leyes educacion

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REALIZADO POR: Lactancia Materna Carmen Alcalá. Beatriz Conde. Cristina

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Page 1: Leyes educacion

REALIZADO POR: Lactancia Materna Carmen Alcalá. Beatriz Conde. Cristina Donaire. Andrea Hermoso. Ester Ibarra. Eva López.

Page 2: Leyes educacion

LGE (1970):

-OBJETO: Desarrollo armónico de la personalidad del niño.

-DURACION: De los 2 años hasta los 5 años.

-ETAPAS: Se dividen en dos etapas.

+ EL Jardín de infancia (de dos a tres años)

+ Escuela de párvulos (de los cuatro a los 5 años)

-MÉTODOS: Predominantemente activos para lograr el desarrollo de la espontaneidad, la creatividad y la responsabilidad.

-CONTENIDOS: Juegos, actividades de lenguaje, incluida en su caso la lengua nativa, expresión rítmica y plástica, observación de la naturaleza, ejercicios lógicos y prenuméricos, desarrollo del sentido comunitario, principios religiosos y actitudes morales.

-OTROS: - En centros estatales, la educación preescolar será gratuita y podrá serlo también en los centros no estatales que soliciten voluntariamente el concierto.

- Con respecto a la formación de cada una de las etapas:

+ En el jardín de infancia la formación está originada sistemáticamente, tendrá carácter semejante a la vida del hogar.

+ En la escuela de párvulos, la formación tenderá a promover las virtualidades del niño.

LODE (1985):

-OBJETO:

El pleno desarrollo de la personalidad del alumno.

La formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y estéticos.

La capacitación para el ejercicio de actividades profesionales.

La formación en el respeto de la pluralidad lingüística y cultural de España.

La preparación para participar activamente en la vida social y cultural.

La formación para la paz, la cooperación y la solidaridad entre los pueblos.

-DURACIÓN: De los 2 años hasta los 5 años.

Page 3: Leyes educacion

-ETAPAS: Educación preescolar, educación general básica, bachillerato y formación profesional.

-MÉTODOS:

-CONTENIDOS: El ejercicio de los profesores se orientará a la realización de los fines educativos, de conformidad con los principios establecidos en esta Ley

Los padres de alumnos tienen garantizada la libertad de asociación en el ámbito educativo.

Las asociaciones de padres de alumnos asumirán las siguientes finalidades:

-Asistir a los padres o tutores en todo aquello que concierne a la educación de sus hijos o pupilos.

-Colaborar en las actividades educativas de los centros.

-Promover la participación de los padres de los alumnos en la gestión del centro.

En cada centro docente podrán existir asociaciones de padres de alumnos integradas por los padres o tutores de los mismos.

Las asociaciones de padres de alumnos podrán utilizar los locales de los centros docentes para la realización de las actividades que les son propias, a cuyo efecto, los directores de los centros facilitarán la integración de dichas actividades en la vida escolar, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la misma.

Los alumnos también podrán crear asociaciones de alumnos y se encargarán de:

Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en los centros. Colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.

Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro.

Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo.

Todos los españoles tienen derecho a una educación básica que les permita el desarrollo de su propia personalidad y la realización de una actividad útil a la sociedad. Esta educación será obligatoria y gratuita en el nivel de Educación General Básica y, en su caso, en la Formación Profesional de primer grado, así como en los demás niveles que la ley establezca.

Todos, asimismo, tienen derecho a acceder a niveles superiores de Educación, en función de sus aptitudes y vocación, sin que en ningún caso el ejercicio de este derecho esté sujeto a discriminaciones debidas a la capacidad económica, nivel social o lugar de residencia del alumno.

Los alumnos tienen derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.Derecho a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad.

Page 4: Leyes educacion

Derecho a que se respete su libertad de conciencia, así como sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución.

Derecho a que se respete su integridad y dignidad personales.

Derecho a participar en el funcionamiento y en la vida del centro, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley.

Derecho a recibir orientación escolar y profesional.

Derecho a recibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo familiar, económico y sociocultural.

Derecho a protección social en los casos de infortunio familiar o accidente.

-OTROS:

Todos los centros públicos desarrollarán sus actividades con sujeción a los principios constitucionales, garantía de neutralidad ideológica y respeto de las opciones religiosas y morales.

La Administración educativa competente y, en todo caso, los órganos de gobierno del centro docente velarán por la efectiva realización de los fines de la actividad educativa, la mejora de la calidad de la enseñanza y el cumplimiento de lo anterior.

Todos los centros docentes deberán reunir unos requisitos mínimos para impartir las enseñanzas con garantía de calidad. El

Gobierno establecerá reglamentariamente dichos requisitos mínimos. .

Los requisitos mínimos se referirán a titulación académica del profesorado, relación numérica alumno-profesor. Instalaciones Docentes y deportivas y número de puestos escolares. .

LOGSE (1990):

-OBJETO: La educación infantil contribuirá a desarrollar en los niños las siguientes capacidades:a) Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción.b) Relacionarse con los demás a través de las distintas formas de expresión y de comunicación.c) Observar y explorar su entorno natural, familiar y social.d) Adquirir progresivamente una autonomía en sus actividades habituales.

