidas y (iii) aseguren que

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes,

    proveedores de bienes y sus representantes,

    contratistas, consultores, subcontratistas,

    subconsultores, proveedores de servicios y

    concesionarios que tengan conocimiento de las

    actividades financiadas por el Banco estn disponibles

    para responder a las consultas relacionadas con la

    investigacin provenientes de personal del Banco o de

    cualquier investigador, agente, auditor, o consultor

    apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente,

    proveedor de bienes y su representante, contratista,

    consultor, miembro del personal, subcontratista,

    subconsultor proveedor de servicios o concesionario

    se niega a cooperar o incumple el requerimiento del

    Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la

    investigacin por parte del Banco, el Banco, bajo su

    sola discrecin, podr tomar medidas apropiadas

    contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y

    su representante, contratista, consultor, miembro del

    personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de

    servicios, o concesionario.

    (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios

    distintos de servicios de consultora, obras o servicios

    de consultora directamente de una agencia

    especializada, todas las disposiciones contempladas en

    el prrafo 3.1 y ss. relativas a sanciones y Prcticas

    Prohibidas se aplicarn ntegramente a los solicitantes,

    oferentes, proveedores de bienes y sus representantes,

    contratistas, consultores, miembros del personal,

    subcontratistas, subconsultores, proveedores de

    servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos

    funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus

    atribuciones expresas o implcitas), o cualquier otra

    entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia

    especializada para la provisin de bienes, obras o

    servicios distintos de servicios de consultora en

    conexin con actividades financiadas por el Banco. El

    Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a

    que se acoja a recursos tales como la suspensin o la

    rescisin. Las agencias especializadas debern

    consultar la lista de firmas e individuos declarados

    inelegibles de forma temporal o permanente por el

    Banco. En caso de que una agencia especializada

    suscriba un contrato o una orden de compra con una

    firma o individuo declarado inelegible de forma

    temporal o permanente por el Banco, el Banco no

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    financiar los gastos conexos y se acoger a otras

    medidas que considere convenientes.

    3.3 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:

    (a) que han ledo y entendido las definiciones de Prcticas

    Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la

    comisin de las mismas que constan de este

    documento y se obligan a observar las normas

    pertinentes sobre las mismas;

    (b) que no han incurrido en ninguna Prctica Prohibida

    descrita en este documento;

    (c) que no han tergiversado ni ocultado ningn hecho

    sustancial durante los procesos de seleccin,

    negociacin, adjudicacin o ejecucin de un contrato;

    d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas,

    subconsultores, directores, funcionarios o accionistas

    principales han sido declarados por el Banco o por

    otra Institucin Financiera Internacional (IFI) con la

    cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el

    reconocimiento recproco de sanciones, inelegibles

    para que se les adjudiquen contratos financiados

    por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos

    vinculados con la comisin de Prcticas Prohibidas;

    (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o

    accionistas principales han sido director, funcionario o

    accionista principal de ninguna otra compaa o

    entidad que haya sido declarada inelegible por el

    Banco o por otra Institucin Financiera Internacional

    (IFI) y con sujecin a lo dispuesto en acuerdos

    suscritos por el Banco concernientes al

    reconocimiento recproco de sanciones para que se

    le adjudiquen contratos financiados por el Banco o

    ha sido declarado culpable de un delito vinculado con

    Prcticas Prohibidas;

    (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de

    representantes, pagos por servicios de facilitacin o

    acuerdos para compartir ingresos relacionados con

    actividades financiadas por el Banco;

    (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera

    de estas garantas constituye el fundamento para la

    imposicin por el Banco de una o ms de las medidas

    que se describen en la Clusula 3.1 (b).

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    3. Fraude y

    Corrupcin

    de

    conformidad

    con las

    polticas del

    BIRF

    3.1 El Banco requiere que tanto sus prestatarios (incluyendo

    los beneficiarios de prstamos concedidos por la

    Institucin), as como los Oferentes, los Proveedores, los

    Contratistas y sus Agentes (hayan sido declarados o no), el

    personal de los subcontratistas, proveedores de servicios o

    proveedores de insumos que participen en contratos

    financiados por el Banco, observen las ms elevadas

    normas ticas durante el proceso de contrataciones y la

    ejecucin de dichos contratos2. A efectos del cumplimiento

    de esta poltica, el Banco:

    (a) define de la siguiente manera, a los efectos de esta

    disposicin, las expresiones que se indican a

    continuacin:

    prctica corrupta3 significa el ofrecimiento, suministro, aceptacin o solicitud, directa o indirectamente, de

    cualquier cosa de valor con el fin de influir impropiamente

    en la actuacin de otra persona.

    (ii) prctica fraudulenta4 significa cualquiera actuacin u omisin, incluyendo una tergiversacin de los hechos

    que, astuta o descuidadamente, desorienta o intenta

    desorientar a otra persona con el fin de obtener un

    beneficio financiero o de otra ndole, o para evitar una

    obligacin;

    (iii) prcticas de colusin 5 significa un arreglo de dos o ms personas diseado para lograr un propsito

    impropio, incluyendo influenciar impropiamente las

    acciones de otra persona;

    (iv) prctica coercitiva6 significa el dao o amenazas para daar, directa o indirectamente, a cualquiera

    persona, o las propiedades de una persona, para

    influenciar impropiamente sus actuaciones.

    2 En este contexto, cualquiera accin que tome un oferente, proveedor, contratista o cualquier integrante de

    su personal, o su agente o sus subcontratistas, proveedores de servicios, proveedores de insumos y/o sus

    empleados para influenciar el proceso de contratacin o de ejecucin de un contrato para adquirir una

    ventaja ilegtima, es impropia. 3 persona se refiere a un funcionario pblico que acta con relacin al proceso de contratacin o la

    ejecucin del contrato. En este contexto, funcionario pblico incluye a personal del Banco Mundial y a empleados de otras organizaciones que toman o revisan decisiones relativas a los contratos.

