laminas terminadas de tecnologia

21
UNIVERSIDAD SANTA MARÍA DECANATO DE POSTGRADO Y EXTENSIÓN DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN ESPECIALIZACIÓN EN PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN “TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y SUS APLICACIONES EN EL CAMPO EDUCATIVO” GRUPO A-26 Integrantes: Albornoz, José Álvarez, Betzaida González, Servidea Hernández, Rossy Rosa, Juan Profesora: Mag Guadalupe Poleo Bases legales de las TIC CARACAS, OCTUBRE DE 2013

Upload: rossy-milena-hernandez-garcia

Post on 11-Jul-2015

220 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Laminas terminadas de tecnologia

UNIVERSIDAD SANTA MARÍA

DECANATO DE POSTGRADO Y EXTENSIÓN

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN

ESPECIALIZACIÓN EN PLANIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

“TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y SUS

APLICACIONES EN EL CAMPO EDUCATIVO”

GRUPO A-26

Integrantes:

Albornoz, José

Álvarez, Betzaida

González, Servidea

Hernández, Rossy

Rosa, Juan

Profesora:

Mag Guadalupe Poleo

Bases legales de las TIC

CARACAS, OCTUBRE DE 2013

Page 2: Laminas terminadas de tecnologia

CONTENIDO

BASES

LEGALES

Constitución de

la Republica

Bolivariana de

Venezuela

Ley Orgánica

de Educación

Ley Orgánica de

telecomunicaciones

Ley Orgánica

de la Juventud

Ley orgánica para la

protección de niños,

niñas y adolescente

Decretos y

Resoluciones

3390 y 825

Page 3: Laminas terminadas de tecnologia
Page 4: Laminas terminadas de tecnologia

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 108 Artículo 110

El Estado reconocerá el

interés publico en la

ciencia, la tecnología, el

conocimiento, la

innovación y sus

aplicaciones como

instrumentos

fundamentales para el

desarrollo económica,

social y político del país.

Los medios de

Comunicación

públicos y privados,

deben contribuir a

la formación

ciudadana.

Page 5: Laminas terminadas de tecnologia

LEY ORGÁNICA DE

EDUCACIÓN

Artículo 3 Artículo 4

Artículo 9

Page 6: Laminas terminadas de tecnologia

LEY ORGÁNICA DE

TELECOMUNICACIONES

Artículos 1

Esta ley tiene por objeto

establecer el marco legal de

regulación general de las

telecomunicaciones, a fin de

garantizar el derecho humano de

las personas a la comunicación y

a la realización de las actividades

económicas de telecomunicación

necesarias, sin más limitaciones

que las derivadas de la

constitución y las leyes.

Page 7: Laminas terminadas de tecnologia

Objetivos Generales

Artículos 2

Los Objetivos

Generales

Servicio de

telecomunicaciones Establecer medios

de radiodifusión

sonora y televisión

abierta

Promover la utilización

de las tecnología y redes

Promover la

investigación , desarrollo

y transferencia

tecnológica en materia

de telecomunicaciones

Impulsar la

integración del

espacio geográfico y

la cohesión

económica-social

Promover la inversión

nacional e

internacional para la

modernización y el

desarrollo del sector

de

telecomunicaciones

Page 8: Laminas terminadas de tecnologia

Artículo 208

disposiciones

transitorias

Decreto 2427.Fecha 01-02-

1984 Reglamento de

Radiocomunicaciones Resolución 703.

Fecha 06-03-1969

Regula los

programas de

concurso

Decreto 1200. Fecha

11-09-1981 Prohíbe

publicidad de

bebidas alcohólicas Decreto 598. Fecha

03-12-1974.

Inclusión del 50%

de programas de

música venezolana

Decreto 996. Fecha

19-03-1981 Prohíbe

la publicidad del

cigarrillo.

Decreto 525. Fecha

12-01-1959

Reglamentos general

de alimentos

publicados

Page 9: Laminas terminadas de tecnologia

CONATEL

Art 1. Difusión y

recepción de mensajes ,

la responsabilidad

social.

Art 5. Programa

culturales y

educativos. Valores del

humanismo

Art 10. Estado

difundirá sus

mensajes a través

de radio y

televisión

Art 12. Derecho del

usuario (a): participar en

el proceso de

formulación, ejecución,

evaluación

Art 12. Presentar

proyectos de

educación para la

percepción crítica de

los mensajes

Art 14.Difundir 3

horas diarias

programas culturales

y educativos,

informativos o de

opinión y recreativo

para niños (a) y

adolescentes

Page 10: Laminas terminadas de tecnologia

LEY ORGÁNICA

DE LA

JUVENTUD

LEY NACIONAL DE LA

JUVENTUD

Artículos: 28,29,38; el estado

promoverá la educación a

distancia para jóvenes y adultos

en todos los niveles educativos y

se reconocerán como propias la

invenciones, creaciones

científicas, tecnológicas y

culturales.

Page 11: Laminas terminadas de tecnologia

LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCION DE

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

Fue publicada en gaceta oficial n 39.824 del 20 de diciembre de

20011.

Capítulo II

Derechos, Garantías y Deberes.

Artículos 67, 68,69, 70, 71, 72,73,74,75,76,77,78

Page 12: Laminas terminadas de tecnologia

Artículo 67. Derecho a la libertad de expresión: Derecho a

expresar libremente su opinión y a difundir ideas, imágenes e

información de todo tipo.

