las acciones para la defensa de los derechos de patente

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  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    Las acciones para la defensa de

    los derechos de patenteLa Antigua, 12 de diciembre de 2012

    XI Seminario Regional sobre Propiedad Intelectual para jueces y fiscales deAmrica Latina. Entidades organizadoras: OMPI, OEP, OEPM, AECID

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    ALGUNAS PALABRAS PREVIAS (I)

    Derecho de patentes: historia de un equilibriolegtimos intereses de los titulares del derecho /intereses generales

    Contexto econmico actual: necesidad dereproducir ese equilibrio a nivel mundial

    Pero derecho territorial:

    Proteccin Estado por Estado Conforme a la lex loci protectionis

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    ALGUNAS PALABRAS PREVIAS (II)

    Efectos perniciosos Fragmentacin del derecho

    Distinto grado de proteccin y recordemos la importancia crucial de los DPI en el escenario

    econmico mundial actual

    Marco normativo multilateral como solucin (CUP y A-ADPIC)

    Remisin a las legislaciones nacionales de los Estadosparte (!)

    Sin embargo, establecimiento de un nivel bsico comn,ampliable en funcin de las decisiones de cada Estado

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    OBJETO DE LA PONENCIA

    mbito normativo de estudio: A-ADPIC / RCSPICA/ Derecho regional europeo Espaa

    Cuestiones

    Obligaciones impuestas por el A-ADPIC

    Proteccin por va penal/proteccin por va civil

    Proteccin por la va civil

    Tipologa de las acciones

    Actuacin cautelar

    Cuestiones relativas a la configuracin del proceso

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    OBLIGACIONES IMPUESTAS POR AADPIC

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    OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL AADPIC ARTCULO 41 (I)

    No obligacin de instaurar un sistema judicialpara la observancia de los DPI distinto del yaexistente

    Notas que deben reunir los procedimientosde observancia de los DPI: En cuanto a su objeto

    En cuanto a sus principios informadores En cuanto a su configuracin

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    OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL AADPIC ARTCULO 41 (II)

    Notas que deben reunir los procedimientos de observanciade los DPI

    En cuanto a su objeto Adopcin de MEDIDAS EFICACES Recursos giles para PREVENIR Recursos eficaces para DISUADIR (Evitacin de la creacin de obstculos al comercio legtimo

    previsin de salvaguardas contra el abuso)

    En cuanto a sus principios informadores

    Justos y equitativos No complicados o gravosos de forma innecesaria

    No plazos injustificables o retrasos innecesarios

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    OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL AADPIC ARTCULO 41 (III)Notas que deben reunir los procedimientos de observancia de los

    DPI

    En cuanto a su configuracin: Decisiones de fondo preferiblemente por escrito y razonadas.

    Solo se basarn en pruebas acerca de las cuales se haya dado a laspartes la oportunidad de ser odas.

    Posibilidad de revisin judicial de al menos los aspectos jurdicos de lasdecisiones judiciales iniciales sobre el fondo del asunto (con sujecina las disposiciones de competencia jurisdiccional previstas en la

    legislacin de cada Miembro relativa a la importancia de un caso).

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    PROTECCIN POR VA PENAL/POR VA CIVIL

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    PROTECCIN POR VA PENAL/POR VACIVIL (I)Proteccin por la va penal

    Caracterizacin general Conductas que causan mayor alarma social Tipificacin en los respectivos Cdigos Penales

    Pros Actuacin de oficio Rapidez en la respuesta/Efectividad Menores costes

    Cons Operatividad condicionada al perfecto ajuste con los elementos del tipo Compensacin econmica

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    PROTECCIN POR VA PENAL/POR VACIVIL (II)Proteccin por la va civil Caracterizacin general

    Atienden a las diferentes situaciones conflictuales que puedan surgir entre competidores Regulacin ad hoc (acciones y remedios)

    Pros Mayor amplitud de conductas enjuiciables Mayor control por parte del interesado (principio dispositivo) No necesidad de acreditar el elemento subjetivo para conseguir que cese la infraccin Amplio espectro de remedios contra las infracciones/Resultados ms amplios Posibilidad de extender el objeto de la tutela ms all de la mera infraccin de PI (C.D.)