    4 persona significa un funcionario pblico; los trminos beneficio y obligacin se refieren al proceso

    de contratacin o a la ejecucin del contrato; y el trmino actuacin u omisin debe estar dirigida a influenciar el proceso de contratacin o la ejecucin de un contrato.

    5 personas se refiere a los participantes en el proceso de contratacin (incluyendo a funcionarios pblicos)

    que intentan establecer precios de oferta a niveles artificiales y no competitivos. 6 persona se refiere a un participante en el proceso de contratacin o en la ejecucin de un contrato.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    (v) prctica de obstruccin significa:

    (aa) la destruccin, falsificacin, alteracin o

    escondimiento deliberados de evidencia

    material relativa a una investigacin o

    brindar testimonios falsos a los

    investigadores para impedir materialmente

    una investigacin por parte del Banco, de

    alegaciones de prcticas corruptas,

    fraudulentas, coercitivas o de colusin; y/o

    la amenaza, persecucin o intimidacin de

    cualquier persona para evitar que pueda

    revelar lo que conoce sobre asuntos

    relevantes a la investigacin o lleve a cabo

    la investigacin, o

    (bb) las actuaciones dirigidas a impedir

    materialmente el ejercicio de los derechos

    del Banco a inspeccionar y auditar de

    conformidad con el prrafo 3.1 (e),

    mencionada ms abajo.

    (b) rechazar toda propuesta de adjudicacin si determina

    que el oferente seleccionado para dicha adjudicacin

    ha participado, directa o a travs de un agente, en

    prcticas corruptas, fraudulentas, de colusin,

    coercitivas o de obstruccin para competir por el

    contrato de que se trate;

    (c) anular la porcin del prstamo asignada a un contrato

    si en cualquier momento determina que los

    representantes del Prestatario o de un beneficiario del

    prstamo han participado en prcticas corruptas,

    fraudulentas, de colusin, coercitivas o de obstruccin

    durante el proceso de contrataciones o la ejecucin de

    dicho contrato, sin que el Prestatario haya adoptado

    medidas oportunas y apropiadas que el Banco

    considere satisfactorias para corregir la situacin,

    dirigidas a dichas prcticas cuando stas ocurran;

    (d) sancionar a una firma o persona, en cualquier

    momento, de conformidad con el rgimen de

    sanciones del Banco incluyendo declarar dicha forma

    indefinida o durante un perodo determinado para: i)

    que se le adjudique un contrato financiado por el

    Bancoa y ii) que se le nomine

    b subcontratista,

    a Una firma o persona podr ser declarada inelegible para que se le adjudique un contrato financiado por el

    Banco al trmino de un procedimiento de sanciones en contra del mismo, de conformidad con el rgimen

    de sanciones del Banco. Las posibles sanciones incluirn: (i) suspensin temporal o suspensin temporal

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    consultor, fabricante o proveedor de productos o

    servicios de una firma que de lo contrario sera

    elegible para que se le adjudicara un contrato

    financiado por el Banco.

    (e) tendr el derecho a exigir que, en los contratos

    financiados con un prstamo del Banco, se incluya

    una disposicin que exija que los proveedores y

    contratistas deben permitir al Banco revisar las

    cuentas y archivos relacionados con el cumplimiento

    del contrato y someterlos a una verificacin por

    auditores designados por el Banco

    3.2 De conformidad con la Clusula 3.1 (e), los Oferentes

    permitirn al Banco y/o cualquier persona designada por el

    Banco revisar las cuentas y archivos relacionados con el

    proceso de licitacin y someterlos a una verificacin por

    auditores designados por el Banco.

    4. En el caso del

    BID Oferentes

    Elegibles

    4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el

    Oferente, debern ser originarios de pases miembros del

    Banco. Los Oferentes originarios de pases no miembros

    del Banco sern descalificados de participar en contratos

    financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la

    Seccin III de este documento se indican los pases

    miembros del Banco al igual que los criterios para

    determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de

    los bienes y servicios. Los oferentes de un pas miembro

    del Banco, al igual que los bienes suministrados, no sern

    elegibles si:

    (a) las leyes o la reglamentacin oficial del pas del Prestatario prohbe relaciones comerciales con ese

    pas; o

    (b) por un acto de conformidad con una decisin del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

    adoptada en virtud del Captulo VII de la Carta de esa

    Organizacin, el pas del Prestatario prohba las

    importaciones de bienes de ese pas o cualquier pago a

    temprana en relacin con un procedimiento de sancin en proceso; (ii) inhabilitacin conjunta de acuerdo

    a lo acordado con otras Instituciones Financieras Internacionales incluyendo los Bancos Multilaterales de

    Desarrollo; y (iii) las sanciones corporativas del Grupo Banco Mundial para casos de fraude y corrupcin

    en la administracin de adquisiciones. b Un subcontratista, consultor, fabricante y/o un proveedor de productos o servicios (se usan diferentes

    nombres segn el documento de licitacin utilizado) nominado es aquel que ha sido: (i) incluido por el

    oferente en su aplicacin u oferta de precalificacin por cuanto aporta la experiencia clave y especfica y

    el conocimiento que permite al oferente cumplir con los criterios de calificacin para una licitacin en

    particular; o (ii) nominado por el prestatario.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    personas o entidades en ese pas

    4.2 Un Oferente no deber tener conflicto de inters. Los

    Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de

    inters sern descalificados. Se considerar que los

    Oferentes tienen conflicto de inters con una o ms partes

    en este proceso de licitacin si ellos:

    (a) estn o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que

    ha sido contratada por el Contratante para la

    prestacin de servicios de consultora para la

    preparacin del diseo, las especificaciones tcnicas y

    otros documentos que se utilizarn en la licitacin

    para la adquisicin de los bienes objeto de estos

    Documentos de Licitacin; o

    (b) presentan ms de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas

    bajo la clusula 13 de las IAO. Sin embargo, esto no

    limita la participacin de subcontratistas en ms de

    una oferta.

