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V08

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Línea Naranja®

Condiciones Generales

Vehículos Personales

Octubre 2008

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Indice

Preliminar 5

AceptacióndelContrato 5

AlcanceGeográfico 5

1. Definiciones 7

2. Coberturas 12

2.1 Riesgoscubiertos,límitesderesponsabilidad,deduciblesyexclusionesparticulares 12a) DañosMaterialesPérdidaParcial 12

b) DañosMaterialesPérdidaTotal 15

c) Cristales 18

d) RoboTotal 19

e) AyudaparaPérdidasTotales 21

f) Adaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial 22

g) ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros 23

h) ProtecciónLegal 25

i) ExtensióndeCoberturadeResponsabilidad CivilporDañosaTerceros 26

j) GastosMédicosOcupantes 27

k) ProtecciónAuxiliar 29

l) AccidentesAutomovilísticosalConductor 30

2.2 ExclusionesGenerales 32

3. EstipulacionesdelaPólizadeSeguro 35

a) VersióndelaPóliza 35

b) Principioyterminacióndevigencia 35

c) SumasAseguradasyBasesdeIndemnización 35

d) Obligacióndelpagodelasprimasdelapóliza 40

e) Pérdidadelderechoaserindemnizado 41

f) Terminaciónanticipadadelapóliza 42

g) Prescripción 43

h) Comisiones 43

i) Competencia 44

j) Subrogación 44

4. ProcedimientosencasodeSiniestro 45

5. ClubGNPAutos 49

6. TeléfonosdeServicio 52

7. AtenciónbrindadapornuestrosAsesoresdeServiciodeAutos 53

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PreliminarGrupoNacionalProvincial,S.A.B.,(queenlosucesivosedenominarálaCompañía)asegura,deconformidadconelcontenidodeestapólizadurantelavigenciaestablecida,elvehículodescritoenlacarátuladelamisma,contralosriesgosquemásadelanteaparecenyfiguranconlímitederesponsabilidadmáximoo,ensucaso,conlaanotaciónde“Amparado”.

La Compañía y el Asegurado han convenido las coberturasy las sumas aseguradas que aparecen en la carátula deesta póliza como contratadas, con conocimiento de que elAseguradopuedeelegirunaovariasdelascoberturasbásicasyadicionalmente,siasísedesea,unaovariasdelascoberturasaccesorias.

Los riesgos que pueden ampararse bajo esta póliza, sedefinenenelcapítulode“Coberturas”deestasCondicionesGenerales.

Aceptación del contrato“Si el contenido de la póliza o sus modificaciones noconcordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir larectificacióncorrespondientedentrodelos30díasquesiganal día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo seconsideraránaceptadaslasestipulacionesdelapólizaodesusmodificaciones”.Loanteriordeconformidadconelartículo25delaLeySobreelContratodeSeguro.

Cualquiermodificaciónalpresentecontrato, seráporescritoyprevioacuerdoentrelaspartes.Loanteriorentérminosdelartículo19de la LeySobreelContratodeSeguro. En consecuencia,elAgenteocualquierotrapersonaquenoestéexpresamenteautorizadaporlaCompañía,nopodrásolicitarmodificaciones.

Alcance geográficoTodas las coberturasoperanenaccidentesocurridosdentrodelaRepúblicaMexicana,EstadosUnidosdeNorteaméricayCanadá,conexcepcióndelassiguientescoberturas,lascualesoperanúnicamenteenlaRepúblicaMexicana:

• ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

• ExtensióndeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

• ProtecciónLegal

• Dañosmateriales,lesionescorporalesolamuertequeseocasioneatercerosconelremolquemientrasseaarrastradoporelVehículoAsegurado.

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1 Definiciones

Paralosefectosdelpresentecontratoseentiendepor:

• Adaptaciones, Conversiones y Equipo EspecialTodamodificacióny/oadiciónencarrocería,partes,accesoriosyrótulosinstaladosapeticióndelcompradoropropietario,enadiciónalaspartesoaccesoriosconlosqueelfabricanteadapta originalmente cada modelo y tipo específico quepresentaalmercado.

• Antiguos y ClásicosSon vehículos de uso particular de fabricación nacional oextranjera (debidamente legalizados), cuya antigüedad essuperiora15añosyquealpasodeltiempohanmantenidolaoriginalidadensuspartesyaccesorios,ysubuencuidadolosllevaaserconsideradoscomopiezasdecolección.

• AseguradoEslapersonamoralofísicaquetienederechoalareclamacióndelosservicios,pagosobeneficiosespecificadosenlascoberturascontratadas.Estapersonadeberáapareceridentificadaenlacarátuladeestapólizaoserconductoruocupantedelvehículoalmomentodelsiniestro.

• BeneficiarioPersonafísicay/omoraldesignadaenlapólizaporelAseguradooContratante,comotitulardelosderechosindemnizatorios.

• Beneficiario PreferenteEs la persona moral o física que, previo acuerdo con laCompañíayasolicituddelcontratante,tienederechoalpagooserviciocorrespondientesobrecualquierotrobeneficiario.Encasodeexistirelnombreorazónsocialdelmismo,éstedeberáaparecerenlacarátuladeestapóliza.

• Caminos TransitablesVíasdecomunicacióndestinadasparalacirculacióndevehículosautomotoresyque,deacuerdoalascaracterísticaspropiasdelvehículoasegurado,permitansucirculaciónregularyfluida,sinsometerloaunriesgoadicionalnidañarningunadesuspartescomoconsecuenciadirectadelasimplecirculacióndelvehículoendichasvías.

• ColisiónEselimpacto,enunsoloevento,delvehículoAseguradoconunoomásobjetos inclusiveel vehículomismoyquecomoconsecuenciacausedañosmateriales.

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• Conductor Principal (conductor habitual del vehículo

Asegurado)

EslapersonafísicaqueconmayorfrecuenciautilizaelVehículoAsegurado,cuyonombreyRFCseestableceenlacarátuladeestapóliza.

• ContratantePersona física y/o moral que suscribe el contrato y quegeneralmentecoincideconlapersonadelAseguradoyquientienelaobligaciónlegaldelpagodelasprimas.

• Contrato de SeguroAcuerdodevoluntadesporvirtuddelacuallaCompañía,seobligamedianteunaprima,aresarcirundañooapagarunasumadedineroalverificarselaeventualidadprevistaenelcontrato.

Lapólizaylasversionesdelamisma,lasolicitudylascondicionesgeneralesformanparteyconstituyenpruebadelcontratodesegurocelebradoentreelContratanteylaCompañía.

• Costo usual y acostumbradoEselvalorpromedioquecorrespondaalospreciosyhonorariosprofesionales fijados, en una plaza o lugar determinado,por los prestadores y receptores de servicios médicos yhospitalarios,atendiendoalanaturalezaycomplejidadtécnicadelosservicios,asícomoalacalidad,tiempoycostodeusodelasinstalacionescorrespondientes.

• DeducibleEs la participación económicaque invariablementequeda acargodelAseguradoobeneficiarioencasodesiniestroyqueseestableceparacadacoberturaenlacarátuladeestapóliza.Estaobligaciónsepodrápresentarenpesos,díasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederaloporcentajesobrelasumaasegurada,ValorComercialoValorFactura,segúncorrespondaacadacobertura.

• Detalle de CoberturasRelación de riesgos amparados en la que se expresan loslímites máximos de responsabilidad de la Compañía y delContratantey/oAsegurado.

• DSMGVDFDíasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederal.

• ImpericiaEslafaltadedestrezaohabilidadporpartedelconductoryqueocasionaunsiniestro.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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• InundaciónEslacausaporlaqueelvehículosufredañosfísicosdirectos,encarroceríay/ointeriores,mediantelapenetracióndeaguadelexterioralinteriordelmismo,distintadelanecesariaparasuoperaciónyfuncionamientoyporcausasajenasalavoluntaddelAseguradooconductor.

• Límite único y combinadoSumaaseguradaúnicaquesecontrataparaunacoberturaqueamparadiversostiposdepérdiday/odañoyqueoperacomolímitederesponsabilidadde laCompañíaporelacumuladodereclamacionesqueameritenindemnizaciónalamparodelacoberturaencuestión.

• OcupanteCualquierpersonaqueseencuentredentrodelcompartimiento,casetaocabinadelVehículoAseguradodiseñadaoriginalmenteporel fabricanteparael transportedepersonasduranteunaccidentedetránsito.

• Pérdida ParcialSe declara cuando el monto del daño causado al VehículoAsegurado,incluyendomanodeobra,refaccionesymaterialesnecesariosparasureparación,segúnavalúorealizadoovalidadoporlaCompañía,noexcedadel75%delaSumaAsegurada,ValorComercialoValorFacturasegúncorresponda.

• Pérdida Total SedeclaracuandoelmontodeldañocausadoalVehículoAsegurado,incluyendomanodeobra,refaccionesymaterialesnecesarios para su reparación, según avalúo realizado ovalidadopor laCompañía, seamayoro igual al75%de laSuma Asegurada, Valor Comercial o Valor Factura, segúncorresponda.

AsolicitudexpresadelAsegurado,laCompañíapodrádeclararlaPérdidaTotalcuandoelimportedelareparación,incluyendomanodeobra,refaccionesymaterialesnecesarios,rebaseel50%delaSumaAsegurada,ValorComercialoValorFactura,segúncorresponda.

• Póliza Documentoemitidopor laCompañíaenelqueconstan losderechosyobligacionesdelaspartes.

• Prima del MovimientoObligacióndepagoacargodelContratantey/oAseguradoporconceptodelasmodificacionesrealizadasalapóliza.

• PropietarioPersonaFísicaoMoralqueacreditalalegítimapropiedaddelVehículoAsegurado.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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• Suma AseguradaEselvalorquesedefineparaunacobertura,bienespecíficoo riesgo determinado y que la Compañía está obligadaa pagar como máximo al momento de una pérdida. Ladeterminacióndelasumaaseguradaparacadacoberturadeberegirseporloestablecidoenelapartado“LímiteMáximoderesponsabilidad”decadaunadelascoberturasespecificadasenelcapítulo“Coberturas”deestasCondicionesGenerales.

• TercerosSerefiereapersonasinvolucradasenelsiniestroquedalugara lareclamaciónbajoelamparodeestapólizadiferentesa:el Contratante, el Asegurado, los ocupantes del VehículoAsegurado, el conductor del Vehículo Asegurado, o laspersonas que viajen en el Vehículo Asegurado al momentodelsiniestro.

• Uso del Vehículo AseguradoDeacuerdoalascaracterísticasdeestapóliza,seestablecequeelVehículoAseguradoesdeusoparticular,entendiéndoseporestoquesedestinaaltransportedepersonasycargaocasionalsinfinesdelucro.

LautilizacióndelVehículoAseguradoparacualquierotrousoseconsideraráunaagravaciónesencialdelriesgo,queimplicalapérdidadelderechoaserindemnizadobajocualquiercoberturadeestapóliza,deconformidadconloprevistoenelartículo52y53fracciónIdelaLeySobreelContratodelSeguro.

