los contratos accesorios al contrato de franquicia · 2014. 6. 26. · 1 introduccion dentro del...

98
Universidad Mariano Gálvez De Guatemala Facultad De Ciencias Jurídicas Y Sociales Extensión Jutiapa LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA Leslie Magaly Ruiz Garcia Guatemala, Junio 2014

Upload: others

Post on 11-Aug-2021

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

Universidad Mariano Gálvez De Guatemala

Facultad De Ciencias Jurídicas Y Sociales

Extensión Jutiapa

LOS CONTRATOS ACCESORIOS

AL CONTRATO DE FRANQUICIA

Leslie Magaly Ruiz Garcia

Guatemala, Junio 2014

Page 2: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

Universidad Mariano Gálvez De Guatemala

Facultad De Ciencias Jurídicas Y Sociales

Extensión Jutiapa

AL CONTRATO DE FRANQUICIA

LOS CONTRATOS ACCESORIOS

Trabajo de Graduación

presentada por:

LESLIE MAGALY RUIZ GARCIA

Previo a optar al Grado Académico de

LICENCIADA EN CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

Y los Títulos Profesionales de:

ABOGADA Y NOTARIA

Guatemala, Junio 2014

Page 3: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

iii

AUTORIDADES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES

DECANO DE LA FACULTAD: Lic. Luis Antonio Ruano Castillo

SECRETARIO DE LA FACULTAD: Lic. Omar Abel Morales Lurssen

ASESOR: Lic. Edwin Roberto Méndez Aguilar

REVISOR: Lic. Sebastián Noé González Ángel

Page 4: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

iv

Page 5: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

v

Page 6: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

vi

Page 7: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

vii

REGLAMENTO DE TESIS

Art. 8 RESPONSABILIDAD

Solamente el autor es responsable de los conceptos expresados en el trabajo de tesis. Su aprobación en manera alguna implica responsabilidad para la Universidad.

Page 8: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

viii

INDICE

INTRODUCCION ............................................................................................................................ 1

CAPITULO I ..................................................................................................................................... 3

1. 1 Los Contratos Mercantiles ..................................................................................................... 3

1.2. Características ......................................................................................................................... 3

1.2.1. Principios en los Contratos Mercantiles ........................................................................... 6

1.3. División de los Contratos Mercantiles .................................................................................. 6

1.4 Contratos Atípicos Mercantiles .............................................................................................. 8

Capítulo II ....................................................................................................................................... 11

2.1. Antecedentes del Contrato de Franquicia ......................................................................... 11

2.2. Definición ................................................................................................................................ 12

2.3. Elementos del Contrato de Franquicia .............................................................................. 13

2.3.1. Elementos Subjetivos........................................................................................................ 13

2.3.2. Elementos Objetivos ......................................................................................................... 14

2.4. Tipos de Franquicias ............................................................................................................ 18

2.4.1. Franquicia de Servicio ...................................................................................................... 18

2.4.2. Franquicia de Distribución ................................................................................................ 18

2.4.3. Franquicia de Procedimiento ........................................................................................... 20

2.5. Las Franquicias en Guatemala ........................................................................................... 20

2.6. La Importancia del Contrato de Franquicia ....................................................................... 22

Capitulo III ...................................................................................................................................... 25

3.1 Antecedentes del Contrato de Know How ......................................................................... 25

3.2. Definición del Contrato de Know How ............................................................................... 28

3.3. Naturaleza Jurídica del Contrato de Know How .............................................................. 31

3.3.1. Teoría de la Compraventa................................................................................................ 33

3.3.2. Teoría Del Arrendamiento De Bienes Y Servicios ....................................................... 34

3.3.3. Teoría del Franchising ...................................................................................................... 34

3.3.4. Teoría de la Asistencia Técnica ...................................................................................... 36

3.3.5. Teoría de la Información Técnica.................................................................................... 37

3.3.6. Teoría del Secreto Industrial o Empresarial .................................................................. 38

3.3.7. Teoría del Contrato de Joint Venture ............................................................................. 39

3.3.8. Teoría del Contrato de Sociedad .................................................................................... 40

3.3.9. Teoría del Contrato de Transferencia de Tecnología .................................................. 40

3.4 Contrato de Know How: Contrato Empresarial ................................................................. 41

3.5. Caracteres del Contrato de Know How ............................................................................. 42

3.6. Subtipos del Contrato de Know How: ................................................................................ 45

Page 9: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

ix

3.6.1. Contrato de Know How Puro: .......................................................................................... 45

3.6.2. Contrato de Know How Mixto: ......................................................................................... 46

CAPITULO IV ................................................................................................................................ 48

4.1. Antecedentes De La Licencia De Uso ............................................................................... 48

4.2. Elementos .............................................................................................................................. 51

4.2.1. Personales .......................................................................................................................... 52

4.2.2. Formales ............................................................................................................................. 53

4.2.3. Reales.................................................................................................................................. 54

4.3. Naturaleza Jurídica ............................................................................................................... 55

4.4. Definición ................................................................................................................................ 59

4.5. Características ....................................................................................................................... 59

4.6. Clasificación ........................................................................................................................... 62

4.7. Requisitos Del Contrato ....................................................................................................... 64

4.8. Oponibilidad frente a terceros ............................................................................................. 66

4.9. Cancelación De La Inscripción ........................................................................................... 70

CAPITULO V ................................................................................................................................. 74

5.1 La Importancia De Los Contratos Accesorios Al Contrato De Franquicia .................... 74

CONCLUSIONES ......................................................................................................................... 82

RECOMENDACIONES ................................................................................................................ 83

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................................. 84

Page 10: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

1

INTRODUCCION

Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los

contratos accesorios al contrato de franquicia, dicho contrato es conocido en el

comercio internacional como una herramienta para la expansión de las empresas

a otros territorios, y ha tomado auge con el fenómeno de la globalización que en

las últimas décadas ha influido la economía a nivel mundial. Es un sistema de

distribución comercial que engloba la transmisión de un know how, la licencia y

usos de una marca y todo tipo de asistencia bajo control del otorgante, a cambio

de una prestación establecida.

En este orden han aparecido modalidades contractuales en las que una de las

partes fija condiciones, como forma de asegurar la calidad del producto y la

atención en cualquier lugar, asegurando la notoriedad y popularidad de su

marca; dejando en claro que en este caso y como pasa con las restantes

modalidades, son modelos construidos por la realidad, por la costumbre

comercial, al margen de la normativa, desarrollándose paralela e

independientemente y a los que se les aplica analógicamente las instituciones y

normas ya reguladas en Derecho Mercantil. El rasgo característico de todas

ellas es el de cumplir con una función económica de integración de empresas en

formas de comercialización en un mundo globalizado que se guía muchas veces

por la apariencia.

En la actualidad el contrato de franquicia, trae consigo muchos beneficios para

las personas contratantes, por los contratos subyacentes de la franquicia,

estos se dan mediante un acuerdo de partes en donde una de ellas poseedora

de un determinado producto, sistema de comercialización y de producción, hace

entrega del mismo a otra persona, para que esta lo produzca, comercialice y

utilice la marca del mismo siguiendo las mismas pautas.

Page 11: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

2

En Guatemala siendo un país con altas necesidades sociales es importante ir de

la mano con los cambios económicos mundiales, para salir del estancamiento

económico en el cual se encuentra, y buscar los beneficios de los mismos para

toda la población y no solo para un sector social.

Este trabajo servirá para analizar la relevancia que presenta el Contrato de

Franquicia y los Contratos Accesorios, tanto a nivel mundial como en

Guatemala; también se determinara si existe legislación guatemalteca que

regule este tipo de contratos.

De los métodos de investigación se utilizaron en la elaboración de dicha

investigación, podemos mencionar: Deductivo, Inductivo, Análisis, Síntesis; y la

técnicas que se emplearon son: Entrevista, Encuesta y Fichero.

Esta investigación se realizo con el objeto de comprobar, si se aplican este tipo

de Contratos en Guatemala, y de establecer si de alguna manera se benefician

los propietarios de las Franquicias; y determinar si es una herramienta que le

permite al comerciante expandirse o hacer crecer su negocio a nivel mundial, a

través de la obtención de las regalías

A continuación hablaremos de su estructura y contenido: en el Capítulo I

encontraremos, características, principios, división de los Contratos Mercantiles.

En el Capítulo II Antecedentes del Contrato de Franquicia, definición,

elementos, tipos de Franquicia y su importancia. En el Capítulo III se desarrolla

el Contrato de Know How, definición, el Secreto Empresarial, Joint Venture, y

otros contratos que se relacionan. En el Capítulo IV se analiza la Licencia de

Uso, como sus elementos, naturaleza, definición, características, clasificación,

cancelación de la misma. En el Capítulo V La importancia de los contratos

accesorios del contrato de franquicia en la actualidad.

Page 12: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

3

CAPITULO I

1. 1 Los Contratos Mercantiles

Un contrato mercantil se efectúa cuando dos o más personas convienen en

crear, modificar o extinguir una relación jurídica, en el que por lo menos una de

las partes es un comerciante y actúan con una finalidad patrimonial, un fin

lucrativo.

Las nuevas modalidades de contratación responden a la evolución tecnológica,

al servicio de una economía de mercado y a la creciente demanda de bienes y

servicios, debido a las profundas transformaciones económicas, sociales y

políticas. Como afirma Farina1, “La empresa organiza, produce y distribuye este

cúmulo de bienes y servicios, que están cambiando los hábitos, los gustos y

hasta el criterio moral de los consumidores; y todo esto se manifiesta por medio

de los contratos comerciales. La complejidad del mundo actual, la evolución

tecnológica, son actos de los contratos mercantiles, el mayor comfort al que en

una medida u otra todos aspiramos, el transporte, la información, la cultura, los

libros, los viajes, el turismo, etc., todo implica la presencia de una empresa que

los produce y los vuelca al mercado masivamente.”

1.2. Características

En los contratos mercantiles podemos destacar un conjunto de características,

algunas generales y otras especiales, que permiten advertir su adecuada

concepción tanto desde su regulación jurídica como desde su función

económica.

Las características generales de los contratos mercantiles son:

1 Farina, Juan M., “Contratos Comerciales Modernos”, Editorial Astrea, 2ª. Edición, Buenos Aires, 1997,

Page 13: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

4

a. La intervención de un comerciante:

El Código de Comercio (Decreto No. 2-70 del Congreso de la República,) en su

Artículo 2 establece quiénes son considerados comerciantes. A tal efecto

dispone que califican como tales quienes ejercen en nombre propio y con fines

de lucro cualesquiera actividades que se refieren a:

“(1) La industria dirigida a la producción o transformación de bienes y ala

prestación de servicios.

(2) La intermediación en la circulación de bienes y a la prestación de servicios.

(3) La Banca, seguros y fianzas.

(4) Las auxiliares de las anteriores."

Asimismo, el citado Código nomina en su Artículo 3 como comerciantes sociales

a las sociedades organizadas bajo forma mercantil, cualquiera que sea su

objeto.

b. La forma de la contratación:

La ausencia de formalismos, la rapidez en la contratación y en la ejecución y la

libertad de forma es la regla general y la finalidad patrimonial.

c. El objeto del contrato:

Se requiere de objetos posibles, determinados o determinables, y de carácter

lícito.

Por su parte, las características especiales de los contratos mercantiles son:

Page 14: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

5

a. La representación aparente:

Surge cuando una persona da lugar con actos positivos u omisiones graves a

que se crea, según los usos del comercio, que alguna persona está facultada

para actuar como su representante, y no podrá invocar falta de representación

contra terceros de buena fe.

b. Los principios mercantiles de interpretación y ejecución:

La verdad sabida, conforme a la palabra dada por las partes, conocen sus

derechos y obligaciones; y la buena fe que constituye un estándar de conducta

arreglada a los imperativos éticos exigibles con la conciencia social imperante

que es la confianza.

c. Solidaridad de los deudores:

En las obligaciones mercantiles los codeudores se presumen solidarios, salvo

pacto expreso en contrario.

d. Exigibilidad de las obligaciones sin plazo:

Las obligaciones sin plazo son exigibles inmediatamente, salvo que el plazo sea

consecuencia de la propia naturaleza del contrato.

e. Mora mercantil:

Para la constitución en mora no es necesaria la interpelación por parte del

acreedor.

f. Derecho de retención:

Es el derecho que tiene el acreedor de retener los bienes de un deudor, que se

hallen en su poder, o bien, de los que tenga disposición por medio de títulos de

crédito representativos.

Page 15: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

6

g. Capitalización de intereses:

En los contratos mercantiles se permite pactar la capitalización de intereses, con

una tasa de interés menor a la tasa promedio que apliquen los bancos en sus

operaciones del período que se trate.

1.2.1. Principios en los Contratos Mercantiles

Buena Fe: Es la conducta arreglada a los imperativos éticos exigibles de acuerdo

con la conciencia social imperante;

Verdad Sabida: La palabra dada por las dos partes, se considera como verdad

sabida;

Toda Prestación: Se presume onerosa: ya que siempre va a existir el interés en el

lucro;

Interés de Lucro: Es decir que siempre se persigue una ganancia

1.3. División de los Contratos Mercantiles

El Doctor René Arturo Villegas Lara2 quien presenta la siguiente división de los

contratos mercantiles:

a. Bilaterales y Unilaterales:

Son bilaterales cuando las partes tienen obligaciones recíprocas; y unilaterales

cuando la obligación recae únicamente en una de las partes contratantes, sin

tener una contraprestación.

b. Onerosos y Gratuitos:

2 Villegas Lara, René Arturo, "Derecho Mercantil Guatemalteco – Obligaciones y Contratos", Guatemala, Editorial

Universitaria, 1984, página 18-20.

Page 16: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

7

Es oneroso el contrato que ante una obligación nace un derecho, aunque las

obligaciones recíprocas no sean equivalentes o proporcionales.

Por el contrario, los contratos gratuitos son los que se llevan a cabo por

liberalidad de una de las partes, sin pedir ninguna contraprestación.

c. Consensuales y Reales:

Los contratos consensuales se perfeccionan con el simple consentimiento de las

partes; mientras que los reales requieren para su perfección la entrega de la

cosa.

d. Nominados e Innominados:

Son contratos nominados los que tienen una denominación propia, que surge de

la ley o de la práctica mercantil; son innominados los que no gozan de un

nombre propio que los identifique.

e. Principales y Accesorios:

Los contratos principales subsisten y surten efectos por sí solos; en tanto que

son accesorios en el caso que los efectos jurídicos del contrato dependen de la

existencia de otro contrato.

f. Conmutativos o Aleatorios:

Ambos se refieren a los contratos onerosos. Es oneroso conmutativo aquel que

desde el momento de la contratación determina el alcance de prestaciones,

beneficios o pérdidas que sufrirán las partes; es oneroso aleatorio cuando la

prestación debida es incierta y depende de un acontecimiento futuro e incierto.

g. Típicos y atípicos:

El contrato será típico cuando la ley establece la estructura de los elementos

esenciales para su creación; será atípico cuando no lo contempla la ley y es el

que en realidad nos interesa estudiar; es un contrato que no se encuentra

Page 17: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

8

regulado dentro de nuestro ordenamiento jurídico guatemalteco y por lo tanto se

basa en los principios del Derecho Mercantil combinando las formas diversas de

los regulados.

h. Solemnes, Formales y no Formales:

El contrato es solemne cuando por disposición de ley debe formalizarse en

Escritura Pública (instrumento notarial), para su validez; es formal cuando la ley

establece la necesidad de ciertos elementos en el contrato para su subsistencia;

y es no formal cuando la ley no establece requisitos formales para su validez.

i. Condicionales y Absolutos:

El contrato es condicional si el cumplimiento de la obligación está sujeto a una

condición suspensiva; es absoluto cuando su cumplimiento es independiente de

toda condición.

j. Instantáneo y Sucesivo:

Será instantáneo cuando la obligación se cumple y consuma una sola vez;

mientras que es sucesivo cuando las obligaciones son continuadas en el plazo

que se establezca en el contrato.

1.4 Contratos Atípicos Mercantiles

Son aquellos contratos cuyo contenido no se rige por la regulación de la

legislación, pero sin embargo existe la libertad dentro del Derecho Privado hacia

los particulares para contratar observando los principios del Derecho Mercantil;

como la verdad sabida y la buena fe guardada.

No obstante, con el fin de lograr resultados coherentes con este hecho, es

necesario crear cláusulas que terminan desnaturalizando la figura del acuerdo

típico elegido, y es ahí donde el intérprete debe poner especial atención a efecto

Page 18: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

9

de determinar lo realmente es requerido por las partes, es decir la causa del

pacto.

Estos tienen, básicamente, la misma naturaleza jurídica que los típicos, por lo

que son convenciones reconocidas por la ley como creadoras de efectos

reglamentarias. A ambos se les aplican principio de seguridad jurídica, y los

mismos requisitos e instituciones estipuladas para la materia contractual en

general, pero difieren claro está en su estructura (porque no están regulados

dentro de la ley y por lo tanto existe libertad para efectuar el contrato), aplicación

y definición particular.

Algunos contratos atípicos mercantiles que podemos mencionar son:

Contrato de Franchising, (franquicia)

Contrato de Leasing, (arrendamiento financiero)

Contrato de Renting, (arrendamiento)

Contrato de Factoring, (sociedad financiera)

Contrato de Management, (administración)

Contrato de Underwriting, (financiamiento)

Contrato de Holding, (sociedad auxiliares)

Contrato de Concesiones Mercantiles

Contrato de Joint Venture, (colaboración empresarial)

Contrato de Pool, (intercambio de acciones)

Contrato Pool Aeronáutica, (redistribución de rutas aéreas)

Contrato de Country Club, (club de campo)

Contrato de Tiempo Compartido

Page 19: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

10

Es interesante que dentro del contrato de franquicia surgen otros contratos

atípicos siendo estos el know how y la licencia de uso, en otros contratos

atípicos no se presenta esta particularidad.