    4.3 [Para contratos de prstamo firmados bajo poltica GN-

    2349-7] Un Oferente que ha sido declarado inelegible para

    que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco

    durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de

    acuerdo a lo establecido en la clusula 3 de las IAO, ser

    descalificado.

    [Para contratos de prstamo firmados bajo poltica GN-

    2349-9] Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u

    organizacin anterior constituida o integrada por

    cualquiera de los individuos designados como partes

    contratantes que el Banco declare inelegible de

    conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de

    Sanciones o que otra Institucin Financiera Internacional

    (IFI) declare inelegible y con sujecin a lo dispuesto en

    acuerdos suscritos por el Banco concernientes al

    reconocimiento recproco de sanciones y se encuentre bajo

    dicha declaracin de inelegibilidad durante el periodo de

    tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo

    indicado en la Clusula 3.

    4.4 Las empresas estatales del pas Prestatario sern elegibles

    solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonoma

    legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes

    comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del

    Prestatario.

    4.5 Los Oferentes debern proporcionar al Contratante

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando

    el Contratante razonablemente la solicite.

    4. En caso del

    BIRF

    4.1 Oferentes Elegibles:

    4.1.1 Un Oferente podr ser una persona natural, una entidad privada o una entidad de propiedad del Estado con sujecin a la Subclusula 4.1.5 de las IAO o cualquier combinacin de las mismas en forma de una

    Asociacin en Participacin, Consorcio o Asociacin

    (APCA) al amparo de un convenio existente o con la

    intencin de suscribir un convenio tal respaldado por

    una carta de intenciones.

    4.1.2 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el oferente, pueden tener la nacionalidad de cualquier

    pas, de conformidad con las condiciones estipuladas en

    la Seccin III, (Pases Elegibles). Se considerar que un

    oferente tiene la nacionalidad de un pas si es

    ciudadano o est constituido, incorporado o registrado

    y opera de conformidad con las disposiciones legales

    de ese pas. Este criterio tambin aplicar para

    determinar la nacionalidad de los subcontratistas

    propuestos para la ejecucin de cualquier parte del

    Contrato incluyendo los Servicios Conexos.

    4.1.3 Un Oferente no deber tener conflicto de inters. Si se considera que los Oferentes presentan conflicto de

    inters sern descalificados. Se considerar que los

    Oferentes presentan conflicto de inters con una o ms

    partes en este proceso de licitacin si:

    (a) tienen un socio mayoritario en comn; o

    (b) reciben o han recibido algn subsidio directo o

    indirecto de cualquiera de ellos; o

    (c) comparten el mismo representante legal para fines

    de esta licitacin; o

    (d) poseen una relacin mutua, directamente o a

    travs de terceros en comn, que les permite tener

    acceso a la informacin sobre la oferta de otro

    Licitante o influir en ella, o de influenciar las

    decisiones del Contratante en relacin con este

    proceso de licitacin; o

    (e) un Oferente participa en ms de una licitacin

    dentro de este proceso. La participacin de un

    Oferente en ms de una licitacin ser causa de

    descalificacin en todas las ofertas a las que

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    concurra. Con todo, lo anterior no limita la

    inclusin de un mismo subcontratista, que no

    participe por otra parte como Oferente, en ms de

    una oferta; o cuya experiencia y/o recursos se

    pueda utilizar, de conformidad a la clausula 5.6.2

    de las IAO, para determinar la conformidad del

    Oferente con los criterios de calificacin.

    (f) un Oferente o cualquiera de sus afiliados ha

    participado como consultor en la preparacin del

    diseo o las especificaciones tcnicas del contrato

    sujeto de la licitacin.

    (g) un Oferente o cualquiera de sus afiliados ha sido

    contratado (o se ha propuesto su contratacin) por

    el Contratante o el Prestatario como gerente del

    proyecto para ejecutar el contrato.

    4.1.4 Una firma o individuo que haya sido inhabilitada por el Banco de acuerdo a lo establecido en la Clausula 3.1 (d)

    de las IAO, o de acuerdo con las Normas para la

    Prevencin y Lucha contra el Fraude y la Corrupcin en

    proyectos financiados por prstamos del BIRF y

    donaciones de la (AIF) estar inhabilitada para la

    adjudicacin de contratos financiados por el Banco o

    recibir cualquier beneficio de un contrato financiado por

    el Banco, financiero o de otra ndole, durante el periodo

    determinado por el Banco.

    4.1.5 Las firmas estatales del pas del Prestatario sern elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen

    autonoma legal y financiera, (ii) operan conforme a las

    leyes comerciales y (iii) no son organismos

    dependientes del Contratante ni del Prestatario.

    4.1.6 Los oferentes debern proporcionar al Contratante prueba de su continua elegibilidad, a satisfaccin del

    Contratante y cuando ste razonablemente la solicite.

    4.1.7 En caso de que se haya realizado un proceso de precalificacin con anterioridad al proceso de licitacin,

    esta licitacin tan slo estar abierta a los oferentes

    precalificados.