Artículo 52 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “ElAseguradodeberá comunicar a la empresa aseguradora lasagravacionesesencialesquetengaelriesgoduranteelcursodelseguro,dentrodelasveinticuatrohorassiguientesalmomentoenquelasconozca.SielAseguradoomitiereelavisoosiélprovocaunaagravaciónesencialdelriesgo,cesarándeplenoderecholasobligacionesdelaempresaenlosucesivo”.

Artículo 53 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Paralosefectosdelartículoanteriorsepresumirásiempre:

I. Quelaagravaciónesesencial,cuandoserefieraaunhechoimportanteparalaapreciacióndeunriesgo,detalsuertequelaempresahabríacontratadoencondicionesdiversassialcelebrarelcontratohubiereconocidounaagravaciónanáloga”

• Vehículo AseguradoLaunidadautomotrizdescritaenlacarátuladeestapóliza,incluyendo las partes o accesorios con que el fabricanteadapta originalmente para cada modelo y tipo específicoquepresentaalmercado.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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Cualquierotraparte,accesorio,rótulo,conversión,adaptaciónomodificaciónalaestructura,instaladaapeticióndelcompradoropropietariooporlasagencias,distribuidoras,autoinstaladoso por terceros, no se considerará equipo adaptado por elfabricante, por tanto, requerirá de cobertura especial y serespecificadaenlacarátuladeestapóliza.

• Vehículo DescontinuadoSe entiende por vehículos descontinuados a las unidadesde fabricación nacional con antigüedad mayor a 15 años,que por su cuidado o reacondicionamiento son sujetos deaseguramiento.

• Valor ComercialEselvalordelvehículoquesedefineparalascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcial,DañosMaterialesPérdidaTotalyRoboTotalyequivalealvalordeventaalpúblico(queyaincluyeelI.V.A.eimpuestosaplicablestalescomotenencia,derechosycualquierotroquecorresponda)deunvehículodelamismamarca,tipoymodelodelVehículoAsegurado,enlafechadelsiniestro,deacuerdoalpromedioqueseobtengadelaGuíaEBC,GuíaAutométricaylistadosdeAMIS.

• Valor FacturaEselvalordelvehículoquesedefineparalascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcial,DañosMaterialesPérdidaTotalyRoboTotalycorrespondealvalordeventaalpúblico(queyaincluyeelI.V.A.eimpuestosaplicables,talescomotenencia,derechosycualquierotroquecorresponda)queseindicaenlaFacturadelVehículoAsegurado.

• VersiónDocumentoemitidoporlaCompañíaconposterioridadalafechadeiniciodelcontratodeseguroqueconservaelmismonúmerodepóliza,yquerefleja lascondicionesactualesdelcontratodeseguro.

• VuelcosEs el evento durante el cual, por la pérdida de control, elvehículogira,volteaose levanta, todooenparte, sobre lasuperficiequetransitaocircula.

Condiciones GeneralesDefiniciones

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2 Coberturas

�.1 Riesgoscubiertos,límitesderesponsabilidad,deduciblesyexclusionesparticulares

a) DañosMaterialesPérdidaParcial

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubre losdañosopérdidasparcialesmaterialesquesufraelVehículoAseguradoyquesegenerenaconsecuenciadelossiguientesriesgos:

a) Colisión.

b) Vuelcos.

c) Incendio, rayo y explosión aún cuando estos dañosprovengandeunacausaexternaalvehículo.

d) Ciclón, huracán, granizo, terremoto, erupción volcánica,alud, derrumbe de tierra o piedras, caída o derrumbedeconstrucciones,estructuras,uotrosobjetos,caídadeárbolesosusramaseinundación.

e) Actos de personas que tomen parte en paros, huelgas,disturbiosdecarácterobrero,mítines,alborotospopulares,motinesodepersonasmalintencionadasdurantelarealizaciónde dichos actos, o bien los daños ocasionados por lasautoridadeslegalmentereconocidascomomedidaderepresiónensusfuncionesyqueintervenganendichosactos.

f) Daños en y durante su transportación: Varadura,hundimiento, incendio, explosión, colisión, vuelco,descarrilamientoocaídadelmediodetransporteenqueelVehículoAseguradoesdesplazado;caídadelVehículoAseguradodurantelasmaniobrasdecarga,transbordoodescarga,asícomolacontribuciónporaveríagruesaoporcargosdesalvamento.

g) EldesbielamientodelVehículoAseguradooriginadoporlapenetracióndeaguadelexterioralinteriordelmismo,distintadelanecesariaparasuoperaciónyfuncionamientoyporcausasajenasalavoluntaddelAseguradooconductor.

2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodráoperar bajo el concepto de Valor Comercial, Valor Facturao Suma Asegurada convenida. Por lo tanto la Compañía

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se compromete a indemnizar conforme se establece en elcapítulo“Estipulacionesdelapólizadeseguro”incisoc)SumasAseguradasyBasesde IndemnizacióndeestasCondicionesGenerales, cuando el costo del daño o pérdida causado alVehículoAseguradoestédentrodeloslineamientosdePérdidaParcialdeacuerdoconladefiniciónestablecidaenelcapítulo"Definiciones"deestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleElmontodeldeduciblecorresponderáalacantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezcacomoporcentaje,elmontodeldeducibleseráelqueresultedeaplicarelporcentajedeterminadoenlacarátuladelapólizaparaestacobertura, al Valor Comercial a la fecha del siniestro, ValorFacturaoSumaAseguradaconvenida,segúncorresponda.

Enelcasodepólizasmultianuales,endondelasumaaseguradahayasidodeterminadacomounmontoyeldeduciblecomoporcentaje,durante suprimerañodevigenciaelmontodededuciblesedeterminaráaplicandoalasumaaseguradadichoporcentaje;paralosañossubsecuentes,elmontodededuciblecorresponderáalqueresultedeaplicarsobreelValorComercialquetengaelvehículoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

4. Exención del deducibleLaCompañíaexentarádelpagodeldeduciblealAseguradooConductordelVehículoAseguradocuandoencasodesiniestroendondeelmontodedañosmaterialessufridosseasuperioralmontodeldeducibleestipuladoenlacarátuladeestapóliza,deacuerdoalavaluaciónrealizadaporlaCompañía;ylaautoridadcorrespondienteenlaformaseñalada,determinelaculpabilidaddeuntercerocausantedeldaño.

TratándosedesiniestrosocurridosenelDistritoFederal,enlosqueúnicamentesecausarondañosalapropiedadconmotivodeltránsitodevehículos,sinhaberlesionados,seaplicaránlasdisposicioneslegalesconducentes.

Paraqueestebeneficioseaaplicableesindispensable:

Queexistaunterceroresponsabledelosdañosyestépresentealmomentodelajustedelsiniestroyademás,encasodequeelterceronoaceptesuresponsabilidady/onogaranticeelpagodelosdaños,esperarelperitajedecausalidad,queeseldictamenqueemitelaProcuraduríadeJusticiacorrespondiente,asícomoobtenerpodernotarialotorgadoporelAseguradoacostadelaCompañía,paraelseguimiento,yensucaso,efectuar larecuperacióndelosdaños.

Cabe aclarar que la querella, el parte informativo o ladeterminacióndelMinisterioPúblico,noequivalennisustituyenaldictamenoficialqueemitelaProcuraduríadeJusticia.

Condiciones GeneralesCoberturas

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Estebeneficionosepodráaplicarcuandoelpresuntoterceroresponsablenoseencuentreenellugardelsiniestro,cuandonoselogreobtenerundictamenpericialfavorableocuandolaautoridaddetermineresponsabilidadcompartida.

5. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturadeDañosMaterialesPérdidaParcialenningúncasocubre:

a) Siniestros en donde el monto dedañosmaterialessufridosseamenoral monto del deducible estipuladoen la carátula de esta póliza,según valuación realizada por laCompañía.

b) Fallas y descomposturas mecánicas,eléctricasyelectrónicasdecualquierade los componentes del VehículoAsegurado.

c) Cuandoelsiniestroseaproducidoporeldelitodeabusodeconfianza:

1) Cometido por algunas de laspersonas que aparecen como ase-guradasenlacarátuladeestapóliza.

2) Cometido por familiares delAsegurado.

3) Te n g a s u o r i g e n o s e a nconsecuencia de cualquier tipo detransacción, contrato o conveniomercantil , relacionado con lacompraventa a particular, arren-damiento,créditoofinanciamientodelVehículoAsegurado.

Condiciones GeneralesCoberturas

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d) Daños a la pintura del VehículoAseguradoocasionadospor riesgosdiferentes a los amparados en losincisos a) al f) de la cobertura deDañosMaterialesPérdidaParcial.

e) Roturaofaltaderesistenciadecualquierparteoaccesoriodelvehículoquenoseamateriadecoberturaenestapóliza.

f) Daños materiales al vehículoocasionados por riña en las queparticipe el conductor y/o losocupantesocualquierpersonaqueviajeenelVehículoAsegurado.

g) Pérdidas o daños causados por laacción normal de la marea, aúncuandoprovoqueinundación.

h) Desbielamientodelmotorporfaltademantenimiento,desgastenaturalofugadeaceite.

i) Siniestros en donde se declare laPérdidaTotaldelVehículoAseguradode acuerdo con la definición dePérdida Total establecida en elcapítulo "Definiciones" de estasCondicionesGenerales.

b) DañosMaterialesPérdidaTotal

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelosdañosopérdidastotalesmaterialesquesufraelVehículoAseguradoyquesegenerenaconsecuenciadelosriesgosestipuladosenlosincisosa)alg)delacoberturaDañosMaterialesPérdidaParcial.

Condiciones GeneralesCoberturas

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2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodráoperar bajo el concepto de Valor Comercial, Valor Facturao Suma Asegurada convenida. Por lo tanto la Compañíase compromete a indemnizar conforme se establece en elcapítulo“Estipulacionesdelapólizadeseguro”incisoc)SumasAseguradasyBasesdeIndemnización,cuandoelmontodeldañoopérdidacausadoalVehículoAseguradoestédentrodeloslineamientosdePérdidaTotal,deacuerdoconladefiniciónestablecidaenelcapítulo"Definiciones"deestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleElmontodeldeduciblecorresponderáalacantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezcacomoporcentaje,elmontodeldeducibleseráelqueresultedeaplicarelporcentajedeterminadoenlacarátuladelapólizaparaestacobertura, al Valor Comercial a la fecha del siniestro, ValorFacturaoSumaAseguradaconvenida,segúncorresponda.

Enelcasodepólizasmultianuales,endondelasumaaseguradahayasidodeterminadacomounmontoyeldeduciblecomoporcentaje, durante suprimer añode vigencia elmontodededuciblesedeterminaráaplicandoalasumaaseguradadichoporcentaje;paralosañossubsecuentes,elmontodededuciblecorresponderáalqueresultedeaplicarsobreelValorComercialquetengaelVehículoAseguradoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

4. Exención del deducibleLaCompañíaexentarádelpagodeldeduciblealAseguradooconductordelVehículoAseguradocuandosedeclarelaPérdidaTotal,deacuerdoalavaluaciónrealizadaporlaCompañía,ylaautoridadcorrespondienteenlaformaseñalada,determinelaculpabilidaddeunTercerocausantedeldaño.

