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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO LA FALTA DE ACUERDOS BINACIONALES PARA LA COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA EN EL MANEJO DEL RECURSO AGUA DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN COLOMBIA Proyecto de investigación, previo a la obtención del título de: ABOGADAS Fuel Rosado Lorena Katherine Mera Castillo Angie Daniela TUTOR: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc. Quito, Abril 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

LA FALTA DE ACUERDOS BINACIONALES PARA LA

COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA EN EL MANEJO DEL

RECURSO AGUA DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO

CARCHI EN ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN COLOMBIA

Proyecto de investigación, previo a la obtención del título de:

ABOGADAS

Fuel Rosado Lorena Katherine

Mera Castillo Angie Daniela

TUTOR: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

Quito, Abril 2016

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DEDICATORIA

Con mi más sincero amor, dedico este trabajo

principalmente a Dios, forjador de mi camino,

por su infinito cariño y bondad; quien me

acompaña en todo momento y siempre me

levanta de mi continuo tropiezo.

A mi madre en el cielo, por ser mi fortaleza en

momentos difíciles. A mis padres aquí en la

tierra: Ramiro, Inés e Isidro, por ser mi ejemplo

a seguir, por acompañarme en todos los

momentos de mi vida, por los valores

infundidos, por sus consejos, comprensión y

sobre todo por su amor sin fin.

A mi hermana, Gabriela, por ser mi apoyo, por

estar siempre presente y por darme el más

grande regalo, mis pequeños sobrinos, Patrick

y Pablo, quienes inspiran y motivan mi camino

y lo llenan de felicidad.

A mis tíos y primos, por creer en mí y

brindarme su ayuda, por hacerme sentir su

cariño y confianza en todo momento.

A Juanito Castro, un ángel que desde el cielo

me cuida, por su lucha incansable que también

lo hace merecedor de este logro; a ti abogado

que hoy eres una estrella que ilumina mi cielo.

A mis contados, pero verdaderos amigos, y a

todas aquellas personas que han iluminado mi

vida con palabras de aliento y abrazos sinceros.

(Katherine Fuel)

Con mucha humildad dedico este proyecto a

Dios, quien está atento a la voz de mi clamor,

él es mi amigo fiel el que nunca me ha de

fallar, quien me mira como a la niña de sus

ojos y con su amor sin condición es mi dulce

refugio en las tormentas.

A mi padre, Ramiro mi mayor ejemplo de

lucha incansable, de amor sincero, quien me

instruyó el temor a Dios.

A mi madre, Narciza, mujer virtuosa, mi mejor

amiga, mi confidente, ejemplo de amor

inagotable, quien me ha enseñado a caminar

por el sendero correcto y a ser una mujer

esforzada y valiente.

A mi hermano, Diego, mi compañía en

momentos de soledad, quien es como un

verdadero padre para aconsejarme con amor

fraterno.

A mi hermana, Sharon, quien con sus

ocurrencias me contagia de alegría y con su

sonrisa transforma los días más grises en días

soleados, ella mi apoyo en todo tiempo.

A mi abuelita, Rosario, que ahora descansa en

el Señor, quien sembró en mi corazón, el dar

con gozo sin esperar recibir nada a cambio.

A todos mis familiares y amigos que me han

brindado su ayuda sincera y han compartido

buenos y malos momentos, siempre gracias.

(Angie Mera)

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ii

AGRADECIMIENTO

A Dios, por darnos sabiduría en todo tiempo, fortalecer nuestros corazones, iluminar nuestras

mentes y por haber guiado nuestro camino durante toda nuestra vida universitaria.

A nuestros padres, por haber depositado su confianza en nosotras, inculcarnos desde muy

pequeñas nobles valores que nos han servido de luz en este mundo lleno de tinieblas, por ser

nuestro principal sustento y los pilares fundamentales en cada etapa de nuestras vidas.

Gratitud a nuestra Alma Mater, la prestigiosa Universidad Central del Ecuador, por habernos

acogido y sembrar en nosotras la esperanza de que en el tiempo venidero seremos provechosas

para la sociedad.

A nuestros maestros, por engrandecer nuestro conocimiento día a día, y sin condición ser

forjadores de profesionales valuables; de manera especial, a nuestro tutor, distinguido docente

Dr. Diego Galárraga Carvajal, quien con disciplina, acierto y buena voluntad, estuvo atento a

todas nuestras inquietudes y supo orientarnos de la mejor manera para culminar con éxito

nuestro proyecto de investigación.

Angie y Katherine

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iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, 7 de Abril del 2016

Nosotras, Fuel Rosado Lorena Katherine y Mera Castillo Angie Daniela, autoras de la

investigación, portadoras de las cédulas de ciudadanía Nº 040132624-4 y Nº 040162639-5

respectivamente, libre y voluntariamente DECLARAMOS que el presente Proyecto de

Investigación titulado: “LA FALTA DE ACUERDOS BINACIONALES PARA LA

COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA EN EL MANEJO DEL RECURSO AGUA DE LA

CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN

COLOMBIA”, es de nuestra plena autoría, original y no constituye plagio o copia alguna,

constituyéndose en documento único, como mandan los principios de la investigación

científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto podemos decir en honor a la verdad.

Atentamente,

Lorena Katherine Fuel Rosado Angie Daniela Mera Castillo

C.I. 040132624-4 C.I. 040162639-5

Telf: 0995237049 Telf: 0999112624

E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

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iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

Nosotras, Fuel Rosado Lorena Katherine y Mera Castillo Angie Daniela, en calidad de autoras

del proyecto investigativo realizado sobre: “LA FALTA DE ACUERDOS

BINACIONALES PARA LA COOPERACIÓN TRANSFRONTERIZA EN EL

MANEJO DEL RECURSO AGUA DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO

CARCHI EN ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN COLOMBIA”; por la presente

autorizamos hacer uso de todos los contenidos que nos pertenecen o parte de los que contienen

esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.

Los derechos que como autoras nos corresponden, con excepción de la presente autorización,

seguirán vigentes a nuestro favor, de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 6, 8;

19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su Reglamento.

Quito, 7 de abril de 2016

Atentamente,

Lorena Katherine Fuel Rosado Angie Daniela Mera Castillo

C.I. 040132624-4 C.I. 040162639-5

Telf: 0995237049 Telf: 0999112624

E-mail: [email protected] E-mail: [email protected]

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v

APROBACIÓN DEL TUTOR

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vi

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los miembros del Tribunal de Grado aprueban el trabajo de investigación titulado:“LA

FALTA DE ACUERDOS BINACIONALES PARA LA COOPERACIÓN

TRANSFRONTERIZA EN EL MANEJO DEL RECURSO AGUA DE LA CUENCA

HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN

COLOMBIA”; de acuerdo con las disposiciones reglamentarias emitidas por la Carrera de

Derecho de la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad

Central del Ecuador, para títulos de pregrado.

Quito, Abril, 2016

Para constancia firman:

TRIBUNAL DE GRADO

---------------------------- -------------------------------

PRESIDENTE VOCAL

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vii

ÍNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ......................................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTO ................................................................................................................ ii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ............................................................................... iii

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL .......................................................... iv

APROBACIÓN DEL TUTOR .................................................................................................... v

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ....................................................................... vi

ÍNDICE DE CONTENIDOS .................................................................................................... vii

ÍNDICE DE TABLAS .............................................................................................................. xii

ÍNDICE DE GRÁFICOS ........................................................................................................ xiii

RESUMEN ............................................................................................................................... xiv

ABSTRACT .............................................................................................................................. xv

INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 1

JUSTIFICACIÓN ........................................................................................................................ 4

CAPÍTULO ................................................................................................................................. 6

1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA .................................................................................... 6

1.1. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ...................................................................... 6

1.2. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA ........................................................................ 6

1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES................................................................................. 7

1.4. OBJETIVOS.............................................................................................................. 8

CAPÍTULO II .............................................................................................................................. 9

2. MARCO REFERENCIAL ............................................................................................... 9

2.1. MARCO TEÓRICO .................................................................................................. 9

2.2. MARCO CONCEPTUAL ....................................................................................... 11

2.3. ESTADO ACTUAL ................................................................................................ 13

2.4. MARCO LEGAL .................................................................................................... 13

TÍTULO I .................................................................................................................................. 19

1. VISIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TRANSFRONTERIZOS EN

ECUADOR Y COLOMBIA ...................................................................................................... 19

1.1. Recursos Hídricos Transfronterizos ............................................................................... 19

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1.1.1. Definición y Concepto ................................................................................................ 20

1.1.2. Importancia ................................................................................................................. 21

1.2. Gestión de Recursos Hídricos Transfronterizos ............................................................. 22

1.3. Gestión Institucional en Ecuador y Colombia ................................................................ 24

1.3.1. Gestión Institucional Ecuatoriana ............................................................................... 24

1.3.2. Gestión Institucional Colombiana .............................................................................. 25

1.4. Grado de Cooperación Interinstitucional entre Ecuador y Colombia............................. 26

1.5. Relación entre la Participación Ciudadana y Social con la Participación Institucional . 28

TÍTULO II ................................................................................................................................. 29

2. CUENCA HIDROGRÁFICA TRANSFRONTERIZA CARCHI – GUAITARA ........... 29

2.1. Definición de Cuenca Hidrográfica ................................................................................ 29

2.2. Antecedentes ................................................................................................................... 30

2.3. Características de la Cuenca ........................................................................................... 30

2.3.1. Ubicación de la Cuenca .............................................................................................. 30

2.3.2. Climatología ................................................................................................................ 31

2.3.3. Hidrología ................................................................................................................... 31

2.3.4. Suelos .......................................................................................................................... 31

2.3.5. Flora y Fauna .............................................................................................................. 32

2.3.6. Fenómeno del Niño ..................................................................................................... 32

2.3.7. Otros fenómenos ......................................................................................................... 32

2.4. Relevancia de Cooperación Transfronteriza................................................................... 32

2.4.1. Avances en la Cooperación Transfronteriza respecto al manejo de la Cuenca .......... 34

2.5. Diagnóstico Ambiental de la Zona de Frontera .............................................................. 35

TÍTULO III ................................................................................................................................ 37

3. BASES PARA EL DESARROLLO DE UN ACUERDO BINACIONAL EN EL

MANEJO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA TRANSFRONTERIZA CARCHI-

GUAITARA .............................................................................................................................. 37

3.1. Definición de Acuerdos Binacionales ............................................................................ 37

3.2. Principios Generales de Derecho Internacional del Ambiente ....................................... 38

3.3. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados ................................................ 39

3.3.1. Fases de Celebración .................................................................................................. 39

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ix

3.4. Relación Internacional entre Ecuador y Colombia ......................................................... 40

3.4.1. Evolución Histórica de Acuerdos Binacionales .......................................................... 40

3.5. Algunas experiencias latinoamericanas de cooperación transfronteriza ........................ 42

3.5.1. El Tratado De Cooperación Amazónica ..................................................................... 42

3.5.2. El Plan del Trifinio: .................................................................................................... 43

3.5.3. Estatuto de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos

Hídricos de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Zarumilla ................................... 45

3.5.4. Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional que se celebra entre el

Gobierno Regional Piura y el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Loja, para la

Ejecución del Proyecto “Manejo Integral Binacional de Cuencas Hidrográficas

Transfronterizas como Medidas de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático” .............. 46

TÍTULO IV ............................................................................................................................... 48

4. MARCOS DE REFERENCIA JURÍDICOS PARA LA COOPERACIÓN

TRANSFRONTERIZA ............................................................................................................. 48

4.1. Base Jurídica Ecuatoriana ............................................................................................... 48

4.1.1. Constitución de la República del Ecuador: ................................................................. 49

4.1.2. Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del agua: ................. 51

4.1.3. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización ....... 52

4.2. Base Jurídica Colombiana .............................................................................................. 53

4.2.1. Constitución Política de Colombia ............................................................................. 53

4.2.2. Ley 99 de 1993 de la República de Colombia ............................................................ 54

4.2.3. Decreto 2811 de 1974 ................................................................................................. 54

4.2.4. Decreto 2857 de 1981 ................................................................................................. 55

4.2.5. Ley 191 de 1995 ......................................................................................................... 55

4.3. Tratados y Convenios Internacionales de Agua Dulce ................................................... 56

4.3.1. La Declaración Universal de Derechos Humanos ...................................................... 56

4.3.2. Declaración de Dublín sobre el Agua y Desarrollo Sostenible. ................................. 56

4.3.3. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Río De

Janeiro, 1992 .............................................................................................................................. 57

4.3.4. Normas de Helsinki sobre los Usos de las Aguas de Ríos Internacionales. ............... 58

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x

4.3.5. Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho de los usos de los cursos de

aguas internacionales para fines distintos de la Navegación, 1997. .......................................... 59

4.3.6. Acuerdo sobre Cooperación para el Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Río

Mekong. 59

CAPÍTULO III .......................................................................................................................... 61

3. DISEÑO METODOLÓGICO ........................................................................................ 61

3.1. NIVEL DE INVESTIGACIÓN .............................................................................. 61

3.2. DIAGNÓSTICO...................................................................................................... 61

3.3. MÉTODOS O ESTRUCTURA DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS ....................... 62

3.4. CONFIABILIDAD.................................................................................................. 62

3.5. DEFINICIÓN DE LAS VARIABLES .................................................................... 62

3.6. POBLACIÓN Y MUESTRA .................................................................................. 63

3.7. DEFINICIÓN DE LOS INSTRUMENTOS ........................................................... 64

3.8. METODOLOGÍA PARA LA ACCIÓN E INTERVENCIÓN ............................... 64

CAPÍTULO IV .......................................................................................................................... 66

4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS .............................................................................. 66

4.1. RECURSOS HUMANOS ....................................................................................... 66

4.2. RECURSOS TÉCNICOS ........................................................................................ 66

4.3. RECURSOS MATERIALES .................................................................................. 66

4.4. PRESUPUESTO ..................................................................................................... 67

4.5. ACTIVIDADES ...................................................................................................... 67

4.6. CRONOGRAMA .................................................................................................... 68

4.7. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ....................................... 69

CONCLUSIONES ..................................................................................................................... 74

RECOMENDACIONES ........................................................................................................... 75

CAPÍTULO V ........................................................................................................................... 76

5. PROPUESTA ................................................................................................................. 76

5.1. TÍTULO .................................................................................................................. 76

5.2. JUSTIFICACIÓN.................................................................................................... 76

5.3. OBJETIVOS............................................................................................................ 77

5.4. FACTIBILIDAD ..................................................................................................... 78

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xi

5.5. BENEFICIARIOS ................................................................................................... 79

5.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA .................................................................. 79

5.7. FASES DE LA PROPUESTA ................................................................................ 80

5.8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES .................................................................. 80

5.9. PRESUPUESTO ..................................................................................................... 81

5.10. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ........................................................... 81

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ...................................................................................... 98

ANEXOS ................................................................................................................................. 104

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xii

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 - Presupuesto ................................................................................................................ 67

Tabla 2- Etapas .......................................................................................................................... 67

Tabla 3 - Cronograma ................................................................................................................ 68

Tabla 4 – Conocimiento de derecho humano al agua ................................................................ 69

Tabla 5 – Reconocimiento del Derecho Humano al Agua por la Ley ....................................... 70

Tabla 6 – Conocimiento de Acciones ........................................................................................ 71

Tabla 7 – Adecuado manejo de la Cuenca ................................................................................ 72

Tabla 8 – Necesidad de Acuerdo Binacional ............................................................................ 73

Tabla 9 – Cronograma Propuesta .............................................................................................. 80

Tabla 10 – Presupuesto Propuesta ............................................................................................. 81

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xiii

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Ilustración 1 ............................................................................................................................... 69

Ilustración 2 ............................................................................................................................... 70

Ilustración 3 ............................................................................................................................... 71

Ilustración 4 ............................................................................................................................... 72

Ilustración 5 ............................................................................................................................... 73

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xiv

TEMA: “La falta de Acuerdos Binacionales para la Cooperación Transfronteriza en el Manejo

del Recurso Agua de la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi en Ecuador y Río Guaitara en

Colombia”

Autoras: Lorena Katherine Fuel Rosado

Angie Daniela Mera Castillo

Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

RESUMEN

Una cuenca hidrográfica está constituida por el territorio que delimita el curso de un río y el

espacio donde se colecta el agua que converge hacia un mismo cauce; al decir transfronteriza

se refiere al agua dulce que fluye entre fronteras. Las cuencas hidrográficas para su mejor

gestión deben manejarse de forma integral, es decir como un todo, para ello se requiere

cooperación interinstitucional transfronteriza. Dentro de la presente investigación

analizaremos la concordancia de los contextos jurídicos de Ecuador y Colombia de la que

surge la necesidad urgente de fomentar un acuerdo binacional entre estos dos países para

impulsar la cooperación transfronteriza con el fin de obtener un adecuado manejo de la

Cuenca Hidrográfica Carchi – Guaitara. La Constitución de la República del Ecuador en el

artículo 12 en su parte pertinente manifiesta: “El derecho humano al agua es fundamental e

irrenunciable”, de ahí la importancia del tema y la necesidad de promover una repartición

equitativa de este preciado recurso, generando protección a todos los que de una u otra forma

se beneficien de dicha cuenca hidrográfica.

PALABRAS CLAVE: COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL / CUENCA

HIDROGRÁFICA / RECURSO HÍDRICO / GESTIÓN INTEGRAL / GESTIÓN

AMBIENTAL / ACUERDO BINACIONAL.

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xv

TITLE: “Lack of Bi-National Agreements for Cross-Border Cooperation in the

Management of Water Resources from the Carchi River Basin in Ecuador and the Cuaitara

River Basin in Colombia”

Author: Lorena Katherine Fuel Rosado

Angie Daniela Mera Castillo

Tutor: Dr. Diego Renato Galárraga Carvajal MSc.

ABSTRACT

A river basin consists of the area surrounding the course of a river and where water converges

towards a common riverbed; cross-border refers to the fact freshwater flows through the

boarders of different countries. Proper river basin administration involves integral

management, for which interinstitutional cooperation is essential. This research work analyzes

the concordance between Ecuadorian and Colombian juridical contexts, which raice the urgent

need to promote a bi-national agreement between both countries in order to incentivize cross-

border cooperation and properly manage the Carchi – Guaitara River basin. The Ecuadorian

constitution of the republic, in article 12, expresses: “The human right to have access to water

is essential and unavoidable”, which highlights the importance of the topic and the need to

promote an egalitarian distribution of this resource, hence protecting those who in one way or

another benefit from said river basin.

KEYWORDS: INTERINSTITUTIONAL COOPERATION / RIVER BASIN / WATER

MANAGEMENT / INTEGRAL MANAGEMENT / ENVIRONMENTAL MANAGEMENT /

BI-NATIONAL AGREEMENT.

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1

INTRODUCCIÓN

El Río Guaitara en Colombia o Río Carchi en el Ecuador es un rio sudamericano que

pertenece a la vertiente del océano pacifico; en territorio ecuatoriano lleva el nombre de Río

Carchi, es un tramo de 45km aproximadamente, delimita la línea de Frontera entre estos dos

países hasta el puente internacional de Rumichaca “puente de piedra”, ya en suelo colombiano

se denomina Río Guaitara, que en tiempos primitivos se lo conocía como Rio Pastarán y en la

conquista el inca lo llamo Ancash Mayu.