    4.1.8 Se excluir a las firmas de un pas en caso de que:

    (a) las leyes o reglamentaciones oficiales del pas del

    Prestatario prohban las relaciones comerciales

    con aquel pas, siempre y cuando se demuestre

    satisfactoriamente al Banco que esa exclusin no

    impedir la competencia efectiva respecto al

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    suministro de los bienes o servicios conexos

    requeridos; o

    (b) en cumplimiento de una decisin del Consejo de

    Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en

    virtud del Captulo VII de la Carta de

    Constitucin de las Naciones Unidas, el pas del

    Prestatario prohba toda importacin de bienes o

    contratacin de obras y servicios de ese pas, o

    todo pago a personas o entidades en ese pas. Un

    Oferente, y todas las partes que constituyen el

    Oferente, pueden tener la nacionalidad de

    cualquier pas de conformidad con las condiciones

    estipuladas en la Seccin III Pases Elegibles. Se considerar que un Oferente tiene la

    nacionalidad de un pas si es ciudadano o est

    constituido, incorporado o registrado y opera de

    conformidad con las disposiciones legales de ese

    pas. Este criterio tambin aplicar para

    determinar la nacionalidad de los sub-contratistas

    o proveedores propuestos para la ejecucin de

    cualquier parte del Contrato incluso los Servicios

    Conexos.

    4.1.9 Toda(s) firma(s) o individuo(s) que el Banco sancione de conformidad con lo dispuesto en el subprrafo d) del

    prrafo 1.14 de las Normas para las contrataciones con

    prstamos del BIRF y crditos de la AIF o de acuerdo

    con las Normas para la Prevencin y Lucha contra el

    Fraude y la Corrupcin en proyectos financiados por

    prstamos del BIRF y donaciones de la (AIF), ser

    inelegible para que se le adjudiquen contratos

    financiados por el Banco o para beneficiarse

    financieramente o de cualquier otra manera de un

    contrato financiado por el Banco, durante el perodo que

    el Banco determine.

    4.2 Elegibilidad de los Materiales, Equipos y Servicios en caso del BIRF:

    4.2.1 Los materiales, equipos y servicios a cuyo suministro se refiere el Contrato debern proceder de pases de origen

    elegibles segn la definicin que se da en la clusula 4.2

    de las IAO; y todos los gastos que se efecten en el

    marco del Contrato se limitarn a dichos materiales,

    equipos y servicios. El Contratante podr solicitar a los

    Licitantes proveer evidencia del origen de los

    materiales, equipos y servicios.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    4.2.2 Para los fines de la subclusula 4.2.1, origen significa el lugar en que los materiales y equipos sean extrados,

    cultivados o producidos, y desde el que se suministren

    los servicios. Se producen materiales y equipos cuando,

    mediante un proceso de fabricacin, elaboracin o

    ensamblado sustancial o significativo se obtiene un

    producto reconocido comercialmente que difiere

    sustancialmente de sus componentes en lo que respecta

    a sus caractersticas bsicas o sus fines o su uso.

    5. Calificaciones

    del Oferente

    5.1 Todos los Oferentes debern presentar en la Seccin IV

    Formularios de la Oferta, una descripcin preliminar del mtodo de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo

    planos y grficas, segn sea necesario.

    5.2 Si se realiz una precalificacin de los posibles Oferentes,

    slo se considerarn las Ofertas de los Oferentes

    precalificados para la adjudicacin del Contrato. Estos

    Oferentes precalificados debern confirmar en sus Ofertas

    que la informacin presentada originalmente para

    precalificar permanece correcta a la fecha de presentacin de

    las Ofertas o, de no ser as, incluir con su Oferta cualquier

    informacin que actualice su informacin original de

    precalificacin. La confirmacin o actualizacin de la

    informacin deber presentarse en los formularios

    pertinentes incluidos en la Seccin IV.

    5.3 Si el Contratante no realiz una precalificacin de los

    posibles Oferentes, todos los Oferentes debern incluir con

    sus Ofertas la siguiente informacin y documentos de la

    Seccin IV, a menos que se establezca otra cosa en los

    DDL:

    (a) copias de los documentos originales que establezcan

    la constitucin o incorporacin, y sede del Oferente,

    as como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta

    autorizndole a comprometer al Oferente;

    (b) Monto total anual facturado por la construccin de las

    obras civiles realizadas en cada uno de los ltimos

    cinco (5) aos;

    (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud

    en cada uno de los ltimos cinco (5) aos, y detalles

    de los trabajos en marcha o bajo compromiso

    contractual, as como de los clientes que puedan ser

    contactados para obtener mayor informacin sobre

    dichos contratos;

    (d) principales equipos de construccin que el Oferente

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 25 de 297

    propone para cumplir con el contrato;

    (e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto

    tcnico como administrativo propuesto para

    desempearse en el Sitio de las Obras;

    (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales

    como informes de prdidas y ganancias e informes de

    auditora de los ltimos cinco (5) aos;

    (g) evidencia que certifique la existencia de suficiente

    capital de trabajo para este Contrato (acceso a lnea(s)

    de crdito y disponibilidad de otros recursos

    financieros);

    (h) autorizacin para solicitar referencias a las

    instituciones bancarias del Oferente;

    (i) informacin relativa a la existencia o no de litigios

    pendientes o habidos durante los ltimos cinco (5)

    aos, en los cuales el Oferente estuvo o est

    involucrado, las partes afectadas, los montos en

    controversia, y los resultados; y

    (j) propuestas para subcontratar componentes de las

    Obras cuyo monto ascienda a ms del diez (10) por

    ciento del Precio del Contrato. El lmite mximo del

    porcentaje de participacin de subcontratistas est

    establecido en los DDL.

    5.4 Las Ofertas presentadas por una Asociacin en

    Participacin, Consorcio o Asociacin (APCA) constituida

    por dos o ms firmas debern cumplir con los siguientes

    requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:

    (a) la Oferta deber contener toda la informacin

    enumerada en la antes mencionada Subclusula 5.3 de

    las IAO para cada miembro de la APCA;

    (b) la Oferta deber ser firmada de manera que constituya

    una obligacin legal para todos los integrantes;

    (c) todos los integrantes sern responsables

    mancomunada y solidariamente por el cumplimiento

    del Contrato de acuerdo con las condiciones del

    mismo;

    (d) uno de los integrantes deber ser designado como

    representante y autorizado para contraer

    responsabilidades y para recibir instrucciones por y en

    nombre de cualquier o todos los miembros de la

    APCA;

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 26 de 297

    (e) la ejecucin de la totalidad del Contrato, incluyendo

    los pagos, se har exclusivamente con el integrante

    designado;

    (f) con la Oferta se deber presentar una copia del

    Convenio de la APCA firmado por todos los

    integrantes o una Carta de Intencin para formalizar el

    convenio de constitucin de una APCA en caso de

    resultar seleccionados, la cual deber ser firmada por

    todos los miembros y estar acompaada de una copia

    del Convenio propuesto.