TratándosedesiniestrosocurridosenelDistritoFederal,enlosqueúnicamentesecausarondañosalapropiedadconmotivodeltránsitodevehículos,sinhaberlesionados,seaplicaránlasdisposicioneslegalesconducentes.

Paraqueestebeneficioseaaplicableesindispensable:

Queexistaunterceroresponsabledelosdañosyestépresentealmomentodelajustedelsiniestroyademás,encasodequeelterceronoaceptesuresponsabilidady/onogaranticeelpagodelosdaños,esperarelperitajedecausalidad,queeseldictamenqueemitelaProcuraduríadeJusticiacorrespondiente,asícomoobtenerpodernotarialotorgadoporelAseguradoacostadelaCompañía,paraelseguimiento,yensucaso,efectuar larecuperacióndelosdaños.

Condiciones GeneralesCoberturas

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Cabe aclarar que la querella, el parte informativo o ladeterminacióndelMinisterioPúblico,noequivalennisustituyenaldictamenoficialqueemitelaProcuraduríadeJusticia.Estebeneficio no se podrá aplicar cuando el presunto terceroresponsablenoseencuentreenellugardelsiniestro,cuandonoselogreobtenerundictamenpericialfavorableocuandolaautoridaddetermineresponsabilidadcompartida.

5. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulodeExclusionesGeneralesdeestapóliza,lacoberturadeDañosMaterialesPérdidaTotalenningúncasocubre:

a) Siniestros en los que no se declarela Pérdida Total de acuerdo con ladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

b) Fallas y descomposturas mecánicas,eléctricasyelectrónicasdecualquierade los componentes del VehículoAsegurado.

c) Cuandoelsiniestroseaproducidoporeldelitodeabusodeconfianza:

1) Cometido por algunas de laspersonasqueaparecencomoaseguradasenlacarátuladeestapóliza.

2) Cometido por familiares delAsegurado.

3) Tengasuorigenoseanconsecuenciadecualquiertipodetransacción,contratoo convenio mercantil, relacionadocon la compraventa a particular,arrendamiento,créditoofinanciamientodelVehículoAsegurado.

Condiciones GeneralesCoberturas

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d) Daños a la pintura del VehículoAseguradoocasionadospor riesgosdiferentes a los amparados en losincisos a) al f) de la cobertura deDañosMaterialesPérdidaParcial.

e) Roturaofaltaderesistenciadecualquierparteoaccesoriodelvehículoquenoseamateriadecoberturaenestapóliza.

f) Daños materiales al vehículoocasionados por riña en las queparticipe el conductor y/o losocupantesocualquierpersonaqueviajeenelVehículoAsegurado.

g) Pérdidas o daños causados por laacción normal de la marea, aúncuandoprovoqueinundación.

h) Desbielamientodelmotorporfaltademantenimiento,desgastenaturalofugadeaceite.

c) Cristales

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagooreposición, incluyendo loscostosdecolocación,detodosloscristales,parabrisas,laterales,aletas,medallón y/o quemacocos (techo corredizo, sun roof), asícomolasgomasyherrajesdesoportedeestos,conlosqueelfabricanteadaptaoriginalmentealVehículoAsegurado,comoconsecuencia de rotura, o desprendimiento de los mismos.Enestacobertura tambiénse incluyen losDañosMaterialesdirectosquesufralacarroceríadeVehículoAseguradocomoconsecuenciadelaroturaodesprendimientodelcristal.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límitemáximode responsabilidadde laCompañíanuncaexcederá del costo al público, con base en los precios delmercado, que tengan los bienes al momento del siniestro,incluyendoelcostodecolocación.

Condiciones GeneralesCoberturas

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3. DeducibleElmontodeldeduciblesedeterminaporelporcentajeestablecidoenlacarátuladeestapóliza,aplicablealcostototaldereparaciónque incluye la sustitución y/o colocacióndel cristalo cristalesdañadosmáselcostototaldeldañomaterialoriginado.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturadeCristalesenningúncasocubre:

a) Espejoslaterales,calaverasyfaros.

b) Cristalesyquemacocosno instaladosoriginalmenteporel fabricantedelvehículo,amenosqueesténdeclaradosen la cobertura de Adaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial.

c) Robo de Cristales a menos que setenga contratada la cobertura deProtecciónAuxiliar.

d) RoboTotal

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaen lacarátuladela póliza, cubre el apoderamiento del Vehículo Aseguradoen contrade la voluntaddel conductoroAsegurado comoresultadodelroboy/oasalto,ocuandoelvehículodesaparecedel lugar donde se dejó estacionado; igualmente quedanamparadas laspérdidaso losDañosMaterialesquesufraelVehículoAseguradoaconsecuenciadelRoboTotal.

Adicionalmente y cuando no se encuentren contratadaslas coberturas de Daños Materiales Pérdida Parcial y DañosMateriales Pérdida Total, quedarán cubiertos los riesgosestipuladosenlosincisosc)alf)dedichascoberturas.

2. Límite máximo de responsabilidadDeacuerdoaltipodeVehículoAsegurado,estacoberturapodráoperarbajoelconceptodeValorComercialoSumaAseguradaconvenida. Por lo tanto la Compañía se compromete a

Condiciones GeneralesCoberturas

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indemnizarconformeseestableceenelcapítulo“Estipulacionesdelapólizadeseguro”incisoc)SumasAseguradasyBasesdeIndemnizacióndeestasCondicionesGenerales.

3. DeducibleElmontodeldeduciblecorresponderáalacantidadestablecidaenlacarátuladeestapóliza.Encasodequeseestablezcacomoporcentaje,elmontodeldeducibleseráelqueresultedeaplicarelporcentajedeterminadoenlacarátuladelapólizaparaestacobertura, al ValorComercial a la fechadel siniestro, ValorFacturaoSumaAseguradaconvenida,segúncorresponda.

Enelcasodepólizasmultianuales,endondelasumaaseguradahayasidodeterminadacomounmontoyeldeduciblecomoporcentaje,durante suprimerañodevigenciaelmontodededuciblesedeterminaráaplicandoalasumaaseguradadichoporcentaje;paralosañossubsecuentes,elmontodededuciblecorresponderáalqueresultedeaplicarsobreelValorComercialquetengaelVehículoAseguradoalmomentodelsiniestroelporcentajecontratadoenlapólizaparaestacobertura.

EnelcasodequeelVehículoAseguradosearecuperadodespuésdeperpetradoelRobo,elmontodededucibleaaplicarseráelcorrespondientealacoberturadeRoboTotalcuandolaCompañíarealicealgúnpagoporpérdidasodaños sufridosalVehículoAsegurado.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturadeRoboTotalenningúncasocubre:

a) Las exclusiones establecidas paralas coberturas de Daños MaterialesPérdida Parcial y Daños MaterialesPérdidaTotal.

b) ElroboparcialdepartesoaccesoriosdelVehículoAsegurado

c) El robo del Vehículo Asegurado aconsecuenciadeldelitodefraude.

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d) Los servicios otorgados por lacoberturadeProtecciónLegal.

e) AyudaparaPérdidasTotales

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza, laCompañía indemnizaráalAseguradocon laSumaAseguradaparaestacobertura,queseestableceenlacarátulade la póliza, una vez declarada la Pérdida Total o el RoboTotaldelVehículoAseguradoysecumplacon losrequisitossolicitadosporlaCompañía.

Estacantidadserápagaderaenunasolaexhibiciónysóloaplicaparaunsoloeventodurantelavigenciadelapóliza.

2. Límite máximo de responsabilidadEl monto de indemnización aplicable será la cantidadestablecidaenlacarátuladeestapólizaparaestacobertura.EstaSumaAseguradanoseráreinstalabletalcomoseestableceenelcapítulo“Estipulacionesdelapólizadeseguro”incisoc) Sumas Aseguradas y Bases de Indemnización de estasCondicionesGenerales.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestapóliza, lacoberturadeAyudaparaPérdidasTotalesenningúncasocubre:

a) Las exclusiones establecidas parala cobertura de Daños MaterialesPérdidaTotal.

b) Lasexclusionesestablecidaspara lacoberturadeRoboTotal.

Condiciones GeneralesCoberturas

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f) AdaptacionesConversionesyEquipoEspecial

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,estacoberturaseextiendeparacubrirlossiguientesriesgos:

a) Los daños materiales que sufran las adaptaciones,conversiones y equipo especial instalado en el VehículoAsegurado,aconsecuenciadelosriesgosdescritosenlascoberturas de Daños Materiales Pérdida Parcial y DañosMaterialesPérdidaTotal.

b) Elrobo,dañoopérdidadelasadaptaciones,conversionesyequipoespecial,aconsecuenciadelrobototaldelVehículoAseguradoydelosdañosopérdidasmaterialesamparadosenlacoberturadeRoboTotal.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadsecontratabajoelconceptodeSumaAseguradaConvenidaelcualdeberáfijarsedeacuerdoal valor real que tengan las adaptaciones, conversiones yequipoespecialolasmodificacionesquesehayanefectuadoalaestructuradelvehículo,soportándoseporavalúoofactura.

a) Encasodesiniestro,endondesolamenteresultendañadaslasadaptaciones,conversionesoelequipoespecial,elmontoindemnizableseráelcostodelaadaptación,modificación,conversiónoequipoespecial,menoseldesgastequeporusocorrespondaalamisma,determinadoporavalúorealizadoovalidadoporlaCompañía.

b) En caso de Pérdida Total del Vehículo Asegurado y susadaptaciones, conversiones o equipo especial, el montoindemnizable para esta cobertura será el costo de laadaptación, modificación, conversión o equipo especial,menos la depreciación que por uso le corresponda a lamisma, menos el costo de rescate de la parte originalmodificada,convertidaosustituida.

Ladescripcióndelosbienesaseguradosylasumaaseguradadecadaunodeellosseasentarámedianteanexoquedeberáagregarseyformarpartedelapóliza,requisitosinelcualnoseconsideraráncubiertos.

3. DeducibleCuandolareclamaciónprocedaporconsecuenciadelosriesgoscubiertosenlascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcial,Daños Materiales Pérdida Total o Robo Total el monto deldeduciblecorresponderáalacantidadqueresultedeaplicarsobreel valordel equipodañadoa la fechade siniestro, elmismoporcentajequeapliquepara la indemnizaciónde losdañosypérdidasquesufraelVehículoAsegurado.

Condiciones GeneralesCoberturas

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g) ResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladela póliza cubre la Responsabilidad Civil en que incurra elAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácito,useelVehículoAseguradoycauseDañosMateriales a Terceros en sus bienes y/o cause lesionescorporalesolamuerteaTerceros,incluyendolaindemnizaciónpordañomorala laqueensucasoseacondenadopor laautoridadcompetente.

Asimismo,estáncubiertaslaslesionescorporalesolamuerteaTercerosylosDañosMaterialesabienesdeTercerosquecause el remolque o tumbaburros mientras sea arrastradopor el Vehículo Asegurado, siempre y cuando cuente conlos dispositivos o mecanismos especialmente fabricadosparatalfin.

