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ANALIZAMOS LA LEY 21/2013 DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL JUNIO 2015 SEGURIDAD LEGISLACIÓN R M PETRÓLEO Grado de protección IP Perspectivas a largo plazo

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ANALIZAMOS LA LEY 21/2013 DE

EVALUACIÓN DE IMPACTO

AMBIENTAL

JUN

IO 2015

SEGURIDAD

LEGISLACIÓN

R M

PETRÓLEO

Grado de protección IP

Perspectivas a largo plazo

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3 Junio 2015 Nº 6 R M

EDITORIAL

DIRECCIÓN

REDACCIÓN

COLABORADORES

DISEÑO

MAQUETACIÓN

EDICIÓN MENSUAL

AÑO I

JUNIO 2015

Edita

Alejandro Palacios

Belén Palomero

Carlos Álvarez

José Manuel García

Oscar Hernández

Elena Bermejo

Jose Manuel Palacios

Belén Palomero

© Rosmann Ingeniería, Software y

Mantenimiento Industrial S.L.

Todos los derechos reservados

Prohibida la reprodución de textos o

gráficos de este documento sin el

consentimiento expreso del titular de

copyright

ROSMANN INGENIERÍA

SOFTWARE Y MANTENIMIENTO

INDUSTRIAL S.L.

Centro de Espacios Profesionales Alcalá

Office:

Carretera M-300, 35, Alcalá de Henares,

Madrid, España

Tel: +34 911 599 914

Mail: [email protected]

En este número, nos hemos planteado el análisis de la ley de evaluación

ambiental 21/2013. Esta ley establece los procedimientos para la evaluación

del impacto que los proyectos tienen sobre el medio ambiente. Nos ha

parecido que, como parte del “permitting” – es decir, de la gestión de

permisos para la obtención de la licencia de actividad y la licencia

ambiental – era interesante analizar el procedimiento y su encaje en el

procedimiento general, así como los tiempos de las diferentes etapas.

Por otro lado, publicamos el último artículo de la trilogía dedicada a los

combustibles fósiles, haciéndonos eco de la opinión de los expertos en

relación al petróleo.

Por último, publicamos una guía rápida para entender el grado de

protección IP de los equipos.

Esperamos que sea del interés de los lectores…

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5 Junio 2015 Nº 6 R M

SUMARIO

6 LEGISLACIÓN

Analizamos la léy de

Evaluación Ambiental

21/2013. Trámites para la

evaluación de impacto

ambiental de un Proyecto.

10 PETRÓLEO

Último artículo de la trilogía

donde nos hemos hecho eco

de la opinion de los expertos

respect a los combustibles

fósiles tradicionales.

13 SEGURIDAD

Grado de protección IP.

Explicamos la codificación de

este grado de tipod e grado

de protección.

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6 Rosmann Magazine

R M

E n el 2013 se publicó la nueva ley de evaluación

ambiental mediante el cual se unifican en una sola

norma dos disposiciones: la Ley 9/2006, de 28 de abril,

sobre evaluación de los efectos de determinados planes

y programas en el medio ambiente y el Real Decreto

Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de

Impacto Ambiental de proyectos y modificaciones

posteriores al citado texto refundido.

Fig.1 Central ermosolar en construcción

La ley establece un esquema similar para ambos

procedimientos – evaluación ambiental estratégica y

evaluación de impacto ambiental -- y unifica la

terminología.

La ley consta de 64 artículos distribuidos en tres títulos: el

título I contiene los principios y disposiciones generales,

el título II las disposiciones reguladoras de los

procedimientos de evaluación ambiental y, por último,

el título III regula el seguimiento y el régimen

sancionador.

TERMINOLOGÍA

“Evaluación ambiental”: procedimiento administrativo

instrumental respecto de los procedimientos por los

cuales se aprueban o autorizan planes, programas y

proyectos o actividades con declaración responsable.

A través de este, se analizan los posibles efectos

significativos sobre el medio ambiente de los planes,

programas y proyectos. La evaluación ambiental

incluye tanto la “evaluación ambiental estratégica”

como la “evaluación de impacto ambiental”.

