la unión obrera de elciego

18

Upload: jesus-fernandez-ibanez

Post on 14-Jul-2015

285 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: La Unión Obrera de Elciego
Page 2: La Unión Obrera de Elciego
Page 3: La Unión Obrera de Elciego
Page 4: La Unión Obrera de Elciego
Page 5: La Unión Obrera de Elciego
Page 6: La Unión Obrera de Elciego
Page 7: La Unión Obrera de Elciego

En la Villa de Elciego a 15 de mayo de 1914 1.- Los peones ajustados desde Candelas hasta el veinte de Junio ganará dos pesetas cincuenta céntimos todos los días laborables; y los peones sueltos en febrero, dos pesetas 25 céntimos. En marzo dos pesetas cincuenta céntimos. En Abril dos pesetas setenta y cinco céntimos. En Mayo tres pesetas y en Junio tres pesetas cincuenta céntimos.2.-Los peones ajustados desde el 21 de junio hasta San Bartolomé ganarán tres pesetas y los a suelto ganarán tres pesetas cincuenta céntimos.3.-Los peones ajustados desde San Bartolomé hasta Candelas ganarán una peseta setenta y cinco céntimos y los a sueltos dos pesetas. En la vendimia ganarán lo mismo que en invierno y septiembre, más la manutención o una peseta cincuenta céntimos por abono de ella.

Page 8: La Unión Obrera de Elciego

4.-Los precios de saca y trujal serán de dos pesetas 75 céntimos más la manutención o una peseta cincuenta céntimos por abono de ella.5.-La siega a destajo se pagará a seis pesetas 25 céntimos por fanega de tierra. En la siega a jornal se ganarán tres pesetas cincuenta céntimos y la olla del medio día o cincuenta céntimos como abono de ella.6.- En las faenas de acarreo y trilla se ganarán tres pesetas.7.- Los ajustados en toda época se dedicarán indistintamente a todas las faenas, sin aumento de jornal, excepto en vendimias, sacas, trujal y trasmudas.8.-En trasmudas, cuándo éstas se hagan en Febrero, el peón suelto ganará veinticinco céntimos más que el jornal estipulado y una peseta cincuenta céntimos o la manutención en cambio.

Page 9: La Unión Obrera de Elciego

9.- Horas de trabajo: se saldrá del pueblo en el mes de febrero a las siete y media. En Marzo a las siete. En Abril a las seis y media. Y desde Mayo hasta el 1º de septiembre a las seis. En septiembre a las siete. En Octubre a las siete y media. Y desde Noviembre hasta Candelas a las ocho.Vendimia: se saldrá a las cinco y media hasta la puesta del solSaca y Trujal: se bajará al trabajo a las seis de la mañana y se dejará a las siete de la tarde, yen el caso de que la labor no se haya terminado y el amo desee concluirla, será obligación de los obreros, abonándoseles cincuenta céntimos por cada hora extraordinaria que trabajen, y no llegando a la hora, será gratuito.En la siega a jornal se saldrá a trabajar a las cinco y media y se descansará las mismas horas que en los meses que se haga esta operación.En acarreos y trillas se empezará a trabajar a las cinco y media. El acarreo se dejará a la puesta del sol y en las eras a las nueve. Si la labor no se hubiera terminado para dicha hora y el amo desee terminarla, será obligación de los obreros trabajar abonándoseles cincuenta céntimos por cada hora extraordinaria.En las vendimias, en las Bodegas del Sr. Marqués de Riscal y Bilbaínas, trabajarán diez horas diarias y ganarán tres pesetas cincuenta céntimos y por cada hora extraordinaria cincuenta céntimos.