Adicionalmente, y hasta por una cantidad igual al límitemáximoderesponsabilidad,estacoberturaseextiendeparaamparar los gastos y costas a los que fuere condenado elAseguradoocualquierpersonaqueconsuconsentimientoexpresootácitouseelVehículoAsegurado,encasodejuiciocivil seguido en su contra con motivo de ResponsabilidadCivil.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de responsabilidad para esta cobertura seestableceen la carátuladeestapóliza yopera comoSumaAseguradaúnicaparalosdiversosriesgosqueseamparanenestacobertura.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturadeResponsabilidadCivilenningúncasocubre:

Condiciones GeneralesCoberturas

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a) Los Daños Materiales a bienesque se encuentren bajo custodia oresponsabilidaddelAsegurado.

b) Los Daños Materiales a bienesd e p e r s o n a s q u e d e p e n d a neconómicamentedelAsegurado.

c) Daños, lesiones corporales o lamuerteapersonascuandodependaneconómicamente del Asegurado,propietario,contratanteoconductordel Vehículo Asegurado o cuandoesténasuservicioenelmomentodelsiniestro.

d) Daños,lesionescorporalesolamuertealosocupantes(acompañantes)delVehículoAsegurado.

e) Daños,lesionescorporalesolamuerteocasionadosporactointencionaldelavíctima.

f) Daños, lesiones corporales o lamuertecometidosintencionalmentepor el Asegurado, propietario,contratanteoconductordelVehículoAsegurado.

g) Dañosmateriales,perjuicios,gastos,pérdidas, indemnizaciones o dañomoral causado indirectamenteporelAseguradocontrasupersonaysusbienes.

Condiciones GeneralesCoberturas

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h) ProtecciónLegal

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,otorgalosserviciosprofesionalesdeprotecciónjurídicanecesariosenlosprocedimientosjudicialesderivadosdelosriesgosamparadosporlacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros,porloqueenaccidentesdetránsitoquedeacuerdoalasleyesvigentesenlaRepúblicaMexicana,requieran del inicio y seguimiento de un procedimientoadministrativo civil y/o penal en el que se vean afectadoslos intereses del Asegurado y/o propietario y/o conductorque con consentimiento expreso o tácito use el VehículoAseguradoyqueaconsecuenciadedichouso,causedañooseveaenvueltoendichosprocedimientos,laCompañíasecomprometea:

a) GestionarconelconsentimientoyasistenciadelAseguradoy/o propietario y/o conductor su libertad provisional,condicional, preparatoria y/o conmutativa, segúncorresponda,deacuerdoalprocedimientoiniciado.

b) GestionarconelconsentimientoyasistenciadelAseguradoy/o propietario y/o conductor la liberación del VehículoAsegurado.

c) Tramitar laexpedicióninmediataysincostoadicionaldelas fianzas necesarias, por conducto de una Compañíaafianzadoralegalmenteconstituidayautorizadaparaoperarenelpaísyhastaporellímitedegarantíacontratadaparaestacobertura.

d) Pagartodoslosgastos,costas,cauciones(diferentesaldelafianza)y/omultasadministrativasquedelprocedimientosederiven,hastaporunmontoequivalenteal50%dellímitedegarantíacontratadaparaestacobertura.Estemontoseentenderáenadiciónallímitedegarantíaqueopereparaestacobertura.

Los servicios profesionales que ofrece esta cobertura seránotorgados por abogados designados por la Compañía. Sinembargo,encasodequeelAseguradoopteporlacontratacióndeotrosabogados,loshonorariosprofesionalesdelosmismossecubriránhastaporunlímitemáximodelequivalentea500díasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederalalmomentodelsiniestro.Enestecaso,laresponsabilidaddelaCompañíaselimitaráalpagodedichoshonorarios.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadseestableceenlacarátuladeestapóliza.ElmontototaldeSumaAseguradaseráelqueresultedelaadicióndelasSumasAseguradasquesetengancontratadasenlacoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros.

Condiciones GeneralesCoberturas

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Encasoderequerirsemásdeunafianza, laresponsabilidaddelaCompañíaestarálimitada,entotal,aloseñaladoenelpárrafoanterior.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales”deestasCondicionesGenerales,lacoberturade Protección Legal en ningún casocubre:

a) Gastos u otorgamiento del servicioprofesional de Protección Jurídicacuando no se vean afectados losriesgoscontratadosenlascoberturasdeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros.

b)Tampoco los originados por losdelitosdeabusodeconfianza,fraudeorobodelVehículoAsegurado.

i) ExtensióndeCoberturadeResponsabilidadCivilporDañosaTerceros

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrealconductorprincipaldelVehículoAsegurado,cuyonombreseindicaenlacarátuladelapólizacuandoseencuentrecomoconductordecualquierotrovehículo,diferentealamparadoporesteseguro,contralosmismosriesgosybajolasmismasbases,límites,deducibles,exclusionesycondicionesestipuladaspara las coberturasdeResponsabilidadCivilporDañosaTercerosyProtecciónLegal.

Condiciones GeneralesCoberturas

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Denoaparecerelconductorprincipaldeclarado,seampararáal primer titular persona física y en caso de inexistencia, alcontratantedelapóliza.

EstacoberturaoperaapartirdequesehayanagotadolassumasaseguradasdelascoberturasdeResponsabilidadCivilporDañosaTercerosdelseguroqueamparaalvehículoconducido,obienapartirdelafaltadeéste.

2. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

3. Exclusiones

Adicionalmentea loestipuladoenelcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacobertura de Extensión de Coberturade Responsabilidad Civil por Daños aTercerosnoopera:

a) Cuando el conductor principal o elbeneficiario de esta cobertura seencuentreconduciendounautomóvilde rentadiariaoun camiónmayora3.5toneladas,unautobúsoalgúnotrovehículode transportepúblicodepasajerosocarga.

b) Los daños materiales que sufra elvehículoconducido.

j) GastosMédicosOcupantes

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaen lacarátuladelapóliza,cubreelpagodegastosmédicosporlosconceptosqueadelanteseenumeran,originadosporlesionescorporalesquesufracualquierpersonaOcupantedelVehículoAseguradode acuerdo con la definición establecida en el capítulo"Definiciones"deestasCondicionesGenerales.

Condiciones GeneralesCoberturas

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Los conceptosdegastosmédicos cubiertospor estapóliza,sonlossiguientes:

a) Hospitalización: alimentos y cuarto en el hospital,fisioterapia, gastos para el restablecimiento de la saluddel Ocupante lesionado con motivo del accidente, lahospitalizaciónyengeneralprótesis,drogasymedicinasqueseanprescritasporunmédico.

b) Atención médica: Los servicios de médicos, cirujanos,ostéopatas, fisioterapeutas, legalmente autorizadosparaejercersusrespectivasprofesiones.

c) Enfermeros: El costo de los servicios de enfermeros oenfermeras,tituladosquetenganlicenciaparaejerceryqueseaindispensablesuservicio,deacuerdoalaprescripcióndelmédicotratante,paraelrestablecimientode lasaluddelOcupantelesionadoconmotivodelaccidente.

d) Servicios de ambulancia: Los gastos erogados por elserviciodeambulanciacuandoseaindispensablesuservicio,deacuerdoalaprescripcióndelmédicotratante,paraelrestablecimientodelasaluddelOcupantelesionadoconmotivodelaccidente.

e) Costos de gastos funerarios por concepto de muerteaccidental originada por lesiones corporales que sufranlosocupantesdelVehículoAsegurado,enaccidentesdetránsito,comosemencionaenelprimerpárrafodeestacobertura. Esta cobertura tiene un sublímite de SumaAseguradaporpersonade$50,000pesos.

2. Límite máximo de responsabilidadEl límite máximo de responsabilidad bajo esta cobertura seestableceen la carátuladeestapóliza yopera comoSumaAseguradaúnicaparalosdiversosriesgosqueseamparanenestacobertura.

3. DeducibleEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”de estas Condiciones Generales, lacoberturadeGastosMédicosOcupantesnocubre:

Condiciones GeneralesCoberturas

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Los gastos médicos en que se incurracon motivo de lesiones que sufran losocupantes del Vehículo Aseguradoderivados de riña aún cuando sean aconsecuenciadelaccidentedetránsito.

k) ProtecciónAuxiliar

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubrelossiguientesriesgos:

a) Losdañosmaterialesdirectosquesufraensu interiorelVehículoAsegurado,aconsecuenciadeunroboparcialconviolencia,consumadoono,departes,accesoriosoequipoespecialinstaladosenelinteriordelmismo.

b) Elrobodecristales,parabrisas,laterales,aletas,medallóny/oquemacocos(techocorredizo,sunroof),asícomolasgomasyherrajesdesoportedeestos,con losqueelfabricanteadapta originalmente el Vehículo Asegurado, y aquellosqueestuvierandeclaradosenlacoberturadeAdaptaciones,ConversionesyEquipoEspecial,asícomolosdañosdirectosalacarroceríaquesufraelvehículoaconsecuenciadelroboointentoderobodelcristal.

c) Elpagodehospitalización,atenciónmédica,enfermeros,servicios de ambulancia y costos de gastos funerarios,según se definen en la cobertura de Gastos Médicos aOcupantes,originadospor lesiones corporalesque sufracualquierpersonaocupantedelvehículoalmomentodelroboointentodelrobodelVehículoAsegurado.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidaddelaCompañíadependerádelriesgoafectadocomosigue:

a) Paralosincisosa)yb)deestacobertura,ellímitemáximonuncaexcederádelcostoalpúblico,conbaseenlalistaoficial de precios, que tengan los bienes al momentodel siniestro, incluyendo el costo de reparación y/ocolocación.

b) Paraelincisoc),deestacobertura,ellímitemáximoseráelmismoquesetengacontratadoenlacoberturadeGastosMédicosOcupantes.

3. DeduciblesElmontodededucibledeestacoberturadependerádelriesgoafectadocomosigue:

Condiciones GeneralesCoberturas

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a) Paraelincisoa),deestacobertura,elmontoseráelqueresultedeaplicarelporcentajeestipuladoenlacarátuladeestapólizaparaestacoberturasobreelvalordelaspartes,accesoriosoequipodañado,enlafechadelsiniestro.

b) Paraelincisob),deestacobertura,elmontosedeterminaporelporcentajeestablecidoenlacarátuladelapólizaparalacoberturadeCristalesaplicablealcostodereposiciónycolocacióndelcristalocristalesafectadosmáselcostodeldañomaterialoriginado.

c) Para el inciso c), el monto será el mismo que se tengacontratadoenlacoberturadeGastosMédicosOcupantes.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulode“ExclusionesGenerales” deestas Condiciones Generales y a lasExclusionesparticularesdelascoberturasde Daños Materiales Pérdida Parcial,DañosMaterialesPérdidaTotal,Cristalesy Gastos Médicos Ocupantes de estapóliza, la cobertura de ProtecciónAuxiliarnocubre:

a) Parael incisoa),pérdidao robodeaccesorios o equipo especial delvehículo.

b) Parael inciso c), elpagodegastosmédicos que se originen de laslesiones que sufra el asegurado uocupantesconmotivodeunsecuestroencualquieradesusmodalidades.

l) AccidentesAutomovilísticosalConductor

1. CoberturaEncasodeestardescritacomoamparadaenlacarátuladelapóliza,cubreelpagodeindemnizacionespormuerteopérdidas

Condiciones GeneralesCoberturas

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orgánicas que sufra el conductor del Vehículo Asegurado,descritoenlacarátuladelapóliza,comoconsecuenciadirectade un accidente automovilístico mientras éste se encuentreconduciendodichovehículo.

