las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua...

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NOTA ACLARATORIA: respetable lector, el documento completo se puede encontrar próximamente en el libro “Servicios públicos en España y México” de la Universidad de Málaga, 2018 coordinado por la Dra. Alicia Torres R., por lo que por Derechos de Autor no se puede citar este trabajo en otro formato de publicación. Las concesiones de agua potable doméstica y las tendencias hacia el modelo privatizador de los servicios públicos, Guadalajara, México, siglos XIX y XX” Dra. Cecilia Lezama Escalante y Dra. Lourdes Sofía Mendoza Bohne (Universidad de Guadalajara) Introducción Las concesiones de agua en la ciudad de Guadalajara, en México, son el inicio de un nuevo sistema de abastecimiento directo doméstico. Esto ha representado la nueva ideología de higienismo y progreso del país, así como las nuevas políticas públicas de los servicios urbanos a finales del siglo XIX en la transición al siglo XX. El desarrollo de un nuevo modelo socio urbano de agua potable ha producido a lo largo del siglo XX políticas de gestión hacia un modelo privatizador del servicio público urbano abordado desde las políticas públicas y desde las prácticas sociales. Esto ha permeado la calidad de vida y sus diversas representaciones históricas relacionadas con el acceso al agua y la monetarización de la misma. Por lo que en este trabajo el agua como servicio público se aborda desde las dimensiones social, urbana, política, tecnológica y económica. En este sentido, el propósito de este trabajo se centra en 3 ejes de análisis: 1. Historia del sistema entubado e hidro- tecnología de abastecimiento doméstico de agua potable en los primeros años de la gestión; 2. Análisis de las políticas públicas de servicios públicos y el discurso de la calidad de vida; 3. El análisis de la conformación de un modelo de desarrollo privatizador del servicio del agua potable de la ciudad. Antecedentes Guadalajara como ciudad estuvo rodeado originalmente por varios ríos y ramales de arroyos. El principal de ellos era el Río de San de Dios en cuya orilla se fundó el

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Page 1: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

NOTA ACLARATORIA: respetable lector, el documento completo se puede encontrar

próximamente en el libro “Servicios públicos en España y México” de la Universidad de Málaga,

2018 coordinado por la Dra. Alicia Torres R., por lo que por Derechos de Autor no se puede citar

este trabajo en otro formato de publicación.

“Las concesiones de agua potable doméstica y las tendencias

hacia el modelo privatizador de los servicios públicos,

Guadalajara, México, siglos XIX y XX”

Dra. Cecilia Lezama Escalante y Dra. Lourdes Sofía Mendoza Bohne

(Universidad de Guadalajara)

Introducción Las concesiones de agua en la ciudad de Guadalajara, en México, son el inicio de

un nuevo sistema de abastecimiento directo doméstico. Esto ha representado la

nueva ideología de higienismo y progreso del país, así como las nuevas políticas

públicas de los servicios urbanos a finales del siglo XIX en la transición al siglo XX.

El desarrollo de un nuevo modelo socio urbano de agua potable ha producido a lo

largo del siglo XX políticas de gestión hacia un modelo privatizador del servicio

público urbano abordado desde las políticas públicas y desde las prácticas sociales.

Esto ha permeado la calidad de vida y sus diversas representaciones históricas

relacionadas con el acceso al agua y la monetarización de la misma. Por lo que en

este trabajo el agua como servicio público se aborda desde las dimensiones social,

urbana, política, tecnológica y económica. En este sentido, el propósito de este

trabajo se centra en 3 ejes de análisis: 1. Historia del sistema entubado e hidro-

tecnología de abastecimiento doméstico de agua potable en los primeros años de

la gestión; 2. Análisis de las políticas públicas de servicios públicos y el discurso de

la calidad de vida; 3. El análisis de la conformación de un modelo de desarrollo

privatizador del servicio del agua potable de la ciudad.