El Departamento de Nariño en Colombia y la Provincia del Carchi en Ecuador ubicados en

el sector fronterizo son similares en cuanto a su economía basada fundamentalmente en la

agricultura, ganadería y comercio, además esta zona es motivo de interés para los gobiernos

nacionales especialmente por los problemas de orden público que se generan en ellas. Para

Colombia esta frontera del sur del país constituye un escenario asociado al contrabando de

insumos y armas, lavado de activos y sitio de refugio por conflicto armado; y, para Ecuador la

expansión del conflicto colombiano ha significado una mayor inseguridad por el

desplazamiento de miles de refugiados, el empobrecimiento de la población y la destrucción

del medio ambiente; sin embargo todos estos problemas que a diario se presentan en esta zona

no han detenido los procesos de integración entre los dos países.

Los asentamientos en las partes altas de la cuenca hidrográfica Carchi – Guaitara ha

llevado a la intervención de ecosistemas de páramo y humedales que son indispensables en la

captación, almacenamiento y regulación hídrica lo que trae consigo la disminución de

caudales y la extinción de vida silvestre, además esta cuenca es explotada excesivamente sin

criterios de sostenibilidad y por el aprovechamiento de terrenos en usos diferentes lo que ha

generado contaminación por aguas hervidas y residuos municipales, esta mala gestión del

recurso hídrico afecta principalmente la calidad de vida de los ribereños.

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2

Los contextos jurídicos internacionales deben llevarse a esferas nacionales y locales. El

derecho internacional acerca agua dulce necesita definirse en derechos y obligaciones

concretos para los Estados en este caso de Ecuador y Colombia, lo que se lograría por medio

de un acuerdo binacional.

La historia de los tratados transfronterizos sobre el agua se remonta a 2 500 A.C., cuando

las dos ciudades-estado de Lagash y Umma, en Sumeria, instituyeron un acuerdo para poner

fin a una controversia sobre el río Tigris, lo que se puede considerar como el primer tratado de

la historia. Desde entonces, el conjunto de tratados sobre el agua que se han establecido es

considerable.

El presente proyecto se encuentra compuesto de la siguiente manera:

CAPÍTULO I, DEFINICIÓN DEL PROBLEMA.- El presente capítulo contendrá la

formulación del problema, la descripción del problema, que comprende una de las partes más

importantes y fundamentales de la presente investigación, preguntas directrices, el objetivo

general y objetivos específicos los mismos que reflejan los propósitos reales que buscamos en

la presente investigación.

CAPÍTULO II, MARCO REFERENCIAL.- En el segundo capítulo se analizará y realizará

de manera que se tenga en cuenta aspectos relevantes fundamentales tales como: marco

teórico, marco conceptual, estado actual y marco legal, que son la fuente de la presente

investigación.

CAPÍTULO III, DISEÑO METODOLÓGICO.- Se determina en primer lugar el nivel de

investigación, el diagnóstico, las unidades de observación que serán útiles para desarrollar la

presente investigación, la determinación de la población y la muestra la misma que servirá

para obtener datos; así como los métodos a ser utilizados y la definición de las variables.

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3

CAPÍTULO IV, ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS.- Este capítulo

contiene el formulario Nº 1 y Nº 2, correspondientes a las encuestas encaminadas a obtener la

información necesaria para la presente investigación, así como las tablas, gráficos y análisis de

datos.

CAPÌTULO V, PROPUESTA.- El presente capítulo contiene el título, la justificación,

objetivos, factibilidad, beneficiarios y la descripción de la propuesta.

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4

JUSTIFICACIÓN

Al momento de elegir el tema, lo hicimos pensando en sugerir una posible solución ante el

problema que surge al no existir un acuerdo binacional que conlleve a una adecuada gestión de

la cuenca hidrográfica Carchi – Guaitara, esto implica la necesidad urgente de analizar como

incide la cooperación interinstitucional entre Ecuador y Colombia en la gestión integral de la

Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara.

El presente tema tiene originalidad ya que no existen estudios anteriores que se refieran

específicamente al mismo, si bien es cierto que sobre la cuenca objeto de nuestra investigación

se han realizado estudios ambientales, y que contamos con información respecto a las cuencas

hidrográficas transfronterizas y su gestión, no existe un estudio específico sobre la necesidad

de la existencia de un acuerdo entre Ecuador y Colombia para la gestión integral de la cuenca

Carchi – Guaitara.

El tema de investigación es de importancia, ya que evidenciaremos la necesidad de generar

un acuerdo binacional lo que ayudará a los ribereños para que puedan beneficiarse de forma

equitativa de esta cuenca transfronteriza.

En base a lo manifestado en el párrafo anterior, es claro que los beneficiarios de la presente

investigación serán tanto el Estado Ecuatoriano como el Estado Colombiano, puesto que con

una adecuada gestión de la cuenca hidrográfica se podrán obtener mayor cantidad de

beneficios socio-ambientales, de ahí radica la necesidad de un acuerdo entre los dos países

puesto que se hace necesario tratar la cuenca en su totalidad.

La existencia de un acuerdo binacional, proporcionará un impacto positivo para las

poblaciones de la frontera entre Ecuador y Colombia, principalmente en la forma en que se

compartan y gestionen las aguas transfronterizas, lo que generará efectos profundos en el

medio ambiente.

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Esta cuenca hidrográfica requiere urgentemente de un acuerdo binacional para la

cooperación interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia que contribuya a

generar lazos de colaboración y participación entre estos pueblos que ancestralmente han

compartido este mismo territorio geográfico.

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CAPÍTULO I

1. DEFINICIÓN DEL PROBLEMA

1.1. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿De qué manera la cooperación interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia

incide en la gestión integral de la cuenca hidrográfica transfronteriza Carchi - Guaitara?

1.2. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

La Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia conceptúa a la

cooperación interinstitucional binacional como:

Aquella en la que participan dos países o las instituciones de dos países, se conocen

como fuentes binacionales a los gobiernos de los países con los cuales se tienen

relaciones de cooperación internacional, las mismas que se efectúan de gobierno a

gobierno a través de instituciones (embajadas, ministerios, cancillerías, etc.), que

hacen las veces de instancias de cooperación. (Recuperado de

https://apccolombia.gov.co/?idcategoria=114).

Si bien es cierto que el gobierno ecuatoriano como el colombiano han venido manteniendo

conversaciones como en el II Foro Binacional de Cuencas Transfronterizas, cuyo objetivo

principal es impulsar la gestión integral de las cuencas, como es el caso de la Cuenca

Hidrográfica Carchi – Guaitara, para promover la cooperación nacional e internacional y así

contribuir al desarrollo sostenible de los territorios de frontera, a través del intercambio de

experiencias técnicas, investigaciones científicas y proyectos relacionados con la gestión de

recursos hídricos y así unir lazos de hermandad para un trabajo conjunto; pero todos estos

esfuerzos no son suficientes ya que existe la necesidad urgente de que las instituciones

intergubernamentales lleguen a firmar un acuerdo que permita un adecuado manejo de la

cuenca hidrográfica.

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El manejo de las cuencas hidrográficas tiene relación no únicamente con el agua sino con la

vegetación, los suelos, actividades como la agricultura, ganadería, minería, industria y

turismo; por lo que todos nos vemos en la obligación de colaborar en el mantenimiento de las

mismas.

Mirando cuan necesarias son las cuencas hidrográficas podemos determinar la importancia

que la cuenca Carchi – Guaitara tiene para Ecuador y Colombia; sin embargo la falta de

coherencia institucional y la escases de una política clara para el manejo de las cuencas

hidrográficas hace que en la actualidad el Gobierno Provincial del Carchi, el Departamento de

Nariño y demás instituciones involucradas estén participando más que en forma integral, en

forma individual por lo que existe la necesidad de concretar acciones encaminadas a una mejor

gestión del recurso hídrico de la cuenca en mención.

Con estos antecedentes es necesario analizar de qué manera la cooperación

interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia incide en la gestión integral del

manejo del recurso hídrico de la Cuenca Hidrográfica Carchi – Guaitara.

1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES

1. ¿Cuáles son las características de la cuenca hidrográfica transfronteriza Carchi -

Guaitara?

2. ¿En qué consiste la gestión integral de los recursos hídricos?

3. ¿Qué normativa existe en Ecuador y Colombia sobre la gestión integral de Cuencas

Hidrográficas?

4. ¿Qué normativas y/o experiencias internacionales existe sobre el manejo de cuencas

hidrográficas transfronterizas?

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5. ¿Cuál es la gestión institucional del lado ecuatoriano para el manejo de la cuenca

hidrográfica Carchi – Guaitara?

6. ¿Cuáles son las instituciones y organismos encargados de la gestión de cuencas

hidrográficas en Ecuador y Colombia?

7. ¿Qué grado de cooperación interinstitucional existe entre Ecuador y Colombia respecto

a la cuenca hidrográfica transfronteriza Carchi – Guaitara?

8. ¿Qué relación existe entre la participación ciudadana o social y la institucional para

una adecuada gestión integral de una cuenca hidrográfica?

1.4. OBJETIVOS

1.4.1. OBJETIVO GENERAL

Determinar la incidencia de la cooperación interinstitucional entre Ecuador y Colombia

en la gestión integral de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara.

1.4.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Caracterizar la cuenca hidrográfica transfronteriza Carchi – Guaitara y determinar la

normativa de Ecuador y Colombia respecto al recurso agua.

Resaltar la normativa y/o experiencia internacional existente sobre el manejo de

cuencas hidrográficas transfronterizas.

Identificar las instituciones y organismos encargados de la gestión de cuencas

hidrográficas tanto de Ecuador como de Colombia.

Determinar el grado de cooperación interinstitucional que existe entre Ecuador y

Colombia respecto a la cuenca hidrográfica transfronteriza Carchi – Guaitara.

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CAPÍTULO II

2. MARCO REFERENCIAL

2.1. MARCO TEÓRICO

Cruz & Bielsa, (2006) en su libro: Sobre la eficiencia, el uso sostenible del recurso del agua y

la gestión del territorio, expresan que: “Cada día es más evidente la importancia que ha adquirido

una buena gestión de los recursos hídricos para la salud medioambiental y económica del territorio”.

(pág. 5)

Es decir que, con el pasar del tiempo, el recurso hídrico se va degradando, por lo que es

notorio como va adquiriendo importancia el manejar este recurso de una manera consiente ya

que así se beneficiaría el medioambiente y la economía de los países.

Burgos & Gómez (2007) en su estudio: Avances y Retos en la Gestión de la Cuencas

Binacionales de Colombia: los casos de las cuencas hidrográficas internacionales colombo-

ecuatorianas y colombo-venezolanas, expresan:

La mala gestión de los recurso hídricos afecta directamente la calidad de vida de la

población pues, siguiendo el PGAR, la baja cobertura y la mala calidad de los

servicios de agua y alcantarillado son causa de muchas de las enfermedades que se

presenta en el departamento, ya que la escasez de agua afecta las condiciones de

higiene de la población y permite la aparición cíclica de focos epidémicos. La mala

gestión produce así mismo una disminución de la oferta hídrica aprovechable, razón

por la cual, aunque Nariño es una región con alto excedente de agua, gran cantidad

de población sufre de escasez de este recurso… (pág. 17)

Creemos que la importancia de una buena gestión no afectaría ni la calidad ni la cantidad del

agua, menos la calidad de vida de las poblaciones, así se lograría evitar varias enfermedades y

por ende mantener condiciones adecuadas e impedir la escases de este recurso, beneficiando el

medio en el que se desenvuelven los habitantes.

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Hernández y otros (2009) en su libro: Gobernabilidad e instituciones en las cuencas

transfronterizas de América Central y México, manifiestan: “Las cuencas hidrográficas se han

definido como una región geográfica natural drenada por uno a varios ríos, que está delimitada

por una divisoria de aguas y cuyo curso principal desemboca en un depósito natural o artificial

de agua”. (pág. 15)

Órgano de Difusión del Foro de los Recursos Hídricos – Chimborazo (2007) en el I Foro de

Gestión Integrada de Cuencas Hidrográficas, expresa:

La gestión de cuencas es un concepto nuevo que todavía no termina de ser

asumido, tal vez porque no empata con o no logra recoger la diversidad de

realidades y visiones sobre el territorio. Incluso en algunos niveles puede generar

resistencia, no tanto por argumentos técnicos sino porque también devela relaciones

de poder y desencuentros culturales. (pág. 9)

La gestión de cuencas debería ser un tema asumido tanto por los habitantes como por las

instituciones, pero principalmente por los gobiernos, dejando de lado las diferencias culturales

e ideológicas, para lograr soluciones conjuntas que no beneficien solo a uno sino a todos los

ciudadanos.

R.M.Z., (2009) en su libro: La problemática global del agua, manifiesta:

Este problema que se nos presenta en la actualidad es un tema que cada día ocupa

más la atención de los científicos, técnicos políticos y en general de muchos de los

habitantes del planeta. La escasez de este vital líquido obliga a reiterar nuevamente

una llamada a la moderación de consumo por parte de la población a nivel mundial,

ya que sin su colaboración los esfuerzos técnicos que llevan a cargo algunas

organizaciones resultarían insuficientes. (pág. 8)

Es decir, la población global, debe usar este recurso tan preciado como es el agua, de una

manera consiente, ya que, el solo esperar que únicamente las instituciones y organismos

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regulen este recurso no sería suficiente, sino que es importante la participación de todos los

habitantes.

Unión Nacional para la Conservación de la Naturaleza y de los Recursos Naturales [UICN],

(2008) en su libro Compartir, señala:

Las cuencas, más que límites, definen la mejor oportunidad para la gestión hídrica.

Las estrategias integradas de gestión de recursos hídricos - procesos que promueven

el desarrollo y gestión coordinados del agua, la tierra y los recursos

interrelacionados, en el ámbito de la cuenca hidrográfica- gozan de una amplia

aceptación como las más sostenibles, eficientes y equitativas.

Todas las cuencas tienen fronteras y todas se pueden beneficiar de la cooperación.

Hay fronteras entre naciones, municipalidades e incluso entre grupos de usuarios en

un pueblo. Desde la esfera internacional hasta la local, habrá competencia por los

recursos hídricos. (pág. 6)

Las cuencas más que establecer límites entre los países, superan fronteras en cuanto a la

cooperación, creando oportunidades para lograr una gestión integral generando mayores

beneficios en relación a los recursos hídricos.

2.2. MARCO CONCEPTUAL

ACUERDO BINACIONAL.-“Se trata de aquellos acuerdos en los que están

implicados dos países. Son contratos vinculantes entre dos países que aceptan y

acuerdan términos y condiciones al respecto de algo” (recuperado

http://www.definicionabc.com/politica/acuerdos-bilaterales.php)

COOPERACION INTERINSTITUCIONAL.-

Es aquella en la que participan dos países o las instituciones de dos países, se

conocen como fuentes binacionales a los gobiernos de los países con los cuales se

tienen relaciones de cooperación internacional, las mismas que se efectúan de

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gobierno a gobierno a través de instituciones (embajadas, ministerios, cancillerías,

etc.), que hacen las veces de instancias de cooperación. (recuperado de

https://apccolombia.gov.co/?idcategoria=114).

COOPERACION INTERNACIONAL.-

Es la acción conjunta para apoyar el desarrollo económico y social del país

mediante la transferencia de tecnologías, conocimientos, experiencias o recursos

por parte de países con igual o mayor nivel de desarrollo, organismos multilaterales,

organizaciones no gubernamentales y de la sociedad civil. (recuperado de

https://www.apccolombia.gov.co/?idcategoria=114)

CUENCA HIDROGRÁFICA.- “Se define como una unidad territorial en la cual el

agua que cae por precipitación se reúne y escurre a un punto común o que fluye toda al

mismo río, lago o mar” (recuperado de http://www.eumed.net/libros-gratis/2005/jmfb-

h/1u.htm )

GESTIÓN AMBIENTAL.- “Implica a aquella serie de actividades, políticas,

dirigidas a manejar de manera integral el medio ambiente de un territorio dado y así

contribuir con el desarrollo sostenible de el mismo” (recuperado de

http://www.definicionabc.com/medioambiente/gestion-ambiental.php)

GESTIÓN INTEGRAL DE RECURSOS HÍDRICOS.- “Es un proceso que, con el

fin de maximizar el bienestar económico y social de manera equitativa, promueve el

desarrollo y gestión coordinados de los recursos hídricos y del resto de recursos con

ellos relacionados” (recuperado https://books.google.com.ec)

RECURSO HÍDRICO.- “Son los cuerpos de agua que existen en el planeta desde los

océanos hasta los ríos pasando por los lagos, los arroyos y las lagunas”(recuperado

http://definicion.de/recursos-hidricos/)

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2.3. ESTADO ACTUAL

La presente investigación la basamos en la necesidad de evidenciar la falta de un acuerdo de

cooperación transfronteriza, teniendo como eje principal la falta de normativa que regule la

utilización y saneamiento del agua, existiendo falta de participación de los actores sociales,

estudiantes, comunidades locales y autoridades, también la falta de involucramiento en el

cuidado del entorno en que se habita y la falta de información esencial para una protección por

parte de los ciudadanos; así como también se estudiará cuáles son los principales factores por

los que se generan conflictos transfronterizos con el recurso agua, quienes son los

perjudicados, cual es el rol que debe desempeñar el Estado para poder prevenir los conflictos.

Los beneficiarios serán los habitantes de Ecuador y Colombia porque este es un problema

social y jurídico que nos afecta a todos en realidad, porque podemos ser víctimas o autores de

esta falta de protección. El problema jurídico es la falta de acuerdos en materia ambiental, para

el adecuado manejo integral de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara.

2.4. MARCO LEGAL

Las bases de esta investigación se fundamentan en:

2.4.1. Constitución de la República del Ecuador:

En su Capítulo segundo en los Derechos del buen vivir, en su sección primera acerca

del Agua y alimentación señala en el artículo. 12: “El derecho humano al agua es

fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso

público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.”

Así mismo en la sección segunda referente al ambiente sano nos manifiesta en su

artículo 14:

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Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak

Kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,

la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales

degradados.

En la Sección sexta de la constitución con referencia al Agua nos indica lo siguiente en

sus Artículos 411 y 412:

Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de

los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo

hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de

agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de

recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán

prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua.

Art. 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su

planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la

que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un

enfoque eco sistémico.

2.4.2. Constitución Política De Colombia

En el artículo 80 se dispone:

El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para

garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer

las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas

situados en las zonas fronterizas.”

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2.4.3. Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del agua:

El articulo 1 acerca de la naturaleza manifiesta:

El Estado unitario, intercultural y plurinacional del Ecuador reconoce y garantiza el

derecho humano al agua. El derecho humano al agua es fundamental e

irrenunciable, así como la garantía del ejercicio de los derechos de la naturaleza.

El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable,

imprescriptible, inembargable y esencial para la vida, elemento vital de la

naturaleza y fundamental para garantizar la soberanía alimentaria.

Los recursos hídricos son parte del patrimonio natural del Estado y serán de su

competencia exclusiva, se ejerce concurrentemente entre el Gobierno Central y los

Gobiernos Autónomos Descentralizados, se garantizan sus derechos a través de la

institucionalidad de la Autoridad Única del Agua en coordinación con los sistemas

comunitarios, de conformidad con los principios definidos en la Constitución

especialmente los de sustentabilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia.

El Artículo 3 nos dice:

Objeto de la ley.-El objeto de la presente ley es garantizar el derecho humano al

agua, así como regular y controlar la autorización, gestión, preservación,

conservación, restauración, uso y aprovechamiento del agua, el manejo integral y su

recuperación, en sus distintas fases, formas y estados físicos a fin de garantizar el

Sumak Kawsay o Buen Vivir.

