justiificacion

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JUSTIIFICACION El creciente delito de Trata y Tráfico de personas en el mundo, en especial en nuestro país, ha provocado que el estado Boliviano, promulga la ley integral contra la Trata y Tráfico de personas, para prevenir a la población y sancionar a los autores. Los medios de comunicación, según la ley 263, Capítulo III, artículo 9, los medios de comunicación deben pasar veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00; Están obligados a pasar spots, jingles y cuñas etc. De forma gratuita para que las personas no se conviertan en víctimas. Los medios de comunicación Bolivianos antes del 2012 no utilizaba el termino de Trata y Tráfico de personas generalmente confundían el verdadero concepto de Trata con el de Tráfico de personas, por ello la investigación pretende dar a conocer la naturaleza del tratamiento de la noticia en periódicos digitales (Erbol, La Razón, Página Siete), en circunstancia en que aborda la Trata y Tráfico de personas, cuál sería el correcto manejo de la información sobre casos de trata y tráfico de personas en medios digitales. Se dará a conocer como los medios de comunicación en especial los periódicos digitales manejan la información sobre casos de trata y tráfico de personas. Artículo 9°.- (Publicidad en medios de comunicación) Las campañas publicitarias y los mensajes gratuitos, con contenido educativo con énfasis en medidas de prevención contra la trata y tráfico de personas y delitos conexos, deberán cumplir con los siguientes procedimientos: 1. Las radioemisoras difundirán publicidad y mensajes con contenido educativo con énfasis en medidas de prevención, contra la trata y tráfico de personas y delitos conexos, veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00; 2. Los medios de comunicación audiovisual, difundirán publicidad y mensajes con contenido educativo con énfasis en medidas de prevención, contra la trata y tráfico de personas y delitos conexos, diez (10) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y diez (10) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00; 3. Los medios de comunicación escritos de publicación diaria, difundirán publicidad con contenido educativo contra la trata y tráfico de personas y delitos conexos, destinando toda la mitad de la contratapa cuerpo A, una vez a la semana; 4. Los medios de comunicación audiovisuales, escritos y radioemisoras, que tengan una versión digital en internet (página web), difundirán publicidad y mensajes con contenidos educativos con énfasis en medidas de prevención, contra la trata y

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JUSTIIFICACIONEl creciente delito de Trata y Trfico de personas en el mundo, en especial en nuestro pas, ha provocado que el estado Boliviano, promulga la ley integral contra la Trata y Trfico de personas, para prevenir a la poblacin y sancionar a los autores. Los medios de comunicacin, segn la ley 263, Captulo III, artculo 9, los medios de comunicacin deben pasar veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00; Estn obligados a pasar spots, jingles y cuas etc. De forma gratuita para que las personas no se conviertan en vctimas.Los medios de comunicacin Bolivianos antes del 2012 no utilizaba el termino de Trata y Trfico de personas generalmente confundan el verdadero concepto de Trata con el de Trfico de personas, por ello la investigacin pretende dar a conocer la naturaleza del tratamiento de la noticia en peridicos digitales (Erbol, La Razn, Pgina Siete), en circunstancia en que aborda la Trata y Trfico de personas, cul sera el correcto manejo de la informacin sobre casos de trata y trfico de personas en medios digitales.Se dar a conocer como los medios de comunicacin en especial los peridicos digitales manejan la informacin sobre casos de trata y trfico de personas.

Artculo 9.- (Publicidad en medios de comunicacin)Las campaas publicitarias y los mensajes gratuitos, con contenido educativo con nfasis en medidas de prevencin contra la trata y trfico de personas y delitos conexos, debern cumplir con los siguientes procedimientos:1. Las radioemisoras difundirn publicidad y mensajes con contenido educativo con nfasis en medidas de prevencin, contra la trata y trfico de personas y delitos conexos, veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y veinte (20) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00;2. Los medios de comunicacin audiovisual, difundirn publicidad y mensajes con contenido educativo con nfasis en medidas de prevencin, contra la trata y trfico de personas y delitos conexos, diez (10) minutos al mes en la franja horaria de 7: 30 a 9: 30, y diez (10) minutos al mes en la franja horaria de 20: 00 a 22: 00;3. Los medios de comunicacin escritos de publicacin diaria, difundirn publicidad con contenido educativo contra la trata y trfico de personas y delitos conexos, destinando toda la mitad de la contratapa cuerpo A, una vez a la semana;4. Los medios de comunicacin audiovisuales, escritos y radioemisoras, que tengan una versin digital en internet (pgina web), difundirn publicidad y mensajes con contenidos educativos con nfasis en medidas de prevencin, contra la trata y trfico de personas y delitos conexos, de forma permanente y exclusiva, destinando un sector o seccin en su versin digital en internet.

Fuentehttp://www.lexivox.org/norms/BO-DS-N1486.xhtmlAparte est el deseo de obtener el grado de licenciatura en la carrera de Ciencias de la Comunicacin Social a travs de la elaboracin de una tesis de grado la cual no siempre es la opcin elegida por los estudiantes, adems de conocer el tratamiento que le dan los medios digitales a la informacin sobre Trata y Trfico de personas.