loaa tamaÑo - boe.es · 2019. 4. 10. · los premios objeto de esta convocatoria serán entregados...

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4530 ' 10 ábril 1964 B. O. dél E.Núm. 87 Este Ministerio ha acordado clasificar al Colegio de Ense- ñanza Mediaj femenino, «Presentación de la Santísima Virgen», de Arways de Mar (Barcelona), en la categoría de Autorizado de Orado Elemental. Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid, 10 de mar25o de 1964. LOaA TAMAÑO ilnao, Sr. l^reotor general de Enseñanza Media. ORDEN de 11 de marzo de 1964 poi' la que se clasifica al Colegio de Enseñanza Media, femenino, ^San Jos^»^ de Barcelona, en la categoría de Autorizado de Grado ElementaZ, limo. Sr.: Visto el expediente para la clasificación del Co- legio, femenino, «San José», establecido en la calle de Mont- seny, número 39, de Barcelona, instruido a petición de las Religiosas Carmelitas Descalzas Misioneras; Resultando que completado el expediente fué remitido a la Inspección de Enseñanza Media en 11 de noviembre de 1963, la que con fecha de 17 de, enero de 1964 manifiesta que el Colegio reúne buenas condiciones para ser clasificado en la ca- tegoría de Autorizado de Grado Elemental; Resultando que la Comisión Permanente del Consejo Na- cional de Educación; con fecha 4 de marzo de 1964, emite el siguiente dictamen: «De conformidad con los informes favo- rables emitidos por el Rectorado y por la Inspección de Ense- ñanza Media se estima que este Centro está en condiciones de ser clasificado en la categoría de Autorizado de Grado Elemental, según ha solicitado»; Considerando lo dispuesto en los ai*tícuk)s ^ y 34 de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media de^6 de febreio de 1953 y el artículo 13 del Reglamento de 21 de julio de 1955, y que en este expediente se han cumplido todos los trámites reglamentarios señalados en el indicado Decreto, Este-^Ministerio ha acordado clasificar al Colegio, femenino, «san José», de Barcelona, en la categoría de Autorizado de Orado Elemental. Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V. I. muchos años. Madrid, 11 de marzo de 1964. LORA TAMAYO Kmo. Sr. Director general de Enseñanza Media ^ RESOLUCION de la Dirección General de Enseñanza Pri- maria ppr^la que se anuncia concurso para la adjudi- cación de premios a los Maestros nacionales y rurales confirmados en servido activo. Por Orden ministerial de fecha 24 de julio de 1963 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto) se han creado premios de 10.600 pesetas para toda clase de Maestros nacionales y rurales confhmados sa.'vicio activo que se distingan de modo ex- traordinario en el ejercicio de su función. En su Virtud, í Esta Dirección General tiene á bien convocar un concurso méritos para la adjudicación de 1.398 premios de 10.000 pe- setas con cargo al crédito presupuestario 347.123, destinado para premiar servicios excepcionales de carácter docente prestados por los Maestros de Primera Enseñanza y otros extraordinarios. Estos 1.398 premios se distribuirán de acuerdo con el apartado tercero de la citada Gi^den ministerial, en la siguiente forma; 400 para Maestros nacionales y rurales que sirvan Escuelas situadas en entidades de población de hasta 500 Habitantes. 600 para Maestros nacionales y rurales que sirvan Escuelas en entidades de censo 501 a 5.000 habitantes. 200 para Maestros que sirvan Escuelas en entidades de censo comprendkip entre 5.001 a 50.000 habitantes. Í98 para Maestros que sirvan Escuelas situadas en chítales de provincia y entidades con censo superior a 50.000 habitantes. Se podra modificar el número de premios reservado a un detérminado grupo si hubiera propuestas de Maestros con - ritos suficientes en número superior al establecido e insuficiencia de propuestas en otro grupo cualquiera. En el plazo de veinte días naturales a partir de la publica- ción de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las Juntas Municipales qué consideren distinguidos en su actividad escolar algún Maestro o Maestra que preste sus servicios en el término municipal elevará propuesta acompañada de un am- plio informe sobre las actividades realizadas que considere me- ritorias. Esta propuesta e informe se tramitará a la Dirección General.de Enseñanza Primaria por conducto de la Inspección de Enseñanza Pidmaria. . Se considerará fundada )a piopuesta cuando se base en ac- tividades profesionales y sociales realizadas con eficaz rendi- miento y en grado extraordinario, como el incremento de Ht matrícula y asistencia escolares sin imposición <de sanciones, la destacada colaboración en campañas de alfabetización €sn forma voluntaria, el número alumnos propios seleccionados en los concursos nacionales de becas, la ampliación y desarrollo de actividades de educación popular, el ensayo logrado de nuevos procedimientos educativos, en relación con el medio ambiénte econóníico-social de la localidad. La Inspección Enseñanza Primaria podrá, además, pro- poner algún Maestro destacado qué^no figure en las propuestas de las Juntas Municipales si aprecia en ellos la realización so- bresaliente de alguna de las actividades señaladas en el - rrafo anterior. El informe emitido por los Inspectores correspondientes de- berá referirse fundamentalmente a las actividades antes enume- radas y comprendidos además los siguientes extremos: a) Nombre del Maestro, localidad y años de servicios que lleva en la Escuela y en el Municipio. b) Matrícula escolar y asistencia anotada por la Inspección con motivo de süs visitas. c) Certificados escolares expedidos en el cuiso anteriea;. Si se trata de Escuelas que éólo desanollaron los cursos infe^ rieres se expresará el número de alumnos que el año anterior superaron la instrucción correspondiente al mismo y alcanza- ron la capacidad necesaria para pasar al siguiente. d) Licencias disfrutadas el año anterior y hasta el momento de la propuesta y sus causas. ^ e) Instituciones <fcircum» y «post>v escolares que dirige y sus resultados. f) Votos de gracias recibidos, fechas de concesión y autori- dad que los concediera. g) Otras distinciones recibidas. En un plazo de quince días, contados a partir de la fecha límite para la presentación de propuestas en la Inspección, el Inspector-Jefe las trasladará con el informe preceptivo del Ins- pector de zona o la Comisión Permanente, la cual reunida en áesión especial, actuando de ponente el Inspector-Jefe, relacio- nará los Maestros propuestos por orden de méritos, con indi- cación dél censo de la íocalldad donde presten sus servicioá. L^ Comisión de Acción Cultural, reunida bajo la presidencia del. Gobernador civil, estudiará esta propuesta, y con su con- formidad o reparos la remitirá a la Dirección General de En- seanza Primaria p^ra la resolución definitiva. Los premios objeto de esta convocatoria serán entregados Solemnemente en acto público organizado en cada capital de provincia con ocasión de la inaugm^ación del curso escolar pri- mario 1964-65. Contra la resolución de este concurso no podrá interponerse recurso alguno. Lo digo a VV. SS. para su conocimiento y efectos. x - Dios guarde a VV. SS. muchos años. Madrid, 6 de marzo de 1964.^El Director general, J. Tena. Sres. Inspectores Jefes de Enseñanza Primaría y Delegado ad- ministrativo de Educación Nacional. RESOLUCION de la Real Academia de Juvispmdencia y Legislación por la que se anundg, para su provisión, la vacante de Académico de númeto producida por falle- dmiento del excelentísimo señor don José Antonio Umierna y Elisa. El día 1 de los corrientes falleció el excelentísimo señor don José Ubierna y Eusa, que tenía asignada la Medalla número 6 de Académico de número de esta Real Corporación. En la Júnta celebrada el día de ayer fué declarada su vacante. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto el artículo l.o del Decreto del Ministerio de Educación Nacional de 14 de mayo de 1954. publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 23, que regirá para la provisión de dicha va- cante. Por acuerdo de la Academia, Madrid, 10 de marzo de 1964.El Acedémico Vicesecretario, Marqués de Vive! MINISTERIO INDUSTRIA ORDEN de 29 de febrero de 1964 por la que se dispone el cumplimiento de la sentenda dictada por el Tribu- .^nal Supremo en el recurso contendoso-administrativo número 7.243, promovido por «The Manhattan Shirt Co.y> contra resoludón de este Ministerio de 25 de abril de 1960. limo. Sr.: En el recuiso contencioso-administrativo número 7.243, interpuesto ante el Tribunal Supremo por «The Manhat- tan Shirt Co.» contra resolución de este Ministerio de 25 de de abril de 1960, se ha dictado con fecha 18 de diciembre últi- mo sentenma, cuya parte disporitiva es como sigue;