El Artículo 8, inciso segundo señala: “Se entiende por cuenca hidrográfica la unidad

territorial delimitada por la línea divisoria de sus aguas que drenan superficialmente

hacia un cause común, incluyen en este espacio poblaciones, infraestructura, áreas de

conservación, protección y zonas productivas”

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16

2.4.4. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

Descentralización:

Artículo 40, indica: “Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales son

personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, administrativa y

financiera...”

En el artículo 42, en su parte pertinente señala: “Los gobiernos autónomos

descentralizados provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin

perjuicio de otras que se determinen: d) La gestión ambiental provincial; g) Gestionar

la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias”

2.4.5. Ley 99 de 1993 de la Republica de Colombia:

En su artículo 1 manifiesta:

Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana seguirá los

siguientes principios generales:

1) El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los

principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de

Rio de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

5) En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad

sobre cualquier otro.

En el artículo 5, numeral 12, señala que le corresponde al Ministerio del Medio

Ambiente entre otras cosas:

Expedir y actualizar el estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio para

su apropiado ordenamiento y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo

concerniente a sus aspectos ambientales y fijar las pautas generales para el

ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas y demás áreas de manejo especial.

(Recuperado de

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17

http://www.humboldt.org.co/images/documentos/pdf/Normativo/1993-12-22-ley-

99-crea-el-sina-y-mma.pdf )

2.4.6. Decreto 2811 de 1974

Burgos & Gómez (2007), señalan que:

Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de

Protección al Medio Ambiente. El Código señala que las cuencas hidrográficas de

ríos que sirven de límite o que atraviesan las fronteras de Colombia, incluidas las

aguas superficiales y subterráneas y los demás cursos naturales conexos, están

amparadas por diversas previsiones ambientales, contempladas en este decreto.

(pág. 11)

2.4.7. Decreto 2857 de 1981

El artículo 4, establece que:

La ordenación de una cuenca tiene por objeto principal el planeamiento del uso y

manejo de los recursos y la orientación y regulación de las actividades de los

usuarios, de manera que consiga mantener o restablecer un adecuado equilibrio

entre el aprovechamiento económico de tales recursos y la preservación de la

estructura físico-biótica de la cuenca y particularmente de los recursos hídricos.

...constituye el marco para planear el desarrollo integral de la cuenca y programar la

ejecución de proyectos específicos de aprovechamiento hidráulico.

Recuperado de

(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1550)

2.4.8. Ley 191 de 1995

Burgos & Gómez (2007), manifiestan:

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Que contiene las disposiciones sobre zonas de frontera, le otorga al Ministerio de

Relaciones Exteriores la función de asesorar a los departamentos y municipios de

frontera en el desarrollo de convenios de cooperación e integración, y a éstos la

obligación de consultar antes de realizar cualquier proyecto de carácter binacional.

(pág. 12)

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TÍTULO I

1. VISIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS HÍDRICOS TRANSFRONTERIZOS

EN ECUADOR Y COLOMBIA

1.1. Recursos Hídricos Transfronterizos

Aunque es común utilizar el término “recursos hídricos” como sinónimo de “agua”, es

necesario empezar mencionando que si bien son términos que se relacionan entre sí, tienen

significados diferentes; al respecto, Real (2007) sostiene que:

En el lenguaje institucional es usual la expresión “recursos hídricos” para referirse a

las políticas o acciones de gestión del agua, es decir, se tiende a adoptar como

sinonímicos los términos “recursos hídricos” y “agua”, lo cual es confundir al

continente con el contenido. (pág. 17)

Encontrar una definición de recursos hídricos no es una tarea fácil; y, la Legislación

Ecuatoriana en este sentido no es una excepción, pues dentro de ella no existe una definición

legal de lo que debemos entender por este término, es así que dentro del Ecuador también hay

la tendencia a usarlo como sinónimo de agua; pero, no hay duda que existe una gran diferencia

ya que si bien es cierto que el agua es el elemento principal de los recursos hídricos, está claro

que esta solo es una parte de ellos, entonces debemos entender por recursos hídricos el

conjunto de recursos naturales que se asocian al agua.

Nuestro planeta está conformado en su mayor parte de agua, podemos encontrarla en

mares, ríos, selvas, praderas, lagos, lagunas, montañas, etc., a tal punto que se encuentra

involucrada en todo proceso ya sea directa o indirectamente. El agua juega un papel

fundamental y de gran importancia, es un elemento indispensable no solo para la vida humana,

vegetal y animal, sino también para actividades como la agricultura, ganadería, navegación,

turismo, industria, incluso para la preservación y conservación de los ecosistemas.

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Conforme la calidad del agua se degrada y la demanda aumenta teniendo que satisfacer

cantidades cada vez mayores, se incrementa la competencia entre los usuarios de este

elemento vital, intensificándose en aquellas cuencas cuyos ríos atraviesan fronteras; surgiendo

así la necesidad de compartir generando cooperación entre los diversos estados.

Pese a la complejidad de los problemas, la experiencia acumulada permite afirmar

que las controversias relacionadas con el agua pueden manejarse por la vía

diplomática. En los últimos 150 años solo se han producido 37 controversias graves

en las que ha habido estallidos de violencia, en comparación con los 150 tratados

que se han firmado. Las naciones valoran esos acuerdos porque contribuyen a

aumentar la estabilidad y predictibilidad de las relaciones internacionales en lo

concerniente a los recursos hídricos. (Recuperado de

http://www.un.org/spanish/waterforlifedecade/transboundarywaters.shtml)

1.1.1. Definición y Concepto

Como ya lo hemos mencionado anteriormente, es necesario comenzar entendiendo que existe

una clara diferencia entre recurso hídrico y agua, y aunque comúnmente se los utiliza como

sinónimos hay que tener en cuenta que el agua es solo uno de los elementos que conforman los

recursos hídricos.

Según el Glosario Hidrológico Internacional de la UNESCO los recursos hídricos son:

“recursos disponibles o potencialmente disponibles, en cantidad y calidad suficientes, en un

lugar y en un período de tiempo apropiados para satisfacer una demanda identificable”

(recuperado de http://webworld.unesco.org/water/ihp/db/glossary/glu/ES/GF1376ES.HTM)

Otra definición un tanto más clara y especifica es la siguiente: “Son los cuerpos de agua

que existen en el planeta desde los océanos hasta los ríos pasando por los lagos, los arroyos y

las lagunas” (recuperado de http://definicion.de/recursos-hidricos/).

Al decir transfronterizos entendemos que son cuerpos de agua que cruzan fronteras, al

respecto la UICN (2008), manifiesta que: “los recursos hídricos trasfronterizos se refieren a

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21

agua dulce (agua de superficie y subterránea) que fluye entre fronteras nacionales o sub-

nacionales” (pág. 15).

1.1.2. Importancia

En los últimos años la preocupación por las amenazas a los recursos hídricos ha aumentado de

manera considerable. Dentro de dichas amenazas está el crecimiento demográfico, la

migración cada vez mayor del campo a las ciudades, la contaminación producida por fábricas

y por el hombre en particular, el cambio climático, etc.; la preocupación surge al tratarse de un

elemento vital en el mundo.

Los recursos hídricos, principalmente el agua, es uno de los principales elementos para la

realización de la mayoría de aspectos que tienen que ver con la vida de nosotros como

personas, como sociedades y como especies. Es indispensable para los procesos productivos y

para el desarrollo económico, ambiental, cultural social y hasta político., por ello es

fundamental que en conjunto asumamos el compromiso de proteger y administrar

correctamente.

Fernández, (2003) manifiesta: “El agua es un recurso multifuncional: abastecimiento

humano, actividades agropecuarias, energía, transporte, recreación. Es, por otra parte, un

recurso muy escaso y además su demanda es creciente debido al aumento poblacional y a los

estilos de vida. Por lo tanto, la gestión del agua requiere de profesionales capaces de dirimir y

anticipar conflictos intersectoriales, intersectoriales e intergeneracionales, ya que, del uso que

hagamos nosotros dependerá la disponibilidad futura del recurso”; de ahí la necesidad de velar

por la correcta utilización de este recurso tan importante y fundamental para el planeta en

general. (Recuperado de http://docplayer.es/12396754-El-agua-en-iberoamerica-aportes-para-

la-integracion-entre-los-organismos-de-gestion-y-los-centros-de-investigacion.html)

Como se sabe, la mayor parte del agua se encuentra en mares y océanos y por lo tanto no es

apta para el consumo. La ONU señala que:

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Los recursos hídricos y la gama de servicios que prestan, juegan un papel clave en

la reducción de la pobreza, el crecimiento económico y la sostenibilidad ambiental.

El agua propicia el bienestar de la población y el crecimiento inclusivo, y tiene un

impacto positivo en la vida de miles de millones de personas, al incidir en

cuestiones que afectan a la seguridad alimentaria y energética, la salud humana y al

medio ambiente. (Recuperado de

http://www.lagaceta.com.ar/nota/631212/opinion/importancia-proteger-recursos-

hidricos.html)

1.2. Gestión de Recursos Hídricos Transfronterizos

La UICN (2008), manifiesta: “Las naciones comparten más de 260 cuencas hidrográficas

internacionales que abarcan casi la mitad de superficie de la Tierra, proporcionan alrededor del

60% de los caudales de superficie de agua dulce del mundo y albergan alrededor del 40% de la

población mundial. Al ir aumentando la demanda de agua en todos los países, se irán

extrayendo cada vez más estos recursos compartidos para satisfacer las necesidades

encontradas de miles de millones de personas en relación con agua para consumo, alimentos,

energía y producción industrial –dejando menos agua, con frecuencia de una calidad muy

inferior, para sustentar los ecosistemas y para satisfacer demandas futuras de las personas.

Incluso donde históricamente se ha puesto en práctica una rigurosa distribución del agua y la

gestión de cuencas hidrográficas, es probable que las incertidumbres del cambio climático

planteen nuevos riesgos que constituirán un desafío para los ribereños –quienes comparten una

cuenca hidrográfica- para mejorar la cooperación”(pág. 15); es decir que la Tierra está

constituida de una cantidad considerable e importante de cuencas hidrográficas compartidas

entre dos o más países, las mismas que generan agua dulce de la que se benefician una

significativa población, puesto que en su mayoría está destinada para el consumo así como

para alimentos; lo que ha causado la disminución del agua y su calidad, dejando en

desprotección a no solo a los ecosistemas sino a las futuras generaciones, sumado al cambio

climático que desde ya constituye un desafío para lograr una cooperación beneficiosa.

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23

La Asociación Mundial para el Agua (GWP) define la Gestión Integral de Recursos

Hídricos como “un proceso que promueve la gestión y el desarrollo coordinados del agua, la

tierra y recursos relacionados, con el fin de maximizar el bienestar económico y social

resultante de manera equitativa, sin comprometer la sostenibilidad de los ecosistemas vitales”;

es así que el propósito de la gestión integral es manejar todos los elementos que conforman

los recursos hídricos, generando mayores beneficios y principalmente asegurando su

sostenibilidad. (Recuperado de

http://www.rioc.org/IMG/pdf/Manual_RIOC_GWPAaguas_transfronterizas_2012-_esp.pdf )

El Informe Sobre Desarrollo Humano (2006), señala que: “Los países pueden legislar sobre

el agua como un bien nacional, pero el recurso en sí atraviesa sin pasaporte las fronteras

políticas, en forma de ríos, lagos y acuíferos. Las aguas transfronterizas extienden la

interdependencia hidrológica a través de las fronteras nacionales, reuniendo a los usuarios de

diferentes países en un sistema común. La gestión de esta interdependencia es uno de los

grandes desafíos del desarrollo humano a los que se enfrenta la comunidad internacional”

(pág. 203); entendemos por interdependencia la dependencia recíproca existente entre

diferentes países, misma que al igual que en el comercio permite aumentar beneficios

económicos para todas las partes, en el agua, gracias a la cooperación, también puede hacerlo,

no sólo en la esfera económica, sino también en lo que concierne a medidas políticas, sociales

y ambientales en general.

Uno de los objetivos de la Gestión Integral de Recursos Hídricos Transfronterizos es

fomentar la cooperación entre estados, es decir trabajar para los mismos fines como proteger,

conservar, prevenir efectos adversos, fortalecer los estándares de vida de los ribereños, etc. La

gestión pacífica de los recursos hídricos transfronterizos compartidos es estimulada por los

principios fundamentales establecidos en el artículo 1 de la Carta de la Organización de la

Naciones Unidas, que manifiesta: promover la paz y la seguridad regionales, lograr la

cooperación y garantizar las libertades fundamentales de todos.

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1.3. Gestión Institucional en Ecuador y Colombia

El 20 de junio de 1989 se estableció la Comisión de Vecindad e Integración Colombia –

Ecuador (CVICE), cuyo objetivo es promover la integración, la cooperación y el desarrollo de

la frontera; está compuesta por los Ministros de Relaciones Exteriores, Secretarios Ejecutivos,

Jefes de Misión, un representante de los gobernadores de cada departamento de frontera y

alcaldes fronterizos.

Para un mejor desarrollo de las actividades de dicha comisión se establecieron 6 Comités

Técnicos Binacionales, entre ellos podemos destacar el Comité de Asuntos Ambientales, que

se encarga de la agenda ambiental que tiene impacto en la zona de frontera.

Dentro de la gestión institucional de Colombia, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sostenible, la Secretaria de Agricultura y Medio Ambiente de la Gobernación de Nariño y

CORPONARIÑO, en abril del 2013 organizaron el I Foro Binacional de Gestión Integrada de

Cuencas Transfronterizas Colombia – Ecuador; por su parte, dentro de la gestión institucional

de Ecuador, por decisión del Comité Técnico Binacional de Asuntos Ambientales Ecuador -

Colombia, en 2014 se desarrolló el II Foro de Cuencas Transfronterizas con Énfasis en la

Gestión de Recursos Hídricos, evento que fue organizado por la SENAGUA.

Siendo estas las únicas gestiones institucionales desarrolladas con el fin de impulsar la

gestión integral de las cuencas transfronterizas colombo – ecuatorianas, y promover la

cooperación nacional e internacional para contribuir al desarrollo de proyectos relacionados

con la gestión de recursos hídricos.

1.3.1. Gestión Institucional Ecuatoriana

El artículo 17 de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua,

señala que la Autoridad única del Agua es la entidad que dirige el sistema nacional estratégico

del agua, es responsable de la rectoría, planificación y gestión de los recursos hídricos.

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De acuerdo a la mencionada ley, 3 son las entidades que se dividen la responsabilidad de

regular los recursos hídricos:

SENAGUA: quien tiene la responsabilidad de planificar las “megaobras” de

programas y proyectos hídricos.

Empresa Pública del Agua: quien debe ejecutar dichas obras puesto que en muchos

casos involucran a muchas provincias y se hace necesario una administración

especializada.

Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA): como parte de sus funciones

debe regular y controlar la aplicación de criterios técnicos para fijar las tarifas en

servicios relacionados al agua.

Podemos referirnos acerca de la participación del gobierno ecuatoriano cuando se formuló

el plan de ordenamiento y diagnóstico de la cuenca materia de nuestro estudio en el año 2004;

sin embargo, cabe recalcar que no existe participación institucional en la actualidad,

1.3.2. Gestión Institucional Colombiana

La Ley 99 de 1993 respecto al ordenamiento de cuencas otorga competencias a diferentes

entidades, así tenemos:

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.- máxima autoridad

ambiental de Colombia, tiene como competencia trazar los lineamientos generales para

el ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas y trabajar junto con el Ministerio

de Relaciones Exteriores en la formulación de la política exterior ambiental y en la

definición de procedimientos y mecanismos de cooperación para la protección de

ecosistemas fronterizos.

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Corporación Autónoma Regional.- tienen como funciones ordenar y establecer las

normas para el manejo de las cuencas hidrográficas de su región teniendo en cuenta los

lineamientos trazados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo

Territorial.

Los Departamentos.- pueden llevar a cabo proyectos encaminados a un adecuado

manejo y aprovechamiento de las cuencas hidrográficas de forma conjunta con la

Corporación Autónoma Regional y desarrollar con su participación programas de

cooperación e integración que lleven a la conservación del ambiente con las entidades

territoriales limítrofes de países vecinos.

Por su parte la Constitución le otorga a los departamentos y municipios fronterizos la

potestad de adelantar directamente con la entidad territorial limítrofe del país vecino,

de igual nivel, programas de cooperación e integración.

La ley 191 de 1995, que contiene disposiciones sobre zonas de frontera, le otorga al

Ministerio de Relaciones Exteriores la función de asesorar a los departamentos y

municipios de frontera en el desarrollo de convenios de cooperación e integración, y a

estos la obligación de consular antes de realizar cualquier proyecto de carácter

binacional.

1.4. Grado de Cooperación Interinstitucional entre Ecuador y Colombia

Al no tener una base sólida para establecer cuáles son los grados de cooperación

interinstitucional que puede existir entre dos países, dentro de la presente investigación hemos

optado por establecer tres grados de cooperación interinstitucional a fin de poder determinar

cuál es el grado de cooperación interinstitucional entre Ecuador y Colombia.

A nuestro parecer, hemos establecido 3 grados de cooperación:

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Primer Grado.- equivalente a una cooperación superficial, en el que básicamente se

aporta con ideas, con realización de talleres, foros, entrevistas, buscando dar solución a

un problema ya determinado.

Segundo Grado.- correspondiente a una cooperación media, siendo este aquel en el

que se establezcan funciones que deban ir adoptando los estados miembros, para de

esta forma lograr el objetivo propuesto (gestión integral).

Tercer Grado.- resultante de una cooperación completa, siendo este en el que exista

un alto consenso entre las partes respecto a que se deben crear no solo acuerdos,

convenios, sino también organismos intergubernamentales y supranacionales que

permita la unificación de políticas y la solución del problema planteado.

Con lo antes mencionado podemos ubicar a la cooperación interinstitucional colombo –

ecuatoriana dentro del primer grado, puesto que, como ya lo hemos indicado la cooperación

interinstitucional entre estos dos países es mínima, reduciéndose dicha cooperación a la

organización del I y II Foro Binacional referidos anteriormente.

Por lo que podemos deducir que el grado de cooperación interinstitucional entre Ecuador y

Colombia incide en la manera como se gestiona la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza

Carchi – Guaytara, es decir que con el grado de cooperación que existe actualmente no se

puede lograr una gestión integral de la cuenca, lo que ha impedido que la misma no haya sido

tratada en su totalidad. Por lo tanto, para lograr tratar la cuenca de manera integral, es

necesario aumentar el grado de cooperación entre las instituciones de los dos países, de ahí la

importancia de la cooperación interinstitucional y su notoria incidencia para lograr un

adecuado manejo integral de la cuenca.

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1.5. Relación entre la Participación Ciudadana y Social con la Participación

Institucional

Además de la gestión institucional, la participación ciudadana y social es otro atributo esencial

en el manejo de las cuencas hidrográficas. Podemos destacar los siguientes aspectos que

resaltan su importancia, entre ellos tenemos:

La gestión de los recursos hídricos especialmente de las cuencas no puede tener éxito

ni ser sostenible sin el apoyo y la participación de los usuarios.

La capacidad de tomar decisiones y la responsabilidad es una característica

indispensable de los participantes.

El manejo de cuencas es un proceso, el cual necesita ser impulsado por la participación

ciudadana o social.