2. Límite máximo de responsabilidadEllímitemáximoderesponsabilidadsefijadecomúnacuerdoentreelAseguradoylaCompañíayseestableceenlacarátuladeestapólizayoperacomolímiteúnicoycombinadoparalosdiferentesriesgosamparados.

Sidurantelavigenciadelapóliza,dentrodelosnoventadíasnaturalessiguientesalafechadelaccidente,unalesiónprodujeracualesquierade laspérdidasenumeradasa continuación, laCompañía pagará los siguientes porcentajes sobre el límitemáximoderesponsabilidadparaestacobertura:

Por pérdida de:

Lavida100%

Ambasmanosoambospiesolavistaenambosojos 100%

Unamanoyunpie 100%

Unamanoylavistadeunojoo unpieylavistadeunojo 100%

Unamanoounpie 50%

Lavistadeunojo 30%

Elpulgardecualquiermano 15%

Eldedoíndicedecualquiermano 10%

Porpérdidadecualesquieradelaspartescitadasseentenderálaamputacióncompletaquirúrgicaotraumáticaoanquilosamientodeesemiembro,lapérdidacompletaoirreparabledelafuncióndelavista,olaseparacióncompletaoanquilosamientodedosfalangesdecadadedo.

Paratodasaquellaspérdidasorgánicasnocontempladasenladescripciónanterior,seestaráaloslímitesyespecificacionesquesobreelparticularestablecelaLeyFederaldelTrabajo.

3. DeduciblesEstacoberturaoperasinlaaplicacióndeundeducible.

4. Exclusiones

Adicionalmente a lo estipulado en elcapítulo de “Exclusiones Generales”

Condiciones GeneralesCoberturas

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de estas Condiciones Generales, lacoberturadeAccidentesAutomovilísticosalConductorenningúncasoopera:

a) Cuandolaedaddelconductorexcedade69años.

b) CuandolaslesionesolamuertehayansidoprovocadasintencionalmenteporelAsegurado.

�.� ExclusionesGenerales

AplicablesatodaslasCoberturas:

Este seguro en ningún caso cubre oampara:

1) Laspérdidas,dañosoresponsabilidadesqueseanobjetodealgunacoberturaquenohayasidocontratada.

2) Tampoco quedan cubiertas laspérdidasodañosquesufraocauseelvehículocomoconsecuenciadelassiguienteseventualidades:

a) Operacionesbélicas,yafuerandeguerraextranjeraodeguerracivil,insurrección, actos de subversión orebelióncontraelGobierno.

b) Cuando los bienes asegurados,sean objeto de expropiación,requisición,confiscación,incautacióno detención por las autoridadeslegalmentereconocidas,conmotivodelosprocedimientosenelejerciciodesusfunciones.

Condiciones GeneralesCoberturas

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��Condiciones Generales

Coberturas

c) AccionesmilitaresojudicialesconosinconsentimientodelAsegurado,esdecir,nosecubriráningúndañooresponsabilidadcuandoelVehículoAseguradoseautilizadoparaejecutaractosdemilitaresojudiciales.

3) Cualquiertipode“perjuicio”,gasto,pérdidaodañoindirectoquesufrael Asegurado y/o conductor por laprivacióndelusodelvehículo.

4) Cualquier daño material, pérdidao responsabilidad que resulte deagravaciones esenciales cuandoel Asegurado o Conductor delVehículoAseguradoactúedemaneranegligenteefectuandouomitiendoactosqueoriginenlarealizacióndeunsiniestro.

5) Pérdidas o daños que sufra elVehículo Asegurado por circularfuera de caminos transitables talcomo se define en el capítulo"Definiciones"deestasCondicionesGenerales.

6) DañosaterceroscuandoelVehículoAseguradoparticipeencompetenciasautomovilísticas de velocidad o deresistencia, fuera o dentro de lasvíaspúblicas,yaseadeaficionadosoprofesionales.

7) Daños causados por negligencia oimpericia grave del conductor delVehículo Asegurado, cuando éste

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carezcade licenciapara conducirelvehículo, expedida por autoridadcompetenteoquedicha licencia,noseadeltipoindicado(placasyuso)paraconducirelvehículo.

Lo s pe rmi so s pa ra conduc i rexpedidosconformelasdisposicionesde l Reg lamento de Tráns i tocorrespondiente, para efectos deestapóliza,seránconsideradoscomolicencias.

8) Daños,pérdidasoresponsabilidadescuando la descripción del vehículoque aparezca en la carátula de lapóliza, no corresponda a los delVehículoAseguradoenelmomentodel siniestro, o en su gestión decomprobación.

9) Todas las sanciones y/o multas queprocedandelafaltadesometimientoo incumplimiento del Aseguradoante el juez cívico y/o de paz civilcompetente en el procedimientorespectivo.

Condiciones GeneralesCoberturas

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3Estipulaciones de la Póliza de Seguro

a) VersióndelaPóliza

Las modificaciones que se hagan al presente contrato, conposterioridadalafechadeiniciodesuvigencia,constaránenversionessubsecuentes,conservándoseelmismonúmerodepólizayadicionandoaéstaelnúmerodeversiónconsecutivoquecorresponda.

Lavigenciadeestecontratoeslaqueseindicaenlapóliza,lacual,apeticióndelcontratanteoasegurado,ypreviaaceptaciónde laCompañía,podrá renovarseoprorrogarsemediante laexpedicióndelaversiónsubsecuentedelamisma,deacuerdoconloindicadoenelpárrafoanterior.Endichaversiónconstaránlostérminosylavigenciadelarenovaciónoprórroga.

Loscambiosquesehaganalcontrato,yqueseconstatenencadanuevaversión,surtiránefectoslegalesentérminosdeloestablecidoporlosartículos25y40delaLeySobreelContratodeSeguro,quedandosinefectos legalestodas lasversionesanteriores que obren en poder del contratante, salvo lasestipulacionesquenohayansidomodificadas,lascualesseránreproducidasensutotalidadenlanuevaversión,noaplicandoparaellasloestablecidoenlospreceptoslegalesqueseindicanenestacláusula.

b) PrincipioyTerminacióndevigencia

Lavigenciadeestapólizaprincipiayterminaenlafechayhoraindicadaenlacarátuladelamisma,salvoqueexistaunanuevaversióndedichapóliza.

c) SumasAseguradasyBasesdeIndemnización

Artículo 86 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Enelsegurocontralosdaños,laempresaaseguradorarespondesolamenteporeldañocausadohastaellímitedelasumaydelvalorrealasegurados.Laempresaresponderádelapérdidadelprovechoointerésqueseobtengadelacosaasegurada,siasíseconvieneexpresamente”.

Artículo 91 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Parafijar la indemnizacióndel segurose tendráencuentaelvalordel interésaseguradoenelmomentoderealizacióndelsiniestro.”

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1) Será responsabilidad del Asegurado la fijación y actualización de las Sumas Aseguradas de las coberturas que se indican en la carátula de esta póliza y que constituyen la máxima responsabilidad que, en caso de siniestro está a cargo de la Compañía

Cabeaclararquelassumasaseguradasdetodaslascoberturasyopcionesincluyenimpuestos(I.V.A.ylosdemásimpuestosquecorrespondan).

2) Para el caso de las coberturas de Daños Materiales Pérdidas Parciales, Daños Materiales Pérdidas Totales y Robo Total, según se determina en la carátula de esta póliza, la Suma Asegurada se establece en función a los siguientes criteriosa) Vehículos Residentes:Paravehículosdefabricaciónnacionaloimportadosqueseanvendidospor armadoras reconocidas y cuyamarca, tipo,descripciónymodeloseincluyenenlastarifassimplificadasqueemitelaCompañía,laSumaAseguradacorresponderáalValorComercialalafechadelsiniestrosegúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

Para vehículosúltimomodelode fabricaciónnacional,oimportadosqueseanvendidosporarmadorasreconocidasy para cuya marca, tipo, descripción y modelo no seencuentre publicado el Valor Comercial del mismo enlasguíasespecializadas,segúnsedescribeenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales, laSumaAseguradacorresponderáalvalordenuevo(preciodelistapublicadoporlaGuíaEBC)menosladepreciaciónqueporusolecorrespondaentrelafechadecompradelvehículoylafechadelsiniestro.Losporcentajesdedepreciaciónqueseaplicaránseránun10%inicialmásun1.25%paralosmesessubsecuentesapartirdelsegundomes.

b) Vehículos Fronterizos e Importados:ParavehículosdentrodelosEstadosdeBajaCalifornia,BajaCaliforniaSurySonora, laSumaAseguradacorresponderáalvalordemayoreo(wholesale),delKelleyBlueBook,AutoMarket Report publicado por Kelley Blue Book Co., deCalifornia,EstadosUnidosdeNorteamérica,paraelrestodelosEstadosfronterizosseaplicaráelvalordemayoreodelaguíaNADA(OfficialOlderUsedCarGuide),correspondientealaregión.Enamboscasosseaplicarálaguíaqueseencuentrevigenteenlafechadelsiniestro.

c) Motocicletas, microbuses, minibuses y autobuses:Para motocicletas, microbuses, minibuses y autobuses,NacionalesoImportadoslaSumaAseguradaenlaemisión

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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��Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

corresponderáalvalordeclaradoporelAseguradoy,encasodesiniestro,elvaloraindemnizarseráésta,sinexcederdelValorComercialquetengaelvehículoalmomentodelsiniestro,segúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

d) Vehículos Residentes a Valor Factura:Para los vehículos último modelo que así lo soliciten almomentodelaemisión,siestoocurredurantelosprimeros90 días de expedida su factura, podrá establecerse elimportededichafacturacomoSumaAsegurada.

Enaquellos vehículosque sehaya establecidounmontocomoSumaAseguradaenlacarátuladeestapóliza,dichomontoserespetarácomoelValorComercialdurantetodasuvigencia,tratándosedepólizasmultianualesestacondiciónoperará solo durante su 1er. Año de vigencia, para losaños subsecuentes la SumaAsegurada corresponderá alValorComercialalafechadelsiniestrosegúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestasCondicionesGenerales.

e) Vehículos Antiguos y Clásicos:Paraaquellosvehículosquedeacuerdoasuscaracterísticasoantigüedadsonconsideradoscomo“AntiguosyClásicos”,segúnsedefineenelcapítulo“Definiciones”deestaPóliza,laSumaAseguradatantoenlacontratacióncomoencasodesiniestroestarádeterminadaporavalúorealizadoatravésdeperitosvaluadores.