“Evaluación Ambiental Estratégica”: Es la aplicada a

planes, programas y proyectos. Estos planes o

programas hacen referencia a sectores estratégicos,

tales como la agricultura, ganadería, silvicultura,

acuicultura, pesca, energía, minería, industria,

transporte, gestión de residuos, gestión de recursos

hídricos, ocupación del dominio público marítimo

terrestre, utilización del medio marino,

telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio

urbano y rural, o del uso del suelo. La iniciativa o

promoción suele ser por tanto de las administraciones

públicas.

LEY 21/2013 DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

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7 Junio 2015 Nº 6 R M

“Evaluación de Impacto Ambiental”: Es la aplicada a los

proyectos (generalmente de iniciativa privada).

“Órgano sustantivo”: órgano de la Administración

pública que ostenta las competencias para adoptar o

aprobar un plan o programa, para autorizar un

proyecto, o para controlar la actividad de los proyectos

sujetos a declaración responsable o comunicación

previa.

“Órgano ambiental”: órgano de la Administración

pública que realiza el análisis técnico de los expedientes

de evaluación ambiental y formula las declaraciones

estratégica y de impacto ambiental, y los informes

ambientales.

¿A QUÉ PROYECTOS APLICA ESTA LEY?

Esta ley aplica a todos los proyectos del anexo I de la

propia ley, ya se presenten en su totalidad o por partes.

También aplica a las modificaciones de proyectos del

anexo II de esta ley.

¿CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO POR ESTA

LEY PARA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL PLANES,

PROGRAMAS Y PROYECTOS?

La ley distingue entre planes y programas, para los que

hay que realizar una “evaluación ambiental

estratégica”, y los proyectos, para los que hay que

realizar la “evaluación de impacto ambiental”.

Además, se establecen dos formas de cumplir con el

trámite ambiental:

• Siguiendo el procedimiento Ordinario

• Siguiendo el procedimiento Simplificado

De esta forma, las combinaciones son:

Fig.2 Procedimientos contemplados por la ley

En todos los procedimientos cobra gran importancia la

participación de los interesados / afectados mediante

la información pública.

Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Trámite Ordinario

.

Cabe destacar, para tener una idea general de

permitting, que los trámites de gestión de licencias

siempre se inician en el órgano sustantivo – recordemos

que es aquél que tiene las competencias de

autorización del proyecto que se está tramitando –

siendo este quien remite al órgano ambiental – el que

tiene las competencias de evaluación ambiental – la

información necesaria.

Fig. 3 Procedimiento odinario de evaluación de impacto

ambiental

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8 Rosmann Magazine

R M

Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Trámite Simplificado

Durante todo el proceso, la falta de documentación implica

el requerimiento por parte del órgano correspondiente, de

forma que el promotor dispondrá de diez días hábiles para

aportar los documentos requeridos.

Por úl%mo, es importante recordar que, en España, las

competencias de medio ambiente están transferidas a las

autonomías, las cuales pueden legislar también en la

materia. Solo cuando el proyecto a evaluar afecte a varias

comunidades autónomas o bien a cuencas hidrográficas o

litoral marí%mo, es el MAGRAMA quien %ene competencias.

Fig. 4 Procedimiento simplificado de evaluación de impacto

ambiental

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9 Junio 2015 Nº 6 R M

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10 Rosmann Magazine

R M

S e calcula que la demanda de energía mundial va a

crecer un 37% hasta 2040, pero en un escenario en el

que dicho crecimiento va a ir disminuyendo

notablemente, desde más de un 2% anual durante las

dos últimas décadas, hasta un 1% anual después de

2025.

Al mismo tiempo la distribución mundial de la demanda

de energía va a cambiar, con un uso de la energía

básicamente estable en gran parte de Europa, Japón,

Corea y Norteamérica, y un consumo creciente

concentrado en el resto de Asia (el 60% del total

mundial), África, Oriente Medio y América Latina. A

principios de la década de 2030 se alcanzará un hito,

cuando China se convierta en el país más consumidor

de petróleo y se cruce en el camino con Estados Unidos,

donde el consumo de petróleo retrocederá hasta

niveles no registrados durante décadas. Pero, para

entonces, los motores de crecimiento de la demanda

energética mundial serán la India, el Sudeste Asiático,

Oriente Medio y el África Subsahariana

El mundo consume actualmente unos 85 millones de

barriles de petróleo al día y se predice que la demanda

será de 106 millones al día en 2030. Tres cuartas partes

del aumento corresponderá a países de la OPEP, motivo

por el cual la organización pasará a suministrar el 60%

del abastecimiento total de petróleo en 2030 (frente al

40% en 2000). La mayor parte de este petróleo procede

de yacimientos gigantes y supergigantes descubiertos

en la década de 1960: North Slope en Alaska, Burgan en

Kuwait, Mar del Norte, Ghawar en Arabia Saudí, etc.