De lo manifestado, opinamos que para lograr una adecuada gestión integral de una cuenca

hidrográfica, a más de la gestión institucional, es necesaria la participación ciudadana y social,

ya que deben ir de la mano debido a que si se actúa de manera individual la meta propuesta no

sería alcanzada o sería lograda de una manera paulatina y menos satisfactoria; dejando en

evidencia la relación existente y por ende necesaria entre la participación ciudadana y social y

la participación institucional.

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TÍTULO II

2. CUENCA HIDROGRÁFICA TRANSFRONTERIZA CARCHI – GUAITARA

2.1. Definición de Cuenca Hidrográfica

Se puede definir a las cuencas hidrográficas de varias maneras entre ellas tenemos:

La Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, más

conocida como Ley de Aguas, en su artículo 8, define a la cuenca hidrográfica de la

siguiente manera: “se entiende por cuenca hidrográfica la unidad territorial delimitada

por la línea divisoria de sus aguas que drenan superficialmente hacia un cause común,

incluyen en este espacio poblaciones, infraestructura, áreas de conservación,

protección y zonas productivas”

“La cuenca hidrográfica se define como una unidad territorial en la cual el agua que

cae por precipitación se reúne y escurre a un punto común o que fluye toda al mismo

río, lago, o mar”(recuperado de http://www.eumed.net/libros-gratis/2005/jmfb-

h/1u.htm)

Las Normas de Helsinki, en el artículo 2, definen a la cuenca hidrográfica

internacional, como: “la zona geográfica que se extiende por el territorio de dos o más

Estado determinada por la línea divisoria de un sistema hidrográfico de aguas

superficiales y freáticas que fluyen hacia una salida común” (Recuperado de

http://www.gwp.org/Global/GWP-SAm_Files/Programas/DAI/Manual-Derecho-de-

Aguas-Internacionales.pdf )

“Cuencas hidrográficas son aquellas que hacen que el agua que proviene de las

montañas o del deshielo, descienda por la depresión hasta llegar al mar” (recuperado

de http://www.ecured.cu/Cuenca_hidrogr%C3%A1fica)

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2.2. Antecedentes

El Río Carchi-Guaitara, es un río sudamericano que pertenece a la vertiente del Océano

Pacífico; en suelo ecuatoriano se lo llama Río Carchi, en un tramo de 45 km

aproximadamente; delimita la línea de frontera entre Ecuador y Colombia, hasta el puente

internacional de Rumichaca que significa “puente de piedra”; de aquí en adelante, ya en

territorio colombiano, se lo denomina Río Guaitara.

En su trayecto, al socavar la montaña formó el puente natural de Rumichaca que comunica

a los países de Ecuador y Colombia; formando desde este sitio un profundo cañón que en área

colombiana aloja al Santuario de Las Lajas, el mismo que fue construido sobre la verticalidad

del cañón.

En tiempos primitivos se lo conocía como río Pastarán; en la conquista el inca lo nombró

Ancash mayu, y después se lo denominó Guaitara, su nombre actual en territorio colombiano.

2.3. Características de la Cuenca

2.3.1. Ubicación de la Cuenca

El río Guaitara nace en el volcán Chiles, en el Nudo de los Pastos al noreste de Ecuador, sur

de Colombia, recorre alrededor de 45 kilómetros de nuestro territorio, en la provincia del

Carchi en dirección Este, en su parte alta de páramos donde se distingue gran riqueza

paisajística, marca la frontera colombo ecuatoriana, y luego fluye de sur a norte por el

Departamento de Nariño, entre las cordilleras andinas Central y Oriental hasta desembocar en

el río Patía.

En el territorio ecuatoriano esta cuenca corresponde al 8% de la extensión del Cantón

Tulcán, cobijando a las parroquias de Tufiño, Chapuel y María Magdalena. En Colombia su

cuenca hidrográfica representa el 11% de la extensión del departamento de Nariño y

comprende 32 municipios nariñenses como son: Aldana, Ancuyá, Consacá, Contadero,

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Córdoba, Cuaspud, Cumbal, El Tambo, El Peñol, Funes, Santacruz, Guachucal, Guaitarilla,

Gualmatán, Iles, Imués, Ipiales, La Florida, La Llanada, Linares, Ospina, Potosí, Providencia,

Puerres, Pupiales, Samaniego, Sandoná, Sapuyes, Los Andes, Tangua, Túquerres y

Yacuanquer.

2.3.2. Climatología

El clima se define por la latitud cerca de la línea ecuatorial y la altura sobre el nivel del mar,

estas son condiciones que determinan la temperatura la misma que generalmente se encuentra

entre 11º C y 14º C.

2.3.3. Hidrología

El sistema hidrográfico se produce, por las infiltraciones de estanques naturales y

principalmente por el deshielo en el Volcán Nevado de Cumbal.

La contaminación se percibe desde el nacimiento de la cuenca, la calidad del agua deja

mucho que desear, ya que se ha conquistado el páramo con el objeto de dedicar estos suelos a

la producción de papa, cultivo que es excesivamente consumidor de agroquímicos

contaminantes. La falta de sistemas adecuados para lograr un apropiado tratamiento de agua

no la hace apta para consumo humano directo.

2.3.4. Suelos

A partir de cenizas volcánicas se formaron los suelos de esta región; los mismos que son de

textura arcillosa y que presentan cambios que corresponden a la permanente explotación

agropecuaria. Estos suelos son aptos para la producción ganadera y agrícola.

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2.3.5. Flora y Fauna

La gran riqueza biodiversa ha sido víctima de la destrucción en la región, la misma que ha sido

drástica, por lo que, donde antes existía páramos poblados de bosques ahora observamos el

crecimiento de la frontera agrícola. En las zonas alto-andinas se distingue la flora nativa y

varias especies de fauna como las aves. Los pajonales, frailejones y algunas especies arbóreas

y arbustivas corresponden al tipo de vegetación.

2.3.6. Fenómeno del Niño

Este fenómeno se origina en el Océano Pacífico con secuelas en todo el planeta. Los trastornos

en la intensidad y distribución de las lluvias y la prolongación de períodos secos, son

generados por el fenómeno antes mencionado.

2.3.7. Otros fenómenos

Los mismos que son causantes del deterioro de los recursos naturales, entre ellos tenemos: el

deshielo, la lluvia ácida, la contaminación atmosférica y el calentamiento global.

2.4. Relevancia de Cooperación Transfronteriza

La cooperación transfronteriza es un apoyo entre autoridades sub-nacionales más allá de los

límites fronterizos nacionales, esta permite la colaboración y trabajo conjunto tanto de actores

públicos y privados de las dos fronteras.

Conforme avanza este siglo, los problemas de calidad y de escasez así como la dificultad

en el acceso al agua van adquiriendo dimensiones alarmantes a nivel mundial. Esto se

manifiesta principalmente en las crecientes tensiones y competencias sobre su acceso en

distintos puntos del planeta, particularmente en las cuencas de los ríos que son compartidos

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regionalmente, cuyas demandas e impactos ambientales imponen nuevos retos para la

búsqueda de soluciones efectivas.

La cooperación transfronteriza suele tener factores relacionados al territorio, la política

económica regional, la protección del ambiente y al ámbito social, inherentes a los países

involucrados. Teniendo como objetivo principal que las relaciones entre los estados vecinos se

desarrollen con la misma naturalidad como si no existiese la frontera.

En este sentido, las fronteras se han convertido en espacios claves de la relación que

mantienen los países, en las que situaciones como los conflictos pueden empeorar la

colaboración, pero también pueden nacer opciones para la cooperación en cuanto al mejor

manejo de los recursos hídricos y su aprovechamiento.

Pero a la vez, en las relaciones entre países influidas por el agua, siguen vigentes elementos

referentes a la idea de dominio y de soberanía que determinan la relación del Estado nacional

con su territorio y sus recursos, lo que viene a ser contradictorio con los discursos de

orientación globalizante.

Por lo tanto, las iniciativas que buscan el adecuado manejo del agua compartida, deben

tener como horizonte el establecimiento de acuerdos y la construcción de políticas públicas

que promuevan la cooperación binacional y donde se impliquen de manera efectiva a los

distintos actores y usuarios de la cuenca para la implementación de soluciones equitativas y

sustentables en cuanto a la gestión del agua. Aunque la experiencia de casos eficaces de

manejo integral y cooperativo es escasa considerando el sinnúmero de factores tales como

políticos, económicos y sociales que caracterizan a los países implicados, es también evidente

el potencial que los beneficios compartidos generan para atraer a naciones con el fin de

trabajar conjuntamente.

La UICN (2008), señala que: “El compartir beneficios proporciona a los ribereños

flexibilidad para separar la distribución física del desarrollo del río (donde se llevan a cabo las

actividades) de las distribución económica de beneficios (quienes se aprovechan de esas

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actividades). En el mejor de los casos, esta separación permite a los ribereños centrarse

primero y generar beneficios en toda la cuenca, y segundo en compartir dichos beneficios de

una forma que se reconozca como justa. De esta forma los ribereños pueden gestionar la

cuenca de forma integral y eficiente, conservando los ecosistemas esenciales y ubicando la

energía, la industria y el desarrollo agrícola donde sean más productivos y menos dañinos

ambiental y socialmente” (pág. 22), es decir que para lograr una gestión integral y eficiente de

la cuenca es necesaria la separación de la distribución física del desarrollo del río de la

distribución económica de beneficios, a fin de lograr mayores beneficios y compartirlos de una

forma justa permitiendo así la conservación de los ecosistemas y evitando daños ambientales y

sociales.

2.4.1. Avances en la Cooperación Transfronteriza respecto al manejo de la Cuenca

En el caso de la Cuenca del Río Carchi-Guaitara, hay un interés común entre Ecuador Y

Colombia, principalmente en la zona de frontera, por ello el tema se ha venido trabajando

desde hace varios años en la Comisión de Vecindad e Integración Colombo-Ecuatoriana.

Los primeros trabajos técnicos fueron realizados por Colombia, puesto que en 1995 realizó

el diagnóstico de dicha cuenca. Posteriormente el Ecuador en el 2004 con recursos de

cooperación del gobierno sueco formuló el plan de ordenamiento y diagnóstico de esta cuenca;

de esto se puede notar que hasta el momento los trabajos han sido realizados de manera

individual por cada país.

Sin embargo podemos destacar los intentos para impulsar la gestión integrada de la cuenca

transfronteriza Colombo-Ecuatoriana; es así que se llevó a efecto el I Foro Binacional de

Gestión Integrada de Cuencas Transfronterizas de Colombia y Ecuador, en Pasto capital del

departamento de Nariño, mismo que tuvo el objetivo de promover la cooperación nacional e

internacional para contribuir al desarrollo sostenible de los territorios de frontera;

posteriormente se desarrolló el II Foro de Cuencas Transfronterizas con Énfasis en la Gestión

de Recursos Hídricos, en la ciudad de Tulcán capital de la Provincia del Carchi, en el que se

impulsó el objetivo del primer foro.

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A pesar de dichos intentos, aún no se ha llegado a concretar un acuerdo que permita el

manejo integral de la Cuenca Transfronteriza Carchi – Guaitara, que es el objeto de nuestro

estudio.

2.5. Diagnóstico Ambiental de la Zona de Frontera

En el río Carchi las quebradas y ríos que convergen y recorren el Cantón Tulcán se encuentran

particularmente contaminadas, por el lado oriental de la cuenca, su principal afluente es el río

San Juan en el que se derraman los desechos que vienen de las instalaciones agro-ganaderas e

industriales y principalmente de la ciudad así como también los fluidos de lavadoras de

vehículos, en el lado este de la ciudad de Tulcán río Bobo es el principal afluente del río

Carchi, que en su transcurso por el cantón acumula todas las aguas hervidas de Tulcán,

Chapuel, María Magdalena, Tufiño y Tulcán quien es su principal contaminante, en vista de la

concentración de la población, precisamente las aguas negras de los hospitales contaminan

esta microcuenca que finalmente desemboca en el río Carchi.

Uno de los problemas más grandes de la región viene a ser la contaminación de estas

fuentes hídricas, con relación al resto de corrientes de agua de la Provincia del Carchi y del

Departamento de Nariño, el río Carchi presenta el mayor índice de contaminación, desmejoran

notablemente la calidad del agua los principales agentes contaminantes tanto sólidos y líquidos

que a lo largo del río se vierten.

En el Río Carchi-Guaitara cerca de 5 toneladas de basura se vierten directa o

indirectamente. Sin embargo, desde hace algunos años atrás este problema en parte se ha

solucionado con el relleno sanitario tanto en Tulcán como en Ipiales, el mismo que se maneja

en condiciones no muy eficaces, ya que no existe un sistema de disposición de tratamiento de

desechos y de basura, es decir, un sistema de reciclaje en el cual se clasifique adecuadamente

los residuos tanto biodegradables y no biodegradables.

Los contaminantes y la basura son de distinta composición como hojarasca, desperdicios de

alimentos, desechos de animales, desagües de alcantarillas, aceites de lubricantes de vehículos,

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jabones, detergentes, agroquímicos y en general desechos orgánicos e inorgánicos. Lo mismo

sucede en el lado colombiano.

Razones por las cuales la distinta carga contaminante como bacteriológica es elevada, la

misma que impide la presencia de fauna acuática, en especial de trucha. En la orilla de los ríos

la mayoría de campesinos lavan sus tanques de fumigación y los residuos de los productos

químicos se vierten en las aguas y provoca un gran daño ambiental que es irremediable.

Todo lo antes mencionado ayuda a que crezcan consecuencias a partir de esta

contaminación, entre ellas nos referimos a las siguientes: disminución de los caudales, muerte

de peces, extinción de algas y plantas acuáticas, es decir especies vegetales, desaparición de

especies animales como aves, anfibios e insectos, y principalmente el deterioro de aguas. Por

consiguiente, desde el factor económico, podemos manifestar que la contaminación de los ríos

provoca nuevos resultados como la elevación de los costos en cuanto al tratamiento de las

aguas para el consumo humano y la pérdida de recursos en aprovechamiento turístico y

actividad de pesca.

A pesar del actual panorama tan sombrío en la zona de la frontera, es necesaria la

concientización tanto de usuarios y autoridades para así lograr de manera conjunta el adecuado

manejo de la cuenca del río Carchi-Guaitara.

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TÍTULO III

3. BASES PARA EL DESARROLLO DE UN ACUERDO BINACIONAL EN EL

MANEJO DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA TRANSFRONTERIZA

CARCHI-GUAITARA

3.1. Definición de Acuerdos Binacionales

“Se trata de aquellos acuerdos en los que están implicados dos países. Son contratos

vinculantes entre dos países que aceptan y acuerdan términos y condiciones al respecto de

algo” (recuperado http://www.definicionabc.com/politica/acuerdos-bilaterales.php)

Los acuerdos binacionales pueden concretarse en diversos ámbitos, tales como: políticos,

sociales, comerciales, económicos, etc. Siempre un acuerdo es el producto de un debate o

conversaciones, en las cuales los dos países discuten puntos de vista para concretarlo, para que

satisfaga las necesidades y demandas de ambos países involucrados.

El Plan Binacional de Integración Fronteriza Ecuador – Colombia (2014-2022), establece:

“En la relación binacional, el ser humano es considerado como el centro y fin de la

planificación, el cual es portador de derechos y obligaciones. En consecuencia, los Estados son

los en-cargados de garantizar su cumplimiento acorde a los estándares internacionales de

derechos humanos, y en el marco de una relación armoniosa con la naturaleza, respetando la

existencia, mantenimiento y regeneración de la misma” (pág. 32); es decir que los acuerdos

binacionales deben estar estrictamente apegados a los derechos humanos, guardando la

relación armoniosa entre el ser humano y la naturaleza. (Recuperado de

http://www.planificacion.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2015/03/PLAN-

BINACIONAL-28-11-2014baja.pdf)

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38

La integración binacional constituye un principio que tiene como fin alcanzar metas

conjuntas entre los dos Estados, a fin de afianzar acciones coordinadas que ataquen

problemáticas de manera binacional, capaz de fortalecer las relaciones entre los dos países.

3.2. Principios Generales de Derecho Internacional del Ambiente

Soberanía y Responsabilidad.- Los Estados tienen derechos soberanos sobre sus

recursos naturales y no deben causar daño al ambiente; teniendo la obligación de

proteger los derechos de los otros Estados.

Principios de Buena Vecindad y de Cooperación Internacional.- los Estados tienen

la responsabilidad de no dañar el ambiente, este principio está estrechamente

relacionado con la obligación de cooperar para investigar, identificar y evitar daños

ambientales.

Principios de Acción Preventiva.- los Estados tienen la obligación de detener la

eliminación de substancias tóxicas en cantidades que excedan la capacidad de

degradación del ambiente con fin de no causar daños al ecosistema.

Principio de Precaución.- en el cual un Estado ante una sospecha de peligro puede

actuar antes de que se genere daño ambiental adoptando medidas protectoras.

Obligación de Indemnizar por Daños.- los Estados tienen la responsabilidad de

garantizar que las actividades que se realizan dentro de su territorio no causen daño al

ambiente de áreas fuera del mismo y en el caso que se cause el daño el objetivo debe

ser al menos limpiar el ambiente y restaurarlo.

Principio de Desarrollo Sostenible.- se define como un desarrollo que satisface las

necesidades del presente, sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las

futuras generaciones.

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39

3.3. Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados

La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados se aplica a los tratados entre

Estados, entendiendo por “tratado” “un acuerdo internacional celebrado por escrito entre

Estados y regido por el Derecho Internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o

más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular” según el artículo

2 de dicha convención.

3.3.1. Fases de Celebración

Negociación.- se considera que son Estados negociadores aquellos que participan en la

elaboración y adopción del texto para la consecución de estos fines el texto debe

satisfacer a las partes, en esta fase se determina el objeto, el fin y el contenido del

tratado.

Adopción del Texto.- lo que significa consentir que todos los participantes se pongan

de acuerdo en su redacción definitiva, mayoritariamente se aplica o se establece que la

adopción del texto se hará por una mayoría de dos textos de los Estados partes.

Autenticación.- este acuerdo queda fijado de manera solemne como el contenido

definitivo e inalterable del tratado, en el cual se utiliza la firma o rúbrica.

Prestación del Consentimiento.- en esta fase los Estados participantes deciden si

quieren ser parte o no del tratado, los que se aceptan se someten al mismo y los que

aceptan no quedan obligados.

Entrada en Vigor.- un tratado entrará en vigor de la manera y en la fecha que en él se

disponga.

De conformidad al artículo 26 de la Convención mencionada, todo tratado obliga a las

partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe.

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40

3.4. Relación Internacional entre Ecuador y Colombia

Tatés (2009), en relación a la política binacional fronteriza, manifiesta: “Vivir en la zona de

frontera es un privilegio que no hemos sabido aprovechar, tenemos propuestas, es hora que las

autoridades y actores locales de la zona emprendamos cívicamente la defensa de nuestro

espacio y derechos a fin de evitar que nos den haciendo y pensado las autoridades centrales

que no conocen la realidad y hermandad que vivimos. Necesitamos sí el apoyo del gobierno

nacional, seccionales y de organizaciones para poder salir de la crisis y convertir a nuestra

zona fronteriza en un polo de desarrollo con la aplicación de una verdadera Política de

Fronteras” (pág. 302), así como manifiesta el ex Presidente de la Cámara de Comercio de

Tulcán, el pueblo norteño del Ecuador tiene el honor de compartir frontera con nuestro

hermano país Colombia, honor que no hemos sabido fructificar, ya que la falta de interés por

parte de las autoridades no ayuda a los actores locales a defender sus derechos que tanto por

acciones u omisiones de las autoridades centrales muchas veces han sido vulnerados, por lo

cual este oriundo de la provincia de frontera reconoce la necesidad de que el Gobierno

Nacional y sus instituciones afines brinden el apoyo necesario para efectuar las propuestas y

así poder salir de la crisis con la que actualmente se ve enfrentada la población carchense.