Antecedentes

Guadalajara como ciudad estuvo rodeado originalmente por varios ríos y ramales

de arroyos. El principal de ellos era el Río de San de Dios en cuya orilla se fundó el

Page 2: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

último y definitivo lugar para la nueva capital de Nueva Galicia. Nuño de Oñate

buscó fundarla en tres lugares antes de que definitivamente se decidieran por el

Valle de Atemajac. Entre otras razones, una fue la búsqueda de un “lugar con más

agua” para poder vivir.

El río de San Juan de Dios nacía en los manantiales del llamado Agua Azul,

“lugar que conformaba un lago y a su vez se complementaba de varios ramales

que escurrían desde los bosques de Santa Eduwiges a través del arroyo Los

Arenales-actual avenida La Paz-“.1 La historia señala que “Guadalajara fue fundada

a orillas de este río porque esto aseguraría su desarrollo. En ciertos momentos de

la historia hubo fuertes sequías que obligaron a sus habitantes a ya no mudarse de

lugar, sino buscar la manera de traer agua a la ciudad” 2.

Así fue que se construyeron modelos de abastecimiento para la ciudad, por

lo que “el padre Buzeta mandó construir en el siglo XVIII, para traer agua del extinto

volcán El Colli,” así como también varias obras de canales y atarjeas desde el

bosque de San Rafael, Tetlán, Mexicaltzingo, Los Arenales y posteriormente del

Bosque de Los Colomos”3.

Abastecimiento de agua en el porfiriato

Desde 1896 el Gobernador de Jalisco Luis Curiel aprobó una decisión del Congreso

y decretó que “pertenecen al estado las aguas que se encuentran en su territorio y

no sean las comprendidas en el artículo 1 de la Ley general del 5 de junio de 1888”4

por lo que esto “autoriza al ejecutivo haga concesiones para el mejor

aprovechamiento de las aguas del Estado en riegos y como potencia aplicable a

diversas industrias”5 y que en el ejercicio de esta ley se tiene el “derecho a expropiar,

por causa de utilidad pública, a los particulares, de los terrenos necesarios para el

paso de los canales, construcción de presas ó diques y para la formación de

1 Mendoza Bohne, 2015, Diversae, p. 13 2 Ibid, p.14 3 Ibidem 4 AHCEJ, Colección de los Decretos, circulares y órdenes de los poderes del Estado de Jalisco. Tomo XVI de octubre de 1893 a mayo de 1896. 5 Ibid.

Page 3: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

depósitos, previa la indemnización correspondiente…”6. Esta condición normativa

privilegió a las familias empresarias y a los proyectos de Porfirio Díaz de proveer de

infraestructura hidráulica para el gran Plan de Progreso y Modernización del país.

El abastecimiento de agua a finales del siglo XIX todavía era principalmente

a través de dos servicios: los pozos de agua existentes en algunas casas y el agua

de las fuentes que se distribuía a través de los aguadores, hombres que cargaban

cántaros llenos de agua hasta los domicilios de los tapatíos y de los comercios que

lo requerían como hoteles, fondas y panaderías. Los aguadores eran personajes

principalmente originarios de la ciudad y algunos de pueblos de la región que

trabajaban para la ciudad. Estos eran registrados en un libro de oficios que contenía

incluso su foto y una ficha con datos personales. Ellos requerían de un aval, es

decir, de una persona de reconocido prestigio en la ciudad que diera fe y se

responsabilizara por aquel aguador a su cargo. Los aguadores debían atender el

Reglamento de Aguadores publicado por el congreso del estado y llevaban en su

pecho una banda de cuero atravesada y de la que pendía un circulo o medalla

metálica con su número de registro. Ellos estaban distribuidos en las diversas

fuentes e hidrantes de los principales barrios de la ciudad. Como parte de sus

obligaciones también estaban tener el agua de las fuentes y las fuentes mismas en

perfecto estado de limpieza, barrer sus alrededores y cuidad que los caballos no

tomarán directamente agua de las fuentes destinadas al abasto doméstico y de los

comercios y locales públicos, así como de algunos mercados. Estos lineamientos

de limpieza iban de la mano con la necesidad no sólo de una higiene urbana sino

de una calidad de vida que incluía orden y por supuesto el progreso.