3) Reinstalación de Sumas AseguradasLasSumasAseguradasdelascoberturascontratadasenestapóliza,sereinstalaránautomáticamentecuandohayansidoreducidaspor el pagode cualquier indemnizaciónparcialefectuadapor laCompañía,siempreycuandohayansidooriginadas por la ocurrencia de eventos diferentes. EstareinstalaciónnooperaenlascoberturasdeAdaptaciones,ConversionesyEquipoEspecialyAccidentesAutomovilísticosalConductor,asícomoen lascoberturasdondeseexcluyaexpresamente.

4) Bases de IndemnizaciónUnavezquesehayacumplidoconloestablecidoenelcapítulo“Procedimientosencasodesiniestro”,deestasCondicionesGenerales, laCompañía tendrá laobligaciónde indemnizarconbaseenlosiguiente:

a) Indemnización de Daños Materiales por Pérdidas Parciales:Cuando se declare la Pérdida Parcial de acuerdo con ladefiniciónestipuladaenelcapítulo"Definiciones"deestasCondiciones Generales, la indemnización comprenderáel valor factura de refacciones y mano de obra más losimpuestosqueensucasogenerenlosmismos,menoselmontodeldeduciblequecorresponda.

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Solamenteenllantasymotoresqueresultendañadosensiniestrosamparados,seaplicarádepreciaciónodeméritoporusodeacuerdoalasiguientetablayfórmula:

Vida Útil Promedio

Volkswagen 125,000km

Chrysler 180,000km

GeneralMotors 150,000km

Ford 160,000km

Nissan 165,000km

Importados 200,000km

MotocicletasBMW,Carabella,Ducati,Harley-Davison, Honda,Kawasaki,Piaggio,Suzuki,Yamaha 80,000km

RestoMotocicletas 50,000km

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

Depreciación= *100%KilometrajedeUso

VidaÚtilPromedio

Enelcasodedepreciaciónodeméritodellantas,enningúncasoexcederádel30%delvalordeéstas.

Unavezrealizadalavaluación,segúnsedefineenelcapítuloProcedimientosencasodesiniestrodeestasCondicionesGenerales, el asegurado podrá optar por alguna de lassiguientesopciones:

a) LareparacióndelvehículoenalgúntallerpertenecientealareddeproveedoresdelaCompañía.

b)Elpagodedaños,deacuerdoalmontoqueresultedelavaluacióndelaCompañía.Enestecaso,elaseguradopodráenviarsuvehículoareparaciónencualquieradelostallerespertenecientesalareddeproveedoresdelaCompañía,quedandoelaseguradocomoresponsablededarelseguimientoquecorrespondaalareparacióneneltallerquehubieseelegido,todavezquelaCompañíacubriósuresponsabilidadmediantelaindemnizaciónalasegurado.

b) Indemnización de Daños Materiales por Pérdidas Totales y Robo Total:Cuando se declare la Pérdida Total de acuerdo con ladefiniciónestablecidaenelcapítulo“Definiciones”,deestasCondicionesGeneralesylaSumaAseguradahubierasidodeterminadaenfunciónaloestablecidoenelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,de estas Condiciones Generales, la indemnización

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��Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

comprenderáelmontodelaSumaAsegurada,sinexcederelValorComercialalafechadelsiniestro,menoselmontodeldeduciblecorrespondiente.

Para vehículos fronterizos, importados, motocicletas,microbuses,minibuses, autobuses, antiguos y clásicos, encasodequelaSumaAseguradanohubierasidodeterminadasiguiendoloslineamientosdelpunto2delapartado“SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,lamáximaindemnizaciónseráelmínimoentreel valor definido en el punto 2 del apartado “SumasAseguradasyBasesdeIndemnización”,deestasCondicionesGenerales,aplicandoellineamientocorrespondiente,ylaSumaAseguradacontratada,considerando,ensucaso,ladevolucióndelaprimapagadaenexceso.

c) Pólizas con Vigencias Multianuales:TantoenPérdidasParcialescomoenPérdidasTotales,seaplicaráloindicadoenlosincisosaybdelpunto4“BasesdeIndemnización”deestasCondicionesGenerales.

5) Salvamentos y RecuperacionesEn caso de que la Compañía pague el valor asegurado delvehículo en la fecha del siniestro, ésta tendrá derecho adisponerdelsalvamentoenlaproporciónquelecorrespondaydecualquierrecuperación,conexcepcióndelequipoespecial,adaptacionesoconversionesquenoestuviereasegurado.

EnvirtuddequelapartequesoportaelAseguradoesporconceptodededucible,elimportedelarecuperaciónseaplicará,enprimertérminoacubrirlapartequeerogólaCompañíayelremanente,silohubiere,corresponderáalAsegurado.

6) Gastos de TrasladoEncasodesiniestroqueameriteindemnizaciónenlostérminosdelascoberturasdeDañosMaterialesPérdidaParcialoDañosMaterialesPérdidaTotaldelapresentepóliza,laCompañíaseharácargodelasmaniobrasygastoscorrespondientesparaponerelVehículoAseguradoencondicionesdetraslado,asícomodeloscostosqueimpliqueelmismo.

SielAseguradooptaportrasladarloaunlugardistintodelelegidoporlaCompañía,éstasóloresponderáporesteconcepto,hastaporlacantidadequivalentea30díasdesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederalalmomentodelsiniestro.

Losgastosdetrasladonooperaráncuandoeldañoamparadoporlacoberturaafectadanorebaseelmontodeldeduciblecorrespondiente.

7) PensionesEnsiniestrosen losque laUnidadAseguradaseadecretadaPérdidaTotal,cuandoelvehículohayasidodetenidoenalgúndepósitodevehículosocorralónpropiedaddelaautoridado

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delaCompañía,elAseguradodisponedeunplazode30díasnaturales,contadosapartirdelanotificacióndelaCompañía,paralaentregafísicadelvehículoydocumentosdepropiedadenlasinstalacionesdelamisma.

Encasodenocumplirseconloseñaladoenelpárrafoanterior,porcausasimputablesalAsegurado,ésteasumiráelcostoporpensiónqueimpliquelaestadía,arazóndeundíadesalariomínimogeneralvigenteenelDistritoFederalporcadadíaenexcesodelosprimeros30.

8) Indemnización por moraSi laCompañíano cumple con suobligación indemnizatoriadentrodelos30díassiguientesalafechaenquehayarecibidolosdocumentos e informacionesque lepermitan conocer elfundamentodelareclamación,pagaráunaindemnizaciónpormoracalculadodeacuerdoconlodispuestoenartículo135bisdelaLeyGeneraldeInstitucionesySociedadesMutualistasdeSeguros.

d) Obligacióndelpagodelasprimasdelapóliza

1) PrimaLa prima vence y podrá ser pagada en el momento de lacelebracióndelcontrato.

SielAseguradooptaporelpagofraccionadodelaprima,lasexhibicionesdeberánserporperíodosdeigualduración,noinferioresaunmes,venciendoaliniciodecadaperíodopactadoyaplicandolatasadefinanciamientoconvenida.

Encasode siniestroque impliquepérdida total, laCompañíadeducirádelaindemnizacióndebidaalAseguradooContratante,eltotaldelaprimapendientedepagoolasfraccionesdeéstano liquidadasdel riesgo afectado, hasta completar la primacorrespondientealperíododesegurocontratado.

2) Cesación de los efectos del contrato por falta de pago

Artículo 40 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Sinohubiesesidopagadalaprimaolaprimerafraccióndeella,enloscasosdepagoenparcialidades,dentrodeltérminoconvenido,elcualnopodráserinferioratresdíasnimayoratreintadíasnaturalessiguientesalafechadesuvencimiento,losefectosdel contrato cesaránautomáticamentea lasdocehorasdelúltimodíadeeseplazo.Encasodequenosehayaconvenidoeltérmino,seaplicaráelmayorprevistoenesteartículo.

Salvo pacto en contrario, el término previsto en el párrafoanteriornoseráaplicablealossegurosobligatoriosaquehacereferenciaelartículo150BisdeestaLey”.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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�1Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

Artículo 150 Bis de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Los seguros de responsabilidad que por disposición legaltengan el carácter de obligatorios, no podrán cesar en susefectos,rescindirse,nidarseporterminadosconanterioridadalafechadeterminacióndesuvigencia.

Cuando la empresa pague por cuenta del asegurado laindemnizaciónqueéstedebaaunterceroacausadeundañoprevistoenelcontratoycompruebequeelcontratanteincurrióenomisioneso inexactasdeclaracionesde loshechosaqueserefierenlosartículos8,9,10y70delapresenteLey,oenagravaciónesencialdelriesgoenlostérminosdelosartículos52y53delamisma,estaráfacultadaparaexigirdirectamentealcontratanteelreembolsodelopagado”.

3) Lugar de pagoLasprimasconvenidasdeberánserpagadasenlasoficinasdelaCompañíacontraentregadelrecibocorrespondiente.

e) Pérdidadelderechoaserindemnizado

Las obligaciones de la Compañía quedan extintas en lossiguientescasos:

1) Si se demuestra que el Asegurado, el beneficiario o sus representantes, con el fin de hacer que la Compañía incurra en error, disimule o declare inexactamente hechos o acontecimientos que excluyan o puedan restringir dichas obligaciones, al momento de la suscripción de acuerdo a lo establecido por los Artículos 8, 9, 10, 47 y 48 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro.

Artículo 8 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elproponenteestaráobligadoadeclararporescritoalaempresaaseguradora,deacuerdoconelcuestionariorelativo,todosloshechosimportantesparalaapreciacióndelriesgoquepuedaninfluirenlascondicionesconvenidas,talescomolosconozcaodebaconocerenelmomentodelacelebracióndelcontrato”.

Artículo 9 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Siel contrato se celebra por un representante del asegurado,deberándeclararsetodosloshechosimportantesqueseanodebanserconocidosdelrepresentanteydelrepresentado”.

Artículo 10 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Cuandose proponga un seguro por cuenta de otro, el proponentedeberádeclarartodosloshechosimportantesqueseanodebanserconocidosdelterceroaseguradoodesuintermediario”.

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Artículo 47 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Cualquieromisiónoinexactadeclaracióndeloshechosaqueserefierenlosartículos8,9y10delapresenteley,facultaráalaempresaaseguradoraparaconsiderarrescindidodeplenoderechoelcontrato,aunquenohayaninfluidoenlarealizacióndelsiniestro”.

Artículo 48 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Laempresa aseguradora comunicará en forma auténtica alaseguradooasusbeneficiarios,larescisióndelcontrato,dentrodelostreintadíasnaturalessiguientesalafechaenquelapropiaempresaconozcalaomisiónoinexactadeclaración”.

2) Si hubiere en el siniestro dolo o mala fe del Asegurado, beneficiario o sus representantes.

3) Si se demuestra que el Asegurado, beneficiario o sus representantes, no proporcionan oportunamente la información que la Compañía solicite sobre los hechos relacionados con el siniestro y por los cuales puedan determinarse las circunstancias de su realización y las consecuencias del mismo.