Page 20: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

11

Capítulo II

2.1. Antecedentes del Contrato de Franquicia

El Contrato de Franquicia como lo conocemos en la actualidad es el resultado de

varios años de usos y prácticas comerciales. El abogado argentino José Ignacio

Argañaras3 ilustra la historia y evolución de este interesante instrumento

mercantil haciendo referencia a sus orígenes en la Edad Media en Europa. En

esa época existían las denominadas Ciudades con Cartas Francas, y éstas

garantizaban ciertos privilegios a las ciudades y ciudadanos. La primera carta de

franquicia de este tipo que se conoce está fechada en el municipio de

Chambery, Francia en marzo de 1232. Además, señala que surge en virtud de la

concesión hecha por la Iglesia Católica a ciertos señores de tierras para que

actuaran en su nombre recolectando los impuestos para la misma.

Propiamente como Franquicia Comercial esta figura contractual surge en los

Estados Unidos de Norteamérica en el año 1850, aproximadamente, cuando la

compañía SINGER & CO. o Singer Sewing Machine Company crea una

novedosa forma de distribución y venta para sus máquinas de coser, la cual

continúa hasta nuestros días. También GENERAL MOTORS, a partir de 1898,

adoptó la franquicia como estrategia de expansión para su red de distribuidores

en otros países. Es importante hacer notar que la primera legislación específica

sobre la materia surgió recientemente en la década del año 1970 en el Estado

de California,Estados Unidos de América.

El sistema de franquicias en la actualidad es muy importante debido a que es la

mayor forma de comercialización a nivel mundial.

Para confirmarlo, el Abogado guatemalteco Carlos Melini, en su artículo

3 3 Argañaras, José Ignacio, El Contrato de Franchising (Franquicia), Argentina, pag. 32

Page 21: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

12

FRANQUICIAS4 publicado en el Internet, indica que en el año 1995 el número de

empresas franquiciantes de Estados Unidos de América era de 3,000 y que a

nivel mundial en esta misma fecha el número de franquiciantes ascendía a

10,654. Estos datos ilustran la constante utilización de este contrato en el ámbito

comercial.

2.2. Definición

El contrato de Franquicia es conocido en el comercio internacional como una

herramienta para la expansión de las empresas a otros territorios, en coherencia

al fenómeno de la globalización que en las últimas décadas ha abarcado las

comunicaciones, los servicios y el comercio. Una definición completa de este

contrato la da el tratadista Mexicano Javier Arce Gargollo. Según dicho autor, “El

contrato de franquicia es aquel por el que el franquiciante otorga al franquiciado

la licencia de uso de una marca con el derecho a distribuir ciertos productos o a

explotar, con cierta exclusividad, una empresa o negociación mercantil de bienes

o de servicios, en ambos casos, mediante la transmisión de conocimientos

técnicos y el uso de marca(s) y nombre(s) comercial(es), a cambio de una

contraprestación generalmente ligada a los resultados de la operación de la

negociación.”5 Por otro lado, la Asociación Internacional de Franquicias confirma

las ideas del anterior tratadista definiendo el contrato como “…una relación

contractual entre un franquiciante y un franquiciado en el cual el primero ofrece

mantener un interés continuo en el negocio del segundo, respecto a áreas tales

como el Know how y entrenamiento, en tanto el franquiciado opera bajo un

nombre comercial común y de acuerdo con un procedimiento común o patrón

establecido o controlado por el franquiciante, haciendo aquel una inversión

financiera sustancial con sus propios recursos y en su propio negocio" .6

4 Melini, Carlos, “Franquicias”, Guatemala,2010 pagina 15 5 Arce Gargollo, Javier, "El contrato de franquicia", Themis, México, 1992, página 29.

6 Marzorati, Osvaldo S. "Sistemas de Distribución Comercial", Buenos Aires: Editorial Astrea, 1992,página 191.

Page 22: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

13

De las definiciones antes expuestas proponemos la siguiente definición de

franquicia: “El contrato de Franquicia es una relación contractual mediante

el cual una parte (franquiciante) transfiere a otra (franquiciado) un conjunto

de conocimientos, métodos y técnicas para llevar a cabo el negocio que lo

ocupa, y además, le otorga licencia para el uso de las marcas, nombres

comerciales, patentes de invención, y algunos otros elementos de

propiedad intelectual propios del negocio, a cambio de las regalias. De esta

manera, prepara y equipa al franquiciado para desarrollar las operaciones

comerciales de la misma forma que lo haría personalmente el franquiciante,

en un territorio determinado, mientras el franquiciado se compromete a

seguir los lineamientos que le indique el franquiciante, para la prestación

o produción del servicio o producto y desarrollar su propio negocio”.

2.3. Elementos del Contrato de Franquicia

2.3.1. Elementos Subjetivos

La mayoría de los tratadistas mercantilistas concuerdan que existen dos

elementos subjetivos en este contrato: el franquiciante y el franquiciado (o

franquiciador, como también se le denomina).

Franquiciante es quien otorga la franquicia, detenta la marca y otro derecho o

categoría de propiedad intelectual; es el poseedor del negocio y como tal, su

obligación es proveer al franquiciado de los productos objeto de la empresa,

dotarlo de la organización necesaria, conceder el uso de derechos de propiedad

intelectual, publicidad y entrenamiento o capacitación.

A cambio de todas estas prestaciones, él recibirá un pago por la operación, lo

que el Doctor Villegas Lara denomina "derecho de entrada" 7, y posteriormente

7 Villegas Lara, René Arturo, Op. Cit., página 380

Page 23: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

14

en forma constante y periódica, un porcentaje de las utilidades que obtenga el

franquiciado (regalías), así como la expansión comercial de su marca y

propiedad intelectual y de su empresa.

Franquiciatario o Franquiciado es el tomador de la franquicia. Actúa en nombre

propio en cuanto a la relación jurídica, opera bajo su propio riesgo, se obliga a

utilizar la franquicia, proporciona el personal que laborará en el negocio, compra

la maquinaria necesaria para el desarrollo, contrata instalaciones y se

compromete a seguir los lineamientos que le indique el franquiciante para la

prestación del servicio o producción del producto. Por ello, desarrolla su propio

negocio, no invierte grandes cantidades de dinero en estudios de mercado por

ser un negocio ya desarrollado y probado y, por ello, el riesgo de fracaso se

minimiza.

2.3.2. Elementos Objetivos

El Doctor Díaz Bravo8 indica que los elementos importantes para la efectiva

operación de una franquicia son los siguientes:

a. La licencia para el uso de una o más marcas y, frecuentemente, del nombre

comercial. Hay que hacer notar que en estos casos no opera la transmisión

plena de la marca o del nombre comercial, ya que el franquiciante conserva la

titularidad. De esta manera, la clientela es atraída por la notoriedad de una

marca acreditada en el público.

Además, con el apoyo de una publicidad permanente y eficaz, se populariza la

imagen y a la vez se fortalece y multiplica el poder de la marca.

8 Díaz Bravo, Arturo. "Contratos Mercantiles". México, Harla, 1994, página 215

Page 24: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

15

En relación al uso de una marca, Argañaras indica que “La licencia de uso de

marca es la esencia del contrato de franquicia comercial, que el franquiciante

sea titular de una marca sobre un producto o servicio, ya que la clientela es

atraída por el renombre y prestigio de la misma, y por supuesto que el

franquiciado además de utilizar su marca, utiliza también sus signos y símbolos

distintivos, juntamente con una serie de normas con relación a la forma de

actuar del franquiciado, en cuanto a la actividad y administración a desarrollar.”9

Asimismo, otros autores indican que al hablar del sistema de franquicia no debe

hacerse referencia exclusiva al otorgamiento de licencia sobre una marca o

nombre comercial, sino que además pueden extenderse licencias sobre otros

derechos de propiedad intelectual como diseños industriales, obras protegidas

por derechos de autor, modelos de utilidad, secretos empresariales, patentes de

invención, etcétera.

b) La transmisión de conocimientos técnicos y la prestación de la asistencia

relacionada con los mismos, y que pueden referirse a patentes de invención,

secretos empresariales, secretos de fabricación (know how), etcétera.

Las voces know how son frecuentemente utilizadas, especialmente en los

Estados Unidos de América e Inglaterra para abarcar procesos complicados y

definidos. El término también es utilizado en un sentido limitado, significando la

habilidad adquirida y la experiencia acumulada por un técnico, que son

inseparables de su persona y que constituyen su valor técnico para el

empleador. El autor Van Notten lo define como “los procedimientos prácticos

industriales y comerciales, que no pueden ser descritos con precisión, los cuales

derivan su valor como consecuencia de un determinado grado de novedad y

9 Argañaras, José Ignacio, Op. Cit.

Page 25: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

16

secreto”10. Esto se refiere a la obligación que tiene el franquiciante de enseñar al

franquiciado la operación del negocio, su organización administrativa y

financiera. El franquiciado debe actuar de conformidad a las instrucciones

recibidas y poner en práctica el entrenamiento impartido. El objetivo de este

elemento dentro del sistema de franquicia es alcanzar la uniformidad en la venta

de productos o la prestación del servicio para llegar al mismo resultado del

negocio que se pretende imitar.

c) Una contraprestación a cargo del franquiciado y a favor del franquiciante,

generalmente establecida con arreglo a la utilidad que obtenga el primero

llamada regalía o royalty.

d) Territorio: que es la zona o la ubicación del establecimiento donde el

franquiciado desarrollará el negocio.

e) Método Operativo: que se refiere a la asistencia que el franquiciante debe

brindar al franquiciado durante toda la relación, consistente en entrenamiento,

elección del local, reclutamiento de personal, organización administrativo,

financiera y operacional del negocio.

Así como la constante actualización de los métodos para la prestación del

servicio.

f) Publicidad: el cual es un elemento importante para que la marca propiedad del

franquiciante se mantenga en el mercado y el producto o servicio sea vendido.

Obedeciendo al tipo de negocio objeto de la franquicia otros elementos objetivos

lo pueden ser.

10

Notten, Van, citado por Guillermo Cabanellas (h.) en "Contratos de Licencia y de Transferencia de Tecnología en el

Derecho Privado", Argentina, Heliasta, 1980, página 29.

Page 26: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

17

g) Calidad de Suministros: cuando el franquiciante mantiene un estricto control

sobre los productos o utensilios que el franquiciado adquiere para la prestación

del servicio.

h) Compromisos de Asistencia Financiera: en el caso que el franquiciante no

invierta capital o no lo compromete en el negocio del franquiciado, pero sí lo

asesora para la obtención del capital con el objeto de construir la franquicia.

i) Cláusulas de Confidencialidad: que se refieren al compromiso que adquiere el

tomador de la franquicia de guardar el secreto o la reserva en cuanto a la

administración del negocio y la operación.

j) Cláusulas de no Competencia: que son establecidas por el franquiciante para

que el franquiciado no opere negocios competitivos durante el tiempo de la

franquicia y hasta por un determinado tiempo posterior a su finalización.

Concluyendo con el tema de los elementos objetivos del Contrato de Franquicia,

una vez analizados los elementos que presentan los diferentes autores,

podemos establecer “como elementos objetivos indispensables para la

existencia de un contrato de franquicia los siguientes:”

1. La transmisión de conocimientos técnicos, porque si no hay transmisión de

conocimientos (know how), podría tratarse de otra figura contractual con

finalidades diferentes a una franquicia;

2. Las regalías: que representan el beneficio patrimonial al franquiciante y la

obligación o pago a cargo del franquiciado; y

Page 27: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

18

3. El uso de marca o nombre comercial, o cualquier otro tipo de derecho de

propiedad intelectual que se relacione con el negocio.

2.4. Tipos de Franquicias

Existen diferentes clasificaciones doctrinarias que resultan de las varias

aplicaciones prácticas del contrato de franquicia dentro de los usos comerciales.

El tratadista argentino Juan M. Farina11 los clasifica en Franquicia de Servicio y

Franquicia de Distribución, lo que a continuación pasamos a exponer, junto con

otros tipos.

2.4.1. Franquicia de Servicio

Es aquella franquicia mediante la cual se suministra un servicio como

conceptualización de una técnica o normativa determinadas; por ejemplo, el

asesoramiento legal, fiscal o inmobiliario, enseñanza, hotelería, tintorería,

alquiler de vehículos, mantenimiento corporal, etcétera. La Guía de Franquicias

de la OMPI la define como aquella en que "el licenciante de la franquicia

desarrolla cierto servicio que es prestado por el licenciatario de la franquicia en

virtud de las cláusulas del contrato de franquicia, a sus clientes."12

2.4.2. Franquicia de Distribución

Es aquella en que el franquiciante fabrica el producto y lo vende a sus

franquiciado, y éstos, a su vez, venden los productos a la clientela bajo la marca

del franquiciante, y dentro del territorio que les autoriza la franquicia.

Este tipo de franquicia se utiliza para la distribución de combustibles, cosméticos

o productos electrónicos de consumo domésticos. Sin embargo, no debe

confundirse la figura de la franquicia de distribución con el contrato de

11

Farina, Juan M., "Contratos Comerciales Modernos", Argentina, Editorial Astrea, 1994, página 458. 12 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), "Guía de Franquicias", Ginebra, 1994,página 22

Page 28: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

19

distribución, los cuales, aunque la finalidad pareciera ser la misma, presentan

varias diferencias, así: El contrato de franquicia representa el otorgamiento de

todo un sistema de negocio que se da a conocer a un tercero para que lo

desarrolle en un territorio determinado.

En el caso de la franquicia de distribución, el franquiciante permite al

franquiciado comercializar con cierto producto bajo su marca a cambio de una

prestación, pero todo esto acompañado de un "paquete de prestaciones", como

lo llama el Doctor Jonás Bergstein, el cual incluye transferencia de otros

elementos como el know how, el uso de publicidad, directrices administrativas,

etcétera. Por otro lado, el contrato de distribución es aquel por el que una parte

se obliga a adquirir bienes o servicios de otra para su posterior reventa; o como

lo define nuestro Código de Comercio, en su Artículo 280, cuando dispone que

"Por el contrato de distribución o representación, un comerciante denominado

principal contrata con otro comerciante denominado distribuidor o representante,

para que por cuenta de este último se venda, distribuya, promueva, expenda o

coloque los bienes o servicios de su giro."

La diferencia de estas contrataciones se encuentra que el contrato de

distribución no lleva consigo el elemento de incorporación del tercero (agente)

al sistema de negocios del comerciante (agente), ya que se limita a adquirir los

bienes o servicios del comerciante y, posteriormente, bajo su propia cuenta,

ofrecerlos y venderlos en el territorio señalado; mientras que en la franquicia de

distribución el franquiciado se sumerge en el sistema de negocios

diseñado por el franquiciante, no limitándose a la sola venta de los bienes o

servicios del franquiciado, sino obteniendo además, instrucciones, asesoría y los

lineamientos para la obtención del éxito del negocio.

Page 29: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

20

2.4.3. Franquicia de Procedimiento

Se le conoce también como franquicia de fabricación. A través de este tipo de

franquicia, el franquiciante proporciona un conocimiento técnico o de producción

al franquiciado, y le autoriza a fabricar, vender y producir productos bajo las

marcas del franquiciante. Además, le transfiere información de secretos

comerciales o tecnología patentada, así como información acerca de la

comercialización, distribución y servicio del producto. Típicamente se ve utilizada

este tipo de franquicia en las industrias de restaurantes y de comida rápida,

con lo que se confirma que es una de las franquicias más desarrolladas.

Otra clasificación se puede dar de acuerdo al sistema o tipo de servicio que

preste o al producto que venda la empresa propietaria de la franquicia. El autor

Kahn Michel admite cuatro tipos diferentes de franquicia: Industrial, de

Distribución, de Servicios y Hotelera las cuales se pueden conceptualizar

fácilmente por su propia denominación. Existen otras clasificaciones que tratan

de encuadrar las diferentes variaciones que puede tener el contrato de

franquicia, pero consideramos que cualquier clasificación quedaría corta, debido

a la amplitud de bienes y servicios y formas de comercio que existen y que

pueden ser objeto de una franquicia.

2.5. Las Franquicias en Guatemala

Las franquicias son ya una práctica común en todas las áreas de la actividad

económica. En las últimas décadas, Guatemala ha sido invadida de productos

extranjeros que han provocado mayor competitividad en el comercio y la

industria local.

Afortunadamente, Guatemala ya se ha iniciado en la práctica de exportación de

franquicias, y esto trae consigo un mayor aprovechamiento de este tipo de

Page 30: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

21

contratación por parte de los comercios y productos guatemaltecos. De acuerdo

al artículo publicado en Prensa Libre el 21 de diciembre del 2002, la cadena de

restaurantes guatemalteca Pollo Campero empezó a desarrollar su estrategia de

franquicia en 1994. Actualmente se encuentra operando en Estados Unidos de

América, México, toda Centroamérica, Ecuador y con nuevas aperturas en

España. Además, tenemos el caso de los restaurantes denominados Los

Cebollines, que cuenta ya con operaciones en Guatemala, Honduras y El

Salvador, con planes de expansión hacia Norteamérica, el Caribe y el resto del

2002, Latinoamérica. Otro ejemplo es The Bagel Factory, empresa guatemalteca

que está trabajando actualmente en su programa de franquicia. Igualmente, la

cadena de restaurantes guatemalteca de comida oriental (o china) Chinito Veloz

se encuentra en el proceso de ampliar sus operaciones hacia México, Honduras

y Nicaragua, Restaurante Hacienda Real en El Salvador, Honduras y Panamá.

El Contrato de Franquicia es un contrato atípico en nuestra legislación, ya que

no lo contempla específicamente ni desarrolla en forma específica ningún cuerpo

legal. Sin embargo, sí es reconocido o nominado por nuestra legislación en el

Artículo 280 Código de Comercio, que al regular lo relativo a las reglas de los

Agentes de Comercio, aclara que “…Por contrario, las disposiciones de este

capítulo no serán aplicables a contratos o relaciones de licencias de uso o

usufructo de propiedad industrial e intelectual y de franquicias comerciales.”