3.4.1. Evolución Histórica de Acuerdos Binacionales

En las relaciones bilaterales entre Ecuador y Colombia, surge un proceso histórico de

integración en el que se puede constatar la existencia de muchos intentos de cooperación

binacional que data desde los siglos XIX y XX, sin mayor éxito.

El 20 de junio de 1989, mediante Declaración Conjunta suscrita en Bogotá, los Presidentes

Rodrigo Borja de Ecuador y Virgilio Barco de Colombia, tomaron la decisión de crear un

mecanismo bilateral que promueva la integración y el desarrollo entre los dos países conocida

como la Comisión de Vecindad Colombo Ecuatoriana, considerando las amplias posibilidades

de cooperación que la vecindad ofrece a los dos pueblos.

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41

Esta Comisión fue reestructurada el 28 de noviembre del 2002, confirmando su carácter de

mecanismo de nivel político y representativo con el fin de asumir los nuevos retos de la

integración binacional y fronteriza.

Desde entonces, Ecuador y Colombia han llegado a varios acuerdos, como:

En relación a los pescadores artesanales, a través de un compromiso social que atienda

sus vulnerabilidades con el fin de controlar problemáticas como: la trata de personas,

contrabando de combustible, la piratería, el tráfico de armas y migrantes, el narco

tráfico, etc.

En cuanto a agricultura, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y la Agencia

Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (AGROCALIDAD) han

actualizado las negociaciones de varias medidas sanitarias para facilitar el comercio

binacional de productos agropecuarios, establecer acciones conjuntas para su control

fronterizo y realizar actividades de cooperación técnica.

Acuerdos entre Ecuador y Colombia para promover rutas aéreas y fomentar su

conectividad. El puente internacional de Rumichaca es un importante símbolo de

hermandad, fue implementado como un esfuerzo binacional para mejorar las

condiciones de comercio, transporte y turismo.

El convenio binacional petrolero que permitirá transportar desde la Amazonía hacia la

costa del Pacífico, el crudo colombiano que se produce, a través del oleoducto

ecuatoriano.

Estos acuerdos son el reflejo de que la relación entre Ecuador y Colombia está en un

momento histórico puesto que, la relación bilateral es próspera y apunta hacia la generación de

una mayor cooperación que facilite el trabajo conjunto para mantener una frontera activa,

donde todos sus habitantes fortalezcan lazos de hermandad y permitan al desarrollo social y

crecimiento económico en un contexto de igualdad de oportunidades.

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42

Sin embargo, a pesar de lo antes mencionado, podemos notar la inexistencia de acuerdos

binacionales con relación al manejo de los recursos hídricos transfronterizos, específicamente

de la Cuenca Hidrográfica Compartida Carchi – Guaitara, lo que ha traído consigo

desprotección legal y con ello la necesidad de fomentar un acuerdo.

3.5. Algunas experiencias latinoamericanas de cooperación transfronteriza

La experiencia de los últimos años de integración regional pone de manifiesto la falta de

coordinación de los territorios que la componen, el surgimiento y crecimiento de nuevas

irregularidades dentro de los procesos.

Con el fin de cumplir con eficacia las funciones en frontera es necesario concordar los

sistemas operativos y reglamentaciones de cada país, lo que es un desafío que requiere

cooperación, intercambio de información y especial atención a las características específicas

que presenta cada situación fronteriza.

Como mencionamos en el título precedente, la cooperación transfronteriza es un apoyo

entre autoridades sub-nacionales más allá de los límites fronterizos nacionales, esta permite la

colaboración y trabajo conjunto tanto de actores públicos y privados de las dos fronteras.

En base a la cooperación transfronteriza, han surgido algunas experiencias

latinoamericanas, teniendo a bien mencionar las siguientes:

3.5.1. El Tratado De Cooperación Amazónica

El Tratado de Cooperación Amazónica es el único tratado multilateral, firmado por Bolivia,

Brasil, Ecuador, Colombia y Perú, el 3 de Julio de 1978 en Brasilia, ya que en su mayoría,

únicamente se han firmado tratados bilaterales; dicho tratado tiene como fin unir esfuerzos que

se desarrollaban de manera individual para impulsar el desarrollo conjunto de la Amazonía

encaminada a la distribución equitativa de beneficios entre los Estados parte de la Cuenca del

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43

Amazonas, así como también la utilización racional de los recursos naturales y la preservación

del ambiente.

Respecto a los recursos hídricos, el tratado acuerda la libertad de navegación comercial y a

su vez se incentiva la investigación científica y tecnológica apoyada del intercambio de

información por parte de organismos internacionales.

El 22 de noviembre de 2002, se reafirmó este tratado mediante la Declaración de Santa

Cruz de la Sierra, resaltando la importancia tanto de la gestión como de la conservación de los

recursos hídricos en la cuenca amazónica, considerando como un componente principal para

lograr el desarrollo social, económico y fundamentalmente de la calidad de vida.

Con el fin de asegurar la cooperación entre los países miembros se crea el Consejo de

Cooperación Amazónica. Según Querol (2003), tiene las siguientes funciones:

- Velar por el cumplimiento del objetivo y fin del tratado y de las decisiones

que se adopten en las reuniones de ministro de Relaciones Exteriores,

- Recomendar a los estados parte la conveniencia de realizar tales reuniones

y prepara la agenda correspondiente,

- Tomar las decisiones que se requieran sobre la ejecución de proyectos y

estudios en el marco bilateral y multilateral,

- Adoptar sus normas de funcionamiento. (pág. 44)

3.5.2. El Plan del Trifinio:

El Plan Trifinio toma este nombre por la unión de las fronteras terrestres de tres países. Este

plan está conformado por: Guatemala, Honduras y El Salvador; siendo el agua el bien público

regional definido para el mismo. En esta región nacen los principales recursos hídricos de

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América Central, como son: la cuenca trinacional del río Lempa, la cuenca binacional del río

Motagua entre Honduras y Guatemala; y, la cuenca del río Ulúa de Honduras.

Esta cooperación transfronteriza deriva de la necesidad de solucionar problemas que no han

podido ser resueltos por cada país o que no brindan opciones para que afronten los costos en

forma individual; presentado una solución efectiva a estos problemas, al tiempo que

promueve la integración de los países involucrados.

El Plan del Trifinio se estableció mediante un tratado internacional que delimita la región

como una unidad ecológica indivisible, en la que solo la acción de los tres gobiernos de

manera conjunta podrá dar solución a los problemas y permitirá el manejo sostenible de su

bien público como es el agua. Dicho tratado fue suscrito en 1997 y ratificado en 1998. La

entidad responsable del manejo sostenible de la cuenca alta del río Lempa es la Comisión

Trinacional del Plan Trifinio.

Rhi-Sausi & Oddone señalan que el Plan del Trifinio establece como objetivos específicos,

los siguientes:

- Proveer a los gobiernos municipales y a los líderes locales de la

información necesaria para la toma de decisiones conjunta y para la

creación de programas de educación ambiental compartidos;

- Hacer que los grupos poblacionales, los gobiernos locales, los sectores

empresariales y las instituciones gubernamentales de los tres países del

Trifinio conozcan y utilicen la información estratégica relacionada con el

manejo del agua a fin de generar actitudes positivas; y,

- Crear los mecanismos e instrumentos técnico-legales a escala local para

administrar el recurso hídrico, con especial apoyo a los procesos de

concertación orientados a definir acuerdos y mecanismos regionales para la

gestión del agua como un bien público regional. (Recuperado de

http://www.global-local-

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45

forum.com/upload/pdf/Nahuel_Oddone7_20121011125939_interior_final3.

pdf )

Estos objetivos han llevado a la cooperación transfronteriza en la región, con mira a

aumentar la participación comunitaria y el involucramiento de los municipios; arrojando como

resultados una satisfactoria gestión hídrica ambiental y un fortalecimiento de la cooperación

transfronteriza y de la integración regional en general.

3.5.3. Estatuto de la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos

Hídricos de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Zarumilla

Este estatuto es un acuerdo entre la República del Ecuador y la República del Perú con el fin

de establecer la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de la

Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Zarumilla.

Esta Comisión Binacional se rige por los siguientes principios:

- Equidad: con el fin de garantizar la distribución equitativa y el uso eficiente de los

recursos hídricos.

- Gestión Integrada de los Recursos Hídricos: con el fin de promover el manejo y

desarrollo coordinado del uso y aprovechamiento multisectorial del agua.

- Participación de la Población y Cultura del Agua: con el propósito de crear

mecanismos para la participación de los usuarios y de las organizaciones sociales en el

proceso de planificación y gestión de los recursos hídricos.

- Información y Conocimiento: la información debe estar sólidamente basada en el

conocimiento científico, técnico y tradicional para establecer mecanismos adecuados

para su armonización y disponibilidad.

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- Transparencia y Rendición de Cuentas: la Comisión Binacional deberá propiciar la

rendición voluntaria de cuentas ante los actores de la parte correspondiente de la

cuenca.

- Cooperación, Colaboración y Coordinación Transfronteriza: para establecer

mecanismos que generen confianza para lograr la gestión integrada de recursos

hídricos y contribuir en la solución de las diferencias que puedan darse al momento de

ejecutar el Plan.

- Soberanía: respeto a la autonomía de los países miembros, teniendo como objetivo el

cumplimiento de las legislaciones nacionales de cada país y de los acuerdos y

convenios internacionales suscritos entre los dos países.

El objetivo principal de este estatuto es establecer mecanismos para el funcionamiento de la

Comisión Binacional con la finalidad de implementar el Acuerdo, para alcanzar la Gestión

Integrada de Recursos Hídricos en la Cuenca.

3.5.4. Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional que se celebra entre el

Gobierno Regional Piura y el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial

de Loja, para la Ejecución del Proyecto “Manejo Integral Binacional de

Cuencas Hidrográficas Transfronterizas como Medidas de Mitigación y

Adaptación al Cambio Climático”

La zona de intervención de este proyecto es en la provincia de Loja en Ecuador y en la Región

Piura en Perú, en la subcuenca del Río Macará, perteneciente a la Cuenca Transfronteriza

Catamayo – Chira.

Tiene como objetivo general el mejorar la gestión binacional de cuencas hidrográficas de la

zona transfronteriza Ecuador – Perú con medidas de adaptabilidad y mitigación al cambio

climático que contribuya a disminuir la pobreza; siendo los beneficiarios las familias

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campesinas de seis cantones por parte de Loja- Ecuador (Calvas, Espíndola, Gonzanamá,

Macará, Quilanga y Sozoranga) y cuatro Distritos por parte de Piura – Perú (Jilili, Sícchez,

Ayabaca y Suyo).

Entre las principales actividades o metas relacionadas con el manejo de cuencas

hidrográficas y cambio climáticos, podemos mencionar:

- Conformación y estructuración del Modelo de Gestión y Mancomunidad binacional.

- Plan de Intervención de Gestión Binacional.

- Elaboración y actualización de proyectos binacionales de gestión de agua.

- Fortalecimiento de capacidades para GAD’S para la Gestión Integrada de Recursos

Hídricos con acuerdos de fortalecimiento.

Dentro de los principales logros conseguidos en un año desde la suscripción de este proyecto

podemos mencionar los siguientes:

- Fortalecimiento y producción de viveros.

- Realización de talleres de capacitación en reforestación a las comunidades de la zona de

intervención.

- Expediente Técnico de Albarradas (estudios hidrológicos, mecánica de suelos,

geológicos, costos).

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48

TÍTULO IV

4. MARCOS DE REFERENCIA JURÍDICOS PARA LA COOPERACIÓN

TRANSFRONTERIZA

La UICN (2008), manifiesta: “El desafío legal, que ya es difícil dentro de un solo estado, se vuelve

incluso más complejo cuando los recursos hídricos están divididos por fronteras internacionales”

(pág. 51)

4.1. Base Jurídica Ecuatoriana

La UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la

Cultura), manifiesta:

La emergente cultura del agua se apoya en la idea fundamental de que el agua es un

recurso compartido: la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) pretende

administrar el agua de modo más eficaz y equitativo mediante una mayor

cooperación. Reunir a las organizaciones vinculadas con los recursos hídricos

superficiales y subterráneos, exigir nuevas legislaciones alrededor del mundo, instar

a la participación ciudadana y explorar formas alternativas de dirimir conflictos

forman parte del proceso. (Recuperado de

http://webworld.unesco.org/water/wwap/wwdr/wwdr2/pdf/wwdr2_ch_11_es.pdf)

La Gestión del Agua requiere un marco de referencia jurídico eficaz para establecer

normas y procedimientos claros, el mismo que promueve el manejo eficiente que ayuda a

evitar o resolver conflictos entre usuarios que compiten por el agua.

A pesar de que en Ecuador existe legislación que regula todo lo referente al agua, esta

normativa no reglamenta la gestión integral de cuencas hidrográficas transfronterizas, lo que

debe verse como una falencia del sistema legal del país, porque simplemente la normativa

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responde a necesidades concretas en un momento determinado, que requirieron que se

promulguen normas específicas dedicadas a aspectos puntuales.

Es así que dentro de nuestra legislación encontramos la siguiente base jurídica con respecto

al agua:

4.1.1. Constitución de la República del Ecuador:

En su Capítulo segundo en los Derechos del buen vivir, en su sección primera acerca

del Agua y alimentación señala en el artículo. 12: “El derecho humano al agua es

fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso

público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida”.

Entendemos por ello que el agua es indispensable para la vida y al constituir un patrimonio

nacional y tomando en cuenta que la misma es un recurso natural no renovable nos vemos en

la obligación de darle un buen uso y cuidado.

Así mismo en la sección segunda referente al ambiente sano nos manifiesta en su

artículo 14:

Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y

ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak

Kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación

de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país,

la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales

degradados.

Deducimos que desde el 2008, con la aprobación de la Constitución de la República del

Ecuador, se reconoce el derecho de los ecuatorianos al buen vivir o Sumak Kawsay, lo que

implica que la población viva en un ambiente sano en el que se salvaguarde la conservación

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tanto los ecosistemas y su biodiversidad, evitando causar daño al ambiente y promoviendo la

restauración del mismo.

En la Sección sexta de la Constitución con referencia al Agua nos indica lo siguiente

en su artículo 411:

El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los

recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo

hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de

agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de

recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán

prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua.

Le corresponde al Estado el manejo de la totalidad de los recursos hídricos y la preservación

de los mismos; reglamentando el uso del agua para darle un mejor aprovechamiento y así

garantizar su conservación teniendo como prioridad la utilización del agua para el consumo

humano.

De igual forma en su artículo 412, establece:

La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación,

regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su

cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque eco

sistémico.

Podemos notar que la autoridad que se encarga de gestionar el agua tiene obligaciones

específicas consagradas en la norma suprema; esta a su vez debe cooperar con la autoridad

encargada de la gestión ambiental fin de garantizar un adecuado manejo del agua.

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4.1.2. Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del agua:

El articulo 1 acerca de la naturaleza manifiesta:

El Estado unitario, intercultural y plurinacional del Ecuador reconoce y garantiza el

derecho humano al agua. El derecho humano al agua es fundamental e

irrenunciable, así como la garantía del ejercicio de los derechos de la naturaleza.

El agua es patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable,

imprescriptible, inembargable y esencial para la vida, elemento vital de la

naturaleza y fundamental para garantizar la soberanía alimentaria.

Los recursos hídricos son parte del patrimonio natural del Estado y serán de su

competencia exclusiva, se ejerce concurrentemente entre el Gobierno Central y los

Gobiernos Autónomos Descentralizados, se garantizan sus derechos a través de la

institucionalidad de la Autoridad Única del Agua en coordinación con los sistemas

comunitarios, de conformidad con los principios definidos en la Constitución

especialmente los de sustentabilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia.

Notamos que este cuerpo legal guarda concordancia con nuestra Constitución, al garantizar

y reconocer el derecho humano al agua. Tanto el Gobierno Central como los Gobiernos

Autónomos Descentralizados tienen competencias exclusivas en cuanto a los recursos

hídricos, son los encargados de garantizar los derechos del Estado conforme a los principios

constitucionales como los de sustentabilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia.

El Artículo 3 nos dice:

Objeto de la ley.- El objeto de la presente ley es garantizar el derecho humano al

agua, así como regular y controlar la autorización, gestión, preservación,

conservación, restauración, uso y aprovechamiento del agua, el manejo integral y su

recuperación, en sus distintas fases, formas y estados físicos a fin de garantizar el

Sumak Kawsay o Buen Vivir.

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52

Creemos que esta ley fue creada con el fin de garantizar el derecho humano al agua en sus

distintas fases, así como normar toda gestión en cuanto a su uso y aprovechamiento, sin dejar

de lado la importancia de preservarla y conservarla para así afianzar el Sumak Kawsay.

El Artículo 8 manifiesta:

Que debemos entender por cuenca hidrográfica la unidad territorial que está delimitada por

la línea divisoria de sus aguas, las mismas que drenan superficialmente hacia un cause común,

incluyendo tanto poblaciones, infraestructura, áreas de conservación, protección y zonas

productivas.

4.1.3. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

En su Capítulo II, referente al Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial, en la

Sección Primera, acerca de la Naturaleza jurídica, sede y funciones, artículo 40, indica:

“Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales son personas jurídicas de

derecho público, con autonomía política, administrativa y financiera...”, es decir que

los GAD’S gozan de libertad para la toma de decisiones tanto en el ámbito

administrativo, financiero y político.

En el artículo 42, en su parte pertinente señala: “Los gobiernos autónomos

descentralizados provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin

perjuicio de otras que se determinen:

d) La gestión ambiental provincial;

g) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias”;

lo que entendemos que su gestión se centra en las competencias exclusivas determinadas

en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, en estricta concordancia con la Constitución

de la República.

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4.2. Base Jurídica Colombiana

Colombia es uno de los primeros países en Latinoamérica en incorporar el concepto de

“Ordenamiento y Desarrollo Integral de Cuencas”, con propósitos múltiples.

El manejo de cuencas en Colombia está reglado por varias normas que señalan las

competencias que tienen las distintas entidades que participan en el proceso y los pasos que

deben seguir en la formulación de un plan para su adecuada gestión.

Cabe recalcar la notoria diferencia entre la legislación colombiana y ecuatoriana, pues

dentro de la normativa colombiana se establece de manera más específica el manejo de

cuencas hidrográficas transfronterizas, lo que no se contempla en la legislación ecuatoriana.

Dentro del ordenamiento jurídico colombiano podemos encontrar lo siguiente:

4.2.1. Constitución Política de Colombia

El capítulo III que trata acerca de los Derechos Colectivos y del Ambiente, en su

artículo 80, señala:

El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para

garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución.

Además, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer

las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.

Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas

situados en las zonas fronterizas. (Recuperado de

http://www.senado.gov.co/images/stories/Informacion_General/constitucion_politic

a.pdf )

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4.2.2. Ley 99 de 1993 de la República de Colombia

Esta Ley en su artículo 1, manifiesta:

Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana seguirá los

siguientes principios generales:

1) El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los

principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de

Río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.

5) En la utilización de los recursos hídricos, el consumo humano tendrá prioridad

sobre cualquier otro uso.