    5.5 Los Oferentes debern cumplir con los siguientes criterios

    mnimos de calificacin:

    (a) tener una facturacin promedio anual por construccin

    de obras por el perodo indicado en los DDL de al

    menos el mltiplo indicado en los DDL;

    (b) demostrar experiencia como Contratista principal en

    la construccin de por lo menos el nmero de obras

    indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad

    sean equivalentes a las de las Obras licitadas,

    adquiridas durante el perodo indicado en los DDL

    (para cumplir con este requisito, las obras citadas

    debern estar terminadas en al menos un setenta (70)

    por ciento;

    (c) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea

    este propio, alquilado o disponible mediante

    arrendamiento financiero);

    (d) contar con un Director de Obras con la experiencia

    como Director en obras de naturaleza y volumen

    indicados en los DDL;

    (e) contar con activos lquidos y/o disponibilidad de crdito

    libres de otros compromisos contractuales y excluyendo

    cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato,

    por un monto superior a la suma indicada en los DDL;

    y

    (f) en caso de contar con litigios pendientes, el monto

    total de las controversias no podr superar el

    porcentaje sealado en los DDL respecto de su

    patrimonio.

    5.6 La sumatoria de los integrantes individuales de un APCA

    deber alcanzar el 100% de los requisitos mnimos

    exigidos a un oferente individual. En los DDL, se podr

    establecer los porcentajes mnimos que deben cumplir

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 27 de 297

    cada uno de los integrantes del APCA y el integrante

    designado como representante, con referencia a los

    requisitos mnimos para los Oferentes individuales que se

    establecen en la Subclusula 5.5 literales (a), (b) y (e).

    5.7 Para determinar la conformidad del Oferente (ya sea en

    forma individual o en APCA) con los criterios de

    calificacin no se tomarn en cuenta la experiencia ni los

    recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra

    cosa en los DDL.

    6. Una Oferta

    por Oferente

    6.1 Cada Oferente presentar solamente una Oferta, ya sea

    individualmente o como miembro de una APCA. El

    Oferente que presente o participe en ms de una Oferta (a

    menos que lo haga como subcontratista o en los casos

    cuando se permite presentar o se solicitan propuestas

    alternativas) ocasionar que todas las propuestas en las

    cuales participa sean rechazadas.

    7. Costo de las

    propuestas

    7.1 Los Oferentes sern responsables por todos los gastos

    asociados con la preparacin y presentacin de sus Ofertas y

    el Contratante en ningn momento ser responsable por

    dichos gastos.

    8. Visita al sitio

    de las obras

    8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y

    a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y

    sus alrededores y obtenga por s mismo toda la informacin

    que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el

    Contrato para la construccin de las Obras. Los gastos

    relacionados con dicha visita corrern por cuenta del

    Oferente.

    8.2 El Contratante dar permiso al Oferente y a su personal o

    sus representantes para que ingresen a sus establecimientos

    y terrenos a fin de realizar dicha inspeccin, de

    conformidad con la Subclusula 8.1 de las IAO.

    B. Documentos de Licitacin

    9. Contenido de

    los Documentos de

    Licitacin

    9.1 El conjunto de los Documentos de Licitacin comprende

    los documentos que se enumeran en la siguiente lista y

    todas las enmiendas que hayan sido emitidas de

    conformidad con la Clusula 11 de las IAO:

    Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)

    Seccin II. Datos de la Licitacin (DDL)

    Seccin III. Pases Elegibles

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 28 de 297

    Seccin IV. Formularios de la Oferta

    Seccin V. Condiciones Generales del Contrato (CGC)

    Seccin VI. Condiciones Especiales del Contrato (CEC)

    Seccin VII. Especificaciones y Condiciones de

    Cumplimiento

    Seccin VIII. Planos

    Seccin IX. Lista de Cantidades7

    Seccin X. Formularios de Garantas

    10. Aclaracin de

    los Documentos de

    Licitacin

    10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones

    sobre los Documentos de Licitacin debern solicitarlas al

    Contratante por escrito a la direccin indicada en los

    DDL. El Contratante deber responder a cualquier

    solicitud de aclaracin recibida por lo menos veintin (21)

    das antes de la fecha lmite para la presentacin de las

    Ofertas8. Se enviarn copias de la respuesta del Contratante

    a todos los que obtuvieron los Documentos de Licitacin,

    la cual incluir una descripcin de la consulta, pero sin

    identificar su origen.

    10.2 El Oferente tambin tendr la oportunidad de solicitar

    alguna aclaracin sobre los Documentos de Licitacin en

    el caso de que se establezca en los DDL la realizacin de

    audiencia de aclaraciones, a ser efectuada en la fecha, hora

    y direccin indicada en los DDL. La inasistencia a la

    audiencia de aclaraciones no ser motivo de

    descalificacin para el Oferente. Las modificaciones a los

    Documentos de Licitacin que resulten necesarias en

    virtud de esta reunin, se notificarn mediante enmienda a

    los Documentos de Licitacin, conforme a la Clusula 11

    de las IAO.

    1.1.2 11. Enmiendas a

    los Documentos

    de Licitacin

    11.1 Antes de la fecha lmite para la presentacin de las Ofertas,

    el Contratante podr modificar los Documentos de

    Licitacin mediante una enmienda.