Además encontramos una expresa alusión a la franquicia en la Ley de Propiedad

Industrial, dentro del Capítulo de Marcas, específicamente respecto a lo relativo

a inscripción de la Enajenación, Cambio de Nombre del Titular y Licencias de

Uso. En efecto, en el último párrafo del Artículo 46 la Ley de Propiedad Industrial

indica que “…En lo que se refiere a la materia regulada por esta ley, los

contratos de franquicia se regirán también por las disposiciones de este

capítulo…” Es decir, la citada Ley aclara que cuando el contrato de franquicia

contenga en sí mismo disposiciones contractuales respecto a una licencia de

Page 31: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

22

uso de marca, a falta de pacto expreso estará regido por las normas de la ley

referida.

Fuera de las normas indicadas, los contratos de franquicia no están regulados ni

desarrollados en la legislación guatemalteca, por lo que son contratos atípicos y

su contratación se basa en el principio de libertad de contratación mercantil,

fundamentados en los principios filosóficos de buena fe y verdad sabida. El

asunto de regulación legal de los contratos de franquicia ha sido muy discutido.

Existen dos tendencias: la primera que apoya y exige la creación de legislación

que regule los contratos, basándose en los abusos que se cometen por parte de

los franquiciantes en las contrataciones; y la segunda tendencia es la que

asegura que la existencia de legislación que regule la franquicia detendría la

tremenda expansión que ha tenido este sistema de contratación.

"En el Derecho comparado, Canadá y Estados Unidos han sido pioneros en la

tarea de dotar a la franquicia de una regulación legal… se ha creado además un

registro de franquicias."13

2.6. La Importancia del Contrato de Franquicia

La razón principal del éxito del contrato de franquicia en el mercado

internacional, de acuerdo al Abogado Mauricio Funes Huerta, lo es que consiste

en el vínculo ideal entre grandes capitales y las pequeñas y medianas empresas,

además de ser una estrategia de diversificación y marketing extraordinaria como

sistema de comercialización de un producto o servicio. Asimismo, conlleva

varios beneficios evidentes como el permitir la expansión geográfica y la

conquista de mercados desconocidos, controlando la distribución de los

productos en dichas zonas, pero por sobre todo, valoriza la marca y en ciertos

casos también otros signos distintivos. Un ejemplo del éxito de las franquicias es

13

Calvo Caravaca, Alfonso L. y Luis Fernández de la Gándara, " Contratos Internacionales", España, Editorial Tecnos,

página 1

Page 32: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

23

la red multinacional Coca-Cola, la que se expandió por diferentes países del

mundo con un éxito sin precedentes. Tampoco hay que olvidar las cadenas de

comida rápida como McDonald´s que se encuentran en casi todos los países del

mundo, utilizando este sistema de distribución y venta, agregando cada vez un

mayor valor a la marca en cuestión.

Algunas de las ventajas que ofrece este contrato las resume Modesto Bescós14

así:

a) Expansión rápida de los negocios que se apoyan en la iniciativa e impulso

empresarial de terceros;

b) Capital y riesgos mínimos para el franquiciante, pues la inversión principal es

realizada por los franquiciado, quienes asumen los albures de la explotación de

su establecimiento;

c) Mayor facilidad de administración para el franquiciante, a la vez que mayor

agilidad y rapidez en el control de la cadena de franquiciados;

d) Optimización del marketing, de manera que se consiguen mayores economías

de escala, principalmente en suministros y equipos; y

e) Mayor valorización de la estructura, pues generalmente se consiguen mejores

emplazamientos, una mejor identificación de los productos e intercambio de

experiencias.

En base a las ventajas presentadas, podemos determinar las prerrogativas que

este tipo de contratación ofrece en relación a las partes contratantes: El

Franquiciado desarrolla su propio negocio, el cual es relativamente seguro, pues

14

Villegas Lara, René Arturo, "Derecho Mercantil Guatemalteco – Obligaciones y Contratos",Guatemala, Editorial

Universitaria, 1984, página 18-20.

Page 33: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

24

está basado en la explotación de una marca ya conocida y con un método ya

operado.

Lo más importante es que el tomador de la franquicia no se arriesga a

experimentar y pagar el costo de las equivocaciones, ya que aprovecha la

experiencia e investigaciones desarrolladas por el franquiciante con anterioridad.

El Franquiciante, por otro lado, obtiene la difusión de la marca y nombre

comercial o de cualquier otra categoría de derecho de propiedad intelectual

(propiedad industrial o derecho de autor), aumenta el prestigio de los mismos

con el esfuerzo del franquiciado y cobra una cantidad de dinero por su

utilización.

Además, obtiene nuevos puntos de venta sin previa inversión, sin incurrir en

costos de administración que ocasionaría la instalación de una sucursal con sus

propios medios. Finalmente, aprovecha para sí mismo los gastos de publicidad

en que incurre el tomador.

Page 34: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

25

Capitulo III

3.1 Antecedentes del Contrato de Know How

El término Know how, es una expresión inglesa que significa “saber cómo”.

Puede ser entendido como “arte de fabricación”, aludiéndose así a un

conocimiento determinado de producción o comercialización. Se le considera

como un negocio jurídico de mucha importancia, puesto que dicho contrato es un

instrumento de penetración económica, debiendo tenerse en cuenta que hoy en

día las empresas como tales, producen sus bienes en lugares diferentes de tal

forma que estas fases de los procedimientos, están o pueden estar dispersas y

ni siquiera estar coordinadas entre sí, son autónomas”.

El objeto del Know How es muy diverso y no se circunscribe a lo técnico; no se

trata en todos los casos de cesión de tecnología, sino también puede tratar

algún aspecto de naturaleza comercial. Igualmente es menester señalar que

puede generar ambigüedad al denominarlo o concebirlo como una licencia, toda

vez que existe como se sabe el genuino contrato de licencia de uso. No obstante

debe aceptarse que entre ambos tipos de contratos se da con frecuencia una

estrecha relación, empero son dos negocios jurídicos diferentes.

Este contrato aparece en 1916 en Estados Unidos de América y se difunde en

países como Inglaterra y Alemania, logrando su auge durante la

Segunda Guerra Mundial.

Actualmente se encuentra difundido en todo el orbe y constituye uno de

los contratos que se celebra con mayor frecuencia. Podemos definir el “contrato

know how, como aquél celebrado con el fin de explotar conocimientos

técnicos no patentados, que se guardan como secretos y su uso se permite

bajo confidencialidad a cambio de una retribución.”

Page 35: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

26

Este contrato permite el aprovechamiento de técnicas, que han sido fruto

posiblemente de grandes esfuerzos intelectuales

fuertes inversiones en investigación.

El conocimiento no es patentado por no tener el grado inventivo requerido para

ello o se desea tener el monopolio del invento por un plazo más amplio de

protección. En este punto, es oportuno citar a Narváez García que nos señala en que

trata el contrato de know how "versa sobre prestación de conocimientos relativos a

objetos (piezas de prueba, modelos no registrados, máquinas,

aparatos, herramientas, instalaciones de mecanización, inventos no patentados,

etc.) datos y antecedentes técnicos que incluyen cálculos, fórmulas, planos,

especificaciones, dibujos o diseños, etc. e instrucciones para fabricar, producir o

explotar un producto; o sobre procedimientos de fabricación; o comunicación de

experiencias de explotación, o consejos prácticos y explicaciones sobre una patente

determinada; o indicaciones para planificar la producción, distribución o venta directa

y demás que se estimen complementarias"

El Know How, - literalmente "saber hacer" - es uno de los elementos

fundamentales del sistema de franchising. Es un término oriundo de Estados

Unidos de América, que a pesar de haber sido adoptado por todo el mundo, no

tiene un significado unívoco. Los franceses también lo llaman "savoir faire".

Se refiere a todo el conjunto de experiencias y procedimientos que han

sido adquiridas por un empresario en la explotación de su negocio y que le

han permitido alcanzar un cierto éxito en el sector.

Para un mejor entendimiento desarrollaremos un ejemplo simple el cual es:

Page 36: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

27

A un automovilista se le paró el motor en el medio del campo y pidió ayuda a un

herrero, éste le pegó al rodado dos buenos martillazos. El auto arrancó y el

herrero pidió un precio exagerado, a lo que el furioso automovilista comentó:

tanto por dos martillazos, El herrero replicó: no, por haberlos dado, sino por

haber sabido dónde darlos. Esto es el Know How.

Ya sobre la esencia del Know How, se asegura que consiste en un secreto sobre

un conjunto de conocimientos de carácter industrial (de productos o

procedimientos), comercial o para la prestación de un servicio, que proporcionan

una ventaja competitiva a quien los posee, y que esfuerza por no divulgarlos.

De lo dicho, se desprenden los siguientes elementos constitutivos:

Secreto sobre conocimientos útiles: Es decir, recae sobre

conocimientos que permiten la satisfacción de necesidades.

Ventaja competitiva para el poseedor del secreto: Lo que significa que

es fuente de ganancias para el titular de los derechos sobre el secreto.

Carácter industrial o comercial del secreto: Se hace referencia,

entonces, al concepto amplio de empresa.

Esfuerzo para la no divulgación: Pues el titular de los derechos

ejecuta acciones tendientes a impedir que terceros conozcan el secreto

empresarial, de donde se deduce que se el poseedor del secreto que le

otorga ventajas competitivas no toma las medidas de ocultamiento

correspondientes no podrá hablarse de secreto empresarial, ni el

ordenamiento jurídico otorgara protección al poseedor del secreto.

Ahora, centrándonos en el primer elemento del secreto empresarial

conocimiento útil, que el Know How sea un secreto significa que existe una

reserva mental sobre un conocimiento. Ahora si pasamos hablar

Page 37: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

28

sobre tecnología no solo comprende conocimiento científico, en muchas

ocasiones está referida a conocimientos útiles obtenidos en virtud de la

experiencia empresarial, como, por ejemplo, los conocimientos que se poseen

sobre cuales son los distribuidores de la mejor materia prima o sobre las

cualidades que debe reunir el personal para obtener mayor rendimientos.

3.2. Definición del Contrato de Know How

Es de entender que existen una serie de definiciones referidas a este tipo de

contratación, de este modo, Aníbal Sierralta, sostiene que“... el contrato de know

how es un acuerdo de voluntades formal, por el que se transmite el uso, disfrute

y la explotación de una fórmula, procedimiento, técnica generalmente secreta y

no patentada intermediando el respectivo pago en dinero o un porcentaje sobre

el valor de las ventas del usuario”15

José Massaguer, define el contrato de know how como “...aquél negocio jurídico

celebrado entre personas, físicas o jurídicas, en virtud del cual una de ellas (el

licenciante), titular de un Know How (el Know How licenciado), autoriza a su

contraparte (el licenciatario o receptor) a explotarlo durante un tiempo

determinado y, con este fin, se obliga a ponerlo en su efectivo conocimiento; y

en virtud del cual el licenciatario o receptor se obliga, por su lado a satisfacer un

precio cierto en dinero calculada en función del volumen de fabricación o ventas

de productos o servicios realizados con el empleo del know how licenciado”16

Gomez Segade lo define como “el contrato en virtud del cual el licenciante

autoriza al licenciatario (de ordinario a título oneroso), a utilizar una técnica

desarrollada y mantenida en secreto por el primero” .17 Es de considerar que en

15 SierraltaRios, Aníbal, “El Contrato de KnowHow”, en Revista Jurídica del Perú, Lima, Septiembre 2002, Nº 38. p.

189 – 199. AÑO LII. p. 19016 Massaguer, José, El Contrato de Licencia de KnowHow, Barcelona: Bosch, 1989.p. 32 16 Massaguer, José, El Contrato de Licencia de KnowHow, Barcelona: Bosch, 1989.p. 32 17

GomezSegade, José Antonio. El Secreto Industrial. (KnowHow) Conc epto y Protección, Primera Edición, Madrid:

Editorial Tecnos, 1974, p. 137

Page 38: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

29

lo referente al tratamiento legal nacional, no existe en el marco del derecho

nacional una tipificación específica para la contratación referida al know how.

Es de considerar regular este tipo de contratación, ello en mérito de la identidad,

establecida doctrinariamente, entre el know how y los secretos empresariales, lo

cual a consideración personal, puede ser una manera de proteger a las partes

contratantes ante el vacío o deficiencia imperante en la normatividad nacional,

sin embargo es imprescindible contar con un apartado normativo adecuado a

unificar los criterios desarrollados en el marco del Derecho Industrial y de la

Protección de la Competencia Desleal adecuándolo a los marcos normativos

contractuales vigentes, creando una regulación sui generis, propia de ésta

nueva figura jurídica.

Es de considerar regular este tipo de contratación, ello en mérito de la identidad,

establecida doctrinariamente, entre el know how y los secretos empresariales, lo

cual puede ser una manera de proteger a las partes contratantes ante el vacío o

deficiencia imperante en la normatividad nacional, sin embargo es imprescindible

contar con un apartado normativo adecuado a éste nuevo tipo de contratación,

de este modo sería más que imprescindible unificar los criterios desarrollados en

el marco del Derecho Industrial y de la Protección de la Competencia Desleal

adecuándolo a los marcos normativos contractuales vigentes, creando una

regulación sui generis, propia de ésta nueva figura jurídica.

Es necesario mencionar que existen una amplia gama de definiciones

esbozadas en el ámbito legislativo, tanto por Organismo Internacionales como

por la legislación interna de diversos países referidos al tratamiento del know

how, pero estos conceptos son referidos en su mayoría únicamente al know how,

y escasamente a este tipo contractual.

En América Latina, se debe señalar que Argentina, es uno de los países que

más ha tomado en consideración el presente tema, es así que en el año de

Page 39: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

30

1969, en el Congreso Nacional de Derecho Comercial De Rosario, un grupo de

juristas proponen la tipicidad de una serie de figuras contractuales, entre las que

se encontraban los contratos de licencia y de transferencia de tecnología, marco

en el cual se contemplaban los contratos de know how. En el año de 1971, se

dicta en Argentina la Ley 21617, por la que se crea el Registro Nacional de esto

nuevos modelos contractuales a cargo de la Secretaría de Estado de Desarrollo

Industrial dependiente del Ministerio de Economía de la Nación, Ley General de

Transferencia de Tecnología por la cual se realiza una similitud entre el Contrato

de Know How y Asistencia Técnica, definiéndolo como “el contrato por el cual un

proveedor se compromete a transmitir un conocimiento técnico más o menos

secreto a un receptor que gozará de los beneficios del mismo, quien se obliga a

no develarlo a terceros, a cambio de un precio denominado royalty o regal ía”. A

la fecha, dicha normatividad ha sido modificada por la Ley 22426 del 12 de

marzo de 1981, Ley de Defensa de la Competencia.

Se propone por ende, teniendo en consideración referencial la normatividad de

la Unión Europea referida al tratamiento del know how, la presente definición:

“El Contrato de Know How, es un contrato empresarial, por el cual la

proveedora o dador transmite de modo temporal un conocimiento especializado

no patentado o patentable, caracterizado por ser de índole confidencial,

sustancial e individualizado, a un beneficiario, en mérito de lo cual el adquiriente

deberá efectuar el pago de un royalty calculado en virtud de la productividad y

ventaja adquirida.”

Es de apreciar, que en la definición esbozada me refiero a tres elementos

sustanciales presentes en este tipo de contratación a considerar en el

conocimiento especializado o know how:

La confidencialidad: El conocimiento especializado al que aludo debe ser una

información no accesible por la generalidad, es decir debe existir un área de

Page 40: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

31

confidencialidad, no sólo con el fin de proteger el monopolio de hecho, sino

también con la finalidad de preservar el valor económico de la información. No

es correcta la afirmación por la que se sostiene que el know how pierde su valor

al cobrar publicidad, ya que si un país altamente industrializado transfiere un

know how concerniente a determinado procedimiento fabril hacía un país en

desarrollo, el saber especializado continúa teniendo un valor considerable.

De este modo la teoría de la coincidencia18, que sostiene que se requiere

voluntad de la persona natural o jurídica (teoría de la voluntad) para mantener

en secreto la información y que exige como elemento esencial que el know how

implique un provecho para la empresa (teoría del interés), que es el siguiente

elemento a ser analizado.

La sustancialidad: Entendida como el valor del know how, como el conjunto de

conocimientos indispensables para el dador, favoreciéndolo en el uso, venta,

gestión o la organización del bien o servicio contractual

La individualidad: El know how debe ser minuciosamente descrito como para

poder verificar si responde a los criterios de confidencialidad y sustancialidad.

Es claro que en el contrato de know how, no existe un derecho subjetivo, sino

tan sólo aquéllos derechos que emanan del contrato, sin otra consecuencia que

no fuere “la oportunidad comercial” que es lo que en realidad prevalecen en este

tipo de contratación”.

3.3. Naturaleza Jurídica del Contrato de Know How

Para tener un concepto más claro sobre lo que representa el contrato de know

how, debemos señalar las diferencias que tiene con otras figuras jurídicas que le

son afines. El hecho de que no esté tipificado en la legislación guatemalteca

18

Kors, Jorge A, ”La Naturaleza Jurídica del KnowHow y la Ley Mejicana”, en Revista del Derecho Industrial, Buenos

Aires, Septiembre – Diciembre, 1992. Nº 42. p. 619.

Page 41: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

32

hace que muchas veces se pretenda aplicar a esta clase de contratos otras

figuras contractuales, siendo evidente que hay caracteres que las distinguen.

No existe un análisis detallado sobre dicho tema pero existen coincidencias en la

doctrina respecto a su estudio como señalan Eduardo Chuliá y Teresa Beltrán

quienes indican que “se trata de un contrato mixto o complejo, y que por tanto,

su régimen jurídico será el que se desprenda de lo pactado por las partes; por

analogía de las normas que regulen los contratos más afines, de que se trate,

por último, serán de aplicación los principios generales del derecho de las

obligaciones”19.