El agua vista desde la historia Occidental estaba dividida en las ciudades

medievales en “agua para el regadío y los huertos familiares y el agua paras las

manufactureras o industrias”7. El agua para los huertos familiares era primordial

porque una buena parte de los consumibles alimentarios se producían en las casas

6 Ibidem. 7 Cristina Segura, “Los oficios del agua” p. 18 en Vivir del agua en las ciudades medievales coordinado por Ma. Isabel del Val Valdiviesco, Universidad de Valladolid.

Page 4: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

a manera de jardínes o huertos pequeños dentro de la ciudad. De esta agua se

desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear.

La ciudad creció en todas sus dimensiones debido a la transformación en las

estrategias de desarrollo. Guadalajara estaba ampliando sus horizontes con la

llegada de diversos grupos de familias extranjeras; las familias existentes también

modernizaron sus empresas ya que la tecnología sirvió para modernizar los

servicios de producción establecidos desde el siglo XIX y también la tecnología se

convirtió en un modelo empresario per se. Por lo que en las últimas décadas del

siglo XIX surgen las empresas hidroeléctricas que dotaban de electricidad a las

empresas textileras, cerveceras, harineras, papeleras, étc. Pero también la energía

eléctrica se convirtió a su vez en una empresa generadora de un bien para la ciudad.

Así también esta energía permitió instalar bombas eléctricas en algunos puntos

acuíferos de alrededor de la ciudad que aumentaron el caudal de agua que se

condujo a la ciudad ya a principios del siglo XX por lo que los manantiales del Parque

San Rafael y del Bosque los Colomos pudo surtir de agua con más celeridad y en

mayor cantidad. Las posibilidades de abastecimiento se modernizaron también. Así,

“alrededor de 1903, los manantiales de los Colomos surtían a los habitantes del

poniente y los veneros de San Ramón, San Rafael y San Andrés surtían a las

colonias del oriente de la ciudad”8. Por lo que los servicios públicos se fueron

convirtiendo también en empresas concesionadas, es decir, empresas privadas

para el servicio público.

La modernización higiénica

El inicio del nuevo siglo trajo consigo la necesidad de reafirmar los factores

que materializaran la ideología higienista que se venía gestando desde mediados

del siglo XIX con el auge institucionalizador de las ciencias. Ya en los periódicos

del siglo XIX se criticaban los problemas heredados de los problemas de

insalubridad y de las consecuencias acarreadas a partir de las epidemias del cólera

a mediados del siglo. Así en el periódico Juan Panadero en junio de 1883“el

periódico recriminaba a la población por su falta de higiene, como a los habitantes

8 Mendoza, p. 14.

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del cuartel quinto, quienes habían convertido las calles en “muladares públicos”9. A

su vez en abril de 1880 se publicaba una nota por demás discriminatoria y racista

que en su representación conjugaba la suciedad con pertenencias étnicas ya que

señalaba que “en el mercado Venegas (hoy Corona) muchas familias vivían como

irlandeses o chinos, unos encima de otros”.10. Esta nota alude a la necesidad social

de ser “limpio” y atender las normativas higiénicas para pertenecer al lugar.

Desde 1892, el Código Sanitario para el Estado de Jalisco se mandó publicar

por el gobernador Pedro A. Galván disponiendo así “que los servicios sanitarios del

Estado dependerán del Ejecutivo, de los Jefes Políticos de los Cantones y de las

demás autoridades y empleados del orden administrativo, conforme a las leyes y

disposiciones relativas”.11 En el tema de sanidad se incluyen varios temas como la

atención a la salud, la atención médica, la regulación de los hospitales, servicio de

sanidad en poblaciones limítrofes, sobre las casas habitación y escuelas, sobre

alimentos y bebidas, higiene en lugares concurridas como fábricas, templos, teatros

y otros lugares de reunión; industrias y depósitos de residuos insalubres; venta de

medicinas, farmaceúticas; finalmente el drenaje y las concesiones del agua. Este

último tema es el que nos ocupa en este trabajo.