Las reservas de petróleo a escala mundial bastarán para

satisfacer la demanda proyectada para las próximas

décadas. Sin embargo, es posible que la disminución de

reservas convencionales de petróleo constituya un

motivo de preocupación a partir de 2030.

Muchos de los yacimientos gigantes y supergigantes han

empezado ya su declive, a lo que se une el hecho de

que a pesar de que se sigue encontrando petróleo y las

técnicas de prospección y extracción siguen

mejorando, es previsible que la producción de petróleo

no pueda crecer lo suficientemente deprisa como para

hacer frente a la demanda prevista en los próximos

cuarenta años.

Será necesario invertir unos 900.000 millones de dólares

anuales hasta la década de 2030 en el desarrollo de la

exploración y producción de petróleo y gas para

satisfacer la demanda prevista, pero subsisten muchas

incertidumbres sobre si esa inversión llegará o no a

tiempo –sobre todo, una vez que se estabilice la

producción estadounidense de petróleo de

formaciones compactas a principios de la década de

2020 y cuando más tarde su producción total empiece

a decaer–.

EL PETRÓLEO. PERSPECTIVAS A LARGO PLAZO

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11 Junio 2015 Nº 6 R M

La complejidad y la fuerte inversión de capital que

requiere el desarrollo de yacimientos de aguas

profundas brasileños, la dificultad a la hora de

reproducir la experiencia estadounidense del petróleo

de formaciones compactas fuera de Norteamérica, las

cuestiones no resueltas acerca de la previsión de

crecimiento de la producción de arenas petrolíferas

canadienses, las sanciones que restringen el acceso ruso

a las tecnologías y a los mercados financieros y –por

encima de todo– los desafíos políticos y de seguridad en

Irak podrían contribuir a una escasez de inversiones,

inferiores al nivel requerido. La situación en Oriente

Medio es una preocupación crucial, dado que el

crecimiento de la producción de petróleo depende

cada vez más de esta región, sobre todo para los países

asiáticos, que en 2040 importarán dos de cada tres

barriles de crudo comercializados internacionalmente.

Además el hecho de que se esté subvencionando los

combustibles fósiles (las subvenciones a los combustibles

fósiles sumaron un total de 550.000 millones de dólares

en 2013, más del cuádruple de las subvenciones a las

energías renovables) están frenando las inversiones en

eficiencia energética y en renovables que podrían

ayudar a paliar la previsible escasez de aquellos.

El principal sector para el petróleo y el que determinará

en gran medida su futuro es el transporte.

Se está calculando que la demanda de petróleo en este

sector se incrementará desde los 46 millones de barriles

al día en 2011 hasta los 60 millones en 2035, alcanzando

un 60% del uso total del petróleo. Este crecimiento de la

demanda en el transporte –especialmente en la región

no-OCDE, donde los niveles de propiedad de vehículos

son mucho menores que en los países OCDE– es de tal

magnitud que contrarrestaría el efecto conjunto de las

ganancias de eficiencia y del incremento del consumo

de combustibles alternativos que pudieran tener lugar.

Dentro del sector transporte, la flota de vehículos ligeros

de pasajeros (PLDV, por sus siglas en inglés) comprende

el grueso del consumo de petróleo en transporte por

carretera a día de hoy (alrededor del 40 por 100), y este

tipo de vehículos se esperan continúen teniendo la

mayor participación.

Sin embargo, la demanda de petróleo para el

transporte de mercancías por carretera crecerá más

rápidamente, casi hasta alcanzar los niveles de los PLDV.

El transporte de mercancías por carretera acumularía el

el 40% del incremento total de la demanda de petróleo

a escala mundial.

Después del transporte por carretera, los mayores

consumidores de petróleo en el sector son el transporte

aéreo y el transporte marítimo.