Page 10: La Unión Obrera de Elciego

10.- Descansos: Llegada a la Heredad se descansará cincuenta minutos para almorzar; esta base regirá para todo el año, exceptuándose las épocas de recolección. En Febrero veinte minutos a las nueve y media, a las once un cuarto de hora y a merendar media hora. En Marzo bocadillos media hora, a las once un cuarto de hora, a mediodía hora y media, a las tres un cuarto de hora y a merendar media hora. En Abril, a las nueve un cuarto de hora, a las diez veinte minutos, a las once un cuarto de hora , a mediodía siete cuartos de hora, a las tres un cuarto de hora, a merendar media hora y trago de rabia un cuarto de hora. Desde Mayo hasta 1º de septiembre, a las ocho y media un cuarto de hora, a las nueve y media, media hora, a las once un cuarto de hora, a medio día dos horas, a las tres un cuarto de hora, a merendar media hora, trago de rabia un cuarto de hora. En Septiembre a las nueve y media, media hora, a las once un cuarto de hora, a medio día dos horas, a las tres un cuarto de hora, a merendar media hora y trago de rabia un cuarto de hora. En Octubre, a las diez un cuarto de hora, a las once un cuarto de hora, a medio día cinco cuartos de hora a las tres un cuarto de hora, a merendar media hora. Desde Noviembre hasta Candelas, a las diez veinte minutos, a medio día cinco cuartos de hora, a las tres un cuarto de hora y a merendar media hora. Se exceptúa este descanso en las épocas de recolección que se aclarará la siguiente base y el trabajo en todo tiempo se dejará a la puesta del sol.

Page 11: La Unión Obrera de Elciego

11.- Vendimia. Descanso: a almorzar media hora, bocadillos. En acarreo a carro media hora. En acarreo a lomo un cuarto de hora. Comer una hora y merendar media hora.12.- Saca y Trujal. Descanso a almorzar media hora, a medio día una hora y a merendar media hora. En Trasmudas: se empezará el trabajo a la misma hora que en las faenas del campo. Descanso: a almorzar media hora, a las diez media hora, a mediodía lo mismo que en las faenas del campo, según la época en que se haga la operación; a merendar media hora. Se dejará el trabajo a la puesta del sol.13.-Los chicos desde quince años en adelante ganarán desde San Bartolomé hasta Candelas, excepto las vendimias, una peseta veinticinco céntimos; en vendimias dos pesetas y si se les mantiene, una peseta. En los meses de Febrero y Marzo, una peseta cincuenta céntimos; y desde Abril hasta San Bartolomé una peseta setenta y cinco céntimos. Los intermedios entre chicos y peones ganarán en todo tiempo veinticinco céntimos menos que los peones. Estos y los chicos trabajarán y descansarán las mismas horas que los peones según las épocas.

Page 12: La Unión Obrera de Elciego

14.- Las mujeres ganarán a escardar e injertar, una peseta veinticinco céntimos y a espergurar, sulfatar y azufrar, una peseta setenta y cinco céntimos. Descanso: a almorzar media hora, a las diez media hora, a mediodía dos horas y a merendar media hora. Salida a trabajar a las siete hasta la puesta del sol.15.- Los yugueros ganarán catorce pesetas semanales y quedará el patrono obligado a abonar cincuenta pesetas por la renta de la casa o proporcionarle vivienda según se convenga entre ambos. Los Domingos que trabajen se les abonará una peseta exceptuando la vendimia que se les dará la manutención o en cambio una peseta cincuenta céntimos. Los Yugueros de la casa del Sr. Marqués de Riscal, saldrán a trabajar a la misma hora que los peones en todo tiempo, en compensación a que no tienen que arreglar el ganado, como lo hacen los demás del pueblo. Siendo obligatorio el trabajo todos los días festivos, excepto los Domingos, excepción hecha de las épocas de recolección, de cereales, vendimias y tratamiento de plagas, siempre que el patrono los necesite abonándoles el salario o prorrateo de la jornada. Los yugueros en todas épocas cumplirán sus obligaciones trabajando y descansando como de costumbre.