(Recuperado de

http://www.humboldt.org.co/images/documentos/pdf/Normativo/1993-12-22-ley-

99-crea-el-sina-y-mma.pdf )

En el artículo 5, numeral 12, señala que le corresponde al Ministerio del Medio

Ambiente entre otras cosas:

Expedir y actualizar el estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio para

su apropiado ordenamiento y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo

concerniente a sus aspectos ambientales y fijar las pautas generales para el

ordenamiento y manejo de cuencas hidrográficas y demás áreas de manejo especial.

(Recuperado de

http://www.humboldt.org.co/images/documentos/pdf/Normativo/1993-12-22-ley-

99-crea-el-sina-y-mma.pdf )

4.2.3. Decreto 2811 de 1974

Burgos & Gómez (2007), señalan que:

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55

Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de

Protección al Medio Ambiente. El Código señala que las cuencas hidrográficas de

ríos que sirven de límite o que atraviesan las fronteras de Colombia, incluidas las

aguas superficiales y subterráneas y los demás cursos naturales conexos, están

amparadas por diversas previsiones ambientales, contempladas en este decreto.

(pág. 11)

4.2.4. Decreto 2857 de 1981

El artículo 4, establece que:

La ordenación de una cuenca tiene por objeto principal el planeamiento del uso y

manejo de los recursos y la orientación y regulación de las actividades de los

usuarios, de manera que consiga mantener o restablecer un adecuado equilibrio

entre el aprovechamiento económico de tales recursos y la preservación de la

estructura físico-biótica de la cuenca y particularmente de los recursos hídricos.

...constituye el marco para planear el desarrollo integral de la cuenca y programar la

ejecución de proyectos específicos de aprovechamiento hidráulico.

Recuperado de

(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1550)

4.2.5. Ley 191 de 1995

Burgos & Gómez (2007), manifiestan:

Que contiene las disposiciones sobre zonas de frontera, le otorga al Ministerio de

Relaciones Exteriores la función de asesorar a los departamentos y municipios de

frontera en el desarrollo de convenios de cooperación e integración, y a éstos la

obligación de consultar antes de realizar cualquier proyecto de carácter binacional.

(pág. 12)

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4.3. Tratados y Convenios Internacionales de Agua Dulce

4.3.1. La Declaración Universal de Derechos Humanos

La Declaración Universal de Derechos Humanos, nace después de la Segunda Guerra Mundial

y la creación de la Naciones Unidas, cuando la comunidad internacional se comprometió a no

permitir nunca más crueldades como las sucedidas en ese conflicto.

En el artículo 22 de la mencionada Declaración, se señala que: “Toda persona, como

miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el

esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y

los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y

culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad”

(Recuperado de http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml); lo que

entendemos que el Estado ya sea de manera individual o con colaboración de otros

Estados, garantizará a todo individuo el pleno goce de derechos tanto económicos

como sociales y culturales.

4.3.2. Declaración de Dublín sobre el Agua y Desarrollo Sostenible.

La Declaración de Dublín sobre Agua y Desarrollo Sostenible, tiene principios rectores tales

como:

Principio Nº 1: “El agua dulce es un recurso finito y vulnerable, esencial para sostener

la vida, el desarrollo y el medio ambiente”; es decir que el desarrollo en cuanto al

recurso agua no permite acción aislada, por lo que la normativa de agua ha

evolucionado rápidamente en miras de una planificación integrada para satisfacer

objetivos ambientales y preocupaciones sociales. (Recuperado de

http://archivo.cepal.org/pdfs/Waterguide/Tac3s.pdf)

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57

Principio Nº 2: “El aprovechamiento y la gestión del agua debe inspirarse en un

planteamiento basado en la participación de los usuarios, los planificadores y los

responsables de las decisiones a todos los niveles”; por tanto los Estados están

fomentando mecanismos y estrategias preventivas para una mejor gestión del agua; y,

coordinando actividades en la que se cuente con la contribución de los usuarios, y así

lograr satisfacer las variadas demandas. (Recuperado de

http://archivo.cepal.org/pdfs/Waterguide/Tac3s.pdf)

4.3.3. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Río

De Janeiro, 1992

La Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, reunida en

Río de Janeiro en 1992, expidió esta Declaración que está compuesta por 27 principios, de los

cuales destacamos los siguientes:

Principio 7: “Los Estados deberán cooperar con espíritu de solidaridad mundial para

conservar, proteger y restablecer la salud y la integridad del ecosistema de la Tierra. En

vista de que han contribuido en distinta medida a la degradación del medio ambiente

mundial, los Estados tienen responsabilidades comunes pero diferenciadas…”; lo que

nos da a entender que los Estados deben apoyarse mutuamente a fin de lograr objetivos

comunes en favor del ecosistema, ya que los mismos han llevado al deterioro del

medio ambiente y por lo tanto están en la responsabilidad de contribuir en su

restablecimiento. (Recuperado de

http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/documents/declaracionrio.htm )

Principio 10: “El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la

participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda…”; es

decir que los ciudadanos deben estar involucrados de manera más directa en lo

referente a las cuestiones ambientales, incentivando con el ejemplo para generar una

mayor colaboración en el desarrollo tanto sostenible como sustentable. (Recuperado de

http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/documents/declaracionrio.htm )

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58

4.3.4. Normas de Helsinki sobre los Usos de las Aguas de Ríos Internacionales.

Las Normas de Helsinki sobre los Usos de las Aguas de Ríos Internacionales acordadas en

1966, reconocen a los estados su derecho a participar de forma razonable y equitativa en la

utilización de las aguas de una cuenca transfronteriza. De dichas normas resaltamos los

siguientes puntos:

En el capítulo 1, dentro de las generalidades establece la definición de cuenca

hidrográfica internacional: “Es la zona geográfica que se extiende por el territorio de

dos o más Estados determinada por la línea divisoria de un sistema hidrográfico de

aguas superficiales y freáticas que fluyen hacia una salida común”. (Recuperado de

http://www.gwp.org/Global/GWP-SAm_Files/Programas/DAI/Manual-Derecho-de-

Aguas-Internacionales.pdf )

Dentro del capítulo 2, que se refiere a la utilización equitativa de las aguas de una

cuenca hidrográfica internacional, resaltamos que todo Estado ribereño de una cuenca

tiene derecho a la participación razonable y equitativa en los usos beneficiosos de las

aguas dentro de los límites de su territorio.

El capítulo 3, hace referencia a la contaminación definiéndola como: “todo cambio

nocivo resultante de un acto humano en la composición, contenido o calidad naturales

de las aguas de una cuenca hidrográfica internacional”, por lo que demandan a los

Estados evitar nuevas formas de contaminación de una cuenca internacional y tomar

medidas aconsejables para disminuir la misma con el fin de que no afecte al Estado co-

ribereño.

Respecto a los procedimientos para la prevención y arreglo de controversias, el

capítulo 6 señala que los Estados se deben valer de medios pacíficos y de manera que

no se pongan en peligro la paz, la seguridad ni la justicia internacionales.

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59

4.3.5. Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho de los usos de los cursos

de aguas internacionales para fines distintos de la Navegación, 1997.

Dicha Convención es el único tratado universalmente aplicable a los recursos de agua dulce

compartidos, la misma que proporciona un marco de principios y normas que pueden aplicarse

y ajustarse para adaptarlos a las características de un determinado curso de agua internacional.

Resulta difícil distinguir las disposiciones más relevantes de la Convención, sin embargo

podemos destacar las siguientes:

La Parte I en su artículo 2 define el “curso de agua internacional” como algunas de

cuyas partes se encuentran en Estados distintos.

El artículo 5, establecido en la Parte II, refleja el principio básico de la Convención que

es: la utilización y participación equitativas y razonables, acordando que los Estados

utilizarán y compartirán un curso de agua internacional de manera equitativa y

razonable. En el artículo 7 referente a la obligación de no causar daños sensibles a lo

que entendemos que los Estados deben hacer hincapié a la prevención, puesto que una

vez causado el daño puede resultar muy complicado y oneroso remediarlo.

La Parte IV trata de la protección, la preservación y la gestión de los cursos de agua

internacionales, la importancia de esta disposición es para proteger, preservar y

administrar correctamente los ecosistemas de los cursos de agua, así como los propios

cursos de agua, para que ayuden al desarrollo la vida humana y otras formas de vida.

4.3.6. Acuerdo sobre Cooperación para el Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Río

Mekong.

El 5 de Abril de 1995, Camboya, Laos, Tailandia y Vietnam firmaron el Acuerdo de

Cooperación para el desarrollo sostenible de la cuenca del río Mekong, a partir de este tratado

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60

se creó la Comisión del río Mekong con el fin de promover y coordinar la gestión sostenible

del río, la misma que es financiada por los cuatro países miembros, además de numerosos

donantes de la comunidad internacional.

La cuenca del río Mekong cuenta con una población de 10 millones de personas, dicha

población se encuentra entre las más pobres del mundo y depende directamente de este río

como fuente de recursos y energía, abastecimiento de agua, saneamiento, transporte y turismo.

La cooperación interregional es de primordial importancia ya que pretende la erradicación de

la pobreza y desarrollo económico sostenible en la región del Mekong.

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61

CAPÍTULO III

3. DISEÑO METODOLÓGICO

3.1. NIVEL DE INVESTIGACIÓN

3.1.1. Investigación Explicativa.-

Su objetivo es la explicación de los fenómenos y el estudio de sus relaciones para

conocer su estructura y los aspectos que intervienen en la dinámica de aquéllos.

Está dirigida a responder a las causas de los eventos físicos o sociales y su interés se

centra en explicar por qué y en qué condiciones ocurre un fenómeno. Son aquellas

que parten de una situación problema o conocimiento presente para luego indagar

posibles causas o factores asociados que permiten interpretarla. (Recuperado de

http://es.scribd.com/doc/97318021/Tipos-y-Niveles-de-Investigacion-

Cientifica#scribd).

Consideramos que el presente proyecto de investigación se encuentra dentro de la

investigación explicativa, ya que, nuestro objetivo primordial es determinar la incidencia de la

cooperación interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia en la gestión

integral de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi-Guaitara.

3.2. DIAGNÓSTICO

Creemos que la falta de un acuerdo binacional ha generado desprotección de la Cuenca

Hidrográfica Transfronteriza Carchi-Guaitara; debido a la utilización inconsciente del recurso

hídrico los más afectados son los ribereños pues al no existir un adecuado control en el manejo

se ha afectado su calidad de vida.

La falta de comunicación y participación interinstitucional y social de los gobiernos de

Ecuador y Colombia, ha llevado consigo a sobreestimar el valor de este recurso, dejando de

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62

lado la cooperación transfronteriza que es necesaria para lograr objetivos comunes, con los

cuales se puedan lograr metas, forjar equidad y conciencia de que estamos ante una demanda

creciente de incertidumbre climática.

Las cuencas hidrográficas, más que límites nos ayudan a crear mejores oportunidades para

gestionar este recurso, promoviendo su desarrollo, de ahí nace la necesidad de cooperar

interinstitucionalmente entre estos dos países.

3.3. MÉTODOS O ESTRUCTURA DE LA UNIDAD DE ANÁLISIS

Para el presente plan de proyecto innovador de investigación vamos a estudiar en primer lugar

a la cuenca hidrográfica del Rio Carchi en Ecuador y Guaitara en Colombia, después la

población afectada por la falta de cooperación transfronteriza respecto al recurso hídrico y por

último las legislaciones ambientales locales e internacionales para lograr determinar las causas

de la no cooperación interinstitucional entre fronteras.

3.4. CONFIABILIDAD

La confiabilidad de la validez de los datos que fundamentaran nuestra investigación, se basará

en la utilización de las técnicas de observación y encuestas, que a través cuestionarios nos

permitirán recolectar información; así como en la utilización de libros, cuerpos legales, legislación

y/o experiencia internacional, entre otras, que sustentaran la necesidad de una cooperación

interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia para la correcta gestión integral

de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara.

3.5. DEFINICIÓN DE LAS VARIABLES

La falta de cooperación interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y Colombia impide

la gestión integral de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara.

En la presente investigación se puede identificar las siguientes variables:

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63

Variable Independiente: Cooperación interinstitucional entre los gobiernos de Ecuador y

Colombia.

Variable Dependiente: Gestión integral de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi –

Guaitara.

3.6. POBLACIÓN Y MUESTRA

Población: La investigación se realizó a habitantes que comprenden la edad de 40 a 44

años, esto es: 127 habitantes de la parroquia de Tufiño perteneciente a la Provincia del Carchi

en Ecuador, según el censo realizado en el año 2010 por el INEC; y, 175 habitantes del

municipio de La Llanada perteneciente al Departamento de Nariño en Colombia, según el

censo realizado en el año 2010 por el DANE.

En el caso de los 302 habitantes identificados en la parroquia de Tufiño y en el Municipio

de La Llanada se aplicaron encuestas y para ello se aplicó una fórmula estadística presentada a

continuación, la cual opera con el 0,50% de probabilidad de éxito, 0,05% de margen de error y

el 1,96% de nivel de confianza. A continuación se muestra el procedimiento estadístico

llevado a cabo de manera detallada y práctica dando como resultado 169 habitantes a

encuestar:

n (número de personas)= ¿

e (error absoluto)= 0,05

z (coeficiente de confianza)= 1,96

N (población)= 302 Habitantes Tufiño – La Llanada (INEC - DANE 2010)

p (probabilidad de éxito)= 0,50

q (probabilidad de fracaso)= 0,50

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64

Personas a encuestar

3.7. DEFINICIÓN DE LOS INSTRUMENTOS

Así tenemos los siguientes instrumentos a utilizar en la presente investigación:

Encuesta.- a las personas afectadas por la falta de acuerdos transfronterizos.

Guía de Observación.- se desarrollara un documento donde se va a palpar todo lo que se

establece como problema en esta investigación.

3.8. METODOLOGÍA PARA LA ACCIÓN E INTERVENCIÓN

Los métodos de investigación a utilizarse en este proyecto son los siguientes:

Método analítico: Este método me permitirá descomponer un todo en sus partes para

estudiar en forma intensiva cada uno de sus elementos, así como las relaciones entre sí y con

el todo, en este sentido voy a estudiar la Constitución de la República y sus derechos y

garantías, así como los tratados internacionales que otorgan derechos sobre el agua.

Método Histórico: Mediante este método, se realizará un estudio de los antecedentes de la

desprotección de recurso agua.

Método Exegético Jurídico: Para entender el espíritu de la ley ya que las normas legales

no permiten ser cuestionadas y hacer falsas interpretaciones de la misma, vamos a obtener un

panorama claro sobre el porqué la falta de legislación de cooperación transfronteriza.

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65

Método Comparativo.- Consiste en equiparar las instituciones y acontecimientos de un

país con otro, a efecto de trasladar o exportar a otros países, instituciones y medidas que hayan

acreditado su bondad y efectividad, este método produce un conocimiento extraordinario

acerca de las instituciones jurídicas, pero debe utilizarse con mucha precaución porque es

posible que algunas de ellas que en un determinado Estado han operado con éxito, en otro

estén condenadas al fracaso.

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66

CAPÍTULO IV

4. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

4.1. RECURSOS HUMANOS

a) Investigadoras: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

b) Tutor: Dr. Diego Galárraga Carvajal

c) Informantes: habitantes de la parroquia de Tufiño perteneciente a la Provincia del

Carchi en Ecuador y habitantes del municipio de La Llanada perteneciente al

Departamento de Nariño en Colombia.

4.2. RECURSOS TÉCNICOS

a) Información obtenida de la Secretaria del Agua

b) Cuerpos Legales

c) Doctrina

d) Tratados y Convenios Internacionales

4.3. RECURSOS MATERIALES

a) Hojas tamaño inen A4

b) Computadora

c) Libros relacionados con el tema en cuestión

d) Copias

e) Impresiones

f) Transporte

g) Otros…

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67

4.4. PRESUPUESTO

El valor en el que incurrimos para la elaboración del presente trabajo es de 1.730,00dólares, y

será financiado por las autoras.

Tabla 1 - Presupuesto

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

4.5. ACTIVIDADES

Tabla 2- Etapas

FASES O ETAPAS DEL PROYECTO

1. Preparación del Perfil o Plan del Proyecto

2. Recopilación Bibliográfica

3. Aplicación de Formato

4. Aplicación de los Métodos de Investigación

5. Aplicación de las Técnicas de Investigación

6. Análisis y Sintetización de la Información

7. Conclusiones y Recomendaciones

8. Propuesta

9. Presentación del Trabajo Escrito

10. Defensa ante el Tribunal

Fuente: Dr. Renán Tinajero

EGRESOS VALOR

Libros 300.00

Hojas 30.00

Copias 100.00

Internet 80.00

Levantamiento de texto, impresión y

encuadernación

100.00

Transporte 200.00

Imprevistos 250.00

Total 1.060,00

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68

4.6.CRONOGRAMA

Tabla 3 - Cronograma

MESES MARZO ABRIL MAYO JUNIO

SEMANAS 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

Revisión Bibliográfica

Elaboración del protocolo del plan

Aprobación del plan

Recopilación bibliográfica

Encuestas, entrevistas, observación

Levantamiento de la información

Análisis de la información

Propuesta

Elaboración del primer borrador

Revisión de borrador

Elaboración final

Empastado, anillado

Revisión y defensa

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

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4.7. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

4.7.1. FORMULARIO

Pregunta Nº 1: ¿Conoce usted sobre el derecho humano al agua?

Tabla 4 – Conocimiento de derecho humano al agua

Opción de Respuesta Frecuencia %

a) Si 59 35

b) No 110 65

TOTAL 169 100

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Gráfico 1 - Conocimiento de derecho humano al agua

Ilustración 1 Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Análisis de datos

Del 100% de las personas encuestadas, el 65% manifiestan no conocer el derecho humano al

agua, mientras que el 35% afirma conocerlo. Este dato hace notar el desconocimiento de este

importante derecho por parte de los ribereños.

35%

65% Sí

No

Fuente:Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

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Pregunta Nº 2: ¿Cree usted que el derecho humano al agua se encuentra reconocido y

garantizado por la ley?

Tabla 5 – Reconocimiento del Derecho Humano al Agua por la Ley

Opción de Respuesta Frecuencia %

a) Si 55 33

b) No 114 67

TOTAL 169 100

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Gráfico 2 - Reconocimiento del Derecho Humano al Agua por la Ley

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Ilustración 2Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Análisis de datos

Del 100% de las personas encuestadas, el 67% no creen que el derecho humano al agua se

encuentra reconocido y garantiza por la ley, mientras que el 33% cree que sí. Este dato hace

notar el desconocimiento que tienen los ribereños en cuanto a las leyes de sus respectivos

Estados.

33%

67% Si

No

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71

Pregunta Nº 3: ¿Conoce usted si su Gobierno ha realizado acciones encaminadas al adecuado

manejo del recurso agua en la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi – Guaitara?

Tabla 6 – Conocimiento de Acciones

Opción de Respuesta Frecuencia %

a) Si 37 22

b) No 132 78

TOTAL 169 100

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Gráfico 3 - Conocimiento de Acciones

Fuente:Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Ilustración 3Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Análisis de datos

Del 100% de las personas encuestadas, el 78% manifiestan no conocer sobre las acciones

encaminadas al adecuado manejo del recurso agua en la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi –

Guaitara, mientras que el 22% afirma conocerlas. Este dato hace notar que los ribereños no

conocen sobre las acciones que sus respectivos gobiernos han venido realizando en favor de la

Cuenca antes mencionada.