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Page 1: LOaA TAMAÑO - BOE.es · 2019. 4. 10. · Los premios objeto de esta convocatoria serán entregados Solemnemente en acto público organizado en cada capital de provincia con ocasión

4530 ' 10 ábril 1964 B. O. dél E.—Núm. 87

Este Ministerio ha acordado clasificar al Colegio de Ense­ñanza Mediaj femenino, «Presentación de la Santísima Virgen», de Arways de Mar (Barcelona), en la categoría de Autorizado de Orado Elemental.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.Dios guarde a V. I. muchos años.Madrid, 10 de mar25o de 1964.

LOaA TAMAÑOilnao, Sr. l^reotor general de Enseñanza Media.

ORDEN de 11 de marzo de 1964 poi' la que se clasifica al Colegio de Enseñanza Media, femenino, ^San Jos^»^ de Barcelona, en la categoría de Autorizado de Grado ElementaZ,

limo. Sr.: Visto el expediente para la clasificación del Co­legio, femenino, «San José», establecido en la calle de Mont- seny, número 39, de Barcelona, instruido a petición de las Religiosas Carmelitas Descalzas Misioneras;

Resultando que completado el expediente fué remitido a la Inspección de Enseñanza Media en 11 de noviembre de 1963, la que con fecha de 17 de, enero de 1964 manifiesta que el Colegio reúne buenas condiciones para ser clasificado en la ca­tegoría de Autorizado de Grado Elemental;

Resultando que la Comisión Permanente • del Consejo Na­cional de Educación; con fecha 4 de marzo de 1964, emite el siguiente dictamen: «De conformidad con los informes favo­rables emitidos por el Rectorado y por la Inspección de Ense­ñanza Media se estima que este Centro está en condiciones de ser clasificado en la categoría de Autorizado de Grado Elemental, según ha solicitado»;

Considerando lo dispuesto en los ai*tícuk)s ^ y 34 de la Ley de Ordenación de la Enseñanza Media de^6 de febrei’o de 1953 y el artículo 13 del Reglamento de 21 de julio de 1955, y que en este expediente se han cumplido todos los trámites reglamentarios señalados en el indicado Decreto,

Este-^Ministerio ha acordado clasificar al Colegio, femenino, «san José», de Barcelona, en la categoría de Autorizado de Orado Elemental.

Lo digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.Dios guarde a V. I. muchos años.Madrid, 11 de marzo de 1964.

LORA TAMA YOKmo. Sr. Director general de Enseñanza Media ^

RESOLUCION de la Dirección General de Enseñanza Pri­maria ppr^la que se anuncia concurso para la adjudi­cación de premios a los Maestros nacionales y rurales confirmados en servido activo.

Por Orden ministerial de fecha 24 de julio de 1963 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de agosto) se han creado premios de 10.600 pesetas para toda clase de Maestros nacionales y rurales confh’mados eñ sa.'vicio activo que se distingan de modo ex­traordinario en el ejercicio de su función.

En su Virtud,í Esta Dirección General tiene á bien convocar un concurso

dé méritos para la adjudicación de 1.398 premios de 10.000 pe­setas con cargo al crédito presupuestario 347.123, destinado para premiar servicios excepcionales de carácter docente prestados por los Maestros de Primera Enseñanza y otros extraordinarios. Estos 1.398 premios se distribuirán de acuerdo con el apartado tercero de la citada Gi^den ministerial, en la siguiente forma;

400 para Maestros nacionales y rurales que sirvan Escuelas situadas en entidades de población de hasta 500 Habitantes.

600 para Maestros nacionales y rurales que sirvan Escuelas en entidades de censo dé 501 a 5.000 habitantes.

200 para Maestros que sirvan Escuelas en entidades de censo comprendkip entre 5.001 a 50.000 habitantes.

Í98 para Maestros que sirvan Escuelas situadas en chítales de provincia y entidades con censo superior a 50.000 habitantes.

Se podra modificar el número de premios reservado a un detérminado grupo si hubiera propuestas de Maestros con mé­ritos suficientes en número superior al establecido e insuficiencia de propuestas en otro grupo cualquiera.

En el plazo de veinte días naturales a partir de la publica­ción de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las Juntas Municipales qué consideren distinguidos en su actividad escolar algún Maestro o Maestra que preste sus servicios en el término municipal elevará propuesta acompañada de un am­plio informe sobre las actividades realizadas que considere me­ritorias. Esta propuesta e informe se tramitará a la Dirección General.de Enseñanza Primaria por conducto de la Inspección de Enseñanza Pidmaria.