Ante esta situación se ha planteado el uso de la

eficiencia energética. Así, hoy día, más de las tres

cuartas partes de las ventas de vehículos mundiales

están sometidas a estándares de eficiencia energética,

por lo que se espera que la demanda de petróleo para

transporte aumente solamente un cuarto, a pesar de

que el número de coches y camiones en las carreteras

del mundo se duplicará de aquí a 2040. Estos esfuerzos

en materia de eficiencia energética tendrían el efecto

de reducir el crecimiento total de la demanda de

petróleo en unos 23 millones barriles de petróleo en 2040

(más que la producción actual de petróleo de Arabia

Saudí y Rusia juntas). Aún así estas medidas se considera

que serán claramente insuficientes ante la demanda

prevista.

En las próximas décadas será la electricidad la forma

final de energía de más rápido crecimiento, y aunque el

sector eléctrico contribuirá más que ningún otro a

reducir la proporción de los combustibles fósiles en el mix

energético, el petróleo seguirá siendo el combustible

dominante en 2030, oscilando entre el 40% y el 50% del

consumo según las diferentes regiones, y su precio

experimentará una fuerte tendencia al alza en relación

con los niveles actuales, considerándose, de acuerdo a

las proyecciones, que en 2030 el precio del petróleo

podría alcanzar los 35 euros por barril.

FUENTES

• Perspec%vas de la evolución mundial hasta 2030 en los

ámbitos de la energía, la tecnología y la polí%ca climá%ca.

Comisión Europea. Inves%gación e Innovación. Estudios.

• Perspec%vas Energé%cas a largo plazo (World Energy

Outlook) de la Agencia Internacional de la Energía.

• Dr.Laurence C.Smith. Catedrá%co de GeograHa de la UCLA.

"El mundo en 2050".

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13 Junio 2015 Nº 6 R M

¿QUÉ ES EL GRADO DE PROTECCIÓN?

Para responder esta pregunta, debemos conocer que

todo equipo suministrado en le Unión Europea, debe

estar diseñado de forma que la “Envolvente”, proteja

por un lado al equipo, de forma que evite la entrada de

cuerpos extraños y agua, que puedan dañarle y por otro

lado proteger a las personas frente al contacto de

partes peligrosas (sometidas a tensión o mecánicas en

movimiento).

Según el Vocabulario Electrotécnico Internacional (VEI

826-03-12), Envolvente es el elemento que proporciona

la protección del material contra las influencias externas

y en cualquier dirección, contra los contactos directos.

El grado de protección se define como “el nivel de

protección que ofrece una envolvente frente al acceso

a partes peligrosas a la penetración de cuerpos sólidos

extraños, a la penetración del agua o contra los

impactos exteriores y que además se verifica mediante

métodos de ensayo normalizados.”

Existen dos tipos de grados de protección, y cada uno

de ellos tiene una codificación diferente. Estos tipos son

“IP” e “IK”. En este artículo analizamos el grado de

protección IP.

El código IP está definido en la norma UNE 20324,

equivalente de la EN 60529.

CÓDIGO IP

El código IP es un sistema de codificación para indicar

el grado de protección que ofrece una envolvente

frente al acceso a partes peligrosas a la penetración de

cuerpos sólidos extraños o de la penetración del agua.

La codificación consta de las letras IP seguidas de dos

cifras numéricas llamadas cifras características primera

y segunda.

IP XY

X : Primera cifra característica. Determina la protección

delas personas contra el acceso a partes peligrosas. Está

graduada desde cero hasta seis.

.

Fig.1 Primera cifra significativa del grado de protección IP

GRADO DE PROTECCIÓN IP. GUÍA RÁPIDA

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14 Rosmann Magazine

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Y: La segunda cifra caracterís%ca indica la protección de la

envolvente frente a la penetración del agua. Está graduada

de cero a ocho.

Fig.2 Codificación de la segunda cifra significativa del grado de

protección IP

En ocasiones, se aporta información adicional a través de un

Sistema de codificación de cuatros letras, ubicadas entra las

dos cifras.

Fig.3 Letra de información adicional

Por úl%mo, cuando no se especifica uno de los valores, se

sus%tuye por una “X”. Así por ejemplo, podemos encontrar

IP5X, no habiendo sido especificado el nivel de protección

contra el agua.

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