22%

78%

No

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72

Pregunta Nº 4: ¿Considera usted que un adecuado manejo de la Cuenca Hidrográfica del Río

Carchi – Guaitara beneficiaría a los ribereños?

Tabla 7 – Adecuado manejo de la Cuenca

Opción de Respuesta Frecuencia %

a) Si 114 68

b) No 9 5

c) Tal vez 46 27

TOTAL 169 100

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Gráfico 4 - Adecuado manejo de la Cuenca

Fuente:Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Ilustración 4Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Análisis de datos

Del 100% de las personas encuestadas, el 68% considera que si existe un adecuado manejo de

la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi – Guaitara los ribereños serían beneficiados, el 27%

considera que de existir un adecuado manejo tal vez se beneficiarían y el 5% considera que no

existiría beneficio. Este dato hace notar la necesidad de un manejo adecuado de la Cuenca para

beneficio tanto de ribereños como del ambiente.

68%

5%

27% Sí

No

Tal vez

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73

Pregunta Nº 5: ¿Cree usted que un acuerdo binacional entre Ecuador y Colombia mejoraría la

cooperación transfronteriza permitiendo un adecuado manejo del recurso agua de la Cuenca

Hidrográfica del Río Carchi – Guaitara?

Tabla 8 – Necesidad de Acuerdo Binacional

Opción de Respuesta Frecuencia %

a) Si 130 77

b) No 8 5

c) Tal vez 31 18

TOTAL 169 100

Fuente: Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Gráfico 5 – Necesidad de Acuerdo Binacional

Fuente:Ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

Ilustración 5Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

Análisis de datos

Del 100% de las personas encuestadas, el 77% cree que entre Ecuador y Colombia

permitiendo un adecuado manejo del recurso agua de la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi –

Guaitara, el 18% cree que tal vez un acuerdo binacional mejoraría la cooperación

transfronteriza y el 5% cree que no. Este dato hace notar la necesidad de la implementación de

un acuerdo binacional entre Ecuador y Colombia para generar un adecuado manejo del recurso

agua de la mencionada cuenca.

77%

5% 18%

No

Tal vez

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74

CONCLUSIONES

Al finalizar la presente investigación hemos llegado a las siguientes conclusiones:

1. El grado de cooperación interinstitucional entre Ecuador y Colombia incide en la

manera como se gestiona la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara, es

decir que con el grado de cooperación que existe actualmente no se puede lograr una

gestión integral de la cuenca, lo que ha impedido que la misma no haya sido tratada en

su totalidad.

2. A pesar de que en Ecuador existe legislación que regula todo lo referente al agua,

nuestra normativa no contempla la gestión de cuencas hidrográficas transfronterizas, lo

que debe verse como una falencia del sistema legal del país, a diferencia de la

normativa colombiana que si establece de manera más específica dicho manejo.

3. Además de la cooperación, la participación ciudadana y social es un atributo esencial

de la buena práctica de gestión de las cuencas hidrográficas ya que la gestión de las

cuencas no puede tener éxito ni ser sostenible sin el apoyo y la participación de los

usuarios de las mismas.

4. Ecuador y Colombia está en un momento histórico puesto que, la relación bilateral es

próspera y apunta hacia la generación de una mayor cooperación que facilite el trabajo

conjunto para mantener una frontera activa, sin embargo, a pesar de lo antes

mencionado, podemos notar la inexistencia de acuerdos binacionales con relación al

manejo de los recursos hídricos transfronterizos, específicamente de la Cuenca

Hidrográfica Compartida Carchi – Guaitara, lo que ha traído consigo desprotección

legal y con ello la necesidad de fomentar un acuerdo.

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75

RECOMENDACIONES

Por todo lo referido, recomendamos:

1. Para manejar la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara de manera

integral, es necesario aumentar el grado de cooperación interinstitucional entre los dos

países que se fortalezca con el tiempo y así formar lazos de hermandad, fomentando

consensos entre las partes a través de la creación no solo acuerdos, convenios, sino

también organismos intergubernamentales que permita la unificación de políticas y la

solución del problema planteado.

2. Es necesario que nuestros legisladores verifiquen la inexistencia de normativa que

regule el manejo de cuencas hidrográficas transfronterizas y en base a ello expidan

normas acordes a las crecientes necesidades que enfrenta actualmente el recurso agua

especialmente en las diferentes cuencas transfronterizas de nuestro país, para así lograr

una armonía entre estas y sus beneficiarios.

3. Dentro de todo este proceso es importante impulsar la participación ciudadana,

principalmente de los ribereños y demás pobladores que directa o indirectamente se

beneficien de la mencionada cuenca, concientizando a los mismos sobre lo

significativo de un adecuado manejo y lo beneficioso de un buen accionar.

4. Instaurar un acuerdo binacional que permita manejar integralmente la Cuenca

Hidrográfica Transfronteriza Carchi – Guaitara, ya que en la actualidad, al tener como

base una relación bilateral próspera entre Ecuador y Colombia, es indiscutible la

disposición que tienen estos dos países para trabajar conjuntamente, lo que facilita que

se concrete lo que por muchos años se ha venido buscando.

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76

CAPÍTULO V

5. PROPUESTA

5.1. TÍTULO

ACUERDO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL CARCHI Y

EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO PARA EL MANEJO DEL RECURSO AGUA DE

LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO

GUAITARA EN COLOMBIA.

5.2. JUSTIFICACIÓN

La presente propuesta denominada: ACUERDO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN

INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO

PROVINCIAL DEL CARCHI Y EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO PARA EL MANEJO

DEL RECURSO AGUA DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN

ECUADOR Y RÍO GUAITARA EN COLOMBIA, es de interés e importancia puesto que es

necesario adoptar las medidas pertinentes para solucionar el problema que surge al no existir

un acuerdo binacional que conlleve a una adecuada gestión de la cuenca hidrográfica Carchi –

Guaitara, basándonos en los principios consagrados en las legislaciones de los dos países.

En el caso de la Cuenca del Río Carchi-Guaitara, hay un interés común entre Ecuador y

Colombia, sin embargo a pesar de dicho interés y de los intentos de los dos países, como: el I

y II Foro Binacional de Gestión Integrada de Cuencas Transfronterizas con el objetivo de

lograr una mejor gestión integral, aún no se ha alcanzado dicho fin.

Por lo antes mencionado y basándonos en nuestro estudio hemos visto la necesidad de la

implementación de un acuerdo específico de cooperación interinstitucional, el mismo que de

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77

llegar a concretarse fortalecería la relación entre Ecuador y Colombia y principalmente se

garantizaría un adecuado manejo de la mencionada cuenca, contribuyendo a generar lazos de

colaboración y participación entre estos pueblos que ancestralmente han compartido este

mismo territorio geográfico.

5.3. OBJETIVOS

5.3.1. OBJETIVO GENERAL

Mejorar la gestión integral binacional de la Cuenca Hidrográfica Carchi –

Guaitara, de la zona transfronteriza Ecuador – Colombia, que garantice

beneficios equitativos para los dos pueblos.

5.3.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Impulsar la cooperación interinstitucional entre Ecuador y Colombia, que

propicie una gestión integrada y eficiente de la Cuenca Hidrográfica Carchi –

Guaitara.

Concientizar a los ribereños sobre la importancia de un adecuado manejo y lo

beneficioso de un buen accionar.

Contribuir a fortalecer la participación ciudadana en la solución de conflictos

socio-ambientales.

5.3.3. UBICACIÓN SECTORIAL Y FÍSICA

La presente propuesta va a tener incidencia en el territorio ecuatoriano, específicamente en el

Cantón Tulcán, en las parroquias de Tufiño, Chapuel y María Magdalena; y, en Colombia en

el departamento de Nariño, en los 32 municipios nariñenses como son: Aldana, Ancuyá,

Consacá, Contadero, Córdoba, Cuaspud, Cumbal, El Tambo, El Peñol, Funes, Santacruz,

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Guachucal, Guaitarilla, Gualmatán, Iles, Imués, Ipiales, La Florida, La Llanada, Linares,

Ospina, Potosí, Providencia, Puerres, Pupiales, Samaniego, Sandoná, Sapuyes, Los Andes,

Tangua, Túquerres y Yacuanquer.

5.4. FACTIBILIDAD

La propuesta de: ACUERDO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL

ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL

CARCHI Y EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO PARA EL MANEJO DEL RECURSO

AGUA DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO

GUAITARA EN COLOMBIA, es factible de cumplimiento puesto que existe interés común

entre los Gobiernos de Ecuador y Colombia, específicamente del Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial del Carchi y el Departamento de Nariño, ya que durante varios

años han mantenido conversaciones en miras de dar un adecuado manejo de la mencionada

cuenca, lo que demuestra la necesidad urgente de concretar estos intentos en un acuerdo

interinstitucional binacional; y sobre todo es factible ya que de conformidad a la Convención

de Viena sobre los Derechos de los Tratados teniendo como base los principios de igualdad de

derechos y de la libre determinación de los pueblos, de la igualdad soberana, y la

independencia de todos los Estados, de la no injerencia en los asuntos internos de los Estados,

de la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza y el respeto universal a los derechos

humanos y a las libertades fundamentales de todos y la efectividad de tales derechos y

libertades; todo Estado tiene capacidad y libertad para celebrar tratados, siendo necesaria una

previa negociación y la manifestación del consentimiento de las partes.

A su vez consideramos que la propuesta es realizable ya que del análisis de las encuestas

realizadas a los ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara,

hemos evidenciado su interés por ser partícipes en la protección efectiva de dicha cuenca

hidrográfica.

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5.5. BENEFICIARIOS

5.5.1. BENEFICIARIOS DIRECTOS

Todos los ribereños de la Cuenca Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara.

5.5.2. BENEFICIARIOS INDIRECTOS

Toda la población de la República Ecuador y de la República de Colombia.

5.6. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA

Aunque la diferencia es notoria entre las legislaciones de ambos países, es menester mencionar

que la normativa colombiana sí establece de manera más específica el manejo de cuencas

hidrográficas transfronterizas, lo que no se contempla en nuestra legislación; aunque exista

ausencia de normas es importante reconocer que esto no impide que se impulse y desarrolle la

cooperación interinstitucional transfronteriza, comprometiendo a los países a respetar y

garantizar el derecho universal al agua y a participar de forma razonable y equitativa en la

utilización de las misma, impidiendo causar daño e incentivando a los países a evitar nuevas

formas de contaminación y a tomar medidas para disminuir la misma y así adaptarse a las

necesidades actuales, buscando la protección, la preservación y una correcta administración de

la cuenca.

De ahí que la propuesta planteada surge de la información obtenida durante nuestra

investigación, principalmente de las encuestas realizadas tanto a los ribereños de la Cuenca

Hidrográfica Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara, como a funcionarios públicos, abogados

en libre ejercicio e ingenieros ambientales, de cuyo análisis concluimos que para dar un

manejo integral a la cuenca es necesaria la implementación de un acuerdo específico de

cooperación interinstitucional entre el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del

Carchi y el Departamento de Nariño. En vista de que la relación entre estos países es bastante

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positiva, resulta mucho más fácil mantener diálogos que permitan concretar el mencionado

acuerdo binacional.

5.7.FASES DE LA PROPUESTA

El presente proyecto se encuentra estructurado de seis fases:

Negociación

Adopción del Texto

Autenticación

Prestación del Consentimiento

Entrada en Vigor

5.8.CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

Para el desarrollo de la presente propuesta se estableció el siguiente cronograma:

Tabla 9 – Cronograma Propuesta

ACTIVIDADES

TIEMPO

MESES:

Agosto Septiembre Octubre Noviembre

SEMANAS:

1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

Negociación

X X X X X X

Adopción del Texto

X X X

Autenticación X X

Prestación del Consentimiento

X X X

Entrada en Vigor

X X

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

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5.9. PRESUPUESTO

La presente propuesta se financiará con una subvención concedida por la Comisión Europea

que ascienda al monto de 500.000 EUR. El monto total del “Acuerdo asciende a 700.000 EUR

y contará con una contribución de cada una de las Entidades Co-solicitantes.

Tabla 10 – Presupuesto Propuesta

MATERIALES COSTO

Subvención € 500.000

Ecuador € 100.000

Colombia € 100.000

TOTAL € 700.000

Elaborado por: Lorena Katherine Fuel Rosado y Angie Daniela Mera Castillo

5.10. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

5.10.1. ACUERDO BINACIONAL

Acuerdo Nº _________

ACUERDO ESPECÍFICO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL

GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL CARCHI Y

EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO PARA EL MANEJO DEL RECURSO AGUA DE

LA CUENCA HIDROGRÁFICA DEL RÍO CARCHI EN ECUADOR Y RÍO

GUAITARA EN COLOMBIA.

Conste por el presente documento, el Acuerdo Específico de Cooperación Interinstitucional

entre el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi y el Departamento de

Nariño para el Manejo del Recurso Agua de la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi en

Ecuador y Río Guaitara en Colombia, en lo posterior el “Acuerdo”, que celebran de una parte,

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL CARCHI,

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debidamente representado por el Prefecto Provincial el Economista Guillermo Herrera, y LA

GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO debidamente representado por su

Gobernador el Comunicador Social Camilo Romero, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA.- LAS PARTES:

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL CARCHI,

se rige principalmente por lo determinado en la Constitución de la República del Ecuador y el

Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización. Su gestión se

centra en las competencias exclusivas determinadas en el ordenamiento jurídico ecuatoriano,

relacionadas con: la planificación del desarrollo provincial y el ordenamiento territorial de

manera articulada con los distintos niveles de gobierno; la vialidad provincial; el manejo de

cuencas y microcuencas; la gestión ambiental; el riego; el ámbito productivo; y, la gestión de

la cooperación internacional.

GOBIERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO, es una institución pública, está

comprometida con el desarrollo regional bajo los principios de justicia social, democracia

política, desarrollo humano sostenible, equidad de género, reconocimiento y protección de la

diversidad étnica, respeto por derechos humanos y participación ciudadana; propiciando la

concurrencia, complementariedad y subsidiaridad, con las entidades territoriales de su

jurisdicción y la Nación, coordinando esfuerzos con el sector público, privado y sociedad civil.

CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES:

En las relaciones bilaterales entre Ecuador y Colombia, surge un proceso histórico de

integración en el que se puede constatar la existencia de muchos intentos de cooperación

binacional que data desde los siglos XIX y XX, sin mayor éxito.

El 20 de junio de 1989, mediante Declaración Conjunta suscrita en Bogotá, los Presidentes

Rodrigo Borja de Ecuador y Virgilio Barco de Colombia, tomaron la decisión de crear un

mecanismo bilateral que promueva la integración y el desarrollo entre los dos países conocida

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como la Comisión de Vecindad Colombo Ecuatoriana, considerando las amplias posibilidades

de cooperación que la vecindad ofrece a los dos pueblos.

Con fecha 28 de noviembre del 2000, esta Comisión fue reestructurada, confirmando su

carácter de mecanismo de nivel político y representativo con el fin de asumir los nuevos retos

de la integración binacional y fronteriza; Desde entonces, Ecuador y Colombia han llegado a

varios acuerdos.

Con fecha 17, 18 y 19 Abril del 2013 se desarrolló el I Foro Binacional de Gestión Integrada

de Cuencas Transfronterizas de Colombia y Ecuador, en Pasto capital del departamento de

Nariño, mismo que tuvo el objetivo de promover la cooperación nacional e internacional para

contribuir al desarrollo sostenible de los territorios de frontera;

Posteriormente con fecha 15 y 16 de Julio de 2014 se desarrolló el II Foro de Cuencas

Transfronterizas con Énfasis en la Gestión de Recursos Hídricos, en la ciudad de Tulcán

capital de la Provincia del Carchi, en el que se impulsó el objetivo del primer foro.

BASE CONSTITUCIONAL Y LEGAL

ECUADOR:

- Constitución de la República del Ecuador, 2008.

- Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, 2014

- Código Orgánico De Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, 2010.

COLOMBIA:

- Constitución Política De Colombia

- Ley 99 De 1993 De La Republica De Colombia

- Decreto 2811 De 1974

- Decreto 2857 De 1981

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- Ley 191 De 1995

Las normas legales antes referidas incluyen sus respectivas disposiciones modificatorias,

ampliatorias y conexas, y de ser el caso, sus normas complementarias.

CLÁUSULA TERCERA.- CONDICIONES GENERALES:

El “Acuerdo”, para su ejecución contará con una subvención concedida por la Comisión

Europea que ascienda al monto de 500.000 EUR. El monto total del “Acuerdo asciende a

700.000 EUR y contará con una contribución de cada una de las Entidades Co-solicitantes.

Para la ejecución de este “Acuerdo”, el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del

Carchi, en calidad de Coordinador, se relacionará con la Gobernación del Departamento de

Nariño; los cuales en calidad de co-solicitantes actuarán como socios locales.

La ejecución del “Acuerdo” tendrá una duración de 36 meses, contados desde el primer día del

mes siguiente a la fecha del pago de la prefinanciación inicial por parte de la comisión

europea.

El “Acuerdo” se desarrollará en el Cantón Tulcán, en las parroquias de Tufiño, Chapuel y

María Magdalena; y, en Colombia en el Departamento de Nariño, en los 32 municipios

nariñenses como son: Aldana, Ancuyá, Consacá, Contadero, Córdoba, Cuaspud, Cumbal, El

Tambo, El Peñol, Funes, Santacruz, Guachucal, Guaitarilla, Gualmatán, Iles, Imués, Ipiales,

La Florida, La Llanada, Linares, Ospina, Potosí, Providencia, Puerres, Pupiales, Samaniego,

Sandoná, Sapuyes, Los Andes, Tangua, Túquerres y Yacuanquer.

Las partes se comprometen a que el financiamiento estipulado en el “Acuerdo” no será

utilizado con ningún otro fin ajeno al mismo, incluyendo cualquier beneficio a terceros.

Los procesos de contratación que en el marco de ejecución del “Acuerdo” se requieran, se

realizarán observando los instrumentos normativos y procedimentales de la Comisión

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Europea. Además, se deberán adecuar tanto en montos como en conceptos a lo especificado en

el presupuesto del “Acuerdo”. Todo cambio sobre dicho presupuesto requerirá de la

aceptación escrita de la Entidad Financiadora.

Todo cambio que se proponga al “Acuerdo” y a su presupuesto, previamente a ser presentado

para consideración / aprobación de la Comisión Europea, será aprobado de común acuerdo por

las partes intervinientes o co-solicitantes (Beneficiarios), constará en documento escrito al que

se aparejarán los documentos de respaldo correspondientes.

Los términos de este Acuerdo pueden ser modificados, ampliados o reformulados de mutuo

acuerdo durante su vigencia, siempre que dichos cambios no alteren su objeto ni

desnaturalicen su contenido; para lo cual las partes suscribirán los instrumentos legales que

fueren necesarios.

CLÁUSULA CUARTA.- OBJETO:

El objeto del presente acuerdo es mejorar la gestión integral binacional de la Cuenca

Hidrográfica Carchi – Guaitara, de la zona transfronteriza Ecuador – Colombia, que garantice

beneficios equitativos para los dos pueblos.

CLÁUSULA QUINTA.- RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LAS PARTES:

5.1. LA GOBERNACIÓN DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO:

a. Será responsable técnico, administrativo y financiero de todas las acciones que deban

ejecutarse en territorio colombiano en el marco del “Acuerdo”, a través de la Secretaría

de Agricultura y Medio Ambiente del Departamento de Nariño y de su Director

Técnico, Administrativo y Financiero, tomando las medidas necesarias para garantizar

la debida ejecución del mismo.