La naturaleza jurídica relacionada con los contratos de know how ha sido

desarrollada con la práctica y que a la fecha carece de regulación jurídica,

posición que venimos señalando con énfasis durante el desarrollo de la presente

investigación.

Del análisis de diversos textos e investigaciones relacionadas al respecto cabe

la precisión particular que hemos determinado considerar que el Contrato de

Know How merece un tratamiento legislativo, jurisprudencial y doctrinario sui

generis tendiente a formalizar su singularidad en la esfera contractual, no es

correcto sostener que debemos tratar este contrato a la par de figuras

contractuales existentes en nuestro medio sean las típicas o atípicas. Por ende,

es preciso trazar algunas diferencias con respecto a otros contratos, y que son

útiles también para el desenvolvimiento económico empresarial, y que guardan

diferencias con la estructura contractual del know how..

Existen en mérito de lo manifestado, una serie de Teorías que tratan de explicar

la naturaleza jurídica del Contrato de Know How, entre las más desarrolladas

explicaremos las siguientes:

19 ChuliáVincént, Eduardo; BELTRÁN ALANDETE, Teresa. Aspectos Jurídicos de los Contratos Atípicos., p. 247

Page 42: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

33

3.3.1. Teoría de la Compraventa

Un gran número de autores suelen considerar que el tratamiento del Contrato de

Know How, se enmarca en los cánones legales de la institución de la

compraventa, sin embargo conviene distinguir entre ambos.

Conforme dispone, el Código Civil Guatemalteco, por el contrato de compraventa

una de las partes se obliga a entregar un bien determinado y la otra a pagar un

precio cierto en dinero o en signos que lo representen. En el Contrato de know

how el transmitente, no enajena sus conocimientos, sólo permite su utilización,

lo que se produce mediante entrega de informes, maquinaria, planos, disquetes,

y otros medios de reproducción y de conocimiento, ya que se considera que el

objeto de ésta contratación no es posible de apropiación pese, a diferencia de lo

que sostiene la doctrina americana.

Otra diferencia radica en que el contrato de know how, normalmente es de tracto

sucesivo, estableciéndose una duración en el tiempo que las partes desean,

puesto que generalmente tiene lugar en el transcurso de un proceso productivo:

“… lo fundamental es que la distribución de la ejecución está dada en el tiempo y

éste es su carácter relevante o esencial…”20.

Asimismo, debemos considerar que tratándose de la compraventa radica en que

los bienes objeto de know how no son susceptibles de apropiación como he

manifestado, y por lo mismo, no existe transferencia de derecho de propiedad

alguna. La demostración de este hecho está en que los conocimientos objeto del

contrato pueden ser explotados simultáneamente por el dador y el beneficiario,

lo cual no sería posible si se tratase de bienes cuya propiedad se transmitiese,

como sucede en la compraventa.

Se precisa que si bien, en un contrato de know how pueden concurrir

prestaciones propias de un contrato de compra venta, no cabe duda que entre

20 Arias SchreiberPezet, Max, Contratos Modernos, Lima:Gaceta Jurídica,1999,p. 68

Page 43: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

34

uno y otro contrato median elementos sumamente dispares, que sería imposible

asemejar uno con otro.

3.3.2. Teoría Del Arrendamiento De Bienes Y Servicios

Otra Teoría que trata de explicar la naturaleza jurídica del Contrato de Know

How, es aquella que trata de asimilarla al Contrato de arrendamiento, si bien

ambos negocios jurídicos son de tracto sucesivo.

En lo que respecta al arrendamiento de bienes, podemos afirmar que en el

contrato de know how se transmiten elementos de carácter inmaterial, mientras

que en el arrendamiento se transmiten bienes materiales, transferidos por la

traditio. Además, en el contrato de know how el proveedor o dador no pierde la

posibilidad de usar los conocimientos materia del contrato, salvo pacto en

contrario, en cambio, en el arrendamiento de bienes se transfiere el bien para

que el arrendatario lo use y de esta manera no es posible que el arrendador

pueda usar el mismo bien objeto de contratación. Existen sin embargo, una serie

de semejanzas cuando nos referimos al arrendamiento de servicios, ya que las

prestaciones normalmente corren a cargo del dador del know how (asesoría,

asistencia técnica, formación del personal, etc.); sin embargo, en el contrato de

know how es esencial el derecho a la explotación comercial de los

conocimientos que recibe el beneficiario, este elemento está ausente en el

arrendamiento de servicios21.

3.3.3. Teoría del Franchising

El Contrato de Franchising toma su auge en 1930, después de la depresión y en

la década del 60, se materializa con la creación de empresas como Holiday Inn,

21 Arias SchreiberPezet, Max, Exégesis del Código Civil Peruano de 1984. Contratos Nominados, Compraventa,

Permuta, Suministro, Donación, Mutuo y Arrendamiento, Tomo II., Tercera Edición, Lima: Editorial Gaceta Jurídica,

2000, pp. 319 - 366

Page 44: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

35

Mac Donalds, Pizza Hut, Kentucky Fried Chicken, Sheraton, Coca Cola, Pumper

Nic y otros22. Por el Contrato de Franquicia una de las partes, el Franquiciante,

busca la distribución de su producción en lugares diferentes a donde los

produce, para lo cual se vale de una relación contractual permanente (franquicia)

con el franquiciado quien se obliga a utilizar el nombre, estilo y método del

franquiciante.

De manera que el negocio a desarrollar por el franquiciado es una suerte de

“sucursal” del franquiciante. Sostener que el tratamiento del Contrato de Know

How sea al de la Franquicia, sería impreciso, ya que la Franquicia difiere del

know how, todos los denominados bienes inmateriales, aquellos que forman

parte de la propiedad industrial, conocimientos que son materia de un contrato y

que se encuentran protegidos.

Por el contrato de licencia, el titular de una patente concede a otro el derecho a

usar y explotar un bien de índole industrial, habiendo de por medio una

contraprestación23. No podemos negar que existe similitud en ambas figuras

contractuales, ya que en ambos contratos se trata de transmisión temporal de

tecnología; sin embargo en un contrato de licencia de patentes nos referimos a

una patente registrada, protegida por la ley de público conocimiento.

Mientras que en el contrato de know how, el secreto de la información

especializada objeto del contrato constituye un elemento fundamental, motivo

por el cual muchas veces no se llega a patentar.

22

Farina, Juan, “Transferencia de Tecnología”, en: Derechos Intelectuales, Buenos Aires : Editorial Astrea. Nº 05.,

1989, p. 254 23

Guzman Espiche, Luís Miguel, “Algunas consideraciones sobre el Contrato de KnowHow” En: Revista Jurídica

Universidad Inca Garcilaso de la Vega. Lima, 1993. Nº 02. pp. 50 –58.

Page 45: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

36

Otra diferencia importante radica en que la licencia de patente implica la mera

autorización que se concede al licenciatario para la explotación del invento

patentado.

Tratándose del contrato de know how, empero se precisa más que de una simple

autorización puesto que siendo la información inaccesible a terceros ella debe

ser suministrada al beneficiario.

3.3.4. Teoría de la Asistencia Técnica

Los Contratos de Asistencia Técnica, también denominada en la doctrina como

contratos de provisión de conocimientos técnicos, contratos de cesión de

tecnología o contratos de transferencia de tecnología24, se refieren a la

transmisión temporal o definitiva de conocimientos técnicos no patentados, que

pueden tener o no necesariamente en su contenido conocimientos que

constituyan secretos empresariales, conocimientos patentables, no patentables o

derechos de exclusiva sobre determinados conocimientos.

La Asistencia técnica o los contratos de transferencia de tecnología pueden ser

conceptuados como la asesoría brindada al beneficiario,”...tanto en lo relativo al

proceso de fabricación o prestación de servicios como a la instrucción de su

personal...”25. Normalmente la asistencia técnica es un elemento del contrato de

know how, pero no es posible sostener ello en sentido inverso, ya que toda

asistencia técnica implica una cesión de know how. Por otra parte, la asistencia

técnica no implica ejecución de servicios complementarios en los cuales se

comprenda la transmisión necesaria y fundamental de conocimientos que son de

índole confidencial, lo que lo diferencia notoriamente del contrato de know how.

24 Cabanellas De Las Cuevas, Guillermo, Contratos de Licencia y de Transferencia de Tecnología en el Derecho

Privado, Buenos Aires: Editorial Heliasta, 1980. p. 28. 25 Massaguer, José, El Contrato de Licencia de KnowHow, Barcelona: Bosch, 1989. p. 163.

Page 46: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

37

Sin embargo, se debe precisar, que la asistencia técnica es necesaria para

complementar los conocimientos transmitidos por el contrato de know how.

3.3.5. Teoría de la Información Técnica

Tanto en el contrato de know how como en el contrato de asistencia técnica va

incluida la información técnica; es posible, la existencia de contratos en los que

es posible la celebración de los mismos en su contenido se reduzca

exclusivamente a esto; siendo posible hablar de contrato de información técnica.

La información técnica tiene por objeto la entrega de planos, cálculos, diseños,

especificaciones y reseñas de experimentos y comprobaciones, generalmente

expuestos en planillas, folletos o manuales para su utilización por la otra parte.

El Contrato de know How abarca otros aspectos: no se limita a esta información,

sino que, implica impartir consejos, directivas en forma continúa a fin de colocar

a quien lo recibe en el dominio y control de una técnica o proceso de producción.

El know How procura la correcta aplicación de la técnica. En la información

técnica la empresa informante cumple con poner tales elementos a disposición

de la otra parte, quien los utilizará en base a su propia capacidad industrial.

En cuanto a la asistencia la diferencia es más notable, pues en ésta, la empresa

asistente se obliga a poner a disposición de la otra, personal técnicamente

capacitado y a instruir al personal de esta última en la correcta utilización de la

técnica, comprobando en forma periódica los resultados mediante ensayos y

experimentaciones.

Page 47: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

38

3.3.6. Teoría del Secreto Industrial o Empresarial

El Secreto Empresarial, consiste en Técnicas o procedimientos técnicos,

industriales, comerciales o empresariales descubiertos o creados por una

empresa, que no llegan a tener entidad suficiente para ser tutelados mediante

una patente de invención, modelo o diseño, pero que permiten a dicha empresa

lograr determinada calidad, menores costos o imprimir a sus productos

características especiales. De ahí que la empresa guarde celosamente este

secreto empresarial que le permite competir con ventaja en el mercado.

Existen dos posiciones claramente, encontradas en la doctrina referente a este

tema; una posición sostiene que no existe identidad entre el secreto empresarial

y el know how, de este modo se entienden como diferencias entre ambas

instituciones las siguientes:

• La comunicación del secreto empresarial se cumple en un acto único, mediante

el cual se transmite cierta información confidencial, lo cual lo distinguiría

cabalmente del contrato de know how en el cual existe una corriente continua de

información, asesoramiento y consejo, tratando de colocar a la empresa

beneficiaria en el mismo grado de eficiencia técnica, durante el término de

vigencia del contrato.

• En el contrato de know how entre otras prestaciones, se incluye la transmisión

del secreto empresarial, pero no puede reducirse el objeto de esta contratación a

la sola información del secreto, pues la empresa dadora transmite mediante

consejos y directivas que envía en forma continua procurando la correcta

aplicación de una nueva técnica por parte de la empresa beneficiaria. Muchas

veces será muy difícil determinar cuando estamos en presencia de la sola

Page 48: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

39

comunicación del secreto empresarial. Pero la libertad de contratación y las

necesidades del comercio permiten suponer como posible este tipo de contrato.

La segunda posición por otra parte y que mayor desarrollo y acogida tiene en la

doctrina y jurisprudencia comparada, establece el tratamiento análogo entre una

contratación cuyo objeto sea el secreto empresarial o know how, tal y cual ha

sido acogida por el sistema estadounidense. De esta manera es preciso

considerar que, la tutela Jurídica del Know How no es iniciada con esta

denominación, sino con los términos: secretos de fábrica, industriales,

comerciales y a la fecha secretos empresariales, por ende debemos considerar

una diferencia más de índole terminológico que sustancial que ve plasmada su

variación en mérito de la amplitud que ha sufrido el contenido de la economía y

de la sociedad de consumo a nuestros días lo que ha generado que las

empresas adopten nuevos mecanismos contractuales y mejores estrategias de

mercado para poder alcanzar solidez, permanencia en el ámbito comercial.

3.3.7. Teoría del Contrato de Joint Venture

La incursión de nuevos tipos de contratos, como el Joint Venture, permiten

establecer claras diferencias entre la figura contractual el Know How, de este

modo podemos precisar que el contrato de Joint Venture es una unión

temporal de empresas que participan de manera conjunta en los

resultados, existiendo por ende división de trabajo, riesgos y responsabilidades;

asociación en los intereses y por ende control de las empresas; así como una

responsabilidad mancomunada entre las partes, lo cual no se configura en el

contrato de know how, en el cual la posibilidad de la unión temporal de

empresas para fines de transmisión de conocimientos especializados no es una

premisa fundamental en su configuración. Así también se precisa, que el

Page 49: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

40

contrato de Joint Venture aparece por la concentración económica y el contrato

de know how aparece como complemento en el empleo de patentes

3.3.8. Teoría del Contrato de Sociedad

Debemos considerar además, una diferencia sustancial con el contrato de

sociedad, entendiendo que por el tipo de prestaciones el contrato de sociedad es

un contrato plurilateral con prestaciones autónomas, el contrato de know how es

un contrato con prestaciones reciprocas.

Asimismo, el fin del contrato de sociedad es el logro de un objetivo común para

los socios, el cual si se logra los resultados se dividen entre los socios, en

cambio el fin del contrato de know how está subordinado en principio a los

intereses particulares tanto del transmisor de los conocimientos técnicos

reservados y el receptor de los mismos. Un elemento adicional, es considerar las

relaciones internas entre los intervinientes del contrato de sociedad difieren del

contrato de know how.

3.3.9. Teoría del Contrato de Transferencia de Tecnología

Es considerable, que el Contrato de Transferencia de Tecnología guarda una

relación de género a especie en referencia a la Contratación Moderna por Know

How, de este modo, muchos de los Convenios Internacionales o Normatividad

Vinculante o Consultiva, así como normatividad interna de algunos países,

engloban al Contrato de Know How, Licencia de Patentes, Marcas, o cualquier

contratación que implique transmisión de conocimientos, son tratadas bajo el

Marco regulativo de la Transferencia o Transmisión de Tecnologías.

Page 50: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

41

3.4 Contrato de Know How: Contrato Empresarial

Como hemos podido apreciar, el contrato de know how es un contrato atípico en

nuestro ordenamiento jurídico nacional, ello en mérito de no existir disposición

legal alguna, que refiera su tratamiento y especiales características.

En lo que se relaciona a la naturaleza jurídica, la posición que se sostiene es la

de considerar al contrato de know how como un contrato de carácter

empresarial; por ende, es criticable la desnaturalización y aplicación inadecuada

de determinadas instituciones contractuales en referencia al tratamiento del

know how, como por ejemplo la calificación de contratos para la transmisión de

know how, contratos de alquiler, licencia, venta o cesión. Ninguna de estas

figuras brinda un encuadre legal apropiado para dichos contratos, pues lo que

les da sustancia es la obligación de hacer del proveedor del know how,

consistente en su revelación al receptor, a cambio de una contraprestación, lo

cual es únicamente un breve acápite de la estructura contractual del know how.

Es decir el Contrato de Know How es un tipo negocial, muy distinto de los

negocios provenientes del derecho romano como de aquellos de aparición

posterior; es un contrato complejo con causa única. Su complejidad se

manifiesta a nivel morfológico, en tanto que desde el punto de vista de su

fisiología o funcionamiento, éste responde a una unidad causal, que va más allá

de las causas particulares de cada uno de los contratos o prestaciones aisladas.

El contrato de know how es en definitiva, un contrato sui generis, complejo y con

causa única, entre cuyos elementos o prestaciones existe una fusión de tal

naturaleza que resultaría imposible respecto de cada uno de ellos, mantener su

estructura y finalidad si se pudiera escindir.

Page 51: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

42

Por ende debe ser entendido, como un contrato especial atípico que involucra

aspectos relacionados, en cierta forma, con los contratos de propiedad

intelectual y aristas muchas veces consecuentes con inventos no patentados,

creaciones literarias o musicales o conocimientos técnicos, comerciales,

empresariales e industriales de amplia naturaleza pasibles o no de ser

patentados. El contrato de know how debe ser entendido a nuestros días como

un contrato de empresa internacional en el que la primacía de la oportunidad

comercial es clave.

3.5. Caracteres del Contrato de Know How

Las características de este contrato se esbozan sobre los siguientes apartados

doctrinarios a consideración:

• Por su estructura el contrato de Know How es un Contrato Atípico .-El Contrato

de Know How, carece tanto en el marco nacional como internacional de una

adecuada regulación, existiendo únicamente una tipificación en el ámbito social,

pese a tener identificación propia y reunirlos requisitos necesarios para ser

típico, no ha merecido aún recepción legislativa mediante disciplina particular,

claro esta que el contenido de estos contratos ha sido desarrollado en extenso

por la práctica más que por la normatividad imperante.

• Desde el punto de vista de su autonomía el Contrato de Know How es un

Contrato Principal. - Es un contrato con vida propia, independiente jurídicamente

de cualquier contrato que participe en la estructura negocial. No depende de

ningún otro negocio jurídico que le preceda. Si bien ocurre muchas veces que el

contrato de know how vaya acompañado de otros contratos que lo

complementan, ello en modo alguno supone que no pueda asistir

independientemente de otros negocios jurídicos.