A partir del Código Sanitario de 1892, la regulación de las actividades

urbanas se convierte no sólo asunto del Estado sino también en asunto público y

la sociedad en general porque se produce un estado de vigilancia policial pero

también social. De los artículos desprendidos de dicho Código, que mencionan

cómo y dónde abastecer, usar y desechar el agua así como también la

infraestructura pública como por ejemplo las fuentes y las cañerías, se detalla que:

“Art. 41.- En ningún caso se permitirá que las casas y talleres

industriales (art. 36: casas de vecindad, hoteles, mesones,

casas de huéspedes, dormitorios, casas habitación) viertan

aguas sucias a los acueductos. Tampoco se permitirá que

9 Oliver, Lilia p. 75. 10 Ibidem, p. 76. 11 Código Sanitario para el Estado de Jalisco, 1892,Edición Oficial de la imprenta de Fernando Alday.

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arrojen éstas a los arroyos o canales por donde circule agua

destinada para otros usos domésticos…”12

Así como los lugares privados en las casas habitación son definidas desde

dicho documento en su artículo 42 “ En todas las casas habrá cuando menos una

letrina con los requisitos convenientes …”13

Por lo que muchas de las actividades tradicionales de abastecimiento del

agua en la ciudad y otras tantas de las prácticas privadas del uso del agua pasan a

ser tema exclusivo y normado por el gobierno y sus instituciones. Por ejemplo

Art. 45. Para establecer letrinas dentro de las piezas de

habitación será necesario obtener permiso por escrito del

Consejo Superior de Salubridad…”14

Por otro lado, el establecimiento de un reglamento para la instalación de las

cañerías, reglamentó también las concesiones para la obtención de una toma

doméstica de agua o para obligar a algunos a tener las concesiones de agua.

Art. 48, Cuando la ciudad o alguno de sus barrios estén

suficientemente abastecidos de agua, a juicio del Ejecutivo y los

propietarios estarán obligados a introducir a sus fincas en

cantidad necesaria”.15

Así también, las consecuencias que de ello se derivó tuvo dos vertientes: la

primera es que la regulación del abastecimiento del agua pasaba a ser exclusiva

del gobierno y no de los particulares; y la segunda, es que la imposición de un cobro

fijo, mesurado y con un valor específico del agua se establece, así como también el

impuesto añadido al precio del agua que ya incluye el gasto de su canalización,

distribución y conexión a las casas y locales. Empieza aquí una regulación

monetaria para el agua.

12 AMG Código Sanitario 1892 13 Ibid 14 Ibid 15 Ibid

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Durante el proceso de introducción de agua que se realizaba en la ciudad, la

infraestructura tradicional también experimentó cambios importantes ya que de

acuerdo al artículo 50 de dicho reglamento señala que “Mientras se arregla el

sistema de tomas de agua, las fuentes deberán estar siempre cubiertas y dispuestas

de tal manera que ni comuniquen humedad a las piezas destinadas para habitación,

ni reciban las infiltraciones de las letrinas y los caños”.16

La Comisión dictaminadora de la Secretaría de Fomento revisó las

condiciones de salubridad del agua y expuso

“lo conveniente y lo ventajoso que será para Guadalajara la

realización del proyecto indicado, porque le consta, como a

todos, la mala calidad del agua de que se hace uso actualmente

y lo insuficiente que es esta a la vez, para los usos públicos, no

duda que será favorecido con un voto de aprobación el

siguiente proyecto de Ley: Art. 1 se autoriza al Ejecutivo para

hacer con fondos del Estado, los gastos que demande el

aumento del caudal del agua potable, que de los manantiales

del Colli vienen a Guadalajara”.17

Así, comienza el proyecto para dotar de agua salubre a la totalidad de la

ciudad, con más caudal y calidad. Aun así, los aguadores continúan en Guadalajara

como personajes del pasado y la insalubridad del agua en la ciudad se ve reflejada

en las aguas del Río del San Juan de Dios cuyo fondo servía también de cloaca.