. Se considerará fundada )a pi’opuesta cuando se base en ac­tividades profesionales y sociales realizadas con eficaz rendi­miento y en grado extraordinario, como el incremento de Ht

matrícula y asistencia escolares sin imposición <de sanciones, la destacada colaboración en campañas de alfabetización €sn forma voluntaria, el número dé alumnos propios seleccionados en los concursos nacionales de becas, la ampliación y desarrollo de actividades de educación popular, el ensayo logrado de nuevos procedimientos educativos, en relación con el medio ambiénte econóníico-social de la localidad.

La Inspección dé Enseñanza Primaria podrá, además, pro­poner algún Maestro destacado qué^no figure en las propuestas de las Juntas Municipales si aprecia en ellos la realización so­bresaliente de alguna de las actividades señaladas en el pá­rrafo anterior.

El informe emitido por los Inspectores correspondientes de­berá referirse fundamentalmente a las actividades antes enume­radas y comprendidos además los siguientes extremos:

a) Nombre del Maestro, localidad y años de servicios que lleva en la Escuela y en el Municipio.

b) Matrícula escolar y asistencia anotada por la Inspección con motivo de süs visitas.

c) Certificados escolares expedidos en el cui’so anteriea;. Si se trata de Escuelas que éólo desan’ollaron los cursos infe^ rieres se expresará el número de alumnos que el año anterior superaron la instrucción correspondiente al mismo y alcanza­ron la capacidad necesaria para pasar al siguiente.

d) Licencias disfrutadas el año anterior y hasta el momento de la propuesta y sus causas. ^

e) Instituciones <fcircum» y «post>v escolares que dirige y sus resultados.

f) Votos de gracias recibidos, fechas de concesión y autori­dad que los concediera.

g) Otras distinciones recibidas.En un plazo de quince días, contados a partir de la fecha

límite para la presentación de propuestas en la Inspección, el Inspector-Jefe las trasladará con el informe preceptivo del Ins­pector de zona o la Comisión Permanente, la cual reunida en áesión especial, actuando de ponente el Inspector-Jefe, relacio­nará los Maestros propuestos por orden de méritos, con indi­cación dél censo de la íocalldad donde presten sus servicioá. L^ Comisión de Acción Cultural, reunida bajo la presidencia del. Gobernador civil, estudiará esta propuesta, y con su con­formidad o reparos la remitirá a la Dirección General de En- seanza Primaria p^ra la resolución definitiva.

Los premios objeto de esta convocatoria serán entregados Solemnemente en acto público organizado en cada capital de provincia con ocasión de la inaugm^ación del curso escolar pri­mario 1964-65.

Contra la resolución de este concurso no podrá interponerse recurso alguno.

Lo digo a VV. SS. para su conocimiento y efectos. x- Dios guarde a VV. SS. muchos años.Madrid, 6 de marzo de 1964.—^El Director general, J. Tena.

Sres. Inspectores Jefes de Enseñanza Primaría y Delegado ad­ministrativo de Educación Nacional.

RESOLUCION de la Real Academia de Juvispmdencia y Legislación por la que se anundg, para su provisión, la vacante de Académico de númeto producida por falle- dmiento del excelentísimo señor don José Antonio Umierna y Elisa.

El día 1 de los corrientes falleció el excelentísimo señor don José Ubierna y Eusa, que tenía asignada la Medalla número 6 de Académico de número de esta Real Corporación. En la Júnta celebrada el día de ayer fué declarada su vacante.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto eñ el artículo l.o del Decreto del Ministerio de Educación Nacional de 14 de mayo de 1954. publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 23, que regirá para la provisión de dicha va­cante. Por acuerdo de la Academia,

Madrid, 10 de marzo de 1964.—El Acedémico Vicesecretario, Marqués de Vive!

MINISTERIO DÉ INDUSTRIAORDEN de 29 de febrero de 1964 por la que se dispone

el cumplimiento de la sentenda dictada por el Tribu- .^nal Supremo en el recurso contendoso-administrativo número 7.243, promovido por «The Manhattan Shirt Co.y> contra resoludón de este Ministerio de 25 de abril de 1960.

limo. Sr.: En el recui’so contencioso-administrativo número 7.243, interpuesto ante el Tribunal Supremo por «The Manhat­tan Shirt Co.» contra resolución de este Ministerio de 25 de de abril de 1960, se ha dictado con fecha 18 de diciembre últi­mo sentenma, cuya parte disporitiva es como sigue;

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B. O. del £.—Núm. 87 10 abrü 1964 4531

«Fallamos : Que desestimando el recurso contencioso-adminis­trativo interpuesto a nombre de «The Manhattan Shirt Com- pany» contra la resolución del Ministerio de Industria, Regis­tro de la Propiedad Industrial, de veinticinco de abril de mil novecientos sesenta, por la que se denegó la inscripción de la marca número trescientos cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y cuatro, «Manhattan», debemos declarar y declara­mos que tal disposición es conforme a Derecho y por lo mismo válida a sus efectos; sin hacer imposición de costas.