Artículo 68. Derecho a la información: Derecho a recibir, buscar

y utilizar todo tipo de información que sea acorde con su

desarrollo.

Artículo 69. Educación crítica para medios de comunicación:

El estado debe garantizar la educación dirigida.

LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE

NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES.

(L.O.P.N.N.A)

Page 13: Laminas terminadas de tecnologia

Artículo 70. Mensajes de los medios de Comunicación acorde

con necesidades de los niños, niñas y adolescentes: los medios de

comunicación de cobertura nacional, estadal y local tienen la

obligación de difundir mensajes dirigidos a los niños, niñas y

adolescentes.

Artículo 71. Garantía de mensajes e informaciones adecuadas:

Durante el horario recomendado o destinado a público de niños,

niñas y adolescentes o a todo público.

Artículo 72. Programaciones dirigidas a niños, niñas y

adolescentes: Las emisoras de radio y televisión tienen la obligación

de presentar programas de la mas alta calidad.

Page 14: Laminas terminadas de tecnologia

Artículo 73. Del fomento a la creación, producción y difusión de

información dirigida a niños, niñas y adolescentes: El estado debe

fomentar la creación, producción y defunción de materiales

informativos, libros, publicaciones, obras artísticas y producciones

audiovisuales, radiofónicas y multimedia.

Artículo 74. Envoltura para los medios que contengan

informaciones e imágenes inadecuadas.

Artículo 75. Informaciones e imágenes prohibidas.

Artículo 76. Acceso a espectáculos públicos, salas y lugares de

exhibición: Todos los niños, niñas y adolescentes pueden tener

acceso a los espectáculos públicos.

Page 15: Laminas terminadas de tecnologia

Artículo 77. Información sobre espectáculos públicos,

exhibiciones y programas: Los y las responsables de los

espectáculos deben de fijar de forma visible la información sobre

el espectáculo o de la exhibición.

Artículo 78. Prevención contra juegos computarizados y

electrónicos nocivos: Los y las responsables, trabajadores de la

empresa o establecimientos que vendan, permuten o alquilen

videos, juegos computarizados, electrónicos o cualesquiera

multimedia deben cumplir con las regulaciones pertinentes.

Page 16: Laminas terminadas de tecnologia

MINISTERIO

DE CIENCIA Y

TECNOLOGÍA

Artículo 5.

Las actividades de ciencia, tecnología, innovación

y sus aplicaciones, así como, la utilización de los

resultados, deben estar encaminadas a contribuir

con el bienestar de la humanidad, la reducción de

la pobreza, el respeto a la dignidad, a los

derechos humanos y la preservación del

ambiente.

Artículo 54. Promoción y estímulo del talento

humano. El Ejecutivo Nacional promoverá y

estimulará la formación y capacitación del talento

humano especializado en ciencia, tecnología e

innovación y sus aplicaciones, para lo cual

contribuirá con el fortalecimiento de los estudios

de postgrado y de otros programas de

capacitación técnica y gerencial.

Page 17: Laminas terminadas de tecnologia

Decretos 3390

Resoluciones 825 Norma el acceso y uso

de internet como

política prioritaria

para el desarrollo

cultural ,económico y

social del País.

10-05-2000.

Obliga a la administración

publica nacional a emplear

el Software Libre

Art 1 Software libre

desarrollando

estándares abiertos

Art 1 uso de internet como política

prioritaria para el desarrollo

cultural, económico, social y

político del país.

Art 5.Directrices tendente a

instruir sobre el uso de internet.

Art 8 En un plazo no mayor de 3

años ,el 50 % de los programas

educativos deben estar disponibles

en formatos de internet.

Page 18: Laminas terminadas de tecnologia

ASPECTOS DEL SISTEMA EDUCATIVO

BOLIVARIANO QUE INSTA AL USO DE LAS TICLa Dirección General de Tecnología de Información para el

Desarrollo Educativo. Asume el tema de la Incorporación de las

Tecnologías de la Información y la Comunicación en el proceso de

enseñanza aprendizaje.

Las TIC„s en los espacios y procesos educativos, contribuye al

desarrollo de potencialidades para su uso; razón por la cual el SEB,

en su intención de formar al ser social, solidario y productivo,

usuario y usuaria de la ciencia y tecnología en función del bienestar

de su comunidad, asume las TIC„s como un eje integrador que

impregna todos los componentes del currículo, en todos los

momentos del proceso.

Page 19: Laminas terminadas de tecnologia

Sistema

Educativo

Bolivariano

Orientado al ser social.

De inclusión

social.

Para la

producción.

De formación

integral.Como centro

del quehacer

comunitario.

De creación.

De

comunicación

alternativa.

Como innovación

pedagógica.

Page 20: Laminas terminadas de tecnologia

Aspectos generales del Proyecto de Normativa de la

Educación Superior a Distancia

Esta basada en el uso intensivo de las nuevas tecnologías,

estructuras operativas flexibles y métodos pedagógicos

altamente eficientes en el proceso enseñanza-aprendizaje

Finalidad Objetivo Generales

Promover el uso de

diferentes tecnologías

entre ellas; digitales,

audiovisuales e impresas.

Ampliar las oportunidades

de estudios

Favorecer la igualdad de

oportunidades

Page 21: Laminas terminadas de tecnologia

GRACIAS POR SU

ATENCIÒN