    Cons Requieren del titular una actitud proactiva Complejidades procesales Tema de la prueba Gastos

    Tiempo de respuesta

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    PROTECCIN POR LA VA PENAL

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    PROTECCIN POR VA PENALPREVISIONES NORMATIVAS CONCRETAS A-ADPIC: ARTCULO 61

    AL MENOS para los casos de falsificacin dolosa de marcas defbrica o de comercio o piratera lesiva del derecho de autor aescala comercial en particular cuando se cometa con dolo y a escala comercial

    Penas SUFICIENTEMENTE DISUASORIAS y COHERENTES

    (homologables)

    RCSPI CA, Artculo 257 (falsificacin de marcas)

    Cdigo Penal Espaa, Artculo 273: finalidad industrial o comercial,no consentimiento del titular de la patente, conocimiento de que la

    patente est registrada.

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR LA VA CIVILTIPOLOGA DE LAS ACCIONES

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR VA CIVIL TIPOLOGADE LAS ACCIONES A ADPIC(I)

    Accin indemnizatoria Artculo 45

    Principio de resarcimiento adecuado

    Infractor que, sabindolo o teniendo motivosrazonables para saberlo/NO sabindolo o teniendomotivos razonables para saberlo, haya desarrollado unaactividad infractora.

    Principio de puesta a cargo del infractor de losgastos del titular del derecho (honorarios de

    abogados).

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR VA CIVIL TIPOLOGADE LAS ACCIONES AADPIC(II)

    Otros recursos Artculo 46: Retirada de las mercancas infractoras de los circuitos

    comerciales sin indemnizacin; Destruccin siempre que ello no sea incompatible con

    disposiciones constitucionales vigentes; Retirada de los materiales e instrumentos que se hayan

    utilizado predominantemente para la produccin de losbienes infractores de los circuitos comerciales sinindemnizacin

    Necesidad de que haya proporcin entre la gravedadde la infraccin y las medidas ordenadas, yconsideracin de los intereses de terceros

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR VA CIVIL TIPOLOGADE LAS ACCIONES RCSPI-CAARTCULO

    241 Enumeracin meramente ejemplificativa (entre otras):a. CESACIN de los actos de violacinb. INDEMNIZACIN de los daos y perjuicios sufridosc. RETIRADA de los circuitos comerciales de los productos resultantes de la

    infraccin, as como los materiales y medios que sirvieran

    predominantemente para cometer la infraccin.d. PROHIBICIN DE LA IMPORTACIN O LA EXPORTACIN de los productos,

    materiales o medios anteriormente referidos.e. ATRIBUCIN EN PROPIEDAD de los objetos retirados (su valor se

    imputar a la indemnizacin de daos y perjuicios).f. Medidas necesarias para EVITAR QUE PROSIGA (continuacin o

    repeticin), incluyendo la DESTRUCCIN de los objetos o medios

    retirados y el CIERRE temporal o definitivo del establecimiento deldemandado.

    g. PUBLICACIN de la sentencia condenatoria y notificacin a las personasinteresadas, a costa del condenado

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR VA CIVIL TIPOLOGADE LAS ACCIONES LP - ESARTCULOS 62

    - 63 COMPARACIN LP RCSPI CA:

    Diferencias de matiz en cuanto al contenidoposible de la tutela

    Medidas contra intermediarios cuando seanapropiadas

    Objetivas, proporcionadas y no discriminatorias.