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b. Suministrará toda la información y documentación requerida por el Gobierno

Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi, en particular la que se refiere a

informes descriptivos y solicitudes de pago en formatos y procedimientos definidos

por la Entidad Financiadora; la información necesaria para la elaboración de informes,

los estados financieros; así como toda la información (con documentos justificativos)

en caso de auditorías, controles, seguimiento o evaluación.

c. Garantizará que todo intercambio de información con la Comisión Europea, tanto su

envío como su solicitud, se realice a través del Gobierno Autónomo Descentralizado

Provincial del Carchi, que ejerce como Coordinador del Acuerdo.

d. A través de su Subsecretario Administrativo y Financiero, será parte activa en la

formulación de los informes que deban presentarse ante la Comisión Europea,

coordinando de manera estrecha con el Coordinador Binacional.

e. Implementará las medidas internas adecuadas para una fluida comunicación y

coordinación de actividades con el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del

Carchi, entre ellas la designación oficial de la vocería institucional.

f. Destinará una cuenta para el manejo exclusivo del dinero asignado al “Acuerdo”; y,

mantendrá el control de la misma, de conformidad con la legislación colombiana y las

exigencias de la Comisión Europea. Su estado será reportado al Gobierno Autónomo

Descentralizado Provincial del Carchi cuando éste así lo requiera.

g. Garantizará el aporte de 165,194.39 Euros, parte proporcional de la contrapartida que

le corresponde para el año 2016.

h. Garantizará en su presupuesto institucional para los años 2017 y 2018 el saldo

correspondiente, sumando así la contrapartida total de 495.583,17 EUROS, que

corresponde al 14,8% del costo estimado de ejecución del mismo (calculados al

cambio vigente al día que se realice la transferencia por parte de la Comisión Europea).

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i. Podrá difundir los resultados e impacto del “Acuerdo”, de común acuerdo con el

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi, de conformidad con los

lineamientos establecidos por la Comisión Europea para tal efecto.

j. Integrará la Comisión Binacional del Acuerdo.

k. Conformará la Secretaría Técnica de Colombia y comunicará oficialmente al Gobierno

Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi, tal designación.

l. Reconoce la designación del Coordinador Binacional nombrado por el Gobierno

Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi.

m. Notificará la designación del Director Técnico, Administrativo y Financiero de la

Unidad de Gestión de Colombia, quién coordinará de forma activa con el Coordinador

Binacional.

n. Desarrollará las actividades previstas dentro de la ejecución del “Acuerdo”, conforme

al cronograma previamente establecido.

o. Asignará un espacio físico para el funcionamiento de la Unidad de Gestión de

Colombia y facilitará los suministros de oficinas correspondientes.

p. Asignará un vehículo con el respectivo conductor, de manera permanente, para uso de

la Unidad de Gestión de Colombia.

q. Se responsabilizará de la implementación del Plan de Comunicación y Visibilidad del

Acuerdo, aprobado por la Comisión Europea.

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5.2. GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL CARCHI

a. Actuará como Coordinador del Acuerdo ante la Comisión Europea y por tanto será el

intermediario para todas las comunicaciones que se deriven de la ejecución del

“Acuerdo”.

b. Coordinará las actividades programadas, en el marco de ejecución del “Acuerdo” a

través de su Coordinador Binacional, tomando las medidas necesarias para garantizar

su ejecución.

c. Aperturará una cuenta especial para el manejo exclusivo del dinero asignado al

“Acuerdo; y, mantendrá el control de la misma, de conformidad con las leyes

ecuatorianas y las exigencias de la Comisión Europea.

d. En el marco de ejecución del “Acuerdo”, como único receptor del financiamiento,

realizara la transferencia oportuna de recursos a la Gobernación del Departamento de

Nariño, una vez que se hayan cumplido los procedimientos establecidos para este fin.

e. Elaborará y presentará a la Comisión Europea, los informes intermedio y final, a los

que adjuntará los justificativos correspondientes. Para ello, se encargará de obtener,

verificar y consolidar toda la información de los co-solicitantes antes de transmitirla a

la Entidad Financiadora.

f. Garantizará el aporte (en dólares) comprometido para la ejecución del “Acuerdo”,

mismo que asciende a 495.583,17 EUROS, que corresponden al 14,8% del costo

estimado de ejecución del “Acuerdo” (calculados al cambio vigente al día que se

realice la transferencia por parte de la Comisión Europea).

g. Integrará la Comisión Binacional del Acuerdo.

h. Conformará la Secretaría Técnica de Ecuador y comunicará oficialmente al

Gobernador del Departamento de Nariño, tal designación.

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i. Nombrará al Coordinador Binacional.

j. Autorizará al Coordinador Binacional la contratación de los integrantes de la Unidad

de Gestión del Ecuador.

k. Desarrollará las actividades previstas dentro de la ejecución del “Acuerdo”, conforme

el cronograma previamente establecido.

l. Asignará un espacio físico para el funcionamiento de la Unidad de Gestión Ecuador y

facilitará los suministros de oficina correspondientes.

m. Asignará un vehículo con el respectivo conductor, de manera permanente, para uso de

la Unidad de Gestión Ecuador.

n. Se responsabilizará de la implementación del Plan de Comunicación y Visibilidad del

Acuerdo, aprobado por la Comisión Europea.

CLÁUSULA SEXTA.- RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES:

Las partes serán responsables de sus actos u omisiones; y, de aquellos de sus funcionarios,

empleados y trabajadores, respecto de las obligaciones derivadas de la ejecución del

“Acuerdo”, excepto en casos de fuerza mayor.

Si la Comisión Europea, llegase a reclamar cualquier rembolso y pago de daños y perjuicios

de una de las partes, cada parte será responsable por los daños y perjuicios causados como

consecuencia de la falta o la no realización de las tareas asignadas.

Cada una de las partes, será responsable exclusivamente por cualquier pérdida, daño o

perjuicio generados por ó a terceros, en los casos en que estos resulten de la implementación

de las tareas de dicha parte en la ejecución del “Acuerdo”.

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Si en el marco de ejecución del “Acuerdo”, una parte llegare a subcontratar trabajos para el

cumplimiento de las actividades previstas en el “Acuerdo”, dicha parte será plenamente

responsable por el cumplimiento de tales trabajos y actividades.

Las partes compartirán toda la información relacionada con ampliaciones, modificaciones o

mejoras en el documento de “Acuerdo” y cualquier otra novedad que se produzca en la

ejecución del mismo.

Suscribirán las Actas de Entrega – Recepción, los informes técnicos y toda información y

documentación relacionada con la ejecución del “ Acuerdo”.

Conformarán la Comisión Binacional del “Acuerdo”, las Secretarías Técnicas del Proyecto

Nacionales, la Unidad Técnica Ejecutora del Acuerdo (representada por el Coordinador

Binacional) y las correspondientes Unidades de Gestión Nacionales.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- PRESUPUESTOS Y PAGOS:

El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi entregará a la Gobernación del

Departamento de Nariño, los fondos correspondientes de los recursos transferidos por la

Comisión Europea, conforme el presupuesto y cronograma de ejecución del “Acuerdo”.

Cada parte será responsable de justificar su propio presupuesto. Por tanto, cada parte asume la

obligación de responder ante las reclamaciones de devolución de ayudas, que la entidad

financiadora pudiera realizar por el incumplimiento de la obligación de justificar

financieramente los recursos asignados, o por una justificación que no cubra en su totalidad la

subvención recibida.

El Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi no está obligado a financiar,

suplir o complementar otros gastos no previstos en el presupuesto del Acuerdo.

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CLÁUSULA OCTAVA.- DE LAS CONTRATACIONES:

Para la adquisición de los bienes y prestación de los servicios necesarios para la ejecución de

las actividades previstas en el “Acuerdo”, se observará lo determinado entre la Comisión

Europea y el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi; y lo previsto en el

documento del “Acuerdo”.

Se documentarán detalladamente los procesos de contratación celebrados, como medios de

verificación y control financiero e insumos para informar a la Entidad financiadora.

CLÁUSULA NOVENA.- PLAZO:

El presente Acuerdo tendrá una duración de 36 meses, tiempo estimado para la ejecución del

acuerdo, contados desde la entrega del primer desembolso (prefinanciación inicial) de la

subvención por parte de la Comisión Europea, debiendo extenderse hasta la terminación y

cierre del mismo, si superare este lapso.

CLÁUSULA DÉCIMA.- DE LA ESTRUCTURA OPERATIVA DEL “ACUERDO”:

Según el documento del “Acuerdo” aprobado por la Comisión Europea, su ejecución está

prevista de acuerdo a la siguiente estructura operativa:

COMISIÓN BINACIONAL DEL PROYECTO

La Comisión Binacional es una instancia política, espacio dinamizador de los avances de

ejecución del “Acuerdo” y de su convergencia informativa y comunicacional para la obtención

de los resultados previstos; tendrá la facultad de solicitar informe de ejecución del “Acuerdo”

a la Unidad Técnica Ejecutora del Acuerdo.

Los miembros de la Comisión Binacional del “Acuerdo”, delegan al Coordinador Binacional

nombrado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi y reconocido por

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la Gobernación del Departamento de Nariño, a coordinar la acción en ambos países, con la

finalidad de cumplir con el cronograma establecido para la ejecución del “Acuerdo”; delegan

al Coordinador Binacional la contratación en la parte ecuatoriana, y al Director Técnico

Administrativo y Financiero de la Unidad de Gestión de Colombia la contratación el territorio

nacional de su competencia, con el visto bueno del Coordinador Binacional.

Se reunirán semestralmente de manera ordinaria, y extraordinariamente cuando las

circunstancias de ejecución del “Acuerdo” así lo requieran.

Estará conformada por:

- El Prefecto Provincial del Carchi o su Delegado permanente, quien lo presidirá.

- El Gobernador del Departamento de Nariño o su representante.

SECRETARÍA TÉCNICA DEL ACUERDO:

Se constituye como espacio técnico, que orientará el proceso estratégico programático y

administrativo/financiero del Acuerdo; a través de la Unidad Técnica Ejecutora del

“Acuerdo”. Se reunirán trimestralmente previa convocatoria de quien la presida; o cuando las

circunstancias lo requieran, previo pedido debidamente motivado.

Se conformarán dos Secretarías Técnicas del “Acuerdo”, una en Ecuador y otra en Colombia,

integradas de la siguiente manera:

Secretaría Técnica del Acuerdo del Gobierno Provincial del Carchi:

- Un Representante de la Coordinación General y de Empresas Públicas.

- Un representante de la Procuraduría Síndica.

- Un Representante de la Dirección de Gestión Ambiental, instancia que presidirá este

espacio.

- Un Representante de la Dirección Financiera.

- Un Representante de Cooperación Internacional.

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Esta designación será oficializada por el señor Prefecto Provincial, en su calidad de máxima

autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi.

Secretaría Técnica del “Acuerdo” del Departamento de Nariño:

- Un Representante de Secretaría de Agricultura y Medio Ambiente.

- Un Representante de Subsecretaría de Administrativo y Financiero.

- Un Representante de Subsecretaría de Desarrollo Agropecuario y de Medio Ambiente.

- Un Representante de Subsecretaría de Gestión Pública.

- Un Representante de Subsecretaría Administrativa.

Esta designación será oficializada por el señor Gobernador, en su calidad de máxima autoridad

de la Gobernación del Departamento de Nariño.

UNIDAD TÉCNICA EJECUTORA DEL “PROYECTO”

Es la instancia coordinadora de la acción en el contexto binacional, representada por su

Coordinador Binaciona, encaragada de supervisar y ejecutar con eficacia, eficiencia y

oportunidad lo previsto en el Acuerdo. Generará de manera conjunta con el Director Técnico,

Administrativo y Financiero de la Unidad de Gestión de Colombia los informes que las

instancias superiores los requiera, como también formularán los correspondientes informes de

medio término y final de acuerdo a los requerimientos de la Comisión Europea.

Esta Unidad Ejecutora del Proyecto para operativizar su acción, estará integrada por dos

Unidades de Gestión:

Unidad de Gestión de Colombia, conformada por:

- Un Director Técnico, Administrativo y Financiero, designado mediante Resolución

Ejecutiva Regional (profesional de planta del Departamento de Nariño).

- Un ingeniero/a forestal.

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- Un ingeniero/a agrícola.

- Un/a Administrador/a Financiero/a.

- Un/a auxiliar.

Unidad de Gestión de Ecuador, conformada por:

- Un ingeniero/a forestal.

- Un ingeniero/a agrónomo.

- Un/a Responsable del Área Administrativa Financiera.

- Un/a profesional de Apoyo al Área Administrativa Financiera.

NIVEL ASESOR ESPECIALIZADO DEL PROYECTO:

Instancia responsable de proporcionar asistencia técnica especializada para el fortalecimiento

de la articulación entre las instituciones binacionales y locales del área de intervención.

CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- PROPIEDAD, UTILIZACIÓN Y

TRANSFERENCIA DE LOS RESULTADOS Y ACTIVOS DEL PROYECTO:

Los derechos de propiedad intelectual de los resultados del “Acuerdo”, así como los informes

y otros documentos, corresponderán a los co-solicitantes de la subvención.

La propiedad de los bienes adquieridos con los fondos de la subvención, se transferirá a los

beneficiarios finales del Acuerdo una vez concluido el mismo.

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- DIFUSIÓN Y PUBLICACIONES:

Como principio general, las partes se acogen al Plan de Comunicación y Visibilidad propuesto

por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi, consensuado con la

Gobernación del Departamento de Nariño y aprobado por la Comisión Europea.

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Además, acuerdan no difundir información que pudiera menoscabar el conocimiento que se

genere durante la ejecución del “Acuerdo” y los derechos de propiedad intelectual que

pudieren derivar de dicho conocimiento.

La publicación de toda información relativa al “Acuerdo”, requerirá de la autorización de las

partes intervinientes en el mismo y considerará las directrices de la Comisión Europea para tal

fin. Para ello, la parte interesada en la difusión, con 5 días de antelación notificará a la otra,

adjuntando el texto a publicarse. La parte notificada, tendrá un plazo de 5 días para

pronunciarse al respecto. La falta de respuesta se entenderá como aceptación del texto

propuesto.

Toda referencia al “Acuerdo” en cualquier medio de difusión, deberá incluir la mención de

que el mismo ha sido subvencionado por la Unión Europea.

El uso con fines publicitarios de los nombres e imagen de las partes intervinientes en la

ejecución del “Acuerdo”, requerirá de su autorización expresa.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- TERMINACIÓN DEL ACUERDO:

El presente Acuerdo terminará por:

- Cumplimiento del plazo.

- Fuerza mayor.

- Por incumplimiento de los compromisos asumidos en el documento de “Acuerdo”.

- En caso se mantuvieran obligaciones contractuales a la fecha de terminación del

Acuerdo de conformidad a las causales invocadas, estas (obligaciones) deberán ser

cumplidas íntegramente por la parte del Acuerdo que suscribió los contratos.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- DE LAS MODIFICACIONES:

El presente Acuerdo podrá ser modificado únicamente y de común acuerdo, durante su

período de ejecución.

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96

Si se considerare necesaria alguna modificación, la parte interesada en hacerla, deberá

presentar una solicitud debidamente justificada, al menos con cuarenta y cinco días antes de la

fecha en que la modificación deba hacerse efectiva.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- CONFLICTO DE INTERESES:

Las partes adoptarán todas las medidas necesarias para evitar cualquier situación que pudiera

poner en riesgo la ejecución imparcial y objetiva del “Acuerdo”.

Cualquier conflicto de intereses que pudiera surgir durante la ejecución del “Acuerdo”, deberá

notificarse por escrito y sin dilaciones, debiendo tomarse de inmediato todas las medidas para

resolverlo.

Se respetarán los derechos humanos y la legislación ambiental aplicable, incluidos los

acuerdos multilaterales en materia de ambiente.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- CONTROVERSIAS:

Si se suscitaren divergencias en la ejecución del presente Acuerdo, las partes harán todo lo

posible para resolverlas amistosamente mediante comunicación escrita y estableciendo las

reuniones necesarias para tal fin, esto dentro de los sesenta días de surgido el conflicto.

En caso de que no se llegare a una solución amistosa, en lo que sea aplicable se seguirá el

procedimiento establecido por la entidad financiadora.

CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- NOTIFICACIONES Y DIRECCIONES:

Cualquier notificación o solicitud requerida o efectuada en virtud de este Acuerdo, se hará por

escrito. Se considerará que tal notificación o solicitud ha sido debidamente efectuada, cuando

haya sido entregada personalmente, remitida vía correo electrónico, o despachada por correo

certificado, dirigida a la persona y dirección especificadas a continuación:

Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial del Carchi: Ec. Guillermo Herrera

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97

Dirección: Calle 10 de Agosto

entre Sucre y Olmedo.

Teléfono: 593 (06) 2980 302

Correo: [email protected]

Gobernación del Departamento de Nariño: C.S. Camilo Romero

Dirección: Calle 19 Nº 23-78 /

Pasto – Nariño- Colombia

Teléfono: (57) 2 7223 846

Correo: contactenos@nariño.gov.co

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- ACEPTACIÓN:

Las partes de común acuerdo aceptan todas y cada una de las cláusulas constantes en este

documento, a las que se regirán estrictamente, para constancia de lo cual suscriben dos

ejemplares de igual contenido en la ciudad de Tulcán, a los cuatro días del mes de Abril del

dos mil dieciseis .

Ec. Guillermo Herrera C.S. Camilo Romero

Prefecto Provincial del Carchi Gobernador del Departamento de Nariño

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1

CÓDIGOS Y LEYES

Ecuador:

Constitución de la República del Ecuador. (2008). Quito. R.O. No. 449.

Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua {Ley de Aguas}.

(2014) R.O. No. 305. Quito.

Código Orgánico De Organización Territorial, Autonomía y Descentralización {COOTAD}.

(2010). R.O. No. 303. Quito.

Colombia:

Constitución Política de Colombia (1991).

Ley 99. (1993) de la República de Colombia, por la cual se crea el Ministerio del Medio

Ambiente, se Reordena el Sector Público encargado de la Gestión y Conservación del Medio

Ambiente y los Recursos Naturales Renovables.

Decreto 2811. (1974), por la cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales

Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Decreto 2857. (1981), por el cual se reglamente la Ley 2811 de 1974 sobre Cuencas

Hidrográficas.

Ley 191. (1995), Ley de Fronteras.

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ANEXOS

ANEXOS

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Anexo Nº 1

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

Este cuestionario es exclusivamente para los ribereños de la Cuenca Hidrográfica

Transfronteriza del Río Carchi-Guaitara

1. ¿Conoce usted sobre el derecho humano al agua?

SI NO

2. ¿Cree usted que el derecho humano al agua se encuentra reconocido y

garantizado por la ley?

SI NO

3. ¿Conoce usted si su Gobierno ha realizado acciones encaminadas al adecuado

manejo del recurso agua en la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi – Guaitara?

SI NO

4. ¿Considera usted que un adecuado manejo de la Cuenca Hidrográfica del Río

Carchi – Guaitara beneficiaría a los ribereños?

SI NO TAL VEZ

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5. ¿Cree usted que un acuerdo binacional entre Ecuador y Colombia mejoraría la

cooperación transfronteriza permitiendo un adecuado manejo del recurso agua

de la Cuenca Hidrográfica del Río Carchi – Guaitara?

SI NO TAL VEZ