-DURACION: Hasta los 6 años

-ETAPAS: Dos ciclos en los que se contribuirá al desarrollo físico, intelectual afectivo, social v moral de los niños.

-MÉTODOS: La metodología educativa se basará en las experiencias, las actividades y el juego, en un ambiente de afecto y de confianza.

Page 5: Leyes educacion

-CONTENIDO:En el primer ciclo de la educación infantil se atenderá al desarrollo del movimiento, al control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de la convivencia y relación social y al descubrimiento del entorno inmediato.

En el segundo ciclo se procurará que el niño aprenda a hacer uso del lenguaje, descubra las características físicas y sociales del medio en que vive; elabore una imagen de sí mismo positiva y equilibrada. y adquiera los hábitos básicos de comportamiento que le permitan una elemental autonomía personal.

-OTROS:La educación infantil será impartida por maestros con la especialización correspondiente. En el primer ciclo los centros dispondrán asimismo de otros profesionales con la debida cualificación para la atención educativa apropiada a los niños de esta edad.

Carácter voluntario.

LOCE (2002):

-OBJETO:

La Educación Preescolar tiene como finalidad la atención educativa y asistencial a la primera infancia.

La Educación Infantil es el desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los niños, esta contribuirá al desarrollo de los niños en las siguientes capacidades:

A) Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción.B) Observar y explorar su entorno familiar, social y naturalC) Adquirir una progresiva autonomía en sus actividades habituales.D) Relacionarse con los demás y aprender las pautas elementales de

convivencia.E) Desarrollar sus habilidades comunicativas orales e iniciarse en el aprendizaje

de la lectura y la escritura.F) Iniciarse en las habilidades numéricas básicas.

-DURACIÓN:

Educación preescolar va dirigida a los niños de tres años de edad.

La Educación infantil está dirigida a los niños de tres años hasta los seis años.

-MÉTODOS:

La Educación preescolar tiene carácter voluntario, y será impartida por profesionales con la debida cualificación para presentar una atención apropiada a los niños de esta edad

Page 6: Leyes educacion

La metodología de la Educación Infantil se basara en las experiencias, las actividades globalizadas que tengan interés y significado para el niño. Estará constituido por un ciclo de tres años académicos. Sera impartida por maestros con la especialidad correspondiente.

-CONTENIDOS:

En la Educación Preescolar se atenderá al desarrollo del movimiento, al control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social y el descubrimiento del entorno inmediato.

En la Educación Infantil se promoverá la incorporación de una lengua extranjera en los aprendizajes de la Educación Infantil, especialmente en el último año. Asimismo fomentar experiencias de iniciación temprana en la tecnología de la información y de las comunicaciones.

-OTROS:

Educación Preescolar, las administraciones competentes atenderán a las necesidades que ocurran en las familias y coordinaran la oferta de plazas suficientes para satisfaces la demanda.

Educación Infantil, los contenidos educativos se organizaran en aéreas correspondientes a ámbitos de la experiencia y del desarrollo infantil, y se transmitirán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para el niño.

LOE (2006):

-OBJETIVOS:

a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender arespetar las diferencias.

b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.

c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.

d) Desarrollar sus capacidades afectivas.

e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.

f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.

g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

La finalidad fundamental de la etapa de educación infantil, es favorecer el desarrollo físico, social, afectivo e intelectual de los niños y niñas.

Page 7: Leyes educacion

No debemos olvidar que todo ello con la cooperación estrecha entre familias y centros educativos.

-DURACIÓN:

Es una etapa educativa con identidad propia que atiene voluntariamente a niños y niñas desde el nacimiento hasta los 6 años.

-ETAPAS:

Queda dividida en dos etapas, siendo estas:

Primera etapa o Primer ciclo, que abarca desde el nacimiento hasta los 3 años.

Segunda etapa o Segundo ciclo, que abarca desde los 3 hasta los 6 años.

- MÉTODOS:

El carácter educativo de uno y otro ciclo será recogido por los centros educativos en una propuesta pedagógica.

Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.

- CONTENIDOS:

Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.

Corresponde a las Administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentarán una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.

Las Administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil de acuerdo con lo previsto en el presente capítulo. Asimismo, regularán los requisitos que hayan de cumplir los centros que impartan dicho ciclo, relativos, en todo caso, a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.

- OTROS:

Oferta de plazas y gratuidad:

Las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo. Asimismo coordinarán las políticas de cooperación entre ellas y con otras entidades para asegurar la oferta educativa en este ciclo. A tal fin, determinarán las condiciones en las que podrán establecerse convenios con las corporaciones locales, otras Administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.

El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito. A fin de atender las demandas de las familias, las Administraciones educativas garantizarán una oferta

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suficiente de plazas en los centros públicos y concertarán con centros privados, en el contexto de su programación educativa.

Los centros podrán ofrecer el primer ciclo de educación infantil, el segundo o ambos.

De acuerdo con lo que establezcan las Administraciones educativas, el primer ciclo de la educación infantil podrá ofrecerse en centros que abarquen el ciclo completo o una parte del mismo. Aquellos centros cuya oferta sea de al menos un año completo del citado ciclo deberán incluir en su proyecto educativo la propuesta pedagógica a la que se refiere el apartado 2 del artículo 14 y deberán contar con el personal cualificado en los términos recogidos en el artículo 92.