Page 52: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

43

• Por su forma, podemos afirmar que en un principio se trata de un contrato

consensual. Sobre este extremo existe una serie discusión en doctrina, sin

embargo la gran mayoría sostiene que se perfecciona con el mero

consentimiento de las partes no requiriendo ningún requisito adicional. Cabe

precisar; sin embargo, que por razones de seguridad jurídica, su formación

debería obedecer a una calificación de carácter ad solemnitatem sometida a

algún registro, tal y cuál se realiza en Argentina y México.

• Por su valoración el contrato de know how es un contrato Oneroso.-Dado que

las ventajas que procuran cada una de las partes contratantes serán concedidas,

sólo si se configure la realización de la prestación que cada una haga o se

obligue a hacer a favor de la otra. Cabe la precisión, que existe la posibilidad de

establecer excepcionalmente la gratuidad de los mismos. En otras palabras, se

confiere ventajas y sacrificios para ambas partes

• Por el riesgo que produce a los contratantes, se trata de un contrato

conmutativo. - Tanto la empresa proveedora del know how como adquiriente,

realizan la valoración del sacrificio y la ventaja que le depara la celebración del

mismo.

• De duración.- En un Contrato de Know How, las prestaciones tanto del dador

como del beneficiario, se van ejecutando en el tiempo, durante un lapso

prolongado.

• De tracto sucesivo, el contrato de know how implica que su ejecución está

diferida en el tiempo. En efecto las prestaciones, que supone la cesión del know

how generalmente se llevan a cabo a lo largo de un proceso productivo. El

Page 53: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

44

contrato puede configurarse como uno de ejecución continuada o bien como uno

de ejecución periódica o escalonada.

• Por sus prestaciones el Contrato de Know How es un Contrato de prestaciones

recíprocas. - Tanto la empresa dadora es acreedora del royalty, e inversamente

deudora de los conocimientos especializados, mientras que la empresa

beneficiaria es acreedora de los conocimientos especializados, siendo deudora

de la suma acordada como contraprestación o royalty. Es decir tiene una

estructura objetiva provista de prestación y contraprestación. Cabe reiterar que

las prestaciones del dador y beneficiario tienen diversa índole no limitándose a

un dar sino también a obligaciones de hacer o no hacer.

De Empresa. - La estructura contractual del Contrato de Know How

obedece a considerar cuando menos, que una de las partes contratantes o

ambas son empresas. Aunque queda demostrado, en la doctrina que esto es

relativo, ya que ello es posible desprender de la Ley de Competencia Desleal

Española de 1991.

• De colaboración empresarial. - En el contrato de know how convergen dos

sujetos contractuales distintos, con propósitos igualmente distintos, en la cual

existe una estrecha colaboración. El cumplimiento de la obligación por parte del

proveedor de la tecnología no se efectúa en un sólo instante, sino que ésta se

cumple en un lapso de tiempo determinado y conforme lo requieran las

circunstancias particulares.

• A Cláusulas Generales. - En el Contrato de Know How, existen una serie de

cláusulas que abarcan solamente determinadas partes del contrato, las cuales

han sido impuestas por el uso contractual, y por la aplicación supletoria de

determinados cuerpos normativos, dependiendo del país en mención, sin

Page 54: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

45

embargo existen aspectos contractuales posibles de ser negociados por las

partes.

• Por su función, el contrato de know how es un contrato de carácter constitutivo.

- Ya que es creador de situaciones jurídicas, en contraposición a los contratos

extintivos o resolutivos, cuyo objetivo es poner fin a relaciones existentes.

Normalmente tampoco es un contrato modificativo ni regulatorio, aunque nada

impide que lo sea, cuando tiene por finalidad modificar o añadir nuevos

elementos, respectivamente, a una relación jurídica preexistente.

3.6. Subtipos del Contrato de Know How:

3.6.1. Contrato de Know How Puro:

Con la incursión de la primera etapa referida al Desarrollo de Patentes de

Invención, es posible considerar a su vez la posibilidad, a posteriori del

desarrollo in extenso de la etapa de la Autonomía de los Conocimiento

Especializados, entendiéndose por ende que la Contratación sobre la base del

acceso a información o conocimiento especializado, es uno de los Clásicos

Subtipos de Contratación por Know How. Sin embargo, a la luz del comercio y

tracto internacional es imprescindible señalar que el desarrollo de esta forma de

contratación requiere a su vez de una interacción constante e imprescindib le con

instituciones tuteladas por el Derecho de la Propiedad Industrial, Intelectual o el

Derecho de la Competencia, considerándose; por ende, que su materialización

en la praxis como Contratación Pura sea escasa, considerando por ende, que su

configuración como tal se configuraría únicamente en la teoría.

Page 55: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

46

3.6.2. Contrato de Know How Mixto:

El Contrato de Know How Mixto alude a la moderna forma de contratación de

carácter internacional, en la que en más de una oportunidad el contrato de know

how, se encuentra en estrecha relación con otras figuras contractuales

tradicionales, o nuevas formas de contratación moderna, ello no debe ser

entendido como una interrelación de carácter constitutiva, sino de índole

complementaria, en mérito de los vertiginosos marcos de desarrollo del comercio

internacional.

En Guatemala, podemos entender el know how como todo aquello que resulte

parte importante de una empresa para lograr su éxito y hacerla distinta a otras,

podemos mencionar la receta del Pollo Campero que lo hace distinto a otros

pollos fritos que se venden en el mercado guatemalteco de la comida rápida.

Es importante establecer el trámite de la inscripción de la licencia de uso ya que

el trámite de inscripción de Know How no existe.

El Registrador, a la vez, ordenará emitir un edicto, con el propósito de hacer

pública la intención del otorgamiento de la licencia. El interesado deberá publicar

el edicto una vez en el Diario Oficial y presentar al Registro el ejemplar de la

publicación, pues como lo indica el Artículo 26 del Reglamento de la Ley de

Propiedad Industrial "El Registro no hará la anotación de la enajenación, cambio

de nombre o de la licencia, hasta que se presente el ejemplar de la parte

pertinente del diario oficial en donde aparece el edicto a que se refiere el

Artículo 47 de la Ley".

No habiéndose previsto en la Ley un plazo específico para que el solicitante

presente el mencionado edicto, resulta aplicable el de seis meses de

conformidad con el Artículo 12 de la propia Ley de Propiedad Industrial, según el

Page 56: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

47

cual "Salvo aquellos casos en los que se establezca un plazo específico, las

solicitudes que se presenten de conformidad con esta ley se tendrán por

abandonadas y caducarán de pleno derecho cuando el interesado no cumpla

con lo que le sea requerido por el Registro, dentro de un plazo de seis meses,

contados a partir desde la última notificación que se le hubiere hecho. El

abandono causará la pérdida de la prelación y de oficio el archivo de la solicitud,

sin necesidad de declaración alguna".

Una vez cumplido el requisito de la publicación, el Registro de la Propiedad

Intelectual extenderá al interesado una certificación que acredite la inscripción

de la licencia de uso.

Page 57: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

48

CAPITULO IV

4.1. Antecedentes De La Licencia De Uso

Los derechos marcarios no eran de alta circulación con independencia del titular

de las marcas. Los países en vías de desarrollo rechazaban y criticaban las

licencias de marcas extranjeras cuando se iniciaba como forma de expansión de

los productos o servicios, alegando que éstos les representaban una serie de

efectos negativos.

La Doctora Wittenzellner26 presenta cuáles eran las desventajas que

supuestamente representaban las licencias de uso de marcas para estos países :

Efectos económicos negativos, tales como los altos costos para el licenciatario,

gasto elevado en la explotación del mercado y conservación del prestigio de la

marca que, al finalizar el contrato de licencia, sólo beneficia al licenciante.

Además, alegaban la influencia por parte de la empresa extranjera sobre la

libertad de decisión de la empresa nacional y asimismo, la explotación de la

posición más débil del licenciatario en la negociación del contrato, por

disposiciones como la estipulación de vigencia o aplicación del derecho

extranjero, estipulación de competencia de un tribunal extranjero y limitaciones a

la responsabilidad a favor del licenciante. Igualmente la citada autora expone los

efectos socio culturales aparentemente desfavorables de las licencia de marcas

extranjeras en países en vías de desarrollo, como la influencia en los deseos del

consumidor a través de los productos con marcas extranjeras o bien, el

"menosprecio de los valores intrínsecos del país destinatario", el "colonialismo

cultural" en países en vías de desarrollo.

Como consecuencia a estos señalamientos, hace algunas décadas los países en

desarrollo formularon ciertas propuestas legislativas con el fin de evitar los

26 Wittenzellner, Ursula. "Derecho de Marcas en la Argentina", Argentina, Abeledo-Perrot, 1989,página 193.

Page 58: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

49

problemas e inconvenientes señalados y para "proteger" su economía, su

producción y también a sus consumidores. Entre estas medidas se incluyó la

prohibición de licencias de marcas extranjeras sin la transferencia de tecnología

simultánea, la obligación de autorización oficial del contrato de licencia para

mantener un control del contenido o el simple registro para los efectos de

garantizar su publicidad. Todas las propuestas se fundaban en la idea que el

Estado debe tomar una posición fiscalizadora en estas transacciones y a través

de su accionar, debe fortalecer la posición de la empresa local. Se consideraba

que las innovaciones, señala Wittenzellner, deberían posibilitar al comerciante

independiente la creación de su propia marca, así como que las desventajas

para la economía general deberían reducirse al mínimo, sin detener el flujo de

tecnología proveniente de los países industrializados.

De esta manera, las legislaciones de los países latinoamericanos con respecto a

las licencias de marca se convirtieron en un conjunto de normas prohibitivas,

que limitaban el interés de los comerciantes o productores extranjeros en

negociar o conceder el uso de sus marcas en países latinoamericanos.

Posteriormente, los legisladores tomaron conciencia que estas limitaciones y

restricciones aplicables solamente a los extranjeros no respetaban las garantías

de propiedad e igualdad de todos ante la ley, lo cual significaba un

quebrantamiento de la protección jurídica industrial.

Con la implementación de estas medidas, también se había obstaculizado las

actividades económicas locales y claramente se había reducido el flujo de

conocimientos técnicos e inversión extranjera, dañando así la economía, el

progreso técnico y el desarrollo industrial de estos países. Al notar los resultados

negativos, se promovieron normas más abiertas, con una orientación que se

caracteriza por la inclusión de ciertas protecciones al licenciante extranjero, a fi n

Page 59: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

50

que éste tenga confianza respecto al ordenamiento jurídico de los países

latinoamericanos y se sienta atraído por el clima de seguridad y legalidad que le

ofrecen al efectuar sus inversiones.

En relación a las tendencias de las legislaciones ya expuestas, podemos afirmar

que la legislación guatemalteca aplicable a las licencias de uso de marcas, ha

mantenido una combinación de ambas tendencias: por un lado se muestra

proteccionista y motivadora de la inversión (en este caso protege al extranjero,

propietario de la marca), estableciendo supuestos en los que se dará por

terminada la licencia por causas imputables al licenciatario, aunque establece

que ello será a través de un procedimiento judicial. En efecto, según el Artículo

46 de la Ley de Propiedad Industrial "A pedido de cualquier persona interesada y

previa audiencia al titular del registro de la marca y al licenciatario por el plazo

común de quince días, el juez competente podrá cancelar la inscripción del

contrato de licencia y prohibir el uso de la marca por el licenciatario cuando, por

defecto de un adecuado control de calidad o por algún abuso de la licencia,

ocurriera o pudiera ocurrir confusión, engaño o perjuicio para el público

consumidor."

Por otro lado, la legislación guatemalteca mantiene la formalidad del registro

como una condición para que el contrato surta efectos frente a terceros, lo cual

es un rescoldo que ha quedado de la tendencia desmotivadora de la inversión

extranjera, aunque la obligación de registro no se disponga como requisito para

la validez del contrato, sino solamente para que surta efectos frente a terceros.

En Guatemala, la Licencia de uso de Marca se encontraba originalmente

regulada en el Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad

Industrial (aprobado por Decreto 26-73 del Congreso de la República).

Page 60: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

51

Posteriormente, el 1 de noviembre del 2000 entró en vigencia el Decreto 57-

2000 del Congreso de la República, Ley de Propiedad Industrial, que constituye

la actual normativa aplicable en toda la rama de propiedad industrial en

Guatemala.

La Ley vigente dedica una sección para desarrollar lo relativo a la Licencia de

Uso de Marca, todo lo relacionado a los requisitos que debe cumplir dicho

contrato o acuerdo y obliga a los contratantes a la inscripción en el Registro de

la Propiedad Intelectual del mismo para que surta sus efectos frente a terceros.

Además, establece un procedimiento particular para el caso de cancelación de

esa inscripción por razones de mal manejo de calidad, o bien, por abuso del uso

de la licencia. Por la naturaleza mercantil de este tipo de contrataciones, las

licencias de uso de marcas, están regidas, además, por las normas generales en

materia de contratos mercantiles, complementado por otras reglas que li mitan la

validez de tales actos, como por ejemplo, las normas antimonopólicas y de

defensa contra la competencia desleal.

4.2. Elementos

En el presente apartado, procederemos a abordar una parte medular de nuestro

trabajo referido a los elementos personales, formales y reales del contrato de

licencia de uso de marca, prestando especial atención a aquellos aspectos

normativos contenidos en el derecho guatemalteco a la luz de las

consideraciones doctrinales que permitan su adecuada exposición a los f ines del

presente trabajo.

Page 61: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

52

4.2.1. Personales

a. Licenciante:

Es el sujeto que otorga la licencia. "El licenciante es el titular de la marca inscrita

o el solicitante del registro, en su caso, o bien una persona que ostentando un

derecho sobre la marca esté facultada para conceder licencias. El titular del

signo podrá conceder licencias sobre el mismo dentro de los límites de su propio

derecho y, en cualquier caso, respetando las limitaciones derivadas de la

concesión de otros derechos o licencias sobre el mismo signo."27

Al respecto es importante señalar que de conformidad con la legislación

guatemalteca (artículo 45 de la Ley de Propiedad Industrial), "El titular del

derecho sobre una marca registrada puede conceder licencia a un tercero para

usar la marca". Por lo tanto, de conformidad con la ley no podría otorgarse una

licencia sobre una marca que aún no se encuentre registrada ante la oficina

competente, es decir, ante el Registro de la Propiedad Intelectual.

Respecto del otorgamiento de sub licencias por parte del licenciatario, la Ley de

la Propiedad Industrial no establece regulación alguna por lo que no puede sino

interpretarse que para ello deberá establecerse expresamente la autorización

expresa a favor del licenciatario, pues éste no puede realizar sino aquellos actos

que expresamente le sean autorizados por el titular de la marca.

b. Licenciatario:

Es la persona escogida por el licenciante, teniendo en consideración sus

cualidades personales y su organización empresarial para proceder

adecuadamente a la explotación de la marca. Asimismo, como se expondrá más

adelante, uno de los elementos más importantes en el licenciatario son las

27 Ortuño Baeza, Ma Teresa, "La Licencia de Marca", Marcial Pons, Madrid, 2000, página 242.

Page 62: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

53

cualidades personales del mismo, será el empresario al que el licenciatario

confíe la explotación de su propia marca.

4.2.2. Formales

La Ley de Propiedad Industrial no exige la forma escrita ni la inscripción en el

Registro de la Propiedad Intelectual como requisitos indispensables para la

validez de la licencia de uso de marca. Solamente los exige para que la

contratación surta efectos frente a terceros. Por lo tanto, la regla general en la

licencia de uso de marca es la libertad en la forma de la contratación.

Según el primer párrafo del Artículo 45 de la citada Ley, el titular del derecho

sobre la marca registrada “puede conceder licencia a un tercero para usar la

marca”. Cuando la misma norma dispone que el contrato debe constar por

escrito y, si no ha sido otorgado en español, estar legalizado y con traducción

jurada, es evidente que ello se requiere solamente para el caso que el mismo se

presente ante el Registro de la Propiedad Intelectual para su inscripción. De otra

manera, no tendría efectos prácticos ni sería factible asegurar el cumplimiento

de esas condicionantes. En efecto, de acuerdo al Artículo 46 de la Ley "La

licencia surtirá efectos frente a terceros sólo si estuviere inscrita en el Registro".

En el caso de proceder con la inscripción del contrato en el Registro de la

Propiedad Intelectual, entonces sí debe observarse que la ley establece

expresamente los requisitos mínimos a que debe sujetarse, los cuales serán

analizados en este mismo capítulo en el inciso 6 titulado Requisitos del Contrato.

No se verá perjudicada la eficacia entre las partes de una licencia de uso verbal

o incluso tácita, en tanto concurran la oferta y la aceptación como

condicionantes para determinar la existencia de un contrato.

Page 63: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

54

4.2.3. Reales

De acuerdo con la legislación guatemalteca, el objeto real de un contrato de

licencia de uso de marca puede ser únicamente una marca debidamente

registrada en el Registro de la Propiedad Intelectual.

Actualmente se ha reconocido el valor autónomo de la marca respecto a la

empresa o sujeto propietario. "En la actualidad, la aptitud de la marca para

constituir objeto de negocios jurídicos no se discute… La prohibición de

transmisión de la marca al margen de la empresa ha constituido un obstáculo al

reconocimiento del valor patrimonial autónomo de la misma, y con ello, a su

inclusión en la categoría de los bienes inmateriales…”

Respecto a la marca que aún está en proceso de inscripción, de la cual ya se ha

presentado una solicitud de registro, nuestra legislación no admite expresamente

que se otorgue licencia sobre la misma y además que sea susceptible de

inscripción, lo cual se fundamenta en que si bien la presentación de una solicitud

genera un derecho de prelación a favor de quien la promueve no es sino con la

inscripción que nace jurídicamente el derecho a favor del titular, incluyendo el

cúmulo de facultades legales de naturaleza positiva y negativa a que se hizo

alusión en el capítulo anterior. Consideramos necesario hacer la aclaración que

en muchas legislaciones latinoamericanas y la española expresamente permiten

el otorgamiento de licencias sobre la solicitud de registro de la marca. Sin

embargo, consideramos que de hecho sí podría otorgarse la licencia, siendo

recomendable en aras de los intereses del licenciatario que se pacte o incorpore

el compromiso del solicitante/licenciante por el cual se obliga a finalizar con el

trámite hasta obtener la inscripción, y proceder a su registro al momento de que

se encuentra definitivamente inscrita la marca en el Registro de la Propiedad

Intelectual. Ello se funda en la circunstancia que una marca para poder ser

Page 64: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

55

objeto de uso en el comercio no requiere legalmente que previamente haya sido

inscrita como tal.