Las enfermedades gastrointestinales y la epidemia de tifoidea hicieron que el

Gobernador Luis Curiel aprobara el entubamiento de dicho Río en 1910 obra que

concluyó en 1922.18

Sistema de cañerías

La necesidad de regular el agua es clave para el “orden y el progreso” por lo

que “se encargó al Ingeniero Ambrosio Ulloa proyectar los trabajos de construcción

16 Ibid 17 AHJ F-6 1893 18 AHJ Memorias de la XXII Legislatura, 1910.

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de las galeras colectoras del agua del Colli en 1891 y el encargado que dirigió la

obra de introducción de agua del Colli a la ciudad fue el Ingeniero Gabriel

Castaños.”19 En este orden el Ing. Castaños

“encargado a la vez de todo el servicio de distribución durante

que empleara en la limpia, creía oportuno hacer algunos

trabajos urgentes y necesarios. En primer lugar, se modificó la

descarga del agua en el Parque Alcalde. Encontrábase e este

punto el estremo(sic) de la “cañería” de seis pulgadas los riegos

del jardín acostumbraban dejar correr libremente el agua, por el

de los árboles, y humedecer el terreno de un extremo al otro del

parque, lo cual trae consigo un enorme gasto de agua y un

desperdicio muy notable, si se considera que todo aquel terreno

es esencialmente arenoso y jaloso. Guadalajara, junio 14 de

1894, firma Gabriel Castaños”20

Para finales del siglo XIX se daban Mercedes de agua a los pobladores

mediante solicitudes que se hacían al Cabildo de la ciudad. Esto quiere decir, que

una merced es un regalo por un derecho al agua para proteger la vida y su calidad.

Una merced de agua significa tener derecho al agua, por lo que la sociedad gozaba

de un derecho al agua. En abril de 1899 “el C. F. González Mora pide permiso para

defender la merced de agua que disfruta de la casa número 41 de la calle de

Degollado”21 . Se pueden contabilizar 37 solicitudes concedidas de mercedes de

agua entre 1899 y 1900 de acuerdo con los libros de Cabildo de esos años22. Estas

se entienden como concesiones de llave libre por una merced de agua.

Sin embargo, la dotación de agua debía ir a la par del modelo de

modernización y las expectativas de modernidad que exigía una ciudad cosmopolita

que iba a empezar un nuevo siglo. Para lograr las expectativas de una ciudad

higiénica se debía lograr la introducción del sistema de cañerías para llevar el agua

19 AHJ. F-6-1891 caja 248. 20 AHJ F-6 1894 caja 248 21 AMG,Cabildo 1899, foja 19). 22 AMG, Libros de Cabildo 1899-1900.

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potable a cada casa, taller, fábrica, escuela, local, etc. Para hacerlo se organizó un

programa de entubamiento de la ciudad ya que

“Para el buen funcionamiento del sistema de agua y

alcantarillado, el gobierno hace un contrato con el señor Miguel

W. O´Boyle para la entubación y distribución de agua potable

en Guadalajara el 14 de abril de 1900”23

Para este proyecto se originó un Reglamento Municipal para las Conexiones

de Cañerías de Agua y albañales24 porque fue necesario ordenar todo el proceso y

controlar que el sistema fuera homogéneo. La distribución de este servicio público

“se ejecutaron en el orden de primacía que tuvieron las zonas en que se dividió la

población para las conexiones de los albañales con los respectivos colectores”.25

La distribución de las cañerías se hizo en el siguiente orden:

I. Fuentes públicas e hidrantes del agua de San Andrés

II. Establecimientos de Beneficencia, del Gobierno y Municipio

III. Depósitos de sifón y cloacas

IV. Huertas, baños, etc. Y establecimientos industriales

Es interesante observar las medidas de cuidado de las aguas de deshechos

quizá por el método de recuperación o reutilización de las aguas o quizá sólo para

no tapar las cañerías, ya que de las cloacas “todo tubo de descarga deberá tener

cerradura hidráulica, en el punto de unión con el aparato á que se destina” y “es

obligatorio colocar parrillas en las aberturas de los fregadores, lavabos, baños, étc.