    Plazo prescriptivo

    Accin negatoria

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    PROTECCIN POR LA VA CIVILACTUACIN CAUTELAR

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    ACTUACIN CAUTELAR

    Problemas que eventualmente puedenpresentarse en la fase comicial:

    Paralizar con rapidez los daos que la infraccin

    provoca Asegurar los medios de prueba

    Saber si efectivamente se est produciendo unaviolacin

    Preparar con garantas el juicio

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    ACTUACIN CAUTELAR AADPICARTCULO 50MEDIDAS PROVISIONALES

    MEDIDAS CAUTELARES RPIDAS Y EFICACES destinadas a: Evitar que se produzca la infraccin Preservar las pruebas pertinentes

    Presupuestos: PRUEBA de la que razonablemente se disponga y permita establecer

    con un grado suficiente de certidumbre la titularidad del derecho y lainfraccin

    Fianza o garanta equivalente suficiente

    Posibilidad de adopcin inaudita parte A peticin del demandado, REVISIN

    Iniciacin del procedimiento sobre el fondo del asunto en un plazorazonable

    Indemnizacin adecuada al demandado, si las medidasprovisionales quedan sin efecto por cualquier causa

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    ACTUACIN CAUTELAR RCSPI CAARTCULOS 245-249 DE LAS MEDIDAS

    CAUTELARES Artculo 245: Quien INICIE O VAYA A INICIAR una accin por infraccin

    podr solicitar MEDIDAS CAUTELARES INMEDIATAS con el objeto de: impedir la comisin de la infraccin, evitar sus consecuencias, obtener o conservar pruebas, o asegurar la efectividad de la accin o el resarcimiento de los daos y perjuicios

    Identidad sustancial con A-ADPIC en: Presupuestos Posibilidad de revisin en el caso de adopcin inaudita parte

    Plazo compulsorio para la iniciacin del proceso principal en el caso demedidas adoptadas inaudita parte (10 das contados desde la ejecucin de

    la medida) y salvo norma interna en contrario. Tipologa: artculo 246 Lista ejemplificativa (entre otras) Posibilidad de adopcin de oficio si la norma nacional del Pas Miembro

    lo permite.

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    ACTUACIN CAUTELAR LP ES MEDIDASCAUTELARES

    Medidas tendentes a asegurar la efectividad de la accinpor violacin. Dems aspectos: objeto de regulacin especfica

    Aseguramiento de prueba Diligencias de comprobacin de hechos Diligencias preparatorias

    Tipologa: Identidad sustancial con RCSPI

    Especialidades destacables:

    Fianza sustitutoria Tambin, cuando sean apropiadas, contra intermediarios

    (objetivas, proporcionadas y no discriminatorias)

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    CUESTIONES RELATIVAS A LACONFIGURACIN DEL PROCESO

  • 7/29/2019 Las Acciones Para La Defensa de Los Derechos de Patente

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    CUESTIONES RELATIVAS A LA CONFIGURACINDEL PROCESO (I) AADPIC

    Artculo 42. Procedimientos justos y equitativos Derecho de los demandados a recibir aviso por escrito en tiempo oportuno y

    con detalles suficientes, con inclusin del fundamento de la reclamacin. Derecho de las partes a estar representadas por un abogado independiente Los procedimientos no impondrn exigencias excesivamente gravosas en

    cuanto a las comparecencias personales obligatorias. Derecho de las partes a efectuar las alegaciones y presentar todas las pruebas

    pertinentes El procedimiento deber prever medios para identificar y proteger la

    informacin confidencial, salvo que ello sea contrario a las prescripcionesconstitucionales existentes.

    Artculo 48. Indemnizacin al demandado en caso de abuso delprocedimiento

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    CUESTIONES RELATIVAS A LA CONFIGURACINDEL PROCESO (II)

    Competencia

    Objetiva - Juzgados especializados?

    Territorial Fueros electivos?

    Legitimacin activa Titular/Licenciatarioexclusivo/Licenciatario no exclusivo

    Legitimacin pasiva Infractor/Tercerosintermediarios no infractores

    Prueba

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    MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIN espero no haberles cansado demasiado

    [email protected]