4) Si con el fin de obtener un provecho ilícito, en exceso de los costos usuales y acostumbrados derivados de los honorarios y gastos médicos en que incurra el Asegurado, beneficiario o su representante de acuerdo o no con el prestador del servicio médico, incrementan de manera excesiva el monto de la reclamación.

5) Por impedir la subrogación prevista en el Art.111 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la Compañía en ningún caso indemnizara cuando los documentos de propiedad del vehículo no sean presentados a la Compañía ó resulten apócrifos, alterados o que de ellos se desprendan errores u omisiones que puedan ser materia de confusiones respecto a la legitimidad del vehículo y/o sus documentos.

f) Terminaciónanticipadadelapóliza

Este contrato podrá darse por terminado anticipadamenteporcualquieradelaspartes,encuyocasolaCompañíatendráderechoa laprima correspondienteal riesgo transcurridoalafechadecancelacióndelapólizacalculadasobrelasbasesregistradas por la Compañía ante la Comisión Nacional deSegurosyFianzas.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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��Condiciones Generales

EstipulacionesdelaPólizadeSeguro

EncasodeterminaciónanticipadaconmotivodeladeclaracióndePérdidaTotaldelVehículoAsegurado,laCompañíatendráderechosobrelatotalidaddelaprimaanualdelascoberturasafectadas.

CuandolaPérdidaTotalocurraaconsecuenciadeunsiniestronoamparadoporlapóliza,laCompañíatendráderechoalafraccióncorrespondientealriesgotranscurridoalafechadelsiniestrodelasprimasdelascoberturascontratadasenlapóliza,calculadasobrelasbasesregistradasporlaCompañíaantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas.

EncasodequelaCompañíadeporterminadoestecontratoanticipadamente,deberánotificarporescritoalAseguradoylaterminacióndelsegurosurtiráefectodespuésde15díasdepracticadalanotificaciónrespectiva.

g) Prescripción

Todaslasaccionesquesederivendeestecontratodeseguroprescribiránendosaños,contadosenlostérminosdelArtículo81delaLeySobreelContratodeSeguro,desdelafechadelacontecimientoquelesdioorigen,salvoloscasosdeexcepciónconsignadosenelArtículo82delamismaLey.

Artículo 81 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Todaslasaccionesquesederivendeuncontratodeseguroprescribiránendosaños,contadosdesdelafechadelacontecimientoquelesdioorigen”.

Artículo 82 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elplazodequetrataelartículoanteriornocorreráencasodeomisión,falsasoinexactasdeclaracionessobreelriesgocorrido,sinodesdeeldíaenquelaempresahayatenidoconocimientode él; y si se trata de la realización del siniestro, desde eldíaenquehaya llegadoaconocimientode los interesados,quienes deberán demostrar que hasta entonces ignorabandicharealización.

Tratándosedetercerosbeneficiariossenecesitará,además,queéstostenganconocimientodelderechoconstituidoasufavor”.

Laprescripciónseinterrumpiránosoloporlascausasordinarias,sinotambiénporaquellasaqueserefierelaLeydeProtecciónyDefensaalUsuariodeServiciosFinancieros.

h) Comisiones

Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrásolicitar por escrito a la institución le informe el porcentajedelaprimaque,porconceptodecomisiónocompensación

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directa,correspondaalintermediarioopersonamoralporsuintervenciónenlacelebracióndeestecontrato.Lainstituciónproporcionará dicha información, por escrito o por medioselectrónicos,enunplazoquenoexcederádediezdíashábilesposterioresalafechaderecepcióndelasolicitud.

i) Competencia

En caso de controversia, el Contratante, Asegurado y/oBeneficiario,podránhacervalersusderechosenlostérminosprevistos por la Ley de Protección y Defensa al Usuariode Servicios Financieros y la Ley General de Instituciones ySociedadesMutualistasdeSeguros.

En caso de que el reclamante opte por demandar, podráacudirantelosTribunalescompetentesdelaJurisdicciónquecorrespondaacualquieradelosdomiciliosdelasDelegacionesRegionales de la Comisión Nacional para la Protección yDefensadelosUsuariosdeServiciosFinancieros.

j) Subrogación

LaCompañíasesubrogaráhastapor lacantidadpagadaenlosderechosdelAsegurado,asícomoensuscorrespondientesacciones,contralosautoresoresponsablesdelsiniestro.SilaCompañíalosolicita,acostadelamisma,elAseguradoharáconstarlasubrogaciónenescriturapública.SiporloshechosuomisionesdelAseguradoseimpidetotalmentelasubrogación,laCompañíaquedaráliberadadesusobligaciones.SieldañofueIndemnizadosóloenparte,elAseguradoylaCompañíaconcurrirán a hacer valer sus derechos en la proporcióncorrespondiente.

Elderechoalasubrogaciónnoprocederáenelcasodequeel asegurado tenga relación conyugal o de parentesco porconsanguinidadoafinidadhastaelsegundogradoocivil,conlapersonaquelehayacausadoeldaño,obiensiescivilmenteresponsabledelamisma.

Condiciones GeneralesEstipulacionesdelaPólizadeSeguro

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4Procedimientos en caso de Siniestro

Encasodesiniestro,elAseguradoseobligaalosiguiente:

a) PrecaucionesEjecutar todos los actosque tiendana evitarodisminuir eldaño.Pedir instruccionesalaCompañía,debiendoatenersealasqueellaleindique,encuantonoexistamayorriesgoopeligroquedelugaraaumentarlosdaños.

El Asegurado no deberá realizar ningún tipo de arreglo onegociación con los involucrados en el siniestro sin previaautorizacióndelaCompañía.

LosgastoshechosporelAsegurado,queseanprocedentes,secubriránporlaCompañía,ysiéstadainstrucciones,anticiparádichosgastos.

SielAseguradonocumpleconlasobligacionesqueleimponeelpárrafoanterior,laCompañíatendráderechodelimitaroreducirlaindemnización,hastaelvaloraquehubiereascendidosielAseguradohubierecumplidocondichasobligaciones.

b) Aviso de SiniestroDaravisoalaCompañíadentrodeunplazomáximode5díascontadosapartirdelmomentoenquetengaconocimientodelhecho,salvocasosdefuerzamayorofortuito,debiendodarlotanprontocomoceseunouotro.

Lafaltaoportunadeesteavisosolopodrádarlugaraquelaindemnizaciónseareducidaalacantidadqueoriginalmentehubiereimportadoelsiniestro,silaCompañíahubieretenidoprontoavisosobreelmismo.

EncasodesiniestrosqueafectenalacoberturadeProtecciónLegal, la falta oportuna de este aviso dará lugar a limitarla responsabilidad de la Compañía al pago de los gastos yhonorariosprofesionaleshastaloslímitesqueenestacoberturasedeterminan,liberandoalaCompañíadelaobligacióndehacersecargodelosprocedimientosiniciados.

c) Aviso a las AutoridadesPresentar formal querella o denuncia ante las autoridadescompetentes cuando se trate de robo, gastos médicos porroboointentoderobodelvehículo,dañosmaterialesporroboparcial,asícomocualquierotroactodelictuosoquepuedasermotivodereclamaciónalamparodeestapólizaygestionarlostrámitesnecesariosparaconseguirlarecuperacióndelvehículooelimportedeldañosufrido.

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d) En caso de reclamaciones que le presenten al Asegurado

ElAseguradoseobligaacomunicaralaCompañía,tanprontotengaconocimiento,lasreclamacionesodemandasrecibidasporéloporsusrepresentantes,acuyoefecto,leremitirálosdocumentosocopiasdelosmismos,queconesemotivoselehubierenentregado.

La falta de cumplimiento de esta obligación por parte delAsegurado,liberaráalaCompañíadecubrirlaindemnizacióno servicio que corresponda a la cobertura afectada por elsiniestro.LaCompañíanoquedaráobligadaporreconocimientode adeudos, transacciones, responsabilidades u otros actosjurídicosdenaturalezasemejante,hechosoconcertadossinelconsentimientodeella.

e) En caso de que no se tenga contratada la cobertura de Protección Legal y Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, el Asegurado se obliga a costa de la Compañía, en todo procedimiento civil que pueda iniciarse en su contra, con motivo de la responsabilidad cubierta por el seguro1)Aejercitaryhacervalerlasaccionesydefensasquelecorrespondanenderecho.

2)Acomparecerentodoprocedimientocivil.

f) En caso de que se tenga contratada la cobertura de Protección Legal y Responsabilidad Civil por Daños a Terceros, el Asegurado se obliga1)AotorgarpoderesafavordelosabogadosquedesignelaCompañíaparaquelorepresentenenlosprocedimientosadministrativos,civilesy/openales,enlostérminosexpresadosenestamismacobertura.

2) A comparecer y colaborar con la Compañía en todoprocedimiento.

g) Obligación de comunicar la existencia de otros seguros

ElAseguradotendrálaobligacióndeponerinmediatamenteenconocimientodelaCompañía,porescrito,laexistenciadetodoseguroquecontrateohubierecontratadoconotraCompañía,sobrelosmismosriesgosyporlosmismosinteresesquelosamparadosenestecontrato,indicandotodoslosdatosnecesarios.

h) Valuación del DañoSielAseguradohacumplidoconlasobligacionesanterioresyelvehículoseencuentralibredecualquierdetención,incautación,confiscaciónuotrasituaciónsemejanteproducidaporordendelas

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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autoridadeslegalmentereconocidasconmotivodesusfunciones,queintervenganendichosactos,laCompañíatendrálaobligacióndeiniciarsindemoralavaluacióndelosdaños.

Elhechodeque laCompañíanorealice lavaluaciónde losdañossufridosporelvehículodentrodelas72horassiguientesapartirdelmomentodelavisodelsiniestroysiemprequesecumpla con el supuesto del párrafo anterior, el AseguradoquedafacultadoparaprocederalareparacióndelosmismosyexigirsuimportealaCompañíaenlostérminosdeestapóliza,salvoqueporcausas imputablesalAseguradonosepuedallevaracabolavaluación.

Excepción hecha de lo señalado en el párrafo anterior, laCompañíanoreconoceráeldañosufridoporelvehículosisehaprocedidoasureparaciónantesdequelaCompañíarealicelavaluacióndeldaño.

Terminada la valuación y reconocida su responsabilidady sin perjuicio de lo señalado en el Artículo 71 de la LeySobreelContratodeSeguro, laCompañíadeberáprocedera la indemnización, conforme se establece en el capítulo“Estipulaciones de la Póliza de Seguro”, inciso c)”SumasAseguradasyBasesdeindemnización”deestasCondicionesGenerales.

Artículo 71 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro: “Elcrédito que resulte del contrato de seguro vencerá treintadías después de la fecha en que la empresa haya recibidolosdocumentoseinformacionesquelepermitanconocerelfundamentodelareclamación.

Será nula la cláusula en que se pacte que el crédito no podrá exigirse sino después de haber sido reconocido por la empresa o comprobado en juicio”.

La intervenciónde laCompañíaen lavaluaciónocualquierayudaqueéstaosusrepresentantesprestenalAseguradooaterceros,noimplicaaceptaciónporpartedelaCompañíaderesponsabilidadalgunarespectodelsiniestro.