4.3. Naturaleza Jurídica

En el derecho alemán se entiende por licencia la autorización a utilizar un

derecho subjetivo de propiedad industrial de la misma manera, aunque no

necesariamente, con la misma extensión que el propietario de tal derecho, en

forma temporal. Ese derecho subjetivo queda, en cuanto a su sustancia, en

poder del mismo titular, pero el uso se transfiere al licenciatario. La doctrina

alemana define la licencia de las marcas como la autorización para utilizar una

marca registrada concedida por vía contractual, en el que el licenciante se obliga

a no ejercer sus derechos de exclusión respecto del uso de la marca. Así, el acto

de otorgamiento de una licencia de uso de marca es un acto de disposición del

derecho subjetivo sobre una marca.

Por su parte, la doctrina italiana adopta dos posiciones sobre la naturaleza

jurídica de las licencias de uso de marcas. La primera, sostiene que es posible

tanto una licencia de uso de marca con efecto erga omnes como una con efectos

únicamente entre las partes. La segunda posición señala que la licencia de uso

de marca sólo configura un derecho personal de uso. Sin embargo, el tratadista

Pagliaro, citado por Bertone y Cabanellas sostiene que "Existe una naturaleza

jurídica única para estos contratos. Tanto en el caso de las licencias exclusivas

como de las que no lo son, el licenciatario obtiene un derecho absoluto, o sea,

con efectos frente a terceros. En las licencias no exclusivas, el carácter absoluto

del derecho se ve limitado, dado que el licenciatario no puede proceder contra

otros licenciatarios."28

28 Bertone, Luis Eduardo y Guillermo Cabanellas de las Cuevas, Op. Cit., página 370.

Page 65: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

56

La determinación de la naturaleza jurídica del contrato de licencia de uso de

marca debe partir de la definición del elemento esencial que es la autorización

del uso de la marca, presentándolo en términos negativos, la obligación que

asume el licenciante de no ejercer acciones contra el licenciatario de la marca

por el uso de ésta. Es este el elemento esencial, ya que sin el mismo no podría

hablarse de contrato de licencia.

Asimismo, la autora Ortuño Baeza nos indica que en el tema de la naturaleza

jurídica del contrato de licencia de uso de marca se han elaborado múltiples

teorías, identificándolo con contratos como el de arrendamiento, el de usufructo

o el de sociedad, indicando que se ha llegado a afirmar que la licencia

presentará los rasgos de uno u otro tipo de contrato dependiendo de la finalidad

que persigan las partes en cada caso concreto.

La semejanza de una licencia de uso de marca con el usufructo principalmente

radica en la función de estas figuras, ya que ambas otorgan el derecho de uso

sobre un bien. Su semejanza radica en que una persona obtiene el disfrute de

un bien mientras que la propiedad del mismo se reserva para otra. Sin embargo,

el carácter real del usufructo es la característica que separa definitivamente

estos dos contratos.

Sin embargo, se diferencian en que en el usufructo se excluye definitivamente el

uso de la marca por parte del titular, lo cual podría ser permitido en una licencia

de uso de marca conforme lo pacten las partes; además, el titular de una marca

puede otorgar licencias no exclusivas a una pluralidad de sujetos, lo cual es una

situación incompatible con el usufructo.

Asimismo, se ha discutido ampliamente sobre la similitud de la licencia de uso

de marca con el contrato de arrendamiento o locación de cosas. Bertone y

Page 66: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

57

Cabanellas, en su obra ya citada, indican que la similitud de estas figuras existe

indudablemente en la función que persiguen: conferir el goce de un bien. En la

doctrina nacional, el Licenciado Viteri Echeverría se refiere a la semejanza de

estos contratos de la siguiente manera: "Los bienes incorpóreos pueden ser

objeto de arrendamiento y así observamos que las patentes de invención y las

marcas pueden ser objeto de licencias de uso, que es el contrato por el cual el

titular de la patente o de la marca transfiere su uso y goce a un tercero, a

cambio de un precio denominado regalía"29.

Esta es la tendencia que ha seguido la doctrina francesa, la de concebir la

naturaleza de la licencia como la de un contrato de arrendamiento. Sin embargo,

existen varios aspectos que marcan la diferencia entre ambas figuras, por

ejemplo, el elemento real de un contrato de arrendamiento puede ser

exclusivamente bienes inmuebles y los bienes muebles no fungibles, mientras

que el objeto de una licencia son derechos incorpóreos como los derechos de

uso, explotación, etc. sobre marcas, patentes o cualquier otro derecho de

propiedad intelectual; asimismo, la posibilidad de conceder varias licencias

sobre un mismo bien o la obligación de uso por parte del licenciatario.

Asimismo, los autores Bertone y Cabanellas señalan otra diferencia entre estos

contratos, como lo es que el carácter intuitu personae de las licencias es más

marcado que en los arrendamientos.

Concluyen los autores mencionados que es imposible asimilar estos dos

contratos, sin embargo, es necesario indicar que efectivamente existe cierta

similitud en la descripción general de los contratos, ya que "…en ambos se

intercambia el goce de un bien, material o inmaterial, durante un período

determinado, por cierta prestación a cargo del arrendatario o licenciatario

29 Viteri Echeverría, Ernesto R. "Los Contratos en el Derecho Civil Guatemalteco (Parte Especial )",

Instituto de Investigaciones Jurídicas, Guatemala, 2002, páginas 294 y 295

Page 67: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

58

(excepto en los casos de licencias gratuitas). Tal similitud no nos permite utilizar

directamente las normas del arrendamiento en relación a los contratos de

licencia, pero sí nos autoriza a emplear el razonamiento analógico basado en

dichas normas".

Por último, se hace relación a la teoría que trata de identificar la licencia de uso

de marca con el contrato de sociedad. Esta teoría se fundamenta en la

convergencia de intereses que se produce entre un licenciante y su licenciatario,

especialmente en los esfuerzos comunes en el mantenimiento del valor de la

marca, el incremento de la producción y distribución de los productos

identificados con la misma, así como la división de las cargas financieras por la

explotación del signo, llegando a asimilarlo con el contrato social. Sin embargo,

esta postura no ha sido aceptada por la doctrina española, alegando la ausencia

de rasgos societarios fundamentales como la personalidad jurídica o la

existencia de un patrimonio común. Al analizar la relación pura de la licencia, es

evidente la contraposición de intereses entre licenciante y licenciatario, ya que el

primero busca la obtención de la contraprestación del licenciatario y, éste último,

la obtención de la prestación a que se obliga el licenciante. Así, se estaría ante

un contrato sinalagmático, que lo distancia definitivamente de un contrato

societario.

Podemos concluir que a pesar de la similitud de la licencia de uso de marca con

otros contratos, ésta es una figura jurídica independiente, típica y nominada en

nuestra legislación, y en tal virtud es nuestra opinión que dicho contrato en

cuanto a su naturaleza jurídica debe ser concebido como un acto de disposición

del propietario de una marca.

Page 68: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

59

4.4. Definición

Derivado de la exposición acerca de la naturaleza jurídica de la licencia de uso

de marca, podemos definirla como aquel contrato por medio del cual el titular de

una marca concede a un tercero, en todo o en parte, el goce de su derecho de

explotación, mediante el pago de una contraprestación, sin transferirle la

propiedad de la misma.

Es importante recalcar que la licencia no confiere titularidad al licenciatario, pues

no hay traslación de derechos, sino una simple autorización de uso del signo

distintivo por el tiempo, los modos y el pago o remuneración convenidos.

De forma similar, pero en forma más descriptiva, la autora María Teresa Ortuño

Baeza define la licencia de uso de marca como "… aquel contrato por el que el

titular (o el solicitante) de la marca, o cualquier persona con derecho a disponer

de ella, de forma voluntaria y sin perder su derecho sobre la marca, concede a

otra persona el derecho a realizar, en las condiciones y con los límites fijados en

el mismo y sin ser titular de ésta, actos de explotación de la marca, que a falta

de tal consentimiento podrían prohibirse."

De las definiciones expuestas, podemos definir el contrato de licencia, en el

caso específico de las marcas, como aquel contrato a través del cual el

licenciante concede algunos de los derechos que le corresponden por la

titularidad de una marca, a una segunda parte que llamaremos el licenciatario.

4.5. Características

Las características esenciales de la licencia de uso de marca son las siguientes:

Page 69: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

60

a. Bilateral y sinalagmático:

La licencia de uso de marca crea una relación bilateral en virtud de la cual se

generan obligaciones y derechos para ambas partes, y debido a que crea

obligaciones recíprocas a cargo de ambas partes se ha considerado

sinalagmático.

b. Consensual:

Las obligaciones emergentes de las licencias de uso de marca tienen plena

vigencia como resultado del mero consentimiento de las partes, sin que sea

necesaria la entrega de la cosa como presupuesto para el nacimiento de la

obligación contractual, ni una determinada forma para la validez del mismo,

aunque sí para su eficacia frente a terceros.

c. Contrato de Cambio o Contrato de Colaboración:

Puede darse como un contrato de cambio en el caso que el licenciante transfiere

u otorga al licenciatario ciertos derechos sobre la marca a cambio de una

prestación determinada. Además, puede darse como contrato de colaboración o

accesorio, lo cual es más común en la práctica, pues los titulares de marcas no

suelen estar dispuestos a otorgar licencias a terceros, sino después de haber

desarrollado ciertos vínculos con los mismos, y de haber creado un núcleo de

relaciones que les permita obtener determinadas ventajas adicionales a las

regalías convenidas, por ejemplo, la promoción de la marca de que son

propietarios. El caso típico de licencias que constituyen contratos de

colaboración, por formar parte de un contexto amplio de vinculaciones entre

licenciante y licenciatario, se da en el supuesto de contratos de franquicia, de los

cuales la licencia constituye un elemento central.

Page 70: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

61

d. Conmutativo o Aleatorio:

La especial naturaleza de los bienes inmateriales que constituyen el objeto de la

licencia de uso de marca llevó a la doctrina a considerar el carácter aleatorio de

este contrato. La posibilidad que no se obtengan los beneficios esperados por el

licenciatario, o por parte del licenciante que la capacidad de explotación de la

marca por parte del licenciatario no resulte la esperada, son unos de los riesgos

que conlleva el contrato de licencia. Sin embargo, "la consideración de los

contratos de licencia como contratos aleatorios supondría que las partes asumen

las consecuencias de la producción de determinados hechos que podrían

determinar una desproporción entre las prestaciones. No obstante, no puede

decirse que el 'alea' del presente contrato exceda de la posibilidad generalizada

para todos los contratos conmutativos de la existencia de una incertidumbre que

puede derivar en una pérdida o ganancia. En este sentido, el contrato de licencia

se ha venido considerando como un contrato conmutativo, en el que la relación

de equivalencia de las prestaciones a cargo de cada parte se encuentra

determinada de antemano."

e. Cumplimiento continuado:

La prestación esencial del contrato de licencia de uso de marca es la

autorización a utilizar los signos de propiedad del licenciante, lo cual debe

cumplirse en forma continuada a lo largo de la vida del contrato.

f. Contratos discrecionales o de adhesión:

Ambas modalidades son posibles y frecuentes en las licencias marcarias. Un

ejemplo típico de los contratos de adhesión en este campo se da precisamente

en las concesiones o franquicias que incluyen licencias de marcas, en las que la

licenciante contrata en base a formularios preestablecidos que dejan muy

estrecho campo a las negociaciones con cada licenciatario – cláusulas

predeterminadas-.

Page 71: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

62

g. Oneroso o gratuito:

Debido a que este contrato se rige principalmente por el principio de autonomía

de la voluntad, puede decirse que el supuesto normal en la práctica será la

licencia de uso de marca de carácter oneroso, en que el licenciatario pretenda la

obtención de algún beneficio derivado de la explotación de su marca. Sin

embargo, existen también los casos en que la licencia de uso de marca se

otorgue de forma gratuita, por ejemplo, el caso que se otorgue entre dos sujetos

miembros de una misma corporación por razones de expansión, etc.

h. Es intuitue personae:

El interés de las partes en la conservación de la marca y en extraer de ella el

máximo beneficio influye en el licenciante en la elección del licenciatario,

considerando cualidades personales y la organización empresarial del

licenciatario. La licencia de uso de marca pone de manifiesto la trascendencia en

el elemento de confianza entre las partes en la relación que se crea con el

contrato.

4.6. Clasificación

Las licencias de uso de marcas, pueden clasificarse de la siguiente manera:

a. Licencias exclusivas y no exclusivas

Atendiendo a la amplitud de las facultades otorgadas al licenciatario, las

licencias pueden ser exclusivas y no exclusivas. Las licencias no exclusivas se

refieren a los contratos en que el licenciante se limita a autorizar el uso de la

marca y no asume compromiso alguno respecto de la concesión de iguales

Page 72: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

63

licencias a terceros y ni renunciar al uso de la marca por sí mismo. Tiene la

facultad de usarla por sí y de otorgar otra licencia a terceros.

Por su parte las licencias exclusivas son aquellas en que el licenciante se

compromete a no otorgar similares autorizaciones de uso a favor de otros

licenciatarios. Además, podrían darse dos variaciones dentro de este tipo, según

que el licenciante asuma o no la obligación de abstenerse de usar la marca por

sí mismo. La modalidad impropia indica que a pesar de haber otorgado una

licencia exclusiva, el propio licenciante se reserva el derecho a utilizar la marca

en ese mismo territorio. La modalidad stricto sensu indica que el licenciante se

compromete a respetar el territorio asignado, absteniéndose de concurrir

directamente.

Es en ese sentido que el inciso d) del Artículo 45 de la Ley de Propiedad

Industrial señala que: "…cuando la licencia se hubiese concedido como

exclusiva, el titular no podrá conceder otras licencias en el país respecto de la

misma marca para los mismos productos o servicios, ni podrá usar por sí mismo

la marca en el país respecto de esos productos o servicios". Sin embargo,

téngase presente que esta disposición aplicará, salvo estipulación en contrario

que conste en el contrato de licencia.

b. Licencias onerosas y gratuitas:

Puede convenirse como contraprestación por la licencia pagos del licenciatario

al licenciante, o bien conceder los derechos de uso sobre la marca sin que

existan obligaciones equivalentes de parte del licenciatario, que no

necesariamente se refiera a una contraprestación pecuniaria, sino podría

referirse a la adquisición de insumos del licenciante, que serán identificados con

la marca licenciada, lo cual es una práctica muy común.

Page 73: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

64

c. Respecto a los productos o servicios, Licencia global o parcial:

Se refiere a la totalidad de los derechos con que el titular de la marca contare en

relación con las marcas objeto del contrato, o bien con ciertas limitaciones. Así,

podría concederse la licencia únicamente respecto a determinadas mercaderías.

El inciso a) del Artículo 45 de la Ley de Propiedad Industrial señala que salvo

estipulación en contrario que conste en el contrato de licencia, " El licenciatario

tendrá derecho a usar la marca… con respecto a todos los productos o servicios

para los cuales estuviere registrada la marca…"

d. Respecto al territorio, Licencia plena o limitada:

La licencia será plena o limitada en tanto que abarca todo el territorio para el que

la marca está registrada o se extienden sólo a una parte del mismo. El inciso a)

del Artículo 45 de la Ley de Propiedad Industrial señala que, salvo estipulación

en contrario que conste en el propio contrato de licencia, "El licenciatario tendrá

derecho a usar la marca durante toda la vigencia de su registro, incluidas sus

renovaciones, en todo el territorio del país… para los cuales estuviere registrada

la marca."

4.7. Requisitos Del Contrato

De acuerdo con lo que al efecto establece el Artículo 45 de la Ley de Propiedad

Industrial, son requisitos indispensables del Contrato de Licencia de Uso de

Marca a los efectos de su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual

los siguientes:

a. El contrato debe constar por escrito;

b. El contrato debe redactarse en idioma español, de lo contrario el documento

debe traducirse legalmente al español (traducción jurada);

c. En el caso que el contrato sea celebrado en el extranjero, deberá ser

legalizado, es decir, contar con los pases de ley para que surta e fectos frente a

Page 74: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

65

terceros en Guatemala; a su vez, de lo prescrito en el Artículo 46 de la Ley de

Propiedad Industrial, relativo a los requisitos de la solicitud de inscripción del

contrato en el mencionado Registro, podemos confirmar que asimismo el

contrato deberá incluir al menos las siguientes estipulaciones:

d. El nombre, razón social o denominación del propietario y del licenciatario y su

domicilio;

e. La marca o marcas objeto de la licencia e indicación de sus registros;

f. El plazo de la licencia, si lo tuviere, pues en defecto de pacto al respecto la

Ley regula que el licenciatario tendrá derecho a usar la marca durante toda la

vigencia de su registro, incluidas sus renovaciones;

g. Indicación de si la licencia es exclusiva o no y las condiciones, pactos o

restricciones convenidas sobre el uso de la marca. En defecto de pacto, la Ley

dispone que la licencia no será exclusiva y, por ende, el titular queda en libertad

de otorgar otras licencias dentro del territorio respecto de la misma marca. La

propia Ley indica –como ya se puntualizó- que en el supuesto de pactarse la

exclusividad, ello implicará que el titular no podrá conceder otras licencias en el

país respecto de la misma marca, para los mismos productos o servicios, ni

podrá usarla por sí mismo en el país respecto de esos productos o servicios;

h. El contrato deberá contener disposiciones que aseguren el control, por parte

del propietario sobre la calidad de los productos o servicios;

i. Salvo pacto en contrario la Ley supone que la licencia que estuviere inscrita,

otorga al licenciatario exclusivo el derecho de ejercer en nombre propio las

acciones legales de protección de la marca, como si fuera el titular de la misma.