Así, por esta nuestra sentencia que se publicará en el «Bo­letín Oficial del Estado» y se insertará en la «Colección Legis­lativa», lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, en cumplimiento de lo preve­nido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique él aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y demás efectos. .

Dios guarde a V. I. muchos años.Madrid, 29 de febrero de 1964.

LOPEZ BRAVOlimo. Sr. Subsecretario de f«te Departamento.

RESOLUCION de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza a ^Eléctricas Leonesas^ S. A.», la ins­talación de la línea eléctrica que se cita.

^ Visto el expediente incoado en la Delegación de Industria de León, a instancia de «Eléctricas Leonesas. S. A.», con do­micilio en León, plaza de la Independencia, núm. 1, en solicitud 4e autorización para instalar la línea eléctrica que se mencio­na, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en las disposiciones vigentes:

Esta Dirección General,’a propuesta de la Sección correspon­diente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a «Eléctricas Leonesas, S A.», la instalación de una línea de transporte de energía eléctrica trifásica, de un solo circuito a 33 küovoltios, con conductores de cable de aluminio- acero de 50 mm^ de sección cada uno, sustentados por aislado­res rígidos y de cadena en columnas metálicas. Su recorrido, de 17,616 Km. de longitud, tendrá su origen en la subestación de Torre del Bierzo, y su término en la de Tremor de Arriba (León).

La finalidad de esta línea será la de mejorar el suministro en una Importante zona de la provincia, a la vez que sustituirá a la actualmente en servicio por la misma zona por insuficiente y anticuada.

Esta autorización se otorga de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, con las'condiciones generales fijadas en la norma 11 de la Orden ministerial de 12 de septiembre del mis­mo año y las especiales siguientes:

1. ̂ El plazo de puesta en rnarcha será de un mes, contado a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Esrado».

2. a La instalación de la .ínea eléctrica mencionada se ejecu­tará de acuerdo con las características generales consignadas

. en el proyecto que ha servido de base a la tramitación del ex­pediente, debiendo adaptarse en todos sus detalles a las Ins­trucciones de cárácter geíieral y Reglamentos aprobados por Or­den ministerial de 23 de febrero de 1949.

3. a La Delegación de Iñdustria de León comprobará si en el detalle del proyecto se cumplen las condiciones de lós Re­glamentos que rigen los servicios de electricidad, efectuando du­rante las obrks de instalación y una vez terminadas éstas las comprobaciones necesarias por lo que afecta a su cumplimiento y al de las condiciones especiales de esta resolución y en rela­ción con la seguridad pública, en la forma especificada en las disposiciones vigentes.

4. a El peticionario dará cuenta a la Delegación de Industria de León de la terminación de las obras, para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de autorización de funcio­namiento en la que se hará constar el cumplimiento por parte de aquél, de las condiciones especiales y demás disposiciones legales.

5. a- Queda autorizada Iq utilización de la tensión nominal de 33 kV., en atención a que la línea proyectada ha de conectarse con otrás en funcionamiento a esta tensión, pero el conjunto de la instalación se construirá con las características precisas para que en todo momento pueda adaptarse la inmediata su­perior de las normalizadas que figuran en la disposición, 4.3* de las Instrucciones de carácter general, aprobadas por Orden de 23 de febrero de 1949. '

6.3- La Administración dejará sin efecto la presente autori­zación, en cualquier momento en, que se coiñpruebe el incum- plimiento de las condiciones impuestas ! o por inexactas decla­raciones en los datos que deben figurar en los documentos a que se refieren las normas 2.» y 5.» de la Orden ministerial de 12 de septiembre de 1939 y preceptos^ establecidos en la del 23 de febrero de 1949.

7.» Los elementos de la instalación proyectada serán de pro­cedencia nacional.