    11.2 Cualquier adenda que se emita formar parte integral de

    los Documentos de Licitacin y ser comunicada por

    escrito a todos los que obtuvieron los Documentos de

    7 En los contratos a precio global, suprimir la expresin "Lista de Cantidades" y reemplazarla por "Calendario

    de Actividades". 8 Pudiera ser necesario extender el plazo para la presentacin de Ofertas si la respuesta del Contratante resulta

    en cambios sustanciales a los Documentos de Licitacin. Vase la clusula 11 de las IAO.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 29 de 297

    Licitacin9. Los posibles Oferentes debern acusar recibo

    de cada adenda por escrito al Contratante. Adicionalmente,

    podr publicarse en el SECOP (Sistema Electrnico para la

    Contratacin Pblica de Colombia) si el documento

    original ha sido publicado en el SECOP de conformidad

    con lo establecido en los presentes pliegos.

    11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo

    suficiente para tener en cuenta una Adenda en la

    preparacin de sus Ofertas, el Contratante deber extender,

    si fuera necesario, el plazo para la presentacin de las

    Ofertas, de conformidad con la Subclusula 21.2 de las

    IAO.

    C. Preparacin de las Ofertas

    12. Idioma de

    las Ofertas

    12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas debern

    estar redactados en el idioma espaol.

    13.

    Documento

    s que conforman la

    Oferta

    13.1 La Oferta que presente el Oferente deber estar conformada

    por los siguientes documentos:

    a) la Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Seccin IV);

    b) la Garanta de Mantenimiento de la Oferta, la pliza de seriedad de la oferta, o la Declaracin de Mantenimiento

    de la Oferta, si de conformidad con la Clusula 17 de las

    IAO as se requiere;

    c) la Lista de Cantidades valoradas (es decir, con indicacin de precios)

    10;

    d) el formulario y los documentos de Informacin para la Calificacin;

    e) las ofertas alternativas, de haberse solicitado; y

    f) cualquier otro documento que se solicite a los Oferentes completar y presentar, segn se especifique en los

    DDL.

    14. Precios de

    la Oferta

    14.1 El Contrato comprender la totalidad de las Obras

    especificadas en la Subclusula 1.1 de las IAO, sobre la base

    9 Es importante, por lo tanto, que el Contratante mantenga una lista completa y actualizada de todos los que

    hayan recibido los documentos de licitacin y sus direcciones. 10

    En los contratos a precio global, suprimir la expresin "Lista de Cantidades " y remplazarla por "Calendario

    de Actividades".

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 30 de 297

    de la Lista de Cantidades valoradas 11

    presentada por el

    Oferente.

    14.2 El Oferente indicar los precios unitarios y los precios totales

    para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de

    Cantidades12

    . El Contratante no efectuar pagos por los rubros

    ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado

    precios, por cuanto los mismos se considerarn incluidos en los

    dems precios unitarios y totales que figuren en la Lista de

    Cantidades. Si hubiere correcciones, stas se harn tachando,

    rubricando, y fechando los precios incorrectos y

    rescribindolos correctamente.

    14.3 Todos los derechos, impuestos y dems gravmenes que

    deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por

    cualquier otra razn, hasta veintiocho (28) das antes de la

    fecha del plazo para la presentacin de las Ofertas, debern

    estar incluidos en los precios unitarios13

    y en el precio total

    de la Oferta presentada por el Oferente.

    14.4 Los precios unitarios14

    que cotice el Oferente estarn sujetos

    a ajustes durante la ejecucin del Contrato si as se dispone

    en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la

    Clusula 47 de las CGC. El Oferente deber proporcionar

    con su Oferta toda la informacin requerida en las

    Condiciones Especiales del Contrato y en la Clusula 47 de

    las CGC.

    15. Monedas de

    la Oferta y pago

    15.1 Los precios unitarios debern ser cotizados por el Oferente

    enteramente en pesos colombianos. Los requisitos de pagos

    en moneda extranjera se debern indicar como porcentajes

    del precio de la Oferta (excluyendo las sumas

    provisionales15

    ) y sern pagaderos hasta en tres monedas

    extranjeras a eleccin del Oferente.

    15.2 Los tipos de cambio que utilizar el Oferente para determinar

    los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer

    los porcentajes mencionados en la Subclusula 15.1 anterior,

    ser la Tasa Representativa del Mercado (TRM) establecida

    por el Banco de la Repblica de Colombia, vigente a la fecha

    11

    En los contratos a precio global, suprimir la expresin "Lista de Cantidades " y reemplazarla por "Calendario

    de Actividades". 12

    En los contratos a precio global, suprimir la expresin "descritos en la Lista de Cantidades" y reemplazarla

    por descritas en los planos y en las Especificaciones y enumeradas en el Calendario de Actividades. 13

    En los contratos por precio global, suprimir en los precios unitarios y reemplazarlas con el precio global.

    14 En los contratos de precio global, suprimir las palabras los precios unitarios y reemplazarlas con el

    precio global. 15

    Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en la Lista de Cantidades

    para ser utilizadas a su discrecin con subcontratistas designados y para otros fines especficos.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 31 de 297

    correspondiente a veintiocho (28) das antes de la fecha

    lmite para la presentacin de las Ofertas. El tipo de cambio

    aplicar para todos los pagos con el fin que el Oferente no

    corra ningn riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros

    tipos de cambio, las disposiciones de la Subclusula 29.1 de

    las IAO aplicarn, y en todo caso, los pagos se calcularn

    utilizando los tipos de cambio cotizados en la Oferta.

    15.3 Los Oferentes indicarn en su Oferta los detalles de las

    necesidades previstas en monedas extranjeras.

    15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes

    aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que

    sustenten que las cantidades incluidas en los precios16

    , si as

    se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los

    requisitos de la Subclusula 15.1 de las IAO

    16. Validez de

    las Ofertas

    16.1 Las Ofertas permanecern vlidas por el perodo17

    estipulado en los DDL.