Page 13: La Unión Obrera de Elciego

16.- Bodegueros: los peones de las Bodegas del Sr. Marqués de Riscal, ganarán en todo tiempo, dos pesetas cincuenta céntimos todos los días laborables. En el caso de que vayan al campo por falta de trabajo en la Bodega, se les abonará las mismas dos pesetas cincuenta céntimos citadas arriba y trabajarán y descansarán las mismas horas que los obreros del campo según los meses. Será obligación de trabajar los días festivos que la casa los necesite abonándoles a prorrateo las horas de trabajo extraordinario. Las horas de trabajo extraordinarias en los días laborables, se les abonará cincuenta céntimos por cada hora. Horas de trabajo: trabajarán diez horas en todo tiempo y tendrán los descansos que hasta la fecha se han observado.

Page 14: La Unión Obrera de Elciego

OBSERVACIONES 1.- A los peones ajustados será obligación del amo darles las herramientas necesarias.2.- Será obligación de los amos llevar las comidas a sus peones cuando éstos sean de dos en adelante, desde 1º de Marzo hasta el veinte de Junio.3.- Las quejas por falta de cumplimiento del contrato las entenderá y decidirá la Autoridad competente.4.-Se abonará un cuarto de día, si después de salir los peones al campo y no se pudiera trabajar por la lluvia, y una vez empezado se les abonarán las horas que trabajen a prorrateo.5.-Para las horas de salida será obligación que el reloj de el patrono se rija con el de la Estación.6.-Admisión de todos los obreros que tenían a su servicio antes del conflicto.7.-Si algunos obreros no quisieran volver al trabajo y por esta causa u otras razones lo patronos tuvieran necesidad de aumentar el número de obreros, lo podrán hacer libremente siendo preferidos los de la localidad que reúnan las aptitudes necesarias para el trabajo.

Page 15: La Unión Obrera de Elciego

8.-Este contrato empezará a regir desde el 1º de Junio del corriente año, xceptuándose los que tengan contratos particulares hasta el 1º de septiembre del año actual, los que continuarán con las estipulaciones que tengan acordadas entre patronos y obreros.9.-Tanto el patrono como los yugueros y demás obreros que tengan contrato por año, tendrán obligación de avisarse mutuamente con ocho días de anticipación a la terminación del mismo, su continuación o rescisión.10.- Los casos no previstos en estas bases se someterán a la resolución de la Junta local de reformas sociales o del Tribunal Industrial, cuando se constituya, y comprometiéndose ambas partes a aceptar su fallo.

Page 16: La Unión Obrera de Elciego

De estar conformes con las anteriores bases y modificaciones introducidas por el Sr. Delegado, firman a continuación los individuos de la Junta Directiva de la Sociedad “Unión Obrera” autorizados por la Junta General y todos los patronos a quienes afectaba este conflicto. Firman por la Junta Directiva: Urbano Sáez, David Lamaza, Luis Palacios, Ciriaco Morga, Gregorio Entrena, Tomás Palacios, Juan Palacios, Víctor García y Abundio Calaza.Por los patronos: Jorge Dubos ( por orden de los señores Herederos del Excmo Sr. Marqués de Riscal), Teodoro Sáenz de Navarrete, Juan García, Antonio Uribe, Nicanor Murúa, Juan Sáenz de Navarrete, Lucas García, Francisco J. Bañares, León Rivacoba (Administrador) Emilio Diez Caballero, Luis Bañares, Rafael Larrea, Amadeo Bañares, Leonardo Santos, Hermenegildo Requemán, José Antonio Ramírez, Mariano Bañares, Nicanor Bañares, Ricardo García, Genaro Sáenz de Navarrete, antonio Villarreal, Simón Barritueta, Gaspar Murúa, Remigio Medrano, Tomás Cañas, Antonio Pardo, Paulino Riofrancos, Silvestre Castro, Eustaquio Sáenz de Navarrete, Carlos Laorden, Honorato Laorden, Pedro Díez Caballero, Modesto Martínez, Mariano Laorden, Pío Navarro, Pablo Pedroso, Santiago Angulo, Vicente Entrena, Eloy Ramírez y Balbino Laorden.

Page 17: La Unión Obrera de Elciego
Page 18: La Unión Obrera de Elciego