El registro de la Licencia de Uso de Marca es para que la licencia surta efectos

frente a terceros. Para el efecto se debe presentar una solicitud acompañada de

una copia del contrato de licencia, o bien, un resumen del mismo firmado por las

partes, así como el comprobante de pago de la tasa correspondiente fijada en el

Arancel.

Page 75: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

66

El resumen a que se refiere la Ley constituye una disposición sumamente

práctica ya que facilita que, en aquellos casos en que la licencia sea otorgada

dentro o como parte de otro contrato principal, o bien cuando no se estime

conveniente divulgar todas las estipulaciones contractuales, se pueda mantener

cierta información bajo reserva y, para los efectos de que la licencia surta

efectos frente a terceros, pueda entonces cumplirse con la formalidad de su

inscripción divulgando únicamente la información pertinente que permita cumplir

con lo que al efecto prescribe la Ley de Propiedad Industrial, en particular las

literales a) a la f), las cuales corresponden a los requisitos señalados en el

Artículo 47 de la Ley de Propiedad Industrial y Artículos 26 y 27 del Reglamento

de la Ley de Propiedad Industrial.

4.8. Oponibilidad frente a terceros

Guatemala, como parte del Convenio de París para la Protección de la

Propiedad Industrial, se comprometió a promover en su legislación interna los

mecanismos necesarios para reconocer y proteger efectivamente los derechos

de los inventores y creadores de modelos de utilidad y diseños industriales y los

de los titulares de marca de fábrica o de comercio.

Como ya se indicó anteriormente, en la actualidad la Ley de Propiedad Industrial

exige que para que la licencia de uso de marca surta efectos frente a terceros

debe inscribirse en el Registro de la Propiedad Intelectual. Además, indica el

Adoptado en Paris en 1887, revisado por última vez en 1967 y aprobado por

medio del Decreto 11-98 del Congreso de la República. Artículo 45 (c) de la Ley

de Propiedad Industrial que "Si la licencia estuviere inscrita, el licenciatario

exclusivo podrá ejercer en nombre propio las acciones legales de protección de

la marca, como si fuera el titular de la misma". El concuerda con lo que al efecto

también establece el Artículo 179 de la misma Ley, conforme la cual “Salvo

Page 76: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

67

expresa estipulación contractual en contrario, el licenciatario exclusivo podrá

promover las acciones judiciales establecidas en esta ley con el objeto de

proteger sus derechos como tal. Si el contrato de licencia no autoriza al

licenciatario para actuar judicialmente, éste podrá iniciarlas acciones respectivas

si comprueba haber requerido al titular del derecho que las ejerciera y que han

transcurrido más de dos meses, contados a partir de la fecha del requerimiento,

sin que se hubiesen promovido. No obstante, antes de transcurrir ese plazo el

licenciatario podrá solicitar y obtener las providencias precautorias establecidas

en esta ley."

En Guatemala ha suscrito el Tratado de Libre Comercio de Estados Unidos con

Centroamérica (CAFTA-DR por sus siglas en ingles) la República para su

aprobación. Dentro del mismo se negociaron varias disposiciones en relación a

los Derechos de Propiedad Intelectual y, en particular, sobre la protección de las

marcas y otros signos distintivos.

En el texto del tratado disponible en la página Web del Ministerio de Economía

de Guatemala al 10 de junio del 2004, es interesante advertir que en el capítulo

quince, titulado Derechos de Propiedad Intelectual, en particular en el

numeral15.2 de Marcas, se indica que "Ninguna parte exigirá el registro de las

licencias de marcas para establecer la validez de las licencias o para afirmar

cualquier derecho de una marca, o para otros propósitos." A continuación

hacemos un análisis de los supuestos contenidos en esta disposición:

El texto de la norma citada indica en primer lugar que no será necesaria la

inscripción para que se dé "validez" a la licencia. La legislación guatemalteca

interna vigente es idéntica en este sentido, ya que como tuvimos la oportunidad

de establecer no requiere el cumplimiento de ninguna formalidad para reconocer

la validez del contrato. En segundo lugar, la norma descarta asimismo la

Page 77: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

68

inscripción de la licencia "para afirmar cualquier derecho de una marca", lo cual

interpretamos en el sentido que aquellos derechos que se derive no provengan

de licencias sobre las marcas, por ejemplo propio el derecho de uso, no puede

perjudicarse o condicionarse a la inscripción del contrato.

Supongamos una situación en concreto: una persona goza legítimamente del

derecho de uso de una marca, el cual le ha sido otorgado a través de una

licencia de uso, pero el contrato no ha sido inscrito en ningún registro público.

En el caso que una tercera persona utilice ilegítimamente la misma marca o

incurra en algún supuesto de hecho que constituya una infracción, el titular del

derecho de uso podría hacer valer su derecho sobre la marca y reclamar en

contra de éste y cualquier otro tercero, sin necesidad de formalidad alguna más

que la exhibición del propio contrato que compruebe la legitimación del derecho

que alega en tanto que licenciatario.

La nueva modalidad que probablemente adopte nuestra legislación en relación a

la oponibilidad frente a terceros de licencias de uso de marca respecto a los

países parte en el CAFTA - DR, pareciera contradictoria a los principios de

protección a los titulares de derechos marcarios. La tendencia de no exigir el

formalismo de inscripción para que el contrato sea oponible y exigible frente a

terceros da la impresión de carencia de certeza jurídica respecto al derecho del

licenciatario.

En este caso, el objeto del derecho que se discute, la marca, es un bien que

debe ser objeto de inscripción registral para obtener total protección y

disposición. Entonces, cualquier gravamen, limitación o cesión de los derechos

sobre la marca, por seguridad y certeza jurídica igualmente debieran ser objeto

de inscripción registral. Por ello consideramos que, si bien la intención de la

norma es que el titular de la licencia no encuentre obstáculos para el ejercicio

Page 78: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

69

pleno de los derechos y acciones previstas en la Ley, también el eliminar el

requisito de inscripción de la licencia cuando se pretenda hacer valer frente a

terceros no deja de afectar otros principios que, como se ha visto, deben ceder

frente a las innegables implicaciones de naturaleza comercial que presenta el

derecho de marcas.

Por otro lado, la nueva disposición contenida en el CAFTA - DR, puede

apreciarse como positiva. Implícitamente reconoce la constante utilización de

este tipo de contrataciones, razona la necesidad de simplificar el trámite para el

reconocimiento de estos derechos y en consecuencia decide dar al licenciatario,

sin formalismo alguno, la facultad absoluta de proteger frente a terceros su

derecho de uso de la marca, comprobable únicamente con el mismo contrato.

Hay que considerar que de conformidad con el Principio del Trato de la nación

más favorecida, contenida en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de

Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, aplicará no solamente a los

países que suscriban el tratado del CAFTA -DR, sino también a todos los

nacionales de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio, u

otras personas que se beneficien de la protección. En efecto, según esta

disposición (Artículo 4 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de

Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio), “Con respecto a la

protección de la propiedad intelectual, toda ventaja, favor, privilegio o inmunidad

que conceda un Miembro a los nacionales de cualquier otro país se otorgará

inmediatamente y sin condiciones a los nacionales de todos los demás

Miembros."

Podemos concluir entonces que al momento que el Tratado de Libre Comercio

con Centro América, se incorpore a la legislación interna, debe la legislación

nacional ser objeto de modificación o reforma, o bien, por auto aplicación, dejará

Page 79: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

70

de ser exigible y aplicable el requisito de inscripción de las licencias de uso de

marca para que surta efectos frente a terceros, independientemente de la

nacionalidad del titular de la marca registrada, es decir, ello no beneficia

solamente a los países parte del tratado, sino también a todos los Estados

miembros de la Organización Mundial del Comercio, por los motivos ya

expuestos.

4.9. Cancelación De La Inscripción

El Artículo 46 de la Ley de Propiedad Industrial indica que: "A pedido de

cualquier persona interesada y previa audiencia al titular del registro de la marca

y al licenciatario por el plazo común de quince días, el juez competente podrá

cancelar la inscripción del contrato de licencia y prohibir el uso de la marca por

el licenciatario cuando, por defecto de un adecuado control de calidad o por

algún abuso de la licencia, ocurriera o pudiera ocurrir confusión, engaño o

perjuicio para el público consumidor."

Esta solicitud deberá tramitarse de conformidad con el procedimiento del juicio

oral, de acuerdo con el Artículo 182 de la Ley de Propiedad Industrial, el cual

indica que "Los procesos civiles o mercantiles que se promuevan en ejercicio de

las acciones reguladas por esta ley se tramitarán de acuerdo con el

procedimiento del juicio oral, establecido en el Libro Segundo, Título II, Capítulos

I y II del Código Procesal Civil y Mercantil".

De tal manera, el legislador prevé la forma en que el licenciante podría exigir la

cancelación de la licencia de uso previo al vencimiento del plazo por el cual fue

otorgada. El supuesto necesario para que sea otorgada dicha cancelación es

que se confunda, engañe o perjudique al público consumidor por alguna de las

siguientes causas:

Page 80: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

71

- Por defecto de un adecuado control de calidad; o

- Por algún abuso de la licencia

El único supuesto que amerita la cancelación de la licencia se relaciona

directamente con el impacto negativo que pueda ejercerse sobre el público

consumidor. Esta es una condición lógica, debido a la importancia que

representa el nombre, imagen y calidad que se presenta al público.

Por otra parte, las causas o actos cometidos que den lugar a la confusión,

engaño o perjuicio al público quedan a discreción de las cláusulas contractuales

de la licencia de uso. El defecto en el adecuado control de calidad y el abuso de

la licencia podrán determinarse solamente a la luz de las condiciones

establecidas en el contrato. Siendo estas las únicas causas para solicitar la

cancelación de una licencia de uso de marca de conformidad con la ley, es

necesario prever los alcances de las disposiciones que se incluyan en el

contrato.

Anteriormente hemos planteado que uno de los elementos esenciales para

completar el contrato de Franquicia lo es la Licencia de Uso de Marca, como un

conjunto. Sin embargo, sí podría pactarse que una de las marcas de este

conjunto, específicamente se cancele en el caso que se incumpla con la

obligación de uso adecuado de la misma, sin que afecte todas las demás marcas

que en conjunto se cedieron en licencia.

Otros supuestos que conllevan que la licencia sea cancelada, o bien, deje de

surtir efectos, lo constituyen aquellos en que se proceda a la cancelación de la

inscripción de la marca objeto de licencia. Es natural que el contrato de licencia,

en tanto que accesorio de la inscripción de la marca, deje de tener aplicabilidad

entre las partes cuando el principal, es decir, la inscripción y los derechos que

Page 81: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

72

derivan de ella se extinguen. Nótese que de conformidad con el artículo 62 de la

Ley de Propiedad Industrial una marca y, por ende, los derechos exclusivos que

corresponden a su titular se extinguen:

a) Por vencimiento del plazo, si no se ha solicitado en tiempo su renovación;

b) Por cancelación a solicitud del titular;

c) Por cancelación debida a la generización de la marca;

d) Por falta de uso de la marca; y

e) Por sentencia ejecutoriada de tribunal competente que la declare nula.

Dentro de los supuestos que caben en el último caso, lo sería aquellos en que

se declara la nulidad absoluta o relativa de las marcas inscritas, todo de

conformidad con los supuestos que comprende el profuso Artículo 67 de la Ley

de Propiedad Industrial que a la letra dispone lo siguiente: “La acción para que

se declare la nulidad o anulabilidad de un registro, puede plantearse si el mismo

se obtuvo en contravención de lo dispuesto en los Artículos 20 y 21 de esta ley,

respectivamente.

Si el registro se obtuvo en contravención a lo dispuesto en el Artículo 20, o si el

registro ha sido obtenido de mala fe, este adolecerá de nulidad absoluta y en

consecuencia será revocable en cualquier tiempo. En este caso la acción de

nulidad se planteará ante un juez de primera instancia del ramo civil, por la

Procuraduría General de la Nación cuando afecte intereses del Estado o por

cualquier persona que se considere afectada. Si la demanda se fundamenta por

violación a lo dispuesto en el Artículo 21, el registro será anulable. La acción

respectiva sólo puede ser planteada por el perjudicado o por el afectado en el

asunto. El que se haya presentado oposición contra el registro, no es obstáculo

para el ejercicio de esa acción, salvo que el caso hubiere sido resuelto por el

Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Page 82: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

73

No podrá declararse la nulidad del registro de una marca por causales que

hayan dejado de ser aplicables al tiempo de resolverse la nulidad.

Cuando las causales de nulidad sólo se dieran con respecto a uno o algunos de

los productos o servicios para los cuales la marca fue registrada, se declarará la

nulidad únicamente para esos productos o servicios, y se eliminarán de la lista

respectiva en el registro de la marca.

Para los efectos de este artículo, se presume mala fe en los siguientes casos:

a) Si el registro se obtuvo con base en datos falsos o inexactos, proporcionados

por el solicitante;

b) Si el solicitante fuere o hubiere sido agente, representante, cliente, usuario o

distribuidor, o tenga o hubiere mantenido cualquier otra relación con la persona

que en otro país hubiere registrado, o solicitado con anterioridad el registro del

signo de que se trate, u otro semejante y confundible, salvo autorización del

titular legítimo;

c) Si el signo afecta a una marca notoria u otro signo notoriamente conocido,

conforme lo previsto en la literal c) del Artículo 21 de esta ley; y

d) Si el solicitante, por razón de su actividad, conocía o debía conocer la

existencia de la marca ajena. La nulidad o anulabilidad de un registro de marca

colectiva o de certificación deberá declararse sobre la totalidad de los productos

o servicios que ampara: y, además constituirán causales para promover su

nulidad el que el reglamento de empleo de las marcas que se trate sea contrario

a lo dispuesto en esta ley, a la moral o al orden público; el que la marca hubiere

sido registrada sin cumplir los requisitos relativos al reglamento de empleo o

cuando su uso contravenga disposiciones legales o reglamentarias aplicables o

de forma tal que se desnaturalice su función.”

Page 83: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

74

CAPITULO V

5.1 La Importancia De Los Contratos Accesorios Al Contrato De Franquicia

Del estudio del tema que se trata, se considera que los contratos de licencia de

uso y el de Know How, se dan como contratos principales en escasas ocasiones.

Es común que estos contratos surjan como parte de una contratación más

amplia.

Generalmente forman parte de contratos mixtos o accesorios, subordinados a

otras prestaciones.

Este es el caso que se plantea, en el que una licencia de uso y el Know How se

otorgan como consecuencia y elemento indispensable de un Contrato de

Franquicia.

La licencia de uso es uno de los elementos principales en la contratación de una

franquicia. Debido a la importancia de la licencia de uso dentro de la

contratación de una franquicia, es necesario considerar la forma más

conveniente de negociarla y formalizarla en un contrato. Asimismo el Know How,

el cual es el éxito de la empresa, de alguna forma tiene que estar protegido ese

derecho.

En Guatemala, la transacción se ha efectuado de dos diferentes maneras: a)

formalizando la licencia o el Know How dentro del mismo contrato de franquicia;

o b) suscribiendo un contrato anexo a la franquicia que contenga las

disposiciones relativas y específicas a la licencia de uso o al Know How.

Page 84: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

75

En principio, se recomienda documentar la licencia y el Know How en un

instrumento separado a la franquicia. A continuación se analizarán algunos

aspectos que sostienen esta postura:

El Artículo 46 de la Ley de Propiedad Industrial señala que "la licencia surtirá

efectos frente a terceros sólo si estuviere inscrita en el Registro" (Registro de la

Propiedad Intelectual). Como consecuencia, el contenido de las condiciones

contractuales pactadas en el contrato de Licencia de uso, al momento de

presentarlos para su inscripción será público.

Esta puede ser una causa suficiente para dudar de la conveniencia de incluir las

disposiciones de la licencia dentro del contrato de franquicia, ya que este ú ltimo

contrato, por su naturaleza, contiene información muy valiosa que de ninguna

manera conviene a las partes llegue a manos de terceras personas, o a la

competencia.

Sin embargo, el mismo artículo en su último párrafo señala que "a la solicitud

deberá acompañarse una copia del contrato de licencia (en el caso que se

celebre en un contrato accesorio) o un resumen del mismo (en el caso las

disposiciones de licencia se regulen dentro de la franquicia), firmado por las

partes, que contenga la información a que se refiere el párrafo anterior…" El

Artículo 142 del ya mencionado Convenio Centroamericano para la Protección

de la Propiedad Industrial, Decreto 26-73 del Congreso de la República regulaba

el tema de la siguiente manera: "con la solicitud a que se refiere el Artículo

anterior, deberán presentarse: …c) El documento auténtico en el cual consta la

licencia…"Como se puede advertir, la legislación vigente es menos exigente al

otorgar la opción de presentar un resumen que contenga las disposiciones

referentes a la licencia de uso de marca, en el caso que la licencia se otorgara

dentro de algún otro contrato principal, el de franquicia en este caso. Así lo

Page 85: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

76

establece el Artículo 26 de la Ley de Propiedad Industrial "A la solicitud deberá

acompañarse una copia del contrato de licencia o un resumen del mismo firmado

por las partes, que contenga la información a que se refiere el párrafo anterior, y

el comprobante de pago de la tasa correspondiente", en concordancia con el

Artículo 27 del Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial, el cual es más

específico en el tema que se trata, pues según éste "para efectos de la

inscripción de la licencia de uso de marca contenida en un contrato de

franquicia, será suficiente que el solicitante presente la parte del contrato que se

refiere a la licencia o un resumen de ésta que contenga como mínimo la

información requerida en el Artículo 46 de la Ley."