    16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podr

    solicitar a los Oferentes que extiendan el perodo de validez

    por un plazo adicional especfico. Si se ha solicitado una

    Garanta de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con

    la Clusula 17 de las IAO, sta deber extenderse tambin

    por veintiocho (28) das despus de la fecha lmite

    prorrogada para la presentacin de las Ofertas. Los Oferentes

    podrn rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la

    garanta o se ejecute la Declaracin de Mantenimiento de la

    Oferta. La solicitud y las respuestas de los Oferentes debern

    ser por escrito. Al Oferente que est de acuerdo con la

    solicitud no se le requerir ni se le permitir que modifique

    su Oferta, excepto como se dispone en la Clusula 17 de las

    IAO.

    16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de

    precio), si el perodo de validez de las Ofertas se prorroga por

    ms de cincuenta y seis (56) das, los montos pagaderos al

    Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se

    ajustarn segn lo que se estipule en la solicitud de extensin.

    La evaluacin de las Ofertas se basar en el Precio de la Oferta

    sin tener en cuenta los ajustes antes sealados.

    17. Garanta de 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deber presentar como

    16

    En los contratos de precio global, suprimir las palabras los precios y reemplazarlas con el precio global.

    17 El perodo es un plazo razonable, generalmente no menor de 35 das y no mayor de 105, para permitir la

    evaluacin de las Ofertas, hacer aclaraciones, y obtener la no objecin del Banco (cuando la adjudicacin del contrato est sujeta a revisin previa).

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    Mantenimiento de

    la Oferta y

    Declaracin de

    Mantenimiento de

    la Oferta

    parte de su Oferta, una Garanta de Mantenimiento de la

    Oferta o una Declaracin de Mantenimiento de la Oferta, en

    el formulario original especificado en los DDL.

    17.2 La Garanta de Mantenimiento de la Oferta, incondicional y

    pagadera a la vista, ser por la suma estipulada en los DDL

    y denominada en pesos colombianos, o en la moneda de la

    Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y

    deber:

    (a) a opcin del Oferente consistir: en una garanta, a travs

    de una carta de crdito, o en una garanta bancaria

    emitida por una institucin bancaria; u otros

    instrumentos de carcter incondicional, pagaderos a la

    vista y a primer requerimiento;

    (b) ser emitida por una institucin de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier pas. Si la institucin que

    emite la garanta est localizada fuera de Colombia, sta

    deber tener una institucin financiera corresponsal en

    Colombia que permita hacer efectiva la garanta;

    (c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garanta de Mantenimiento de Oferta

    incluidos en la Seccin X Formularios de Garanta, u otro formulario aprobado por el Contratante con

    anterioridad a la presentacin de la Oferta;

    (d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las

    condiciones detalladas en la Subclusula 17.5 de las

    IAO;

    (e) ser presentada en original (no se aceptarn copias);

    (f) permanecer vlida por un perodo que expire veintiocho

    (28) das despus de la fecha lmite de la validez de las

    Ofertas, o del perodo prorrogado, si corresponde, de

    conformidad con la Subclusula 16.2 de las IAO.

    17.3 Si la Subclusula 17.1 de las IAO exige una Garanta de

    Mantenimiento de la Oferta o una Declaracin de

    Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estn

    acompaadas por una Garanta de Mantenimiento de la

    oferta o una Declaracin de Mantenimiento de la Oferta que

    sustancialmente no respondan a lo requerido en la clusula

    mencionada, sern rechazadas por el Contratante por

    incumplimiento.

    17.4 La Garanta de Mantenimiento de Oferta o la Declaracin de

    Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas

    no fueron seleccionadas sern devueltas inmediatamente

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    despus de que el Oferente seleccionado suministre su

    Garanta de Cumplimiento.

    17.5 La Garanta de Mantenimiento de la Oferta se podr hacer

    efectiva o la Declaracin de Mantenimiento de la Oferta se

    podr ejecutar si:

    (a) el Oferente retira su Oferta durante el perodo de validez

    de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta,

    salvo lo estipulado en la Subclusula 16.2 de las IAO; o

    (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al

    Precio de su Oferta, de conformidad con la Clusula 28

    de las IAO; o

    (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo

    estipulado con:

    (i) firmar el Contrato; o

    (ii) suministrar la Garanta de Cumplimiento

    solicitada.

    17.6 La Garanta de Mantenimiento de la Oferta o la Declaracin

    de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deber ser

    emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si

    dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el

    momento de presentar la Oferta, la Garanta de

    Mantenimiento de la Oferta o la Declaracin de

    Mantenimiento de la Oferta deber ser emitida y firmada en

    nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la

    APCA tal como se denominan en la carta de intencin.

    18. Ofertas

    alternativas de los

    Oferentes

    18.1 No se considerarn Ofertas alternativas a menos que

    especficamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las

    Subclusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirn y en los DDL se

    especificar cul de las siguientes opciones se permitir:

    (a) Opcin Uno: Un Oferente podr presentar Ofertas

    alternativas conjuntamente con su Oferta bsica. El

    Contratante considerar solamente las Ofertas

    alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta

    bsica haya sido determinada como la Oferta evaluada

    de menor precio.

    (b) Opcin Dos: Un Oferente podr presentar una Oferta

    alternativa con o sin una Oferta para el caso bsico.

    Todas las Ofertas recibidas para el caso bsico, as como

    las Ofertas alternativas que cumplan con las

    Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de

    la Seccin VII, sern evaluadas sobre la base de sus

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 34 de 297

    propios mritos.

    18.2 Todas las Ofertas alternativas debern proporcionar toda la

    informacin necesaria para su completa evaluacin por parte

    del Contratante, incluyendo los clculos de diseo, las

    especificaciones tcnicas, el desglose de los precios, los

    mtodos de construccin propuestos y otros detalles

    pertinentes.