ParaeleficazcumplimientodelArtículo71de la LeySobreel Contrato de Seguro, se entenderá que el Asegurado hacumplido con su obligación, entregando a la Compañía ladocumentaciónqueparacadacasoseespecifique.

i) Siniestros Ocurridos en Estados Unidos de Norteamérica o Canadá

En caso de que el Asegurado sufriera un accidente en elextranjero, los gastos en que incurra el Asegurado para eltrasladode launidadseránreembolsadospor laCompañía,hastaunlímitede500dólaresamericanos.

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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ParaelServicioparaajustesenelextranjero,sedeberásolicitarun reporte de accidente ante la Autoridad competente enesepaísysedeberátrasladarlaunidadoelaseguradosegúncorrespondaalafronteramáscercanaparaqueseaatendidoenelterritoriomexicanoporunrepresentantedelaCompañía.

Condiciones GeneralesProcedimientosencasodeSiniestro

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5 Club GNP Autos

AcontinuaciónsemencionanlosserviciosylímitesqueClubGNPAutosotorga sincostoen toda laRepúblicaMexicanaanuestrosAseguradosdeautomóvilesypickupshasta3.5toneladasdecualquieruso.

AuxilioVialdesdeKm.Cero

EncasodepresentarseunaaveríaofallamecánicaalVehículoAsegurado,quenoseaderivadadeunsiniestroy/ocolisión,podrásolicitaraClubGNPAutoselenvíodepersonalcalificadopararesolversituacionescomo:

• PasodeCorriente.

• EnvíodeCombustible.(ElcostodelcombustibleseráacargodelAsegurado).

• Cambiodellanta.

• Envíode refacciones (El costode las refacciones seránacargodelAsegurado).

• Serviciodecerrajero(LasrefaccionesyduplicadodellaveconcargoalAsegurado).

• ServiciodeGrúa(Límite:$1,500poreventoenarrastreslocalesParaarrastresencarreteraelservicioseproporcionarásincostoalgunohastalapoblaciónmáscercanaendondepuedaserreparadoelvehículo).

Quedaexcluidoelserviciodegrúaenloscasosenqueelvehículonopueda circular a consecuencia de los dañoscausados por siniestros, colisiones y/o por fenómenosnaturalesdecarácterextraordinario,talescomoinundación,terremoto,erupciónvolcánicaytempestadciclónica.

Paraelserviciodegrúaenelcasodevehículos,camionetasde carga y pick ups hasta 3.5 toneladas, el Aseguradodeberácubrirelexcedentedelservicioquesegenereporlacargayporefectuarcualquiermaniobra,incluyendocargay/odescargaqueseannecesariasparaponerencondicionesdetrasladoelvehículo.

Esta cobertura se extiende para cubrir vehículosblindados.

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AsistenciaenViajes

• Información turística sobre: Carreteras y autopistas,espectáculos, talleres, restaurantes y hoteles; además,informaciónsobremédicosyhospitales.

• Siduranteunviajeelvehículopresentafallasoaveríasqueleimposibilitarancontinuarconelrecorrido,ClubGNPAutosleofrece:

Pago de hotel para los ocupantes del vehículo averiado(hasta$300diariosporpersonaconlímitemáximodetresdías.Losgastosdealimentos,bebidas,llamadastelefónicasyotrosgastosadicionalesdehospedajeseránacargodelAsegurado)obien,

Trasladodelosocupantesdelvehículoaveriado,hastaeldestinoprevisto,oasudomicilio(conlímitede$900porpersona)obien,

Rentadeunautomóvil,yaseaparatrasladarsealdestinoprevistooparallegarasudomicilio.(conlímitede$1,500porevento).

• Club GNP Autos efectuará los trámites necesarios paragarantizar la pensión del vehículo que tenga que serreparado,encasodequedichareparaciónrequieramásde96horasdeinmovilización.Ellímiteparaesteservicioesde$500porevento.

• TrasladodeunconductorpararecogerelvehículohastalaCiudadendondeéstehayasidoreparado.Conlímitede$900.

ElPlusdeAutomóviles

ElPlusdeAutomóviles,cuentaconunaampliareddeprestigiadasagencias,talleresyproveedoresqueotorganatractivosdescuentosenserviciosyproductosautomotrices,querepresentangrandesahorros en elmantenimiento, reparaciones y adquisicióndeaccesorios derivadosdel usodel vehículo.A fin deobtenerinformaciónsobreestosproveedoresdeberácontactaralClubGNPAutosenlosteléfonosqueseindicanmásadelante.

Aplicaen:D.F.,Guadalajara,León,Mérida,Monterrey,Puebla,VillahermosayVeracruz.

Adicionalmente,ClubGNPAutosleofrece:

•Transmisióndemensajesurgentes.

La prestadora de servicios efectuará todas las llamadastelefónicasdentrodelaRepúblicaMexicana,necesariasparatransmitir los mensajes urgentes relativos a la situación deemergenciaquesepresente.

Condiciones GeneralesClubGNPAutos

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•AsistenciaAdministrativa

El Asegurado podrá solicitar, durante las 24 horas del día,asistencia para localizar y en su caso obtener boletos paraeventosdetipodeportivoyturístico.ElProveedorharátodaslasgestionesasualcanceparaobtenerlaslocalidadessolicitadas.ElimportedelosboletosycuotasadicionalesseránporcuentadelAsegurado.

TeléfonosdeatencióndelClubGNPAutosconserviciolas24hrs,los365díasdelaño:

Cd.deMéxico54803888

Delinteriorsincosto018009084000

Estedocumentoylanotatécnicaquelofundamenta,estánregistradosantelaComisiónNacionaldeSegurosyFianzas,deconformidadconlodispuestoenlosartículos36,36-A,36-By36-DdelaLeyGeneraldeInstitucionesySociedadesMutualistasdeSeguros,porregistroNúmero

Condiciones GeneralesClubGNPAutos

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EncasodeAccidenteoRobodesuautomóvilrepórteloalossiguientesteléfonos:

Zona Teléfono

52273888D.F.yZonaMetropolitana 56896900 52273811

Edo.deMéxico,Morelos,Guerrero,QuerétaroeHidalgo.

Guadalajara 36690777

Jalisco,Zacatecas,Guanajuato,Nayarit,Sinaloa,Michoacán,Colima,Aguascalientes,SanLuisPotosíyBajaCaliforniaSur.

Mexicali 5661056

BajaCalifornia,ChihuahuaySonora.

Monterrey 83193232

NuevoLeón,Coahuila,TamaulipasyDurango.

Mérida 99446322

Yucatán,QuintanaRoo,Tabasco,ChiapasyCampeche.

Puebla(Ciudad) 2296508

Puebla,Oaxaca,VeracruzyTlaxcala. 018007159618

E.U.A.yCanadá 18003923195

Para el seguimiento de atención de siniestroscomuníqueseal:

01�00SERVGNP�������

6 Teléfonos de Servicio

018009084300

018003634800

018000265110

018008339000

018007120032

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��Condiciones Generales

Al sufrir un percance automovilístico, usted contará con elapoyo de uno de nuestros Asesores de Servicio, quien seencuentracapacitadopararepresentarlo,orientarloyservirlo;paralocualrealizarálassiguientesacciones:

1. Recabarinformaciónsobre:

• Losdatosdelalicenciademanejo.

• El alcance de la cobertura de la póliza de seguro delauto.

• ElformatodeDeclaraciónparalaAtencióndeDaños,enelqueustedmanifestaráporescritolaversióndeloocurrido.Conelfindeclarificarlainformación,elAsesorlepedirátambiénqueexpliqueadetalleelpercancey,siesnecesario,queloacompañeaverificarellugardelsiniestro.

�. Determinarlaresponsabilidad,basándoseen:

• Ladeclaracióndelosinvolucrados.

• Lainspeccióndellugardelsiniestro.

• Larevisióndelosdañosenlosvehículos.

• ElReglamentodeTránsitovigentedelaEntidadFederativaquecorresponda.

UnavezqueelAsesorreúnalosdatosnecesariossedirigiráconél(los) tercero(s) involucrado(s) yenel casodeestarasegurado(s),consu(s)respectivo(s)representante(s),parasolicitarle(s) datos de conductores y vehículos y, segúnsea el caso, negociar el pago de los daños ocasionadosa su vehículo, o el pago al(los) tercero(s) si usted fueraresponsable.

Si el tercero responsable cuenta con vehículo y está deacuerdoenladeterminacióndelaresponsabilidad,elAsesordeServiciointercambiaráinformaciónconla(s)compañía(s)aseguradora(s)pararecibirelpago.

Sielterceroresponsablenocuentaconseguro,elAsesordeServicionegociaráelpagodelosdañosocasionadosasuvehículoeinclusive,podríasolicitaralgunagarantíadepago.

7 Atención brindada por nuestros Asesores de Servicio de Autos

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�� Condiciones Generales

Denollegaraningúnacuerdoentrelaspartesinvolucradas,seránecesariopresentarseantelaautoridadcorrespondiente,quien iniciará el procedimiento legal (el cual podríallevar varias horas). Durante este proceso los vehículosinvolucradospuedenquedarenresguardodelaautoridadcorrespondienteenuncorralónysuliberaciónoscilaentrelos30y60días.

Es importante tomar en cuenta que si antes delarribodelAsesordeServicioalaccidenteodurantelaatencióndelsiniestro,eltercerosedaalafuga,nointenteseguirlo,recuerdequeniustednielAsesordeServiciossonautoridadpararetenerlo.Loimportanteen estos casos, es contar con el número de placasdeltercero,marcasycolordelvehículo,porsiustedjuzgaconvenienteselevanteunactacontraéste;sumarcadereferenciaeselasesoramientodenuestropersonal.

�.Adicionalmente,yencasodesernecesario,elAsesordeServiciorealizarálassiguientesgestiones:

• Solicitarálosserviciosdegrúa,ambulancia,seguridadpública,y/oasistencialegal.

• Otorgará los volantes de admisión médicos a losinvolucradosafectadosylosvolantesdeadmisiónparalosvehículosaagenciasotalleres.

• Siustedprefiererecibirelpagoenefectivodeldañodesuvehículo,seexpediráunvolantedeadmisiónparaacudiranuestrasoficinas,endondeunAsesordeValuacióndeterminaráelmontoyemitiráunaordendepago.

• Yporúltimo,registrarálainformacióndelsiniestroenvariosformatosparasucontrolyseguimiento.

�. AlconcluirlaAtencióndelAsesordeServicio,usteddebeasegurarsedelosiguiente:

• Que le sea devuelta su documentación (póliza ylicencia).

• Contarconelvolantedeadmisiónmédicoy/ovolantedeadmisióndesuvehículo,segúnseaelcaso.

• Verifiquequelosdañosocasionadosporelsiniestroesténseñaladosenelvolantedeadmisióndesuvehículo.

• Si su vehículo requiere grúa no olvide ningún objetopersonaldentrodelmismo,yhaganotaralAsesordeServiciolosaccesoriosvaliosos.

En Grupo Nacional Provincial estamos interesados en sutranquilidadyseguridad,porelloharemoslonecesariopararesolver su problema de la manera más ágil y convenienteparausted.

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