Construidos de manera de impedir el paso de cuerpos sólidos”.26

Este sistema consistía en meter tuberías nuevas por la ciudad a partir de los

hidrantes y galerías existentes. La introducción de agua a las casas bajo el nuevo

sistema creció rápidamente ya que “en 1902, alrededor de 4,300 fincas gozaban de

23 (Mendoza,p.14 y AHJ Ramo Fomento F-10-900. 24 AMG Reglamento de Cañerías, 1902-0002 25 AMG, Reglamento de Cañerías, 1902 Artículo 1. 26 AMG. Reglamento de cañerías, 1902, Artículo 19 y 20.

Page 10: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

este servicio sin pagar ningún impuesto” 27 y para 1904 “La oficina de Agua y

Drenaje de la ciudad instaló paulatinamente 914 nuevas tomas de agua y 23

cambios de conexión…”28 Se calcula que para 1908 cerca de 20,000 tomas

domiciliarias estaban conectadas a la tubería de los acueductos” 29 .

Avanza el siglo y las condiciones reglamentarias se transforman para

proteger la cantidad y los tipos de usos del agua potable por lo que ya en 1923 el

capítulo I De las Mercedes de Agua aclara que “las mercedes de llave libre sólo se

concederán para usos domésticos; las otras son obligatorias para usos industriales,

pero a solicitud del interesado, se concederán también para usos domésticos.”30 Y

había una obligatoriedad de tener agua potable por lo que “ toda finca en

Guadalajara, que tenga uno de sus frentes a la calle por donde pase la cañería

distribuidora de las aguas de la ciudad, debe tener una merced de agua”31. Es

curioso que todavía se les siga llamando mercedes de agua cuando a su vez se les

menciona como concesiones de agua. Esto es importante señalarlo ya que la

privatización del agua se hace cada vez más evidente incluso dependiendo de los

usos que se les dé.

27 Olveda Jaime, La modernización urbana, pp.210-211 28 Memorias de la XXI legislatura, 1904, Coronel Miguel Ahumada. 29 Jiménez Pelayo, Agueda, ”Agua para Guadalajara”, p.85-87. 30 AMG Ramo misceláneas, 1923/0001 Reglamento para el abastecimiento de agua a la ciudad. 31 Ibid, artículo 7.

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Los pagos del agua en la ciudad

El consumo ya se establece en tablas de pagos mínimos que en el reglamento de

1921 “el servicio del agua potable debe pagarse al Ayuntamiento por volumen de

agua consumida en dos formas. La primera es que los consumos consignados…los

pagará el propietario de la finca por bimestres adelantados; el segundo es que los

excedentes de los consumos mínimos los pagarán los propietarios de las fincas por

meses vencidos con cargo a los inquilinos”.32 Y además el hecho de que el servicio

sea interrumpido por cualquier causa no exime a los propietarios de pagar íntegro

por los consumos mínimos establecidos.33 El agua que se consumía se

contabilizaba por medio de aparatos medidores y “si hubiera una mala lectura o un

cálculo equivocado, le será devuelto lo que haya pagado injustificadamente”34

Para el año de 1921 la tabla tarifaria del consumo mínimo mensual y precio del agua

quedó como sigue:

TABLA DE CONSUMO MÍNIMO MENSUAL Y PRECIO DEL AGUA (Resumido)

VALOR

CATASTRAL

CONSUMO

MÍNIMO

PRECIO POR 1000

LITROS

IMPORTE AL MÍNIMO

De $ 1.00 a 500. 15. litros $o.08 1.20

80.001 a 90.000.00 115. litros 0.10 11.50

90.001 en adelante 125. litros 12.50

Fuente: AMG Periódico Oficial del Estado de Jalisco 3 de septiembre de 1921.

Por un lado hay un impuesto obligatorio y por otro una clasificación de los

usos del agua debido a que “para el cómputo de las mercedes a llave libre se tomará

como base 1. El valor catastral de las casas subdividido según el número de

habitaciones, o departamentos destinado a otro objeto, como cantinas, fondas,

establecimientos comerciales, étc.”…II”Y en las casas de vecindad llamadas

32 AMG-Ramo Misceláneas, 1921-0004 Periódico Oficial del Estado de Jalisco. 33 Ibidem. 34 Ibid.

Page 13: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

alcaicerías, hoteles, casas de huéspedes, mesones, étc., cada lote de diez cuartos