Lo digo a V. S. para su conocimiento y efectos.Dios guarde a V. S. muchos años.Madrid, 11 de ^ marzo de 1964.—^E1 Director general, José

García Usano.Sr. Ingeniero Jefe de la Delegación de Industria de León. /

RESOLUCION de la Dirección General de la Energía por la que se autoriza a don Guillermo Anechina Ruizfer- nández la instalación de la línea eléctrica y subestación transformadora que se cita.

Visto el expediente incoado en la Delegación de Industria de León a instancia de don Guillermo Anechina Ruízfemán- dez, con domicilio en Torre de Sánta Marina (León), en soli­citud de autorización para instalar la línea y subestación trans­formadora que se menciona, y cumplidos los trámites reglamen­tarios ordenados en las disposiciones vigentes:

Esta Dirección Geneii’al, a propuesta- de la Sección corres­pondiente de la misma, ha resuelto:

Autorizar a don Guillermo Anechina Ruizfernández la ins­talación de una línea de transporte de energía eléctrica trifási­ca, de un solo circuito a 33 küovoltios, con conductores de alu­minio-acero de 14,1 mm- de sección cada uno, sustentados por aisladores rígidos en apoyos metálicos. Su recorrido, de 1,800 ki­lómetros de longitud, tendrá su origen en la línea de «Eléctricas Leonesas, S. A.», llamada de Virgilio, y sU término en la subes­tación transformadora a ipstalar en la mina «Segunda», situa­da en el término de Torre de Santa Marina, compuesta por un transformador de 160 KVA. de potencia y relación de transfor­mación 33.000/230/130 voltios y demás elementos de control, protección y maniobra

Esta autorización se otorga de acuerdo con la Ley de 24 de noviembre de 1939, con las condiciones generales fijadas en la norma 11 de la Orden ministerial de 12 de septiembre del mis­mo año y las especiales siguientes:

1. a El plazo de puesta en marcha será inmediato, contando a partir de la fecha de publicación de i la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

2. *^ La instalación de la ünea de transporte citada se ejecu­tará de acuerdo con las características generales consignadas en el proyecto que ha servido de base a la tramitación del ex­pediente, debiendo .adaptarse en todos sus detalles a las Ins­trucciones de carácter general y Reglamentos aprobados por Or­den ministerial de 23 de’ febrero de 1949.

3. a La Delegación de Industria de León comprobará si en el detalle del proyecto se' cumplen las condiciones de los Re­glamentos que rigen los servicios de electricidad, efectuando du­rante las obras de instalación y una vez terminadas éstas las comprobaciones necesarias por lo que afecta a su cumplimiento y al de las condiciones’ especiales de esta resolución y en rela­ción con la seguridad pública, en la forma especificada en las disposiciones vigentes.

. 4.a El peticionario dará cuenta a la Delegación de Industria de León de la terminación ae las obras para su reconocimiento definitivo y levantamiento oel acta de autorización de funcio­namiento, en la que se hará constar el cumplimiento por parte de aquél, de las condiciones especiales y demás disposiciones legales.

5.8' Queda autorizada la utilii^ción dé la tensión nominal de 33 KV., en atención a que la línea proyectada ha de conectarse con otras en funcionamiento a esta tensión, pero el conjunto. de la instalación se construirá con las características precisas para que en todo momento pueda adaptarse la inmediata su­perior de las normalizadas que figuran en la disposición» 4.» de las Instrucciones de carácter general, aprobadas por Orden de 23 de febrero de 1949.

e.a La Administración dejará sin efecto la presente autori­zación, en cualquier momento en que se compruebe el incum­plimiento de las condiciones impuestas, o por inexactas decla­raciones en los datos que deben figurar en los documentos a que se refieren las normas 2.^ y 5.^ de la Orden ministerial de 1’2 de septiembre de 1939 y preceptos establecidos en la del 23 de febrero de 1949.

7.8* Los elementos de la instalación proyectada serán de pro­cedencia nacional.

Lo digo a V. S. para su conocimiento y efectos.Dios guarde a V. S. muchos años.Madrid, 11 de marzo ie 1964.—El^ Director general, José

García Usano.Sr. Ingeniero Jefe de la Delegación de Industria de León.

RESOLUCION de la Delegación de Industria de La Co» ruña relativa al expediente de expropiación forzosa de los terrenos situados en los términos municipales de La Coruña y Arteijo, que son necesarios para la cons­trucción de un camino de acceso a las instalaciones de la refinería de petróleos d^ Bens

Expediente 'de expropiación forzosa que con carácter de ur­gencia, y a tenor de lo establecido en el artículo. 52 de la Ley de exprc^iación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y disposi-