    19. Formato y

    firma de la Oferta

    19.1 El Oferente preparar un original de los documentos que

    comprenden la Oferta segn se describe en la Clusula 13 de

    las IAO, el cual deber formar parte del volumen que

    contenga la Oferta, y lo marcar claramente como

    ORIGINAL. Adems el Oferente deber presentar el nmero de copias de la Oferta que se indica en los DDL y

    marcar claramente cada ejemplar como COPIA. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del

    original prevalecer sobre el de las copias.

    19.2 El original y todas las copias de la Oferta debern ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y debern

    estar firmadas por la persona o personas debidamente

    autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de

    conformidad con la Subclusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las

    pginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas

    debern estar rubricadas por la persona o personas que

    firme(n) la Oferta.

    19.3 La Oferta no podr contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas

    por el Contratante o las que sean necesarias para corregir

    errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones

    debern ser rubricadas por la persona o personas que

    firme(n) la Oferta.

    19.4 El Oferente proporcionar la informacin sobre comisiones o

    gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta,

    si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relacin con esta

    Oferta, y con la ejecucin del contrato si el Oferente resulta

    seleccionado.

    D. Presentacin de las Ofertas

    20.

    Presentaci

    n, sello e

    identificacin de

    las Ofertas

    20.1 Los Oferentes siempre podrn enviar sus ofertas por correo o

    entregarlas personalmente. Los Oferentes tendrn la opcin

    de presentar sus ofertas electrnicamente, de acuerdo con los

    formatos establecidos por el Contratante, cuando as se

    indique en los DDL. Los oferentes que presenten sus

    Ofertas electrnicamente seguirn los procedimientos

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

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    indicados en los DDL para la presentacin de dichas

    Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o

    entregadas personalmente, el Oferente pondr el original y la

    copia de la Oferta en dos sobres interiores, que sellar e

    identificar claramente como ORIGINAL y COPIA, segn corresponda, y que colocar dentro de un sobre exterior

    que tambin deber sellar.

    20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior debern:

    (a) estar dirigidos al Contratante a la direccin18

    proporcionada en los DDL;

    (b) llevar el nombre y nmero de identificacin del

    Contrato indicados en los DDL; y

    (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para

    evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha

    de apertura de Ofertas indicadas en los DDL.

    20.3 Adems de la identificacin requerida en la Subclusula 20.2

    de las IAO, los sobres interiores debern llevar el nombre y la

    direccin del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta

    sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tarda,

    de conformidad con la Clusula 22 de las IAO.

    20.4 Si el sobre exterior no est sellado e identificado como se ha

    indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizar

    en caso de que la Oferta se extrave o sea abierta

    prematuramente.

    21. Plazo para

    la presentacin de

    las Ofertas

    21.1 Las Ofertas debern ser entregadas al Contratante en la

    direccin especificada conforme a la Subclusula 20.2 (a) de

    las IAO, a ms tardar en la fecha y hora que se indican en

    los DDL.

    21.2 El Contratante podr extender el plazo para la presentacin

    de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de

    Licitacin, de conformidad con la Clusula 11 de las IAO.

    En este caso todos los derechos y obligaciones del

    Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha

    lmite original para presentar las Ofertas quedarn sujetos a

    la nueva fecha lmite.

    22. Ofertas

    tardas

    22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante despus de la fecha y

    hora lmite para la presentacin de las Ofertas especificada

    de conformidad con la Clusula 21 de las IAO ser devuelta

    18

    La direccin donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que est abierta durante el horario normal de

    trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepcin y asegurar la custodia de las

    Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una direccin de Apartado Areo. La direccin para

    la recepcin de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitacin.

  • Seccin I. Instrucciones a los Oferentes (IAO).

    Pgina 36 de 297

    al Oferente remitente sin abrir.

    23. Retiro,

    sustitucin y

    modificacin de las

    Ofertas

    23.1 Los Oferentes podrn retirar, sustituir o modificar sus

    Ofertas mediante una notificacin por escrito antes de la

    fecha lmite indicada en la Clusula 21 de las IAO.

    23.2 Toda notificacin de retiro, sustitucin o modificacin de la

    Oferta deber ser preparada, sellada, identificada y entregada

    de acuerdo con las estipulaciones de las Clusulas 19 y 20 de

    las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente

    marcados, RETIRO, SUSTITUCIN, o MODIFICACIN, segn corresponda.

    23.3 Las notificaciones de retiro, sustitucin o modificacin

    debern ser entregadas al Contratante en la direccin

    especificada en los DDL conforme a la Subclusula 20.2 (a)

    de las IAO, a ms tardar en la fecha y hora que se indican en

    la Subclusula 21.1 de los DDL.

    23.4 El retiro de una oferta en el intervalo entre la fecha de

    vencimiento del plazo para la presentacin de ofertas y la

    expiracin del perodo de validez de las ofertas indicado en

    los DDL de conformidad con la Subclusula 16.1 o del

    perodo prorrogado de conformidad con la Subclusula 16.2

    de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la garanta

    de mantenimiento de la oferta o se ejecute la garanta de la

    oferta, segn lo dispuesto en la Clusula 17 de las IAO.

    23.5 Los Oferentes solamente podrn ofrecer descuentos

    incondicionales o modificar los precios de sus Ofertas

    sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con

    esta clusula, o incluyndolas en la Oferta original.

    E. Apertura y Evaluacin de las Ofertas

    24. Apertura de

    las Ofertas

    24.1 El Contratante abrir las Ofertas, y las notificaciones de

    retiro, sustitucin y modificacin de Ofertas presentadas de

    conformidad con la Clusula 23 de las IAO, en acto pblico

    con la presencia de los representantes de los Oferentes que

    de