No obstante, aún es necesario que el resumen que se prepare para efectos de

su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual sea suscrito por las

partes contratantes, como ya se indicó. Este aspecto debe ser tomado en

consideración, ya que para algunos comerciantes podría representar un

inconveniente la elaboración de un resumen que contenga las disposiciones

relativas a la licencia para cumplir con el requisito de su inscripción, sobre todo

en los casos de las franquicias internacionales que generalmente se suscriben

fuera del territorio guatemalteco, y en base a documentos ya elaborados por los

franquiciantes a los cuales el franquiciado simplemente se adhiere.

Nuestra recomendación de celebrar la licencia y el Know How en un instrumento

separado de la franquicia continúa siendo aplicable, ya que, en el caso que el

titular del derecho de uso sobre una marca quiera accionar en contra de un

tercero en ejercicio de su legítimo derecho, necesariamente lo tendrá que probar

con el contrato de licencia. Si esta licencia se encuentra dentro del contrato de

franquicia, el cual es por su naturaleza de carácter muy confidencia, el cual se

hará de conocimiento público, hasta más público que en el propio Registro y

hasta cierto punto más perjudicial porque la misma competencia (en este caso,

Page 86: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

77

el tercero de mala fe que quiso aprovecharse de la marca), tendrá acceso a

todas esas cláusulas que se buscan proteger en la franquicia. Por lo tanto,

independientemente del registro o no de la licencia, siempre se sostiene la

recomendación de separar en instrumentos estas contrataciones.

Por otro lado, considerando que las condiciones contractuales de una franquicia

pueden ser tan variadas (el territorio, las regalías, forma de transmisión del kno w

how ,las obligaciones de las partes, mantenimiento de calidad, el plazo,

confidencialidad, etc.), es conveniente procurar la independencia y autonomía de

las disposiciones de la franquicia de los términos y condiciones de la licencia de

uso y del Know How, esto con el propósito de proteger las condiciones de cada

contrato, de cualquier controversia que surja en alguno de ellos.

La subsistencia de los términos de cada uno de los contratos en forma

independiente es otra razón, probablemente la fundamental por la que se

recomienda efectuar dos instrumentos separados: una para la franquicia y otra

para la licencia de uso. Esto se debe a que en el momento de existir

controversias respecto a los términos de la licencia de uso y el know How, por

ejemplo, los términos de la franquicia, que en este caso es el contrato principal,

estarán salvaguardados y subsistirán independientemente de las resultas del

conflicto.

Nuevamente se trae el concepto que se ha resaltado en el transcurso del

presente trabajo, relacionado a que la licencia de uso y el contrato Know How es

uno de los elementos indispensables para la existencia de un contrato de

franquicia.

Los Contratos Accesorios: Son accesorios en el caso que los efectos jurídicos

del contrato dependan de la existencia de otro. De aquí el título del presente

Page 87: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

78

trabajo: La licencia de uso de marca y el Know How, como accesorios a la

franquicia internacional.

El instrumento de la licencia de uso y el Know How es accesorio a la franquicia

porque depende necesariamente de la existencia de la franquicia en este caso,

de lo contrario no tendría motivo ni razón de ser, y por otro lado, la contratación

de franquicia quedará perfectamente integrada, con la suscripción de los dos

instrumentos, sin la posibilidad que subsista uno sin el otro.

El Artículo 47 de la Ley de Propiedad Industrial señala el trámite de la solicitud

de inscripción de una licencia de uso de marca, cuando se opta por ello :

Debe presentarse la solicitud mediante el formulario que proporciona el Registro

de la Propiedad Intelectual, el cual debe contener, como mínimo, los siguientes

datos:

a. El nombre, razón social o denominación del propietario y del licenciatario y su

domicilio;

b. La marca o marcas objeto de la licencia e indicación de sus registros;

c. El plazo de la licencia, si lo tuviere;

d. Indicación de si la licencia es exclusiva o no y condiciones, pactos o

restricciones convenidas sobre el uso de la marca;

e. Resumen de las disposiciones sobre control de calidad.

Junto con la solicitud se debe presentar el recibo que comprueba el pago de la

tasa correspondiente.

Page 88: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

79

El Registro comprueba que la solicitud cumpla con todos los requisitos legales,

previo a dictar resolución ordenando que se haga la correspondiente anotación

en los registros y en las solicitudes de las marcas relacionadas.

Asimismo, en caso que alguno de los acuerdos contractuales de una Licencia de

uso de marca sufra alguna modificación, se seguiría el mismo procedimiento

para que dicha modificación quede registrada en el Registro de la Propiedad

Intelectual, lógicamente, en el caso que se trate de información que

originalmente se ha presentado al Registro para su inscripción, tales como el

plazo de la licencia, el territorio, la exclusividad, etc.

Como lo exponen los autores Calvo y Fernández, existe una teoría que busca

orientar el contrato de franquicia como un contrato de licencia de bienes

inmateriales (marcas y nombres comerciales). Exponen que en los años ochenta

la jurisprudencia norteamericana y el Tribunal Supremo Español se pronunciaron

en ese sentido. El Tribunal Supremo Español consideró que "estos acuerdos

guardaban una práctica identidad con los de licencia y sub licencia de uso de

marca y los caracterizó como una -autorización que el concedente da al

concesionario para utilizar su marca, generalmente internacional, integrándolo

en su red de comercialización-". Asimismo, la jurisprudencia norteamericana

consideró la licencia y el Know How como un elemento básico y esencial en la

estructura legal de un contrato de franquicia. Esta ha sido la posición aceptada

por la doctrina y es como hasta ahora se ha estudiado este contrato mercantil.

Sin embargo, actualmente las decisiones de los tribunales han experimentado

una evolución y adoptado una concepción más amplia del contrato de franquicia.

Actualmente, relatan los autores Calvo y Fernandez30, consideran más allá de la

30

CALVO CARAVACA, Alfonso L. y FERNÁNDEZ DE LA GÁNDARA, Luis. Contratos Internacionales. España,

Editorial Tecnos. 1999, pagina 153

Page 89: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

80

concesión a utilizar la marca y aprecian las relaciones que surgen entre las

partes, en la que el franquiciado integra a aquel sistema de negocios creado por

el franquiciante.

Continúan exponiendo que se reconoce la importancia que el uso de la marca

tiene dentro de los acuerdos de franquicia, pero que existen diferencias notables

entre ambos contratos que hacen incorrecta la identificación de ambos

contratos, y dentro de estas diferencias, se presentan las siguientes:

a. El Licenciante tiene un control pasivo sobre el licenciatario; por su parte, el

franquiciado tiene control activo.

El control en el uso de la licencia no tiene mayor ámbito de actuación por parte

del licenciante; queda limitado a la vigilancia de la correcta aplicación de la

marca a los productos o servicios, a la no alteración de la misma y a la

utilización de la marca a las instrucciones dadas al licenciatario. Pero todas son

funciones pasivas.

Por otro lado, en la franquicia es una función precisamente activa, ya que

interviene en la transmisión de los conocimientos de producción, mercadeo,

publicidad, control de calidad, etc. todas las cuales son actividades que

requieren una actuación directa por parte del franquiciante.

b. Los derechos que se otorgan a través de la franquicia no se limitan al uso de

una marca, sino se extiende más allá de la concesión, como en el caso del Know

How.

La franquicia ofrece además la transmisión de conocimientos completos y

detallados para poder gestionar una empresa, prestar servicios o producir

Page 90: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

81

determinados productos. Asimismo, el franquiciado se integra a la red o sistema

de negocios creado por el franquiciante.

Puede concluirse, entonces que a pesar que el contrato de franquicia y la

licencia de uso y el Know How tienen un elemento común, que es precisamente

la concesión en uso de la marca, no podría tenerse como contratos iguales o

identificables. Sin embargo, sí se considera que la licencia de uso como tal

puede complementarse con otro tipo de contrataciones conocidas o contratarse

completamente independiente a cualquier otra prestación u obligación. En el

caso del contrato de Franquicia, es absolutamente necesaria la licencia de uso;

de lo contrario, no se completaría el contrato de franquicia. Sin embargo, no

podemos limitarnos al otorgamiento de la licencia para decir que estamos frente

a un contrato de franquicia, sino que se requiere, como ya se ha mencionado

repetidamente, otros elementos indispensables como la transmisión de la

información técnica y de procedimientos.

Page 91: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

82

CONCLUSIONES

1. El Derecho Mercantil, a través de normas jurídicas codificadas o no,

regula la actividad profesional de los comerciantes, siendo una de estas

actividades, la intermediación comercial, también llamada colaboración o

cooperación simple.

2. La Franquicia y los Contratos accesorios al mismo forman parte de los

modernos sistemas de comercialización, utilizados actualmente y con mucha

frecuencia en la actividad mercantil.

3. Los Contratos Atípicos a pesar de ser utilizados frecuentemente en la

realización de Contratos Mercantiles, no se encuentran regulados dentro de

nuestro ordenamiento jurídico guatemalteco; algunos efectos que producen

podrían estar regulados.

4. Los contratos de franquicia y concesión comercial, así como las figuras de

franquiciante-franquiciado y concedente-concesionario; constituyen los llamados

contratos atípicos de comercialización por no estar reconocidos, contemplados y

regulados en ningún cuerpo legal guatemalteco.

Page 92: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

83

RECOMENDACIONES

1. Estos contratos han demostrado en la práctica ser funcionales,

contribuyentes de la economía, por lo cual deben tener mayor difusión para su

aplicación.

2. Las empresas que quieren competir en un mundo globalizado, y deseen

invertir en otros países deben encontrar en la franquicia como un medio de

hacer crecer su empresa y unirse a todas aquellos grupos que promueven el uso

de la franquicia.

3. Es importante promover las ventajas y desventajas de la franquicia porque

tiene por objeto el desarrollo acelerado de las empresas contratantes mediante la

conjunción de recursos financieros y humanos en el marco de una relación comercial

solidaria,

4. La necesidad de regular algunos aspectos relacionados a la franquicia y

los Cotratos Accesorios, puede ser muy útil que se realice, pero que se analice

previamente si esto no sería contrario a los principios del derecho mercantil

Page 93: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

84

BIBLIOGRAFÍA

ARCE GARGOLLO, Javier. El contrato de franquicia, Themis, México, 1992

ARGAÑARAS, José Ignacio. El Contrato de Franchising (Franquicia),

Argentina, 2000

ARRUBLA PAUCAR, Jaime Alberto. Contratos mercantiles. 2t.7ma. ed.; Medellín,

Colombia: Biblioteca Jurídica D.I.E.O., 1995.

SCARELLI, Tulio. Derecho mercantil. México: Ed. Porrúa, 1940.

BROSETA PONT, Manuel. Manual de derecho mercantil. Madrid, España: Ed.

Tecnos, S.A., 1978.

CABANELLAS, Guillermo. Diccionario de derecho usual. 11ª. ed.; Buenos Aires,

Argentina: Ed. Heliasta S.R.L., 1976.

CALVO CARAVACA, Alfonso L. y FERNÁNDEZ DE LA GÁNDARA, Luis.

Contratos Internacionales. España, Editorial Tecnos. 1999

CAMARA ALVAREZ, Manuel. Estudios de derecho mercantil. Madrid, España: Ed.

Derecho Financiero.1977.

CASTRO BRAVO, Federico. El negocio jurídico. Madrid, España: Ed. Civitas, 1985.

CERVANTES AHUMADA, Raúl. Derecho mercantil. 6t.; 8ª. ed.; México: Ed. Porrúa,

1985.

Page 94: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

85

CHULIÁ VINCÉNT, Eduardo; BELTRÁN ALANDETE, Teresa. Aspectos

Jurídicos de los Contratos Atípicos, 1995

CODERA MARTÍN, José María. Diccionario de derecho mercantil. Madrid,

España: Ed. Pirámide, 1987.

CON SANCHUM, Eduardo. Derecho mercantil. Costa Rica: Ed. Universitaria,

Universidad de Costa Rica, 1967.

DIAZ BRAVO, Arturo. Contratos mercantiles. 4ta. ed.; México: Textos Jurídicos

Universitarios. Ed. Marla, 1994. 106

DOMÍNGUEZ ÁGUILA, Ramón. Teoría general del negocio jurídico. 2da. ed.;

Santiago, Chile: Ed. Jurídica de Chile, 1977.

ESPÍN CÁNOVAS, Diego. Manual de derecho civil español. Madrid, España:

Revista de Derecho Privado, 1970.

ETCHEVERRY, Raúl Aníbal. Derecho comercial y económico. 2t.; Buenos Aires,

Argentina: Ed. Astrea, 1991.

FARINA, JUAN M. Contratos Comerciales Modernos. Editorial Astrea, 2ª.

Edición, Buenos Aires

GARCÍA MARTÍNEZ, Juan Estuardo. La empresa mercantil. Guatemala: Impresos

Centro América, 1989.

GARCÍA TOURS, María R. y B. Rabasa Asenjo. Diccionario marketing. 2da.ed.;

Madrid, España: Ed. Pirámide, S.A., 1981.

Page 95: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

86

GARO, Francisco J. Derecho comercial. Buenos Aires, Argentina: Ed. de Palma,

1956.

GARRÍGUEZ, Joaquín. Curso de derecho mercantil. 2t.; 7ma. ed.; Madrid, España:

Ed. Aguirre, 1976.

GHERSI, Carlos Alberto. Contratos civiles y comerciales. 2t.; Buenos Aires,

Argentina: Ed. Astrea. 1992.

GIRÓN TENA, José. Estudios de derecho mercantil. Madrid, España: Revista de

Derecho Privado, 1955.

GOMEZ SEGADE, José Antonio. El Secreto Industrial. (Know How) Concepto y

Protección, Primera Edición, Madrid: Editorial Tecnos, 1974

GORDILLO BALSELLS, Carlota. Breve introducción al derecho mercantil.

Guatemala: Ed. Superiores, 1981. 107

GUTIÉRREZ FALLA, Laureano F. Apuntes de derecho mercantil. Tegucigalpa,

Honduras: Impresos López, 1971.

GUYENOT, Jean. Cuso de derecho comercial. 1 vol.; Buenos Aires, Argentina: Ed.

Jurídica, Europa-América, 1975.

JUÁREZ MIDENCE, Carla del Socorro. Los contratos de agencia, distribución y

representación en la doctrina y legislación guatemalteca. Guatemala: Ed. Mayte,

1996.

Page 96: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

87

KORS, Jorge A. La Naturaleza Jurídica del Know How y la Ley Mejicana.

Revista del Derecho Industrial, Buenos Aires, Septiembre – Diciembre, 1992

KOTLER, Philip. Fundamentos de mercadotecnia. México: Ed. Publimex, 1986.

LARA VELADO, Roberto. Introducción al estudio del derecho mercantil. San

Salvador, El Salvador: Ed. Universitaria, 1969.

LEO FERNÁNDEZ, Raymundo y Osvaldo R. Gómez Leo. Tratado teórico práctico

de derecho comercial. 2t.; Buenos Aires, Argentina: Ed. de Palma, 1987.

LIPSON, Harry A. y John R. Darling. Fundamentos de mercadotecnia. México: Ed.

Ciencia y Técnica, S.A., 1987.

LÓPEZ MAYORGA, Leonel Armando. Introducción al estudio del derecho. 1 vol.;

2da. ed. Guatemala: Ed. Lovi, 1999.

MASSAGUER, José. El Contrato De Licencia De Know How, Barcelona:

Bosch, 1989.

MARZORATI, Osvaldo J. Sistema de distribución Comercial. 2t.; 2da. ed.; Buenos

Aires, Argentina: Ed. Astrea, 1990.

MELINI, Carlos, Franquicias, Guatemala, 2010

MESSINEO, Francesco. Doctrina general del contrato. Buenos Aires, Argentina:

Ed. Jurídica Europa América, 1952. 108

Page 97: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

88

OSSORIO y FLORIT, Manuel. Diccionario de ciencias jurídicas, políticas y

sociales. 2da. ed.; Buenos Aires, Argentina: Ed. Heliasta, S.R.L., 1981.

ROCCO, Alfredo. Principios de derecho mercantil. México: Ed. Nacional, 1981.

SCVHEWE, Charles D. y Rubén M. Smith. Mercadotecnia. México: Ed. Mc Graw

Hill, Programas Educativos, 1986.

SIERRALTA RIOS, Aníbal. El Contrato de Know How. En Revista Jurídica del

Perú, Lima, Septiembre 2002.

STANTON, William J. Fundamentos de mercadotecnia. México: Ed. Mc Graw Hill,

Litografía Ingramex, 1985.

VÁSQUEZ DEL MERCADO, Oscar. Contratos mercantiles. 2da. ed. México: Ed.

Porrúa, 1982.

VÁSQUEZ MARTÍNEZ, Edmundo. Instituciones de derecho mercantil. Guatemala:

Ed. Serviprensa, 1978.

VILLEGAS LARA, René Arturo. Derecho mercantil guatemalteco. 3t.; 2da. ed.;

Guatemala: Ed. Universitaria, 1985.

Legislación:

Constitución Política de la República. Asamblea Nacional Constituyente, 1986.

Código de Comercio. Decreto número 2-70, 1971.

Page 98: LOS CONTRATOS ACCESORIOS AL CONTRATO DE FRANQUICIA · 2014. 6. 26. · 1 INTRODUCCION Dentro del presente trabajo de investigación, se busca realizar un análisis de los contratos

89

Código Civil. Decreto Ley 106, 1964. 109

Código Procesal Civil y Mercantil. Decreto Ley 107, 1964.

Decreto 8-98, del Congreso de la República. (Derogó el Decreto 78-71 y reformó el

Código de Comercio).

Ley del Contrato de Agencia. Congreso de la República, Decreto 78-71.

Ley de Protección al Consumidor. Congreso de la República, Decreto Ley 1-85,

1985.

Ley del Organismo Judicial. Congreso de la República, Decreto número 2-89,

1989.