de habitación o fracción mayor de cinco.”35

“Las fincas en que se utilice el agua en usos industriales o similares, como

fabricación de alcholes, calderas de vapor, baños y lavaderos públicos, huertos de

riego, étc., tomarán por lo menos una merced, que será siempre por volumen y por

contadr. La calificación de si el agua se aprovecha en usos domésticos o

industriales, corresponde al Ayuntamiento”36 y respecto a los usos “son libres los

propietarios para distribuir el agua en el interior de sus fincas como mejor les

convenga”37

Las especificaciones en la calidad no solo del agua sino también de las

cañerías son acordes con el progreso en la información que dotaba la ciencia

médica sobre las consecuencias en la salud. Así que “la cañería que se use será de

fierro y las llaves de salida serán de bronce”38.

Para 1950, las tarifas distinguían entre el servicio doméstico y servicio a

medidor con un valor denominado “valor fiscal” .

PRECIO DEL AGUA Y SANEAMIENTO POR BIMESTRE AÑO 1950

VALOR FISCAL IMPORTE BIMESTRAL

Hasta 3,000.= 12.00

De 3,001. A 10,000.= 18.00

De 60,001.= en adelante 36.00

Fuente: AMG Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en

el Municipio de Guadalajara, Jalisco de enero de 1950

El precio había aumentado significativamente y las indicaciones eran

básicamente las mismas. Pero se hicieron preferencias ya que “los edificios públicos

del gobierno Federal, del Estado y del municipio recibirán gratuitamente el volumen

35 Ibidem. 36 Ibid, artículo 8. 37 Ibid. Artículo 11. 38 Ibidem, artículo11.1 y 11.II

Page 14: Las concesiones de agua potable doméstica y las … · desprendían también los usos del agua para beber, cocinar y asear. ... del cuartel quinto, ... doméstica de agua o para

de agua que necesiten a juico del Ayuntamiento”39 expuesto en el artículo 6 del

nuevo Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en el

Municipio de Guadalajara, Jalisco de 1950.

La ciudad creció y los lineamientos respecto al agua se relacionaron

intrínsecamente con la conurbación y la edificación en sus reglamentos. Así el

Reglamento de Edificación e Higiene urbana de 1925 señalaba que para el asunto

de las nuevas colonias debían cumplir con lo siguiente:

Art.140.- Para que un terreno pueda ser urbanizado deberá llenar los requisitos

siguientes:

I. Que esté contiguo a una parte de la ciudad.

II. II. Que el dueño o dueños del terreno soliciten la urbanización de él.

Dicha solicitud será por escrito al Ayuntamieto y acompañando a ella los

planos de la colonia que pretenden fundar.

III. IV. Que en los terrnos por colonizarse exista el agua necesaria para los

servicios urbanos…

IV. V. Que los solicitantes se comprometan a construir…una red de

colectores análoga a la que existe en la ciudad y a conectarla, bajo la

inspección del Ayuntamiento , con los colectores generales.

V. VII Que los dueños se comprometan a pavimentar sus calles y las

banquetas

VI. Art. 161. En las casas situadas en las calles donde no haya colector de

drenaje, se usará algún otro modelo de letrinas aprobadas por el

Consejo Superior de Salubridad.40

39 AMG Reglamento para el Servicio Municipal de Agua Potable y Saneamiento en el Municipio de Guadalajara, Jalisco de enero de 1950. 40 AMG Reglamento de Edificación e Higiene Urbana. Alineamientos Rasantes, Ayuntamiento de Guadalajara, 1925.

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Plano de la ciudad en 1905 con las líneas de tranvías y sistema de cañerías.

Fuente: AHJ Mapoteca Histórica, Catálogo de la Mapoteca Histórica del Estado

de Jalisco, 1905.

LA ERA DEL SIAPA

NOTA ACLARATORIA: respetable lector, el documento completo se puede encontrar

próximamente en el libro “Servicios públicos en España y México” de la Universidad de Málaga,

2018 coordinado por la Dra. Alicia Torres R., por lo que por Derechos de Autor no se puede citar

este trabajo en otro formato de publicación.